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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

    ÁmbitoRural

    ÁmbitoRural 

    ÁmbitoUrbano 

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    004

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    001002

    003005P03

    P02

    P01

    PB

    Procedimientos

    Especificaciones Técnicas

    Instrumentos e Instructivo

    Para la Formación y

    conservación del Catastro

    Nacional

    INSTITUTO GEOGRÁFICODE VENEZUELASIMÓN BOLÍVAR 

    La Geografía al Servicio del Desarrollo

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    PROCEDIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LAFORMACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL

    TABLA DE CONTENIDO

    RESOLUCIÓN DE NORMAS TÉCNICAS PARA LA FORMACIÓN YCONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL........................................................4

    PRESENTACIÓN .............................................................................................................. 16

    I. PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMACIÓN Y CONSERVACIÓN DELCATASTRO NACIONAL ................................................................................................. 20

    I.2.1. SECTORIZACIÓN CATASTRAL ÁMBITO URBANO..................................................23I.2.2. SECTORIZACIÓN CATASTRAL ÁMBITO R URAL .....................................................26

    I.3. LEVANTAMIENTO PARCELARIO ................................................................... 29I.3.1. LEVANTAMIENTO PARCELARIO ÁMBITO URBANO ...............................................29I.3.2. LEVANTAMIENTO PARCELARIO ÁMBITO R URAL.................................................33I.4. ACTA DE VERIFICACIÓN DE LINDEROS......................................................37I.5. DIBUJO PARCELARIO Y CÁLCULO DE ÁREAS...........................................39I.6. ESTUDIO JURÍDICO.............................................................................................42I.7. PLANTA DE VALORES DE LA TIERRA...........................................................45I.8 TABLA DE VALORES DE LA CONSTRUCCIÓN........................................... 49I.9. AVALÚO DE INMUEBLES.................................................................................. 51I.9.1. VALOR DEL TERRENO ...........................................................................................51I.9.2. VALOR DE LAS CONSTRUCCIONES .........................................................................51

    I.10. INSCRIPCIÓN DE INMUEBLES ....................................................................... 54I. 11. CÉDULA CATASTRAL Y CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTOCATASTRAL ................................................................................................................. 57

    II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA FORMACIÓN YCONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL..................................................... 62

    II.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LARED GEODÉSICA MUNICIPAL .................................................................................... 62

    II.1.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES...............................................................62II.1.2 MODOS DE POSICIONAMIENTO GPS ......................................................... 65II.1.2.1 MODO ESTÁTICO:...............................................................................................65

    II.1.2.2 MODO ESTÁTICO R ÁPIDO: ................................................................................. 66II.1.2.3 MODO TIEMPO R EAL CINEMÁTICO R TK : .........................................................67II.1.2.4 ESTACIONES BASES O MASTER :.........................................................................67II.1.2.5 ESTACIONES R EMOTAS O R OVER : ..................................................................... 67

    II.2 ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DE MAPASCATASTRALES.................................................................................................................68

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    II.3 ESPECIFICACIÓN TÉCNICA: ELABORACIÓN DEL PLANO DE MENSURA..............................................................................................................................................76

    II.3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA MENSURA DE

    INMUEBLES, ÁMBITO URBANO Y RURAL..........................................................76

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    RESOLUCIÓN DE NORMAS TÉCNICAS PARA LAFORMACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CATASTRO

    NACIONAL

    MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

    REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES 

    INSTITUTO GEOGRAFICO DE VENEZUELA SIMON BOLIVAR

    RESOLUCION Nº 54 Caracas, 28-05-02

    Publicado en Gaceta Oficial Nº 5.590 Caracas, 10-06-02

    AÑOS 192º y 143º

    Por disposición del ciudadano Presidente de la República, de conformidad con lodispuesto en los artículos 76, numeral 8 de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública y 4 y 25 de la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional,

    CONSIDERANDO

    Que la ejecución del catastro abarca un conjunto de actividades cuya concrecióndemanda el establecimiento de normas que permitan estandarizar ellevantamiento de la información inmobiliaria.

    CONSIDERANDO

    Que corresponde a los municipios la implantación del catastro en su ámbitoterritorial, así como acometer el proceso de formación y conservación del mismoen los términos establecidos en la Ley.

    CONSIDERANDO

    Que corresponde al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales porórgano del Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, como ente rector,fomentar y dirigir los programas nacionales en materia de catastro y coordinar conlos municipios su formación y conservación.

    Se dictan las siguientes:

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    NORMAS TECNICAS PARA LA FORMACION Y CONSERVACION DELCATASTRO NACIONAL

    Artículo 1.  Las presentes Normas tienen por objeto regular la formación yconservación del catastro a los fines de asegurar la uniformidad del régimencatastral en el territorio nacional.

    Artículo 2. La formación del catastro comprende el levantamiento, procesamientoy generación de la base de datos descriptiva y gráfica de los inmuebles de unmunicipio, la cual deberá reflejar el aspecto físico, jurídico y valorativo de losmismos.

    Artículo 3.  La conservación del catastro comprende el proceso de actualizacióndel mismo, el cual deberá efectuarse en períodos no mayores de cuatro (4) años,

    registrándose las modificaciones físicas, jurídicas y valorativas de los inmueblesde un municipio, que se sucedan en el tiempo.

    Artículo 4. A los fines de la formación de su respectivo catastro, los municipiosdeben establecer una red geodésica en su territorio, de conformidad con lasespecificaciones técnicas dictadas por el Instituto Geográfico de Venezuela SimónBolívar.

    Artículo 5.  La oficina municipal de catastro, realizará el inventario de losmateriales cartográficos y aerofotogramétricos disponibles de su territorio, con lafinalidad de determinar la conveniencia de su empleo; siempre que los mismoscumplan con las especificaciones técnicas que al efecto dicte el Instituto

    Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    En el ámbito urbano, la base cartográfica a emplear para los levantamientoscatastrales será a escala 1:1000, preferiblemente, pudiendo utilizarse escalasentre 1:500 y 1:2500, en función de la estructura parcelaria existente.

    En el ámbito rural, se utilizarán escalas entre 1:25000 y 1:5000, en función de ladensidad y del tamaño de los predios o parcelas.

    Artículo 6. Cuando se requiera generar nueva cartografía para la elaboración delos mapas catastrales, la misma se producirá a partir de la aplicación de técnicas

    aerofotogramétricas o mediante levantamientos de campo, de conformidad con lasespecificaciones técnicas dictadas por el Instituto Geográfico de Venezuela SimónBolívar.

    En el ámbito urbano, la captura de la información se realizará de conformidad conlas especificaciones siguientes:

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Proyección Mercator Transversal

    Cuadrícula Universal Transversa de Mercator

    Datum SIRGAS – REGVEN

    Sistema de referenciageodésico

    Elipsoide GRS80

    Cámara: f = 150 mm

    Calibración cada 4 años

    Escala promedio para la toma de vistas: 1:5000

    Toma de vistas aéreas

    Tipo de película: Pancromática

    ∆ϕ= 5 gon

    ∆ω= 5 gon

    Variación angularmáxima:

    ∆κ= 10 gon

    Longitudinal= 60%Solape:

    Transversal= 30%

    Variación de la escala: ± 5 %

    Vuelo

     Altura del sol ≥30o≥15o 

    Control terrestre Las mediciones deben partir de puntos de la RedGeodésica Municipal

     Ajuste en bloque por modelos independientes

     Ajuste de haces de rayos (Bundle)

    Para cualquiera de los dos métodos

    Txy = ±0.08 mPuntos de enlace:

    Tz= ±0.1%0 de la altura devuelo

    Métodos deaerotriangulación

    Centros de proyección: Txy = ±0.16 m

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Tz= ±0.1%0 de la altura devuelo

    Txy = ±0.05 mPuntos de control:

    Tz= ±0.40 m

     Analógico con interfasedigital

     Analítico

    Tipo de instrumento:

    Estación fotogramétricadigital

     Al menos cuatro marcas

    fiduciales

    Transformación afín 2D

    Orientación Interior:

    Residuales

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    Proyección Mercator Transversal

    Cuadrícula Universal Transversa de Mercator

    Datum SIRGAS – REGVEN

    Sistema de referenciageodésico

    Elipsoide GRS80

    Cámara: f = 150 mm

    Calibración cada 4 años

    Escala para la toma de vistas: 1:50000

    Toma de vistas aéreas

    Tipo de película: Pancromática

    ∆ϕ= 5 gon

    ∆ω= 5 gon

    Variación angularmáxima:

    ∆κ= 10 gon

    Longitudinal= 60 %Solape:

    Transversal= 30 %

    Variación de la escala: ± 5 %

    Vuelo

     Altura del sol ≥30o≥15o 

    Control terrestre Las mediciones deben partir de puntos de la RedGeodésica Municipal

