Imperio de La Ley

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Imperio de la ley 1 Imperio de la ley La ley, representada en un mosaico de Frederick Dielman en la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, con una completa iconografía: sentada en un trono, lleva en una mano la palma (que simboliza el premio) y en otra la espada (que simboliza el castigo). Sobre su pecho lleva la égida de Minerva-Atenea (que simboliza la justicia y la sabiduría). Imperio de la ley es un concepto jurídico-político de definición formal no unívoca, [1] pero que generalmente se entiende en el sentido de la primacía de la ley sobre cualquier otro principio gubernativo, especialmente contra la tiranía y la arbitrariedad del poder político ("El Estado soy yo"), incluso aunque fueran bienintencionadas (principio de razón de Estado, opuesto a las máximas romanas Dura lex sed lex o Fiat iustitia, et pereat mundus [2] ). En cierto sentido, el concepto de "imperio de la ley" es similar al concepto helénico nomos basileus ("la ley es el rey") o al anglosajón rule of law, pero no debe confundirse con otros, como los germánicos Rechtsstaat (traducible como "Estado de derecho"), [3] y Verfassungsstaat (traducible como "Estado constitucional de derecho"), con el principio de legalidad o con los conceptos de legitimidad, legalidad, cultura de la legalidad, gobernanza, etc. El Imperio de la ley ha sido descrito como un principio meta-jurídico o un ideal ético político. [4] La vieja aspiración histórica a establecer un «gobierno de leyes»... dio lugar en la cultura jurídica europea al ideal de imperio de la ley o rule of law, que es quizá la piedra angular en que se sustenta la legitimidad de nuestros ordenamientos jurídicos vigentes. [5] Una denominación etimológicamente equivalente sería nomocracia. [6] Entendido como principio o supremacía constitucional, el "imperio de la ley" significa la sujección de la acción estatal a una regla o ley fundamental (la constitución). El constitucionalismo clásico (constitucionalismo inicial) - Dicha etapa se gestara laxamente a partir del siglo XIII y se prolongara hasta parte del siglo XIX. Esta expresa en si misma los orígenes o inicios del constitucionalismo. Forjado para derrotar al absolutismo monárquico. Néstor Pedro Sagues señala que dicha modalidad se dirigía a racionalizar el poder político creando la imagen de la nomocracia o gobierno de las leyes, es decir que para considerar cualquier acto del estado como válido y legítimo, éste debía derivarse de una competencia previamente prevista en la constitución. [7] Tal concepto o principio regula el ordenamiento jurídico de un país o sociedad; y, a pesar que se aplica especialmente al Estado y sus funcionarios, se entiende que debe ser de observación general, seguido por todos. [8] Concepto anglosajón de rule of law La tradición anglosajona se remonta a la mitificada Carta Magna de 1215, y a la jurisprudencia acumulada durante siglos, como este texto del juez Henry de Bracton (ca. 1250): El rey no debe estar sujeto a un hombre, pero sí a Dios y a la ley, porque es la ley lo que lo hace rey. [9] No obstante, su más acabada formulación es propia del sistema político de la Revolución inglesa construido sobre el Bill of Rights de 1689. Su sentido era la limitación del poder del rey, garantizando el poder legislativo del Parlamento inglés. [10] La fascinación que este sistema produjo en Montesquieu y los pensadores políticos franceses del siglo XVIII (que vivían en una monarquía absoluta), llevó a la formulación del principio de separación de

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  • Imperio de la ley 1

    Imperio de la ley

    La ley, representada en un mosaico de FrederickDielman en la Biblioteca del Congreso de

    Estados Unidos, con una completa iconografa:sentada en un trono, lleva en una mano la palma

    (que simboliza el premio) y en otra la espada (quesimboliza el castigo). Sobre su pecho lleva lagida de Minerva-Atenea (que simboliza la

    justicia y la sabidura).

    Imperio de la ley es un concepto jurdico-poltico de definicin formalno unvoca,[1] pero que generalmente se entiende en el sentido de laprimaca de la ley sobre cualquier otro principio gubernativo,especialmente contra la tirana y la arbitrariedad del poder poltico ("ElEstado soy yo"), incluso aunque fueran bienintencionadas (principio derazn de Estado, opuesto a las mximas romanas Dura lex sed lex oFiat iustitia, et pereat mundus[2]). En cierto sentido, el concepto de"imperio de la ley" es similar al concepto helnico nomos basileus ("laley es el rey") o al anglosajn rule of law, pero no debe confundirsecon otros, como los germnicos Rechtsstaat (traducible como "Estadode derecho"),[3] y Verfassungsstaat (traducible como "Estadoconstitucional de derecho"), con el principio de legalidad o con losconceptos de legitimidad, legalidad, cultura de la legalidad,gobernanza, etc.

    El Imperio de la ley ha sido descrito como un principio meta-jurdico oun ideal tico poltico.[4]

    La vieja aspiracin histrica a establecer un gobierno deleyes... dio lugar en la cultura jurdica europea al ideal deimperio de la ley o rule of law, que es quiz la piedraangular en que se sustenta la legitimidad de nuestrosordenamientos jurdicos vigentes.[5]

    Una denominacin etimolgicamente equivalente sera nomocracia.[6] Entendido como principio o supremacaconstitucional, el "imperio de la ley" significa la sujeccin de la accin estatal a una regla o ley fundamental (laconstitucin).

