Informe de qc propóleos final
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CALIDAD Y LEGISLACIÓN DE FITOFARMACÉUTICOS
DEPARTAMENTO DE FARMACIA
DATOS DE LOS ANALISTAS Daniel Sebastián Parra 125003 Deisy Bastidas Rincón 124891
RESULTADOS Los resultados fueron registrados en el formato del anexo No. 3 del protocolo, para recepción de muestras de producto terminado. Se hizo el registro de únicamente los ensayos realizados:
Recepción de la muestra (producto terminado) Fecha: 02 – julio – 2013
Reg003
Fecha de recepción de la muestra: 04 – junio – 2013
Procedencia o remitente del análisis: Centro comercial Iserra 100. Local 219 BI-VIR
Descripción de la muestra Envase ámbar de 50ml que contiene solución (extracto de propóleos), en una forma farmacéutica multidosis para administración oral. La administración se hace por medio de un gotero. Color: amarillo - marrón Olor: aroma característica, con tonos picantes, dulces y un fondo de alcohol Sabor: ligeramente dulce, con un poco de sabor a alcohol
CÓD. ENSAYO ESPECIFICACIÓN RESULTADO CONCEPTO
09B Espectro UV Pico entre 270 y 310nm Fuerte absorción a 290nm Cumple
12B Test de Shinoda Coloración roja a violeta Coloración roja Cumple
20B Formación emulsión en agua
Forma emulsión en agua Forma emulsión en agua Cumple
Volumen de llenado 50mL 49mL Cumple
Densidad relativa - 1.055 -
Determinación de pH 5.0-8.0 3.70 No cumple
Cromatografía en capa delgada (TLC)
Manchas cercanas a la del patrón de quercetina
Mancha del extracto de butanol cercana a patrón
Cumple
Se hizo además un estudio en comparación de la norma de la calidad del etiquetado en el producto, se encontró que casi todo cumplía:
Formato de cumplimiento con normas de etiquetado Reg004
Contenido en etiqueta – art. 44-45, 47-48 decreto 2266 de 2004
Concepto Cumple
Si No
Nombre del producto o marca registrada si la hubiere
Propóleo + Vitamina C Max Forte X
Idioma español Cumple X
Figuras/diseños en empaque
Cuchara de miel Hojas Moras y bayas
X
Nombre común y científico del Propóleo (no aplica nombre científico) X
material vegetal
Forma farmacéutica
Solución oral X
Composición cualitativa y expresión cuantitativa en peso del MV utilizado
400mg X
Contenido neto en el envase
50mL X
Usos terapéuticos autorizado (tradicional)
800mg/2mL (2g/50mL) X
Número de registro sanitario SD2010-0001682 X
Condiciones de almacenamiento y F.V.
Manténgase fuera del alcance de los niños. Consérvese en un lugar fresco y seco a una temperatura inferior a 30ºC y humedad relativa inferior a 65% FV: 11/2014
X
Número de lote l. 8551112 X
Establecimiento fabricante y domicilio Herbal Nutracéutica S.A.S – Bogotá Para laboratorios Natural Freshly Infabo S.A. No se reporta
X
Directo técnico No se reporta X
Contraindicaciones /advertencias No consumir en estado de embarazo y lactancia X
Condición de venta Venta libre X
Leyendas Este producto es suplemento dietario, no es un medicamento y no suple una alimentación adecuada.
X
Nombre de marca de producto fitoterapéuticos – art. 46 Dec. 2266/2007
Concepto Decisión sobre la calidad del etiquetado: Corresponde: SI_X_ NO ____ *Tónico, confortativo, vigor, enérgico, vida, extra, súper, mejor, ideal, hermoso, maravilloso y único o los que incluyan la palabra doctor o se refieran a otros títulos o dignidades o sus abreviaturas.
Si No
¿Induce a engaño? X
¿Induce a uso irracional? X
¿Nombre estrambótico/exagerado? X
¿Nombre se presta a confusión? X
¿Indica expresamente a uso? X
¿Formado por iniciales o números? X
¿Se relaciona con creencias religiosas o espirituales?