     Ajuste en bloque por modelos independientes

     Ajuste de haces de rayos (Bundle)

    Para cualquiera de los dos métodos

    Txy = ±1 mPuntos de enlace:

    Tz= ±0.1%0 de la altura devuelo

    Métodos deaerotriangulación

    Centros de proyección: Txy = ±0.5 m

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    Tz= ±0.1%0 de la altura devuelo

    Txy = ±0.25 mPuntos de control:

    Tz= ±0.50 m

     Analógico con interfasedigital

     Analítico

    Tipo de instrumento:

    Estación fotogramétricadigital

     Al menos cuatro marcas

    fiduciales

    Transformación afín 2D

    Orientación Interior:

    Residuales

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    NIVEL CONTENIDOTIPO DEELEMENTO

    1 Puntos de orientación Punto

    2Puntos de la Red Geodésica Nacional y/oMunicipal

    Punto

    10 Marco de la hoja Polígono

    11 Código de la hoja Texto

    12 Sistema de referencia usado: Datum. Elipsoide Texto

    13 Cuadrícula de coordenadas Línea

    21 Linderos de las parcelas Polígono

    22 Etiquetas de las parcelas (código catastral) Texto

    30 Hidrografía Punto

    31 Hidrografía Línea

    32 Hidrografía Polígono

    35 Toponimia hidrografía Texto

    36 Vialidad Punto

    37 Vialidad Línea

    40 Toponimia vialidad Texto

    45 Límites de parroquia Línea

    49 Toponimia de límites parroquiales Texto

    50 Límites de municipio Línea

    54 Toponimia de límites municipales Texto

    55 Límites de entidad federal Línea

    60 Toponimia de límites estadales Texto

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    Artículo 9.  La oficina municipal de catastro deberá sectorizar el territoriomunicipal, de acuerdo a criterios de homogeneidad en cuanto a característicasfísicas del área, usos y tipos de construcción.

    Los municipios que ya posean la sectorización de su territorio con fines catastrales

    podrán conservarla, hasta tanto se integren progresivamente al sistema decodificación catastral establecido en las presentes Normas Técnicas.

    Artículo 10.  Para las labores catastrales, los municipios deberán definir laspoligonales de los centros urbanos ubicados en su territorio.

    En caso de inexistencia de instrumentos de ordenación urbanística, las oficinasmunicipales de catastro podrán definir poligonales urbanas provisionales con finescatastrales.

    Artículo 11.  La oficina municipal de catastro asignará el código catastral a los

    inmuebles del municipio, en función de la sectorización de su ámbito territorial.El código catastral es una combinación de dígitos y letras que de manera oficial,exclusiva e inequívoca identificará a un inmueble, individualizándolo en el espaciogeográfico nacional. El mismo deberá estar representado en la ficha catastral, enel mapa catastral, en la cédula catastral y en el certificado de empadronamiento deacuerdo a la estructura siguiente:

     Ámbito Urbano

    Efed Mun Prr Amb Sec Man Par Sbp Niv Und

    U

     Ámbito Rural

    Efed Mun Prr Amb Sec Ssec Par Sbp Niv Und

    R

    Artículo 12. La asignación de los caracteres que conforman el código catastral delos inmuebles se realizará de acuerdo a las especificaciones siguientes:

    CAMPON° DE

    CARACTERESDESCRIPCION

    Efed 2 Campo constituido por dos dígitos que definenla ubicación del inmueble a nivel de entidad

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    (entidadfederal)

    federal, de acuerdo a la codificación delInstituto Nacional de Estadística.

    Mun

    (municipio) 2

    Campo constituido por dos dígitos que definenla ubicación del inmueble a nivel de municipio,de acuerdo a la codificación del InstitutoNacional de Estadística.

    Prr

    (parroquia) 2

    Campo constituido por dos dígitos que definenla ubicación del inmueble a nivel de parroquia,de acuerdo a la codificación del InstitutoNacional de Estadística.

     Amb

    (ámbito)3

    Campo constituido por una letra y dos dígitosque definen la ubicación del inmueble dentrodel ámbito urbano o rural del municipio.

    Sec

    (sector)3

    Campo constituido por tres dígitos que definenla ubicación del inmueble dentro de un sectorurbano o rural del municipio.

    Ssec

    (sub-sector)3

    Campo constituido por tres dígitos que definenla ubicación del inmueble dentro de un sub-sector del ámbito rural del municipio.

    Man

    (manzana)

    3Campo constituido por tres dígitos que definenla ubicación del inmueble en una manzana del

    ámbito urbano del municipio.

    Par

    (parcela)3

    Campo constituido por tres dígitos que definenla ubicación de la parcela dentro del contextode una manzana o sub-sector.

    Sbp

    (sub-parcela)

    3Campo constituido por tres dígitos que definenla ubicación del inmueble en una porción de laparcela.

    Niv

    (nivel)3

    Campo constituido por tres dígitos que definenel piso o planta donde está ubicada la unidadcatastral.

    Und

    (unidad)3

    Campo constituido por tres dígitos que definenla división mínima de construcción objeto delevantamiento.

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    Artículo 13. El levantamiento de la información catastral permitirá la identificación,delimitación y descripción física de cada inmueble. A los efectos de su realización,las oficinas municipales de catastro deberán utilizar una ficha catastral diseñadade conformidad con las especificaciones dictadas por el Instituto Geográfico deVenezuela Simón Bolívar.

    La ficha catastral constituye un instrumento básico para el proceso de formación yconservación del catastro; la misma estará conformada por campos de datos queservirán de soporte fundamental para la estructuración de la base de datos delSistema Nacional de Catastro.

    Artículo 14. La oficina municipal de catastro realizará una investigación jurídico-catastral para determinar la suficiencia de los derechos invocados por lospropietarios u ocupantes, en la documentación aportada para la inscripción de losinmuebles en el respectivo Registro Catastral.

    Artículo 15. A los efectos indicados en el artículo anterior, la oficina municipal decatastro efectuará progresivamente el análisis documental, la verificación de losplanos de mensura y, si fuere el caso, el examen de los archivos en el RegistroInmobiliario, así como cualesquiera otras medidas que, a los fines catastrales,estime pertinentes de conformidad con la ley.

    Artículo 16.  Para determinar el valor catastral de los inmuebles, las oficinasmunicipales de catastro deberán emplear el método de avalúo masivo, el cualconsiste en un procedimiento de comparación de las características de losinmuebles objeto de avalúo, con las contenidas en la Planta de Valores de laTierra y en la Tabla de Valores de la Construcción.

    La Planta de Valores de la Tierra refleja los valores unitarios de la tierra de unmunicipio; y la Tabla de Valores de la Construcción expresa los valores unitariosde las diferentes tipologías de construcción determinadas en el municipio.

    Artículo 17. En cada municipio funcionará un Registro Catastral en el cual deberáincorporarse toda la información levantada en el proceso de formación yconservación del catastro; y comprenderá la inscripción, archivo, control,administración y manejo de la información inmobiliaria del municipio.

    Artículo 18.  El Registro Catastral tiene por objeto conservar y disponer de ladocumentación catastral de manera organizada, útil, confiable y oportuna, de tal

    forma que sea recuperable para uso del Estado, en servicio de los particulares ycomo fuente de datos de los sistemas de información territorial y del RegistroInmobiliario.

    Artículo 19.  El Registro Catastral será el asiento del expediente inmobiliario, elcual estará constituido por: planilla de inscripción, documento de origen depropiedad del inmueble o contentivo del derecho invocado, ficha catastral,notificaciones, acta de verificación de linderos, plano de mensura, mapa catastral

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    con la individualización del inmueble y cédula catastral o certificado deempadronamiento; así como cualesquiera otros documentos que, a los finescatastrales, la oficina municipal de catastro estime pertinentes incorporar deconformidad con la ley.

    Artículo 20. Las oficinas municipales de catastro podrán incorporar tecnologías yemplear cualquier medio electrónico, informático, óptico o telemático para elmanejo de la información contenida en el Registro Catastral.

    Artículo 21. El Registro Catastral debe disponer de una base de datos digital quepermita la integración con el Registro Inmobiliario, de conformidad con lasespecificaciones técnicas dictadas por el Instituto Geográfico de Venezuela SimónBolívar.

    Las oficinas municipales de catastro deben mantener copias de respaldo de lasbases de datos digitales generadas de las actividades catastrales.

    Artículo 22.  En el Registro Catastral se incorporará el archivo de todo el fondodocumental proveniente de las actividades catastrales ejecutadas con anterioridada la entrada en vigencia de la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional.

