Importación

17
IMPORTACIÓN En economía, la importación es el transporte legítimo de bienes y servicios nacionales exportados por un país, pretendidos para el uso o consumo interno de otro país. Las importaciones pueden ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado con propósitos comerciales. Las importaciones son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones específicas. EFECTOS FAVORABLES Y DESFAVORABLES Las importaciones permiten a los agentes económicos adquirir productos que en su país no se producen, o más baratos, o de mayor calidad, beneficiándolos como consumidores. La importación es cuando un país le compra productos a otro. Al realizarse importaciones de productos más baratos, automáticamente se está liberando dinero para que los agentes ahorren, inviertan o gasten en nuevos productos, aumentando las herramientas para la producción y la riqueza de la población. Pero por otro lado, las importaciones aumentan la competencia sobre la industria local del país importador. Las industrias de los países exportadores pueden tener mejores condiciones de producción más favorables (población laboral altamente calificada, mayor desarrollo tecnológico y/o mejor infraestructura) o costos salariales menores (por el pago de bajos salarios a los trabajadores del país exportador), según algunos economistas, perjudicando la economía interna en su mercado laboral. IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL La balanza comercial se define como el valor monetario de los bienes exportados menos los bienes importados, y por lo tanto se considera positiva cuando las exportaciones superan a las importaciones, y negativa cuando se importa más de los que se exporta. Existe una relación estrecha entre el ahorro nacional, la inversión nacional y la balanza comercial. Teniendo en cuenta los componentes agregados del PIB:

Transcript of Importación

IMPORTACINEn economa, la importacin es el transporte legtimo de bienes y servicios nacionales exportados por un pas, pretendidos para el uso o consumo interno de otro pas. Las importaciones pueden ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado con propsitos comerciales. Las importaciones son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones especficas.EFECTOS FAVORABLES Y DESFAVORABLESLas importaciones permiten a los agentes econmicos adquirir productos que en su pas no se producen, o ms baratos, o de mayor calidad, beneficindolos como consumidores. La importacin es cuando un pas le compra productos a otro. Al realizarse importaciones de productos ms baratos, automticamente se est liberando dinero para que los agentes ahorren, inviertan o gasten en nuevos productos, aumentando las herramientas para la produccin y la riqueza de la poblacin.Pero por otro lado, las importaciones aumentan la competencia sobre la industria local del pas importador. Las industrias de los pases exportadores pueden tener mejores condiciones de produccin ms favorables (poblacin laboral altamente calificada, mayor desarrollo tecnolgico y/o mejor infraestructura) o costos salariales menores (por el pago de bajos salarios a los trabajadores del pas exportador), segn algunos economistas, perjudicando la economa interna en su mercado laboral.IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIALLa balanza comercial se define como el valor monetario de los bienes exportados menos los bienes importados, y por lo tanto se considera positiva cuando las exportaciones superan a las importaciones, y negativa cuando se importa ms de los que se exporta. Existe una relacin estrecha entre el ahorro nacional, la inversin nacional y la balanza comercial. Teniendo en cuenta los componentes agregados del PIB:

Donde;PIBpm es el producto interior bruto contabilizado en precios de mercado.C es valor total del los bienes consumidos.I la formacin bruta de capital (inversin).G el gasto de gobierno o consumo pblico.X el valor de las exportaciones.M el valor de las importaciones. A partir de la identidad anterior es trivial derivar la identidad fundamental de la contabilidad nacional:

PREGUNTAS FRECUENTES DE IMPORTACIN 1. Qu es Importacin?Es un rgimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancas provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo.La importacin de mercancas es definitiva, cuando previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras correspondientes, son nacionalizadas y quedan a libre disposicin del dueo o consignatario.2. Qu tributos gravan la Importacin? Los tributos que gravan la importacin o el tratamiento arancelario aplicable a las mercancas bajo este rgimen, est en funcin de su clasificacin dentro del Arancel de Aduanas, dado por la subpartida NANDINA que se definir a partir de la informacin proporcionada por usted en su condicin de importador (a travs de la factura y dems informacin complementaria), as como por efecto del propio reconocimiento fsico del especialista en aduanas, al momento del despacho. Siendo as, los tributos y multas aplicables seran:Arancel Ad Valorem (con tasas de 0%, 9% y 17%, segn sea el caso)Impuesto General a las Ventas (17%)Impuesto de Promocin Municipal (2%)Pudiendo ser aplicable adicionalmente y segn sea el caso, los siguientes conceptos:Impuesto selectivo al consumoDerechos especficosDerechos correctivos provisionales Ad ValoremDerechos antidumping y compensatoriosPercepcin del IGVQu puedo importar?Para el caso del ingreso de mercancas al pas, debemos tener en cuenta la calificacin de "mercancas prohibidas y restringidas". Como su nombre lo indica, no se permitir la importacin de mercancas prohibidas. Sin embargo, para el caso de mercancas restringidas, slo ser posible su importacin, si obtiene la correspondiente autorizacin del sector competente.Todas las dems mercancas pueden ser importadas, cumpliendo las formalidades aduaneras para cada caso.Puede encontrar la Relacin de Mercancas de Importacin Prohibida o Restringida en las siguientes rutas:Mercancas de importacin prohibidaRELACION DE SUBPARTIDAS DE MERCANCIAS PROHIBIDAS DE IMPORTACION