X
¿Se usan términos prohibidos*? X
DATOS Y CÁLCULOS EFECTUADOS EN LA OBTENCIÓN DE LOS RESULTADOS
Densidad relativa: Picnómetro + agua = 46.6415g Picnómetro + muestra = 49.2043g Temperatura = 20.5ºC
Cromatografía en capa delgada Se obtuvo para el sistema cromatográfico, compuesto por una fase móvil de éter de petróleo/acetato de etilo (7:3) y una fase estacionaria de sílica gel con un sistema de detección a 366nm y revelado universal con ácido sulfúrico al 60% en etanol y luego calentando, los siguientes resultados:
Sustancia Distancia de recorrido
de sustancia (cm) Factor de retención
A Extracto con acetato de etilo - -
B Patrón de quercetina 0.75 0.18
C Extracto con butanol 1.10 0.26
D Muestra de producto 3.40 0.81
Total (frente de solvente) 4.20
La placa cromatográfica fue la siguiente:
Se deduce por el resultado que se sembró un volumen muy grande de muestra, de manera que hubo una gran mancha que se ensanchó. A pesar de esto no hubo tanta asimetría vertical, la cual suele ser más problemática a la hora de medir los factores de retención. Los cálculos fueron hechos en base a la siguiente formula:
Calculo de la concentración: Se obtuvieron dos extractos a partir de una alícuota de 10mL del producto (extracto de propóleos) en acetato de etilo y butanol y de estos se realizo la medición de absorbancia en el equipo de UV a 290nm obteniéndose los siguientes datos:
Muestra 1 2 3 SX
A 1.116 1.131 1.117 1.121 0.008
B 3.539 3.257 3.669 3.488 0.211
La muestra A corresponde al extracto en acetato de etilo y la muestra B al extracto en butanol. Se realizaron los cálculos de acuerdo a las definiciones de promedio y desviación estándar muestral. Ambos extractos fueron concentrados y luego disueltos en etanol para la lectura.
DISCUSIÓN DE RESULTADOS En el caso del extracto de propóleos al revisar los resultados de la prueba de pH éste es muy ácido para ser una forma farmacéutica vía oral y no cumple la especificación; sin embargo al analizar los posibles componentes de la mezcla de propóleos: Ácidos orgánicos: ácido benzoico y ácido gálico. Ácidos-fenoles: ácido caféico, ácido cinámico, ácido fenílico, ácido isofenílico, ácido p-cumarínico. Aldehídos aromáticos: vainillina, isovainillina. Cumarinas: esculetol, escopoletol. Flavonoides. Es evidente la presencia de grupos ácidos que puedes ser los posibles causantes de que el producto se encuentre fuera de la especificación. La formación de emulsiones en agua es una característica muy particular de los propóleos que tal vez se deba a la presencia de compuestos glucósidos, en este caso de flavonoides. Se observa por lo general al aplicar unas cuantas gotas en agua agitándose, la formación de una lechada, al parecer el contenido de ceras naturales del propóleo constituyen la fase oleosa. La emulsión tiene un color blanquecino que tiende a ser amarillo. El volumen de llenado es una característica importante ya que permite conocer si se cumple con los requisitos que se informan en la etiqueta, de manera que lo más grave es que haya un llenado incompleto, esto por supuesto disminuye la aceptación del usuario y con esto la calidad. La densidad relativa fue muy cercana a la del agua lo que es un resultado insólito, de manera que se aconseja hacer dos veces la misma prueba para conocer cual es el verdadero valor de este parámetro. El resultado es insólito por el hecho de que el producto es un extracto y bajo esa condición contiene sustancias disueltas como el azúcar o los mismos compuestos bioactivos que generan un efecto hidrotrópico por su interacción con el agua, de manera que la solución es densa. La prueba de Shinoda permite hacer la identificación cualitativa de los compuestos presentes en el extracto de propóleos, pero previo a realizar la muestra como tal debió hacerse un extracción con un solvente para eliminar posibles interferentes, pero lo más importante poder aclarar la solución a probar, con el fin de observar mejor el cambio de coloración. Se observó un cambio de coloración a rojo, únicamente con el extracto hecho con butanol, lo que indica que este extracto probablemente posee flavonoides o flavonas.
