Información para el consumo. informacion y consumo

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Inform aci n y Consum o ó Inform aci n p ara e l C o n s u m o ó Gloria Gómez Diago Foro de Econom a e Consumo. í A Crise econ m ica e s as fam ilias . ó P o n te ve d ra, D icie m b re , 1 4, 2 009.

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Page 1: Información para el consumo. informacion y consumo

Inform aci n y C onsum oóInform aci n para e l C onsum oó

Gloria Gómez Diago

Foro d e E conom a e C onsum o. íA C ris e e con m ica e s as fam ilias .ó

.

Ponte ve d ra, D icie m bre , 1 4, 2009.

Page 2: Información para el consumo. informacion y consumo

1. Apuntes sobre el Consumo

2. Derecho del Consumo. Definición.

3. Derecho de la Información. Definición

4. Texto refundido de la Ley para la defensa de los

consumidores y usuarios. Capítulo IV. Derecho a

la información, formación y educación.

nd iceÍ

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5. Publicidad. Casos de Regulación Especial

5.1.1. Publicidad de los Medicamentos.

5.1.2. Publicidad de los Alimentos.

6 Recursos Web para la Información en el Consumo.

7 Video (etiquetado)

nd iceÍ

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• ¿Cómo influyen las condiciones sociales en las decisiones de las personas?

• ¿Cómo afectan esas elecciones al mantenimiento o transformación de las condiciones iniciales?

1 . Apunte s sobre e l C onsum o

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• Asociaciones de consumidores y usuarios: actúan como si fueran los “sindicatos” defensores de los ciudadanos en riesgo de abuso y explotación.

• Bancos de alimentos: hacen llegar ayuda a más de cuatro millones de europeos.

• Redes de comercio justo: conquistan espacios en los mercados occidentales para productos fabricados en países desfavorecidos

El protagonismo de la gente corriente en el mundo del consumo.García Ruíz, Pablo (2009) “Repensar el Consumo”

1 . Apunte s sobre e l C onsum o

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1 . Apunte s sobre e l consum o

El consumo está relacionado con el Contexto Cultural

Dos de los primeros autores que se ocuparon de estudiar detenidamente

El consumo como fenómeno social fueron Thorstein Veblen (1857-1829) y

George Siemmel (1858-1918)

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• A) el consumo es una actividad dirigida esencialmente hacia los demás, en la que

• B) predominan las consideraciones de mantenimiento o mejora del propio status;

• C) los motivos principales que están debajo de las decisiones de consumo son la imitación y la emulación.

• (los grupos inferiores adoptan las pautas de los que están en una situación social mejor)

• D) las clases de élite deben continuamente adoptar modas novedosas y consumir bienes novedosos para poder mantener su posición de superioridad.

1 . Apunte s sobre e l consum o

Ideas de Veblen y Simmel respecto de las elecciones de consumo (2009: 24)

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• En general, se considera consumidor o usuario a toda persona física o jurídica que contrata a título oneroso, para su consumo final o beneficio propio, o de su grupo familiar o social, la adquisición o locación de bienes o la prestación o arrendamiento de servicios.

• El derecho del consumo no es una rama autónoma del Derecho, sino una disciplina transversal, con elementos que se encuadran dentro del Derecho mercantil, del Derecho Civil y otros dentro del Derecho Administrativo e incluso del Derecho Procesal.

2. D e re cho d e l C onsum o. D e fin ici nó

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Derecho del consumo (o Derecho del Consumidor)

es la denominación que se da al conjunto de normas emanadas de los poderes públicos destinada a la protección del consumidor o usuario en el mercado de bienes y servicios, otorgándole y regulando ciertos derechos y obligaciones.

2. D e re cho d e l C onsum o.

D e fin ici nó

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• Caracterización del Derecho de la Información:• 1, Es un derecho natural, derivado necesariamente de la

naturaleza social del hombre.• 2, Es un derecho personal, pues incide en el

perfeccionamiento de la persona especialmente en su dimensión social.