PARTIDADESCRIPCION DEL PRODUCTOBASE LEGAL

1101000000SOLO: HARINAS CON BROMATO DE POTASIOR.D. 1228/2002/DIGESA/SA (PUB. 15.12.2002)

1211909090Cannabis, resinas y aceites esencialesDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

1211909090Papaver somniferumDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

1301909000Resina de cannabisDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

1302111000Concentrado de paja de adormideraDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

1302199090Extracto y tinturas de CannabisDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

1302199090Aceite de CannanbisDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2106905000SOLO: MEJORADORES CON BROMATO DE POTASIOR.D. 1228/2002/DIGESA/SA (PUB. 15.12.2002)

2208202100PiscoLEY N 26426 DEL 04.01.96

2825909090Slo: Oxido mercrico para uso agrcolaD.S. 036-99 SENASA

2827392010Slo: Cloruro mercurioso para uso agrcolaD.S. 036-99 SENASA

2827392020Slo: Cloruro mercrico para uso agrcolaD.S. 036-99 SENASA

2843300000Auricloruro de mescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2903140000Tetracloruro de CarbonoDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2903140000Tetracloruro de CarbonoD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

29031910001,1,1-Tricloroetano (metil cloroformo)DS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

29031910001,1,1-Tricloroetano (metil cloroformo)D.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

2903301000Metilbromuro (bromuro de metilo)D.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

2903309020Dibromuro de etilenoD.S. 036-99 SENASA

2903410000Triclorofluorometano: slo recicladosD.S. N 033-2000-ITINCI

2903420000Diclorodifluorometano : slo recicladosD.S. N 033-2000-ITINCI

2903511000LindanoD.S 037-91-AG

2903512000BHC/HCH (1,2,3,4,5,6 Hexaclorociclo-hexano) ismero alfa, beta y deltaD.S 037-91-AG

2903591000Clordano (ISO)D.S. 036-99 SENASA

2903592000Aldrin (1,2,3,10,10, Hexacloro)D.S 037-91-AG

2903599010HeptacloroD.S 037-91-AG

2903599020Canfecloro (toxafeno, canfeno clorado)D.S 037-91-AG

2903599030Mirex RES. Jefatural 060-2000-AG-SENASA

2903621000HexaclorobencenoD.S. 036-99 SENASA

2903622000DDT (1,1,1-Tricloro-2,2 bis (p clorofenil) etano)DS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2908100010PROHIBIDO DE USO AGRCOLA, DE OTROS USOS SE PERMITE INGRESO (S/DDJJ)RES.DIR.029-2002-AG-SENASA-DGSV (PUB.04.02.2002)

2908900010Dinoseb y sus salesRES. Jefatural 098-99-AG-SENASA

2908900020Dinitro orto cresol (DNOC)RES. Jefatural 098-99-AG-SENASA

2910901000Dieldrina (ISO) (DCI)D.S 037-91-AG

2910902000Endrn (ISO)D.S 037-91-AG

2916199010Binapacril (3-metil-2-butinoato de 2-sec-butil 4,6 dinitrofenilo)RES. Jefatural 014-2000-AG-SENASA

2918199010ClorobencilatoD.S. 036-99 SENASA

29189030002,4,5,T (ISO) (Acido 2,4,5-tricloro fenoxiactico)D.S 037-91-AG

2920101000Paratin metil (ISO)RES. Jefatural 131-98-AG-SENASA

2920102000Paratin etlicoRES. Jefatural 131-98-AG-SENASA

2921463000Lefetamina, SPADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2921469000Clorhidrato de lefetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2921490000EticiclidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2921490000Clorhidrato de eticiclidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922220000FENETIDINADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

