I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓNI.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN I.14.1. ANTECEDENTES Con fundamento...

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5 VOLUMEN 5/13 I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN I.14.1. ANTECEDENTES Con fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007, se creó la Secretaría de Educación, con objeto de “sentar las bases para sustentar el futuro de las próximas generaciones a través del proyecto de la Ciudad Educadora, de los Aprendizajes y del Conocimiento, además del ineludible compromiso de operar la transferencia de los servicios educativos administrados por el Gobierno Federal y mantener funcionando los servicios que actualmente proporciona el gobierno de la ciudad, de manera sustentable eficiente y con altos estándares de calidad en el Distrito Federal”. Atribuciones El artículo 23 Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, con reformas del 6 de febrero de 2007 y del 24 de enero y 5 de diciembre de 2008, establece las atribuciones de la Secretaría de Educación: “Artículo 23 Quáter.- A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias relativas a la función educativa y al deporte. ”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones: ”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios del Sistema Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia; ”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito Federal las leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales; ”III. Impulsar y fortalecer la educación pública;

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I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

I.14.1. ANTECEDENTES

Con fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007, se creó la Secretaría de Educación, con

objeto de “sentar las bases para sustentar el futuro de las próximas generaciones a través

del proyecto de la Ciudad Educadora, de los Aprendizajes y del Conocimiento, además del

ineludible compromiso de operar la transferencia de los servicios educativos administrados

por el Gobierno Federal y mantener funcionando los servicios que actualmente proporciona

el gobierno de la ciudad, de manera sustentable eficiente y con altos estándares de

calidad en el Distrito Federal”.

Atribuciones

El artículo 23 Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, con

reformas del 6 de febrero de 2007 y del 24 de enero y 5 de diciembre de 2008, establece

las atribuciones de la Secretaría de Educación:

“Artículo 23 Quáter.- A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias

relativas a la función educativa y al deporte.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios

del Sistema Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;

”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito

Federal las leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales;

”III. Impulsar y fortalecer la educación pública;

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”IV. Vigilar que la educación que impartan los particulares en planteles incorporados

al sistema educativo del Distrito Federal se sujete a las normas establecidas;

”V. Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al

sistema educativo del Distrito Federal, a la innovación educativa y a la investigación

científica, tecnológica y humanística, en concurrencia con la Federación;

”VI. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones de promoción

y difusión de la investigación científica y la innovación tecnológica;

”VII. Recibir y sistematizar la información que en materia de investigación científica e

innovación tecnológica reciba de las instituciones académicas y centros de investigación

públicos y privados, y operar un sistema de consulta al servicio de las dependencias,

órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal y público en general;

”VIII. Instrumentar la coordinación y distribución educativa entre la Federación y el Distrito

Federal conforme a las aportaciones económicas correspondientes que fijen las

Leyes Federales;

”IX. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas que contribuyan a elevar

los niveles y la calidad de la educación en el Distrito Federal;

”X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones

académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que

tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública. Asimismo,

podrán opinar en asuntos pedagógicos;

”XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno

de conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal; estableciendo los

espacios, dentro de las escuelas del Distrito Federal, con la infraestructura humana,

inmobiliaria y material necesaria y adecuada para el desarrollo de actividades

relacionadas con la Educación Física y la Práctica Deportiva;

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”XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;

”XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través

del Instituto de la Juventud del Distrito Federal;

”XIV. Desarrollar y ejecutar todo tipo de programas de apoyo social que incidan en el proceso

educativo en el Distrito Federal; y

“XV. Coordinar con los titulares de los Órganos Político Administrativos de cada

demarcación territorial, las tareas de rehabilitación y mantenimiento de las escuelas

del Distrito Federal, así como el adecuado funcionamiento de todas y cada una de

las instalaciones, incluyendo dentro de estas las relativas a la instalación obligatoria

de bebederos de agua potable; y

“XVI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Educación

correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2008 2007 Variación Importe

(1)

%

Importe

(2)

%

Importe (1) - (2)

(3)

% (3) / (2)

(4) Presupuesto original

Gasto total 1,287,059.7 100.0 0.0 n.a. 1,287,059.7 100.0 Corriente 1,287,059.7 100.0 0.0 n.a. 1,287,059.7 100.0

Presupuesto ejercido

Gasto total 340,259.3 100.0 510,093.8 100.0 (169,834.5) (33.3) Corriente 332,860.8 92.3 470,740.4 92.3 (137,879.6) (29.3) De capital 7,398.5 7.7 39,353.4 7.7 (31,954.9) (81.2)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 906-910; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido 2008/2007, pp. 198-200.

n.a. No aplicable.

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GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Programado Ejercido Variación

(1)

(2)

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4)

2008

Gasto total 1,287,059.7 340,259.3 (946,800.4) (278.3)

Corriente 1,287,059.7 332,860.8 (954,198.9) (286.7)

De capital 0.0 7,398.5 7,398.5 n.a.

2007

Gasto total 0.0 510,093.8 510,093.8 n.a.

Corriente 0.0 470,740.4 470,740.4 n.a.

De capital 0.0 39,353.4 39,353.4 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 906-910; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido 2008/2007, pp. 198-200.

n.a. No aplicable.

En 2008, la Secretaría de Educación tuvo una asignación para gasto programable

de 1,287,059.7 miles de pesos, que representó el 1.3% del importe total programado del

Sector Central del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó

340,259.3 miles de pesos, que representaron el 0.3% del monto ejercido por ese sector

(112,100,188.7 miles de pesos).

Los presupuestos programado y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

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GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2008

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Programado Ejercido Variación

Importe

(1)

%

Importe

(2)

%

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4)

Gasto total 1,287,059.7 100.0 340,259.3 100.0 (946,800.4) 73.6

Corriente 1,287,059.7 100.0 332,860.8 97.8 (954,198.9) (74.1)

“Servicios Personales” 17,244.7 1.3 14,827.0 4.4 (2,417.7) (14.0)

“Materiales y Suministros” 10,836.2 0.8 7,305.9 2.1 (3,530.3) (32.6)

“Servicios Generales” 122,754.0 9.6 220,484.6 64.8 97,730.6 79.6

“Transferencias” 1,136,224.8 88.3 90,243.3 26.5 (1,045,981.5) (92.1)

De capital 0.0 n.a. 7,398.5 2.2 7,398.5 n.a.

“Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 n.a. 7,398.5 2.2 7,398.5 n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1229-1232.

n.a. No aplicable.

Principales Programas

En 2008, la Secretaría de Educación ejecutó diversos programas, de los Ejes Estratégicos

“Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes” y “Equidad”, entre los

que destacan los siguientes:

1. Eje Estratégico “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes”

Mediante el programa no prioritario 5 “Conducción y Coordinación de la Política de

Desarrollo”, actividad institucional 09 “Coordinar políticas sectoriales”, la Secretaría

de Educación desarrolló el programa “Formación de Facilitadores para la Atención a los

Centros de Transformación Educativa”, dirigido a los distintos perfiles étnicos, lingüísticos

y con discapacidad. Asimismo, con la participación de los facilitadores en procesos de

formación, se realizó la prospección en campo de las 16 Delegaciones del Distrito Federal

para la instalación de Centros de Transformación Educativa, así como el diagnóstico

de las necesidades educativas de la población con alto grado de marginación.

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2. Eje Estratégico “Equidad”

Por medio del programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, actividad institucional

09 “Otorgar estímulos a mujeres adolescentes y niños para concluir su educación”, la

dependencia buscó generar una oferta educativa alternativa a la tradicional, pertinente

y de calidad que responda a las necesidades específicas de los grupos poblacionales de

mayor marginación, con objeto de hacer frente a la deuda educativa con dichos grupos

poblacionales.

Con el programa prioritario 17 “Educación” actividad institucional 02 “Operar el Sistema

de Educación Media y Media Superior”, se dio continuidad al convenio celebrado con la

Universidad Nacional Autónoma de México para proseguir con el programa de bachillerato

a distancia. Lo anterior, por considerar que la educación a distancia es la opción que ofrece el

Gobierno del Distrito Federal a jóvenes y adultos que por diversas razones no han podido

cursar el bachillerato en la modalidad presencial, como una modalidad innovadora y con

materiales desarrollados por destacados profesores universitarios.

En la actividad institucional 05 “Evaluar el Programa Integral de Mantenimiento de

Escuelas (PIME)”, el objetivo principal fue resguardar la integridad física de profesores

y alumnos de educación básica. Por ello, como instancia responsable de diseñar políticas

en el ámbito educativo, la Secretaría de Educación realizó visitas e inspecciones a la

infraestructura física de nivel básico de las 16 Delegaciones Políticas, con la finalidad

de determinar las necesidades de mantenimiento de cada inmueble, para que, a través de

los órganos político-administrativos se dé el mantenimiento necesario a los inmuebles.

En ese contexto, la dependencia firmó un convenio de colaboración con la Universidad

Nacional Autónoma de México, denominado “Reducción de Vulnerabilidad de la Infraestructura

Física Educativa de nivel Básico en el Distrito Federal”.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una financiera y una de desempeño a la Secretaría

de Educación.

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I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.14.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/129/08

ANTECEDENTES

En 2008, la Secretaría de Educación (SE) tuvo un presupuesto asignado de 122,754.1 miles

de pesos en el capítulo 3000 “Servicios Generales” y ejerció un monto de 220,484.6 miles de

pesos, es decir, 97,730.5 miles de pesos (79.6%) más que lo previsto. Respecto a lo ejercido

en 2007, por 63,948.8 miles de pesos, se registró un incremento de 156,535.8 miles de

pesos (244.8%).

Del presupuesto ejercido por la SE en el capítulo 3000, destacó el correspondiente a las

partidas 3301 “Honorarios”, por 137,676.5 miles de pesos (el 62.4% del monto ejercido en el

capítulo), y 3411 “Servicios de Vigilancia”, por 30,471.5 miles de pesos (el 13.8% de lo erogado

en el capítulo).

En el apartado “Explicaciones a las Causas de Variación en los Egresos por Capítulo de

Gasto” de la Cuenta Pública de 2008, la dependencia informó: “La variación que se presenta

se derivó principalmente a las ampliaciones autorizadas para la partida 3301 ‘Honorarios’,

arrendamientos de edificios y locales, gastos de difusión de servicios públicos y campañas

de información, la reducción del gasto en el servicio de fotocopiado, así como una

sobreestimación en los costos de servicio de Internet, de la Secretaría, como en el sistema

de Bachillerato a Distancia, una disminución del gasto de servicios telefónicos, y de energía

eléctrica, así como en la póliza de seguros de los bienes patrimoniales”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la

Secretaría de Educación con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se haya ajustado

al presupuesto autorizado y ejercido; que se encuentre justificado, comprobado, devengado

y registrado de conformidad con la normatividad aplicable.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se programó atendiendo los criterios generales de “Importancia Relativa”,

“Exposición al Riesgo” y “Presencia y Cobertura”, contenidos en el Manual de Selección de

Auditorías expedido el 11 de julio de 2007.

Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se consideran los rubros de gasto e inversión,

programas y los sistemas que involucran recursos considerables y que presentan variaciones

importantes de los montos presupuestados en relación con los ejercidos.

El criterio “Exposición al Riesgo” toma en cuenta preferentemente los sujetos de

fiscalización que, por la naturaleza y características del procedimiento, actividad u

operación, están expuestos a ineficiencias e irregularidades, así como aquellos rubros

propensos a ineficiencias, irregularidades e incumplimientos de objetivos y metas físicas

y financieras.

Con el criterio “Presencia y Cobertura”, se incorporan programas y sujetos de fiscalización

con asignaciones presupuestales no significativas, a fin de garantizar que, eventualmente,

todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de auditar (por estar

incluidos en la Cuenta Pública) sean fiscalizados.

A la fecha, la CMHALDF ha practicado a la SE dos auditorías financieras: una al capítulo

4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” y otra al “Programa Integral de

Mantenimiento de Escuelas”, ambas en relación con el ejercicio de 2007.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X; 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VIII, IX y XII; y 28 de la Ley Orgánica de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13,

y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal.

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ALCANCE

De acuerdo con la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2008 y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),

la SE ejerció en 2008 220,484.6 miles de pesos, con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales” que con relación al presupuesto original, de 122,754.1 miles de pesos, significaron

un incremento de 97,730.5 miles de pesos (79.6%).

El presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” se ejerció con cargo a 30 partidas

de gasto, dos de las cuales destacaron por su monto, de 168,148.0 miles de pesos, que

representó el 76.2% del total erogado en el capítulo. Dichas partidas registraron un

incremento de 89,321.3 miles de pesos (113.3%) respecto a su asignación original

(78,826.7 miles de pesos), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variación Partida Original % Ejercido % Importe %

3301 “Honorarios” 48,326.7 39.4 137,676.5 62.4 89,349.8 184.9 3411 “Servicios de Vigilancia” 30,500.0 24.8 30,471.5 13.8 (28.5) –0.1 Subtotal 78,826.7 64.2 168,148.0 76.2 89,321.3 113.3 Otras partidas presupuestales (28) 43,927.4 35.8 52,336.6 23.8 8,409.2 19.1

Total 122,754.1 100.0 220,484.6 100.0 97,730.5 79.6

Se revisó el 100.0% de la documentación justificativa y comprobatoria de 37 Cuentas por

Liquidar Certificadas (CLC), por un monto de 54,186.2 miles de pesos, correspondiente

a las partidas 3301 “Honorarios” (8 CLC) y 3411 “Servicios de Vigilancia” (29 CLC),

consistente en recibos de honorarios asimilados, facturas, suficiencias presupuestales,

contratos y documentos que amparan la recepción de servicios.

Se verificó la existencia de procedimientos generales y específicos del rubro sujeto a revisión.

Se realizaron pruebas sustantivas consistentes en el análisis de la variación de los saldos de

las 32 afectaciones presupuestarias con las que se asignó en 2008 el presupuesto al capítulo

3000 “Servicios Generales” y la justificación de los saldos reportados en la Cuenta Pública.

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Para ello, se examinó la documentación soporte de los 89,349.8 miles de pesos

(12 afectaciones presupuestarias) 28.5 miles de pesos (4 afectaciones presupuestarias en los

que se modificó el presupuesto original de las partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios

de Vigilancia”, respectivamente.

Se analizaron las causas del incremento que presentó el gasto de la partida 3301

“Honorarios” y el decremento de la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” y se verificó que

las 16 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original contaran con

el registro y validación del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) de la SF.

Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

(PAAAPS); los Informes Trimestrales de Seguimiento de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios (ISAAPS) autorizados en el ejercicio presupuestal de 2008; y las

Actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SE.

Se analizaron los registros contables y presupuestales de las operaciones relacionadas

con el importe ejercido por el sujeto de fiscalización con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

Se constató que las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”

se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto y en congruencia con

los objetivos y metas de los programas presupuestales que se afectaron.

Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en la aplicación de cuestionarios

en las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos, de Recursos Financieros

y de Recursos Materiales y Servicios Generales; en la Subsecretaría de Educación Media

Superior y Superior; en la Dirección de Educación Básica; en la Dirección General de

Atención Integral al Estudiante; y en la Dirección de Planeación, porque en 2008 fueron

las áreas administrativas responsables de ejercer el gasto de la SE con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”.

En relación con la partida 3301 “Honorarios”, se revisaron el Programa Anual de contratación

de prestadores de servicios con cargo a la partida 3301 “Honorarios”; 8 CLC y 3 Documentos

Múltiples (DM), por medio de los cuales se efectuaron los pagos correspondientes a la muestra

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seleccionada; los reportes de actividades mensuales de 119 prestadores de servicio; los

expedientes de dichos prestadores de servicios, para verificar que contaran con los contratos

respectivos y, en su caso, con convenios de terminación anticipada, recibos de pago y

documentación requerida para formalizar la contratación (currículum vitae, identificación

oficial, Cédula de identificación Fiscal, comprobante de domicilio, comprobante de estudios

y acta de nacimiento).

Se verificó que los informes trimestrales de avance programático-presupuestal de la partida

3301 “Honorarios”, correspondientes al ejercicio de 2008 se hayan remitido oportunamente

a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM).

Se verificó si el personal que la SE contrató por honorarios en 2008 trabajó al mismo tiempo

en otros entes del Gobierno del Distrito Federal y, en su caso, si contó con la constancia de

compatibilidad de dos o más empleos o comisiones, expedida por la OM.

De los 119 prestadores de servicios profesionales de la muestra seleccionada, se aplicaron

cuestionarios de control interno a 54 que cobraron por concepto de honorarios asimilables

a salarios en diciembre de 2008 y que, a la fecha de la revisión (diciembre de 2009),

continuaban laborando en la SE. El propósito fue constatar que los pagos se hubiesen

realizado efectivamente a los prestadores de servicios profesionales y que los servicios se

hubiesen prestado.

Se efectuaron 14 confirmaciones con entidades por las operaciones de prestadores de

servicios profesionales pagados a los que la SE pagó con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

Respecto a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, se revisó la documentación soporte

del 100.0% del presupuesto ejercido en ella (30,471.5 miles de pesos), mediante 29 CLC,

consistente en los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de la Unidad Ejecutora

del Gasto, usuaria de los servicios de la Policía Auxiliar del Distrito Federal; el Programa Anual

de Seguridad a Instalaciones; y el oficio de envío para la validación y aprobación de éste por

parte de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.

Se revisaron también las relaciones de los servicios proporcionados a la SE, el desglose de

las áreas a las que corresponde aplicar su presupuesto, el procedimiento de adhesión a la OM

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para contar con el servicio de vigilancia y las conciliaciones de enero a diciembre de 2008

firmadas por los responsables administrativos de las diferentes unidades administrativas

de la SE.

La auditoría se llevó a cabo principalmente en la Dirección de Administración en la SE, por

ser la encargada de registrar las operaciones de gasto, de conservar la documentación

justificativa y comprobatoria de éste y de administrar los recursos financieros.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El examen del control interno de la SE, respecto al gasto que ejerció en 2008 con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, consistió en lo siguiente:

1. Antecedentes

Con fundamento en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos

artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y otros

ordenamientos legales, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero

de 2007, se adiciona a la Ley de Educación el artículo 23 Quater en el que se establece:

“A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias relativas a la función

educativa y al deporte.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios del Sistema

Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;

”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito Federal las

leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales; […]

”X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones

académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que tengan

por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública. Asimismo, podrán opinar en

asuntos pedagógicos;

17 VOLUMEN 5/13

”XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno de

conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal;

”XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;

”XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través del

Instituto de la Juventud del Distrito Federal; […]

XVI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

2. Estructura orgánica

Área administrativa de la Oficialía Mayor en la Secretaría de Educación

Con el oficio núm. OM/0196/2007 de fecha 8 de febrero de 2007, la OM emitió el dictamen

núm. 2/2007, con el que autorizó la estructura orgánica de la Dirección de Administración en

la SE a partir del 1o. de marzo de 2007.

Asimismo, con el oficio núm. CGMA/DDO/0672/07 del 5 de marzo de 2007, la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA) de la OM emitió alcance al dictamen

núm. 2/2007 actualizando el organigrama de la Dirección de Administración en la SE, vigente

a partir del 1o. de marzo de 2007. La actualización consistió en la incorporación, a dicha

Dirección, de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos, de Recursos

Materiales y Servicios Generales y de Recursos Financieros.

Las áreas de la Dirección de Administración que intervinieron en el ejercicio del gasto del

capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron esas tres Jefaturas de Unidad Departamental.

La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos por ser la encargada de realizar

los procesos de selección, contratación e inducción de personal; efectuar las gestiones

y trámites de los nombramientos, cambios de adscripción, bajas y demás movimientos de

personal de acuerdo con la normatividad establecida; integrar el pago nominal de sueldos,

remuneraciones especiales y eventuales, así como aplicar los descuentos por concepto

de impuestos y otras deducciones, de acuerdo con la normatividad aplicable; e integrar

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los informes, registros, controles y demás documentos relacionados con la administración

de los recursos humanos de la SE.

La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros, por ser la encargada de aplicar

las políticas, normas y procedimientos establecidos por la SF, en coordinación con la SE,

para administrar los recursos financieros que ésta tiene asignados, de acuerdo con los

programas autorizados; difundir las normas y procedimientos para la aplicación de los recursos

financieros, mediante documentos y circulares; planear y llevar a cabo las actividades

necesarias para controlar los recursos autorizados; y revisar la aplicación del gasto con la SF.

La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales, por ser

la responsable de autorizar la formalización de pedidos, contratos y demás documentación

relacionados con la adquisición de bienes y servicios; realizar las actividades relacionadas

con la adquisición de bienes y la contratación de los servicios requeridos por las diferentes

áreas de la SE; y por someter los requerimientos de las diversas áreas de la SE a la

aprobación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de

la dependencia.

Áreas sustantivas de la Secretaría de Educación

La OM dictaminó favorablemente la estructura orgánica de las áreas sustantivas de la SE con

el dictamen núm. 16/2007, emitido con el oficio núm. OM/0364/2007 del 8 de marzo de 2007.

Dicha estructura orgánica entró en vigor el 1o. de marzo de 2007 y estuvo vigente hasta el

15 de abril de 2007, únicamente con dos Direcciones de Área adscritas a dicha dependencia:

la de Educación Básica y la de Planeación.

Con motivo de las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de abril de 2007, y en

alcance al dictamen núm. 16/2007, se creó la Dirección General de Atención Integral al

Estudiante, según oficio núm. OM/0684/2007 de fecha 19 de abril de 2007.

Adicionalmente, mediante el oficio núm. OM/1303/02007 del 16 de julio de 2007, la OM

envió otro alcance al dictamen núm. 16/2007 para la actual estructura orgánica de las áreas

sustantivas de la SE, con vigencia a partir del 16 de julio de 2007; la actualización consistió

19 VOLUMEN 5/13

en la incorporación de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, con

la Dirección General de Educación Media Superior y Superior, y las Subdirecciones de

Seguimiento, de Programación, y de Control.

3. Manual administrativo

Mediante el oficio núm. SEDF/DA/0227/08 del 28 de marzo de 2008, el Director de

Administración en la SE envió a la CGMA de la OM para su revisión y, en su caso, aprobación,

el Manual Administrativo de la Dirección de Administración en la SE, en su parte de

organización, conforme al dictamen núm. 2/2007, que entró en vigor el 1o. de marzo de 2007.

Con el oficio núm. CGMA/DDO/0418/08 del 16 de abril de 2008, la CGMA de la OM comunicó

al Director de Administración en la SE el registro, con el núm. MA-12026-2/07, de su Manual

Administrativo, en su parte de organización, conforme al dictamen núm. 2/2007.

Por lo que corresponde al Manual Administrativo de la SE, por medio del oficio

núm. SEDF/DA/0471/2007 del 29 de octubre de 2007, el Director de Administración en

la SE lo envió a la CGMA de la OM para su registro, conforme al dictamen núm. 16/2007,

que entró en vigor el 1o. de marzo de 2007.

En respuesta, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0430/08 del 31 de enero de 2008,

el Coordinador General de Modernización Administrativa de la OM remitió, para su atención,

las observaciones relativas a dicho manual.

Adicionalmente, con el oficio núm. SEDF/SSEMSS/0416/2007 del 17 de diciembre de 2007,

el Subsecretario de Educación Media Superior y Superior de la SE envió a la CGMA de la OM,

para su incorporación al Manual Administrativo de la dependencia conforme al dictamen

núm. 16/2007, los procedimientos correspondientes a la Subsecretaría a su cargo.

Al respecto mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0451/08 del 17 de abril de 2008, el Coordinador

General de Modernización Administrativa de la OM remitió únicamente las observaciones

relativas al Manual Administrativo de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior,

en su parte de procedimientos. Por lo mismo el ejercicio en revisión (2008), no se contó con

el registro correspondiente.

20 VOLUMEN 5/13

Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/1829/09 del 22 de julio de 2009, el Coordinador

General de Modernización Administrativa de la OM comunicó a la SE que, en su parte de

organización, el Manual Administrativo elaborado conforme al dictamen núm. 16/2007 cumplía

los requisitos que establece la normatividad de la materia y los lineamientos de la Guía

Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, emitida por la OM.

Por lo anterior, se determinó integrarlo al acervo documental de la CGMA como Manual

Administrativo de la SE, en su parte de organización, con el número de registro MA-3600-16/07.

Dicho manual, que incluye únicamente la Dirección de Educación Básica y la Dirección

de Planeación, fue enviado por la SE mediante el oficio núm. SEDF/DA/0853/2009, por

lo que durante el ejercicio en revisión (2008) no se contó con el registro correspondiente.

No obstante que la CGMA adjuntó un ejemplar original sellado y validado para su difusión

en la SE, esta última no presentó elementos que permitieran constatar su difusión interna.

Con fecha 10 de noviembre de 2009, se publicó en la Gaceta Oficial de Distrito Federal

el Manual Administrativo en su parte de organización, de la Dirección de Educación Básica

y de la Dirección de Planeación.

De acuerdo con lo expuesto, la única área sustantiva de la SE que cuenta actualmente con

procedimientos es la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior; sin embargo,

durante el ejercicio en revisión (2008) no se contó con el registro correspondiente.

En consecuencia, faltan los procedimientos de las siguientes áreas: Dirección General de

Atención Integral al Estudiante, Dirección de Educación Básica, Dirección de Planeación,

Subdirección de Seguimiento, Subdirección de Programación y Subdirección de Control.

Además, los trámites para obtener la autorización y registro del Manual Administrativo,

en su parte de procedimientos, se realizaron extemporáneamente.

Con el oficio núm. CGMA/DDO/0471/2007 del 31 de enero de 2008, la CGMA informó lo

siguiente a la SE: “Con relación a su oficio número SEDF/DA/0471/2007, mediante el cual

envía el Manual Administrativo de la Secretaría de Educación, conforme al Dictamen

16/2007, me permito anexar al presente el citado documento, así como las observaciones

derivadas de su análisis. En tal virtud, mucho le agradeceré [….] que se atiendan las

observaciones realizadas por esta Coordinación General, para que dicho Manual se ingrese

nuevamente a efecto de continuar con el proceso de análisis y en su caso, llevar el registro

correspondiente”. A enero de 2010, la SE no había dado respuesta.

21 VOLUMEN 5/13

Se examinaron los manuales administrativos y los sistemas de control interno establecidos

en las áreas que intervienen en el manejo y control de los recursos ejercidos con cargo al

capítulo 3000 “Servicios Generales”.

El Manual Administrativo de la SE, en su parte organizacional, establece las funciones

y atribuciones de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas de la

dependencia. En cuanto a los procedimientos instituidos, no regulan el control, manejo

y operación del capítulo 3000 “Servicios Generales”, lo que ocasiona debilidades de control

interno.

Sobre el particular, en el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad

Departamental de Recursos Financieros, ésta respondió: “Por ser una Secretaría de

reciente creación, en el 2008 no se tenían Manuales de Procedimientos aprobados por

la Coordinación General de Modernización Administrativa. Actualmente se encuentran en

proceso de revisión”.

4. Pruebas de cumplimiento

Como parte de las pruebas de cumplimiento realizadas por la CMHALDF para evaluar

el control interno implantado por la SE con relación al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

se aplicaron cuestionarios a las áreas de la SE que intervinieron en el manejo, control

y ejercicio del gasto de ese capítulo (Jefatura de Unidad Departamental de Recursos

Financieros, Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos y Jefatura de Unidad

Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales; Subsecretaría de Educación

Media Superior y Superior; y Dirección General de Atención Integral al Estudiante) y a los

prestadores de servicios profesionales; se inspeccionó la aplicación de los recursos que otorgó

la SE; se analizó la información general de las áreas sujetas a estudio; se revisó que los

procedimientos establecidos aseguraran razonablemente el cumplimiento de las leyes,

reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria; se verificó que

los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos responsables; y se identificaron

los riesgos de las operaciones en revisión y de los objetivos específicos de control.

Como resultado del examen del control interno aplicado a la SE en cuanto a los recursos

ejercidos en 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinaron

22 VOLUMEN 5/13

debilidades, en virtud de que la Dirección de Administración en la SE no cuenta con

procedimientos al respecto ni con procedimientos para el registro, control y pago de honorarios

a prestadores de servicios.

Asimismo, con base en la documentación obtenida y en cuestionarios aplicados a servidores

públicos, se determinó que los procedimientos que la SE aplicó en 2008, para regular el

ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” no se establecieron por escrito,

sino que se basaron en la experiencia de los servidores públicos que realizaba las actividades,

lo que ocasionó debilidades de control interno.

De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008 respecto

a los procesos examinados presentaba deficiencias que pudieran propiciar riesgos de

irregularidades e ineficiencias. Las fallas de control interno detectadas se señalan en los

resultados respectivos.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría del capítulo 3000 “Servicios Generales”, correspondió a 37 CLC,

por un importe de 54,186.2 miles de pesos, que representa el 24.6% del total erogado en

dicho capítulo (220,484.6 miles de pesos).

La muestra se determinó conforme a los párrafos 17 y 23 del Boletín 5020 de las Normas

y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano de Contadores

Públicos (IMCP). Considerando el tamaño del universo, se utilizó la selección aleatoria,

pues ésta garantiza que todas las partidas del universo tengan la misma posibilidad de ser

seleccionadas.

El universo sujeto a revisión, correspondiente al total de las erogaciones efectuadas en 2008

por la SE con cargo al capítulo 3000, se estratificó (párrafo 17 del Boletín 5020) por partida.

Derivado de su análisis, se estableció que la muestra de auditoría se determinaría conforme

a los párrafos 13, 14, 17 y 23 del Boletín 5020 (selección casual), como sigue:

1. Partidas que por su monto fueran las más representativas en el total del presupuesto

ejercido en el capítulo 3000 (partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”).

23 VOLUMEN 5/13

2. Variaciones de gasto, positivas o negativas, superiores al 20.0% de su presupuesto

original o mayores de 10.0% en relación con el gasto del ejercicio inmediato anterior

(partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”).

3. Selección aleatoria al universo de CLC, de la partida 3301 “Honorarios”.Se consideró

el mes de diciembre por ser el más representativo de 2008, pues incluyó un pago

ordinario y el pago extraordinario de ese ejercicio.

4. Selección de partidas basada en un porcentaje (partida 3411), debido a que mediante

un reducido número de CLC es probable, mediante pruebas sustantivas, verificar el 100.0%

de una partida relevante.

Considerando lo anterior y el párrafo 25 del Boletín 5020 de las Normas y Procedimientos

de Auditoría y Normas para Atestiguar del IMCP, la muestra de auditoría de los pagos de las

partidas seleccionadas se determinó por medio de la aplicación de números aleatorios de

generador electrónico por computadora, con un nivel de confianza de 95.0%, una tasa de error

esperada no mayor de 2.0% y un porcentaje de precisión de + 2.0%; y de lo señalado

anteriormente en el numeral 4. De esa manera, se obtuvo para revisión la muestra siguiente:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Partida CLC Presupuesto

ejercido % del

capítulo CLC Presupuesto

ejercido % de la partida

3301 “Honorarios” 30 137,676.5 62.4 8 23,714.7 17.2 3411 “Servicios de Vigilancia” 29 30,471.5 13.8 29 30,471.5 100.0 Subtotal 59 168,148.0 76.2 37 54,186.2 32.2 Otras partidas (28) 419 52,336.6 23.8 0 0.0 0.0 Total del capítulo 3000 478 220,484.6 100.0 37 54,186.2 24.6

RESULTADOS

1. Resultado

En la revisión de los Manuales Administrativos de la SE, se determinó lo siguiente:

1. El Manual Administrativo, en su parte de organización vigente en 2008, se elaboró

conforme a la estructura organizacional de la Dirección de Administración.

24 VOLUMEN 5/13

Dicho manual, con registro de la CGMA núm. MA-12026-2/07 del 16 de abril de 2008,

no fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; además, no se presentó

evidencia de su difusión al personal. Al respecto, la Dirección de Administración indicó:

“Se llevarán a cabo las acciones necesarias para su publicación en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, así como su difusión entre el personal de la Dirección”.

Por lo anterior, la SE no observó los numerales 4.4.10 y 4.4.12 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir

del 13 de abril de 2007, que disponen:

“4.4.10 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos ante la CGMA, los

titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas […] serán los responsables

de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando

para tal efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales […]

“4.4.12 Los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas, […] deberán

hacer del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con

el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la organización

y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción.”

Asimismo, la SE no cumplió con los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, fracción III, Primer Lineamiento:

Ambiente de Control, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril

de 2007, que dispone:

“Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal establecer, actualizar y exigir la observancia del código

de conducta institucional, haciendo hincapié en los valores compartidos y el trabajo en

equipo para conseguir sus objetivos, y que los servidores públicos se conduzcan en el

desempeño de sus funciones con una actitud de compromiso y apoyo hacia el control

interno, la transparencia y los valores éticos.”

25 VOLUMEN 5/13

2. La CMHALDF, solicitó a la SE el Manual Administrativo en su parte de procedimientos, relativo al dictamen núm. 2/2007, vigente a partir del 1o. de marzo de 2007; el organigrama actual de la Dirección de Administración en la SE; y el oficio mediante el cual envió el primero a la CGMA de la OM para su registro. En respuesta, el Director de Administración indicó: “El Manual se encuentra en proceso de elaboración, por lo que no se cuenta con el oficio solicitado”.

La Dirección de Administración en la SE realizó extemporáneamente el trámite ante la CGMA de la OM para obtener la aprobación y el registro de los Manuales Administrativos tanto de la Dirección de Administración en la SE como de las áreas sustantivas de la dependencia. En el primer caso, el retraso fue de 204 días, ya que la estructura orgánica entró en vigor el 1o. de marzo de 2007 y el manual no fue enviado hasta el 28 de marzo de 2008, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0227/2008, aunque debió presentarse a más tardar el 25 mayo de 2007; en el caso de las áreas sustantivas, la estructura entró en vigor el 1o. de marzo de 2007, y el manual no se envió hasta el 29 de octubre de 2007, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0471/2007 es decir, con 112 días de retraso, pues debió presentarse a más tardar el 25 mayo de 2007.

Al respecto, se observó que dichos Manuales Administrativos, en su parte procedimental, no están actualizados, ya que no consideran las actividades relativas al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Lo anterior se confirmó con las respuestas de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Humanos y de Recursos Financieros a los cuestionarios de control interno: “No se cuenta con Manuales de Procedimientos. Sin embargo, los gastos que se ejercieron y que, actualmente se ejercen con cargo a este capítulo, se realizan en estricto apego a lo establecido por el Código Financiero y el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Presupuestal 2008”.

En 2008 y a enero de 2010, la SE carecía de procedimientos para el manejo del presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” y, por tanto, de las partidas 3301 “Honorarios” y 3411 “Servicios de Vigilancia”, seleccionadas para su revisión.

Por realizar extemporáneamente el trámite para obtener la aprobación y el registro de los Manuales Administrativos y por no contar con los procedimientos específicos aplicables al capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SE incumplió el numeral 4.4.14 de la

26 VOLUMEN 5/13

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008, que dispone: “4.4.14 Los Titulares de las Dependencias […] son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente para que ésta proceda a la actualización y registro de dicho Manual”.

Asimismo, la SE no cumplió con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, fracción III, Primer Lineamiento: Ambiente de Control, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, por lo siguiente:

Indicó que el Manual Administrativo se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

10 de noviembre de 2009; sin embargo, dicha publicación corresponde únicamente al Manual

Administrativo, en su parte de organización, de las Direcciones de Educación Básica

y de Planeación. Por lo tanto quedó pendiente de publicar lo relativo a la Subsecretaría

de Educación Media Superior y Superior, a la Dirección General de Atención Integral al

Estudiante y a la Dirección de Educación Media Superior y Superior.

No presentó evidencia de que el manual publicado se haya difundido entre el personal

encargado de su aplicación; tampoco exhibió el Manual Administrativo, en su parte de

procedimientos, relativo al dictamen núm. 2/2007, vigente a partir del 1o. de marzo de 2007.

Proporcionó el oficio núm. SEDF/DA/693/2009 del 20 de mayo de 2009, mediante el cual la SE

envió a la CGMA los procedimientos correspondientes a la Subsecretaría de Educación Media

Superior y Superior, a la Dirección General de Atención Integral al Estudiante, a la Dirección

de Educación Básica y a la Dirección de Planeación; y el oficio núm. CGMA/DDO/0773/09

del 21 de octubre de 2009, con el cual la CGMA formuló diversas observaciones al Manual

27 VOLUMEN 5/13

Administrativo de la SE en su parte de procedimientos. Posteriormente, con el oficio

núm. SEDF/DA/0123/2010 del 22 de enero de 2010, la SE envió el proyecto de dicho

manual con las correcciones sugeridas, pero no incluyó procedimientos relativos al capítulo

3000 “Servicios Generales”.

Recomendación ASC-129-08-01-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para asegurarse de que, cada vez que se autoricen modificaciones a su estructura orgánica o marco jurídico, se actualice su Manual Administrativo en sus partes de organización y de procedimientos; y se tramiten oportunamente su revisión, dictamen y registro ante la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-02-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que, una vez autorizado su Manual Administrativo, se realicen los trámites correspondientes a efecto de que sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-03-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación implante medidas de control para garantizar que el Manual Administrativo actualizado se difunda entre el personal encargado de su aplicación, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-04-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que se elaboren procedimientos dirigidos a regular el ejercicio de los recursos con cargo

28 VOLUMEN 5/13

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, y que dichos procedimientos sean incorporados en su Manual Administrativo y remitidos a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, para su revisión, dictamen, y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno).

2. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2008, la SE reportó en el

capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto ejercido de 220,484.6 miles de pesos,

que con relación a su presupuesto original (122,754.1 miles de pesos) significó un incremento

de 97,730.5 miles de pesos (79.6%). En relación con lo ejercido en 2007 (63,948.8 miles de

pesos), dicho capítulo presentó un incremento de 156,535.8 miles de pesos (244.8%).

La modificación neta al presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” afectó

dos programas prioritarios, por un monto de 163,435.2 miles de pesos (74.1%), y dos

no prioritarios, por 57,049.4 miles de pesos (25.9%), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Programas Original Modificado Ejercido %

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 2,000.0 (511.9) 1,488.1 0.7 17 “Educación” 51,285.5 110,661.6 161,947.1 73.4 Subtotal 53,285.5 110,149.7 163,435.2 74.1

No prioritarios 03 “Administración Pública” 63,038.6 (9,296.7) 53,741.9 24.4 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 6,430.0 (3,122.5) 3,307.5 1.5 Subtotal 69,468.6 (12,419.2) 57,049.4 25.9

Total 122,754.1 97,730.5 220,484.6 100.0

Asimismo, se analizó el registro del presupuesto ejercido y se determinó que correspondió

a los siguientes tipos de pago:

(Miles de pesos y por cientos)

Tipo de pago Presupuesto ejercido % 00 “Gasto Normal” 82,725.0 37.6 11 “Retención Asimilable a Salario” 137,676.5 62.4 25 “Telefonía de Larga Distancia Partida 3103” 20.0 n.s. 63 “Pago de Deducibles de Seguro” 63.1 n.s. Total 220,484.6 100.0

n.s. No significativo.

29 VOLUMEN 5/13

Al respecto, se determinó que el presupuesto autorizado, modificado y ejercido por la SE

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, corresponde al reportado en el Analítico

de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal de la Cuenta Pública de 2008.

Respecto al programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, en el apartado “Acciones Realizadas

en materia de Equidad de Género” del Informe de Cuenta Pública de 2008, se señala:

“El indicador se encuentra en construcción, en virtud de que la Secretaría se constituyó en

febrero de 2007, razón por la cual, no cuenta con antecedentes del comportamiento

histórico, ni tampoco con Centros de Costo”.

En la revisión, no se determinaron observaciones al respecto.

3. Resultado

En el análisis de las afectaciones presupuestarias que la SE efectuó en 2008 con relación

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó lo siguiente:

El presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 122,754.1 miles de pesos,

se incrementó en 97,730.5 miles de pesos (79.6%) mediante 32 afectaciones presupuestarias

relativas a 30 partidas, de las cuales se revisaron la 3301 “Honorarios”, en la que se ejerció

un monto de 137,676.5 miles de pesos (62.4%), y la 3411 “Servicios de Vigilancia”, que

importó 30,471.5 miles de pesos (13.8%).

La modificación neta al presupuesto original de las dos partidas revisadas fue por un monto de

89,321.3 miles de pesos y se efectuó mediante 16 afectaciones presupuestarias, que fueron

autorizadas por la SF y originaron un total de 82 movimientos presupuestales, como sigue:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Partida Original Ejercido

Variación % Cantidad de afectaciones

Movimientospresupuestales*

3301 “Honorarios” 48,326.7 137,676.5 89,349.8 184.9 12 75 3411 “Servicios de Vigilancia” 30,500.0 30,471.5 (28.5) (0.09) 4 7

Subtotal 78,826.7 168,148.0 89,321.3 113.3 16 82 Otras partidas presupuestales (28) 43,927.4 52,336.6 8,409.2 19.1 16 440

Total 122,754.1 220,484.6 97,730.5 79.6 32 522

* Ampliaciones, adiciones y reducciones líquidas y compensadas.

30 VOLUMEN 5/13

Como se aprecia en el cuadro anterior, de las dos partidas mencionadas, la 3301 “Honorarios”

tuvo la variación más significativa (184.9%). Por programas, las variaciones de la partida

3301 “Honorarios” fueron las siguientes:

(Miles de pesos)

Presupuesto Variación Programas Original

(1)

Modificado

(2)

Ejercido

(3)

(%) (2) / (1)

(4)

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 2,000.0 (511.9) 1,488.1 (25.6) 17 “Educación” 26,500.0 99,220.5 125,720.5 374.4 Subtotal 28,500.0 98,708.6 127,208.6 348.8

No Prioritarios 03 “Administración Pública” 13,826.6 (6,358.5) 7,468.1 (46.0) 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 6,000.0 (3,000.2) 2,999.8 (50.0) Subtotal 19,826.6 (9,358.7) 10,467.9 (96.0)

Total partida 3301 "Honorarios" 48,326.6 89,349.9 137,676.5 252.8

Asimismo, el presupuesto ejercido en ambas partidas, por 168,148.0 miles de pesos, afectó

dos programas prioritarios y dos no prioritarios, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partidas presupuestales Programas 3301 % 3411 %

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 1,488.1 1.1 0.0 17 “Educación” 125,720.5 91.3 99.4 0.3 Subtotal 127,208.6 92.4 99.4 0.3 No prioritarios 03 “Administración Pública” 7,468.1 5.4 30,372.1 99.7 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 2,999.8 2.2 0.0 Subtotal 10,467.9 7.6 30,372.1 99.7 Presupuesto ejercido 137,676.5 100.0 30,471.5 100.0

De conformidad con las justificaciones de las afectaciones presupuestarias, las variaciones

por partida fueron como se explica a continuación:

Partida 3301 “Honorarios”

El aumento neto de 89,349.8 miles de pesos (184.9%) respecto al presupuesto original

(48,326.7 miles de pesos) resultó de 12 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SF, que

originaron 75 movimientos presupuestales; 4 afectaciones fueron reducciones y ampliaciones

31 VOLUMEN 5/13

compensadas por recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones de recursos que no

modificaron al presupuesto y 8 (2 adiciones compensadas, 3 ampliaciones compensadas,

1 ampliación líquida, 1 reducción líquida y 1 ampliación y adición líquida) originaron la

modificación neta, por lo siguiente:

(Miles de pesos)

Número de afectación Justificaciones Importe

A 36 C0 01 020 E y A 36 C0 01 047 E

Dos adiciones compensadas de recursos presupuestales para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 23 “Brindar servicios educativos”, para que la Secretaría de Educación cuente con el recurso suficiente a partir del mes de abril para solventar los gastos que se derivan, por una parte, de la asignación de la actividad 22 "Brindar atención integral al estudiante" para el control y manejo del gasto de operación; y para cubrir las necesidades de manera oportuna en el renglón de honorarios, actividad institucional 23 "Servicios educativos", actividad institucional que integra los nuevos objetivos y metas en materia de educación; y para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 24 “Brindar atención especializada a la educación media y media superior" dar suficiencia a los programas comisionados a la Subsecretaría de Educación Media y Media Superior para promover la educación, donde las escuelas de la ciudad y las acciones educativas no formales e informales, se conviertan en un modelo de sistema educativo capaz de cumplir las garantías educativas que dicta el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2006-2012, mediante el desarrollo de las habilidades en los jóvenes que quieran continuar con sus estudios. La Subsecretaria de Educación Media y Media Superior, en el marco de sus atribuciones y con el propósito de realizar una acción globalizadora para la atención y beneficio de la Educación Media y Media Superior en el Distrito Federal, adiciona nuevas acciones a la actividad institucional 24 “Brindar atención especializada a la educación media y media superior”.

67,434.3

Las acciones son las siguientes: estrechar lazos con las instituciones de educación media y otras instituciones públicas para la atención de la educación con calidad y en equidad para los jóvenes estudiantes del Distrito Federal; implementar cursos presenciales de preparación para el examen único de ingreso a la educación media superior, elaboración de materiales en línea para el examen único de ingreso a la educación media superior y realizar estudios sobre calidad de vida de los estudiantes de bachillerato en el Distrito Federal, respecto a la movilidad urbana, seguridad pública y entorno urbano.

A 36 C0 01 063 E, A 36 C0 01 085 E y A 36 C0 01 124 E

Tres ampliaciones compensadas de recursos presupuestales en el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 08 “Brindar atención especializada de nivel básico”, para implementar nuevos programas como son: A) Atención a bibliotecas. Para mejorar el acervo, capacitación de personal y la actualización de los modelos archivológicos y bibliotecarios, teniendo como objetivo el ampliar la capacidad técnica y archivística de las bibliotecas, por lo que se implementarán talleres y eventos donde se denote la importancia de mantener a las bibliotecas en espacios dignos, por ello aumenta la meta en una sesión. y B) Capacitación y Evaluación al Personal de Atención a Preescolar y Actualización y Evaluación para el desempeño de 500 personas que brindarán atención al preescolar por medio de cursos, talleres, foros, evaluación y certificación, con la finalidad de desarrollar los nuevos programas y proyectos se aumenta la meta física en una sesión adicional que desarrollará los programas y proyectos de la Dirección de Educación Básica para contratación de personal calificado y contratación de empresas especializadas en la realización de eventos de capacitación y seminarios para certificar al personal de educación preescolar que desarrollará actividades educativas, así como talleres formativos. Para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 19 “Coordinar el Programa de Fomento al Aprendizaje Social”, para la partida 3301 "Honorarios", esta solicitud tiene como finalidad readecuar el presupuesto y contar con el recurso suficiente para cubrir el compromiso sobre el "estudio del costo de la operación de la educación básica" y que al contratar por honorarios al personal que lo realizará se tendrá un mejor control y seguimiento puntual del avance de éste; y para el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 23 “”Brindar servicios educativos” para la partida 3301 “Honorarios” con objeto de que en diciembre de 2008 esta Dependencia cuente con el recursos suficiente para efectuar el pago único extraordinario, de acuerdo con los lineamientos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 11 de diciembre del 2008.

8,547.5

Continúa…

32 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Número de afectación Justificaciones Importe

A 36 C0 01 069 E Una ampliación líquida de recursos presupuestales en el Programa 17 “Educación” y su actividad institucional 02 “Operar el Sistema de Educación Media y Media Superior” para la partida 3301 “Honorarios porque el personal actual resulta insuficiente debido al gran número de actividades que conlleva ofrecer un bachillerato de calidad y por el número de estudiantes que se han incorporado al programa en cada nueva convocatoria. Actualmente 1,703 aspirantes están concluyendo sus cursos propedéuticos de cuarta generación y 1,183 de quinta generación se incorporarán como alumnos en agosto y octubre de 2008. 3409, la adquisición de software (licencias) para el desarrollo de sistemas en general, particularmente de la administración escolar del bachillerato y de administración de sedes delegacionales.

3,994.1

C 36 C0 01 072 E Una ampliación y adición líquida de recursos presupuestales en la partida 3301 “Honorarios”, para atender tareas educativas en los Centros de Transformación Educativa. Se requiere un grupo interdisciplinario constituido por profesionales en las áreas científica, técnica, artística, de cultura física y deporte que cumplen funciones de asesoría e innovación para los programas de inclusión y equidad educativa de la SE .Asimismo, se requiere personal para la coordinación del instituto, personal calificado para la formación a la planta académica y las figuras de los centros de transformación educativa, tutores del programa de niñas talento, personal en la Ciudad de México y la formación de profesores del Náhuatl y la contratación del equipo de trabajo que realizará tareas de investigación museográfica, documental y bibliográfica y hemerográfica, así como trabajo de campo y vinculación con diferentes sectores sociales; organizaciones civiles, instituciones educativas, personalidades y la comunidad en general. En la primera etapa del programa, se realizara el foro "La educación que queremos", eventos y difusión del libro, Descentralización y ciudad educadora en la Ciudad de México (partida 3803), y se contratará personal calificado para que realice un estudio del costo de la operación de la educación básica (partida 3305).

11,805.7

C 36 C0 01 129 E Una reducción líquida de recursos presupuestales en el capítulo 3000 "Servicios Generales" porque dichos recursos no serian ejercidos en el ejercicio fiscal, ya que se quedaron pendientes por formalizar algunos convenios con instituciones sin fines de lucro; por los ahorros que se presentaron en las diversas licitaciones públicas celebradas por la Dependencia con fundamento en los artículos 383 y 511 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 y 35 del Decreto de Presupuestos de Egresos de 2007. El artículo 383 dispone: “Las dependencias […] que por cualquier motivo al término del ejercicio fiscal que corresponda, conserven fondos presupuestales o recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal que no hayan sido devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría, dentro de los quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio”. El artículo 511 establece: “… cuando se trate de adecuaciones para el cierre del ejercicio que se lleven a cabo el 31 de diciembre”. El artículo 35 establece: “Las dependencias […] que ejerzan recursos aprobados en este Decreto, no podrán realizar erogaciones que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre, con excepción de los anticipos que procedan por disposición legal, mismos que al término del ejercicio hubieren sido devengados o erogados […] los recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal que no hayan sido devengados, que al término del ejercicio fiscal conserven las Dependencias […] así como los rendimientos obtenidos, con excepción de los recursos presupuestales transferidos con el carácter de aportaciones al patrimonio propio de las entidades, se enterarán a la Secretaría dentro de los quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio...”.

(2,431.8)

Total 89,349.8

Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”

La modificación neta de 28.5 miles de pesos (0.1%) al presupuesto original, de

30,500.0 miles de pesos, resultó de cuatro afectaciones presupuestarias autorizadas

por la SF, que originaron siete movimientos presupuestales. De esas afectaciones,

dos se debieron a recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones entre partidas que no

modificaron el presupuesto, y dos (una adición compensada y una reducción líquida)

originaron una modificación, por lo siguiente:

33 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Número. de afectación Justificaciones Importe

A 36 C0 01 020 E Una adición compensada de recursos presupuestales en el capítulo 3000 "Servicios Generales" para el Programa 17 “Educación” a fin de que la Secretaría de Educación dispusiera de recurso suficiente en abril para solventar los gastos de la actividad 22“Brindar atención integral al estudiante” para el control y manejo del gasto de operación, asimismo; para cubrir las necesidades de manera oportuna en el renglón de honorarios, actividad institucional 23 "Servicios educativos", que integra los nuevos objetivos y metas en materia de educación.

100.0

C 36 C0 01 128 E La reducción líquida de recursos en el capítulo 3000 "Servicios Generales" como parte integrante del cierre presupuestal de 2008, esta reducción se realiza a las partidas centralizadas y al ahorro que se presentó en un evento contratado por la dependencia.

(128.5)

Total (28.5)

Las 16 afectaciones presupuestarias tramitadas por la SE, que corresponden a las partidas

de la muestra, estuvieron soportadas con la documentación que establece el Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008.

No obstante, las variaciones que incrementaron el presupuesto asignado y los múltiples

movimientos presupuestales que modificaron el presupuesto original de la partida

3301 “Honorarios” de la SE demuestran que no se realizó una adecuada presupuestación,

en contravención del artículo 16, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, que dispone:

“Las dependencias [...] formularán sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos

y servicios y sus respectivos presupuestos considerando:

”I. Las acciones previas, durante y posteriores a la realización de dichas operaciones;

”II. Los objetivos metas y actividades institucionales a corto y mediano plazo;

”III. La calendarización física y financiera de la utilización de los recursos necesarios;

”IV. Las unidades responsables de su instrumentación.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

34 VOLUMEN 5/13

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, ya que

menciona lo siguiente:

“El presupuesto autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal fue deficitario en

la partida 3301 ‘Honorarios’, por lo que fue necesario tramitar las diversas adecuaciones

presupuestales para complementar la contratación de los Prestadores de Servicios

Profesionales y así cumplir con las metas y programas establecidos por esta Secretaría,

el cual fue reflejado en la modificación del Programa Anual de Adquisiciones.”

Lo anterior confirma que la asignación fue deficitaria por una inadecuada presupuestación.

Recomendación ASC-129-08-05-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se realice una adecuada presupuestación de la partida 3301 “Honorarios”, en

cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

4. Resultado

Mediante los oficios núms. ASC/09/1447 ASC/129/08/SE/09-02 de fechas 18 de septiembre

y 15 de octubre, ambos de 2009, la CMHALDF solicitó a la SE el Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2008 y sus

modificaciones realizadas en ese año; los Informes de seguimiento de las Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (ISAAPS), que debieron formularse trimestralmente

en 2008; cualquier otro tipo de informe que se hubiera remitido a la OM; y los oficios de

envío y, en su caso, de autorización respectivos.

En respuesta con los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009 y SEDF/DA/1511/2009 del 12 de

octubre y 20 de octubre de 2009, el Director de Administración en la SE, remitió diversa

documentación, en cuyo análisis se determinó lo siguiente:

1. El PAAAPS y sus modificaciones de 2008 se enviaron a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM con desfases de 3 a 195 días

hábiles respecto a las fechas establecidas, como se observa en seguida:

35 VOLUMEN 5/13

Oficio de envío a la DGRMSG Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse

de oficio Según

Circular Uno

Desfase en días hábiles

Anual SEDF/DA/0140/2008 18/II/08 20/II/08 15/II/08 3 Primer trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/IV/08 195 Segundo trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/VII/08 131 Tercer trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 14/X/08 70 Cuarto trimestre SEDF/DA/110/2009 22/I/09 23/I/09 15/I/09 6

Por no presentar oportunamente el Programa Anual de Adquisiciones y sus

modificaciones de 2008, la dependencia contravino los numerales 5.16.1 y 5.16.2

del apartado 5, “Adquisiciones”; subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno), vigente en 2008. El primero establece: “Las DGA serán las únicas áreas

facultadas para el envío de la información a la DGRMSG. Dicha información deberá

presentarse de manera consolidada por dependencia […] de acuerdo a los siguientes

períodos: Anualmente: a) Programa Anual de Adquisiciones. Trimestralmente:

a) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada”; y el segundo dispone:

“Los titulares de las dependencias serán responsables de la debida formulación

y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez

días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la

recalendarización”.

Asimismo, por no presentar oportunamente el Programa Anual de Adquisiciones

y publicarlo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la SE incumplió el segundo párrafo

del numeral 5.2.1, del apartado 5, “Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de

abril de 2007, vigente en 2008, que establece: “Las Dependencias […] remitirán a la

DGRMSG, copia del PAAAPS que envíen a la SF para su validación. La versión

definitiva se enviará a la DGRMSG a más tardar la primera quincena del mes de

febrero, del ejercicio presupuestal reportado”.

36 VOLUMEN 5/13

Cabe señalar que la SE publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la versión

validada del PAAAPS del ejercicio de 2008, a nivel capítulo presupuestal, el 24 de abril

de 2008; por lo tanto, incurrió en un desfase de 18 días hábiles.

Por lo anterior, la SE incumplió el numeral 4.3, inciso c), del apartado 4, “De los requisitos

legales”, de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios Año 2007, vigente en 2008, que establece:

“c) Las Dependencias […] publicarán la versión validada del PAAAPS a nivel capítulo

presupuestal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del

año en curso y realizar las gestiones pertinentes para que la glosa esté disponible para

su consulta en la página de Internet del Gobierno del Distrito Federal”.

2. Los ISAAPS del ejercicio de 2008 no se enviaron a la DGRMSG de la OM. Al respecto,

con el oficio núm. SEDF/DA/1511/2009 del 20 de octubre de 2009, el Jefe de Unidad

Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales de la SE, informó a

la CMHALDF que: “La Secretaría de Educación del Distrito Federal no entregó informes

trimestrales del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios a la Oficialía Mayor del Distrito Federal. Solamente se efectuó el informe

anual con su resumen ejecutivo, en el ejercicio de 2008”.

Por lo anterior, la SE contravino el numeral 5.16.1 del apartado 5, “Adquisiciones”;

subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que

establece: “Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información

a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por

dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: […] b) Informe del seguimiento

de las adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios efectuados durante

el trimestre inmediato anterior (ISAAPS)”.

Tampoco observó el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008, que instruye: “Los titulares de las dependencias […] a más tardar

37 VOLUMEN 5/13

dentro de los primeros diez días naturales de cada mes, enviarán un informe a la

Secretaría […] en el que se referirán las operaciones autorizadas […] realizadas en el

mes calendario inmediato anterior…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de esa misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas.

En efecto, en su respuesta, la SE señala: “La Secretaría de Educación, como se ve

reflejado en el análisis realizado por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal no presentó en tiempo el Programa Anual de Adquisiciones

y sus modificaciones en el ejercicio 2008, por lo que anexo al presente los referentes al

ejercicio 2009, los cuales fueron entregados en tiempo y forma, así como la publicación en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal”. Lo anterior fue constatado, pero la SE no informó

de las medidas preventivas tomadas para evitar las deficiencias detectadas.

Asimismo, confirmó: “Como se puede observar en el análisis realizado por el órgano

fiscalizador los Informes de seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios del ejercicio 2008 no se remitieron a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor…”.

Recomendación ASC-129-08-06-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

se presenten oportunamente tanto el Programa Anual de Adquisiciones como los informes

trimestrales de su seguimiento, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-07-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

los Informes de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

se envíen con oportunidad a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la Oficialía Mayor, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

38 VOLUMEN 5/13

Partida 3301 “Honorarios”

5. Resultado

Por medio del oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó

a la SE las conciliaciones presupuestarias efectuadas mensualmente con la SF y los informes

trimestrales sobre el cumplimiento del Programa Anual Autorizado de Contratación de Servicios

(DAP-04), enviados a la Dirección General de Administración de Personal de la OM (DGAP),

correspondientes al ejercicio de 2008.

En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la

Dirección de Administración de la SE proporcionó las conciliaciones presupuestarias

efectuadas con la SF en 2008 y los informes trimestrales DAP-04, enviados a la DGAP por

ese ejercicio.

1. En el análisis de las cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales

por medio de las cuales la SE validó la información que remitió a la Dirección General

de Egresos (DGE), adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, se observó que

las conciliaciones de enero a marzo, abril, mayo, julio y octubre a diciembre fueron

enviadas a la SF con retrasos de 1 a 80 días hábiles, como se muestra en seguida:

Oficio de envío a la DGE Fechas de presentación Mes Número Fecha Acuse

de oficio Según Manual

de Normas

Desfase en días hábiles

Enero SEDF/DA/0167/2008 26/II/08 27/II/08 11/II/08 16

Febrero SEDF/DA/0200/2008 13/III/08 14/III/08 10/III/08 4

Marzo SEDF/DA/0272/2008 14/IV/08 15/IV/08 10/IV/08 5

Abril SEDF/DA/0379/2008 15/V/08 16/V/09 11/V/08 5

Mayo SEDF/DA/0445/2008 10/VI/08 11/VI/08 10/VI/08 1

Junio SEDF/DA/0534/2008 10/VII/08 10/VII/08 10/VII/08 0

Julio SEDF/DA/0628/2008 12/VIII/08 15/VIII/08 10/VIII/08 5

Agosto SEDF/DA/0751/2008 10/IX/08 11/IX/08 11/IX/08 0

Septiembre SEDF/DA/0887/2008 9/X/08 10/X/08 10/X/08 0

Octubre SEDF/DA/1038/2008 11/XI/08 12/XI/08 11/XI/08 1

Noviembre SEDF/DA/1300/2008 12/XII/08 15/XII/08 10/XII/08 5

Diciembre SEDF/DA/0359/2009 31/III/09 31/III/09 11/I/09 80

39 VOLUMEN 5/13

Por lo anterior, la SE incumplió el artículo 554, fracción I, inciso a), del Código

Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “Las dependencias […]

deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información: I. Mensualmente, dentro

de los primeros diez días del mes siguiente: a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”.

También contravino el numeral 9 del inciso A, “Instrumento para el Registro del

Presupuesto Ejercido”, del subapartado IV.3.1, Cuenta por Liquidar Certificada;

apartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008, que indica: “El registro del presupuesto ejercido se desarrollará con

base en la autorización que expida el titular de la UR o de los servidores públicos con el

nivel de estructura, en quien se haya delegado dicha responsabilidad, atendiendo a lo

siguiente: [...] c) Al cierre de cada mes, la DGPP operará y expedirá los reportes

acumulados del registro programático-presupuestal en discos compactos, mismos que

comunicará por escrito a las UR'S y DGE's con el fin de revisar los registros y llevar

a cabo los procesos de conciliación establecidos”.

2. En la revisión de los informes trimestrales DAP-04 de la partida 3301 “Honorarios”, se

observó que fueron enviados a la DGAP con retrasos de 48 a 228 días hábiles, como se

muestra a continuación:

Oficio de envío a la DGAP Fechas de presentación Trimestre Número Fecha Acuse

de oficio Según

Lineamientos

Desfase en días hábiles

Primero SEDF/0229/2008 20/II/09 9/III/09 14/IV/08 228

Segundo SEDF/DA/0200/2008 13/III/08 9/III/09 14/VII/08 164

Tercero SEDF/DA/0272/2008 14/IV/08 9/III/09 14/X/08 100

Cuarto SEDF/DA/0379/2008 15/V/08 9/III/09 15/I/09 48

Por lo anterior, la SE no observó el numeral 1 del Apartado VII, Informes, de los

Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de

Servicios con cargo a las partidas Presupuestales: 3301 Honorarios ” vigente en 2008, que

instruye: “Las Dependencias […], remitirán a la DGAP mediante el formato DAP-04,

un informe trimestral sobre el cumplimiento del Programa Anual autorizado de Contratación

de Prestadores de Servicios, […] diez días hábiles posteriores al vencimiento del trimestre

que reportan”.

40 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de esa misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas por lo siguiente:

En su respuesta, la SE menciona: “La Subsecretaría de Egresos por medio de la Dirección

General de Política Presupuestal remite a las Dependencias, los listados definitivos para

el cierre de la Cuenta Pública el 31 de marzo del ejercicio inmediato posterior, para realizar la

conciliación definitiva, de las cifras que se presentan en la Cuenta Pública correspondiente”.

No obstante, la observación se refirió a las conciliaciones presupuestales mensuales.

Asimismo, indicó que ”los informes remitidos a la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal denominados DAP-04 con fecha 9 de marzo de 2009, son

los enviados con las observaciones realizadas por la DGADP, se anexa copia de los

oficios originalmente remitidos”. Al respecto, la documentación proporcionada fue objeto

de observación por los desfases presentados.

Recomendación ASC-129-08-08-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se presenten oportunamente a la Secretaría de Finanzas las conciliaciones mensuales

presupuestarias, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-09-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se presenten oportunamente a la Oficialía Mayor del Distrito Federal los informes

trimestrales sobre el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios (formato

DAP-04), en cumplimiento de la normatividad aplicable.

6. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó

a la SE los reportes del Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido y del Impuesto sobre

Nóminas mensuales y anual de 2008, así como los oficios por los que se remitieron a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM.

41 VOLUMEN 5/13

En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la

Dirección de Administración en la SE, proporcionó la información requerida. En su revisión,

se determinó lo siguiente:

1. La SE presentó oportunamente a la DGADP los reportes mensuales para el pago del

ISR retenido y del Impuesto sobre Nóminas de 2008, de conformidad con lo instruido

por la DGADP en la circular núm. DGADP/000028/2008 del 9 de enero de 2008.

“… envío el calendario para la recepción de la información mensual para el pago de las

retenciones de ISR y del Impuesto sobre Nóminas del ejercicio 2008 Formatos

DGADP-01 ‘Formato Múltiple para el Entero de Impuesto sobre la Renta Retenido

e Impuesto sobre Nómina con Recursos Presupuestales’ [...]

”En virtud de lo anterior les solicito girar sus apreciables instrucciones a quien

corresponda para que la información sea enviada puntualmente en la fecha y horarios

establecidos en el calendario anexo. No omito señalar que el tercer párrafo del artículo

19 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal

vigente, establece: ‘Los titulares de las dependencias, […] que realicen sus operaciones

con el Registro Federal de Contribuyentes del Gobierno del Distrito Federal [...] deberán

remitir correcta y oportunamente a la Oficialía la información necesaria, para que ésta

cumpla dentro de los plazos legales con la obligación de tramitar ante la Secretaría

el pago del Impuesto sobre la Renta’.”

2. Con el oficio núm. SEDF/DA/048/2009 del 20 de enero de 2009, la Dirección de

Administración en la SE presentó a la DGADP de la OM, con un desfase de 4 días

hábiles, el reporte anual del ISR retenido correspondiente a 2008 (formatos DGADP-06

“Detalle de ISR Anual de Honorarios Profesionales y Arrendamientos de Inmuebles”

y DGADP-07 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Asimilados a Salarios”). Dicho

reporte debió presentarse el 14 de enero de 2009.

Por lo anterior, la SE incumplió lo instruido por la DGADP de la OM, mediante

la circular núm. DGADP/000117/2008 del 15 de diciembre de 2008, a los Directores

Generales de Administración de las dependencias respecto a la entrega de la

información fiscal anual de 2008:

42 VOLUMEN 5/13

“Me refiero al numeral 1.3.10 de la Circular Uno […], en la cual establece la

responsabilidad de la Dependencias […] de enviar a la Dirección General de

Administración y Desarrollo de Personal, dentro de los primeros diez días hábiles

del mes de enero de cada año, la información para el cumplimiento de obligaciones

fiscales de carácter anual.

”Al respecto se hace del conocimiento […] que dicha información se deberá enviar

utilizando el siguiente esquema:

”1.- Fechas de entrega: Dependencias […] 14 de enero de 2009…”

3. Se determinó una diferencia de 0.9 miles de pesos entre el reporte anual del

ISR retenido (DGADP-06 y DGADP-07, por 20,102.4 miles de pesos) y los reportes de

los 12 meses de 2008 (DGAP-01, por 20,103.3 miles de pesos), como se muestra

a continuación:

(Miles de pesos)

Período Reporte Honorarios asimilados a salarios

Honorarios profesionales

Total

Anual DGADP-07 19,984.8

Anual DGADP-06 117.6

Total anual 19,984.8 117.6 20,102.4

Mensuales (12) DGAP-01 (19,985.7) (117.6) (20,103.3)

Diferencias (0.9) 0.0 (0.9)

Asimismo, el importe bruto de las 30 CLC (menos el monto de 3 DM) con las que la SE

ejerció el presupuesto de la partida 3301 “Honorarios” es de 137,676.5 miles de pesos

y que coincide con lo reportado en la Cuenta Pública. Esa cantidad, menos el ISR

retenido, por 20,121.5 miles de pesos, da un monto neto de 117,555.0 miles de pesos.

Si al importe retenido de 20,121.5 miles de pesos, se compara con el total reportado a

la DGADP de la OM para su entero mediante los formatos DGAP-01, por 20,103.3 miles

de pesos, se obtiene una diferencia enterada de menos por 18.2 miles de pesos;

respecto de lo reportado en los formatos DGADP-06 y DGADP-07, por 20,102.4 miles

de pesos, la diferencia de menos sería de 19.1 miles de pesos.

43 VOLUMEN 5/13

Mediante el oficio núm. ASC/129/08/SE/09-14 del 19 de enero de 2010, la CMHALDF

solicitó a la SE que explicara las diferencias determinadas; sin que al cierre de la

auditoría se hubiera recibido respuesta alguna.

Por las diferencias señaladas, la SE incumplió la circular de la DGADP núm.

DGADP/000117/2008 del 15 de diciembre de 2008, que en su numeral 3, inciso 5),

instruyó lo siguiente: “… 3. Consideraciones para el envío del ‘archivo anual’, […]

5) Verificar que los importes anuales del ISR retenido […] coincidan con los importes

acumulados de los reportes mensuales, enviados a través de los formatos DGADP-01

y DGADP-02”.

4. Mediante el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF

solicitó a la SE el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios 2008

y las modificaciones realizadas con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, así como

los anexos respectivos y los oficios de envío y de autorización de la DGAP, adscrita

a la OM.

En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la

Dirección de Administración en la SE proporcionó dicha información, en cuya revisión

se observó lo siguiente:

El total reportado en la Cuenta Pública como ejercido en 2008 por concepto de honorarios

asimilados a salarios, con cargo a la partida 3301 “Honorarios” de 137,676.5 miles

de pesos, no coincide con el que se presenta en el Programa Anual Autorizado de

Contratación de Prestadores de Servicios ni en los Informes Trimestrales sobre

el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios (DAP-04),

como se muestra en el cuadro siguiente:

44 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Oficios de Autorización de Modificación al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM

Informes Trimestrales (DAP-04)

Número Fecha Contratos Importe Contratos Importe

DGADP/000254/2008 6/II/08 578 25,893.5 578 25,578.5 DGADP/000874/2008 31/III/08 479 60,821.4 742 23,718.4 DGADP/001399/2008 12/V/08 259 13,755.2 1,112 32,490.3 DGADP/001817/2008 12/VI/08 3 260.7 1,274 48,016.0 DGADP/002127/2008 10/VII/08 1 84.6 DGADP/002128/2008 11/VII/08 2 299.4 DGADP/002130/2008 10/VII/08 6 910.5 DGADP/002198/2008 17/VII/08 1 67.4 DGADP/002238/2008 21/VII/08 33 1,730.7 DGADP/002348/2008 1/VIII/08 1 38.4 DGADP/002326/2008 4/VIII/08 88 6,183.1 DGADP/002620/2008 29/VIII/08 202 16,001.5 DGADP/002659/2008 5/IX/08 1 141.2 DGADP/002726/2008 8/IX/08 21 839.5 DGADP/002813/2008 17/IX/08 5 345.9 DGADP/002797/2008 19/IX/08 10 428.8 DGADP/002978/2008 1/X/08 32 879.3 DGADP/002670/2008 5/IX/08 2 320.0 DGADP/002918/2008 2/X/08 130 6,023.6

Total 1,854 135,024.7 1,274 129,803.2 Cuenta Pública (1,163) (137,676.5) (1,163) (137,676.5)

Diferencia 691 (2,651.8) 111 (7,873.3)

Lo anterior revela debilidades de control interno que contravienen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

artículo 16, III. Tercer lineamiento, inciso e, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 9 de abril de 2007, que establece: “Artículo 16. Para efectos del presente

Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes: […] III. Tercer

Lineamiento: Actividades de Control […] e) Registro oportuno y adecuado de las

operaciones y hechos. Las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el

momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia

y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en

informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma

de decisiones”.

45 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, no proporcionó documentación o información que desvirtuara las observaciones

precedentes.

Recomendación ASC-129-08-10-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se reporte oportunamente a la Dirección General de Administración y Desarrollo de

Personal de la Oficialía Mayor el Impuesto sobre la Renta retenido, mediante los formatos

DGADP-06 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Profesionales y Arrendamientos de

Inmuebles” y DGADP-07 “Detalle de ISR Anual de Honorarios Asimilados a Salarios”, en

cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-11-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se concilien los importes anuales del Impuesto sobre la Renta retenido con los que se

reporten mensualmente mediante los formatos DGADP-01 y DGADP-02, en cumplimiento

de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-12-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se concilien los importes que se presentan en la Cuenta Pública con cargo a la partida

3301 “Honorarios” con los reportados en el Programa Anual Autorizado de Contratación

de Prestadores de Servicios y en los Informes Trimestrales sobre el Programa Anual

Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios, en cumplimiento de la normatividad

aplicable.

7. Resultado

En el ejercicio de 2008, la SE ejerció con cargo a la partida 3301 “Honorarios” un monto

de 137,676.5 miles de pesos, que representa el 62.4% del total erogado en el capítulo

3000 “Servicios Generales” (220,484.6 miles de pesos).

46 VOLUMEN 5/13

Dicha partida mostró un incremento de 95,492.3 miles de pesos (226.4%) con referencia al

presupuesto ejercido en 2007, de 42,184.2 miles de pesos, y de 89,349.8 miles de pesos

(184.9%) respecto al presupuesto original de 2008 (48,326.7 miles de pesos).

Para el ejercicio de los recursos asignados a esta partida, la Jefatura de Unidad

Departamental de Recursos Humanos de la Dirección de Administración en la SE presentó

ante el Subcomité de Adquisiciones Arrendamiento y Prestación de Servicios (SAAPS)

de esa dependencia la solicitud para la contratación de 1,057 prestadores de servicios,

a fin de la integrar el Programa Anual de Honorarios Asimilables a Salarios del 1o. de enero

al 31 de diciembre de 2008 por un importe de 86,714.9 miles de pesos. Dicha solicitud fue

autorizada por el SAAPS en su primera sesión ordinaria, celebrada el 4 de junio de 2008,

de acuerdo con el numeral 10, “Informe de Autorización de Honorarios”, del Desahogo de

la Orden del Día.

Posteriormente, en sus sesiones tercera y quinta ordinarias, celebradas el 22 de agosto y el

28 de octubre de 2008, el SAAPS se dio por enterado del informe que presentó la Dirección

de Administración acerca de la continuidad de los programas de prestadores de servicios,

por importes de 3,391.8 miles de pesos (para 47 números de contratos) y 32,104.9 miles

de pesos (para 603 números de contratos), con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, para

el período del 1o. de junio al 31 de diciembre de 2008.

En total, en la primera, tercera y quinta sesiones ordinarias del SAAPS, la SE presentó para

su dictamen y conocimiento un total de 1,707 contratos, por un monto de 122,211.6 miles

de pesos, para el Programa Anual de Honorarios Asimilables a Salarios 2008. Esta

cantidades difieren de las reportadas en la Cuenta Pública, que fueron 1,163 contratos y

137,676.5 miles de pesos. Las diferencias fueron de 544 contratos de más y 15,464.9 miles

de pesos de menos.

Por lo anterior, la SE incumplió los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 9 de abril de 2007, específicamente el artículo 16, III. Tercer lineamiento:

Actividades de Control, inciso e), “Registro oportuno y adecuado de las operaciones

y hechos”.

47 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas por lo

siguiente:

La SE únicamente cita las facultades del Comité que se establecen en el artículo 21, fracción VII,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y los casos de excepción a la licitación

pública considerados en el artículo 54 del mismo ordenamiento; sin embargo, en el resultado

se refiere que la SE no cumplió el artículo 16, III. Tercer lineamiento: Actividades de Control

Pública Interno para la Administración del Distrito Federal.

Recomendación ASC-129-08-13-SE

Es conveniente que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

se concilien los importes y números de contratos que se presenten en la Cuenta Pública

respecto a la partida 3301 “Honorarios” con los reportados al Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, conforme a los Lineamientos Generales de

Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

8. Resultado

Para revisar la partida 3301 “Honorarios”, la CMHALDF requirió al sujeto fiscalizado CLC,

recibos, expedientes de personal, reportes de actividades, formatos de impuestos retenidos

y demás información y documentación complementaria que permitiera conocer el ejercicio

del gasto en dicha partida. De la revisión a la información y documentación proporcionadas

se determinó lo siguiente:

1. Mediante los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009 y SEDF/DA/0146/2010 de fechas 12 de

octubre de 2009 y 27 de enero de 2010, respectivamente, el Director de Administración

de la SE proporcionó a la CMHALDF la relación de 30 CLC que se expidieron para

realizar pagos en 2008 con recursos de la partida 3301 “Honorarios” por un importe

bruto de 140,661.4 miles de pesos (de éstos 20,233.5 miles de pesos corresponden a

ISR Retenido, llegando a un importe neto de 120,427.9 miles de pesos); 3 documentos

48 VOLUMEN 5/13

múltiples por un importe de 2,984.9 miles de pesos (núms. DM 36 C0 01 con terminaciones

00024, 00038 y 00050, de fechas 24 de octubre, 23 y 30 de diciembre, respectivamente,

todos de 2008), de lo cual se determinó un monto de 137,676.5 miles de pesos ejercido

por concepto de pago de honorarios asimilados a salarios.

Asimismo, proporcionó las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias

de honorarios correspondientes a la partida 3301 “Honorarios”, así como los archivos

magnéticos que contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador

de servicios, de 2008, en los que se registró un importe total de 139,921.4 miles de pesos.

Del comparativo efectuado por la CMHALDF entre el importe registrado por la Jefatura

de Unidad Departamental de Recursos Financieros (137,676.5 miles de pesos)

y lo reportado por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos

(136,936.5 miles de pesos), se desprende una diferencia de 740.0 miles de pesos,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe bruto ISR retenido Neto

Nóminas SE 139,921.4 20,143.7 119,777.7 Documentos Múltiples (DM) (2,984.9) (112.0) (2,872.9) Total nómina 136,936.5 20,031.7 116,904.8 Cuenta Pública * (137,676.5) (20,121.5) (117,555.0) Diferencia (740.0) (89.8) (650.2)

* Registrado en la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros de la SE.

Al respecto, mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-16 y ASC/129/08/SE/09-18

del 22 y 28 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó información o documentación que

aclarara la diferencia entre ambas jefaturas.

En respuesta al oficio núm. ASC/129/08/SE/09-16, con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010

con fecha de recibido 28 de enero de 2010, el Director de Administración de la SE

informó lo siguiente: “Para la integración […] se consideraron los soportes de las CLC

correspondientes, lo que derivó en una diferencia de $790,547.00 por la cancelación

de la CLC 36 CO 01 00484, la cual se encuentra soportada por el documento múltiple

36 CO 01 038, mismo que se anexa, cabe señalar que es la primera vez que se entrega

este documento a los auditores de la CMHALDF”.

49 VOLUMEN 5/13

En respuesta al oficio núm. ASC/129/08/SE/09-18, con el oficio núm. SEDF/DA/0156/2010

con fecha de recibido 3 de febrero de 2010, el Director de Administración de la SE

informó lo siguiente:

“… Las Nóminas Ordinarias, Extraordinarias, complementarias y el pago Extraordinario

otorgado por única vez, con cargo a la partida 3301 ‘Honorarios’ del ejercicio 2008 son

las que se encontraron en los archivos del Jefe de Unidad Departamental de Recursos

Humanos, del servidor público saliente, derivado al cambio de Administración […]

”La diferencia determinada se refiere al Documento Múltiple núm. 36 C0 01 0038

de fecha 19 de diciembre de 2008, por un importe de $790,547.00, el cual se entregó en

el requerimiento anterior…”

Lo anterior no aclara las diferencias determinadas, ya que el monto del DM que el sujeto

fiscalizado menciona, (790.5 miles de pesos) ya se había restado a los totales de ambas

unidades administrativas. El hecho de que el importe reportado por la Jefatura de Unidad

Departamental de Recursos Financieros, que es el efectivamente erogado porque

corresponde al total de las CLC menos los DM y al que se presentó en la Cuenta Pública

(137,676.5 miles de pesos) difieren del registrado por la Jefatura de Unidad Departamental

de Recursos Humanos (136,936.5 miles de pesos), lo que evidencia debilidades de

control interno. Por ello, se incumplieron los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer lineamiento:

Actividades de Control, inciso e), Registro oportuno y adecuado de las operaciones

y hechos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

2. Mediante los oficios núms. ASC/09/1447, ASC/129/08/SE/09-08 y ASC/129/08/SE/09-18

del 18 de septiembre y 4 de diciembre de 2009 y 28 de enero de 2010, la CMHALDF

solicitó a la SE las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios

correspondientes a la partida 3301 “Honorarios”, así como los archivos magnéticos que

contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador de servicios,

correspondiente a 2008.

En respuesta, con los oficios núms. SEDF/DA/1463/2009, SEDF/DA/1737/2009

y SEDF/DA/0156/2010 de fechas 12 de octubre y 9 de diciembre de 2009 y 3 de febrero

50 VOLUMEN 5/13

de 2010, fecha de recibido en ese orden, la Dirección de Administración proporcionó

dicha información. De su análisis se desprende lo siguiente.

La nómina proporcionada por la Jefatura de Recursos Humanos de la SE está integrada

por 1,163 folios, que corresponden al mismo número de prestadores de servicios, con cargo

a la partida 3301 “Honorarios”. Al respecto, 59 folios, por un importe de 1,084.6 miles de

pesos, carecen del nombre completo del prestador de servicios, del Registro Federal

de Contribuyentes y del número de contrato. Además, entre el importe registrado por

la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros (137,676.5 miles de

pesos) y lo reportado por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos

en la nómina del ejercicio de 2008 (136,936.5 miles de pesos) hay una diferencia de

740.0 miles de pesos, como sigue:

(Miles de pesos)

Folios Concepto Importe bruto ISR retenido Importe neto

33 “Por confirmar” 462.9 71.3 391.6 25 “Vacantes” 601.7 99.3 502.4

1 “No se pagó” 20.0 3.0 17.0

59 No identificados 1,084.6 173.6 911.0 1,104 Prestadores de servicios 138,836.8 19,970.1 118,866.7

1,163 Total folios nómina SE 139,921.4 20,143.6 119,777.7

Documentos Múltiple (2,984.9) (112.0) (2,872.9)

Total nómina JUD Recursos Humanos 136,936.5 20,031.7 116,904.8 Total nómina JUD Recursos Financieros (137,676.5) (20,121.5) (117,555.0)

Diferencia (740.0) (89.8) (650.2)

Mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-07 y ASC/129/08/SE/09-16 del 24 de

noviembre de 2009 y 22 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó a la SE que proporcionara

información o documentación que precisara si respecto a los 33 folios identificados con el

concepto “Por confirmar”, los 25 folios con la leyenda “Vacantes” y el folio que indica “No se

pagó”, se pagaron los importes señalados en la nómina anual de 2008 proporcionada por la

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos de la SE; y los motivos por los

cuales carecen de los nombres de los prestadores de servicio.

En respuesta, la SE, a través del Director de Administración, con el oficio

núm. SEDF/DA/1696/2009 del 30 de noviembre de 2009, proporcionó tres notas informativas

51 VOLUMEN 5/13

sin número de fecha 30 de noviembre de 2009, mediante las cuales el Jefe de Unidad

Departamental de Recursos Humanos de la SE aclaró las observaciones relativas a los

33 folios “Por Confirmar” y a los 25 folios “Vacantes”, quedando pendiente por comprobar

el folio que indica “No se pagó”. En dichas notas se señala lo siguiente:

“De los 33 folios identificados con la leyenda ‘Por Confirmar’ anexo a la presente copia de las

pólizas y credenciales de elector de las personas que cobraron en ese período así como los

expedientes que obran en esta Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos.

”Del listado de los prestadores de servicios identificados como ‘Vacantes’, me permito

informar a usted que los folios 118.2, 399.2 y 1,106.2 corresponden al mes de noviembre

y los folios 1,261.1 y 1,262.1 corresponden al mes de diciembre, como se puede verificar en

el propio listado y en las nóminas de los meses de noviembre y diciembre, sin embargo,

por un error al elaborar en los listados se colocaron las fechas de inicio, en el mes de

septiembre y octubre.

”Del listado antes mencionado, los folios identificados como ‘Vacantes’, corresponden

a montos que fueron solicitados en las Cuentas por Liquidar Certificadas y que no fueron

pagados a prestadores de servicios; dichos importes fueron reintegrados a la Secretaría

de Finanzas y se elaboraron los Documentos Múltiples de Reintegro.

”Por lo antes descrito, dichos montos no corresponden a personas en particular, por lo que

no se estableció relación contractual, por lo que no existen expedientes.

”Del folio con la leyenda ‘No se pagó’ me permito comentar que es el folio número

740.1 en el período 1 de junio de 2008 al 30 de junio de 2008. Derivado de la búsqueda en los

archivos que obran en esta Secretaría de Educación del Distrito Federal, se encontró dicho

folio como ‘vacante’ en ese período, por lo que no existe póliza relacionada con dicho pago.

”Sin embargo, se hará una revisión de los archivos por lo que, de ser el caso, se hará llegar.”

Con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010 del 27 de enero de 2010, el Director de

Administración de la SE proporcionó el anexo núm. 2, en el cual informó que respecto

52 VOLUMEN 5/13

a los motivos de que en el reporte de nómina proporcionado por la SE y a que a su vez

así se remitió a la DGADP aparecen con la leyenda “Por confirmar” y no con los datos del

prestador de servicios, “se desconoce los motivos de envío de los reportes de nómina

correspondientes al período de enero a septiembre, no obstante a partir del mes de octubre

a diciembre de 2008, se modificó su forma”.

Respecto a confirmar que las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias

de honorarios correspondientes a la partida 3301 “Honorarios” del ejercicio de 2008 y la

relativa al pago extraordinario otorgado por única vez, así como los archivos magnéticos

que contienen la relación de contratos y montos ejercidos por cada prestador de servicios

(de 2008) proporcionados por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos de

la SE por un monto de 139,921.4 miles de pesos son los definitivos al 31 de diciembre

de 2008, el Director de Administración de la SE, con el oficio núm. SEDF/DA/0156/2010,

recibido el 3 de febrero de 2010, envió nota informativa sin fecha y sin número, mediante

la cual el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Financieros de la SE informó que

“las Nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios correspondientes

a la partida 3301 ‘Honorarios’ del ejercicio 2008 y la relativa al pago extraordinario otorgado

por única vez, correspondientes a los meses de enero a septiembre de 2008 son las que se

encontraron en los archivos del Jefe de la Unidad Departamental de Recursos Humanos,

del servidor público saliente, derivado del cambio de Administración”.

No obstante que el sujeto fiscalizado aclaró los conceptos no identificados de “Por confirmar”

y “Vacantes” de las CLC expedidas para el pago de sueldos asimilados a salarios, el hecho

de que tenga que explicar los mismos y no identifiquen sus registros de inmediato a las

personas por las cuales se expidieron, evidencia debilidades de control interno; por lo tanto,

se incumplieron los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer lineamiento: Actividades de Control,

inciso e), Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

Asimismo a lo no comprobado de un folio denominado “No se pagó”, por un monto de

20.0 miles de pesos, mismo que por encontrarse “vacante” no se contó con el contrato

correspondiente, la SE no observó el artículo 381, fracción III, del Código Financiero

53 VOLUMEN 5/13

del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “las Dependencias […] deberán cuidar

bajo su responsabilidad, que los pagos que hayan autorizado con cargo a sus presupuestos

aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos […] III. Que se encuentren

debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,

entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación

de hacer un pago y por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las

sumas de dinero correspondientes”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones expuestas, por lo

siguiente:

En su respuesta menciona que: “mediante oficio SEDF/DA/0156/2010 de fecha 29 de

febrero de 2010, en la cual se anexa nota informativa misma que explica la variación”.

Del análisis de dicha respuesta se determina que subsiste el resultado, ya que es la misma

proporcionada durante la auditoría.

Recomendación ASC-129-08-14-SE

Es conveniente la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

los importes reportados en la Cuenta Pública con cargo a la partida 3301 “Honorarios”

coincidan con los registros de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Financieros y de Recursos Humanos, en cumplimiento de la normatividad vigente.

Recomendación ASC-129-08-15-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que en sus nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados

a sueldos y salarios invariablemente se anoten los nombres y apellidos, número de contrato

y Registro Federal de Contribuyentes de todos los prestadores contratados con cargo a la

partida 3301 “Honorarios”, conforme a los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal y en cumplimiento de la normatividad vigente.

54 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-129-08-16-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que en las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados

a sueldos y salarios no se utilicen los conceptos “Por confirmar”, “Vacantes y “No se pagó”

de los prestadores contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, en cumplimiento

de la normatividad vigente.

Recomendación ASC-129-08-17-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que en las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales asimilados

a sueldos y salarios se anoten las fechas correctas del período de pago, en cumplimiento

de la normatividad vigente.

Recomendación ASC-129-08-18-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que los pagos de las nóminas ordinarias y extraordinarias de honorarios profesionales

asimilados a sueldos y salarios se encuentren debidamente comprobados y justificados con

los documentos originales respectivos, entendiéndose por comprobantes los documentos

que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes, en cumplimiento de la

normatividad vigente.

9. Resultado

Con la finalidad de constatar que los expedientes de los prestadores de servicios de

la SE estuvieran integrados con la documentación prevista en la normatividad aplicable que

soporta su ingreso al sujeto fiscalizado y que se conservan de acuerdo con los plazos

legales establecidos, mediante muestreo estadístico se seleccionaron 119 prestadores

de servicios que recibieron pago por concepto de honorarios asimilables a sueldos en

diciembre de 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; sus expedientes se

solicitaron a la SE por medio del oficio núm. ASC/129/08/SE/09-03 del 29 de octubre

de 2009.

55 VOLUMEN 5/13

Con base en el análisis de los 119 expedientes de personal proporcionados por la Dirección

de Administración de la SE con el oficio núm. SEDF/DA/1584/2009 del 4 de noviembre

de 2009, se determinó que carecen de lo siguiente:

Documento Expedientes con faltantes

Formato de solicitud de empleo. 8 Copia certificada de acta de nacimiento. 3 Currículum Vítae. 2 Registro Federal de Contribuyentes. 3 Documento que acredite el nivel máximo de estudios. 2 Dos fotografías tamaño infantil. 5 Escrito en el que el prestador de servicios, manifiesta bajo protesta de decir verdad que no tiene otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno con el Gobierno del Distrito Federal. 100 Escrito en el que el prestador de servicios manifiesta que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la Contraloría General del Distrito Federal si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal. 110 Constancia de no existencia de registro de inhabilitación expedida por la Contraloría General del Distrito Federal para desempeñar la prestación de los servicios objeto del contrato de acuerdo con la declaración II.4 de los Contratos de Prestadores de Servicios. 114

1. En el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad Departamental

de Recursos Humanos de la SE, se solicitó que señalaran los elementos básicos que

deben contener los expedientes de las personas contratadas por honorarios.

Al respecto, el titular de la jefatura indicó: “… los expedientes de los prestadores

de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios deben

contener como mínimo los establecidos en la Circular Uno de la Oficialía Mayor para

aspirantes a ocupar una plaza en una dependencia”.

Por no contar con la documentación solicitada para integrar los expedientes de

personal, la SE incumplió los numerales 1.3.7 y 1.3.15 de la “Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno).

El primero establece que, “previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante

a ocupar una plaza en alguna de las Dependencias […] deberá entregar lo siguiente:

a) Formato de solicitud de empleo totalmente requisitado. b) Copia Certificada del Acta

de nacimiento. c) Currículum Vitae […] f) Copia del documento en donde conste la clave

56 VOLUMEN 5/13

del Registro Federal de Contribuyentes […] h) Documento que acredite el nivel máximo

de Estudios […] j) Dos fotografías tamaño infantil de frente k) Escrito en el que

manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno del

Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador

de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal. l) Escrito en el que manifieste

que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF,

si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que

en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar

a laborar en el Gobierno del Distrito Federal …”. El segundo numeral indica que:

“El Titular del Área de Recursos Humanos de la Dependencia, es responsable de la […]

actualización de los expedientes de personal de los trabajadores adscrito”.

Además, la SE no observó el numeral 2 del apartado VIII, “Responsabilidades”, de los

“Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de

Servicios Profesionales con Cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 ‘Honorarios’, 3302

‘Capacitación’, 3303 ‘Servicios de Informática’, 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’

y 3305 ‘Estudios e Investigaciones’ para el Ejercicio Presupuestal 2006, expedidos por

la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006, vigentes en 2008. Dicho numeral señala:

“Será responsabilidad de los servidores públicos competentes de las Dependencias

[…] la elaboración, procesamiento y operación de los contratos, así como, el trámite

para recabar los documentos que avalen la contratación de los prestadores de servicios,

en el ámbito de sus respectivas competencias”.

Por no conservar en los expedientes de los prestadores de servicios profesionales

asimilados a sueldos y salarios las constancias de no existencia de registro de

inhabilitación expedida por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF), la SE no

cumplió con lo dispuesto por el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal

que establece:

“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades están obligadas

a conservar en su poder y a disposición de la Secretaría y de otras autoridades

competentes, por los plazos que se establezcan en los ordenamientos legales aplicables,

57 VOLUMEN 5/13

los libros, registros auxiliares e información correspondiente, así como los documentos

originales justificativos y comprobatorios de sus operaciones financieras.”

2. Del análisis de los contratos e informes de actividades incluidos en los 119 expedientes

de los prestadores de servicios, se detectó que en 4 de ellos se informó que realizaron

actividades en 2008 distintas de las señaladas en la cláusula primera “objeto del

contrato”, como se indica a continuación:

Contrato Actividades por desarrollar y desarrolladas

Número Vigencia Según el objeto del contrato Según informes mensuales

342/2008 Del 1/IV/08 al 31/XII/08

Seguimiento y vigilancia puntual del desarrollo académico de los alumnos y asegurar su aprovechamiento máximo dotándolos de las herramientas necesarias para su educación.

Se realizaron actividades respecto al adecuado funcionamiento de las instalaciones y mantenimiento físico y estructural de la SE (informe de abril de 2008). Se efectuaron traslados de personal de Centros de Transformación Educativa a diferentes Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal, tales como GAM, Azcapotzalco, Iztapalapa, etc. (informes de mayo a diciembre de 2008).

222.2/2008

Del 1/XI/08 al 31/XII/08

Dar seguimiento a los convenios, contratos y pedidos que se finquen a proveedores de la SE, con el objeto de que cumplan las condiciones y requisitos de compra establecidos en la normatividad vigente.

Elaboración de la nómina del personal de estructura y técnico operativo. Control del registro de asistencia del personal técnico operativo adscrito a la SE. Elaboración de hojas de servicios, constancias laborales y comprobantes de servicios. Trámite de altas, bajas y modificaciones salariales ante el ISSSTE, entre otras, respecto al manejo y control del personal de la SE. Elaboración de reintegros de sueldos capítulo 1000.

1100.2/2008

Del 16/X/08 al 31/XII/08

Coordinar, evaluar y apoyar la educación de programas acciones y modelos educativos encaminados y mejoramiento de la educación secundaria en el Distrito Federal.

Coordinar y apoyar el programa de educación a distancia. Realizar las evaluaciones del programa de educación a distancia. Revisión de los diversos juicios relacionados con la SE.Realizar cuadros comparativos y opiniones respecto de proyectos de leyes o reformas, decretos, normas y demás disposiciones normativas relacionadas con el ámbito de competencia de la SE. Elaboración de contratos de adquisiciones, derivados de las licitaciones, invitaciones restringidas convocadas por la SE, o bien por adjudicaciones directas, entre otras respecto a actividades administrativas.

252/2008

Del 1/I/08 al 31/III/08

Seguimiento y vigilancia puntual del desarrollo académico de los alumnos y asegurar su aprovechamiento máximo dotándolos de las herramientas necesarias para su educación.

Realización de inspecciones técnicas en diversos planteles (primarias, secundarias y jardines de niños), determinándose la falta de trabajos de albañilería, impermeabilización, pintura general, herrería y aluminio, así como la reparación de instalaciones eléctricas e hidrosanitarias. Supervisión de inmuebles para determinar riesgos, trabajos inconclusos, obras abandonadas, quejas de padres de familia y directores de los planteles.

