Identidad N° 12

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1 E l RENIEC es un organismo constitucio- nal autónomo que integra el sistema electoral peruano, al igual que la Ofici- na Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El rol que asume al interior de dicho sistema se desprende de la responsabilidad que tiene so- bre el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), en el que se en- cuentran los peruanos que poseen Documento Nacional de Identidad (DNI). Como el RENIEC administra el RUIPN, está en capacidad de elaborar el Padrón Electoral, donde figuran todos los ciudadanos habilita- dos para votar en comicios donde se elija al presidente y vicepresidentes de la República, congresistas, alcaldes, regidores y presidentes regionales, y para participar en referéndum y otros procesos de consulta popular. Encargarse del Padrón Electoral implica llevar a cabo labores destinadas a depurarlo y actua- lizarlo. Entre ellas, la publicación de un padrón inicial para que los ciudadanos puedan formu- lar observaciones y tachas, así como operati- vos de fiscalización de domicilios con el objeti- vo de detectar posibles electores golondrinos, es decir, ciudadanos que cambian su dirección en el DNI con fines fraudulentos. RENIEC EN EL SISTEMA ELECTORAL Por otro lado, el RENIEC verifica la autentici- dad de las firmas de adherentes para la inscrip- ción de movimientos regionales y organizacio- nes políticas locales, y de los libros de actas de constitución de comités de organizaciones políticas. Asimismo, verifica las firmas que respaldan iniciativas de reforma constitucio- nal; iniciativas en la formación de leyes, dis- positivos municipales y regionales; acciones de inconstitucionalidad; referéndum, revocatoria de autoridades ediles y regionales; trámites de demarcación territorial, entre otros. La mayoría de las funciones que el RENIEC desempeña en el ámbito electoral surgen de lo establecido en la Ley Orgánica del RENIEC (Nº 26497), en la Ley Orgánica de Elecciones (Nº 26859), en la Ley de los Derechos de Partici- pación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300) o en leyes específicas como la Ley de Elecciones Municipales (N° 26864), la Ley de Elecciones Regionales (Ley N° 27683) y la Ley de Partidos Políticos (Nº 28094). De todas esas maneras el RENIEC garantiza la confiabilidad de la información utilizada en diversos procesos electorales y de consul- ta, contribuyendo así a preservar la seguridad jurídica del país, a fortalecer la democracia y a facilitar el respeto de la voluntad popular. EDITORIAL JEFE NACIONAL JORGE LUIS YRIVARREN LAZO GERENTE DE IMAGEN INSTITUCIONAL BENITO PORTOCARRERO SUB GERENTE DE PRENSA Y COMUNICACIONES SUSANA VITAL REYES - EDITORA REDACTORA MARÍA DEL CARMEN SALA www.reniec.gob.pe ALÓ RENIEC Línea gratuita a nivel nacional 0800-11040 Tecnología que nos identifica identidad BOLETÍN INSTITUCIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL MAYO - JUNIO 2012 N° 12 Síguenos en: RESUMEN EJECUTIVO Depósito Legal N 0 2012-06215 PADRÓN ELECTORAL Actividades que lleva a cabo el RENIEC para mantenerlo actualizado 2-3 VERIFICACIÓN DE FIRMAS PARA REVOCATORIA 2012 Procedimientos y resultados a nivel nacional 4-5 REVOCATORIA EN LIMA METROPOLITANA 6-7 FIRMAS VERIFICADAS POR RENIEC 8

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Boletín Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Mayo - Junio 2012)

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El RENIEC es un organismo constitucio-nal autónomo que integra el sistema electoral peruano, al igual que la Ofici-

na Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El rol que asume al interior de dicho sistema se desprende de la responsabilidad que tiene so-bre el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), en el que se en-cuentran los peruanos que poseen Documento Nacional de Identidad (DNI).

Como el RENIEC administra el RUIPN, está en capacidad de elaborar el Padrón Electoral, donde figuran todos los ciudadanos habilita-dos para votar en comicios donde se elija al presidente y vicepresidentes de la República, congresistas, alcaldes, regidores y presidentes regionales, y para participar en referéndum y otros procesos de consulta popular.

Encargarse del Padrón Electoral implica llevar a cabo labores destinadas a depurarlo y actua-lizarlo. Entre ellas, la publicación de un padrón inicial para que los ciudadanos puedan formu-lar observaciones y tachas, así como operati-vos de fiscalización de domicilios con el objeti-vo de detectar posibles electores golondrinos, es decir, ciudadanos que cambian su dirección en el DNI con fines fraudulentos.