29222900002-CB (4 Bromo-2,5-dimetoxifenil-etilamina)DS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000BrolanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000DMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000DOETDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000PMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000STP, DOMDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000Clorhidrato de brolanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000Clorhidrato de DMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922290000Clorhidrato de PMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922441000TilidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2922449000Clorhidrato de tilidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2924190010FosfamidomRES. Jefatural 097-99-AG-SENASA

2924190020FluoracetamidaRES. Jefatural 098-99-AG-SENASA

2924190030Monocrotofos (600g/l)RES. Jefatural 026-99-AG-SENASA

2925209010ClordimeformD.S. 036-99 SENASA

29309029004-MTA a - metil-4-metiltiofenetilaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2930909970CaptafolD.S. 036-99 SENASA

2931002000Slo: Compuestos organomercricos para uso agrcolaD.S. 036-99 SENASA

2932950000Tetrahidrocannabinoles, ismeros y variantes estereoqumicaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090DMHPDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090MDA a - metil-3,4-(metilendioxi) fenetilaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090MDMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090MMDADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090N-etil MDADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090N-hidroxi MDADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090ParahexiloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090Clorhidrato de MDMADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2932999090Clorhidrato de MMDADS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933335000DipipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933335000PiritramidaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

29333990903-metilfentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Acetil-alfa metil fentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Alfa-metil fentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Beta-hidroxi 3-metil fentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Beta-hidroxifentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Cetobemidona (Ketobemidona)DS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090MetazocinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090MPPPDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090NorpipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090ParafluorofentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090PEPAP (1-fenetil-4-fenil-4-acetato de piperidinol (ster)DS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090PiminodinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090ProperidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de 3-metilfentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de alfa metilfentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de beta-hidroxi-3-metil fentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de beta-hidroxifentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de KetobemidonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Bromhidrato de dipipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de dipipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Bromhidrato de metazocinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de metazocinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de MPPPDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Bromhidrato de norpipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de norpipanonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de para-fluorofentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de PEPAPDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Diclorhidrato de piminodinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Esilato de piminodinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933399090Clorhidrato de properidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933552000MeclocualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933553000MetacualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933559000Clorhidrato de meclocualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933559000Clorhidrato de metacualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090ProheptacinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090Bromhidrato de proheptazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090Clorhidrato de proheptazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090Citrato de proheptazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090EtriptaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090PHP, PCPY ROLICICLIDINA (DCI);1-(1-fenilcicloxil) pinolidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2933990090RoliciclidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934913000FendimetracinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934913000FenmetracinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

29349990003-metiltiofentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Alfa-metiltiofentanilDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000TiofentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de 3-metiltiofentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de alfa metiltiofentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de tiofentaniloDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

29349990004-metil aminorexDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Noticiclina Tenociclidina (DCI) (TCP) 1-(1-(2 tienil) ciclohexil) piperidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de fendimetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Hidrogenotartrato de fendimetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Pamoato de fendimetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de fenmetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Hidrogenotartrato de fenmetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Sulfato de fenmetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2934999000Clorhidrato de tenociclidinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939114000HeronaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090AcetorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090DesomorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090Clorhidrato de acetorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090Bromhidrato de desomorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090Clorhidrato de desomorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090Sulfato de desomorfinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939190090Clorhidrato de heronaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939590000Teoclato de fenmetrazinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939690000Lisergida, LSDDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939690000Tartrato de lisergidaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939914000MetanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939915000Racemato de metanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939919030Clorhidrato de metanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939919030Hidrogenotartrato de metanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939919030Sulfato de metanfetaminaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Metilyoduro de heronaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000CatinonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000DETDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000DMTDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000MescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000PsilobicinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Psilocina, psilotsinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de DETDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de DMTDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Metilyoduro de DMTDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de DOETDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de mescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Picrato de mescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Platinicloruro de mescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Sulfato de mescalinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de psilobicinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

2939999000Clorhidrato de psilocina, psilotsinaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

3003900010Resinato de metacualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

3003900020Resinato de metacualonaDS 023-2001-SA (PUB. 22.07.2001)