Por realizar actividades distintas de las contratadas y no formular los convenios

modificatorios procedentes, la SE incumplió la cláusula décima quinta de los contratos

originalmente suscritos, misma que establece:

58 VOLUMEN 5/13

“Décima quinta.- Modificación al contrato.- El presente contrato podrá ser modificado en

todo o en partea través del convenio modificatorio respectivo, mismo que será suscrito por

los servidores públicos que celebran el presente instrumento o por quien los sustituya en el

cargo o funciones, en términos del artículo 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, cuando así lo considere necesario ‘la Secretaría’.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,

por lo siguiente:

En su respuesta, la SE menciona: “Se anexa copia de los informes de los Prestadores de

Servicios Profesionales realizados durante el período observado, no omito manifestar

a usted que los que se encontraron en los archivos correspondientes, son las actividades

extras realizadas por dichos prestadores”. Sin embargo, no anexó al oficio de respuesta

ningún documento, por lo cual el resultado subsiste.

Recomendación ASC-129-08-19-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que previo a la formalización de la relación laboral de los aspirantes a ocupar una plaza de

honorarios profesionales asimilados a sueldos y salarios en la Secretaría cuente con los

documentos que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-20-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para verificar

y constatar oportunamente que los prestadores de servicios de honorarios profesionales

asimilados a sueldos y salarios cumplan con el objeto del contrato estipulado en los contratos

correspondientes y de proceder formular los convenios modificatorios respectivos, en

cumplimiento de lo estipulado en los contratos de prestación de servicios.

59 VOLUMEN 5/13

10. Resultado

Con el oficio núm. ASC/09/0996 del 9 de julio de 2009, la CMHALDF solicitó a la OM las

nóminas ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal de las 24 quincenas

de 2008, las cuales fueron proporcionadas por la Dirección General de Administración de

la OM mediante el oficio núm. OM/DGA/1058/2009 del 23 de julio de 2009.

Al comparar dichas nóminas centralizadas con las nóminas de la SE de honorarios de

prestadores de servicios profesionales, de honorarios asimilables a salarios, del mismo

año, se observó lo siguiente:

1. La SE pagó 837.0 miles de pesos a 21 prestadores de servicios con cargo a la partida

3301 “Honorarios”, de los cuales 19 prestadores de servicios cobraron, durante los

mismos períodos, en otras dependencias del Gobierno del Distrito Federal y en la

misma SE en la nómina centralizada, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Nóminas de honorarios de la Secretaría de Educación Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número

de contrato Período Monto

(1) Dependencia Período Monto

(2) (1)+(2)

(3)

218/2008 1o. de enero al 15 de febrero de 2008

19.5 Dirección General del Instituto del Deporte del Distrito Federal

1o. de enero al 15 de febrero de 2008

34.6 * 54.1

1100.1/2008 y

1265/2008

1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008

25.1 Oficialía Mayor 1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008

18.2 * 43.3

304/2008 y

227/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008

97.1

Dirección General de Prevención y Readaptación Social

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008

75.9 * 173.0

222/2008

1o. al 15 de abril de 2008 5.2 Secretaría de Transportes y Vialidad

1o. al 15 de abril de 2008 2.8 * 8.0

983/2008

16 de agosto al 31 de diciembre de 2008

49.7 Delegación Cuauhtémoc

16 de agosto al 31 de diciembre de 2008

19.0 * 68.7

666/2008

1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.5 Delegación Cuauhtémoc

1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.2 * 10.7

1062.1/2008 1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008

16.7 Jefatura de Gobierno del Distrito Federal

1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008

10.4 * 27.1

270/2008 1o. al 31 de enero de 2008 10.8 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

1o. al 31 de enero de 2008 8.6 * 19.4

197/2008 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 Tesorería del Gobiernodel Distrito Federal

16 al 29 de febrero de 2008 4.3 * 11.5

656/2008 1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.5 Delegación Cuauhtémoc

1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.2 * 10.7

111.1/2008 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008

75.3 Secretaría de Salud 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008

17.2 * 92.5

Continúa…

60 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Nóminas de honorarios de la Secretaría de Educación Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número

de contrato Período Monto

(1) Dependencia Período Monto

(2) (1)+(2)

(3)

126/2008 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 Secretaría de Transportes y Vialidad

1o. al 15 de abril de 2008 2.8 * 10.0

1074 A/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

128.6 Secretaría de Salud 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

72.4 * 201.0

445/2008 y

348/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

66.7 Delegación Gustavo A. Madero

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

50.0 * 116.7

489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008

27.5 Dirección General del Instituto del Deportedel Distrito Federal

1o. de junio al 15 de julio de 2008

23.6 * 51.1

491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008

36.6 Delegación Cuauhtémoc

1o. de junio al 31 de julio de 2008

35.8 * 72.4

486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 Dirección General del Instituto del Deportedel Distrito Federal

1o. al 15 de agosto de 2008 7.8 * 17.0

712.1/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

22.2 Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental

1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

22.5 * 44.7

22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 Secretaría de Educación1

1o. al 31 de octubre de 2008 25.2 60.7

201/2008 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 Secretaría de Educación1

1o. al 31 de enero de 2008 5.2 19.6

185/2008

128/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

172.4 Delegación Venustiano Carranza

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

54.7 *

227.1

837.9 501.4 1,339.3

* Confirmado con el ente. 1 Tipo de Nómina del GDF: Base

Por lo anterior, con los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-10 y ASC/129/08/SE/09-12

de fechas 23 de diciembre de 2009 y 11 de enero de 2010, la CMHALDF solicitó a

la SE información y documentación certificada relativa a los prestadores de servicios

con contrato núms. 22.2/2208 y 201/2008 de honorarios asimilables a salarios, por

estar contratados como personal de base en la SE y cobrar a través de la nómina del

Gobierno del Distrito Federal en el mismo período.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDF/DA/1808/2009 de fecha 31 de diciembre

de 2009 de la Dirección de Administración en la SE, respecto al prestador de servicios

con contrato núm. 22.2/2008 proporcionó el nombramiento, Documento Alimentario de

Personal, Alta, constancia de nombramiento de personal en el cual se especifica la baja

por renuncia del 30 de septiembre de 2008, fichas de depósito, recibos de entero de la SF

y comprobantes de liquidación de pago del 1o. al 15 de octubre y del 16 al 31 de octubre

de 2008 debidamente cancelados.

61 VOLUMEN 5/13

Además con el oficio núm. SEDF/DA/036/2010 de fecha 13 de enero de 2010, referente

al prestador de servicios con contrato núm. 201/2008, remitió constancia de movimiento

de personal en la que se especifica en la descripción del movimiento: Licencia sin sueldo

limitada con una vigencia del 1o. de noviembre de 2007 al 30 de abril de 2008, oficio

núm. DRL/4277/2007 del 6 de diciembre de 2007, con el que autorizó la Dirección de

Relaciones Laborales de la Oficialía Mayor la licencia sin goce de sueldo de dicho

prestador de servicios, los comprobantes de liquidación de pago de las quincenas del

1o. al 15 de enero y del 16 al 31 de enero de 2008 cancelados, fichas de depósito

y recibos de entero de la SF.

Las fichas de depósitos de los reintegros efectuados se detallan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato

Reintegro efectuado Fecha del depósito

Importe de reintegro

Período de reintegro

22.2/2008 Total

Scotiabank número de Cta. 100911771 a nombre de la Secretaría de Finanzas Scotiabank número de Cta. 100911771 a nombre de la Secretaría de Finanzas

17/X/08

10/XI/08

12.6

12.6

25.2

Primera quincena de octubre Segunda quincena de octubre

201/2008 Scotiabank número de cuenta 5899699 a nombre de la Secretaría de FinanzasScotiabank número de cuenta 5899699 a nombre de la Secretaría de Finanzas

8/I/08

31/I/08

2.5

2.7

Primera quincena de enero Segunda quincena de enero

Total 5.2

Con objeto de constatar la información proporcionada por la OM en relación con los

pagos efectuados por otros entes, la CMHALDF les solicitó copias certificadas de la

documentación que acreditara la contratación y pagos realizados en 2008 a los

restantes 19 prestadores de servicios, por medio de los oficios núms. ASC/10/0055 al

0069, todos de fecha 18 de enero de 2010, y a la fecha del cierre de la auditoría se

había obtenido respuesta de la Dirección General del Instituto del Deporte, Contraloría

General, Oficialía Mayor, Dirección General de Prevención y Readaptación Social,

Secretaría de Transportes y Vialidad, Delegación Cuauhtémoc, Jefatura de Gobierno,

Procuraduría General de Justicia, Tesorería del Gobierno del Distrito Federal,

Secretaría de Salud, Secretaría de Cultura, Delegación Gustavo A. Madero, Dirección

General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental y de la Delegación Venustiano

62 VOLUMEN 5/13

Carranza. Se confirmó que los prestadores de servicios mencionados sí laboraron en

esos entes por los períodos indicados y percibiendo los sueldos señalados.

Cabe señalar que los expedientes de los 19 prestadores de servicios contienen los

escritos de manifestación “bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el

Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno

como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal” y en el que

manifiestan que “da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte

en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio

público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá

ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal”.

Respecto al primer escrito con el que se manifiesta bajo protesta de decir verdad no

tener, al momento de la suscripción del contrato con la SE, otro empleo en el Gobierno

del Distrito Federal, los 19 prestadores de servicios declararon con falsedad la declaración

núm. II.4 de los contratos de prestación de servicios profesionales que suscribieron.

En cuanto al escrito de no inhabilitación, expedido por la CGDF, sólo los siguientes

5 expedientes contienen éste, por lo que la SE incumplió, por lo que se refiere a los

restantes 14 prestadores de servicios contratados lo dispuesto en el numeral 1.3.7,

inciso i, en relación con el penúltimo párrafo de dicho numeral, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal: (Circular Uno) del 12 de

abril de 2007.

(Miles de pesos)

Contrato Período Monto

666/2008 1o. al 15 de octubre y del 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.5

489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008 27.5

491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008 36.6

486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2

22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5

63 VOLUMEN 5/13

2. Mediante los oficios núms. ASC/129/08/SE/09-06, ASC/129/08/SE/09-11 y

ASC/129/08/SE/09-13, de fechas 24 de noviembre y 23 de diciembre de 2009, y 18 de

enero de 2010, respectivamente, la CMHALDF solicitó la documentación soporte que

acredite los pagos, como son: pólizas de cheques, trasferencias, recibos, así como

los depósitos en cuenta bancaria y los números de cuenta de dichos depósitos de cada

uno de los prestadores de servicios que resultaron del cruce de las nóminas de la SE

con las nóminas del Gobierno del Distrito Federal. En respuesta, con los oficios

núms. SEDF/DA/1695/2009, SEDF/DA/1806/2009 y SEDF/DA/0103/2010 de fechas

30 de noviembre y 28 de diciembre de 2009 y 21 de enero de 2010, la Dirección de

Administración en la SE, con el primer oficio sólo remitió relación de los prestadores de

servicios en la que especifica el período, tipo de pago y número de cuenta.

Posteriormente, con el segundo y tercer oficios remitió pólizas cheque y reportes de las

nóminas de Banorte de enero, febrero, marzo y diciembre de 2008, con los cuales se

constatan las transmisiones a prestadores de servicios; sin embargo, no proporcionó la

totalidad de la documentación soporte que acredite los pagos realizados por un monto

de 540.5 miles de pesos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Contrato Período (cruce)

Monto del contrato

( 1 )

Forma de pago

Período pagado

Importe comprobado

( 2 )

Pagos no comprobados

( 1 ) – ( 2 ) ( 3 )

218/2008* 1o. de enero al 15 de febrero de 2008

19.5 19.5

222.2/2008 1o. al 15 de noviembre de 2008 5.2 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 5.2 0.0

1100.1/2008 y 1265/2008

1o. al 15 de octubre de 2008 16 de octubre al 15 de noviembre de 2008

25.1 Cheque 16 al 31 de octubre de 2008 7.5 17.6

304/2008 y 227/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 15 de noviembre de 2008

97.1 Transmisión cuenta 553888584Transmisión cuenta 547555988

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008

27.7

4.6

64.8

222/2008 1o. al 15 de abril de 2008 5.2 Cheque 1o. al 15 de abril de 2008 5.2 0.0

983/2008 16 de agosto al 31 de diciembre de 2008

49.7 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 10.9 38.8

666/2008 1o. al 15 de octubre y del 1o al 15 de noviembre de 2008

5.5 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 2.8 2.7

1062.1/2008 1o. de octubre al 31 de diciembre de 2008

16.7 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 5.5 11.2

270/2008* 1o. de enero al 29 de febrero de 2008

21.5 21.5

197/2008 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 Cheque 16 al 29 de febrero de 2008 7.2 0.0

656/2008 1o. al 15 de octubre de 2008 1o. al 15 de noviembre de 2008

5.5 Cheque 1o. al 15 de noviembre de 2008 2.8 2.7

Continúa…

64 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Contrato Período (cruce)

Monto del contrato

( 1 )

Forma de pago

Período pagado

Importe comprobado

( 2 )

Pagos no comprobados

( 1 ) – ( 2 ) ( 3 )

111.1/2008 1o. de agosto al 31 de diciembre de 2008

75.3 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 15.0 60.3

28.1/2008* 1o. al 15 de junio de 2008 17.8 17.8

126/2008 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 Cheque 1o. al 15 de abril de 2008 7.2 0.0

1074 A/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

128.6 Cheque 1o. al 31 de diciembre de 2008 32.2 96.4

445/2008 y 348/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

66.7 Cheque Transmisión cuenta 547555988

1o al 31 de marzo de 2008 1o. al 31 de diciembre de 2008

5.5 42.2

19.0

489.1/2008 1o. de junio al 15 de julio de 2008

27.5 Cheque 1o. al 15 de julio de 2008 9.2 18.3

491.1/2008 1o. de junio al 31 de julio de 2008

36.6 Cheque 1o. al 31 de julio de 2008 18.3 18.3

486.1/2008 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 Cheque 1o. al 15 de agosto de 2008 9.2 0.0

712.1/2008 1o. de septiembre al 31 de diciembre de 2008

22.2 Cheque 1o. al 30 de noviembre de 2008 5.5 16.7

22.2/2008 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 Cheque 1o. al 31 de octubre de 2008 35.5 0.0

201/2008 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 Cheque 1o. al 31 de enero de 2008 14.4 0.0

185/2008 y 128/2008

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. de abril al 31 de diciembre de 2008

172.4

Transmisión cuenta 560420601Transmisión cuenta 560420601

1o. de enero al 31 de marzo de 2008 1o. al 31 de diciembre de 2008

43.1

14.4

114.9

871.6 331.1 540.5

* La Secretaría de Educación no proporcionó evidencia de los pagos realizados en los períodos solicitados de estos prestadores de servicios.

Por no proporcionar la documentación que acredite los pagos realizados a los prestadores

de servicios (pólizas de cheques, trasferencias, recibos, así como los depósitos en cuenta

bancaria y los números de cuenta de dichos depósitos de cada uno de los prestadores

de servicios), por un monto de 540.5 miles de pesos, la SE incumplió el artículo 546 del

Código Financiero del Distrito Federal de 2008.

3. Del análisis de los 23 expedientes de los prestadores de servicios profesionales

contratados por honorarios asimilables a salarios, determinados en el cruce realizado

de las nóminas ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal con las

nóminas de la SE que la Dirección de Administración proporcionó mediante el oficio

núm. SEDF/DA/1695/2009 del 30 de septiembre de 2009, se determinó que de los

23 expedientes revisados, 3 no contienen el formato de solicitud de empleo, 2 no

cuentan con las fotografías tamaño infantil, 5 no contienen el escrito con el que se

manifiesta bajo protesta de decir verdad que el servidor público no tiene otro empleo en el

Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como

65 VOLUMEN 5/13

prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal, 13 expedientes

no cuentan con el manifiesto en el que se precisa de que se encuentra al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones fiscales establecidas en el Código Financiero del

Distrito Federal y en los 22 expedientes no se localizó la constancia de no existencia

de registro de inhabilitación expedida por la CGDF para desempeñar la prestación de

los servicios objeto del contrato.

Cabe señalar, que en el cuestionario de control interno aplicado a la Jefatura de Unidad

Departamental de Recursos Humanos de la SE, ésta indicó en la pregunta en la que se

solicitó que precisara los elementos básicos que deben contener los expedientes de las

personas contratadas por honorarios en 2008 que “los expedientes de los prestadores

de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios deben

contener como mínimo los establecidos en la Circular Uno de la Oficialía Mayor para

aspirantes a ocupar una plaza en una dependencia”.

Por no contar con la documentación solicitada para integrar los expedientes de personal,

la SE no observó lo dispuesto en los numerales 1.3.7 y 1.3.15 de la “Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril

de 2007, vigente en 2008).

Además, no observó el numeral 2 del apartado VIII, “Responsabilidades”, de los

Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de

Servicios Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,

3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y

Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio Presupuestal 2006,

expedidos por la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006, vigentes en 2008.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010 de la misma fecha, proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,

por lo siguiente:

66 VOLUMEN 5/13

La SE menciona que acompañan al oficio de respuesta los oficios remitidos a los prestadores

de servicios profesionales señalados en el presente resultado, para que se realicen

las aclaraciones pertinentes; sin embargo, no se anexó ningún documento, por lo que las

observaciones del resultado prevalecen.

Recomendación ASC-129-08-21-SE

Es conveniente que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para constatar

que los prestadores de servicios contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios”

no formen parte de la nómina del Sistema Integral Desconcentrado de Nómina del Gobierno

del Distrito Federal o, en su caso, que dichos prestadores de servicios cuenten con la

autorización de contratación otorgada por la Contraloría General del Distrito Federal,

de conformidad con la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-22-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

los expedientes de los prestadores de servicios contengan el escrito de no inhabilitación

expedido por la Contraloría General del Distrito Federal, en cumplimiento de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-23-SE

Se reitera la quinta recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 8.

Recomendación ASC-129-08-24-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que los expedientes de los prestadores de servicios contengan el escrito con el que éstos

manifiestan que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,

conforme se estipule en los contratos de prestación de servicios que se suscriban y en

cumplimiento de la normatividad vigente.

67 VOLUMEN 5/13

11. Resultado

Con objeto de verificar el cumplimiento de las Disposiciones de Racionalidad y Austeridad

señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2008, por medio del oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009,

la CMHALDF solicitó a la SE las medidas y acciones de austeridad implementadas en 2008,

conforme al Manual de Buenas Prácticas de Ahorro para Fomentar Criterios de Austeridad

y Formatos de Medidas y Acciones de Austeridad, y de los Ahorros y Recuperaciones

obtenidos, así como los registros mensuales de los ahorros y recuperaciones importantes

que se informaron a la OM en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.

En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009, la Dirección

de Administración remitió el oficio núm. SEDF/DA/403/2008 del 23 de mayo de 2008,

mediante el cual el Director de Administración en la SE informó al Coordinador General

de Modernización Administrativa de la OM que “de conformidad con lo establecido en las

acciones y medidas de austeridad a implementarse en esta Dependencia, para este

ejercicio presupuestal, me permito informarle que ésta se encuentra en la fase de

implementación y equipamiento de un edificio sede; como consecuencia no contamos con

suficientes elementos para determinar estratégicos en materia de ahorro, todavía no tienen

la sustentabilidad necesaria para determinar parámetros de ahorro objetivos, puesto que

apenas se están integrando en la materia”.

Al respecto, se solicitaron, con el mismo oficio núm. ASC/09/1447, los informes semestral

y anual de la actuación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios de la SE en 2008, con el objetivo de verificar el Formato de Ahorros y Economías

obtenidas en el ejercicio de 2008. Con el oficio de respuestanúm. SEDF/DA/1463/2009 del

12 de octubre de 2009, la Dirección de Administración remitió el oficio núm. SEDF/DA/403/2008

del 23 de mayo de 2008, con el que el Director de Administración en la SE remitió a la OM

el “Resumen Ejecutivo de Informe Anual de Actuación 2008”, en el cual únicamente el

Secretario Ejecutivo del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios de la SE informó que “con relación al rubro de ahorros y economías, esta Secretaría

realizó sus procedimientos de adquisición a través de la realización de 5 Licitaciones

Públicas y 9 Invitaciones Restringidas, donde se logró conseguir precios adecuados, sin

rebasar los montos de actuación establecidos en su programa presupuestal”.

68 VOLUMEN 5/13

Como se observa, la SE no precisó las medidas y acciones de austeridad que se

implementaron en 2008 para obtener ahorros, las cuales debieron ser comunicadas para su

registro anual a la OM, por conducto de la CGMA, en el Formato de Medidas y Acciones de

Austeridad por implementar. Tampoco proporcionó los registros mensuales de los ahorros

y recuperaciones que se reportaron a la OM en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.

Por lo anterior, la SE contravino los numerales 10.9.2, 10.9.3, 10.9.4 y 10.9.5, del apartado 10.9,

“Austeridad del Gasto Público del GDF”, de la “Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril de 2007, vigente en 2008). El primero

dispone que “las Dependencias […] a través de los titulares de las DGA, deberán observar

la LAGDF, el CFDF en su Título Segundo Capítulo Primero Disposiciones Generales, el DPEDF

en el Título Tercero, Capítulo Primero Disposiciones de Racionalidad y Austeridad, así

como las demás disposiciones aplicables a la materia”; el segundo, que “las Dependencias

[…] a través de los titulares de las DGA, integrarán para cada ejercicio una serie de medidas

y acciones de austeridad a implementar para obtener ahorros, en el Formato […] de ‘Medidas

y Acciones de Austeridad a Implementar’ emitido por la OM”; el tercero, que “los titulares de

las DGA deberán remitir copia a la CGMA, durante los primeros cinco días hábiles del mes

de febrero de cada año, para su seguimiento y evaluación”; el último, que “las Dependencias

[…] a través de la DGA, llevarán un registro de sus ahorros y recuperaciones importantes

sobre la base de lo programado en las medidas de acciones de austeridad”.

Además, no atendió el artículo 438 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en

2008, que establece: “Las dependencias […] deberán sujetarse a lo previsto en la Ley de

Austeridad para calcular la estimación de gasto por concepto de […] servicios generales”.

Asimismo, la SE incumplió el artículo 36, fracción VI, capítulo I, Disposiciones de Racionalidad

y Austeridad, en su Título Tercero, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que dispone:

“Los titulares de las Dependencias […] serán conjuntamente responsables con los servidores

públicos encargados de la administración de los recursos asignados, de las erogaciones

69 VOLUMEN 5/13

por los conceptos que a continuación se indican, los cuales se sujetarán a lo establecido en

la Ley de Austeridad y a los siguientes criterios de racionalidad y disciplina presupuestal […]

”VI. Honorarios. Las contrataciones se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la

materia…”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE no proporcionó documentación o información que desvirtuara las observaciones del

presente resultado.

Recomendación ASC-129-08-25-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

establezca en cada ejercicio medidas y acciones de austeridad por implementar para

obtener ahorros, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-26-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

elabore y remita a la Coordinación General de Modernización Administrativa el formato

“Medidas y Acciones de Austeridad a Implementar”, emitido por la Oficialía Mayor, en

cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-27-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

se lleve un registro de ahorros y recuperaciones importantes considerando lo programado

en las medidas y acciones de austeridad, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

70 VOLUMEN 5/13

Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”

12. Resultado

Con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, la SE ejerció en 2008, mediante

29 CLC, un importe de 30,471.5 miles de pesos, que presentó un decremento de 0.09%

(28.5 miles de pesos) respecto de su presupuesto original de 30,500.0 miles de pesos.

En 2007 la SE no reportó presupuesto ejercido en esta partida.

El presupuesto original, la modificación neta y el presupuesto ejercido se registraron en un

programa prioritario y uno no prioritario, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Programa Original Modificado Ejercido

%

17 “Educación” (prioritario) 0.0 99.4 99.4 0.3

03 “Administración Pública” 30,500.0 (127.9) 30,372.1 99.7

Total 30,500.0 (28.5) 30,471.5 100.0

El presupuesto ejercido en el programa prioritario 17 “Educación” correspondió en la

actividad institucional 22 “Brindar atención integral al estudiante”, y en el programa

no prioritario 03 “Administración Pública”, a las actividades institucionales 59 “Otorgar

servicios de apoyo administrativo” y 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones

realizadas en ejercicios anteriores”.

Con objeto de confirmar las causas de las variaciones del presupuesto de la partida

3411 “Servicios de Vigilancia”, la CMHALDF solicitó a la SE, mediante el oficio

núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, que explicara las causas del decremento

en 2008 con relación a su presupuesto original.

Al respecto, el Director de Administración en la SE, mediante nota informativa sin fecha

y número, elaborada por el Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales y

Servicios Generales, anexa a su oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009,

manifestó lo siguiente:

71 VOLUMEN 5/13

“El presupuesto original en la SE para el ejercicio presupuestal 2008, en la partida

3411 ‘Servicios de Vigilancia’ fue de $30,500,000.00 (Treinta millones quinientos mil

pesos 00/100 m.n.) y se reportó en Cuenta Pública 2008 un presupuesto modificado

y ejercido de $30,471,472.60 (Treinta millones cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos

setenta y dos pesos 60/100 m.n.).

”Derivado de la nueva creación de esta Secretaría, en el ejercicio de 2007, no hubo

necesidad de contratar elementos para el servicio de vigilancia, solamente fueron

asignados 2 a partir del 26 de noviembre de 2007, los cuales fueron pagados mediante

ADEFAS, en el ejercicio 2008, sin embargo, debido a los requerimientos de la SE se vio

en la necesidad de arrendar tres edificios, ubicados en Jalapa número 15, pisos 5 al 10,

colonia Roma Norte; Abraham González número 67, colonia Juárez y Avenida Cuauhtémoc

número 1217, colonia Santa Cruz Atoyac, los cuales requieren de seguridad, protección

y vigilancia en los propios inmuebles, en las instalaciones y los bienes de esta dependencia,

así como salvaguardar la integridad física de los servidores públicos que laboran en ellos

y visitantes.

”Por lo antes descrito, se contó con el servicio de vigilancia durante todo el ejercicio de 2008.”

Lo expuesto explica de manera razonable el comportamiento de las cifras en 2008

para la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”, ya que de acuerdo con lo revisado por

la CMHALDF, a través del oficio núm. SEDF/DA/821/2008 del 29 de septiembre de 2008,

el Director de Administración en la SE incrementó el número de elementos para prestar el

servicio de vigilancia de intramuros. Además, con base en lo anterior, se constató que los

presupuestos original, modificado y ejercido corresponden a los montos de los registros

auxiliares, proporcionados por la SE, así como al Analítico de Egresos por Capítulo de Gasto

de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008 y a la información

proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

de la Subsecretaría de Egresos de la SF mediante el oficio núm. SEDF/DA/0432/2009 del

31 de marzo de 2009.

Al respecto, se integró el 100.0% del importe que la SE ejerció y reportó en la Cuenta

Pública de 2008 con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” (30,471.5 miles de pesos),

72 VOLUMEN 5/13

mediante 29 CLC, sin haberse aplicado ningún documento múltiple, y se concilió con el

ejercicio presupuestal por partida que proporcionó la Subsecretaría de Egresos de la SF,

como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos y por cientos)

Cuenta por Liquidar Certificada Número Fecha Importe %

12 C0 01 00282 26/II/08 21.0 0.1 12 C0 01 00283 26/II/08 2,420.3 7.9 12 C0 01 01073 28/IV/08 2,284.2 7.5 12 C0 01 01076 28/IV/08 41.8 0.1 12 C0 01 01077 28/IV/08 2,540.3 8.3 12 C0 01 01415 26/V/08 39.1 0.1 12 C0 01 01418 27/V/08 40.4 0.1 12 C0 01 01419 27/V/08 2,498.5 8.2 12 C0 01 01834 19/VI/08 27.5 0.1 12 C0 01 01856 24/VI/08 7.1 0.0 12 C0 01 01857 24/VI/08 487.2 1.6 12 C0 01 02446 25/VII/08 43.9 0.1 12 C0 01 02447 25/VII/08 2,583.1 8.5 12 C0 01 02448 25/VII/08 42.4 0.1 12 C0 01 02449 25/VII/08 2,573.9 8.4 12 C0 01 02921 25/VIII/08 43.8 0.1 12 C0 01 02922 25/VIII/08 2,714.7 8.9 12 C0 01 03422 2/X/08 2,751.0 9.0 12 C0 01 03442 7/X/08 43.9 0.1 12 C0 01 03820 24/X/08 42.5 0.1 12 C0 01 03822 24/X/08 2,677.2 8.8 12 C0 01 04355 26/XI/08 65.8 0.2 12 C0 01 04357 26/XI/08 2,162.7 7.1 12 C0 01 04950 22/XII/08 63.0 0.2 12 C0 01 04952 22/XII/08 2,074.3 6.8 12 C0 01 04956 22/XII/08 32.0 0.1 12 C0 01 04958 22/XII/08 1,082.7 3.6 12 C0 01 05309 31/XII/08 34.0 0.1 12 C0 01 05311 31/XII/08 1,033.2 3.4

Total 30,471.5 100.0

Para la revisión, la CMHALDF, con los oficios núms. ASC/09/1447 y ASC/129/08/SE/09-01

del 18 de septiembre y 15 de octubre de 2009, requirió a la Dirección de Administración en

la SE las 29 CLC con las que ejerció el presupuesto de la partida 3411 “Servicios de Vigilancia”,

así como la documentación justificativa y comprobatoria, consistente en el Convenio

de Colaboración para la Prestación de Servicios de Vigilancia que celebraron la SE y la

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP) a través de la Dirección General

73 VOLUMEN 5/13

de la Policía Auxiliar del Distrito Federal; los informes presupuestales de liquidaciones; las

conciliaciones de los servicios de vigilancia; el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones

de cada uno de los inmuebles en los que se proporcionaron los servicios de vigilancia;

reportes semestrales de avances y cumplimientos del Programa Anual de Seguridad

a Instalaciones; y las fatigas (listas de asistencia). Asimismo, se verificó que las CLC

estuvieran registradas en los auxiliares presupuestales de la SE de acuerdo con el

Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal vigente en el ejercicio

fiscal de 2008.

Con base en el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Dirección

de Administración en la SE se determinó lo siguiente:

1. Por tratarse de un concepto centralizado, de conformidad con el numeral 18 de la

Guía de Compras Consolidadas y/o Centralizadas del Gobierno del Distrito Federal,

y el apartado II de los Lineamientos Generales para la Adquisición, Arrendamiento y

Contratación de Bienes o Servicios Relativos a los Capítulos 1000, 2000, 3000 y 5000

del Clasificador por Objeto del Gasto, así como para la Consolidación y/o Centralización

de Bienes y Servicios de Uso Generalizado de la Administración Pública del Distrito

Federal para el Ejercicio 2007 vigentes en 2008, le correspondió a la OM llevar a cabo

el proceso de contratación y formalización de los servicios de vigilancia con cargo al

presupuesto de varias dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal,

entre las que se incluyó a la SE.

Derivado de lo anterior, mediante el oficio núm. SE/DA/013/2008 notificado el 10 de

enero de 2008, el Director de Administración en la SE solicitó al Director de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM que: “… considere la adhesión de la Secretaría

de Educación para el Ejercicio Fiscal 2008, como parte integral de la consolidación del

servicio de Seguridad y Vigilancia que proporcionará la Dirección de la Policía Auxiliar

del Distrito Federal, manifestando que se preverán los recursos necesarios y suficientes

en la Partida Presupuestal 3411 ‘Servicios de Vigilancia’…”.

Para tal efecto, la OM suscribió con la SSP, a través de la Policía Auxiliar del Distrito Federal

(PADF), el Convenio Administrativo de Colaboración Consolidado para la Prestación

74 VOLUMEN 5/13

del Servicio de Vigilancia” núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08 (convenio),

celebrado el 20 de diciembre de 2007, con una vigencia del 1o. de enero al 31 de diciembre

de 2008, de conformidad con la cláusula décimo quinta, “Vigencia del Convenio”, del

citado convenio.

2. Con el oficio núm. ASC/09/1447 del 18 de septiembre de 2009, la CMHALDF solicitó a

la SE los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de las Unidades Ejecutoras

del Gasto, Usuarias de los Servicios de la PADF correspondientes al ejercicio de 2008.

En respuesta, con el oficio núm. SEDF/DA/1463/2009 del 12 de octubre de 2009,

el Director de Administración en la SE informó que “no se presentaron Informes

presupuestales de Liquidación y a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto,

Usuarias de los servicios PADF en 2008”.

Por no contar con los Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de las Unidades

Ejecutoras del Gasto, Usuarias de los Servicios de la PADF correspondientes al ejercicio

de 2008, la SE incumplió los párrafos 4 y 6 del numeral 8.6.1 de la “Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno del 12 de abril

de 2007, vigente en 2008), que señala:

“La DGA deberá validar y corroborar de manera mensual, que la cantidad de elementos

para otorgar lo que a seguridad y vigilancia se refiera en los Inmuebles, corresponda

a los elementos estipulados en el instrumento que regule y formalice la prestación

y/o convenio de colaboración; responsabilizándose de la calidad y transparencia en la

validación de los servicios que según resultara procedente; derivado de la estrecha

supervisión que realice el área requirente del servicio […]

”Para tal efecto, deberá contar invariablemente con la conciliación mensual

debidamente requisitada y validada tanto por parte de la DGA, como por parte del

prestador de servicios; a su vez, los pagos y/o aportaciones serán sustentados con

base en las bitácoras (fatigas) y/o documento que se establezca para darle mayor

transparencia a los servicios otorgados.”

75 VOLUMEN 5/13

Además, la SE no observó lo pactado en los numerales 1 y 2 de la cláusula

cuarta,“Forma y Lugar de Pago”, del Convenio. El primero establece: “Para que la SSP

recupere el costo de operación por los servicios de seguridad, protección y vigilancia en

las Dependencias, […] adheridos a este convenio, deberá presentar mensualmente el

Informe de Liquidación Presupuestal por cada una de éstas, así como la facturación

mensual que según resulte procedente, documentos que incluirán el número de

elementos, horario, número de jornadas laborables cubiertas, así como aquellas que no

cubrieron por vacantes y/o faltas de los elementos”. El segundo dispone: “Los Informes

de Liquidación Presupuestal y/o Facturación, serán revisados por el ‘GDF’ y en caso de

resultar procedentes en su contenido, los rubricará con base en las conciliaciones

mensuales de turnos que previamente deberán enviar al representante administrativo

de la Dependencia […] a ‘el GDF’ dentro de los cinco días hábiles siguientes del

mes que se reporta, debidamente validadas por dicho representante administrativo, así

como por la ‘SSP’, estos documentos serán los soportes mediante los que se establece

la autorización expresa, por parte de las Dependencias […] para que el ‘GDF’ proceda

a efectuar el trámite para el pago, afectando centralmente la partida presupuestal

3411 ‘Servicios de Vigilancia’ disponible con el dígito identificador 10 ‘Gasto Corriente’

y 11 ‘Gasto de Capital Consolidado.”

Asimismo, por no contar con la conciliación mensual debidamente requisitada y

validada por la DGA, incumplió el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal

de 2008.

3. Con el oficio núm. ASC/129/08/SE/09-01 del 15 de octubre de 2009, la CMHALDF

solicitó a la SE el Programa Anual de Seguridad a las Instalaciones por cada uno de los

inmuebles en los que se proporcionaron servicios de vigilancia en 2008 y su respectivo

oficio de envío para validación y aprobación de la DGRMSG, así como los avances

y cumplimientos del Programa Anual de Seguridad a Instalaciones semestrales, sus

oficios de envío y los formatos establecidos por la DGRMSG. Al respecto, mediante

el oficio núm. SEDF/DA/1511/2009 del 20 de octubre de 2009, la Dirección de

Administración en la SE proporcionó nota informativa sin fecha y sin número, con la que

se informó: “En cuanto al Programa Anual de Seguridad a las Instalaciones se están

llevando a cabo reuniones con el Subdirector de Seguridad Institucional de la Oficialía

76 VOLUMEN 5/13

Mayor, ya que por ésta se remiten los lineamientos y formatos para la realización

de dicho programa, por ser un pago centralizado. Por lo anterior, se informa que se

encuentra en proceso de elaboración el Programa de esta Secretaría”.

Además con el oficio núm. SEDF/DA/0146/2010 del 27 de enero de 2010, el Director

de Administración de la SE mediante nota informativa, anexa al oficio anterior, sin fecha

y sin número informó:

“El Subsecretario de Egresos mediante el oficio SE/0157/08, dio a conocer al Secretario

de Educación el techo presupuestal 2008, aprobado por la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal, el cual entre otros recursos, etiquetó un monto de $30,000,000.00 para

atender el costo del servicio de vigilancia [...]

”Por lo que con base a los ‘Lineamientos generales para consolidar la adquisición

o arrendamiento de bienes o servicios de uso generalizado en la Administración Pública

del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos’, únicamente se suscribió

el convenio de colaboración consolidado para la prestación del servicio de vigilancia

número OM/DGRSM/DSG/SSI/CCC-001/08.”

Por no contar con el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones, así como con su

respectivo oficio de envío para validación y aprobación de la DGRMSG de la OM, la SE

incumplió los numerales 8.6.2 y 8.6.3 de la “Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal”. (Circular Uno del 12 de abril de 2007). El primero

establece: “Previo al inicio de cada ejercicio, al momento de ocupar el o los inmuebles

por vez primera, o en aquellos caso que por necesidad propia generen adecuaciones

significativas a los mismos, la DGA tendrá la obligación de elaborar el Programa

Anual de Seguridad a Instalaciones por cada uno de los inmuebles que correspondan,

de acuerdo a los lineamientos que para este efecto emita la DGRMSG, mismo que

deberá remitirse para su validación y aprobación a la DGRMSG, en versión impresa y

medio magnético”. El segundo dispone: “La DSG analizará, registrará y en su caso

realizará las observaciones correspondientes sobre el avance y cumplimiento en materia

77 VOLUMEN 5/13

de Seguridad y Vigilancia de cada Dependencia u Órgano Desconcentrado, con base

a la información y compromisos que ésta haya proporcionado en su Programa Anual de

Seguridad a Instalaciones. Los avances y cumplimiento del Programa deberán remitirse

en forma semestral, en los formatos que establezca la DGRMSG (Disposiciones

generales y específicas en materia de Seguridad a Instalaciones) debidamente validado

y requisitado de manera impresa y en versión magnética. El avance y cumplimiento de

los Programas Anuales de Seguridad a Instalaciones, deberán enviarse a más tardar

los diez primeros días siguientes al período que se informa”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de marzo de 2010, la Dirección de Administración

en la SE, mediante el oficio núm. SEDF/DA/0278/2010, de la misma fecha proporcionó

documentación e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado,

por lo siguiente:

En el oficio de respuesta la SE menciona que “… cuenta únicamente con las Conciliaciones

mensuales de turnos debidamente requisitadas que le fueron remitidos al órgano fiscalizador

mediante el anexo 53”. Del análisis de la respuesta, se determina que la documentación

relacionada es la misma que fue proporcionada en su oportunidad al personal auditor de

la CMHALDF, por lo cual el resultado subsiste.

Recomendación ASC-129-08-28-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar que

cuente con los Informes Presupuestales de Liquidación expedidos por la Policía Auxiliar

del Distrito Federal como respaldo de los pagos con cargo a la partida 3411 “Servicios de

Vigilancia” de su presupuesto, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-129-08-29-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que valide y corrobore de manera mensual la cantidad de elementos de la Policía Auxiliar

del Distrito Federal para otorgar lo que a seguridad y vigilancia se refiera en los inmuebles

que con cargo a su presupuesto sectoriza, que dicha cantidad corresponda a los elementos

estipulados en el instrumento que regule y formalice la prestación y/o convenio de colaboración,

78 VOLUMEN 5/13

en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-129-08-30-SE

Es necesario que la Secretaría de Educación adopte medidas de control para garantizar

que se elabore el Programa Anual de Seguridad a Instalaciones, así como su envío para

validación y aprobación de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la Oficialía Mayor, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

79 VOLUMEN 5/13

I.15. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES

I.15.1. ANTECEDENTES

La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades fue creada con

fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007.

Las atribuciones de la Secretaría quedaron establecidas en el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2007. En dicho ordenamiento

fueron consignadas tanto las atribuciones de la Oficina de la Secretaría como las de

la Dirección de Administración, las subdirecciones y demás unidades que integraron a la

dependencia.

El 29 de diciembre de 1998, se publicó la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En el Título Segundo, Capítulo

Primero, artículo 15 del texto vigente, se señalan las dependencias que auxiliarán al Jefe

de Gobierno en el ejercicio de sus atribuciones; entre ellas, se encuentra la Secretaría de

Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la cual corresponde el despacho

de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades, agrícolas y del sector

agropecuario, así como la equidad de las comunidades étnicas y la tutela de derechos

indígenas.

Mediante el dictamen núm. 2/2007, autorizado con el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07 de

fecha 5 de marzo de 2007, se creó la Unidad Administrativa de Apoyo Técnico; y el 30

de marzo de 2007, el Jefe de Gobierno delegó facultades a esta Secretaría en materia de

atención a migrantes y sus familias.

Atribuciones

El artículo 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró

80 VOLUMEN 5/13

en vigor el 1o. de enero de 1999 y fue reformada el 20 de mayo del mismo año, el

31 de enero de 2002, el 4 de agosto de 2004, el 15 de junio de 2005, el 19 de mayo

y 11 de agosto de 2006, y el 6 de febrero y 30 de abril de 2007, establece las atribuciones

de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades:

“Artículo 23 Quintus. A la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades

agrícolas, forestal y del sector agropecuario, así como la equidad de las comunidades

étnicas y la tutela de derechos indígenas:

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Establecer las políticas y programas generales en materia de promoción y fomento

agrícola, agropecuario, turismo alternativo, así como formular, conducir, coordinar

y evaluar los programas del sector rural;

”II. Formular y ejecutar los programas específicos en materia agrícola, agropecuaria,

turismo alternativo, capacitación y desarrollo tecnológico en la materia;

”III. Proponer al Jefe de Gobierno los mecanismos de coordinación interinstitucional,

que permitan incentivar el desarrollo y la inversión productiva en la zona rural

de manera coordinada con la Secretaría de Medio Ambiente, velando siempre por

el impacto ambiental;

”IV. Promover, orientar y estimular el desarrollo del sector rural de la Ciudad de México

y coordinar, con base en la normatividad aplicable, sus acciones con otras

dependencias en esta materia;

”V. Establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector rural, incluyendo

el respaldo financiero, asesorías, y asistencia técnica, entre otros, a través de

diversos instrumentos para apoyar la actividad productiva;

”VI. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar

el nivel de vida de las familias que habitan en las zonas rurales de la Ciudad de

México, en coordinación con las dependencias competentes;

81 VOLUMEN 5/13

”VII. Promover el empleo en el medio rural de la Ciudad de México, así como establecer

programas y acciones que tienden a fomentar la productividad y la rentabilidad de

las actividades económicas rurales, en coordinación con la Secretaría de Trabajo

y Fomento al Empleo;

”VIII. Formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionados con la

asistencia técnica y la capacitación de los productores rurales de la Ciudad de

México;

”IX. Promover el desarrollo de la infraestructura industrial y comercial de la producción

agropecuaria, en coordinación con la Secretaría de Finanzas;

”X. Promover la integración de Asociaciones Rurales en la Ciudad de México;

”XI. Elaborar, actualizar y difundir un banco de información de los proyectos y

oportunidades de inversión en el sector rural de la Ciudad de México;

”XII. Coordinar las acciones que el Gobierno del Distrito Federal convenga con las

delegaciones relativas al desarrollo rural en las demarcaciones;

”XIII. Organizar y actualizar los estudios económicos y sociológicos sobre la vida rural,

con el objeto de establecer medios y procedimientos para mejorarla;

”XIV. Organizar y patrocinar congresos, ferias, exposiciones y concursos agrícolas

y pecuarios, así como otras actividades que se desarrollen principalmente en el

ámbito rural;

”XV. Coordinar el diseño, operación y ejecución de los planes, programas y proyectos

que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

desarrollen en materia de derechos indígenas;

”XVI. Diseñar, operar y ejecutar planes, programas y proyectos destinados a garantizar

los derechos pluriculturales y pluriétnicos de la población indígena radicada en el

Distrito Federal;

82 VOLUMEN 5/13

”XVII. Concertar acciones con los sectores social y privado, para que coadyuven en la

realización de acciones en beneficio de los indígenas;

”XVIII. Establecer relaciones de vinculación y cooperación con organizaciones nacionales

e internacionales especializadas en asuntos indígenas y étnicos;

”XIX. Diseñar, operar y ejecutar programas de educación cívica y de cultura de la

legalidad, enfocados a prevenir y erradicar conductas discriminatorias por razones

étnicas;

”XX. Fomentar la vinculación e intercambio económicos y culturales con las

comunidades étnicas del Distrito Federal;

”XXI. Asesorar a las dependencias y entidades del Distrito Federal, en temas

relacionados con los derechos indígenas;

”XXII. Participar y organizar foros, seminarios y congresos nacionales e internacionales

sobre asuntos étnicos e indígenas del Distrito Federal;

”XXIII. Desarrollar e impartir cursos y programas de capacitación y actualización sobre

asuntos indígenas y étnicos del Distrito Federal; y

”XXIV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:

83 VOLUMEN 5/13

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

2008 2007 Variación Concepto

Importe

(1)

%

Importe

(2)

%

Importe (1) - (2)

(3)

% (3) / (2)

(4)

Presupuesto original

Gasto total 174,317.2 100.0 0.0 0.0 174,317.2 0.0

Corriente 174,317.2 100.0 0.0 0.0 174,317.2 0.0

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Presupuesto ejercido

Gasto total 467,062.3 100.0 69,144.8 100.0 397,917.5 575.5

Corriente 467,062.3 100.0 66,582.7 96.3 400,479.6 601.5

De capital 0.0 0.0 2,562.1 3.7 2,562.1 0.0

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.

GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD

PARA LAS COMUNIDADES, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Programado Ejercido Variación Concepto

(1)

(2)

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4)

2008

Gasto total 174,317.2 467,062.3 292,745.1 167.9

Corriente 174,317.2 467,062.3 292,745.1 167.9

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0

2007

Gasto total 0.0 69,144.8 (69,144.8) n.a.

Corriente 0.0 66,582.7 (66,582.7) n.a.

De capital 0.0 2,562.1 (2,562.1) n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.

n.a. No aplicable.

84 VOLUMEN 5/13

En 2008, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades tuvo una

asignación para gasto programable de 174,317.2 miles de pesos, que representó el 0.2%

del importe total programado de las dependencias que integran la Administración Pública

Centralizada del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 467,062.3 miles

de pesos, que representaron el 0.4% del monto ejercido por dichos entes públicos

(112,100.188.7 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2008

(Miles de pesos y por cientos)

Programado Ejercido Variación Concepto Importe

(1)

%

Importe

(2)

%

Importe (2) - (1)

(3)

% (3)/(1)

(4)

Gasto total 174,317.2 100.0 467,062.3 100.0 292,745.1 167.9 Corriente 174,317.2 100.0 467,062.3 100.0 292,745.1 167.9

“Servicios Personales” 23,845.8 13.7 26,493.5 5.7 2,647.7 11.1 “Materiales y Suministros” 5,278.4 3.0 3,575.7 0.8 (1,702.7) (32.3) “Servicios Generales” 30,096.8 17.3 32,396.6 6.9 2,299.8 7.6 “Transferencias” 115,096.2 66.0 404,596.5 86.6 289,500.3 251.5

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Comparativo de Presupuesto Original y Ejercido correspondiente a los Ejercicios 2008 y 2007, Nivel Unidad Administrativa, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 196 y 197.

Principales Programas

De los cinco programas en que participó la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para

las Comunidades durante 2008, el principal, por su importe ejercido (398,528.6 miles

de pesos), fue el programa no prioritario 28 “Desarrollo Rural”.

Mediante ese programa, se fomentaron actividades agropecuarias y de agroindustria para

4,377 personas, y de desarrollo de cultivos nativos y herbolarios para 36 personas;

se ejecutó el programa integral del maíz para aproximadamente 1,000 productores; y se

fomentó la producción orgánica para 231 personas con 21 proyectos.

85 VOLUMEN 5/13

Asimismo, se crearon 1,362 empleos del Programa de Empleo Rural Competitivo;

se capacitó a 48 personas con 11 proyectos; se constituyeron organizaciones para

113 personas con 10 proyectos; se apoyó la agricultura urbana para 2,707 personas con

31 proyectos; se mejoraron traspatios para 1,245 personas con 623 proyectos; se apoyó a

promotores técnicos de la capacitación e inversión en el sector rural del Distrito Federal

para 41 personas; se ejecutó el programa para la colocación de 6,990 kilómetros de

tubería de PVC de diferentes diámetros en 330.01 hectáreas, beneficiando a 552 usuarios; se

benefició a 500 productores agrícolas con el programa Uso Pleno de la Infraestructura

Hidroagrícola 2008, derivado del convenio de coordinación formalizado por el Ejecutivo

Federal y el Gobierno del Distrito Federal, por medio de la Secretaría de Desarrollo Rural

y Equidad para las Comunidades; se apoyó a 3,255 productores de escasos recursos

afectados por contingencias climatológicas, en 2,214.94 hectáreas, con la entrega

de 3,834 apoyos.

En el programa de activos productivos, se atendieron 491 solicitudes del componente

agrícola; en el componente ganadero, se atendieron 74 solicitudes de capacitación y

135 de asistencia técnica; y, mediante la aportación federal de la Secretaría de Agricultura,

Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación al Anexo Técnico para la Ejecución

Federalizada del Desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales

para la Producción Primaria 2008, se benefició a 5,025 productores.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal practicó una auditoría financiera a la Secretaría

de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.

86 VOLUMEN 5/13

I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “AYUDAS, SUBSIDIOS, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS”

Auditoría ASC/130/08

ANTECEDENTES

La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, en el ejercicio de 2008,

en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, presentó un

presupuesto original de 115,096.2 miles de pesos y ejerció un presupuesto de 404,596.5 miles

de pesos, que representa un incremento de 289,500.3 miles de pesos (251.5%); y respecto del

presupuesto, ejercido en el año 2007 (38,411.9 miles de pesos), significó un incremento

de 366,184.6 miles de pesos (953.3%).

En efecto, el presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias”, ascendió a 404,596.5 miles de pesos, lo que representa el 86.6% del

total ejercido por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

(467,062.3 miles de pesos).

En el Informe de la Cuenta Pública de 2008, formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto”, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC)

informó que el incremento presupuestal en el capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias" tiene su origen en los siguientes compromisos programáticos: “En el

programa 12 ‘Igualdad de Género’ […] para la aportación local, así como la aportación

federal para el cumplimiento al Convenio de Coordinación para la Ejecución del ‘Programa

de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena del Ejercicio Fiscal 2008’

cuyo objetivo es el de operar el ‘Programa de la Mujer Rural e Indígena 2008’ […]. Para el

programa 13 ‘Desarrollo y Asistencia Social’ […] en función de las actividades que había

de desarrollar […] en cumplimiento de las facultades y atribuciones que por ley tiene conferidas

[…]. En el programa 27 ‘Fomento Económico’ […] con el fin de dar cumplimiento al plan

maestro del proyecto denominado ‘Proyecto Ecoturístico en la Delegación Tláhuac’ […].

87 VOLUMEN 5/13

En el programa 28 ‘Desarrollo Rural’ […] para cubrir la aportación estatal al Segundo

Anexo Técnico, del convenio de colaboración marco, suscrito el 29 de junio de 2007, entre

el Gobierno Federal representado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo

Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y el Gobierno del Distrito Federal, representado

por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) y que

corresponde al 50% del programa”.

En relación a la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”, se informó que se

adicionaron recursos para “cubrir la aportación estatal al convenio de coordinación celebrado

por el ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos

Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, representada por la Dirección General

del Organismo de Cuenca de Aguas del Valle de México y la Administración Pública del

Distrito Federal, representada por las Secretarías de Gobierno, del Medio Ambiente

y de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el anexo de ejecución y el

anexo técnico […] para la instrumentación del programa Uso Pleno de la Infraestructura

Hidroagrícola”. Asimismo, la adición de recursos obedeció a la necesidad de: “estar en

posibilidades de realizar la Aportación Local al Anexo Técnico de Ejecución Federalizada

para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para

la Producción Primaria 2008, suscrito entre la Federación […] y el G.D.F. […] relativo al

‘Proyecto de Conservación, Uso Sustentable de Suelo y Agua’, a efecto de impulsar

la participación de los productores para que puedan obtener beneficio de impacto

económico, social y ambiental […]

”Estos recursos fueron depositados por la SAGARPA, al Fideicomiso Fondo de Fomento

Agropecuario del D.F. (FOFADF), según consta en recibo de Vanguardia Casa de Bolsa,

S.A. de C.V. (fiduciario).

”De igual forma, mayores recursos para subsidios del Gobierno del Distrito Federal,

a efecto de registrar la aportación Federal de la Comisión Nacional del Agua, al Anexo de

Ejecución y Anexo Técnico del Anexo de Ejecución para la instrumentación del programa

‘uso pleno de la infraestructura hidroagrícola’, suscritos el 26 de febrero de 2008, derivado del

Convenio de Coordinación que formalizaron el ejecutivo federal por conducto de la Secretaría

88 VOLUMEN 5/13

del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua y la

Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, mediante la Secretaría del Medio

Ambiente y la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades. Estos recursos

fueron depositados por la CONAGUA, al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario

del D.F. (FOFADF).”

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en Verificar que el presupuesto que se afectó por la

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades con cargo al capítulo 4000

“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se haya ajustado al presupuesto

autorizado y ejercido; que se encuentre justificado, comprobado, devengado y registrado

de conformidad con la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propone en conformidad con el numeral 6. Criterios de Selección de

Auditorías, 6.1. Generales, numerales 1. “Importancia Relativa”, 2. “Exposición al Riesgo”

y 4. “Presencia y Cobertura”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías, vigente

a partir del 26 de agosto de 2009.

Es pertinente mencionar que a la fecha, la SEDEREC no ha sido objeto de fiscalización

por parte de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF).

Finalmente, la auditoria se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo;

74 fracción VI; y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XII y XIII de la

Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

89 VOLUMEN 5/13

ALCANCE

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”

del presente informe, se seleccionaron, como muestra, tres de las siete partidas de gasto que

integraron el presupuesto ejercido por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias” en 2008, el cual ascendió a 404,596.5 miles

de pesos, a través de 1,474 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 53 documentos

múltiples (DM).

Los montos de las tres partidas del gasto elegido se integraron con las cifras consignadas

tanto en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, como en la base de

datos de las CLC que la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF)

proporcionó a esta entidad de fiscalización.

En relación con el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,

de las tres partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 41 CLC, por un importe de

238,845.1 miles de pesos, que representa el 59.0% del monto ejercido con cargo a dicho

capítulo (404,596.5 miles de pesos), así como su documentación justificativa y comprobatoria.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en las siguientes instancias administrativas:

Dirección de Administración, Dirección General de Desarrollo Rural, Dirección General de

Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, Dirección de Financiamiento

Rural; y Subdirección de Recursos Financieros. Los trabajos de auditoría efectuados en,

La primera de las instancias mencionadas, obedece a que es la unidad que se encarga de

administrar los recursos humanos, materiales y financieros, de registrar las operaciones

financieras, y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme

a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor del

Gobierno del Distrito Federal (OM) y la (SF); mientras que las labores de auditoría para

las otras cuatro áreas guardan relación con sus encargos consistentes en solicitar, otorgar

y comprobar la entrega de las ayudas, subsidios, aportaciones y donativos; lo anterior, de

acuerdo con lo señalado en los Manuales Administrativos de la Dirección de Administración

en la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el de la propia

Secretaría.

90 VOLUMEN 5/13

En primer término se analizó el Manual Administrativo de la SEDEREC, vigente en el

ejercicio de 2008, a fin de verificar que el Manual de Organización fuese acorde con su

estructura orgánica dictaminada y que, conjuntamente con los procedimientos aplicables

al rubro en revisión, estuvieran autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA).

En segundo lugar, se aplicaron cuestionarios de control interno a la Dirección de

Administración y la Subdirección de Recursos Financieros, adscrita a la misma; a la Dirección

de Financiamiento Rural y sus Subdirecciones Regionales, así como a los Líderes

Coordinadores de Proyectos, adscritos a esta Dirección; a la Jefatura de Unidad Departamental

de Atención a las Comunidades Étnicas; a la Jefatura de Unidad Departamental de

Atención de Indígenas; y a los Líderes Coordinadores de Proyectos, adscritos a la Dirección

de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas.

En tercer término Se confirmaron operaciones con siete beneficiarios de ayudas

y donativos, cuyos pagos fueron efectuados con cargo a las partidas 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”.

También se analizaron 58 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los

recursos asignados al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,

verificándose las causas por las cuales se realizaron.

Asimismo, se efectuaron pruebas de cumplimiento para constatar que los procedimientos

correspondientes estuvieran en operación durante el período auditado y que la normatividad

se haya aplicado. Las pruebas consistieron, particularmente, en lo siguiente:

1. Se examinó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios (PAAAPS) autorizado para el ejercicio de 2008 y las actas del Comité

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SEDEREC levantadas

en el ejercicio de 2008.

2. Se verificó que los donativos y ayudas estuvieran soportados con la autorización

respectiva, por parte de la titular de la SEDEREC que se haya contado con suficiencia

91 VOLUMEN 5/13

presupuestal para respaldarlos así como que se hayan formalizado mediante convenios

y soportado con la documentación comprobatoria correspondiente.

3. Se constató que los convenios hayan sido ejecutados de conformidad con las

especificaciones establecidas en los mismos; que los beneficiarios de los donativos,

ayudas o transferencias hayan entregado comprobantes que cumplieran con requisitos

fiscales, en el caso de que se estipulara dicha condición.

4. Se verificó que la SEDEREC (en cumplimiento del Código Financiero del Distrito

Federal y el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigentes en 2008), conservase la documentación original

justificativa y comprobatoria de las erogaciones realizadas; que éstas hayan sido

registradas en las partidas correspondientes a la naturaleza del gasto; que haya

congruencia entre el gasto registrado y el cumplimiento de los objetivos y metas

consignados en los programas sociales que registraron movimientos presupuestarios.

En cuanto a las pruebas sustantivas, éstas consistieron en integrar por partidas

y capítulos de gasto el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado, a la SF, coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008;

constatar que se cuente con expedientes debidamente integrados por la documentación

legal y administrativa de los donativos, ayudas o subsidios otorgados.

Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

El presupuesto ejercido por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias” ascendió a 404,596.5 miles de pesos. Por el monto ejercido,

se seleccionaron las partidas: 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, 4108 “Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”.

El gasto total en las partidas seleccionadas registra los 400,583.7 miles de pesos (99.0% de

lo ejercido en el capítulo).

Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”. Se revisaron 25 CLC por un total de

18,998.1 miles de pesos, este monto, representan el 4.7% del importe ejercido por

la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

92 VOLUMEN 5/13

(404,596.5 miles de pesos); y el 26.8% respecto del total ejercido en dicha partida

(70,819.4 miles de pesos).

Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”. Se revisaron 14 CLC

por un total de 13,435.5 miles de pesos, la cantidad representa el 3.3% del importe ejercido

por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

(404,596.5 miles de pesos); y el 90.7% respecto del total ejercido en dicha partida

(14,810.5 miles de pesos).

Para ambas partidas:

Se verificaron las autorizaciones, por parte de la titular de la SEDEREC, para el otorgamiento

de ayudas y donativos.

Se revisó que se hayan precisado y especificado claramente los programas, destino,

objetivos, beneficiarios, temporalidad y condiciones de las ayudas y donativos.

Se constató que la SEDEREC contara con padrones actualizados de los beneficiarios

de las ayudas y donativos otorgados.

Se verificó que la SEDEREC haya reportado a la Contraloría General del Distrito Federal

(CGDF) el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos ejercidos.

Se comprobó que las ayudas y donativos fueron formalizados mediante el establecimiento

de los convenios respectivos; y que los beneficiarios hayan entregado tanto los comprobantes

que amparen la recepción de los mismos, como en su caso, proporcionando las pruebas

documentales de la aplicación de la ayuda o donativo otorgado.

Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”. Se revisaron dos CLC, así

como su documentación justificativa y comprobatoria. La suma de 51.0% (206,411.5 miles

de pesos) del importe ejercido por la SEDEREC en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos); y el 65.5% respecto del total

ejercido en dicha partida (314,953.8 miles de pesos).

93 VOLUMEN 5/13

Se analizó el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable y su anexo

técnico de ejecución, del 25 de febrero de 2008, suscrito entre el Gobierno del Distrito

Federal, representado por la SEDEREC, y el Gobierno Federal, representado por la Secretaría

de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), en lo

correspondiente al registro presupuestal de la aportación del Gobierno Federal, al Fideicomiso

Fondo de Fomento Agropecuario (FOFADF), de 150,000.0 miles de pesos, la cual tiene

por objeto instrumentar el componente “conservación y uso sustentable del suelo y agua” del

Programa de Uso Sustentable de los Recursos Naturales para la Producción Primaria.

Se analizó el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable y su anexo

técnico de ejecución, del 25 de febrero de 2008, suscrito entre el Gobierno del Distrito Federal

representado por la SEDEREC, y el Gobierno Federal representado por la SAGARPA,

correspondientes a una aportación del Gobierno Federal al FOFADF por 56,411.5 miles

de pesos, con el objeto de desarrollar el Programa de Adquisición de Activos Productivos.

EXAMEN Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno, y con la finalidad de tener una base sobre

la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se

analizó el Manual de Organización de la SEDEREC, vigente en 2008. El análisis permitió

identificar la estructura orgánica, los objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades

administrativas que integran tanto a la SEDEREC en conjunto, como las de aquellas que

únicamente intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisó el Manual de

Procedimientos del sujeto fiscalizado, para constatar cuáles de las actuaciones normadas

en este documento fueron aplicadas por las unidades administrativas que intervienen en las

actividades de autorización, ejercicio, registro, destino y transparencia de las erogaciones

con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”. Al respecto,

se observó lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

La SEDEREC fue creada con fundamento en el Decreto que reforma, adiciona y deroga

diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007.

94 VOLUMEN 5/13

Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07, del 5 de marzo de 2007, la (CGMA), envió

a la SEDEREC, un alcance al dictamen 2/2007 de la estructura orgánica de la OM. En este

alcance se comunicaba la incorporación a dicha estructura, a partir del 1o. de marzo de 2007,

de la Dirección de Administración, la Subdirección de Recursos Humanos, la Subdirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales y la Subdirección de Recursos Financieros, en

la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.

De igual manera, con el oficio núm. OM/0478/2007, del 23 de marzo de 2007, la OM autorizó

el dictamen de la estructura orgánica de la SEDEREC, con registro núm. 13/2007, vigente

a partir del 1o. de marzo de 2007. En la estructura dictaminada se previeron las siguientes

instancias administrativas: la Oficina de la titular de la SEDEREC, en la cual están

adscritos un asesor y un secretario particular; la Dirección General de Desarrollo Rural, a

la cual pertenecen la Dirección de Financiamiento Rural, cuatro Subdirecciones de Centros

Regionales, una Coordinación de Capacitación, cuatro Jefaturas de Unidad Departamental

y dos Líderes Coordinadores de Proyectos; y la Dirección General de Equidad para los

Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, compuesta por dos Jefaturas de Unidad

Departamental y dos Lideres Coordinadores de Proyectos.

2. Manual Administrativo

a) Manual de Organización. La Dirección de Administración en la SEDEREC dispuso

de su Manual de Organización autorizado por la CGMA mediante el oficio núm.

CGMA/DDO/0489/08, del 21 de abril de 2008, y registrado con el núm. MA-12023-2/07.

El documento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo

de 2010, define los objetivos, funciones, atribuciones y responsabilidades de los servidores

públicos adscritos a las unidades administrativas que la integran.

Respecto a la SEDEREC, su Manual Administrativo fue autorizado por la CGMA mediante

oficio núm. CGMA/DDO/3467/08, del 16 de diciembre de 2008, y registrado con el

núm. MA-35001-13/07.

b) Manual de procedimientos. En el ejercicio de 2008, la SEDEREC no contó

con manual de procedimientos. Al respecto, la SEDEREC proporcionó el oficio

núm. SEDEREC/DA/SRH/223/2009, del 20 de marzo de 2009, mediante el cual envió

95 VOLUMEN 5/13

a la CGMA, el manual de procedimientos para su revisión. En respuesta, mediante el oficio

núm. CGMA/DDO/1249/09, del 15 de mayo de 2009, la CGMA comunicó a la SEDEREC,

la integración de 71 procedimientos autorizados e integrados a su manual administrativo,

con núm. MA-12023-2/07 del dictamen 2/2007.

3. Evaluación del control interno

Para la evaluación del control interno, se analizaron el marco normativo y el Manual

Administrativo del sujeto fiscalizado, que se integra por el manual de organización y el

manual de procedimientos, vigentes durante 2008; también se aplicaron cuestionarios

de control interno a las siguientes instancias: Dirección de Administración, Dirección

General de Desarrollo Rural, Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas

y Comunidades Étnicas, Dirección de Financiamiento Rural, así como a la Subdirección

de Recursos Financieros. Las unidades referidas controlan las actividades relacionadas con

la autorización, ejercicio, registro, destino y transparencia de las erogaciones efectuadas con

cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión y a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008

y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de

control para evaluar si los mecanismos de control hicieron factible la administración de los

riesgos de irregularidades e ineficiencias, así como disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que la SEDEREC,

en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias”, aplicando las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,

4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno

del Distrito Federal”; estableció mecanismos que en general hacen factible la administración

de riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, las áreas están estructuradas

conforme a las funciones asignadas en el Manual de Organización de la SEDEREC,

lo que garantiza, en términos generales, el cumplimiento de la normatividad, la supervisión

y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, así

como delimitar adecuadamente las responsabilidades de cada área administrativa.

96 VOLUMEN 5/13

No obstante, la importancia que se da al control interno es moderada, debido a que las

actividades, efectuadas por las áreas correspondientes, no contaron con procedimientos

para su ejecución en el ejercicio revisado. Para el ejercicio del gasto, en las partidas

revisadas, la SEDEREC emitió lineamientos para regular el otorgamiento de ayudas y

donativos, sin embargo, en uno de los lineamientos se detectaron carencias de aspectos

tales como: la supervisión del gasto por parte de la SEDEREC, así como la comprobación de

la ayuda y la rendición de informes por parte del beneficiario. Los dos restantes lineamientos

si cuentan con dichos mecanismos. Las fallas de control detectadas se señalan en los

resultados respectivos.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Para la revisión de los recursos ejercidos por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000

“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, como resultado de los trabajos que

se llevaron a cabo en la fase de planeación de auditoría, se seleccionaron 41 CLC expedidas

con cargo a 3 de las 7 partidas que integraron el presupuesto ejercido, cuyo monto de

238,845.1 miles de pesos, representa el 59.0% del universo (404,596.5 miles de pesos).

Las partidas seleccionadas fueron: 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, 4108 “Ayudas

y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro” y 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito

Federal”. Estas partidas por su monto, fueron las más representativas y superiores

al 3.7% del total del presupuesto ejercido por la SEDEREC con cargo al capítulo 4000

“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.

La selección de las CLC en cada partida se realizó considerando los siguientes criterios:

1. Partida 4105 “Ayudas, Culturales y Sociales.” Se ordenó la base de datos de las CLC

de la partida seleccionada, por programas en forma ascendente y atención a su monto

ejercido. Para el Programa 12 “Igualdad de Géneros”, se consideraron los importes

mayores a 100.0 miles de pesos; para el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”,

se consideraron los importes mayores a 1,000.0 miles de pesos; para el Programa 27

“Fomento Económico”, se consideraron los importes mayores a 600.0 miles de pesos;

y para el programa 28 “Desarrollo Rural”, se consideraron los importes mayores

a 300.0 miles de pesos.

97 VOLUMEN 5/13

Con relación a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, se verificaron

los convenios mediante los cuales se formalizaron las entregas de las ayudas, así

como los recibos expedidos por el beneficiario que amparan las CLC determinadas

como muestra, expedidas para el pago a las mismas.

Se determinó revisar los expedientes de los beneficiarios de 47 ayudas del Programa

de “Apoyo a Pueblos Originarios”; 50 expedientes de las ayudas otorgadas a beneficiarios

del Programa de “Productores Afectados por Contingencias Climatológicas” (relativos

a personas que sufrieron afectaciones en sus siembras de nopal por una helada, ubicados

en las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac),13 ayudas otorgadas a beneficiarios de los

Programas “Mujer Rural”, “Desarrollo Rural” y “Proyectos Estratégicos de Desarrollo

Económico y Promoción al Turismo”, con el objeto de verificar que estos cumplieran

con los requisitos para hacerse acreedores de dichas ayudas y, en el caso de que se

estipulara en los convenios respectivos, la documentación comprobatoria del ejercicio

de los recursos entregados.

Adicionalmente, efectuaron reuniones de trabajo de auditoría con cinco beneficiarios

de ayudas.

2. Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”: Se seleccionó,

de las CLC por beneficiarios, el importe más representativo en relación con el ejercido

en dicha partida.

Con relación a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, se verificaron los

convenios mediante los cuales se formalizaron las entregas de las ayudas o donativos,

así como los recibos expedidos por el beneficiario que amparan las CLC determinadas

como parte de la muestra.

Se determinó revisar los expedientes de los beneficiarios de tres ayudas, correspondientes

a los Programas “Atención a Migrantes y sus Familias para el Ejercicio Fiscal 2008”

y “Cultivos Nativos y Herbolaria”. También, se efectuó la inspección física de los bienes

adquiridos con las ayudas otorgadas, y se llevó a cabo una reunión de trabajo de auditoría

con uno de los beneficiarios de las ayudas.

98 VOLUMEN 5/13

3. Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”: Se seleccionó de las CLC por

beneficiarios, el importe más representativo en relación con el ejercido en dicha partida.

Se analizaron los aspectos técnicos que rigieron las aportaciones de subsidios que

afectaron la partida.

Con los criterios antes señalados, respecto al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias”, la muestra de auditoría del 59.0% (238,845.1 miles de pesos) del universo

sujeto a revisión se determinó con base en la estratificación, e importancia relativa que se

tiene ésta sobre el universo de 404,596.5 miles de pesos; erogados del gasto corriente

mediante 1474 CLC y 53 DM. Lo anterior se integró como se señala en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Universo Muestra Partida/Concepto

CLC DM Importe % CLC DM Importe %

4103 “Pagas de Defunción” 3 0 58.9 0.0 0 0 0.0 0.0 4104 “Becas” 7 0 178.2 0.0 0 0 0.0 0.0 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 1,427 51 70,819.4 17.5 25 3 18,998.1 26.8 4107 “Pre y Premios” 1 1 180.0 0.0 0 0 0.0 0.0 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” 17 0 14,810.5 3.7 14 0 13,435.5 90.7

4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal” 9 0 314,953.8 77.8 2 0 206,411.5 65.5 4702 “Aportaciones para Apoyo a Voluntarios en Programas Sociales” 10 1 3,595.7 1.0 0 0 0.0 0.0 Total del Capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias" 1,474 53 404,596.5 100.0 41 3 238,845.1 59.0

RESULTADOS

1. Resultado

Del análisis a los Manuales Administrativos de la SEDEREC, se observó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07, del 5 de marzo de 2007, la CGMA de la OM

autorizó la estructura orgánica de la Dirección de Administración en la SEDEREC

correspondiente al dictamen 2/2007. En relación con lo anterior, la SEDEREC, el 29 de

enero de 2008 mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/064/2008, envió su manual

administrativo a la CGMA para su autorización y registro.

99 VOLUMEN 5/13

De igual forma, mediante el oficio núm. OM/0478/2007, del 23 de marzo de 2007,

la OM autorizó la estructura orgánica de la SEDEREC correspondiente al dictamen

13/2007. En relación con lo anterior, el 2 de octubre de 2008 la SEDEREC mediante

el oficio núm. SEDEREC/041/2008, envió su manual administrativo a la CGMA de la OM

para su autorización y registro.

2. Tanto el Manual Administrativo de la Dirección de Administración en la SEDEREC,

autorizado por la CGMA de la OM, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0489/08

del 21 de abril de 2008, registrado con el núm. MA-12023-2/07, como el Manual

Administrativo de la SEDEREC, autorizado por la CGMA de la OM, mediante el

oficio núm. CGMA/DDO/3467/08 del 16 de diciembre de 2008, registrado con el

núm. MA-35001-13/07, fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

hasta el 31 de marzo de 2010.

3. Respecto al manual de procedimientos, la CMHALDF, mediante el oficio núm. ASC/10/218

del 12 de febrero de 2010, solicitó a la SEDEREC dicho manual. En respuesta, anexa

al oficio núm. SEDEREC/DA/0140/2010, del 19 de febrero de 2010, recibido el día

26 del mismo mes y año, la SEDEREC presentó la nota informativa sin número del 20

de febrero de 2010 en la que señaló: “En relación a los procedimientos relacionados

con el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se tienen

autorizados y registrados los siguientes:

”1. Ciclo de Cuenta por Liquidar Certificada para beneficiarios de programas

“2. Elaboración del Reporte de la Partida 4105 ‘Espectáculos Culturales’ [sic]

”Cabe mencionar que estos procedimientos se autorizaron y entraron en vigor a partir

de mayo de 2009; en el año de 2008 no se tenía autorizado procedimiento alguno”.

En virtud de que el manual administrativo es el documento que se integra por el

manual de organización y el manual de procedimientos, al no contar con un manual

de procedimientos que tuvieran relación con el registro, control y ejercicio del

gasto con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

durante 2008, la SEDEREC no observó el numeral 4.4.2, de la Normatividad en materia

100 VOLUMEN 5/13

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública Federal (Circular Uno), que señala: “Los titulares

de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,

están obligados a elaborar sus Manuales Administrativos y a remitirlos a la CGMA

para su revisión, dictamen y, en su caso, registro…”.

4. Para el otorgamiento de las ayudas analizadas, la SEDEREC emitió los lineamientos

siguientes:

1. “Lineamientos y Mecanismos de Operación para el Programa Integral del Maíz 2008

para el Distrito Federal”.

2. “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes

y sus Familias para el Ejercicio Fiscal 2008”.

3. “Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México

para el Ejercicio Fiscal 2008”.

4. “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos

Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”.

Con relación a lo anterior, los mecanismos de operación denominados “Lineamientos

y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias

para el Ejercicio Fiscal 2008”, carecieron aspectos tales como: calendario de gasto

de las ayudas; monto de apoyo por beneficiario y costo del proyecto; definición de

circunstancias bajo las cuales se procederá a la suspensión de los beneficios;

definición de criterios de exigibilidad para garantizar que los recursos se canalicen

exclusivamente a la población objetivo; indicadores de desempeño; inclusión de la noción

de obligatoriedad, por parte de la SEDEREC, de supervisar el destino de los recursos;

introducción de la necesidad de comprobación documental, por parte de los beneficiarios,

del gasto ejercido con las ayudas otorgadas; e incorporación del compromiso de

presentar informes por parte de los beneficiarios. Debido a estas insuficiencias, SEDEREC

incumplió el artículo 501-A del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008,

que indica:

101 VOLUMEN 5/13

“Articulo 501 A.- Los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de

solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad,

corresponsabilidad y temporalidad.

”A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso

y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar en

reglas de operación, las cuales deberán: […]

”II. Señalar el calendario de gasto;

”III. Señalar los montos por beneficiario, o el porcentaje del costo del proyecto

o acción a subsidiar o apoyar;

”IV. Señalar con claridad los requisitos para el acceso a los beneficios del programa,

así como los procedimientos para su verificación, los cuales deberán ser objetivos,

transparentes, no discrecionales y equitativos;

”V. Señalar la temporalidad, así como las circunstancias bajo las cuales se procederá

a la suspensión de los beneficios;

”VI. Incorporar, en su caso, acciones de corresponsabilidad por parte de los beneficiarios,

con el propósito de hacer patente la relevancia del apoyo y la responsabilidad social

de su otorgamiento y uso; […]

”X. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo;

”XI. Especificar los indicadores que permitan la evaluación del cumplimiento de sus

objetivos, su desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo

administrativo de su operación”.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de junio de 2010, mediante el oficio

núm. SEDEREC/DA/0404/2010 de misma fecha, la Dirección de Administración en

la SEDEREC proporcionó la información y documentación siguiente:

102 VOLUMEN 5/13

Respecto al numeral 1, del presente resultado, indicó que:

“En lo relativo a observaciones derivadas del análisis efectuado a los Manuales Administrativos

de la SEDEREC y lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas, por este

medio me permito hacer constar lo siguiente:

”1. En relación al supuesto incumplimiento al numeral 4.4.14, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Los titulares

de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,

son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la

aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación

de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización

del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la

modificación efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente

para que ésta proceda a la actualización y registro de dicho Manual’; toda vez que la

elaboración y envío a la CGMA de los Manuales Administrativos correspondiente a los

dictámenes 2/2007 y 13/2007 de las estructuras orgánicas autorizadas para la SEDEREC,

me permito precisar lo siguiente:

”Si bien es cierto que la normatividad anteriormente señalada establece un término de 60 días

hábiles posteriores a la fecha de modificación de la Estructura Orgánica, a fin de remitir

a la CGMA el Manual Administrativo para su actualización y registro, no establece de

forma expresa un término para el caso de creación de estructura, como lo fue para los

dictámenes 2/2007 y 13/2007, por lo que no se incumplió”.

El numeral 1 del presente resultado se modifica, con base a lo manifestado por la SEDEREC

y a lo observado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, respecto a que “Se sugiere

verificar ya que la interpretación de la UAA a la Circular Uno no es procedente, en virtud

de que no se trata de una actualización, debido a que la SEDEREC no contaba con el

Manual por ser de reciente creación”.

103 VOLUMEN 5/13

Respecto al numeral 2 del presente resultado, la Dirección de Administración en la

SEDEREC, señaló que:

“2. En cuanto al incumplimiento del numeral 4.4.10, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Una vez obtenido el registro de

los Manuales Administrativos ante la CGMA, los titulares de las Dependencias, Unidades

Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, serán los responsables de su

publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando para tal

efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales’.

Se precisa lo siguiente:

”La normatividad antes señalada no se incumplió, en virtud de que la normatividad no

establece término de forma expresa para la publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno

del Distrito Federal, sin embargo estos ya fueron publicados.”

De la lectura a lo informado en forma escrita por la SEDEREC, se desprende que

efectivamente la norma no establece un plazo para la publicación de los Manuales

Administrativos, por lo que la observación del presente numeral se modifica.

Respecto al numeral 3 del presente resultado, la Dirección de Administración en la SEDEREC,

informó que:

“3. Referente al posible incumplimiento del numeral 4.4.2, de de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública Federal (Circular Uno) que indica: ‘Los titulares de las

Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, están

obligados a elaborar sus Manuales Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su

revisión, dictamen y, en su caso, registro. El envío deberá hacerse documentado en 3 tantos

originales y en archivo magnético, preferentemente en disco compacto (CD-R). En el caso

de las Entidades dichos Manuales deberán contar con la aprobación del Órgano de Gobierno

respectivo’. Se establece lo siguiente:

104 VOLUMEN 5/13

”No se incumple la normatividad antes señalada, toda vez que aun cuando en el numeral 4.4.2

indica que los titulares de la Dependencias deberán elaborar el Manual Administrativo, que de

acuerdo a la ‘Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del GDF’ lo integra el Manual

de Organización y el manual de Procedimientos, no establece de forma expresa término

para remitir a la CGMA para revisión, dictamen y, en su caso, el Manual Administrativo.”

De la lectura a lo informado en forma escrita por la SEDEREC, se desprende que el

sustento expresado no resulta procedente, ya que el numeral 4.4.1 de la Circular Uno,

vigente en 2008, precisa que “El Manual Administrativo, es el documento que se integra

por el manual de organización y el manual de procedimientos…”, complementariamente,

la observación que se emite, es en el sentido de que la SEDEREC no contó, en el

ejercicio revisado, con el manual de procedimientos para regular sus actividades; y el hecho

de que no se señale un plazo para su elaboración, no es causa de la carencia del mismo,

por lo que la observación del presente numeral no se modifica.

Respecto al numeral 4 del presente resultado, la Dirección de Administración en la SEDEREC,

señaló que:

“4. Respecto a la carencia de atributos señalados en relación con los Lineamientos

y Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias,

ejercicio fiscal 2008, me permito señalar que:

”Como es de su autorizado conocimiento, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad

para las Comunidades fue creada en 2007 y durante el ejercicio fiscal 2008 publicamos

los primeros Lineamientos y Mecanismos de Operación, que si bien carecían de algunos

atributos, en el otorgamiento de cada una de las ayudas se cumplió con un calendario de

asignación, se garantizó que los recursos se canalizaran exclusivamente a la población

objetivo, se supervisó y comprobó el destino de los recursos y los beneficiarios comprobaron

documentalmente el apoyo otorgado, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 501 A

del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.

”En los ejercicios fiscales subsecuentes las Reglas de Operación ya contienen de manera

expresa cada uno de los atributos, como consta en la publicación de la Gaceta Oficial

105 VOLUMEN 5/13

del Distrito Federal del 4 de febrero de 2010, anexa al presente, dando con ello cumplimiento

del Artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal”.

Al respecto, la SEDEREC proporcionó copia fotostática de la documentación siguiente:

“Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 4 de febrero de 2010, en la cual la SEDEREC

publicó el ‘Acuerdo del Comité Técnico Interno de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad

para las Comunidades por el que se Expiden las Reglas de Operación 2010 de los Programas

Sociales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades’.”

De la lectura a lo informado en forma escrita y al documento proporcionado por la SEDEREC,

se desprende que el sustento expresado no resulta suficiente, ya que, el sujeto fiscalizado,

no proporcionó evidencia documental que justifique la emisión de los “Lineamientos y

Mecanismos de Operación del Programa de Atención a Migrantes y sus Familias, ejercicio

fiscal 2008”, en forma diferente a los correspondientes a otros programas, por lo que la

observación del numeral en cuestión no se modifica.

Recomendación ASC-130-08-01-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que,

cuando se autoricen modificaciones a su estructura orgánica, su Manual Administrativo sea

publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal con mayor oportunidad.

Recomendación ASC-130-08-02-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que,

cuando se autoricen actualizaciones a su Manual Administrativo, y una vez obtenido el

registro del mismo, se publiquen con mayor oportunidad en la Gaceta Oficial del Gobierno

del Distrito Federal, de conformidad con la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

106 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-130-08-03-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

cuente con procedimientos relacionados con el registro, control y ejercicio del gasto con

cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de conformidad

con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno).

Recomendación ASC-130-08-04-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

los lineamientos y reglas de operación que emita encaminados a regular el otorgamiento

de ayudas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas

y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, sean homogéneos y contemplen todos los

aspectos señalados en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

2. Resultado

En 2008, la SEDEREC reportó un presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias” de 404,596.5 miles de pesos, que con relación

al original de 115,096.2 miles de pesos, mostró un incremento de 289,500.3 miles de

pesos (251.5%). La modificación neta del presupuesto referido fue realizada mediante

58 afectaciones programático-presupuestarias, autorizadas por la SF, como se muestra

a continuación:

107 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original: 115,096.2 Más:

26 ampliaciones y reducciones compensadas para readecuar el gasto 0.0

9 adiciones líquidas 205,433.5 8 ampliaciones líquidas 85,479.5

1 ampliación compensada 55.0 290,968.0 Menos:

9 reducciones compensadas 333.6

5 reducciones líquidas 1,134.1 1,467.7 289,500.3

Presupuesto modificado: 404,596.5

Menos:

Presupuesto ejercido: 404,596.5

Diferencia: 0.0

De las 58 afectaciones programático-presupuestarias que incrementaron el presupuesto

original del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, en la cantidad

neta de 289,500.3 miles de pesos, destacaron las siguientes:

(Miles de pesos)

Número Justificación Total

C-35-C0-01 y terminaciones 0049 y 0050

Adiciones líquidas de recursos fiscales para estar en condiciones de realizar la aportación estatal al Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrito el 25 de febrero de 2008, entre el Poder Ejecutivo Federal, a través de la SAGARPA y el Gobierno de Distrito Federal representado por la SEDEREC. 45,736.5

C-35-C0-01-0111 Ampliación líquida de recursos fiscales debido a que, durante el primer semestre de 2008, la Dirección General de Desarrollo Rural había venido reportando, dentro del informe de los 20 compromisos del Jefe de Gobierno en materia de Desarrollo Rural, situaciones de insuficiencia presupuestal para poder cumplir con el 30% de aumento ofertado por el Gobierno del Distrito Federal, en el apoyo a productores rurales. 30,000.0

C 35 C0 01 0112 Ampliación líquida de recursos fiscales para estar en posibilidad de realizar la aportación local al anexo técnico de ejecución federalizada para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, suscrito entre la Federación, representado por la SAGARPA, y el Gobierno del Distrito Federal a través de la SEDEREC, relativo al “Proyecto de conservación, uso sustentable de suelo y agua”. 40,676.9

C 35 C0 01 0159 Registro de la aportación federal de la SAGARPA al anexo técnico de ejecución federalizada para el desarrollo del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, derivado del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable suscrito entre la SAGARPA y la SEDEREC el 28 de septiembre de 2008. Los recursos financieros depositados directamente por la SAGARPA al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Distrito Federal. 150,000.0

108 VOLUMEN 5/13

Los recursos ejercidos en 2008, con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias”, de 404,596.5 miles de pesos, se registraron presupuestalmente en un

programa prioritario, por un monto de 4,763.1 miles de pesos, y en cuatro programas

no prioritarios, por un monto de 399,833.4 miles de pesos, como sigue:

(Miles de pesos)

Programa Importe

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 4,763.1 Subtotal 4,763.1

No prioritarios 03 “Administración Pública” 237.1 13 “Desarrollo y Asistencia Social” 17,938.5 27 “Fomento Económico” 9,373.9 28 “Desarrollo Rural” 372,283.9 Subtotal 399,833.4

Presupuesto total 404,596.5

Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”

3. Resultado

En 2008, en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, la SEDEREC ejerció 70,819.4

miles de pesos, a través de 1,427 CLC y 51 DM. Con el objetivo de verificar que dichos

recursos se encontraran debidamente comprobados que las ayudas otorgadas fueran

debidamente autorizadas por la titular de la Secretaría que fueron acordes a los objetivos

originalmente considerados efectivamente recibidos por los beneficiarios finales y que

dichas ayudas fueran informadas a la GGDF, se determinó una muestra de 25 CLC por un

importe total de 18,998.1 miles de pesos, que representa el 26.8% del presupuesto total

ejercido en la partida. Esos recursos fueron destinados para otorgar ayudas en efectivo

a distintos beneficiarios o, en algunos casos, las ayudas corresponden a una contraprestación

específica, como se muestra a continuación:

109 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

CLC Importe Fecha % Destino de la ayuda Número de oficio de autorización

Fecha

35 C0 01 00155 500.0 25/VI/08 2.6 35 C0 01 00299 500.0 17/IX/08 2.6 35 C0 01 00973 245.7 24/XI/08 1.3 SEDEREC/0329BIS/08 14/V/08 Subtotal 1,245.7 6.5

Rehabilitación del Embarcadero de San Sebastián Cuacontle, Xochimilco, 2a. etapa, para fomentar la comercialización de productos agropecuarios.

35 C0 01 00175 2,450.0 15/VII/08 12.9 47 ayudas para apoyar a los pueblos del Distrito

Federal, de acuerdo al “Programa de Apoyo a Pueblos Originarios”.

DGEPICE/285/2008 20/VI/08

Subtotal 2,450.0 12.9 35 C0 01 00176 3,876.9 15/VII/08 20.4 35 C0 01 00177 2,510.9 15/VII/08 13.2 35 C0 01 00179 1,366.0 18/VII/08 7.2

Apoyo a 3,834 productores de nopal de la zona de Milpa Alta y Tláhuac, afectados por una helada el 3 y 4 de enero de 2008 y febrero de 2008. SEDEREC/0439/08 24/VI/08

Subtotal 7,753.8 40.8 35 C0 01 00513 154.6 7/X/08 0.8 Apoyo para compra de maquinaria para

la elaboración de artículos y manualidades para comercialización, dentro del programa “Mujer Rural”.

SEDEREC/0585/08 3/IX/08

Subtotal 154.6 0.8 35 C0 01 00514 126.9 7/X/08 0.7 Apoyo para compra de maquinaria para la producción

de tortillas, dentro del programa “Mujer Rural”. SEDEREC/0585/08 3/IX/08

Subtotal 126.9 0.7 35 C0 01 00576 350.7 21/X/08 1.8 Apoyo para compra de materiales para invernadero

de 1,000 m2. SEDEREC/0706/08 21/X/08

Subtotal 350.7 1.8 35 C0 01 00613 500.0 16/X/08 2.6 Ayuda para el pago de mano de obra de corte

y amogotado de avena para productores de las comunidades de Parres, San Miguel Topilejo y Santo Tomás Ajusco.

SEDEREC/0583/08 3/IX/08

Subtotal 500.0 2.6 35 C0 01 00616 343.7 16/X/08 1.8 Ayuda para el pago de mano de obra de corte

y amogotado de avena para productores de San Miguel Topilejo.

SEDEREC/0583/08 3/IX/08

Subtotal 343.7 1.8 35 C0 01 00742 412.1 11/XI/08 2.2 Ayuda para la construcción de una bodega rural

y agropecuaria comunitaria para el almacenamiento y conservación de granos para su comercialización.

SEDEREC/0559/08 22/VIII/08

Subtotal 412.1 2.2 35 C0 01 00963 465.1 25/XI/08 2.4 Ayuda para ejecutar el proyecto ecoturístico

en la Delegación Magdalena Contreras. SEDEREC/0668/08 3/X/08

Subtotal 465.1 2.4 35 C0 01 01111 349.1 12/XII/08 1.8 Ayuda para producción de jitomate orgánico

en invernadero. SEDEREC/0705/08 21/X/08

Subtotal 349.1 1.8 35 C0 01 01233 200.1 12/XII/08 1.1 Ayuda para la compra de semilla de espinaca,

abono y semilla de rábano para la producción y comercialización de hortalizas.

SEDEREC/0759/ 11/XI/08

Subtotal 200.1 1.1 35 C0 01 01237 145.6 12/XII/08 0.8 Ayuda para equipamiento e instalaciones para

crianza de ganado ovino. SEDEREC/0759/08 11/XI/08

Subtotal 145.6 0.8 35 C0 01 01908 900.0 26/XII/08 4.7 35 C0 01 02042 600.0 31/XII/08 3.2

Pago para elaborar un “Plan Maestro” para el proyecto ecoturístico “Tonatiuh Calli” en Tetelco, Tláhuac.

SEDEREC/0884/2008 23/XII/08

35 C0 01 02043 600.0 31/XII/08 3.2 35 C0 01 02044 600.0 31/XII/08 3.2

Pago para efectuar el equipamiento de sanitarios y sendero peatonal para el proyecto ecoturístico “Tonatiuh Calli” en Tetelco, Tláhuac.

Subtotal 2,700 14.3 35 C0 01 01978 1,015.0 26/XII/08 5.3 Ayuda para equipamiento de cabina de audio

y video y estación de radio por Internet. SEDEREC/0816/08 14/XI/08

Subtotal 1,015.0 5.3 35 C0 01 02024 325.7 31/XII/08 1.8 Ayuda para la construcción de un taller de costura

para la producción de uniformes escolares y resguardo de telas.

SEDEREC/0764/08 11/XI/08

Subtotal 325.7 1.8 35 C0 01 01899 153.3 22/XII/08 0.8 35 C0 01 02028 306.7 31/XII/08 1.6

Pago para capacitación, asesoría, acompañamiento y evaluación a los proyectos de turismo alternativo. SEDEREC/0812/08 20/XI/08

Subtotal 460.0 2.4 Totales 18,998.1 100.0

110 VOLUMEN 5/13

De la información y documentación antes descrita, se determinó lo siguiente:

Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 00175, del 15 de julio de 2008, expedida a nombre del

Gobierno del Distrito Federal por 2,450.0 miles de pesos, para el pago de 47 ayudas

a igual número de beneficiarios, por un importe unitario de 50.0 miles de pesos para

42 comités beneficiarios (2,100.0 miles de pesos en total) y 70.0 miles de pesos para 5 comités

beneficiarios (350.0 miles de pesos).

Lo anterior, de conformidad con el Programa de Apoyo a Pueblos Originarios ejecutado

por la SEDEREC, mediante el cual, se otorgaron ayudas en beneficio de los habitantes de

pueblos del Distrito Federal para el desarrollo de un proyecto social o cultural consistente

en: el uso y rescate de la lengua náhuatl; una serie de actividades culturales, artísticas

y recreativas encaminada a fortalecer la identidad cultural; la promoción y fomento de las

artesanías; la promoción y fortalecimiento de tradiciones, festividades y costumbres; y la

recuperación de la historia gráfica, documental y/o de la tradición oral de la comunidad

y de los pueblos, entre otras.

Asimismo, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 1o. de febrero de 2008, fueron

publicados los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos

Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”.

Con fecha 7 de febrero de 2008, fue publicada en la página web de la SEDEREC la

convocatoria del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal, con el fin

de que la población del Distrito Federal participara con sus proyectos.

Las organizaciones interesadas (denominadas comités) presentaron, en la Dirección General

de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas (DGEPICE), sus proyectos

estos fueron avalados por acuerdo y acta de asamblea de la comunidad participante, en la cual

también se determinó un comité de administración y un comité de supervisión. Se elaboró una

minuta de dicha asamblea, la cual incluyó; la convocatoria de la asamblea, lista de asistencia,

orden del día, propuestas presentadas, votación realizada, acuerdos y firmas respectivas.

Para la evaluación y autorización de los proyectos presentados, la SEDEREC conformó

un Comité Técnico de Evaluación y Autorización integrado por cuatro miembros de pueblos

111 VOLUMEN 5/13

originarios y/o investigadores y académicos, con experiencia en temas de desarrollo social

y comunitario de los pueblos originarios, así como por cuatro servidores públicos representantes

de la SEDEREC. También se integraron a este comité como invitados permanentes,

personal de la Contraloría Interna en la SEDEREC y de la Contraloría Ciudadana.

En función del cumplimiento, por parte de las organizaciones solicitantes (comités), de los

lineamientos y convocatoria expedida, fueron seleccionados por el Comité Técnico de

Evaluación y Autorización de la SEDEREC aquellos proyectos que se consideraron viables.

El 28 de marzo de 2008, se celebró la sesión del Comité Técnico de Evaluación y Autorización

del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios para la Evaluación de Proyectos 2008.

El acta de la sesión consigna la presentación de cada uno de los 56 proyectos comunitarios

registrados, así como las observaciones realizadas a estos por parte de dicho comité. El acta,

también consigna la autorización y asignación presupuestal preliminar a 52 de los proyectos.

De igual forma, el 16 de abril de 2008, se celebró la Sesión del Comité Técnico del Programa

de Apoyo a Pueblos Originarios para la Revisión de Proyectos 2008. Se levantó el acta de

sesión refiere la revisión y revocación de la aprobación preliminar de tres proyectos que

no cumplieron con los requisitos solicitados; asimismo, reporta la integración y aprobación

de 49 proyectos que efectivamente cubrieron los requisitos establecidos en la convocatoria.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/433/08 del 20 de junio de 2008, la titular de la SEDEREC

autorizó las asignaciones al Programa de Apoyo a Pueblos Originarios de 2008. El monto

de éstas ascendió a 2,450.0 miles de pesos. Su distribución de acuerdo al dictamen de

autorización emitido por el Comité Técnico, Se efectuó entre 49 proyectos del programa antes

mencionado, el monto aproximado, por proyecto fue del orden de los 50.0 miles de pesos.

