ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO - 2016b - Propuesta Pliego.pdf · Con el fin de asegurar la...

22
ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO PROPUESTA DE PLIEGO DE CONDICIONES QUE HABRÁ DE REGIR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON TRAMITACIÓN ANTICIPADA DEL GASTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA (CURSO 2014 -2015) PRIMERA PARTE. CONTENIDO DEL CONTRATO. I. Objeto del contrato 1. El objeto del contrato es la realización del servicio de ENSEÑANZA DE MÚSICA Y DANZA, cuya codificación es CPA 80.42.20, prestado en la Escuela Municipal de Música y Danza, de acuerdo con el proyecto presentado por el contratista, que en lo que se refiere a la actividad docente tendrá valor contractual. 2. En los términos establecidos por el presente Pliego, son obligaciones del contratista las siguientes: a) la impartición de al menos las siguientes materias: piano, flauta, saxofón, guitarra clásica y flamenca, trompeta, clarinete, gaita, tamboril, música y movimiento, lenguaje instrumental y conjunto instrumental, b) la organización del curso escolar y del horario docente y la determinación del ratio alumnos por materia, c) la acreditación de la posesión por el profesorado de la titulación exigida en cada caso, d) la sustitución, previa comunicación al Ayuntamiento y con la autorización de éste, del personal docente que por cualquier motivo cause baja, e) el pago de todos los gastos (salarios, seguridad social, etc.) derivados de la contratación del profesorado necesario, f) la suscripción de los oportunos seguros de accidentes y de responsabilidad civil, g) la tramitación de cuantos permisos y autorizaciones resulten necesarios, sin perjuicio de la obligación municipal de facilitar al contratista los informes y autorizaciones que sean de competencia municipal, h) la conservación de los locales, instalaciones, muebles y enseres propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino que éste ponga a disposición del contratista, asumiendo la reparación, reposición o sustitución de cuantos elementos sean necesarios, como resultado del funcionamiento de la Escuela, i) la afinación, puesta a punto y conservación de los instrumentos propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino que éste ponga a disposición del contratista, asumiendo éste también el mantenimiento y la reparación, reposición o sustitución de cuantos elementos sean necesarios, como resultado del funcionamiento de la Escuela, Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

Transcript of ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO - 2016b - Propuesta Pliego.pdf · Con el fin de asegurar la...

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

PROPUESTA DE PLIEGO DE CONDICIONES QUE HABRÁ DE REGIR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON TRAMITACIÓN ANTICIPADA DEL GASTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE

ENSEÑANZA EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA (CURSO 2014 -2015)

PRIMERA PARTE. CONTENIDO DEL CONTRATO.

I. Objeto del contrato1. El objeto del contrato es la realización del servicio de ENSEÑANZA DE MÚSICA Y

DANZA, cuya codificación es CPA 80.42.20, prestado en la Escuela Municipal de Música y Danza, de acuerdo con el proyecto presentado por el contratista, que en lo que se refiere a la actividad docente tendrá valor contractual.

2. En los términos establecidos por el presente Pliego, son obligaciones del contratista las siguientes:

a) la impartición de al menos las siguientes materias: piano, flauta, saxofón, guitarra clásica y flamenca, trompeta, clarinete, gaita, tamboril, música y movimiento, lenguaje instrumental y conjunto instrumental,

b) la organización del curso escolar y del horario docente y la determinación del ratio alumnos por materia,

c) la acreditación de la posesión por el profesorado de la titulación exigida en cada caso,

d) la sustitución, previa comunicación al Ayuntamiento y con la autorización de éste, del personal docente que por cualquier motivo cause baja,

e) el pago de todos los gastos (salarios, seguridad social, etc.) derivados de la contratación del profesorado necesario,

f) la suscripción de los oportunos seguros de accidentes y de responsabilidad civil,

g) la tramitación de cuantos permisos y autorizaciones resulten necesarios, sin perjuicio de la obligación municipal de facilitar al contratista los informes y autorizaciones que sean de competencia municipal,

h) la conservación de los locales, instalaciones, muebles y enseres propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino que éste ponga a disposición del contratista, asumiendo la reparación, reposición o sustitución de cuantos elementos sean necesarios, como resultado del funcionamiento de la Escuela,

i) la afinación, puesta a punto y conservación de los instrumentos propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino que éste ponga a disposición del contratista, asumiendo éste también el mantenimiento y la reparación, reposición o sustitución de cuantos elementos sean necesarios, como resultado del funcionamiento de la Escuela,