• 3, No es un derecho absoluto-ninguno lo es- y, por ende, sometido a limitaciones.

3. D e re cho d e la Inform aci n óDefinición

Page 11: Información para el consumo. informacion y consumo

• 4, Es público, por las razones ya apuntadas.• 5, Es un derecho político, pues posibilita y se funda en

la participación política.• 6, Es un derecho universal, inviolable e inalienable.

Sánchez Ferriz (1987:456), en Ortega Gutiérrez (2003)

3. D e re cho d e la Inform aci n óDefinición

Page 12: Información para el consumo. informacion y consumo

• consumidores (son personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan bienes y servicios como destinatarios finales)

• La Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios es el Real Decreto Legislativo 1/2007, aprobado el 16 de noviembre de 2007 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de noviembre de ese año

3. D e re cho d e la Inform aci n óDefinición

Page 13: Información para el consumo. informacion y consumo

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación. Artículo 17. Información, formación y educación de los consumidores y usuarios.

1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán la formación y educación de los consumidores y usuarios, asegurarán que estos dispongan de la información precisa para el eficaz ejercicio de sus derechos y velarán para que se les preste la información comprensible sobre el adecuado uso y consumo de los bienes y servicios puestos a su disposición en el mercado.

4. TE XTO RE FU ND ID O D E LA LE Y G E NE RAL PARA LA

D E FE NS A D E LO S C O NS U MID O RE S Y U S U AR IO S

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 14: Información para el consumo. informacion y consumo

2. Los medios de comunicación social de titularidad pública estatal dedicarán espacios y programas, no publicitarios, a la información y educación de los consumidores y usuarios. En tales espacios y programas, de acuerdo con su contenido y finalidad, se facilitará el acceso o participación de las asociaciones de consumidores y usuarios representativas y los demás grupos o sectores interesados, en la forma que se acuerde con dichos medios.

4. TE XTO RE FU ND ID O D E LA LE Y G E NE RAL PARA LA

D E FE NS A D E LO S C O NS U MID O RE S Y U S U AR IO S

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 15: Información para el consumo. informacion y consumo

• La Ley General de Publicidad define publicidad como toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones

5. LA PU BLIC ID AD

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 16: Información para el consumo. informacion y consumo

Regulación General de la Publicidad

• Ley General de Publicidad de 1988• Ley de Competencia Desleal de 1991

• Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 2007

5. LA PU BLIC ID AD . RE G U LAC IÓN G E NE RAL D E LA

PU BLIC ID AD

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 17: Información para el consumo. informacion y consumo

PUBLICIDAD ILICITA• La publicidad ilícita está regulada en la Ley General de

Publicidad de 1988 dentro del marco de la libertad de empresa que propugna la Constitución de 1978.

• Publicidad engañosa.• incluida su presentación, induce o puede inducir a error a

sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor.

5. LA PU BLIC ID AD . PU BLIC ID AD IL C ITAÍ

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 18: Información para el consumo. informacion y consumo

• silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios.

• Para determinar el carácter engañoso de la publicidad no se requiere la contratación de los productos o servicios; en consecuencia, el hecho de que la información adicional proporcionada en la fase contractual corrija el contenido del mensaje y ello evite la perfección del contrato, no desvirtúa el carácter engañoso de la publicidad.

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

5. LA PU BLIC ID AD . PU BLIC ID AD IL C ITAÍ

Page 19: Información para el consumo. informacion y consumo

• Cualquier publicidad desleal que induzca a error a los consumidores, tendrá la consideración de infracción a los efectos previstos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

5. LA PU BLIC ID AD . PU BLIC ID AD IL C ITAÍ

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• La Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los va a ser integrada en el Derecho español en breve al estar en fase de enmiendas en el Congreso de los Diputados (noviembre 2009) el Proyecto de Ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

5. LA PU BLIC ID AD . PU BLIC ID AD IL C ITAÍ

Page 21: Información para el consumo. informacion y consumo

En el Proyecto de Ley se establece que se considera publicidad ilícita la publicidad engañosa, la publicidad desleal y la publicidad agresiva, que tendrán el carácter de actos de competencia desleal en los términos contemplados en la Ley de Competencia Desleal.

