DESARROLLO PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN

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Contenido necesario para el desarrollo de un pedimento de importación en base a la revisión de documentos aduaneros proporcionados por el SAT ara la detección de errores en la elaboración de pedimentos.

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PLAN DE IMPORTACIN

1-.MERCANCA: Son todos los bienes y servicios que cruzan nuestra frontera nacional. Los productos, artculos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular.

1.1. Impuesto de la mercanca: Son las contribuciones establecidas en las leyes que deben pagar las personas fsicas y morales que se encuentren en la venta dentro del pas.

1.2. Unidad de medida: Es una cantidad estandarizada de una determinada magnitud fsica, definida y adoptada por convencin o por ley.

1.3. Importacin: Es la entrada de mercancas al territorio nacional para permanecer en el en forma definitiva o temporal.

2.- ARANCELES: Son las cuotas o tasas de los impuestos generales de importacin y exportacin se utiliza en las operaciones de comercio exterior.

1. 2. 2.1 Ad-valoren: Gravamen expresado como porcentaje sobre el valor del bien.

2.2 Especfico: Gravamen expresado en trminos monetarios por unidad de medida del bien.

2.3 Mixto: Es aquel compuesto por un arancel ad valorem y uno especfico, aplicados simultneamente para gravar la importacin de un bien.

2.4 Cupo: Se aplica exclusivamente a las mercancas por acuerdo de lo ejecutivo. Una cantidad determinada; asi como una tasa diferente a los que excedan dicho monto.

2.5 Estacional: Se establece pera tener vigencia exclusivamente en una determinada poca del ao.

3.- IMPUESTOS: Contribuciones en las leyes que deben pagar las personas fsicas y morales que se encuentren en la situacin jurdica o de hecho previsto por la misma y que sean distintas de aportaciones, contribuciones y derechos.

3.1 - Base gravable: Es el valor en aduana de las mercancas que corresponde al valor de transaccin.4.- CUOTAS COMPENSATORIAS: Aquellas que se aplican a las mercancas importadas en condiciones de discriminacin de precios o de subvencion en un pas de origen.

5.- RGIMEN ADUANERO: Es el conjunto de operaciones orientados a darle un destino aduanero especfico a una mercanca, de acuerdo en ladeclaracin presentada por el interesado en la forma prescrita por las normas.

6.- MEDIDAS Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS: Es el que se impone a aquellos productos que se importan en condiciones de prcticas desleales de comercio internacional y se aplican independientemente del arancel que corresponda a la mercanca.

7.- BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS: Regulan al comercio exterior: protegen la economa del pas, la salud de la poblacin y la seguridad.

7.1. Reglas de origen: Normas jurdicas y administrativas que deben cumplir los exportadores o importadores, deben contener el lugar de procedencia de los insumos utilizados, procedimientos empleados y fabricacin.

7.2. Marcado de origen: Son normas que deben cumplir para internar mercancas, los empaques y envases deben ostentar claramente y en forma visible, el pas de procedencia.

7.3. Cupos: Importacin o Exportacin: Es la capacidad permitida tanto al rgimen de importacin como de exportacin en cuanto a cantidad y tiempo.

7.4. Permisos previos: Son los que se someten a un trmite anticipado de autorizacin a cualquier operacin de comercio.

7.5. Normas de calidad: Definen los requerimientos de informacin comercial o de seguridad que un producto debe cumplir para comercializarse.

7.6. Medidas de salvaguarda: Instrumentos de regulacin dentro de la economa del pas, se imponen cuando exista un dao serio a la poblacin

8.- NOMS: (Norma Oficial Mexicana) Son normas que definen los requerimientos de informacin comercial o de seguridad que un producto debe cumplir para comercializarse.

9.- INCOTERM: Son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancas. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la prctica actual en el transporte internacional de mercancas. Los ms comunes en la importacin terrestre son: EXW., FCA., CPT., CIP., DAP., DDU., DDP.

10.- PROGRAMAS DE FOMENTO: Son apoyos administrativos y fiscales que se crean para apoyar las exportaciones en el territorio nacional.

11.- PEDIMENTO: Documento que ampara la entrada o salida de mercancas del pas en el cual se precisa de importador o exportador, el proveedor, descripcin detallada de las mercancas, valor cantidades, origen, arancel, rgimen que se destinara la mercanca, nombre y nmero de patente del agente aduanal por la que se tramite, entre otros.