    Artículo 23. Las Normas Técnicas contenidas en la presente Resolución son decarácter obligatorio y las mismas serán complementadas con los procedimientos,especificaciones técnicas, instructivos y demás instrumentos que publicará en unaedición oficial el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, de la formasiguiente: Primera edición 1 000 ejemplares de un mismo tenor, en hoja tamañocarta (215,9mm x 279,4mm) por un precio que dependerá de la categoríaasignada al documento dentro de la Serie de Normas Técnicas.

    Artículo 24. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de supublicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

    Comuníquese y Publíquese,

    Por el Ejecutivo Nacional 

    ANA ELISA OSORIO GRANADO

    Ministra del Ambiente y de los

    Recursos Naturales

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    PROCEDIMIENTOS YESPECIFICACIONES TECNICAS

    DEL CATASTRO NACIONAL

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    PRESENTACIÓN

    El Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB), creado a través de la

    Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional (LGCCN), publicada en laGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.002 del 28 de

     julio de 2000, es el ente rector de la actividad geográfica, cartográfica y de catastro

    del Estado. La mencionada Ley tiene por objeto regular la formulación, ejecución y

    coordinación de las políticas y planes relativos a las precitadas materias;

    especialmente las relacionadas con la implantación, formación y conservación del

    catastro en todo el territorio nacional.

    En el marco de las competencias concurrentes establecidas en la LGCCN, losmunicipios para la formación y conservación de su respectivo catastro, deben

    adoptar las normas técnicas publicadas por el IGVSB  en la Gaceta Oficial de la

    República Bolivariana de Venezuela número 5.590 Extraordinario del 10 de junio

    de 2002 referida a “Normas Técnicas para la Formación y Conservación del

    Catastro Nacional”. De igual manera debe adoptar el código catastral establecido

    por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar. 

    Es importante acotar que por mandato de la ley, al IGVSB corresponde fomentar

    y, al igual que dirigir los programas nacionales en materia de catastro y coordinar

    con los municipios su formación y conservación, en sus respectivos ámbitos

    territoriales; asegurando de esta manera su incorporación al referido proceso. De

    igual modo debe mencionarse que los procedimientos, especificaciones técnicas

    y los instrumentos e instructivos que complementarán las Normas Técnicas en

    referencia, son el resultado de un proceso de evaluación, diagnóstico y análisis

    abordados junto con los diferentes organismos e instituciones públicas y privadas

    que en el marco de sus competencias y ámbito de acción, están vinculados al

    desarrollo del catastro nacional.

    El presente documento responde a lo establecido en el artículo 23 de la

    Resolución sobre “Normas Técnicas para la Formación y Conservación del

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    Catastro Nacional”, con la finalidad de complementar el contenido de la misma; su

    propósito fundamental es garantizar el desarrollo y la estandarización de los

    procesos relacionados con la formación y conservación del catastro.

    La aplicación sistemática integral y progresiva de las disposiciones contenidas en

    este documento, asegurarán la calidad y veracidad de la información territorial

    obtenida. Por tanto, su estructura responde a un orden secuencial, lógico y

    coherente, discriminado de la forma siguiente:

    1. En el primer capítulo, se desarrollan los procedimientos, en términos de los

    aspectos físico, jurídico y valorativo del catastro.

    2. En el segundo capítulo, se presentan las especificaciones técnicas necesariaspara el desarrollo de los procedimientos catastrales.

    3. En el tercer capítulo, se presentan los instructivos e instrumentos respectivos

    que soportarán la información recopilada durante los procesos establecidos 

    como fundamentos para la ejecución del catastro municipal.

    4. Adicionalmente se incorpora, un glosario con los principales términos

    utilizados en los diferentes documentos catastrales diseñados.

    Enmarcado en ese contexto, el conjunto de documentos que conforman la serie

    de Normas Técnicas, concretan la nueva concepción de un catastro integral lo que

    propende a la eficiencia de los procesos catastrales para generar la fuente

    primaria de datos que integrará el sistema de información territorial, el cual

    permitirá disponer de una fuente de información para el desarrollo local, regional y

    nacional.

    Finalmente, el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, reconoce la

    participación y el aporte de los representantes de los siguientes organismos:

    Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT) a través del Centro de Procesamiento

    Digital de Imágenes (CPDI); Ministerio de Infraestructura (MINFRA) a través de la

    Fundación para el Desarrollo de la Comunidad y Fomento Municipal

    (FUNDACOMUN); Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN) a

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar

    través de la Dirección General de Planificación y Ordenación del Ambiente

    (DGPOA); Ministerio de la Producción y el Comercio (MPC) a través de la

    Dirección General de Desarrollo Rural e Instituto Agrario Nacional (IAN); Petróleos

    de Venezuela S.A. (PDVSA) a través de la Gerencia de Información Geoespacial,Propiedades y Desarrollo Rural; Instituto Nacional de Estadística (INE) a través de

    la Dirección del Sistema de Información Geográfico Estadístico y del Banco

    Central de Venezuela (BCV) a través de la División de Levantamiento y Marcos

    Muestrales.

    General de Brigada (Ej.)Romer Mena Nava

    Presidente

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    CAPÍTULO I

    PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMACIÓN YCONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL

    Procedimientos para la Formación y Conservación del Catastro

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    I. PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMACIÓN YCONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL

    La formación y conservación del catastro nacional, bajo la responsabilidad de cada

    municipio en su ámbito territorial, responde a la ejecución sistemática de una serie

    de actividades técnicas, desarrolladas tanto en oficina como en campo, las cuales

    conducirán a la expedición de la cédula catastral o en su defecto al certificado de

    empadronamiento catastral; documentos que reflejarán y garantizarán la ubicación

    exacta y la legitimidad sobre la ocupación de los inmuebles catastrados.

    I.1. ESTABLECIMIENTO DE LA RED GEODÉSICA MUNICIPAL 

    El establecimiento de la Red Geodésica Municipal servirá como enlace posicionalpara los levantamientos catastrales que se realicen en el Municipio, por lo tanto en

    su ejecución se debe cumplir el siguiente procedimiento (Ver gráfico I-1):

    1. Realizar el diseño preliminar de la Red Geodésica Municipal en atención a las

    especificaciones técnicas que a tal efecto han sido establecidas por el Instituto

    Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    2. Verificar si en la zona existen vértices ya establecidos. En caso de que existan

    se inspeccionará el estado en que se encuentren.

    3. En caso de que no existan vértices en la zona se realizará un reconocimiento

    de campo para constatar que los sitios donde serán ubicados los vértices se

    correspondan con lo definido en las especificaciones técnicas que a tal efecto

    ha elaborado el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    4. Los vértices que presenten daños no serán considerados para el

    establecimiento de la Red Geodésica Municipal; mientras que aquellos que seencuentren en buen estado y además presenten una ubicación adecuada para

    la red, serán incorporados a la misma.

    5. Revisar el diseño preliminar y ajustarlo de acuerdo a lo observado en campo.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 20

    6. Iniciar el proceso de monumentación de vértices.

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    7. Una vez concluido el proceso de monumentación se iniciará, el proceso de

    medición de campo.

    8. Realizar las fases de procesamiento y compensación de las mediciones

    hechas en campo.

    9. Representar los datos en una base cartográfica adecuada.

    10. Elaborar un informe sobre la Red Geodésica Municipal definida de acuerdo con

    las especificaciones técnicas que a tal efecto han sido establecidas por el

    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    11. Remitir una copia del informe final al Instituto Geográfico de Venezuela Simón

    Bolívar para su validación.

    12. El Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar procederá a realizar su

    verificación técnica, notificando al Municipio en un lapso no mayor de quince

    (15) días hábiles sobre la aprobación o no del informe de la Red Geodésica

    Municipal. En caso de que el referido informe no sea aprobado, el mismo será

    devuelto al Municipio para que se le realicen los ajustes necesarios.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 21

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    Gráfico 0-1 Procedimientos para el Establecimiento de la Red Geodésica Munic

    ¿Existen

    vértices en

    la zona?

    ¿Vértices

    en buen

    estado?

    ¿Red

    Geodésica

    validada?SI

    Inspección

    de Campo.

    SI

    2

    Se realiza diseño

    preliminar de la Red.1

    NO

    Reconocimiento de

    campo, donde seránubicados los vértices.

    3

    No son considerados en

    el diseño de la red.

    NO

    4

    Redefine y ajusta eldiseño de la red.5

    Se remite copia

    del informe final

    al IGVSB para

    su validación

    11

    Remite informe

    para realizar 

    ajustes necesarios

    y dejar constancia

    en archivo.