Derivado de la revisión a la documentación del programa, se observó lo siguiente:

1. Para la formalización de la entrega de los apoyos de los proyectos respectivos,

la SEDEREC suscribió, con 47 de los 49 comités, un convenio de colaboración, sin

número, todos de fecha 1o. de mayo de 2008.

Asimismo, la SEDEREC realizó los pagos de las ayudas autorizadas, mediante

47 cheques a nombre de cada uno de los representantes del proyecto respectivo,

112 VOLUMEN 5/13

todos de fecha 29 de julio de 2008. Los cheques fueron entregados contra las firmas

respectivas de las pólizas; y de los recibos de apoyo y contra la entrega de la copia de

la identificación oficial.

Cabe señalar, que el 10 de diciembre de 2008, se celebró la sesión del Comité

Técnico de Evaluación y Autorización del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios

para la Evaluación de Proyectos 2008. En el acta correspondiente se estableció la

revocación de dos proyectos en razón de que habiendo transcurrido el tiempo para

la firma de los convenios de colaboración respectivos, éstos no fueron plasmados por

los representantes del proyecto. Respecto del monto de 100.0 miles de pesos, en la

misma sesión, se determinó reasignarlo a cinco proyectos, de fecha más reciente en

la generación de proyectos comunitarios, por un monto de 20.0 miles de pesos a cada

uno, firmando, los representantes de los cinco proyecto, las pólizas de cheques

correspondientes por los recursos adicionales recibidos.

2. En relación con la efectiva aplicación de las ayudas otorgadas por parte de los comités

beneficiarios y con la comprobación documental de los gastos efectuados, tanto en

los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos

Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008”, como en los convenios

suscritos, entre otras condiciones, se estableció que los comités beneficiarios deberían

reportar, de conformidad con lo convenido: avances físico-financieros del proyecto

aprobado mediante informes financiero, narrativo y memoria fotográfica; y actividades

realizadas, así como beneficiarios o participantes por sexo y edad mediante informe

escrito y listados. Además, se estableció la obligación de comprobar al 100.0% los

recursos asignados, antes del 30 de noviembre de 2008.

Con objeto de verificar el cumplimiento de lo anterior, mediante el oficio

núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/01, del 18 de marzo de 2010, la CMHALDF solicitó

a la SEDEREC proporcionara la CLC núm. 35 C0 01 00175, con su documentación

comprobatoria. La integración de documentos consistió en 47 recibos de ayuda, 5 recibos

de reasignación de ayudas y expediente de beneficiarios.

La SEDEREC proporcionó las pólizas de cheque que amparan los pagos a los 47 comités

beneficiarios por un monto total de 2,450.0 miles de pesos, verificándose que dichas

113 VOLUMEN 5/13

pólizas cuentan con la firma del representante del comité beneficiario, copia de su

identificación (credencial de elector) y recibo firmado por el mismo.

Los representantes de los comités beneficiarios, así como los importes que les fueron

otorgados, se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Consecutivo Número de cheque Fecha Nombre del beneficiario Importe

1 118 29/VII/08 Ricardo Enrique Ramírez 50.0 2 119 29/VII/08 Jorge Ureño De La O 50.0 3 120 29/VII/08 Rosendo Lucas Carpio 50.0 4 121 12/VIII/08 Edna Álvarez Ruiz 50.0 5 122 29/VII/08 Mauricio Reyes Hernández 50.0 6 123 29/VII/08 Guadalupe Fajardo Leal 50.0 7 124 29/VII/08 Sonia Elizabeth Castillo García 50.0 551 26/XII/08 Sonia Elizabeth Castillo García 20.0

8 125 29/VII/08 José Luis Manrique Madrid 50.0 552 26/XII/08 José Luis Manrique Madrid 20.0

9 126 29/VII/08 Raymundo Ávila Molina 50.0 10 127 29/VII/08 José Martín Reyes Silva 50.0 11 128 29/VII/08 Raymundo Peralta Valencia 50.0 12 129 30/VII/08 Juan Carlos Falcón Valverde 50.0 13 130 1/VIII/08 Flavio Guzmán López 50.0 14 131 29/VII/08 Martín Hernández Chavarría 50.0 15 132 29/VII/08 Felipe Teodoro Vázquez 50.0 16 133 30/VII/08 Irma Castillo Acevedo 50.0 17 134 30/VII/08 Guadalupe Flores Cuellar 50.0 18 135 29/VII/08 Silvia Ibáñez Olvera 50.0 19 136 29/VII/08 Silvia Yedra Gutiérrez 50.0 20 137 29/VII/08 Analí Castro Aljama 50.0 21 138 29/VII/08 Mario Rosas Bastida 50.0 22 139 29/VII/08 Zul Octavio Morales Pérez 50.0 23 140 29/VII/08 Ricardo Guadarrama González 50.0 24 141 29/VII/08 María Del Rocío Romero Alquicira 50.0 25 142 29/VII/08 María Guadalupe Nancy Rodríguez Jiménez 50.0 26 143 29/VII/08 Domingo Palma Martínez 50.0 27 144 29/VII/08 Amado Jiménez Barrera 50.0 28 145 29/VII/08 Rubén Flores Soto 50.0

449 26/XII/08 Rubén Flores Soto 20.0 29 146 29/VII/08 María Irma Camacho Horta 50.0 30 147 29/VII/08 María Estela Santamaría González 50.0

450 30/XII/08 María Estela Santamaría González 20.0 31 148 13/VIII/08 Ramona Mar González 50.0 32 150 7/VIII/08 Margarita Ortiz Álvarez 50.0 33 151 29/VII/08 Alfonso Ávila García 50.0 34 152 7/VIII/08 María Esther Aguirre Álvarez 50.0

448 26/XII/08 María Esther Aguirre Álvarez 20.0 35 153 29/VII/08 Guadalupe Solís González 50.0 36 154 29/VII/08 Albina Hernández Chavarría 50.0 37 155 18/VIII/08 Araceli Díaz Márquez 50.0 38 157 29/VII/08 Eugenio Juan Reséndiz Sánchez 50.0 39 158 29/VII/08 Laura Aguilar López 50.0 40 159 29/VII/08 María Amparo Cortés Becerril 50.0 41 160 29/VII/08 Yesenia Toledo Rojas 50.0 42 161 29/VII/08 María Isabel Ortega Valencia 50.0 43 163 29/VII/08 Olivia López Pelcastre 50.0 44 165 29/VII/08 María del Carmen Chávez Corrales 50.0 45 168 29/VII/08 David Flores Tapia 50.0 46 169 29/VII/08 Guadalupe Patricia Pérez Jácome 50.0 47 177 05/IX/08 Martha Claudia Pérez Ruiz 50.0

Total 2,450.0

114 VOLUMEN 5/13

En los lineamientos establecidos para el otorgamiento de las ayudas antes descritas,

se estableció que los comités beneficiarios proporcionarían la comprobación documental

del gasto efectuado con las ayudas otorgadas. Al respecto, se observó que 31 de los

comités beneficiarios no comprobaron documentalmente la totalidad del gasto efectuado

por un importe total de 897.6 miles de pesos.

Por no contar con la documentación comprobatoria por 897.6 miles de pesos, la SEDEREC

inobservó la cláusula segunda “Obligaciones de la Secretaría”, inciso a), de los convenios

de colaboración suscritos, la cual señala: “Supervisar que los recursos otorgados

a LOS COMITÉS sean aplicados en cumplimiento de los objetivos del presente

instrumento y de conformidad con los lineamientos y la guía de operación del PAPO”.

3. La documentación que debieron entregar los comités beneficiarios, así como no

encontrada en los expedientes respectivos, de acuerdo al convenio suscrito y a los

lineamientos establecidos, fue la siguiente:

En expediente Documento

Sí No

Acta de Asamblea Comunitaria 47 0 Proyecto de inversión 47 0 Informes de avance 36 11 Informe final 29 18 Constancia de la Placa 1 46 Listado de beneficiarios con edad y sexo 2 45

Memoria Fotográfica 15 32

Por la carencia de informes de avance y finales; listado de beneficiarios; y memoria

fotográfica, la SEDEREC incumplió la cláusula segunda “Obligaciones de la Secretaría”,

inciso c), de los convenios de colaboración suscritos, la cual señala: “Dar seguimiento

y evaluar, a través de la DGEPICE [Dirección General de Equidad para los Pueblos

Indígenas y Comunidades Étnicas], los avances de ejecución de los proyectos

aprobados, a fin de constatar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos

en los mismos”.

En la reunión de confronta, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó

información relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:

115 VOLUMEN 5/13

Con relación al análisis de la CLC número 35 CO 01 00175, del 15 de julio del 2008, cuyo

monto asciende a $2,450 miles de pesos por concepto de ayuda a 47 Proyectos del

Programa de Apoyo a Pueblos Originarios, ejercicio 2008, comento lo siguiente:

La Dirección de Administración en la SEDEREC no presentó información y/o documentación

relacionada con la falta de documentación comprobatoria que ampare la cantidad de

897.6 miles de pesos, señalada en el numeral 2, del presente resultado. Por lo anterior,

el resultado no se modifica.

Referente a la existencia de comprobantes sin requisitos fiscales señalada en el mismo

numeral 2, informó:

“2. En lo referente a la existencia de comprobantes sin requisitos fiscales por un monto de

1,014.2 miles de pesos me permito señalar lo siguiente:

”Al respecto, y retomando lo señalado por el Decreto del Presupuesto de Egresos del

Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, señalado por la misma Contaduría Mayor de

Hacienda, que indica: ‘II. El otorgamiento se hará (…) considerando su contribución

efectiva a la oferta de bienes y servicios’, es notorio que en ningún momento se plantea

que deben ser demostrados a través de comprobantes fiscales, solamente que deben ser

eficaces en la oferta, de tal manera que puedan ser los adecuados para efectuar las

tareas o actividades que, en este caso, los proyectos requieran.

”Es importante señalar que hay recibos individuales de recepción de recursos, autorizados

por los integrantes de los proyectos, contempladas en la Guía de Operación, dentro del

concepto de Gastos directos de operación del proyecto, Ayudas económicas, que las

define como ‘apoyo a personas que brinden capacitación o desempeñen alguna actividad

específica con relación a los objetivos del proyecto. Este rubro no debe entenderse como

pago salarial, en función de que los proyectos son comunitarios y no organizaciones

o grupos específicos que cobran por su trabajo’. En tal virtud, no es posible exigir la

existencia de requisitos fiscales en los recibos que las personas emiten.

”De la misma manera, existen recibos o notas de remisión expedidas por instancias como

papelerías o expendedoras de materiales o mercancías diversas, las cuales por su propia

116 VOLUMEN 5/13

situación fiscal no expiden facturas, además de que los montos no son mayores, en la

generalidad de los casos, a quinientos pesos, pero es claro que los productos adquiridos

son utilizados en la realización de las actividades consideradas en los proyectos.

”Por otro lado, en virtud de que se trata de proyectos comunitarios, los beneficiarios no

pueden solicitar la expedición de facturas en la mayoría de las adquisiciones, pues las

mismas deben ser a nombre del pueblo o comunidad originaria, no deben ser a nombre

de ninguno de los integrantes de los Comités, pues serían ellos los propietarios, por tanto,

tienen que obtener solamente comprobantes fiscales y en muchos casos deben conformarse

con notas de remisión con el sello del comercio que les vende, ello en razón de que no

son personas que se dediquen al comercio especulativo.

”Es importante destacar que dentro del proceso de asignación y entrega de los recursos

del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios 2008, se cubrieron de manera correcta

todos los requerimientos legales y administrativos, por parte de la Secretaría de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades y los beneficiarios del programa”.

Del análisis a la información proporcionada por la SEDEREC, al no considerarse

normativamente obligatoria la comprobación con documentos que reunieran requisitos

fiscales por parte de los beneficiarios de ayudas, el presente resultado se modifica.

En relación a la observación señalada en el numeral 3 del presente resultado, la Dirección

de Administración en la SEDEREC no presentó información y/o documentación relacionada

con la carencia de informes de avance y finales; listado de beneficiarios; y memoria

fotográfica; por lo que el resultado no se modifica.

Recomendación ASC-130-08-05-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

los beneficiarios de las ayudas otorgadas, con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales

y Sociales”, comprueben documentalmente en su totalidad el ejercicio de los recursos

recibidos, de conformidad con los “Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa

de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal”, vigente.

117 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-130-08-06-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

los expedientes de los beneficiarios de las ayudas, otorgadas con cargo a las partidas

4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, cuenten con la totalidad de la documentación

solicitada como requisito para la recepción y ejercicio de los recursos entregados en esa

calidad, de conformidad con el convenio suscrito y los lineamientos establecidos.

4. Resultado

Se revisaron las CLC núms. 35 C0 01 00176, por 3,876.9 miles de pesos y 35 C0 01 00177,

por 2,510.9 miles de pesos, ambas, del 15 de julio; y la 35 C0 01 00179 del día 18 del

mismo mes por, 1,366.0 miles de pesos, todas del 2008. Las tres CLC fueron expedidas

a nombre de Mexicana de Traslado de Valores, S.A., empresa encargada de realizar el

pago en efectivo a 3,834 productores de nopal afectados por la helada atípica del 3 y 4 de

enero de 2008, en las Delegaciones de Milpa Alta y Tláhuac. El pago se efectuó

por concepto de ayuda para beneficiarios del “Programa de Atención a Contingencias

Climatológicas” (PACC).

Los recursos antes señalados fueron aportados en un 50.0% por el Gobierno Federal

y en similar porcentaje por el Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Convenio

de Coordinación suscrito, el 29 de junio de 2007, entre el Gobierno del Distrito Federal

representado por la SEDEREC y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo

Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a fin de conjuntar acciones y recursos para

apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad

establecidos en las Reglas de Operación del Fondo para Atender a la Población Rural

Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC).

El Gobierno del Distrito Federal, a través del Sistema de Operación y Gestión Electrónica,

solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la emisión del “Diagnóstico

Climatológico”, mediante el cual se corroboró la ocurrencia de la contingencia y se

identificaron las delegaciones afectadas. La CONAGUA, el 29 de enero de 2008, emitió

118 VOLUMEN 5/13

su opinión en acerca de la helada atípica registrada, los días 3 y 4 de enero de 2008, en

las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac del Distrito Federal. Mediante el “Acta de Diagnóstico

de Daños”, suscrita conjuntamente por los titulares de la SEDEREC y de la Delegación de

la SAGARPA en el Distrito Federal, se estableció la evaluación de las alteraciones, al tiempo

que esta Instancia Federal verificó la elegibilidad de los productores afectados y determinó el

monto de los apoyos a entregar.

De acuerdo a los parámetros establecidos en la fracción II.3, de las Reglas de Operación

del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas,

la SAGARPA determinó un apoyo individual de hasta 3.5 miles de pesos por hectárea,

hasta un máximo de 5 hectáreas por productor, con base en lo siguiente:

“Esta comisión acuerda autorizar el siguiente apoyo, condicionado a que se implemente

un Plan de Prevención para este tipo de fenómeno, por lo cual los productores

beneficiarios recibirán apoyo del programa por única vez y podrán ser nuevamente

apoyados para la misma contingencia, con base al Plan de Obras y acciones aplicables

y la aceptación de las fórmulas de coparticipación de pago que se establecen en las

Reglas de Operación del PACC, es decir el Gobierno Federal aportará el 50% y el

Gobierno Estatal el 50% restante, conforme al siguiente cuadro:

Componente de Apoyo Has. Productores Apoyo federal Apoyo estatal Apoyo total

Agrícola (Nopal) 2,251.72 3,900 3,941,306.82 3,941,306.82 7,882,613.64 Total de Apoyos 2,251.72 3,900 3,941,306.82 3,941,306.82 7,882,613.64 Gasto de Operación 98,532.67 98,532.67 197,065.34 Gastos de Auditoría 19,706.53 19,706.53 39,413.06 Total de Gastos 1/ 118,239.20 118,239.20 236,478.40 Total 2,251.72 3,900 4,059,546.02 4,059,546.02 8,119,092.04

”Asimismo, este Comité Agropecuario Estatal de Daños acuerda lo siguiente: que se

otorgue un monto de apoyo máximo de 3,500.70/Hectárea.”

Del análisis a la documentación comprobatoria y justificativa, se observó lo siguiente:

1. De las tres CLC determinadas como muestra, dos fueron afectadas por igual número

de DM como se muestra a continuación:

119 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Número de CLC Fecha Importe bruto (1)

Número de documento

múltiple

Fecha Importe (2)

Importe neto de la CLC (1) – (2)

35 C0 01 00176 15/VII/08 3,941.3 31 C0 01 031 17/VII/08 64.4 3,876.9 35 C0 01 00177 15/VII/08 2,575.3 31 C0 01 028 17/VII/08 64.4 2,510.9 35 C0 01 00179 18/VII/08 1,366.0 No aplicó 0 1,366.0

Total 7,882.6 128.8 7,753.8

Los dos DM antes señalados fueron aplicados para devolver a la Secretaría de Finanzas,

a través de recibos de entero, recursos no ejercidos derivados de cobros no efectuados

por 66 beneficiarios.

La documentación que respalda las referidas CLC, se integró por 3,834 recibos, los

cuales contienen; folio, fecha, cantidad recibida, nombre del beneficiario, localidad,

delegación, domicilio, superficie afectada, teléfono, número de identificación y nombre

y firma del beneficiario. De igual forma, se verificó que cada recibo contara con copia

fotostática de la identificación oficial del beneficiario. También se constató que la firma

consignada en el recibo, correspondiera con la plasmada en la identificación oficial.

Los pagos fueron efectuados en el período que va comprendido del 21 al 25 de julio

de 2008, en las instalaciones del Centro de Acopio de Nopal-Verdura, en la Delegación

Milpa Alta. Los apoyos fueron entregados a los beneficiarios en efectivo y a través

de pagadores de la compañía Mexicana de Traslado de Valores, S.A. Los pagos se

realizaron contra la presentación de la identificación oficial y la entrega de la copia

fotostática de la misma, una vez suscrito el respectivo recibo foliado (emitido conforme

al padrón validado por el Comité Técnico Nacional del PAAC). La entrega estuvo

supervisada por el Órgano Interno de Control en la SEDEREC, el representante de

la SAGARPA en el Distrito Federal, representantes de la SEDEREC, así como de la

Delegación Milpa Alta.

2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 28 de julio de 2008, la SEDEREC publicó

el padrón de productores afectados y el reporte del ejercicio de los recursos por un

importe de 7,882.6 miles de pesos.

120 VOLUMEN 5/13

Asimismo, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 29 de diciembre de 2008,

la SEDEREC publicó la relación de productores que recibieron el apoyo con un

importe de 7,753.8 miles de pesos.

Los listados, mencionados anteriormente, fueron cotejados con los 3,834 recibos

firmados por los beneficiarios de la ayuda, coincidiendo entre sí la documentación.

Asimismo, se verificaron 50 expedientes de beneficiarios de la ayuda. Éstos contenían

el “Formato de Campo Programa de Apoyo a Contingencia Climatológicas (PAAC 2008)”,

mediante el cual se establecieron los datos del productor beneficiario (nombre, delegación,

domicilio, núm. de credencial de elector, teléfono, fecha de nacimiento, CURP),

así como las dimensiones del paraje o predio afectado, situación de tenencia, croquis

del predio, firma del productor y del técnico valuador del daño. Adicionalmente, los

expedientes contienen copia del recibo de ayuda, así como de la identificación oficial

del beneficiario que firma el recibo. Lo anterior, en cumplimiento de las Reglas de

Operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias

Climatológicas.

5. Resultado

Se analizaron 4 CLC a nombre de la Universidad Autónoma Chapingo, con núm. 35 C0 01

y terminaciones: 01908, por 900.0 miles de pesos; 02042, por 600.0 miles de pesos;

02043, por 600.0 miles de pesos; y 02044, por 600.0 miles de pesos. La primera,

corresponde al 26 de diciembre de 2008; las tres restantes al 31 del mismo mes y año.

Derivado del análisis a la documentación antes mencionada, se observó lo siguiente:

1. Las CLC núms. 35 C0 01 01908 y 35 C0 01 02044, fueron expedidas para el pago de

las facturas núms. 14882, del 3 de diciembre de 2008, que importaba 600.0 miles

de pesos; y 14883, del 22 de diciembre de 2008, cuyo monto ascendió a 900.0 miles de

pesos, respectivamente.

Dichas erogaciones fueron efectuadas al amparo del convenio de concertación, sin

número, del 3 de diciembre de 2008, con vigencia al mes de diciembre del mismo año,

121 VOLUMEN 5/13

suscrito entre la titular de la SEDEREC y el Rector de la Universidad Autónoma

Chapingo. El objeto del Convenio, de acuerdo a su cláusula primera, consistió en:

“Apoyo a la población ejidataria para el plan maestro para el ‘Proyecto Ecoturístico

Tonatiuh Calli, ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’”.

El plan maestro, objeto del convenio, esencialmente consiste en el diagnóstico,

pronóstico, status y revisión de las condiciones financieras, físicas y legales de la

zona; en el desarrollo del plan maestro, plan de manejo, proyectos ejecutivos y

estudios técnicos para el proyecto ecoturístico; en el diseño y presentación del plan

maestro del proyecto ecoturístico; en la programación y formulación presupuestaria de

acciones de impacto urbano, infraestructura básica, equipamiento urbano, reserva de

suelo, permisos necesarios y normatividad aplicable; en el estudio de mercado

y posicionamiento del proyecto; así como en el análisis socioeconómico y financiero.

En relación al cumplimiento del objeto del convenio, por las partes que intervinieron

en el mismo, con fecha 9 de enero de 2009, la titular de la SEDEREC y el Rector de la

Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron el acta de entrega recepción y finiquito

del convenio de concertación. En este documento, se hizo constar la entrega física de

las piezas documentales convenidas a cargo de la Universidad Autónoma Chapingo

y la recepción a entera satisfacción, por parte de la SEDEREC, del Plan Maestro para

el Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli, ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación

Tláhuac, Distrito Federal.

Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/05, del 12 de abril de 2010,

la CMHALDF solicitó a la SEDEREC la documentación que acreditara el cumplimiento

del convenio suscrito entre la SEDEREC y la Universidad Autónoma Chapingo.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0297/2010, del 29 de abril de

2010, la SEDEREC remitió un disco compacto conteniendo: diagnóstico y pronóstico,

estudios de mercado, evaluación socioeconómica y financiera, proyecto ejecutivo con

planos generales y de detalle, estudio de impacto ambiental y manual e instrumentos

de identidad del proyecto. La documentación y trabajos entregados por la Universidad

Autónoma de Chapingo a la SEDEREC, demostraron el cumplimiento del convenio

suscrito entre ambas partes.

122 VOLUMEN 5/13

2. Las CLC núms. 35 C0 01 2042 y 35 C0 01 02043, fueron expedidas para el pago de

las facturas núms. 15001, del 9 de diciembre de 2008, por un importe de 600.0 miles

de pesos; y 15002, del 31 de diciembre de 2008, por un importe de 600.0 miles de

pesos, respectivamente.

Las erogaciones fueron efectuadas al amparo del convenio de concertación, sin número,

del 9 de diciembre de 2008, suscrito entre la titular de la SEDEREC y el Rector de la

Universidad Autónoma Chapingo. El objeto del convenio, de acuerdo a su cláusula

primera consistió en: “Apoyo a los ejidatarios para realizar el ‘Equipamiento de Sanitarios

y Sendero Peatonal Interpretativo’ para el ‘Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli,

ubicado en el ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’”. La vigencia del

convenio concluía el diciembre de 2008.

De esta forma, el 30 de diciembre de 2008, la titular de la SEDEREC y el Rector de la

Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron un addendum al convenio antes descrito,

con el objetivo de modificar la fecha de entrega de los resultados de los trabajos

realizados que, originalmente, se estableció para diciembre de 2008. El addendum

estipula como nueva fecha de de entrega de los trabajos convenidos el 31 de diciembre

de 2009. Además, se estableció que si en un tiempo razonable, a juicio de la

Universidad Autónoma Chapingo y durante la vigencia del convenio, no se obtuviera

la participación del núcleo ejidal, se daría por terminado el convenio, obligándose

ambas partes a suscribir carta finiquito del convenio. La carta, indicaría que se determinó

la conclusión del convenio sin que la Universidad Autónoma Chapingo haya incurrido

en incumplimiento y que ésta realizó los trabajos que le correspondían. Por otra parte;

la Universidad Autónoma Chapingo reintegraría los recursos recibidos y la SEDEREC,

devolvería las facturas recibidas de la primera.

En relación al cumplimiento del objeto del convenio, por las partes que intervinieron

en el mismo, con fecha 28 de octubre de 2009, la titular de la SEDEREC y el Rector

de la Universidad Autónoma Chapingo, suscribieron el acta de entrega recepción

y finiquito del convenio de concertación. En este documento, se hizo constar que las

partes daban por concluido el convenio, y addendum respectivo, por causas no

imputables a las partes. Lo anterior, derivado de que no se efectuaron los trabajos

correspondientes, por no haber obtenido la ratificación del núcleo ejidal y la participación

123 VOLUMEN 5/13

de los productores para la operación del proyecto. Además, se indicó que la Universidad

Autónoma Chapingo reintegraría, a la SEDEREC, los recursos proporcionados, sin

intereses, intereses moratorios o algún otro pago relacionado con la posesión del

dinero, dado que la cuenta bancaria en la que se depositó el recurso fue no productiva

y, por lo tanto, no generó intereses.

Al respecto, la SEDEREC proporcionó copia del oficio núm. SEDEREC/0871/2009, del

29 de octubre de 2009, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC

entregó, a la Subdirección de Recursos Financieros, el cheque núm. 0053389 del 20 de

octubre de 2009, emitido por el patronato de la Universidad Autónoma de Chapingo,

a nombre de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, por un

monto de 1,200.0 miles de pesos, correspondiente al reintegro de recursos asignados.

Lo anterior, en cumplimiento del convenio y addendum que dieron origen a los

recursos otorgados.

Además, en relación al reintegro de los recursos devueltos por la Universidad Autónoma

de Chapingo, la SEDEREC proporcionó el oficio núm. SEDEREC/DA/66/2010, del 26 de

enero de 2010, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC

solicitó a la Dirección General de Administración Financiera en la Secretaría de Finanzas,

le indicara el procedimiento a seguir, para realizar la devolución de los recursos ante

la Tesorería del Distrito Federal y la Tesorería de la Federación.

Asimismo, proporcionó el oficio núm. SEDEREC/DA/0125/2010, del 12 de febrero

de 2010, mediante el cual la Dirección de Administración en la SEDEREC remitió, a la

Dirección General de Administración Financiera en la Secretaría de Finanzas, ficha

del depósito bancario del 11 de febrero de 2010 a nombre de la Secretaría de

Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, por un importe de 1,200.0 miles de pesos,

correspondientes a los recursos reintegrados por la Universidad Autónoma de Chapingo.

Queda pendiente la remisión, por parte de la Secretaría de Finanzas a la SEDEREC,

del recibo de entero correspondiente.

3. En relación a la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales

y Sociales” en las erogaciones antes descritas, de acuerdo a la naturaleza económica

124 VOLUMEN 5/13

del gasto y tratándose de una contraprestación convenida, el egreso debió haberse

registrado en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, la cual indica:

“Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones de toda

índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las actividades

propias de cada dependencia […] de la Administración Pública del Distrito Federal,

siempre que sean diferentes a los estudios comprendidos en las partidas 3301

‘Honorarios’ y 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’ y en el concepto 6300

‘Estudios de Preinversión’

”Los estudios e investigaciones que comprende esta partida pueden ser de carácter

socioeconómico, científico, jurídico, etc.”

Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, que

por la naturaleza económica del gasto correspondía registrarse en la partida 3305

“Estudios e Investigaciones”, la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del

Código Financiero del Distrito Federal, que señala: “Las […] Dependencias deberán

llevar los registros del ejercicio de sus presupuestos autorizados, observando para

ello que se realicen […] II. Con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del

Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información

relacionada con el resultado aquí analizado, en los siguientes términos:

“3. Referente a su apreciación sobre la aplicación del gasto correspondientes a las 4 CLC

a nombre de la Universidad Autónoma de Chapingo con números 35 C0 01 y terminaciones

01908 por 900.0 miles de pesos; 02042 por 600.0 miles de pesos; 02043 por 600.0 miles

de pesos y 02044 por 600.0 miles de pesos, de fechas 26 de diciembre de 2008 la primera,

y 31 del mismo mes y año para las tres restantes le comento que:

”Consideramos es incorrecto, toda vez que en relación a la aplicación presupuestal de la

partida 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’ en las erogaciones antes descritas, de acuerdo

125 VOLUMEN 5/13

a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación convenida,

el egreso se supone debió haberse registrado en la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’,

la cual indica: ‘Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones de

toda índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las actividades

propias de cada dependencia, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal, siempre que sean diferentes a los estudios

comprendidos en las partidas 3301 ‘Honorarios’ y 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’

y en el concepto 6300 ‘Estudios de Preinversión”; al respecto preciso lo siguiente:

”Con base a lo señalado en la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’, en la que se indica

expresamente que son ‘Asignaciones destinadas a cubrir el pago de estudios e investigaciones

de toda índole, que se contraten con terceras personas para su aplicación en las

actividades propias de cada dependencia, […]’, claramente se puede observar que los

estudios e investigaciones entregados por la Universidad Autónoma de Chapingo como

resultado del convenio celebrado con la SEDEREC cuyo objeto es: Apoyo a la Población

ejidataria para el plan maestro para el ‘Proyecto Ecoturístico Tonatiuh Calli, ubicado en el

ejido de Tetelco, Delegación Tláhuac, Distrito Federal’, es en beneficio de la población

rural del ejido Tetelco del Distrito Federal y no en beneficio o aplicación de las actividades

propias de esta Dependencia; por lo que la clasificación del gasto se hizo en la partida

correcta, 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, toda vez que el resultado de este estudio

es para un proyecto Ecoturístico de un grupo de ejidatarios para ser ubicado en tierras

ejidales como ayuda para esa comunidad en específico, y el inicio del ‘Equipamiento de

Sanitarios y Sendero Peatonal Interpretativo’ de dicho proyecto.”

Del análisis a la respuesta proporcionada por la SEDEREC, se confirma la clasificación

errónea del gasto, toda vez que se debió haber registrado la erogación afectando la

partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, que, según el Clasificador por objeto del gasto

del Gobierno del Distrito Federal, corresponde a las “Asignaciones destinadas a cubrir el

pago de estudios e investigaciones de toda índole, que se contraten con terceras personas

para su aplicación en las actividades propias de cada dependencia […] de la Administración

Pública del Distrito Federal…” y el estudio realizado por la Universidad Autónoma

Chapingo, independientemente de su fin, fue solicitado y pagado por la SEDEREC, y no

fue otorgada directamente al grupo de ejidatarios que alude en su respuesta, por lo que el

numeral 3, del resultado 5, no se modifica.

126 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-130-08-07-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que los gastos ejercidos directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida

correspondiente a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

6. Resultado

Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 01978, del 26 de diciembre de 2008, expedida a nombre

de Desarrollo Comunitario Regional, A.C. por un monto de 1,015.0 miles de pesos, por

concepto de apoyo a la asociación para que ésta conformara y equipara un área específica

a fin de que funcionara como cabina de grabación de audio y video para los participantes

en el “Programa de Difusión y Fomento de Comunicación Comunitaria del Distrito Federal”,

impulsado por la SEDEREC. Lo anterior, de acuerdo con el proyecto aprobado mediante

dictamen técnico, con fecha 12 de noviembre de 2008, y con base en el convenio de

concertación sin número, de fecha 21 de noviembre de 2008, suscrito entre la SEDEREC

y el presidente de la asociación beneficiaria para la formalización del pago correspondiente.

El pago antes mencionado, fue amparado con el recibo de apoyo, sin número, del 26 de

diciembre de 2008.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/816/08, del 14 de noviembre de 2008, la SEDEREC

autorizó el gasto.

Del análisis al convenio suscrito, se observó lo siguiente:

1. En la cláusula tercera, se estipuló que la SEDEREC se compromete a proporcionar un

espacio dentro de sus instalaciones para el equipamiento antes señalado, conforme

a la entrega del apoyo por la cantidad de 1,015.0 miles de pesos. De igual manera, en

la misma cláusula, se estableció que la entrega de la aportación se haría en una sola

exhibición, previa entrega del recibo fiscal por parte de la asociación.

Sin embargo, en la documentación que soporta la CLC núm. 35 C0 01 01978, por un

monto de 1,015.0 miles de pesos, no se encontró el recibo fiscal de Desarrollo Comunitario

127 VOLUMEN 5/13

Regional, A.C., mencionado como requisito para la entrega de la ayuda por parte de

la SEDEREC.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula tercera del convenio suscrito, que

establece: “la entrega de la aportación se hará en una sola exhibición previo recibo

fiscal que exhiba la ‘asociación’”.

Asimismo, por no contar con la documentación comprobatoria, la SEDEREC incumplió

el apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”,

subapartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, rubro IV.3.1, “Cuenta

por Liquidar Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y su modificación del 20 de

octubre del mismo año, vigente en 2008, que establece: “Las CLC’s se deberán

soportar con los originales de la documentación comprobatoria y las UR’s verificarán y

serán responsables de que ésta cumpla con los requisitos fiscales y administrativos

que le sean aplicables…”.

2. En la cláusula segunda del convenio antes citado, la asociación se comprometió, en

un plazo menor a tres meses, a concluir la conformación y equipamiento del área

destinada a la cabina. Asimismo, se estableció que el equipo instalado será propiedad

del Gobierno del Distrito Federal, ya que al final el proyecto deberá ser integrado al

patrimonio de la dependencia.

Los bienes y servicios proporcionados por la Asociación a la SEDEREC para el

equipamiento de la cabina en las instalaciones de la segunda, de acuerdo al anexo

técnico y a la justificación de apoyo económico emitida por la Dirección General de

Equidad para los Pueblos Indígenas y las Comunidades Étnicas de la SEDEREC,

mediante el oficio núm. DGEPICE/589/2008, consistieron en lo siguiente:

128 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Concepto Costo

Yamaha 02R V2 Similar Consola de Audio Digital de 24 canales 215.0

Interfaz de audio con 4 preamplificadores de micrófono. 8 faders motorizados sensibles al tacto. Incluye sofware Pro Tool LE; cualquier Marca 104.6

Focusrite Octopre o Similar Preamplificador de 8 canales con Phantom Power y compresor independiente por canal. Opción para Tarjeta de salida de audio digital 20.8

Apple Mac Pro 2.8 o Similar Computadora con procesador Intel Xeon a 2.8 GHZ, sistema operativo 10.5, Disco Duro interno de 320 GB, 1 GB de memoria de RAM. 67.3

Seagate HD 500 GB o Similar Disco Duro Externo triple interfaz de 500 GB de almacenamiento 8.1

Apple Cinema Display 20" o Similar Monitor de pantalla plana de 20" para Mac Pro 12.0

Beyerdynamic MC 840 o Similar Micrófono de condensador, con patrón polar ajustable (omni, wide cardioid, hypercardioid, figure eight) diafragma largo, cápsula bañada en oro, doble membrana, atenuador de dos posiciones, roll-off, incluye suspensión elástica 226.6

Konig and Meyer 23850 o similar Brazo metálico articulado, para soporte en mesa 12.1

Genelec 8020 o Similar Monitor de campo cercano con woofer de 4" y treble de 3/4" Biamplicadas por 20 watts 22.6

Snake de 8 envíos por 4 retornos de 20 metros de largo o similar 9.9

Gotrik ncc-10 o Similar Cables para micrófono. 10 mts. de longitud 16.1

Instalación y puesta a punto de todo el equipo de sonido. Así como creación de sitio de Internet y Hosteo* para su correcta ejecución, pruebas 250.0

Pruebas y capacitación al personal para poder operar las consolas durante dos semanas para 5 personas 50.0

Total 1,015.1

* Hosteo: poner una página web en un servidor de Internet para que pueda ser vista en cualquier lugar con acceso a Internet.

Con fecha 30 de abril de 2010, la CMHALDF efectuó una inspección física de los bienes

instalados en la SEDEREC, constatándose su existencia. Sin embargo, la SEDEREC

no proporcionó evidencia de la creación del sitio de Internet y Hosteo para su correcta

ejecución, para lo cual aportó un monto de 250.0 miles de pesos. Tampoco existe

evidencia de la capacitación de 5 personas para operar las consolas, con un monto de

50.0 miles de pesos, debido a que actualmente, sólo dos personas manejan el equipo.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula primera del convenio de concertación,

que indica: “Primera.- El presente convenio establece las bases y mecanismos de

colaboración […] para conformar y equipar un área específica para que funcionen

como cabina de grabación de audio y video […] de acuerdo con el proyecto aprobado

mediante dictamen técnico con fecha 12 de noviembre de 2008”.

129 VOLUMEN 5/13

3. En relación con la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales

y Sociales”, de acuerdo a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una

contraprestación convenida, el egreso antes descrito debió haberse registrado en

las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,

5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico”, 5206 “Bienes Informáticos”, 3303

“Servicios de Informática” y 3302 “Capacitación”, toda vez que los bienes, los servicios

informáticos para la creación del sitio de Internet, y la colocación de la página web

en el servidor de internet respectivo (Hosteo) para su correcta ejecución, así como

la capacitación para el manejo de las consolas, son propiedad de la SEDEREC,

de acuerdo a la cláusula segunda, segundo párrafo, del convenio suscrito el 21 de

noviembre de 2008 entre la SEDEREC y la asociación “Desarrollo Comunitario

Regional, A.C.”.

Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,

la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito

Federal, vigente en 2008.

Asimismo, la SEDEREC debió de atender lo establecido en el artículo 37, fracciones I

y III del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2008, que establece:

“Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, sólo con

autorización de la Oficialía podrán efectuar adquisiciones de los siguientes bienes

restringidos:

”I. Equipo de comunicaciones y telecomunicaciones; […]

”III. […] bienes informáticos […] únicamente en aquellos casos que resulten

indispensables para la operación…”

De igual forma, por no haber aplicado procedimientos de adquisición de los bienes

y servicios mencionados, la SEDEREC, incumplió el artículo 26, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigente en 2008, que establece:

130 VOLUMEN 5/13

“Las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, se llevarán a cabo, por

regla general, a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública, para

que libremente se presenten propuestas solventes en sobre cerrado, que serán abiertos

públicamente, a fin de asegurar a la Administración Pública del Distrito Federal las

mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad

y demás circunstancias pertinentes, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.

”No habrá procedimientos distintos a lo previsto en los artículos 54, 55 y 57 de este

ordenamiento que faculten a ninguna autoridad del Distrito Federal a realizar

adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios sin ajustarse al procedimiento

de licitación pública, la inobservancia de lo anterior será causa de responsabilidad

para los servidores públicos involucrados.”

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Rural

y Equidad para las Comunidades presentó información relacionada con el presente

resultado, en los siguientes términos:

“En lo que respecta a la revisión de la CLC núm. 35 C0 01 01978, con fecha 26 de

diciembre 2008, a favor de Desarrollo Comunitario, A.C. con un monto de $1,015.000.00

se hace constar lo siguiente:

”3. Respecto a su apreciación respecto a la inadecuada aplicación de la partida

presupuestal en lo relativo a este apoyo, le comento:

”La aplicación presupuestal por la partida 4105 Ayudas Culturales y Sociales le señalo

que el apoyo a favor de la Asociación Desarrollo Comunitario, A.C. se sustenta conforme

al artículo 49 del proyecto de Egresos del Gobierno del Distrito del ejercicio fiscal 2008,

que el art. 49 señala: las erogaciones por concepto de ayudas y subsidios y aportaciones

del gobierno del D.F. se sujetarán a los establecido en el Código, en ese mismo orden

artículo 504 del Código Financiero del Gobierno del Distrito Federal, del ejercicio 2008

establece: “Las dependencias y órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, podrán

otorgar donativos y ayudas en beneficio social o interés público o general a personas

131 VOLUMEN 5/13

físicas o morales sin fines de carácter político siempre que cuenten con suficiencia

presupuestal y se cumplan con las disposiciones legales aplicables”.

”Así mismo el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, establece:

”PARTIDA 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’. Asignaciones destinadas a otorgar ayudas

en dinero o en especie a grupos familiares o personas físicas o morales, con la finalidad

de promover entre la población de escasos recursos, actividades educativas y deportivas

tales como: espectáculos, conciertos, festivales y otros eventos similares; así como para

ayudar a la satisfacción de sus necesidades económicas, como son: alimentación,

vestido, alojamiento, ayudas de maternidad, matrimonio, viudez y orfandad, así como

gastos de funeral, entre otros.

”También es de mencionar que la población indígena y los pueblos originarios han venido

demandando su propios espacios de comunicación o participación mediante radios

comunitarios ya sean propios o en los medios de comunicación existentes. A través de

producción radiofónica y radio comunitaria los pueblos originarios y las comunidades

indígenas articuladas en 57 agrupaciones lingüísticas como son los otomís, mixes,

mixtecos, zapotecos, totonacas, triquis, mazahuas, entres otros, les ha permitido defender

sus derechos y visualizar sus identidades culturales en la Ciudad de México, por ello la

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades SEDEREC, mediante

la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas

DEGEPICE, integró el Programa de Difusión y Fomento de Comunicación Comunitaria de

la Ciudad de México, con la finalidad de garantizar el acceso al manejo de los medios

de comunicación a los pueblos originarios y comunidades indígenas residentes en el

Distrito Federal a través de la realización de proyectos comunitarios orientados a la

producción radiofónica y audiovisual, así como la realización de proyectos de carácter

autogestivo encaminados a la resolución de necesidades de los pueblos originarios

y comunidades indígenas radicadas en el Distrito Federal, en el marco del desarrollo

sociocultural, pluriétnico y comunitario.

”En razón de lo anterior la Asociación Desarrollo Comunitario Regional, A.C., mediante

oficio fechado 26 Enero 2009, solicitó instalar el proyecto de la cabina Producción

132 VOLUMEN 5/13

Radiofónica y Radio Comunitaria en las instalaciones de la Dirección General de Equidad

para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas (DGPICE) de la Secretaría de

Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, SEDEREC en respuesta a la solicitud

en comento mediante oficio DGEPICE/42/09, fechado 2 de febrero 2009 autoriza instalar

el proyecto de dicha cabina en las instalaciones de la Dirección General”.

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC,

se determina que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada, se

destinó a la adquisición de bienes y servicios que están siendo utilizados por la SEDEREC

dentro de sus mismas instalaciones y no por la asociación civil, beneficiaria de la ayuda.

Complementariamente, en el convenio respectivo, se estableció que el equipo adquirido e

instalado, será propiedad del Gobierno del Distrito Federal y al final del proyecto deberá

ser integrado al patrimonio de la Dependencia. Derivado de lo anterior, el numeral 3, del

resultado 6, no se modifica.

De igual manera, la Dirección de Administración en la SEDEREC no presentó información

y/o documentación relacionada con la autorización, por parte de la Oficialía Mayor; ni en

relación con la no aplicación de procedimientos de adquisición; ni en lo relativo a las

observaciones descritas en los numerales 1 y 2 del presente resultado, por lo que éstos

no se modifican.

Recomendación ASC-130-08-08-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

la documentación derivada de la entrega de las ayudas, que los beneficiarios emitan,

observe los requisitos establecidos en el convenio respectivo.

Recomendación ASC-130-08-09-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para verificar

que se realice la totalidad de los servicios estipulados en los convenios; y que estos sean

recibidos por la Secretaría en tiempo y forma, en cumplimiento de dichos convenios.

133 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-130-08-10-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

los gastos ejercidos por la prestación de servicios y adquisición de bienes muebles,

que sean utilizados directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida que

corresponda a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-11-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

la adquisición de bienes restringidos, se someta a la autorización de la Oficialía Mayor del

Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

Recomendación ASC-130-08-12-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que

por la adquisición de bienes muebles y servicios, utilizados directamente por la Secretaría,

se apliquen los procedimientos de adjudicación correspondientes, de conformidad con la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

7. Resultado

Se analizaron las CLC núms. 35 C0 01 01899 y 35 C0 01 02028, del 22 y 31 de diciembre

de 2008, respectivamente, expedidas a nombre de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V.

por un monto total de 460.0 miles de pesos, por concepto de pago de apoyo

a capacitación, seguimiento, acompañamiento y evaluación a proyectos de turismo

alternativo. Lo anterior, de acuerdo a la cláusula primera del convenio de colaboración sin

número, de fecha 1o. de diciembre de 2008, suscrito entre la SEDEREC y el administrador

único de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V. para la formalización del pago correspondiente.

134 VOLUMEN 5/13

La retribución recién mencionada, fue amparada con dos recibos de pago que cumplían

con los requisitos fiscales mínimos, de fechas 19 de diciembre de 2008 y 18 de marzo

de 2009, respectivamente.

De acuerdo a la cláusula segunda, punto 1, del convenio de colaboración, la empresa se

comprometió a entregar: un diagnóstico por cada productor, a fin de establecer un plan de

trabajo general y uno particular; una conceptualización para cada uno de los proyectos;

el desarrollo de productos y la integración de estos con los otros proyectos; la elaboración

de la reglamentación interna y para el visitante; la definición de segmentos de mercado;

y las estrategias para contratar personal a nivel staff, entre otras.

Derivado del análisis de la documentación antes descrita, se observó que la empresa

efectuó los servicios y entregó el estudio y las piezas documentales, objeto del pago

otorgado, cumpliendo, así, con la cláusula segunda, del convenio de colaboración.

La entrega fue formalizada mediante acta finiquito, del día 4 de septiembre de 2009.

En el acta se establece que la Coordinación del Centro Regional de Desarrollo Rural 2, de

la SEDEREC, recibió la documentación e información a que se comprometieron entregar

los beneficiarios, y se señala que de acuerdo a lo establecido en la cláusula segunda del

convenio de colaboración estos últimos, habían cumplido en su totalidad con lo establecido

en la solicitud de apoyo.

En relación con la aplicación presupuestal de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”,

de acuerdo a la naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación

convenida, el egreso debió haberse registrado en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”.

Por haber clasificado el gasto en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, la

SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal.

De igual forma, se observó que la SEDEREC para efectuar la contratación de los servicios

convenidos, debió observar la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, específicamente,

los artículos 3, fracción VIII; y 26, los cuales instruyen:

“Para los efectos de esta Ley, entre las Adquisiciones, Arrendamientos y prestación de

Servicios, quedan comprendidos: […]

135 VOLUMEN 5/13

”VIII. La prestación de servicios profesionales, así como la contratación de […] estudios

e investigaciones.”

Por no haber aplicado los procedimientos de adjudicación correspondientes para la

contratación de los servicios pagados, la SEDEREC incumplió los artículos antes señalados.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información

relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:

“1. En lo que corresponde a su opinión sobre la inadecuada aplicación presupuestal de la

partida 4105, por este medio me permito precisar lo siguiente:

”El capítulo 4000 Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias, es destinado para apoyo

a productores tanto para proyectos productivos como para otras actividades y servicios

que se deriven de los apoyos aprobados, con el fin de garantizar un mejor uso del

recurso, con base en un diagnóstico de necesidades y en beneficio del propio productor,

siendo este el caso concreto de Enjoy México Turístico, S.A. de C.V., empresa constituida

por miembros del Instituto Politécnico Nacional quienes se encargaban de proporcionar

capacitación, asesoría, acompañamiento y evaluación a productores favorecidos con el

programa de Turismo Alternativo.

”Por las características ya señaladas se establece que en este caso no es susceptibles

aplicar la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” toda vez que no correspondió a una

investigación o estudio de actividades propias de la Dependencia (SEDEREC), reiterando

que fue en beneficio directo y exclusivo de los productores que fueron beneficiados

en 2008 con proyectos productivos del programa de Turismo Alternativo.”

Del análisis de la información y documentación proporcionada por la SEDEREC,

se determina que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada a la

sociedad anónima, de acuerdo al convenio suscrito, se destinó a servicios determinados,

verificados y recibidos por la SEDEREC. Además, los recursos no fueron otorgados

directamente a los productores favorecidos con el Programa de Turismo Alternativo,

que alude en su respuesta, de tal suerte que estos, aplicaran la ayuda mediante la

136 VOLUMEN 5/13

contratación del prestador de servicios que más conviniera a sus intereses. Por lo expuesto,

el presente resultado no se modifica.

Recomendación ASC-130-08-13-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que los gastos ejercidos por la prestación de servicios de estudios e investigaciones, se

clasifiquen en la partida que corresponda a su naturaleza económica, de conformidad con

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-14-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que en los procesos de contratación para la prestación de servicios de estudios

e investigaciones a cargo de la Secretaría, se apliquen los procedimientos de adjudicación

correspondientes, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

8. Resultado

En el ejercicio de 2008, la SEDEREC llevó a cabo los programas internos de: Turismo

Alternativo, Mejoramiento de Traspatios; Agricultura Urbana, Fomento a las Actividades

Agropecuarias y a la Agroindustria, Cultivos Nativos y Herbolaria, Mujer Rural, y Fomento

a la Producción Orgánica. El objetivo de los programas fue el de fomentar entre los

habitantes de comunidades rurales del Distrito Federal, actividades productivas, ya sean

agropecuarias o de transformación. Para la ejecución de los programas antes mencionados,

la SEDEREC otorgó ayudas a grupos que presentaron proyectos sustentables a criterio

de la SEDEREC.

Para regular el otorgamiento de las ayudas, la SEDEREC publicó en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, del 31 de enero de 2008, los Lineamientos y Mecanismos de Operación

Programa Rural de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2008, a los cuales se

sujetaron los proyectos presentados por los interesados.

137 VOLUMEN 5/13

Para la evaluación de proyectos presentados, la SEDEREC conformó un Comité Técnico

integrado por el Director General de Desarrollo Rural, la Directora de Financiamiento

Rural, la Coordinadora de Capacitación, los Responsables de los Centros Regionales de

Desarrollo Rural, y los Responsables Técnicos de los diferentes programas.

Con el fin de dar certidumbre y transparencia a los interesados en la oferta de apoyos

previstos, el Comité Técnico publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 18 de

abril de 2008, la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección

de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”. En la convocatoria se estableció el

calendario para la atención de los solicitantes, es decir, períodos de recepción de solicitudes,

de dictaminación y de publicación de los resultados, conforme a la autorización que al

respecto emitió el propio Comité Técnico.

Los sujetos beneficiarios fueron, básicamente, organizaciones rurales establecidas mediante

acta de asamblea, representadas por un comité administrador y un comité de vigilancia.

Los proyectos presentados, fueron sometidos a dictamen y autorización del Comité

Técnico de la SEDEREC. En los casos en que fueron aceptados, las ayudas otorgadas

estuvieron autorizadas por la titular de la SEDEREC, así como formalizadas mediante

convenios sin número suscritos entre la Dirección General de Desarrollo Rural de la

SEDEREC y los representantes de las organizaciones beneficiarias. De igual manera,

la entrega de los apoyos estuvo respaldada por recibos sin número, emitidos con el

importe del monto otorgado.

En la cláusula segunda de los convenios suscritos, se estableció la obligación, para los

beneficiarios, de destinar los recursos, exclusivamente, al pago de los bienes, mano de

obra, o servicios, estipulados en el convenio respectivo.

De igual forma, de acuerdo a la misma cláusula, las organizaciones se comprometían

a presentar la documentación comprobatoria del ejercicio de los gastos efectuados con

las ayudas otorgadas, formalizando la entrega mediante acta-finiquito, firmada entre la

Coordinación del Centro Regional de Desarrollo Rural de la SEDEREC y el representante

de la organización beneficiaria. En estas actas se debe establecer que los beneficiaros

138 VOLUMEN 5/13

han cumplido, en su totalidad, con lo pactado en el convenio suscrito y con lo establecido

en la solicitud de apoyo.

Asimismo, en los convenios suscritos los beneficiarios se comprometieron a entregar

informes de avance y final de la aplicación de las ayudas recibidas.

De la muestra de CLC determinada, 14 correspondieron a ayudas otorgadas a los proyectos

con la documentación justificativa y comprobatoria siguientes:

(Miles de pesos)

CLC Representante de la organización beneficiara

Proyecto Fecha del convenio

Fecha del recibo

Importe de la ayuda

Fecha del acta-finiquito

35 C0 01 00155 15/V/08 11/VI/08 500.0 11/III/09 35 C0 01 00299 10/X/08 500.0 35 C0 01 00973

Serafín Páez Blanco Rehabilitación del Embarcadero de San Sebastian Cuacontle, Xochimilco, 2a. etapa 5/XI/08 245.7

Subtotal 1,245.7 35 C0 01 00513 Sirenia Olivares

Jiménez Expresión Cultural a través de Ideas y Manualidades

4/IX/08 3/IX/08 154.6 22/V/09

Subtotal 154.6 35 C0 01 00514 Maria Luisa Vélez

García Transformación del Maíz para la Elaboración de Tortillas

4/IX/08 3/IX/08 126.9 13/II/09

Subtotal 126.9 35 C0 01 00576 Julio Colín Ibáñez Producción de Plantas

Ornamentales en Invernadero 20/X/08 20/X/08 350.7 6/VIII/09

Subtotal 350.7 35 C0 01 00613 Osbaldo Josué Guerra

Cervantes Producción y Comercialización de Avena

4/IX/08 3/IX/08 500.0 29/VI/09

Subtotal 500.0 35 C0 01 00616 Efraín Bravo Camacho Producción y Comercialización

de Avena 4/IX/08 3/IX/08 343.7 27/III/09

Subtotal 343.7 35 C0 01 00742 Hilda García Martínez Bodega Rural y Agropecuaria

Comunitaria 19/VIII/08 29/VIII/08 412.3 29/VI/09

Subtotal 412.3 35 C0 01 00963 Juan Bernardo Nava

Velasco Modelo Ecoturístico de Autosuficiencia Alimentaria

3/X/08 2/X/08 465.0 4/I/09

Subtotal 465.0 35 C0 01 01111 Oscar Morales Carreón Producción de Jitomate

Orgánico en Invernadero 20/X/08 20/X/08 349.1 29/I/09

Subtotal 349.1 35 C0 01 01233 Guillermina Villarreal

Olmos Producción de Hortalizas en San Miguel Topilejo

3/XI/08 3/XI/08 200.1 22/XII/08

Subtotal 200.1 35 C0 01 01237 Maribel Miranda Gracia Equipamiento para Instalaciones

de Crianza de Ganado Ovino 3/XI/08 3/XI/08 145.6 14/VII/09

Subtotal 145.6

35 C0 01 02024 Modas Xolotsyn, S.C. de R.L. de C.V

Taller de Costura 13/XI/08 13/XI/08 325.7 28/X/09

Subtotal 325.7

Total 4,619.4

139 VOLUMEN 5/13

1. Del análisis efectuado sobre el cumplimiento de la convocatoria expedida y los

convenios suscritos, se observó lo siguiente:

Cumplió Obligaciones de las organizaciones beneficiarias de las ayuda otorgadas Si No

De acuerdo al convenio: a) Presentar la totalidad de la documentación comprobatoria

del gasto efectuado con la ayuda otorgada. 11 1 b) Destinar los recursos exclusivamente al pago de mano de obra,

bienes o servicios estipulados. 11 1 c) Entrega de informes de avance y final de las ayudas otorgadas. 10 2

De acuerdo a la Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo:

d) Entrega del acta de asamblea de la organización. 10 2 e) Copia del contrato de cuenta de cheques mancomunada. 9 3

De los incumplimientos antes señalados, se determinó que:

a) Por la falta de documentación comprobatoria de la organización representada por

Maribel Miranda Gracia, por un importe de 50.6 miles de pesos, la SEDEREC

no observó la cláusula primera del convenio respectivo, la cual estipula:

“… Los Beneficiarios’ proporcionaran a ‘La DGDR’ la comprobación del recurso,

física y documentalmente con el que fueron beneficiados”.

b) Por no haber destinado los recursos recibidos como ayuda exclusivamente a los

bienes y servicios señalados en el convenio suscrito entre la SEDEREC y la

organización representada por Serafín Páez Blanco, en los cuales se estipuló que

serían para la adquisición de distintos bienes y materiales de construcción, sin

embargo, según el recibo que ampara el gasto fueron empleados por la organización

para el pago de supervisión de obra, la SEDEREC no observó la cláusula segunda

del convenio respectivo, que establece: “Compromisos de ‘los beneficiarios’.-

Para la ejecución de este convenio, los beneficiarios se comprometen a: […]

2. Destinar el recurso única y exclusivamente para desarrollar el proyecto

autorizado y convienen en adquirir el (los) componente (s) de apoyo consistente(s)

en 1) Escaleras $11,569.08, 2) Cubierta a base de perfil tubular […] $99,864.00,

3) Jardineras […] $48,030.00 4) Guarnición […] $12,580.00 5) Contra trabe […]

$42,344.91, 6) Madera […] $27,021.27, 7) Teja […] $32,889.57, 8) Colocación de

piedra […] $135,495.13, 9) Colocación de balastre […] $288,000.00, 10) Elaboración

140 VOLUMEN 5/13

y/o modificación de plano eléctrico $2,000.00, 11) Salidas para alumbrado

$26,000.00 12) Instalación de iluminaria de anclaje $350,000.00, 13) Bajadas

de apagadores […] $3,600.00, 14) Instalación de celdas solares $75,000.00,

15) Fabricación de dados […] $31,300.32, 16) Desarrollo de proyecto planos […]

$60,000.00…”.

c) Por no contar con los informes de avance y finales de las organizaciones beneficiarias

de las ayudas, representadas por Sirenia Olivares Jiménez y Juan Bernardo Nava

Velasco, la SEDEREC no observó lo establecido en la cláusula segunda, numeral 4,

de los convenios de concertación respectivos, que establece: “Rendir los informes

de avance y final o cualquier otro que le sea requerido por la ‘DGDR’ hasta la

firma del Acta de Finiquito”.

d) La SEDEREC no contó en el expediente de las organizaciones representadas

por Hilda García Martínez y Oscar Morales Carreón, con las actas de asamblea

en las que se manifieste el acuerdo de llevar a cabo el programa de trabajo y/o el

de inversión correspondientes.

e) Por no contar con la copia del contrato de las cuentas de cheques mancomunadas,

anexa a los expedientes de las organizaciones representadas por Sirenia Olivares

Jiménez, María Luisa Vélez García y Juan Bernardo Nava Velasco, la SEDEREC

no observó el apartado "Requisitos", inciso X, de la Convocatoria para Participar

en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo

Alternativo, que establece:

“La solicitud deberá estar integrada con la siguiente documentación […]

”X. copia de contrato de apertura de cuenta de cheques mancomunada, en la cual

se registren por lo menos dos integrantes de la organización en el caso que por el

monto así se determine, una vez que haya sido aprobado el proyecto.”

2. Del expediente de la organización representada por Osbaldo Josué Guerra Cervantes,

se observó que el grupo de trabajo remitió a la SEDEREC, como documentación

comprobatoria, listas de raya del período comprendido del 1o. de junio al 31 de agosto

141 VOLUMEN 5/13

de 2008, mediante las cuales ampara el pago efectuado objeto del apoyo otorgado,

cumpliendo con la cláusula segunda, punto núm. 3, del convenio de concertación.

Sin embargo, la documentación comprobatoria antes señalada, es de fecha anterior

a la firma del convenio respectivo (4 de septiembre de 2008) y a la autorización de la

ayuda, por parte de la titular de la SEDEREC (3 de septiembre de 2008).

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la fracción II, del artículo 49 del Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que instruye:

“Las erogaciones por concepto de […] ayudas, […] con cargo a este Decreto, se

sujetarán a lo establecido en el Código, apegándose a los siguientes criterios: […]

”II. El otorgamiento se hará con base en criterios de […] temporalidad […] en su

asignación…”

3. Del expediente de la organización representada por Guillermina Villarreal Olmos, se

determinó que el grupo de trabajo remitió a la SEDEREC, como documentación

comprobatoria, dos facturas, la primera con núm. 5368 de fecha 18 de septiembre de 2008

y un importe de 90.0 miles de pesos, resultante de la adquisición de 30 toneladas de

abono; la segunda con núm. 199, de fecha 16 de octubre del mismo mes y año y un

importe de 111.6 miles de pesos, derivado de la adquisición de 300 kilos de semilla.

Sin embargo, la documentación señala que el gasto se efectuó antes de las fechas en

que se firmó el convenio respectivo (3 de noviembre de 2008), en que se autorizó la

ayuda (11 de noviembre de 2008) y en que se celebró la 9a. Sesión del Comité

Técnico de Evaluación y Asignación de Recursos (31 de octubre de 2008), en la cual

se autorizó el proyecto objeto de la observación.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la fracción II, del artículo 49 del Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.

4. Del expediente de la sociedad cooperativa, representada por Modas Xolotzyn,

S.C. de R.L. de C.V., se determinó que la cooperativa remitió a la SEDEREC, como

documentación comprobatoria, una factura con requisitos fiscales, mediante la cual

142 VOLUMEN 5/13

ampara la realización y el pago de la obra, objeto del apoyo otorgado, cumpliendo con

la cláusula segunda, punto núm. 3, del convenio de concertación.

Sin embargo, se observó que la naturaleza industrial de la actividad señalada en el

proyecto al que se destinó la ayuda (taller de costura), no corresponde a la ejecución de

actividades agropecuarias y agroindustriales, que de acuerdo al apartado “Declaraciones”,

numeral 1.3 y cláusula primera, del convenio respectivo, sirvieron como base para

otorgar el apoyo.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula primera del convenio respectivo,

en la cual se estipuló que: “Objeto.- El objeto del presente convenio de concertación

es formalizar el apoyo del programa Fomento a las Actividades Agropecuarias y a la

Agroindustria…”.

Asimismo, la SEDEREC no contempló, en el numeral 2.1 requisitos de los beneficiarios

de los Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México

para el Ejercicio Fiscal 2008, el tipo de sociedad a la cual se le otorgó la ayuda, por lo

que incumplió dicha norma, la cual señala: “Podrán ser beneficiarios del programa en

sus diversas líneas de acción los productores rurales y sus familias, los ejidatarios,

comuneros, sociedades rurales y los usufructuarios legales que realicen actividades

productivas en el suelo de conservación (excepto los de agricultura urbana que se

puede desarrollar en cualquier tipo de suelo, cuando sea viable), y en el caso de

actividades ligadas al suelo que sean los legítimos propietarios o poseedores de la

superficie a beneficiar”.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información

relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:

En relación con el numeral 1, inciso a, del presente resultado, informó:

“En relación con la falta de documentación en los expedientes revisados que compruebe

el cumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de acuerdo con la

convocatoria y los convenios suscritos, me permito detallar lo siguiente:

143 VOLUMEN 5/13

”1. Sobre beneficiarios que presentaron algún tipo de incumplimiento de acuerdo con la

revisión efectuada.

”El acta finiquito que se encuentra incluida en el expediente de esta productora beneficiada,

se elaboró con ocho comprobantes que suman un total de $153,900.00, de los cuales se

observa que el recibo No. 0060 expedido por el proveedor Agromecánica y Equipos de

Oriente S.A. de C.V. con RFC: XXXXXXXXXXX, que ampara la compra de un molino

de martillos con motor de gasolina por la cantidad de $29,850.00 y cotización 28132 de fecha

18/02/2009 expedida por Perfiles Viaducto Tlalpan, S.A. de C.V., por la cantidad de

$26,250.00, no fueron considerados por la parte revisora, como documentos integrantes

de la comprobación, al respecto cabe mencionar que se solicitó al responsable del Centro

Regional No.2 Ing. Diego Segura Gómez, por ser ante quien se realizó la comprobación

del apoyo, aclare el motivo de estos comprobantes, informando que en la zona rural aún

existen proveedores quienes al amparo de solicitar y no recibir el RFC expedido por

la SHCP o por lo menos copia de este no expiden factura como es el caso del recibo

No. 0060 que no obstante contar con el RFC del proveedor, la cantidad con número y

letra y el concepto de la compra, no corresponde a una factura, asimismo presenta

un documento suscrito por la C. Maribel Miranda García, donde señala respecto de la

cotización No. 28132 de fecha 18 de febrero de 2008, por la cantidad de $26,250.00 que

por dicha operación no se le expidió factura debido a que se le requirió el RFC, del cual

ella carece por no estar dada de alta, por lo que manifiesta bajo protesta de decir verdad

lo antes expuesto para todos los efectos legales a que haya lugar, estableciendo que ‘sin

embargo mediante la inspección correspondiente se podrá verificar que el material que ampara

dicha cotización fue empleado para construir un tejado para alojar semovientes’.”

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, la cual

consiste en copia de dos comprobantes, el recibo núm. 60 de Agromecánica y Equipos

de Oriente, S.A. de C.V., del 25 de febrero de 2009, por 29.9 miles de pesos por concepto de

“Molino de Martillos con Motor de Gasolina”, y la cotización, del 18 de febrero de 2009,

por 26.3 miles de pesos; se observa que el concepto del primer comprobante que señala

el pago de supervisión de obra, no guarda relación con el proyecto descrito en el convenio

y, por otra parte, una cotización no es un comprobante de pago. Por lo que el inciso a, del

presente resultado no se modifica.

CZGARCIAH
Rectángulo

144 VOLUMEN 5/13

En cuanto al numeral 1, inciso b, la Dirección de Administración en la SEDEREC, señaló:

“El acta finiquito que se encuentra incluida en el expediente de la organización

representada por el C. Serafín Páez Blanco, se elaboró con cuatro comprobantes que

suman un total de $1’245,694.28, de los cuales las facturas 0229, por $500,000.00;

0218 y 0217 por $250,000.00 cada una que en conjunto suman $1’000,000.00, expedidas

por el proveedor bajo el concepto ‘anticipo para la ejecución de la supervisión de la obra’,

concepto que no resultó claro para el responsable del Centro Regional No.4 Profa.

Yolanda de las Mercedes Torres Tello, a quien corresponde la recepción de la

comprobación, por lo que solicito al representante de la organización una desagregación

detallada de cada uno de los conceptos que amparaban de manera global las facturas,

a efecto de poder verificar de una manera más clara y objetiva el avance físico al

relacionar éste con los conceptos desagregados, proporcionado el proveedor para tal

efecto un anexo incluido en el expediente en el que se desglosan las facturas aludidas,

considerando que con este desglose se complementaba la omisión en los documentos,

al respecto se señala que de considerarse necesario se solicitara al representante de la

organización solicite al proveedor de ser posible la reexpedición de las facturas con

el desglose correspondiente, no obstante se destaca que el apoyo en comento fue

empleado en el Embarcadero de Cuacontle mismo que en la inspección física realizada

por ustedes se verificó y comprobó este proyecto existe y que la aplicación de los recursos

fue en base al cumplimiento de los objetivos.”

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se determinó

que el detalle de gastos presentado corresponde al prestador de servicios Consultoría en

Administración e Ingeniería; sin embargo, las facturas objeto de la observación fueron

emitidas por las empresas AID Arquitectos, S.A. de C.V. y Consultores Administrativos y

en Ingeniería, S.C., por lo que el inciso b, del presente resultado, no se modifica.

Respecto al numeral 1, inciso c, del presente resultado, la Dirección de Administración en

la SEDEREC, indicó:

“Con relación a los informes de avance, en el caso de la beneficiaria Sirenia Olivares

Jiménez estos se encuentran incluidos en el expediente enviado mediante referencia

145 VOLUMEN 5/13

SEDEREC/DGDR/DFR/136/2010; en el cual en la nota aclaratoria se establece que en

cuanto a informes sólo se presentó uno, mismo que en fotocopia nuevamente se anexa.

En el caso beneficiario Nava Velasco, se solicitó al responsable del Centro Regional

No. 1 al C. Francisco Medina Padilla el envío del informe, el cual haremos llegar una vez

que se cuente con esta información.”

Del análisis a la información y/o documentación proporcionada por la SEDEREC, se determinó

que sólo presentó copia fotostática de la minuta de trabajo celebrada con la beneficiaria

Sirenia Olivares Jiménez; no proporcionando la documentación correspondiente a la ayuda

otorgada al beneficiario Juan Bernardo Nava Velasco, por lo que el inciso c, del presente

resultado, no se modifica.

Con relación al numeral 1, inciso d, del presente resultado, la Dirección de Administración

en la SEDEREC, informó:

“Se establece que conforme a la información proporcionada por el Centro Regional No. 2

a cargo del Ing. Diego Segura Gómez, la evidencia documental solicitada, esta incluida en

el expediente, no obstante establece que por práctica, usos y costumbres de los

integrantes de los grupos de trabajo denominan erróneamente acta constitutiva a las

actas de asamblea, por el hecho de estar selladas por el comisariado ejidal en las que se

establece dentro del orden del día tanto la constitución del grupo de trabajo así como el

acuerdo de llevar a cabo un proyecto y los programas institucionales en el cual solicitaran

ser considerados con el apoyo.”

Del análisis a la información y documentación proporcionado por la SEDEREC, se

observa que se proporcionaron copias de las actas de asamblea faltantes; por lo que el

inciso d, del presente resultado, se modifica.

En cuanto al numeral 1, inciso e, del presente resultado, la Dirección de Administración en

la SEDEREC, indicó:

“A fin de atender este requerimiento, se anexa fotocopia de los estados de cuenta

bancarios de los beneficiarios: Sirenia Olivares Jiménez, María Luisa Vélez García y Juan

Bernardo Nava Velasco.”

146 VOLUMEN 5/13

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, en la que

se menciona que anexan fotocopia de los estados de cuenta de las tres personas

mencionadas, se constató que la primera cuenta es mancomunada, la segunda es cuenta

individual y no se anexó el tercer estado de cuenta; por lo que el inciso e, del presente

resultado, se modifica parcialmente, en la parte de que proporcionó evidencia documental

de que uno de los tres beneficiarios, si contó con cuenta mancomunada.

Con relación al numeral 2 del presente resultado, la Dirección de Administración en la

SEDEREC, indicó:

“2. En lo relativo a la documentación comprobatoria presentada por el C. Osbaldo Josué

Guerra Cervantes y su incongruencia respecto a la fecha de firma del convenio

y autorización del apoyo, manifiesto lo siguiente:

”Ha sido una demanda constante de los productores rurales de la Ciudad de México el

hecho de que los tiempo administrativos (pago de apoyos) nunca coinciden con los

tiempos reales que requiere la producción agrícola, como es el caso de el corte de avena

y el amogotado de avena (pago de jornales), que se realiza en la zona de Tlalpan en los

meses de junio y agosto situación que difiere del momento en el que se cuenta con

suficiencia presupuestal para someter al Comité Técnico de Evaluación y Asignación de

Recursos la aprobación de apoyos (2ª sesión extraordinaria celebrada el 3 de septiembre

de 2008) fecha en la que emitió su autorización la titular de la SEDEREC y firma de

convenio (4 de septiembre de 2008), previos al pago del recurso.”

Al respecto, la SEDEREC, no proporcionó documentación que justificara la discrepancia

que existe entre las fechas de los comprobantes y la autorización de la ayuda otorgada;

por lo que el numeral 2, del presente resultado, no se modifica.

En cuanto al numeral 3 del presente resultado, la Dirección de Administración en la

SEDEREC, señaló:

“3. Respecto a la documentación soporte presentada por la C. Guillermina Villarreal

Olmos y su incongruencia en relación con la firma del convenio y autorización del apoyo,

se reitera lo siguiente:

147 VOLUMEN 5/13

”Al igual que en el punto anterior la incongruencia en fechas obedece a la incompatibilidad

de los tiempos, ya que no obstante conforme al proyecto se establece que la incorporación

del abono se realiza de manera previa al sembrado, situación que obliga a los productores

acuden al crédito con el fin de cumplir con los tiempos que requiere el proceso de

producción, no obstante la fecha de emisión de la opinión de uso de suelo, que se precisa

en estos casos, fue emitida por la Secretaría del Medio Ambiente hasta el 17 de septiembre

de 2008, por lo que su presentación al Comité Técnico de Evaluación y Asignación de

Recursos se realizo en la 9a. sesión ordinaria de fecha 31 de octubre.”

Sobre el particular, la SEDEREC no proporcionó documentación que justificara la discrepancia

que existe entre las fechas de los comprobantes y la autorización de la ayuda otorgada;

por lo que el numeral 3, del presente resultado, no se modifica.

Relacionado con el numeral 4 del presente resultado, la Dirección de Administración en la

SEDEREC, indicó:

“4. En lo que respecta a la Sociedad cooperativa representada por Modas Xolotzyn, S.C.

de R.L. de C.V., y su apreciación respecto a que la naturaleza industrial de la actividad

señalada en el proyecto al que se destinó la ayuda (taller de costura), no corresponde a la

ejecución de actividades agropecuarias y agroindustria, que de acuerdo al apartado

“Declaraciones” numeral 1.3 y cláusula primera del convenio respectivo, sirvieron como

base para otorgar el apoyo. En este sentido me permito precisar lo siguiente:

”En cuanto al caso de Modas Xolotzin, S.C. de R.L. de C.V., se establece que efectivamente

no se trata de un proyecto agropecuario sin embargo la partida 4105 también nos permite

brindar apoyos sociales que ayuden a los productores establecidos en la zona rural, que

apoyen el desarrollo rural no solo a través de proyectos agrícolas, a fin de alcanzar

la satisfacción de sus necesidades económicas como son alimentación, vestido, etc. que

se cubren a través de proyectos productivos que apoyan en este caso al desarrollo rural.”

Del análisis a la información proporcionada por la SEDEREC, se determina que no es

procedente su justificación, debido a que la ayuda en cuestión, se otorgó en base a los

Lineamientos y Mecanismos de Operación Programa Rural de la Ciudad de México para

148 VOLUMEN 5/13

el Ejercicio Fiscal 2008, programa señalado en el convenio respectivo; sin embargo, la

ayuda otorgada fue para un proyecto industrial que no se contempló en los lineamientos

respectivos como beneficiario de apoyo, por lo que el numeral 4, del presente resultado,

no se modifica.

Recomendación ASC-130-08-15-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que los beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales”, comprueben documentalmente en su totalidad el ejercicio de los

recursos recibidos, de conformidad con los lineamientos respectivos.

Recomendación ASC-130-08-16-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, sean

aplicadas por los beneficiarios, exclusivamente a la adquisición de los bienes y servicios

estipulados en el convenio respectivo.

Recomendación ASC-130-08-17-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para que los

beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4105 “Ayudas Culturales y

Sociales”, presenten los informes correspondientes al ejercicio de los recursos recibidos,

de conformidad con el convenio respectivo.

Recomendación ASC-130-08-18-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que los expedientes de los beneficiarios de las ayudas otorgadas con cargo a las partidas

149 VOLUMEN 5/13

4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, cuenten con la totalidad de la documentación solicitada

como requisito para la recepción de las mismas, de conformidad con el convenio suscrito

y los lineamientos establecidos.

Recomendación ASC-130-08-19-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las

ayudas otorgadas, sean autorizadas en tiempo y forma por el titular de la Secretaría, de

conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-20-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las

ayudas que proporcione, sean destinadas sólo a los beneficiarios de programas que

correspondan a las líneas de acción establecidas y ejecutadas por la misma Secretaría,

de conformidad con los lineamientos y convenios respectivos.

Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

9. Resultado

Durante el ejercicio de 2008, la SEDEREC, en la partida 4108 “Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro” ejerció por medio de 17 CLC un monto de 14,810.5 miles

de pesos, que representó el 3.7% del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos). La muestra revisada

ascendió a 13,435.5 miles de pesos, ejercidos a través de 14 CLC y representó el 90.7%

del total ejercido en la partida.

Derivado de la revisión realizada a la documentación soporte anexa a las 14 CLC,

correspondiente a la muestra de auditoría, se observó que para el ejercicio de los recursos

se contó con las autorizaciones correspondientes por parte de la titular de la SEDEREC,

de conformidad con el artículo 504 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente

en 2008, como se muestra a continuación:

150 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

CLC Importe Fecha Destino de la ayuda Número de oficio de autorización

Fecha

35 C0 01 00028 1,211.3 27/II/08 SEDEREC/090/08 11/II/08 35 C0 01 00044 639.6 25/III/08 SEDEREC/192/08 25/III/08 35 C0 01 00072 761.5 18/IV/08 SEDEREC/253/08 18/IV/08 35 C0 01 00127 740.0 4/VI/08 SEDEREC/388/08 3/VI/08 35 C0 01 00157 661.5 10/VII/08 SEDEREC/475/08 10/VII/08 35 C0 01 00205 761.5 11/VIII/08 SEDEREC/526/08 11/VIII/08 35 C0 01 00284 833.3 9/IX/08 SEDEREC/593/08 8/IX/08 35 C0 01 00509 833.3 7/X/08 SEDEREC/670/08 6/X/08 35 C0 01 00731 833.3 6/XI/08 SEDEREC/737/08 4/XI/08 35 C0 01 00934 697.0 21/XI/08 SEDEREC/815/08 21/XI/08 35 C0 01 00979 1,500.0 24/XI/08 SEDEREC/820/08 24/XI/08 35 C0 01 01079 1,500.0 9/XII/08

Conjuntar y concertar acciones con el objeto de acordar y determinar mecanismos institucionales para diseñar e implementar formas de atención a los migrantes originarios del Distrito Federal y sus familias asentadas en la Ciudad de México.

SEDEREC/835/08 3/XII/08 Subtotal 10,972.3 35 C0 01 00118 95.4 23/V/08 Ayuda para desarrollar las acciones

necesarias, garantizando en todo momento el programa presentado, para la realización de “La Asamblea Transnacional de Remitentes y Familias”.

SEDEREC/270/08 24/IV/08

Subtotal 95.4 35 C0 01 01887 2,367.8 22/XII/08 Ayuda a productores de maíz para

el desarrollo del programa de cultivos nativos y herbolaria.

SEDEREC/0861/08 5/XII/08

Subtotal 2,367.8

Total 13,435.5

De la información y documentación justificativa y comprobatoria que amparan el gasto

ejercido en la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

mediante las CLC antes descritas, se determinó lo siguiente:

1. Se revisaron 12 CLC, por un importe total de 10,972.3 miles de pesos, expedidas

a favor del beneficiario Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo,

A.C., por concepto de ayuda para conjuntar y concertar acciones con el objeto de

acordar y determinar mecanismos institucionales para diseñar e implementar formas

de atención a los migrantes originarios del Distritito Federal y sus familias asentadas

en la Ciudad de México, de acuerdo con el convenio de concertación sin número, de

fecha 21 de noviembre de 2008. Asimismo, el 27 de noviembre de 2008, la SEDEREC

y el representante legal de la asociación beneficiaria suscribieron Addendum al

Convenio de Concertación con el objeto de establecer que las ayudas se otorgarían

de acuerdo a la suficiencia presupuestal de la SEDEREC.

151 VOLUMEN 5/13

Los pagos, de las CLC antes mencionadas, fueron amparados con sus respectivos

recibos con requisitos fiscales, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

CLC Recibo de pago Número Fecha Importe Número Fecha Importe

35 C0 01 00028 27/II/08 1,211.3 20 20/II/08 1,211.3 35 C0 01 00044 25/III/08 639.6 22 18/III/08 639.6 35 C0 01 00072 18/IV/08 761.5 24 18/IV/08 761.5 35 C0 01 00127 4/VI/08 740.0 26 3/VI/08 740.0 35 C0 01 00157 10/VII/08 661.5 28 10/VII/08 661.5 35 C0 01 00205 11/VIII/08 761.5 34 11/VIII/08 761.5 35 C0 01 00284 9/IX/08 833.3 37 8/IX/08 833.3 35 C0 01 00509 7/X/08 833.3 41 6/X/08 833.3 35 C0 01 00731 6/XI/08 833.3 43 5/XI/08 833.3 35 C0 01 00934 21/XI/08 697.0 45 21/XI/08 697.0 35 C0 01 00979 24/XI/08 1,500.0 47 24/XI/08 1,500.0 35 C0 01 01079 9/XII/08 1,500.0 48 3/XII/08 1,500.0

Total 10,972.3 10,972.3

2. De la lectura realizada al convenio de concertación del 21 de noviembre de 2008, se

observó que, de acuerdo a su cláusula segunda, las acciones por efectuar a cargo del

beneficiario de la ayuda serían: proporcionar asesorías en materia migratoria, generando

alternativas que favorezcan la permanencia de la población del Distrito Federal;

realizar investigaciones y estudios sobre el fenómeno migratorio; capacitar a funcionarios

públicos, líderes de migrantes, organizaciones sociales o no gubernamentales en

temas migratorios; promover los derechos humanos integrales tanto de la población

migrante, radicada en Estados Unidos de América, como de sus familiares residentes

en el Distrito Federal, con especial énfasis en la población vulnerable; promover y

difundir los aspectos sociales, culturales y económicos del Distrito Federal en los

Estados Unidos de Norteamérica; instalar Centros de Atención a migrantes originarios

del Distrito Federal radicados en poblaciones de Estados Unidos de Norteamérica,

incluyendo a los migrantes cuya familia resida en la Ciudad de México; y, por último,

impulsar campañas conjuntas para visualizar y crear conciencia, sobre el tema

migratorio, entre la población, servidores públicos y organizaciones sociales del Distrito

Federal, a través de foros, talleres y encuentros realizados tanto en la Ciudad de

México como en los Estados Unidos de Norteamérica.

152 VOLUMEN 5/13

3. Se observó que en el convenio y addendum respectivos, se estipularon programas de

trabajo, sin embargo, no se incluyó un calendario de actividades y un presupuesto

detallado para cada uno de ellos que permitiera la evaluación del alcance de cada una

de las actividades programadas. Además, se estipuló que los programas de trabajo

deberían ser publicados en los respectivos portales de internet, a fin de divulgar la

información relevante sobre los resultados obtenidos en cada una de las actividades.

Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/09, del 22 de abril de 2010,

la CMHALDF solicitó, a la SEDEREC, entre otra información y documentación, el

programa de trabajo original acordado entre esta Dependencia y la asociación

beneficiaria, con base en el cual se otorgaron recursos por un monto de 3,000.00 miles

de pesos (CLC núms. 35 C0 01 00979 y 35 C0 01 01079, cada una por 1,500.0 miles de

pesos). También solicitó que indicara la fecha en que el programa de trabajo fue

publicado en los respectivos portales de Internet.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0286/2010, del 27 de abril de

2010, la SEDEREC proporcionó original del documento denominado “Propuesta de

Colaboración entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo

y el Gobierno del Distrito Federal en Materia de Migración” correspondiente al período

enero-diciembre 2008. En dicho documento, se señala como Programa de Trabajo

para el 2008, la generación de los siguientes productos:

Producto 1: Consolidación de la Casa de la Ciudad de México en el Condado de los

Ángeles California, EUA.

Producto 2: Apertura de Casas de la Ciudad de México en otras ciudades de los

Estados Unidos.

Producto 3: La apertura de espacios de diálogo intersectorial para construir agendas

comunes. Conjuntamente con la apertura de puentes entre migrantes y legisladores,

y entre migrantes y funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno.

Producto 4: Diagnóstico “Alternativas productivas para comunidades migrantes en las

Delegaciones de Iztapalapa y Gustavo A. Madero”.

153 VOLUMEN 5/13

Producto 5: El apoyo a las organizaciones de los migrantes en la rendición de cuentas, a

través de dotarlos de elementos conceptuales y analíticos, generando puentes entre

sectores y generando opinión pública.

Producto 6: Realización de una encuesta en la Ciudad de México, con el fin de

conocer la percepción de los habitantes capitalinos sobre temas concernientes a la

migración.

Producto 7: Elaboración de un proyecto de Ley Migrante para el Distrito Federal.

Asimismo, la SEDEREC proporcionó el documento denominado “Propuesta de

Incorporación del Proyecto de Centro Telefónico, como producto VIII, al Programa de

Trabajo derivado del Convenio de Colaboración entre ‘ICPCD’ y la ‘SEDEREC’”,

a través del cual se propone la Instalación de infraestructura de telecomunicación

y cómputo, necesaria para el funcionamiento del Centro Telefónico en la SEDEREC.

Específicamente, en el Centro de Atención a Migrantes y sus Familias (CAMyF) que,

en coordinación con el Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL),

permitirá la operación del Programa Línea Migrante.

Sin embargo, dichos documentos no corresponden a los programas de trabajo

incluidos en el calendario de actividades, ni en el presupuesto detallado por cada una

de las ellas. Además, la SEDEREC no proporcionó evidencia de que el programa

de trabajo haya sido publicado en los respectivos portales de Internet, como bien lo

establece el convenio respectivo.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió la cláusula quinta del Adendum al Convenio

de Concertación, que establece:

“Los montos de las aportaciones económicas o materiales efectuadas por ‘LA SEDEREC’

en el marco del presente convenio y de las disposiciones legales aplicables, se ajustarán

a los programas de trabajo acordados entre ‘Las partes’, así como a las necesidades

y requerimientos de los centros de atención ubicados en el territorio de los Estados

Unidos de América, a efecto de brindar una mejor atención a los migrantes y sus

154 VOLUMEN 5/13

familiares residentes en la Ciudad de México. Considerando anualmente los recursos

disponibles en la partida presupuestal correspondiente.

”Los programas de trabajo deberán constar por escrito y ser publicados en sus

respectivos portales de Internet. Así mismo, ‘Las Partes’ procurarán divulgar en

sus páginas electrónicas, la información relevante sobre los resultados obtenidos

en la instrumentación de dichos programas”.

Asimismo, por la carencia del programa detallado de actividades y del presupuesto

asignado a cada actividad, así como por la falta de delimitación conceptual de la

población a beneficiar, la SEDEREC incumplió con el artículo 501 A, fracciones I, II,

III y X del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, que señala:

“Los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de solidaridad

social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad

y temporalidad.

”A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso

y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar

en reglas de operación, las cuales deberán:

”I. Identificar con claridad, transparencia y objetividad a la población objetivo, por grupo,

género y delegación;

”II. Señalar el calendario de gasto;

”III. Señalar los montos por beneficiario, o el porcentaje del costo del proyecto o acción a

subsidiar o apoyar […]

”X. Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población

objetivo…”.

4. Asimismo, se observó que el convenio y su addendum, suscritos entre la SEDEREC

y el beneficiario de la ayuda, no establecen: la necesidad de ejercer los recursos

155 VOLUMEN 5/13

de acuerdo a programas de trabajo que incluyan un calendario de actividades

(con un presupuesto detallado para cada una de ellas); mecanismos de control de las

actividades por desarrollar; la obligación, por parte del beneficiario, de comprobar

física y documentalmente la aplicación de los recursos; y que la SEDEREC

supervisaría y vigilaría el cumplimiento de lo establecido en el convenio y addendum

respectivo. Estas condiciones sí se establecen en otros convenios para el

otorgamiento de ayudas, suscritos entre la SEDEREC y los beneficiarios, analizados

por la CMHALDF como parte de la documentación justificativa de las CLC elegidas en

la muestra. Así las cosas, la SEDEREC incumplió el artículo 49, fracción II, del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008,

que estipula:

“Artículo 49.- Las erogaciones por concepto de transferencias, ayudas, donativos,

subsidios y aportaciones del Gobierno del Distrito Federal con cargo a este Decreto,

se sujetarán a lo establecido en el Código, apegándose a los siguientes criterios: […]

”II. El otorgamiento se hará con base en criterios de […] equidad […] en su

asignación…”

5. La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/13, del 28 de abril

de 2010, solicitó a la SEDEREC que proporcionara el costo de cada uno de los ocho

productos establecidos, en los oficios mediante los cuales la titular de la SEDEREC

autorizó las erogaciones para dar cumplimiento al convenio de concertación objeto de

revisión, hasta integrar el monto de 10,972.3 miles de pesos.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0312/2010, del 3 de mayo

de 2010, la SEDEREC proporcionó copia fotostática del oficio, sin número, de fecha

3 de agosto de 2009, firmado por el director de Iniciativa Ciudadana para la

Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., beneficiaria de la ayuda, en el cual señala

los siguientes montos por producto:

156 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Producto Presupuesto ejercido

Concepto

1. Casa de la Ciudad de México en el Condado de Los Ángeles California, EUA. 5,170.0 No se indica. Subtotal 5,170.0 2. Apertura de Casas de la Ciudad de México en otras ciudades de los Estados Unidos. 3,130.0 No se indica. Subtotal 3,130.0

187.0 Seminario Internacional: “Los Migrantes: Desafíos y Oportunidades”.

68.0 Seminario: “La Ciudad de México, Rumbo a la Construcción de la Comunidad Migrante”.

300.0 Antorcha Guadalupana.

3. Apertura de espacios de diálogo intersectorial para construir agendas comunes.

25.0 Por un Mundo sin Muros: II Jornada sobre Migración y Derechos Humanos.

Subtotal 580.0

4. Diagnóstico “Alternativas productivas para comunidades migrantes en las delegaciones de Iztapalapa y Gustavo A. Madero. 250.0 No se indica. Subtotal 250.0 5. Apoyo a las organizaciones de los migrantes en la rendición de cuentas, a través de dotarlos de elementos conceptuales y analíticos, generando puentes entre sectores y generando opinión pública. 0.0 No se indica. Subtotal 0.0

6. Realización de una encuesta en la Ciudad de México con el fin de conocer la percepción de sus habitantes sobre los temas concernientes a la migración. 104.5 No se indica. Subtotal 104.5 7. Elaboración de un proyecto de Ley migrante para el Distrito Federal. 250.0 No se indica. Subtotal 250.0

8. Instalación de infraestructura de telecomunicación y cómputo, que es necesaria para el funcionamiento del Centro Telefónico en la SEDEREC, específicamente en el Centro de Atención a Migrantes y sus Familias (CAMyF), y que en coordinación con el Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) permitirá la operación del Programa Línea Migrante. 990.7 Comodato con SEDEREC 497.1 Comodato con LOCATEL

Subtotal 1,487.8

Total 10,972.3

Mediante el oficio núm. ASC/130/08/SEDEREC/10/09, del 22 de abril de 2010,

la CMHALDF solicitó a la SEDEREC evidencia documental original relativa a la

comprobación de los gastos efectuados por el beneficiario, con cargo a los recursos

otorgados por la SEDEREC.

157 VOLUMEN 5/13

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0286/2010, del 27 de abril de 2010,

la SEDEREC proporcionó copia del oficio núm. SEDEREC/DA/214/2010, del 30 de

marzo de 2010, así como copia fotostática del soporte documental del gasto ejercido por

el beneficiario en cada uno de los productos, el cual sumó los 10,972.3 miles de pesos.

Del análisis efectuado de la documentación proporcionada, se observó que la

comprobación de los gastos realizados, por el beneficiario de la ayuda, se integró de

la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Importe %

12 facturas emitidas en diversas fechas por Grupo Industrial Gez, S.A. de C.V. 7,632.9 69.6 24 hojas con relación de nombres e importes de honorarios pagados por Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C. 885.6 8.1 Factura núm. B 18396 del 5 de enero de 2009, por la adquisición de equipo para la operación del Programa “Línea Migrante” 990.7 9.0 Factura núm. 71 del 6 de enero de 2009, por la adquisición de equipo para la operación del Programa “Línea Migrante” 497.1 4.5 Otros gastos con comprobantes 963.5 8.8 Gastos sin comprobantes 2.5 0.0

Total 10,972.3 100.0

Respecto de lo anterior, se observó que en las 12 facturas entregadas por el

beneficiario, correspondientes a Grupo Industrial Gez, S.A. de C.V., por un importe

de 7,632.9 miles de pesos, en la sección “Descripción del artículo” se insertaron las

leyendas de: “Organización y logística para la instalación de la casa de la Ciudad de

México en la Ciudad de Chicago en el Estado de Illinois en los E.U.A.”; “Operación

y sostenimiento de la casa de la Ciudad de México en el condado de los Ángeles

Estado de California en los E.U.A.”; “Operación y sostenimiento de la casa de la

Ciudad de México en la Ciudad de Chicago en el Estado de Illinois en los E.U.A”;

“Servicio integral para la realización del seminario internacional los migrantes, desafío

y oportunidad”; “Investigación para la realización del diagnóstico ‘Alternativas

productivas para comunidades migrantes en las delegaciones Iztapalapa y Gustavo A.

Madero”; y “Logística para que asistan ponentes al seminario ‘Ciudad de México,

rumbo a la construcción de la comunidad migrante’”.

158 VOLUMEN 5/13

En relación con lo anterior, la SEDEREC no proporcionó documentación adicional que

evidenciara que la documentación presentada por el beneficiario tuvo relación con el

cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada.

De igual manera, la documentación, consistente en los listados de honorarios por un

importe de 885.6 miles de pesos, no contiene firmas de recibido que hagan constar el

pago de dichos honorarios. La información entregada tampoco justifica la relación que

guardan los pagos referidos con los objetivos de la ayuda otorgada al beneficiario,

ya que la SEDEREC no proporcionó evidencia documental de que los honorarios

pagados por el beneficiario se efectuaron en contraprestación de actividades

relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada.

Por lo anterior, la SEDEREC incumplió el artículo 50, del Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, que instruye: “Los titulares

de las […] Dependencias […] que con cargo a sus presupuestos autoricen la

ministración de […] ayudas […] serán responsables en el ámbito de su competencia,

de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a lo establecido en las disposiciones

aplicables en la materia”.

6. Con fecha 27 de enero de 2009, fue suscrito un contrato de comodato entre Iniciativa

Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C. (como Comodante) y la

SEDEREC (como Comodataria), relacionado con la factura núm. B 18396, del 5 de

enero de 2009, emitida por el proveedor Ofi Store, S.A. de C.V., por un importe total

de 990.7 miles de pesos, por la adquisición de equipo para la operación del programa

Línea Migrante, destacando las cláusulas siguientes:

“PRIMERA.- ‘EL COMODANTE’ concede gratuitamente a ‘LA COMODATARIA’ el uso

de los bienes muebles, señalados en la cláusula segunda, que forma parte del cuerpo

del presente Instrumento y forman parte de los bienes muebles propiedad del patrimonio

de ‘EL COMODANTE’.

”Los bienes muebles deberán ser utilizados para el programa de ‘Línea Migrante’, en caso

de que los bienes muebles objeto del presente Instrumento se empleé para un fin diverso

al mencionado, ‘EL COMODANTE’ podrá darlo por terminado anticipadamente”.

159 VOLUMEN 5/13

“SEGUNDA.- ‘LA COMODATARIA’ acepta y recibe en el estado en que se encuentran

y a su entera satisfacción los bienes muebles que a continuación se detallan,

asimismo, contrae la obligación de restituirlos a ‘EL COMODANTE’, cuando concluya

este Instrumento, con el deterioro del uso normal, los bienes dados en comodato son

los siguientes:

”Cantidad Producto

Servicio, suministro, colocación, capacitación y conexión a LOCATEL por medio de los siguientes circuitos:

1 Nortel BCM200 4.0 Base System 1 Módulo de Troncal Digital E1 para BCM 1 BCM Media Service PEC III Rohs Nortel Networks 1 Nortel BCM IP Telephony Client 8 Seat 1 Nortel BCM IP Telephony Client 32 Seat 1 BCM Voice Network (MCDN) 1 Nortel BCM SIP Gateway 2 Trunk 1 Nortel BCM SIP Gateway 8 Trunk

25 Nortel IP Phone 2002 / I2002 1 Nortel 470-48T-PWR-48 Port Ethernet Switch 1 Contivity 1100

10 SIP Access Port Lincese 1 Media Card 32 Port – IP Line 4.5 Voice Gateway 1 Forware para 10 agentes y 1 supervisor 1 Servicios profesionales Forward”

El 12 de mayo de 2010, mediante inspección física realizada, se constató que los

bienes y servicios detallados en el cuadro anterior se encuentran en las instalaciones

de la SEDEREC. Adicionalmente, de acuerdo con lo manifestado por el Responsable

de Servicios Generales en la SEDEREC, en el sentido de que con estos bienes

“Actualmente se da servicio de comunicación administrativa y se realizan pruebas de

conectividad con LOCATEL, estamos en espera de recibir infraestructura para operar”,

se colige que los bienes no están siendo utilizados para el programa de “Línea

Migrante”, en contravención al contrato de comodato suscrito entre la SEDEREC y la

beneficiaria de las ayudas.