RENIEC EN ELSISTEMA ELECTORAL

Por otro lado, el RENIEC verifica la autentici-dad de las firmas de adherentes para la inscrip-ción de movimientos regionales y organizacio-nes políticas locales, y de los libros de actas de constitución de comités de organizaciones políticas. Asimismo, verifica las firmas que respaldan iniciativas de reforma constitucio-nal; iniciativas en la formación de leyes, dis-positivos municipales y regionales; acciones de inconstitucionalidad; referéndum, revocatoria de autoridades ediles y regionales; trámites de demarcación territorial, entre otros.

La mayoría de las funciones que el RENIEC desempeña en el ámbito electoral surgen de lo establecido en la Ley Orgánica del RENIEC (Nº 26497), en la Ley Orgánica de Elecciones (Nº 26859), en la Ley de los Derechos de Partici-pación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300) o en leyes específicas como la Ley de Elecciones Municipales (N° 26864), la Ley de Elecciones Regionales (Ley N° 27683) y la Ley de Partidos Políticos (Nº 28094).

De todas esas maneras el RENIEC garantiza la confiabilidad de la información utilizada en diversos procesos electorales y de consul-ta, contribuyendo así a preservar la seguridad jurídica del país, a fortalecer la democracia y a facilitar el respeto de la voluntad popular.

EDITORIAL

JEFE NACIONALJORGE LUIS YRIVARREN LAZO

GERENTE DE IMAGEN INSTITuCIONALBENITO PORTOCARRERO

SuB GERENTE DE PRENSA y COMuNICACIONESSUSANA VITAL REYES - EDITORA

REDACTORAMARÍA DEL CARMEN SALA

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ALÓ RENIECLínea gratuita a nivel nacional

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Tecnología que nos identifica

identidad Boletín institucional del RegistRo nacional de identificación y estado civil Mayo - Junio 2012 n° 12

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RESuMEN EJECuTIVO

Depósito Legal N0 2012-06215

PADRÓN ELECTORAL Actividades que lleva a cabo el RENIEC para mantenerlo actualizado 2-3

VERIFICACIÓN DE FIRMASPARA REVOCATORIA 2012Procedimientos y resultadosa nivel nacional 4-5

REVOCATORIA EN LIMAMETROPOLITANA 6-7

FIRMAS VERIFICADASPOR RENIEC 8

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2 Tecnología que nos identifica

El Padrón Electoral es la relación de los ciudadanos hábiles para votar en procesos electorales y

de consulta popular. Al RENIEC le co-rresponde llevar a cabo las siguientes actividades.

• Elaboración del Padrón ElectoralEn base al Registro Único de Identifica-ción de las Personas Naturales (RUIPN).

• Cierre del padrón 120 días antes de la realización de cualquier pro-ceso electoralDentro de este plazo no se pueden efec-tuar variaciones de nombre, domicilio, ni otro dato que altere la información contenida en el DNI y, por lo tanto, en el padrón. Las personas que se inscri-ban en el RUIPN mientras el Padrón Electoral esté cerrado no serán inclui-das en este y no podrán votar en el pro-ceso convocado.

• Fiscalización de domiciliosSe llevan a cabo operativos de fiscali-zación de domicilios para verificar si son verdaderos los declarados en los DNI, cuando se denuncia la existencia

figuran de mane-ra errónea, presen-

tar reclamos. También pueden solicitar que se

eliminen los nombres de los fallecidos, de los inscritos más

de una vez, y de quienes están in-habilitados para votar, debiendo pre-

sentar las pruebas pertinentes.

• Depuración del Padrón Electoral como consecuencia de la absolución de reclamos y tachas a las listas del Padrón InicialSi las pruebas presentadas son perti-nentes, proceden los reclamos y ta-chas a las listas del Padrón Inicial. La Sub Gerencia de Depuración de Iden-tificación (SGDI) se encarga de reali-zar la depuración correspondiente del RUIPN y, por consiguiente, del Padrón Electoral.

• Entrega del Padrón Electoral al JNELa versión actualizada del Padrón Elec-toral se remite al JNE noventa días an-tes de la fecha de la elección o consulta para su aprobación.

de electores golondrinos. Se denomina así a aquellos ciudadanos que trasladan su do-micilio a un distrito en el que no re-siden con el propósito de distorsionar el registro electoral.