11.1. Contrato de seguro de transporte: Ofrece proteccin a los productos a lo largo del viaje.Los factores que se deben tomar en cuenta para la prima de seguros son: medios de transporte, rutas, transbordos, cubre los posibles daos materiales que sufran durante su transporte, siempre y cuando vayan adecuadamente.

3. 4.

Cianuro de sodio

El cianuro de sodio o cianuro sdico (NaCN) es la sal sdica del cido cianhdrico (HCN). Se trata de un compuesto slido e incoloro que hidroliza fcilmente en presencia de agua y xido de carbono (IV) para dar carbonato de sodio y cido cianhdrico:2 NaCN + H2O + CO2 -> Na2CO3 + 2 HCNEn agua se disuelve con un pH bsico sobre 11.

Fsicamente es un slido blanco cristalino delicuescente, venenoso, comnmente llamado cianuro blanco y tambin conocido como prusiato de sodio.

El cianuro de sodio se obtiene en general del tratamiento de cianuro de hidrgeno (HCN) con hidrxido de sodio (NaOH), produciendo el Cianuro de Sodio (NaCN) con agua (H2O).

El agua se elimina mediante secado y filtrado y el cianuro de sodio se convierte en briquetas blancas y slidas de aproximadamente 10 centmetros cuadrados en forma de sales slidas que se mantienen en su estado a temperaturas y humedades controladas, por lo que las briquetas se colocan en contenedores rotulados y sellados para protegerlas y que no se aplasten y humedezcan.

Pueden encontrarse en forma natural o ser manufacturados; la mayora son venenos potentes y de accin rpida. El cianuro de hidrgeno (HCN), que es un gas, y las sales simples de cianuro (cianuro de sodio y cianuro de potasio) son ejemplos de compuestos de cianuro.

Algunas bacterias, hongos y algas pueden producir cianuro. El cianuro se encuentra tambin en numerosos alimentos y plantas. Se producen en forma natural como parte de azcares o de otros compuestos naturales en algunas plantas comestibles, por ejemplo almendras, brotes de mijos, algunos tipos de frijoles, soja, espinaca, vstagos de bamb y races de mandioca (las cuales son una fuente importante de alimentacin en pases tropicales).

El cianuro de sodio y el cianuro de potasio son slidos blancos con leve olor amargo a almendras en ambientes hmedos.

Identificacin de los peligrosIncendioNo combustible pero produce gas inflamable en contacto con agua o aire hmedo.En caso de incendio se desprenden humos (o gases) txicos e irritantes.

ExplosinLos contenedores pueden explotar cuando se calientan o si se contaminan con agua.

Datos fisicoqumicos

Frmula: NaCNMasa molecular: 49,05 g/molEquivalente gramo: 49,05 g Punto de fusin: 563,7CPunto de ebullicin: 1496CDensidad: 1,60 g/m4

Rango de toxicidad: La dosis mortal de las sales de cianuro se ha estimado entre 200-300 mg para un adulto.Mercanca: 28.37.11.01 Cianuro de sodio Captulo 28: Productos qumicos inorgnicos; compuestos inorgnicos u orgnicos de material precioso, de elementos radioactivos, de materiales de las tierras raras o de isotopos.Subcaptulo V: Sales y peroxosales metlicas en los cidos inorgnicos.Seccin VI: Productos de las industrias qumicas o de las industrias conexas.Impuesto

Cdigo Descripcin Unidad Imp. Exp.

28.37.11.01Cianuro de sodio kg7%Ex

ArancelesAdvalorem: Esta mercanca cuenta con advalorem cuando es importada, en la LIGIE viene estipulada con un 7%. Especfico: El precio por kilogramo del cianuro de sodio es de $1200.Mixto: Cuenta con ambos aranceles tanto especifico como advalorem, por lo tanto tiene un arancel mixto.

Modalidad de arancelEstacional: La mercanca no tiene modalidad estacional, por ser un producto que es utilizado en la minera, farmacutica e industria textil, es importado en cualquier mes, es decir, no est sujeta a alguna poca del ao.Cupo: El Cianuro de sodio es un material con marcaje venenoso, es por ello que su importacin est restringida cuando se quiere transportar altas cantidades.En el transporte areo la cantidad mxima que se puede transportar en un vuelo comercial es de 5Kg, mientras que en un vuelo de carga la cantidad mxima a transportarse es de 50kg por vuelo.Por otra parte en el transporte terrestre se pueden transportar de 2 a 3 toneladas en un camin.