En relación a la aplicación presupuestal de la partida 4108 “Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro” en la erogación antes descrita, de acuerdo a la

naturaleza económica del gasto y tratándose de una contraprestación convenida,

160 VOLUMEN 5/13

el egreso debió haberse registrado en las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de

Comunicación y Telecomunicaciones”, 3301 “Honorarios” y 3302 “Capacitación”,

debido a que actualmente los bienes están siendo utilizados por la SEDEREC. Por lo

cual, la SEDEREC incumplió el artículo 471, fracción II, del Código Financiero del

Distrito Federal.

La SEDEREC, adicionalmente, debió atender lo establecido en el artículo 37, fracción I,

del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.

De igual forma, por no haber aplicado procedimientos de adquisición de los bienes

y servicios antes mencionados, la SEDEREC incumplió el artículo 26, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Rural

y Equidad para las Comunidades presentó información relacionada con el presente

resultado, en los siguientes términos:

En relación al numeral 4 del presente resultado, señaló:

“4 Respecto al convenio con la Asociación Civil Iniciativa Ciudadana para la Promoción

de la Cultura del Diálogo (ICPCD A.C.) me permito señalar:

”Sí se consideró el calendario de actividades y el presupuesto detallado por cada una

de ellas donde describe el alcance de las actividades programadas […]

”Asimismo, en su momento se publicó el Programa de Trabajo 2008 en las páginas de Internet

de la Asociación ICPCD y de la SEDEREC, como consta en las impresiones adjuntas”.

De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:

● Oficio, sin número, del 6 de agosto de 2009, mediante el cual la organización

denominada Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo,

A.C., remitió a la responsable del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias,

161 VOLUMEN 5/13

un diagrama de ejecución del programa de trabajo de 2008 y un concentrado de

resultados de dicho programa.

● Minuta de acuerdos de la reunión sostenida entre iniciativa ciudadana y la SEDEREC,

del 15 de enero de 2008, firmada por el Director de Administración en la SEDEREC,

el Director de la organización Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del

Diálogo, A.C., y la responsable del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias, en

la cual se acordaron los 7 productos a ejecutar y el costo de cada uno, hasta integrar

un total de 10,235.0 miles de pesos.

● Diagrama de programación de ejecución del programa de trabajo 2008, en el cual se

establecieron los 7 productos a ejecutar, la calendarización y el presupuesto de cada

uno, sin fecha y sin firma de quien elaboró.

● Concentrado de resultados del programa de trabajo 2008, en el cual se establecieron

los avances de los 7 productos ejecutados, calendarización y presupuesto ejercido en

cada uno, sin fecha y sin firma de quien elaboró.

● Impresión de las páginas de internet de la SEDEREC y de la organización Iniciativa

Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., del programa de

trabajo 2008, en el cual se publicaron los 7 productos ejecutados, calendarización

y presupuesto de cada uno.

Del análisis de la información y documentación proporcionadas por la SEDEREC, se

determinó que éstas no modifican el presente resultado, debido a que la documentación

concerniente al programa de trabajo, no se encuentra formalizada con firmas de quien

elaboró o autorizó, o que conste que forma parte del convenio respectivo.

En relación al numeral 5 del presente resultado, la Dirección de Administración en la

SEDEREC, indicó:

“5 En cuanto a la comprobación física y documentalmente la aplicación de los recursos

y que la SEDEREC supervisaría y vigilaría el cumplimiento de lo establecido en el

convenio y addendum respectivo, le comento:

162 VOLUMEN 5/13

”Si bien no se establecen expresamente en los instrumentos jurídicos, esta dependencia

sí realizó supervisiones y la asociación comprobó física y documentalmente la aplicación

de los recursos, como consta en las carpetas entregadas en su oportunidad en donde se

describe en forma detallada, los resultados (beneficios) que se han obtenido, a la fecha,

con la puesta en marcha del proyecto desarrollado con los recursos otorgados.

”En relación a la documentación que evidencia la vinculación de los gastos con el

cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada, la asociación ICPCD proporcionó

el concentrado de gastos y la descripción de cada uno de ellos, en el marco del programa

de trabajo.

”Por último, se anexa el oficio s/n de fecha 8 de junio de 2010 donde la asociación

proporciona los listados de honorarios por un importe de 885.6 miles de pesos del

ejercicio 2008 y detalla la vinculación que tiene con el programa de trabajo”.

De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:

● Control de movimientos del Proyecto Migrantes 2008, en el cual la organización

Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., desglosa los

ingresos recibidos y los gastos efectuados con las ayudas otorgadas por la SEDEREC,

por un total de 10,972.3 miles de pesos.

● Oficio núm. SEDEREC/DA/214/2010, del 30 de marzo de 2010, mediante el cual la

Dirección de Administración en la SEDEREC remitió a la Contraloría Interna en

la misma el soporte documental del ejercicio de 2008, de cada uno de los productos

del programa de trabajo del mismo año, de Iniciativa Ciudadana para la Promoción de

la Cultura del Diálogo, A.C., por un monto de 10,972.3 miles de pesos; así como

fotocopias certificadas por la SEDEREC del equipo de la línea migrante.

● Documentación remitida a la Contraloría Interna en la SEDEREC, mediante el oficio

núm. SEDEREC/DA/214/2010 del 30 de marzo de 2010, que ampara el gasto ejercido

por Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., por un monto

de 10,972.3 miles de pesos.

163 VOLUMEN 5/13

● Oficio sin número, del 8 de junio de 2010, mediante el cual la organización Iniciativa

Ciudadana para la Promoción de la Cultura del Diálogo, A.C., envió a la Dirección de

Administración en la SEDEREC los listados de honorarios por un importe de 885.6 miles

de pesos del ejercicio de 2008 y la relación que detalla la vinculación que guardan los

mismos con los objetivos de la ayuda recibida.

Del análisis de la información y documentación proporcionadas por la SEDEREC,

se determinó que no presentó evidencia documental que justificara el no establecer en el

convenio y addendum, respectivos, la obligación de supervisar y vigilar el cumplimiento de

lo establecido en los mismos, condición que sí presentaron los demás convenios suscritos

con otros beneficiarios de ayudas.

En relación con los documentos que a juicio de la SEDEREC evidencian la vinculación de

los gastos con el cumplimiento de los objetivos de la ayuda otorgada, el reporte entregado

de gastos, solamente enuncia en qué se aplicaron los mismos, mas no demuestra que

fueron devengados; asimismo, la relación de los honorarios pagados por la asociación no

especifica qué actividades desarrollaron los beneficiarios de dichos pagos ni los vincula

con el objetivo de la ayuda otorgada. Por lo anterior, el numeral 5 del presente resultado,

no se modifica.

Respecto al numeral 6 del presente resultado, informó:

“6. En relación al supuesto registro indebido en la partida 4108 ‘Ayudas y Donativos a la

Institución sin fines de Lucro’, toda vez que por la naturaleza del gasto debió haberse

afectado las partidas 5204 ‘Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones’,

3301 ‘Honorarios’ y 3302 ‘Capacitación’; incumpliendo con ello el Art. 471, fracción II, del

Código Financiero del Distrito Federal, al respecto se aclara lo siguiente:

”En virtud de que la función principal de esta Secretaría es el desarrollo de programas

sociales, y que dentro de estos programas se localiza el denominado ‘Línea Migrante’ que

consiste en tener una línea con número gratuito para facilitar la comunicación de los

migrantes y sus familiares con esta Secretaría, con el objeto de brindarles de apoyo

requerido de acuerdo a sus necesidades; asimismo, como ustedes saben la instancia que

164 VOLUMEN 5/13

tiene la facultad exclusiva de enlazar este tipo de comunicación es LOCATEL, instancia

a través de la cual se llevó y se lleva el programa, sin embargo al focalizar el hecho de

que LOCATEL no tenía la capacidad de recursos humanos y materiales para constatar

y darle seguimiento a las llamadas que se recibían y ser ellos exclusivamente quienes

tienen esa facultad, es por eso que la asociación Iniciativa Ciudadana para la Promoción

de la Cultura del Diálogo, A.C., solicitó un apoyo con el objeto de darle una mayor

capacidad al programa de línea migrante y a efecto de poder cumplir con el objetivo de

apoyar al migrante y sus familias de las ayudas presupuestadas en nuestras partidas;

se consideró que al ser esto parte de un programa social, ya que al solicitar una ayuda

específica para cumplir un programa de migrantes y haber cumplido con todos los

requisitos técnicos y normativos, el ejercicio del gastos en la partida 4108 ‘Ayudas

y Donativos a la Institución sin fines de Lucro’ es correcta.

”En referencia al contrato de comodato entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la

Cultura del Diálogo A.C. (como comodante) y la SEDEREC (como comodataria), le informo:

”En referencia al contrato de comodato entre Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la

Cultura del Diálogo A.C. (como comodante) y la SEDEREC (como comodataria), el equipo

para la operación de la Línea Migrante se encuentra en las instalaciones de esta

dependencia. Para la puesta en marcha del servicio de atención telefónica, durante 2009

se llevaron a cabo los trabajos técnicos por parte de Telmex, Locatel y la SEDEREC,

como consta en el oficio anexo.

”Durante 2010 se han llevado reuniones de trabajo y 2 jornadas de capacitación con LOCATEL

la primera de ellas del 17 al 20 de mayo y la segunda del 7 al 11 de junio del presente

año, con la finalidad de iniciar la recepción de llamadas durante las próximas semanas”.

De lo anterior, proporcionó la documentación siguiente:

● Oficio núm. SEDEREC/DA/977/2009, del 8 de diciembre de 2009, mediante el cual

la Dirección de Administración en la SEDEREC remitió a la Contraloría Interna

en la misma, el soporte documental de los trabajos de instalación e inspección física

del equipo adquirido para el programa de “Línea Migrante”.

165 VOLUMEN 5/13

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se determina

que no es procedente su justificación, debido a que la ayuda otorgada a la asociación

civil, se destinó a la adquisición de bienes y servicios que están siendo utilizados por

la SEDEREC dentro de sus mismas instalaciones y no por la Asociación Civil beneficiaria

de la ayuda, por lo que el numeral 6 del presente resultado no se desvirtúa.

Recomendación ASC-130-08-21-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las ayudas

otorgadas a la población con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones

sin Fines de Lucro”, cuenten con programas de trabajo que incluyan un calendario de

actividades y un presupuesto detallado para cada una de las mismas. Complementariamente,

será necesario que conceptualmente determinen la población por beneficiar; además,

los programas de trabajo deben ser publicados en los respectivos portales de Internet, de

conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-22-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que las

ayudas otorgadas a la población, cuenten con convenios en los cuales se estipulen:

programas de trabajo que incluyan un calendario de actividades y el presupuesto

detallado para la realización de cada una de las acciones propuestas; mecanismos de

control de las actividades a desarrollar; y la obligación, por parte del beneficiario,

de comprobar física y documentalmente la efectiva y correcta aplicación de los recursos,

así como la prerrogativa, por parte de la Secretaría, de supervisar y vigilar el cumplimiento de

lo establecido en los mismos. Lo anterior, de conformidad con el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

Recomendación ASC-130-08-23-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para que

166 VOLUMEN 5/13

la documentación presentada por el beneficiario, a manera de comprobación del ejercicio

de los recursos, evidencie que los recursos se han destinado al cumplimiento de los

objetivos de la ayuda otorgada, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

Recomendación ASC-130-08-24-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que los gastos ejercidos, por la prestación de servicios y la adquisición de bienes muebles

usufructuados directamente por la Secretaría, se clasifiquen en la partida que corresponda

a su naturaleza económica, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-25-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las unidades administrativas competentes, adopte medidas de control para

que la adquisición de bienes restringidos se someta a la autorización de la Oficialía Mayor del

Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

Recomendación ASC-130-08-26-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

por conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para

que en la adquisición de bienes muebles y de servicios utilizados directamente por la

Secretaría, se apliquen los procedimientos de adjudicación correspondientes, de conformidad

con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

10. Resultado

Se analizó la CLC núm. 35 C0 01 00118, de fecha 23 de mayo de 2008, expedida a favor

del Centro Nacional de Comunicación Social, A.C., mediante la cual se ejercieron

167 VOLUMEN 5/13

recursos por un importe de 95.4 miles de pesos con cargo a la partida 4108 “Ayudas

y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”.

La documentación justificativa del gasto de la CLC consistió en el Convenio de Colaboración

de Acciones, sin número, suscrito el 22 de abril de 2008, entre la SEDEREC y el Centro

Nacional de Comunicación Social, A.C. (CENCOS). La documentación comprobatoria

del gasto consistió en el recibo de pago con requisitos fiscales núm. 232, del 9 de mayo

de 2008, emitido por CENCOS a favor de la SEDEREC.

De acuerdo a la cláusula primera del convenio antes mencionado, el objeto del mismo

consistió en desarrollar las acciones necesarias para garantizar, en todo momento, el

programa presentado para la realización de “La Asamblea Transnacional de Remitentes

y Familias” (los días 12, 13, 14 y 15 de mayo de 2008).

Asimismo, en dicho convenio, el beneficiario de la ayuda se obligó a comprobar y justificar

física y documentalmente, de manera oportuna ante la SEDEREC, la realización de la

actividad y de los trabajos detallados en el programa, dentro de los siguientes quince

días hábiles posteriores a la realización del evento. También se comprometió a rendir un

informe de avance y de conclusiones.

En relación con lo anterior, como comprobación del gasto efectuado, el beneficiario

remitió a la SEDEREC la factura núm. 935, del 21 de mayo de 2008, expedida por el Club

de Periodistas de México, A.C., a favor de CENCOS y por un importe total de 95.4 miles

de pesos, y con la siguiente descripción: “7 Espacios para la realización del foro:

‘Asamblea Transnacional de Remitentes y Familias’ durante los días del 12 al 15 de mayo

de 2008”.

Como comprobación de la realización del evento, el beneficiario remitió a la SEDEREC

la postal de la invitación al evento; impresión de la convocatoria a los medios de

comunicación (impresión de una página de Internet con fecha 12 de mayo de 2008);

cuaderno del programa del evento; e Informe Sumario de la “Asamblea Transnacional

para Remitentes y sus Familias”. Asimismo, con fecha 15 de mayo de 2008, se elaboró

constancia de hechos firmada por la Directora General de CENCOS y por la responsable

168 VOLUMEN 5/13

del Centro de Atención a Migrantes y sus Familias de la SEDEREC, en la cual se

estableció que: “…en este acto se hace constar que los días 12, 13, 14 y 15, se llevó

a cabo el evento denominado ‘la asamblea transnacional de remitentes y familias’ y se

hace constar que, antes, durante y después del evento anteriormente referido, se realizó

supervisión e inspección de todas y cada una de las actividades referidas en el programa,

implementando las acciones necesarias para el desarrollo del mismo”.

Lo anterior, en cumplimiento del convenio suscrito.

11. Resultado

Se revisó la CLC núm. 35 C0 01 01887, del 22 de diciembre de 2008, la cual indica como

beneficiario a Grupo Produce A.C., por un importe de 2,367.8 miles de pesos. En el apartado

“Notas Especiales o Aclaraciones” de la CLC, se señalaron los siguientes datos:

Programa interno: Cultivos nativos y herbolaria.

Solicitante: Grupo Produce, A.C. Destino del apoyo: Pago por evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos, producción de ácidos

húmicos y fúlvicos, adquisición de azospirillum, adquisición de algas marinas, adquisición de bioguano, adquisición de semilla de maíz H 143 C QPM.

Objetivo del proyecto: Programa de apoyo e investigación orientado al fortalecimiento del sistema producto maíz, mediante el desarrollo de investigaciones en campo tendientes a posesionar tecnologías de cultivo orientadas a la productividad y conservación de suelo y agua.

Número de beneficiarios: 17. Temporalidad: Primera y segunda ministración. Fuente de recursos: Fiscales. Forma de pago: Cheque. Oficio de autorización: SEDEREC/0861/08 del 05/12/08, firmado por la Secretaria de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/0861/08, del 5 de diciembre de 2008, la titular de

la SEDEREC autorizó la erogación para el “Proyecto presentado por la Dirección General

de Desarrollo Rural, correspondiente al programa de Cultivos Nativos y Herbolaria”.

En el mismo oficio, manifestó que conforme a la autorización del Comité Técnico de

Evaluación y Asignación de Recursos de los Programas de Fomento a la Producción

Comercialización para el Desarrollo Rural y Empleo Competitivo y Sustentable de la

SEDEREC, mediante Acuerdo núm. 54/6ª S.E./2008, correspondiente a la Sexta Sesión

169 VOLUMEN 5/13

Extraordinaria, celebrada el 14 de noviembre de 2008, se aprobó el pago del apoyo para

el desarrollo del proyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Rural,

correspondiente al programa de Cultivos Nativos y Herbolaria, por un monto total de

2,367.8 miles de pesos. El oficio referido también consigna que el proyecto beneficiará,

aproximadamente, a 1,000 productores de maíz por medio del Grupo Produce, A.C.,

el cual se encuentra integrado por 17 personas.

De la documentación justificativa y comprobatoria que ampara la CLC antes mencionada,

se observó lo siguiente:

1. No se localizó, anexa a la CLC original proporcionada por la SEDEREC, mediante

el oficio núm. SEDEREC/DA/0265/2010, del 15 de abril de 2010, copia fotostática

u original de la documentación justificativa del gasto; motivo por el cual se solicitó a la

SEDEREC (mediante los oficios núms. ASC/130/08/SEDEREC/10/11 y terminaciones

16 y 18 de fechas 26 de abril, 4 y 6 de mayo del presente año, respectivamente),

el instrumento jurídico (contrato, convenio, etc.), que posibilitó la entrega del apoyo de

2,367.8 miles de pesos a Grupo Produce, A.C.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/347/2010, del 13 de mayo de 2010, el Director

de Administración en la SEDEREC proporcionó el Convenio de Concertación, celebrado

entre la SEDEREC y Grupo Produce, A.C., firmado el 30 de diciembre de 2008.

En la cláusula primera del convenio se señala su objetivo: desarrollar programas

y proyectos que permitan el fortalecimiento del cultivo de maíz en la zona rural del

Distrito Federal, así como todo aquello que conlleve al mejoramiento económico,

social, cultural y ambiental de la zona rural del Distrito Federal. Para hacer posible lo

anterior, los firmantes convinieron en conjuntar y concertar acciones para determinar

los mecanismos institucionales e instrumentos jurídicos que hagan factible el diseño

e implementación de todo lo relacionado con este fin en los rubros de investigación,

capacitación, asistencia técnica y comercialización.

2. Con respecto a la documentación comprobatoria del gasto, el pago de los recursos

fue comprobado mediante dos recibos sin requisitos fiscales, cada uno, por un importe

de 1,183.9 miles de pesos y, ambos, de fecha 30 de enero de 2009.

170 VOLUMEN 5/13

Por contar con la documentación comprobatoria la SEDEREC cumplió con el apartado

IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartado IV.3,

“Registro de Operaciones Presupuestarias”, rubro IV.3.1, “Cuenta por Liquidar

Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado el 13 de enero de 2006

y su modificación del 20 de octubre del mismo año, vigente en 2008.

3. En la cláusula segunda del Convenio de Concertación, “Obligaciones de las partes”,

numeral 2, se señaló que la SEDEREC se comprometió a entregar recursos,

autorizados por el Comité Técnico de Evaluación y Asignación de Recursos, por un

monto de 2,367.8 miles de pesos, a fin de llevar a cabo el proyecto “Programa Integral

del Maíz”, componente del programa “Cultivos Nativos y Herbolaria”, mediante los

lineamientos, montos y metas que la SEDEREC determine; asimismo, en el numeral

4, se establece que para el logro de los objetivos referidos, la SEDEREC tiene

considerados los montos y conceptos comprometidos que a continuación se detallan:

(Miles de pesos)

Concepto Cantidad Unidad Importe %

1. Evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos 1 Proyecto 60.9 2.6 2. Producción de ácidos húmicos y fúlvicos 1 Proyecto 401.6 17.0 3. Adquisición de azospirillum 1,000 Dosis 80.0 3.4 4. Adquisición de algas marinas 1,000 Litros 180.0 7.6 5. Adquisición de bioguano 2,000 Litros 240.0 10.1 6. Adquisición de semilla de maíz

H 143 C QPM 100 Bolsas 110.0 4.6 7. Adquisición de semilla de maíz niebla 200 Bolsas 240.0 10.1 8. Adquisición de semilla de maíz H 140 200 Bolsas 180.0 7.6 9. Adquisición de semilla de maíz H 148 200 Bolsas 180.0 7.6 10. Adquisición de semilla de maíz criolla 18 Tonelada 450.0 19.0 Subtotal 2,122.5 89.6 Monto adicional 245.3 10.4

Total 2,367.8 100.0

En relación con lo anterior, Grupo Produce, A.C., en respuesta al oficio núm. ASC/10/713

del 22 de abril de 2010, mediante el cual la CMHALDF solicitó a dicha asociación la

confirmación de operaciones con la SEDEREC en 2008, proporcionó mediante oficio

sin número de fecha 13 de mayo de 2010, la documentación que ampara la comprobación

171 VOLUMEN 5/13

de los gastos cubiertos con la ayuda otorgada; del análisis realizado a la documentación

proporcionada, se observó que se integró de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Importe %

Honorarios evaluación de ácidos húmicos y fúlvicos 50.3 2.1 Fertilizantes 1,218.9 51.5 Semilla de maíz azul y blanco cremoso 89.2 3.7 Semilla de maíz híbrido niebla 236.0 10.0 Semilla certificada del híbrido de maíz H-40 75.0 3.2 Semilla certificada del híbrido de maíz H-48 75.0 3.2 Semilla de maíz criolla 497.0 21.0 Subtotal 2,241.4 94.7 Seguimiento al proyecto de maíz en campo 42.0 1.8 Honorarios administración y contabilidad 40.0 1.6 Gasolina 33.3 1.3 Consumo de alimentos 4.9 0.2 Artículos de cafetería 1.7 0.1 Flete bolsa de maíz 1.5 0.1 Casetas 1.5 0.1 Refacciones y mantenimiento automotriz 1.2 0.1 Llamadas telefónicas 0.3 0.0 Subtotal 126.4 5.3 Total 2,367.8 100.0

Cabe señalar, que mediante los oficios núms. ASC/130/08/SEDEREC/10/11 y terminaciones

16 y 18, de fechas 26 de abril, 4 y 6 de mayo del presente año, la CMHALDF solicitó a

la SEDEREC la siguiente información relacionada con la CLC núm. 35 C0 01 01887, que al

término de la fase de ejecución de la auditoría, 7 de mayo de 2010, no fue proporcionada:

a) Expediente (original) correspondiente a “Grupo Produce, A.C.”, que contenga la

totalidad de la información y/o documentación señalada en la “Convocatoria para

Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo

Alternativo”, apartado “Requisitos”, numeral 7.

b) Expediente (original) correspondiente a “Grupo Produce, A.C.”, que contenga la totalidad

de la información y documentación señalada en la “Convocatoria para Participar en el

Concurso Público de Selección de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”,

apartado “Características de los proyectos (Programa de trabajo y/o de inversión)”,

numeral 8.

172 VOLUMEN 5/13

c) Evidencia (original) de la comprobación y justificación física y documental de la realización

de las actividades detalladas en el programa de trabajo (fe de hechos notariales, actas

administrativas, fotografías, videos, folletos, entre otros).

d) Evidencia documental (original) del informe de avance y, en su caso, de la conclusión

del programa de trabajo, así como de la supervisión e inspección realizada por la

SEDEREC.

e) Reporte de avance que a la fecha tiene el proyecto para el cual se otorgaron recursos

por 2,367.8 miles de pesos. En su caso, proporcionar copia fotostática legible de la

evidencia documental respectiva.

f) Señalar, en forma detallada, los resultados (beneficios) que a la fecha se han

obtenido con la puesta en marcha del proyecto financiado. En su caso, proporcionar

copia fotostática legible de la evidencia documental respectiva.

Por no proporcionar la documentación e información solicitada, la SEDEREC incumplió

el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que señala:

“Las dependencias […] están obligadas a conservar en su poder y a disposición de la

Secretaría y de otras autoridades competentes, por los plazos que se establezcan en los

ordenamientos legales aplicables, los libros, registros auxiliares e información correspondiente,

así como los documentos originales justificativos y comprobatorios de sus operaciones

financieras”.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información

y documentación relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:

“Resultado 11

”Relativo a la revisión de la CLC 35 C0 01 01887 a favor de Grupo Produce, A.C.

”2 Respecto a la información que no fue proporcionada al momento de la revisión al grupo

de auditores.

173 VOLUMEN 5/13

”Se anexa expediente completo relativo al ‘Programa Integral Sistema Producto Maíz’”.

Anexo al oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, del 10 de junio de 2010, la Dirección de

Administración en la SEDEREC proporcionó copia fotostática de la siguiente documentación:

● Acta finiquito del 31 de marzo de 2010, celebrada entre personal de la Dirección

General de Desarrollo Rural de la SEDEREC e integrantes del Grupo Produce, A.C.,

la cual se celebró con el objeto de solicitar a los beneficiarios, la exhibición y entrega

de la documentación e informes comprometidos en el Convenio de Colaboración para

el Programa Integral del Sistema Producto Maíz de los Recursos 2008, que tuvieron

a bien signar.

● Informe de Avance 2008-2009 del Programa Integral del Maíz, fechado en enero de 2010,

sin firmar. En el documento se señalan los siguientes avances: A la fecha, el 100 por

ciento de los insumos fueron adquiridos, al tiempo que se cuenta con un avance de

763.5 ha. beneficiadas, correspondientes a 705 productores; el proyecto de micorrizas

se encuentra establecido y en pleno desarrollo, esperando realizar la cosecha en el

mes de febrero; respecto al proyecto MIAF, la plantación ya fue realizada; por otra

parte, la validación de maíces híbridos para el DF ya concluyó y el mejoramiento

genético de maíces criollos se encuentra en etapa de validación; finalmente, la

caracterización de los maíces criollos para determinar sus características industriales

ya fue realizada.

● Documento denominado “Resultados del Programa de Maíz 2008-2009”.

● Solicitud de Incorporación al Programa, Solicitud de Apoyo, Carta Compromiso, Carta de

No Veto, Programa Integral de Maíz para el Distrito Federal 2009, Cédula de Inscripción

en el Registro Federal de Contribuyentes, Comprobante de domicilio, e Identificaciones

personales (Credenciales del Instituto Federal Electoral) de algunos integrantes de la

asociación civil.

Cabe señalar, que la SEDEREC remitió información adicional, la cual fue proporcionada

en el transcurso de la fase de ejecución de la auditoría.

174 VOLUMEN 5/13

De igual manera, la SEDEREC no proporcionó documentación alguna sobre los siguientes

conceptos:

a) Evidencia (original) de la comprobación y justificación física y documental relativa a la

realización de las actividades detalladas en el programa de trabajo (fe de hechos

notariales, actas administrativas, fotografías, videos, folletos, entre otros).

b) Evidencia documental (original) del informe de avance y, en su caso, de conclusión del

programa de trabajo, así como de la supervisión e inspección realizada por la SEDEREC.

Por otra parte, con relación al expediente correspondiente a la asociación civil “Grupo

Produce, A.C.”, que contenga la totalidad de la información y documentación señalada

en la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección de Proyectos

Agropecuarios y de Turismo Alternativo”, apartado “Requisitos”, numeral 7; no se identificó,

en la documentación proporcionada por la SEDEREC, ni el acta de asamblea de la

organización en la cual se manifieste el acuerdo de llevar a cabo el programa de trabajo

y/o el de inversión, ni la copia del contrato de cuenta de cheques mancomunada.

Debido a que en el expediente proporcionado no se localizaron los dos documentos

señalados, la SEDEREC incumplió lo establecido en el apartado “Requisitos”, numeral 7,

fracciones VI y X, de la “Convocatoria para Participar en el Concurso Público de Selección

de Proyectos Agropecuarios y de Turismo Alternativo”, que señala:

“La solicitud deberá estar integrada con la siguiente documentación: […]

”VI. Acta de asamblea de la organización en la cual se manifieste el acuerdo de llevar

a cabo el programa de trabajo y/o el de inversión. […]

”X. Copia del contrato de apertura de cuenta de cheques mancomunada, en la cual

se registren por lo menos dos integrantes de la organización en el caso que por el monto

así se determine, una vez que haya sido aprobado el proyecto…”.

Del análisis de la información y documentación proporcionada por la SEDEREC, se

determinó que ésta no suministró lo relacionado con la comprobación y justificación física

175 VOLUMEN 5/13

y documental de la realización de las actividades efectuadas con la ayuda otorgada;

tampoco entregó evidencia documental del informe de avance y, en su caso, de conclusión

del programa de trabajo, ni la documentación, señalada como faltante, relativa a los

requisitos que integran la solicitud de la ayuda otorgada.

Recomendación ASC-130-08-27-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las áreas administrativas competentes, adopte medidas de control para contar

cabalmente con la documentación solicitada a los beneficiarios de las ayudas otorgadas

(en los lineamientos, convocatoria y convenios respectivos), de conformidad con la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y los lineamientos y reglas de operación

emitidas.

Partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”

12. Resultado

En 2008, la SEDEREC ejerció en la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”

un importe de 314,953.8 miles de pesos, que representó el 77.8% del total erogado en el

capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (404,596.5 miles de pesos).

El gasto de la partida 4211 “Subsidios del Gobierno del Distrito Federal”, se ejerció en su

totalidad con cargo al Programa no prioritario 28 “Desarrollo Rural”.

Se determinó una muestra de auditoría consistente en las CLC núms. 35 C0 01 00449,

del 3 de octubre de 2008, y 35 C0 01 02052, del 31 de diciembre del mismo año, por

56,411.5 miles de pesos y 150,000.0 miles de pesos, respectivamente. El importe total de

ambas CLC (206,411.5 miles de pesos), representaron el 65.5% respecto del total

ejercido en la partida (314,953.8 miles de pesos).

Dichas CLC, no implicaron salida de efectivo, ya que fueron expedidas por la SEDEREC

exclusivamente para registrar la aportación de recursos federales efectuada por el Gobierno

Federal, a través de la SAGARPA, directamente al FOFADF, de acuerdo al Convenio

176 VOLUMEN 5/13

de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrito, el 25 de febrero de 2008,

entre la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal, representado por el Secretario

de Gobierno y asistido por la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las

Comunidades.

Dicho convenio, tuvo por objeto el establecer las bases de coordinación y cooperación,

entre las partes que lo suscribieron, para llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones

conjuntas encaminadas a promover el desarrollo rural sustentable en general y demás

iniciativas, que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero, se presenten en lo

particular. Es decir, para sentar las bases de coordinación y cooperación para impulsar

el desarrollo integral de este sector en el Distrito Federal.

Asimismo, el convenio antes mencionado señala que las actividades por efectuar de manera

conjunta y coordinada serían: propiciar la planeación del desarrollo rural sustentable a través

de organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas; fomentar la participación de

los sectores público, privado y social en la definición de programas, estrategias y acciones

en materia de desarrollo rural, agropecuario y pesquero; promover y apoyar los programas

con los que cuenta actualmente la SAGARPA; fomentar la productividad en regiones con

limitantes naturales para la producción; participar en la promoción y difusión de acciones

y programas de investigación, educación y cultura para el desarrollo rural.

De igual manera, en el convenio se estableció que las actividades por efectuar serían

formalizadas mediante acuerdos específicos, o anexos técnicos, en los cuales se establecería:

la aportación y aplicación de los recursos necesarios, la definición de objetivos y metas, las

modalidades a que se sujetarán la actuación conjunta de las partes y su participación

operativa, así como los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero.

Además, se estableció que en el caso de los programas que comprenden el otorgamiento

de apoyos económicos o subsidios, la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal

convinieron en sujetarse a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario

Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2007.

177 VOLUMEN 5/13

Para la ejecución de los programas, se establecieron las aportaciones siguientes:

Con el fin de establecer las bases para la asignación y ejercicio de los apoyos previstos

en las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal

establecieron una aportación conjunta de hasta 128,271.6 miles de pesos. De esta suma,

hasta un monto de 86,594.7 miles de pesos, sería aportación a cargo de la SAGARPA;

y hasta 41,676.9 miles de pesos, aportación a cargo del Gobierno del Distrito Federal.

Asimismo, las aportaciones referidas estarían sujetas a las disposiciones previstas tanto

en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2008,

como a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación

el 31 de diciembre de 2007.

En relación al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que

establece la realización de inversiones a cargo de la SAGARPA a través del Programa

de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria, se estableció una

aportación del Gobierno Federal a través de la SAGARPA del orden de 150,000.0 miles

de pesos.

Para la ejecución y administración de los programas y acciones, previstos en el Convenio

de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, se estableció lo siguiente:

La administración de los recursos aportados por la SAGARPA y el Gobierno del Distrito

Federal, se llevó a cabo a través del FOFADF, cuyo Comité Técnico estuvo conformado de

manera paritaria por funcionarios de la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal,

cuyas responsabilidades estuvieron definidas en las Reglas de Operación de los Programas

de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, de acuerdo

al convenio, el Gobierno del Distrito Federal se comprometió a recabar y presentar ante la

SAGARPA, la documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados,

conforme a las disposiciones previstas en las Reglas de Operación de los Programas de

la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

178 VOLUMEN 5/13

De igual manera, en el convenio se estableció que para que los beneficiarios pudieran

acceder a los apoyos previstos en las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría

de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la SAGARPA,

conjuntamente con el Gobierno del Distrito Federal, emitirían convocatorias en las que se

establecerían calendarios de apertura de ventanillas de atención a los solicitantes, así

como de los períodos de recepción, determinación y fecha de publicación de resultados,

conforme a la autorización emitida por el Comité Técnico Estatal. Las solicitudes de apoyo

a los proyectos, estrategias y acciones, serían sujetas a la recepción, revisión, evaluación

y aprobación en los términos de las reglas antes mencionadas, así como de los lineamientos

emitidos por la SAGARPA. De igual forma, las ventanillas instaladas para la atención de

solicitantes, contarían con sistemas establecidos por la SAGARPA y se instalarían en las

zonas rurales del Distrito Federal.

Para la entrega de los apoyos autorizados, el FOFADF emitiría la autorización a nombre

de la SAGARPA y el Gobierno del Distrito Federal, e informaría al beneficiario acerca de

las obligaciones a su cargo, previstas en las reglas de operación y demás disposiciones

que deriven de éstas.

Finalmente, el convenio antes descrito, fue firmado por el Secretario de Gobierno del Distrito

Federal, el Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,

la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y el Delegado de la

SAGARPA en el Distrito Federal; y publicado en el Diario Oficial de la Federación del

16 de marzo de 2008.

En relación a la documentación justificativa y comprobatoria de cada CLC, se observó

lo siguiente:

1. La SEDEREC expidió la CLC núm. 35 C0 01 00449, del 3 de octubre de 2008, por un

importe de 56,411.5 miles de pesos, mediante la cual registró la aportación efectuada por

el Gobierno Federal al Programa Adquisición de Activos Productivos 2008, derivado del

Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable del 25 de febrero de 2008.

Dicho programa, fue llevado a cabo conforme al “Anexo Técnico de Ejecución

Federalizada del Programa de Adquisición de Activos Productivos 2008”, celebrado

179 VOLUMEN 5/13

el 31 de marzo de 2008, entre la SAGARPA, representada por el Delegado de la

SAGARPA en el Distrito Federal y la SEDEREC, representada por su titular.

En relación al Anexo Técnico de Ejecución, se estableció, expresamente, que para

el correcto desarrollo de las acciones y actividades, la SAGARPA y la SEDEREC se

sujetarían a las Reglas de Operación del Programa de Adquisición de Activos

Productivos, elaboradas por la SAGARPA. El Anexo Técnico de Ejecución precisa las

aportaciones de la manera siguiente: de una aportación total de hasta 95,261.6 miles

de pesos, 61,920.0 miles de pesos, correspondieron a la aportación federal (65.0%

respecto del total); y 33,341.6 miles de pesos, a la aportación del Gobierno del Distrito

Federal (35.0% respecto del total).

Dichas aportaciones fueron destinadas a los siguientes componentes:

(Miles de pesos)

Componente Metas programadas

Cantidad de beneficiarios

Monto por ejercer

Desarrollo rural 183 2,760 28,578.5 Acuacultura y pesca 20 120 1,880.0 Ganadero 3,420 628 7,349.0 Agrícola n.a. 4,192 57,454.1

Total 3,623 7,700 95,261.6

n.a. No aplicable.

Asimismo, se estableció que los recursos que aporta la SAGARPA, serían considerados

en todo momento recursos federales, no perdiendo dicha naturaleza al ser transferidos

al Gobierno del Distrito Federal y estarían sujetos a las disposiciones previstas en la

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como aquellas del

“Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las dependencias

y entidades de la Administración Pública Federal, para el control, la rendición de

cuentas e informes y la comprobación del manejo transparente de los recursos

públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos”, publicado

en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004.

El ejercicio de los recursos se efectuó a través del FOFADF.

180 VOLUMEN 5/13

De igual forma, se estableció que el control, vigilancia y evaluación de los recursos

públicos federales, corresponderían indistintamente a las Secretarías de Hacienda

y Crédito Público y de la Función Pública, así como demás autoridades, conforme

al ámbito material de competencia, otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.

La aportación de 56,411.5 miles de pesos, fue efectuada por la SAGARPA directamente

al FOFADF y depositada al Fiduciario Scotiabank Inverlat, S.A., al amparo de 17 recibos

expedidos por el fiduciario y enviados por la SAGARPA a la SEDEREC, mediante el

oficio núm. 129-1235 del 11 de junio de 2008, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de recibo

Fecha Importe

45 2/IV/08 10,317.8 46 2/IV/08 3,709.2 59 3/IV/08 4,776.9 60 3/IV/08 2,392.4 47 14/IV/08 7,139.1 48 15/IV/08 1,092.0 49 29/IV/08 249.7 50 30/IV/08 7,203.8 51 30/IV/08 3,111.2 52 7/V/08 693.0 53 7/V/08 1,716.6 55 7/V/08 2,025.7 56 7/V/08 977.4 57 7/V/08 1,033.0 58 28/V/08 1,800.0 61 6/VI/08 8,029.2 62 6/VI/08 144.5

Total 56,411.5

Mediante el oficio núm. SEDEREC/0660/2008, del 2 de octubre de 2008, se efectuó la

autorización por parte de la titular de la SEDEREC para el registro y aplicación, con

cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de los recursos

antes mencionados, correspondientes a las aportaciones efectuadas por la SAGARPA,

en cumplimiento de los artículos 501-A (penúltimo párrafo) y 504 del Código Financiero del

Distrito Federal, vigente en 2008, que instruyen:

“501-A […] Podrán otorgarse subsidios, apoyos o ayudas a personas físicas o morales

individuales, siempre que medie autorización previa del titular de las dependencias,

181 VOLUMEN 5/13

órganos desconcentrados, delegaciones o entidades, en la que se justifique la procedencia

del otorgamiento”.

“Artículo 504. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades

podrán otorgar donativos y ayudas para beneficio social o interés público o general,

a personas físicas o morales sin fines de carácter político, siempre que cuenten con

suficiencia presupuestal y se cumplan con las disposiciones legales aplicables.

”Las ayudas y los donativos deberán ser autorizados expresamente por el titular de

la dependencia, delegación y órgano desconcentrado. Tratándose de entidades la

autorización la otorgará su órgano de gobierno. La facultad para otorgar la autorización

será indelegable”.

2. La SEDEREC expidió la CLC núm. 35 C0 01 2052, del 31 de diciembre de 2008, por

un importe de 150,000.0 miles de pesos, mediante la cual registró la aportación

efectuada por el Gobierno Federal al Programa de Uso Sustentable de Recursos

Naturales para la Producción Primaria, derivado del Convenio de Coordinación para

el Desarrollo Rural Sustentable del 25 de febrero de 2008.

Dicho programa, fue llevado a cabo conforme al “Anexo Técnico de Ejecución Federalizada

del Programa de Uso Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria

2008”, celebrado el 26 de septiembre de 2008, entre la SAGARPA, representada por su

Delegado en el Distrito Federal y la SEDEREC, representada por su titular.

En relación al anexo técnico de ejecución antes mencionado, se estableció lo siguiente:

Para el correcto desarrollo de las acciones y actividades, la SAGARPA y la SEDEREC

acordaron expresamente sujetarse a las Reglas de Operación del Programa de Uso

Sustentable de Recursos Naturales para la Producción Primaria 2008, elaboradas por

la SAGARPA.

Se establecieron las aportaciones de la forma siguiente: de una aportación total de hasta

190,676.9 miles de pesos, 150,000.0 miles de pesos, correspondieron a la aportación

182 VOLUMEN 5/13

federal (78.6% respecto al total); y 40,676.9 miles de pesos, a la aportación del Gobierno

del Distrito Federal (21.4% respecto al total).

Las aportaciones fueron destinadas al componente denominado “Obras y Prácticas

para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua” (ejecución de obras y acciones

para la conservación de zonas de recuperación del manto freático). Dicho componente,

se efectuaría en siete delegaciones del Distrito Federal, como se muestra a continuación:

Metas programadas

Delegación Hectáreas Capacidad de almacenamiento de agua en metros cúbicos

Cantidad de beneficiarios

Álvaro Obregón 85 9,200 75

Cuajimalpa de Morelos 95 9,150 75

La Magdalena Contreras 90 9,650 120

Milpa Alta 365 35,500 305

Tláhuac 150 14,950 180

Tlalpan 365 37,400 305

Xochimilco 300 26,200 165

Total 1,450 142,050 1,225

Asimismo, se estableció que los recursos aportados por la SAGARPA, serían

considerados, en todo momento, recursos federales, no perdiendo dicha naturaleza al

ser transferidos al Gobierno del Distrito Federal. Estarían sujetos a las disposiciones

previstas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como

aquellas del “Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las

dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el control, la

rendición de cuentas e informes y la comprobación del manejo transparente de los

recursos públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos

análogos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004.

El ejercicio de los recursos se efectuó a través del FOFADF.

De igual forma, se estableció que el control, vigilancia y evaluación de los recursos

públicos federales, corresponderían, indistintamente, a las Secretarías de Hacienda

183 VOLUMEN 5/13

y Crédito Público y de la Función Pública, así como demás autoridades, conforme

al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.

La aportación de 150,000.0 miles de pesos, fue efectuada por la SAGARPA directamente

al FOFADF y depositados al Fiduciario Vanguardia Casa de Bolsa, S.A. de C.V., al

amparo del recibo núm. V/601, del 4 de diciembre de 2008.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/0895/2008, del 31 de diciembre de 2008, se efectuó

la autorización, por parte de la titular de la SEDEREC, para el registro y aplicación,

con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, de los

recursos antes mencionados, correspondientes a las aportaciones efectuadas por

la SAGARPA, en cumplimiento de los artículos 501-A (penúltimo párrafo) y 504 del

Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.

13. Resultado

Respecto a la obligación de la SEDEREC de notificar, a la CGDF, los montos de las ayudas

otorgadas, y la aplicación de criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad

y transparencia en la asignación de las mismas, se observó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. ASC/10/0218, del 12 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó

a la SEDEREC las notificaciones de las erogaciones efectuadas con cargo a las partidas

4105 “Ayudas Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines

de Lucro”.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0140/2010, del 19 de febrero

de 2010, la SEDEREC remitió copia fotostática de los oficios y reportes mensuales

mediante los cuales se informó a la Contraloría Interna el monto global y los beneficios de

las ayudas y donativos otorgados; así como el reporte por dicho concepto, con cifras

definitivas al mes de diciembre de 2008.

Del análisis a la documentación proporcionada, se verificó que dicha información contiene

el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos otorgados por la SEDEREC,

así como los oficios mediante los cuales efectuó el envío a la Contraloría Interna,

la relación de ellos es la siguiente:

184 VOLUMEN 5/13

Numero de oficio Fecha Mes que reporta

SEDEREC/DA/0364/08 13/V/08 Enero a abril SEDEREC/DA/0421/08 4/VI/08 Mayo SEDEREC/DA/0512/08 2/VII/08 Junio SEDEREC/DA/0623/08 4/VIII/08 Julio SEDEREC/DA/0717/08 4/IX/08 Agosto SEDEREC/DA/0831/08 6/X/08 Septiembre SEDEREC/SRF/0298/08 26/XI/08 Octubre SEDEREC/SRF/0331/08 10/XII/08 Noviembre SEDEREC/SRF/038/09 19/II/09 Diciembre

Sin embargo, la normatividad indica de manera puntual la obligación de la SEDEREC

de informar a la CGDF y no a la Contraloría Interna en la SEDEREC.

Por no notificar a la CGDF los montos de los beneficios de los donativos otorgados,

la SEDEREC incumplió con el artículo 504, tercer párrafo, del Código Financiero del

Distrito Federal, vigente en 2008, que establece: “Las dependencias […] deberán informar

a la Contraloría, en el ámbito de sus respectivas competencias, el monto global y los

beneficios de las ayudas y los donativos otorgados”.

2. En relación con los criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad

y transparencia en la asignación de los donativos otorgados, mediante el oficio

núm. ASC/10/0218, del 12 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó a la SEDEREC

que informara sobre los criterios que consideró para el otorgamiento de donativos con

cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones Sin Fines de Lucro”.

Sin embargo, al término de la fase de ejecución de la auditoría, 7 de mayo de 2010,

la SEDEREC no proporcionó información o documentación alguna.

Por no proporcionar la documentación e información solicitada, la SEDEREC

incumplió el artículo 546 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.

En la reunión de confronta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0404/2010, de fecha

10 de junio de 2010, la Dirección de Administración en la SEDEREC presentó información

relacionada con el presente resultado, en los siguientes términos:

“Respecto a los criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad y transparencia

en la asignación de los recursos relativos al capítulo 4000.

185 VOLUMEN 5/13

”3. En lo relativo a la aplicación de criterios selectividad, objetividad, equidad, temporalidad y

transparencia correspondiente a la partida 4108 le comento lo siguiente:

”Respecto a la asignación de recursos a Iniciativa Ciudadana para la Promoción de la

Cultura del Diálogo A.C., el procedimiento que se siguió fue como se describe en la nota

informativa anexa”.

De lo anterior, la SEDEREC proporcionó la información siguiente:

Nota informativa del 1o. de octubre de 2007, mediante la cual la responsable del Centro de

Atención a Migrantes y sus Familias de la SEDEREC, informó a la Dirección de Administración

en la misma, que ha efectuado consultas a diversas organizaciones para establecer un

programa de trabajo conjunto que incluya la instalación de las Casas de la Ciudad de México

en Estados Unidos, conforme a lo planteado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

De la lectura a lo informado por la SEDEREC, se determinó que no proporcionó evidencia

documental del establecimiento de criterios de selectividad, objetividad, equidad, temporalidad

y transparencia en la asignación de los recursos relativos al capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, por lo que la observación del presente numeral

no se modifica.

Recomendación ASC-130-08-28-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para asegurarse

de informar a la Contraloría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, el

monto global y los beneficios de las ayudas y los donativos otorgados, de conformidad

con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-130-08-29-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, por

conducto de las unidades administrativas competentes, realice acciones para asegurarse

que, para el otorgamiento de ayudas, cuente con criterios de selectividad, objetividad,

equidad, temporalidad y transparencia, de conformidad con el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal.

187 VOLUMEN 5/13

I.16. PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

I.16.1. ANTECEDENTES

Como órgano encargado de la investigación y persecución de los delitos, el Ministerio

Público quedó institucionalizado a partir de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos de 1917; posteriormente, el primer ordenamiento jurídico que rigió la institución

del Ministerio Público en el Distrito Federal fue la Ley Orgánica del Ministerio Público del

Distrito y Territorios Federales publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de

septiembre de 1919, en el cual se estableció que el Ministerio Público quedaría conformado,

entre otros servidores públicos, por un Procurador General de Justicia.

En la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios Federales publicada en

el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1954, se estableció que el Procurador

General de Justicia sería nombrado por el Presidente de la República, y que los agentes

del Ministerio Público auxiliarían al Procurador.

El 31 de diciembre de 1971, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley

Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales, en la

que por primera vez se hace referencia a la Procuraduría y no al Ministerio Público, toda

vez que el contenido de la ley se refiere a todas las actividades de procuración de justicia.

El 15 de diciembre de 1977, por el mismo medio, se publicó la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la cual ya no hizo referencia a los

territorios federales, toda vez que éstos se erigieron en estados de la Federación mediante

las reformas constitucionales del 21 de noviembre de 1952, y del 8 de octubre de 1974.

En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1983, se estableció a la

Procuraduría como una dependencia del Poder Ejecutivo Federal y en ella se integró

la institución del Ministerio Público del Distrito Federal y sus órganos auxiliares directos.

Dicha Ley Orgánica tuvo dos reformas mediante decretos publicados en el Diario Oficial

de la Federación el 27 de diciembre de 1985 y el 24 de diciembre de 1986.

188 VOLUMEN 5/13

Mediante el Decreto por el que se reforman los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105,

107 y 122, así como la denominación del Título Quinto, adición de una fracción IX

al artículo 76 y un primer párrafo del 19 y se deroga la fracción XVII del artículo 89 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 25 de octubre de 1993, la institución del Ministerio Público en el Distrito

Federal quedó a cargo del Procurador General de Justicia del Distrito Federal. Dicho

funcionario sería nombrado y removido por el Jefe del Departamento del Distrito Federal,

con la aprobación del Presidente de la República.

El 30 de abril de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica de

la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, que estuvo en vigor en el ejercicio

de 2008. En ella se estableció que, para el despacho de los asuntos que al Ministerio

Público atribuyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal y la citada Ley Orgánica, la institución del Ministerio Público

estaría presidida por el Procurador General.

Atribuciones

Los artículos 1o. y 2o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del

Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 1996,

establecen las atribuciones de la Procuraduría General de Justicia de Distrito Federal.

“Artículo 1o. Esta Ley tiene por objeto organizar la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal, para el despacho de los asuntos que al ministerio público atribuyen la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal, este ordenamiento y las demás disposiciones aplicables.

”Artículo 2o. La Institución del Ministerio Público en el Distrito Federal, estará a cargo del

Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y tendrá las siguientes atribuciones

que ejercerá por conducto de su titular o de sus agentes y auxiliares, conforme a lo establecido

en esta Ley y demás disposiciones aplicables:

189 VOLUMEN 5/13

”I. Perseguir los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal;

”II. Velar por la legalidad y por el respeto de los derechos humanos en la esfera de su

competencia, así como promover la pronta, completa y debida impartición de justicia;

”III. Proteger los derechos e intereses de los menores, incapaces, ausentes, ancianos

y otros de carácter individual o social, en general, en los términos que determinen las

leyes;

”IV. Realizar estudios, formular y ejecutar lineamientos de política criminal y promover

reformas que tengan por objeto hacer más eficiente la función de seguridad pública

y contribuir al mejoramiento de la procuración e impartición de justicia;

”V. Las que en materia de seguridad pública le confiere la Ley de Seguridad Pública

del Distrito Federal;

”VI. Participar en la instancia de coordinación del Distrito Federal en el Sistema Nacional

de Seguridad Pública, de acuerdo con la ley y demás normas que regulen la integración,

organización y funcionamiento de dicho Sistema;

”VII. Realizar estudios y desarrollar programas de prevención del delito en el ámbito

de su competencia;

”VIII. Proporcionar atención a las víctimas o los ofendidos por el delito y facilitar

su coadyuvancia;

”IX. Promover la participación de la comunidad en los programas de su competencia, en

los términos que los mismos señalen;

”X. Auxiliar a otras autoridades en la persecución de los delitos de la competencia

de éstas, en los términos de los convenios, bases y demás instrumentos de colaboración

celebrados al efecto, y

”XI. Las demás que señalen otras disposiciones legales”.

190 VOLUMEN 5/13

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia

correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:

EGRESOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2008 2007 Variación

Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (1) - (2)

(3)

% (3) / (2)

(4) Presupuesto original

Gasto total 3,937,313.0 100.0 3,799,038.5 100.0 138,274.5 3.6 Corriente 3,805,940.7 96.7 3,712,038.5 97.7 93,902.2 2.5 De capital 131,372.3 3.3 87,000.0 2.3 44,372.3 51.0

Presupuesto ejercido Gasto total 4,038,993.3 100.0 3,886,600.3 100.0 152,393.0 3.9

Corriente 3,908,506.4 96.8 3,808,003.1 98.0 100,503.3 2.6 De capital 130,486.9 3.2 78,597.2 2.0 51,889.7 66.0

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1057-1075.

GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Variación

Programado

(1)

Ejercido

(2)

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4) 2008

Gasto total 3,937,313.0 4,038,993.3 101,680.3 2.7 Corriente 3,805,940.7 3,908,506.4 102,565.7 2.7 De capital 131,372.3 130,486.9 (885.4) 0.7

2007 Gasto total 3,799,038.5 3,886.600.3 87,561.8 2.3

Corriente 3,712,038.5 3,808,003.1 95,964.6 2.6 De capital 87,000.0 78,597.2 (8,402.8) 9.7

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1057-1075.

191 VOLUMEN 5/13

En 2008, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tuvo una asignación de

3,937,313.0 miles de pesos, que representó el 4.0% del gasto programable del Sector Central

del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 4,038,993.3 miles

de pesos, que representaron el 3.6% del monto ejercido (112,100,188.7 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2008

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (2)-(1)

(3)

% (3)/(1)

(4)

Gasto total 3,937,313.0 100.0 4,038,993.3 100.0 101,680.3 2.5

Corriente 3,805,940.7 96.7 3,908,506.4 96.8 102,565.7 2.7

“Servicios Personales” 3,436,810.0 87.3 3,558,433.3 88.1 121,623.3 3.5

“Materiales y Suministros” 93,684.4 2.4 98,701.4 2.5 5,017.0 5.4

“Servicios Generales” 272,146.3 6.9 226,391.8 5.6 (45,754.5) (16.8)

“Transferencias” 3,300.0 0.1 24,979.9 0.6 21,679.9 657.0

De capital 131,372.3 3.3 130,486.9 3.2 (885.4) (0.7)

“Bienes Muebles e Inmuebles” 111,372.3 2.8 130,486.9 3.2 19,114.6 17.2

“Obras Públicas” 20,000.0 0.5 0.0 0.0 (20,000.0) (100.0)

FUENTE: Gobierno de Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 789-802.

Principales Programas

De los cuatro programas en que participó la Procuraduría General de Justicia del Distrito

Federal durante 2008, el principal, por su importe ejercido, fue el programa prioritario

11 “Procuración de Justicia”, del Eje Estratégico “Seguridad y Justicia Expedita”.

Por medio de ese programa, se establecieron líneas de acción para detectar las deficiencias

en la integración de las averiguaciones previas, abatir el rezago y desahogar las diligencias

conducentes a la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad; se concluyó

el proyecto MP Virtu@l, sistema que permite a cualquier persona hacer del conocimiento

192 VOLUMEN 5/13

del Ministerio Público hechos constitutivos de delito; se estableció un programa para

atender a las personas que no saben leer ni escribir y que acuden a la dependencia para rendir

declaración como víctimas, ofendidos, indiciados, testigos o peritos; se dio cumplimiento a

las órdenes de investigación y mandamientos judiciales para el esclarecimiento de hechos

presuntamente delictivos; se consolidó el Programa de Unidad de Inteligencia Policial,

cuyo objetivo es proporcionar información estructurada para la indagación de hechos

delictivos; se creó la Unidad de Investigación Cibernética, con el objeto de contar con

agentes policiales especializados en la materia; y se inició la operación del call center

“Base Delfín”, con el objetivo de conocer si un detenido está relacionado con alguna

averiguación previa y, en su caso, si cuenta con antecedentes de ingreso al reclusorio.

También se estableció el Sistema Integral de Huellas Dactilares, que se alimenta de la

base de datos de juzgados penales, de información generada en juzgados cívicos,

de archivos criminales de servicios periciales de la dependencia y de datos proporcionados

por la Secretaría de Transportes y Vialidad; se efectuaron 571,785 dictámenes periciales

solicitados por las autoridades para intervenir en averiguaciones previas; se notificaron

22,287 autos de término constitucional; concluyeron 16,319 expedientes de instrucción;

se realizaron 6,814 pedimentos de confirmación en las Salas de Segunda Instancia; se

registraron 1,471 resoluciones de autos y 3,931 de sentencias favorables al Ministerio

Público; se elaboraron y rindieron 35,215 informes previos y justificados requeridos por las

autoridades judiciales, a los que se adjuntaron constancias y se dio seguimiento a los

juicios interpuestos; se realizaron supervisiones de actos del estado civil de las personas

y de procedimientos conciliatorios en materia civil, por medio de un arreglo favorable para

las partes que acuden cuando aún no han iniciado un procedimiento judicial; y se

proporcionó orientación e información general a 93,977 personas y se asesoró a otras

2,436 de manera personal o por la vía telefónica.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó dos auditorías financieras y una de desempeño a la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

193 VOLUMEN 5/13

I.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS

I.16.2.1. CAPÍTULO 4000 “AYUDAS, SUBSIDIOS, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS”

Auditoría ASC/131/08

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008 se informó que en el capítulo

4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal (PGJDF) ejerció un presupuesto de 24,979.8 miles de pesos, monto

que representó el 0.6% de su gasto total por 4,038,993.3 miles de pesos, y fue superior en

657.0% (21,679.8 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente de 3,300.0 miles de

pesos. Respecto al presupuesto ejercido en 2007 (19,935.2 miles de pesos), dicho importe

presentó un incremento de 5,044.6 miles de pesos (25.3%).

Del presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias” (24,979.8 miles de pesos), destacó el correspondiente a las partidas

4105 “Ayudas Culturales y Sociales” (3,197.5 miles de pesos) y 4108 “Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro” (20,197.7 miles de pesos), que en conjunto ascendió a

23,395.2 miles de pesos y significó el 93.7% del total del capítulo y el 0.6% del total

asignado a la dependencia.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por

la PGJDF con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido; y que se encuentre justificado,

comprobado, devengado y registrado conforme a la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”

(por tratarse de un rubro de gasto que en el ejercicio revisado presentó variaciones

194 VOLUMEN 5/13

significativas entre el monto presupuestado y el ejercido, así como al registrado en el

ejercicio inmediato anterior), “Exposición al Riesgo” (por ser el capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias” un rubro propenso a ineficiencias, irregularidades

e incumplimiento de objetivos y metas) y “Presencia y Cobertura” (por ser un rubro

susceptible de auditarse por estar en la Cuenta Pública), contenidos en el Manual de

Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal (CMHALDF), vigente a partir del 11 de julio de 2007.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43, del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X; 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o.,13 y 16

de su Reglamento Interior.

ALCANCE

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

respectivos. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra” del

presente informe, se seleccionaron como muestra dos de las cuatro partidas de gasto que

integraron el presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias” en 2008 (24,979.8 miles de pesos), por medio de 74 Cuentas

por Liquidar Certificadas (CLC) y 9 documentos múltiples.

Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de

Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a esta entidad de fiscalización.

De las dos partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 14 CLC y 8 documentos

múltiples, por un importe de 19,765.5 miles de pesos, que representa el 79.1% del monto

ejercido con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,

así como su documentación justificativa y comprobatoria.

195 VOLUMEN 5/13

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General del Albergue Temporal, adscrita a la

Oficina del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal; la Fiscalía Central

de Investigación para Menores, dependiente de la Subprocuraduría de Averiguaciones

Previas Centrales; la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito, dependiente

de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad; y la

Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, adscrita a la Oficialía

Mayor de la PGJDF. La primera, por ser la encargada de prestar asistencia y protección

social a los menores en situaciones difíciles, relacionadas con averiguaciones previas y

procesos penales, familiares y civiles, cuando se encuentren en una situación de abandono,

conflicto, daño o peligro; la segunda, por encargarse de intervenir para otorgar a los menores,

discapacitados o incapaces, una amplia protección y asistencia conforme a la ley; la

tercera, por ser responsable de proporcionar apoyo legal, atención médica, psicológica

y social a las víctimas del delito, y a sus familiares; y la última, por encargarse de administrar y

vigilar el ejercicio del presupuesto anual de la Procuraduría, proponer las modificaciones

programáticas y presupuestales que se requieran, e integrar y mantener permanentemente

actualizados los documentos normativo-administrativos de carácter interno, necesarios para

el buen funcionamiento de la institución.

Se analizó el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal vigente en el ejercicio de 2008 para verificar que fuera acorde con la

estructura orgánica dictaminada y que, junto con los manuales de normas y procedimientos

aplicables al rubro en revisión, estuvieran autorizados por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal (OMGDF).

Se analizaron 18 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, se

verificaron las causas por las cuales se incrementó dicho presupuesto y se constató que

se contara con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.

Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a servidores

públicos de las Direcciones Generales del Albergue Temporal, de Atención a Víctimas

196 VOLUMEN 5/13

del Delito, y de Programación, Operación y Presupuesto; así como de la Fiscalía Central

de Investigación para Menores de la PGJDF.

Se realizaron confirmaciones de operaciones con Servicio, Educación y Desarrollo a la

Comunidad, I.A.P. (SEDAC), y con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración

de Justicia del Distrito Federal, con la finalidad de verificar la recepción de los donativos

que se les otorgaron en 2008, y conocer su aplicación y destino.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos aplicables

al rubro en revisión hayan estado en operación durante el período auditado, conforme a la

normatividad aplicable. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Se verificó que los apoyos sociales otorgados con cargo a cada una de las dos partidas

de la muestra presentaran la autorización correspondiente; que se haya contado con

suficiencia presupuestal para otorgar los apoyos; y que se haya precisado claramente

a quién y para qué se otorgarían los apoyos, los beneficiarios, las condiciones y los

requisitos de los apoyos, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal

y del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008.

2. Se verificó que la PGJDF haya conservado la documentación original justificativa y

comprobatoria de los apoyos y donativos otorgados; que SEDAC y el Consejo Ciudadano

de Seguridad Pública hayan entregado comprobantes de pago (recibos) a nombre

del Gobierno del Distrito Federal-PGJDF y que cumplieran los requisitos fiscales

correspondientes; que la entrega de los apoyos se soporte con documentación donde

conste la firma de recibido por parte de los beneficiarios; que los gastos hayan sido

registrados en las partidas acordes con su naturaleza; que se haya reportado a la SF

en tiempo y forma el pasivo circulante del ejercicio de 2007 pagado en 2008, y del

ejercicio de 2008 pagado en 2009, correspondiente a las partidas del capítulo 4000

“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”; y que los recursos no ejercidos

y, en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2008 hayan sido

devueltos a la SF en los plazos aplicables, en cumplimiento del Código Financiero

del Distrito Federal y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008.

197 VOLUMEN 5/13

3. Se constató que la PGJDF haya informado a la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF) sobre el monto global y los beneficios de las ayudas y los donativos

otorgados en 2008; y a la SF sobre los avances en la operación de los programas

o acciones realizadas, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados y

su distribución, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal vigente

en 2008.

Las pruebas sustantivas consistieron en integrar por partida el presupuesto ejercido con

cargo al rubro sujeto a revisión; verificar que las cifras reportadas a la SF por el sujeto

fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008, verificar los

registros presupuestarios y el importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos,

constatar que el sujeto fiscalizado dispusiera de mecanismos idóneos para comprobar la

entrega de las ayudas y donativos a los beneficiarios y verificar que la dependencia contara

con expedientes con la documentación que soporte que los beneficiarios de los apoyos

reunieron los requisitos solicitados para tal efecto.

El alcance al nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”

Se revisó el 88.5% (2,831.0 miles de pesos) del importe ejercido (3,197.5 miles de pesos)

mediante 10 CLC y 8 documentos múltiples, así como su documentación justificativa

y comprobatoria.

Se verificó la documentación que comprueba la entrega de apoyos económicos por un

importe total de 2,509.5 miles de pesos a 49 beneficiarios por haber sido víctimas,

o alguno de sus familiares, de delitos como homicidio, fraude, lesiones, y abuso sexual o de

autoridad, que consistió en copias de opiniones de procedencia y determinación del apoyo

económico, acuerdos de autorización del apoyo, cartas de instrucción para otorgar los apoyos,

identificaciones oficiales de beneficiarios, pólizas-cheque y recibos donde los beneficiarios

firmaron haber recibido los apoyos económicos. También se revisaron la Ley de Atención

y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal y su Reglamento; el Informe

de Cuenta Pública del Fondo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito (FAAVID),

198 VOLUMEN 5/13

por ser la instancia encargada de apoyar a las víctimas afectadas por la comisión de un

delito en su persona o en su patrimonio; y el acta de la segunda sesión extraordinaria

del Consejo para la Atención y Apoyo a Víctimas del Delito.

Además, se revisó la documentación que comprueba la entrega a 20 beneficiarios de

apoyos económicos (para hospedaje, traslados y alimentos, entre otros) o en especie

(servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón, y pasajes de cortesía

como resultado de averiguaciones previas), por un importe total de 96.5 miles de pesos,

por haber sido víctimas, o alguno de sus familiares, de delitos violentos, que consistió en

copias de averiguaciones previas, cédulas victimológicas, fichas de control y seguimiento,

oficios de solicitud de los apoyos, facturas, identificaciones oficiales de beneficiarios, pólizas-

cheque y recibos donde los beneficiarios firmaron haber recibido los apoyos económicos.

Finalmente, se verificó la documentación que comprueba la entrega de donativos

a SEDAC por un importe total de 225.0 miles de pesos, que consistió en recibos de

donativos y oficios de solicitud de los recursos; así como el cumplimiento del Convenio

de Colaboración celebrado entre la PGJDF y SEDAC.

Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

Se revisó el 83.8% (16,934.5 miles de pesos) del importe ejercido (20,197.7 miles de pesos)

mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

Se verificó la documentación que comprueba la entrega de donativos al Consejo Ciudadano

de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, por un importe de

16,934.5 miles de pesos, que consistió en recibos de donativos. También se revisaron

el Acuerdo de creación del Consejo Ciudadano; y que se cumpliera lo establecido tanto en

su Reglamento Interno como en el Convenio General de Colaboración, celebrado entre el

Consejo Ciudadano, la PGJDF y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), y el Convenio

de Colaboración específico, formalizado entre el Consejo Ciudadano y la PGJDF; así como

la Memoria Enero 2007-Mayo 2009, las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias

del Consejo Ciudadano, y una encuesta de victimización y eficacia institucional realizada

por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).

199 VOLUMEN 5/13

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno, con la finalidad de tener una base sobre

la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría,

se analizaron el dictamen de estructura orgánica y el Manual de Organización General de

la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal vigente en 2008, con el fin de

identificar su estructura orgánica, los objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades

administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

También se revisaron los manuales de normas y procedimientos de la dependencia, con

objeto de verificar los que fueron aplicados por las unidades administrativas que intervienen

en actividades relacionadas con la justificación, autorización, ejercicio, devengación,

comprobación y registro de las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias”. Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. OM/1514/2001, de fecha 31 de agosto de 2001, la OMGDF

autorizó a la PGJDF el dictamen de estructura orgánica núm. 168/2001, vigente a partir

del 1o. de septiembre de 2001. En dicho dictamen se previeron cinco Subprocuradurías

(de Averiguaciones Previas Centrales, de Averiguaciones Previas Desconcentradas, de

Procesos, Jurídica y de Derechos Humanos, y de Atención a Víctimas del Delito y Servicios

a la Comunidad) y la Oficialía Mayor de la dependencia.

2. Manual Administrativo

a) Manual de Organización. La PGJDF contó con un manual de organización general

autorizado por la CGMA de la OMGDF mediante el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha

13 de diciembre de 2006, vigente a partir de esa misma fecha, y registrado con el

núm. MA-14000-168/01. Dicho documento es congruente con el dictamen de estructura

orgánica núm. 168/2001 mencionado y define los objetivos, funciones, atribuciones

y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas

que integran la dependencia; sin embargo, no fue publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal.

b) Manuales de Normas y Procedimientos. La PGJDF contó con 85 manuales de

normas y procedimientos elaborados con base en el dictamen de estructura orgánica

200 VOLUMEN 5/13

núm. 168/2001; sin embargo, sólo 34 fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF

por medio de los oficios núms. CGMA/2123/04, CGMA/2376/04, CGMA/2683/04 y

CGMA/3001/04, de fechas 23 de julio, 13 de agosto, 21 de septiembre y 18 de octubre

de 2004, respectivamente; CGMA/0176/05 y CGMA/0178/05, ambos del 27 de enero

de 2005; CGMA/0723/05, CGMA/1048/05 y CGMA/1088/05, del 6 de abril, y 11 y 17 de

mayo de 2005, respectivamente; CGMA/1253/05 y CGMA/1257/05, ambos de fecha

2 de junio de 2005; CGMA/1597/05 y CGMA/1599/05, los dos del 8 de julio de 2005;

CGMA/1593/05 y CGMA/1595/05, ambos del 11 de julio de 2005; CGMA/2290/05

del 7 de octubre de 2005; CGMA/0244/06, CGMA/1689/06 y CGMA/2803/06, del 25 de

enero, 27 de junio y 27 de noviembre de 2006, respectivamente; CGMA/DDO/2970/07 del

19 de septiembre de 2007; CGMA/DDO/1420/08 y CGMA/DDO/3486/08 del 25 de junio y

18 de diciembre de 2008, en ese orden; y CGMA/DDO/0121/09, CGMA/DDO/0440/09

y CGMA/DDO/1058/09, del 19 de enero, 10 de febrero y 13 de abril de 2009,

respectivamente. De dichos manuales se revisaron cuatro, relacionados con el desarrollo

de la auditoría y, en particular, se revisaron los siguientes procedimientos:

– El procedimiento “Canalización de Menores a Instituciones”, del Manual de Normas

y Procedimientos para llevar a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y

Canalización de Menores, incluye actividades para la Subdirección de Trabajo

Social y la Dirección de Investigación Psicosocial, relacionadas con la canalización

de menores a instituciones públicas o privadas y con el otorgamiento de apoyos

al Albergue Temporal.

– El procedimiento “Apoyo Social a Víctimas del Delito Violento en Área Central”,

del Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas del

Delito Violento, incluye actividades para el Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas

del Delito Violento relacionadas con la gestión de servicios de funeral gratuitos

o a bajo costo, el otorgamiento de pasajes de cortesía, el apoyo psicosocial y jurídico

y otros servicios asistenciales a las víctimas de delito violento con escasos recursos

económicos.

– El procedimiento “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite

de Pago de Viáticos, del Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos

para Investigación Oficiales y otras Erogaciones”, del Manual de Normas y

Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada

201 VOLUMEN 5/13

y su Documentación Soporte, indica los documentos que deberán anexar las

unidades administrativas para tramitar el pago de las CLC, tales como: solicitudes

de recursos por las unidades administrativas correspondientes, facturas, recibos,

nóminas, estimaciones de obra, laudos y plantillas de liquidación, y oficios de

ministración de viáticos, entre otros.

– El procedimiento “Elaboración, Trámite y Registro del Documento Múltiple”, del

Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta

por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte, incluye actividades relacionadas

con la expedición de documentos múltiples en casos de movimientos de corrección

y reintegro al presupuesto.

– El procedimiento “Asignación del Presupuesto a las Unidades Ejecutoras del Gasto”,

del Manual de Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal

de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, incluye actividades

relacionadas con la asignación y registro del presupuesto por parte de la Dirección

General de Programación, Organización y Presupuesto, y con la comprobación

del gasto por parte de las unidades ejecutoras.

– El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Normas

y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federa, incluye actividades relacionadas con la

adecuación del techo financiero y las adecuaciones al presupuesto.

Cabe mencionar que la relación de los procedimientos que integran los manuales

de normas y procedimientos vigentes no fueron publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal.

3. Evaluación del Control Interno

Para la evaluación del control interno se analizaron el marco normativo y el Manual

Administrativo de la PGJDF, integrado por los Manuales de Organización y de Normas

y Procedimientos; se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno

a servidores públicos de la Fiscalía Central de Investigación para Menores y de las Direcciones

202 VOLUMEN 5/13

Generales del Albergue Temporal, de Atención a Víctimas del Delito y de Programación,

Operación y Presupuesto de la PGJDF, que intervienen en actividades relacionadas con la

justificación, autorización, ejercicio, devengación, comprobación y registro de las erogaciones

efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a

revisión y, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008

y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de

control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración

de los riesgos de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que, en cuanto

al ejercicio del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, la PGJDF

estableció mecanismos que, en general, hacen factible la administración de riesgos

relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, las áreas están estructuradas conforme

a las funciones asignadas en el Manual de Organización General del sujeto fiscalizado,

lo cual contribuye al cumplimiento de la normatividad aplicable, así como a la supervisión

y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo

que a su vez permite delimitar las responsabilidades.

Sin embargo, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan en

el apartado de resultados.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

A partir del total de recursos ejercidos por la PGJDF con cargo al capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, y derivado de los trabajos que se llevaron a

cabo en la fase de planeación de auditoría y del estudio y evaluación del sistema de

control interno, se determinó revisar 14 CLC y 8 documentos múltiples expedidos con cargo

a dos de cuatro partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido, las cuales sumaron

un monto de 19,765.5 miles de pesos, que representa el 79.1% del universo (24,979.8 miles

de pesos). Las partidas seleccionadas fueron la 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”

y la 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, que corresponden a las

más significativas respecto del total del capítulo.

203 VOLUMEN 5/13

La muestra sujeta a revisión se integró como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Número Número Partida

CLC Documento múltiple

Presupuesto

ejercido % CLC Documento

múltiple

Importe %

4103 “Pagas de Defunción” 25 0 792.6 3.2 0 0.0 0.0 4104 “Becas” 1 1 792.0 3.2 0 0.0 0.0 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 42 8 3,197.5 12.8 10 8 2,831.0 88.5 4108“Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

6

0

20,197.7

80.8

4

0

16,934.5

83.8

Total 74 9 24,979.8 100.0 14 8 19,765.5 79.1

A fin de determinar la muestra de las CLC sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. De la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” se integró el universo de los tipos de

ayuda por los cuales se ejercieron recursos, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Tipo de ayuda* CLC Documento múltiple Monto

Ayudas sociales Apoyo económico a víctimas del delito 2 6 2,534.5 Atención a víctimas del delito violento 34 2 363.0

Subtotal 36 8 2,897.5 Donativos Fundación Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, A.C. (SEDAC), Casa Hogar

6 0 300.0

Subtotal 6 0 300.0

Total 42 8 3,197.5

* Conceptos incluidos en el formato “ADyS Ayudas, Donativos y Subsidios” del Informe de Cuenta Pública de la PGJDF de 2008.

Se eligieron 10 CLC y 8 documentos múltiples, por un monto de 2,831.0 miles de pesos,

y se determinó lo siguiente:

a) Por lo que corresponde a los apoyos económicos y de atención a víctimas

del delito, se revisaron siete CLC y ocho documentos múltiples, por un monto

de 2,606.0 miles de pesos; de dichas CLC se seleccionaron tres, por ser las más

204 VOLUMEN 5/13

significativas en cuanto a su presupuesto ejercido, respecto del total de apoyos

económicos otorgados; y cuatro se seleccionaron en forma aleatoria, considerando

que existe una exposición al riesgo por la entrega de los apoyos.

b) Por lo que corresponde a los donativos realizados al SEDAC, se revisaron tres CLC,

por un monto de 225.0 miles de pesos, las cuales se seleccionaron por ser las

más significativas en cuanto a su presupuesto ejercido respecto de los donativos

otorgados.

2. De la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, la PGJDF

gestionó seis CLC a nombre del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y

Procuración de Justicia del Distrito Federal por un monto de 20,197.7 miles de pesos;

de dichas CLC se revisaron cuatro, por un monto de 16,934.5 miles de pesos, de las

cuales se eligieron tres, por ser las más significativas en cuanto a su presupuesto

ejercido respecto del total de la partida y que en conjunto ascendieron a 15,000.0

miles de pesos; y una más, por un monto de 1,934.5 miles de pesos, fue seleccionada

en forma aleatoria por su exposición al riesgo en la entrega de donativos al Consejo

Ciudadano de Seguridad Pública.

RESULTADOS

1. Resultado

Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General

de Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF proporcionó a la CMHALDF

el manual administrativo (apartado de organización), elaborado conforme al dictamen de

estructura orgánica núm. 168/2001, e informó que fue el vigente en 2008; así como

los manuales de normas y procedimientos vigentes en 2008. De su análisis se desprende

lo siguiente:

1. Con el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha 13 de diciembre de 2006, la CGMA de

la OMGDF registró el Manual de Organización General de la Procuraduría General

de Justicia del Distrito Federal con el número de registro MA-14000-168/01.

Dicho manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,

205 VOLUMEN 5/13

atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área, y se sujeta a la estructura

orgánica correspondiente al dictamen núm. 168/2001, que fue autorizado por la OMGDF

mediante el oficio núm. OM/1514/2001 del 31 de agosto de 2001.

2. La PGJDF contó en 2008 con los Manuales de Normas y Procedimientos para llevar

a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y Canalización de Menores; para el

Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento; para la Elaboración y Validación de

la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; y para el Ejercicio y

Control Presupuestal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,

integrados al Manual Administrativo de la dependencia, para regular las operaciones

realizadas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,

de los cuales únicamente el Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración

y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte fue

registrado ante la CGMA de la OMGDF por medio del oficio núm. CGMA/2376/04 de

fecha 13 de agosto de 2004.

Respecto al motivo por el cual no se tramitó ante la CGMA de la OMGDF el registro

de los tres Manuales de Normas y Procedimientos restantes, por medio del oficio sin

número del 23 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos

Administrativos de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

informó que “los manuales […] han sido registrados ante la Coordinación General de

Modernización Administrativa a partir de la autorización de la estructura vigente

mediante dictamen 168/2001”; sin embargo, la PGJDF no proporcionó evidencia de

que se haya tramitado el registro de referencia, por lo que incumplió el numeral 4.4.2,

del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), vigente a partir del 13 de abril de 2007, que dispone:

“4.4.2 Los titulares de las Dependencias […] están obligados a elaborar sus Manuales

Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su revisión, dictamen y, en su caso,

registro.”

206 VOLUMEN 5/13

3. Cuatro de seis procedimientos internos analizados no están actualizados, como se

indica a continuación:

a) El procedimiento “Canalización de Menores a Instituciones”, del Manual de Normas

y Procedimientos para llevar a Cabo la Entrega, Convivencia para Adopción y

Canalización de Menores, vigente desde 1996, no ha sido actualizado, toda vez

que hace referencia al albergue temporal como parte de la estructura de la

Subprocuraduría de Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, aun cuando

en el dictamen de estructura orgánica núm. 168/2001, vigente en 2008, la Dirección

General del Albergue Temporal está adscrita a la Oficina del C. Procurador

General de Justicia del Distrito Federal.

b) El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de

Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la PGJDF,

vigente desde 1998, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia

a diferentes áreas que no se mencionan en el Manual de Organización General

de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y no contempla la

operación del Sistema Integral del Control de Egresos (SICE).

c) Los procedimientos “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el

Trámite de Pago de Viáticos, Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos

para Investigación Oficiales y otras Erogaciones” y “Elaboración, Trámite y Registro

del Documento Múltiple”, del Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración

y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte,

vigente a partir de 2004, no han sido actualizados, toda vez que no contemplan

la operación del SICE.

Mediante el oficio sin número del 29 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización

y Procedimientos Administrativos de la Dirección General de Programación,

Organización y Presupuesto informó que a la fecha de la fase de ejecución de la

presente auditoría (noviembre de 2009) se han actualizado 15 procedimientos, y se

encuentran en proceso de actualización los Manuales de Normas y Procedimientos

correspondientes a las Direcciones Generales de Política y Estadística Criminal, de

Tecnología y Sistemas Informáticos, del Albergue Temporal y de Recursos Humanos.

207 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por

medio de la cual el Director de Organización y Procedimientos Administrativos de la

Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto informó lo siguiente:

“… durante los años 2008 y 2009 se ha realizado un proceso de actualización de

25 Manuales de Normas y Procedimientos, a solicitud de esta Dirección General

de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), con respuesta favorable de

algunos titulares de las unidades administrativas, 11 en el año 2008 y 14 en el año 2009.

Sin embargo, con la publicación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2008, así como con la próxima

aparición del Reglamento de dicha Ley, será imperiosa la actualización de todos los

manuales (más de 180) que actualmente conforman los instrumentos normativo-

administrativos con que opera la PGJDF.

”En este sentido, se ha elaborado un programa de trabajo detallado […] para cumplir con

este objetivo, el cual contiene las actividades, responsables y tiempos para la realización

de cada una de las etapas del proceso. Incluye desde la solicitud de la DGPOP a los

titulares de las unidades administrativas, como los responsables de mantener actualizados

dichos documentos para que elaboren sus proyectos, hasta la autorización y registro

de todos los manuales ante la Coordinación General de Modernización Administrativa,

y la publicación de aquellos que de acuerdo a la normatividad deba realizarse,

a excepción de los que a criterio del titular de la unidad administrativa se consideren

confidenciales, motivo por el cual no son susceptibles de publicarse.”

Además, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto indicó al

calce del programa de trabajo detallado que éste “iniciará una vez que se haya publicado

el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal y los tiempos y plazos en él establecidos, están condicionados a la

presentación en tiempo y forma de los proyectos de Manuales Administrativos que

deberán elaborar las Unidades Responsables de la Institución, así como a que no

exista otro impedimento de tipo legal, humano o material que lo limite”.

208 VOLUMEN 5/13

De acuerdo con los argumentos expuestos y la documentación proporcionada por

la PGJDF, se confirma que el apartado de procedimientos del manual administrativo

no ha sido actualizado, por lo que se elaboró el “Programa de Actualización de Manuales

Administrativos”; en consecuencia, las observaciones del presente numeral no se

modifican.

Por no actualizar el manual administrativo, en su apartado de procedimientos, la PGJDF

incumplió el numeral 4.4.14, del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de

Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), vigente a partir del 13 de abril de 2007, que dispone:

“Los titulares de las dependencias […] son los responsables de la actualización de los

manuales administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,

de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la

supresión o creación de leyes y normas”.

Tampoco atendió el artículo 16, inciso e), del Primer Lineamiento: “Ambiente de

Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de

abril de 2007, que establece:

“Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos:

[…]

”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los

manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura

organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes

y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y

procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se

genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento

de los servidores públicos”.

209 VOLUMEN 5/13

4. El Manual de Organización General y la relación de los procedimientos que integran

los manuales de normas y procedimientos vigentes no fueron publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal. Al respecto, por medio del oficio sin número del 23 de

septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos,

adscrita a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la

Oficialía Mayor de la PGJDF, informó que “en los archivos de esta Dirección no se cuenta

con los motivos o explicación técnica del porqué no se publicó”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010,

por medio de la cual la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos

de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto señaló que

“en la memoria documental de esta Dirección de Área no se encuentra expediente

que avale el razonamiento que soporte la desatención observada, sin embargo como

ya ha sido señalado, en el programa de trabajo está considerada la publicación del

manual en comento”.

Al analizar los argumentos expuestos por la PGJDF y el Programa de Actualización de

Manuales Administrativos proporcionado, se confirmó que el Manual de Organización

General de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la relación de

procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, aun

cuando en el programa se tiene contemplada dicha publicación, por lo cual la observación

del presente numeral no se modifica.

Por no publicar el manual administrativo (apartado de organización) ni la relación

de los procedimientos, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.10, del subapartado 4.4,

“Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente

a partir del 13 de abril de 2007, que dispone: “Una vez obtenido el registro de los

Manuales Administrativos ante la CGMA, los titulares de las dependencias […] serán

los responsables de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal,

210 VOLUMEN 5/13

gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y

de Servicios Legales”; tampoco observó el subapartado 5.1, “Especificaciones

Generales”, inciso b), del apartado 5, “Criterios para la Publicación de los Manuales

Administrativos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”, de la Guía Técnica para la

Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, el cual

establece que la versión del manual administrativo que se publicará “deberá integrarse

con la siguiente información: Presentación, Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo,

Objetivo General, Estructura Orgánica, Atribuciones, Funciones, Organograma y Listado

de procedimientos”.

Recomendación ASC-131-08-01-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal concluya la

actualización de su manual administrativo, específicamente por lo que se refiere al apartado

de normas y procedimientos para llevar a cabo la entrega, convivencia para adopción

y canalización de menores; para el apoyo sociojurídico a víctimas del delito violento; para

el ejercicio y control presupuestal, y para la elaboración y validación de la Cuenta por

Liquidar Certificada y su documentación soporte; y que se asegure de que dichos

manuales sean remitidos a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal para su revisión,

dictamen y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), y los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-131-08-02-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente

mecanismos de control para garantizar que su manual administrativo (apartado de

organización) y sus procedimientos sean publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

211 VOLUMEN 5/13

2. Resultado

Se analizaron el techo presupuestal reportado (Analítico de Claves, Programa Operativo

Anual [POA] y Calendario Presupuestal) y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos,

correspondientes al ejercicio fiscal de 2008, y se determinó lo siguiente:

Con el oficio núm. SE/0150/08 de fecha 8 de enero de 2008, la SF comunicó al titular de

la PGJDF el techo presupuestal por 3,937,313.0 miles de pesos aprobado por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para el ejercicio de 2008. De dicho monto,

3,805,940.7 miles de pesos correspondieron a gasto corriente, de los cuales se destinaron

369,130.6 miles de pesos a otros gastos corrientes, en los que se incluyó lo relativo

al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, por 3,300.0 miles

de pesos.

Con el oficio núm. SE/0193/08 de fecha 18 de enero de 2008, la SF remitió al titular de

la PGJDF el Analítico de Claves, el POA y el Calendario Presupuestal, correspondientes

al techo presupuestal aprobado por la ALDF.

En el Analítico de Claves se identificó que se asignaron 1,800.0 miles de pesos a la partida

4103 “Pagas de Defunción”, 1,000.0 miles de pesos a la 4104 “Becas” y 500.0 miles de

pesos a la 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, que en conjunto suman el presupuesto

original del capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” (3,300.0 miles

de pesos) reportado en el Informe de Cuenta Pública de la PJGDF de 2008. Cabe mencionar

que la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” no fue

presupuestada originalmente.

Lo anterior muestra que la PGJDF estimó originalmente recursos para tres de las cuatro

partidas con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”,

que se ajustó al techo presupuestal autorizado y, posteriormente, mediante afectaciones

programático-presupuestales, amplió su presupuesto en un importe de 21,679.8 miles de

pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 24,979.8 miles de pesos,

conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

212 VOLUMEN 5/13

3. Resultado

De acuerdo con la Cuenta Pública de 2008, la PGJDF reportó una asignación original

de 3,300.0 miles de pesos para el capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y

Transferencias”, el cual fue objeto de los siguientes movimientos presupuestales:

dos adiciones compensadas, por 2,003.6 miles de pesos; dos adiciones líquidas, por

56,476.7 miles de pesos; ocho ampliaciones compensadas, por 2,231.4 miles de pesos;

tres ampliaciones líquidas, por 18,263.2 miles de pesos; nueve reducciones compensadas,

por 57,049.2 miles de pesos; y dos reducciones líquidas, por 245.9 miles de pesos.

En consecuencia, el presupuesto modificado significó un incremento de 21,679.8 miles de

pesos, para quedar en 24,979.8 miles de pesos, importe que correspondió al presupuesto

ejercido en conjunto por las partidas de gasto de dicho capítulo, como sigue:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variación Partida Original

(1)

Modificado

(2)

Ejercido

(3)

Absoluta (2) – (1)

(4)

Relativa (4) / (1)

(5)

4103 “Pagas de Defunción” 1,800.0 792.6 792.6 (1,007.4) (56.0) 4104 “Becas” 1,000.0 792.0 792.0 (208.0) (20.8) 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” 500.0 3,197.5 3,197.5 2,697.5 539.5 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

0.0

20,197.7

20,197.7

20,197.7

n.a.

Total capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

3,300.0

24,979.8

24,979.8

21,679.8

657.0

n.a. No aplicable.

Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que, según las justificaciones

consignadas por la PGJDF, las principales causas por las que se modificó el presupuesto

original fueron las siguientes:

1. El presupuesto asignado a las partidas 4103 “Pagas de Defunción” y 4104 “Becas” fue

reducido en 1,007.4 miles de pesos y 208.0 miles de pesos, respectivamente, porque

los recursos se transfirieron a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, con la

finalidad de proporcionar apoyos económicos a las víctimas u ofendidos por algún hecho

delictivo o a sus beneficiarios.

2. El presupuesto de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” fue ampliado por

2,697.5 miles de pesos, con la finalidad de dotar de recursos al FAAVID, que se encarga

213 VOLUMEN 5/13

de apoyar temporalmente a las víctimas que son afectadas por la comisión de un

delito en su persona o en su patrimonio con los recursos económicos que se le autorizan

presupuestalmente y, en este caso, para que continuara con el apoyo a las víctimas

o a beneficiarios de éstas, durante el operativo realizado el 20 de junio de 2008 por

la SSP en la discoteca New’s Divine.

3. En la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro” se gestionó

una adición líquida por 1,934.5 miles de pesos, así como tres ampliaciones líquidas

por 18,263.2 miles de pesos, que en conjunto correspondieron a un presupuesto

modificado de 20,197.7 miles de pesos, para dar cumplimiento a las obligaciones

financieras surgidas con motivo de la firma del Convenio de Colaboración específico

con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito

Federal a partir de marzo de 2008.

Dichos movimientos se amparan con 18 afectaciones programático-presupuestarias que

autorizó la SF, conforme a los artículos 71, fracción VI; y 68, fracción V, del Reglamento Interior

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008; y reunieron los requisitos

establecidos en el apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008. Adicionalmente, se comprobó que estos movimientos se gestionaron

conforme a los plazos estipulados en el oficio circular núm. SE/1360/2008 del 8 de octubre

de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF.

4. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitaron a la PGJDF

los registros contables de las operaciones realizadas con cargo a las partidas del capítulo

4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” que afectaron la situación financiera

del Gobierno del Distrito Federal en 2008.

En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la Dirección

General de Programación, Organización y Presupuesto remitió copia del oficio núm.

DGCNCP/2864/2009 del 31 de agosto de 2009, mediante el cual la Dirección General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF,

214 VOLUMEN 5/13

remitió el reporte del registro contable correspondiente al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios,

Aportaciones y Transferencias”, que para el ejercicio de 2008 fue el siguiente:

(Miles de pesos)

Registro Presupuestal Contable Concepto

Deudor Acreedor

Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”

24,979.8

Cuenta 52101 “Costo de Operación de Programas” 24,979.8 Cuenta 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 24,979.8

Total 24,979.8 24,979.8 Cuenta 61206 “Presupuesto Ejercido” 24,979.8 Cuenta 61201 “Presupuesto por Ejercer” 24,979.8

Total 24,979.8 24,979.8

Se determinó que las cuentas afectadas y los registros contables corresponden a la estructura

del Catálogo de Cuentas establecida en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2006,

vigente en 2008.

5. Resultado

Por medio del oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, la CMHALDF solicitó a

la PGJDF los oficios con los cuales comunicó a la CGDF el monto global y los beneficios

de las ayudas y donativos otorgados en 2008, en cumplimiento del artículo 504, tercer

párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General de

Programación, Organización y Presupuesto proporcionó los oficios núms. 701/0946/2008,

701/1494/2008, 701/1718/2008, 701/2162/2008, 701/2583/2008, 701/2823/2008,

701/3229/2008, 701/3585/2008, 701/3879/2008 y 701/4128/2008, de fechas 31 de marzo,

9 y 27 de mayo, 1o. y 31 de julio, 25 de agosto, 30 de septiembre, 29 de octubre, 28 de

noviembre y 30 de diciembre, respectivamente, todos de 2008, dirigidos a la Contraloría

Interna en la PGJDF, y las relaciones de recursos ejercidos mensualmente en 2008 que

anexó a dichos oficios, en las cuales incluyó información relacionada con los donativos

215 VOLUMEN 5/13

y ayudas para beneficio social o interés público o general a personas físicas o morales

sin fines de carácter político, otorgados durante 2008.

Lo anterior, para dar cumplimiento al oficio núm. CG/DGCI/166/2008 del 19 de marzo

de 2008, signado por la Dirección General de Contralorías Internas, adscrita a la CGDF,

mediante el cual se solicitó el monto global y los beneficios de las ayudas y donativos que

la PGJDF ha otorgado, con la finalidad de atender lo establecido en el artículo 504 del

Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm. 700/0003/10

del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF proporcionó copia

de los oficios núms. 800/01679/2008, 800/02290/2008, 800/02800/2008, 800/03272/2008,

800/03990/2008, 800/04313/2008, 800/04902/2008, 800/05537/2008, 800/05974/2008

y 800/00012/2009, de fechas 4 de abril, 13 de mayo, 4 de junio, 7 de julio, 6 y 29 de agosto,

3 y 31 de octubre y 4 de diciembre de 2008, y 5 de enero de 2009, por medio de

los cuales la Contraloría Interna en la PGJDF informó a la CGDF el monto global y los

beneficios de las ayudas y donativos que la PGJDF otorgó para beneficio social o interés

público sin fines de lucro; así como los reportes de los recursos otorgados en 2008.

Al analizar dicha información se observó que, en cuanto a las partidas 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales” y 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”, el

presupuesto ejercido que se reportó a la Contraloría Interna en la PGJDF (23,395.2 miles

de pesos) corresponde a lo presentado en la Cuenta Pública de 2008.

6. Resultado

Por medio del oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, la CMHALDF solicitó

a la PGJDF los oficios con los cuales informó a la SF sobre los avances en la operación

de los programas o acciones realizadas, la población beneficiaria, el monto de los recursos

otorgados y su distribución.

Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la Dirección General de

Programación, Organización y Presupuesto proporcionó los oficios núms. 701/0948/2008,

701/1422/2008, 701/1717/2008, 701/2174/2008, 701/2584/2008, 701/2822/2008, 701/3239/2008,

216 VOLUMEN 5/13

701/3584/2008, 701/3847/2008 y 701/4127/2008, de fechas 31 de marzo, 6 y 27 de mayo,

1o. y 31 de julio, 25 de agosto, 30 de septiembre, 29 de octubre, 25 de noviembre y 30 de

diciembre, respectivamente, todos de 2008, dirigidos a la Dirección General de Egresos

“A” de la SF; y los reportes mensuales del ejercicio de la partida 4105 “Ayudas Culturales

y Sociales” en 2008 que anexó a dichos oficios.

Se analizó la información proporcionada por la dependencia y se observó que los reportes

mensuales del ejercicio de la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales” en 2008

incluyen, entre otros datos, el monto y la fuente de los recursos otorgados, los programas

o acciones ejecutados, la referencia del documento justificativo y comprobatorio que soporta

las erogaciones realizadas, los beneficiarios de los apoyos y el tipo de apoyo otorgado, en

cumplimiento del artículo 502-B, último párrafo, del Código Financiero del Distrito Federal

vigente en 2008.