    El constitucionalismo clsico (constitucionalismo inicial) - Dicha etapa se gestara laxamente a partir delsiglo XIII y se prolongara hasta parte del siglo XIX. Esta expresa en si misma los orgenes o inicios delconstitucionalismo. Forjado para derrotar al absolutismo monrquico. Nstor Pedro Sagues seala quedicha modalidad se diriga a racionalizar el poder poltico creando la imagen de la nomocracia ogobierno de las leyes, es decir que para considerar cualquier acto del estado como vlido y legtimo, stedeba derivarse de una competencia previamente prevista en la constitucin.[7]

    Tal concepto o principio regula el ordenamiento jurdico de un pas o sociedad; y, a pesar que se aplicaespecialmente al Estado y sus funcionarios, se entiende que debe ser de observacin general, seguido por todos.[8]

    Concepto anglosajn de rule of law

    La tradicin anglosajona se remonta a la mitificada Carta Magna de 1215, y a la jurisprudencia acumulada durantesiglos, como este texto del juez Henry de Bracton (ca. 1250):

    El rey no debe estar sujeto a un hombre, pero s a Dios y a la ley, porque es la ley lo que lo hace rey.[9]

    No obstante, su ms acabada formulacin es propia del sistema poltico de la Revolucin inglesa construido sobre el Bill of Rights de 1689. Su sentido era la limitacin del poder del rey, garantizando el poder legislativo del Parlamento ingls.[10] La fascinacin que este sistema produjo en Montesquieu y los pensadores polticos franceses del siglo XVIII (que vivan en una monarqua absoluta), llev a la formulacin del principio de separacin de

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    poderes, que se procur explcitamente aplicar a los sistemas polticos revolucionarios construidos a partir de laIndependencia de los Estados Unidos (1776) y de la Revolucin francesa (1789).En el Reino Unido, esa tradicin evolucion lentamente al concepto actual de rule of law (expresin traducible por"regla" o "gobierno de la ley" o "del derecho") por influencia de la bsqueda generalizada de normas naturales ygenerales, propia de la poca victoriana. As, por ejemplo, George Campbell -duque de Argyll- publico en 1867 suThe Reign of Law. Estas tentativas, en general, eran proyectos filosficos que pretendan fundar el sistema jurdicoen la ley natural:

    Porque as como la razn y la reflexin son naturales al Hombre y son tan importante a su naturalezacomo los instintos ms elevados, as Leyes fundamentadas en el recto ejercicio de esa Razn son LeyesNaturales en el mejor y ms alto sentido de todos.[11]

    Esa tendencia culmin con la obra de Albert Dicey (Study of the Law of the Constitution, 1885), a quien se considerael formulador definitivo de la concepcin actual del principio de rule of law. Segn l, esa regla est constituida portres principios: Todos son iguales ante la ley. Nadie puede ser sancionado a menos que haya un claro quebrantamiento de la ley. Ningn conjunto de leyes est por encima de los tribunales.Los dos primeros principios son fcilmente equiparables en el derecho comparado (igualdad ante la ley y principiode legalidad). Sin embargo el tercero -basado en una peculiaridad de la legislacin inglesa- es un puntocontrovertido, pues niega a la Constitucin ese papel fundamental de ley bsica, por encima de todos, incluyendo losjueces, que generalmente se le otorga en las dems.En la actualidad el concepto tiene un significado ms general. Segn el diccionario jurdico Blacks (de uso extensivoen el sistema judicial ingls):

    Rule of law es un principio legal de aplicacin general, sancionado por el reconocimiento de lasautoridades y usualmente expresado en la forma de una mxima o proposicin lgica. Es llamado unaregla (rule) porque en casos de significado dudoso o en casos imprevistos es una gua o norma paradecisiones. La rule of law, a veces llamada la supremaca de la ley, provee que las decisiones deberanser alcanzadas por la aplicacin de principios reconocidos o la ley, sin la intervencin de discrecin ensu aplicacin.[12]

    Generalmente se acepta que esa mxima -como principio gubernativo- busca resguardar los derechos de losciudadanos contra un posible abuso del poder gubernamental en la medida que todos -gobierno incluido- estnsujetos a la misma ley.As por ejemplo el gobierno de Canad define as la primaut du droit:

    Este principio es que todos estn sujetos a la ley. De hecho, nadie es tan importante o poderoso queescapa a la ley: ni el Gobierno ni el Primer ministro ni ningn otro ministro ni la Reina misma o elGobernador General o Teniente Gobernadores, ni el ms alto funcionario del Estado o de las fuerzasarmadas o el propio Parlamento, ni ningn legislador de las asambleas provinciales. Estos individuos yorganismos no tienen otras competencias que las que les confiere la ley: la Ley de Constitucin, 1867 ouna modificacin del mismo; por una ley federal o provincial, por el derecho comn Ingls, queheredado y que, incluso si ha sido considerablemente modificado, enriquecido y podado en los ltimosaos por el Parlamento federal y las legislaturas provinciales, sigue siendo el fundamento de nuestroderecho constitucional, nuestro derecho penal y de nuestro derecho civil (derechos de propiedad y de losderechos civiles) para todo el pas a excepcin de Quebec (que tiene su propio cdigo civil).[13]

    De acuerdo con el Rule of Law Index[14] publicado anualmente por el proyecto mundial de justicia (World JusticeProject),[15] el imperio de la ley incluye tanto elementos procesales como sustantivos, tal como la proteccin dederechos fundamentales de los ciudadanos.

