Informe Normas Terminado

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INGENIERIA EN SEGURIDAD Y PREVENCION DE RIESGOS NORMAS CONSTRUCTIVAS Y PLANOS INDUSTRIALES GAS LICUADO DE PETROLEO Y ELECTRICIDAD Integrantes: Roxana Aedo Sebastián Alarcón Karen Castro Sebastián Medina André Montero

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Normativa electrica

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INGENIERIA EN SEGURIDAD Y PREVENCION DE RIESGOS

NORMAS CONSTRUCTIVAS Y PLANOS INDUSTRIALES

GAS LICUADO DE PETROLEO Y

ELECTRICIDAD

Integrantes: Roxana Aedo Sebastián Alarcón Karen Castro Sebastián Medina André Montero

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CONCEPTOS GENERALESGAS LICUADO: El gas licuado es una mezcla de hidrocarburos compuesta principalmente de propano y butano; su producción se registra desde principios de siglo; sin embargo, es en 1946 cuando se inicia su comercialización como estrategia para sustituir, en las casas habitación de las zonas urbanas, la utilización de combustibles vegetales. Es una de las principales fuentes de energía en el país, aunque por años, su uso se ha enfocado principalmente al sector residencial; recientemente, el comportamiento de la demanda ha mostrado un crecimiento importante en sectores como la industria y el transporte.

ELECTRICIDAD: Forma de energía que produce efectos luminosos, mecánicos, caloríficos, químicos, etc., y que se debe a la separación o movimiento de los electrones que forman los átomos.

Antiguamente se consideraba que la electricidad era un fluido; la electricidad no se manifiesta igualmente en todos los cuerpos: la que se produce frotando un pedazo de resina tiene efectos contrarios a los de la que se produce frotando una barra de vidrio.

Artículo 42. Plano de la Instalación de Gas.

Toda instalación que respecta a red de gas, se deberá efectuar sí o sí según un plano confeccionado previamente por un instalador de gas de acuerdo a lo estipulado en el reglamento presente.

Cada vez que se vaya a realizar un proyecto y se tenga contemplado en éste, el hacer conexiones que contengan gas; se debe tener en cuenta que en el plano debe existir claramente “dónde” y “cómo” se va a conformar, la “forma” que va a contener la red de gas y “cuánto” espacio albergará todo lo abordado. De sobremanera, debe ir especificado de dónde provendrá la fuente que alimente a esta red que se construirá. Y finalizando, se debe esclarecer que en cada recinto donde se instale un artefacto a gas se deberá indicar su Volumen Real, identificado con el símbolo “VR” y el Volumen Mínimo requerido para ello con el símbolo “VM”.

Formato y Escalas del Plano: Los planos entregados físicamente, es decir, en documento, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

El formato del plano deberá cumplir con la Tabla 1 - Formatos serie normal, A; de la Norma Oficial Chilena NCh13.Of1993 - Dibujos técnicos - Formatos y elementos gráficos de las hojas de dibujo, formatos normales de la serie A; o disposición que la reemplace, algunos de los cuales se ilustran en el Tabla II. Algunos formatos de la serie A.

El máximo tamaño aceptable para el plano es el formato base A0.

Las escalas aceptables para el plano son aquellas comprendidas entre 1:50 y 1:1.000; para sus dibujos complementarios, de 1:10 y 1:20; no obstante, la escala seleccionada deberá proporcionar una adecuada lectura y comprensión del plano, que permita visualizar cada uno de los aspectos contemplados en el diseño de la instalación de gas, escala que deberá indicarse en el plano.

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Medidas generales de seguridad : Al efectuar trabajos de ejecución o construcción de las instalaciones interiores de gas como asimismo medidores de gas, equipos de GLP y accesorios necesarios para el suministro, se deberán tomar, al menos, las siguientes medidas de seguridad:

No fumar durante la realización de los trabajos.

No efectuar trabajos en presencia de fuegos abiertos o fuentes de ignición.

Verificar, cuando corresponda, la ausencia gas previo a la realización los trabajos.