Por tratarse de apoyos otorgados a beneficiarios por haber sido víctimas, o alguno de sus

familiares, de delitos como homicidio, fraude, lesiones, y abuso sexual o de autoridad;

así como de apoyos económicos (para hospedaje, traslados y alimentos, entre otros) o en

especie (servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón, y pasajes de

cortesía como resultado de averiguaciones previas) otorgados a beneficiarios por haber

sido víctimas, o alguno de sus familiares, de delitos violentos, no se sustentaron en reglas

de operación; sin embargo, se verificó que para la entrega de los mismos se contó con la

autorización correspondiente; y que se precisó claramente a quién y para qué se otorgarían,

los beneficiarios, las condiciones y los requisitos de dichos apoyos, en cumplimiento del

artículo 501-A del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

Partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”

7. Resultado

Durante el ejercicio de 2008, la PGJDF otorgó apoyos económicos y en especie

a víctimas del delito, por medio de 36 CLC y 8 documentos múltiples, por un monto de

2,897.5 miles de pesos con cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, de los

cuales se seleccionaron para su revisión 7 CLC y 8 documentos múltiples, por un importe

de 2,606.0 miles de pesos (89.9% del total).

217 VOLUMEN 5/13

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos

otorgados por la PGJDF a 49 beneficiarios por medio de 2 CLC y 6 documentos múltiples,

expedidos con cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe

total de 2,509.5 miles de pesos, por haber sido víctimas de diversos delitos, se determinó

lo siguiente:

1. El procedimiento implantado por la PGJDF para otorgar apoyos económicos a víctimas

del delito es como sigue:

a) La Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad

es la unidad administrativa de la PGJDF encargada de prestar atención inmediata

a las víctimas del delito, con apoyo psicológico, jurídico, médico y social en casos

relacionados con violencia intrafamiliar, delitos sexuales, o personas extraviadas

y ausentes, entre otros.

b) Para la consecución de sus fines, la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito

y Servicios a la Comunidad tiene adscritos seis Centros de Atención Especializada:

Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento (CADEVI), Centro de

Apoyo de Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA), Centro de Atención a la

Violencia Intrafamiliar (CAVI), Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos

Sexuales (CTA), Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA)

y Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo (CIVA), por medio de

los cuales se reciben las solicitudes de apoyo, que son archivadas en los expedientes

que se elaboran por cada caso que pueda ser sujeto del apoyo económico respectivo.

c) Para su análisis y autorización, las solicitudes de apoyo se someten a la consideración

del Consejo para la Atención y Apoyo para las Víctimas del Delito, máxima autoridad

financiera del FAAVID, toda vez que entre sus principales funciones están la de

evaluar en sus sesiones las solicitudes de apoyo que las víctimas u ofendidos o,

en su caso, sus beneficiarios, le formulen, tomando en cuenta la naturaleza del delito

y sus consecuencias (el daño psicoemocional y patrimonial sufrido por la víctima

u ofendido); y emitir opinión de procedencia y tipo de apoyo a otorgar, con la

finalidad de disminuir el impacto del delito, para su posterior envío a la PGJDF.

218 VOLUMEN 5/13

d) Para el otorgamiento de los apoyos económicos, los acuerdos aprobados en las

sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo para la Atención y Apoyo para

las Víctimas del Delito son remitidos al Comité Técnico para la Atención y Apoyo a

Víctimas del Delito para que, una vez refrendados por éste, se instruya al Banco

del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI) para que realice

los pagos correspondientes a las víctimas u ofendidos.

e) Para recoger su apoyo económico, los beneficiarios tenían que acreditar su

personalidad mediante la presentación de la copia de un documento de identificación

oficial, de preferencia la credencial del Instituto Federal Electoral (IFE) o el pasaporte,

además del acuerdo firmado y refrendado por el Comité Técnico para la Atención

y Apoyo a Víctimas del Delito.

2. En la segunda sesión extraordinaria del Consejo para la Atención y Apoyo para las

Víctimas del Delito, iniciada el 7 de julio de 2008, la Secretaria Técnica señaló que para

someter a su consideración los casos de víctimas del delito, era requisito indispensable

contar con suficiencia presupuestal en el FAAVID; sin embargo, el asesor financiero

del fondo informó que, aun cuando se contaba con recursos era necesario solicitar

más para atender los casos pendientes como los derivados de los hechos en la discoteca

New’s Divine. Por ello, se acordó solicitar al titular de la PGJDF como Presidente del

Consejo para que ayudara a cubrir los apoyos económicos de los casos pendientes

con recursos propios de la PGJDF y suspender la sesión hasta resolver lo relativo a los

recursos solicitados.

3. El 14 de julio de 2008 se reanudó la segunda sesión extraordinaria del Consejo y en ella

el asesor financiero del FAAVID informó que por instrucciones del titular de la PGJDF

se llevarían a cabo previsiones presupuestales por 2,000.0 miles de pesos (provenientes

de recursos fiscales) para apoyar por única ocasión al Fondo para atender los asuntos

pendientes, previa entrega de una copia del acuerdo aprobado por el Consejo, donde

se especificara el nombre de la víctima, su beneficiario y el monto del apoyo. Además, se

le debían remitir las opiniones de procedencia y determinación de los apoyos económicos

emitidas por el Comité Técnico del Fondo, sustentadas en las averiguaciones previas

respectivas. Cabe mencionar que con dichos recursos la PGJDF pagaría los apoyos

219 VOLUMEN 5/13

que se otorgarían en una sola exhibición, mientras que todos los apoyos mensuales

se canalizarían directamente al Fondo para su pago.

4. Los importes de los apoyos aprobados por el Consejo se descontarían del remanente

de los recursos del FAAVID y, una vez agotados, se utilizarían los recursos

proporcionados por la PGJDF. Para tal efecto, las cartas de instrucción ya no serían

remitidas a BANSEFI sino a la PGJDF.

5. En la segunda sesión extraordinaria del 14 de julio de 2008 también se aprobaron

42 casos que serían cubiertos con presupuesto de la PGJDF; sin embargo, como

los recursos fueron insuficientes y aún quedaban casos pendientes de someter a

consideración del Consejo, se suspendió dicha sesión y se solicitaron 600.0 miles de

pesos más a la PGJDF, con los cuales se atendieron otros siete casos adicionales

que se aprobaron en la sesión, reanudada el 23 de julio del mismo año.

6. En total se aprobó el otorgamiento de apoyos por un importe de 2,509.5 miles de pesos

a 49 víctimas de los siguientes delitos:

(Miles de pesos)

Apoyos otorgados Sesión del Consejo / Concepto Casos

Importe

Segunda extraordinaria del 14 de julio de 2008: Homicidios dolosos 2 140.0 Homicidios culposos 2 100.0 Fraude 1 2.5 Lesiones culposas agravadas 1 50.0 Lesiones dolosas y daños a la propiedad 1 30.0

Subtotal 7 322.5 Abusos de autoridad 12 415.0

Abusos de autoridad y lesiones 14 705.0 Abusos de autoridad, robo y lesiones 1 40.0 Abusos de autoridad, lesiones y homicidio 1 105.0 Homicidios 7 490.0

Subtotal 35 1,755.0 Total 42 2,077.5

Segunda extraordinaria del 23 de julio de 2008: Abusos de autoridad y lesiones 2 70.0 Homicidios 4 280.0 Abuso sexual 1 82.0

Total 7 432.0

Total apoyos 49 2,509.5

220 VOLUMEN 5/13

Se constató que los 49 casos mencionados están soportados con las respectivas

opiniones de procedencia y determinación del apoyo económico por parte del Comité

Técnico del FAAVID, y con los acuerdos de autorización del apoyo por parte del

Consejo del Fondo; además, para tramitar el pago de los apoyos, el Comité Técnico

emitió 49 cartas de instrucción dirigidas a la Dirección General de Programación,

Organización y Presupuesto de la Oficialía Mayor de la PGJDF, en las cuales se hizo

referencia al nombre del beneficiario, monto del apoyo y número de acuerdo de

autorización del Consejo para la Atención y Apoyo para las Víctimas del Delito.

7. Para la obtención de recursos para el pago de los apoyos económicos, se gestionaron

las CLC núms. 14-C0-00-00421 y 14-C0-00-00440 por importes de 2,000.0 y 600.0 miles

de pesos, respectivamente, las cuales reúnen los requisitos establecidos en el apartado

IV.3.1 del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal y el Código Financiero del Distrito Federal, ambos vigentes

en 2008.

Dichas CLC están soportadas con 49 pólizas-cheque, a las cuales se anexaron

48 recibos en los que los beneficiarios firmaron de recibido de los apoyos económicos

y una factura expedida por concepto de la adquisición de material médico para

efectuar un procedimiento quirúrgico de cardiología a una víctima de abuso sexual,

así como copias de las identificaciones oficiales que acreditaron la personalidad de

los 49 beneficiarios.

8. Debido a que sólo se entregaron apoyos económicos por 2,509.5 miles de pesos, se

tramitaron los documentos múltiples núms. 14-C0-00-079, 14-C0-00-087 y 14-C0-00-143,

por un importe de 90.5 miles de pesos, por concepto de reintegro de los recursos no

ejercidos, en cumplimiento del artículo 383 del Código Financiero del Distrito Federal

y del numeral 1 del apartado IV.3.2, “Documento Múltiple”, del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal,

ambos vigentes en 2008.

Además, se tramitaron los documentos múltiples núms. 14-C0-00-063, 14-C0-00-064

y 14-C0-00-071, en la modalidad de observación de glosa, para hacer correcciones en

221 VOLUMEN 5/13

el cuadro de notas especiales o aclaraciones sin modificar los importes ni los registros

presupuestales.

En conclusión, se constató que las ayudas sociales otorgadas por la PGJDF fueron

debidamente autorizadas y registradas de acuerdo a la naturaleza del gasto; que los apoyos

se entregaron a los beneficiarios correspondientes; y que las CLC expedidas estuvieron

resguardadas y contienen la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos

otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2008.

8. Resultado

Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos o en

especie otorgados por la PGJDF a 20 beneficiarios, por haber sido ellos o sus familiares

víctimas de delitos violentos, mediante cinco CLC y dos documentos múltiples, expedidos con

cargo a la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe total de 96.5 miles

de pesos y se determinó lo siguiente:

1. El apartado “Normas para el Apoyo a Víctimas del Delito Violento en Área Central”, del Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, señala que sólo los casos de víctimas de escasos recursos económicos, serán los que ameriten la gestión de servicios de funeral gratuitos o a bajo costo, y el otorgamiento de pasajes de cortesía y otros servicios asistenciales que se determinen.

2. Para solicitar dichos servicios, las personas que son víctimas de algún delito violento o sus familiares levantan la averiguación previa correspondiente en alguna de las Agencias del Ministerio Público del Distrito Federal. Posteriormente, el Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento (CADEVI), adscrito a la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGJDF, identifica los casos susceptibles de recibir el apoyo en especie (personas involucradas en casos emergentes o de escasos recursos); elabora las cédulas victimológicas en las que se asientan los datos generales del beneficiario, que es el familiar o la víctima del delito violento; gestiona la entrega del apoyo al beneficiario del mismo; y da seguimiento mediante la fichas de control respectivas.

222 VOLUMEN 5/13

3. Los pagos de los apoyos en especie otorgados a víctimas de delitos violentos se

tramitaron como sigue:

a) Por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00144, 14-C0-00-00688, 14-C0-00-00881

y 14-C0-00-01021, por un monto de 26.5 miles de pesos, la PGJDF pagó los

siguientes apoyos:

– Servicios funerarios y de traslado al lugar de velación y panteón de nueve

personas por un importe de 26.4 miles de pesos, como resultado de seis

averiguaciones previas por el delito de homicidio culposo y tres por el delito de

homicidio doloso. La entrega de los recursos se realizó directamente a la agencia

funeraria, con la entrega de la factura respectiva, toda vez que el beneficiario

no recibió apoyo en efectivo alguno, sino únicamente los servicios funerarios.

– Pasajes de cortesía para dos personas por 0.1 miles de pesos, como resultado

de dos averiguaciones previas por el delito de robo en cada caso.

Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las averiguaciones

previas, las cédulas victimológicas requisitadas por el CADEVI, la ficha de control

y seguimiento, el oficio de solicitud de los apoyos y las facturas respectivas en los

casos del otorgamiento del servicio funerario o los boletos de autobús en los casos

de pasajes de cortesía.

b) Por medio de la CLC núm. 14-C0-00-00802, por un monto de 100.0 miles de pesos,

la PGJDF cubrió apoyos económicos por un total de 70.0 miles de pesos a 9 de

las 12 personas afectadas por el accidente aéreo del 4 de noviembre de 2008 en el

Distrito Federal, en el que se vio involucrado el titular de la Secretaría de Gobernación,

toda vez que fueron las únicas que solicitaron apoyo económico para hospedaje,

traslados, alimentos, etc., de sus familiares que provenían de otras partes de la

República.

Para ello, el personal del CADEVI realizó entrevistas a los familiares de las víctimas,

las cuales se encontraban hospitalizadas en los nosocomios “Hospital Lomas Verdes”,

223 VOLUMEN 5/13

“Hospital General Rubén Leñero” y “Hospital Español”, con la finalidad de obtener

el reporte médico de su estado de salud y elaborar estudios socioeconómicos

para la integración de los expedientes respectivos.

Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las solicitudes de

apoyo; pólizas-cheque y recibos firmados por los beneficiarios de haber recibido

el apoyo económico; identificaciones oficiales que acreditaron la personalidad

de los nueve beneficiarios; y el oficio núm. 600/DSGEM/438/2008-11 de fecha 11 de

noviembre de 2008, por medio del cual la Subprocuraduría de Atención a Víctimas

del Delito y Servicios a la Comunidad, con el visto bueno del C. Procurador General

de Justicia del Distrito Federal, solicitó a la Dirección General de Programación,

Organización y Presupuesto recursos por 70.0 miles de pesos para cubrir los

gastos inmediatos y urgentes derivados de los hechos mencionados.

Debido a que sólo se entregaron apoyos económicos por 70.0 miles de pesos,

se tramitó el documento múltiple núm. 14-C0-00-133, por un importe total de

30.0 miles de pesos, por concepto de reintegro de los recursos no ejercidos,

en cumplimiento del artículo 383 del Código Financiero del Distrito Federal; y del

numeral 1 del apartado IV.3.2, “Documento Múltiple”, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2008.

También se tramitó el documento múltiple núm. 14-C0-00-110, en la modalidad de

observación de glosa, para hacer correcciones en el cuadro de notas especiales

o aclaraciones sin modificar los importes ni los registros presupuestales.

En conclusión, se constató que las ayudas sociales otorgadas por la PGJDF fueron

debidamente autorizadas y registradas de acuerdo con la naturaleza del gasto, que los

apoyos se entregaron a los beneficiarios respectivos, y que las CLC expedidas estuvieron

resguardadas y contienen la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos

otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2008.

224 VOLUMEN 5/13

9. Resultado

Se analizó la documentación justificativa y comprobatoria de los apoyos económicos otorgados

por la PGJDF a SEDAC, por medio de tres CLC expedidas con cargo a la partida 4105

“Ayudas Culturales y Sociales”, por un importe total de 225.0 miles de pesos, por concepto

de la atención prestada a los menores de edad que la PGJDF le canalizó para su atención

por encontrarse en situación de riesgo, peligro o abandono, y se determinó lo siguiente:

1. SEDAC es una institución de asistencia privada que se constituyó el 6 de marzo

de 1992, con objeto de ayudar a toda persona que no cuenta con el salario mínimo

para subsistir, así como para prestar servicios de asistencia jurídica y de albergue a

menores de edad, para su guarda y custodia o bajo tutela legítima de la Casa Hogar,

Casa Cuna, hospitales o centros de reclusión, siempre que hubieren sido víctimas de la

comisión de una conducta tipificada como delito o de un conflicto familiar, principalmente.

2. En 2003, la PGJDF celebró un Convenio de Colaboración con SEDAC, con el propósito

de procurar el beneficio de los menores que se encuentren en circunstancias de

riesgo, peligro o abandono. Cabe señalar que la vigencia del convenio es indefinida,

pudiéndose dar por terminado por cualquiera de las partes mediante aviso por escrito

a la otra parte, con 15 días naturales de anticipación.

3. En dicho convenio se estableció que las obligaciones de SEDAC consistirían en

recibir y atender a los menores que la PGJDF le remita, siempre y cuando contara con

los espacios requeridos; asimismo, proporcionar mensualmente información sobre los

menores que le hayan sido canalizados y prestar asistencia médico-pediátrica,

psicológica, escolar y alimenticia, entre otras, que permitan el sano desarrollo de los

menores que se encuentren bajo su custodia.

Mediante el oficio núm. 208/1553/2009-09 del 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía

Central de Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones

Previas Centrales informó que durante el ejercicio de 2008 se canalizaron 16 menores

a SEDAC.

4. Por su parte, la PGJDF tendría la obligación de dar asesoría legal a SEDAC, así como

un apoyo económico mensual de 30.0 miles de pesos, a efecto de colaborar en los

225 VOLUMEN 5/13

gastos realizados por la atención de los menores canalizados; llevar a cabo el seguimiento

respecto de cada menor canalizado a SEDAC; y la posibilidad de realizar visitas a sus

instalaciones y de otorgar, en su caso, donativos en especie.

Por lo que se refiere a los recursos entregados a SEDAC en 2008, se observó que

la PGJDF le otorgó 25.0 miles de pesos en lugar de los 30.0 miles de pesos que se

habían estipulado en la cláusula quinta del Convenio de Colaboración. Sobre el particular,

mediante el oficio núm. 700/323/2003 de fecha 20 de mayo de 2003, la Oficialía

Mayor de la PGJDF le informó a la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito

y Servicios a la Comunidad de la PGJDF, que “el Gobierno del Distrito Federal realizó

un recorte en el presupuesto de esta Institución, lo cual implica la implementación

de diversas medidas de austeridad presupuestal y la reorientación de recursos […]

En este sentido [el] Convenio de Colaboración establece en la cláusula [sexta], inciso b),

que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, sin responsabilidad

alguna podrá retirar el apoyo económico a que hace referencia la cláusula quinta del

referido Convenio de Colaboración, porque no exista disponibilidad presupuestal.

Por medio de la Nota Informativa sin número de fecha 17 de septiembre de 2003,

la Oficialía Mayor de la PGJDF hizo del conocimiento del titular de la dependencia

que “el pasado 29 de agosto [de 2003] se efectuó una reunión de trabajo con […]

representantes de Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, I.A.P., con el

propósito de explorar alternativas que permitieran reactivar los apoyos que la Procuraduría

estaría en posibilidades de otorgar, atendiendo a la disponibilidad presupuestal.

”Derivado de las políticas de ahorro instrumentadas a la fecha, y con el espíritu de

respaldar los Convenios de Colaboración de la Procuraduría, me permito someter a

su acuerdo la autorización para entregar 25 mil pesos mensuales […] a la Institución

de Asistencia Privada en cita”; sin embargo, la cláusula quinta del Convenio de

Colaboración no fue modificada para asentar el monto real del donativo que en lo

sucesivo se otorgaría a SEDAC.

Cabe mencionar que la nota informativa de referencia contó con firma de Vo.Bo. del titular

de la PGJDF y que en el ejercicio de 2008 SEDAC siempre le solicitó a la PGJDF

recursos por 25.0 miles de pesos.

226 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por

medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

informó que “en el convenio que se suscriba en el ejercicio fiscal del 2010, se tomarán

las debidas precauciones de asentar las obligaciones por parte de las áreas involucradas

[…] en el Convenio de Colaboración”.

De acuerdo con el argumento expuesto por la PGJDF, se confirma que si bien la PGJDF

tenía la atribución para retirarle el apoyo económico a SEDAC por la falta de

disponibilidad presupuestal, el titular autorizó que se le entregara un importe menor

al convenido; sin embargo, la Cláusula Quinta del Convenio de Colaboración no fue

actualizada con el monto real del donativo que se otorga al SEDAC, por lo que

la observación del presente numeral no se modifica.

Lo anterior denota fallas de control interno, ya que la PGJDF no efectuó la modificación

por escrito de los convenios que suscribe, cuando los montos de los donativos pactados

no se ajustan al importe realmente otorgado, por lo que incumplió el artículo 16, fracción I,

inciso e), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, que establece lo siguiente:

“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones

y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo

más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse

adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados financieros

confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones.”

En cuanto a la realización de visitas a las instalaciones de SEDAC, mediante el oficio

núm. 208/1553/2009-09 de fecha 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía Central de

Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales

227 VOLUMEN 5/13

informó que durante el ejercicio de 2008 no se tuvo evidencia de que se hayan efectuado

visitas a las instalaciones de SEDAC. Cabe mencionar que la cláusula décima segunda

del citado convenio no estableció que dichas visitas deberían realizarse obligatoriamente.

5. También se establecieron para ambas partes las obligaciones de elaborar programas

conjuntos y evaluar los resultados de los mismos mediante la integración de una comisión

con sus representantes; celebrar reuniones de trabajo bimestrales para analizar el avance

de la situación jurídica de los menores canalizados a SEDAC; y celebrar encuentros

y/o talleres en materia de adopción, violencia familiar y escuela para padres.

Mediante el oficio núm. 208/1553/2009-09 del 17 de septiembre de 2009, la Fiscalía

Central de Investigación para Menores de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas

Centrales informó que no se tiene evidencia de que se hayan integrado comisiones de

trabajo, ni de que se hayan celebrado reuniones bimestrales para analizar el avance

de la situación jurídica de los menores canalizados. Tampoco se celebraron encuentros

y/o talleres en materia de adopción, violencia familiar y escuela para padres.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó la nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,

por medio de la cual la Dirección General de Organización, Programación y Presupuesto

informó que “en el convenio que se suscriba en el ejercicio fiscal del 2010, se tomarán las

debidas precauciones de […] hacer cumplir lo contenido en el Convenio de Colaboración”.

Al analizar lo expuesto por la PGJDF, se confirmó que durante 2008 la dependencia

no atendió las cláusulas décima, décima tercera y décima cuarta del Convenio de

Colaboración, que disponen:

“Décima.- Con el propósito de elaborar programas conjuntos y evaluar los resultados

de los mismo, las partes convienen en integrar una comisión con representantes de

ambas […]

”Décima Tercera.- Las partes se comprometen a celebrar reuniones de trabajo

bimestrales para analizar el avance de la situación jurídica de los menores canalizados

a ‘La Institución’.”

228 VOLUMEN 5/13

”Décima Cuarta.- Para el mejor cumplimiento de los fines de este Convenio, las partes

celebrarán encuentros y/o talleres de manera conjunta, sobre adopción, violencia

familiar y escuela para padres.”

Lo anterior denota deficiencias de control interno en la verificación del cumplimiento

de dichas cláusulas, por lo que no se observó el artículo 16, fracción I, inciso h), del

Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, que establece lo siguiente:

“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”h) Control del sistema de información. Los titulares deben llevar actividades control

en todo el proceso de obtención de información, desde la generación de los documentos

fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como su archivo y su custodia.”

6. Para que la PGJDF otorgara el apoyo económico, SEDAC debía solicitar por escrito los

recursos dentro de los primeros 10 días de cada mes, acompañado de un informe en el

cual especificara el número de los menores atendidos durante el mes inmediato anterior.

Se constató que SEDAC realizó en forma mensual la solicitud de recursos a la PGJDF,

a la cual incluyó informes respecto al total de menores atendidos, como se muestra a

continuación:

Mes Menores atendidos

Enero 53 Febrero 57 Marzo 55 Abril 59 Mayo 60 Junio 56 Julio 56 Agosto 61 Septiembre 58 Octubre 48 Noviembre 59 Diciembre 52 Total 674

229 VOLUMEN 5/13

Cabe señalar que dicha cantidad incluye tanto a los menores que ya se encontraban

en las instalaciones de SEDAC desde años anteriores, como a los que le remitieron

la PGJDF y otras instituciones durante 2008.

7. Por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00121, 14-C0-00-00473 y 14-C0-00-00715,

por montos de 50.0 miles de pesos, 100.0 miles de pesos y 75.0 miles de pesos,

respectivamente, la PGJDF entregó a SEDAC donativos por un total de 225.0 miles

de pesos.

Dichas CLC reúnen los requisitos establecidos en el apartado IV.3.1 del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal y el Código Financiero del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008;

y están soportadas con tres recibos de donativo emitidos por SEDAC, los cuales

reúnen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal

de la Federación vigente en 2008, así como con los oficios de solicitud de recursos

correspondientes.

8. Respecto al registro presupuestal de los donativos entregados a SEDAC, la PGJDF

afectó la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”; sin embargo, de acuerdo

con los criterios establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del

Distrito Federal, debió afectar presupuestalmente la partida 4108 “Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro”, toda vez que en la partida 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales” se registran las “asignaciones destinadas a otorgar ayudas en

dinero o en especie a grupos familiares o personas físicas o morales, con la finalidad de

promover entre la población de escasos recursos actividades educativas y deportivas

tales como: espectáculos, conciertos, festivales y otros eventos similares, así como para

ayudar a la satisfacción de sus necesidades económicas, como son: alimentación, vestido,

alojamiento, ayudas de maternidad, matrimonio, viudez y orfandad, así como gastos de

funeral, entre otros”. Cabe señalar que la PGJDF no argumentó nada sobre el particular.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó el oficio núm. 701/013/2010 del 5 de enero de 2010, por medio

230 VOLUMEN 5/13

del cual realizó una consulta a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, con la finalidad de

determinar si el registro presupuestal de los donativos en la partida 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales” era adecuado o se debía realizar en la partida 4108 “Ayudas y

Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”; sin embargo, no proporcionó la respuesta

emitida por la SF sobre la consulta realizada.

Por no registrar el gasto de acuerdo con su naturaleza, la PGJDF incumplió el artículo 471,

fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece:

“Las dependencias […] deberán llevar los registros del ejercicio de sus presupuestos

autorizados, observando para ello que se realicen: […] II. Con sujeción a los capítulos,

conceptos y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”;

tampoco observó el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito

Federal, el cual señala que en la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin

Fines de Lucro” se deben registrar las “asignaciones en dinero o en especie destinadas

a instituciones privadas sin fines de lucro, que presten servicios de carácter social

y cultural, tales como: escuelas, institutos, universidades, centros de investigación,

hospitales, museos, etc.”.

9. Se efectuó la confirmación de operaciones con SEDAC, quien informó que los recursos

que le fueron suministrados se utilizaron para la alimentación de los menores; el pago de

servicios médicos, de suministro de gas y de combustible; la realización de estudios

de laboratorio; y la compra de medicamentos y de material escolar. Como resultado, se

constató que la información y documentación que SEDAC proporcionó a la CMHALDF

coincide con la proporcionada por la PGJDF durante la revisión.

En conclusión, se constató que la PGJDF efectivamente otorgó los donativos a SEDAC,

y que las CLC expedidas estuvieron resguardadas y contienen la documentación justificativa y

comprobatoria de los apoyos otorgados, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito

Federal y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2008. Sin embargo, los donativos otorgados

no fueron registrados de acuerdo con la naturaleza del gasto y algunas de las obligaciones

contenidas en el Convenio de Colaboración no se llevaron a cabo durante 2008.

231 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-131-08-03-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para garantizar que en el Convenio de Colaboración suscrito

con Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, Institución de Asistencia Privada, se

estipule el monto real del donativo que le otorgue la dependencia.

Recomendación ASC-131-08-04-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para garantizar que se elaboren programas conjuntos entre las

dependencias y Servicio, Educación y Desarrollo a la Comunidad, Institución de Asistencia

Privada, y se evalúen los resultados, que se celebren reuniones de trabajo para analizar

el avance de la situación jurídica de los menores canalizados a dicha institución y que

se celebren los encuentros y/o talleres convenidos, en cumplimiento del Convenio de

Colaboración suscrito.

Recomendación ASC-131-08-05-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para asegurarse de que las erogaciones por concepto de donativos

a instituciones sin fines de lucro se registren con cargo a la partida que corresponda a la

naturaleza del gasto, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno

del Distrito Federal y con el Código Financiero del Distrito Federal.

Partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro”

10. Resultado

Durante el ejercicio de 2008, la PGJDF otorgó donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad

Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, por medio de seis CLC por un monto

de 20,197.7 miles de pesos con cargo a la partida 4108 “Ayudas y Donativos a Instituciones sin

Fines de Lucro”. De dichas CLC se seleccionó para su revisión la documentación justificativa

y comprobatoria que soporta la expedición de cuatro, por un importe de 16,934.5 miles

de pesos (83.8% del total), y se determinó lo siguiente:

232 VOLUMEN 5/13

1. El Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito

Federal tiene su origen en el “Acuerdo por el que se crea el Consejo Ciudadano de

Seguridad Pública y Procuración de Justicia”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 22 de enero de 2007, en el cual se establece que es un órgano de consulta,

análisis y participación ciudadana en materia de seguridad pública, procuración de

justicia, cultura cívica, atención a víctimas del delito, y prevención y readaptación social.

El Consejo Ciudadano es un organismo de la sociedad civil integrado por 25 consejeros

ciudadanos, a invitación del Jefe de Gobierno (uno de los cuales fungirá como presidente);

los titulares de las Secretarías de Gobierno y de la SSP, de la PGJDF y de la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales (los cuales fungirán como consejeros gubernamentales);

y un Secretario Ejecutivo. Entre sus objetivos están generar mecanismos de denuncia

ciudadana, en estrecha colaboración con las autoridades, tanto locales como federales;

y aplicar programas que atiendan aspectos específicos de la seguridad pública y de la

procuración de justicia. Para tal efecto, el Consejo Ciudadano convocará y organizará

a los ciudadanos para realizar diversas acciones, en cumplimiento de sus objetivos,

bajo el principio: “Pasar de la protesta a la propuesta y a la acción”.

2. Con fecha 30 de marzo de 2007, el Consejo Ciudadano suscribió un Convenio

General de Colaboración con la SSP y la PGJDF, con una vigencia indefinida, que

sólo podría darse por terminada por acuerdo de las partes de manera anticipada en el

momento que consideren que se ha cumplido su objeto. Dicho convenio tuvo como

objeto establecer la coordinación entre las dependencias del Gobierno del Distrito

Federal y el Consejo Ciudadano para colaborar en las materias de seguridad pública,

prevención del delito, procuración y administración de justicia, así como en el desarrollo

de programas y proyectos conjuntos, teniendo como base una adecuada comunicación

y apoyo presupuestal para la realización de las acciones concretas que reflejen sus

resultados en beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal.

En la cláusula segunda del Convenio General de Colaboración se estableció que las

partes podrán celebrar y formalizar convenios específicos en los que se establezcan

de manera clara y específica, entre otros puntos, los recursos financieros, materiales

y económicos que, en su caso, cada una de las partes aportará para la realización

233 VOLUMEN 5/13

de cada convenio de colaboración específico que se formalice con base en el Convenio

General; y las limitaciones o autorizaciones que en su caso se fijarán para los resultados

documentales o materiales que se obtengan de la ejecución de los convenios específicos

de colaboración que se celebren. Además, las partes garantizarán el cumplimiento de

todas y cada una de las obligaciones a que se comprometen en la celebración de cada

convenio específico de colaboración que formalicen.

Cabe señalar que el seguimiento al cumplimiento del objeto del Convenio General de

Colaboración se llevaría a cabo mediante las reuniones de trabajo celebradas en el seno

del Consejo Ciudadano.

3. Con fecha 31 de marzo de 2008, la PGJDF celebró un Convenio de Colaboración

específico con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del Distrito Federal, con una vigencia indefinida que sólo podría darse por terminada

por acuerdo de las partes de manera anticipada en el momento en que consideren que

se ha cumplido con su objeto, cuando alguna de las partes no le sea posible seguir

cumpliendo el objeto del mismo, por caso fortuito o fuerza mayor, o cuando se afecten

los intereses de alguna de las partes para lo cual se formalizarán los instrumentos

jurídicos que correspondan. Dicho convenio tuvo como objeto refrendar y fortalecer la

coordinación entre las partes para colaborar en las materias de prevención del delito

y procuración de justicia, así como en el desarrollo de programas y proyectos conjuntos,

teniendo como base una adecuada comunicación y apoyo presupuestal para la realización

de acciones concretas que reflejen sus resultados en beneficio colectivo de los habitantes

del Distrito Federal.

Finalmente, se indicó que las partes no tendrían responsabilidad civil alguna por daños

y perjuicios que pudieran causarse por retraso, mora e incumplimiento total o parcial

del Convenio de Colaboración específico, como consecuencia de caso fortuito o de

fuerza mayor.

Conforme a las cláusulas segunda “Proyectos”, el Consejo Ciudadano se obligaría

a continuar fortaleciendo el sistema asistencia telefónica y a llevar a cabo encuestas de

opinión para evaluar la percepción de la ciudadanía en materia de seguridad pública

234 VOLUMEN 5/13

y procuración de justicia entre la población, a fin de conocer las circunstancias que

generan la inseguridad y establecer programas de prevención del delito.

La PGJDF proporcionó una encuesta de victimización y eficacia institucional que realizó

el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), en colaboración con el

Consejo Ciudadano, en la cual se asentaron, entre otras conclusiones relacionadas

con los índices de actividad delictiva, que a diciembre de 2008, aproximadamente, en uno

de cada cuatro hogares un miembro de la familia sufre un delito en un lapso de cuatro

meses; que se registra una alta tasa de llamadas de extorsión entre la ciudadanía;

y que los ciudadanos siguen insatisfechos con el desempeño de la policía, el Ministerio

Público y los Jueces.

La PGJDF también proporcionó la Memoria Enero 2007-Mayo 2009, elaborada por el

Consejo Ciudadano, donde este último señaló que cuenta con una capacidad

instalada para atender más de 46 mil llamadas diarias, y que trabaja los 365 días del

año, las 24 horas del día. Además, en dicha memoria se indicó que a mayo de 2009

se tienen implementados los siguientes programas:

Programa Características

“Denuncia Ciudadana” Se pueden iniciar averiguaciones previas cuando ocurra robo a domicilio o a un negocio sin violencia. En caso de que la víctima decida comunicarse a los teléfonos del Consejo Ciudadano, éste enviará a su domicilio una pareja de Agentes Ciudadanos especializados y por medio de una videocomunicación iniciarán y enviarán la averiguación previa al Ministerio Público; la víctima sólo tendrá que ratificar los hechos.

“No más Extorsiones Telefónicas”

Su operación inició el 3 de diciembre de 2007; las modalidades de extorsión más recurrentes son: mensajes vía celular, ganador de sorteos (Boletazo, Tele juegos, etc.), supuestos familiares secuestrados o parientes que vienen del extranjero; amenazas (de secuestro, muerte o golpes); y supuestas deudas y agresiones de presuntos integrantes de “Los Zetas”.

“Capacitación e Impartición de Talleres”

Está dirigido al personal de la SSP y de la PGJDF, con el fin de sensibilizar y mejorar su trato en la atención a víctimas del delito.

“Protejamos a mi Colonia” Su propósito es generar el prototipo de una colonia modelo en seguridad, donde todos participan, y que sirva para replicar las medidas adoptadas en otras zonas de la ciudad; su operación inició en la colonia Condesa y ya se está aplicando en la colonia Narvarte.

“Viajemos Seguras” En conjunto con el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, pretende evitar el abuso sexual en el Sistema de Transporte Colectivo Metro. Cuenta con cinco módulos de atención, ubicados en las estaciones Indios Verdes, Pantitlán, Balderas, Hidalgo y Pino Suárez.

Continúa…

235 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Programa Características

“Amigos del Consejo” Son colaboradores honorarios que reportan aspectos de seguridad o de equipamiento urbano. Los informes son enviados a las autoridades y, una vez obtenida la respuesta, ésta se transmite al propio amigo por medio de un mecanismo digital de pulsera.

“Recompensas” Consiste en recabar información de actos ligados a los delitos de privación ilegal de la libertad y de homicidio. Es un programa vinculado con la PGJDF, toda vez que se acoge al sistema de retribuciones ciudadanas.

“Reporte Ciudadano (REC)” Ofrece transparencia y certidumbre a la población respecto a las actividades que realiza cada vehículo policial y sus tripulantes.

“Consejeros Ciudadanos Vecinales”

Su lema es: “Mi compromiso: si veo algo o sé algo, denuncio”. En mayo de 2009, mediante convocatoria abierta, se alcanzó una base de datos superior a 94 mil personas aceptadas.

“Taxista Seguro” Consiste en que los usuarios evalúen a los conductores mediante cuestionario, con la finalidad de mejorar la calidad en el servicio y la seguridad a bordo de los vehículos.

“Terminales Seguras” En conjunto con la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (CANAPAT), se instalaron módulos de atención en las cuatro centrales camioneras para que, en caso de que los visitantes sean víctimas de un robo, puedan denunciarlo vía Internet, ante las autoridades competentes (Ministerio Público Virtual).

“Alianza por el Turismo” Consiste en proporcionar asesoría jurídica o, en su caso, acompañamiento ante el Ministerio Público, a los turistas nacionales e internacionales que hubiesen sido víctimas de un robo o de cualquier otro delito.

“No te laves la Manos” Su lema es: “Si ves o sabes algo ¡Denuncia!”. Su propósito es propiciar la cultura de la denuncia, toda vez que los ciudadanos no pueden considerarse ajenos al entorno.

“Protejamos Nuestros Aeropuertos”

Consiste en el incremento de elementos de protección ciudadana y de policías judiciales, el ajuste de su zona de patrullaje, y una mejor coordinación con la Policía Federal y con autoridades de seguridad del aeropuerto para la atención inmediata de emergencias y mejorar la seguridad, tanto en el interior de las Terminales 1 y 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, como en las 12 colonias aledañas.

4. En la cláusula cuarta “Recursos”, se estipuló que para coadyuvar en la ejecución de

los proyectos que desarrolle el Consejo Ciudadano, la PGJDF realizaría las gestiones

que correspondan ante la SF para transferirle recursos financieros.

La PGJDF gestionó ante la SF la autorización de las afectaciones programático-

presupuestarias núms. C-14-C0-00-028, C-14-C0-00-036, C-14-C0-00-064

y C-14-C0-00-077, del 2 y 9 de abril, 19 de mayo y 19 de junio de 2008, respectivamente,

para contar con los 20,197.7 miles de pesos que entregó como donativo al Consejo

Ciudadano por medio de las CLC núms. 14-C0-00-00130, 14-C0-00-00132,

14-C0-00-00245, 14-C0-00-00345, 14-C0-00-00503 y 14-C0-00-00609, del 9 y 10 de

abril, 20 de mayo, 19 de junio, 7 de agosto y 1o. de octubre de 2008, respectivamente.

236 VOLUMEN 5/13

Se constató que las CLC estuvieron soportadas con copias de las afectaciones

programático-presupuestarias con las cuales se gestionaron ante la SF las transferencias

de los recursos al Consejo Ciudadano, del Acuerdo por el que se creó el Consejo

Ciudadano, y de los Convenios de Colaboración general y específico. Éstos últimos

están firmados por el titular de la PGJDF autorizando la entrega de donativos al citado

Consejo Ciudadano.

Cabe mencionar que la PGJDF proporcionó por separado seis recibos expedidos por

el Consejo Ciudadano, que comprueban la recepción de los donativos, pero éstos

no se archivaron anexos a las CLC.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,

por medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

informó que “se procedió al archivo de los recibos de Donativos expedidos por el

Consejo Ciudadano en las CLC correspondientes, y se han tomado las medidas

correctivas para evitar que en el futuro se repita dicha omisión”. Asimismo, entregó

copia del oficio núm. 701/3594/2009 del 23 de diciembre de 2009, mediante el cual el

titular de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto instruyó

a la Dirección de Programación y Presupuesto para que la documentación soporte de

las CLC sea archivada correctamente. Sin embargo, no se proporcionó evidencia

de que la documentación relacionada con los donativos al Consejo Ciudadano se

estén archivando adecuadamente, por lo que la observación del presente numeral

no se modifica.

Por no archivar adecuadamente los recibos de donativos en las CLC correspondientes,

la PGJDF denota deficiencias de control interno, por lo cual incumplió el artículo 16,

fracción I, incisos c) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

El artículo 16, fracción I, inciso c) establecen lo siguiente:

“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

237 VOLUMEN 5/13

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

Además, en la citada cláusula cuarta no se precisaron en forma clara los recursos

financieros, materiales y económicos que, en su caso, el Consejo Ciudadano y la PGJDF

aportarían para su realización, por lo que la dependencia incumplió el inciso c) de

la cláusula segunda “Convenios Específicos” del Convenio General de Colaboración,

que dispone:

“Segunda. Convenios Específicos. Para la realización del objeto del presente instrumento

jurídico, las partes se coordinarán y formalizarán los convenios específicos que se

requieran; en dichos instrumentos jurídicos se establecerán de manera clara y específica,

entre los más importantes, los siguientes puntos […]

”c) Especificar los recursos financieros, materiales y económicos que, en su caso,

cada una de las partes aportará para la realización de cada convenio específico de

colaboración que se formalice con base al presente, de conformidad con las disposiciones

legales que rigen el ejercicio de los recursos públicos.”

5. En el Convenio de Colaboración específico no se indica cómo se determinará el

monto de los donativos a entregar al Consejo Ciudadano; además, la PGJDF no contó

con evidencia de que el Consejo Ciudadano le haya solicitado la entrega de recursos

por 20,197.7 miles de pesos.

La dependencia únicamente proporcionó copia del “Calendario de Donativos al

Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF a través

de transferencia electrónica”, en el cual se asentó la fecha en que se requerían

los recursos financieros, el nombre de la dependencia aportante de los recursos, la

determinación de los recursos a transferir y el mes en que la PGJDF debía realizar

transferencias al Consejo Ciudadano, por 20,197.7 miles de pesos, para operar

los programas “Denuncia Ciudadana”, “Recompensas” y “Viajemos Seguras”; crear

indicadores de desempeño judicial en el Distrito Federal y la página de Internet del

Consejo; realizar una encuesta de victimización en conjunto con el CIDE, el Primer

238 VOLUMEN 5/13

Congreso Nacional de Consejos Ciudadanos y la Feria de Prevención del Delito;

poner en marcha los programas “Extorsión Telefónica” y “Protejamos a mi Colonia”;

instalar un Centro de Atención Telefónica para el programa “Denuncia Ciudadana” y la

atención a extranjeros que sean víctimas de robo; e implementar cursos y talleres

dirigidos a servidores públicos de la Policía Judicial y Ministerios Públicos, según se

indicó en el Cuadro Ejecutivo “Programas y actividades permanentes que desarrolla

el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito

Federal (Mayo de 2007 a Mayo de 2008)”.

Cabe señalar que el calendario y el cuadro ejecutivo están en una hoja sin membrete

del Consejo y no cuentan con el nombre ni la firma de quienes lo elaboraron, revisaron

y autorizaron, lo cual denota deficiencias de control interno.

Respecto a la solicitud de los recursos financieros durante 2008, la PGJDF informó que,

derivado de pláticas con representantes del Consejo Ciudadano, éstos manifestaron

que su Presidente se reunió en varias ocasiones con el Procurador General de

Justicia del Distrito Federal para tratar asuntos relativos a los recursos que se

requerían para la operación del Consejo Ciudadano, y que en una de ellas se entregó

al Procurador, en sobre cerrado, un oficio en el cual se solicitaban los recursos de

referencia; sin embargo, no se proporcionó evidencia de que la solicitud de los recursos

se realizó formalmente.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del día 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la

PGJDF proporcionó una nota informativa sin número del 8 de enero de 2010, por

medio de la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

informó que “en lo sucesivo se requerirá al Consejo Ciudadano que en lo relativo

a los apoyos de recursos que le sean solicitados al Jefe de Gobierno o al Procurador

General de Justicia del Distrito Federal, se remita a la Oficialía Mayor la solicitud de

recursos para poder contar con el respaldo correspondiente”.

Al analizar el argumento expuesto por la PGJDF, se confirmó la observación señalada

en el presente numeral.

239 VOLUMEN 5/13

Por no contar con evidencia documental de que el Consejo Ciudadano realizó la

solicitud de los recursos formalmente, sino únicamente con una hoja sin membrete en

la que sólo se asentó la fecha en que se requerían los recursos financieros, el monto

de los recursos a transferir, y el mes en que la PGJDF debía realizar las transferencias,

la cual no indica el nombre ni la firma de quien la elaboró, revisó y autorizó, la PGJDF

incumplió el artículo 16, fracción I, inciso h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de

Control”, y fracción I, del Quinto Lineamiento: “Supervisión” de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007. La fracción I

del Quinto Lineamiento dispone:

“I. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal, contar con un sistema de control idóneo y eficiente, así

como mantener su actualización y fortalecerlo constantemente para conservarlo en un

nivel óptimo, y asegurar que funciona adecuadamente, por lo tanto periódicamente deben

evaluar la eficacia del sistema de control interno […]; asimismo, deben asegurarse

que la evaluación aporte si está funcionando adecuadamente, de lo contrario, con

oportunidad proceder a su corrección y fortalecimiento”.

6. Conforme a la cláusula quinta “Entregables” del Convenio, el Consejo Ciudadano se

obligaría a presentar por escrito, al término de cada ejercicio, un informe del detalle de

las actividades realizadas en materia de procuración de justicia y de la aplicación

de los recursos otorgados por la PGJDF.

La dependencia entregó diversos reportes correspondientes a la consecución de acuerdos

en el Marco del Consejo Local de Seguridad Pública; sin embargo, no proporcionó el

informe anual de las actividades realizadas en materia de procuración de justicia a

que hace referencia dicha cláusula. En cuanto a la aplicación de los 20,197.7 miles de

pesos entregados al Consejo, se proporcionó el cuadro “Aplicación de las Aportaciones

de la PGJDF al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del DF en el año 2008”, en el cual se indica que para servicios personales se destinaron

10,726.2 miles de pesos; para la adquisición de recursos materiales, 3,972.3 miles de

pesos; para el pago de servicios, 1,540.1 miles de pesos; y para el sistema de vinculación

ciudadana, 3,959.1 miles de pesos; sin embargo, dicho cuadro está en una hoja

240 VOLUMEN 5/13

sin membrete del Consejo y no cuenta con el nombre ni con la firma de quien lo

elaboró, revisó y autorizó, lo cual denota deficiencias de control interno.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, el titular de la Oficialía

Mayor de la PGJDF no presentó información alguna relacionada con la presente

observación, por lo que ésta no se modifica.

Por lo anterior, la PGJDF no atendió la cláusula quinta “Entregables” del Convenio de

Colaboración específico, que dispone: “Quinta. Entregables. El ‘Consejo’, al término

de cada ejercicio presentará por escrito a la ‘Procuraduría’, un informe en el que se

rinda el detalle de las actividades realizadas en materia de procuración de justicia, y la

aplicación de los recursos que aporte la Procuraduría”; ni el artículo 16, fracción I,

incisos c), e) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”, de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

7. En la cláusula octava del Convenio de Colaboración específico se estableció que su

evaluación y seguimiento se llevarían a cabo conforme a las reglas establecidas en el

Convenio General de Colaboración, es decir, mediante reuniones de trabajo que se

realizarían en el seno del Consejo Ciudadano.

La PGJDF proporcionó copia del acta de la sesión extraordinaria de la Asamblea

General del Consejo Ciudadano, celebrada en el mes de agosto de 2008, en la cual

su Presidente informó al titular de la dependencia las actividades realizadas con fecha

de corte el día de la sesión, como sigue:

a) El Centro de Atención Telefónica atendió 37,846 llamadas relacionadas con

extorsiones que se evitaron en el momento; 30,879 de personas que estaban en

proceso de atender llamadas de extorsión y 2,727 de personas que ya habían

entregado el importe solicitado por la extorsión. Se reciben en promedio de 400

a 500 llamadas diarias, con un índice de 3.7% de llamadas perdidas.

b) Del programa “Denuncia Ciudadana” se recibieron 16,460 llamadas y se dieron

15,361 asesorías.

241 VOLUMEN 5/13

c) Del programa “Viajemos Seguras”, en el Metro, se tuvieron 472 intervenciones,

314 asesoramientos y 142 casos de probables puestas a responsabilidad por delitos

de acoso sexual; además, se ha ejercido la acción penal en contra de 53 personas

por el delito de hostigamiento sexual.

d) Con el programa “Protejamos a la Condesa”, el índice delictivo se redujo en más

de 24.0% y las puestas a disposición se incrementaron en más de 400.0%.

e) Del programa “Protejamos a la Narvarte”, sólo se habían recibido 12 llamadas, se

realizaron 3 canalizaciones a la SSP y 9 a las autoridades delegacionales, debido

a su reciente implementación.

f) Se pondrían en marcha la ejecución de los programas “Recompensas”, “Reporte

Ciudadano (REC)”, y la evaluación ciudadana a los cuerpos de policía y la “Pre

denuncia por Internet”.

8. En la cláusula décima primera del Convenio de Colaboración específico se estableció

que cualquier asunto que no se encuentre previsto será resuelto de común acuerdo entre

las partes en un grupo de trabajo, conformado por personal de la PGJDF, por conducto

de su Oficial Mayor y auxiliado por el Director General de Programación, Organización

y Presupuesto, y con el Consejo Ciudadano, mediante su Presidente. Todo acuerdo

que se tome quedaría asentado en minutas de trabajo o actas circunstanciadas,

las cuales formarán parte como anexos del Convenio de Colaboración específico

en el momento de su formalización.

Mediante el oficio núm. 701/2731/2009 de fecha 17 de septiembre de 2009, la Dirección

General de Programación, Organización y Presupuesto informó que “durante 2008

no […] realizó reuniones de trabajo entre la PGJDF y el Consejo Ciudadano”.

9. Se efectuó la confirmación de operaciones con el Consejo Ciudadano, quien remitió

un cuadro en el cual indicó que los 20,197.7 miles de pesos entregados por la PGJDF

como donativo los aplicó en la ejecución de los programas “Denuncia Ciudadana”, “No

más Extorsiones Telefónicas”, “Protejamos a mi Colonia”, “Reporte Ciudadano (REC)”,

“Alianza por el Turismo”, “Viajemos Seguras”, “Recompensas” y “Consejeros Ciudadanos

242 VOLUMEN 5/13

Vecinales”; y para la realización de estudios, evaluaciones y encuestas. Como resultado,

se constató que la información asentada en la documentación que se entregó a la

CMHALDF coincide con la que contienen los documentos proporcionados por la PGJDF

durante la revisión.

En conclusión, se constató que los donativos fueron registrados de acuerdo con la

naturaleza del gasto y recibidos por el Consejo Ciudadano para la consecución de sus

fines, que las CLC expedidas estuvieron resguardadas, y que se contó con los recibos

de donativos emitidos por el Consejo Ciudadano y con las afectaciones programático-

presupuestarias que se tramitaron para contar con los recursos respectivos, en cumplimiento

del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes

en 2008; sin embargo, se determinó que en el Convenio de Colaboración específico no se

precisaron en forma clara los recursos financieros, materiales y económicos que, en su

caso, la PGJDF y el Consejo Ciudadano aportarían para su realización, y que éste último

no presentó al sujeto fiscalizado el informe anual del detalle de las actividades realizadas

en materia de procuración de justicia.

Además, se determinaron deficiencias de control interno, toda vez que los recibos

no se archivaron anexos a las CLC y los formatos “Calendario de Donativos al Consejo

Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF a través de transferencia

electrónica” y “Aplicación de las Aportaciones de la PGJDF al Consejo Ciudadano

de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del DF en el año 2008” se elaboraron

en hojas sin membrete del Consejo y no tenían el nombre ni la firma de quien lo elaboró,

revisó y autorizó.

Recomendación ASC-131-08-06-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control y de supervisión para garantizar que la documentación

comprobatoria de la entrega de donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública

y Procuración de Justicia del Distrito Federal se archive debidamente en las Cuentas

por Liquidar Certificadas que soportan las erogaciones realizadas.

243 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-131-08-07-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para garantizar que los apoyos económicos que se entreguen al

Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal

estén debidamente solicitados con el nombre y la firma autógrafa de quien lo solicita,

y con el membrete del Consejo Ciudadano.

Recomendación ASC-131-08-08-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para garantizar que en el Convenio de Colaboración específico

que se formalice con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del Distrito Federal se establezcan en forma clara y específica cómo se determinarán los

recursos financieros, materiales y económicos que, en su caso, cada una de las partes

aportará para su realización, en cumplimiento al Convenio General de Colaboración con la

Secretaría de Seguridad Pública y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración

de Justicia del Distrito Federal.

Recomendación ASC-131-08-09-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control, supervisión y seguimiento para garantizar que los informes anuales

de actividades del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del Distrito Federal le sean remitidos con oportunidad; que contengan como mínimo la

aplicación de los recursos, las actividades realizadas y el nombre y la firma autógrafa

de quien los formuló, revisó y autorizó; y que se elaboren en hojas con membrete del

Consejo Ciudadano, con la finalidad de dar cumplimiento al Convenio de Colaboración

específico con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del Distrito Federal.

244 VOLUMEN 5/13

I.16.2.2. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”

Auditoría ASC/132/08

ANTECEDENTES

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, en el capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

(PGJDF) ejerció un presupuesto de 130,486.9 miles de pesos, que representó el 3.2% de

su gasto total (4,038,993.3 miles de pesos) y fue superior en 17.2% (19,114.6 miles

de pesos) al asignado originalmente, de 111,372.3 miles de pesos. Respecto al presupuesto

ejercido en 2007 (78,597.2 miles de pesos), dicho importe representó un incremento

de 51,889.7 miles de pesos (66.0%).

Del presupuesto ejercido por la PGJDF en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

(130,486.9 miles de pesos), destacó el correspondiente a las partidas 5101

“Mobiliario” (14,761.0 miles de pesos), 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones” (43,105.4 miles de pesos), 5206 “Bienes Informáticos” (28,748.0 miles

de pesos) y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de

Programas Públicos” (42,377.0 miles de pesos). En conjunto, el gasto de esas partidas

ascendió a 128,991.4 miles de pesos, que significaron el 98.9% del total del capítulo

y el 3.2% del gasto de la PGJDF.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por

la PGJDF con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se haya ajustado al

presupuesto autorizado y ejercido; y que se encuentre justificado, comprobado, devengado

y registrado conforme a la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”

(por tratarse de un rubro de gasto que en el ejercicio en revisión presentó variaciones

245 VOLUMEN 5/13

significativas entre el monto presupuestado y el ejercido, así como respecto al registrado

en el ejercicio inmediato anterior) y “Presencia y Cobertura” (por ser un rubro susceptible

de auditarse por haberse reportado en la Cuenta Pública), contenidos en el Manual de

Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal (CMHALDF) vigente a partir del 11 de julio de 2007.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X; 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o.,13 y 16

de su Reglamento Interior.

ALCANCE

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”

del presente informe, se seleccionaron como muestra cuatro de las cinco partidas de

gasto que integraron el presupuesto que la PGJDF ejerció en el capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” en 2008 (130,486.9 miles de pesos), por medio de 42 Cuentas por

Liquidar Certificadas (CLC).

Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de

Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a esta entidad de fiscalización.

De las cuatro partidas seleccionadas, se revisó una muestra de 13 CLC, por 74,678.6 miles

de pesos, que representa el 57.2% del monto ejercido con cargo al capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles”, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Programación, Organización

y Presupuesto (DGPOP), la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

246 VOLUMEN 5/13

(DGRMSG) y la Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos (DGTSI),

adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF. La primera, por ser la encargada de administrar

y vigilar el ejercicio del presupuesto anual de la Procuraduría, proponer las modificaciones

programáticas y presupuestales que se requirieran, e integrar y mantener actualizados

los documentos normativo-administrativos de carácter interno necesarios para el buen

funcionamiento de la institución; la segunda, porque es la encargada de administrar y

abastecer los recursos materiales, y proporcionar los servicios generales a las unidades

administrativas de la PGJDF; y la última, por ser responsable de dotar a la dependencia

de equipos de telecomunicaciones, e implementar sistemas y apoyo tecnológico para

el desempeño eficiente, eficaz y oportuno de las funciones encomendadas a ésta.

Se analizó el Manual de Organización General de la PGJDF vigente en el ejercicio de 2008,

en el cual se indican las funciones de las Direcciones Generales antes mencionadas, para

verificar que fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que, junto con los

Manuales de Normas y Procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuviera autorizado

por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor

del Gobierno del Distrito Federal (OMGDF).

Se analizaron 20 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se verificaron las causas por las

cuales se incrementó dicho presupuesto y se constató que se contara con la documentación

soporte de las modificaciones efectuadas.

Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a servidores

públicos de las Direcciones Generales de Programación, Organización y Presupuesto;

de Recursos Materiales y Servicios Generales; y de Tecnología y Sistemas Informáticos,

adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos aplicables

al rubro en revisión hayan estado en operación durante el período auditado y que la

normatividad vigente en 2008 se haya observado. Particularmente, las pruebas consistieron

en lo siguiente:

247 VOLUMEN 5/13

1. Se verificó que la adquisición de mobiliario, equipo y aparatos de comunicaciones

y telecomunicaciones, bienes informáticos y vehículos estuviera prevista en el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; y soportada con

requisiciones autorizadas por el personal facultado para ello; que se haya contado

con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación de los Subcomités de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, de Intercomunicaciones

o de Informática, según corresponda; que las operaciones se hayan formalizado

mediante contratos, en los plazos establecidos; que se hayan realizado estudios de

precios de mercado; que los proveedores hayan presentado las garantías aplicables

en los plazos establecidos; que, previamente a la adquisición de los bienes, se haya

verificado que no hubiera existencia de ellos en el almacén; y que los procedimientos

de licitación pública, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y adjudicación

directa seleccionados como muestra se hayan ajustado a los montos de actuación

autorizados y a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, a la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) al Código Financiero del Distrito Federal y al Manual Administrativo

de la PGJDF vigentes en 2008.

2. Se verificó que los bienes hayan sido recibidos por la PGJDF y cumplido las

especificaciones establecidas en las requisiciones y en los contratos; que los pagos

a los proveedores se hayan sujetado a las condiciones pactadas en los contratos; que

se hayan aplicado correctamente las sanciones o descuentos a proveedores por

entregas incompletas o extemporáneas de bienes; y que, en caso de incumplimiento de

los contratos, se hayan hecho efectivas las garantías correspondientes, en cumplimiento

del Código Financiero del Distrito Federal y de los Manuales Administrativo y de Normas

y Procedimientos de la PGJDF vigentes en 2008.

3. Se constató que los bienes muebles adquiridos en 2008 estén correctamente

registrados en el padrón inventarial de la PGJDF y cuenten con formato de resguardo

debidamente requisitado; que se encuentren en uso en el área de adscripción indicada

en los resguardos respectivos; que estén protegidos físicamente y asegurados; que, en

los casos de siniestros, se haya efectuado oportunamente el trámite de recuperación

248 VOLUMEN 5/13

correspondiente; y que la adquisición de bienes restringidos con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” haya contado con la autorización de la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OMGDF.

4. Se verificó que la PGJDF haya conservado la documentación original justificativa

y comprobatoria de los pagos realizados; que los proveedores hayan entregado

comprobantes de pago (facturas) a nombre del Gobierno del Distrito Federal-PGJDF

y que éstos cumplieran los requisitos fiscales que estableció el Código Fiscal de la

Federación vigente en 2008; que los gastos se hayan registrado en las partidas que

correspondían de acuerdo con su naturaleza; que se haya reportado a la SF en tiempo

y forma el pasivo circulante del ejercicio 2007 pagado en 2008, y del ejercicio 2008

pagado en 2009, correspondiente a las partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”; y que los recursos no ejercidos y, en su caso, los rendimientos que

generaron al 31 de diciembre de 2008 hayan sido enterados a la SF en los plazos

establecidos, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal y del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal vigentes en 2008.

En cuanto a las pruebas sustantivas, éstas consistieron en integrar por partidas el presupuesto

ejercido con cargo al rubro revisado; verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado a la SF coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008; verificar

los registros presupuestales y el importe contabilizado por la Subsecretaría de Egresos;

verificar que se contara con evidencia de la recepción de los bienes en el almacén y de su

salida de éste (entradas y salidas del almacén); y constatar que se contara con expedientes

debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los proveedores

con los cuales se pactaron adquisiciones.

El alcance al nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 5101 “Mobiliario”

Se revisó el 38.6% (5,695.4 miles de pesos) del importe ejercido (14,761.0 miles de pesos)

mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

249 VOLUMEN 5/13

Se revisó el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. IRN/PGJDF/DACS-018/08 para la adquisición de 280 sillas periqueras, 358 escritorios

secretariales de madera, 2,900 sillas secretariales, 50 mesas auxiliares, 50 archiveros

metálicos de 11 gavetas, 5 archiveros de 5 gavetas y 48 mesas de tipo plegable para las

agencias del Ministerio Público y áreas administrativas de la PGJDF; y la documentación

que comprueba los pagos realizados, por un importe de 5,695.4 miles de pesos. Además,

se efectuó la inspección física de 179 de los 3,691 bienes muebles adquiridos con

los proveedores Rodhermueblemex, S.A. de C.V.; Spazios Innovación en Conceptos de

Oficina, S.A. de C.V.; y Armai Muebles, S.A. de C.V., con los cuales se formalizaron los

contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008 y PGJDF/DACS-092/2008,

respectivamente; y se confirmaron operaciones con dichos proveedores.

Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

Se revisó el 17.7% (7,635.8 miles de pesos) del importe ejercido en la partida 5204

(43,105.4 miles de pesos) mediante dos CLC, así como su documentación justificativa

y comprobatoria.

Se revisó un procedimiento de adjudicación directa para la adquisición de 1,500 radios

portátiles, 300 radios móviles, 80 radios base, 1,500 clips giratorios y 1,880 licencias de

software, con la finalidad de cubrir el 100.0% del equipamiento de la PGJDF en materia

de radiocomunicación; asimismo, se examinó la documentación que comprueba los pagos

realizados, por un importe de 7,635.8 miles de pesos. Se efectuó la inspección física de

102 de los 1,880 radios adquiridos al proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., con el

que se formalizó el contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008; y se confirmaron operaciones

con dicho proveedor.

Partida 5206 “Bienes Informáticos”

Se revisó el 99.7% (28,667.8 miles de pesos) del importe ejercido (28,748.0 miles de pesos)

mediante tres CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

Se revisó el procedimiento de licitación pública internacional núm. 30100001-011-08 para

la adquisición de 1,700 equipos de fuerza ininterrumpida UPS y 1,656 computadoras,

250 VOLUMEN 5/13

para sustituir los bienes dañados y obsoletos y mantener en óptimas condiciones la

infraestructura de la PGJDF, y la documentación que comprueba los pagos realizados,

por un importe de 28,667.8 miles de pesos. Además, se efectuó la inspección física

de 139 de los 3,356 bienes informáticos adquiridos con los proveedores Conectividad

en Equipos de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., y Eclecsis Sinergia y Tecnología,

S. de R. L., con los cuales se formalizaron los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008 y

PGJDF/DACS-086/2008, respectivamente; y se confirmaron operaciones con los proveedores.

Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

Se revisó el 77.1% (32,679.6 miles de pesos) del importe ejercido (42,377.0 miles de pesos)

mediante cuatro CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

Se revisó el expediente relativo al procedimiento de licitación pública internacional

núm. 30100001-012-08 que se efectuó para la adquisición de 148 automóviles,

77 motocicletas, 14 camionetas, 4 camiones y 4 microbuses, a fin de contar con un parque

vehicular en óptimas condiciones para el desempeño de las funciones y programas

inherentes a la procuración de justicia a cargo de la dependencia; así como la

documentación que comprueba los pagos realizados por un importe de 32,679.6 miles de

pesos. Además, se efectuó la inspección física de 41 de los 247 vehículos adquiridos

con los proveedores Comercializadora Promotodo, S.A. de C.V.; Auto Comercial Sica,

S.A. de C.V.; Autos Orientales, S.A. de C.V.; y Kasa Automotriz, S.A. de C.V., con los cuales

se formalizaron los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,

PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, respectivamente; y se confirmaron

operaciones con los proveedores.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno, con la finalidad de tener una base sobre la

cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría,

se analizaron el Dictamen de Estructura Orgánica y el Manual de Organización General

de la PGJDF vigentes en 2008, a efecto de identificar su estructura orgánica, los

objetivos, las funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran

251 VOLUMEN 5/13

y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También, se revisaron los Manuales

de Normas y Procedimientos de la dependencia, con objeto de verificar los que fueron

aplicados por las unidades administrativas responsables de justificar, autorizar, ejercer,

devengar, comprobar, y registrar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 5000

“Bienes Muebles e Inmuebles”. Al respecto, se constató lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. OM/1514/2001 de fecha 31 de agosto de 2001, la OMGDF

autorizó a la PGJDF el Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001 vigente a partir

del 1o. de septiembre de 2001. En dicho dictamen se previeron una Oficialía Mayor y

cinco Subprocuradurías: de Averiguaciones Previas Centrales, de Averiguaciones Previas

Desconcentradas, de Procesos, Jurídica y de Derechos Humanos, y de Atención a Víctimas

del Delito y Servicios a la Comunidad.

2. Manual Administrativo

a) Manual de Organización. La PGJDF contó con un Manual de Organización General

autorizado por la CGMA de la OMGDF mediante el oficio núm. CGMA/2913/06 de

fecha 13 de diciembre de 2006, vigente a partir de esa misma fecha y registrado con el

núm. MA-14000-168/01. Dicho documento es congruente con el Dictamen de Estructura

Orgánica núm. 168/2001 mencionado, y define los objetivos, funciones, atribuciones y

responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas

que integran la dependencia; sin embargo, no fue publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal.

b) Manuales de Normas y Procedimientos. La PGJDF contó con 85 manuales de normas

y procedimientos elaborados con base en el Dictamen de Estructura Orgánica

núm. 168/2001; sin embargo, sólo 34 fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF

por medio de los oficios núms. CGMA/2123/04, CGMA/2376/04, CGMA/2683/04 y

CGMA/3001/04 de fechas 23 de julio, 13 de agosto, 21 de septiembre y 18 de octubre

de 2004, respectivamente; CGMA/0176/05 y CGMA/0178/05, ambos del 27 de enero

de 2005; CGMA/0723/05, CGMA/1048/05 y CGMA/1088/05, del 6 de abril, 11 y 17 de

mayo de 2005, respectivamente; CGMA/1253/05 y CGMA/1257/05, ambos de fecha

252 VOLUMEN 5/13

2 de junio de 2005; CGMA/1597/05 y CGMA/1599/05, los dos del 8 de julio de 2005;

CGMA/1593/05 y CGMA/1595/05, ambos del 11 de julio de 2005; CGMA/2290/05 del

7 de octubre de 2005; CGMA/0244/06, CGMA/1689/06 y CGMA/2803/06 del 25 de

enero, 27 de junio y 27 de noviembre de 2006, respectivamente; CGMA/DDO/2970/07

del 19 de septiembre de 2007; CGMA/DDO/1420/08 y CGMA/DDO/3486/08 del

25 de junio y 18 de diciembre de 2008, en ese orden; y CGMA/DDO/0121/09,

CGMA/DDO/0440/09 y CGMA/DDO/1058/09 del 19 de enero, 10 de febrero y 13 de abril

de 2009, respectivamente. De dichos manuales se revisaron ocho que están relacionados

con el desarrollo de la auditoría y, en particular, de cada uno de ellos se revisaron

los procedimientos que se mencionan a continuación:

● Manual de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro

de Bienes Muebles

Recepción de Bienes Muebles en el Almacén Central. Incluye actividades relacionadas

con la recepción de los bienes muebles en el almacén central de la PGJDF.

Recepción de Bienes Muebles en las Unidades Administrativas. Incluye actividades

relacionadas con la recepción de los bienes muebles fuera del almacén central,

es decir, directamente en las unidades administrativas de la PGJDF.

● Manual de Normas y Procedimientos para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos

y Contratación de Servicios

Planeación, Programación y Presupuestación de las Adquisiciones, Arrendamientos

y Contratación de Servicios. Incluye actividades relacionadas con la elaboración

del programa anual de adquisiciones de la PGJDF.

Adquisición de Bienes, Arrendamientos y Contratación de Servicios a través de

Licitación Pública. Incluye actividades relacionadas con el proceso de licitación

pública, desde la elaboración de las requisiciones de bienes o servicios, hasta la

formalización de los contratos adjudicados.

Adquisición de Bienes, Arrendamientos y Contratación de Servicios a través de

Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores o por Adjudicación

253 VOLUMEN 5/13

Directa. Incluye actividades relacionadas con el proceso de invitación restringida

o adjudicación directa, desde la elaboración de la requisición de bienes o servicios,

hasta la formalización de los contratos adjudicados.

● Manual de Normas y Procedimientos para el Control Inventarial de Bienes

Instrumentales

Alta de Bienes Instrumentales en el Padrón Inventarial. Incluye actividades

relacionadas con el alta en el padrón inventarial de la PGJDF de todos aquellos

bienes instrumentales susceptibles de inventariar, la asignación de un número de

inventario y la colocación de una etiqueta de identificación; así como la integración

de un expediente por cada uno de los bienes instrumentales dados de alta.

Levantamiento de Inventario Físico de Bienes Instrumentales. Incluye actividades

relacionadas con el levantamiento del inventario físico de los bienes con que

cuenta la PGJDF y la verificación de los resguardos correspondientes.

● Manual de Normas y Procedimientos para Efectuar el Cobro del Seguro por Concepto

de Bienes Patrimoniales Siniestrados

Reclamación y Cobro del Seguro por Concepto de Bienes Muebles e Inmuebles.

Incluye actividades relativas al mecanismo aplicable por parte de la PGJDF para

realizar el reclamo y cobro del seguro en aquellos casos en que sus bienes

patrimoniales sufran algún siniestro.

Reclamación y Cobro del Seguro por Concepto de Vehículos Siniestrados. Incluye

actividades relacionadas con el mecanismo aplicable por parte de la PGJDF para

realizar el reclamo y cobro del seguro de los vehículos que sufran algún siniestro.

● Manual de Normas y Procedimientos para la Asignación, Mantenimiento y Suministro

de Equipo de Cómputo

Suministro de Bienes Informáticos. Incluye actividades relacionadas con la solicitud

de bienes informáticos y su salida del almacén.

254 VOLUMEN 5/13

Asignación de Equipo de Cómputo. Incluye actividades relacionadas con la solicitud

y suministro de equipo de cómputo, con la asignación de dicho equipo y con la

elaboración del resguardo respectivo.

● Manual de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación de la Cuenta

por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte

Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite de Pago de Viáticos,

Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos para Investigación Oficiales y Otras

Erogaciones. Indica los documentos que deberán anexar las unidades administrativas

para tramitar el pago de las CLC, como solicitudes de recursos por las unidades

administrativas correspondientes, facturas, recibos, nóminas, estimaciones de obra,

laudos y plantillas de liquidación, y oficios de ministración de viáticos, entre otros.

● Manual de Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal

de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Asignación del Presupuesto a las Unidades Ejecutoras del Gasto. Incluye actividades

relacionadas con la asignación y registro del presupuesto por parte de la DGPOP

y con la comprobación de las erogaciones por parte de las unidades ejecutoras

del gasto.

Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias. Incluye actividades relacionadas con

la adecuación del techo financiero y adecuaciones al presupuesto.

Autorización de Disponibilidad Presupuestal. Incluye actividades relacionadas con

la solicitud de suficiencia presupuestal por parte de las unidades administrativas

de la PGJDF, vía oficio y con el llenado del formato denominado “Autorización de

Disponibilidad Presupuestal”.

● Manual de Normas y Procedimientos para el Control y Registro de Pasivos y Pago

de Retenciones

Control y Registro del Pasivo en la Adquisición de Bienes Muebles y de Consumo.

Incluye actividades relacionadas con el registro y control de los pasivos que se

255 VOLUMEN 5/13

originen por el pago de bienes muebles y de consumo en un ejercicio distinto

al de su adquisición.

Cabe mencionar que la relación de los procedimientos que integran los manuales de

normas y procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

3. Evaluación del Control Interno

Para la evaluación del control interno, se analizaron el marco normativo y el Manual

Administrativo de la PGJDF vigente en 2008, integrado por los Manuales de Organización

y de Normas y Procedimientos; se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de

control interno a servidores públicos de las Direcciones Generales de Programación,

Operación y Presupuesto, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Tecnología

y Sistemas Informáticos, adscritas a la Oficialía Mayor de la PGJDF, responsables de

justificar, autorizar, ejercer, devengar, comprobar y registrar las erogaciones efectuadas

con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a

revisión y, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control vigentes en 2008

y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de

control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración

de los riesgos de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la PGJDF

en cuanto al ejercicio del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, estableció mecanismos

que, en general, hacen factible la administración de riesgos relativos a irregularidades

e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están estructuradas conforme a las

funciones asignadas en el Manual de Organización General del sujeto fiscalizado, ello

contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las

operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite

delimitar las responsabilidades.

Sin embargo, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan en

el apartado de resultados.

256 VOLUMEN 5/13

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

A partir del total de recursos ejercidos por la PGJDF con cargo al capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” y derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de

planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno,

se determinó revisar 13 CLC con cargo a cuatro de las cinco partidas de gasto que

integraron el presupuesto ejercido, las cuales sumaron un monto de 74,678.6 miles de

pesos, que representa el 57.2% del universo (130,486.9 miles de pesos). Las partidas

seleccionadas fueron la 5101 “Mobiliario”, la 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones”, la 5206 “Bienes Informáticos” y la 5303 “Vehículos y Equipo Destinados

a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, que fueron las más significativas

en cuanto al presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

La muestra sujeta a revisión se integró como sigue:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Universo Muestra CLC % CLC % Número Importe Número Importe

5101 “Mobiliario” 15 14,761.0 11.3 4 5,695.4 38.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

14

43,105.4

33.0

2

7,635.8

17.7

5206 “Bienes Informáticos” 4 28,748.0 22.0 3 28,667.8 99.7 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”

2

1,495.5

1.2

0

0.0

0.0

5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

7

42,377.0

32.5

4

32,679.6

77.1

Total 42 130,486.9 100.0 13 74,678.6 57.2

Para seleccionar las CLC sujetas a revisión, se consideraron los siguientes criterios:

1. Seleccionar por lo menos un procedimiento de cada uno de los que se efectuaron

(adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación

pública) con cargo a las partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”,

siempre y cuando se hubiesen realizado y concluido en 2008.

2. En su caso, seleccionar el procedimiento de adjudicación más representativo realizado

con cargo a cada partida del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

257 VOLUMEN 5/13

3. De los contratos derivados de los procedimientos seleccionados, revisar los pagos

efectuados con recursos fiscales de la PGJDF sin considerar los realizados con recursos

del Fondo de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal (FOSEGDF).

Por lo anterior, la muestra sujeta a revisión se integró por dos licitaciones públicas

internacionales, una invitación restringida a cuando menos tres proveedores y una

adjudicación directa, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Partida/Procedimiento de adjudicación Procedimiento CLC Importe % Procedimiento CLC Importe %

5101 “Mobiliario” Licitación pública nacional 1 11 9,065.6 61.4 0 0 0.0 0.0 Invitación restringida a cuando menos tres proveedores

1

4

5,695.4

38.6

1

4

5,695.4

38.6

Subtotal 2 15 14,761.0 100.0 1 4 5,695.4 38.6

5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

Adjudicación directa 1 2 7,635.8 17.7 1 2 7,635.8 17.7 Licitación pública internacional 1 1 3,680.0 8.5 0 0 0.0 0.0 Licitación pública realizada en 2007 1 10 31,372.4 72.8 0 0 0.0 0.0 Invitación restringida a cuando menos tres proveedores realizada en 2007

1

1

417.2

1.0

0

0

0.0

0.0

Subtotal 4 14 43,105.4 100.0 1 2 7,635.8 17.7

5206 “Bienes Informáticos” Licitación pública internacional 1 3 28,667.8 99.7 1 3 28,667.8 99.7 Adjudicación directa realizada en 2007 1 1 80.2 0.3 0 0 0.0 0.0

Subtotal 2 4 28,748.0 100.0 1 3 28,667.8 99.7

5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

Licitación pública internacional 1 4 32,679.6 77.1 1 4 32,679.6 77.1 Adjudicación directa 1 3 9,697.4 22.9 0 0 0.0 0.0

Subtotal 2 7 42,377.0 100.0 0 4 32,679.6 77.1

Total 10 42* 130,486.9* 4 13 74,678.6 57.2

* Incluye 2 CLC por 1,495.5 miles de pesos, expedidas con cargo a la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”, las cuales no fueron objeto de revisión.

Adicionalmente, para verificar la existencia de los bienes muebles adquiridos con cargo

a las partidas 5101 “Mobiliario”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones” y 5206 “Bienes Informáticos”, las entradas al almacén y las salidas

de éste de los bienes y los resguardados correspondientes, mediante muestreo estadístico,

con un nivel de confianza de 95.0% y un margen de error de 2.0%, se seleccionó una muestra

de 179 piezas de mobiliario, 102 equipos de radiocomunicación y 139 equipos informáticos

258 VOLUMEN 5/13

de un universo de 3,691 piezas de mobiliario, 1,880 equipos de radiocomunicación

y 3,356 equipos informáticos que fueron adquiridos por la PGJDF en 2008 a los proveedores

seleccionados para su revisión.

Por lo que respecta a los 247 vehículos adquiridos con cargo a la partida 5303 “Vehículos

y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” en 2008

a los proveedores con los que se confirmaron operaciones, se determinó revisar del

contrato más representativo por su importe (núm. PGJDF/DACS-095/2008 para la compra

de 85 vehículos), mediante muestreo estadístico, con un nivel de confianza de 90.0%

y un margen de error de 0.1%, una muestra de 41 vehículos adquiridos para verificar su

existencia, los comprobantes de almacén de sus entradas y salidas y sus resguardos

correspondientes.

RESULTADOS

1. Resultado

Mediante el oficio núm. 701/2533/2009 del 31 de agosto de 2009, la DGPOP de la PGJDF

proporcionó a la CMHALDF el Manual Administrativo (apartado de organización), elaborado

conforme al Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001, e informó que estuvo

vigente en 2008; así como los Manuales de Normas y Procedimientos vigentes en 2008.

De su análisis se desprende lo siguiente:

1. Con el oficio núm. CGMA/2913/06 de fecha 13 de diciembre de 2006, la Coordinación

General de Modernización Administrativa de la OMGDF registró el Manual de

Organización General de la PGJDF con el número de registro MA-14000-168/01.

Dicho manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,

atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área, y se sujeta a la estructura

orgánica correspondiente al Dictamen de Estructura Orgánica núm. 168/2001, que fue

autorizado por la OMGDF mediante el oficio núm. OM/1514/2001 del 31 de agosto

de 2001.

2. La PGJDF contó en 2008 con los Manuales de Normas y Procedimientos para la

Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes,

259 VOLUMEN 5/13

Arrendamientos y Contratación de Servicios; para el Control Inventarial de Bienes

Instrumentales; para Efectuar el Cobro del Seguro por Concepto de Bienes Patrimoniales

Siniestrados; para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de Cómputo;

para la Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación

Soporte; para el Ejercicio y Control Presupuestal de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal; y para el Control y Registro de Pasivos y Pago de Retenciones,

integrados al Manual Administrativo de la dependencia, para regular las operaciones

realizadas con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, de los cuales

únicamente los Manuales de Normas y Procedimientos para la Elaboración y Validación

de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; para la Recepción,

Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos

y Contratación de Servicios; y para el Control Inventarial de Bienes Instrumentales,

fueron registrados ante la CGMA de la OMGDF por medio de los oficios núms.

CGMA/2376/04, CGMA/3001/04, CGMA/1088/05 y CGMA/1257/05, del 13 de agosto

y 18 de octubre de 2004 y 17 de mayo y 2 de junio de 2005, respectivamente.

Respecto al motivo por el cual no se tramitó ante la CGMA de la OMGDF el registro

de los cuatro Manuales de Normas y Procedimientos restantes, por medio del oficio

sin número del 23 de septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos

Administrativos de la DGPOP informó que “los manuales […] han sido registrados

ante la Coordinación General de Modernización Administrativa a partir de la autorización

de la estructura vigente mediante dictamen 168/2001”; sin embargo, la PGJDF no

proporcionó evidencia de que se haya tramitado el registro de referencia, por lo que

incumplió el numeral 4.4.2, del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro

de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007, que

dispone:

“4.4.2. Los titulares de las Dependencias […] están obligados a elaborar sus Manuales

Administrativos y a remitirlos a la CGMA para su revisión, dictamen y, en su caso,

registro.”

260 VOLUMEN 5/13

3. Cuatro de dieciséis procedimientos internos analizados no están actualizados, como

se indica a continuación:

a) El procedimiento “Asignación de Equipo de Cómputo”, del Manual de Normas

y Procedimientos para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de

Cómputo, vigente desde 1996, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia

a Subdelegaciones Administrativas que no están contempladas en el Manual de

Organización General de la PGJDF.

b) El procedimiento “Solicitud de Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de

Normas y Procedimientos para el Ejercicio y Control Presupuestal de la PGJDF,

vigente desde 1998, no ha sido actualizado, toda vez que hace referencia a áreas

que no se mencionan en el Manual de Organización General de la PGJDF y no

contempla la operación del Sistema Institucional del Control de Egresos (SICE).

c) El procedimiento “Expedición de Cuentas por Liquidar Certificadas para el Trámite de

Pago de Viáticos, Pasajes, Pagos Únicos, Salarios Caídos, Gastos para Investigación

Oficiales y Otras Erogaciones”, del Manual de Normas y Procedimientos para la

Elaboración y Validación de la Cuenta por Liquidar Certificada y su Documentación

Soporte, vigente a partir de 2004, no ha sido actualizado, toda vez que no

contempla la operación del SICE.

d) El procedimiento “Control y Registro del Pasivo en la Adquisición de Bienes

Muebles y de Consumo”, del Manual de Normas y Procedimientos para el Control

y Registro de Pasivos y Pago de Retenciones, vigente a partir de 1997, no ha sido

actualizado, toda vez que hace referencia a áreas que no se mencionan en el Manual

de Organización General de la PGJDF y no contempla la operación del SICE.

Al respecto, mediante oficio sin número de fecha 29 de septiembre de 2009, la

Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos de la DGPOP informó

que a esa fecha “se han actualizado 15 procedimientos, y se encuentran en proceso

de actualización los Manuales de Normas y Procedimientos correspondientes a las

Direcciones Generales de Política y Estadística Criminal, de Tecnología y Sistemas

Informáticos, del Albergue Temporal y de Recursos Humanos”.

261 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,

por medio de la cual el Director de Organización y Procedimientos Administrativos

de la DGPOP indicó lo siguiente:

“Durante los años 2008 y 2009 se ha realizado un proceso de actualización de

25 Manuales de Normas y Procedimientos, a solicitud de esta Dirección General

de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), con respuesta favorable de

algunos titulares de las unidades administrativas, 11 en el año 2008 y 14 en el año 2009.

Sin embargo, con la publicación de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2008, así como con la próxima

aparición del Reglamento de dicha Ley, será imperiosa la actualización de todos los

manuales (más de 180) que actualmente conforman los instrumentos normativo-

administrativos con que opera la PGJDF.

”En este sentido, se ha elaborado un programa de trabajo detallado […] para cumplir

con este objetivo, el cual contiene las actividades, responsables y tiempos para la

realización de cada una de las etapas del proceso. Incluye desde la solicitud de la DGPOP

a los titulares de las unidades administrativas, como los responsables de mantener

actualizados dichos documentos para que elaboren sus proyectos, hasta la autorización

y registro de todos los manuales ante la Coordinación General de Modernización

Administrativa, y la publicación de aquellos que de acuerdo a la normatividad deba

realizarse, a excepción de los que a criterio del titular de la unidad administrativa

se consideren confidenciales, motivo por el cual no son susceptibles de publicarse.”

Además, la DGPOP indicó al calce del programa de trabajo detallado que éste

“iniciará una vez que se haya publicado el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de

la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y los tiempos y plazos en él

establecidos, están condicionados a la presentación en tiempo y forma de los proyectos

de Manuales Administrativos que deberán elaborar las Unidades Responsables de la

Institución, así como a que no exista otro impedimento de tipo legal, humano o material

que lo limite”.

262 VOLUMEN 5/13

De acuerdo con los argumentos expuestos y la documentación proporcionada por

la PGJDF, se confirma que el apartado de procedimientos del manual administrativo

no ha sido actualizado, por lo que la DGPOP elaboró el “Programa de Actualización

de Manuales Administrativos”; en consecuencia, las observaciones del presente

numeral no se modifican.

Por no actualizar su Manual Administrativo, en su apartado de procedimientos,

la PGJDF incumplió el numeral 4.4.14 del subapartado 4.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a

partir del 13 de abril de 2007, que dispone: “Los titulares de las Dependencias […] son los

responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la

aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación

de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas”.

Además, se infringió el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer Lineamiento:

“Ambiente de Control” de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 9 de abril de 2007, que establece: “e) Manuales de organización y de

procedimientos. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de organización

y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional y a las

atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en cada

caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los

procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán

de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.

4. La dependencia cuenta con un Manual de Normas y Procedimientos para la Asignación

de Bienes al Personal Operativo de la Policía Judicial; sin embargo, la PGJDF no

cuenta con un procedimiento sustantivo que establezca secuencial y ordenadamente,

la forma de controlar la asignación de los vehículos adquiridos al resto del personal

de la dependencia y los mecanismos para resguardarlos.

263 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.

700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio

del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó

que, respecto a “las actividades para regular la asignación de vehículos al resto del

personal de la PGJDF, esto se hace en apego a lo establecido en el Manual de

Normas y Procedimientos para el Control y Mantenimiento Vehicular, el cual establece

en su cuarto párrafo, sección 5, página 3, que a la letra indica: ‘La Subdirección

de Control de Vehículos deberá registrar la asignación de vehículos a través del

Resguardo de Vehículos […] mismo que deberá contener los datos generales

del servidor público que tenga bajo su resguardo vehículos de la Institución, así como

las características del mismo, siendo esta una función de la Subdirección de Control

Vehicular establecida en el Manual de Organización Específico de la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales, sección VI, hoja 34”.

Del análisis a la información presentada por la PGJDF, se constató que si bien la

dependencia cuenta con un procedimiento, elaborado el 1o. de diciembre de 2000,

relacionado con la asignación y resguardo de vehículos para el personal distinto del

operativo de la Policía Judicial, dicho procedimiento no está actualizado, toda vez

que hace referencia a la Subdirección de Control de Vehículos y en el Manual

de Organización General de la PGJDF vigente la denominación es Subdirección de

Control Vehicular.

Por no actualizar su Manual Administrativo, en su apartado de procedimientos, que

incluye el Manual de Normas y Procedimientos para el Control y Mantenimiento

Vehicular, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.14 del subapartado 4.4, “Revisión,

Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a

partir del 13 de abril de 2007, y el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer

Lineamiento: “Ambiente de Control” de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

264 VOLUMEN 5/13

5. El Manual de Organización General y la relación de los procedimientos que integran

los Manuales de Normas y Procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal. Al respecto, por medio de oficio sin número de fecha 23 de

septiembre de 2009, la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos,

adscrita a la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, informó que “en los archivos

de esta Dirección no se cuenta con los motivos o explicación técnica del porque no

se publicó”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010,

por medio de la cual la Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos

de la DGPOP informó que “en la memoria documental de esta Dirección de Área

no se encuentra expediente que avale el razonamiento que soporte la desatención

observada, sin embargo como ya ha sido señalado, en el programa de trabajo está

considerada la publicación del manual en comento”.

Los argumentos expuestos por la PGJDF y el Programa de Actualización de

Manuales Administrativos proporcionado, confirman que el Manual de Organización

General y la relación de procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, y que en el programa referido se tiene contemplada dicha publicación;

por ello, la observación del presente numeral no se modifica.

Por no publicar el Manual Administrativo (apartado de organización) ni la relación de los

procedimientos, la PGJDF incumplió el numeral 4.4.10 del subapartado 4.4, “Revisión,

Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de

abril de 2007, que dispone: “Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos

ante la CGMA, los titulares de las Dependencias […] serán los responsables de su

publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, gestionando para tal

efecto, los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”.

265 VOLUMEN 5/13

Asimismo, infringió el subapartado 5.1, “Especificaciones Generales”, inciso b, del

apartado 5, “Criterios para la Publicación de los Manuales Administrativos en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal”, de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del

Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, el cual establece que la versión del Manual

Administrativo que se publicará “deberá integrarse con la siguiente información:

Presentación, Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo, Objetivo General, Estructura

Orgánica, Atribuciones, Funciones, Organograma y Listado de procedimientos”.

Cabe mencionar que en el informe de la auditoría financiera núm. ASC/131/08

practicada a la PGJDF con motivo de la Revisión de la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2008, la CMHALDF ya había

observado al ente auditado que no publicó su Manual Administrativo (apartado de

organización) y la relación de los procedimientos, por lo que se formuló la recomendación

núm. ASC-131-08-02-PGJDF. Por ello, no se emite recomendación respecto a dicha

observación.

Recomendación ASC-132-08-10-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal concluya la

actualización de su Manual Administrativo, en su apartado de Normas y Procedimientos

para la Asignación, Mantenimiento y Suministro de Equipo de Cómputo; para el Ejercicio

y Control Presupuestal de la PGJDF; para la Elaboración y Validación de la Cuenta por

Liquidar Certificada y su Documentación Soporte; para el Control y Registro de Pasivos

y Pago de Retenciones; para el Control y Mantenimiento Vehicular; para la Recepción,

Control y Suministro de Bienes Muebles; para la Adquisición de Bienes, Arrendamientos y

Contratación de Servicios; y para el Control Inventarial de Bienes Instrumentales;

y que se asegure de que dichos manuales sean remitidos a la Oficialía Mayor del

Gobierno del Distrito Federal para su revisión, dictamen y registro, de acuerdo con

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) y los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

266 VOLUMEN 5/13

2. Resultado

En el análisis del techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves, el Programa

Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2008, se determinó lo siguiente:

Con el oficio núm. SE/0150/08 de fecha 8 de enero de 2008, la SF comunicó al titular de

la PGJDF, el techo presupuestal por 3,937,313.0 miles de pesos aprobado por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal para el ejercicio de 2008. De dicho monto, 131,372.3 miles

de pesos se destinaron para Gasto de Inversión, de los cuales, 111,372.3 miles de pesos

correspondieron al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”; 31,372.3 miles de

pesos erogados en este capítulo se etiquetaron para el proyecto multianual del Sistema

de Radiocomunicación digital TETRA-ETSI.

Con el oficio núm. SE/0193/08 de fecha 18 de enero de 2008, la SF remitió al titular de

la PGJDF el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal

correspondientes al techo presupuestal aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal.

En el Analítico de Claves se asignaron 15,000.0 miles de pesos a la partida 5101

“Mobiliario”, 86,372.3 miles de pesos a la 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones

y Telecomunicaciones” y 10,000.0 miles de pesos a la 5206 “Bienes Informáticos”, que en

conjunto suman el presupuesto original del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

(111,372.3 miles de pesos), el cual se verificó que fue reportado en el Informe de Cuenta

Pública 2008 de la PJGDF. Cabe mencionar que las partidas 5103 “Vehículos y Equipo

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados

a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” no fueron presupuestadas

originalmente.

Al respecto, en el formato “Detalle del Capítulo 5000” del Programa Operativo Anual,

se constató lo siguiente:

1. En la partida 5101 “Mobiliario” se presupuestaron 15,000.0 miles de pesos, con el

propósito de contar con una infraestructura digna, adecuada y en condiciones óptimas

267 VOLUMEN 5/13

para poder llevar a cabo las diversas actividades que realiza el personal sustantivo,

técnico y administrativo adscrito a la PGJDF y proporcionar servicios de mayor calidad

a la ciudadanía demandante.

2. En la partida 5402 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” se

registraron 86,372.3 miles de pesos con el propósito de suministrar, instalar y poner

en funcionamiento el equipo de radiocomunicación TETRA-ETSI con tecnología digital

encriptada; contar con herramientas de comunicación eficientes para que el personal

sustantivo esté en condiciones de asistir a los llamados de emergencia y operativos,

perfectamente coordinados; continuar la segunda etapa de la adquisición de equipos

de radiocomunicación y licencias de administración de usuarios; ampliar la red de

microondas y contar con tecnología de punta en la institución; y adquirir consolas

de despacho de radiocomunicación modulares, servidores, computadoras personales,

software para la integración de las bases de datos, enlaces para la base de datos

TELMEX (triada), una planta de emergencia, UPS (unidad de energía ininterrumpida),

aire acondicionado y un suite de comunicaciones.

3. En la partida 5206 “Bienes Informáticos” se presupuestaron 10,000.0 miles de pesos

con la finalidad de continuar la sustitución de la infraestructura informática con más

de siete años de uso en la dependencia.

Lo anterior demuestra que la PGJDF estimó originalmente recursos para tres de las cinco

partidas que ejercieron recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”,

que se ajustó al techo presupuestal autorizado y, posteriormente, mediante afectaciones

programático-presupuestales, amplió su presupuesto en un importe de 19,114.6 miles de

pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 130,486.9 miles de pesos,

conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

3. Resultado

En la Cuenta Pública de 2008, la PGJDF reportó una asignación original de 111,372.3 miles de

pesos para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual fue objeto de los siguientes

movimientos presupuestales: 4 adiciones compensadas, por 51,974.3 miles de pesos;

268 VOLUMEN 5/13

6 adiciones líquidas, por 3,245.5 miles de pesos; 1 ampliación compensada, por 51.5 miles

de pesos; 11 reducciones compensadas, por 26,685.6 miles de pesos; y 9 reducciones

líquidas, por 9,471.1 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto registró un

incremento de 19,114.6 miles de pesos, para quedar en 130,486.9 miles de pesos,

importe que correspondió al presupuesto ejercido en conjunto por las partidas de gasto

de dicho capítulo, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variación Partida Original

(1)

Modificado

(2)

Ejercido

(3)

Absoluta

(2) – (1) (4)

Relativa(%)

(4) / (1) (5)

5101 “Mobiliario” 15,000.0 14,761.0 14,761.0 (239.0) (1.6) 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

86,372.3

43,105.4

43,105.4

(43,266.9)

(50.1)

5206 “Bienes Informáticos” 10,000.0 28,748.0 28,748.0 18,748.0 187.5 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”

0.0

1,495.5

1,495.5

1,495.5

n.a.

5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

0.0

42,377.0

42,377.0

42,377.0

n.a.

Total del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

111,372.3

130,486.9

130,486.9

19,114.6

17.2

n.a. No aplicable.

Se analizaron las afectaciones presupuestarias y se determinó que, según las justificaciones

consignadas por la PGJDF, las principales causas por las que se modificó el presupuesto

original fueron las siguientes:

1. Por lo que corresponde a la partida 5101 “Mobiliario”, su presupuesto asignado fue

reducido en 239.0 miles de pesos, con la finalidad de efectuar el cierre del ejercicio

presupuestal, con fundamento en el numeral 1, inciso g), del Oficio Circular

núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de octubre de 2008, emitido por la Subsecretaría

de Egresos de la SF.