La prueba de Shinoda ocurre en medio fuertemente ácido, donde se favorece la formación de sustancias de carga positiva, la reacción que ocurre es la reducción del flavonoide hasta su forma de antocianidina, el magnesio pierde dos electrones para cederlos al anillo de benzopirano. La reacción suele generar una antocianidina sin el grupo carbonilo en la posición 4’, partiendo por lo general de flavonas y flavonoles. La reacción podría darse también para otros compuestos fenólicos. Se evidenció en el espectrograma UV que los datos de absorbancia de flavonoides y compuestos fenólicos son mayores en el extracto realizado con butanol que en el realizado con acetato de etilo, teniendo en cuenta que la concentración es proporcional a la absorbancia. Se deduce que la extracción fue mejor en butanol que en acetato de etilo. Al parecer es preferible una polaridad intermedia a una muy baja, ya que el acetato de etilo tiene a 25ºC una constante dieléctrica de 8, mientras la del butanol es más alta 17.8 y esto favorece la extracción de flavonoides. Es imposible mediante esta metodología hallar la concentración de un flavonoide en este extracto ya que todos tienen estructuras parecidas, de manera que pueden a la misma longitud de onda variar en los coeficientes de extinción. La mejor manera para conocer la concentración de cada flavonoide es realizar una separación analítica en HPLC. En cuanto a la cromatografía en capa delgada se vio que no alcanzó a tenerse una concentración de flavonoides por encima del límite de detección en el extracto de acetato de etilo de manera que no se vio ninguna mancha. En cuanto al extracto obtenido con butanol parece contener compuestos semejantes a la quercetina pero un poco más polares por tener un Rf menor a esta. En cuanto al producto este tenía una mancha con un Rf muy alto se manera que se trataba de un compuesto muy poco polar, probablemente era algún parabeno. Fue extraño no encontrar ninguna mancha cercana a la de quercetina.
En cuanto al etiquetado, se cumplen casi todos los lineamientos del decreto 2266 de 2004, a excepción de que el producto no declara un director técnico, esto puede ser un defecto crítico ya que en caso de que llegue a haber un problema de salud pública no existe una persona natural responsable a la cual acudir durante la investigación de la causa del hecho. En la etiqueta tampoco se declara la dirección donde se da la fabricación del producto, por lo cual el responsable está en la capacidad de mover el sitio donde fabricar sin ningún problema. Tampoco el producto se encuentra dentro de las normas farmacológicas del Invima, por lo cual si se trata al producto como fitoterapéutico, entra dentro de la clasificación de producto fraudulento ya que su comercialización no es válida. Todo esto es cierto para un producto fitoterapéutico, pero se trata de un producto clasificado como suplemento dietario, de manera que su etiquetado se rige por la Resolución 3096 de 2007, debido a este rotulado se debe hacer una declaración de nutrientes, por el artículo 6º, ya que se declara una propiedad nutricional. Por el artículo 8º se deben declarar una serie de nutrientes obligatoriamente, en la etiqueta se observan calorías, proteínas, carbohidratos, vitamina C y propóleo, aunque en el artículo se observa que primero van carbohidratos que proteínas, la vitamina C y el propóleo es obligatorio declararlos por que son agregados. El rotulado tiene un nombre estrambótico que alude a ciertas propiedades en salud: Max Forte, hace pensar que si el individuo toma este producto se hará más fuerte, de manera que puede inducir al engaño y a un consumo poco racional de este. En ninguna de las dos normativas se acepta este tipo de denominaciones. Además constituye una actitud de fraude a la ley ya que estas palabras indican en español un término prohibido (fuerte) y la empresa que lo fabricó al traducirlo al inglés formalmente no viola la norma.
CONCLUSIONES Se acepta el producto, pero es necesario hacer más pruebas para poder evaluar mejor la
calidad de este.
Es importante caracterizar adecuadamente las cantidades de compuestos bioactivos del propóleo, esto sólo se puede lograr con el uso de HPLC.
Es necesario hacer una evaluación más a fondo de la pertinencia de tener el nombre del producto, o en su defecto generar alternativas para hacer el cambio.
Es importante declarar la dirección del establecimiento donde se fabrica el producto.
BIBLIOGRAFÍA Instituto Argentino de Normalización y Certificación. Norma IRAM-INTA 15935-1. Productos
del Noroeste Argentino. Parte 1: Propóleos en bruto. Primera. 2008. Instituto Argentino de Normalización y Certificación. Normas IRAM-INTA 15935-2. Productos
del Noroeste Argentino. Parte 2: Extractos de propóleos. Primera. 2008. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) – Manual de normas
técnicas de calidad – Guía técnica de análisis (2001).
Ministerio de la Protección Social – Decreto 2266 de 2004. Artículos 44º a 48º.
Ministerio de la Protección Social – Resolución 3096 -Septiembre 05 de 2007. Artículos 4º a
13º.