    NO

    13

    SI

    12

    El IGVSB informa al

    Municipio sobre la

    validación y archiva

    ejemplar de la Red

    Fin

     

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.2. SECTORIZACIÓN CATASTRAL 

    El procedimiento de sectorización catastral, consiste en una serie de actividades

    que permiten dividir los ámbitos urbano y rural de cada parroquia en áreas

    menores, para tener un mejor manejo de la información territorial generada en elproceso catastral. Este proceso requiere de diversos insumos que permitan

    planificar en oficina las actividades a ser realizadas para sectorizar el ámbito

    respectivo. Para ello se debe recopilar, evaluar y seleccionar la documentación

    bibliográfica, cartográfica, técnica, jurídica y estadística del Municipio. A

    continuación se describen los procedimientos de sectorización catastral del ámbito

    urbano y del ámbito rural.

    I.2.1. Sectorización Catastral Ámbito Urbano

    Para realizar la sectorización catastral del (los) ámbito (s) urbano (s) de un

    Municipio se debe cumplir el siguiente procedimiento (Gráficos I-2: Sectorización

    Catastral Ámbito Urbano):

    1. Representar los límites oficiales del municipio y sus parroquias, en función a

    lo establecido en las Leyes de División Político Territorial respectivas.

    2. Representar la poligonal urbana de acuerdo a los instrumentos oficiales de

    ordenación urbanística, en cada parroquia del municipio. En caso de que el

    municipio no cuente con poligonales urbanas se deberá seguir el paso Nº 4.

    3. Realizar un chequeo de campo para verificar la vigencia o ajustes de los límites

    de la (s) poligonal (es) urbana(s) delimitada (s).

    4. En aquellos municipios que no posean poligonal urbana oficial o cuando la

    misma se encuentre desactualizada, debe definirse una poligonal urbana con

    fines catastrales. La misma será presentada ante el Alcalde del municipio

    respectivo para su aprobación.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 23

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    a. Si la máxima autoridad municipal aprueba la poligonal urbana con fines

    catastrales, la misma se utilizará como base para definir los ámbitos

    urbanos y rurales con fines catastrales.

    b. Si el Alcalde no aprueba la poligonal urbana con fines catastrales, la

    misma será devuelta a la Oficina Municipal de Catastro que se

    encargará de redefinirla para someterla nuevamente a consideración del

     Alcalde, hasta lograr su aprobación.

    5. Cuando la poligonal urbana se encuentre actualizada la misma servirá de base

    para definir los ámbitos urbanos y rurales.

    6. Identificar sobre la cartografía los límites que definirán a cada sector,representados por elementos naturales como ríos, quebradas, caños, entre

    otros; y culturales como avenidas, calles, veredas, entre otros.

    7. Agrupar áreas con características homogéneas, para ello se considerarán las

    tipologías constructivas y el uso del suelo definidos en el documento de Ficha

    Catastral elaborado por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    8. Realizar el chequeo en campo a los fines de constatar la pertinencia de la

    sectorización preliminar. Para ello se deberán recorrer los límites preliminares

    de cada sector representado en la cartografía, realizando los ajustes que se

    consideren necesarios.

    9. Elaborar la sectorización catastral definitiva para el ámbito urbano. La

    numeración de los sectores y de las manzanas, se realizará según lo

    establecido en el documento de Codificación Catastral diseñado por el Instituto

    Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 24

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    Gráfico 0-2 Sectorización Catastral Ámbito Urbano

    Estado

    Municipio / Parroquia Ámbito Secto

    Estado

    Municipio / Parroquia Ámbito Secto

    s iSe representan los

    límites oficiales de lapoligonal urbana

    2

    siSe representan los

    límites oficiales de lapoligonal urbana

    siSe representan los

    límites oficiales de lapoligonal urbana

    2

    Se realiza chequeo decampo

    3

    Se realiza chequeo decampo

    3

    Se realiza chequeo decampo

    3

    Se definen los elementos naturalesy culturales que servirán de límites

    de sectores. 6

    Se definen los elementos naturalesy culturales que servirán de límites

    de sectores.

    Se definen los elementos naturalesy culturales que servirán de límites

    de sectores. 6

    Verificación de límitesen campo 8

    Verificación de límitesen campo 8

    Verificación de límitesen campo 8

    Se realiza sec torización

    preliminar agrupando áreashomogeneas respecto a

    tipología de construcción y uso

    del s uelo 7

    Se realiza sec torización

    preliminar agrupando áreashomogeneas respecto a

    tipología de construcción y uso

    del s uelo 7

    ¿Aprobada por 

    Decreto ?

    ¿Aprobada por 

    Decreto ?

    nono

    Se repr esentan en la base cartográfica, los

    límites oficiales de Estado, Municipio yParroquia según Gacetas Oficiales. 1

    Se repr esentan en la base cartográfica, los

    límites oficiales de Estado, Municipio yParroquia según Gacetas Oficiales. 1

    ¿Existe PoligonalUrbana?

    ¿Existe PoligonalUrbana?

    s is i

    5

    Se define ámbitourbano

    si

    5

    Se define ámbitourbano

    si

    4

    no

    OMC d efine poligonalurbana con fines

    catastrales 4

    no

    OMC d efine poligonalurbana con fines

    catastrales

    no

    OMC d efine poligonalurbana con fines

    catastrales

    OMC d efine poligonalurbana con fines

    catastrales

    ¿Se enc uentra

    actualizada?

    ¿Se enc uentra

    actualizada?

    nono

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.2.2. Sectorización Catastral Ámbito Rural

    Definido el ámbito urbano de una parroquia se procederá a realizar la

    sectorización del ámbito rural, el cual estará representado por la superficie que

    queda fuera de la poligonal urbana. A continuación se describe el procedimiento

    (Gráfico 0-3 Sectorización Catastral Ámbito Rural):

    1. Representar los límites oficiales del municipio y sus respectivas parroquias, en

    la base cartográfica seleccionada, en función a lo establecido en la Ley de

    División Político Territorial, respectiva.

    2. Representar la poligonal urbana de acuerdo a los instrumentos oficiales de

    ordenación urbanística, en cada parroquia del municipio. En caso de que el

    municipio no cuente con poligonales urbanas se deberá seguir el paso Nº 4.

    3. Realizar un chequeo de campo para verificar la vigencia o ajustes de los

    límites de la (s) poligonal (es) urbana(s) delimitada (s).

    4. Aquellos municipios que no posean poligonal urbana oficial o cuando la misma

    se encuentre desactualizada, deben definir una poligonal urbana con fines

    catastrales. La misma será presentada ante el Alcalde del municipio respectivopara su aprobación.

    a) Si la máxima autoridad municipal aprueba la poligonal urbana con fines

    catastrales, la misma se utilizará como base para definir los ámbitos

    urbanos y rurales con fines catastrales.

    b) Si el alcalde no aprueba la poligonal urbana con fines catastrales, la misma

    será devuelta a la Oficina Municipal de Catastro que se encargará de

    redefinirla para luego someterla nuevamente a reconsideración del Alcalde,

    hasta lograr su aprobación.

    5. Cuando la poligonal urbana se encuentre actualizada, la misma servirá de base

    para definir los ámbitos urbanos y rurales.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 26

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    6. Dividir los ámbitos rurales en sectores catastrales tomando como base la

    sectorización del último Censo Agrícola Nacional.

    7. Verificar en campo los límites de los sectores agrícolas definidos por el censo

    agrícola a ser utilizados para efectos catastrales.

    8. Realizar los ajustes necesarios a los sectores catastrales que hayan sufrido

    modificaciones producto de la expansión urbana, o dividirlos en áreas de

    menor tamaño cuando sean muy extensos.

    10. Elaborar el material cartográfico con la sectorización catastral del ámbito rural

    definitiva. La numeración de los sectores y de los subsectores, se realizará

    según lo establecido en el documento de Codificación Catastral diseñado por el

    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 27

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-3 Sectorización Catastral Ámbito Rural

    ¿Aprobada por Decreto ?

    ¿Aprobada por Decreto ?

    ¿Aprobada por Decreto ?

    no¿Se encuent raactualizada?

    no¿Se encuent raactualizada?

    no¿Se encuent raactualizada?

    nono

    Se realiza chequeo

    de campo 3

    Se realiza chequeo

    de campo 3

    Se realiza chequeo

    de campo 3

    P lano deSectorización del

    último Censo Agrícol a 6

    P lano deSectorización del

    último Censo Agrícol a 6

    P lano deSectorización del

    último Censo Agrícol a 6

    OMC define

    poligonalurbana con fines

    catastrales 4

    no

    OMC define

    poligonalurbana con fines

    catastrales 4

    OMC define

    poligonalurbana con fines

    catastrales 4

    nono

    EstadoMunicipio / Parroquia

    Ámbito SEstadoMunicipio / Parroquia

    Ámbito S

    nono

    s is i Se defineámbito rural 5

    s i

    Se define

    ámbito rural 5

    Se define

    ámbito rural 5

    s i

    Verificación delímites en campo 7

    Verificación delímites en campo 7

    Verificación delímites en campo 7

    Representar en la base

    cartografica los límites deEstado, Municipio y Parroquia

    según Gacetas Oficiales. 1

    Representar en la base

    cartografica los límites deEstado, Municipio y Parroquia

    según Gacetas Oficiales. 1

    ¿Existe PoligonalUrbana?