2. En cuanto a la partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones”, el presupuesto fue reducido en 43,266.9 miles de pesos

con la finalidad de transferir recursos al capítulo 3000 “Servicios Generales” y a las

partidas 5101 “Mobiliario” y 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos

y la Operación de Programas Públicos”, para regularizar el suministro de equipos

269 VOLUMEN 5/13

de radiocomunicación portátiles, móviles y bases tetra; y para efectos del cierre

del ejercicio presupuestal.

3. Respecto a la partida 5206 “Bienes Informáticos”, el presupuesto fue ampliado en

18,748.0 miles de pesos, con la finalidad de continuar la sustitución de la infraestructura

informática de la PGJDF.

4. A la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad

Pública” se le dotó de recursos por 1,495.5 miles de pesos con la finalidad de

cumplir las obligaciones financieras derivadas de adeudos del ejercicio fiscal de 2007.

Cabe mencionar que con el oficio núm. 701/0139/2008, del 14 de enero de 2008,

la PGJDF reportó a la SF el pasivo circulante al 31 de diciembre de 2007, el cual incluye

lo correspondiente a la partida de referencia.

5. A la partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación

de Programas Públicos” se le asignaron 42,377.0 miles de pesos provenientes de la

partida 3205 “Arrendamiento de Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública”, debido a que no se llevó a cabo la contratación del servicio de

arrendamiento y la PGJDF optó por adquirir sus propios vehículos.

Dichos movimientos se ampararon con 20 afectaciones programático-presupuestarias que

autorizó la SF, conforme a los artículos 71, fracción VI; y 68, fracción V, del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y reunieron los requisitos establecidos

en el apartado IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008. Adicionalmente, se comprobó las afectaciones que se gestionaron

conforme a los plazos estipulados en el oficio circular núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de

octubre de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF.

4. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitaron a la PGJDF

los registros contables de las operaciones realizadas en 2008 con cargo a las partidas del

capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

270 VOLUMEN 5/13

En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la DGPOP

remitió copia del oficio núm. DGCNCP/2864/2009 del 31 de agosto de 2009, mediante

el cual la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la

Subsecretaría de Egresos de la SF, remitió el reporte del registro contable correspondiente

al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, que para el ejercicio de 2008 fue el siguiente:

(Miles de pesos)

Registro Contable Concepto Presupuestal

Deudor Acreedor

Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 130,486.9 Cuenta 52101 “Costo de Operación de Programas” 130,486.9 Cuenta 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 130,486.9 Total 130,486.9 130,486.9 Cuenta 61206 “Presupuesto Ejercido” 130,486.9 Cuenta 61201 “Presupuesto por Ejercer” 130,486.9

Total 130,486.9 130,486.9

Al respecto, se determinó que las cuentas afectadas y los registros contables corresponden

a la estructura del Catálogo de Cuentas establecida en el Manual de Contabilidad del

Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 10-BIS,

el 29 de diciembre de 2006, vigente en 2008.

5. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1339 del 25 de agosto de 2009, se solicitó a la PGJDF

que indicara el monto y características de su pasivo circulante con cargo a las partidas del

capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y que proporcionara los oficios mediante los

cuales remitió dicha información a la SF.

En respuesta, con el oficio núm. 701/2575/2009 del 2 de septiembre de 2009, la DGPOP

remitió copia del oficio núm. 701/0135/09 de fecha 15 de enero de 2009, y sus anexos

respectivos, mediante el cual informó a la Dirección General de Egresos “A” de la SF del

pasivo circulante correspondiente al ejercicio de 2008.

En el análisis de la información referida, se constató que el pasivo correspondió a los

compromisos no cubiertos durante ese ejercicio. Además, se verificó que se reportó

271 VOLUMEN 5/13

dentro de los plazos establecidos en el oficio circular núm. SE/1360/2008 de fecha 8 de

octubre de 2008, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SF, por lo que se cumplió

el artículo 382 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece:

“Para cubrir los compromisos que efectivamente se hayan cumplido y no hubieren sido

cubiertos al treinta y uno de diciembre de cada año, las dependencias […] deberán

atender a lo siguiente para su trámite de pago:

”I. Que se encuentren debidamente contabilizados al treinta y uno de diciembre del

ejercicio correspondiente;

”II. Que exista suficiencia presupuestal para esos compromisos en el año en que se

cumplieron;

”III. Que se informe a la Secretaría, a más tardar el día 15 de enero de cada año, en los

términos del artículo 463 de este Código, el monto y características de su deuda pública

flotante o pasivo circulante, y

”IV. Que se radiquen en la Secretaría los documentos que permitan efectuar los pagos

respectivos, a más tardar el último día de enero del año siguiente al del ejercicio al que

corresponda el gasto.

”De no cumplir con los requisitos antes señalados, dichos compromisos se pagarán con

cargo al presupuesto del año siguiente, sin que esto implique una ampliación al mismo.”

6. Resultado

En el análisis del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones correspondientes al ejercicio de 2008, que la

DGPOP de la PGJDF proporcionó a la CMHALDF mediante los oficios núms. 701/2533/2009

y 701/2904/2009 del 31 de agosto y 6 de octubre de 2009, respectivamente, se determinó

lo siguiente:

1. Por medio del oficio núm. 703/449/2008 de fecha 14 de febrero de 2008, la DGRMSG

de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la Dirección General de Política Presupuestal

272 VOLUMEN 5/13

de la SF el PAAAPS de la dependencia para su aprobación, en cumplimiento de lo

establecido en los artículos 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 14 de

su Reglamento vigentes en 2008.

2. Con el oficio núm. DGPP/0292/2008 de fecha 19 de febrero de 2008, la SF comunicó

la aprobación del PAAAPS, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 12 de marzo de 2008, conforme al plazo establecido en el segundo párrafo del

artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008, que

dispone: “Las dependencias […] a más tardar el 31 de marzo de cada año, publicarán

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios”.

3. En el apartado “Resumen Presupuestal” del PAAAPS se asentó que se contaba con

una asignación de 111,372.3 miles de pesos para adquirir diversos bienes con cargo

al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, de acuerdo con el techo presupuestal

autorizado y el presupuesto de egresos de la PGJDF para el ejercicio de 2008.

4. En el apartado “Concentrado por Partida Presupuestal”, correspondiente al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se asentó la asignación de recursos para las partidas

5101 “Mobiliario”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

y 5206 “Bienes Informáticos”, por un total de 111,372.3 miles de pesos, que también

corresponde al techo presupuestal autorizado a la dependencia para 2008.

5. En el apartado “Analítico por Bien o Servicio” se desagregaron los bienes por adquirir

por partida del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, cuyos importes coinciden

con los de los apartados señalados, con los del techo Presupuestal autorizado y con

los del presupuesto de egresos de la PGJDF para el ejercicio de 2008.

6. Mediante los oficios núms. 703/1771/2008, 703/2844/2008, 703/4073/2008

y 703/029/2009 de fechas 2 de junio, 2 de septiembre y 27 de noviembre de 2008, y 6 de

febrero de 2009, respectivamente, la PGJDF remitió a la DGRMSG de la OMGDF las

modificaciones a su PAAAPS mediante los informes de cada trimestre del ejercicio

de 2008, las cuales correspondieron con las operaciones efectuadas por la PGJDF.

273 VOLUMEN 5/13

7. Se constató que los informes trimestrales fueron entregados a la DGRMSG de la OMGDF

fuera del plazo señalado, como se muestra a continuación:

Período Plazo de entrega Fecha de entrega Días de desfase

Primer trimestre 14/IV/08 2/VI/08 33

Segundo trimestre 14/VII/08 2/IX/08 36

Tercer trimestre 14/X/08 27/XI/08 31

Cuarto trimestre 15/I/09 6/II/09 16

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.

700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio del

cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó que

“la presentación de informes trimestrales correspondientes a las modificaciones

del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

2008 (PAAAPS) de esta Institución, efectivamente se realizaron fuera de los tiempos

establecidos; sin embargo, se tomaron las medidas para evitar este tipo de situaciones,

por lo que con fechas 30 y 31 de diciembre de 2009, se giraron oficios a la Dirección

de Adquisiciones y Contratación de Servicios y a la Subdirección de Integración

y Evaluación de Programas, instruyendo a que en lo sucesivo dichos informes se

presenten en tiempo y forma ante las instancias respectivas, con el objeto de dar

cumplimiento a los numerales 5.2.1, último párrafo, y 5.16.1 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal”.

Lo manifestado por la PGJDF confirma que las modificaciones al PAAAPS fueron

remitidas a la DGRMSG de la OMGDF fuera de los plazos establecidos. Por tanto, la

PGJDF incumplió el numeral 5.16.2 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007,

que establece: “Los titulares de las dependencias serán responsables de la debida

274 VOLUMEN 5/13

formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro

de los diez días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la

fecha de la recalendarización”.

Recomendación ASC-132-08-11-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para garantizar que las modificaciones al Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios sean reportadas a la autoridad

administrativa competente en los plazos establecidos en la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Partida 5101 “Mobiliario”

7. Resultado

En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 14,761.0 miles de pesos con cargo a la partida 5101

“Mobiliario”, por medio de 15 CLC. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria

del pago realizado a tres proveedores, mediante las CLC núms. 14-C0-00-01055,

14-C0-00-01056, 14-C0-00-01061 y 14-C0-00-01074, por un importe de 5,695.4 miles de

pesos (el 38.6% del total ejercido en la partida), por la adquisición de mobiliario mediante

un procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, que contempló

las 31 partidas que fueron declaradas desiertas en el procedimiento de licitación pública

nacional núm. 30100001-010-08 celebrado por la PGJDF.

1. En cuanto al proceso de solicitud de los bienes y la autorización de su adquisición,

se determinó lo siguiente:

a) Por medio de la requisición núm. 322-2008 de fecha 20 de agosto de 2008,

la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de 46 partidas

de mobiliario.

275 VOLUMEN 5/13

Dicho formato está debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia

en el Almacén Central” y la justificación que señala que se necesita sustituir

el mobiliario de agencias del Ministerio Público de las diversas coordinaciones

territoriales y de las áreas administrativas de la PGJDF, por obsolescencia o porque

se encuentra en mal estado.

b) La suficiencia presupuestal, por un importe de 15,000.0 miles de pesos con cargo

a la partida 5101 “Mobiliario”, fue otorgada con el del oficio núm. 701/2958/2008

de fecha 5 de septiembre de 2008 y el formato núm. DGPOP-701-SP-140-08,

emitidos por la DGPOP. El monto fue determinado con base en el sondeo de

mercado realizado previamente al proceso de adquisición de los bienes.

c) Mediante el oficio núm. 703/2900/2008 de fecha 8 de septiembre de 2008,

la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la OMGDF los formatos

DAABR “Documento para la Autorización de Adquisiciones de Bienes Restringidos”,

con la finalidad de obtener su autorización para adquirir 24,379 bienes con cargo

a la partida 5101 “Mobiliario”. Al respecto, con el oficio núm. OM/DGRMSG/1852/2008

de fecha 15 de septiembre de 2008, la OMGDF autorizó la adquisición del mobiliario,

en cumplimiento del artículo 37 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

2. En la revisión del procedimiento de adquisición de mobiliario por medio de la invitación

restringida a cuando menos tres proveedores núm. IRN/PGJDF/DACS-018-08, se

determinó lo siguiente:

a) Para la realización de la invitación restringida que derivó de una licitación pública

nacional en la que se declararon desiertas 31 partidas, la dependencia debió

haber contado previamente con la autorización del titular de la PGJDF, otorgada

con base en una justificación fundada y motivada, según dispone el penúltimo

párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2008.

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor

276 VOLUMEN 5/13

de la PGJDF proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010,

por medio del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales

informó que “para la realización de la Invitación Restringida que derivó de una

Licitación Pública Nacional en la que se declararon desiertas 31 partidas, esta

dependencia contó con autorización del Procurador de fecha 11 de noviembre

de 2008, por un importe total de $22,690,922.55 (Veintidós millones seiscientos

noventa mil novecientos veintidós pesos 55/100 M.N.) incluido el IVA”; y proporcionó

copia de la autorización de la adquisición por excepción a la licitación pública de

fecha 11 de noviembre de 2008.

Del análisis de los argumentos expuestos y de la autorización proporcionada por

la PGJDF, se concluye que se justificaron, fundaron y motivaron las causas que

acreditaron el ejercicio de la opción; además, se constató que, dicho formato de

autorización está firmado por los titulares de las áreas que solicitaron, justificaron

y propusieron el procedimiento de contratación, y por el Oficial Mayor y el titular

de la PGJDF, quienes otorgaron, respectivamente, el visto bueno y la autorización

para realizar la adquisición.

b) Por tratarse de una invitación restringida a cuando menos tres proveedores

derivada de una licitación pública en la que se declararon desiertas 31 partidas,

la PGJDF debió haber informado al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios la realización de la adquisición por excepción a la licitación

pública con fundamento en el artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal; sin embargo, no lo hizo así.

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010,

por medio del cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales

informó que “por tratarse de una invitación restringida a cuando menos

tres proveedores, derivada de una Licitación Pública en la que se declararon

desiertas 31 partidas, ésta dependencia informará al Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, en la 1ra. Sesión Ordinaria de 2010,

277 VOLUMEN 5/13

ya que si bien es cierto la Ley en comento establece dar cumplimiento al artículo

21 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, no establece los tiempos

límite para informar de los procedimientos”; además, remitió copia de nota informativa

sin número, de fecha 28 de enero de 2010, con la que se daría cumplimiento

a lo establecido en el artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2008, ya que por medio de ella se informaría al

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, en su primera

sesión ordinaria, que se celebraría ese día, de las adquisiciones o contrataciones

que en el ejercicio fiscal de 2008 se llevaron a cabo con fundamento en el

artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2008 y que, por una omisión involuntaria, no se informaron a dicho órgano

colegiado.

El hecho de haber reconocido que no se informó a los miembros del Subcomité

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de las adquisiciones

o contrataciones que en el ejercicio fiscal de 2008 se llevaron a cabo con

fundamento en el artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2008, significa un incumplimiento a la fracción VI del

artículo 21 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008,

que establece: “El Comité tendrá las siguientes facultades […] VI. Dictaminar,

previamente a su contratación, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones

públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el

artículo 54 de esta Ley, salvo en los casos de las fracciones IV y XII del propio

precepto y del artículo 57, de los que solamente se deberá informar al Comité

o Subcomité correspondiente”.

Además, denota fallas de control interno, por lo que se incumplió el artículo 16,

fracción I, incisos e) y h), del Tercer Lineamiento: “Actividades de Control” de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril

de 2007, que establecen lo siguiente:

“Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

278 VOLUMEN 5/13

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y

otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública

del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más

oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse

adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados financieros

confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones […]

”h) Control del sistema de información. Los titulares deben llevar actividades de

control en todo el proceso de obtención de información, desde la generación

de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como

su archivo y su custodia.”

c) El expediente de invitación restringida se integró con la documentación derivada

del proceso: requisición; invitación para cotizar; bases; actas de aclaración de bases,

de recepción de propuestas, de recepción de documentación legal y administrativa,

y de apertura de propuestas técnicas y económicas; dictamen y fallo; listas de

asistencia de los proveedores; documentación legal; ofertas técnicas y económicas;

y fianzas de sostenimiento de propuestas de los participantes. Todos los documentos

fueron elaborados y entregados a la PGJDF conforme a la normatividad aplicable.

d) Derivado del fallo de la invitación restringida, se adjudicaron los contratos

núms. PGJDF/DACS-090/2008 al proveedor Rodhermueblemex, S.A. de C.V., por

10,142.5 miles de pesos (IVA incluido); PGJDF/DACS-091/2008 a Spazios Innovación

en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V., por 1,020.0 miles de pesos (IVA incluido);

y PGJDF/DACS-092/2008 a Armai Muebles, S.A. de C.V., por 11,528.4 miles

de pesos (IVA incluido), todos de fecha 14 de noviembre de 2008, toda vez que

ofrecieron las mejores condiciones y se sujetaron a lo establecido en las bases

de la invitación restringida.

Cabe mencionar que del importe total adjudicado a dichos proveedores, por

22,690.9 miles de pesos, 25.1% (5,695.4 miles de pesos) se pagó con recursos

fiscales de la PGJDF (5,695.4 miles de pesos) y el 74.9% (16,995.5 miles de pesos)

restante se cubrió con recursos del FOSEGDF.

279 VOLUMEN 5/13

3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008,

PGJDF/DACS-091/2008 y PGJDF/DACS-092/2008, se determinó lo siguiente:

a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos pactados en las bases de la

invitación restringida y reúnen los requisitos mínimos que establece el artículo 56

del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

b) Los proveedores adjudicados presentaron las pólizas de fianza de fecha 14 de

noviembre de 2008, por importes de 1,322.9 miles de pesos, 133.0 miles de pesos

y 1,503.7 miles de pesos, expedidas por Fianzas Monterrey, S.A., para el primer y

segundo contrato, y Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., para el tercer contrato,

en favor de la SF para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo

derivadas de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008

y PGJDF/DACS-092/2008.

c) En la cláusula quinta “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”

de los tres contratos se pactó que el plazo de entrega de la totalidad de los bienes

sería dentro de los 40 días naturales posteriores a la formalización del contrato

(24 de diciembre de 2008). Al respecto, en la revisión de los formatos “Recepción de

Bienes”, se constató que los bienes no fueron entregados hasta el 30 de diciembre

de 2008, debido a que el proveedor Spazios Innovación en Conceptos de Oficina,

S.A. de C.V., mediante oficio sin número de fecha 23 de diciembre de 2008, solicitó

una prórroga para entregar los bienes el día 30 de diciembre de 2008, y los

proveedores Rodhermueblemex, S.A. de C.V., y Armai Muebles, S.A. de C.V.,

mediante oficios sin número de fechas 22 y 23 de diciembre de 2008, solicitaron

una prórroga para entregar los bienes el día 31 de diciembre de 2008, las cuales

fueron otorgada por la PGJDF con los oficios núms. 703/100/1469/2008,

703/100/1470/2008 y 703/100/1468/2008, todos del 24 de diciembre de 2008, para

entregar los bienes conforme a lo solicitado por cada proveedor, en cumplimiento

de lo establecido en el numeral 5.10.1 del apartado 5.10, “De las Prórrogas”, de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

280 VOLUMEN 5/13

4. Se comprobó que las 3,691 piezas de mobiliario adquiridas fueron dadas de alta en

el padrón inventarial de la dependencia, y que a cada una de ellas le fue asignado

un número de inventario individualizado, que corresponde a las claves del Catálogo

de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios (CABMS).

5. Respecto de la entrega de siete partidas de mobiliario a las áreas solicitantes, se obtuvo

lo siguiente:

a) En cuanto a la adquisición de 280 sillas periqueras, 358 escritorios secretariales

y 2,900 sillas secretariales adquiridas por medio del contrato núm.

PGJDF/DACS-090/2008, a la fecha de conclusión de la fase de ejecución de la

auditoría (noviembre de 2009) sólo habían sido entregadas a las áreas requirentes

121 sillas periqueras, 260 escritorios y 1,399 sillas secretariales y el resto de los

bienes estaba en el almacén (159 sillas periqueras, 98 escritorios y 1,501 sillas

secretariales).

b) Respecto a las 50 mesas auxiliares adquiridas por medio del contrato

núm. PGJDF/DACS-091/2008, se constató que todas fueron entregadas a las áreas

requirentes.

c) En cuanto a la adquisición de 50 archiveros metálicos de 11 gavetas, 5 archiveros

de 5 gavetas y 48 mesas tipo tablón plegable, por medio del contrato

núm. PGJDF/DACS-092/2008, se detectó que a la fecha de conclusión de la

fase de ejecución de la auditoría (noviembre de 2009) quedaban por entregar

36 mesas.

Respecto a la existencia en el almacén de bienes adquiridos en 2008, la Subdirección

de Almacenes de la Dirección de Control de Bienes de la DGRMSG de la PGJDF,

mediante nota informativa sin número de fecha 2 de diciembre de 2009, informó que

en 2008 se remodelaron únicamente 23 Agencias del Ministerio Público, en las cuales

se distribuyó mobiliario, independientemente de las necesidades que fueron solventadas a

las áreas que integran la PGJDF, por lo que se reservó mobiliario adquirido tanto en 2008

como en el presente año para poder suministrarlo a las 19 Agencias del Ministerio

Público restantes una vez que sean remodeladas y acondicionadas.

281 VOLUMEN 5/13

Los bienes fueron entregados a los usuarios finales por medio de los formatos

“Requerimiento de Material y/o Equipo”, que no corresponden a los indicados en el Manual

de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles.

Además, en el espacio destinado al concepto se asentaron diferentes denominaciones

para bienes del mismo tipo.

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio núm.

700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó el oficio núm. 703/025/2009 de fecha 5 de enero de 2010, por medio del

cual el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales informó

que, “en referencia a la utilización de formatos diferentes a los establecidos en el

Manual de Normas y Procedimientos para la Recepción, Control y Suministro de

Bienes Muebles, el cambio de formato sólo considera un reacomodo en las columnas

de datos para facilitar el uso del mismo […] no modifica la información en él

contenida; sin embargo, se dio conocimiento del mismo a las áreas que integran

esta dependencia a través de correo electrónico con fecha 30 de diciembre de 2009,

indicando que será el único válido para requerir bienes del almacén central”;

y presentó copia del formato “Requerimiento de Material o Equipo”, en el que se

observa la modificación de las columnas indicadas; no obstante, para requerir material

y equipo el sujeto fiscalizado utilizó formatos distintos a los establecidos en el manual

de normas y procedimientos correspondiente, por lo que la observación del presente

numeral no se modifica.

Lo anterior denota deficiencias de control interno en los trámites que la PGJDF realiza

para suministrar los bienes adquiridos a las áreas solicitantes y en el llenado del

formato utilizado para tal efecto en 2008, por lo que incumplió el artículo 16, fracción I,

inciso h), Tercer Lineamiento: “Actividades de Control” de los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007.

6. Para constatar la existencia, uso y resguardo del mobiliario, se realizó la inspección

física de 179 de las 3,691 piezas adquiridas y se determinó que 106 bienes no han sido

asignados y están en el almacén; los 73 bienes restantes cuentan con resguardos

282 VOLUMEN 5/13

globales, firmados por los Enlaces Administrativos de cada una de las unidades

administrativas de la PGJDF en las que se encuentran asignados, e individuales, firmados

por el servidor público que utiliza el bien. Los resguardos debidamente requisitados

y los bienes se encontraron en buenas condiciones y en uso.

7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01055, 14-C0-00-01056, 14-C0-00-01061

y 14-C0-00-01074, por un importe total de 5,695.4 miles de pesos, se comprobó que la

primera está soportada con las facturas núms. 1233, 1235 y 1239, emitidas por Armai

Muebles, S.A. de C.V.; la segunda, con la factura núm. 1467, emitida por Spazios

Innovación en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V.; y la tercera, con las facturas

núms. 4836 A, 4838 A y 4840 A, emitidas por Rodhermueblemex, S.A. de C.V.,

todas a nombre del Gobierno del Distrito Federal/PGJDF. Dichos documentos reúnen

los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del

Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por

Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008.

8. Por lo que corresponde al proceso de registro presupuestal, se constató que el registro

del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-090/2008, PGJDF/DACS-091/2008

y PGJDF/DACS-092/2008 se realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del

Gobierno del Distrito Federal y, por consiguiente, se cumplió el artículo 471, fracción II,

del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

9. Mediante los oficios núms. ASC/09/1575, ASC/09/1576 y ASC/09/1577, todos de fecha

12 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Rodhermueblemex,

S.A. de C.V.; Armai Muebles, S.A. de C.V.; y Spazios Innovación en Conceptos

de Oficina, S.A. de C.V., respectivamente, información de las operaciones realizadas

con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008.

Al respecto, los dos primeros proveedores proporcionaron diversa documentación, en

cuyo análisis se determinó que coincide con la entregada por la PGJDF, mientras que

el proveedor Spazios Innovación en Conceptos de Oficina, S.A. de C.V., no proporcionó

documentación alguna.

283 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-132-08-12-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente medidas

de control para garantizar que se informe al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de los procedimientos de invitación restringida a cuando menos

tres proveedores y de adjudicación directa que se deriven de licitaciones públicas

o invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores declaradas desiertas, una vez

que éstos se realicen.

Recomendación ASC-132-08-13-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control y supervisión que garanticen que cuando las unidades administrativas

con que cuenta la dependencia requieran bienes al almacén central, éstos se soliciten por

medio de los formatos establecidos en su Manual de Normas y Procedimientos para la

Recepción, Control y Suministro de Bienes Muebles; y que en dichos formatos se consignen

las mismas denominaciones para los bienes del mismo tipo.

Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

8. Resultado

En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 43,105.4 miles de pesos con cargo a la partida

5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, por medio de 14 CLC.

Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria del pago realizado a un

proveedor mediante las CLC núms. 14-C0-00-00981 y 14-C0-00-01088, por un importe

de 7,635.8 miles de pesos (17.7% del total ejercido en la partida), por la adquisición de

equipo de radiocomunicaciones, adjudicada directamente.

1. En la revisión del proceso de solicitud de bienes y de la autorización de su compra,

se determinó lo siguiente:

a) Para dar continuidad a la etapa de modernización de los sistemas de comunicaciones

y telecomunicaciones iniciada en el ejercicio de 2007, previo a la adquisición de los

284 VOLUMEN 5/13

bienes, con fechas 14 y 27 de mayo de 2008, la PGJDF realizó un sondeo de

mercado con la empresa EADS Telecom México, S.A. de C.V., quien el 16 de junio

de 2008 remitió la cotización respectiva por un monto de 38,179.3 miles de pesos.

Lo anterior, debido a que la empresa EADS Secure Netwoks SAS es el fabricante

de los sistemas y equipos de radiocomunicación troncalizados con tecnología digital

encriptada, bajo la norma TETRA-ETSI, y tiene como representante único en la

República Mexicana a su filial EADS Telecom México, S.A. de C.V., para vender,

distribuir y prestar servicios a los equipos correspondientes al sistema TETRA.

Cabe mencionar que el sondeo de mercado de fecha 27 de mayo de 2008 fue

actualizado con fecha 21 de julio de 2008, debido a que el primero presentaba

un error en el precio unitario de uno de los bienes cotizados.

b) Mediante el oficio núm. SFDF/0196/2008 de fecha 20 de junio de 2008, la SF autorizó

a la PGJDF comprometer recursos para la adquisición de radios portátiles,

móviles y base para el sistema de radiocomunicación TETRA, por 7,646.9 miles

de pesos para 2008, 15,293.8 miles de pesos para 2009 y 15,293.8 miles de

pesos para 2010.

c) La suficiencia presupuestal fue otorgada mediante el oficio núm. 701/2153/2008

de fecha 1o. de julio de 2008 y el formato núm. DGPOP-701-SP-0105-08, emitidos

por la DGPOP por un importe total de 38,179.3 miles de pesos con cargo a la

partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, con

la finalidad de llevar a cabo los trámites necesarios para la adquisición del equipo

de radiocomunicación durante 2008, 2009 y 2010.

d) Por medio de la requisición núm. 208-2008 de fecha 14 de julio de 2008, la DGTSI

de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de 1,500 radios portátiles,

300 radios móviles, 80 radios base, 1,500 clips giratorios y 1,880 licencias de

software de administración y control de usuarios.

Dicho formato fue debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia

en el Almacén Central” y la justificación que señala que el equipo se necesita

285 VOLUMEN 5/13

para complementar el número de radios que requieren las áreas sustantivas

de la PGJDF, con la finalidad de lograr un equipamiento en materia de

radiocomunicación al 100.0%.

2. En la revisión del expediente del procedimiento de adquisición mediante adjudicación

directa, se determinó lo siguiente:

a) Con fecha 19 de julio de 2008, se elaboró un cuadro de adjudicación para la

adquisición de los bienes, solicitados con la requisición núm. 208-2008, con el

proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., por un monto de 38,179.3 miles

de pesos.

b) En su séptima sesión ordinaria, realizada el 22 de julio de 2008, el Subcomité

Técnico de Intercomunicaciones del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno del Distrito Federal

dictaminó favorablemente la adquisición de 1,500 equipos de radiocomunicación

portátiles con clip giratorio incluido, 300 equipos de radiocomunicación móviles,

80 equipos de radiocomunicación base y 1,880 licencias de administración y

control de usuarios; y emitió el dictamen técnico núm. STI/ST/070/08, con vigencia

hasta el 31 de diciembre de 2008, en cumplimiento del numeral 8.1.2 del apartado 8,

“Servicios Generales”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de

abril de 2007; y del oficio circular núm. 0003 de fecha 15 de abril de 2005, emitido

por el Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno del Distrito Federal.

c) Con el oficio núm. SEDECO/DICT/341-J/2008 de fecha 24 de julio de 2008, la

Secretaría de Desarrollo Económico autorizó la omisión del grado de integración

nacional respecto de la adquisición de equipos y aparatos de comunicaciones y

telecomunicaciones, en cumplimiento del penúltimo párrafo de la fracción II del

artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

286 VOLUMEN 5/13

d) El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

PGJDF aprobó la adjudicación directa por excepción a la licitación pública, por un

importe de 38,179.3 miles de pesos, bajo un esquema multianual (tres años),

en la octava sesión ordinaria del 28 de agosto de 2008, con fundamento en

los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

y 27, inciso c; 28; 52; y 54, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigentes en 2008.

Para tal efecto, se contó previamente con la autorización del titular de la PGJDF y

la justificación fundada y motivada por éste, en cumplimiento del penúltimo

párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2008.

e) La PGJDF formalizó el contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 de fecha 19 de

septiembre de 2008 con el proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., por un

monto de 38,179.3 miles de pesos, para la adquisición de radios con accesorios

y software de administración y control de usuarios.

Cabe mencionar que del importe total adjudicado al proveedor, 7,635.8 miles de

pesos correspondieron a la primera anualidad, en razón de que es un contrato

multianual (tres años).

3. Respecto al cumplimiento del contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008, se determinó

lo siguiente:

a) El contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 se formalizó previo a la adquisición

de los bienes, en cumplimiento del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2008; y reúne los requisitos mínimos establecidos

para tal efecto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal.

b) El proveedor adjudicado presentó la póliza de fianza de fecha 19 de septiembre

de 2008, por un importe de 4,979.9 miles de pesos, expedida por Afianzadora

Insurgentes, S.A. de C.V., en favor de la SF para garantizar el cumplimiento

287 VOLUMEN 5/13

de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato, en cumplimiento del

artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2008.

c) En la cláusula quinta “Tiempo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”,

se indicó que 500 radios portátiles, 150 radios móviles, 500 clips giratorios

y 650 licencias de software se entregarían 15 días naturales después de la firma

del contrato (4 de octubre de 2008), y el resto de los bienes 120 días naturales

después de la firma del contrato (17 de enero de 2009).

Al respecto, en la revisión de los formatos “Recepción de Bienes” y las remisiones

del proveedor, se constató que los bienes de la primera entrega ingresaron

al almacén con fecha 15 de octubre de 2008, es decir, con un desfase de 11 días

naturales respecto de la fecha pactada, razón por la cual la PGJDF aplicó al

proveedor una pena convencional de 1,235.0 miles de pesos, la cual fue calculada

adecuadamente, en cumplimiento de lo pactado en la cláusula decimoséptima

“Penas convencionales” del contrato.

Por lo que corresponde a la segunda entrega de los bienes, se constató que ésta

se realizó en tiempo y forma.

4. Se comprobó que los equipos de comunicaciones y telecomunicaciones fueron dados

de alta en el padrón inventarial de la dependencia, que a cada uno de ellos le

fue asignado un número de inventario individualizado que corresponde a las claves

del CABMS.

5. La totalidad de los bienes adquiridos por medio del contrato núm. PGJDF/DACS-

060/2008 fueron entregados por el almacén de la PGJDF a la DGTSI de la Oficialía

Mayor de la PGJDF por medio de los formatos “Requerimiento de material y/o equipo”,

los cuales cuentan con nombre, cargo y firma de los servidores públicos responsables

de entregar y de recibir los bienes.

6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los equipos de comunicación, se

realizó la inspección física de 102 de los 1,880 radios adquiridos y se determinó

288 VOLUMEN 5/13

que cuentan con sus resguardos globales e individuales, debidamente requisitados

y firmados por los servidores públicos que los tienen asignados. Además, se observó

que los radios se encontraban en buenas condiciones y en operación.

7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-00981 y 14-C0-00-01088, por un importe

de 6,400.8 miles de pesos, se comprobó que están soportadas con las facturas

núms. 6212 y 6327, respectivamente, ambas a nombre del Gobierno del Distrito

Federal/PGJDF. Dichas facturas cumplen los requisitos fiscales y administrativos

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el

numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigentes en 2008.

Cabe mencionar que el monto de las facturas ascendió a 7,635.8 miles de pesos;

sin embargo, del pago realizado al proveedor se descontaron 1,235.0 miles de pesos

correspondientes a la pena convencional por la entrega extemporánea de los bienes.

La PGJDF elaboró la CLC de operaciones ajenas correspondiente al entero de dicho

importe a la SF.

8. Se constató que el registro del pago del contrato núm. PGJDF/DACS-060/2008 se

realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, en

cumplimiento del artículo 471, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal

vigente en 2008.

9. Mediante el oficio núm. ASC/09/1578 de fecha 12 de octubre de 2008, la CMHALDF

solicitó al proveedor EADS Telecom México, S.A. de C.V., información de las operaciones

realizadas con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008.

Al respecto, con oficio sin número de fecha 20 de octubre de 2009, el proveedor

proporcionó diversa documentación, en cuyo análisis se determinó que corresponde

a la proporcionada por la PGJDF.

289 VOLUMEN 5/13

Partida 5206 “Bienes Informáticos”

9. Resultado

En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 28,748.0 miles de pesos con cargo a la partida

5206 “Bienes Informáticos”, por medio de cuatro CLC. Se revisó la documentación

justificativa y comprobatoria del pago realizado a dos proveedores mediante las CLC

núms. 14-C0-00-01035, 14-C0-00-01063 y 14-C0-00-01079, por 28,667.8 miles de pesos

(99.7% del total ejercido en la partida), para la adquisición de equipo informático mediante

el procedimiento de licitación pública internacional.

1. En la revisión del proceso de solicitud de los bienes y de la autorización de la compra,

se determinó lo siguiente:

a) Por medio de la requisición núm. 145-2008 de fecha 1o. de septiembre de 2008,

la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF solicitó la adquisición de los siguientes

bienes:

Partidas Concepto Cantidad

1 Equipo de fuerza ininterrumpida UPS 1,700 2 Escáner de cama plana 20 3 Escáner de alta velocidad 1 4 Computadora de escritorio de 2GB en RAM, monitor LCD

de 17 pulgadas, incluye Office 2003 en español sin licencia

1,200 5 Computadora portátil tipo Lap Top de 2GB en RAM,

incluye Office 2003 en español sin licencia

60 6 Videoproyector de 2200 lúmenes 10 7 Computadora de desarrollo de 3 GB en RAM,

incluye Office 2003 en español sin licencia

500 8 Terminal lectora de marcas ópticas a lápiz y tinta 2 9 Impresora láser blanco y negro de 50 ppmm 250

10 Impresora láser a color 20

Total 3,763

Dicho formato fue debidamente requisitado y cuenta con el sello de “No Existencia

en el Almacén Central” y con la justificación que señala que se requiere mantener

la infraestructura informática en óptimas condiciones, por lo que es necesaria la

sustitución de los bienes dañados y obsoletos, los cuales en su mayoría tienen

más de ocho años en operación continua y un funcionamiento deficiente o nulo.

290 VOLUMEN 5/13

b) La suficiencia presupuestal fue otorgada por medio de los oficios núms. 701/1562/2008, 701/2176/2008 y 701/3231/2008 de fechas 13 de mayo, 1o. de julio y 30 de septiembre de 2008 y con los formatos DGPOP-701-SP-072Bis-08 y DGPOP-701-SP-167-08 emitidos por la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por un importe total de 42,783.4 miles de pesos, con cargo a la partida 5206 “Bienes Informáticos”. Dicho importe fue determinado con base en el sondeo de mercado realizado previamente al proceso de adquisición de los bienes.

c) Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1045/2008 de fecha 23 de mayo de 2008, la DGRMSG de la OMGDF autorizó a la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF la liberación de los recursos para poder atender los requerimientos de bienes informáticos y licencias de software de las diversas unidades sustantivas de la dependencia y así contar con una mejor infraestructura informática en esa institución, en cumplimiento del numeral 4 del apartado I, “Generalidades”, de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 8 de mayo de 2008.

d) Con el oficio núm. CGMA/DPI/1348/08-DT075 de fecha 23 de junio de 2008, el Comité de Informática de la CGMA emitió dictamen técnico con vigencia al 23 de septiembre de 2008, mediante el cual autorizó la adquisición de bienes informáticos, en cumplimiento del numeral 9.2.15 del apartado 9, “Informática del GDF”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

e) Mediante los oficios núms. SEDECO/DICT/506-O/2008 y SEDECO/DICT/543-O/2008 de fechas 13 y 23 de octubre de 2008, respectivamente, la Secretaría de Desarrollo Económico emitió el dictamen con el que autorizó la omisión del grado de integración nacional, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, para la adquisición de bienes informáticos y licencias de software por un monto de 42,783.4 miles de pesos, en cumplimiento del penúltimo párrafo de la fracción II del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

291 VOLUMEN 5/13

2. En la revisión del expediente de la licitación pública internacional núm. 30100001-011-08,

se determinó lo siguiente:

a) Por tratarse de una licitación pública internacional, el Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios no dictaminó dicha adquisición.

b) En la Vigesimoséptima reunión del Grupo de Trabajo para el Análisis de las Bases

y especificaciones de la licitación pública internacional para la adquisición de bienes

informáticos y licencias de software, se aprobó la emisión de las bases referidas.

c) Con fecha 22 de octubre de 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal la convocatoria núm. 011-08 a la licitación pública internacional

núm. 30100001-011-08, en cumplimiento de los artículos 26 y 32 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento vigentes en 2008.

Las bases de la licitación pública internacional núm. 30100001-011-08, para la

adquisición de bienes informáticos y licencias de software, reunieron los requisitos

establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 37 de su Reglamento vigentes en 2008, y fueron adquiridas por 16 licitantes.

d) El expediente de la licitación pública internacional se integró con la documentación

derivada del proceso: requisición; convocatoria; bases; actas de aclaración de

bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de la documentación legal

y administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas; dictamen

de evaluación de propuestas; listas de asistencias de los proveedores; documentación

legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas y entregadas

conforme a la normatividad aplicable.

e) Derivado del fallo de la licitación pública internacional, se adjudicaron los contratos

núms. PGJDF/DACS-085/2008 (partida 1) al proveedor Conectividad en Equipos

de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., por 3,110.2 miles de pesos (IVA incluido);

y PGJDF/DACS-086/2008 (partidas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10) al proveedor Eclecsis

Sinergia y Tecnología, S. de R. L., por 39,414.0 miles de pesos (IVA incluido),

ambos de fecha 14 de noviembre de 2008, toda vez que ofrecieron las mejores

292 VOLUMEN 5/13

condiciones y se sujetaron a lo establecido en las bases de la licitación pública

internacional. Las partidas 2 (escáner de cama plana) y 3 (escáner de alta velocidad)

se declararon desiertas.

Cabe mencionar que del importe total adjudicado a dichos proveedores, por

42,524.2 miles de pesos, el 67.4% (28,667.8 miles de pesos) se pagó con recursos

fiscales de la PGJDF y el 32.6% (13,856.4 miles de pesos) restante con recursos del

FOSEGDF.

3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008

y PGJDF/DACS-086/2008, se determinó lo siguiente:

a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos establecidos en las bases de la

licitación pública internacional y reúnen los requisitos mínimos que establece

el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008.

b) Los proveedores contratados presentaron las pólizas de fianza, ambas de fecha

14 de noviembre de 2008, por importes de 405.7 miles de pesos y 5,140.9 miles

de pesos, ambas expedidas por Fianzas Monterrey, S.A., en favor de la SF

para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos

núms. PGJDF/DACS-085/2008 y PGJDF/DACS-086/2008.

c) En la cláusula quinta “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”

de los dos contratos se pactó que el plazo para la entrega, instalación, configuración y

puesta en operación de los bienes adjudicados sería de 40 días naturales posteriores

a la formalización de los contratos (la fecha límite sería el 26 de diciembre de 2008).

En la revisión de los formatos “Recepción de Bienes”, se constató que los bienes

fueron entregados por los proveedores el 11 y 16 de diciembre de 2008, en tiempo

y forma.

4. Se comprobó que los bienes informáticos fueron dados de alta en el padrón inventarial

de la dependencia y que a cada uno de ellos le fue asignado un número de inventario

individualizado que correspondió con las claves del CABMS.

293 VOLUMEN 5/13

5. La totalidad de los bienes informáticos adquiridos por medio de los contratos

núms. PGJDF/DACS-085/2008 y PGJDF/DACS-086/2008 fueron entregados por el

almacén de la PGJDF a la DGTSI de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por medio de los

formatos “Requerimiento de Material y/o Equipo”, los cuales cuentan con el nombre,

cargo y firma de los servidores públicos responsables de entregar y recibir los bienes.

6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los equipos informáticos, se realizó la

inspección física de 139 de los 3,356 bienes informáticos adquiridos y se determinó que

todos cuentan con sus resguardos globales e individuales, firmados por los servidores

públicos que los tienen asignados y debidamente requisitados. Además, se verificó

que los equipos informáticos se encontraban en buenas condiciones y en operación.

7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01035, 14-C0-00-01063 y 14-C0-00-01079,

por un importe de 28,667.8 miles de pesos, se comprobó que están soportadas con las

facturas núms. 298 a 336, 340 a 350, 419 y 453 a 470, todas a nombre del Gobierno

del Distrito Federal/PGJDF, las cuales incluyen los números de serie de los equipos

informáticos adquiridos y reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado

IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008.

8. Se constató que el registro del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-085/2008

y PGJDF/DACS-086/2008 se realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del

Gobierno del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 471, fracción II, del Código

Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

9. Mediante los oficios núms. ASC/09/1579 y ASC/09/1580, ambos de fecha 12 de

octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Conectividad en Equipos

de Telecomunicaciones, S.A. de C.V., y Eclecsis Sinergia y Tecnología, S. de R. L.,

respectivamente, información de las operaciones realizadas con la PGJDF por el período

del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008. Al respecto, ambos proveedores

proporcionaron diversa documentación, en cuyo análisis se determinó que coincide

con la entregada por la PGJDF.

294 VOLUMEN 5/13

Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

10. Resultado

En 2008, la PGJDF ejerció un monto de 42,377.0 miles de pesos, con cargo a la partida

5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas

Públicos”, por medio de siete CLC. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria

del pago realizado a cuatro proveedores mediante las CLC núms. 14-C0-00-01034,

14-C0-00-01043, 14-C0-00-01048 y 14-C0-00-01090, por un importe total de 32,679.6 miles

de pesos (77.1% del total ejercido en la partida), por la adquisición de vehículos automotores

terrestres y motocicletas mediante procedimiento de licitación pública internacional.

1. En la revisión del proceso de solicitud de los bienes y la autorización de la compra, se

determinó lo siguiente:

a) Por medio de nueve formatos de “Requisición”, todos de fecha 25 de septiembre

de 2008, la Dirección de Control de Bienes de la DGRMSG de la Oficialía Mayor

solicitó la adquisición de los 343 vehículos siguientes:

Número de requisición

Concepto Cantidad

334 Equipo nuevo de arrastre y salvamento de vehículos que cumpla la NOM-053-SCT-2-1999 4 335 Equipo de plataforma de acero con piso antiderrapante para el salvamento de 2 vehículos,

uno sin rodar que cumpla con la NOM-053-SCT-2-1999

4 336 Microbús para 24 pasajeros 4 337 Camioneta para 8 pasajeros 14 Camioneta tipo Pick Up 9 338 Automóvil utilitario tipo 1 45 Automóvil utilitario tipo 2 45 339 Automóvil utilitario tipo 3 30 Automóvil utilitario tipo 4 44 340 Automóvil utilitario tipo 5 20 Automóvil utilitario tipo 6 50 Automóvil utilitario tipo 7 20 341 Camioneta tipo Estacas de 3.5 4 342 Motocicleta tipo CG cargo 125 50 Total 343

Dichos formatos fueron debidamente requisitados y cuentan con el sello de

“No Existencia en el Almacén Central” y la justificación que señala que para la

consecución de las atribuciones de la PGJDF es necesario contar con un parque

295 VOLUMEN 5/13

vehicular confiable y en óptimas condiciones de operación para el buen desempeño

de las funciones y programas inherente a la procuración de justicia a cargo de la

dependencia.

b) La suficiencia presupuestal fue otorgada mediante el oficio núm. 701/3092/2008

de fecha 17 de septiembre de 2008 y con el formato núm. DGPOP/701/SP/150/08,

emitidos por la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF, por un monto de

49,981.3 miles de pesos con cargo a la partida 5303 “Vehículos y Equipo

Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. Dicho monto

corresponde a recursos fiscales y se determinó con base en los sondeos de

mercado realizados previamente al proceso de adquisición de los bienes.

c) Mediante los oficios núms. 703/3414/08 y 703/3569/08 de fechas 3 y 15 de octubre

de 2008, respectivamente, la DGRMSG de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió

a la OMGDF el formato DAABR “Documento para la Autorización de Adquisiciones

de Bienes Restringidos”, con la finalidad de obtener su autorización para adquirir

343 vehículos con cargo a la partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados

a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. Al respecto, con

los oficios núms. OM/DGRMSG/2043/2008 y OM/DGRMSG/2093/2008 de fechas

13 y 21 de octubre de 2008, respectivamente, la OMGDF autorizó la adquisición

de los bienes, en cumplimiento del artículo 37 del Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

d) Mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/544-O/2008 de fecha 23 de octubre de 2008,

la Secretaría de Desarrollo Económico emitió el dictamen con el que autorizó la

omisión del grado de integración nacional, con vigencia hasta el 31 de diciembre

de 2008, para la adquisición de diversos vehículos, en cumplimiento del penúltimo

párrafo de la fracción II del artículo 30 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2008.

2. En la revisión del expediente de la licitación pública internacional núm. 30100001-012-

08, se determinó lo siguiente:

a) Por tratarse de una licitación pública internacional, el Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios no dictaminó dicha adquisición.

296 VOLUMEN 5/13

b) En la trigésima reunión del Grupo de Trabajo para el Análisis de las Bases y

Especificaciones de la licitación pública internacional para la adquisición de vehículos

automotores terrestres y motocicletas, se aprobó la emisión de las bases referidas.

c) Con fecha 29 de octubre de 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal la convocatoria núm. 012-08 a la licitación pública internacional

núm. 30100001-012-08, en cumplimiento de los artículos 26 y 32 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento vigentes en 2008.

d) Las bases de la licitación pública internacional núm. 30100001-012-08 para la

adquisición de vehículos automotores terrestres y motocicletas reúnen los requisitos

establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 37 de su Reglamento vigentes en 2008.

e) El expediente de la licitación pública internacional se integró con la documentación

derivada del proceso, como: requisición; convocatoria; bases; actas de aclaración

de bases, de recepción de propuestas, de fallo, de recepción de la documentación

legal y administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas;

dictamen de evaluación de propuestas; listas de asistencias de los proveedores;

documentación legal; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas

y entregadas conforme a la normatividad aplicable.

f) Derivado del fallo de licitación pública internacional, se adjudicaron los contratos

núms. PGJDF/DACS-093/2008 al proveedor Comercializadora Promotodo,

S.A. de C.V., por 3,268.8 miles de pesos (IVA incluido); PGJDF/DACS-094/2008

al proveedor Auto Comercial Sica, S.A. de C.V., por 16,001.6 miles de pesos

(IVA incluido); PGJDF/DACS-095/2008 al proveedor Autos Orientales, S.A. de C.V.,

por 33,404.2 miles de pesos; y PGJDF/DACS-096/2008 a Kasa Automotriz,

S.A. de C.V., por 42,962.5 miles de pesos, todos del 14 de noviembre de 2008.

Las partidas relacionadas con los automóviles sedán utilitario tipos 3, 5 y 6; con

las grúas de arrastre y de plataforma, y con la camioneta tipo Pick Up se declararon

desiertas.

Cabe mencionar que de los 95,637.1 miles de pesos pagados a dichos proveedores

34.2% (32,679.6 miles de pesos) se pagó con recursos fiscales de la PGJDF,

297 VOLUMEN 5/13

0.4% (366.3 miles de pesos) correspondieron a adeudos de ejercicios anteriores

y el 65.4% (62,591.2 miles de pesos) restante se cubrió con recursos del FOSEGDF.

3. Respecto al cumplimiento de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008,

PGJDF/DACS-094/2008, PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, se

determinó lo siguiente:

a) Los contratos se formalizaron dentro de los plazos establecidos en las bases de la

licitación pública internacional y reúnen los requisitos mínimos que establece

el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008.

b) Los proveedores adjudicados presentaron las pólizas de fianza correspondientes,

todas de fecha 14 de noviembre de 2008, por importes de 426.4 miles de

pesos, 2,087.2 miles de pesos, 4,487.5 miles de pesos y 5,603.8 miles de pesos,

las primeras dos expedidas por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., la tercera por

Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., y la última por Primero Fianzas, S.A. de C.V.,

en favor de la SF, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo

derivadas de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,

PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008, respectivamente.

c) En la cláusula séptima “Plazo de Entrega, Recepción y Verificación de los Bienes”

de los cuatro contratos se pactó que la fecha de entrega de los vehículos

sería dentro de los 40 días naturales posteriores a la celebración de los contratos

(26 de diciembre de 2008).

De acuerdo con los formatos “Recepción de Bienes”, los vehículos fueron

entregados por los proveedores los días 1o., 11, 19 y 24 de diciembre de 2008,

en tiempo y forma; además, con dichos formatos las áreas solicitantes también

recibieron los vehículos para su uso y resguardo.

d) En la cláusula octava “Garantía de Fabricación y Sustitución de los Bienes”, se

pactó que en caso de que algún equipo sufriera algún siniestro o falla, se debería

hacer valer la garantía de fabricación y, en su caso, aplicar penas convencionales.

298 VOLUMEN 5/13

Al respecto, con el oficio núm. 703/04148/2009 de fecha 18 de noviembre de 2009,

la PGJDF informó que no tenía conocimiento de que hubiese sido necesario

aplicar la garantía de cumplimiento de contrato por haber sufrido algún siniestro

o falla en el equipo integrado.

e) Los proveedores entregaron a la PGJDF cartas compromiso con las que se obligaron

a contar con refacciones y partes en el mercado durante un período mínimo de

cinco años, en cumplimiento de la cláusula novena “Refacciones” de los contratos.

f) Los proveedores entregaron por escrito a la PGJDF el programa de mantenimiento

y servicio recomendado para los vehículos y el equipo especial integrado, que se

pactó en la cláusula décima “Programa de Mantenimiento” de los contratos

formalizados el 14 de noviembre de 2008.

g) Los proveedores proporcionaron a la PGJDF un juego de manuales originales, así

como pólizas de garantía en español, como dispone la cláusula undécima “Manuales”

de los contratos.

4. Se comprobó que los vehículos fueron dados de alta en el padrón inventarial de

la dependencia y que a cada uno de ellos le fue asignado un número de inventario

individualizado que correspondió con las claves del CABMS.

5. Mediante los oficios núms. 703/265/2009 y 703/378/2009 de fechas 29 de enero

y 20 de febrero de 2009, respectivamente, la PGJDF remitió a la DGRMSG

de la OMGDF una relación de los vehículos adquiridos durante el ejercicio de 2008,

para su inclusión en la póliza de seguros para “Autos y Camiones” de la compañía

Axa Seguros, S.A. de C.V., por los ejercicios de 2008 y 2009, en cumplimiento

de lo establecido en el apartado 8.5, “Prevención de Riesgos, Aseguramiento y

Recuperación de Siniestros”, de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del

13 de abril de 2007.

299 VOLUMEN 5/13

6. Para constatar la existencia, uso y resguardo de los vehículos, se realizó una

inspección física de 41 de los 247 vehículos adquiridos, que corresponden al contrato

núm. PGJDF/DACS-095/2008 formalizado con Autos Orientales, S.A. de C.V., por ser

el más significativo. Al respecto, se determinó que los vehículos cuentan con sus

resguardos, así como con su correspondiente tarjeta de circulación, factura y formato

de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Además, de 39 de los 41 vehículos seleccionados, se tomó el calca de los números

de serie de los vehículos, los cuales coinciden con los números de serie asentados en

las facturas correspondientes; y se observó que se encontraban en buenas condiciones

y en operación.

Respecto de los dos vehículos restantes, la PGJDF informó que fueron robados y que

se hicieron las gestiones correspondientes para el cobro de los seguros, los cuales

están en trámite; además, proporcionó copia de las respectivas actas levantadas ante

el Ministerio Público, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8.5, “Prevención

de Riesgos, Aseguramiento y Recuperación de Siniestros”, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente

a partir del 13 de abril de 2007.

7. En la revisión de las CLC núms. 14-C0-00-01034, 14-C0-00-01043, 14-C0-00-01048

y 14-C0-00-01090, por un importe de 32,679.6 miles de pesos, se comprobó que están

soportadas con relaciones de facturas y originales de las facturas que amparan los

247 vehículos adquiridos, todas a nombre del Gobierno del Distrito Federal/PGJDF,

las cuales reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los

artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y el numeral 4 del subapartado

IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

8. Por lo que corresponde al proceso de registro presupuestal, se constató que el registro

del pago de los contratos núms. PGJDF/DACS-093/2008, PGJDF/DACS-094/2008,

300 VOLUMEN 5/13

PGJDF/DACS-095/2008 y PGJDF/DACS-096/2008 se realizó conforme al Clasificador

por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 471,

fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008.

9. En el apartado A), “Explicación a la Variación del Ejercido respecto del Original”, del

Formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta

Pública que la DGPOP de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la Subsecretaría

de Egresos de la SF con el oficio núm. 701/1039/2008 de fecha 31 de marzo de 2008,

respecto al capítulo 5000 se informó que en 2008 se adquirieron 336 vehículos;

sin embargo, existe una diferencia de 43 vehículos respecto a los 293 que realmente

adquirió la PGJDF, como se muestra a continuación:

Bien Cantidad de vehículos Diferencia Informe

de Cuenta Pública CLC

Automóviles sedán 261 182 79 Camionetas 30 14 16 Microbuses 2 4 (2) Grúas 3 - 3 Camiones - 12 (12) Motocicletas 40 77 (37) Otros - 4* (4) Total 336 293 43

* Vehículos adquiridos con cargo a la partida 5301 “Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” que no fue objeto de revisión.

Lo anterior denota que no se consideraron los registros de los vehículos adquiridos

para la realización del Informe de Cuenta Pública, por lo que se incumplió el artículo 564

del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que establece: “Con base

en los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable

que emane de los registros de las dependencias […] comprendidas en el Presupuesto

de Egresos, la Secretaría integrará la Cuenta Pública y la someterá a la consideración del

Jefe de Gobierno para su presentación en los términos de la Constitución y del Estatuto”.

En la reunión de confronta celebrada el 8 de enero de 2010, con el oficio

núm. 700/0003/10 del 7 del mismo mes y año, el titular de la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó una nota informativa sin número de fecha 8 de enero de 2010, por medio

301 VOLUMEN 5/13

de la cual el Director General de Programación, Organización y Presupuesto informó que

“por un error involuntario se plasmó información en el Informe de Cuenta Pública 2008

[…] que se obtuvo de los contratos por un total de 336 vehículos; sin embargo, existe

una diferencia de 43 vehículos con respecto a los 293 vehículos que se pagaron

mediante CLC en el 2008. Derivado del análisis que se realizó de la adquisición de

vehículos durante el ejercicio presupuestal 2008, se identifica […] que de los 293 vehículos

adquiridos durante el ejercicio fiscal 2008, 4 vehículos corresponden a ADEFAS 2007.

De la diferencia de 43 vehículos que se reportaron de más en la Cuenta Pública 2008,

20 vehículos corresponden a ADEFAS 2008, y los 23 vehículos restantes se pagaron

con recursos FOSEG”; además, se proporcionó un cuadro cuyas cifras coinciden con

las determinadas por la CMHALDF.

El análisis de los argumentos de la PGJDF y de la documentación presentada, confirma

que la información asentada en el Informe de Cuenta Pública no correspondió

a la consignada en sus registros financieros, presupuestales y contables, por lo que la

observación del presente numeral no se modifica.

10. Mediante los oficios núms. ASC/09/1570, ASC/09/1571, ASC/09/1572 y ASC/09/1573,

todos de fecha 12 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a los proveedores Autos

Orientales, S.A. de C.V.; Auto Comercial Sica, S.A. de C.V.; Kasa Automotriz, S.A. de C.V.;

y Comercializadora Promotodo, S.A. de C.V., información de las operaciones realizadas

con la PGJDF por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2008. Al respecto,

los tres primeros proveedores proporcionaron diversa documentación que coincide con

la entregada por la PGJDF, mientras que el proveedor Comercializadora Promotodo,

S.A. de C.V., no proporcionó documentación alguna.

Recomendación ASC-132-08-14-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal por conducto de

la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control que garanticen que la información

que se asiente en el Informe de Cuenta Pública de la dependencia corresponda a la que

se consigne en sus registros financieros, presupuestales y contables, y al ejercicio fiscal

en que se realicen las operaciones.

303 VOLUMEN 5/13

I.17. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL

I.17.1. ANTECEDENTES

Para dar cumplimiento a la reforma del artículo 73, fracción VI, de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de

agosto de 1928, el Congreso de la Unión expidió el 31 de diciembre de ese mismo año

la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales y dispuso que el Gobierno del Distrito

Federal estuviera a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercería mediante

un órgano creado ex profeso, el Departamento del Distrito Federal.

Desde su creación, el Departamento del Distrito Federal consideró en su estructura

a la Oficialía Mayor para ejercer sus atribuciones en materia de administración.

En noviembre de 1983, se dio origen a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito

Federal y el 17 de enero de1984 a su Reglamento Interior.

El 28 de diciembre de 2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el nuevo

Reglamento de la Administración Pública del Distrito Federal y, con el oficio

núm. DGAPySPC/64/2000 de fecha 29 de diciembre de 2000, se autorizó la reestructuración

orgánica de la Oficialía Mayor y de sus unidades administrativas.

Atribuciones

El artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, establece

las atribuciones de la Oficialía Mayor:

“Artículo 33. A la Oficialía Mayor corresponde el despacho de las materias relativas a la

administración y desarrollo de personal; al servicio público de carrera; a la modernización

y simplificación administrativa; los recursos materiales; los servicios generales; el patrimonio

inmobiliario; y, en general, la administración interna del Distrito Federal.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

304 VOLUMEN 5/13

”I. Proponer al Jefe de Gobierno las medidas técnicas y políticas administrativas para

la organización, funcionamiento y modernización de la Administración Pública

del Distrito Federal;

”II. Diseñar, coordinar e implementar el desarrollo administrativo de las dependencias,

órganos desconcentrados y entidades paraestatales que integran la Administración

Pública del Distrito Federal;

”III. Establecer la normatividad y dictaminar las modificaciones a la estructura orgánica

de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”IV. Establecer la normatividad y vigilar la aplicación de los programas de

modernización, simplificación, desarrollo y mejoramiento administrativo, cuidando

la permanente comunicación con la población en cuanto a sus necesidades

respecto de los trámites que realiza y servicios que solicita;

”V. Establecer la normatividad y vigilar la aplicación a los programas de

desconcentración y descentralización del Distrito Federal;

”VI. Determinar la política de informática, diseñando los sistemas que se requieran para

optimizar el uso y la administración de los recursos;

”VII. Proponer al Jefe de Gobierno las normas y políticas tendentes al desarrollo

de las entidades paraestatales;

”VIII. Apoyar al Jefe de Gobierno en la conducción de las entidades paraestatales

agrupadas en cada subsector, y participar en la elaboración de sus respectivos

programas, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan General

de Desarrollo del Distrito Federal;

”IX. Recibir, clasificar, sistematizar y automatizar, a través del órgano que al efecto

se establezca, la información que en las materias registral, normativa, de trámites,

305 VOLUMEN 5/13

servicios y territorial le remitan las áreas competentes, para consulta de las

dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal y público en general;

”X. Operar la organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Público de Carrera

y vigilar su implementación de conformidad con las disposiciones jurídicas

aplicables;

”XI. Expedir lineamientos generales para la selección, evaluación, certificación

y promoción de los servidores públicos de la Administración Pública del Distrito

Federal, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

”XII. Definir en el marco del Servicio Público de Carrera las políticas de evaluación

del desempeño, así como establecer y supervisar los mecanismos relativos a las

promociones, estímulos y gratificaciones para los servidores públicos de carrera

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XIII. Establecer y controlar un sistema de transferencias con el propósito de permitir la

movilidad de servidores públicos de carrera dentro de la estructura de la

Administración Pública del Distrito Federal;

”XIV. Proponer al Jefe de Gobierno la designación o remoción, en su caso, de quienes

deban representar al Distrito Federal ante la Comisión Mixta de Escalafón, la

Comisión Mixta de Higiene y Seguridad y demás comisiones que se integren,

de conformidad con las disposiciones laborales aplicables;

”XV. Autorizar los tabuladores para el pago de los servidores públicos de la

Administración Pública del Distrito Federal centralizada y desconcentrada, así

como la normatividad y la política de sueldos y salarios del personal de la

Administración Pública del Distrito Federal, así como determinar las políticas,

normas y lineamientos administrativos respecto a la contratación de la prestación

de servicios profesionales que lleve a cabo la Administración Pública del Distrito

Federal;

306 VOLUMEN 5/13

”XVI. Intervenir en la formulación de las condiciones generales de trabajo, difundirlas

y vigilar su aplicación;

”XVII. Expedir los nombramientos del personal de la Administración Pública del Distrito

Federal, previo acuerdo de las dependencias, órganos desconcentrados

y entidades competentes;

”XVIII. Establecer la normatividad y las políticas de capacitación del personal de la

Administración Pública del Distrito Federal, en el marco del Servicio Público

de Carrera y de las disposiciones jurídicas aplicables;

”XIX. Establecer la normatividad correspondiente a los arrendamientos, enajenaciones

y adquisiciones que realice el Distrito Federal, así como respecto de los servicios

que le sean prestados e intervenir en unos y otros, de conformidad con las

disposiciones jurídicas aplicables;

”XX. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Distrito Federal cuidando

su mantenimiento, conservación y acondicionamiento, así como ordenar su

recuperación administrativa cuando proceda, y proponer al Jefe de Gobierno la

concesión del uso o la venta, en su caso, de dichos bienes;

”XXI. Dirigir y coordinar el Sistema de Valuación de Bienes del Gobierno del Distrito

Federal;

”XXII. Establecer la normatividad y control sobre la administración y enajenación de

bienes del patrimonio de la ciudad, así como el establecimiento de lineamientos

para su adquisición, uso y destino, conforme a los ordenamientos jurídicos

aplicables;

”XXIII. Establecer la normatividad, supervisar y evaluar la operación de las ventanillas

de atención ciudadana;

307 VOLUMEN 5/13

”XXIV. Celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios, escrituras públicas y demás

actos jurídicos de cualquier índole, necesarios para el ejercicio de las atribuciones

del órgano ejecutivo local, excepto los relativos a obra pública, los servicios

relacionados con ésta, la contratación de créditos o firma de títulos crediticios

y otros que sean atribución de otra dependencia, unidad administrativa u órgano

desconcentrado, o correspondan a una facultad indelegable del Jefe de Gobierno

del Distrito Federal, y

”XXV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Conforme al artículo 27 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2000,

la Oficialía Mayor tiene, además de las expresamente conferidas en la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, las siguientes atribuciones:

“Artículo 27. Corresponden al titular de la Oficialía Mayor […]

”I. Atender las necesidades administrativas de la Administración Pública Centralizada

del Distrito Federal;

”I bis. Apoyar a los titulares de las dependencias, unidades administrativas, unidades

administrativas de apoyo técnico-operativo y órganos desconcentrados en la

satisfacción de sus necesidades de servicios, recursos humanos y materiales para

su adecuado funcionamiento, así como apoyar en la instrumentación del Programa

de Modernización y Desarrollo Administrativo Integral;

”II. Establecer y difundir las políticas para regular la administración de recursos humanos

y materiales, de tecnología administrativa, de bienes y servicios informáticos,

de servicios generales, del patrimonio inmobiliario, del archivo documental y de los

bienes muebles, así como proponer aquellas relacionadas con las entidades;

308 VOLUMEN 5/13

”III. Conducir e impulsar la creación, desarrollo, operación, mantenimiento y modernización

de los sistemas del Servicio Público de Carrera, información, administración de

recursos humanos y materiales, organizacionales, tecnología administrativa, bienes

y servicios informáticos, servicios generales, del patrimonio inmobiliario, de los

bienes muebles y del archivo histórico documental;

”IV. Dirigir y resolver, con base en los lineamientos que fije el Jefe de Gobierno, los asuntos

del personal al servicio de la Administración Pública y conducir las relaciones laborales;

”V. Mantener actualizado el escalafón de los trabajadores y vigilar la adecuada difusión

de los movimientos y procesos escalafonarios;

”VI. Autorizar los viáticos y pasajes nacionales y tramitar ante el titular de la

Administración Pública del Distrito Federal la autorización de los pasajes

internacionales y los viáticos en el extranjero, previa validación de suficiencia

presupuestal emitida a las dependencias, órganos desconcentrados y entidades por

la Secretaría de Finanzas;

”VII. Imponer, reducir y revocar las sanciones administrativas a que se haga acreedor el

personal, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables,

sin perjuicio de las que les competan jurídica y administrativamente imponer a otras

autoridades;

”VIII. Determinar la terminación de los efectos del nombramiento de los trabajadores

de la Administración Pública;

”IX. Elaborar las normas y criterios para dictaminar las estructuras orgánicas

y ocupacionales de la Administración Pública, y someterlos a la aprobación del Jefe

de Gobierno;

”X. Definir, actualizar, modificar y, en su caso, aprobar las estructuras organizacionales

y ocupacionales, los catálogos de puestos, los tabuladores respectivos, y los

procedimientos de aplicación de remuneraciones, incentivos y estímulos;

309 VOLUMEN 5/13

”XI. Definir, normar y conducir los programas de mejoramiento de los sistemas

y procedimientos, relacionados con los trámites y servicios de atención al público;

”XII. Realizar estudios administrativos y dictaminar sobre la reorganización de las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico-Operativo, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública;

”XIII. Promover y coordinar los programas de intercambio en materia de Administración

Pública y de desarrollo organizacional;

”XIV. Definir y emitir las disposiciones administrativas necesarias para la prestación

de los servicios de la red electrónica digital en la Administración Pública;

”XV. Determinar y coordinar el Programa Institucional de Desarrollo Informático

del Distrito Federal;

”XVI. Requerir a las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-

Administrativos, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

la información, datos o la cooperación técnica para el desarrollo de sus funciones;

”XVII. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus

unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, las cuales se entenderán

delegadas;

”XVIII. Ejercer el presupuesto autorizado, para sus Unidades Administrativas y Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, así como el reintegro de los remanentes

presupuestales correspondientes, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva

o de Área encargada de la administración en su sector; de conformidad con lo que

señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

”XIX. Adquirir y vigilar la correcta utilización de los artículos de consumo, así como

del mobiliario y equipo que requieran las Unidades Administrativas y Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad

con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

310 VOLUMEN 5/13

”XX. Proyectar y supervisar la ejecución de obras de mantenimiento, remodelación

y reparación de los bienes señalados en la fracción anterior, así como autorizar la

contratación de los servicios generales y los que requieran Unidades Administrativas

y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad

con lo que señalen las disposiciones jurídicas aplicables;

”XXI. Formalizar, salvo que el Jefe de Gobierno establezca disposición distinta,

la contratación conforme a la Ley de Adquisiciones y Ley de Obras Públicas, para la

adecuada operación de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;

”XXII. Coordinar a las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la

administración de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico-Operativo responsables de la informática en los demás órganos de la

Administración Pública del Distrito Federal; y

”XXIII. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones jurídicas

y administrativas aplicables.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Oficialía Mayor

correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2007:

311 VOLUMEN 5/13

EGRESOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2008 2007 Variación

Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (1) - (2)

(3)

% (3) / (2)

(4)

Presupuesto original

Gasto total 635,140.9 100.0 653,268.3 100.0 (18,127.4) n.a.

Corriente 625,990.9 98.6 653,268.3 100.0 (27,277.4) n.a.

De capital 9,150.0 1.4 0.0 9,150.0 n.a.

Presupuesto ejercido

Gasto total 1,067,972.0 100.0 1,561,844.3 100.0 (493,872.3) n.a.

Corriente 714,455.5 66.9 672,728.7 99.9 41,726.8 6.2

De capital 353,516.4 33.1 889,115.6 0.1 (535,599.2) n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 983-1010.

n.a. No aplicable.

GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Importe Variación

Programado

(1)

Ejercido

(2)

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4)

2008

Gasto total 635,140.9 1,067,972.0 432,831.1 68.1

Corriente 625,990.9 714,455.5 88,464.6 14.1

De capital 9,150.0 353,516.4 344,366.4 3,765.2

2007

Gasto total 653,268.3 1,561,844.3 908,576.0 139.1

Corriente 653,268.3 672,728.7 19,460.4 3.0

De capital 0.0 889,115.6 889,115.6 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 983-1010.

n.a. No aplicable.

312 VOLUMEN 5/13

En 2008, la Oficialía Mayor tuvo una asignación para gasto programable de 635,140.9 miles

de pesos, que representó el 0.6% del importe total programado del Sector Central

del Gobierno del Distrito Federal (98,592,293.4 miles de pesos), y erogó 1,067,972.0 miles de

pesos, que representaron el 0.9% del monto ejercido por ese sector (112,100,188.7 miles

de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2008

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4)

Gasto total 635,140.9 100.0 1,067,972.0 100.0 432,831.1 68.1

Corriente 625,990.9 98.6 714,455.5 66.9 88,464.6 14.1

“Servicios Personales” 506,981.5 79.8 563,158.2 52.7 56,176.7 11.1

“Materiales y Suministros” 13,696.1 2.2 12,594.6 1.2 (1,101.5) n.a.

“Servicios Generales” 104,129.0 16.4 136,713.0 12.8 32,584.0 31.3

“Transferencias” 1,184.3 0.2 1,989.8 0.2 805.5 68.0

De capital 9,150.0 1.4 353,516.4 33.1 344,366.4 3,765.2

“Bienes Muebles e Inmuebles” 9,150.0 1.4 353,516.4 33.1 344,366.4 3,765.2

“Inversión Financiera y Otras Erogaciones” 0.0 n.a. 0.0 n.a. 0.0 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 745-759.

n.a. No aplicable.

Principales Programas

En 2008, la Oficialía Mayor ejecutó diversos programas de los Ejes Estratégicos “Reforma

Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes” y “Gestión Pública y Eficaz

y Responsabilidad de la Sociedad”, entre los que destacan los siguientes:

313 VOLUMEN 5/13

1. Eje Estratégico “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes”

Mediante el programa no prioritario 03 “Administración Pública”, la Oficialía Mayor se

propuso continuar las acciones relativas a la administración y desarrollo personal, la

modernización y simplificación administrativa, el establecimiento de políticas y medidas

administrativas para la mejor aplicación y administración de los recursos materiales y los

servicios generales, en beneficio de la Administración Pública del Distrito Federal, así

como el control y administración del patrimonio inmobiliario del Distrito Federal.

En el caso del programa no prioritario 5 "Conducción y Coordinación de la Política de

Desarrollo", las acciones se orientarían a realizar acciones de planeación coordinación y

supervisión de los trabajos y tareas encaminados a atender las necesidades

administrativas de la Administración Pública del Distrito Federal; coordinar la

instrumentación de políticas tendentes a regular los recursos humanos, materiales y los

servicios generales; conducir la evolución de las estructuras administrativas; y optimizar

los sistemas informáticos.

2. Eje Estratégico “Gestión Pública Eficaz y Responsabilidad de la Sociedad”

Las estrategias y objetivos trazados por la Oficialía Mayor en el programa prioritario 12

“Igualdad de Genero” se enfocaron a mejorar los procesos de administración de los

Centros de Desarrollo Infantil, así como los mecanismos de vigilancia del servicio

educativo-asistencial que se otorga a los hijos de las madres y padres trabajadores de la

Administración Pública Centralizada.

Programa no prioritario 19 “Cultura Esparcimiento y Deporte”

La Oficialía Mayor operó el programa no prioritario 19 “Cultura Esparcimiento y Deporte”

dado que fue la dependencia responsable de la administración y custodia temporal

del Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, cuyo objetivo principal es ofrecer

a la población un servicio social de calidad, atendiendo a diferentes segmentos de la

314 VOLUMEN 5/13

población, entre los que destacan las personas mayores de 60 años, jóvenes que realizan

diversas actividades físicas y población de edad media.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó dos auditorías financieras a la Oficialía Mayor.

315 VOLUMEN 5/13

I.17.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS

I.17.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/133/08

ANTECEDENTES

Para el ejercicio de 2008, la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) contó con un presupuesto

original para el capítulo 3000 “Servicios Generales” de 104,129.0 miles de pesos y ejerció

un monto de 136,713.0 miles de pesos, mostrando un incremento de 32,584.0 miles de

pesos (31.3%). Respecto a lo ejercido en 2007 por 106,957.2 miles de pesos, se registró

un incremento de 29,755.8 miles de pesos (27.8%).

Del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” por 136,713.0 miles de

pesos, destacó el correspondiente a las partidas 3301 “Honorarios” (60,746.9 miles de pesos)

y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles

Adheridos a los Mismos” (14,257.8 miles de pesos), que en suma ascendió a la cantidad

de 75,004.7 miles de pesos y significó el 54.8% del total erogado en el capítulo y el 7.0% del

total ejercido por la OM en 2008 (1,067,972.0 miles de pesos).

En el informe de la Cuenta Pública 2008 del ente, en el formato “ECG Análisis de Egresos

por Capítulo de Gasto” del apartado II. Egresos, la OM reportó que:

“El mayor gasto registrado en el rubro de Servicios Generales respecto del presupuesto

original autorizado por 32,583,988.51 pesos, se explica por una mayor erogación de recursos

efectuada para cubrir el pago de los servicios de avalúo contratados por la Dirección

General de Patrimonio Inmobiliario con los Colegios de Profesionistas para la realización

y dictaminación de los avalúos en materia de bienes muebles, inmuebles y fiscales

requeridos por la Administración Pública del Distrito Federal y por particulares; así como

por el pago de los prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios

asimilados, que durante el ejercicio prestaron sus servicios en la Oficialía Mayor así como

en las distintas unidades que le están adscritas.

316 VOLUMEN 5/13

”Impactaron también los recursos ejercidos con motivo de la custodia temporal del Centro

Social y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’, dentro del cual se realizaron diversas

acciones entre las que se encuentran las reparaciones y adecuaciones a las oficinas

y áreas administrativas del Deportivo; el mantenimiento al empastado de las canchas de

futbol; la contratación del servicio de acondicionamiento acústico para el Auditorio del

Deportivo; así como la contratación de los servicios para el mantenimiento y adecuación

de diversos espacios físicos que incluyó la aplicación de pintura vinílica y de esmalte,

suministro e instalación de wc y mingitorios, instalación de lambrín cerámico y de piso

cerámico, instalación y suministro de regaderas, suministro y colocación de generadores

de vapor y puertas de acceso en los baños de hombres y mujeres, suministro e instalación de

un tanque hidroneumático de 180 galones y una bomba de 2HP, suministro e instalación

de un calentador de agua a gas para 10 servicios, suministro y aplicación de pintura

vinílica en el Salón de Usos Múltiples, instalación de lámparas para plafón y para pared

y aplicación de pintura de esmalte en cancelería, además de trabajos de mantenimiento

en general a los espacios interiores del Auditorio, a la cabina de control en el mismo;

la sustitución del domo en acceso al edificio principal; la protección del espacio de la

subestación eléctrica; los trabajos de mantenimiento al espacio para cocina; la adecuación del

área de squash para gimnasio, las adecuaciones a los baños de hombres y mujeres en el

Salón de Usos Múltiples, en la zona de canchas de futbol y en el módulo de vigilancia,

el suministro y colocación de domo de policarbonato entre el Salón de Usos Múltiples

y casetas, así como la adecuación a la bahía de estacionamiento.

”Asimismo, en el mayor ejercicio incidieron los recursos erogados para los trabajos

relativos al mantenimiento, conservación y rehabilitación con reposición de accesorios

efectuados en los Centros de Desarrollo Infantil números 1, 4 y 7 que permitieron dignificar

el servicio educativo asistencial prestado en dichos espacios; así como los trabajos de

mantenimiento realizados en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer piso

del ‘Edificio Nuevo’ y en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer pisos del

inmueble ocupado por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario que presentaba

severas condiciones de deterioro…”

317 VOLUMEN 5/13

OBJETIVO

Verificar que el presupuesto que se afectó por la Oficialía Mayor con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales” se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido;

que se encuentre justificado, comprobado, devengado y registrado de conformidad con

la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoria se propone de conformidad con el criterio general de selección de “Importancia

Relativa”; así como el específico de “Presentación de problemas en forma recurrente en

el rubro por auditar”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente a partir

del 11 de julio de 2007.

Mediante el criterio de “Importancia Relativa”, se consideran los rubros de gasto, inversión

y programas, que involucraron recursos considerables y que presentaron variaciones

importantes de los montos presupuestados en relación con los ejercidos, como es el caso

del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

El criterio específico de “Presentación de problemas en forma recurrente en el rubro por

auditar” se refiere a los que se han detectado en revisiones anteriores y que son importantes

por su vinculación con los objetivos de la Administración Pública del Distrito Federal.

A la fecha, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF), ha practicado a la OM tres auditorías financieras al capítulo 3000

“Servicios Generales” por los ejercicios de 2001, 2004 y 2005.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,

fracción VI, y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso c), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VIII, IX y XII, y 28 de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

318 VOLUMEN 5/13

ALCANCE

Con base en la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2008, y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó

a la CMHALDF, se aprecia que respecto del capítulo 3000 “Servicios Generales” la OM

reportó un presupuesto ejercido en 2008 de 136,713.0 miles de pesos, que con relación al

presupuesto original de 104,129.0 miles de pesos mostró un incremento de 32,584.0 miles

de pesos (31.3%).

El presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se ejerció con cargo a 34 partidas

de gasto, destacando el monto correspondiente a dos de ellas por 75,004.7 miles de pesos,

que representó el 54.8% del total erogado en el capítulo. Dichas partidas registraron un

incremento de 26,555.5 miles de pesos (54.8%) con relación a su asignación original

de 48,449.1 miles de pesos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variación Partida

Original % Ejercido % Importe %

3301 “Honorarios” 40,275.0 38.7 60,746.9 44.4 20,471.8 50.8 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 8,174.1 7.8 14,257.8 10.4 6,083.7 74.4 Subtotal 48,449.1 46.5 75,004.7 54.8 26,555.5 54.8 Otras partidas presupuestales (32) 55,679.9 53.5 61,708.3 45.2 6,028.5 10.8 Total 104,129.0 100.0 136,713.0 100.0 32,584.0 31.3

De la muestra de auditoría determinada del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisó

el 100.0% de la documentación justificativa y comprobatoria de 54 Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC) seleccionadas por un monto de 37,164.1 miles de pesos (49.5%),

mediante las cuales se ejerció presupuesto de las partidas 3301 “Honorarios” y 3504

“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos

a los Mismos”, la cual consiste en reportes de actividades; facturas de los servicios contratados

y de los colegios de valuadores; nóminas; pólizas-cheque; suficiencias presupuestales;

contratos; y los documentos que amparan la recepción de los servicios.

Se investigó la existencia de procedimientos generales y específicos aplicables al rubro

sujeto a revisión.

319 VOLUMEN 5/13

Se realizaron pruebas sustantivas que consistieron en el análisis de la variación de los

saldos de las 109 afectaciones presupuestarias con las que se asignó en 2008 el presupuesto

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, asimismo se analizó la justificación de los saldos

reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal con base en la

documentación soporte respectiva. A partir de lo anterior se determinó un aumento

de 20,471.8 miles de pesos, mediante 30 afectaciones presupuestarias, en lo que hace

a la partida 3301 “Honorarios”, y un incremento de 6,083.7 miles de pesos, mediante

35 afectaciones presupuestarias, en lo que se refiere a la partida 3504 “Mantenimiento,

Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”.

Se efectuó el análisis de las causas que motivaron el incremento en el ejercicio del gasto

de las partidas señaladas y que las 65 afectaciones presupuestarias que modificaron el

presupuesto original contaran con el registro y validación del Sistema Institucional de

Control de Egresos (SICE) de la SF.

Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios (PAAAPS) y los Informes Trimestrales de Seguimiento de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (ISAAPS) autorizados para el ejercicio

presupuestal de 2008, así como las Actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la OM.

Se analizaron los registros contables y presupuestales de las operaciones relacionadas

con el importe ejercido por el sujeto de fiscalización con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

Se constató que los recursos erogados con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito

Federal y en congruencia con los objetivos y metas de los programas presupuestales que

afectaron.

Se realizaron pruebas de cumplimiento consistentes en la aplicación de cuestionarios a la

Dirección de Recursos Humanos; Subdirección de Nóminas y Movimientos de Personal;

Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; y Subdirección de Servicios

320 VOLUMEN 5/13

Generales, que son las áreas administrativas responsables de la ejecución del gasto de

las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes

Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” que pagó la OM en 2008.

Las actividades relativas a la revisión de documentación soporte, por partida del capítulo

3000 “Servicios Generales”, fueron las siguientes:

Partida 3301 “Honorarios”

Se revisaron el Programa Anual de contratación de prestadores de servicios con cargo a

la partida 3301 “Honorarios”; una muestra de auditoría del presupuesto ejercido con 49 CLC

y 2 Documentos Múltiples (DM), por medio de los cuales se efectuaron los pagos

correspondientes; los reportes de actividades mensuales de 99 prestadores de servicio;

se verificó que los expedientes de dichos prestadores de servicios contaran con los

contratos de prestación de servicios y, en su caso, con los convenios de terminación

anticipada, con sus respectivos recibos de pago o pólizas-cheque y con la documentación

solicitada para su contratación (currículum vitae, identificación oficial, cédula fiscal,

comprobante de domicilio, comprobante de estudios y acta de nacimiento).

Se revisó que los informes trimestrales de avance programático presupuestal correspondientes

al ejercicio de 2008 de la partida 3301 “Honorarios”, se hayan remitido oportunamente a la OM.

Se verificó si el personal que laboró en la OM en 2008, trabajó al mismo tiempo en otros entes

del Gobierno del Distrito Federal y, en su caso, si contó con la constancia de compatibilidad

para el desempeño de dos o más empleos o comisiones.

De la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y

Muebles Adheridos a los Mismos”, se examinaron los dos procedimientos de licitación pública

nacional celebrados por la OM con relación a esta partida, cuyos montos de adjudicación

ascendieron a un total de 9,046.4 miles de pesos mediante 3 contratos; asimismo, se

revisó un procedimiento de adjudicación directa por un monto de 1,702.4 miles de pesos

asignado mediante un contrato. Al respecto, se verificó que los procedimientos de

adjudicación seleccionados como parte de la muestra de auditoría, se hubiesen ajustado

a los montos de actuación autorizados y a la normatividad aplicable y que los expedientes

321 VOLUMEN 5/13

contaran con la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente, como son

las requisiciones, sondeos de mercado y cotizaciones, contratos, facturas y, en su caso,

bases, publicación de convocatoria, actas de las distintas etapas del procedimiento,

dictámenes y fallos, así como la documentación de los concursantes solicitada en las

bases, y que los contratos adjudicados por la celebración de dichos procedimientos,

hayan sido formalizados con los prestadores de servicios que hubiesen ofrecido las mejores

condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento u oportunidad.

Se analizaron cinco CLC mediante las cuales se realizaron los pagos con cargo a esta partida,

con su documentación soporte, consistente en contratos, facturas, actas de entrega-recepción

por los servicios de mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios de tres

Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) de la OM, a instalaciones sanitarias y al Centro

Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”.

Se aplicaron los siguientes procedimientos de auditoría:

a) Análisis. Se llevó a cabo el análisis comparativo de la información las nóminas

proporcionadas por la Dirección de Recursos Humanos de la OM con respecto de la

información proporcionada por la Dirección de Recursos Financieros, así como respecto

de la información contenida en la Cuenta Pública 2008.

b) Inspección. Con la finalidad de constatar los servicios de mantenimiento, conservación

y rehabilitación de accesorios desarrollados en 2008, se llevaron a cabo verificaciones

físicas en los tres CENDI; en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”

y en las instalaciones sanitarias de la planta baja y primer piso del inmueble ocupado

por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.

c) Observación. Se acudió a observar, a partir de sus resultados, la forma en que se

desarrollaron los servicios de mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios,

de lo cual se obtuvo constancia fotográfica del estado físico que guardan las instalaciones

mencionadas en el inciso anterior.

d) Declaración. Como parte de los trabajos de auditoría, se aplicaron cuestionarios

a 35 prestadores de servicios profesionales, de los 99 de la muestra de auditoría

determinada, que realizaron cobros por concepto de honorarios asimilables a salarios

322 VOLUMEN 5/13

en el mes de diciembre de 2008 y que, a la fecha de la revisión (febrero de 2010),

continuaban laborando en la OM, para constatar que el pago efectivamente se hubiese

realizado al prestador de servicios profesionales y que los servicios profesionales se

hubiesen prestado efectivamente.

e) Confirmación. Se dirigieron tres oficios de confirmación de operaciones a igual número

de prestadores de servicios, con los que la OM celebró contratos para los servicios de

mantenimiento, conservación y rehabilitación de accesorios en las instalaciones

seleccionadas para su revisión por un importe de 6,476.9 miles de pesos (45.4% del

total ejercido por 14,257.8 miles de pesos).

Además, se llevaron a cabo cuatro confirmaciones de operaciones con prestadores

de servicios profesionales pagados por la OM con cargo a la partida 3301 “Honorarios”.

f) Cálculo. Se verificaron, de la partida 3301 “Honorarios”, las cifras de la nómina de los

prestadores de servicio generada por la Dirección de Recursos Humanos contra las

cifras de la Dirección de Recursos Financieros, ambas adscritas a la OM, y la información

reportada en la Cuenta Pública de 2008 proporcionado por la SF.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) en la OM,

por ser el área encargada de registrar las operaciones del gasto, de conservar la

documentación justificativa y comprobatoria y de administrar los recursos financieros.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DEL CONTROL INTERNO

Para llevar a cabo el estudio y evaluación del sistema de control interno, con el fin

de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las

pruebas de auditoría, se analizó el Manual Administrativo de la OM vigente en 2008, en

sus apartados de organización y de procedimientos, con el fin de identificar la estructura

orgánica de la dependencia, así como las funciones y atribuciones de las unidades

administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

A partir de la revisión al manual de procedimientos proporcionado por el sujeto fiscalizado, con

objeto de identificar y verificar los procedimientos correspondientes al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, y si éstos se aplicaron en el ejercicio de 2008, se determinó lo siguiente:

323 VOLUMEN 5/13

1. Estructura orgánica

En 2008, la OM realizó sus actividades con base en la estructura orgánica establecida

en el dictamen técnico núm. 2/2007, que le fue comunicada por la Coordinación General

de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de

febrero de 2007.

De conformidad con dicho dictamen, la OM se integró como sigue:

La Oficina del C. Oficial Mayor; tres Direcciones Generales (de Administración y Desarrollo de

Personal, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Patrimonio Inmobiliario);

y una Coordinación General (de Modernización Administrativa).

Asimismo, contó con una Unidad Administrativa (DGA en la OM); cuatro Unidades

de Enlace Administrativo (una por cada Dirección General y la Coordinación General);

y 15 Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, destacadas en igual número

de entidades públicas (14 dependencias y un organismo público descentralizado).

La estructura anterior incluyó además: un Secretario Particular, dos Asesores, 17 Direcciones,

dos Direcciones Ejecutivas, 33 Subdirecciones y 121 Jefaturas de Unidad Departamental.

Por su parte, la DGA en la OM (Unidad Administrativa en la OM), quedó integrada por tres

direcciones de área: de Recursos Humanos, de Recursos Financieros, y de Recursos

Materiales y Servicios Generales.

2. Manual Administrativo

Los Manuales Administrativos de la OM, en su parte de organización, que estuvieron

vigentes en 2008, fueron el registrado con el número MA-12007-2/07, comunicado por

a CGMA mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero de 2008 y el de la

CGMA con número de registro MA-12004-2/07, comunicado por la propia CGMA con

el oficio núm. CGMA/DDO/0560/08 del 28 de abril de 2008; el Manual Administrativo

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, con número de

registro MA-12003-2/07, comunicado por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DDO/2477/08

del 21 de agosto de 2007 y el de la Dirección General de Administración y Desarrollo de

324 VOLUMEN 5/13

Personal, con número de registro MA-12002-2/07, comunicado por la CGMA con el oficio

núm. CGMA/DDO/0426/08 del 16 de abril de 2008.

Del análisis a dichos manuales, se determinó que las unidades administrativas de la OM

que en 2008 participaron directamente en el trámite, registro, control, archivo y salvaguarda

de la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas por

la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, fueron la DGA en la OM y sus

Direcciones de Recursos Humanos, de Recursos Financieros y, de Recursos Materiales

y Servicios Generales.

3. Manual de Procedimientos

Con relación a los manuales de procedimientos, se observó que la OM y en específico

la DGA en la OM, no contó con procedimientos específicos para la partida 3504

“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a

los Mismos”. Por lo que se refiere a los procedimientos utilizados por la DGA y que se

relacionan con el registro y control de las operaciones relativas al capítulo 3000 “Servicios

Generales” y en específico a la partida 3301 “Honorarios”, estos fueron registrados por

la CGMA con el núm. MA-12007-170/01, y comunicados a la DGA en la OM a través del

oficio núm. CGMA/0495 del 26 de febrero de 2003; sin embargo como resultado de lo

expresado por las unidades administrativas a cargo, se confirmó que dichos procedimientos

no se encuentran actualizados.

En este sentido, de la revisión a los procedimientos en cuestión, no se aprecia que cuenten

con lo requerido para la operación y control del capítulo 3000 “Servicios Generales” y en

específico de las partidas sujetas a revisión, lo que ocasiona debilidades de control interno.

4. Pruebas de cumplimiento

Las pruebas de cumplimiento practicadas por la CMHALDF para evaluar el sistema de

control interno que la OM tiene implantado para el capítulo 3000 “Servicios Generales”,

y, en particular las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y

Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” consistieron en aplicar

325 VOLUMEN 5/13

cuestionarios y solicitar notas informativas al personal de las áreas de la OM que intervinieron

en la operación, ejercicio del gasto, manejo y control y del capítulo señalado. Dichas áreas

fueron la Dirección de Recursos Humanos; la Subdirección de Nóminas y Movimientos de

Personal; la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; y la Subdirección

de Servicios Generales.

Las pruebas también consistieron en aplicar cuestionarios a los prestadores de servicios

profesionales; inspeccionar físicamente la aplicación de los recursos que otorgó la OM;

recopilar y analizar la información general relativa a las áreas sujetas a estudio; comprobar

que los procedimientos establecidos aseguren razonablemente el cumplimiento de las

leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria;

verificar que los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos responsables

y que la documentación que los soporta se encuentre debidamente resguardada; revisar

la existencia de registros que incluyan todas las operaciones realizadas con relación al rubro

sujeto a revisión; e identificar los riesgos de las operaciones en revisión y del cumplimiento

de los objetivos específicos de control.

Como resultado del examen del control interno aplicado a la OM en cuanto al ejercicio

de los recursos erogados en 2008 con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se

determinaron debilidades, en virtud de que la DGA en la OM no cuenta con procedimientos

respecto a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles

y Muebles Adheridos a los Mismos”.

Del análisis a la documentación obtenida y de la respuesta a los cuestionarios aplicados

a los servidores públicos encargados, se determinó que los procedimientos relativos al

ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” que la OM adoptó en 2008, no

se fundamentaron en un documento formal y autorizado sino que consisten en actividades

empíricas, lo que ocasiona debilidades de control interno.

De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008 para

los procesos examinados y evaluados, presenta deficiencias que propician que las

operaciones de la OM se expongan a riesgos de errores e irregularidades. Las fallas

de control interno detectadas, se precisan en los resultados respectivos.

326 VOLUMEN 5/13

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Del capítulo 3000 “Servicios Generales”, la muestra de auditoría determinada correspondió

a 54 CLC por un importe de 37,164.1 miles de pesos, que representa el 27.2% del total de

dicho capítulo (136,713.0 miles de pesos).

La muestra de auditoría, se determinó conforme a los párrafos 17 y 23 del Boletín 5020 de

las Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano

de Contadores Públicos (IMCP); considerando el tamaño del universo de las partidas

seleccionadas, se utilizó la selección aleatoria, que es la que asegura que todas las partidas

dentro del universo tienen la misma posibilidad de ser seleccionadas, conforme a lo siguiente:

El universo sujeto a revisión, correspondiente al total de las erogaciones efectuadas en 2008

por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se estratificó por partida

integrante de dicho capítulo (párrafo 17 del Boletín 5020), y de su análisis se estableció

que la muestra de auditoría se determinaría conforme a los párrafos 13, 14, 17 y 23 del

Boletín 5020 (selección casual), por lo que quedaría integrada por las partidas y erogaciones

que reunieran las características siguientes:

1. Aquellas partidas que por su monto fueran las más representativas respecto del total

del presupuesto ejercido con cargo al capítulo 3000 (partidas 3301 “Honorarios” y

3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles

Adheridos a los Mismos”).

2. Aquellas partidas en las que el gasto presentara variaciones significativas, positivas

o negativas, superiores al 20.0% del presupuesto ejercido respecto del presupuesto

original, o una variación positiva o negativa superior al 10.0% en el gasto ejercido

en 2008 respecto del ejercicio inmediato anterior (partidas 3301 “Honorarios” y 3504

“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos

a los Mismos”).

3. En el caso de la partida 3301 “Honorarios”, por importancia relativa del universo de

las CLC, se seleccionaron las erogaciones correspondientes al mes de diciembre por

ser el más representativo de todo el año, ya que incluyó el pago ordinario así como

el extraordinario del ejercicio 2008.

327 VOLUMEN 5/13

4. En el caso de la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes

Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, se aplicó también una selección

de erogaciones por importancia relativa respecto del universo de las CLC.

Considerando lo anterior y el párrafo 25 del Boletín 5020 de las Normas y Procedimientos

de Auditoría y Normas para Atestiguar del IMCP, la determinación de la muestra de

auditoría de los pagos con cargo a las dos partidas seleccionadas, resultó de la aplicación

de números aleatorios de generador electrónico por computadora, con un nivel de

confianza del 95.0% y una tasa de error esperada no mayor a 3.0% y un porcentaje

de precisión de (+,-) 3.0%; resultando para su revisión la muestra de CLC que se indica

a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Partida CLC Presupuesto

ejercido % del

capítulo CLC Presupuesto

ejercido % partida

total

3301“Honorarios” 156 60,746.9 44.5 49 26,415.3 43.4

3504“Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 50 14,257.8 10.4 5 10,748.8 75.4

Subtotal 206 75,004.7 54.9 54 37,164.1 49.5

Otras partidas (32) 334 61,708.3 45.1 0 0.0 0.0

Total del capítulo 3000 540 136,713.0 100.0 54 37,164.1 27.2

RESULTADOS

1. Resultado

Del análisis efectuado a los manuales administrativos (organización y procedimientos)

de las unidades administrativas adscritas a la OM (Dirección General de Administración

en la OM, Dirección General de Administración de Personal y Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales), encargadas del registro y control de las operaciones

efectuadas por la OM relativas al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó

lo siguiente:

328 VOLUMEN 5/13

1. El Manual Administrativo de la DGA en la OM, vigente en el ejercicio de 2008, fue

elaborado conforme al dictamen de reestructuración orgánica núm. 2/2007 con vigencia

a partir del 1o. de febrero de 2007. Dicho manual quedó registrado ante la CGMA

con el núm. MA-12007-2/07, de conformidad con el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08

del 18 de enero de 2008; asimismo, fue difundido a las áreas de la DGA en la OM con

el oficio circular núm. OM/DGA/006/2008 del 28 de enero de 2008. De la revisión al

manual de organización, no se desprende observación alguna.