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

j) la publicación, con la debida antelación, de toda la información relativa al calendario escolar, horarios, grupos y cualquier otro comunicado necesario para el funcionamiento del curso escolar, debiendo contar con la autorización previa del Ayuntamiento,

k) la elaboración y presentación, al finalizar el curso, de una Memoria de Gestión, con resultados separados por trimestre,

l) la presentación de cuanta documentación referida a la gestión del servicio sea requerida, con la periodicidad que establezca la Corporación,

m) el cumplimiento de la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal, en relación con los que le sean facilitados por el Ayuntamiento para la prestación del servicio y con los que con ocasión de éste recabe el propio contratista.

3. Dentro del contenido del contrato, son obligaciones del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino las siguientes:

a) Poner a disposición del contratista los locales adecuados y el mobiliario y el instrumental necesarios,

b) La limpieza de los locales y su conservación así como la de los muebles, enseres e instrumentos de su propiedad puestos a disposición del contratista, en la medida en que exceda del deber atribuido a éste en el punto anterior, asumiendo igualmente la reparación, reposición o sustitución de cuantos elementos sean necesarios, en esa misma medida,

c) Proporcionar al contratista la documentación precisa, dentro de sus competencias, para el normal desarrollo de su actividad, y

d) El pago del precio del contrato, en las condiciones pactadas.

4. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP).

5. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este documento y en el proyecto presentado por el contratista, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.

II. Personal.1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Estatuto de los

Trabajadores y en los términos por él previstos, el contratista queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del actual contratista respecto del personal docente de música en la Escuela Municipal de Música y Danza existente a la fecha de la firma del contrato.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

2. El personal destinado por la entidad adjudicataria para la ejecución del contrato estará sometido al poder de dirección y organización de la misma en lo que respecta a retribuciones, horarios, instrucciones, etc., y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal no tendrá en ningún caso vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Vitigudino y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y contractualmente corresponda al mismo.

3. Los profesores, excepto el de música moderna y música y movimiento, deberán estar en posesión del título de profesor o titulación superior del Plan 1966, o titulación superior LOE, que deberá ser acreditado mediante título, si bien, en caso de no estar expedido éste, bastará con que se acredite la solicitud de expedición del mismo; en caso de que el título esté expedido en el extranjero, deberá estar homologado por el órgano competente.

4. La entidad adjudicataria propondrá una persona, con competencia técnica y capacidad para disponer sobre todas las cuestiones relativas a la ejecución y buena marcha del contrato, a los efectos de ser el interlocutor técnico de la entidad con el Ayuntamiento de Vitigudino.

5. La entidad adjudicataria deberá aportar una persona para el servicio de Secretaría y atención al público.

6. Será por cuenta del adjudicatario designar a una persona responsable y a su costa que se encargue de la apertura y cierre de las instalaciones, así como del control de las personas que entren en las mismas, velando porque no se perturbe el orden, debiendo informar al Director de la Escuela y al Ayuntamiento de todas las anomalías para que puedan adoptar las medidas pertinentes.

7. La entidad adjudicataria queda obligada a facilitar la relación de puestos de trabajo antes del inicio de cada curso académico con el consiguiente desglose de la información por puesto:

a) Nombre y funciones del puesto.b) Jornada semanal.c) Nombre de la persona que ocupe el puesto.d) Titulación que acredite su capacitación.e) Tipo de contrato.

