Impuesto de salida de capitales en tef

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NIVEL: SEPTIMO SECCION : NOCTURNA ALUMNA:VIRGINIA BAUTISTA CARRERA ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y NEGOCIOS CATEDRATICO: ING. OMAR SAMANIEGO MODULO: COMERCIO ELECTRONICO PERIODO : ABRIL – SEPTIEMBRE 2013 TEMA: IMPUESTOS DE SALIDAS DE CAPITAL EN LAS TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDO

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NIVEL: SEPTIMOSECCION : NOCTURNA

ALUMNA:VIRGINIA BAUTISTA

CARRERA ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y

NEGOCIOS

CATEDRATICO: ING. OMAR SAMANIEGO

MODULO: COMERCIO ELECTRONICO

PERIODO : ABRIL – SEPTIEMBRE 2013

TEMA: IMPUESTOS DE SALIDAS DE CAPITAL EN LAS TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDO

COSTOEl hecho generador de este impuesto lo constituye la transferencia, envío o traslado de divisas que se efectúen al exterior, sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza, inclusive compensaciones internacionales, sea que dicha operación se realice o no con la intervención de las instituciones que integran el sistema financiero.La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas, también denominado ISD, es del 5%.

BENEFICIOS

Los créditos tributarios, para importadores de bienes de capital y materia prima para producción, dando así el beneficio al importador que podrá utilizar el comprobante del Impuesto de Salida de Divisas, para poder cancelar el impuesto a la Renta.

 

FUNCIONALIDAD

En el caso de los consumos o avances de efectivo efectuados con tarjetas de crédito, la emisora o administradora realizará la retención del impuesto en la fecha del registro contable de la transacción, con cargo a la cuenta del tarjetahabiente.

En el caso de los consumos o retiros de efectivo efectuados con tarjetas de débito, la institución financiera realizará la retención del impuesto en la fecha del registro contable de la transacción, con cargo a la cuenta de su cliente.

Cuando el agente de retención emita cheques sobre cuentas del exterior, con débito a cuentas nacionales o pago en efectivo realizado por sus clientes, la retención se realizará al momento de la emisión del cheque.

Cuando se paguen cheques al exterior, con cargo a cuentas nacionales, la retención deberá efectuarse cuando el cheque sea pagado por la Institución Financiera.

MONTOS MINIMOS Y MAXIMOS

EXONERACIONES

Los traslados de efectivo de hasta una fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales (USD. 9.720), efectuados por ciudadanos ecuatorianos o extranjeros que abandonen el país, lo que supere dicho valor genera el impuesto impuesto correspondiente que debe ser pagado usando el formulario 106, código 4580, el pago será comprobado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Las transferencias de hasta USD 1.000, en las siguientes condiciones:

• Máximo US$ 1.000 dentro de un periodo quincenal de comprendido entre el 1 y 15 de cada mes o entre el 16 y el último día de cada mes.

• Que no se hagan a Paraísos Fiscales • Que no  suponga la utilización de tarjetas de crédito o débito.

http://www.sri.gob.ec/web/10138/110

http://www.rasonu.com.ec/index.php?option=com_remository&Itemid=108&func=startdown&id=22&lang=es

http://www.derechoecuador.com/index.php?id=4107&option=com_content&task=view

http://www.jezl-auditores.com/index.php?option=com_content&view=article&catid=55&id=88&Itemid=71

COMENTARIO:

Los impuestos de salidas de capital en las transferencias electrónicas de fondo son muy necesarias para realizar envió de dinero al exterior en forma segura y rápida, esto se da al momento que realizamos una actividad comercial y realizamos los pagos realizando las transferencias ya sean estas también al momento de enviarle dinero a algún familiar pero como todo tiene su precio debemos de contribuir con un impuesto del 5% de la cantidad de envió.