Implicaciones éticas y legales de la práctica médica

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Mtra. Garbiñe Saruwatar Zavala 6 de noviembre de 2009 IMPLICACIONES IMPLICACIONES ÉTICAS Y LEGALES ÉTICAS Y LEGALES DE LA PRÁCTICA DE LA PRÁCTICA MÉDICA MÉDICA VIII REUNIN !NU!" #E "! $%MISIN #E !R&I'R!(E M)#I$% #E VER!$RUZ

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En esta presentación se describen los aspectos éticos y médico-legales del ejercicio de la práctica médica.

Transcript of Implicaciones éticas y legales de la práctica médica

  • Mtra. Garbie Saruwatari Zavala

    6 de noviembre de 2009IMPLICACIONES TICAS Y LEGALES DE LA PRCTICA MDICAVIII REUNIN ANUAL DE LA COMISIN DE ARBITRAJE MDICO DE VERACRUZ

  • FACTORES QUE GENERAN:INSATISFACCINCONFLICTODEMANDAFactores nocivos en la relacin del Personal de Salud con el paciente-Falta de informacin: incompleta, inadecuada.-Negativa de Atencin o Atencin parcial.-Tardanza o diferimiento en la atencin.-Falta de recursos.-Resultados inesperados.-Complicaciones Quirrgicas-FallecimientoFriccin con la familia.Trato de clientes.Actitud paternalista.Cobros excesivos.Mala comunicacin.-Opinin de otro profesional de la salud-Mayor exigencia social.-Algunos medios de informacin.-Industria del litigio vs. mdicos.

  • MdicoPacienteInstitucionesSociedad Tcnica tica y MoralInvestigacin

    NormatividadProgramasGuas de prescripcin Expectativas Temores Prejuicios InformacinLex ArtisEmpataBuena Prctica MdicaApego a la LeyACTO MDICO

  • MEDICINALEX ARTISReglas o procedimientos que el avance de la medicina pone al alcance de sus practicantes.

    Profesin eminentemente humansticayActividad profesional REGLAMENTADA

  • OMS: SALUDEstado completo de bienestar fsico y mental, en un contexto ecolgico-social propicio para su sustento y desarrollo. La salud descansa en la esfera de prcticamente todas las interacciones sociales y culturales y es, con ellas, un componente sinergtico de bienestar social

  • DERECHO A LA PROTECCIN DE LA SALUDPblico: Administrativo, Penal, Sanitario

    Privado: Civil, Mercantil

    Social: Seguridad Social, Laboral, Agrario

    FUENTES

    ACCIONES

    SUJETOS

    INSTANCIAS

  • Constitucin Poltica de los E. U. M.ReglamentosLeyes GeneralesNormas Oficiales MexicanasNormatividad de las InstitucionesAa. 1-29 y 30-38, 123 TTULO PRIMEROCAPTULO IDe las garantas individualesReglamentos en materia de Atencin Mdica, de Investigacin en Salud, de Transplantes, etc.Ley General de SaludLeyes ConstitucionalesTratadosLey Celebracin de TratadosA. 133 Constitucional Declaraciones UniversalesDecretos, Circulares, Acuerdos, ConveniosPIRMIDE DE LA NORMATIVIDAD MEXICANA

  • Obligacin de los profesionales de la saludEl profesional de la salud deber poner al servicio de su paciente sus conocimientos cientficos, recursos tcnicos y tiempo necesario.MediosINFORMACION COMPLETA OportunaRelevante VerazPertinenteClara

  • Obligacin de los profesionales de la saludEvitar complicaciones previsibles a los pacientes y minimizar los riesgos por el uso de los recursos diagnsticos y teraputicos.SeguridadPREVENCIN DE RIESGOSEvitar accidentesInstalacionesPrevenir lo previsible Cirugas previasAlergiasInteracciones medicamentosasRiesgo/BeneficioUso Guas Clnicas

  • ResultadosLa medicina no es una ciencia exacta y por tanto no son exigibles.Obligaciones de los Profesionales de SaludPROMESAS SOBRE RESULTADOS:Ciruga esttica (por escrito) Calidad de los insumosEntrega Medicamentos Resultados de Laboratorio Tratamiento odontolgico (prtesis, rtesis)