Manipular las válvulas de corte de instalaciones que se tenga la certeza que no cuenten con abastecimiento de gas, encuentren con suministro suspendido antes de la realización de los trabajos.

Cuando sea necesario purgar las instalaciones interiores de gas, se deberá proceder de manera que no quede posibilidad que exista mezcla gas-aire comprendida dentro de los límites de inflamabilidad del gas en cuestión.

Verificar, cuando corresponda, que no existan fugas de gas después de los trabajos realizados.

Cuando se suspendan o finalicen los trabajos, se deberán tomar las medidas que aseguren la ausencia de gas y prevenir la manipulación por parte de terceros, dejando la instalación bloqueada, fuera de servicio.

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Símbolos Convencionales: Se deberán emplear los símbolos establecidos en el Cuadro I. Símbolos Convencionales, los que se deberán dibujar en color negro.

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En caso de fuga de gas:

Si existe la sospecha o se encuentra evidencia de que hay fugas de gas en una Instalación Interior de Gas, como mínimo, se deberán tomar las siguientes medidas:

1. No se deberán accionar interruptores eléctricos, ni generar chispas o llamas.2. Ventilar el recinto y cerrar las válvulas de paso de gas.3. Antes de reanudar el abastecimiento de gas, se debe asegurar de que la

instalación no siga presentando fugas.

De la instalación de las tuberías de gas

Está prohibida la instalación de tuberías enterradas que están destinadas al paso de Gas Licuado de Petróleo, ya sea de media o alta presión que pasen o se encuentren a menos de 2 metros de cámaras de alcantarillado, pozos o construcciones bajo el nivel del terreno. En casos así, se debe preferir el tendido sobre el nivel del terreno y a distancias seguras, como se establece a continuación:

Distancias Seguras:

a) Deberán ser instaladas dejando un espacio suficiente con respecto a otra estructura subterránea, evitando que se toquen, protegiéndolas así de cualquier daño y facilitar su posterior mantenimiento.b) En el caso de las tuberías de plástico, deberán ser instaladas, dejando un espacio suficiente para aislarlas de alguna fuente de calor, evitando así, de que su forma y/o rendimiento se vea afectada para el servicio.c) Para cruces o paralelismo con tuberías eléctricas o de otros servicios, se deberán cumplir los requisitos establecidos en el D.S. 115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la “Norma Técnica NCH.ELEC4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984”, en adelante e indistintamente, “NCh Elec. 4/2003”, o disposición que la reemplace, entre otros requisitos, los siguientes:

1. Las tuberías de gas deben quedar separadas, a lo menos, por 50 cm en cualquier dirección con tuberías de otros servicios.

2. En todo cruce protegido con una capa de concreto u hormigón de 20 (cm) de espesor, se podrá reducir la separación de la tubería de gas a tal longitud.

3. En los cruces se deberán proteger las tuberías de gas mediante una capa de mortero de un espesor mínimo de 10 (cm) sobre ésta y que se extienda 20 (cm), longitudinalmente, hacia ambos lados de tales tuberías.

4. Las tuberías de gas en toda la extensión del paralelismo, no se deberán instalar dentro del volumen definido por dos planos verticales paralelos, ubicados a una distancia de 20 (cm) a cada lado de las tuberías de otros servicios.

Protección contra daños por acción mecánica.

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Las tuberías enterradas se deberán disponer al interior de una zanja, cuyos requerimientos mínimos se establecen a continuación:

Fondo: deberá proporcionar un apoyo firme y uniforme, esencialmente continuo, debiendo estar nivelado, con una pendiente máxima de 5 (%), sin piedras y elementos de cantos vivos, bordes cortantes o puntiagudos, acondicionándose con una cama de arena de espesor de al menos 5 cm.