LA PU BLIC ID AD . D E F IN IC ÓN JU R IS PRU D E NC IAL

CAPÍTULO IV- Derecho a la información, formación y educación.

Page 22: Información para el consumo. informacion y consumo

Artículo 18. Etiquetado y presentación de los bienes y servicios.

1. El etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario, especialmente:

a) Sobre las características del bien o servicio y, en particular, sobre su naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, origen o procedencia y modo de fabricación o de obtención.

CAPÍTULO IV- Derecho a la Información, Formación y Educación.

Page 23: Información para el consumo. informacion y consumo

b) Atribuyendo al bien o servicio efectos o propiedades que no posea.

c) Sugiriendo que el bien o servicio posee características particulares, cuando todos los bienes o servicios similares posean estas mismas características.

CAPÍTULO IV- Derecho a la Información, Formación y Educación.

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• Productos con pretendida finalidad sanitaria: Son aquellos que, por no tener reconocida su condición de medicamento, están sometidos en lo referente a la publicidad a un expreso control que evite que sean presentados con efectos beneficiosos para la salud.

• En el ordenamiento jurídico español, la principal norma para controlar la publicidad de dudoso rigor sanitario es el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria. (2008: 36)

5,1 .C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de los Medicamentos

Ir culis , Arre gu i, N e re a (2008) La Publicid ad ád e los Me d icam e ntos

Page 25: Información para el consumo. informacion y consumo

• Sólo los medicamentos y productos sanitarios, debidamente controlados, registrados y cuya publicidad haya sido autorizada pueden presentarse con alegaciones referentes a la salud. 2008: 37

5,1 . C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de los Medicamentos

Page 26: Información para el consumo. informacion y consumo

La norma básica en materia de publicidad de alimentos es el Real

Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se Aprueba la Norma

General del Etiquetado, Presentación y Publicidad de los

ProductosAlimenticios.

(Real Decreto 1245/2008, de 18 de julio, por el que se modifica la

norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los

productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999,

de 31 de julio.

5,1 . C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de los Medicamentos

Page 27: Información para el consumo. informacion y consumo

• Sumario: Esta norma establece un principio general de prohibición de

inducción a

error en la publicidad de los productos alimenticios. En particular, se

considera engañoso atribuir a un producto alimenticio efectos

propiedades que no posee, sugerir que posee carácterísticas

particulares cuando son comunes a todos los productos similares o

atribuir propiedades preventivas, terapéuticas o curativas de una

enfermedad. (art. 4) 2008: 43

Publicidad de Alimentos

5,2. C asos d e re gulaci n óe spe cial

Page 28: Información para el consumo. informacion y consumo

• Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma General del Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios.

• En el ámbito comunitario las disposiciones generales están incluidas en la Directiva 2000/13/CE, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios.

5,2. C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de Alimentos

Page 29: Información para el consumo. informacion y consumo

• El presente Reglamento, sobre el uso de las alegaciones, mantiene la prohibición de las alegaciones relativas a la prevención, el tratamiento o la curación de una enfermedad humana, pero establece una diferencia entre “prevención” y “reducción de un factor de riesgo de enfermedad” y se prevé una excepción. Así, el artículo 14. permite efectuar alegaciones de reducción del riesgo de enfermedad cuando hayan sido autorizadas y se cumplan las condiciones necesarias para su uso.