    ¿Existe PoligonalUrbana?

    siSe representan los

    límites oficiales de la

    poligonal urbana 2

    siSe representan los

    límites oficiales de la

    poligonal urbana 2

    Se representan loslímites oficiales de la

    poligonal urbana 2

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.3. LEVANTAMIENTO PARCELARIO

    Esta fase del levantamiento catastral es considerada de importancia básica, como

    actividad a ser realizada en el terreno, ya que permitirá la identificación,

    delimitación y descripción física de cada parcela a través del llenado de la ficha

    catastral, según modelo que a tal efecto ha sido diseñado por el Instituto

    Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    Para realizar el levantamiento parcelario, la Oficina Municipal de Catastro deberá

    contar con los instrumentos necesarios para efectuar la captura de la información

    en campo (teodolito, trípode, miras, distanciómetros, cintas métricas, G.P.S.,

    entre otros.). A continuación se describen los procedimientos que deben

    cumplirse (Gráfico 0-4 Levantamiento Parcelario Ámbito Urbano):

    I.3.1. Levantamiento Parcelario Ámbito Urbano

    1. Realizar la notificación a propietarios y ocupantes de inmuebles, así como a los

    funcionarios responsables de la administración de inmuebles del Estado

    ubicados en el sector con al menos tres días hábiles de anticipación,

    indicándoles que deben presentar originales y aportar copias de los

    documentos contentivos de los derechos invocados, así como del plano demensura del inmueble objeto del levantamiento.

    2. Iniciar el levantamiento catastral por el (los) sector (es) que se considere (n)

    prioritario (s) para el municipio.

    3. Disponer de un plano de cada sector catastral definido, sobre los cuales se

    realizará en oficina la delimitación preliminar de las manzanas y su respectiva

    codificación según lo establecido en el procedimiento de sectorización catastral

    descrito en el punto anterior (I.2.). La numeración preliminar de las manzanas

    de cada sector, debe ser corroborada en su totalidad en campo, antes de

    iniciar el levantamiento parcelario; evitando así modificaciones o alteraciones a

    la codificación catastral de los inmuebles levantados. Para iniciar el

    levantamiento parcelario, se debe disponer del plano individual por manzana.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 29

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    4. Indicar el número de inmuebles de la manzana sobre el plano individual de la

    misma. En caso de no existir un plano con la individualización de la manzana,

    se elaborará un croquis a mano alzada de la misma indicando los frentes de

    cada parcela y los nombres que identifican las calles. De igual forma, se

    deberá medir el perímetro de la manzana, señalando la longitud de cada lado

    por separado y se anotará en la libreta de campo y en el croquis de manzana.

    5. Realizar la numeración preliminar de las parcelas de acuerdo a lo establecido

    en el instructivo de Codificación Catastral que a tal efecto ha diseñado el

    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    6. iniciar la inspección parcelaria por el inmueble identificado con el número 001

    de cada manzana.

    7. Solicitar al propietario, ocupante, administrador o representante legal, laautorización para realizar la inspección. En caso de no encontrar un informante

    en el momento de la visita, se debe dejar notificación por escrito, donde se le

    participe al propietario, ocupante o responsable del inmueble, que debe acudir

    a la Oficina Municipal de Catastro para suministrar la información sobre el

    mismo.

    8. Cuando el propietario, ocupante, administrador o representante legal no

    autorice la inspección de la parcela, se dejará constancia en el expediente

    respectivo, indicando las razones expuestas de su negativa.

    9. En caso de autorizar la inspección se solicitará al propietario, ocupante,

    administrador o representante legal, copia de la documentación del inmueble y

    del plano de mensura.

    10. En caso de que el propietario entregue copia de los documentos solicitados, el

    funcionario verificará que los mismos coincidan con la documentación original y

    los anexará al expediente respectivo.

    11. Se dejará constancia en la ficha catastral cuando el propietario u ocupante no

    disponga de los documentos solicitados.

    12. Una vez cumplido todos los pasos anteriores se procederá a dar inicio al

    Levantamiento Parcelario de los inmuebles utilizando para ello la ficha

    catastral.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 30

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    13. Realizar el llenado de la ficha catastral para cada inmueble, anotando en cada

    campo la información correspondiente, según se indica en el instructivo de la

    ficha catastral diseñado por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón

    Bolívar.

    14. Recorrer el inmueble y elaborar croquis a mano alzada de la parcela,

    indicando las medidas perimetrales y auxiliares según las técnicas de

    levantamiento parcelario, necesarias para la posterior restitución a escala del

    inmueble.

    15. Realizado los pasos anteriormente señalados, el levantamiento parcelario se

    considerará concluido.

    Cuando en la ejecución del levantamiento parcelario se detecten solapamientos de

    linderos o discrepancias entre límites de parcelas, la Oficina Municipal de Catastroorientará a los afectados para que amigablemente solventen la situación planteada

    o recurran ante las autoridades competentes cuando sea necesario.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 31

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    I.3.2. Levantamiento Parcelario Ámbito Rural

    Para realizar el levantamiento parcelario del ámbito rural se debe contar con los

    planos de cada sector, según procedimiento de sectorización catastral rural y se

    podrá apoyar en otro material cartográfico disponible (mapas, planos, fotografías

    aéreas, ortofotomapas e imágenes de satélite). A continuación se describen los

    procedimientos (Gráfico 0-5 Levantamiento Parcelario Ámbito Rural):

    1. La Oficina Municipal de Catastro deberá notificar a propietarios y ocupantes de

    inmuebles, así como a los funcionarios responsables de la administración de

    inmuebles del Estado ubicados en el sector, con al menos tres días hábiles de

    anticipación, indicándoles que deben presentar originales y aportar copias de

    los documentos contentivos de los derechos invocados, así como del plano de

    mensura del inmueble de que se trate.

    2. Iniciar el levantamiento catastral por el (los) sector (es) que se considere (n)

    prioritario (s) para el Municipio.

    3. Realizar la delimitación y codificación preliminar de los subsectores que

    conforman cada sector, de acuerdo a lo establecido en el documento de

    codificación catastral.4. Realizar el trazado preliminar, para cada subsector constituido, de los límites

    de las parcelas que estén claramente visibles en la cartografía base o en las

    fotografías aéreas.

    5. Iniciar la inspección por el inmueble 001 de cada subsector delimitado y

    codificado según los procedimientos de sectorización catastral y codificación

    catastral.

    6. Solicitar al propietario, ocupante, administrador o representante legal

    autorización para realizar la inspección. En caso de no encontrar un informante

    en el momento de la visita, se debe dejar una comunicación donde se le

    participe al propietario, ocupante o responsable del predio, que debe acudir a

    la Oficina Municipal de Catastro para suministrar la información sobre el

    inmueble.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 33

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    7. Cuando el propietario, ocupante, administrador o representante legal no

    autorice la inspección de la parcela, se dejará constancia en el expediente

    respectivo, indicando las razones expuestas de su negativa.

    8. En caso de autorizar la inspección; se solicitará al propietario, ocupante,

    administrador o representante legal, copia de la documentación del inmueble y

    del plano de mensura.

    9. En caso de que el propietario entregue copia de los documentos solicitados, el

    funcionario verificará que los mismos coincidan con la documentación original y

    los anexará al expediente respectivo.

    10. Cuando el propietario u ocupante no disponga de los documentos se dejará

    constancia en la ficha catastral de esta situación.

    11. Una vez cumplido todos los pasos anteriores se procederá a dar inicio alLevantamiento Parcelario de los inmuebles utilizando para ello la ficha

    catastral.

    12. Realizar el llenado de la ficha catastral para cada inmueble, anotando en cada

    campo la información correspondiente, según se indica en el instructivo de la

    ficha catastral diseñado por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón

    Bolívar.

    13. Recorrer los linderos del predio en compañía del propietario, ocupante,

    administrador o representante legal.

    14. Cuando los linderos de un predio no sean fácilmente identificables en la

    cartografía base, los mismos podrán ser identificados en trabajo de campo con

    cualquiera de los métodos de levantamiento (topográficos convencionales o

    geodésicos), siguiendo las especificaciones técnicas establecidas por el

    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar para la elaboración del plano

    de mensura.