4012200000Neumticos usadosD.S 003-2001-SA DEL 08.02.2001

6103120000solo usadoLEY N 28514 DEL 23.05.05

6309000000Artculos de prenderaLEY N 28514 DEL 23.05.05

6813100000solo usado en vehculos del parque automotorD.S. 017-2005-MTC DEL 15.07.2005

8415101000Equipo de enfriamiento iferior o igual a 30.000BTU/h: slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415109000los dems equipos de enfriamiento: slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415200000solo usado en vehculos del parque automotorD.S. 017-2005-MTC DEL 15.07.2005

8415200000De los tipos usados en vehculos automoviles para sus ocupantes: slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415811000Equipo de enfriamiento y valvula de inversin del ciclo trmico de enfriamiento inferior o igual a 30.000BTU/h: slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415819000Los demas equipos de enfriamiento de inversin trmica : slo si usa n SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415822000los demas equipos de enfriamiento, inferiores a 30.000BTU/h: slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415823000Superiores a 30.000BTU/hora pero inferior o igual a 240.000BTU/hora :slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415824000Superior a 240.000BTU/hora: slo si usan SAO D.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415830010Maq. y aparatos sin equipo de enfriamiento, inferior o igual a 30.000BTU/hora: slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415830090los demas equipos de enfriamiento: slo si usan SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8415900000solo usado en vehculos del parque automotorD.S. 017-2005-MTC DEL 15.07.2005

8418100000Partes de equipos de enfriamiento que usen SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418210000Frigobar o refrigerador pequeo-Ver RM 277-2001-ITINCI/DM (pub.30.11.2001):slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418210000REFRIGERADOR DOMSTICO DE 1 O MAS PUERTAS-S/ RM 277-2001-ITINCI/DM (PUB.30.11.2001): slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418300000Congelador domstico horizontal-Ver RM 277-2001-ITINCI/DM (pub.30.11.2001): solo si uisa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418400000Congelador domstico vertical-Ver RM 277-2001-ITINCI/DM (pub.30.11.2001):slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418500000Enfriadors,conserv.bbidas(bisicooler y otros)-RM 277-2001-ITINCI/DM: slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418500000Exhibidores abiertos-Ver RM 277-2001-ITINCI/DM (pub.30.11.2001): slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418500000Exhibidores cerrados de media visin y full visin-RM 277-2001-ITINCI/DM: slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418500000Gabints mtlicos o madra pa`consrvar prods prcibles-RM 277-2001-ITINCI/DM:slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

8418699100Productores hielo, helados, cremoladas, chupetes-RM 277-2001-ITINCI/DM: slo si usa SAOD.S. N 033-2000-ITINCI DEL 07.11.2000

Mercancas de importacin restringidahttp://www.aduanet.gob.pe/servlet/AICONSMrestri