8. La entidad adjudicataria debe igualmente velar en todo momento por la estabilidad en el empleo del personal afecto a la ejecución del servicio, así como cubrir de forma inmediata las ausencias de personal a su cargo adscrito a aquél, con personal con el mismo perfil que el sustituido, comunicando las faltas de

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

asistencia al Ayuntamiento, indicando el motivo de la ausencia y el profesor sustituto.

III. Necesidades administrativas por satisfacer y objetivos.1. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 27 y 105 de la Constitución

Española y 25 y 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), el Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino pretende facilitar el acceso de toda la población del municipio a la música y a la danza, para garantizar la cohesión social y contribuir al desarrollo integral de la persona a través del aprendizaje de ambas artes.

2. La gestión docente se realizará de acuerdo a lo estipulado en la Orden Ministerial de 30 de julio de 1992, por lo que sus objetivos, programas, personal, medios, actividades y orientaciones metodológicas tendrán como base lo indicado en dicha Orden Ministerial y su Anexo.

3. Son objetivos generales de la Escuela Municipal de Música y Danza de Vitigudino.

a) Facilitar el acceso de toda la población del municipio a la música y la danza garantizando la cohesión social.

b) Contribuir al desarrollo integral de la persona a través del aprendizaje de la música y la danza.

c) Fomentar desde la infancia el conocimiento y apreciación de la música y la danza, iniciando en su aprendizaje desde edades tempranas.

d) Desarrollar una oferta amplia y diversificada de educación musical y para la danza, sin límite de edad, adecuando la programación a los intereses, dedicación y ritmo de los intereses del alumnado.

e) Ofrecer una enseñanza musical completa que atienda tanto a la adquisición del lenguaje musical como a la práctica instrumental individual y de conjunto.

f) Fomentar en el alumnado el interés por la participación en agrupaciones vocales e instrumentales y agrupaciones de danza.

g) Ofertar la formación en las especialidades musicales clásicas y tradicionales, así como en el campo de la música moderna, cultivando así mismo las manifestaciones de danza en las posibilidades expresivas más adecuadas a la demanda del alumnado.

h) Orientar aquellos casos en que el especial talento o vocación del alumno aconseje su acceso a una enseñanza de carácter profesional, proporcionando, en su caso, la preparación adecuada para acceder a dicha enseñanza.

i) Organizar actuaciones públicas y participar en actividades musicales y de danza de carácter aficionado, enriqueciendo la vida cultural del municipio.

j) Garantizar a las personas usuarias una información puntual y precisa del desarrollo de la actividad del centro.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

IV. Perfil del contratante.Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso en www.vitigudino.org.

V. Precio y pago.1. El precio del presente contrato asciende a la cantidad de VEINTISÉIS MIL

SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (26.666,67 €). El precio cierto anterior está exento del Impuesto sobre el Valor Añadido, al tratarse de actividad de enseñanza reglada.

2. Se habilitará en el presupuesto consignación suficiente que permita financiar el contrato.

3. El pago del precio del contrato se realizará por meses vencidos, previa presentación de la correspondiente factura mensual en el registro municipal de documentos.

VI. Duración del contrato

La duración del contrato de servicio se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 30 de junio de 2015, sin que exista posibilidad alguna de prórroga.

VII. Comisión de SeguimientoExistirá una Comisión de Seguimiento del Servicio, integrada por la Concejalía Delegada de Cultura, la responsable de la Biblioteca Municipal, y un representante del contratista.

SEGUNDA PARTE. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.

VIII. Procedimiento de adjudicación.La forma de adjudicación del contrato de servicios de ENSEÑANZA DE MÚSICA Y DANZA será, de acuerdo con los artículos 112, 169 y el punto 2 del artículo 177 TRLCSP, el PROCEDIMIENTO NEGOCIADO URGENTE CON PUBLICIDAD, en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con las reglas establecidas por el artículo 178 de la misma norma.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.

El órgano de contratación podrá renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.