    15. Cuando se logren identificar y medir los límites del predio, habrá concluido el

    levantamiento catastral.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 34

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    Cuando en la ejecución del levantamiento catastral se detecten solapamientos de

    linderos o discrepancias entre límites de predios, la Oficina Municipal de Catastro

    orientará a los afectados para que amigablemente solventen la situación planteada

    o recurran ante las autoridades competentes cuando sea necesario.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 35

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    I.4. ACTA DE VERIFICACIÓN DE LINDEROS

    El acta de verificación de linderos es un documento que deberá ser llenado por el

    responsable del levantamiento parcelario al momento de realizarse la ubicación e

    identificación de la parcela, a fin de dejar constancia de la conformidad o no del

    propietario u ocupante con la información recogida en la ficha catastral

    correspondiente. A continuación se describe el procedimiento (Gráfico 0-6 Acta de

    Verificación de Linderos):

    1. El funcionario responsable del levantamiento catastral, llenará el Acta de

    Verificación de Linderos, al momento de realizar la inspección del inmueble.

    Esta actividad debe ser realizada en presencia del propietario u ocupantesegún el caso.

    2. El propietario u ocupante revisará el contenido del Acta de Verificación de

    Linderos, señalando su conformidad o inconformidad con el contenido de la

    información levantada y asentada en la ficha catastral respectiva.

    3. En caso de conformidad, el propietario u ocupante firmará el acta en el espacio

    reservado para ello.

    4. En caso de inconformidad, el propietario u ocupante deberá dejar constanciapor escrito de las razones que motivan la misma, firmando el acta en el espacio

    reservado para ello. El funcionario notificará esta situación a la Oficina

    Municipal de Catastro, la cual deberá emitir una citación a los involucrados, a

    los fines de orientarlos sobre la situación.

    En cualquiera de los casos indicados, el funcionario responsable del levantamiento

    firmará el acta junto al propietario u ocupante y la anexará al expediente

    inmobiliario del inmueble asentado en el Registro Catastral correspondiente.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 37

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-6 Acta de Verificación de Linderos

    ¿Conforme?

    Se procede a llenar el

     Acta de Verificación de

    Linderos.1

    Se somete a revisión

    del propietario u

    ocupante.2

    Fin

    SINO

    4

    Firma en el área de no

    conformidad y

    acude a la OMC a

    solventar situación.

    ¿Conforme?¿Conforme?

    Se procede a llenar el

     Acta de Verificación de

    Linderos.1

    Se procede a llenar el

     Acta de Verificación de

    Linderos.1

    Se somete a revisión

    del propietario u

    ocupante.2

    Se somete a revisión

    del propietario u

    ocupante.2

    Se somete a revisión

    del propietario u

    ocupante.2

    FinFinFin

    SISISINO

    4

    Firma en el área de no

    conformidad y

    acude a la OMC a

    solventar situación.

    NONO

    4

    Firma en el área de no

    conformidad y

    acude a la OMC a

    solventar situación. 4

    Firma en el área de no

    conformidad y

    acude a la OMC a

    solventar situación.

    Firma en el área de no

    conformidad y

    acude a la OMC a

    solventar situación.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.5. DIBUJO PARCELARIO Y CÁLCULO DE ÁREAS

    Los procedimientos de dibujo y cálculo de áreas están estrechamente vinculados,

    se realizan de manera continua, siendo el primero de ellos el punto de control de

    calidad por excelencia del levantamiento parcelario; y el segundo, un requisito

    indispensable para el avalúo de inmuebles. Estos procedimientos que se detallan

    a continuación son aplicables para aquellas Oficinas Municipales de Catastro que

    realicen sus actividades en forma manual. En caso que exista la automatización

    de los procesos catastrales, se adecuarán a la tecnología.

    Este procedimiento se efectuará para cada inmueble, luego que se haya realizado

    el levantamiento parcelario, sea en ámbitos urbanos o rurales. A continuación se

    describe el procedimiento (Gráfico 0-7 Dibujo Parcelario y Cálculo de Áreas):

    1. Se deberá verificar en cada expediente catastral, que el croquis de

    levantamiento parcelario del inmueble, contenga las medidas necesarias

    (perímetro de terreno y construcción, diagonales y auxiliares), para la

    restitución a escala del inmueble.

    2. En caso que no se pueda realizar el dibujo parcelario debido a fallas en el

    proceso de medición o por ausencia de las mismas, se debe notificar al equipode campo responsable del levantamiento, para que realice las correcciones

    correspondientes y se inicie nuevamente el procedimiento.

    3. En caso de que se pueda realizar el dibujo parcelario, se iniciará basándose en

    las medidas diagonales obtenidas en el campo, representando primero los

    límites del terreno para posteriormente identificar las construcciones existentes.

    4. Realizar el dibujo de las construcciones existentes en la parcela. En caso de

    que no se pueda realizar el dibujo se deberá notificar al equipo de camporesponsable para que realice las correcciones pertinentes.

    5. Cuando se haya realizado el dibujo a escala del terreno y construcciones

    existentes, estará listo el dibujo parcelario.

    6. Una vez cumplido los pasos anteriores se iniciará el cálculo de áreas,

    comenzando por el área del terreno.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 39

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    7. Para los inmuebles ubicados dentro del ámbito urbano se deberá descomponer

    el dibujo del terreno en triángulos, a los fines de aplicar la fórmula de cálculo de

    áreas parciales de cada triángulo definido.

    8. Seguidamente se deberán totalizar los resultados para finalmente obtener el

    área del terreno. Para los inmuebles ubicados dentro del ámbito rural se

    deberá considerar la superficie obtenida a partir de las coordenadas de los

    linderos del inmueble medido.

    9. Para ambos casos, inmuebles del ámbito urbano y del ámbito rural, se dará

    inicio al cálculo de áreas de cada tipología constructiva, iniciándose con la

    identificación de las distintas tipologías constructivas que existen en el

    inmueble.

    10. Descomponer la figura de cada tipología constructiva existente en triángulos y

    aplicar fórmula de cálculo de áreas parciales de cada triángulo definido.

    11. Sumar las áreas resultantes de cada triángulo por cada tipología constructiva,

    con lo cual se obtiene el área de la (s) construcción (es).

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 40

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    I.6. ESTUDIO JURÍDICO

    El estudio jurídico de los documentos aportados por los propietarios u ocupantes

    de los inmuebles ubicados en un municipio, se realiza con la finalidad de lograr el

    esclarecimiento y la comprobación de la propiedad y de la tenencia del inmueble.

    (Gráfico 0-8 Estudio Jurídico).

    1. La Oficina Municipal de Catastro iniciará el estudio jurídico de los documentos

    aportados por los propietarios u ocupantes de cada inmueble de conformidad

    al orden secuencial en que fueron asentados en el libro de inscripción catastral,

    para ello elaborará un listado que contenga los datos que permitan ubicar en

    los archivos del Registro Inmobiliario, los documentos objetos de

    comprobación. aportados por los propietarios u ocupantes de los inmuebles

    2. En la oficina del Registro Inmobiliario se examinarán los documentos aportados

    por los propietarios y ocupantes a fin de determinar la correspondencia de

    estos, con los asientos realizados en los respectivos archivos del Registro.

    3. En caso de detectarse inconsistencias o interrupciones en el estudio jurídico de

    los inmuebles investigados, deberán ser remitidas a la Oficina de la Sindicatura

    Municipal, para su revisión y validación.

    4. Se considerará concluida la investigación jurídica de la documentación de un

    inmueble, cuando se compruebe la correspondencia de los datos contenidos

    en la documentación consignada en el Registro Catastral y la asentada en el

    Registro Inmobiliario.

    5. Se elaborará un informe con los resultados obtenidos y se remitirá a la Oficina

    de la Sindicatura Municipal, para su revisión y validación.

    6. La Oficina de Sindicatura Municipal revisará el estudio jurídico, si está

    conforme procederá a regularizar la tenencia de la tierra y remitirá la

    información validada a la Oficina Municipal de Catastro, donde se archivará

    como parte del expediente catastral de cada inmueble.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 42

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    7. En caso que presente inconsistencias, la oficina de Sindicatura Municipal

    devolverá el estudio a la Oficina Municipal de Catastro para que notifique al

    propietario u ocupante los resultados obtenidos y de ser necesario, para que se

    emprendan las acciones que dan a lugar, ante las autoridades competentes

    para que solvente la situación.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 43

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    I.7. PLANTA DE VALORES DE LA TIERRA

    La determinación del valor catastral de los inmuebles se realizará, estructurando la

    Planta de Valores de la Tierra conforme al comportamiento de los valores del

    mercado inmobiliario. A continuación se describen los procedimientos que se

    deben seguir para determinar la Planta de Valores de la Tierra ( Gráfico I-9: Planta

    de Valores de la Tierra)

    1. Las Oficinas Municipales de Catastro, deberán emitir una comunicación a la

    Oficina de Registro Inmobiliario, solicitando autorización para la investigación

    de las transacciones inmobiliarias realizadas en el Municipio. Este

    procedimiento será aplicado hasta tanto se instale el Sistema de Folio Real

    conforme a lo establecido en la Ley del Registro Público y del Notariado.