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    Se ha argumentado que la rule of law es una condicin necesaria pero no suficiente para la existencia de lademocracia; o que la rule of law no implica que la ley sea justa. En efecto, para que exista rule of law basta con quela ley -cualquiera sea- sea observada. Esto no es solo una cuestin de puntillismo legal sino uno de gran importanciajurdico poltica, en que el sistema ingls est experimentando, en la primera dcada del siglo XXI- tensiones (bajo lainfluencia de la Guerra contra el terrorismo) que se estn manifestando en la socavacin de algunos derechostradicionales.Esos temas han sido explorados por Lord Bingham, Senior Law Lord,[16] quien sugiere como solucin laintroduccin de una "Constitucin formal" al sistema ingls:

    es el caso que no hay un consenso, histrico o contemporneo, que d a los juicios de un personaljurdico no electo precedencia sobre la de un parlamento elegido, por muy opresivo que ese sea. Larespuesta, concluye, tiene que ser una constitucin codificada que limite lo que el Parlamento puedehacer - si es que, agrega cautamente, eso es lo que el pueblo britnico desea.[17]

    Desde esa perspectiva, Bingham percibe como de gran importancia la introduccin a la legislacin inglesa de laConvencin Europea de Derechos Humanos.

    Otras tradicionesLos primeros tericos no ingleses del concepto de "imperio de la ley" buscaron -bajo la influencia de ideas liberalesy republicanas- restringir el poder del Estado a fin de evitar abusos del poder estatal contra el ciudadano y susderechos existentes en el estado absolutista.Segn Hans Reichel en el Estado absolutista:

    la divisa poltica y juridopolitica... la constituyen las palabras lEtat cest moi (el Estado soy yo): lo quequiere el Rey lo quiere la ley. El monarca era todo en todo; todos los dems en el Estado, aun losfuncionarios polticos, son solo sbditos. Dentro de la corporacin de los empleados, completamentedependientes, el juez no constitua ninguna categora substantiva y peculiar. El juez era un empleado ysolo un empleado. No haba por qu hablar de garantas de independencia judicial. El juez poda sernombrado y depuesto al arbitrio del Soberano, como cualquier otro.[18]

    Segn Martnez M, en el rgimen absolutista exista la institucin de la "justicia retenida", que permita al monarcamodificar o eliminar, a su arbitrio, las decisiones judiciales.[citarequerida]

    Elas Daz afirma:El Estado de Derecho se institucionaliza de modo coherente por primera vez y con un cierto carctergeneral tras las revoluciones francesas en los estados liberales del pasado siglo. Existen, no obstante,precedentes ms o menos imprecisos de esa idea del imperio de la ley, en la Antigedad, Edad Mediay Ancien Rgime.[19]

    Entre los autores que promovieron esta nueva visin originalmente se encuentran Montesquieu -quien argumentabaen favor de una Constitucin y la separacin y el equilibrio de poderes-, Rousseau[20] y Paul Johann Anselm vonFeuerbach, quien traslad el principio a la esfera legal, argumentando que no solo el gobierno sino las institucionesjurdicas deben ser ineludiblemente coactivas, teniendo para ello la habilidad de recurrir a la coercin fsica a fin deproteger e imponer la ley. Feuerbach introdujo la frase Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, considerada enalgunas jurisdicciones el equivalente del Principio de legalidad en derecho penal (por ejemplo, el concepto francsde Prncipe de lgalit en droit pnal).Uno de los primeros en utilizar esos conceptos de manera practica fue John Adams quien en 1780 artculo elprincipio de separacin de poderes en la Constitucin del Estado de Massachusetts a fin lograr un gobierno de lasleyes y no de los hombres";[21] que puede considerarse el inicio de la tradicin del constitucionalismoestadounidense.

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    En la tradicin hispanoamericana, el concepto ya era conocido a principios del siglo XIX. As, por ejemplo,Francisco de Miranda escribe en 1808:

    En tan crticas circunstancias, yo reclamo el imperio de la ley [...] [As] lo ensea la sabia poltica; loprescribe la sana moral, y lo dicta la razn. [Pido la libertad de los perseguidos] y que en lo sucesivo nopuedan ser molestados ni perturbados en el goce de los derechos que respectivamente les concede laConstitucin.[22]

    Pero eso sugiere un problema fundamental: qu constitucin y qu leyes? de qu origen y legitimidad?. En elsistema anterior haba una multitud de fuentes legales: la tradicin, la religin, las costumbres y el racionamiento dejuristas y -quizs ms importante- la voluntad de los monarcas, quienes tenan el derecho absoluto no solo a instauraro derogar leyes sino tambin de instaurar o remover jueces y tribunales. En el nuevo sistema la fuente es la voluntadciudadana;[23] pero por lo menos la tradicin, las costumbre y las opiniones razonadas de los juristas, filsofos ypolticos se pueden llamar representaciones de la voluntad ciudadana.Friedrich Karl von Savigny sugiere la figura del jurista (en su doble sentido de legislador y juez) como creador delDerecho. Solo ellos pueden reflejar y evaluar la tradicin popular y la costumbre, seno originario del Derecho,combinndola con principios rectores generales (derivados de la doctrina y la jurisprudencia). Aun cuando uncdigo general (Constitucin) exista, ste debe ser complementado y adaptado a la realidad del momento por losjuristas.[24] Para Savigny el estudio del derecho es una ciencia, y como tal, algo que requiere especializacin. Elestudio histrico de las leyes es una precondicion esencial para la comprensin del derecho.Esa percepcin se generaliz. As, por ejemplo, el estadista y escritor latinoamericano Andrs Bello (en su CdigoCivil de Chile, obra de gran influencia en la legislacin latinoamericana) afirma:

    La ley es una declaracin de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por laConstitucin, manda, prohbe o permite.