Impuestos: Base gravable IGIMercanca: Cianuro de sodio Fraccin arancelaria: 28.37.11.01 Advalorem: 7% Origen: China Requisitos: Etiquetado de informacin NOM-002-SCT/2011Factura: $35000 USDFlete martimo: China-Mxico $5384.62 USD Cruce: $2307.70 USDTipo de cambio: $13 1) Valor comercial (VC)= $35000 USD2) Valor en la aduana (V.A.)= V.C.+ Incrementable V.A. = 35000 + 7692.32= 42692.32 USDCambio de moneda= VA*13= 42692.32*13= $555000 MXN

3) IGI= V.A * ADV (0.07)IGI= 555000 * 0.07 = $38550 MXN

4) DTA= V.A. * millarDTA= 555000 * 0.008 = $4440 MXN

5) IVA= (V.A + IGI + DTA) (16%)IVA= (555000 + 38550 + 4440) (0.16) = $95720 MXN

6) Total de contribuciones= IGI + DTA + IVA Total = 38550 + 4440 + 95720 = $139010 MXN

Cuotas compensatoriasEl producto no cuenta con cuotas compensatorias, ya que es un producto de importacin, es decir, elaborado en China para ser vendido a Mxico.

Regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exteriorI. Para prevenir enfermedades la SEMARNAT aprob que el Cianuro de Sodio solo se podr transportar durante el de 6 am. A 8 pm., de esta manera se evitara la propagacin del material en el medio ambiente.II. Mxico firmo algunos tratados con ChinaMemorndum de entretenimiento en materia de defensa comercialMemorndum de entretenimiento para la cooperacin en materia minera.Declaratoria de intensin para establecer un grupo de alto nivel empresarial Mxico-China.III. Los productos que Mxico prohbe su importacin son: tierra, envases rellenos de heno, paja o adornos de paja sin procesar, alimentos de elaboracin casera y harinas de origen animal; esto para evitar plagas o enfermedades.IV. Con el fin de evitar explosiones y daar la flora y la fauna, cuando se transporta el Cianuro de sodio se debe respetar el cupo permitido y portar el marcaje de precaucin.

Regmenes aduanerosDefinitivo de importacin: El cianuro de sodio es considerado de importacin definitiva cuando se trae a Mxico y es utilizado en el mismo estado.Recinto Fiscalizado: La mercanca tambin puede ser considerada como recinto fiscalizado cuando el Cianuro se trae a Mxico por un plazo mximo de 20 aos y es objeto de transformacin, como puede ser ropa o pastillas para reducir la presin arterial; una vez transformada la mercanca es devuelta a su pas de origen, en este caso se devolver a China para que sea all donde se realice la venta del producto transformado.Barreras comerciales no arancelariasReglas de origen: ChinaMarcado de origen: Qumicos Orientales Permisos PreviosEl Cianuro de sodio tiene permisos de la SEMARNAT porque es una secretaria dedicada a: Fomentar la proteccin, restauracin y conservacin de los ecosistemas, recursos naturales, bienes, servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable. Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que correspondan a la Federacin, con excepcin del petrleo y todos los carburos de hidrgenos lquidos, slidos y gaseosos, as como minerales radioactivos. Promover el ordenamiento ecolgico del territorio nacional, en coordinacin con las autoridades federales, estatales y municipales, y con la participacin de los particulares; Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores pblico, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, as como sobre los programas para la prevencin de accidentes con incidencia ecolgica; Conducir las polticas nacionales sobre cambio climtico y sobre proteccin de la capa de ozono. Regular y vigilar la conservacin de las corrientes, lagos y lagunas de jurisdiccin federal, en la proteccin de cuencas y proteger el medio ambiente. Otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones, y reconocer derechos, segn corresponda, en materia de aguas, forestal, ecolgica, explotacin de la flora y fauna silvestres, y sobre playas, zona federal martima terrestre y terrenos ganados al mar.Tambin cuenta con permiso de la COFEPRIS, es un rgano que tiene como misin proteger a la poblacin contra riesgos sanitarios, para lo cual integra el ejercicio de la regulacin, control y fomento sanitario bajo un solo mando.Cupo: 25 toneladas Presentacin del producto: 25 cajas de madera con capacidad de 1 tonelada c/u.Normas de calidadNorma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011, para el transporte de materiales peligrosos ms transportados. En la elaboracin de esta Norma Oficial Mexicana participaron:Secretaria de Comunicaciones y TransportesDireccin General de Transporte.Los envases y embalajes para este tipo de substancias llevarn etiqueta de riesgo secundario de "EXPLOSIVO", a menos que la autoridad competente del pas de origen permita que se prescinda de esa etiqueta en el envase y/o embalaje utilizado, en donde los resultados de las pruebas que efecten demuestren que la substancia en ese envase y embalaje no presentar comportamiento explosivo, lo que deber constar en el documento de embarque. En tal caso, deber tenerse en cuenta lo dispuesto en las disposiciones especiales aplicables al transporte de la clase 1 explosivos.