    2. Obtenida la autorización por parte de la Oficina de Registro Inmobiliario, se

    solicita el Libro Índice para su revisión correspondiente.

    3. Del Libro Índice, se obtiene y recopila información relacionada con las

    operaciones de compraventa inmobiliaria(referenciales). La Información a ser

    recopilada será:

    a. Tipo de inmueble

    b. Nombre del compradorc. Nombre del vendedor

    d. Fecha

    e. Monto de la operación

    f. N° de Protocolo, Tomo, Trimestre.

    4. Se solicitan los Tomos correspondientes al Protocolo Primero de cada una de

    las operaciones identificadas en el Libro Índice, constatándose la realización de

    las mismas.

    5. Se obtiene información correspondiente a las áreas de terreno y de

    construcción, así como de otros aspectos importantes que puedan haber sido

    pactados en la operación. La información a ser recopilada será:

    a. Área de terreno

    b. Área de Construcción

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 45

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    c. Forma de Pago

    d. Bienhechurías, pozo de agua, plantación, ganado, corrales, vehículos, y

    cualquiera que se refleje en el documento y que sea de utilidad para la

    investigación.

    6. Representar los referenciales en la cartografía correspondiente.

    7. De existir planos con variables de zonificación, se agruparán los referenciales

    representados según las variables urbanas.

    8. Si no existen planos con variables de zonificación, los datos serán

    representados en planos, en los cuales se han determinado las zonas físicas

    homogéneas resultantes del proceso de sectorización catastral.

    9. Las actividades descritas en los puntos 7 y 8, permiten la agrupación espacial

    de los referenciales por zonas físicas homogéneas.10. Una vez cumplidos estos pasos se procede a la homologación de los

    referenciales de acuerdo a lo siguiente:

    a. Fecha de transacción (operación de compraventa)

    b. Área del Terreno.

    c. Área de Construcción.

    d. Área Aprovechable (en áreas rurales).

    11. Posteriormente se realiza la inspección ocular de los inmuebles, identificando

    la tipología constructiva, edad, vida útil y estado de conservación de cada uno

    de los referenciales.

    12. Determinar el valor actual de la tipología constructiva correspondiente a cada

    uno de los referenciales considerados.

    13. Determinación del valor de la construcción, a partir del área de construcción

    de cada inmueble, multiplicado por el costo depreciado de la tipología

    correspondiente.

    14. La determinación del valor del terreno, en viviendas unifamiliares o bifamiliares,

    es el resultado de la diferencia entre el valor del inmueble menos el valor de la

    construcción obtenido en el punto anterior.

    15. El valor del terreno en edificaciones multifamiliares, se determinará mediante el

    método de corrección de área 25 m².

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 46

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    16. Definir los valores unitarios del terreno mediante la aplicación de análisis

    estadístico.

    17. A partir de los valores unitarios obtenidos en el punto anterior se estructurará la

    planta de valores de la tierra.

    18. Elaborar el plano y listados correspondientes.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 47

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    Instituto Ge

    NO

    ¿Concede Autorización?

    OMC emite

    comunicacióna Oficina deRegistro

    Inmobiliario

    Solicitar Libro Indice

    SI Representa losreferenciales en

    Base Cartográfica. 6

     Agrupar los inmueblesen función de los

    criterios utilizados.

    Recopilar Informade OperacioneCompraVent

    Fin

    SI

    NO

    Homologan losreferenciales.

    ¿Existen planoscon variables de

    zonificación?

     Agrupar inmueblessegún variables

    urbanas.

     Agrupar inmuebles segúnzonas físicas homogeneas

    Inspección de losinmuebles e

    Identifica TipologíasConstructivas.

    Determina el valor actual de la t ipología

    constructiva.

    Determina el Valode la construcción

    Definir los valoresunitarios delterreno.

    Estructurar laPlanta de valoresde la T ierra.

    Elaborar Plano y

    listado de plantade valores de la

    tierra.

    1

    2

    7

    8

    9

    1011

    12

    1718

     1

     1

    Gráfico 0-9 Planta de Valores de la Tierra 

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.8 TABLA DE VALORES DE LA CONSTRUCCIÓN

    La determinación del valor catastral de las construcciones se realizará utilizando la

    Tabla de Valores de la Construcción, estructurándola de acuerdo a las diferentes

    tipologías constructivas que existan en cada municipio. A continuación se

    describen los procedimientos que se deben seguir para determinar la Tabla de

    Valores de la Construcción (Gráfico 0-10 Tabla de Valores de la Construcción):

    1. Realizar un reconocimiento de campo a los fines de identificar los tipos de

    construcciones existentes en el municipio

    2. Realizar la tipificación de las construcciones del ámbito territorial municipal, lo

    cual consiste en la agrupación de las construcciones con características

    constructivas similares.

    3. Definir los niveles de calidad constructiva en cada tipología (baja, media o

    superior).

    4. Determinar los cómputos métricos de cada una de las tipologías constructivas

    y determinar los niveles de clasificación de cada tipología constructiva.

    5. Estimar los precios unitarios de los componentes constructivos de cada una de

    las tipologías determinadas. Determinar el valor unitario de cada tipología.

    6. Elaborar la Tabla de Valores de la Construcción Bs./ m2.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 49

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-10 Tabla de Valores de la Construcción

    Realiza la tipificación delas construcciones

    existentes.

    Definir los calidad con

    cada tip

    Determinarmétr

    Estimar los precios unitarios decada uno de las determinadas.

    Realiza reconocimiento decampo en el área de

    estudio, para realizar latipificación constructiva

    1

    2

    5

      Elaboración de la tabla

     de valores de la construcción  FIN

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.9. AVALÚO DE INMUEBLES

    La determinación del valor de los inmuebles ubicados en el territorio municipal, se

    realiza mediante la aplicación de metodologías de avalúo masivo, tanto en la

    determinación del valor del terreno como en la determinación del valor de la

    construcción, confeccionando la Planta de Valores de la Tierra (PVT) y la Tabla de

    Valores de la Construcción respectiva de cada Municipio. A continuación se

    presentan los procedimientos para obtener el Valor del Terreno y el Valor de las

    Construcciones (Gráfico 0-11 Avalúo de Inmuebles).

    I.9.1. Valor del Terreno

    Para obtener el valor del terreno se deberá cumplir con los procedimientos

    siguientes:

    1. Disponer de la Planta de Valores de la Tierra, la cual antes de su aplicación,

    debe ser aprobada por la Cámara Municipal a través de una ordenanza.2. Cotejar la ubicación de cada inmueble a ser avaluado con el plano de la planta

    de valores de la tierra.

    3. Multiplicar el valor establecido en la Planta de Valores de la Tierra por el área

    de terreno que presenta.

    4. El valor resultante del paso anterior será el valor del terreno.

    I.9.2. Valor de las Construcciones

    Para obtener el valor de la construcción se deben seguir los procedimientos

    siguientes:

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 51

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    1. Cotejar las características constructivas presentes en el inmueble, reflejadas

    en cada ficha catastral, con las tipologías establecidas en la Tabla de Valores

    de la Construcción definidas para el municipio y aprobadas en la Cámara

    Municipal o a través de una Ordenanza.

    2. Multiplicar los precios unitarios obtenidos por el área de cada tipología

    identificada, con lo cual se obtiene el costo de reposición del inmueble.

    3. Aplicar el método de depreciación que considere el estado de conservación

    edad y vida útil.

    4. El valor resultante de los puntos anteriores será el valor de la construcción.

    El valor del inmueble será el resultado de la sumatoria del valor del terreno más el

    valor de la construcción:VI VT VC

    Donde:

    VI= Valor del Inmueble

    VT= Valor del Terreno

    VC= Valor de la Construcción

    Los municipios podrán adoptar otra metodología no señalada en este documento orealizar combinaciones de varias de ellas para realizar el avalúo de los inmuebles

    que se encuentren en su territorio, en función de las características o

    particularidades que el Municipio presente, previa evaluación y aprobación del

    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.

    .