    Para Bello y otros, ni la costumbre ni la jurisprudencia tienen valor legal a menos que sean sancionadosexplcitamente por el legislador, es decir, a menos que sean expresadas en leyes.A partir de ese periodo, y para muchos que siguieron a Adams, el concepto signific el gobierno de las leyes y no delos hombres: "En este orden constitucional, la impersonalidad y la irretroactividad de la ley es lo que asegura sucredibilidad y cumplimiento".[citarequerida][25]

    Hugo Krabbe, en una visin "nomocrtica" del imperio de la ley, significando la ley como verdadero gobernante,lleg a sugerir que el Estado no tiene el poder de crear leyes y que es a estas, no al Estado, a quien realmentecorresponde la soberana.[26]

    Constitucionalismo y normativismoPero es conveniente observar que nada en lo anterior resuelve el problema que el sistema de Imperio de la ley noimplica o demanda que la ley sea justa.Esa situacin dio origen a dos perspectivas: la del Constitucionalismo en EE. UU. y normativismo en Europa.En las palabras de Fritz: "Esas controversias polticas y constitucionales tambin levantaron cuestiones deconstitucionalismo -como identificar el colectivo soberano, que poderes posee ese soberano y como reconocemoscuando ese poder soberano acta. A diferencias de cuestiones constitucionales, cuestiones del constitucionalismo nopodan ser respondidas con referencia a textos constitucionales extantes o incluso opiniones judiciales. Ms bien,ellas eran preguntas generales acerca de opiniones divergentes que los (norte)Americanos desarrollaron despus desu independencia acerca de la soberana popular y el papel constante del pueblo para controlar el ordenconstitucional que descansaba sobre su autoridad soberana."[27]

    Una percepcin de gran importancia en esos desarrollos fue la del jurista Oliver Wendell Holmes, Jr., quien, aceptando la importancia de la Constitucin afirma que los hombres hacen sus propias leyes. Esas leyes no emanan de alguna presencia omnipresente y misteriosa en el cielo, y los jueces no son los parlantes independientes del

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    infinito.[28] En otras palabras: que ni las reglas de esa ni ningn otra normativa puede ser inmutables o superiores atodo sino que cambian conforme a la sociedad y las circunstancias cambien. Un juez debe estar al tanto de losdesarrollos sociales porque solo quien este apercibido de los aspectos histricos, sociales y econmicos de la ley estaen posicin de cumplir sus funciones apropiadamente. (La visin de Wendell Holmes ha sido acusada de constituirun relativismo moral por sus oponentes)Desde el punto de vista del normativismo, Hans Kelsen, concibi el derecho como un sistema gradual de normas, enla cspide de la cual hay una norma bsica o fundamental, que constituye la fuente de la estructura jerrquica de undeterminado gobierno o rgimen jurdico y cuya funcin es la determinacin por el legislativo de los rganos yprocedimientos del derecho en general. Kelsen no concibe esa norma general como siendo la Constitucin de ningnpas en particular, sino una a ser encontrada, posiblemente en el Derecho Internacional, pero, doquiera esa leyfundamental se encuentre, es eterna, inmutable.[29]

    A partir de la concepcin de Kelsen se han postulado los siguientes elementos como las caractersticas del Imperiode la Ley:[30]

    La ley es valida, es decir, obligatoria. El poder de coercin: la coercin es una caracterstica del derecho. La obediencia a la ley se obtiene por temor a

    la sancin. La norma jurdica hace referencia a dos entes: el ciudadano y el rgano que va a aplicar la medida coerciva.Sin embargo, Kelsen no logr encontrar esa fuente indudable del derecho. Eso reitera el problema de cual es lafundacin que legitima las Constituciones. Una tentativa de solucin practica a ese problema fue la introduccin deTribunales Constitucionales, que, en la concepcin de Kelsen, estaran integrados por un cuerpo de jueces que noprovengan del poder judicial. Esta institucin se diferencia del sistema norteamericano en que el tribunal funcionacomo "legislador negativo", invalidando los estatutos o legislaciones que considere contrarios a la Constitucin.

    Situacin posterior - crisis del formalismo kelnesiano Se ha sugerido que la visin original de Imperio de la Ley entra en crisis debido a las dictaduras y nomocracia(Nomokratie) en que desemboca la concepcin formalista kelnesiana[31]

    En otras palabras, la concepcin original no soluciona el otro problema central: el de la justicia de las leyes. Ese noes solo un problema legal, sino concretamente el de aquellas dictaduras que, al menos formalmente, son expresin dela voluntad general o mantienen un marco judicial. Por ejemplo, aquellos gobiernos que siendo electos proceden asubvertir el sistema jurdico y se transforman en gobiernos tirnicos.Como ejemplo concreto, Baratta sugiere, el rgimen nazi sostuvo la tesis de la obediencia incondicionada a la reglajurdica y la tesis de la independencia (de la ley) de su validez de la justicia[32]

    Respecto a lo anterior es necesario considerar el siguiente punto: Sin duda, el orden liberal no se constituye slomediante los procesos electorales y el mercado. Ms an, como ya lo han mencionado diversos autores, lademocracia liberal es, ante todo, una nomocracia; es decir, se trata de un rgimen en el cual se impone el Estado deDerecho, el apego a ciertas leyes que contribuyen al respeto de las garantas individuales..[33] Eso, como se ha visto,generalmente se entiende como requiriendo una separacin de poderes, lo que implica independencia judicial.Pero, se ha sugerido, la independencia judicial implica no solo una declaracin formal de principios, sino tambin la capacidad de actuar con amplios mrgenes de discrecionalidad. Por ejemplo, en el caso del sistema judicial, la habilidad de un Juez para establecer lo que es justo, a diferencia de establecer solo lo que es de acuerdo a la ley. As, por ejemplo, uno de los crticos de la nomocracia argumenta:.. Nosotros preguntamos solamente: En que situacin se halla la libertad del Juez?... pero en ese punto el liberalismo ha fracasado completamente; se ha mostrado de tiempo en tiempo mas iliberal que el sistema poltico desptico. Celosamente codiciosos de los derechos acabados de conquistar, los nuevos rganos instituidos para legislar, han hecho de sus prerrogativas un uso excesivo. Todo quedo preso en las redes de una ley; all donde ha sido posible, se le ha cercenado la libertad de movimiento al Juez,