• Depuración del Padrón Electoral como consecuencia de la fiscaliza-ción de domiciliosDe encontrarse en el operativo de fis-calización domiciliaria a un ciudadano que no reside en la circunscripción electoral que declaró ante el RENIEC, la Sub Gerencia de Actividades Elec-torales (SGAE) levanta un acta y la re-mite a la Sub Gerencia de Depuración de Identificación (SGDI) para que esa persona sea retirada del Padrón Elec-toral correspondiente a dicha circuns-cripción electoral.

• Publicación de las listas del Pa-drón InicialEn lugares céntricos y de fácil acceso, a lo largo de 5 días, con el propósito de que los ciudadanos puedan revisar las listas y, si no aparecen en ellas o

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3Tecnología que nos identifica

El 10 de octubre del 2011, mediante la Resolución Jefatural N° 508, el RE-NIEC decidió reincorporar al Padrón Electoral a cerca de 24 mil personas con discapacidad mental o intelectual que tenían un DNI que no les permitía votar.

La resolución dispuso también la tra-mitación gratuita y entrega de nuevos DNI para ellas, y estableció que las per-sonas con discapacidad mental o inte-lectual tendrán la opción de decidir si quieren que esta condición aparezca en su DNI.

Con respecto a la actualización del Pa-drón Electoral, el RENIEC llevó a cabo las siguientes actividades durante los años 2011 y 2012:

1. Elecciones Generales (10 abril 2011)Para este proceso las Listas del Padrón Inicial fueron publicadas en diciembre del 2010, y el Padrón Electoral actuali-zado se entregó al JNE el 10 de enero de 2011.

2. Elecciones Municipales Comple-mentarias (3 julio 2011)En los 34 distritos donde se llevaron a cabo estas elecciones la publicación de

las Listas del Padrón Inicial se reali- zó entre el 14 y el 18 de marzo

del 2011. El Padrón Electoral actualizado se entregó al

JNE el 4 de abril del 2011.

3. Nuevas Elecciones Municipales (20 noviembre 2011)Estas se realizaron en los nuevos dis-tritos de Yacus, Constitución, Cosme y Samugari. La publicación de las Lis-tas del Padrón Inicial se hizo del 5 al 9 agosto del 2011, y la entrega del Pa-drón Electoral al JNE se efectuó el 22 de agosto del 2011.

4. Elecciones Municipales Comple-mentarias (20 noviembre 2011)Estos comicios se llevaron a cabo en el distrito de Huacachi (Áncash). Se pu-blicaron las Listas del Padrón Inicial entre el 5 y el 9 agosto del 2011, y la entrega del Padrón Electoral al JNE se efectuó el 22 de agosto del 2011.

5. Elecciones Municipales Comple-mentarias (1 julio 2012)Nuevamente se hicieron en el distrito de Huacachi, pues el JNE declaró la nulidad de las Elecciones Municipales Complementarias del 20 de noviembre

Las Elecciones Municipales en el distrito de Huacachi (provincia de Huari, región Áncash) fueron anu-ladas en tres oportunidades debido a la inasistencia de más del 50% de votantes. Esto se explica porque una gran cantidad de electores no vivía realmente en dicho distrito. Para detectar a electores golon-drinos el RENIEC llevó a cabo dos operativos de fiscalización de domicilios en Huacachi: el 11 de agosto del 2011 y del 6 al 10 de fe-brero del 2012.

Después de haber fiscalizado los domicilios del 100% de electores hábiles de Huacachi -2,121 ciuda-danos-, 230 de ellos fueron retira-dos del Padrón Electoral porque no residían en dicho distrito.

del 2011. Fueron publicadas las Listas del Padrón Inicial del 16 al 20 marzo del 2012, y fue entregado el Padrón Electoral al JNE el 2 de abril del 2012.

6. Primera Consulta Popular de Re-vocatoria de Autoridades Regiona-les y Municipales del Periodo 2011-2014 (30 septiembre 2012)Prevista para 266 distritos y 4 provin-cias. La publicación de las Listas del Padrón Inicial se llevó a cabo entre el 17 y el 21 de junio del 2012. El Padrón Electoral actualizado se entregó al JNE el 2 de julio del 2012.