3. Soy persona natural, es exigible tener RUC para importar? Como persona natural, usted puede efectuar operaciones de importacin sin necesidad de contar con RUC, conforme a lo dispuesto en el artculo 3, incisos g) y h), de la Resolucin de Superintendencia N 210-2004/SUNAT que aprueba las disposiciones reglamentarias a la Ley del Registro nico de Contribuyentes (Decreto Legislativo N 943), pero siempre que se encuentre en algunas de las siguientes situaciones :a. Cuando realicen en forma ocasional importaciones de mercancas, cuyo valor FOB por operacin no exceda de mil dlares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como mximo; ob. Cuando las personas naturales por nica vez, en un ao calendario, importen mercancas, cuyo valor FOB exceda los mil dlares americanos (US $ 1,000.00), y siempre que no supere los tres mil dlares americanos (US$ 3,000.00).4. De lo contrario, tendr que tramitar mi RUC ante la SUNAT? As es. Si no se encuentra dentro de los supuestos detallados en la pregunta anterior, para hacer sus trmites de importacin deber contar con su RUC (Registro nico de Contribuyentes) que es un registro computarizado, nico y centralizado de los contribuyentes y/o responsables de los tributos que administra la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria - SUNAT.Qu documentacin es exigible para hacer una Importacin?Los documentos exigibles para su trmite ante la SUNAT, en trminos generales son:a. DOCUMENTO DE TRANSPORTE: conocimiento de embarque, gua area o carta porte, segn medio utilizado. Excepcionalmente, puede utilizarse una Declaracin Jurada de transporte, cuando el importador, dueo o consignatario efecta el traslado de la mercanca por sus propios medios.b. FACTURA o documento equivalente y/o declaracin jurada de valor segn modalidad de importacin;c. COMPROBANTE DE PAGO para el caso en que se efecten transferencias de bienes antes de su destinacin a consumo, excepto en los casos sealados en los procedimientos;d. CARTA PODER NOTARIAL para el despacho simplificado, cuando el despacho lo realice un tercero en representacin del importador, dueo o consignatario; ye. OTROS DOCUMENTOS DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL DESPACHO, conforme a las disposiciones especficas sobre la materia. Nos referamos anteriormente a las mercancas restringidas, en el sentido de que solo podrn ser importadas, cuando cuenten con las respectivas autorizaciones, que emiten las entidades competentes segn la naturaleza de las propias mercancas. Estas autorizaciones pueden ser extendidas por el; Servicio Nacional de Sanidad Agraria y Instituto Nacional de Recursos Naturales (Ministerio de Agricultura) Direccin de Insumos Qumicos y Productos Fiscalizados y Viceministerio de Pesquera (Ministerio de la Produccin) Direccin General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Ministerio de Salud) Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos de Uso Civil (Ministerio del Interior) INC, Biblioteca Nacional o Archivo General de la Nacin (Ministerio de Educacin) Entre otras entidades.As mismo, tenemos otros documentos, como aquellos que acreditan una donacin y lista de contenido, certificado de origen, resolucin liberatoria, entre otros, segn su naturaleza.Con estos documentos, y la autorizacin del sector competente, de corresponder, usted presentar su declaracin para importar, que puede ser una Declaracin Simplificada de Importacin o una Declaracin nica de Aduanas, segn corresponda.5. Y qu formas de despacho de importacin existen? Las formas de importacin, se dan en funcin al monto de las mercancas a importar o a su naturaleza.As tenemos que para importar muestras sin valor comercial, obsequios cuyo valor no exceda de los US$ 1 000,00 (Mil Dlares Americanos), o mercancas por un monto que no exceda los US$ 2 000,00 (Dos Mil Dlares Americanos), tenemos al DESPACHO SIMPLIFICADO DE IMPORTACIN, que utiliza el formato Declaracin Simplificada de Importacin (DS).Para los efectos, usted como importador, -o a quien autorice mediante carta notarial-, presenta los formatos de la DS, adjuntando la documentacin detallada en la respuesta anterior.(Procedimiento Especfico de DESPACHO SIMPLIFICADO DE IMPORTACIN)Pero cuando el valor FOB de la mercanca sea superior a los US$ 2 000,00 (Dos Mil Dlares Americanos), se presenta el formato de Declaracin nica de Aduanas. Esta variante, denominada Rgimen General de IMPORTACIN DEFINITIVA, requiere la intervencin de un despachador de aduana, que es un operador del comercio exterior que acta como intermediario del proceso. Deber adjuntar la documentacin correspondiente, sealada en la respuesta anterior.(Procedimiento General de IMPORTACION DEFINITIVA)6. Qu pasa si slo quiero importar MUESTRAS, como paso previo para conocer potenciales proveedores y entablar contactos? En principio, entendemos por MUESTRAS para importacin a aquellos productos o manufacturas, que al ingresar al pas slo tienen por finalidad demostrar sus caractersticas, pudiendo ser stas con o sin valor comercial. Se entiende que la muestra no tiene carcter comercial cuando no exista venta entre las partes.La importacin de MUESTRAS, sea con o sin valor comercial, se rige por el Procedimiento INTA-PE.01.01 Despacho Simplificado de Importacin, del cual, ya se ha comentado en la respuesta anterior, y tambin se puede efectuar como un envo postal, de acuerdo al Procedimiento INTA-PG.13 Envos o Paquetes transportados por Concesionarios Postales, cuyo detalle lo podr encontrar en:

PROCESO DE IMPORTACINDescripcin de la mercadera:Nmero N.C.M. 8703 [Empresas] "COCHES DE TURISMO Y DEMAS VEHICULOS AUTOMOVILES CONCEBIDOS PRINCIPALMENTE PARA TRANSPORTE DE PERSONAS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDANO 87.02), INCLUIDOS LOS VEHICULOS DEL TIPO FAMILIAR ("BREAK" O "STATIONWAGON") Y LOS DE CARRERAS."Pasos:Negociacin:a. Solicitud de cotizacin: Solicitamos cotizacin en condicin FOB "Porto Alegre / Veracruz" (Free on Board) a dos plantas (Brasil y Mxico) va Fax, (pidiendo que en el precio se aclare "Valor FOB Porto Alegre / Veracruz Incoterms 1990 C.C.I."- esto es muy importante , ya que determinar las obligaciones, derechos y responsabilidades de cada una de las partes).b. Los dos posibles exportadores remiten la cotizacin, cantidad de unidades disponibles para la venta, plazos de entrega, condiciones de pago y exportacin, etc. Pre-embarque:c. Aceptadas las condiciones de compra con Brasil, solicitamos confirmacin de las condiciones de nuestro pedido (el exportador nos enva factura proforma y Packing list). Una vez confirmadas las mismas se procede a instruir el pago va Swift (transferencia bancaria) al banco instruido por el exportador (debido a la confianza recproca y a los procedimientos establecidos para la expo./impo. entre filiales de la Cia.), el cual se llevar a cabo el da anterior al embarque (segn lo pactado con el exportador). En dicho pago se incluir el monto a pagar del flete ya que le mismo es "Pre-Paid" (pagadero en la Agencia Martima de origen).d. Contrato del Carrier y Seguro: Pedimos cotizaciones a los distintos carrier resultando seleccionada "Crowley"(Agencia M. Sudocean), con la cual realizamos un SVC (contrato por un determinado volumen comprometido). Los barcos a utilizar son de tipo Ro-Ro (roll in roll off, se cargan y descargan rodando por rampa) y estn especializados en el transporte de vehculos. En el caso del seguro, la compaa trata habitualmente con la empresa "La Repblica ca. Arg. De seguros generales", siendo la cobertura contratada "Contra todo riesgo, guerra y huelga". Se le pagar la prima con un cheque a 30 das.Instruimos el pago va Swift al banco, pagando tanto el monto a transferir (Precio FOB pactado + flete) como los gastos y comisiones bancarias. Mercadera en trnsito (pear to pear Brasil Argentina):Enviamos copia del Swift va fax al exportador, el da anterior al embarque (si bien el Bco. del exportador informar que posee una Orden de pago a su nombre, nos aseguramos el proceso del embarque de la mercadera). El mismo remitir el Comercial Invoice (factura comercial), el Packing Note (lista de empaque), el Certificado de Origen (*) y B/L (**)(*) El Certificado de origen, es el documento en virtud del cual una Cmara de Comercio o la Cmara de Exportadores certifica que las mercaderas a ser despachadas y detalladas en el mismo son originarias del pas exportador. En algunos casos modifica la aplicacin de los derechos, tasas, impuesto y dems contribuciones a la importacin, por existir preferencias o concesiones. Para exportar / importar a/desde los pases miembros de A:L:A:D:I: y Mercosur. Suele utilizarse adems para el control de cupos o contingentes.(** )Conocimiento de Embarque: Es un documento confeccionado por la compaa naviera transportadora, su agente martimo o el capitn del barco donde consta el recibo de la mercadera para ser transportada al puerto que indica ese mismo documento Cumple una triple funcin:a) Constituye un recibo de la mercadera por parte de la compaa transportista.b) Es el ttulo de propiedad, transmisible, de la mercadera, que permite al tenedor de una de las copias negociables reclamar la entrega de la misma.c) Prueba la existencia del contrato de transporte y es donde se fijan las condiciones en que el mismo se efecta.El exportador pagar el flete en la Ca. Martima de origen, la misma emitir el B/L -Bill of lading- (Conocimiento de Embarque).Enviamos nota de instrucciones a nuestro despachante para que comience la confeccin de la documentacin a ser presentada en la aduana, ingrese a travs Sistema Mara el Despacho a plaza dentro de los 5 das del arribo con carcter de forzoso, realice los trmites necesarios para concretar el retiro de la mercadera del mbito aduanero y facture los honorarios convenidos.El agente de transporte nos comunica el ETA (Estimated Transit Arrival). Esto nos sirve para coordinar mejor los trmites al momento del arribo. Le informamos al despachante, quin ingresa los trmites a la ANA (Administracin Nacional de Aduana) y paga los gravmenes en el Banco de la Nacin Argentina as como el AGP (Administracin General de Puertos - tasa de la carga) abonado en la terminal portuaria, este ltimo lo incluimos en los gastos de despacho.Reserva del Transporte y contratacin del Seguro interno (Terminal Zrate Depsito). Cabe aclarar que el plazo tomado para dicha reserva es suficiente y conocido ya que es nuestro transportista interno habitual.