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    recelosa y desconfiadamente se le ha secuestrado su arbitrio.[34]

    Martnez Marulanda agrega: Est claro, entonces, que de un absolutismo personal y personificado se llega a otroabsolutismo quizs ms indolente por tratarse de un absolutismo formal, rgido, impersonal, arropado por laapariencia de una racionalidad que todo lo sabe, que todo lo calcula, que todo lo regula. Un absolutismo inapelable...(...)... No es extrao, entonces, que para las corrientes positivistas, dignas depositarias de la funcin ideolgica deeste modelo, constituya una verdadera aberracin o un despropsito la institucin de la desobediencia a la ley[35]

    Lo anterior dio origen a una respuesta que se traza a una percepcin de Lon Duguit.De acuerdo a Duguit, el estado no es una soberana mtica y superior a sus sujetos o incluso constituye una personalegal particularmente poderosa, pero en esencia es solamente un grupo de personas envueltas en actividades deinters comn, un servicio pblico que constituye y legitima al estado no como entidad superior, pero comoorganizacin derivada de la necesidad de los seres humanos, que nos fuerza a vivir en sociedad. En esa perspectiva,las leyes se derivan no de algn principio moral o superior o abstracto a esa necesidad sino de la necesidad de uncomportamiento de acuerdo a esa realidad. Sigue que la regla principal de la ley (el verdadero Imperio de la ley) estico: la solidaridad social y la legitimidad del estado y sus organismos deriva de la disposicin de ese poder paralograr objetivos que les son impuestos por ese Imperio de la Ley.[36]

    Lo anterior implica la adicin de ese principio tico (de comportamiento de acuerdo a reglas sociales) en lafundacin de la legitimidad. De tal principio se deriva la siguiente concepcin general de Imperio de la ley[37]

    a) no hay derechos individuales inalienables, puesto que los hombres solamente tienen deberes que se basan enobligaciones respecto a la comunidad, llevados a la prctica por el derecho;b) rechaza todo absolutismo del poder estatal;c) tanto el gobierno como los ciudadanos nicamente tienen deberes y su actividad principal es la organizacin y elmantenimiento de los servicios pblicos,d) la funcin social del derecho es la realizacin de la solidaridad social. Para Duguit este concepto es un hecho real,no un mero postulado, por tanto, no puede ser objeto de controversia, puesto que la solidaridad es un hechopermanente, siempre idntico a s mismo, el elemento constitutivo irreductible de todo grupo social.En un sentido la concepcin de Duguit se semeja -pero de nuevo, no equivale- a la concepcin anglo sajona de Ruleof Law: El rule of law no presupone un Estado sino ms bien parte del presupuesto de un poder poltico -que nonecesariamente tiene que ser el Estado- y por ello es el poder poltico quin debe estar sometido al Derecho. A suvez, el Derecho est guiado por la justicia, misma que se traduce en la idea de libertad: se obedecen las rdenes noporque estn dadas por una autoridad, sino porque las rdenes son dadas conforme a la justicia y cuyo objetivoprincipal es permitir el mayor nmero de libertades de los ciudadanos. Se crea as el poder poltico mnimo: la mayorlibertad para el individuo y la menor intervencin posible de Estado. No lleva al extremo la regulacin legal de todoni la persecucin de toda queja ante los tribunales de justicia. En concreto: busca la libertad negativa...[38] Ladisimilaridad obvia es que Duguit propone la solidaridad como principio bsico, mientras la concepcin inglesapropone justicia -en un sentido ms amplio que el generalmente entendido en el mundo hispano parlante.Esto ha llevado tanto a Bertrand de Jouvenel como a Michael Oakeshott a sugerir que el estado moderno haexperimentado una transformacin desde un esquema nomocratica a uno teleocratico: uno que busca un cierto fin: laconcretizacion del bien comn en alguna forma. (Conviene notar que ambos autores no perciben esa transformacincomo necesariamente beneficiente):Los estados modernos han pasado de aquello que Bertrand de Jouvenal llamaba la nomocracia a la telocracia, esdecir, se pas de la primaca de la regla a la del fin[39]

    Y:La idea que ha ms quedado de la filosofa poltica de Oakeshott es la distincin entre dos tipos o modelos de asociacin, la asociacin empresa o teleocracia y la asociacin civil o nomocracia. En la primera el Estado impone un propsito universal (la salvacin, el progreso o la dominacin racional) y la sociedad se entiende como

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    universitas, como un rgano moral que articula propsitos comunes. En la segunda se da una asociacin civil (que nose refiere a un ente colectivo, como el pueblo o la especie humana) y es la civilidad la que rige la societas. Mientrasque la teleocracia tiene un contenido claramente moral, la asociacin como nomocracia -preferida por el autor-, sebasa en el reconocimiento de la autoridad a travs del seguimiento de reglas no instrumentales de conducta. Es decir,en la nomocracia se da una poltica del escepticismo desde la cual el gobierno tiene que impedir que ocurran cosasmalas, mientras que en la teleocracia cabe una poltica de la fe a travs de la cual se busca un bien moraluniversal.[40]