Relleno: deberá estar exento de piedras y elementos de cantos vivos, bordes cortantes o puntiagudos, que puedan dañar la tubería, de un espesor de al menos 15 cm medidos desde su parte superior al nivel del terreno. Su vaciado se deberá efectuar teniendo un especial cuidado para evitar de que la tubería no pierda su apoyo en el fondo. Este también deberá ser bien compactado mediante su riego, o en caso del uso de hormigón, se deberá compactar mediante capas a través de compactadores mecánicos.

Recubrimiento: Previo a su tapado, se deberá realizar una prueba de hermeticidad a los tramos de las tuberías a enterrar, según se establece en el “Procedimiento de Certificación e Inspección de Instalaciones Interiores de Gas”, establecido por la Superintendencia.

Se deberán instalar con una cubierta de al menos 60 cm de espesor, con excepción de las redes de gas que atraviesen calles con circulación vehicular, que deberá ser de al menos 80 cm, profundidad que deberá ser medida desde la parte superior de la tubería al nivel del terreno o pavimento. Frente a situaciones de baja probabilidad de daño externo a las tuberías, dicho espesor podrá ser reducido hasta 30 cm, lo cual deberá ser fundadamente justificado ante la Superintendencia.

Ante situaciones en las que no sea factible cumplir con dicho mínimo de 30 cm de cubierta, se deberán adoptar medidas adicionales de protección que otorguen un nivel equivalente de seguridad, entre otras, instalarla dentro de un conducto o cubierta de protección adecuada (previo estudio técnico).

Cuando se contemplen de condiciones de inestabilidad del terreno que puedan provocar el hundimiento de las tuberías o los cimientos, se deberán evitar tensiones en las tuberías, entre otros, otorgando a las tuberías flexibilidad, utilizando, curvas, bucles y uniones de tipo deslizante; pero al interior de los edificios no se deberán utilizar juntas de expansión de tipo deslizante.

En caso de instalarse tuberías bajo terreno natural (jardineras, arbustos, cultivos o áreas similares) deberán ser protegidas del daño físico, en su parte superior, por medio de ladrillos o mezcla de cemento con una proporción mínima de, una de cemento por seis de arena.

Señalética: Se deberá disponer de una forma horizontal, una huincha plástica o de material similar, de color amarillo con la leyenda "GAS", entre la superficie del terreno y la tubería de gas, a una distancia de al menos 25 (cm), por sobre el borde superior de la tubería.

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Protección contra en caso de:

Corrosion:

1. Deberán ser protegidas de algún modo apropiado contra la corrosión, revistiéndola o envolviéndola en un material inerte apropiado para tales aplicaciones.

2. Evitar el contacto con cenizas.

3. Se deberán utilizar uniones roscadas o de manguito soldadas, con revestimiento, en tuberías que se encuentren en contacto con el suelo o cuando pueda tener lugar corrosión en las hendiduras internas o externas.

4. En caso de que las tuberías sean de materiales metálicos distintos se deberán aislar entre ellas.

5. Para efectos de protecciones contra efectos de salinidad, humedad u otros, se deberá considerar lo establecido en el Anexo A – “Recomendaciones sobre protecciones y calefacción”, de la “NCh1079.Of1977” o disposición que la reemplace.

Congelamiento: Deberán ser protegidas del congelamiento cuando se sepa que se estará expuesta a Hidratos o Hielos.

Atraviesan paredes de cimientos: Se deberán encamisar en un tubo de protección o vaina. El espacio anular entre la tubería de gas y la camisa o vaina deberá estar sellado en la pared del cimiento o del sótano, para que impida la entrada de gas o agua, así también su corrosión.

Bajo edificios: (Caso excepcional):

1. Deberán ser encamisadas en un conducto diseñado para soportar las cargas superpuestas, el cual se deberá extender hasta una zona de uso habitual y accesible del edificio y, en el punto en que el conducto termina en el edificio, se deberá sellar el espacio anular, comprendido entre el conducto y la tubería de gas, para impedir el ingreso de una eventual fuga de gas, así como su corrosión.