Igualmente podrá el órgano de contratación acordar el desistimiento del procedimiento, lo que deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.

IX. Acreditación de la aptitud para contratarPodrán participar en el procedimiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar de conformidad con lo que establece el artículo 54 y siguientes del TRLCSP, que no estén incursas en una de las prohibiciones de contratar que se recogen en los artículos 60 y 61 de la misma norma, y que acrediten, además, que tienen la solvencia económica, financiera y técnica requerida en este Pliego de Condiciones. La aptitud para contratar podrá acreditarse en la forma prevenida por el artículo 83 TRLCSP, y únicamente a estos solos efectos los licitadores deberán acreditar la siguiente clasificación:

Grupo Subgrupo CategoríaU 7 A

Asimismo, podrán participar en el procedimiento uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin ser precisa su formalización en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. En cualquier caso, aportarán compromiso, suscrito por todas las empresas, de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias, indicando los nombres y las circunstancias de las que la constituirían, así como su participación. Dichas empresas estarán obligadas solidariamente ante el Ayuntamiento de Vitigudino y deberán nombrar a un representante o apoderado de la unión, con facultades suficientes para ejercer los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo.

1. La personalidad y la capacidad de obrar del licitador se acreditará de la siguiente manera:

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

Empresario individual: Fotocopia del NIF, Pasaporte o documento que lo sustituya. También será necesaria la acreditación, si cabe, del nombre comercial con el que opera en el tráfico mercantil.

Personas jurídicas: Escritura de Constitución o Modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación Mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere: Escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que conste las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro Oficial. En todo caso, Fotocopia de la Tarjeta de Código de Identificación Fiscal (CIF), debidamente compulsada.

Empresas comunitarias .: Certificado de la Inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Empresas no españolas de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega): Certificado de inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación (Disposición Adicional 14ª TRLCSP).

Empresas no comunitarias: Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, e Informe de reciprocidad expedido por la Misión Diplomática Permanente Española, en la que se haga constar que el Estado de procedencia de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.

Las personas jurídicas que concurran a la licitación deberán acreditar que las prestaciones del contrato se encuentran dentro de las finalidades, el objeto o ámbito de actividad que le sean propios, según sus estatutos o reglas fundacionales y posean la suficiente solvencia técnica, económica y financiera.

También se aportará el documento o documentos que acrediten la legítima y suficiente representación del firmante de la oferta.

Los licitadores podrán presentar la documentación exigida, si es notarial, ajustándose a los requisitos que establecen la ley y el reglamento notarial, con respecto a la legalización. En caso de documentos administrativos, podrán ser

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

presentados en original, o en copia o fotocopia debidamente autenticadas por fedatario público.

En caso de uniones temporales, cada uno de sus componentes acreditará su capacidad de conformidad con lo expuesto en el presente apartado.

2. Otras manifestaciones . Los licitadores también deberán presentar la siguiente documentación:

1. Declaración responsable sobre prohibiciones de contratar. Acreditación de no incurrir en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 60 del TRLCSP que se puede obtener mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando este documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá sustituirse por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, un notario público o un organismo profesional cualificado. Dicha declaración deberá contener expresamente el hecho de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de una empresa perteneciente a un Estado miembro de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, esta certificación se podrá también sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.

2. Compromiso de que antes de la firma del contrato tendrá suscritas las pólizas de seguros, de acuerdo con lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas.

3. Sumisión jurisdiccional de las empresas extranjeras. Las empresas extranjeras aportarán una declaración de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que directa o indirectamente se derivaran de los contratos, con renuncia, si cabe, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle al licitador.

4. Documentación contractual. Declaración por parte del licitador de aceptación de la documentación mencionada en el presente Pliego, que tendrá carácter contractual.

3. La solvencia del empresario:

3.1 La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante Informe de entidades financieras, junto con justificante de la existencia de un seguro o propuesta de seguro de indemnización por riesgos profesionales

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

(incluyendo expresamente la responsabilidad por daños sufridos por los usuarios) por importe de 100.000,00 €, con un mínimo por siniestro de igual cantidad.