  • RESPONSABILIDAD MEDICA EN MXICO IMPERICIA imprudenciaMEDIOS RESULTADOS SEGURIDADDOLONEGLIGENCIADESVIACIONESArt. 2615 Cdigo Civil

  • MBITO JUDICIAL: RESPONSABILIDAD CIVILADMINISTRATIVA PENALRelacin entre el Estado y Gobernado Recurso de Inconformidad:actos y resoluciones autoridades sanitarias

    Responsabilidad de los Servidores Pblicos: Juicio polticoFaltas a Ley:Apercibimiento Amonestacin Inhabilitacin Relacin entre el Estado y personas (gobernados y servidores pblicos)Conducta Tipo- DelitosAutora

    ResponsabilidadPenasMultas Crcel

    Reparacin del Dao

    Relacin entre dos particulares (Contrato)

    Responsabili-dad objetiva [A. 1913 C.C.F.]

    Dao Moral [A. 1916 C.C.F.]Daos y perjuicios

    Reparacin del daoLABORAL LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    Relacin contrac-tual

    Indemni-zaciones por incapaci-dades

  • TRMINOSDignidad Deontologatica Clnicatica AxiolgicaBioticaLibertad y AutonomaConciencia MoralLex ArtisDerechos Personales

  • DEONTOLOGA MDICASancionesArancelesDeberes con los colegasMal-praxis o negligencia mdicaSecreto Profesional o ConfidencialidadEutanasia AbortoCdigo de HammurabiJuramento de Hipcrates

  • Antecedentes Deontologa MdicaJuramento de Iniciacin Caraka Samhita, India (s. I a.C.). La Oracin Diaria del Mdico Moiss Maimnides, Espaa (1135-1204)Juramento de Asaph Judeus Asaf ben Berachiah, Israel (s. VII). Consejo de un Mdico Arabia (s. X)Los Deberes del MdicoMohamed Hasin, Persia (1770)Principio de la MedicinaSan Isidoro de Sevilla (s. VI). Cautelas de los Mdicos Arnau de Vilanova, Espaa (s. XIII).Los Cinco Mandamientos y las Diez ExigenciasChen Shih-Kung, China (s. XVII).

  • Nuremberg: JuicioLos acusadosLos FiscalesLos Jueces

  • Declaracin de Ginebra (1948)Asociacin Mdica MundialActualizacin de la tica hipocrtica Carece de fuerza jurdica.Respeto colegas y pacientesNo discriminar: raza, religin, nacionalidad.Cdigo Internacional de tica MdicaDeclaracin de HelsinkiDeclaracin de TokioDeclaracin de Lisboa

  • SemejanzasBiotica y Derechos HumanosCoinciden histricamente

    Cdigos deontolgicos y la Declaracin Universal.

    Multidisciplinariedad.

    Dignidad del ser humano.

    Iusnaturalismo = primaca ser humano sobre el reconocimiento.

  • El acto mdico es una confianza ante una conciencia

    ATENCIN MDICA

  • DILEMA:PROBLEMA CUYA SOLUCINPLANTEA OTRO PROBLEMADr. Fernando Lolas

  • Comit de la MuerteHemodilisis.

    Seattle: comit.

    Decisiones: historia clnica y de vida del paciente.

    Shana Alexander: revista Life (1962). They decide who lives, who diesDr. Belding Scribner (1961)

  • El Corazn de Barnard /La Pierna De Cosme y Damin

    Poco xito, pero conmocion.

    Gran controversia acerca de la naturaleza y moralidad.

    Muerte cerebral pero un cuerpo vivo.

    Abri preguntas sobre la muerte.Cirujano Christian Barnard 3 de diciembre de 1967Ciudad del Cabo, Sudfrica

  • Consolidacin de la BioticaVan Rennsselaer Potter (1970)

    Bioethics: The science of survival Biotica: la ciencia de la supervivencia.

    Bioethics: Bridge to the futureBiotica: puente para el futuro.

    Neologismo del griego bios = vidaethos = tica

  • Divisin de la FilosofaFilosofaEspeculativa o TericaPrcticaFilosofa de laNaturalezaMetafsicaLgicaticaEstticaCrticaOntologaTeodiceaCosmologa

    Psicologa Racional ciencia racional prctica normativa bondad y maldad actos humanosAxiologa

  • Definiciones de BioticaEstudio interdisciplinario de los problemas suscitados por el progreso biolgico y mdico, tanto al nivel microsocial como al nivel de la sociedad global, y sus repercusiones sobre la sociedad y sus sistemas de valores, hoy y maana. Francesc Abel

  • Principios de la Biotica

    Autonoma

    No Maleficencia

    Beneficencia

    Justicia

  • PRINCIPIOS TICOSNo permitir que se conozca la intimidad corporal o la informacin confidencial que directa o indirectamente se obtenga sobre la vida y la salud de la persona.