2. Respecto al Manual de Procedimientos, mediante el oficio número OM/DGA/1925/2009

del 8 de diciembre de 2009, el sujeto fiscalizado proporcionó listados de los

procedimientos relacionados con el registro y control de las operaciones relativas

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, los cuales fueron registrados ante la CGMA

con el número MA-12007-170/01, mediante el oficio núm. CGMA/0495 de fecha 26 de

febrero de 2003.

De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó

que de los 58 procedimientos utilizados por la DGA en la OM, 24 de ellos corresponden

a la Dirección de Recursos Humanos, adscrita a la DGA en la OM, de los cuales sólo

9 de ellos se relacionan con el registro y control de las operaciones relativas al capítulo

3000 “Servicios Generales”. Los 58 procedimientos que se proporcionaron fueron

registrados y comunicados por la CGMA conforme el oficio núm. CGMA/0495/03

del 26 de febrero de 2003.

Adicionalmente, se proporcionó un listado de 12 procedimientos de la Jefatura de

Unidad Departamental de Nóminas y Movimientos (9 para su actualización y 3 para

su registro) soportadas con el oficio núm. CGMA/0189/05 del 28 de enero de 2005,

con el que la CGMA de la OM informó a la DGA en la OM el registro de dichos

procedimientos.

Por su parte, con el oficio núm. CGMA/2745/03 del 30 de septiembre de 2003,

la CGMA de la OM comunicó al entonces encargado de la DGA en la OM el registro

de 11 procedimientos correspondientes de acuerdo al organigrama de Recursos

Materiales y Servicios Generales de las Subdirecciones de Enlace Administrativo

329 VOLUMEN 5/13

en la OM, para su integración al manual respectivo, conservando el mismo número de

registro MA-12007-170/01.

De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó

que de los procedimientos utilizados por la DGA en la OM, sólo 9 de ellos se

relacionaron con el registro y control de las operaciones relativas a las partidas

sujetas a revisión, los cuales se consignan en el cuadro siguiente:

Procedimientos Número Denominación Fecha

de elaboraciónNúmero Denominación Fecha

de elaboración

07.001 “Contratación de Prestación de Servicios Profesionales con cargo a la Partida 3301”

1/III/04 07.034 “Mantenimiento de Muebles e Inmuebles”

7/VI/03

07.005 “Integración y Control de Expedientes del Personal de la Oficialía Mayor”

1/III/04 07.048 “Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”

25/XI/02

07.009 “Elaboración de la Nómina del Personal de Honorarios”

1/III/04 07.049 “Procedimientos bajo los cuales se pueden realizar las adquisiciones de bienes y servicios”

25/XI/02

07.081 “Reporte de Retención de Impuesto sobre la Renta por Concepto de Servicios Profesionales y Honorarios Asimilados a Salarios”

1/III/04 07.050 “Licitación Pública Nacional o Internacional”

25/XI/02

07.055 “Informe Mensual de Seguimiento de Licitaciones (SELIC)”

25/XI/02

Al respecto, se observó que dichos procedimientos no están actualizados, ya que dentro

de sus actividades no consideran lo aplicable al capítulo 3000 “Servicios Generales” y las

partidas sujetas a revisión. Lo anterior, se confirmó con las respuestas al cuestionario de

control interno aplicado por la CMHALDF a la Dirección de Recursos Financieros (DRF),

mediante el cual se preguntó específicamente si para 2008 y actualmente cuenta con el

Manual de Procedimientos para el desempeño de sus funciones, solicitándose asimismo

que, relacionara el nombre de los procedimientos que se aplican para la elaboración,

registro, control y autorización de las operaciones financieras del capítulo 3000 “Servicios

Generales” en la OM, las áreas que intervienen y la documentación que se genera.

Respecto de lo anterior la DRF respondió “Que la contratación la realiza la Dirección

de Recursos Humanos con apego a la Circular Uno y la DRF al efectuar los trámites

programático-presupuestales verifica que se encuentre la documentación y autorización

correspondiente”.

330 VOLUMEN 5/13

Además, con nota informativa del 30 de noviembre de 2009, la Subdirección de Enlace

Administrativo en la DRMySG indicó: “… la definición de actividades ha estado a cargo

de cada uno de los directores de área a los cuales se encuentran adscritos y el horario de

labores es ‘abierto’. Por lo que respecta al reclutamiento, selección y contratación, se

ha atendido a lo señalado en el oficio circular núm. DGA/012/2007 ‘Lineamientos para

la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo

a las partidas presupuestales: 3301 ‘Honorarios’, 3302 ‘Capacitación’, 3303 ‘Servicios de

Informática’, 3304 ‘Servicios Estadísticos y Geográficos’ y 3305 ‘Estudios e Investigaciones’”.

Cabe agregar que la DGA en la OM proporcionó, con el oficio núm. OM/DGA/0098/2010

del 14 enero 2010, el procedimiento denominado “Pago de Honorarios por Servicios

Profesionales” y comentó: “Cabe hacer mención que el presente documento se elaboró

derivado de reuniones de trabajo conjuntas con las áreas que comprenden la Oficialía

Mayor (Dirección General de Administración, Dirección de Recursos Humanos, Dirección

de Recursos Financieros y Subdirecciones de Enlace Administrativas), para que existiera

un control adecuado en el trámite ante CGMA y DGADP y el correcto pago en la DGA una

vez obtenidas las autorizaciones respectivas. Este procedimiento se ha venido aplicando

y actualizando a partir del 2007, por lo que durante el ejercicio 2008 se empleó para el

pago de los honorarios profesionales. Actualmente se considera que puede ser tomado

como un procedimiento a formalizarse ante el área correspondiente (CGMA)”.

Por su parte, de la aplicación del cuestionario de control interno por parte de la CMHALDF

a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, a la pregunta específica

relativa a que si para 2008 y actualmente cuenta con Manual de Procedimientos de la

partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles

Adheridos a los Mismos”, la dirección respondió: “No existen procedimientos específicos para

el Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos

a los Mismos”.

Como resultado de lo antes expuesto, se concluye que en 2008 y a la fecha de la auditoría

(marzo de 2010), la OM carece de procedimientos actualizados para el manejo del

presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales” y en específico de las partidas 3301

“Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles

y Muebles Adheridos a los Mismos” seleccionadas para su revisión.

331 VOLUMEN 5/13

Por no contar con los procedimientos específicos actualizados aplicables al capítulo

3000 “Servicios Generales”, la OM incumplió el numeral 4.4.14 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2007), vigente en 2008,

que dispone: “4.4.14 Los Titulares de las Dependencias […] son los responsables de la

actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un

proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura

orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización del manual se

realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación

efectuada debiendo remitir a la CGMA la documentación correspondiente para que ésta

proceda a la actualización y registro de dicho Manual”.

En la reunión de confronta, celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección General de

Administración en la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha,

rindió la información siguiente:

“Efectivamente la Oficialía Mayor, no tenía a la fecha de la auditoría los Manuales de

Procedimientos actualizados, sin embargo durante el presente ejercicio se tomaron las

siguientes acciones: Con Oficio Circular número OM/DGA/129/2010 de fecha 20 de enero

de 2010, la Dirección General de Administración instruyó a los Directores adscritos a ésta,

llevaran a cabo la actualización de los Manuales de Procedimientos de cada área, de

conformidad con la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales Administrativos

vigente; dicha instrucción contempló como fecha límite el 22 de febrero, para ser enviados

a la CGMA para su revisión y en su caso aprobación y registro, los proyectos de los

manuales de Procedimientos se enviaron a la CGMA el día 25 de marzo de 2010,

con oficio número OM/DGA/528/2010.”

Del análisis efectuado a la información y documentación proporcionada, se determinó que

el sujeto fiscalizado remitió a la Coordinación General de Modernización Administrativa

un listado de varios procedimientos que se relacionan con el capítulo 3000 “Servicios

Generales”, sin que se aprecie alguno específico para las partidas 3301 “Honorarios”

y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles

332 VOLUMEN 5/13

Adheridos a los Mismos” y sin que la OM precisara a la CMHALDF el alcance de dichos

documentos normativos a fin de identificar en qué medida son aplicables al rubro

señalado, por lo que la observación del presente resultado prevalece.

Recomendación ASC-133-08-10-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para asegurarse de que,

cada vez que se autoricen modificaciones a su estructura orgánica o marco jurídico,

se actualice su Manual Administrativo en sus partes de organización y de procedimientos;

y se tramite oportunamente su revisión, dictamen y registro ante la Coordinación General

de Modernización Administrativa, en cumplimiento de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-133-08-11-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que

se elaboren procedimientos dirigidos a regular el ejercicio de los recursos con cargo al

capítulo 3000 “Servicios Generales” y en específico de las partidas 3301 “Honorarios”

y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles

Adheridos a los Mismos”, y que dichos procedimientos sean incorporados en su Manual

Administrativo y remitidos a la Coordinación General de Modernización Administrativa,

para su revisión, dictamen, y registro, de acuerdo con la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

2. Resultado

En el Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2008,

la OM reportó en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto ejercido

de 136,713.0 miles de pesos, importe que con relación a su presupuesto original de

104,129.0 miles de pesos, significó un incremento de 32,584.0 miles de pesos (31.3%).

333 VOLUMEN 5/13

En relación con lo ejercido en 2007 (106,957.2 miles de pesos), dicho capítulo reportó

un incremento de 29,755.8 miles de pesos (27.8%).

La modificación neta al presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, afectó un

programa prioritario que registró un presupuesto ejercido por 10,272.6 miles de pesos

(7.5% del total ejercido con cargo al capítulo referido) y tres no prioritarios que registraron

un presupuesto ejercido por 126,440.4 miles de pesos (92.5% del total ejercido con cargo

al capítulo referido), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Programa

Original Modificado Ejercido %

Prioritario 12 “Igualdad de Género” 5,041.2 5,231.4 10,272.6 7.5

Subtotal 5,041.2 5,231.4 10,272.6 7.5 No prioritarios

03 “Administración Pública” 98,253.6 18,296.5 116,550.1 85.3 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 834.2 848.2 1,682.4 1.2 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 0.0 8,207.9 8,207.9 6.0

Subtotal 99,087.8 27,352.6 126,440.4 92.5 Total 104,129.0 32,584.0 136,713.0 100.0

Asimismo, se analizó el registro del presupuesto ejercido y se determinó que el origen

de recursos correspondió a los siguientes tipos de pago:

(Miles de pesos y por cientos)

Tipo de pago Presupuesto ejercido

%

00 “Gasto Normal” 66,202.5 48.4 11 “Retención Asimilable a Salario” 25,217.4 18.4 19 “Mantenimiento de la Red Privada del GDF” 0.0 0.0 25 "Telefonía de Larga Distancia partida 3103” 45.1 n.s 51 “Ingresos de Aplicación Automática” 28,919.6 21.2 63 “Pago de Deducibles de Seguros” 118.4 0.1 68 “Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS)” 8,135.0 6.0 70 ”Pago por el Servicio de Energía Eléctrica, de las Dependencias Órganos Desconcentrados que concentra DGSU”

7,553.0 5.5

75 “Centro de Control de Confianza” 522.0 0.4

Total 136,713.0 100.0

n.s. No significativo.

334 VOLUMEN 5/13

Al respecto, se determinó que el presupuesto autorizado, modificado y ejercido por la OM

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, corresponde al reportado en el Analítico

de Egresos por Dependencia-Clave Presupuestal de la Cuenta Pública de 2008.

En el informe de Cuenta Pública de 2008 del ente, en el formato “ECG Análisis de

Egresos por Capítulo del Gasto” del apartado II. Egresos, la OM informó lo siguiente:

“El mayor gasto registrado en el rubro de Servicios Generales es por una mayor erogación

de recursos efectuada para cubrir el pago de los servicios de avalúos contratados por la

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario con los Colegios de Profesionistas para

la realización y dictamen de avalúos en materia de bienes muebles, inmuebles y fiscales

requeridos por la Administración Pública del Distrito Federal y por particulares; así como

por el pago de los prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios

asimilados que durante el ejercicio prestaron sus servicios en la Oficialía Mayor así como

en las distintas Unidades Administrativas que le están adscritas.

”Asimismo, los recursos ejercidos con motivo de la custodia temporal del Centro Social

y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’, dentro del cual se realizaron diversas acciones como

reparaciones y adecuaciones a las oficinas y áreas administrativas del Deportivo;

contratación de los servicios para el mantenimiento y adecuación a diversos espacios

físicos; para los trabajos relativos al mantenimiento, conservación y rehabilitación con

reposición de accesorios efectuados en los Centros de Desarrollo Infantil que permitieron

dignificar el servicio educativo-asistencial presentado en dichos espacios.”

Respecto al programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, en el apartado “Acciones

Realizadas en materia de Equidad de Género” del Informe de Cuenta Pública 2008, se

señala: “En el presente ejercicio, se otorgó el servicio educativo asistencial a 748 niños

y niñas en edades de 45 días a 5 años 11 meses, mediante la conceptualización de un

marco integral, para que los infantes desarrollen el máximo de sus potenciales. El servicio

se otorga durante la jornada laboral de madres y padres trabajadores del Gobierno

del Distrito Federal afiliados al Sindicato Único del GDF. Con las acciones realizadas, se

cumple con la obligación de otorgar atención a los hijos de los trabajadores, además de

apoyar principalmente a las mujeres que prestan sus servicios a la Administración Pública

del Distrito Federal”.

335 VOLUMEN 5/13

Del análisis a la información y documentación de este resultado, no se determinó observación

alguna.

3. Resultado

Derivado del análisis de las afectaciones presupuestarias efectuadas por la OM en 2008

en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó lo siguiente:

El presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 104,129.0 miles de

pesos, se incrementó en 32,584.0 miles de pesos (31.3%) mediante 44 afectaciones

presupuestarias relativas a 34 partidas, de las cuales destacaron y se revisaron las

partidas 3301 “Honorarios”, en la que se ejerció un monto de 60,746.9 miles de pesos

(44.4% del total erogado en el capítulo), y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación

de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, que presentó un presupuesto

ejercido de 14,257.8 miles de pesos (10.4% del total erogado en el capítulo).

La modificación neta al presupuesto original de las dos partidas revisadas, fue por un monto

de 26,555.5 miles de pesos mediante 65 afectaciones presupuestarias, que fueron autorizadas

por la SF y originaron un total de 266 movimientos presupuestales, como sigue:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Partida

Original Ejercido Variación % Cantidad

de afectaciones Movimientos

presupuestales*

3301 “Honorarios” 40,275.0 60,746.8 20,471.8 50.8 30 158 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” 8,174.1 14,257.8 6,083.7 74.4 35 108 Subtotal 48,449.1 75,004.6 26,555.5 54.9 65 266 Otras partidas presupuestales (34) 55,679.9 61,708.4 6,028.5 10.8 44 1,204 Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” 104,129.0 136,713.0 32,584.0 31.3 109 1,470

* Ampliaciones, adiciones y reducciones líquidas y compensadas.

Como se aprecia en el cuadro anterior, las 2 partidas que integraron la muestra de auditoría

fueron las que tuvieron un incremento significativo en su monto (54.9%) en relación

con las otras 34 partidas (10.8%) con las que se ejerció el presupuesto del capitulo 3000

“Servicios Generales”; por programas, las variaciones que tuvo la partida 3301 “Honorarios”

fueron las siguientes:

336 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y por cientos)

Programas Original

(1)

Modificado

(2)

Ejercido

(3)

Variación (%)

(2)/(1)

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 1,292.2 (842.0) 450.2 (65.2)

Total programa prioritario 1,292.2 (842.0) 450.2 (65.2) Programas no prioritarios

03 “Administración Pública” 38,982.8 17,200.9 56,183.7 44.1 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 0.0 597.7 597.7 0.0 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 0.0 3,515.2 3,515.2 0.0

Total programas no prioritarios 38,982.8 21,313.8 60,296.6 54.7 Total partida 3301 “Honorarios” 40,275.0 20,471.8 60,746.8 50.8

Asimismo, el presupuesto ejercido de ambas partidas por 75,004.6 miles de pesos, afectó

un programa prioritario y tres no prioritarios, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partidas presupuestales Programa

3301 % 3504 %

Prioritarios 12 “Igualdad de Género” 450.2 0.7 6,588.0 46.2

Total prioritario 450.2 0.7 6,588.0 46.2 No prioritarios 03 “Administración Pública” 56,183.7 92.5 4,245.3 29.8 05 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo” 597.7 1.0 10.0 0.1 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 3,515.2 5.8 3,414.5 23.9

Total no prioritarios 60,296.6 99.3 7,669.8 53.8 Presupuesto total ejercido 60,746.8 100.0 14,257.8 100.0

De conformidad con las justificaciones de las afectaciones presupuestarias, las variaciones

por partida correspondieron a lo siguiente:

Partida 3301 “Honorarios”

El aumento neto de 20,471.8 miles de pesos (50.8%) respecto al presupuesto original

(40,275.0 miles de pesos) resultó de 30 afectaciones presupuestarias autorizadas por

la SF, que originaron 158 movimientos presupuestales; 17 afectaciones fueron reducciones

y ampliaciones compensadas por recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones de recursos

337 VOLUMEN 5/13

que no modificaron al presupuesto y 13 originaron la modificación neta al presupuesto

(4 ampliaciones compensadas, 3 ampliaciones líquidas, 1 adición compensada, 4 reducciones

compensadas y 1 reducción líquida). Lo anterior en función de lo siguiente:

(Miles de pesos)

Numero de afectación Justificaciones Importe

B 25 C0 01 0093 E Adición compensada para que la OM cuente con la suficiencia presupuestal y esté en posibilidades de cubrir el pago por concepto de honorarios a un prestador de servicios con funciones de archivonomía que originalmente se encontraba contratada en la Dirección General del Registro Civil y se realizará su recontratación en la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal. 221.6

C 12 C0 01 0154 E Ampliación líquida de recursos a los programas 03 “Administración Pública” y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”, con la finalidad de contar con los recursos necesarios para cubrir el programa de honorarios de las unidades administrativas adscritas a la OM para estar en condiciones de cubrir los honorarios de los meses de septiembre a noviembre y parte del mes de diciembre de 2008. 4,793.7

B 12 C0 01 0213 E Adición compensada al programa 03 “Administración Pública” para la partida 3301 “Honorarios” para contar con recursos necesarios para cubrir los honorarios del personal que lleva a cabo trabajos relativos a la actividad institucional de reciente creación denominada “Operar la red troncal de informática”. 352.1

B 12 C0 01 0239 E Ampliación compensada en la partida 3301 “Honorarios” con el propósito de contar con recursos para cubrir y complementar el costo del programa de honorarios de las unidades administrativas adscritas a la OM hasta el mes de diciembre de 2008. 3,083.5

C 12 C0 01 0249 E, C 12 C0 01 0263 E

Ampliaciones líquidas al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios” para cubrir el costo correspondiente a las nóminas que son cubiertas con recursos de aplicación automática de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2008. 16,476.4

B 12 C0 01 0264 E Ampliación compensada al programa 03 “Administración Pública“, en la partida 3301 “Honorarios” para regularizar los egresos relativos a los recursos de aplicación automática correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2008 y mediante los cuales se llevó a cabo el pago de los colegios de profesionistas encargados de la práctica de avalúos. 1,003.6

B 12 C0 01 0123 E, B 12 C0 01 0276 E

Reducción compensada y ampliación compensada al programa 03 “Administración Pública” para asignar suficiencia presupuestal al compromiso establecido por la OM a fin de regularizar el gasto del mes de mayo de 2008. (18.2)

B 12 C0 01 0170 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios”, para transferir recursos para estar en posibilidad de cubrir las necesidades de gasto que derivan de las tareas administrativas y operativas que se desarrollan en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. (19.1)

B 12 C0 01 0205 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública” en la partida 3301 “Honorarios” etiquetados con tipo de pago 51 (recursos de aplicación automática), con la finalidad de atender otras prioridades de gasto, que serán cubiertas con este tipo de recursos dentro del mismo centro generador como la adquisición de tres vehículos para el desarrollo de las funciones administrativas de la OM y estar en posibilidades de continuar con la sustitución de unidades vehiculares obsoletas y en mal estado cuyos costos de mantenimiento resultaban incosteables. (510.0)

B 12 C0 01 0231 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública”, en la partida 3301 “Honorarios” de los recursos identificados con el tipo de pago 51 “Ingresos de Aplicación Automática”, en razón que es necesario llevar a cabo la reclasificación del gasto en las partidas en las que se registrarán las erogaciones correspondientes a los recursos de aplicación automática. (4,691.9)

B 12 C0 01 0268 E Reducción líquida a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Proporcionar Atención a niños y niñas de los CENDIS” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no serían ejercidos en 2008. Lo anterior, con fundamento en los artículos 383, 435 y 511 del Código Financiero del Distrito Federal 2008, artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008 y numeral 1, inciso G) de la Circular de Cierre SE/1360/2008. (219.9)

Total 20,471.8

338 VOLUMEN 5/13

Partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”

La modificación neta de 6,083.7 miles de pesos (74.4%) al presupuesto original, de

8,174.1 miles de pesos, resultó de 35 afectaciones presupuestarias autorizadas por la SF,

que originaron 108 movimientos presupuestales, de las cuales 6 afectaciones se debieron

a recalendarizaciones del gasto y reclasificaciones entre partidas que no modificaron

el presupuesto, y 29 originaron la modificación neta al presupuesto (10 ampliaciones

compensadas, 5 ampliaciones líquidas, 2 adiciones compensadas, 1 adición líquida,

9 reducciones compensadas y 2 reducciones líquidas). Lo anterior en función de lo siguiente:

(Miles de pesos)

Número de afectación Justificaciones Importe

C 12 C0 01 0057 E Ampliación compensada, con la finalidad de asignar recursos para los trabajos de conservación y mantenimiento que serán ejecutados en los centros de desarrollo infantil a cargo de la OM con el objeto de dignificar las instalaciones en las que se presta el servicio educativo. 1,452.5

C 12 C0 010066 E, B 12 C0 010183 E

Adición líquida y ampliación compensada para llevar a cabo diversos trabajos de mantenimiento a oficinas de la OM que incluyen el desmantelamiento de cancelería, alfombras y sistema de iluminación 1,310.7

C 12 C0 01 0091 E Ampliación líquida, ya que los recursos se requieren para el mantenimiento y conservación de diversos espacios, entre los que se encuentra la adecuación para el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha” de una cancha de squash gimnasio, conservación y mantenimiento de una cocina, salón de eventos, sanitarios con regaderas, sanitarios en zona de canchas, así como, el suministro y colocación de generadores de vapor y alimentación de agua caliente a zona de regaderas. 2,500.0

B 12 C0 01 0109 E, B 12 C0 01 0138 E, B 12 C0 01 0170 E, B 12 C0 01 0239 E, B 12 C0 01 0273 E

Ampliación compensada (4) y adición compensada (1) en el programa 03 “Administración Pública” para llevar a cabo tareas y trabajos relativos a la adición de la actividad institucional de reciente creación denominada “Operar la red troncal de informática”, mediante la cual se realizarán las acciones para crear una infraestructura; cubrir los gastos de las áreas administrativas de la OM. 1,099.8

B 12 C0 010128 E, C 12 C0 010168 E, C 12 C0 010196 E

Ampliación compensada (1) y ampliación líquida (2) para estar en posibilidades de cubrir los gastos por los diversos servicios de mantenimiento, reparación y adecuación que se realizan a los espacios destinados a las oficinas e instalaciones del deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. 1,639.4

B 12 C0 01 0220 E Ampliación compensada al programa 12 “Equidad de Género” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, lo anterior con la finalidad de adecuar el calendario financiero para estar en posibilidad de cubrir los gastos según las necesidades de operación de la dependencia. 2.7

B 12 C0 010231 E Adición compensada al programa 03 “Administración Pública” con la finalidad de atender diversas adquisiciones para atender y mantener la operatividad de las áreas generadoras de recursos y para realizar trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo en las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Patrimonio Inmobiliario encargadas de la generación de recursos de aplicación automática. 2,450.0

B 12 C0 01 0237 E Ampliación compensada a los programas 03 “Administración Pública” y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para estar en condiciones de cubrir el costo de los trabajos de sustitución de plafones que serán efectuados en la planta baja del edificio nuevo en el que se ubica la OM. 198.2

Continúa…

339 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Número de afectación Justificaciones Importe

B 12 C0 01 0244 E Ampliación compensada a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Igualdad de Género” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, con la finalidad de provisionar para el cierre del ejercicio 2008, ya que los recursos serán destinados a compras urgentes y de poca cuantía en diversas partidas de gasto para atender oportunamente las erogaciones en materia de fondo revolvente y su cierre correspondiente. 2.0

C 12 C0 01 0249 E Ampliación líquida al programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, con la finalidad de regularizar presupuestalmente la captación de recursos de aplicación automática de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2008 y para cubrir diversas adquisiciones y gastos operativos. 2.1

B 12 C0 01 0009 E, B 12 C0 01 0073 E, C12 C0 01 0029 E, B 12 C0 01 0041E, B 12 C0 01 0134 E, B 12 C0 010142 E

Reducción compensada (5) y ampliación líquida (1) los recursos serán reorientados a la atención de otras necesidades de gasto de la OM; cabe señalar que la adecuación no afecta el cumplimiento de la actividad institucional programada originalmente, en razón de que dichos recursos no se encuentran comprometidos y resultan ser susceptibles de ser reorientados a la atención de otras prioridades; asimismo, dicho planteamiento no afecta las actividades institucionales programadas originalmente. (724.7)

B 12 C0 010157 E Reducción compensada, se efectuó al programa 03 “Administración Pública” en razón de que en los procesos de contratación de diversos servicios de mantenimiento se generaron economías susceptibles de ser reorientadas a la atención de otras necesidades. (5.2)

B 12 C0 010188 E Reducción compensada al programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” en la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para llevar a cabo los trabajos relativos a la ampliación de la infraestructura eléctrica en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha” se clasificaron de manera errónea en la partida 3504 debiendo haberse clasificado en la partida 5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” por lo que la presente reducción es con la finalidad de transferir los recursos a la partida correcta. (1,200.0)

B 12 C0 01 0206 E Reducción compensada a los programas 03 “Administración Pública”; 12 “Equidad de Genero” para ejecutarse la ampliación compensada para adquirir mobiliario de oficina, así como para clasificar el presupuesto dentro del programa en el que se hicieron las erogaciones. (160.0)

B 12 C0 01 0264 E Reducción compensada al programa 03 “Administración Pública”, en las partidas 2101 “Materiales y Útiles de Oficina “, 3504 “Mantenimiento, Reparación y Conservación de Bienes Muebles e Inmuebles Adheridos a los Mismos”, lo anterior en razón de que los recursos de aplicación automática programados en dichas partidas no fueron requeridos al cierre del ejercicio 2008. (1,729.7)

C 12 C0 01 0268 E Reducción líquida a los programas 03 “Administración Pública”; 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”; 12 “Proporcionar Atención a niños y niñas de los CENDIS” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no fueron ejercidos en 2008. (710.6)

C 12 C0 01 0275 E Reducción líquida al programa 03 “Administración Pública”, debido a que dichos recursos no fueron ejercidos en 2008. (43.5)

Total 6,083.7

Las 65 afectaciones presupuestarias tramitadas por la OM, que corresponden a las partidas

de la muestra, estuvieron soportadas con la documentación requerida en el Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, vigente en 2008.

Asimismo, mediante los oficios núms. ASC/09/1616 y ASC/133/08/OM/09-001 de fechas

19 de octubre y 26 de noviembre, respectivamente, ambos de 2009, la CMHALDF solicitó

340 VOLUMEN 5/13

al ente fiscalizado una nota informativa que explicara el incremento en 2008 de las partidas

3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles

y Muebles Adheridos a los Mismos” del presupuesto original contra el ejercido, así como

el incremento en relación a lo ejercido en 2007, como se reportó en la Cuenta Pública del

Gobierno del Distrito Federal de 2008.

En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2008 del 9 de noviembre de 2008,

el Director General de Administración en la OM proporcionó una nota informativa sin número

y fecha en la que indicó:

“La variación que se registró en la partida 3301 ‘Honorarios’ por $20,471,857.88 pesos,

se deriva principalmente de la ampliación de recursos en la partida de referencia con el

propósito de contar con los recursos necesarios para cubrir y complementar el costo del

programa de honorarios de las Unidades Administrativas adscritas a Oficialía Mayor hasta

el mes de diciembre del presente ejercicio; así como la ampliación de recursos con la

finalidad de actualizar el registro presupuestal del costo correspondiente a las nóminas

que son cubiertas con recursos de aplicación automática.”

Asimismo, con el oficio núm. OM/DGA/1859/2008 del 1o. de diciembre de 2009, el Director

General de Administración en OM propocionó otra nota informativa también sin fecha y sin

número en la que indicó:

“… De igual manera la variación que presentó la partida 3504 ‘Mantenimiento, Conservación

y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos’, que se registró

de 6’083,640.16 pesos, se explica principalmente por las ampliaciones de recursos que se

requirieron para las siguientes acciones:

”Ampliación de recursos por un importe de $1’452,500.00 (un millón cuatrocientos cincuenta

y dos mil quinientos pesos 00/100 MN.) en la partida 3504 ‘Mantenimiento, Conservación y

Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos’, con la finalidad de

asignar recursos para los trabajos de conservación y mantenimiento que fueron ejecutados

en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) a cargo de la Oficialía Mayor con el objeto

de dignificar las instalaciones en las que se presta el servicio educativo-asistencial, en

beneficio de los hijos de las y los trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.

341 VOLUMEN 5/13

”De igual manera se ampliaron los recursos en esta partida por un monto de $2’500,000.00

(Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), los cuales se requirieron para el

mantenimiento y conservación de diversos espacios, entre los que se encuentra la adecuación

de una cancha de squash a gimnasio, conservación y mantenimiento de una cocina, salón de

eventos, sanitarios con regaderas, sanitarios en zona de canchas, sanitario para salón

de eventos y cubierta de policarbonato, así como el suministro y colocación de generadores

de vapor y alimentación de agua caliente a zona de regaderas; todo esto en el Centro

Social y Deportivo Rosario Iglesias Rocha.

”Así mismo, se ampliaron los recursos por un importe total de $1’200,000.00 (Un millón

doscientos mil pesos 00/100 M.N.), con la finalidad de llevar a cabo los trabajos relativos

a la adecuación de la infraestructura eléctrica en el Centro Social y Deportivo ‘Rosario

Iglesias Rocha’, con la finalidad de garantizar la eficiencia de la red de energía eléctrica,

para lo que se requiere de una fuente de abastecimiento de energía adicional para el

sistemas de bombas de calor y equipo de filtrado instalados en la alberca, así como para

dotar de la energía necesaria a las instalaciones que actualmente se encuentran en proceso

de adecuación y mantenimiento y que requieren de energía adicional. Cabe señalar, que

dentro de los trabajos considerados, se encuentra la instalación de un transformador y los

accesorios necesarios para el debido funcionamiento de la red eléctrica del Deportivo.

”Se amplió un importe de $910,723.72 (novecientos diez mil setecientos veintitrés pesos

72/100 M.N.) en la partida de referencia, con la finalidad de realizar diversos servicios

de mantenimiento en las diferentes áreas adscritas a la Oficialía Mayor.

”Dentro de otros conceptos de gasto que influyeron en el mayor ejercicio observado,

destacan los recursos para la realización del Censo de Recursos Humanos a cargo de la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal y a través del cual se buscó

contar con información actualizada y real sobre los recursos humanos con que cuenta la

Administración Pública del Distrito Federal; la contratación del servicio de envío y reenvío de

correspondencia bajo la modalidad de porte pagado de un total de 700,000 piezas postales

contratado para apoyar al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de

Justicia en la campaña de evaluación ciudadana de los servicios de seguridad pública

prestados por el Gobierno de la Ciudad, apoyo que se otorgó con base en lo dispuesto

342 VOLUMEN 5/13

en el artículo 3o. transitorio del Acuerdo de Creación de dicho Consejo; el pago de los

gastos notariales relativos a la formalización y escrituración de los inmuebles adquiridos

por la Oficialía mayor; las erogaciones para cubrir la contratación de los servicios de

soporte técnico para las bases de datos Oracle y Meta-4 que permitieron el adecuado

funcionamiento y operación de la nómina SIDEN y para los cuales no se contó con

asignación original; así como las erogaciones correspondientes al arrendamiento de los

inmuebles ocupados por el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de

Justicia y por la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional debido

a que el presupuesto originalmente asignado para su arrendamiento resultó insuficiente

para cubrir las necesidades durante todo el ejercicio 2008.

”De igual manera, la variación del presupuesto ejercido del 2007 por $3’838,737.93 pesos

con respecto a lo ejercido en 2008 por $14’257,788.15 pesos, se debió a la previsión de

recursos para el rubro de Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles

y Muebles Adheridos a los mismos, de los cuales $6’661,375.00 pesos se erogaron en el

mantenimiento al CENDI 1, CENDI 4 y CENDI 7, respectivamente.

”Impactaron también, el mantenimiento por $2’516,904.06 al Deportivo Rosario Iglesias

Rocha, dentro del cual se realizaron diversas acciones entre las cuales se encuentran

reparaciones y adecuaciones a las oficinas y áreas administrativas del Deportivo.

”Así mismo, en el ejercicio del gasto impactó el mantenimiento por $2’025,254.09 pesos

a los baños de la planta baja del edificio nuevo de Plaza de la Constitución, de los cuales

incluyó el suministro e instalación de wc y mingitorios […] y el mantenimiento a oficinas

del Deportivo Rosario Iglesias Rocha…”

No obstante lo anterior, las variaciones que incrementaron el presupuesto asignado

y los múltiples movimientos presupuestales que modificaron el presupuesto original de la

partida 3301 “Honorarios” de la OM, permiten determinar que no se realizó una adecuada

presupuestación, en contravención del artículo 16, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, que dispone: “Las dependencias [...] formularán

sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios y sus respectivos

presupuestos considerando: I. Las acciones previas durante y posteriores a la realización de

343 VOLUMEN 5/13

dichas operaciones; II. Los objetivos y metas a corto y mediano plazo; III. La calendarización

física y financiera de la utilización de los recursos necesarios; y IV. Las unidades responsables

de su instrumentación”.

Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección

General de Administración de la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la

misma fecha, informó lo siguiente:

“Cabe aclarar, que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal sí planea su

presupuesto de acuerdo a las necesidades del servicio, pero éste se proyecta en el

‘Anteproyecto del Programa Operativo Anual 2008’, […] en virtud de que el ‘Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2008’, se elabora hasta

que se comunica el gasto de inversión ‘Autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal’, por lo que en términos concretos las necesidades que se proyectan para ejercer,

no se realizan primero elaborando el Programa Anual de Adquisiciones, situación que para

poder elaborar dicho Programa Anual, se requiere apegarse al numeral 6 Requisitos de

Operación y Formato. El cual en el inciso a) menciona que se requiere para su elaboración

el resumen presupuestal; asimismo se aclara que en este Programa no se consideran

todas las partidas presupuestales que no son objeto del mismo, por lo que en este sentido se

reitera que el Programa Anual no es la Proyección inicial de necesidades de la Dependencia.”

Lo anterior no desvirtúa la observación del presente resultado, ya que el sujeto fiscalizado

no proporcionó la cifra que presentó como presupuesto original de la partida 3301 “Honorarios”

en su anteproyecto de presupuesto de egresos para 2008, que efectivamente es la base para

elaborar su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

y que permitiera constatar que la OM proyectara un gasto razonablemente ajustado a lo

que iba a erogar.

Recomendación ASC-133-08-12-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se

realice una adecuada presupuestación de la partida 3301 “Honorarios”, en cumplimiento

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

344 VOLUMEN 5/13

4. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1612 de fecha 19 de octubre de 2009, la CMHALDF

solicitó a la OM el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios (PAAAPS) de 2008 y sus modificaciones realizadas en ese año; los Informes

Trimestrales del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

(ISAAPS) formulados en 2008, así como cualquier otro tipo de informe que se haya remitido

a la OM; y los oficios de envío y, en su caso, de autorización respectivos.

El Director General de Administración en la OM, con el oficio núm. OM/DGA/1730/2009

de fecha 9 de noviembre de 2009, remitió documentación al respecto. En el análisis de

esa información se determinó lo siguiente:

1. Se observó que el PAAAPS y sus modificaciones de 2008, se enviaron a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM con desfases de

1 a 270 días hábiles respecto a las fechas establecidas, como se muestra en seguida:

Oficio de envío a la DGRMSG Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse

de oficio Según

Circular Uno

Desfase en días hábiles

Anual OM/DGA/0252/2008 15/II/08 18/II/08 15/II/08 1 Primer trimestre OM/DGA/0621/2008 10/IV/08 10/IV/08 14/IV/08 0 Segundo trimestre OM/DGA/1072/2008 10/VII/08 10/VII/08 14/VII/08 0 Tercer trimestre OM/DGA/1723/2009 6/XI/09 9/XI/09 14/X/08 270 Cuarto trimestre OM/DGA/1726/2009 6/XI/09 9/XI/09 15/I/09 205

Por no presentar oportunamente las modificaciones del Programa Anual de Adquisiciones

de 2008 (tercer y cuarto trimestres), la dependencia contravino los numerales 5.16.1 y

5.16.2 del apartado 5, “Adquisiciones”; subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008, el primero establece que. “Las

DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información a la DGRMSG.

Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por dependencia […]

de acuerdo a los siguientes períodos: Anualmente: a) Programa Anual de Adquisiciones.

345 VOLUMEN 5/13

Trimestralmente: a) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada”;

y el segundo dispone: “Los titulares de las dependencias serán responsables de la

debida formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse

dentro de los diez días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores

a la fecha de la recalendarización”.

Cabe señalar, que la OM publicó oportunamente, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

la versión validada del PAAAPS del ejercicio de 2008 a nivel capítulo presupuestal el

25 de marzo de 2008.

2. Respecto a los ISAAPS del ejercicio de 2008, con el oficio núm. OM/DGA/1730/2009

del 9 de noviembre de 2009, la DGA en la OM únicamente proporcionó el oficio

núm. CAAAPSDF/191/2008 con sello de recibido del 11 de agosto de 2008, mediante

el cual el Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito

Federal (CAAAPSDF) remitió a lo(s) Presidente(s) de (los) Subcomité(s) de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de las Dependencias del Gobierno del

Distrito Federal el “Formato Trimestral de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios (ISAAPS), correspondiente al resumen del período de enero-junio 2008”.

Derivado del análisis a la información proporcionada, se observó que la OM presentó

los ISAAPS con desfases de 83 y 20 días hábiles respecto a las fechas establecidas

para el primer y segundo trimestres de 2008, respectivamente; y, respecto del tercero

y cuarto trimestres no proporcionó información alguna de su presentación, como se

muestra a continuación:

Oficio de envío a la CAAAPSDF Fechas de presentación Período Número Fecha Acuse

de oficio Según

Circular Uno

Desfase en días hábiles

Primer trimestre CAAAPSDF/191/2008 7/VIIII/08 11I/VIII/08 14/IV/08 83 Segundo trimestre CAAAPSDF/191/2008 7/VIII/08 11I/VIII/08 14/VII/08 20 Tercer trimestre No proporcionado 14/X/08 Cuarto trimestre No proporcionado 15/I/09

Por lo anterior, la OM incumplió el numeral 5.16.1 del apartado 5, “Adquisiciones”;

subapartado 5.16, “Informes”, de la Normatividad en materia de Administración de

346 VOLUMEN 5/13

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) del 12 de abril de 2007, vigente en 2008,

que establece: “Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la

información a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera

consolidada por dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: […] b) Informe

del seguimiento de las adquisiciones arrendamientos y prestación de servicios efectuados

durante el trimestre inmediato anterior (ISAAPS)”. Tampoco observó el artículo 53

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008, que instruye:

“Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez días

naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría […] en el que se referirán

las operaciones autorizadas […], realizadas en el mes calendario inmediato anterior…”.

Con motivo de la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la Dirección

General de Administración en la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la

misma fecha, informó lo siguiente:

“De la revisión efectuada, efectivamente las modificaciones al Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), así como de las

modificaciones al Informe de Seguimiento de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios (ISAAPS), sí fueron emitidos con desfase los informes trimestrales entregados …”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma las observaciones de los numerales del

presente resultado.

Recomendación ASC-133-08-13-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se

presenten oportunamente tanto el Programa Anual de Adquisiciones como sus modificaciones

realizadas durante el ejercicio respectivo, de acuerdo con la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) y la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigentes.

347 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-133-08-14-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que los

Informes Trimestrales de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios se elaboren y envíen con oportunidad a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, en cumplimiento con la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) y la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigentes.

Partida 3301 “Honorarios”

5. Resultado

Por medio del oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó

a la OM las conciliaciones presupuestarias efectuadas mensualmente con la SF y los informes

trimestrales sobre el cumplimiento del Programa Anual Autorizado de Contratación de

Servicios (mediante el formato DAP-04), enviados a la Dirección General de Administración

de Personal, correspondientes al ejercicio de 2008 de las unidades administrativas adscritas

a la OM.

En respuesta, la Dirección General de Administración de la OM, por medio del oficio

núm. OM/DGA/1740/09 de fecha 9 de noviembre de 2009, proporcionó las conciliaciones

presupuestarias efectuadas con la SF de 2008 y los Informes trimestrales DAP-04

enviados a la DGAP, correspondientes al ejercicio de 2008.

1. Del análisis a las cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales de 2008,

por medio de las cuales la OM validó la información que le remitió a la Dirección General

de Egresos “B” (DGE), adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SF, se observó

que las conciliaciones de enero a abril; junio a agosto y octubre a diciembre fueron

enviadas a la SF con retrasos de 2 a 53 días hábiles, como se muestra en seguida:

348 VOLUMEN 5/13

Oficio de envío a la DGE Fechas de presentación Mes/2008 Número Fecha Acuse

de oficio Según Manual

de Normas

Desfase en días hábiles

Enero OM/DGA/281/2008 20/II/08 20/II/08 14/II/08 5 Febrero OM/DGA/472/2008 18/III/08 18/III/08 14/III/08 2 Marzo OM/DGA/DRF/213/2008 02/III/08 06/V/08 14/IV/08 15 Abril OM/DGA/DRF/261/2008 21/V/08 26/V/09 14/V/08 8 Mayo OM/DGA/DRF/317/2008 10/VI/08 11/VI/08 13/VI/08 0 Junio OM/DGA/DRF/454/2008 17/VII/08 23/VII/08 14/VII/08 7 Julio OM/DGA/DRF/594/2008 22/VIII/08 27/VIII/08 14/VIII/08 9 Agosto OM/DGA/DRF/690/2008 17/IX/08 18/IX/08 12/IX/08 4 Septiembre OM/DGA/DRF/774/2008 9/X/08 10/X/08 14/X/08 0 Octubre OM/DGA/DRF/991/2008 19/XI/08 21/XI/08 14/XI/08 5 Noviembre OM/DGA/DRF/1074/2008 10/XII/08 30/XII/08 12/XII/08 11 Diciembre OM/DGA/DRF/SF/011/2009 30/III/09 30/III/09 14/I/09 53

Por lo anterior, la OM incumplió el artículo 554, fracción I, inciso a), del Código

Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, que dispone: “Las dependencias

[…] deberán proporcionar a la Secretaría [de Finanzas] la siguiente información:

I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente: a) Conciliación

del ejercicio presupuestal”; así como el numeral 9 del inciso A, “Instrumento para

el Registro del Presupuesto Ejercido”, del subapartado IV.3.1 Cuenta por Liquidar

Certificada, apartado IV.3 Registro de Operaciones Presupuestarias, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008, que indica: “El registro del presupuesto ejercido se desarrollará

con base en la autorización que expida el titular de la UR o de los servidores públicos con

el nivel de estructura, en quien se haya delegado dicha responsabilidad, atendiendo a

lo siguiente: [...] c) Al cierre de cada mes, la DGPP operará y expedirá los reportes

acumulados del registro programático-presupuestal en discos compactos, mismos que

comunicará por escrito a las UR'S y DGE's [Direcciones Generales de Egresos] con el

fin de revisar los registros y llevar a cabo los procesos de conciliación establecidos”.

2. De la revisión a los Informes trimestrales de Contratos de Prestación de Servicios

del ejercicio 2008 (formato DAP-04), con cargo a la partida 3301 “Honorarios”,

enviados a la Dirección General de Administración de Personal, se observó que

los correspondientes a cada una de las unidades administrativas adscritas a la OM

se presentaron con retrasos de 9 a 20 días hábiles y existieron algunos faltantes,

como se muestra a continuación:

349 VOLUMEN 5/13

(Días de desfase)

Unidades Administrativas adscritas a la OM

Trimestre 2008 OM DGA DGADP DGRMySG DGPI CGEDP CGMA Deportivo “Rosario Iglesias

Rocha”

Primero NA 1 20 20 20 1 20 20 20 1 NA 1 Segundo 18 18 18 18 18 18 18 NA 1 Tercero 0 1 9 9 9 9 9 9 9 Cuarto 0 0 0 0 0 0 0 0 1 Proporcionados en la reunión de confronta. NA No aplica. OM Oficialía Mayor. DGA Dirección General de Administración. DGADP Dirección General de Administración de Personal. DGRMySG Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. DGPI Dirección General de Patrimonio Inmobiliario. CGEDP Coordinación General de Evaluación y Desarrollo de Profesional. CGMA Coordinación General de Modernización Administrativa.

Por lo anterior, la OM no observó el numeral 1 del apartado VII. “Informes” de los Lineamientos

para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo

a las partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de

Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”

vigentes en 2008, que instruye: “Las Dependencias […], remitirán a la Dirección General

de Administración de Personal mediante el formato DAP-04, un informe trimestral sobre

el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios, […], diez días

hábiles posteriores al vencimiento del trimestre que reportan”.

Con motivo de la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la DGA en la OM,

mediante el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:

“1. Del análisis efectuado por el ente auditor a las cédulas de conciliación de cifras

programático-presupuestales de 2008, por medio de las cuales se observó que la OM

validó la información que le remitió a la Dirección General de Egresos ‘B’ (DGE), adscrita

a la Subsecretaría de Egresos de la SF, el ente auditor observó que las conciliaciones de

enero a abril; junio a agosto y octubre a diciembre fueron enviadas a la SF con retrasos

de 2 a 53 días hábiles; situación que efectivamente sucedió provocado por la falta de

información que emite la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal a través de la Dirección

General de Política Presupuestal, debido a que para poder realizar las conciliaciones de la

cifras programático-presupuestal en los plazos establecidos según Manual de Normas,

350 VOLUMEN 5/13

se requiere del ‘CIERRE PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL DE CADA MES’ y que es

enviado a esta Dirección General de Administración con diferentes fechas las cuales

están desfasadas, situación que a su vez se refleja en el área financiera en la entrega

retrasada de las conciliaciones referidas, ya que se tiene que revisar y cruzar con la

información que se tiene en sistema, ya que muchas veces el sistema por su complejidad

no refleja la misma posición financiera de la conciliación recibida por Finanzas. Por lo anterior,

es importante señalar que dichas conciliaciones aun y cuando se trate de entregarse en

tiempo y forma no se da en la práctica por el desfase de la entrega de las conciliaciones

como ya se mencionó […].

”2. Respecto de que en algunos de los casos no se entregaron los informes trimestrales

y en otros casos se entregaron con desfase, sobre el particular se aclara lo siguiente:

”INFORMES NO ENTREGADOS

”OM: Para el caso del informe del primer trimestre, no le aplica en virtud de que la

contratación de prestadores de servicios profesionales se efectuó a partir del 16 de junio

de 2008; el informe correspondiente al tercer trimestre de acuerdo con la copia de la

información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia

del oficio número OM/DGA/DRH/1769/2008.

”DGRMSG: El informe correspondiente al primer trimestre de acuerdo con la copia de la

información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia

del oficio número OM/DGA/DRH/819/2008.

”CGMA: El informe correspondiente al primer trimestre de acuerdo con la copia de la

información que se proporcionó en su momento, sí se tiene, misma que se adjunta copia

del oficio número OM/DGA/DRH/819/2008.

”DEPORTIVO ROSARIO IGLESIAS ROCHA: Para el caso de los informes del primer

y segundo trimestre, no le aplica en virtud de que en primer lugar la custodia provisional

del Deportivo fue a partir de mayo de 2008 y la contratación de prestadores de servicios

profesionales se efectuó a partir del 01 de julio de 2008. Por lo que se reitera que no

aplica la presentación de dichos informes.

351 VOLUMEN 5/13

”INFORMES CON DESFASE: Efectivamente algunos informes se entregaron fuera de

tiempo como lo marca los Lineamientos, sin embargo cabe precisar que dichos desfases

se derivan de que como se elaboran distintas nóminas por cada Dirección General, las

cuales son pagadas por cada una de ellas y al final envían la información, misma que es

enviada por cada Dirección General para su concentración de manera retrasada, lo que

ocasiona que al efectuar el informe de manera consolidada éste sea entregado fuera

de tiempo. Sin embargo, se efectuará una Circular a cada área para que se implante un

sistema de control interno que permita a cada Dirección General enviar la información

para que se concentre y se puedan emitir los informes en tiempo y forma.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado con respecto al numeral 1, no modifica el contenido

de la observación formulada.

Por lo que respecta al numeral 2 en relación con los informes trimestrales que no

proporcionaron, se realizaron las modificaciones correspondientes ya que, se remitieron

los oficios con los cuales se realizó la presentación de dichos informes, asimismo, se

aclararon los casos en que no procedió la presentación de los mismos por que no hubo

contratación de prestadores de servicios en esos trimestres; sin embargo, prevalece la

observación referente a los desfases en la presentación de los informes trimestrales de los

Contratos de Prestación de Servicios del ejercicio sobre el Programa Anual Autorizado de

Contratación de Prestadores de Servicios (formato DAP-04) de 2008 enviados a la DGAP.

Recomendación ASC-133-08-15-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se

presenten oportunamente a la Secretaría de Finanzas las conciliaciones mensuales

presupuestarias, en cumplimiento del Código Financiero del Distrito Federal vigente.

Recomendación ASC-133-08-16-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que se

presenten oportunamente los informes trimestrales sobre el Programa Anual Autorizado

de Contratación de Prestadores de Servicios (formato DAP-04), como lo dispone los

Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios

352 VOLUMEN 5/13

con cargo a las partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303

“Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios

e Investigaciones” vigentes.

6. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó a la OM

los reportes del Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido y del Impuesto sobre Nóminas,

tanto mensuales como anual correspondientes a 2008, así como los oficios de envío a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM.

En respuesta, la Dirección General de Administración en la OM, con el oficio

núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre de 2009, proporcionó dicha información,

respecto de la cual se determinó lo siguiente:

1. La OM presentó oportunamente ante la Dirección General de Administración y Desarrollo

de Personal de la OM, los reportes mensuales para el pago de las retenciones del ISR

retenido y del Impuesto sobre Nóminas por el ejercicio de 2008, de conformidad con

lo instruido por la DGADP en la circular número DGADP/000028/2008 del 9 de enero

de 2008, en la cual indicó que:

“… envío el calendario para la recepción de la información mensual para el pago de

las retenciones de ISR y del Impuesto sobre Nóminas del ejercicio 2008 Formatos

DGADP-01 ‘Formato Múltiple para el Entero de Impuesto sobre la Renta Retenido

e Impuesto sobre Nómina con Recursos Presupuestales’ [...]

”En virtud de lo anterior, les solicito girar sus apreciables instrucciones a quien

corresponda para que la información sea enviada puntualmente en la fecha y horarios

establecidos en el calendario [Calendario para la recepción de la información mensual

para el pago de las retenciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre

Nóminas]. No omito señalar que el tercer párrafo del artículo 19 del Decreto del

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal vigente, establece:

‘Los titulares de las dependencias, […] que realicen sus operaciones con el Registro

353 VOLUMEN 5/13

Federal de Contribuyentes del Gobierno del Distrito Federal, [...] deberán remitir

correcta y oportunamente a la Oficialía la información necesaria, para que esta

cumpla dentro de los plazos legales con la obligación de tramitar ante la Secretaría

el pago del Impuesto sobre la Renta’.”

2. Con el oficio núm. OM/DGA/011/2009 del 6 de enero de 2009, la DGA en la OM

presentó a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM

el reporte del mes de diciembre de 2008 del ISR retenido (formatos DGADP-01

“Formato Múltiple para Entero del Impuesto sobre la Renta Retenido e Impuesto

sobre Nóminas con Recursos Presupuestales” y DGADP-02 “Formato Múltiple para

Entero del Impuesto sobre la Renta Retenido e Impuesto sobre la Renta Retenido e

Impuesto sobre Nóminas con Recursos no Presupuestales, Autogenerados, Federales,

FOSEG, etc.”); al respecto, se observó que la presentación fue con un desfase de

tres días hábiles, ya que la fecha de presentación era el 6 y se presentó el 9 de enero

de 2009.

Por lo anterior, la DGA en la OM incumplió lo instruido por la Dirección General

de Administración y Desarrollo de Personal de la OM mediante la circular

núm. DGADP/000028/2008 del 9 de enero de 2008, en la cual informó a los Directores

Generales de Administración de las dependencias el esquema para la entrega de la

información fiscal anual de 2008.

3. Se determinó que las cifras presentadas en los reportes de los doce meses de 2008

del ISR retenido (en los formatos DGAP-01 y DGAP-02, por un importe total de

6,685.9 miles de pesos), coinciden con el reporte anual del ISR retenido (informado

en los formatos DGADP-34, por el mismo importe), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Período Reporte Honorarios asimilados presupuestales

Honorarios asimilados autogenerados

Total

Mensual DGADP-01 3,458.3 Mensual DGADP-02 3227.6 Total anual 3,458.3 3,227.6 6,685.9 Mensuales (12) DGAP-34 3,458.3 3,227.6 6,685.9

354 VOLUMEN 5/13

El importe bruto de las 156 CLC con las que la OM ejerció el presupuesto de la partida

3301 “Honorarios” (menos el monto de 18 DM), es de 67,432.7 miles de pesos,

que coincide con lo reportado en la Cuenta Pública, menos el I.S.R retenido por

6,685.9 miles de pesos, arroja un monto neto de 60,746.8 miles de pesos, el cual

coincide con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008.

4. Mediante el oficio núm. ASC/09/1616 del 19 de octubre de 2009, la CMHALDF solicitó

a la OM el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios 2008

y las modificaciones realizadas con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, así como los

anexos respectivos, incluyendo los oficios de autorización de la Dirección General de

Administración y Desarrollo de Personal, adscrita a la OM.

En respuesta, la DGA en la OM, con el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de

noviembre de 2009, proporcionó dicha información, de lo cual se observó lo siguiente:

El gasto total reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008

como ejercido en ese año con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, por concepto de

honorarios asimilados a salarios, honorarios autogenerados y a colegios de valuadores,

por 60,746.8 miles de pesos, no coincide con el total de la integración, por número de

contratos y montos, de lo incluido en el Programa Anual Autorizado de Contratación

de Prestadores de Servicios, ni con lo reportado en los Informes Trimestrales sobre

el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios (DAP-04),

como se muestra en el cuadro siguiente:

355 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Oficios de Autorización y Modificaciones al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM

Informes Trimestrales (DAP-04)

Contratos Contratos Dependencia/Unidad administrativa

Número Fecha Cantidad Importe Cantidad Importe

Oficialía Mayor DGADP/001832/2008 16/VI/08 7 254.0 7 84.7 DGADP/002323/2008 4/VIII/08 9 167.0 18 376.3 DGADP/002658/2008 5/IX/08 2 160.0 4 120.0 Subtotal 18 581.0 29 581.0 Dirección General de Administración DGADP/00139/2008 25/I/08 12 239.6 12 454.7 DGADP/00670/2008 7/III/08 14 215.2 0 0.0 DGADP/00875/2008 31/III/08 10 159.4 21 488.4 DGADP/001352/2008 6/V/08 9 612.1 11 548.9 DGADP/001355/2008 6/V/08 9 457.9 0 0.0 DGADP/001702/2008 5/VI/08 2 81.6 0 0.0 DGADP/001983/2008 1/VII/08 1 21.5 0 0.0 DGADP/002657/2008 5/IX/08 11 551.8 11 358.3 DGADP/003483/2008 18/XI/08 11 183.9 0 0.0 Subtotal 79 2,523.0 55 1,850.3 Deportivo Rosario Iglesias DGADP/001359/2008 6/V/08 39 310.3 73 697.5 DGADP/001704/2008 5/VI/08 34 387.1 0 0.0 DGADP/001984/2008 1/VII/08 43 880.9 94 1,326.8 DGADP/002322/2008 4/VIII/08 1 0.7 0 0.0 DGADP/002651/2008 5/IX/08 45 914.4 73 1,267.5 DGADP/003251/2008 31/X/08 49 429.7 0 0.0 DGADP/003626/2008 1/XII/08 42 427.7 0 0.0

Subtotal 253 3,350.8 240 3,291.8

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario DGADP/00140/2008 25/I/08 97 2,236.7 142 1,992.7 DGADP/00406/2008 20/II/08 2 55.0 57 1,350.7 DGADP/00672/2008 7/III/08 95 2,270.3 121 1,262.2 DGADP/000876/2008 31/III/08 4 0.01 73 1,843.9 DGADP/001354/2008 6/V/08 92 4,097.3 100 957.8 DGADP/002656/2008 5/IX/08 92 3,772.3 87 2,058.1 DGADP/002914/20081 2/X/08 1 131.8 49 933.7 DGADP/003250/2008 31/X/08 4 0.01 49 2,190.0 DGADP/003484/20081 18/IX/08 49 325.0 0 0.0 Subtotal 436 12,888.4 678 12,589.1

Dirección General de Administración de Personal DGADP/00141/2008 25/I/08 109 1,798.9 179 1,035.2 DGADP/00671/2008 3/IV/08 113 1,895.2 44 109.2 DGADP/001353/2008 6/V/08 70 3,674.4 112 2,397.2 DGADP/001734/2008 6/VI/08 9 322.2 26 358.1 DGADP/002020/2008 7/VII/08 3 71.4 0 0.0 DGADP/002652/2008 5/IX/08 84 4,345.0 26 362.1 DGADP/002913/2008 2/X/08 -12 0.0 141 2,847.6 DGADP/003344/2008 6/XI/08 4 88.0 76 3,086.5 DGADP/003627/20081 1/XII/08 2 101.8 0 0.0 Subtotal 393 12,296.9 604 10,195.9

Continúa…

356 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Oficios de Autorización y Modificaciones al Programa Anual de Contratación de Prestación de Servicios de la DGADP de OM

Informes Trimestrales (DAP-04)

Contratos Contratos Dependencia/Unidad administrativa

Número Fecha Cantidad Importe Cantidad Importe

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 5 DGADP/00142/2008 25/I/08 4 84.4 4 66.7 DGADP/00673/2008 7/III/08 4 84.4 0 0.0 DGADP/001355/2008 6/V/08 9 457.9 16 344.9 DGADP/001703/2008 5/VI/08 3 221.1 31 691.6 DGADP/002655/2008 5/XI/08 19 945.6 40 945.6 DGADP/003486/2008 18/XI/08 19 315.2 0 0.0 Subtotal 58 2,108.6 91 2,048.8 Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional DGADP/00144/2008 25/I/08 47 1,165.6 47 1,748.4 DGADP/00675/2008 7III/08 47 1,165.6 47 1,748.4 DGADP/001357/2008 6/V/08 46 2,331.2 0 0.0 DGADP/002653/2008 5/VI/08 46 1,748.4 46 1,748.4 DGADP/003485/08 18/XI/08 46 82.8 0 0.0 Subtotal 232 6,993.6 140 5,245.2 Coordinación General de Modernización Administrativa y Servicios DGADP/00143/2008 25/I/08 16 736.2 34 1,199.9 DGADP/00407/2008 7/III/08 2 55.3 0 0.0 DGADP/00674/2008 6/V/08 18 846.8 21 1,169.4 DGADP/001356/2008 6/VI/08 10 1,492.0 96 1,748.4 DGADP/002654/2008 5/XI/08 10 1,492.0 10 1,119.0 DGADP/00130/2008 22/X/08 2 325.0 12 1,444.0 Subtotal 58 4,947.3 173 6,680.7 Total 1,527 45,689.6 2,010 42,482.8

Cuenta Pública * (60,746.8) * (60,746.8)

Diferencia 15,057.2 18,264.0

* No reportado en Cuenta Pública. 1 Adición de folios a costos compensados. 2 Cancelación de folio a costos compensados.

Lo anterior evidencia debilidades de control interno que inobserva los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer

lineamiento, inciso e, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril

de 2007, que señala: “Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de

Control Interno son los siguientes: […] III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando

a los titulares la toma de decisiones”.

357 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, la DGA en la OM, mediante

el oficio núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:

“Respecto a que el informe [del mes de diciembre de 2008] se entregó con un desfase de

tres días […] el desfase deriva de que la información que se genera de las demás

Direcciones Generales, se recibió fuera de tiempo, ya que dichas áreas se encontraban

de vacaciones y no se tenía toda la información de manera concentrada para elaborar el

informe y poderlo enviar en tiempo y forma conforme al calendario emitido por la DGADP;

sin embargo para mayor precisión se envía el informe anual el cual fue entregado

mediante oficio número OM/DGA/0037/2009 y recibido el día 14 de enero de 2009 conforme

al oficio Circular número DGADP/000117/2008. (se anexa copia de los informes mensuales

y anuales, así como sus calendarios respectivos)

”En relación con el Programa Anual de Contratación de Prestadores de Servicios 2008

y las Modificaciones realizadas, de lo cual no coincide con el total reportado en cuenta pública

de 2008, que corresponde a los conceptos de honorarios asimilados a salarios, honorarios

autogenerados y A COLEGIOS VALUADORES, al respecto se aclara que el programa en

cuestión, sólo contempla la integración anual de prestadores de servicios profesionales

contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios y autogenerados, con

cargo a la partida 3301 ‘Honorarios’ del año 2008, mismo que se elabora con base a los

requerimientos de cada Dirección General, el cual se verifica que el objeto de la contratación

este prevista en el Programa Anual, definiendo las funciones específicas que para cada

caso serán desarrolladas y determinando el costo unitario y el total del programa, mismo

que es integrado bajo los principios básicos de austeridad y racionalidad presupuestal,

en atención a lo señalado en el artículo 8 de la Ley de Austeridad para el Gobierno

del Distrito Federal; por lo que dicho programa no prevé en su integración anual

A COLEGIOS VALUADORES, que aun y cuando se cargan a la misma partida este

programa corresponde a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, quien es la que

contrata directamente y además dichas contrataciones no son iguales a las de los servicios

profesionales de honorarios asimilados a salarios, razón por la cual siempre existirá

diferencia contra el resultado general de cuenta pública.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado con respecto al numeral 2, no modifica el

contenido de la observación formulada; ya que en el oficio núm. OM/DGA/0037/2009

358 VOLUMEN 5/13

recibido el 14 de enero de 2009 la DGA de la OM informó: “Me refiero a su circular

DGADP/000117/2008 de fecha 15 de diciembre del 2008, mediante el cual solicita le sea

remitida diversa información para el cumplimiento de obligaciones fiscales de carácter anual”.

Por lo que respecta al numeral 4, lo manifestado por el sujeto fiscalizado [el Programa

Anual de Contratación de Prestadores de servicios no prevé en su integración anual

a Colegios Valuadores, que aun y cuando se cargan a la misma partida 3301 “Honorarios”

corresponde a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, la contratación directa

y dichas contrataciones no son iguales a las de los servicios profesionales] no modifica

el contenido de la observación formulada, ya que la Dirección General de Patrimonio

Inmobiliario está adscrita a la propia OM y los Lineamientos para la autorización de programas

de contratación de prestadores de servicios con cargo a las partidas presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de informática”, 3304 “Servicios

estadísticos y geográficos” y 3305 “Estudios e investigaciones”, emitidos por dicha

dependencia no prevén casos de excepción para no presentar el Programa Anual de

Contratación de Prestadores de Servicios 2008 y las Modificaciones realizadas de los

pagos que se hagan a la partida 3301 “Honorarios”, además de que lo pagado a dichos

colegios en 2008 ascendió a un importe total neto de 12,880.1 miles de pesos, como se

muestra en el resultado siguiente, y las diferencias presentadas en este resultado ascienden

a 15,057.2 miles de pesos y 18,264.0 miles de pesos, asimismo el ente tampoco explicó

lo relativo a la discrepancia entre estas diferencias.

Recomendación ASC-133-08-17-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que

se concilien los importes anuales del Impuesto sobre la Renta retenido con los que se

reporten mensualmente mediante los formatos DGADP-01 y DGADP-02, en cumplimiento

de la normatividad emitida por la Secretaría de Finanzas al respecto, así como los

Lineamientos de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-133-08-18-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que

se concilien los importes que se presentan en la Cuenta Pública con cargo a la partida

359 VOLUMEN 5/13

3301 “Honorarios” (que incluye los pagos a los Colegios de Valuadores) con los reportados

en el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores de Servicios y en los

Informes Trimestrales sobre el Programa Anual Autorizado de Contratación de Prestadores

de Servicios, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

7. Resultado

En 2008, la integración del presupuesto ejercido por la OM con cargo a la partida 3301

“Honorarios” (60,746.8 miles de pesos), fue: 47,866.7 miles de pesos (47,978.1 miles

de pesos menos 111.4 miles de pesos mediante documento múltiple), que correspondieron

a pagos a prestadores de servicios por honorarios asimilados a salarios (78.8% de la

partida), que laboraron en las unidades administrativas de la OM; y 12,880.1 miles de pesos

(13,502.4 miles de pesos menos 622.3 miles de pesos mediante documento múltiple) que

correspondió al 21 .2% de la partida, por concepto de pagos de honorarios a los colegios

de valuadores, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Importe bruto

ISR retenido

Importe neto

%

Nóminas OM 47,978.1 6,699.8 41,278.3 Documentos múltiples (111.4) 0.0 (111.4) Subtotal (Nómina) 47,866.7 6,699.8 41,166.9 78.8 Colegios de valuadores 13,502.4 0.0 13,502.4 Documentos múltiples (622.3) 0.0 (622.3) Subtotal (Colegios) 12,880.1 0.0 12,880.1 21.2 Total (Nómina y Colegios) 60,746.8 6,699.8 54,047.0 Cuenta Pública 60,746.8 6,699.8 54,047.0 Diferencia 0.0 0.0 0.0 100.0

Respecto a los honorarios asimilados a salarios, el ente auditado proporcionó a la CMHALDF

información que consiste en CLC, recibos, expedientes de personal, reportes de actividades,

formatos de impuestos retenidos y demás información y documentación complementaria;

y referente a los honorarios pagados a colegios de valuadores, la OM entregó expedientes

de los procesos de adjudicación, los contratos, facturas y demás información y documentación

complementaria. Al respecto, se determinó lo siguiente:

360 VOLUMEN 5/13

1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre de 2009, el Director

General de Administración en la OM proporcionó a la CMHALDF la relación de las

156 CLC, por un importe bruto de 61,480.5 miles de pesos, y los 18 documentos múltiples,

por un importe total de 733.7 miles de pesos, que integraron el presupuesto ejercido

en 2008 de la partida 3301 “Honorarios” que registró un monto de 60,746.8 miles de pesos

resultado del pago por honorarios asimilados a salarios, a autogenerados y a colegios

de valuadores.

2. Las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios asimilados

a salarios de 2008, de las unidades administrativas adscritas a la OM, fueron debidamente

autorizadas, para ello anexó en cada tipo de nómina la relación de contratos, período

por pagar, monto pagado a cada prestador de servicios y firmas de los prestadores de

servicios por el pago recibido. Dichas nóminas totalizaron la cantidad de 47,866.7 miles

de pesos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Nóminas de honorarios asimilados a salarios de la Oficialía Mayor Unidades administrativas Fiscales Autogenerados CENDIS Total

Oficialía Mayor 597.7 597.7 Dirección General de Administración 2,156.2 3,515.2 5,671.4 Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 1,542.7 11,103.6 450.2 13,096.5 Dirección General de Patrimonio Inmobiliario 5,402.1 8,030.5 13,432.6 Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 2,241.8 2,241.8 Coordinación General de Modernización Administrativa 5,307.7 5,307.7 Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional 7,519.0 7,519.0

Total 24,767.2 22,649.3 450.2 47,866.7

En análisis de las nóminas ordinarias, extraordinarias y complementarias de honorarios de la

partida 3301 “Honorarios”, se constató que los pagos realizados a los prestadores de servicios

de honorarios asimilados a salarios y de honorarios de autogenerados se desarrollaron en

forma mensual, de enero a diciembre (incluyó pago único) de 2008. Sin embargo, el pago

debió de realizarse quincenalmente, tal como se establece en el apartado, “Políticas y/o Normas

de Operación”, del procedimiento “Elaboración de la Nómina del Personal de Honorarios”

del 1o. de marzo de 2004 vigente en 2008, que indica: “La Dirección de Recursos Humanos

adscrita a la Dirección General de Administración, es el área encargada de integrar la nómina

361 VOLUMEN 5/13

quincenal del personal de honorarios contratado bajo la partida presupuestal 3301.

A efecto de integrar la nómina con base a los distintos conceptos aplicables...”.

Asimismo, se observó que el procedimiento “Elaboración de la Nómina del Personal de

Honorarios” utilizado en 2008 por la OM, no estaba actualizado, por lo que se incumplió

el numeral 4.4.14 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular

Uno 2007), vigente en 2008.

En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/575/2020 de la misma fecha la DGA en la OM proporcionó documentación

e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado, ya que la OM

indicó que “efectivamente los pagos por concepto de honorarios a salarios asimilados

se efectúan de manera mensual conforme a lo convenido en los contratos formalizados,

y no quincenal como se tiene contemplado en el Manual de Procedimientos de 2004 y del

cual ya no está vigente; sin embargo la Oficialía Mayor, no tenía a la fecha de la auditoría

los Manuales de Procedimientos actualizados, mismos que durante el presente ejercicio

se tomaron las siguientes acciones: con oficio circular número OM/DGA/129/2010 de fecha

20 de enero de 2010, la Dirección General de Administración instruyó a los Directores

adscritos a ésta, llevaran a cabo la actualización de los Manuales de Procedimientos de cada

área, de conformidad con la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales Administrativos

vigente; dicha instrucción contempló como fecha límite el 22 de febrero, para ser enviados

a la CGMA para su revisión y en su caso aprobación y registro, los proyectos de los manuales

de Procedimientos se enviaron a la CGMA el día 25 de marzo de 2010, con oficio número

OM/DGA/528/2010 (se anexa copia de oficios de las acciones emprendidas)”.

Asimismo, la OM remitió copia fotostática de la descriptiva del procedimiento “Pago de

Honorarios por Servicios Profesionales”, en la cual no se especifica que los pagos realizados

a los prestadores de servicios de honorarios asimilados a salarios y de honorarios de

autogenerados debería ser en forma mensual conforme a lo convenido en los contratos

formalizados con éstos, por lo cual el resultado prevalece.

Recomendación ASC-133-08-19-OM

Se reitera la primera recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 1.

362 VOLUMEN 5/13

8. Resultado

Para la partida 3301 “Honorarios” se determinó una muestra de auditoría, por un monto de

26,415.3 miles de pesos, que representó el 43.5% del presupuesto total registrado en 2008

en dicha partida (60,746.8 miles de pesos), la cual se integró por las nóminas de los

prestadores de servicios, que incluyó el concepto de honorarios asimilados a salarios,

a autogenerados y a los colegios de valuadores, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Muestra de auditoría Concepto Ejercido

CLC Importe %

Nóminas de la OM 47,978.1 39 18,372.6 38.3

Colegios de valuadores 13,502.4 10 8,052.0 59.6

Subtotal 61,480.5 49 26,424.6 43.0

Documentos Múltiples (733.7) 2 (9.3) 1.3

Total (nómina y colegios) 60,746.8 26,415.3 43.5

El monto de la muestra de auditoría determinada (26,415.3 miles de pesos) se ejerció por

medio de 49 CLC. De las cuales 39 CLC, por un importe total de 18,372.6 miles de pesos,

correspondieron a los pagos a prestadores de servicios contratados por honorarios;

y 10 CLC, por un monto de 8,052.0 miles de pesos, correspondieron a honorarios a

colegios de valuadores; dicho monto (muestra), se constató que coincidió con el ejercicio

presupuestal expresado por partida, que la Subsecretaría de Egresos de la SF proporcionó

a la CMHALDF.

Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria anexa a dichas CLC, la cual

consistió en oficios de solicitud de pago promovidos por la Dirección de Recursos

Humanos de la DGA en la OM para gestionar los pagos correspondientes a honorarios

ante la Dirección de Recursos Financieros en la DGA en la OM; resúmenes de nómina;

nóminas firmadas por el personal de honorarios y autorizadas por el director general de la

unidad administrativa adscrita a la OM; y oficios de autorización de la Dirección General

de Administración y Desarrollo de Personal en la OM, mediante los cuales se aprueba

la contratación de prestadores de servicios conforme el Programa Anual de Prestación de

Servicios para el ejercicio presupuestal de 2008.

363 VOLUMEN 5/13

Por otra parte, se verificó que las CLC estuvieran registradas en los auxiliares presupuestales

de la OM de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito

Federal vigente en el ejercicio fiscal de 2008.

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la DGA en la OM,

no se determinó observación alguna.

9. Resultado

Mediante muestreo estadístico, se seleccionaron y revisaron los expedientes de 99 prestadores

de servicios que recibieron pagos en el mes de diciembre en 2008, por concepto de honorarios

asimilables a sueldos con cargo a la partida 3301 “Honorarios”.

En el análisis de la documentación soporte de los 99 expedientes de personal

proporcionados por la DGA en la OM, se observó que carecen de lo siguiente:

Documento Expedientes con faltantes

Formato de solicitud de empleo 99 Copia certificada de acta de nacimiento 2 Clave Única de Registro de Población 1 Registro Federal de Contribuyentes 2 Dos fotografías tamaño infantil 97 Comprobante de domicilio 4 Escrito en el que se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el servidor público no tiene otro empleo en el. Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno con el mismo Gobierno del Distrito Federal 68 Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la Contraloría General del Distrito Federal si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal 19

1. En el cuestionario de control interno aplicado a la Dirección de Recursos Humanos de

la OM, señaló que la documentación básica que deben contener los expedientes

de los prestadores de servicios contratados por honorarios con cargo a la partida

3301 “Honorarios”, “…es […] identificación oficial, Registro Federal de Contribuyentes,

comprobante de estudios y de domicilio, currículum vitae, copia del acta de nacimiento,

Clave Única de Registro de Población, escrito para solicitar información de no

inhabilitación a la Contraloría General del Distrito Federal, carta protesta, contrato

y reporte de actividades”.

364 VOLUMEN 5/13

Por no contar los expedientes con la documentación requerida, la OM incumplió

los numerales 1.3.7, incisos a), b), f), g), i), j), k) y l); y 1.3.15 de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) del 12 de abril de 2007 vigente en 2008. El numeral 1.3.7 establece

que “previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante a ocupar una

plaza en alguna de las Dependencias […] deberá entregar lo siguiente: a) Formato de

solicitud de empleo totalmente requisitado. b) Acta de nacimiento. […] f) Registro

Federal de Contribuyentes (RFC) g) Clave Única de Registro de Población (CURP)

[…] i) Copia del comprobante de domicilio. j) Dos fotografías tamaño infantil de frente.

k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo

en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato

alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal.

l) Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos

Humanos consulte en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo

o cargo en el servicio público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado,

queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal”

y el numeral 1.3.15 indica que “el titular del Área de Recursos Humanos de la

Dependencia es responsable de la […] actualización de los expedientes de personal

de los trabajadores adscritos…”.

Tampoco observó el numeral 2, apartado VIII “Responsabilidades”, de los Lineamientos

para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios

Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302

“Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos

y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio Presupuestal

2008, expedido por la OM y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, y publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de marzo de 2006 vigente en 2008,

el cual señala: “Será responsabilidad de los servidores públicos competentes de las

Dependencias […] la elaboración, procesamiento y operación de los contratos,

así como, el trámite para recabar los documentos que avalen la contratación de los

prestadores de servicios, en el ámbito de sus respectivas competencias”.

365 VOLUMEN 5/13

Respecto a los escritos en el que manifiesta el prestador de servicios bajo protesta

de decir la verdad, que no tenia otro empleo o contrato celebrado con el GDF y que se

localizaron en los expedientes resguardados por la OM, se observó que se refieren al

Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal, ya que indican: “Para efectos

del artículo 71 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así

como el 52 fracción III, 53, 54, 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Presupuesto,

Contabilidad y Gasto Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que no desempeño

otro empleo o comisión en la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado,

Dependencias del Gobierno Federal y en la Procuraduría General de la República […].

Bajo la misma protesta, manifiesto que para el caso que con posterioridad se me

brinde la oportunidad de prestar mis servicios en otro puesto o entidad de las señaladas,

tramitaré la compatibilidad de empleo respectiva hasta obtener la autorización

correspondiente; de las dos Dependencias involucradas, en el entendido de que no

podré iniciar labores en el nuevo puesto si antes no cuento con esa autorización”.

Relativo al segundo escrito y que señala: “Manifiesto a usted bajo protesta de decir

verdad, que no tengo antecedentes negativos en la Contraloría General del Distrito

Federal, ni he sido condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza ni

por cualquier otro delito. Por lo que doy mi autorización para que realice las consultas

requeridas respecto de mi persona y comprobar lo dicho, dándome por enterado de

que en caso contrario no podré ingresar a laborar al Gobierno del Distrito Federal”, se

estableció que de los escritos que sí se localizaron en los expedientes, lo manifestado

correspondió a lo dispuesto por la normatividad aplicable.

Por no contar con la documentación actualizada en los expedientes de los prestadores

de servicios, la OM incumplió el objetivo general del procedimiento “Actualización de

las Tarjetas de Kárdex y Expedientes del Personal”, que establece: “Mantener un

control adecuado y fidedigno de los diversos movimientos generados en la trayectoria

laboral de los empleados adscritos al sector Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, sin omitir dato alguno a fin de mantener actualizada la información contenida

en los expedientes del personal” y contravino el apartado “Políticas y/o Normas de

Operación” del procedimiento “Integración y Control de los Expedientes del Personal

de la Oficialía Mayor”, el cual indica: “Es responsabilidad del área administrativa

366 VOLUMEN 5/13

mantener actualizados los expedientes de los empleados, con los documentos que

conforman la historia laboral […] La revisión y actualización de los expedientes debe

ser continua y permanente”.

2. En el análisis de los contratos e informes de actividades incluidos en los 99 expedientes

de los prestadores de servicios, se observó que tres prestadores de servicios realizaron

actividades distintas a las estipuladas en la cláusula primera, “Objeto del Contrato” de

los ocho contratos que suscribieron en 2008, como se indica a continuación:

Contrato Actividades a desarrollar y desarrolladas Número Vigencias Según el objeto de los contratos Según informes de actividades mensuales

DGPI/SEA/14 DGPI/SEA/16 DGPI/SEA/31

Del 1/I/2008 al 29/II/2008 Del 1/III/2008 al 30/IV/2008 Del 1/V/2008 al 30/VI/2008

Operador de sistemas de Información Geográfica, programación en Visual Basic con plataforma de Oracle, PHP, para Internet y Power Objects de Oracle, mantenimiento correctivo en sofware y hardware, así como administración de redes.

Recibir y atender las solicitudes de información presentadas por las dependencias de la Administración Pública del GDF y por particulares. Determinar la naturaleza jurídica de los bienes inmuebles propiedad del DF, es decir, si pertenecen al dominio público o privado con fundamento en lo establecido por la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Distrito Federal. Tramitar ante dependencias externas, el original o copia certificada de la documentación que no se encuentre en la DGPI.

DGADP/8 DGADP/8

Del 1/III/2008 al 30/IV//2008 Del 1/V/2008 al 31/VIII/2008

Apoyar en la integración de expedientes del archivo del programa de descuentos por nómina.

Revisar los datos emitidos por el SIDEN para elaborar credenciales a los trabajadores del GDF. Recibir documentos de los trabajadores para expedir credenciales del GDF. Control y recepción de personal para expedir credenciales de los trabajadores del GDF. Elaborar y entregar credenciales a los trabajadores del GDF.

DGPI/SEA/10 DGPI/SEA/10 DGPI/SEA/18

Del 1/I/2008 al 29/II/2008 Del 1/III/2008 al 30/IV/2008 Del 1/IX/2008 al 31XII/2008

Colaborar en los apoyos y asistencia en informática en los diversos programas prioritarios encomendados directamente a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.

Apoyar la supervisión del registro y actualización del inventario inmobiliario propiedad del GDF, así como apoyar en el resguardo de los títulos, contratos, convenios y demás que acrediten la propiedad de los mismos. Análisis jurídico de la documentación que se encuentra integrada en expedientes de la que se presume la propiedad del DF, a fin de actualizar la información. Determinar de la situación jurídica y administrativa de los inmuebles en los que el GDF tiene la posesión en forma pacífica, continua por medio de diversas dependencias quienes las utilizan para la prestación de servicios públicos con el fin de ser regularizados en favor del DF mediante la expropiación, matriculación administrativa y judicial o prescripción positiva. Realizar inspección física a los inmuebles propiedad del DF.

367 VOLUMEN 5/13

Por no formular los convenios modificatorios para justificar las actividades desarrolladas

por los prestadores de servicios y que fueron distintas a las previstas en los contratos,

la OM incumplió la décima sexta cláusula de los contratos suscritos, la cual establece:

“Décima sexta. Modificación del contrato. El presente contrato podrá ser modificado

en todo o en parte, a través del convenio modificatorio respectivo, cuando así lo considere

necesario el GDF”.

3. Con el oficio núm. ASC/133/08/OM/09-002 del 26 de noviembre de 2009, la CMHALDF

solicitó en medio magnético el listado de los prestadores de servicios a los que la OM

pagó honorarios en 2008 y que seguían a febrero de 2010 en la Delegación.

En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/DRH/2052/2009 del 4 de diciembre de 2009,

la Dirección de Recursos Humanos en la OM proporcionó una relación de 35 prestadores

de servicio (5 adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales; 16 a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario; 1 a la Dirección

General de Administración; y 13 a la Dirección General de Administración y Desarrollo

de Personal).

Asimismo, con el oficio núm. ASC/133/08/OM/10-009 del 16 de febrero de 2010,

la CMHALDF solicitó a la DGA en la OM, la presencia de los 35 prestadores de

servicios, con objeto de aplicarles un cuestionario de control interno, de los cuales sólo

se presentaron 26.

A continuación, se analizaron los contratos de los prestadores de servicios y las

respuestas obtenidas en los cuestionarios de control interno aplicados a 26 de ellos,

y se confirmó que las actividades que indicaron haber desarrollado coincidieron con

las señaladas en el objeto de sus contratos (cláusula primera).

Respecto a los importes mensuales pagados a los 99 prestadores de servicios, se

determinó que la OM pagó a 23 un importe mensual igual o superior a la percepción

mensual bruta del nivel más bajo de personal de estructura del Gobierno del Distrito

Federal.

Sobre el particular, mediante el oficio núm. OM/DGA/1740/2009 del 9 de noviembre

de 2009, la DGA en la OM remitió las autorizaciones de la CGMA respectivas,

368 VOLUMEN 5/13

conforme a los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de

Prestadores de Servicios Profesionales con cargo a las Partidas Presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios

Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones” para el Ejercicio

Presupuestal 2008.

En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM proporcionó documentación

e información que no desvirtúan las observaciones del presente resultado, por lo siguiente:

Por lo que se refiere a la documentación que debe contener el expediente de honorarios,

se emitirá reiterativo a cada Dirección General para que se tomen las medidas conducentes

y los expedientes contengan dicha información.

”Por lo que respecta a los escritos bajo protesta [localizados] en los expedientes de los

prestadores de servicios, en los que observó que existen cartas bajo protesta, que se

refieren al Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal, ya que indican:

‘Para efectos del artículo 71 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, así

como el 52 fracción III, 53, 54, 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Presupuesto,

Contabilidad y Gasto Público; sobre el particular, se aclara que dicha carta se solicita con

base a un oficio circular núm. 07/2007 de fecha 28 de febrero de 2007, en el que de acuerdo

a las facultades que le otorga el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, la Dirección General de Administración, emitió la misma para su aplicación y

observancia correspondiente, sin embargo se procederá a la brevedad a la actualización

de dichas disposiciones.

”… de los prestadores de servicios en los que observó que tres [de ellos] realizaron

actividades distintas a las señaladas en la cláusula primera ‘objeto del contrato’; al respecto,

el […], Subdirector de Enlace Administrativo en la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario

donde fueron contratados dos de los tres prestadores de servicios profesionales, aclara

que los contratos de los prestadores de servicios por honorarios […] el objeto de sus contratos

describen en forma genérica las actividades para las cuales son contratados los prestadores

de servicios, en cambio los reportes de actividades que deben presentar mensualmente

369 VOLUMEN 5/13

los prestadores de servicios, especifican cada una de las actividades realizadas, por lo

que pueden llegar a verse un tanto diferente en su descripción pero en lo sustantivo,

las actividades son el desglose del objeto de los contratos”. No obstante lo anterior, la

observación se formuló, porque en el análisis de las actividades reportadas en los informes

mensuales y en los contratos, se determinó que no se vinculan, de ello se informó en el

cuadro correspondiente al numeral 2 del presente resultado ya que el objeto del contrato

se refiere a trabajos informáticos y ninguna de las actividades reportadas en los informes

tuvo relación con dicho campo de acción, a fin de evitar dicha irregularidad, se debió

suscribir convenios modificatorios, tal como se estipuló en la cláusula décima sexta de

dichos instrumentos jurídicos.

También la OM indicó que “para el caso del prestador del servicio contratado en la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, […], Encargado de

la Subdirección de Enlace Administrativa […], comunica que dicha situación se presentó

por lo siguiente: El prestador de servicios […] realizó otras actividades a las señaladas en

el objeto del contrato, también lo es que si realizó la actividad indicada en el contrato,

ya que sólo apoyó otras actividades esporádicamente por cargas de trabajo y únicamente

le faltó al prestador de servicios señalar en su reporte la actividad que también llevó a

cabo ‘Apoyar en la integración de expedientes del archivo del programa de descuentos

por nómina’. La supervisión sí se llevó a cabo, ya que cumplió con las actividades e

instrucciones de acuerdo con el objeto del contrato que fueron encomendadas, así como

otras actividades por cargas de trabajo, por lo cual se cumplió con la cláusula del contrato

referente a la supervisión”. No obstante lo anterior, la observación prevalece, ya que el

prestador de servicios no reportó ninguna actividad relacionada con el objeto del contrato,

por lo que se debió suscribir el convenio modificatorio correspondiente.

Recomendación ASC-133-08-20-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que previo

a la formalización de la relación laboral de los aspirantes a ocupar una plaza de honorarios

profesionales asimilados a sueldos y salarios y honorarios asimilados autogenerados, se

cuente con los documentos que establece la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

370 VOLUMEN 5/13

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-133-08-21-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor implante medidas de control para garantizar que los

expedientes de los prestadores de servicios de honorarios profesionales asimilados a

sueldos y salarios y honorarios asimilados autogenerados cuenten con la documentación

actualizada, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-133-08-22-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para garantizar que los

prestadores de servicios de honorarios profesionales asimilados a sueldos y salarios

y honorarios asimilados autogenerados cumplan las actividades previstas en el objeto del

contrato, y en el caso que desarrollen otras actividades que se suscriban los convenios

modificatorios respectivos, en cumplimiento de lo estipulado en los contratos de prestación

de servicios.

10. Resultado

Con el oficio núm. ASC/09/0996 del 9 de julio de 2009, la CMHALDF solicitó las nóminas

ordinarias y extraordinarias del Gobierno del Distrito Federal de las 24 quincenas de 2008

a la OM, las cuales fueron proporcionadas por la DGA en la OM mediante el oficio

núm. OM/DGA/1058/2009 del 23 de julio de 2009.

En la conciliación efectuada por la CMHALDF correspondiente al ejercicio de 2008 entre

las nóminas centralizadas con las de la OM relativas a los honorarios de prestadores de

servicios profesionales, honorarios asimilables a salarios y honorarios autogenerados,

se observó lo siguiente:

1. La OM pagó un monto de 33.8 miles de pesos a dos prestadores de servicios con

cargo a la partida 3301 “Honorarios”, los cuales cobraron en otras dependencias del

Gobierno del Distrito Federal durante los mismos períodos que laboraron para la OM,

como se muestra en el siguiente cuadro:

371 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Nóminas de honorarios de la Oficialía Mayor Nómina ordinaria del Gobierno del Distrito Federal Total Número

de contrato Período Monto

(1) Dependencia Período Monto

(2) (1) +( 2)

(3)

DGADP/18 3 16 al 31 de enero de 2008

5.9

Delegación Iztacalco 1 16 al 31 de enero de 2008

4.8*

10.7

13 2 16 2 DGADP 48 3

1o. de enero al 29 de febrero de 2008 1o. de marzo al 30 de abril de 2008 1o. de mayo al 30 de junio de 2008

9.3

9.3

9.3

Dirección General de Prevención y Readaptación Social1

1o. de enero al 30 de junio de 2008

41.0*

68.9

Total 33.8 45.8 79.6

* Confirmado. 1 Tipo de nómina del GDF: Base. 2 Pagos realizados con recursos fiscales. 3 Pagos realizados con recursos autogenerador.

Con objeto de confirmar la información proporcionada por la OM en relación con los

pagos efectuados por otros entes, por medio de los oficios núms. ASC/10/0323

y ASC/10/0324 ambos del 24 de febrero de 2010 se solicitó a la Delegación Iztacalco y

a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social (DGPRS) copias certificadas

de la documentación que acreditara la contratación y pagos realizados en 2008 a los

dos prestadores de servicios señalados en el cuadro.

En respuesta, la DGPRS con el oficio núm. DEPRS/1050/2010 del 26 de febrero de 2010,

remitió comprobantes de liquidación de pago del 1o. de enero al 30 de junio de 2008

y la constancia de nombramiento y movimiento de personal, en la que se específica la

alta de nuevo ingreso.

Asimismo, la Delegación Iztacalco, con el oficio núm. DGA/447/10 del 5 de abril de 2010,

proporcionó constancias de nombramiento de personal (alta por reingreso y baja por

renuncia la cual fue el 31 de enero de 2008), constancia de sueldos y salarios, conceptos

asimilados y crédito al salario, comprobantes de liquidación de pago del 16 al 31 de

enero y del 1o. al 15 de febrero ambos de 2008, de éste último pago remitió también copia

certificada del recibo de pago cancelado y de los comprobantes del depósito respectivo.

Respecto a los escritos bajo protesta que se localizaron en los expedientes de los dos

prestadores de servicios citados en el presente numeral, se observó que se refieren

al Gobierno Federal y no al Gobierno del Distrito Federal.

372 VOLUMEN 5/13

Por no contar con la documentación actualizada en los expedientes de los prestadores

de servicios, la OM incumplió el objetivo general de los procedimientos “Actualización

de las Tarjetas de Kárdex y Expedientes del Personal”; y contravino el apartado

“Políticas y/o Normas de Operación” del procedimiento “Integración y Control de los

Expedientes del Personal de la Oficialía Mayor”.

2. Mediante el oficio núm. ASC/133/08/OM/10-010, del 23 de febrero de 2010, la CMHALDF

solicitó los comprobantes de pago de 2008, como recibos, pólizas de cheques,

trasferencias y nóminas de cada uno de los prestadores de servicios, que resultaron

de la conciliación las nóminas de la OM con las nóminas del Gobierno del Distrito

Federal. Con el oficio núm. OM/DGA/397/2010 del 26 de febrero de 201, la DGA en la OM

remitió pólizas cheque y relaciones de nóminas, las cuales mostraron las firmas de dichos

servidores públicos por el pago realizado en 2008, así como con las de los responsables

de elaborarlas y autorizarlas, por lo que con dicha documentación, se confirmaron los

pagos efectuados a los prestadores de servicios.

En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha la Dirección General de Administración

en la OM informó que respecto a “los [2] prestadores de servicios con cargo a la partida

3301 ‘Honorarios’, de los cuales el ente auditor detectó que cobraron durante los mismos

períodos en otras dependencias del Gobierno del Distrito Federal […]; al respecto […] la

Subdirección de Enlace Administrativa en la DGADP, comunica que: … antes de firmar el

instrumento jurídico por el cual se contrata por honorarios se le pregunta si tiene otro trabajo

en el Gobierno Federal o local para en su caso, solicitar la compatibilidad de empleos y esto

queda constancia con el escrito de bajo protesta que firman los prestadores de servicios.

Si bien es cierto que el escrito de bajo protesta que no desempeña otro empleo o comisión,

se menciona la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y su Reglamento,

también lo es, que el artículo 1o. de la Ley y su Reglamento se considera al Departamento

del D.F. actualmente Gobierno del Distrito Federal, por lo que se desprende que dentro de

los artículos señalados en la carta de protesta se considera al Gobierno Local (se anexa

copia de carta bajo protestad y el artículo 1o. de la Ley y Reglamento)”.

Lo anterior evidencia que los prestadores de servicios referidos, declararon con falsedad

al momento de la suscripción del contrato de prestación de servicios con la OM, al indicar

373 VOLUMEN 5/13

que no contaban con otro empleo en el Gobierno Federal y por extensión, como lo indica

la OM, en el Gobierno del Distrito Federal.

Recomendación ASC-133-08-23-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor adopte medidas de control para asegurarse de que

los prestadores de servicios contratados con cargo a la partida 3301 “Honorarios” no formen

parte de la nómina del Sistema Integral Desconcentrado de Nómina del Gobierno del Distrito

Federal o, en su caso, que dichos prestadores de servicios cuenten con la autorización

de contratación otorgada por la Contraloría General del Distrito Federal, de conformidad

con la normatividad aplicable.