FISCALIZACIÓN DE DOMICILIOSPor otro lado, el RENIEC también realizó operativos de fiscaliza-ción de domicilios en 48 de los 266 distritos donde se realiza la Primera Consulta Popular de Re-vocatoria de Autoridades Munici-pales del periodo 2011-2014. En 46 de los distritos fiscalizados se había registrado un incremento de cambios domiciliarios supe-rior al 5% anual, y en los otros dos distritos se había denunciado la presencia de electores golon-drinos.

Gracias a los operativos se compro-bó que 1,055 ciudadanos no resi-dían en la circunscripción electo-ral declarada ante el RENIEC, por lo que fueron retirados del Padrón Electoral.

ACTIVIDADES EN EL 2011 y 2012

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4 Tecnología que nos identifica

Las consultas de revocatoria de au-toridades que tienen a su cargo gobiernos municipales y regionales

entre los años 2011 y 2014 pueden soli-citarse después de que ellas han cumplido su primer año de mandato y antes de que lleguen al último. Es por eso que el RE-NIEC atiende solicitudes de revisión de firmas de adherentes de ese tipo de pedi-dos a lo largo de los años 2012 y el 2013.

El 18 de enero del 2012 la Sub Gerencia de Actividades Electorales (SGAE) del RENIEC recibió la primera solicitud de verificación de firmas en el marco del proceso de revocatorias de este año. La presentó el ciudadano José Luis Yataco, promotor de la revocatoria de dos regi-dores de la Municipalidad Distrital de Pucusana en Lima.

Desde ese día hasta el 30 de junio a la SGAE llegaron 488 solicitudes referidas a autoridades municipales y 3 a autorida-des regionales.

El 25 de mayo fue el plazo fijado por el JNE para recibir las solicitudes de consul-ta de revocatoria y programar para el 30 de septiembre aquellas que cumplieron con todos los requisitos exigidos. Uno de estos requisitos es tener una constancia otorgada por el RENIEC de que la solici-tud cuenta con un número de firmas vá-

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5Tecnología que nos identifica

¿CÓMO SE REALIZA LA VERIFICACIÓN

DE FIRMAS?

El proceso de verificación com-prende distintas etapas.

Calificación administrativaEn la Mesa de Partes del RENIEC se reciben la solicitud y las firmas en dos versiones: física (planillo-nes) y digital (discos compactos). Lo primero que se hace es com-probar si existe correspondencia entre la cantidad de firmas in-cluidas en ambas versiones.

Si no es así, se formulan obser-vaciones y se da un plazo para subsanarlas, de acuerdo a lo que establece la Ley del Proce-dimiento Administrativo Gene-ral (N° 27444). Subsanadas las observaciones, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del RENIEC notifica al promotor o personero la fecha y hora en que se iniciará el proceso de verifi-cación de firmas.

Comprobación automáticaUtilizando recursos informáti-cos se coteja la información de los firmantes -contenida en la versión digital de los planillones presentados- con los datos que figuran en sus respectivos docu-mentos de identidad. Cuando no hay coincidencia, las firmas son declaradas no válidas. También se eliminan las firmas de quienes tie-nen suspendido el ejercicio de la ciudadanía o no residen en el lugar donde se realizaría la revocatoria.

Comprobación semiautomática Las firmas de los planillones que no fueron eliminadas en la fase previa son observadas atentamente por expertos ve-rificadores con el fin de deter-minar si coinciden con las que están en la base de datos del RENIEC. En esta etapa, al igual que en la previa, participan los promotores de las revocatorias o sus representantes.

Si alguno de ellos cuestiona una decisión del verificador, inter-vienen -con carácter dirimente- peritos en grafotecnia y dacti-loscopia.

lidas de adherentes equivalente al 25% de electores, con un tope de 400 mil. Este requisito solo fue cumplido por 292 de las 442 solicitudes presentadas hasta el 25 de mayo. Las solicitudes presentadas y apro-badas después de esa fecha serán atendi-

das en la siguiente consulta popular, que deberá llevarse a cabo en el año 2013.

Entre el 25 de mayo y el 30 de junio otras 84 solicitudes alcanzaron la cantidad exi-gida de firmas válidas.

La Sub Gerencia de Actividades Elec-torales del RENIEC realiza su trabajo ciñéndose a las normas establecidas; entre ellas, la Directiva “Verificación de Firmas de Listas de Adherentes y Libros de Actas de Constitución de Comités”.