3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios se acreditará en los términos previstos por el apartado a) del artículo 78 TRLCSP, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos se considerará solvente al licitador que haya desarrollado o trabajado en actividades de enseñanza de música o danza durante al menos tres (3) años, con personal a su cargo. En caso de presentación de las declaraciones alternativas a certificaciones a las que se refiere dicho precepto, los licitadores incluirán además un documento mediante el que autoricen a la Corporación a consultar ante Administraciones Públicas y particulares la veracidad de los extremos aducidos a efectos de esta solvencia.

X. Información que se facilitará a los licitadoresDesde el día de la publicación del anuncio del procedimiento abierto, las empresas interesadas podrán consultar en el Perfil de Contratante (www.vitigudino.org y http://vitigudino.sedelectronica.es) el expediente completo del concurso en días laborables, la documentación que regirá el presente procedimiento. Dicha documentación incluirá los siguientes documentos:

a) El presente Pliego de Condiciones.b) Profesorado en el último ejercicio c) Inventario de medios materialesd) Información sobre matrícula en el último ejercicio

XI. Presentación de Proposiciones y Documentación AdministrativaLas ofertas se presentarán en el Registro de documentos de la Casa Consistorial, en horario de atención al público, dentro del plazo de CINCO (5) DÍAS contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, o de la recepción de la invitación a participar en el procedimiento, si fuera posterior.

Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso de que las ofertas se envíen por correo dentro de plazo, los licitadores deberán justificar que la fecha y la hora de imposición del envío en la oficina de Correos son, como máximo, las señaladas en la invitación y deberán anunciarlas al Ayuntamiento de Vitigudino mediante telegrama, telefax o correo electrónico, y el Ayuntamiento de Vitigudino deberá recibirlo dentro de plazo. El anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de su transmisión y de su recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y si se identifica fehacientemente al remitente y al destinatario. De no concurrir estos requisitos, la oferta no será admitida si el Ayuntamiento de Vitigudino la recibe con posterioridad al plazo señalado en el anuncio. Si la proposición enviada por correo al Ayuntamiento de Vitigudino no llegara tras tres días naturales desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones, no será admitida bajo ningún concepto.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Todos los licitadores deben señalar en el momento de presentar sus proposiciones un domicilio, un teléfono, un fax y una dirección de correo electrónico para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del procedimiento o que de algún modo puedan afectar al licitador.

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP.

Las proposiciones deberán tener una validez mínima de 6 meses, a contar a partir de la fecha de apertura de las mismas. Una vez transcurrido este plazo, o el plazo superior indicado por cada licitador en su proposición, sin que el Ayuntamiento de Vitigudino haya acordado la adjudicación del contrato o la resolución del procedimiento en otro sentido, los licitadores admitidos tendrán derecho a retirar su proposición, siempre y cuando lo soliciten por escrito al Ayuntamiento de Vitigudino Las proposiciones que no sean retiradas se entenderán válidas y vinculantes para el licitador a todos los efectos previstos en este Pliego de Condiciones.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

Las proposiciones constarán de tres (3) sobres cerrados y firmados por el licitador o por su representante. En cada sobre se hará constar su contenido y el nombre del licitador y su dirección a efectos de notificaciones.

El licitador podrá presentar la documentación exigida, en caso de que sea notarial, de acuerdo con los requisitos que establece el Reglamento Notarial en materia de legalización y legitimación.

Las empresas extranjeras que contraten en España presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano.

Las proposiciones se presentarán escritas a máquina o mediante otro tipo de impresión mecánica o informática. No se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.

No serán admitidas, en ningún concepto, las proposiciones de aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP.