2. Para instalar tuberías en media y baja presión, dispuestas sobre losas de subterráneos, se deberán cumplir lo siguiente:

a. La losa del subterráneo deberá ser, previamente, recubierta con un producto impermeable e insoluble al GLP.

b. En ningún caso, la tubería podrá ser solidaria con la losa.c. La tubería deberá ser de cobre, flexible y no deberá tener uniones

soldadas en todo el tendido de la tubería sobre la losa del subterráneo, excepto para aquellas tuberías rígidas de diámetro de al menos una pulgada. Además, las conexiones efectuadas al exterior y bajo tierra, entre esta tubería, metálica, y otra plástica, deberán realizarse únicamente con accesorios de transición, debidamente certificados para tal efecto.

d. Se deberán evitar los cruces de juntas de dilatación, lo que, de no ser posible, se deberán contemplar liras de expansión.

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e. Si la tubería queda expuesta a daño mecánico, se deberán contemplar alguna forma de protección apropiada contra éste.Ministerio de Economía, fomento y Reconstrucción

NCH ELEC. 2/84. Electricidad. Elaboración y representación de proyectos.

Objetivo: Tiene como fin establecer las disposiciones técnicas relacionadas con instalaciones eléctricas las cuales deberán entregadas al ministerio de economía, fomento y reconstrucción.

Todas las instalaciones eléctricas que se construyen en el país deberán ser regidas por esta norma.

*Disposiciones Generales.

Toda instalación eléctrica deberá ser perfeccionada de acuerdo a las reglas de la técnica de esta manera no presentará riesgos, se brindará un buen servicio permitiendo una adecuada mantención y por ultimo será económicamente conveniente.

Según el reglamento de instaladores eléctricos las instalaciones eléctricas deberán ser ejecutadas por un profesional que esté autorizado por dicho estatuto y están personas serán las responsables de la presentación y del contenido del proyecto.

Las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución serán manejadas por los reglamentos pertinentes.

Sera obligatorio usar el sistema internacional de unidades (SI) en cada proyecto eléctrico, y se deberán respetar las normas técnicas vigentes.

*De los proyectos.

Condiciones generales.

El estudio técnico debe contener a lo menos lo siguiente:

-Memoria explicativa la cual encontraremos: ° Descripción de la obra

° Cálculos justificativos

° Especificaciones técnicas

° Cubicación de materiales

-Planos

Deberá contener un estudio técnico completo toda aquella instalación que involucre recintos peligrosos y recintos públicos o de diversión.

En cambio, en los proyectos en el cual la potencia sea inferior a 20 kW y contengan cálculos simples de desarrollo solo se les exigirá la expresión gráfica de los resultados.

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De la memoria explicativa

°Descripción de la obra

Se mostrará en forma clara la finalidad de la instalación y su ubicación también se deberá realizar una descripción de su funcionamiento destacando las partes esenciales.

°Cálculos especificativos

Se demostrará la justificación matemática de las soluciones, mencionándose en ella los elementos más importantes.

Los cálculos que sean enseñados en la memoria deben ser datos fidedignos los cuales serán aprobados por el ministerio, en este documento se deberá incluir las características eléctricas del sistema, valores de mediciones y todo dato que sea necesario para la correcta interpretación del proyecto y posterior ejecución de las obras sin embargo en el caso de cálculos especiales en el que sea necesario representar gráficamente los resultados se podrá usar otro tipo de formato.

°Especificaciones técnicas

En estas encontraremos las características de funcionamiento, designación de tipo, características de instalación, dimensionales, además de cualquier otro tipo de información que haga identificable los distintos componentes de la instalación.

Estas se deben regir por las normas técnicas nacionales, al no existir dicha norma se deberá aceptar la mención de normas extranjeras.

En los proyectos en las cuales las especificaciones sean simples y breves se aceptará que sean escritas como nota sobre el plano adecuado.

°Cubicación de materiales

Se especificará cada uno de los equipos, materiales o accesorios que serán parte de las instalaciones terminadas o que serán utilizados para el montaje, indicando las cantidades existentes.

