Impuesto de industria y comercio ICA

15
Impuesto de industria y comercio - ICA

description

Hola esta fue una presentacion con lo respectivo a el ICA, esperosea de ayuda!

Transcript of Impuesto de industria y comercio ICA

  • 1. El ICA es un tributo de carcter municipal, quegrava la realizacin directa o indirecta, porpersonas naturales, jurdicas o sociedades dehecho, de cualquier actividad industrial,comercial o de servicios en Bogot, D.C., ya seaque se realicen de forma permanente uocasional, con establecimiento de comercio osin l.De otra parte, vale recordar que con el impuesto de industria ycomercio se recauda el impuesto de avisos y tableros, el cualdebe ser liquidado y pagado como complemento del impuestode industria y comercio a una tarifa del 15% sobre el valor dedicho impuesto. Su pago es obligatorio si: El contribuyente tiene vallas, avisos, tableros yemblemas, en lugares pblicos o privados visibles desde elespacio pblico. El contribuyente tiene avisos en cualquier clase de vehculos.

2. SUJETO PASIVO 3. Todos los que sean agentesretenedores deben presentarsu declaracin en unformulario diseado para talfin independiente delformulario de impuesto deICA. Tanto para el sujeto deretencin como para elagente retenedor, laretencin del impuesto deindustria y comercio secausar en el momento delpago o abono en cuenta porparte del agente deretencin, lo que ocurraprimero, siempre y cuandoen la operacin econmicase cause el impuesto deindustria y comercio 4. Las entidades de derecho pblico. Quienes se encuentren catalogadoscomo grandes contribuyentes por laDireccin de Impuestos y Aduanasnacionales. Los que mediante resolucin delDirector Distrital de Impuestos sedesignen como agentes de retencin enel impuesto de industria y comercio. Los intermediarios o terceros queintervengan en operaciones econmicasen las que se genere la retencin delimpuesto de industria y comercio, deacuerdo a lo que defina el reglamento. Los consorcios y uniones temporalessern agentes retenedores del impuestode industria y comercio, cuando realicenpagos o abonos en cuenta cuyosbeneficiarios sean contribuyentes delrgimen comn y/o del rgimensimplificado del impuesto de industria ycomercio, en operaciones gravadas conel mismo en la jurisdiccin del DistritoCapital. los contribuyentes que pertenezcan alrgimen comn siempre que elbeneficiario del pago sea uncontribuyente del rgimen simplificadoen operaciones por actividades gravadascon el mismo en la jurisdiccin delDistrito Capital. los contribuyentes del impuesto deindustria y comercio que pertenezcan alrgimen comn, debern efectuarretencin a ttulo de industria ycomercio a los beneficiarios del pago oabono en cuenta a los inscritos en elrgimen comn si estos sonprofesionales independientes, cuandointervenga en operaciones poractividades gravadas con el impuesto enla jurisdiccin del Distrito Capital deBogot. 5. Pagos o abonos en cuentaefectuados a nocontribuyentes de ICA. Pagos o abonos en cuentano sujetos o exentos. Cuando el beneficiario delpago sea entidad dederecho pblico. Cuando sea catalogadocomo gran contribuyentepor la DIAN y seadeclarante de ICA enBogot, excepto cuandoquien acte comoagente retenedor sea unaentidad pblica. Los recursos de la unidad depago por capitacin de losregmenes subsidiado ycontributivo del sistemageneral de seguridad socialen salud. Pagos por servicios pblicos. Si hay base gravableespecial se practica sobreesta. 6. La tarifa de retencin del impuesto deindustria y comercio ser la que correspondaa la respectiva actividad. Cuando el sujeto deretencin no informe la actividad o la mismano se pueda establecer, la tarifa de retencinser la tarifa mxima vigente para elimpuesto de industria y comercio dentro delperiodo gravable y a esta misma tarifaquedar gravada la operacin.Cuando la actividad del sujeto de retencinsea pblicamente conocida y este no lohaya informado, el agente retenedor podraplicar, bajo su responsabilidad, la tarifacorrespondiente a la actividad. 7. Anual Personas Naturales (cumplanla totalidad de los RequisitosArtculo 499 del ETN)RgimensimplificadoBimestralPersonas Naturales (no cumplan latotalidad de los Requisitos Artculo 499del ETN)Personas Jurdicas Sociedades de Hecho Consorcios yUniones temporalesContratos de Cuentas de ParticipacinRgimencomn 8. 1. Las personas exentas del impuesto de industria y comercio.Art 148 acuerdo 57/2003.A. Vendedores Ambulantes, por un trmino de 10 aos ycontados a partir de 1999.B. Cooperativas, Pre cooperativas, fondos deEmpleados, Asociaciones mutuales. Por 10 aos.C. Los Call center y Contac Center que demuestren generarempleos. Por un trmino de 10 aos.D. Las entidades pblicas del orden municipal que realicenactividades de recreacin y deportes.E. Las entidades sin animo de lucro ( Art 148 acuerdo 57/ 2003), que presten servicio de educacin superior y reconocidas porel Minist. De Educacin Nal. Por un termino de 10 aos.2. Las empresas que presten un servicio pblico ( Art 35 pargrafo1 decreto 11/2004 ). 9. Nombre los tipos de actividades econmicas a lascuales recae el ICA? A quienes no se les puede retener el ICA? Cual es la tarifa del recaudo para avisos ytableros? Cual es la diferencia en contabilizacin del RETEICApara el retenedor y el retenido? 10. GRACIAS POR SU ATENCIN.