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 52

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-11 Avalúo de Inmuebles

    TVC Aprobada

    Coteja característicasconstructivas del inmueblecontenidas en cada fichacatastral con tipologías

    contenidas en la TVUC. 1

    PVT Aprobada

    Define costo delterreno (Bs./m2)

    según PVT. 2

    Multiplica valor dePVT por el área de

    terreno 3

    Multiplica precios unitariospor área de cada

    tipologíase obtiene costo dereposición del inmueble

    2

     Aplica ajustes por edad, vida útil y

    estado de

    conservación3

    Coteja direccióndel inmueble conplanta de valores

    de la tierra. 1

    Fin

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I.10. INSCRIPCIÓN DE INMUEBLES

    La inscripción inmobiliaria será realizada por los propietarios u ocupantes de

    inmuebles así como por los funcionarios responsables de la administración de

    inmuebles del Estado ante la Oficina Municipal de Catastro, a fin de conformar el

    expediente inmobiliario que reposará en el Registro Catastral del Municipio. A

    continuación se describe el procedimiento (Gráfico 0-12 Inscripción de Inmuebles):

    1. La Oficina Municipal de Catastro realizará la convocatoria a propietarios y

    ocupantes de inmuebles así como a los funcionarios responsables de la

    administración de inmuebles del Estado a inscribir sus inmuebles, a través de

    comunicaciones directas, prensa escrita, radio o perifoneo.

    2. Los propietarios u ocupantes acudirán a la Oficina Municipal de Catastro a

    inscribir sus inmuebles; llevando original y copia de documentos que lo

    acreditan como propietario. así como el plano de mensura correspondiente del

    inmueble sujeto a inscripción.

    3. La Oficina Municipal de Catastro suministrará la planilla de inscripción,

    orientando respecto a la forma de llenado.

    4. La planilla de inscripción será llenada con los datos exigidos, anexando copia

    de documentos y entregándolos al encargado del Registro Catastral.5. El Registro Catastral recibe la planilla de inscripción con documentación y

    procede a revisarlo.

    6. En caso que el inmueble no este levantado, la Oficina Municipal de Catastro

    deberá realizar el levantamiento catastral respectivo.

    7. Cuando el inmueble esté levantado, la Oficina Municipal de Catastro deberá

    revisar el expediente inmobiliario a fin de constatar que la información y

    documentación anexada este conforme.

    8. Si la información está conforme se recibe, firma, sella y entrega copia al

    solicitante y le asigna el código catastral respectivo.

    9. En caso de inconformidad o discrepancia de información, se debe notificar de

    inmediato al propietario u ocupante del inmueble para que solvente la

    situación.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 54

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    Para realizar la inscripción catastral de aquellos inmuebles cuya superficie

    abarque a más de un Municipio, se deberán tomar en cuenta la ubicación del

    acceso principal de la entrada al inmueble, la prestación de los servicios públicos,

    la proporción de terreno en cada Municipio, la ubicación de la oficina de Registro

    Inmobiliario en la cual se da fe pública de la propiedad, la ubicación en el terreno

    de la casa principal del propietario y demás instalaciones, la accesibilidad del

    inmueble a centros poblados. En este sentido, se deberá preparar una matriz de

    evaluación de los criterios a fin de ponderar y decidir, en función de los resultados,

    en cuál Municipio se realizará la inscripción.

     Asimismo, deberá dejarse asentado en el correspondiente expediente inmobiliario

    la decisión acordada entre los Directores de las Oficinas Municipales de Catastro,

    así como la correspondiente notificación y aceptación del propietario del

    inmueble. En aquellos casos en los cuales sea imposible llegar a un acuerdo con

    respecto al Municipio en el cual deba hacerse la inscripción del inmueble, se

    solicitará la participación de las autoridades con competencia en la materia.

    Para realizar la inscripción catastral de aquellos inmuebles ubicados en un área

    con límites municipales no definidos, se deberá efectuar en la Oficina Municipal de

    Catastro del municipio que administra los servicios públicos (agua, aseo urbano,

    transporte, etc.) disfrutados por el inmueble. La misma tendrá carácter

    provisional, hasta tanto él límite municipal sea definido por los órganos

     jurisdiccionales competentes, momento en el cual se dejará constancia en la ficha

    catastral correspondiente.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 55

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-12 Inscripción de Inmuebles

    NO

    OMC convoca ainscripción deinmuebles

    1

    Propietarios u ocupantessolicitan inscripción

    2

    OMC entrega planillade inscripción.

    3

    Propietario u ocupante

    llena solicitud segúninstructivo y la entrega ala OMC.

    4

    OMC recibe y revisaplanilla de solicitud y sus

    documentos anexos.5

    SIOMC recibe, firma, sella y

    entrega copia alsolicitante y asigna

    código catastral. 9

    ¿Estaconforme?

    ¿Elinmueble

    estálevantado?

    SI

    Revisaexpediente

    Incorpora al expediente

    Fin

    7

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    I. 11. CÉDULA CATASTRAL Y CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO

    CATASTRAL

    La Oficina Municipal de Catastro emitirá la Cédula Catastral o el Certificado de

    Empadronamiento, como constancia de que el inmueble registrado o

    empadronado, presenta claridad respecto a las formas de tenencia y al régimen de

    propiedad. A continuación se describe el procedimiento (Gráfico 0-13 Cédula

    Catastral - Certificado de Empadronamiento):

    1. La Oficina Municipal de Catastro emitirá la cédula catastral o el certificado

    de empadronamiento catastral sólo sobre aquellos inmuebles, que posean

    el expediente inmobiliario con los documentos siguientes:

    a. Plano de Mensura.

    b. Inscripción Catastral.

    c. Avalúo del Inmueble.

    d. Acta de Verificación de Linderos.

    e. Estudio Jurídico.

    2. La Oficina Municipal de Catastro analizará y verificará la conformidad y

    veracidad de la información de cada expediente inmobiliario.

    3. En caso de que el expediente no esté completo, la Oficina Municipal de

    Catastro deberá solventar la situación, solicitando al propietario u ocupante

    de inmuebles así como a los funcionarios responsables de la administración

    de inmuebles del Estado, la información faltante.

    4. Si el expediente inmobiliario está completo, la Oficina Municipal de

    Catastro, verificará la titularidad del inmueble y procederá a emitir la Cédula

    Catastral al propietario del mismo.

    5. Si el expediente inmobiliario está completo pero no se ha comprobado la

    titularidad sobre el inmueble; la Oficina Municipal de Catastro emitirá el

    Certificado de Empadronamiento.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 57

    6. En ambos casos la Oficina Municipal de Catastro enviará al Instituto

    Geográfico de Venezuela Simón Bolívar, por intermedio de las Oficinas

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    Regionales, copia de la Cédula Catastral o del Certificado de

    Empadronamiento Catastral emitido.

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 58

  • 8/17/2019 igvsbnormas

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    Instituto Ge

    Gráfico 0-13 Cédula Catastral - Certificado de Empadronamiento

    Con los siguientes datos disponibles:Plano de Mensura, Inscripción

    Catastral, Avaluó del Inmueble, Actade Verificación de Linderos, Estudio

    de la Tradición. 1

    Revisa y analiza informaciónde cada expediente.

    2

    NOEmite Certificado deEmpadronamiento.

    4

    ¿Expedientecompleto?

    ¿Espropietario?

    SI

    La OMC remite copiaIGVSB, al Registro

    Inmobiliario y al Propie

    Fin

    Con los siguientes datos disponibles:Plano de Mensura, Inscripción

    Catastral, Avaluó del Inmueble, Actade Verificación de Linderos, Estudio

    de la Tradición. 1

    Con los siguientes datos disponibles:Plano de Mensura, Inscripción

    Catastral, Avaluó del Inmueble, Actade Verificación de Linderos, Estudio

    de la Tradición. 1

    Revisa y analiza informaciónde cada expediente.

    2

    Revisa y analiza informaciónde cada expediente.

    2

    Revisa y analiza informaciónde cada expediente.

    2

    NOEmite Certificado deEmpadronamiento.

    4

    NONOEmite Certificado deEmpadronamiento.

    4

    Emite Certificado deEmpadronamiento.

    4

    ¿Expedientecompleto?

    ¿Expedientecompleto?

    ¿Espropietario?

    SI

    ¿Espropietario?

    SISI

    La OMC remite copiaIGVSB, al Registro

    Inmobiliario y al Propie

    La OMC remite copiaIGVSB, al Registro

    Inmobiliario y al Propie

    FinFinFin

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    Instituto Ge

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional

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    CAPÍTULO II

    ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LAFORMACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL

    CATASTRO NACIONAL

    Procedimientos y Especificaciones Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional 61

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    Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar  

    II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA FORMACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CATASTRO NACIONAL

    El proceso de generación de información básica se basa en el cumplimiento de

    toda una normativa jurídica y técnica que responde a convenciones y

    recomendaciones establecidas por organismos nacionales e internacionales, los

    cuales regulan las especificaciones técnicas que en relación a cada materia se

    han diseñado.

    II.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RED

    GEODÉSICA MUNICIPAL

    La Red Geodésica es un conjunto de vértices ubicados y/o distribuidos dentro o

    cerca del perí