NOM-053-SEMARNAT-2005. Establece las caractersticas, el procedimiento de identificacin, clasificacin y listado de residuos peligrosos.Los residuos peligrosos, en cualquier estado fsico, por sus caractersticas corrosivas, reactivas, explosivas, inflamables, txicas, y biolgico-infecciosas, y por su forma de manejo pueden representar un riesgo para el equilibrio ecolgico, el ambiente y la salud de la poblacin en general, por lo que es necesario determinar los criterios, procedimientos, caractersticas y listados que los identifiquen.Los avances cientficos y tecnolgicos y la experiencia internacional sobre la caracterizacin de los residuos peligrosos han permitido definir como constituyentes txicos ambientales, agudos y crnicos a aquellas sustancias qumicas que son capaces de producir efectos adversos a la salud o al ambiente.Esta Norma Oficial Mexicana establece el procedimiento para identificar si un residuo es peligroso, el cual incluye los listados de los residuos peligrosos y las caractersticas que hacen que se consideren como tales.Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en lo conducente para los responsables de identificar la peligrosidad de un residuo.

NOM-009-SCT/2009. Especificaciones especiales y de compatibilidad para el almacenamiento y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos.Est prohibido el transporte de substancias explosivas de sensibilidad excesiva o de una reactividad tal que puedan reaccionar espontneamente, as mismo queda prohibido el transporte de material blico. 5.2 La Clase 1 es restrictiva, es decir que slo deben aceptarse para el transporte de las substancias u objetos explosivos que figuran en la Tabla 2, Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos Ms Usualmente Transportados, Por Orden Numrico, contemplada en la citada NOM-002-SCT/2003. Sin embargo, la Secretara de Comunicaciones y Transportes (SCT) es la autoridad facultada para autorizar, el transporte de substancias u objetos explosivos para fines particulares en condiciones especiales. Por esa razn se han previsto en la NOM-002-SCT/2003, los epgrafes substancias explosivas, N.E.P. y "objetos explosivos, N.E.P.. Estos epgrafes slo se utilizarn cuando no sea posible proceder de otro modo. 6. Procedimiento de clasificacin 6.1. La clase 1 comprende: a) Las substancias explosivas (no se incluyen en la clase 1 las substancias que no son explosivas en s mismas, pero que pueden formar mezclas explosivas de gases, vapores o polvo), excepto las que son demasiado peligrosas para ser transportadas y aquellas cuyo principal riesgo corresponde a otra clase. b) Los objetos explosivos, excepto los artefactos que contengan substancias explosivas en cantidad o de naturaleza tales, que su inflamacin o cebado por inadvertencia o por accidente durante el transporte no implique ninguna manifestacin exterior en el artefacto que pudiera traducirse en una proyeccin, en un incendio, en un desprendimiento de humo o de calor o en un ruido fuerte; y c) Las substancias y objetos no mencionados en los apartados a) y b) fabricados con el fin de producir un efecto prctico, explosivo o pirotcnico. 6.1.1.2 Divisiones 6.1.1.2.1 Las substancias, mezclas y objetos de esta clase que no estn clasificados como explosivos inestables se clasificarn en una de las seis divisiones siguientes con arreglo al tipo de peligro que presentan: a) Divisin 1.1: Substancias, mezclas y objetos que representan un riesgo de explosin de la totalidad de la masa, es decir que la explosin se extiende de manera prcticamente instantnea a casi toda la carga. b) Divisin 1.2: Substancias, mezclas y objetos que representan un riesgo de proyeccin, pero no un riesgo de explosin de la totalidad de la masa. c) Divisin 1.3: Substancias, mezclas y objetos que representan un riesgo de incendio y de que se produzcan pequeos efectos de onda expansiva o de proyeccin o ambos, pero no riesgo de explosin de la totalidad de la masa. Se incluyen en esta divisin las substancias y objetos siguientes: a) aquellos cuya combustin da lugar a una radiacin trmica considerable; o b) los que arden sucesivamente, con efectos mnimos de onda expansiva o de proyeccin, o ambas cosas.