La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional por los licitadores del contenido de la totalidad de la documentación objeto del presente procedimiento.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, y ésta NO podrá contener variantes de ninguna clase. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda PROPOSICIÓN PARA LICITAR A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA DE MÚSICA Y DANZA. La denominación de los sobres es la siguiente:

- Sobre A: Documentación Administrativa.- Sobre B: Memoria (documentación cuya ponderación depende de un juicio de

valor).- Sobre C: Proposición Económica (documentación cuantificable de forma

automática).

Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

SOBRE A – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Contendrá la acreditación de los extremos señalados en la cláusula VI, y en particular:

a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

b) Documentos que acrediten la representación.

- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

- Igualmente, la persona actúe en representación, con poder bastanteado, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 TRLCSP.

Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.

También contendrá una mención expresa a no haber sido sancionado por infracción grave en materia profesional por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León o cualquier otra Administración Pública competente en relación con actividades análogas a la del objeto de este Pliego.

d) Los que justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

En caso de presentación de las declaraciones alternativas a certificaciones a las que se refiere el artículo 78 TRLCSP, los licitadores incluirán además un documento mediante el que autoricen a la Corporación a consultar ante Administraciones Públicas y particulares la veracidad de los extremos aducidos a efectos de esta solvencia.

e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

Respecto de todos los documentos anteriores, con excepción de las declaraciones que deba hacer el licitador, serán admisibles las fotocopias simples acompañadas de compromiso formalizado del licitador de aportar originales o copias certificadas en caso de resultar adjudicatario.

Se acompañará una relación o índice de la documentación aportada.

SOBRE B – DOCUMENTACIÓN SOBRE OFERTA PONDERABLE MEDIANTE JUICIOS DE VALOR

Incluirá el siguiente documento para la ponderación de los criterios que dependan de un juicio de valor:

Título: PROPUESTA TÉCNICA PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA DE MÚSICA Y DANZA DE VITIGUDINO

Consistirá en un Proyecto educativo para desarrollar en el supuesto de resultar adjudicatario, con expresión de los siguientes aspectos:

a) Las bases de la educación musical.b) Estructura y programación de los cursos. Niveles en que se divide cada uno de

ellos, incluyendo: aspectos académicos y pedagógicos, objetivos, metodología, contenidos básicos, criterios de evaluación y seguimiento.

c) Programa de gestión de la Escuela.d) En su caso, propuesta detallada y debidamente suscrita por el licitador, en la que

figure las asignaturas complementarias que se compromete a impartir distintas de las que figuran en los pliegos, y el número de conciertos pedagógicos que se compromete a realizar durante el curso escolar en el CRA y el IES, como forma de difusión de la Escuela de Música, así como las actividades extraescolares que se compromete a realizar, incluidas las que organice el Ayuntamiento.

En todo caso se deberá recoger expresamente los siguientes extremos:

- Instrumentos o materias cuya enseñanza se impartirá y número de horas para cada uno de ellos

- Puestos de trabajo - Modelo de gestión económico – administrativa- Organización de grupos y horarios- Servicios adicionales, en su caso

Contendrá en todo caso, y debidamente identificada, la información necesaria para evaluar la proposición técnica conforme a los criterios descritos en el apartado A) de la cláusula décimo tercera.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

SOBRE C – PROPOSICIÓN ECONÓMICA (DOCUMENTACIÓN SOBRE OFERTA CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA).

Se presentará conforme al modelo que aparece como Anexo del Pliego, y contendrá la información necesaria para poder evaluar la oferta de acuerdo con los criterios del apartado A) de la cláusula undécima.

XII. Garantía ProvisionalNo se exige garantía provisional.

XIII. Criterios de adjudicaciónDe conformidad con lo previsto por el punto 2 del artículo 178 TRLCSP, para la clasificación y reducción progresiva del número de ofertas sobre las que negociar se aplicará los criterios de adjudicación siguientes:

A) MEJOR PROPOSICIÓN TÉCNICA, HASTA 80 PUNTOS.

En este apartado se evaluará la calidad técnica y la idoneidad para el Servicio del proyecto o memoria y la documentación aportados en la proposición técnica de los licitadores.