Esta directiva indica que en la segun-da etapa “se procesará el 100% (cien por ciento) de los registros declara-dos hábiles de la primera etapa”. Por

el siguiente: Esta directiva indica que en la segunda etapa (comproba-ción semiautomática) se procesará el cien por ciento de los registros de-clarados hábiles de la primera etapa (comprobación automática).

Desde el año 2001 el RENIEC veri-fica la totalidad de firmas de adhe-rentes de las solicitudes de consulta de revocatoria que recibe.

MuESTREO

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6 Tecnología que nos identifica

Por primera vez en la historia electoral de Lima, el RENIEC verificó firmas de ciudadanos que respaldan la revocatoria de las autoridades de la Municipalidad Metropolitana. Para

que proceda una consulta de revocatoria la ley exige una cantidad de firmas válidas equivalente al 25% de votantes, con un tope de 400 mil. Esta cifra es la que se requiere en Lima Metropolitana.

4 abril: Carlos Vidal Vidal, en representación de diversos promotores de la revocatoria, presenta una primera solici-tud de revisión de 409 mil firmas de adherentes.

17 abril: RENIEC formula observaciones pues, al cotejar la versión física de las 409 mil firmas presentadas con la ver-sión digital, encuentra las siguientes diferencias:

Firmas físicas existentes pero no digitadas en medios ópticos

Firmas físicas que no coinciden con el ítem digitado del medios ópticos

Firmas digitadas en medios ópticos pero no existentes físicamente (5 folios o planillones)

Firmas no digitadas en medios ópticos pero exis-tentes físicamente (2,591 folios o planillones)

Total de diferencias entre versión física y digital

10,762

933

50

25,910

37,655

Asimismo, durante la revisión se identifican nueve lis-tas de adherentes que corresponden a otros procesos de revocatoria y no al que impulsa Carlos Vidal Vidal. Tam-bién se advierte que en la versión digital hay firmas que se repiten.

RENIEC otorga un plazo de diez días para la subsanación de las observaciones.

3 mayo: Al no haberse subsanado las observaciones en el plazo previsto, el RENIEC da por no presentada la solici-tud de verificación de firmas y devuelve la documentación presentada.

4 mayo: Carlos Vidal Vidal presenta una segunda solicitud acompañada por 531,400 firmas. Al cotejar la cantidad de registros incluidos en la versión física (planillones) con los que se encuentran en la versión digital (disco compacto),

Firmas que figuran duplicadas

Firmas que figuran cuadruplicadas

Firmas que figuran quintuplicadas

Total de firmas repetidas

49,104

3,496

6

52,606

Verificación de firmaspara revocatoria enLima Metropolitana

Page 7: Identidad N° 12

7Tecnología que nos identifica

Inmediatamente después de conocer las observaciones, los promotores de la consulta solicitan dar por no presentadas las 47,320 firmas contenidas en los planillones que no figuran en el disco compacto. Y piden que las demás firmas observa-das pasen al proceso de verificación, donde serán depuradas.

15 mayo: Son sometidas a la comprobación automática 456,424 firmas y se determina que 160,293 firmantes decla-raron datos que no coinciden con los registrados en el DNI o no residen en Lima Metropolitana.

16 mayo: Empieza la etapa de comprobación semiautomáti-ca de 296,131 firmas.

Firmas físicas que no corresponden con las firmas digitadas

Firmas digitadas pero que no existen física-mente (8 páginas faltantes)

Firmas sin datos válidos

Firmas físicas no declaradas en una planilla

Firmas físicas no declaradas en el CD (planilla completa)

Total

3,748

57

64

39,932

47,320

509,603

También se encuentran registros repetidos en el material digitalizado:

Firmas digitadas en duplicado

Firmas digitadas en triplicado

Firmas digitadas en cuadriplicado

Firmas digitadas en quintuplicado

Total

15,335

6,419

3

40

21,797

RENIEC comprueba que hay 418,482 coincidencias, pero detecta las siguientes diferencias:

23 mayo: Al culminar la verificación, se comunica a los promotores de la revocatoria los resultados: 99,882 firmas incluidas en los pla-nillones no coinciden con las firmas registradas en la base de datos del RENIEC y 196,249 firmas son aprobadas. Se les otorga un plazo de 30 días -que vence el 5 de julio- para presentar nuevas firmas con el fin de completar el número de requerido.