Referencias de la NOM-009-SCT/2009NOM-053-SEMARNAT-93. Establece las caractersticas para llevar a cabo la extraccin para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad en el ambiente.NOM-011-SCT2/2003. Condiciones para el transporte de las substancias y materiales peligrosos en cantidades limitadas.NOM-027-SCT2/2009. Especificaciones especiales y adicionales para los envases, embalajes y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos.ISO 14001 medio ambienteOHSAS 18001 Seguridad y salud NOM-030-SCT2/2009. Especificaciones y caractersticas relativas al diseo, construccin y pruebas de las cisternas porttiles de gases refrigerados.NOM-051-SCT2/2003. Especificaciones y adicionales para los envases y embalajes de las substancias peligrosas.

Medidas de salvaguardaNo aplican al Cianuro de sodio, por ser un producto importado y su produccin nacional no existe, por lo tanto, no puede considerarse una mercanca idntica a una de produccin nacional.NOMS Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011, para el transporte de materiales peligrosos ms transportados. En la elaboracin de esta Norma Oficial Mexicana participaron:Secretaria de Comunicaciones y TransportesDireccin General de Transporte.Los envases y embalajes para este tipo de substancias llevarn etiqueta de riesgo secundario de "Explosivo", a menos que la autoridad competente del pas de origen permita que se prescinda de esa etiqueta en el envase y/o embalaje utilizado, en donde los resultados de las pruebas que efecten demuestren que la substancia en ese envase y embalaje no presentar comportamiento explosivo, lo que deber constar en el documento de embarque. En tal caso, deber tenerse en cuenta lo dispuesto en las disposiciones especiales aplicables al transporte de la clase 1 explosivos.

INCOTERMS

CIF (Coste, Seguro y Flete, Cost Insurance and Freight)La empresa vendedora entrega la mercanca a bordo del buque o proporciona la mercanca as ya entregada. El riesgo o prdida de la mercanca se transmite cuando la mercanca est a bordo del buque. La empresa vendedora (Qumicos Orientales) debe contratar y pagarlos costos y fletes necesarios para llevar la mercanca hasta el puerto de destino designado.El vendedor tambin contrata la cobertura de seguro contra el riesgo del comprador de prdida o dao durante el transporte. Esta cobertura de seguro es solo una cobertura mnima. CPT (Transporte Pagado Hasta, Carriage Paind To)El vendedor (Qumicos Orientales) se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercanca llegue al punto convenido en el pas de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador (empresa fsica o moral mexicana) en el momento de la entrega de la mercanca al transportista dentro del pas de origen (Mxico). Se puede usar con cualquier modo de trasporte.Programas de fomentoEs un plan de importacin, por lo tanto no cuenta con programas de fomento, ya que estos solo sirven para las empresas exportadoras nacionales.

Contrato de seguro de transporte, Agencia Mexicana de Buques y Contenedores S.A. de C.V.

Por medio de este contrato, se notifica que mediante la contratacin externa de la empresa transportadora Agencia Mexicana de Buques y Contenedores S.A. de C.V. con el fin de consolidar la venta de la mercanca de Cianuro de Sodio, la empresa Qumicos Orientales (importador) se compromete a entregar en tiempo y forma el pedido al comprador, mediante el transporte naval de un buque, que llevar la carga total de 25 toneladas mtricas de el pas de origen (China), hasta su destino (Mxico). Qumicos Orientales se compromete al cumplimiento del contrato desde el momento en que se cargue la mercanca en el transporte, y durante el trayecto del transporte por vas martimas, hasta la consolidacin del embarque en el puerto o aduana correspondiente. En el momento en que la mercanca (Cianuro de Sodio) toque tierra, el contrato queda cumplido en su totalidad y la seguridad de la carga queda en manos del comprador. La empresa importadora Qumicos Orientales y la aseguradora Agencia Mexicana de Buques y Contenedores S.A. de C.V. quedan deslindadas de toda responsabilidad en el momento de dicha accin.

Lic. Maricarmen Gonzlez(Director General25