5,2. C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de Alimentos

Page 30: Información para el consumo. informacion y consumo

• Ejemplo:• Solamente podrá declararse que un alimento no

contiene azúcares, si el producto no contiene más de 0,5 g de azúcares por 100g o 100 ml, o solamente podrá indicarse que un alimento es fuente de fibra si el producto contiene como mínimo 3 g de fibra por 100 g o, como mínimo, 1,5 g de fibra por 100 kcal. (2008:49)

5,2. C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de Alimentos

Page 31: Información para el consumo. informacion y consumo

• el Reglamento 1924/2006 no está siendo un instrumento eficaz para garantizar que las declaraciones nutricionales y de salud sean comprensibles, veraces y útiles y respondan a las expectativas del consumidor.

• las condiciones previstas por el Reglamento 1924/2006 para el uso de declaraciones nutricionales y de salud, no son suficientes para garantizar los derechos de los consumidores

5,2. C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de Alimentos

¿Alimentos que todo lo pueden? La realidad de las declaraciones nutricionales y de salud en el etiquetado.Colección Cuadernos de CEACCU

REGLAMENTO (CE) No 1924/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOde 20 de diciembre de 2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos

Page 32: Información para el consumo. informacion y consumo

• La credibilidad de la norma no puede ser más precaria.

La confianza del consumidor se ha pretendido

apuntalar con la fiabilidad que otorgaría la tan traída y llevada “comprobación científica”.

5,2. C asos d e re gulaci n e spe cialóPublicidad de Alimentos

¿Alimentos que todo lo pueden? La realidad de las declaraciones nutricionales y de salud en el etiquetado.Colección Cuadernos de CEACCU

Page 33: Información para el consumo. informacion y consumo

6, R e cursos we b para Inform arse e n

e l consum o

http ://m arcasblancas .wikis pace s .com /

Page 34: Información para el consumo. informacion y consumo

• web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, donde hay un buscador en el cual, indicando el número de registro sanitario del producto (RGSA), te devuelve el fabricante real.

http://www.aesan.msc.es/rgsa/formulario_principal_js.jsp

6, R e cursos we b para Inform arse e n e l

consum o

Page 35: Información para el consumo. informacion y consumo

6, R e cursos we b para Inform arse e n e l

consum o

Page 36: Información para el consumo. informacion y consumo

Supercomprador. Compara precios de supermercados http://www.supercomprador.es/index.php

6, R e cursos we b para Inform arse e n e l

consum o

Page 37: Información para el consumo. informacion y consumo

http://www.gasofa.es/gasolineras-en-pontevedra.htm

6, R e cursos we b para Inform arse e n e l

consum o

Page 38: Información para el consumo. informacion y consumo

http://www.nomasnumeros900.com/

6, R e cursos we b para Inform arse e n e l

consum o

Page 39: Información para el consumo. informacion y consumo

García Ruiz, Pablo (2009) Repensar el Consumo. Ediciones Universitarias

S.A. Madrid.

Iráculis Arregui, Nerea (2998) La Publicidad de Los Medicamentos.

Universidad del País Vasco.

Monografía asociada a la Revista Derecho de la Competencia y

Distrbución. Wolters Kluwer España, S.A.

Lois Caballé, Ana (2009) Taller sobre Publicidad Financiera.

Jornadas de Educación Financiera del Consumidor. CEACCU.

http://www.ceaccu.org/R e fe re nciasR e fe re ncias

Page 40: Información para el consumo. informacion y consumo

Ortega Gutiérrez, David (2003) Manual de Derecho de la Información. Centro de

Estudios Ramón Areces, S.A. Rivas Teruca (1997) ¿Alimentos que todo lo pueden?

La realidad de las declaraciones nutricionales y de salud en el etiquetado. Colección

Cuadernos de CEACC

R e fe re ncias

Page 41: Información para el consumo. informacion y consumo

Texto Refundido de la Ley de Propiedad

Intelectual

http://www.feriascomerciales.es/defensa-consumidores.html

Abadía, Leopoldo “La Teoría Ninja”.

http://www.youtube.com/watch?v=lU-j2mIwOpE

R e fe re ncias