B) MEJOR PROPOSICIÓN ECONÓMICA, HASTA 20 PUNTOS.

Se considerará la mejor oferta por estos criterios la que contenga la tarifa de referencia más baja, y se le concederá la máxima puntuación, 20 puntos.

Al resto de las ofertas se les otorgará una puntuación proporcional conforme a la siguiente fórmula: P = (OV/OM) x 20 siendo P la puntuación de este apartado, OV la oferta correspondiente al licitador que se valora, y OM la oferta correspondiente al licitador que ofrece la tarifa de referencia más baja.

XIV. Mesa de contrataciónLa Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda TRLCSP, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, estará formada por la Comisión Informativa de Hacienda y Desarrollo Local y Especial de Cuentas, junto con el Secretario – Interventor de la Corporación, como vocal. En atención a la especialidad del contrato, los grupos podrán designar un vocal distinto del representante habitual en dicha Comisión. Actuará como Secretario de la Mesa un funcionario de la Escala Administrativa municipal.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

XV. Apertura de proposiciones y clasificación de ofertas.La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.

En el día y a la hora que señale la Alcaldía se procederá a la apertura de los Sobres A y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.

Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a TRES (3) DÍAS para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.

Posteriormente, en el mismo acto o en otro, se procederá a la apertura y examen de los sobres B, que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.

Si se detectara errores u omisiones en la documentación presentada en el Sobre B, se concederá para efectuarla un plazo de TRES (3) DÍAS, según el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.

Tras la apertura de dichas proposiciones técnicas, se podrá solicitar del servicio que corresponda de la Excma. Diputación Provincial o del Área de Cultura del Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino el oportuno informe técnico para la valoración de aquéllas con arreglo a este Pliego.

Posteriormente, en acto público, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres C.

Realizadas estas actuaciones, se abrirá la fase de negociación con las empresas y concluida ésta se procederá a la adjudicación valorando las ofertas resultantes de la negociación.

En su caso, la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación provisional a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que contuviese la oferta económicamente más ventajosa según resulte de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares que rija la licitación y de la negociación de los términos del contrato.

En aquellos casos en que, de conformidad con los criterios que figuren en el pliego, no resultase admisible ninguna de las ofertas presentadas propondrá que se declare desierta la licitación.

De igual modo, si durante su intervención apreciase que se ha cometido alguna infracción de las normas de preparación o reguladoras del procedimiento de

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

adjudicación del contrato, podrá exponerlo justificadamente al órgano de contratación, proponiéndole que se declare el desistimiento.

La clasificación de las ofertas y la propuesta de adjudicación no crean derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.

La clasificación de las ofertas y la adjudicación por el órgano de contratación deberá efectuarse en el plazo de CINCO (5) DÍAS desde la apertura de las proposiciones, debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de contratante.

XVI. Proposiciones anormales o desproporcionadas.Se considerará proposiciones anormales o desproporcionadas aquellas cuya oferta económica sea inferior en diez o más puntos porcentuales a la media de las admitidas.

XVII. Garantía definitiva.El licitador que resulte clasificado en primer lugar deberá constituir una garantía por importe equivalente al 5 por 100 del de su oferta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:

a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.

b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.

c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.

La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.

Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 TRLCSP.

XVIII. Adjudicación del contrato.El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, TRLCSP y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO (5) DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.

Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese resultado clasificado en primer lugar, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.

XIX. Formalización del Contrato.La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los CINCO (5) DÍAS hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.

Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación de la garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.

XX. Preferencia de adjudicación, Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, el órgano de contratación podrá tener en cuenta en la adjudicación del contrato, la preferencia a favor de aquellas empresas en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.

A tal efecto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje según la ley, así como otros convenios con organizaciones sociales, medioambientales, etc., tendrán preferencia en la adjudicación del contrato.