24 mayo: Los promotores de la revocatoria presentan un nue-vo lote de firmas, (222,416 contenidas en 24,426 planillones) y solicitan su revisión.

25 mayo: En la comprobación automática se determina que 95,968 firmantes declararon datos que no coinciden con los registrados en el DNI o no residen en Lima Metropolitana. De esta manera, 126,448 firmas pasan a la segunda etapa.

6 junio: Terminada la verificación, se establece que 71,868 (56.84%) no son válidas y 54,580 (43.16%) sí lo son.

26 de junio: Son presentadas 194,875 firmas adicionales.

27 de junio: Tras la comprobación automática, quedan 136,278 registros hábiles, que pasan a la segunda etapa.

9 de julio: Culmina la verificación semiautomática del último lote de firmas presentado y se comunica el resultado a los autores de la solici-tud: 90,140 firmas son válidas. Estas se suman a las anteriores firmas válidas, lo que hace un total de 340,969 firmas válidas acumuladas.

Boris Alegría, representante del promotor de la revocatoria de las autoridades municipales limeñas, presencia verificación de firmas.

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Acciones de inconstitucionalidad:Presentadas contra el artículo 1 de la Ley Nº 28704, que modificó el Art. 173 del Código Penal, y otra contra la or-denanza regional Nº 018-2011-CR del Gobierno Regional de Moquegua.

Firmas verificadas porRENIEC en el primersemestre del 2012

Revocatoria de autoridades municipales

Proceso

Iniciativa en formación de dispositivos municipales

Revocatoria de autoridades regionales

Inscripción de organizaciones políticas locales 2014

Acciones de inconstitucionalidad

Inscripción de movimientos regionales

Iniciativa legislativa

Constitución de comités de organizaciones políticasDemarcación territorial

Total

Cantidad de solicitudes recibidas

4883

1

2

14

2

31

6

520

Cantidad de firmas

verificadas2´082,028

141,433

69,478

36,842

10,173

16,920

10,9274,370

8,725

2´380,896

Cantidad de firmas

válidas

1´152,200

964,22274,640

60,150

21,264

6,609

11,971

6,1402,977

4,227

8 Tecnología que nos identifica

Demarcación territorial:Verificación de firmas para la crea-ción de los distritos de Pariashpampa (Áncash), Mantaro (Cusco), Quichuas (Huancavelica), Taca y Uchuraccay (Ayacucho). Asimismo, para la cate-gorización de seis centros poblados de la provincia de Lamas (San Mar-tín), la distritalización de los centros poblados Anchihuay (Ayacucho) y San Pablo de Pillao (Huánuco), y la ane-xión territorial del centro poblado de Huanacopampa (Apurímac).

Revocatoria de autoridades municipalesLas regiones donde se presentaron más solicitudes para revocar a autoridades municipales fueron: Lima (72), Áncash (63), Cajamarca (47).

Revocatoria de autoridades regionales:No completaron la cantidad de firmas válidas requeridas las solicitudes pre-sentadas que buscaban la revocatoria de los presidentes y vicepresidentes de las regiones de Tacna, Ucayali y Madre de Dios.

Iniciativa en formación de dispositivos municipales:Un habitante de Amazonas, Luis Huacha-pa Chias, planteó una ordenanza que re-gule el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa, libre e informada.

Inscripción de movimientos regionales:Inscripción de “Tacna Frontera en Desarrollo” y “Movimiento Político Fuerza Huancavelica”.

Constitución de comités de organizaciones políticas:Comités de “Tacna Frontera en Desa-rrollo”, “Fuerza Aguaverdina”, “Gober-nabilidad e Inclusión Social”, “Salve-mos Catacaos”, “Movimiento Agrario Puneño”, “Movimiento Político Fuerza Huancavelica”.

Inscripción de organizaciones políticas locales 2014:Inscripción de “Fuerza Aguaverdina” 2014 de Aguas Verdes (Tumbes); “Gobernabilidad e Inclusión Social” de Cajamarca (Cajamarca); “Salvemos Catacaos” de Catacaos (Piura).

Iniciativa legislativa:La ciudadana María Herme Eguiluz Jimenez pro-puso una ley que prohíba el maltrato y sacrificio ani-mal como parte de espectáculos públicos o privados.