    Situacin actualLo anterior ha dado origen a la incorporacin de principios ticos en la concepcin contempornea del Imperio de laley.As, por ejemplo, Mohammed afirma el imperio de la ley implica lo siguiente:[41]

    la ley es soberana por encima de toda autoridad, y por lo tanto el gobierno est por debajo de la ley; la ley debe ser clara y cierta en su contenido y accesible y previsible para el sujeto; la ley debe ser general en su aplicacin; la existencia de un poder judicial independiente encargado de la interpretacin y de la aplicacin de la ley y al

    cual todo ciudadano agraviado debe tener derecho a acceder; la ley debe tener un contenido tico y de procedimiento.El World Justice Project, una ONG con sede en Washington D.C. cuyo propsito es promover el Imperio de la ley,basa su definicin en los siguientes cuatro principios universales:[42]

    El gobierno en su conjunto y sus funcionarios son pblicamente responsables ante la ley; Las leyes son claras, pblicas, estables, y justas, y protegen derechos fundamentales de los ciudadanos; El proceso a travs del cual las leyes son estipuladas, administradas, e implementadas es accesible, justo, y

    eficiente; El acceso a la justicia es garantizado por representantes e instancias jurdicas que son competentes,

    independientes, ticas, suficientes en nmero, con recursos adecuados, y que reflejan las caractersticas de lascomunidades que sirven.

    Desde un punto de vista ms general, Lawrence Solum considera que el imperio de la ley puede concebirse como laconjuncin de siete requisitos:[43]

    ninguna orden extra legal es obligatoria. las acciones del gobierno y de sus funcionarios deben estar sujetas a la regulacin de reglas generales y pblicas, el sistema legal debe cumplir el requisito de la publicidad, el sistema legal debe cumplir el requisito de la generalidad, el sistema legal debe cumplir el requisito de la regularidad, el sistema legal debe ofrecer procedimientos justos y ordenados para la resolucin de casos. las acciones que el imperio de la ley exige o prohbe deben tener una forma que permita a las personas

    razonablemente cumplirlas o evitarlas.En la concepcin europea continental actual el concepto es: Imperio de la ley, ley como expresin de la voluntad general; Separacin de poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial; Legalidad de la Administracin: regulacin por la ley y control judicial; Derechos y libertades fundamentales: garanta jurdico formal y realizacin material.

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    CriticaSe ha sugerido que el concepto de Imperio de la ley conlleva o implica la disminucin de la relevancia de lo polticaen decisiones gubernamentales.Algunos perciben esa actitud como reflejando una percepcin pos moderna que la accin gubernamental esreducible a decisiones tcnicas: Cuando se conciben de esta forma los problemas de la poltica, es natural que laciencia poltica y la teora jurdica vayan estrechamente unidas y que compartan muchos conceptos comunes. Sinembargo, para los especialistas modernos de las ciencias sociales, el enfoque jurdico de los problemas polticos esen buena medida inadecuado. Por importante que sea el derecho en una sociedad, constituye solamente una de lasmuchas agencias a travs de las cuales se controla la conducta social. Los politologos contemporneos piensan engeneral que debe estudiarse el poder poltico en todas sus manifestaciones, y no nicamente en sus aspectosjurdicos. El Estado no debe definirse, desde luego, en trminos jurdicos..[44]

    Sin embargo se aduce tambin que tal visin corresponde a una posicin que es, en si misma, poltica: Por ejemplo,Mathews (1986, 269) define el imperio de la ley como una institucin destinada a proteger ciertos derechos bsicos(la libertad de palabra, la libertad individual y la libertad de movimiento), y que tambin est destinada a limitar elpoder del Estado. Pero adems interpreta el imperio de la ley ms en trminos de procedimiento cuando afirma queconstituye un arma contra el crecimiento del autoritarismo estatal y una inhibicin del poder estatal.[45]

    Notas y Referencias[1] Carlos A Echeverry, El imperio de la discrecionalidad judicial (http:/ / criteriojuridico. puj. edu. co/ archivos/

    08_195_cecheverry_el_imperio_de_la_discrecionalidad. pdf), pg. 206 y ss.:[2] Otras mximas similares son Fiat iustitia y Fiat iustitia ruat caelum. The Position and Duties of the Merchant: Address Before the Mercantile

    Library Association of Boston, Nov. 13, 1854." in The Works of Charles Sumner, Volume III, Boston: Lee and Shephard, 1875, p. 507.Fuente citada en en:Fiat justitia ruat caelum. Immanuel Kant, Paz Perpetua, 1795. Fuente citada en en:Fiat iustitia, et pereat mundus. Black,Henry Campbell (1995). A law dictionary containing definitions of the terms and phrases of American and English jurisprudence, ancient andmodern (2nd, reprint ed.). The Lawbook Exchange. p. 404. ISBN 1-886363-10-2. Fuente citada en en:Fiat justitia. Vase tambin Tpicoliterario#Expresiones judiciales.

    [3] El concepto hispano est estrechamente ligado al desarrollo de la tradicin legal europea. Sin embargo, las concepciones en diversas culturasnacionales, a pesar de tener significados similares, no son equivalentes. As, por ejemplo, una traduccin literal de la frase en su uso jurdicollevara rule of law, primaut du droit, vorrang des Recht, supremazia della legge, etc. -todas esas palabras de uso comn en diferenteslegislaturas- Sin embargo, en ciencias polticas la traduccin ms comn sera rechtsstaat, tat de droit, stato costituzionale di diritto, o, denuevo, rule of law.