En el caso de que se utilicen estructuras normalizadas, cuya cubicación de materiales es conocida se podrá omitir la cubicación en detalle, en donde solo se indicara la cantidad global de estructuras o montajes manejados en el proyecto.

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De los planos

En los planos se detallará gráficamente la forma constructiva de la instalación en donde se indicará la ubicación de las canalizaciones su recorrido, tipo, etc.

Los planos se deben dibujar sobre papel, tela o fibra sintética semi traslucida para que se permita una buena obtención de las copias heliográficas.

Los planos se deberán efectuar con la tinta adecuada y sobre alguno de los formatos de la serie A, de acuerdo a la Norma Nch, 13 Of. 65. Se debe evitar los formatos alargados, para lo cual se recomienda efectuar cortes en los respectivos planos de planta.

En las láminas que se adjuntan al plano se deberá incluir el destino de la instalación y los números correlativos y total de cada lámina. (Ej.: Casa, Habitación, lamina 1 de 1; Edificio de departamentos, lamina 1 de 3, 2 de 3 y 3).

En los planos en los que se deba añadir más de una lámina se deberá indicar una lista con el título y descripción de cada una de las láminas. En caso de que existan las especificaciones también se deberá repetir el título y la descripción.

En las láminas 1,2 y 3 de la Hoja de Norma N°2 se muestra la simbología para los planos de arquitectura y/o topográficos, para las instalaciones eléctricas.

En los planos de arquitectura se utiliza mayormente la escala 1:50, en caso de necesidad se utilizan las escalas 1:20, 1:100 y 1:200. En casos justificados podrá hacerse uso de la escala 1:500 o múltiplos enteros de ella.

En el caso de los dibujos de detalles de montaje o similares se podrán usar las escalas indicadas en la Norma Nch 13. Of 65. Y en casos justificados podrá dibujarse detalles sin escala, correctamente acotados.

Podrán utilizarse diferentes escalas en un mismo dibujo, por ejemplo, en el plano de perfil de una línea podrá usarse una escala en sentido horizontal y otra distinta en sentido vertical.

Se debe agregar un detalle de los consumos de la instalación. La forma y los datos que se deben anotar en los cuadros de carga se muestran en las láminas 1,2 y 3 de la Hoja de Norma N°1.

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APENDICEPor ser la norma Nch 13 Of 65 una norma oficial del país que fija los formatos, no solo para la presentación de planos si no que, para todo tipo de documento, se incluye a titulo informático en este apéndice un resumen de ella, el cual será de utilidad en la presentación de proyectos eléctricos.

La serie de formatos de la norma Nch 13 Of 65, se define una función a un formato base cuto características son la de tener una superficie de 1 m² y sus lados estar en la relación 1:2. De estas condiciones se deduce que para el formato base, denominado AO, las dimensiones serán 1189x841 mm.

La serie normal de formatos se obtiene multiplicando o dividiendo sucesivamente por dos en formato base. En la tabla 1, se muestra el formato normal usado en la presentación de proyectos.

En la fig.1 se muestra gráficamente la obtención del formato y la ubicación de márgenes.

Formatos alargados. Estos formatos se obtienen agregando sucesivamente uno o varios formatos normales al lado del formato inicial. Pudiendo agregarse en forma vertical o apaisada, haciendo coincidir los lados de igual dimensión.

Formatos Dimensiones mm Márgenes Izquierdo otros

4AO2AO

1682 X 23781189 X 1682

3535

1515

AO 1189 X 841 35 10A1A2A3A4

594 X 841420 X 594297 X 420210 X 297

30303030

10101010

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Símbolos eléctricos para planos de arquitectura

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PLANO DE UNA VIVIENDA: ALUMBRADO

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PLANO DE UNA VIVIENDA: ENCHUFES

PLANO DE UNA VIVIENDA: CORRIENTES DEBILES

Page 17: Informe Normas Terminado

PLANO DE UNA VIVIENDA: INSTALACIONES DE GAS (1)

Page 18: Informe Normas Terminado

PLANO DE UNA VIVIENDA: INSTALACIONES DE GAS (2)

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