XXI. Protección de datos: DocumentaciónEn cumplimiento de lo que dispone el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en la que se regula el derecho de información en la recopilación de datos de carácter personal, se deja constancia de los siguientes extremos:

a. La documentación requerida para licitar en el presente procedimiento que contenga datos de carácter personal es necesaria para la participación en el mismo.

b. En relación con la documentación presentada por los licitadores que contenga datos de carácter personal de personas físicas (trabajadores, personal técnico, colaboradores, etc.), el licitador garantiza que ha obtenido previamente el consentimiento de las personas interesadas o afectadas para facilitar dicha información al Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino con el fin de licitar en el presente procedimiento.

c. La presentación de la oferta y la documentación solicitada implica que el licitador autoriza a tratar dicha documentación e información en los términos citados y, en caso de que resulte adjudicatario, en el marco de la ejecución del contrato.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

d. Los interesados / afectados podrán ejercer su derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Ilmo. Ayuntamiento de Vitigudino como entidad responsable del tratamiento, en la dirección indicada en el apartado c anterior, adjuntando una copia del documento nacional de identidad u otro documento oficial que acredite la identidad de la persona que ejerza el derecho.

XXII. ConfidencialidadEl adjudicatario estará obligado a respetar el carácter confidencial de toda la información a que tenga acceso para la ejecución del contrato, siempre que así se indique en el mismo o que así lo indique la entidad, o siempre que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal. Este deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo mínimo de 5 años, contado desde la fecha de la finalización del contrato.

Asimismo, el licitador deberá señalar expresamente la documentación y la información de su oferta que considere confidenciales, de acuerdo con lo que establece el artículo 140 del TRLCSP.

XXIII. Derechos y obligaciones del adjudicatario.1. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los

pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.

2. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

3. El contratista queda además específicamente obligado a:

a) dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre),

b) satisfacer los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 1.500,00 €, y en su caso los de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen, y

c) los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

XXIV. Prerrogativas de la Administración.El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 TRLCSP, ostenta las siguientes prerrogativas:

a) Interpretación del contrato.b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.c) Modificación del contrato por razones de interés público.d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.

En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del mismo Texto.

XXV. Modificación del contrato.1. Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de servicios

acordadas conforme a lo establecido en el artículo 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de equipos a mantener o la sustitución de unos equipos por otros, siempre que los mismos estén contenidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tengo derecho alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos, a reclamar indemnizaciones por dichas causas, siempre que no se encuentren en los casos previstos en la letra c) del artículo 284 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

2. Las condiciones en que podrá producirse la modificación de acuerdo con lo establecido anteriormente deberá de recogerse en ente pliego y en el documento contractual.

XXVI. Revisión de precios.Dado el plazo de ejecución del contrato, no procede la revisión de precios.

XXVII.Penalidades por incumplimiento.1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en

demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidad por importe de DOSCIENTOS EUROS (200,00 €). Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

2. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de penalidad por el mismo importe establecido anteriormente.

3. Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.

4. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.

XXVIII. Resolución del contrato.1. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este

Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 TRLCSP y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.

2. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.

XXIX. Régimen jurídico del contrato.1. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos

y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

2. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 TRLCSP.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056

ILMO. AYUNTAMIENTO DE VITIGUDINO

ANEXO. Modelo de oferta económica.

D/Dª…, con domicilio a efectos de notificaciones en…, con DNI número…, en nombre propio/en representación de…, con CIF número…, enterado del expediente para la adjudicación del CONTRATO DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA (CURSO 2014 -2015), por procedimiento negociado y con publicidad, a favor de la oferta económicamente más ventajosa, conforme a varios criterios de adjudicación, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por en las siguientes condiciones:

Oferta económica (en letra) Euros (en número) €.

(Lugar, fecha y firma)

DILIGENCIA.- Pliego informado favorablemente en esta fecha. Vitigudino,...El Secretario – Interventor, fdo., Ignacio Rivas Carballo.

Plaza de España, 10 VITIGUDINO 37210 Salamanca Teléf. 923 500 012 Fax:923 500 056