    La privacidad es una dimensin existencial reservada a una persona, familia o grupo.

    Va de la mano de la Confidencialidad.Privacidad

  • PRINCIPIOS TICOSCompromiso de cumplir las promesas realizadas a otra persona.

    No violar las confidencias que hace una persona.

    Fidelidad

  • PRINCIPIOS TICOSPrincipio ineludible de no mentir o engaar a la persona.

    Fundamental para mantener la confianza.

    Relevancia en las relaciones de atencin a la salud. Veracidad

  • PRINCIPIOS TICOSEl profesional en salud se hace merecedor de confianza y respeto por sus conocimientos y su honestidad al trasmitir informacin, dar enseanza, realizar los procedimientos propios de su profesin y ofrecer servicios o ayuda a las personas. Confiabilidad

  • PRINCIPIOS TICOSEs un principio indeclinable de convivencia humana, es adherirse con las personas en las situaciones adversas o propicias, es compartir intereses, derechos y obligaciones.Solidaridad

  • PRINCIPIOS TICOSAdmitir las diferencias personales, sin caer en la complacencia de errores en las decisiones y actuaciones incorrectas. Tolerancia

  • CDIGO DE BIOTICA PARA EL PERSONAL DE SALUD (2002)Las acciones de atencin a la salud proporcionadas por el personal profesional y tcnico deben ser aplicadas en beneficio de la poblacin en un marco cientfico y humanitario.El personal de salud debe atender a todos los que demanden sus servicios sin distincin de edad, sexo, nacionalidad, religin, ideologa poltica, posicin socio-econmica; sin escatimar tiempo, ni espacio, respetando siempre la dignidad y derechos humanos.El personal de salud tiene el compromiso de salvaguardar el prestigio de las profesiones que participen en las actividades de la atencin mdica, con atributos de honradez, capacidad y eficiencia.Es necesario afirmar que el respeto a la dignidad humana se basa en el principio fundamental de que los seres humanos poseen igual valor.Toda persona tiene, en principio, derecho a la proteccin de su salud. Los habitantes de la Repblica Mexicana y los mexicanos que habiten en el extranjero deben gozar de este mismo derecho. El personal de salud est obligado a buscar los medios para que se cumplan los deberes de equidad y justicia, paradigma prioritario de la Biotica.

  • CDIGO DE TICA DE LOS SERVIDORES PBLICOS DE LA ADMINISTRACION PBLICA FEDERALBIEN COMUNINTEGRIDADHONRADEZIMPARCIALIDADJUSTICIATRANSPARENCIARENDICION DE CUENTASENTORNO CULTURAL Y ECOLGICOGENEROSIDADIGUALDADRESPETOLIDERAZGO

  • Cartas de Derechos Generales

  • CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTESRecibir atencin mdica adecuada.Recibir trato digno y respetuoso.Recibir informacin suficiente, clara, oportuna y veraz.Decidir libremente sobre su atencin.Otorgar o no su consentimiento vlidamente informado.Ser tratado con confidencialidad.Contar con facilidades para obtener una segunda opinin.Recibir atencin mdica en caso de urgencia.Contar con un Expediente clnico.Ser atendido cuando se inconforme por la atencin mdica recibida.

  • CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS MDICOSEjercer la profesin en forma libre y sin presiones.Laborar en instalaciones apropiadas y seguras.Disposicin de recursos que requiere su prctica profesional.Abstenerse de garantizar resultados.Recibir trato respetuoso por parte de los pacientes, sus familiares y el personal.Tener acceso a educacin mdica continua y ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional.Acceso a actividades de investigacin y docencia en el campo de su profesin.Asociarse para promover sus intereses.Salvaguardar su prestigio profesional.Percibir remuneracin por los servicios prestados.

  • Mtra. Garbie Saruwatari Zavala

    Tel: 54-20-71-44

    [email protected] POR SU ATENCIN

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