    [4][4] Laporta en "Imperio de la ley - paradigma bajo presin" p 142 y anteriores[5] Laporta, El imperio de la ley. Una visin actual (http:/ / www. intercodex. com/

    EL-IMPERIO-DE-LA-LEY-UNA-VISION-ACTUAL_L9788481649307. html)[6] Jorge Mrquez Muoz: Desde el nemo de legibus solutus hasta la expansin y densificacin actual de la regulacin legal de los derechos, el

    despliegue del rule of law ha ido decantando uno de los bienes polticos ms bsicos heredado tanto de la tradicin republicana como de laliberal. La nomocracia habilita el control jurdico del poder y un marco de garantas frente a cualquiera que da al ciudadano certidumbre,seguridad y predictibilidad en Ensayo sobre la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (http:/ / www. politicas. unam. mx/razoncinica/ JMM/ EnsayoLeyFederal. pdf)

    [7] Eduardo Andrade Snchez, El constitucionalismo (http:/ / es. shvoong. com/ law-and-politics/ law/ constitutional-law/1740250-teoria-del-estado-constitucionalismo/ )

    [8] James L. Gibson y Amanda Gouws, El apoyo al imperio de la ley en la joven democracia sudafricana (http:/ / www. unesco. org/ issj/rics152/ gibsonsp. htm):

    [9] Henry de Bracton (http:/ / www. nndb. com/ people/ 123/ 000102814/ ), De Legibus et Consuetudinibus Angliae, escrito entre 1250 y 1256,pero solo publicado en 1569.

    [10] I. Serrano: BILL OF RIGTHS (1689) (http:/ / www. uned. es/ dpto-derecho-politico/ bor. pdf)[11] Campbell, The Reign of Law (http:/ / www. victorianweb. org/ science/ science_texts/ argyll/ intro. html)[12] Black's Law Dictionary page 1196 (Fifth Edition, 1979)[13] http:/ / www2. parl. gc. ca/ Sites/ LOP/ AboutParliament/ Forsey/ rule_of_law_01-f. asp[14] Rule of Law Index (http:/ / worldjusticeproject. org/ rule-of-law-index/ ) (en ingls, idioma no oficial).[15] World Justice Project (http:/ / worldjusticeproject. org/ ) (en ingls, idioma no oficial).[16][16] Es difcil traducir el titulo en forma correcta. Significa algo as como Director de Jueces de Corte Suprema

  • Imperio de la ley 9

    [17] Revista de la opinin de Bingham por Stephen Sedley -juez de apelacin- en The Rule of Law by Tom Bingham (http:/ / www. guardian. co.uk/ books/ 2010/ feb/ 20/ rule-law-tom-bingham-sedley) (en ingles en el original)

    [18] Hans Recihel: La Ley y la sentencia, citado por Diego Martinez M. en Fundamentos para una introduccin al derecho (http:/ / books.google. com/ books?id=fQme23p0sqMC& pg=RA1-PA394& lpg=RA1-PA394& dq=nomocracia& source=bl& ots=f40q4NSiyD&sig=L8HpnJm_Wd_FOGr34oBD3-uE2ac& hl=en& ei=QKR4S4TXLYn00gTfgLGABg& sa=X& oi=book_result& ct=result& resnum=1&ved=0CAYQ6AEwADhG#v=onepage& q=nomocracia& f=false) p 393

    [19] Elas Daz: Estado de derecho y sociedad democrtica (http:/ / web. archive. org/ web/ 20111017030250/ http:/ / www. sitiosenlared. com.ar/ images/ Escuela/ Documentos para bajar/ Cuaderno 2/ EstLiberalDer2. doc)

    [20] Rousseau en una carta al marqus de Mirabeau le dice: "he aqu entre mis viejas ideas, el gran problema de la poltica, que yo comparo al dela cuadratura del crculo en geometra.: encontrar una forma de gobierno que ponga la ley por encima del hombre" citado por en. http:/ / www.analitica. com/ vas/ 1999. 02. 2/ articulos/ 03. htm

    [21] J Adams et al, en Constitution of State of Massachusets Primera parte, articulo XXX[22] Citado por Carolina Guerrero en Repblica y condicin republicana como problemas en el pensamiento y la praxis poltica de Francisco de

    Miranda (http:/ / www2. scielo. org. ve/ scielo. php?script=sci_arttext& pid=S0303-97572007000100009& lng=es& nrm=iso>)[23] Segn Raymond Carr de Malberg, las leyes constitucionales de 1875 estn inspiradas en un principio fundamental del Derecho pblico

    francs heredado de la Revolucin, y que es el que recoge el art. 6 de la Declaracin de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, quedefina a la ley como expresin de la voluntad general. El reconocimiento de que la loi est l'expression de la volont gnrale Carr deMalberg citado en http:/ / www. eumed. net/ tesis/ 2007/ jlp/ introduccion1. htm

    [24] Toms Montagut et al: Histria del pensament jurdic (http:/ / www. scielo. cl/ scielo. php?pid=S0716-54551999002100043&script=sci_arttext)

    [25] Bidart Campos, recuerda que se puede hablar de nomocracia, como gobierno de la ley contrapuesto al gobierno de los hombres TratadoElem. de D. Const. Argentino (http:/ / www. cegla. org. ar/ archivos/ File/ articulos/ glp_poderdepolicia. pdf) T. I, 1995, p. 359 (DEBEREVISARSE -ENLACE ROTO-)

    [26] Para las ideas de Krabbe, ver H Krabbe: The Modern Idea of the State (Traduccin al ingles, New York, D. Appleton and Co, 1922.) oW.W. Willougjby: The Juristic Theories of Krabbe (http:/ / www. jstor. org/ pss/ 1945285)

    [27] Christian G. Fritz, American Sovereigns: The People and America's Constitutional Tradition Before the Civil War (Cambridge UniversityPress, 2008) at p. 6 [ISBN 978-0-521-88188-3 (http:/ / books. google. com/ books?id=ZpKCvUacmSwC& pg=RA1-PA168&lpg=RA1-PA168& dq=christian+ g+ fritz+ "american+ sovereigns"& source=web& ots=UjY_WKHNjv&sig=Y2_7OZMg6ksk_866oiD44FArH-w& hl=en#PRA1-PA1,M1).