Arribo de la mercadera:a. El agente de transporte comunica el arribo del buque para que comencemos el retiro de la mercadera y dems trmites.b. Solicitamos fecha de verificacin de la mercadera a la ANA, ya que el canal es "Rojo".c. Se realiza la verificacin de la mercadera realizada por el verificador de la Aduana, quin verificar, tanto la documentacin presentada como la mercadera (canal rojo).d. El verificador da el OK firmando el despacho.e. Con toda la documentacin anteriormente mencionada se libera la mercadera, extrayndola del mbito aduanero con el transportista local.f. Se pagan los gastos correspondientes a la importacin (gastos de despacho, honorarios de despachante, etc.) y los gastos de transportista / prima de seguro (interno).Conclusin Puntos clave

Como conclusin de este proyecto de importacin, podemos mencionar los distintos puntos claves que rumbearon la toma de decisin:

Para el anlisis de mercado:1. Prdida de participacin en el mercado.2. Dinamismo del mercado (autos deportivos).3. Urgencia.Para la decisin de importacin1. Relacin entre filiales (polticas y normas de la empresa).2. Velocidad.3. Visin estratgica a medio y largo plazo (leyes, procesos)4. Reglamentaciones normas vigentes para automotores (Brasil Argentina).Para las tratativas de importacin1. Confianza entre Proveedor Cliente (misma compaa).2. Contratos establecidos con empresas aseguradoras y de transporte

GESTION DE COMPRAS1.- Antes de realizar este proceso debemos definir que producto vamos a comprar ya que la empresa importa resinas, cristales y policarbonato, por lo tanto cada material tiene un tiempo distinto de fabricacin.

2.- Se realiza la proyeccin de la demanda de acuerdo al consolidado de calculados en el sistema. Se determina el porcentaje del stock de seguridad.Para realizar este procedimiento se revisa el historial de los tres ltimos meses para saber cunto se ha vendido durante este periodo y de acuerdo a ello se asigna el stock de seguridad que puede llegar hacer hasta un 50% de lo que se vende. Esto debido a que la importacin de los productos, pueden tener problemas para llegar ya que vienen del exterior del pas (USA, CHINA).

3.-Se transcribe la proyeccin de la demanda en los formatos de pedidos de acuerdo al producto. Se selecciona al proveedor segn las caractersticas del producto a solicitar.Los productos que comercializamos los importamos de China y a proveedores que han sido seleccionados por la gerencia de la empresa, en el caso de la resina nos provee la empresa Conan y su planta queda en la ciudad de Hong kong 4.-Se enva los formatos de pedido del producto solicitado al proveedor para que nos emita la proforma correspondiente.Este procedimiento se efecta para saber cul es el precio del producto y cunto ser el total del pedido para luego enviarlo a finanzas y adems saber cunto tiempo se tomara para que llegue nuestro pedido.

5.-Finanzas verifica el presupuesto para dar conformidad a la compra del pedido. A la no conformidad de la proforma se verifica el presupuesto por segunda vez realizando los reajustes necesarios.Despus que logstica enva la proforma de la cotizacin, finanzas lo revisa para saber si disponen con los fondos suficientes para emitir la orden de compra.

6.-Con la aprobacin de la proforma se confirma el pedido al proveedor. Se confirman precios, pagos y fechas tomando en cuenta el tiempo de fabricacin del pedido, embarque y desembarque. Se realizan coordinaciones con el exportador- proveedor.Luego que finanzas aprueba el pedido se enva la orden de compra.

7.-Se realiza un depsito del 30% por el adelanto de la compra.El proveedor nos confirma haber recibido la orden de compra, y se hace el abono del 30%.

8.-Proveedor enva documentos originales de la importacin va Courier para trmites de nacionalizacin de la mercadera.El proveedor enva los siguientes documentos: Factura comercial, ficha tcnica, certificado de la nacionalizacin del producto donde se especifica que el producto est hecho en china.

9.-Agente de carga da aviso de 3 a 5 das antes de la llegada de la mercadera. Finanzas se contacta con agente de aduana para iniciar trmites de nacionalizacin.

10.-Ingreso de mercadera a Almacn, reconocimiento fsico-visual y certificacin de mercadera solicitada con el packing list, Se ingresa el packing list al sistema de inventarios. Se abona el 70% restante del pago de la mercadera al proveedor.