    [28] Citado por Francis Biddle en Justice Holmes, Natural Law and the Supreme Court, (1960) p.49.[29] Werner Kgi: La Constitucin como ordenamiento jurdico fundamental del Estado (http:/ / books. google. com/ books?id=1f8TJDzxacC&

    pg=PA74& lpg=PA74& dq=nomocracia& source=bl& ots=WfB3jOhbY_& sig=AOFDrApp2cedSRmho0AXBfvJ00M& hl=en&ei=QKR4S4TXLYn00gTfgLGABg& sa=X& oi=book_result& ct=result& resnum=4& ved=0CBAQ6AEwAzhG#v=onepage& q=kelsen&f=false), p 119, etc

    [30] Ovilla Mandujano y Jorge Witker, citados en unidad 4 (http:/ / www. ual. edu. mx/ Biblioteca/ Teoria_General_Derecho/ Pdf/ Unidad 4. pdf)(Universidad Amrica Latina) (Mxico)

    [31] por ejemplo: Antonio Enrique Perez L: en Ciudadana y Definiciones (http:/ / www. cervantesvirtual. com/ servlet/ SirveObras/23584061091481851665679/ doxa25_06. pdf) p 189

    [32] Fernndo Prez Alvarez: Serta: in memoriam Alexandri Baratta (http:/ / books. google. com/ books?id=Aggm72nYE68C& vq=Baratta&dq="Comte"+ + + "Imperio+ de+ la+ Ley"& source=gbs_navlinks_s) p 185

    [33] Jorge Mrquez Muoz: Ensayo sobre la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (http:/ / www. politicas. unam. mx/razoncinica/ JMM/ EnsayoLeyFederal. pdf) introduccin

    [34][34] Hans Reichel: La ley y la sentencia. Madrid, Reus, 1921, p 2[35] Diego Martnez Marulanda: Fundamentos para una introduccin al derecho (http:/ / books. google. com/ books?id=fQme23p0sqMC&

    pg=RA1-PA394& lpg=RA1-PA394& dq=nomocracia& source=bl& ots=f40q4NSiyD& sig=L8HpnJm_Wd_FOGr34oBD3-uE2ac& hl=en&ei=QKR4S4TXLYn00gTfgLGABg& sa=X& oi=book_result& ct=result& resnum=1& ved=0CAYQ6AEwADhG#v=onepage&q=nomocracia& f=false) p 393 y siguientes

    [36] Para todo esto, ver, por ejemplo: Ton van der Eyden, en Public management of society: rediscovering French institutional engineering (http:// books. google. com/ books?id=QJyHlwgWnGQC& pg=PA254& lpg=PA254& dq=Duguit+ + + Rule+ of+ law& source=bl&ots=ZAxJ33k3TZ& sig=vVwkYRii1I8JqYstlQzo-CYjXBo& hl=en& ei=li18S4b8G6D40wTTpr3ZBQ& sa=X& oi=book_result& ct=result&resnum=4& ved=0CBkQ6AEwAw#v=onepage& q=Duguit + Rule of law& f=false) p 253-4, etc

    [37] Universidad de Amrica Latina (Mxico): Unidad 4 (http:/ / www. ual. edu. mx/ Biblioteca/ Teoria_General_Derecho/ Pdf/ Unidad 4. pdf)[38] Rodolfo Moreno Cruz: DEL RULE OF LAW AL ESTADO DEMOCRTICO CONSTITUCIONAL DE DERECHO: APROXIMACIN A

    LOS MODELOS DE ESTADO DE DERECHO (http:/ / archive. is/ 20120629113026/ realidadjuridica. uabc. mx/ realidad/ files/contenido-delrule. doc)

    [39] de Jouvenal, Sur levolution des formes de gouvernement (1961) citado por Pierre Avril: La Estructura y Servicios de apoyo para el trabajolegislativo, etc (http:/ / www. bibliojuridica. org/ libros/ 2/ 967/ 15. pdf) p 196

    [40] Helena Bjar: Contra el cambio (http:/ / www. abc. es/ abcd/ noticia. asp?id=9712& sec=32& num=848)[41][41] MOHAMMED, Ishmail. 1989. "Preventive Detention and the Rule of Law." South African Law Journal 106: 546-552.

  • Imperio de la ley 10

    [42] WJP: Rule of Law Index (http:/ / worldjusticeproject. org/ rule-of-law-index/ )[43] Lawrence Solum (1994) Equity and the Rule of Law.- en Ian Shapiro (ed) The Rule of Law. New York University Press[44] Karl Dietrich Bracher: El Concepto de Estado (http:/ / web. archive. org/ web/ 20070322175221/ http:/ / www. economia. unam. mx/ sua/

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  • Fuentes y contribuyentes del artculo 12

    Fuentes y contribuyentes del artculoImperio de la ley Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?oldid=70263984 Contribuyentes: ARI EDOM, Dayten, Grillitus, LilyKitty, Lnegro, Martingala, Nachosan, Pedro Felipe,Pierpietro, Rotlink, Sanya3, Yakoo, ngel Luis Alfaro, , 7 ediciones annimas

    Fuentes de imagen, Licencias y contribuyentesFile:A mosaic LAW by Frederick Dielman, 1847-1935.JPG Fuente: http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Archivo:A_mosaic_LAW_by_Frederick_Dielman,_1847-1935.JPG Licencia:Public Domain Contribuyentes: DenghiComm, Djembayz, Ferrylodge, Infrogmation

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