11. Resultado

Del total ejercido (60,746.8 miles de pesos) en la partida 3301 “Honorarios”, se seleccionó

una muestra de auditoría de 26,415.3 miles de pesos mediante 49 CLC, de los cuales,

8,052.0 miles de pesos (30.5%) que fueron pagados mediante 10 CLC, correspondieron a

pagos en 2008 a colegios de profesionistas de valuación que realizaron servicios técnicos

en diversos inmuebles de las Delegaciones del Distrito Federal, dichos pagos se muestran

a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada Razón social Número Fecha Cantidad

de facturas Importe

Colegio de Valuadores de México, A.C. 12 CO 01 04890 12/XII/08 18 472.5 12 CO 01 05588 31/XII/08 37 999.8 12 CO 01 05609 31/XII/08 161 1,380.0 12 CO 01 01820 10/VI/08 118 1,468.7

Subtotal 334 4,321.0 Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricista, A.C. 12 CO 01 05606 31/XII/08 22 472.2 12 CO 01 05610 31/XII/08 30 1,320.0 12 CO 01 03833 21/X/08 1 1,315.3

Subtotal 53 3,107.5 Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C. 12 CO 01 05263 31/XII/08 13 71.5 12 CO 01 05607 31/XII/08 36 252.1 12 CO 01 05608 31/XII/08 51 299.9

Subtotal 100 623.5

Total 487 8,052.0

374 VOLUMEN 5/13

En la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria, se observó lo siguiente:

1. En la revisión de las CLC, se constató que la OM cumplió lo que establecen los incisos

2, 4, 15, 27 y 41, numeral IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal; y los artículos 378 y 381 del Código Financiero del Distrito

Federal, vigente en 2008.

2. Mediante el oficio núm. DGPI/049/2008 del 24 de enero de 2008, se tuvo conocimiento

que la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó a la DGA en la OM que

llevara a cabo los trámites necesarios para contar con suficiencia presupuestal por

7,600.0 miles de pesos, a fin de realizar la contratación de los colegios de profesionistas

en materia de valuación de bienes.

Posteriormente, con el oficio núm. DGPI/113/2008 del 7 de febrero de 2008, la Dirección

General de Patrimonio Inmobiliario amplió esta información, indicando que se llevó a

cabo un análisis estadístico de los datos históricos relativos a las cantidades de trabajos

valuatorios y los pagos realizados en los últimos cinco años, con lo cual se proyectó

para el ejercicio de 2008 una cantidad de 1,385 avalúos mediante un importe de

15,000.0 miles de pesos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Avalúos Año

Cantidad Importe

2003 754 11,097.7 2004 1,041 11,516.0 2005 732 11,999.5 2006 1,922 13,326.5 2007 1,179 10,655.8 2008 1,385 15,000.0

Asimismo, como justificación para esta contratación de los colegios de profesionistas,

la DGPI indicó “Debido a la especialización que requieren los trabajos de valuación de

bienes que solicitan las distintas dependencias, unidades administrativas, órganos

político-administrativos, órganos desconcentrados y entidades de la administración

pública del Distrito Federal, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, considera

375 VOLUMEN 5/13

factible la contratación por el procedimientos de adjudicación directa a los siguientes

colegios de profesionistas:

”[Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricista A.C.] es un cuerpo colegiado que se

destaca por su especialidad en valuación de maquinaria y equipos especiales, equipo

de construcción, equipo eléctrico, equipo electrónico, equipo de telecomunicaciones,

redes de fibra óptica, plantas potabilizadoras de agua, complejos industriales; aglutina

especialistas de alta calidad profesional para la realización de los siguientes tipos de

avalúos que requiere la Administración Pública del Distrito Federal, como son: avalúos

de negocios en marcha que fijan importes de contraprestaciones mensuales que debe

cobrar el GDF a permisionarios; avalúos de infraestructura a instalaciones especiales;

avalúos de transferencia de potencialidad de usos de suelo; avalúos de intangibles;

avalúos de inmuebles catalogados; avalúos de maquinaria, equipo y bienes muebles

diversos; y avalúos de bienes expropiados por causas de utilidad pública.

”El [Colegio de Valuadores de México A.C.], es un cuerpo colegiado que se destaca por

su especialización en valuación de negocios en marcha, obras de arte, semovientes,

avalúos rurales, análisis de riesgos; aglutina especialistas de alta calidad profesional

para la realización de los diferentes tipos de avalúos que requiere la Administración

Pública del Distrito Federal, como son: avalúos de negocios en marcha; avalúos de obras

de arte, avalúos de infraestructura e instalaciones especiales; avalúos de intangibles;

avalúos de inmuebles catalogados; avalúos de maquinaria, equipo y bienes muebles

diversos; avalúos de semovientes; y avalúos de bienes expropiados por causas de

utilidad pública.

”El [Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.], es un cuerpo colegiado

que se destaca por su especialidad en valuación de terrenos urbanos y rurales;

inmuebles diversos; justipreciación de rentas; construcciones, incluyendo equipo

e instalación; complejos turísticos y de servicios; avalúos masivos, actualizaciones de

avalúos, levantamientos topográficos y arquitectónicos; y avalúos para el cumplimiento

de obligaciones fiscales y expropiaciones.”

También se precisó que el costo de cada avalúo resulta variable, siendo el valor mínimo

por pagar de 1,315.0 pesos más IVA y sin contar con un máximo, debido a que el costo

376 VOLUMEN 5/13

depende de las propias características técnicas del trabajo, ya sea por las dimensiones del

bien valuado, por ser un avalúo maestro o por la complejidad del propio trabajo valuatorio.

Por último, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario señaló que el incremento

en el total de recursos para 2008, se debió a la previsión de avalúos por programas de

expropiaciones y compras para el reordenamiento del comercio informal y los referentes

a la seguridad pública.

Al respecto, mediante el oficio núm. OM/DGA/339/2008 del 26 de febrero de 2008, la

DGA en la OM informó a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario lo siguiente:

“… para contratar los servicios de valuación con los colegios de valuadores serán

presentados a dictaminación y consideración del H. Órgano Colegiado en la próxima

Sesión Extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de la OM.

”Sobre el particular, […], fue necesario destinar $1,673,117.51 (Un millón setecientos

setenta y tres mil ciento diecisiete pesos 51/100 M.N.) del presupuesto del Ejercicio

Fiscal 2008, para el pago de adeudos fiscales al ejercicio 2007, el recurso con el que

se cuenta para atender la contratación de referencia se modifica quedando un disponible

de $5,988,353.49 (Cinco millones novecientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta

y tres pesos 49/100 M.N.) […].

”Cabe señalar […] de conformidad con las necesidades que en materia valuatoria

determine esa Dirección General se efectuarán las gestiones presupuestales

correspondientes a efecto de estar en condición de cubrir la totalidad de los

requerimientos.”

3. El 10 de marzo de 2008, el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de la OM aprobó por unanimidad la contratación de los trabajos de valuación.

Mediante el acuerdo núm. 04/1ª.EXTRORD/08 se autorizó la participación del Colegio

Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C., por un importe de 1,260.0 miles

de pesos (IVA incluido); con el acuerdo núm. 05/1ª.EXTRORD/08, la del Colegio de

Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., por un importe de 2,363.8 miles de pesos;

377 VOLUMEN 5/13

y con el acuerdo núm. 06/1ª.EXTRORD/08, la del Colegio de Valuadores de México,

A.C. por un importe de 2,363.8 miles de pesos. En los tres casos, se aprobó la

contratación mediante el procedimiento de adjudicación directa por caso de excepción,

con fundamento en el artículo 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, y con vigencia a partir del día siguiente al de la formalización del

contrato y hasta el 31 de diciembre de 2008.

Los contratos de prestación de servicios profesionales en materia de valuación de bienes

y celebrados con los colegios de profesionistas (Colegio de Ingenieros Mecánicos

Electricistas, A.C., Colegio de Valuadores de México, A.C. y Colegio Nacional de

Ingenieros Arquitectos de México, A.C.), los tres contratos se firmaron y rubricaron

el 11 de marzo de 2008, y se dispuso la formalización con base en la modalidad de

contrato abierto, en términos de lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal. Para los dos primeros se estableció un mínimo por ejercer

de 300.0 miles de pesos (IVA incluido) y un máximo de 2,363.8 miles de pesos; y para

el tercero se indicó un mínimo y máximo de 300.0 y 1,260.7 miles de pesos,

respectivamente, todos con una vigencia que comprende un período a partir del día

siguiente a la formalización del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2008.

Durante 2008, presentaron modificaciones los términos y condiciones de contratación

de dichos colegios profesionales las cuales se indican a continuación:

Mediante el oficio núm. DGPI/1588/2008 del 13 de junio de 2008, la Dirección General de

Patrimonio Inmobiliario solicitó a la Dirección General de Administración que se autorizara

una suficiencia presupuestal por 472.8 miles de pesos, correspondientes al 20.0%

del monto máximo (2,363.8 miles de pesos) considerado en el contrato con el Colegio de

Valuadores de México, A.C.. Con el oficio núm. OM/DGA/925/2008 del 16 de junio

de 2008, la Dirección General de Administración autorizó la suficiencia presupuestal.

Por lo anterior, el 30 de junio de 2008 se firmó un convenio modificatorio al contrato

abierto de prestación de servicios en materia de valuación de bienes del 11 de marzo

de 2008 con el Colegio de Valuadores de México, A.C., con el cual se modificó la cláusula

tercera del contrato relativa al monto mínimo y máximo por ejercer, para quedar con

un monto mínimo de 300.0 miles de pesos y un máximo de 2,836.6 miles de pesos

378 VOLUMEN 5/13

(IVA incluido), lo anterior en cumplimiento del artículo 65, primer párrafo, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 17 de mayo de 2004, vigente en 2008.

Con el acuerdo núm.15/6ª.EXTORD/08, del 15 de octubre de 2008, el Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios autorizó la contratación del

Colegio de Valuadores de México, A.C. de nueva cuenta, por lo que, el 16 de octubre

de 2008, se formalizó un nuevo contrato abierto de prestación de servicios

profesionales en materia de valuación de bienes, por un monto mínimo de 300.0 miles

de pesos y un máximo de 2,836.6 miles de pesos (IVA incluido). Lo anterior por que

se ejercieron en su totalidad los recursos autorizados del convenio modificatorio del

30 de junio de 2008, y con dicho convenio debían llevarse a cabo trabajos valuatorios

del Proyecto Macro: Supervías Reforma y Poniente, así como la Línea Dorada del

Metro (pago de afectaciones, expropiaciones y compras), según indicó la Dirección

General de Patrimonio Inmobiliario en el oficio núm. DGPI/2449/2008 del 2 de

septiembre de 2008, con el cual además solicitó suficiencia presupuestal a la DGA

en la OM, la cual dio su autorización por medio del el oficio núm. OM/DGA/1403/2008

del 11 de septiembre de 2008.

Posteriormente, con el oficio núm. DGPI/2730/2008 del 30 de septiembre de 2008,

la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó suficiencia presupuestal

por 472.7 miles de pesos, correspondiente al 20.0% del contrato con el Colegio de

Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., en razón de que “derivado de las acciones

del Jefe de Gobierno, se han incrementado considerablemente los trabajos en materia

de valuación de bienes; en consecuencia el contrato de prestación de servicios en

materia de valuación de bienes, celebrado con dicho colegio fue el 11 de marzo del

año en curso, está por agotarse”.

De igual forma, con el oficio núm. DGPI/2735/2008 del 30 de septiembre de 2008,

la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario solicitó suficiencia presupuestal

por 252.1 miles de pesos, correspondiente al 20.0% del monto contratado con el

Colegio Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C., la cual fue otorgada con el oficio

núm. OM/DGA/DRF/829 del 22 de octubre de 2008. El convenio modificatorio se

formalizó el 12 de noviembre de 2008.

379 VOLUMEN 5/13

4. Con el oficio núm. DGPI/DA/1288/2008, del 24 de diciembre de 2008, la Dirección

General de Patrimonio Inmobiliario solicitó de nueva cuenta a la DGA en la OM suficiencia

presupuestal para contratar a los Colegios Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C.

(1,320 miles de pesos), Valuadores de México, A.C. (1,380 miles de pesos) y Nacional

de Ingenieros Arquitectos de México, A.C. (300.0 miles de pesos), por un importe total de

3,000.0 miles de pesos requeridos para el cierre del ejercicio de 2008. En respuesta,

con el oficio núm. OM/DGA/DRF/1130/2008, la Dirección de Recursos Financieros

comunicó la autorización de suficiencia presupuestal e indicó que “los compromisos que

se llegasen a generar a partir del presente comunicado deberán quedar debidamente

devengados y contabilizados a más tardar el 31 de diciembre de 2008, conforme a lo

establecido en los artículos 381 y 382 del Código Financiero del Distrito Federal…”.

Sobre el particular, se revisó el acta de la décima segunda sesión ordinaria del Subcomité

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del 26 de diciembre

de 2008 y se constató que con los acuerdos núms. 22/12ª.ORD/08, 23/12ª.ORD/08 y

24/12ª.ORD/08, el Subcomité aprobó la contratación de los Colegios de Ingenieros

Mecánicos Electricistas, A.C.; Valuadores de México, A.C. y Nacional de Ingenieros

Arquitectos de México, A.C., respectivamente, la cual se realizaría mediante el

procedimiento de adjudicación directa por caso de excepción, lo anterior con fundamento

en el artículo 54, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

En esta sesión del Subcomité se indicó que los recursos para finalizar los trabajos

correspondientes a los contratos anteriores se habían agotado y esta nueva solicitud

“responde a más requerimientos y demanda de avalúos. Tenemos afectaciones de la

Línea Dorada del Metro y solicitudes de actualización de permisos administrativos que

varían y van de la mano con recursos autogenerados”.

El 26 de diciembre de 2008, se firmaron los contratos respectivos con los Colegios

de valuadores de Ingenieros Mecánicos Electricistas, A.C. (1,320 miles de pesos),

Valuadores de México, A.C. (1,380 miles de pesos) y Nacional de Ingenieros Arquitectos

de México, A.C. (300.0 miles de pesos), todos con una vigencia del 27 al 31 de

diciembre de 2008.

Del análisis a la información y documentación de este resultado, no se determinó

observación alguna.

380 VOLUMEN 5/13

12. Resultado

Con objeto de verificar el cumplimiento del apartado de las “Disposiciones de Racionalidad

y Austeridad” del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, por medio del oficio núm. ASC/133/08/OM/10-11 del 3 de marzo de 2010,

la CMHALDF solicitó a la OM las medidas y acciones de austeridad implementadas en 2008,

conforme al Manual de Buenas Prácticas de Ahorro para Fomentar Criterios de Austeridad y

Formatos de Medidas y Acciones de Austeridad, y de los Ahorros y Recuperaciones

obtenidos, así como los registros mensuales de los ahorros y recuperaciones relevantes

que se informaron en 2008 con respecto a la partida 3301 “Honorarios”.

En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/450/2010 del 8 de marzo de 2010, la Dirección

General de Administración de la OM informó que en “2008, el ejercicio de recursos con cargo

a la partida presupuestal de honorarios estuvo en apego a lo previsto en el artículo 8o. de

la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal”.

Mediante el oficio núm. ASC/09/1612 del 19 de octubre de 2009, también se solicitó los

informes semestral y anual de la actuación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento

y Prestación de la OM durante el ejercicio de 2008, para verificar el formato de ahorros y

economías obtenidas en 2008. Al respecto, el sujeto fiscalizado proporcionó el oficio

núm. OM/DGA/1277/2008 del 19 de agosto de 2008, con el cual la Secretaría Ejecutiva

del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de la OM remitió

al Secretario Ejecutivo del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de

Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal, únicamente el Informe Semestral

de Actuación 2008, mediante el cual el Oficial Mayor y Presidente de la Secretaría

Ejecutiva del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios

y la Directora General de Administración y Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva

del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios de la OM,

informaron lo que sigue:

“Durante este primer semestre, las cinco contrataciones más relevantes para la OM en las

cuales se obtuvieron ahorros en relación a los sondeos de mercado realizados, se encuentran

las siguientes, según se muestra en seguida.

381 VOLUMEN 5/13

”Adjudicación Directa OM/DGA/DRMSG/CA-016-2008 por la Adquisición del Sistema

de Filtrado y Calefacción para el Centro Social y Deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha’ por un

monto presupuestado de 2,785 miles de pesos y un monto adjudicado de 2,646 miles de

pesos con un ahorro de 139 miles de pesos y un porcentaje de ahorro del 5.0%.”

En este sentido, se concluye que la OM no precisó las medidas y acciones de austeridad

que se implementaron en 2008 para obtener ahorros, las cuales debieron ser comunicadas

para su registro anual a la CGMA, en el formato de medidas y acciones de austeridad a

implementar. Tampoco proporcionó los registros mensuales de los ahorros recuperaciones

que se reportaron a la CGMA en 2008 respecto a la partida 3301 “Honorarios”.

Por lo anterior, la OM contravino los numerales 10.9.2, 10.9.3, 10.9.4 y 10.9.5, apartado 10.9,

“Austeridad del Gasto Público del GDF”, de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos (Circular Uno), vigente en 2008. El primero dispone:“Las Dependencias […]

a través de los titulares de las DGA, deberán observar la LAGDF, el CFDF en su Título

Segundo Capítulo Primero Disposiciones Generales, el DPEDF en el Título Tercero,

Capítulo Primero Disposiciones de Racionalidad y Austeridad, así como las demás

disposiciones aplicables a la materia”; el segundo establece: “Las Dependencias […]

a través de los titulares de las DGA, integrarán para cada ejercicio una serie de medidas

y acciones de austeridad a implementar para obtener ahorros, en el Formato […] de

‘Medidas y Acciones de Austeridad a Implementar’ emitido por la OM”; el tercero instruye:

“Los titulares de las DGA deberán remitir copia a la CGMA, durante los primeros cinco

días hábiles del mes de febrero de cada año, para su seguimiento y evaluación”; y el

último indica: “Las Dependencias […] a través de la DGA, llevarán un registro de sus

ahorros y recuperaciones importantes sobre la base de lo programado en las medidas

de acciones de austeridad”.

Tampoco atendió el artículo 438 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008,

que establece: “Las dependencias […] deberán sujetarse a lo previsto en la Ley de Austeridad

para calcular la estimación de gasto por concepto de […] servicios generales”.

Además el artículo 36, fracción VI, capítulo I, “Disposiciones de Racionalidad y Austeridad

en su Título Tercero”, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

382 VOLUMEN 5/13

el Ejercicio Fiscal 2008, que dispone: “Los titulares de las Dependencias […] serán

conjuntamente responsables con los servidores públicos encargados de la administración

de los recursos asignados, de las erogaciones por los conceptos que a continuación se

indican, los cuales se sujetarán a lo establecido en la Ley de Austeridad y a los siguientes

criterios de racionalidad y disciplina presupuestal […] VI. Honorarios.- Las contrataciones

se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la materia…”.

En la reunión de confronta celebrada el 6 de abril de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/575/2010 de la misma fecha la Dirección General de Administración

en la OM proporcionó documentación e información que no desvirtúan las observaciones

del presente resultado, debido a que la OM argumentó que “respecto a porque no se

dio cumplimiento al formato contemplado en el Manual de Buenas Prácticas; sobre el

particular, se comenta que de acuerdo con una de las observaciones efectuadas por

el ente auditor en el resultado 3, en el que mencionó que: ‘No obstante lo anterior, las

variaciones que incrementaron el presupuesto asignado y los múltiples movimientos

presupuestales que modificaron el presupuesto original…, de la OM, permiten deducir que

no realizó una adecuada presupuestación…’; al respecto, se precisa que debido a lo

antes expuesto en el Resultado en cuestión, la Oficialía Mayor, no tenía elementos

relacionados con la Recuperación y obtención de Economías a favor del Gobierno del

Distrito Federal que encuadrarán en el requisitado de los formatos de dicho Manual”.

Lo expuesto por el sujeto fiscalizado no modifica las observaciones del presente resultado,

ya que la normatividad infringida en el presente resultado considera al capítulo 3000

“Servicios Generales” y a la partida 3301 “Honorarios” sujeta a medidas de austeridad

y, además la OM, no presentó evidencia documental de las medidas y acciones de

austeridad que se implementaron en 2008, por lo que el resultado prevalece.

Recomendación ASC-133-08-24-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para

garantizar que se implementen en cada ejercicio medidas y acciones de austeridad, con el

propósito de obtener ahorros, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

383 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-133-08-25-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para

garantizar que se elabore y remita el formato “Medidas y Acciones de Austeridad a

Implementar”, a la Coordinación General de Modernización Administrativa, en cumplimiento

de la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-133-08-26-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor adopte medidas de control y de supervisión para

garantizar que se lleve a cabo el registro de ahorros y recuperaciones relevantes,

conforme a lo programado en las medidas y acciones de austeridad, en cumplimiento de

la normatividad aplicable.

13. Resultado

En 2008, el presupuesto ejercido por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, por un monto de 136,713.0 miles de pesos, de ellos 14,257.8 miles de pesos

(10.4%) correspondieron a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de

Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, dichos recursos que se pagaron

mediante 50 CLC menos las reducciones derivadas de 3 documentos múltiples. La partida

3504 mostró un incremento de 10,419.1 miles de pesos (271.4%) respecto al presupuesto

ejercido en 2007 (3,838.7 miles de pesos).

Se seleccionó una muestra de auditoria de 10,748.8 miles de pesos para la revisión de dicha

partida, que representaron el 75.4% del presupuesto ejercido en la partida el cual se ejerció

mediante dos licitaciones públicas internacionales, por un importe total de 9,046.4 miles

de pesos, y una adjudicación directa, por un importe de 1,702.4 miles de pesos; y en las

que participaron tres prestadores de servicios con igual número de contratos, así como un

convenio modificatorio. Las operaciones se registraron mediante cinco CLC expedidas

por la OM en 2008, como se muestra a continuación:

384 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Adjudicación Razón social

Tipo Número Número de contrato CLC Importe

Grupo Distribuidor Esmeralda, S.A. de C.V. LPN1 30001106-006-08 OM/DGA/DRMSG/CPS-019-2008 03790 y 04288 6,529.4

Proveedora DM, S.A. de C.V. LPN1 30001106-009-08 OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008 0506 2,397.8

*OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008 119.2

Subtotal 9,046.4

Ferretodo, S.A. de C.V. AD2 OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008 5530 y 5603 1,702.4

Total 10,748.8

* Convenio modificatorio por ampliación en el monto. 1 Licitación pública nacional. 2 Adjudicación directa.

En el análisis de los tres procesos de adquisición, así como su documentación justificativa

y comprobatoria, se determinó lo siguiente:

1. Licitación pública nacional núm. 30001106-006-08

Este procedimiento se realizó para la contratación del servicio de mantenimiento, conservación

y rehabilitación con reposición de accesorios en primera fase a las instalaciones de los

Centros de Desarrollo Infantil (CENDI’S) adscritos a la OM e identificados por ésta con

los números 1, 4 y 7.

En la revisión de dicho procedimiento, se observó lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/013/2008 del 13 de mayo de 2008,

la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales notificó a la Dirección de

Relaciones Laborales, ambas adscritas a la OM, las requisiciones núms. RS/34-2008,

RS/35-2008 y RS/36-2008, todas del 19 de mayo de 2008, con la justificación:

“Mantenimiento integral a los espacios que constituyen el Centro de Desarrollo Infantil

(CENDI’S)”.

b) La DRMSG solicitó al Director de Recursos Financieros de la OM, mediante los oficios

núms. OM/DGA/DRMSG/86/102/2008 y OM/DGA/DRMSG/86/102/103/2008, ambos

385 VOLUMEN 5/13

del 29 de mayo de 2008, que autorizara suficiencia presupuestal para atender las

requisiciones mencionadas. En repuesta, con los oficios núms. OM/DGA/DRF/287/2008,

OM/DGA/DRF/288/2008 y OM/DGA/DRF/289/2008, todos del 2 de junio de 2008,

la Dirección de Recursos Financieros emitió las autorizaciones correspondientes;

se autorizaron 1,880.9; miles de pesos para el CENDI núm. 1; 3,283.3 miles de pesos,

para el CENDI núm. 4; y 1,881.9 miles de pesos, para el CENDI núm. 7. En conjunto

se dispuso de un importe total de 7,046.1 miles de pesos.

c) Con el oficio núm. OM/DGA/864/2008 del 4 de junio de 2008, la DGA solicitó a la

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, la publicación de la convocatoria

a la licitación pública nacional núm. 30001106-006-08, la cual apareció publicada

el 9 de junio de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

d) Las bases de la licitación pública nacional 30001106-006-08, se firmaron el 9 de

junio de 2008, y contenía la siguiente documentación: anexo núm. 1 “Descripción

del Servicio de Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación con Reposición de

Accesorios a tres Centros de Desarrollo Infantil de la Oficialía Mayor”; anexo núm. 2

“Formato de Declaración Bajo Protesta de Decir Verdad”; Anexo núm. 3 “Formato de

No Estar en los Supuestos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas

de los Servidores Públicos”; anexo núm. 4 “Formato de Prestación de Ofertas de

Precios más Bajos”; anexo núm. 5 “Texto que deberá Contener la Fianza por un Importe

Mínimo del 5% del Importe Total de la Propuesta sin IVA para Garantizar la Formalidad

de la Propuesta Económica”; y anexo núm. 6 “Texto que deberá Contener la Fianza

por un Importe Mínimo del 15% del Importe a Contratar sin IVA, para Garantizar el

Cumplimiento del Contrato”.

Asimismo, el 12 de junio de 2008 se llevó a cabo la junta de aclaraciones de las bases

se comprobó que debidamente firmada por los servidores públicos y representantes

de las tres empresas participantes.

e) El acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas se llevó a cabo

el 16 de junio de 2008, con la participación de tres de los proveedores participantes

para este evento.

386 VOLUMEN 5/13

f) Se realizó la evaluación cualitativa de la documentación legal y administrativa

correspondiente a las tres empresas que presentaron tanto su propuesta técnica

como la económica, para informar el resultado del análisis cuantitativo de las tres

ofertas económicas presentadas en el Dictamen y Fallo de la Licitación.

g) La sesión para comunicar el resultado del dictamen y fallo de la licitación pública

nacional núm. 30001106-005-08 se llevó a cabo el 28 de junio de 2008; por ello,

en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43, fracción II, y 49 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, se determinó que la empresa Grupo

Distribuidor Esmeralda, S.A. de C.V. cumplió los requisitos de los puntos 4.2, 1.20, 4.3

y 4.4 de las bases de Licitación y su oferta económica que presentó fue la de menor

precio, además cubrió cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su

documentación legal y administrativa.

h) El acta del resultado del Dictamen de Fallo de la licitación pública nacional

núm. 30001106-006-08 fue enviada a la Secretaría de la Función Pública para su

registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales COMPRANET,

según consta en el acuse de recibo núm. 30908 del 9 de julio de 2008.

i) El Dictamen de Fallo se llevó a cabo el 8 de julio de 2008 y, posteriormente, se formalizó

el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-019-2008 para la prestación de Servicios

para el Mantenimiento, conservación y rehabilitación con reposición de accesorios a

tres CENDI, el cual se firmó el 10 de julio de 2008 por total de 6,661.3 miles de pesos

(IVA incluido), tal como lo señala la cláusula segunda del contrato, y tuvo una vigencia

del 11 de julio al 6 de septiembre de 2008.

j) El contrato fue liquidado al proveedor con las CLC núms. 12 C0 01 03790

y 12 C0 01 04288, emitidas por la OM el 15 de octubre y 11 de noviembre de 2008,

respectivamente, por un importe de 3,246.2 miles de pesos (IVA incluido) y 3,283.2 miles

de pesos (IVA incluido), en ese orden, que sumó un importe total de 6,529.4 miles de

pesos, menos dos notas de crédito núms. 0353 y 0354, ambas del 8 de septiembre

de 2008, por un importe de 75.8 miles de pesos y 56.1 miles de pesos, respectivamente

las cuales sumaron un monto de 131.9 miles de pesos, la primera nota fue por

387 VOLUMEN 5/13

descuentos derivados de la duplicación, en el concepto 1.11 del catálogo de conceptos

del CENDI núm.1; y en el caso de la segunda nota por duplicación en el concepto 3.11

del catálogo de conceptos del CENDI núm.7, dichos conceptos se encuentran en las

bases de licitación. Las CLC estuvieron amparadas con 43 facturas correspondientes

a agosto y septiembre de 2008.

El contrato estableció que se debería dar mantenimiento a los CENDI núm. 1, ubicado

en Prolongación de Sastrería núm. 20, colonia 10 de Mayo, C.P. 15290; al CENDI

núm. 4, ubicado en Dr. Lavista núm. 54, casi esquina con Dr. Andrade, colonia Doctores,

C.P. 06720; y al CENDI núm. 7, con domicilio en Oriente 42 núm. 360, entre Lorenzo

Boturini y Avenida del Taller, colonia 24 de abril, C.P. 15980. Asimismo, incluyó

dichos contratos de servicios, como suministro y aplicación de impermeabilizante

tradicional, acabado terracota; suministro y aplicación de pintura vinílica de manera

combinada en interiores y exteriores; reparación y sustitución de puertas tipo multipanel

con chapa; suministro y colocación de retretes; reparación de mamparas en área de

baño infantiles; suministro y colocación de lambrín cerámico; sustitución de la instalación

eléctrica, suministro y colocación de piso cerámico.

k) Con el objetivo de verificar el plazo de entrega, recepción y verificación de los servicios,

se revisaron los reportes quincenales y las actas de verificación de terminación

y recepción de trabajos de los CENDI núms. 1, 4 y 7, los cuales estuvieron anexos a

las CLC, y se determinó que los trabajos se entregaron el 6 de septiembre de 2008,

en cumplimento de las cláusulas tercera y quinta del contrato.

l) Se comprobó que la garantía de cumplimiento amparada con la póliza de seguro

núm. 000810AH1308, expedida en favor de la SF, por 868.9 miles de pesos, correspondió

al importe del 15% del monto máximo total del contrato (sin IVA), lo anterior de

conformidad con la cláusula décima quinta del contrato; y a los artículos 73, fracción III,

75 y 75 Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

m) Se revisó que las empresas presentaran los seguros o las pólizas de responsabilidad

civil, relativas a los daños a terceros, resultado del servicio de mantenimiento,

por causas imputables al proveedor, por un importe de 100.0 miles de pesos

388 VOLUMEN 5/13

para la partida núm. 1 correspondiente al CENDI núm.1; de 250.0 miles de pesos para

la partida núm. 2 al CENDI núm. 4; y de 100.0 miles de pesos para la partida

núm. 3, al CENDI núm. 7 y con una vigencia mínima que sería igual al término de las

obligaciones contractuales, en cumplimiento a la cláusula décima séptima del contrato.

n) Se constató que el gasto por la contratación de servicios de mantenimiento,

conservación y rehabilitación con reposición de accesorios se haya devengado, para

ello se realizaron visitas de inspección (febrero de 2010) a las instalaciones de

los CENDI núm. 1, 4 y 7 y se observó que las instalaciones operan con normalidad

y que los trabajos en general se conservan en buen estado, lo cual se confirmó con

las encargadas de los CENDI, quienes informaron que los trabajos se realizaron en

tiempo y forma.

En la revisión de la documentación soporte del procedimiento de licitación pública

nacional y de las CLC que soportan el pago, no se observaron incumplimientos

que reportar.

2. Licitación pública nacional núm. 30001106-009-08

Mediante este procedimiento la OM llevó a cabo la contratación de la prestación de servicio

para el mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social y Deportivo

“Rosario Iglesias Rocha”.

a) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/483/2008 del 30 de julio de 2008, la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó suficiencia presupuestal por

2,612.0 miles de pesos con cargo a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación

y Reparación de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos”, para

lo cual elaboró la requisición núm. RS/40/2008 del 9 de julio de 2008 con la

justificación siguiente: “Se solicita servicio con la finalidad de mantener condiciones

óptimas de operación los espacios que se encuentran disgregados de las áreas

administrativas del deportivo ‘Rosario Iglesias Rocha”. En respuesta, con el oficio

núm. OM/DGA/DRF/499BIS/2008 del 1o. de agosto de 2008, la Dirección de Recursos

Financieros proporcionó la autorización correspondiente.

389 VOLUMEN 5/13

b) Con el oficio núm. OM/DGA/1193/2008 del 11 de agosto de 2008, la DGA en la OM

envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la convocatoria

núm. 009/2008, la cual fue publicada el 8 de agosto de 2008 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal. En la convocatoria se indicó el 12 de agosto como fecha

límite para adquirir las bases; el 14 de agosto para llevar a cabo la junta de aclaración

de bases; el 18 de agosto para la presentación y apertura de sobres con la

documentación legal y administrativa, propuesta técnica y económica; y el 21 de agosto

para el fallo.

c) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/526/2008 del 7 de agosto de 2008, la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó a la Unidad de Gobierno Electrónico

y Política de Tecnologías de la Información, publicar (página web) la convocatoria en

el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET), lo cual

realizó el 8 de agosto de 2008 de conformidad con el reporte de verificación de

transmisión serie núm. A5K111806, y el acuse de recibo núm. 14256 de la Secretaría

de la Función Pública.

d) El 31 de julio de 2008, se reunió y acordó el grupo revisor de bases emitir las

respectivas para llevar a cabo la licitación pública nacional para la contratación del

servicio de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social

y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”. Con el oficio núm. OM/DGA/1193/2008 del 4 de

agosto de 2008 la DGA en la OM envió a la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos de la OM, la convocatoria núm. 009/2008 relativa a la Licitación Pública

Nacional núm. 30001106-009-08.

e) Las bases para la Licitación Pública Nacional núm. 30001106-009-08 fueron

expedidas el 8 de agosto de 2008. Asimismo, se constató que el acta de junta de

aclaración de bases, se firmó el 14 de agosto de 2008, por los servidores públicos

y representantes legales de las empresas participantes.

f) El 18 de agosto de 2008, se llevó a cabo el acto de presentación y apertura

de propuestas técnicas y económicas en el que acudieron sólo dos proveedores, así

como los representantes de la OM y la Contraloría Interna. Los participantes en dicho

390 VOLUMEN 5/13

acto presentaron, tanto la documentación correspondiente a sus propuestas, como la

documentación legal y administrativa requerida en las bases, levantándose el acta

correspondiente y, a continuación, se elaboró el análisis cuantitativo correspondiente

de la documentación presentada.

g) Se realizó la evaluación cualitativa de la documentación legal y administrativa

presentada por los dos participantes, así como la evaluación cuantitativa de las

propuestas económicas ofrecidas por cada proveedor.

h) El dictamen de fallo se efectuó el 21 de agosto de 2008, en el cual se dictaminó en

favor de Proveedora DM, S.A. de C.V., y se destacó que el proveedor cumplió

cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su documentación legal

y administrativa, siendo su propuesta económica la de menor precio.

i) El 25 de agosto de 2008, la OM formalizó el contrato

núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008 con el prestador de servicios, por un monto de

2,397.8 miles de pesos, con una vigencia del 26 de agosto al 26 de octubre de 2008

para realizar los trabajos de mantenimiento y de adecuación física, de conformidad

con la cláusula segunda del contrato.

j) El prestador del servicio entregó la fianza núm. 000923AH1308 del 25 de agosto

de 2008 en favor de la SF, por 312.7 miles de pesos. Además, entregó la póliza de

seguro sobre responsabilidad civil general núm. 00000605, por 250.0 miles de pesos.

k) El prestador de servicios presentó escritura pública núm. 1941 del 13 de octubre

de 1998 y constancia de no adeudo de impuestos expedida el 8 de agosto de 2008

por la SF.

l) Como objeto del contrato, de conformidad con la cláusula primera, se estipuló:

“Realizar el servicio de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro

Social y Deportivo Rosario Iglesias Rocha, de conformidad con lo señalado en este

instrumento así como en su anexo 1”. En la revisión de este anexo, se verificó que

se contrataron los servicios de mantenimiento general para los baños y vestidores de

391 VOLUMEN 5/13

hombres y de mujeres; para el salón de usos múltiples; para el auditorio, para el

espacio para cocina; y para el módulo de sanitarios en zona de campos de fútbol,

principalmente.

m) La cláusula segunda refirió un pago por 2,085.0 miles de pesos, más 15.0%

de IVA, este equivalente a la cantidad de 312.8 miles de pesos, lo que significó

un monto total de 2,397.8 miles de pesos, los cuales se cubrirían en dos partes:

la primera al término del primer mes; y la segunda, a la conclusión y entrega de los

trabajos.

n) La cláusula cuarta indicó que el prestador de servicios debía entregar cada 15 días

un reporte de los servicios efectuados, a fin de evaluar los avances conforme

al programa de trabajo establecido; y en la cláusula décima novena señaló que

durante la vigencia del contrato el Gobierno del Distrito Federal podría realizar visitas

de comprobación a las instalaciones a efecto de constatar la calidad y cumplimiento

del servicio.

ñ) La cláusula séptima señaló que el prestador del servicio garantizaría los trabajos

realizados por un período de 12 meses, contados a partir de su entrega a entera

satisfacción y, en términos del artículo 70 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, el prestador del servicio se obligaba a responder de los defectos, vicios

ocultos y deficiencias en la calidad de los servicios. La cláusula décima quinta

estableció que la garantía de cumplimiento sería del 15.0% del monto total del

contrato (sin IVA), en favor del Gobierno del Distrito Federal y que debía entregarla

el prestador del servicio a la firma del contrato.

o) También se constató que el contrato fue rubricado en todas sus fojas y que contó con

las firmas del prestador del servicio, como del Director General de Administración,

del Director de Recursos Financieros, del Director de Recursos Materiales y Servicios

Generales y del Subdirector de Servicios Generales, por la OM.

p) Cabe señalar, que el 25 de octubre de 2008 las partes mencionadas suscribieron

un convenio modificatorio al contrato de prestación de servicios citado, el cual fue

392 VOLUMEN 5/13

registrado con el núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008. En las declaraciones

del convenio, se indicó que el Gobierno del Distrito Federal “requiere realizar la

modificación para ampliar los trabajos, en virtud de lo cual con fundamento en el

artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal realizó la solicitud

respectiva al prestador del servicio con fundamento en lo dispuesto en la cláusula

sexta del referido instrumento jurídico”. Por su parte, mediante oficio sin número de

fecha 24 de octubre de 2008, el prestador del servicio manifestó su conformidad para

la ampliación del contrato de referencia.

q) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/850/2008 del 27 de octubre de 2008, el

Director de Recursos Financieros de la OM autorizó la suficiencia presupuestal para

la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de Bienes Inmuebles

y Muebles adheridos a los mismos” para cumplir con el pago correspondiente a la

aplicación.

r) La cláusula primera del convenio se estableció: “El objeto del presente convenio es

modificar las cláusulas segunda, cuarta y décima quinta del contrato de prestación

de servicios de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social

y Deportivo Rosario Iglesias Rocha, con número OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008,

con el fin de incrementar el monto”. El Gobierno del Distrito Federal pagaría

103.6 miles de pesos, más 15.0% de IVA (15.5 miles de pesos), lo que equivale

a 119.1 miles de pesos; es decir, el importe total del contrato por 2,397.8 miles de

pesos, se modificó en 2,516.9 miles de pesos (5.0%); y se estableció una vigencia

del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008.

s) La CMHALDF verificó que dicha modificación en monto y tiempo se hubiese

llevado a cabo conforme a la cláusula sexta del contrato de prestación de servicio,

en la que se estipuló: “El presente contrato podrá ser modificado entre las partes en

términos del artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, siempre

y cuando se encuentre vigente, sea dentro del mismo ejercicio presupuestal

y el monto total de la modificación no rebase en su conjunto el 20.0% del valor total

del contrato y demás condiciones de los bienes sean iguales a los inicialmente

pactados”.

393 VOLUMEN 5/13

t) En consecuencia, el prestador de servicios realizó la ampliación de la fianza

núm. 000923AH1308 en favor de la SF, por 0.7 miles de pesos la cual fue acorde

a lo estipulado.

u) El prestador del servicio presentó la factura núm. 1134 del 17 de noviembre de 2008, por

un importe de 119.1 miles de pesos, en la cual señaló diversos trabajos de adecuación

del área de squash para gimnasio, y entregó un reporte fotográfico del 20 de noviembre,

como evidencia de los trabajos de ampliación realizados al deportivo.

Asimismo, en el expediente se encontró el acta de terminación y recepción de trabajos

del 15 de noviembre de 2008, en la cual se especificaron los trabajos realizados.

v) En la revisión de la CLC núm. 12-CO-01-05064 del 26 de diciembre de 2008, se verificó

que se pagó un importe de 2,516.9 miles de pesos (IVA incluido) en favor del prestador

de servicios, por concepto de servicios de mantenimiento y adecuación de espacios

físicos del Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, los trabajos se efectuaron

al amparo del contrato de prestación de servicios núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-022-2008

del 25 de agosto de 2008, por un monto de 2,397.8 miles de pesos; y el convenio

modificatorio núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008 del 25 de octubre de 2008,

por un importe adicional al contrato original de 119.1 miles de pesos.

w) El pago estuvo soportado con el original de 19 facturas, núms. 1106 al 1114; 1117,

1118; 1120 al 1124, 1126, 1128 y 1134 (7 del 27 de octubre; 11 del 22 de septiembre

y 1 del 11 de noviembre, todas de 2008), presentadas por el prestador de servicios,

de conformidad con la cláusula tercera del contrato, en la cual se indicó que las

facturas deberían ser expedidas a nombre del Gobierno del Distrito Federal, con RFC

GDF-971205-4NA, con domicilio fiscal en Plaza de la Constitución, S/N (entre 20 de

Noviembre y Pino Suárez), C.P. 06068, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc;

debiendo contener el RFC del prestador del servicio, la descripción de los trabajos

realizados, precio unitarios, subtotal, Impuesto al Valor Agregado, importe total,

número de la partida, número de licitación pública nacional y número de contrato;

también se verificó que dichas facturas cumplieran los requisitos fiscales que establece

el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación; y se corroboró el cumplimiento

394 VOLUMEN 5/13

de la cláusula décima del contrato relativa a los impuestos y derechos, en la cual se

indicó que el Gobierno del Distrito Federal únicamente pagaría el importe correspondiente

al IVA.

x) De conformidad con los reportes quincenales de los trabajos realizados del

25 de agosto al 7 de septiembre; del 8 al 21 de septiembre; del 22 de septiembre al 5

de octubre; del 6 al 26 de octubre y del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008;

proporcionados por el prestador de servicios junto con los reportes fotográficos

correspondientes, en dichos documentos se estableció que se llevó a cabo el

mantenimiento general a los baños y vestidores de hombres y mujeres, estos trabajos

consistieron en pintar muros, sustituir vidrios, mingitorios y mamparas, y efectuar la

instalación del generador de vapor; que se suministrara e instalara equipo de bombeo

y el calentador de agua para las regaderas, que se diera mantenimiento al salón de

usos múltiples y al auditorio; y que se sustituyera el domo en el acceso al edificio

principal, se instalara nuevas ventanas de aluminio y que se adecuara espacios para

oficinas administrativas, entre otros trabajos.

y) Se constató que la OM contó con el acta de verificación de terminación y recepción de

los trabajos del 27 de octubre de 2008, firmada por la Subdirección de Servicios

Generales de la OM y el representante legal del prestador de servicios, en el cual

se describieron en forma detallada los trabajos realizados, por lo que el prestador de

servicios cumplió la cláusula segunda del contrato, que señaló una vigencia del mismo,

la cual comprendió del 26 de agosto al 26 de octubre de 2008.

z) Se revisó el acta de verificación de terminación y recepción de los trabajos

del 15 de noviembre de 2008, correspondiente al convenio modificatorio

núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CPS-022-2008, para la adecuación de área de

squash para gimnasio, firmada por la Subdirección de Servicios Generales de la OM

y el representante legal del proveedor, por lo que el proveedor cumplió lo que

señala la cláusula segunda del convenio modificatorio, que indica una vigencia del

mismo comprendida del 27 de octubre al 15 de noviembre de 2008, con lo cual se

estableció que la Dependencia tuvo mecanismos de control y supervisión respecto

a la vigencia.

395 VOLUMEN 5/13

Cabe señalar que con el fin de constatar que el gasto por la contratación de servicios

de mantenimiento y adecuación de espacios físicos del Centro Social y Deportivo

“Rosario Iglesias Rocha” se hubiese devengado, se realizaron visitas de inspección

(15 de febrero de 2010) a las instalaciones de dicho Centro, ubicado en Calzada del

Hueso núm. 400, colonia Girasoles, Delegación Coyoacán, en las que se corroboró que

las instalaciones operan con normalidad y que los trabajos, en general, se conservan

en buen estado.

Con el propósito de determinar los motivos por los que la OM realizó en 2008 trabajos

de mantenimiento en el Centro Social y Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, así como

el beneficio social obtenido con esos trabajos, con el oficio núm. ASC/134/08/010/OM-07

del 2 de febrero de 2010, la CMHALDF solicitó a la DGA en la OM explicara la razón

por la cual la OM administró dicho deportivo; realizó los gastos de mantenimiento

en ese inmueble; y el beneficio social que se esperaría con el gasto efectuado.

En respuesta, con el oficio núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010,

la Dirección de Recursos Financieros informó lo siguiente:

“…con fecha 1o. de mayo de 2008, por instrucciones superiores, la Oficialía

Mayor del Distrito Federal recibió para su custodia y administración provisional

el Centro Deportivo Rosario Iglesias Rocha, mismo que se encuentra ubicado en

Calzada del Hueso número 900, Colonia Girasoles, Delegación Coyoacán, con

una superficie de 90,000 m2 de terreno y 3,931.4 m2 de construcción, mismo que

cuenta con diferentes servicios deportivos como son: futbol, natación, basquetbol,

squash, tenis, frontenis, frontón y gimnasio, cuyo principal objetivo es brindar a la

población un servicio de carácter social de calidad, que implica atender a diferentes

segmentos de la población, entre ellos destaca la atención a personas mayores

de 60 años, jóvenes que realizan diversas actividades físicas, y población de edad

media; así mismo, cuenta con áreas de juegos infantiles, espacios abiertos para

esparcimiento y convivencia social; igualmente destaca la existencia, dentro de esta

población, del interés por tener una fuente de recreación que permita desterrar

el consumo de drogas y alcohol, y proveer a sus integrantes de diferentes fuentes

de esparcimiento.

396 VOLUMEN 5/13

”En este sentido, cumpliendo con las actividades inherentes a la administración

y custodia del inmueble, y atendiendo a las quejas que en su oportunidad fueron

presentadas al Oficial Mayor, por las pésimas condiciones en que se encontraban

las instalaciones, se realizaron visitas al inmueble y se detectó un daño mayor

de la alberca, toda vez que el agua se encontraba en estado verdoso y con basura,

por la falta de filtrado y tratamiento, cuyo sistema se encontraba sin operar desde

aproximadamente 7 meses antes, además de que las calderas no funcionaban.

”Por lo antes señalado, la OM llevó a cabo los gastos de mantenimiento del inmueble

para brindar un servicio de interés público y social, como es la promoción del deporte,

actividades recreativas y culturales, así como el sano esparcimiento para las familias,

destacando entre sus usuarios las personas mayores de 60 años, población de edad

media y niños que realizan diversas actividades físicas; por lo que el beneficio

social que obtuvo el Gobierno del Distrito Federal a través de la Oficialía Mayor,

al administrar temporalmente el deportivo, fue recobrar los espacios deportivos y de

esparcimiento para que siguiera brindando a la población –principalmente a personas

de la tercera edad– un espacio digno, así como fomentar el hábito del deporte en los

jóvenes de la ciudad, que permita alejarlos de las drogas y otros vicios que actualmente

asechan a la juventud.”

Derivado de la revisión a la documentación soporte del procedimiento de la licitación

pública nacional núm. 30001106-009-08 y a la documentación soporte de las CLC

que amparan el pago, no se realiza observación alguna.

3. Procedimiento de adjudicación directa

Mediante este procedimiento, la OM llevó a cabo la contratación de la prestación de

servicio para el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios

en los baños de hombres y mujeres. El contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008

del 3 de noviembre de 2008 se adjudicó al prestador de servicios Ferretodo, S.A. de C.V.,

por el importe de 1,866.6 miles de pesos (IVA incluido), los servicios contratados fueron

para el mantenimiento a instalaciones sanitarias en el inmueble de la Dirección General

de Patrimonio Inmobiliario, ubicado en el edificio sur de Rivera de San Cosme, colonia

397 VOLUMEN 5/13

San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, por 676.7 miles de pesos; y en la planta baja y

primer piso de inmueble ubicado en Plaza de la Constitución núm. 1 (entre 20 de Noviembre

y Pino Suárez), colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, por 1,189.9 miles de pesos.

La muestra de auditoría ascendió a 1,702.4 miles de pesos.

De la revisión a la documentación soporte del procedimiento de la adjudicación directa se

destaca lo siguiente:

a) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/484/2008 del 10 de octubre de 2008,

la Subdirección de Servicios Generales remitió a la Subdirección de Recursos

Materiales la requisición núm. RS/46/2008 del 10 de octubre de 2008, en la cual se

solicitó el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios

en la planta baja y primer piso, conforme a las especificaciones técnicas y condiciones

señaladas en el anexo núm. 1 y presentó como justificación en dicho documento:

“Derivado del excesivo deterioro en que se encuentran los módulos sanitarios, resulta

necesario llevar a acabo la atención de los espacios físicos, con sustitución de

mobiliario y accesorios, con la finalidad de contar con espacios dignos”.

b) Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/454/2008 del 10 de octubre de 2008,

la Subdirección de Servicios Generales remitió a la Subdirección de Recursos

Materiales la requisición núm. RS/47/2008 del 10 de octubre de 2008, en la cual

solicitó el mantenimiento a las instalaciones sanitarias con reposición de accesorios

en el edificio sur del inmueble que ocupa la Dirección de Patrimonio Inmobiliario en

San Cosme, colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, y en dicha requisición

presentó como justificación: “Derivado del excesivo deterioro en que se encuentran

los módulos sanitarios, resulta necesario llevar a acabo la atención de los espacios

físicos, con sustitución de mobiliario y accesorios, con la finalidad de contar con

espacios dignos que permitan brindar un servicio a la comunidad laboral que en

el inmueble prestan sus servicios”.

c) Mediante los oficios núms. OM/DGA/DRMSG/SRM/411/2008

y OM/DGA/DRMSG/SRM/412/2008 ambos del 13 de octubre de 2008, la Subdirección

de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros la suficiencia

398 VOLUMEN 5/13

presupuestal con cargo a la partida 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación

de Bienes Inmuebles y Muebles Adheridos a los Mismos” para atender las requisiciones

núms. RS/46-2008 y RS/47-2008, respectivamente, para el mantenimiento a las

instalaciones sanitarias con reposición de accesorios.

En respuesta, con los oficios núms. OM/DGA/DRF/804/2008 y OM/DGA/DRF/814/2008

del 15 y 16 de octubre de 2008, respectivamente, la Dirección de Recursos

Financieros autorizó la suficiencia presupuestal, por 1,199.7 miles de pesos, para

la requisición núm. RS/46-2008; y por 680.9 miles de pesos, para la requisición

núm. RS/47-2008, en cumplimiento del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal.

d) Se verificó el sondeo de mercado realizado por la Jefatura de Unidad Departamental

de Adquisiciones de la Subdirección de Recursos Materiales de la OM y el cuadro

comparativo proporcionado por la OM con precios unitarios y totales, y se constató

que las tres empresas participantes entregaron escritos para hacer constar los datos

fiscales de sus representantes; que no se encontraban en alguno de los supuestos de

los artículos 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 47, fracción XXIII,

de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; que estaba de

acuerdo con las penas convencionales; que aceptaran de la OM que no otorgaba anticipos

y que pagaría a los 20 días posteriores a la entrega de la factura; que la adjudicación

se otorgaría a la propuesta más baja; y que los artículos ofertados contarían por lo

menos con un 50.0% de integración nacional entre otras especificaciones.

e) Se revisó el acta de presentación y apertura de propuestas de la invitación restringida

nacional núm. IRN/OM/DGA/DRMSG/001/2008 del 28 de octubre de 2008, relativa

a la contratación de mantenimiento a instalaciones sanitarias con reposición de

accesorios, con el fin de verificar el cumplimiento del artículo 43, fracción I, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal.

De la revisión cuantitativa de la documentación legal, administrativa, técnica y económica

se concluyó que sólo dos de los prestadores de servicios cumplieron lo solicitado en

las bases. Por tanto, al no contar con un mínimo de tres propuestas que observaron

399 VOLUMEN 5/13

los requisitos establecidos en la invitación restringida se declaró desierta, de conformidad

con el artículo 51, primero y segundo párrafos de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, que estipulan lo siguiente:

“La convocante procederá a declarar desierta una licitación cuando ningún proveedor

haya adquirido las bases, habiéndolas adquirido no hubieren presentado propuestas,

las posturas presentadas no reúnan los requisitos solicitados en las bases de licitación

o sus precios no fueren convenientes.

”Para determinar que los precios ofertados no resultan convenientes, la convocante

deberá fundar y motivar su resolución, tomando en consideración los estudios de

precios de mercado realizados previo al procedimiento licitatorio. Una vez que declare

desierta la licitación, la convocante procederá conforme a lo establecido por el artículo 55

de la Ley.”

Dicha acta fue rubricada y firmada por la convocante y las empresas participantes,

y se elaboró el cuadro comparativo respectivo, del cumplimiento de las bases, relativo

al análisis cuantitativo que se llevó a cabo; y se anexó la lista de asistencia de los

participantes.

Conforme al artículo 54, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de 2004,

vigente en 2008, el 3 de noviembre de 2008 se firmó el contrato administrativo de

prestación de servicios núm. OM/DGA/DRMSG/CPS-027-2008 para el mantenimiento

a instalaciones sanitarias con reposición de accesorios a la empresa Ferretodo,

S.A. de C.V.

f) Se verificó el objeto del contrato, que en la cláusula primera establece: “El prestador

del servicio se obliga a realizar los mantenimientos a las instalaciones sanitarias

con reposición de accesorios, conforme a las características, especificaciones

técnicas, precios unitarios y demás particularidades descritas en el Anexo 1 mismo

que firmado por los contratantes forma parte integral de este instrumento jurídico”.

Los servicios contratados que se especificaron fueron el mantenimiento a instalaciones

sanitarias en el inmueble de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, ubicado

400 VOLUMEN 5/13

en el edificio sur de Rivera de San Cosme núm. 76, colonia San Rafael, Delegación

Cuauhtémoc, por 676.7 miles de pesos; y en la planta baja y primer piso del inmueble

en Plaza de la Constitución, núm. 1 (entre 20 de Noviembre y Pino Suárez), colonia

Centro, Delegación Cuauhtémoc, por 1,189.9 miles de pesos.

El importe total del contrato fue por 1,866.6 miles de pesos (IVA incluido) y una

vigencia del 5 de noviembre al 25 de diciembre de 2008. En la cláusula séptima se

indicó la vigencia de garantía, en la cual se especifica que el prestador del servicio

garantizaría los trabajos por un período de 12 meses contados a partir de su recepción

formal y a entera satisfacción de la Subdirección de Servicios Generales.

g) Se constató que el prestador entregó la fianza núm. 210695-0000 del 3 de noviembre

de 2008, por 243.5 miles de pesos, a nombre de la SF, en cumplimiento de los

artículos 73, fracción III; y 75 Bis, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal.

h) Las facturas correspondientes a la muestra de auditoría, se pagaron mediante las

CLC núms. 12 C0 01 5530 y 12 C0 01 5603, ambas del31 de diciembre de 2008, por

importes de 1,025.7 miles de pesos (por 4 facturas con núms. 508170 al 508177;

508179 al 508181 y 508184 al 508186, todas del 31 de diciembre de 2008),

y 676.8 miles de pesos (por 33 facturas con núms. 508097 al 50829, todas del 30 de

diciembre de 2008), IVA incluido, respectivamente, las cuales suman un importe total

de 1,702.5 miles de pesos.

Asimismo, con los oficios núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/840/2008

y OM/DGA/DRMSG/SSG/135/2009 ambos del 30 de enero de 2009, la Subdirección

de Servicios Generales validó para su pago las facturas mencionadas, en cumplimiento

de la cláusula tercera del contrato la cual establece que “el pago de los servicios [...]

se realizará […], dentro de los veinte días hábiles posteriores a la fecha de entrega de

la documentación correspondiente, debidamente requisitada en la Dirección de Recursos

Financieros, este trámite se realizará por conducto de la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales, una vez que hayan sido validadas las facturas

por la Subdirección de Servicios Generales”.

401 VOLUMEN 5/13

Se verificó que las facturas contaran con el RFC, con domicilio fiscal en Plaza de la

Constitución S/N (entre 20 de Noviembre y Pino Suárez), C.P. 06068, colonia Centro,

Delegación Cuauhtémoc, conforme lo señala la cláusula tercera del contrato. También

se verificó que dichas facturas contaran con los requisitos fiscales que establece el

artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y que se cumplió con la cláusula

décima del contrato relativa a los impuestos y derechos, en la cual se indicó que el

Gobierno del Distrito Federal únicamente pagaría el importe correspondiente al IVA.

i) Se constató que el pago contara con el acta de verificación de terminación y

recepción de trabajos, la cual se firmó el 24 de diciembre de 2008 por el Jefe de

Unidad Departamental de Mantenimiento de la Subdirección de Servicios Generales,

por el representante de la Dirección General de Administración de la OM y por el

representante de la empresa y en dicha acta se señaló lo siguiente:

“De conformidad con lo señalado en la cláusula primera del contrato de referencia.

Se procedió a revisar los trabajos de conformidad con lo establecido en el anexo del

contrato de prestación de servicio.

”Por lo que previa verificación de la conclusión de los trabajos en tiempo y forma

de acuerdo con lo establecido en el contrato y Programa de Trabajo, se procede a la

recepción de los mismos.”

Derivado del análisis realizado se desprende que el proveedor cumplió la cláusula

segunda del contrato, que indicó una vigencia comprendida del 5 de noviembre

al 25 de diciembre de 2008; así como con la cláusula quinta, que señaló: “Los servicios

objeto del presente contrato se realizarán de acuerdo con el Programa de Trabajo que

para cada partida formule la Subdirección de Servicios Generales, considerando

que dichos programas se dividirán en dos etapas, las cuales en ninguna circunstancia

podrán exceder de 25 días naturales y no podrán ejecutarse de manera simultánea en

el mismo inmueble”.

Además, en el expediente de las CLC, la Oficialía Mayor adjuntó fotografías de los

trabajos de mantenimiento realizados y de los sanitarios instalados.

402 VOLUMEN 5/13

Cabe señalar que con el fin de constatar que el gasto por la contratación de servicios

de mantenimiento a instalaciones sanitarias con reposición de accesorios se haya

devengado, se realizaron visitas de inspección el 4 de febrero de 2010, en los inmuebles

de Plaza de la Constitución núm. 1 (entre las calles 20 de Noviembre y Pino Suárez),

colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, así como en Rivera de San Cosme núm. 76,

colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc. Al respecto, se constató que las

instalaciones de los sanitarios de hombre y mujeres operan con normalidad y que los

trabajos en general se conservan en buen estado: accesorios completos, mamparas

y puertas, vidrios y espejos completos, paredes pintadas, instalaciones eléctricas

en funcionamiento y pisos en buenas condiciones.

Por lo anterior, se verificó que la Oficialía Mayor cumplió los artículos 378, 381 y 471

fracción II del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008; y con los incisos 2,

4 y 15, numeral IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”, del

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública

del Distrito Federal.

De la revisión a la documentación soporte que ampara el procedimiento de la adjudicación

directa, se constató que la OM sustentó la adjudicación directa de conformidad con el

artículo 54 de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, por lo que no se realiza

observación alguna respecto del procedimiento de esta adjudicación directa ni de los

montos contratados.

14. Resultado

Con el propósito de verificar que el registro contable de las operaciones relativas

al capítulo 3000 “Servicios Generales” efectuadas por la OM en 2008 y, en específico,

en las partidas 3301 “Honorarios” y 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación

de Bienes Inmueble y Bienes Muebles Adheridos a los Mismos” se realizara de acuerdo

con la normatividad aplicable se requirió al sujeto fiscalizado dichos registros.

En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNCP/0396/2010 del 17 marzo de 2008, la

Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF proporcionó

403 VOLUMEN 5/13

los oficios núms. DGPP/311/2010 y DC/056/2010, ambos del 16 de marzo de 2010,

remitidos por la Dirección General de Política Presupuestal y la Dirección de Contabilidad,

respectivamente.

En el primer oficio, el Director General de Política Presupuestal de la SF entregó

la relación de CLC elaboradas y autorizadas en 2008 por la OM para el capítulo 3000

“Servicios Generales”, por un monto de 136,713.0 miles de pesos. En el segundo oficio,

el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF informó que

en 2008 los registros contables relativos al capítulo 3000 “Servicios Generales” con cargo

al presupuesto de la OM, por el monto de 136,713.0 miles de pesos, fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Cuenta Debe Haber

Cuentas contables 52101 “Costo de Operación de Programas” 52101 12-01-03-00-00 “Servicios Generales” 52101 12-01-03-01-00 “Obras por Administración” 37,768.4 52101 12-01-03-02-00 “Corriente” 98,944.6 Total 136,713.0 21204 “Descuentos y Percepciones a favor de Terceros” 21204 07-02-03-00-00 “ISR de Período” 6,925.0 21204 40-04-00-00-00 “Sanción del Ejercicio” 33.0 Subtotal 6,958.0 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 21219 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 129,755.0 Total 136,713.0

Cuentas presupuestales 61206 “Presupuesto Ejercido” 61206 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 136,713.0 61201 “Presupuesto por Ejercer” 61201 12-01-00-00-00 “Oficialía Mayor” 136,713.0

Al respecto, se constató que los registros presupuestales de la OM y los contables de la SF

al 31 de diciembre de 2008 no presentaron diferencias, y que los registros presupuestales

correspondieron a los establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno

del Distrito Federal y los contables a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del

Gobierno del Distrito Federal, Sector Central, por lo cual no hay observaciones que destacar

en el presente resultado.

404 VOLUMEN 5/13

I.17.2.2. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”

Auditoría ASC/134/08

ANTECEDENTES

En 2008, se asignó a la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) un presupuesto original

de 635,140.9 miles de pesos y ejerció recursos por 1,067,972.0 miles de pesos, que

representaron el 2.3% del presupuesto total ejercido por las dependencias del Sector

Central de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal (46,873,514.2 miles

de pesos).

En la Cuenta Pública de 2008, la OM reportó que el presupuesto ejercido fue de

1,067,972.0 miles de pesos, de los cuales 353,516.4 miles de pesos (33.1%) correspondieron

al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”. Para este capítulo, la OM mostró un original

de 9,150.0 miles de pesos y presentó una modificación neta de recursos por un monto de

344,366.4 miles de pesos. Respecto al erogado en 2007 (703,480.9 miles de pesos),

significó un decremento del 49.7% (349,964.5 miles de pesos).

En 2008, el presupuesto ejercido para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, fue

de 353,516.4 miles de pesos con cargo a 10 partidas presupuestales, a continuación se

muestran las variaciones con relación al ejercicio de 2007:

405 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto ejercido Variaciones Partida

2007 2008 Absoluta %

5101 “Mobiliario” 957.7 1,301.0 343.3 35.9 5102 “Equipo de Administración” 511.8 377.8 (133.9) (26.2) 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 691.2 675.6 (15.6) (2.3) 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 3.8 2,646.0 2,642.2 70,273.7 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 382.9 769.9 386.9 101.1 5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” 353.0 1,501.7 1,148.7 325.4 5206 “Bienes Informáticos” 8,017.0 16,014.9 7,997.9 99.8 5207 “Maquinaría y Equipo Diverso” 0.0 784.7 784.7 n.a. 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 924.6 3,318.8 2,394.2 258.9 5701 “Edificios y Locales” 54,631.9 0.0 (54,631.9) (100.0) 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 631,596.5 326,126.0 (305,470.5) (48.4) 5704 “Adquisiciones, Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles por Concepto de Protección Civil” 5,410.7 0.0 (5,410.7) (100.0) Total capítulo 703,480.9 353,516.4 (349,964.4) (49.7)

n.a. No aplicable.

Durante 2008, para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por el presupuesto

ejercido destacaron las partidas 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” (2,646.0 miles de

pesos), 5206 “Bienes Informáticos” (16,014.9 miles de pesos), 5304 “Vehículos y Equipo

destinados a Servicios Administrativos” (3,318.8 miles de pesos) y 5703 “Adjudicaciones,

Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” (326,126.0 miles de pesos), que en

conjunto sumaron 348,105.7 miles de pesos y significaron el 98.5% del total erogado para

el capítulo, al amparo de 80 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 36 documentos

múltiples, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

CLC Documentos múltiples Partida

Número Importe Número Importe Importe

total %

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8 5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.9 0.0 16,014.9 4.5 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”

5 3,318.8 0.0 3,318.8 1.0

5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”

40 333,990.4 34 7,864.4 326,126.0 92.2

Subtotal 59 355,970.1 35 7,864.4 348,105.7 98.5 Otras seis partidas con presupuesto inferior a 2,000.0 miles de pesos

21 5,410.7 1 0.0 5,410.7 1.5

Total 80 361,380.8 36 7,864.4 353,516.4 100.0

406 VOLUMEN 5/13

Asimismo, en el apartado “Explicaciones a las Causas de Variación en los Egresos por

Capítulo de Gasto” la Cuenta Pública de 2008, la OM informó:

“A) La variación registrada […] se explica principalmente por las ampliaciones de recursos

que se requirieron para las siguientes acciones:

”En el marco de las acciones llevadas a cabo para la regulación y reordenamiento del

comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México se adquirieron […]

inmuebles […] en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

”Asimismo, se llevó a cabo la adquisición del inmueble ubicado en la calle Fray Juan de

Zumárraga número 31, Colonia Villa Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero;

se adquirió un inmueble ubicado en la calle de Berna número 18 bis, Colonia Juárez,

Delegación Cuauhtémoc y se cubrió el pago de la expropiación del inmueble ubicado en

Palma número 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

”Se realizó el pago de la indemnización por la expropiación del predio ubicado en Venustiano

Carranza número 154, en la Colonia Centro […]

”Se realizó la adquisición del inmueble ubicado en Cerrada de Abasolo número 25,

Colonia San Miguel Ajusco, Delegación Tlalpan, así como el localizado en Ramos Millán s/n,

Colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac.

”Se adquirieron […] inmuebles ubicados […] en la Delegación Tláhuac. Para la creación del

Museo del Tequila en la Plaza de Garibaldi se cubrió parte del costo de los inmuebles […]

en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

”Además de las adquisiciones inmobiliarias […] en el mayor gasto registrado influyeron los

recursos destinados a la adquisición de bienes informáticos orientados a continuar con

la sustitución y mejora de la plataforma tecnológica con la que en materia de informática

cuenta la Oficialía Mayor […]

”En la variación registrada, incidieron también los recursos ejercidos para la compra de

nueve vehículos tipo sedán; tres camionetas tipo pick up; un camión a redilas, un camión

407 VOLUMEN 5/13

a diesel tipo mudancero, así como cuatro camionetas tipo pick up requeridas para el

desarrollo de las tareas administrativas y de servicios generales de las distintas unidades

administrativas adscritas a la Oficialía Mayor. Con ello se dio continuidad a las acciones

para la renovación y sustitución del parque vehicular con que cuenta la Dependencia.”

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la

Oficialía Mayor del Distrito Federal con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

se haya ajustado al presupuesto autorizado y ejercido; y se encuentre justificado, comprobado,

devengado y registrado, de conformidad con la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se programó de conformidad con los criterios generales de “Importancia

Relativa” e “Interés General”; así como el específico de “Presentación de Problemas en forma

Recurrente en el Rubro por Auditar”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías

expedido el 19 de junio de 2007, dirigido a todo el personal auditor de las unidades

administrativas de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF).

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos16, primer párrafo, 74, fracción VI;

y 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso c), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; así como con los artículo 42, fracción XIX y 43 del Estatuto

de Gobierno del Distrito Federal. También se fundamentó en los artículos 10, fracción VI, de

la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 2o., fracción X; 3o.; y 8o.,

fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de

Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13, y 16 del Reglamento

Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE

Se llevaron a cabo pruebas de cumplimiento, las cuales consistieron en aplicar cuestionarios

de control interno a las diversas áreas de la Dirección General de Administración (DGA)

408 VOLUMEN 5/13

y a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI), responsables de la gestión,

autorización, operación financiera y presupuestal, y destino de los bienes muebles e inmuebles

adquiridos en 2008, respectivamente.

Con la información consignada en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008

y en la base de datos que la Secretaría de Finanzas (SF) proporcionó a la CMHALDF,

la cual consistió en los registros relativos a 80 CLC y 36 documentos múltiples, se integró

el 100.0% del presupuesto ejercido en 2008 por la OM para el capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” (353,516.4 miles de pesos).

Del importe ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se revisó

el 98.7% (348,875.7 miles de pesos), correspondiente a cinco partidas presupuestales:

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones”, 5206 “Bienes Informáticos”, 5304 “Vehículos y Equipos destinados

a Servicios Administrativos”; y 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones

de Inmuebles”; dicho importe se ejerció mediante 29 CLC y 21 documentos múltiples,

y se verificó que estuviera devengado y amparado con su documentación justificativa y

comprobatoria respectiva, en el caso de la adquisición de maquinaria, vehículos y bienes

informáticos, por requisiciones, contratos y facturas.

Se examinaron los expedientes relativos a los procesos de contratación, los cuales se

realizaron por medio de tres licitaciones públicas internacionales, dos adjudicaciones

directas y una invitación restringida, y se constató que los bienes adquiridos contaran con

los resguardos respectivos.

En el caso de la adquisición y expropiación de bienes inmuebles, se examinó la

documentación soporte, la cual estuvo constituida por actas de las sesiones ordinarias

y extraordinarias del Comité del Patrimonio Inmobiliario, en las que se dictaminó su

adquisición o expropiación; dictámenes de avalúo; contratos; escrituras notariadas; actas

de entrega-recepción de los inmuebles; inscripciones en el Registro Público de la

Propiedad y el Comercio del Distrito Federal, y los Permisos Administrativos Temporales

y Revocables, de aquellos inmuebles que fueron concesionados a las asociaciones de

comerciantes ambulantes.

409 VOLUMEN 5/13

Se verificó que las adquisiciones con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

se hubiesen registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del

Distrito Federal y en congruencia con los objetivos y metas de los programas presupuestales

que afectaron.

Se constató si en los reportes correspondientes al pasivo circulante de 2008, los cuales

fueron enviados por la OM a fin de que la SF fuera informada, se indicaron operaciones

realizadas en ese ejercicio con cargo a las partidas seleccionadas como muestra de

auditoría; y si dichas operaciones se pagaron con cargo al presupuesto de 2008.

Se examinaron 52 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto del capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, y se verificaron las causas por las que se incrementó

el presupuesto original en dicho capítulo. Asimismo, se revisó que dichas afectaciones

contaran con la justificación correspondiente y el registro de firmas electrónicas, de

conformidad con las firmas comunicadas a la SF para el trámite y registro de la afectación

programático-presupuestal.

Se revisó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,

Sector OM, autorizado para el ejercicio presupuestal de 2008 y sus respectivas modificaciones

trimestrales, así como las actas del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios, Sector OM.

Se confirmaron operaciones de compra realizadas con seis empresas, con las cuales

la OM formalizó contratos en 2008 con cargo a las partidas 5202 “Maquinaria y Equipo

Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” y 5206

“Bienes Informáticos”, por un monto de 16,098.7 miles de pesos, que significaron el 95.3%

de la muestra de auditoría para esas partidas (16,892.5 miles de pesos).

También se confirmaron operaciones con los anteriores propietarios de 13 de los 15 inmuebles

que integraron la muestra de auditoría por un monto de 270,351.0 miles de pesos, que

representaron el 96.1% de la muestra de auditoría (281,275.1 miles de pesos).

Con el objeto de verificar las adquisiciones de inmuebles, se realizó una inspección física

a 14 de los 15 inmuebles de la muestra y a 48 equipos informáticos que correspondió

410 VOLUMEN 5/13

al 35.8% del total del equipo adquirido en 2008 (134 unidades de bienes informáticos),

2 enlaces de microondas de alto rendimiento, 2 impresoras de alto rendimiento, así como

8 de los 12 vehículos adquiridos, los cuales estuvieron ubicados en diversas unidades

administrativas de la OM.

La auditoría se llevó a cabo en la DGA en la OM, que, de conformidad con las funciones

de su Manual Administrativo, es la unidad encargada de consolidar las operaciones realizadas

por las unidades administrativas que integran a la OM, de supervisar el presupuesto, de

conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de aplicar los controles

establecidos; y en la DGPI, que, de acuerdo con las funciones de su Manual Administrativo,

es la responsable de administrar el uso del patrimonio inmobiliario del Distrito Federal, de

registrar y clasificar los bienes que integran el padrón inmobiliario, de concentrar y resguardar

los títulos de propiedad, de dirigir y coordinar el sistema de valuación de bienes del Gobierno

del Distrito Federal, de formalizar permisos administrativos temporales y revocables, y de

vigilar el cumplimiento de normas, criterios y políticas vigentes en los procesos jurídicos

de adquisición, enajenación, permutas y arrendamientos de bienes inmuebles.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DEL CONTROL INTERNO

Para llevar a cabo el estudio y evaluación del control interno, se verificó el Manual

Administrativo de la OM vigente en 2008, en su apartado de organización, con el fin de

identificar la estructura orgánica de la dependencia, así como las funciones y atribuciones

de las unidades administrativas que la integraron y las que intervinieron en el rubro objeto

de la revisión.

Además, se revisó el manual de procedimientos proporcionado por el sujeto fiscalizado,

con objeto de identificar y verificar los correspondientes al capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”, y si éstos se aplicaron en el ejercicio de 2008. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

1. Estructura orgánica

En 2008, la OM realizó sus actividades con base en la estructura orgánica establecida

en el dictamen técnico núm. 2/2007, el cual fue comunicado por la Coordinación General

411 VOLUMEN 5/13

de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de

febrero de 2007.

De conformidad con dicho dictamen, la estructura orgánica de la OM se integró por: una

Oficina del C. Oficial Mayor; tres Direcciones Generales (de Administración y Desarrollo

de Personal, de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Patrimonio Inmobiliario);

una Coordinación General (de Modernización Administrativa); una Unidad Administrativa

(Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor); cuatro Unidades de Enlace

Administrativo (una por cada Dirección General y la Coordinación General); y 15 Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, destacadas en igual número de entidades

públicas (14 dependencias y un organismo público descentralizado).

La estructura anterior incluyó además: un Secretario Particular, dos Asesores, 17 Direcciones,

dos Direcciones Ejecutivas, 33 Subdirecciones y 121 Jefaturas de Unidad Departamental.

Por su parte, la DGA (Unidad Administrativa) en la OM, se integró por la Dirección de

Recursos Humanos, la Dirección de Recursos Financieros y la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales.

2. Manual Administrativo

En 2008, las unidades administrativas de la OM que participaron directamente en el control,

trámite, registro, archivo y salvaguarda de la documentación justificativa y comprobatoria de las

operaciones realizadas por la OM con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

fueron la DGPI y la DGA, así como las áreas de la Dirección de Recursos Financieros

y la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscritas a la DGA.

Los manuales administrativos de la OM, en su parte de organización vigentes en 2008, fueron

el Manual Administrativo de la DGA en la OM con número de registro MA-12007-2/07, el cual

fue comunicado por la CGMA mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero

de 2008; y el Manual Administrativo de la DGPI con número de registro MA-12005-2/07,

el cual fue comunicado por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DDO/03170/07 del 2 de

octubre de 2007.

412 VOLUMEN 5/13

Con relación a los manuales de procedimientos, se observó que la OM no contó

con procedimientos específicos para la adquisición de inmuebles; sin embargo, los

utilizados por la DGA y la DGPI para el registro y control de las operaciones relativas al

capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, fueron registrados por la CGMA con los

núms. MA-12007-170/01 y MA-12005-2/07, respectivamente, y comunicados a la DGA

y DGPI a través de los oficios núms. CGMA/0495/03 y CGMA/067/08 del 26 de febrero

de 2003 y 9 de enero de 2008, en ese orden.

Los trabajos de auditoría consistieron en aplicar cuestionarios de control interno al personal

de la DGA y de la DGPI que intervino en el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”; recopilar y analizar información general relativa a las

áreas sujetas a revisión; comprobar que los procedimientos establecidos por dichas áreas

aseguraran razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas

y otras disposiciones de observancia; verificar que los gastos hayan sido autorizados

por los servidores públicos responsables para tal efecto y que la documentación que los

ampara se encontrara debidamente resguardada; revisar que hubiera registros que

incluyeran todas las operaciones llevadas a cabo con cargo al capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles”; e identificar los riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos

específicos de control.

Como resultado del examen al control interno aplicado por la OM, se determinaron

debilidades, en virtud de que no se contó con procedimientos específicos para la adquisición

de inmuebles y no se encontraron actualizados los aplicables al rubro sujeto a revisión.

De lo anterior se desprende que el sistema de control interno establecido en 2008,

para los procesos examinados y evaluados, presentó deficiencias que pueden propiciar

que las operaciones de la OM relacionadas con el capítulo sujeto a revisión se expongan

a riesgos de irregularidades en el registro y control de dichas operaciones. Las fallas de

control detectadas se señalan en el presente informe, en el apartado de resultados.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

En 2008, el presupuesto ejercido por la OM para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e

Inmuebles”, fue erogado por medio de la expedición de 80 CLC y 36 documentos múltiples

con cargo a 10 partidas presupuestales de gasto, como se muestra en el cuadro siguiente:

413 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y por cientos)

CLC Documentos múltiples Partida

Número Importe Número Importe Total %

5101 “Mobiliario” 9 1,301.0 1 0.0 1,301.0 0.4

5102 “Equipo de Administración” 4 377.8 0.0 377.8 0.1

5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 3 675.6 0.0 675.6 0.2

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8

5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 769.9 0.0 769.9 0.2

5205 “Maquinaria y Equipo Eléctrico y Electrónico” 2 1,501.7 0.0 1,501.7 0.4

5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.8 0.0 16,014.9 4.5

5207 “Maquinaría y Equipo Diverso” 2 784.7 0.0 784.7 0.2

5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 5 3,318.8 0.0 3,318.8 0.9

5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 40 333,990.4 34 7,864.4 326,126.0 92.3

Sumas 80 361,380.9 36 7,864.4 353,516.4 100.0

Para establecer el universo sujeto a revisión, se estratificó el importe total erogado en el

capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual estuvo integrado por 10 partidas de gasto.

En el análisis del presupuesto ejercido, se determinó que dicho universo se integraría por

las partidas que reunieran las siguientes características:

1. Que por su monto fueran las más representativas del total del presupuesto ejercido

en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

2. Que por su importancia en el cumplimiento del objetivo de la auditoría fueran las partidas

más relevantes.

3. Que por los bienes muebles adquiridos, fueran las partidas en las cuales se hubiesen

involucrado los distintos procesos de adquisición (adjudicación directa, licitación pública

internacional e invitación restringida a cuando menos tres proveedores).

De acuerdo con lo anterior, se determinó que el universo sujeto a revisión se integraría

por cinco partidas de gasto que, en conjunto, suman 348,875.7 miles de pesos, dicho monto

representó el 98.7% del total ejercido en el capítulo (353,516.4 miles de pesos), como se

muestra en el cuadro siguiente:

414 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y por cientos)

CLC Documentos múltiples Partida

Número Importe Número Importe Total %

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 4 2,646.0 1 0.0 2,646.0 0.8 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 769.9 0.0 769.9 0.2 5206 “Bienes Informáticos” 10 16,014.9 0.0 16,014.9 4.5 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos” 5 3,318.9 0.0 3,318.9 0.9 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 40 333,990.4 34 (7,864.4) 326,126.0 92.3

Universo sujeto a revisión 60 356,740.1 35 (7,864.4) 348,875.7 98.7 Otras cinco partidas del capítulo 20 4,640.8 1 0.1 4,640.7 1.3

Total ejercido en el capítulo 80 361,380.9 36 (7,864.5) 353,516.4 100.0

El presupuesto ejercido en las cuatro partidas relativas a bienes muebles (5202 “Maquinaria

y Equipo Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,

5206 “Bienes Informáticos” y 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios

Administrativos”), por un monto de 22,749.7 miles de pesos, fue erogado por adquirir

maquinaria y equipo industrial, dos enlaces de microondas, equipo informático (computadoras

e impresoras) y vehículos. Lo anterior fue derivado de 5 licitaciones públicas internacionales,

1 invitación restringida y 10 adjudicaciones directas, como sigue:

(Miles de pesos)

Número de procedimientos Partida Licitación

pública Invitación restringida

Adjudicación directa

Contratos Importe

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 1 1 2,646.0 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

1 1 769.9

5206 “Bienes Informáticos” 3 6 7 16,014.9 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”

2 3 5 3,318.9

Sumas 5 1 10 14 22,749.7

La determinación de la muestra de CLC y documentos múltiples por revisar de las cinco

partidas mencionadas, incluida la correspondiente a bienes inmuebles (5703 “Adjudicaciones,

Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”), se definió conforme a la selección

dirigida o casual establecida en el Boletín 5020, párrafo 17, de las Normas y Procedimientos

415 VOLUMEN 5/13

de Auditoría y Normas para Atestiguar del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Sobre el particular, se consideraron los siguientes aspectos:

1. Que en el caso de la partida relativa a inmuebles se consideraran las diferentes

modalidades de compra de bienes inmuebles (adquisiciones, adjudicaciones,

expropiaciones e indemnizaciones, partida 5703).

2. Que por su peso específico de cada CLC seleccionada, dentro de la partida

correspondiente, fueran las más representativas (partidas 5202, 5204, 5304 y 5703).

3. Que en el caso de las partidas relativas a bienes muebles (5202 “Maquinaria y Equipo

Industrial”, 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”,

5206 “Bienes Informáticos” y 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios

Administrativos”), no se excluyeran ninguno de las tres modalidades de adquisición

(licitación pública internacional, invitación restringida y adjudicación directa).

4. Que por su monto correspondieran a los proveedores más representativos del total

del presupuesto ejercido en cada partida.

La muestra de auditoría de CLC y documentos múltiples relativa a las cinco partidas

seleccionadas, se integró de la siguiente manera:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Ejercido Muestra

en 2008 Importe CLC Documentos múltiples

%

5202 “Maquinaria y Equipo Industrial” 2,646.0 1,852.2 2 0 0.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

769.9 769.9 1 0 0.3

5206 “Bienes Informáticos” 16,014.9 12,165.6 4 4.1 5304 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Administrativos”

3,318.9 1,311.0 2 0 0.4

5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”

326,126.0 281,275.1 20 21 94.6

Sumas 348,875.7 297,373.8 29 21 100.0*

Presupuesto ejercido en el capítulo 353,516.4 84.1**

* Corresponde al importe de la muestra sujeta a revisión. ** Corresponde al importe de la muestra con relación al presupuesto ejercido en el capítulo.

416 VOLUMEN 5/13

RESULTADOS

1. Resultado

Del análisis a los manuales administrativos de organización y procedimientos de las dos

unidades administrativas adscritas a la OM (DGA y DGPI), encargadas del registro

y control de las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se

determinó lo siguiente:

1. El Manual Administrativo de la DGA en la OM vigente durante el ejercicio de 2008,

fue elaborado conforme al dictamen de reestructuración orgánica núm. 2/2007,

el cual entró en vigor a partir del 1o. de febrero de 2007. Dicho manual quedó

registrado con el núm. MA-12007-2/07 ante la CGMA de conformidad con el oficio

núm. CGMA/DDO/0242/08 del 18 de enero de 2008; asimismo, se difundió a las áreas

de la DGA en la OM, por medio del oficio circular núm. OM/DGA/006/2008 del 28 de

enero de 2008 de la DGA.

Mediante el oficio núm. DGPI/690/2007 del 31 de mayo de 2007, la DGPI remitió

la actualización de su Manual Administrativo a la CGMA, el cual se registró con el

número MA-12005-2/07 y con el oficio núm. CGMA/DDO/03170/07 del 2 de octubre

de 2007, comunicó a la DGPI dicho registro. El manual fue difundido entre el personal

de las áreas de la DGPI por medio de los memorandos núms. CACPIEI/158/2008,

CACPIEI/163/2008, y CACPIEI/164/2008, el primero del 7 de mayo y los dos restantes

del 14 de mayo de 2008.

De la revisión a los dos manuales descritos no se desprende observación alguna.

2. Respecto a los procedimientos, mediante los oficios núms. OM/DGA/1925/2009

del 8 de diciembre de 2009 y DGPI/3367/2009 de la misma fecha, la DGA y la DGPI

proporcionaron listados de los procedimientos relacionados con el registro y control de

las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, los cuales

fueron registrados, ante la CGMA, con los núms. MA-12007-170/01 y MA-12005-2/07,

respectivamente.

417 VOLUMEN 5/13

De conformidad con los listados proporcionados por el sujeto fiscalizado, se determinó

que, de los 58 procedimientos utilizados por la DGA, 14 de ellos se relacionan con

el registro y control de las operaciones relativas al capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”; mientras que, de los 45 procedimientos aplicados por la DGPI, 21 de ellos

se relacionan con las operaciones de dicho capítulo.

Dichos procedimientos fueron registrados y comunicados por la CGMA a la DGA

y a la DGPI conforme a los oficios señalados en el cuadro siguiente:

Procedimientos Oficio Unidad administrativa Registrados1 Relacionados2 Número Fecha

Dirección General de Administración 24 0 CGMA/0495/03 26/II/03 11 5 CGMA/2745/03 30/IX/03 6 1 CGMA/0183/04 26/I/04 6 0 CGMA/0969/04 19/IV/04 8 8 CGMA/1089/04 30/IV/04 3 0 CGMA/0189/05 28/I/05

Total procedimientos 58 14 Dirección General de Patrimonio Inmobiliario 45 21 CGMA/067/08 9/I/08

1 Procedimientos registrados por las Direcciones Generales de Administración y de Patrimonio Inmobiliario. 2 Procedimientos que se relacionan con las operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

En análisis de los procedimientos, se observó que la OM, como dependencia normativa

centralizadora, no contó con procedimientos específicos para el registro y control de las

operaciones relacionadas con la adquisición de inmuebles.

Tales procedimientos, deberían servir a la OM como mecanismos de control interno que

dispusieran, entre otras, actividades que prevean, identifiquen, justifiquen y consideren

recursos para la adquisición de inmuebles, y dichos recursos deberían comunicarse a la SF

en el Proyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual, de la OM para

que dicha dependencia procediera a la formulación del Techo Presupuestal respectivo.

Por no contar con procedimientos específicos para la adquisición de inmuebles, el sujeto

fiscalizado incumplió el artículo 16, III. Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,

fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, que dispone lo siguiente:

418 VOLUMEN 5/13

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para

evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno

que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de

manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación

confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como

salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.”

Cabe señalar que esta observación está relacionada con la falta de procedimientos para

el registro y control de los bienes inmuebles, con la formulada en la auditoría financiera

con clave ASC/119/07, practicada en el ejercicio de 2007 al capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles”, por esta entidad de fiscalización a la OM. Con objeto de prevenir

la observación señalada, se emitió la recomendación con clave ASC-119-07-19-OM, la cual

indicó: “Es necesario que la Oficialía Mayor elabore los procedimientos para el registro

y control de las operaciones relacionadas con el capítulo 5000 ‘Bienes Muebles e Inmuebles’,

de conformidad con la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno)

y con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal”.

A la fecha de conclusión de esta auditoría (febrero 2010), dicha recomendación del ejercicio

2007 no ha sido desahogada por el sujeto fiscalizado.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM, mediante

el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:

“La Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor (DGA-OM), en apego a la

regla segunda de las ‘Reglas de Carácter General por las que se Crean el Sistema

Integral de Administración del Pago’ así como el ‘Sistema Institucional de Control

de Egresos, en la Secretaría de Finanzas y se Regula el uso de Medios Electrónicos en

materia Presupuestal del Distrito Federal’, cuenta con la información presupuestal relativa

419 VOLUMEN 5/13

a la adquisición de inmuebles, cuyo pago es solicitado por la Dirección General de

Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor; asimismo se tiene el resguardo y custodia

de la documentación programático-presupuestal impresa.

”Como se puede apreciar, las funciones anteriormente señaladas y que son realizadas por

la DGA-OM, se derivan directamente de la normatividad ya existente.

”Asimismo, se observa que la determinación de los inmuebles susceptibles de ser

adquiridos durante un ejercicio presupuestal, no compete a la DGA-OM, unidad

administrativa que es únicamente responsable de la recepción de solicitudes de pago y el

trámite de éste.”

Adicionalmente, por medio de la DGPI, el sujeto fiscalizado, proporcionó el procedimiento

“Adquisición de Inmuebles”, así como el oficio núm. CPIYEI/064/2009 del 7 de diciembre

de 2009, mediante el cual fue enviado por la Coordinación de Apoyo al Comité del

Patrimonio Inmobiliario y Enlace Institucional de la OM en la DGPI a la CGMA, adscrita a

la Contraloría General del Distrito Federal, para su revisión y, en caso de ser procedente,

el registro por esa dependencia.

En el análisis del procedimiento “Adquisición de Inmuebles”, se determinó que contiene

las actividades que permitieran en el ejercicio fiscal de 2008, cumplir a la OM el objetivo para

el cual fue diseñado el citado procedimiento, por lo que no se formuló recomendación de esta

auditoría, pero persiste la relativa a la formulada a la revisión de la Cuenta Pública de 2007,

en virtud de que también involucraba procedimientos específicos de bienes muebles.

2. Resultado

La SF comunicó el Techo Presupuestal a la OM mediante el oficio núm. SE/0148/08 del

8 de enero de 2008, que consideró recursos por 635,140.9 miles de pesos, los cuales

incluyeron un importe de 9,150.0 miles de pesos para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e

Inmuebles”. De conformidad con el Techo Presupuestal comunicado por la SF, la OM elaboró

su Presupuesto de Egresos, Calendario de Gastos y Analítico de Claves por el ejercicio

fiscal de 2008, los cuales fueron enviados a la SF con el oficio núm. DGA/407/2008 del

5 de marzo de 2008 para su aprobación por dicha dependencia.

420 VOLUMEN 5/13

Posteriormente, mediante el oficio núm. SE/0191/08 del 18 de enero de 2008, la SF comunicó

a la OM la autorización del Presupuesto de Egresos, el Calendario Presupuestal y el Analítico

de Claves. Al respecto, se observó que la OM sólo consideró recursos para el capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, por un monto de 9,150.0 miles de pesos, para ser

ejercidos íntegramente en la partida 5206 “Bienes Informáticos”, y no se consideraron

recursos para la adquisición de bienes inmuebles ni para las otras ocho partidas en las

que ejerció recursos, situación que se observó también en la auditoría financiera al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” con clave ASC/119/07 practicada por esta entidad de

fiscalización por el ejercicio fiscal de 2007, en la que se emitió la siguiente recomendación:

“Recomendación ASC-119-07-21-OM. Es necesario que la Oficialía Mayor implante

mecanismos de control a efecto de garantizar que cuando se realicen estimaciones de

recursos para la adquisición de bienes y servicios en su Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos y Programa Operativo Anual, sean considerados los recursos por ejercer del

capítulo correspondiente a la adquisición, de conformidad con el Código Financiero del Distrito

Federal y el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto

de Presupuesto de Egresos vigentes a la fecha de su formulación.”

A la fecha de conclusión de esta auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no ha

sido desahogada por parte del sujeto fiscalizado.

Por lo anterior, se solicitó al sujeto fiscalizado nota informativa en la que explicara las

acciones emprendidas para corregir dicha omisión. En respuesta, mediante el oficio

núm. OM/DGA/222/2020 del 4 de febrero de 2010, la DGA manifestó lo siguiente:

“De acuerdo al oficio núm. SFDF/SE/1477/2009 de fecha 28 de octubre de 2009,

mediante el cual la Secretaría de Finanzas comunica el Techo Presupuestal asignado

a la Oficialía Mayor para el ejercicio fiscal de 2010, en su párrafo tercero señala que el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2010 deberá respetar tanto la estructura

económica como la de resultados del gasto autorizado. Asimismo, en el párrafo cuarto

se establece que en la elaboración del Anteproyecto de Presupuestos de Egresos y el

Programa Operativo Anual, las unidades responsables se deberán apegar estrictamente

al techo presupuestal comunicado, mismo que para dicho año no contempló autorizaciones

de recursos en el capítulo 5000 ‘Bienes Muebles e Inmuebles’.

421 VOLUMEN 5/13

”No obstante lo anterior, mediante el oficio núm. OM/DGA/1666/2009 del 30 de octubre

de 2009, se solicitó a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la OM, remitiera

los requerimientos de materiales, suministros y servicios, así como específicos para el

adecuado desarrollo de sus funciones, al cual la unidad administrativa dio respuesta

mediante el oficio núm. DGPI/3103/2009, recibido el 13 de noviembre de 2009, no incluyendo

requerimientos específicos en materia de adquisición de inmuebles.”

De conformidad con las medidas tomadas por el sujeto fiscalizado para corregir la omisión

y considerar recursos en su Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual para la

adquisición de inmuebles, se constató que el correspondiente al ejercicio fiscal de 2010,

el cual estaba en proceso de elaboración a la fecha de auditoría, se realizará tomando en

consideración los requerimientos específicos de sus unidades administrativas como se indicó

en la respuesta de la DGA.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM no

proporcionó información adicional respecto de la observación de este resultado.

Recomendación ASC-134-08-01-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor implante mecanismos de control a efecto de garantizar

que cuando se realicen estimaciones de recursos para la adquisición de bienes y servicios

en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual, sean

considerados los recursos por ejercer del capítulo correspondiente a la adquisición de

inmuebles, de conformidad con el Código Fiscal para el Distrito Federal y el Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto de Presupuesto de

Egresos vigentes a la fecha de su formulación.

3. Resultado

El presupuesto ejercido por la OM en 2008 para el capítulo 5000 “Bienes Muebles e

Inmuebles”, por el monto de 353,516.7 miles de pesos, se erogó con cargo a un programa

prioritario y tres programas no prioritarios, como sigue:

422 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y por cientos)

Programas Importe %

Prioritario: 12 “Igualdad de Género” 442.3 0.1

Sumas 442.3 0.1 No prioritarios:

3 “Administración Pública” 347,377.0 98.3 5 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo” 602.9 0.1 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte” 5,094.2 1.4

Sumas 353,074.1 99.9 Total 353,516.4 100.0

El monto del capítulo fue registrado con el dígito identificador del gasto 01 “Gasto Corriente”

y los tipos de pago siguientes:

(Miles de pesos y por cientos)

Tipos de pago Importe %

00 “Gasto Normal” 347,358.9 98.3 51 “Ingresos de Aplicación Automática” 2,157.5 0.6 58 “Proyectos de Promoción y Desarrollo Turístico” 4,000.0 1.1

Total 353,516.4 100.0

La modificación al presupuesto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se realizó

mediante 52 afectaciones programático-presupuestarias autorizadas por la SF, las cuales

incluyeron 82 movimientos presupuestarios, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Presupuesto original 9,150.0 Más:

Adiciones: 64,980.1 5 Líquidas 5,227.9 24 Compensadas 59,752.2

Ampliaciones: 336,130.6 14 Líquidas 331,994.1 7 Compensadas 4,136.5

Menos: Reducciones: (56,744.3)

11 Líquidas (44,852.2) 21 Compensadas (11,892.1)

Total modificación 344,366.4 Presupuesto modificado y ejercido 353,516.4

423 VOLUMEN 5/13

De las 52 afectaciones programático-presupuestarias que afectaron el capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles”, por el importe total de 344,366.4 miles de pesos, 45 de ellas, por un

monto de 339,209.6 miles de pesos (98.5%), correspondieron al universo sujeto a revisión

integrado por las cinco partidas de gasto seleccionadas (5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”,

5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, 5206 “Bienes

Informáticos”, 5304 “Vehículos y Equipos destinados a Servicios Administrativos” y 5703

“Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”) y 5,156.8 miles de

pesos, a siete afectaciones programático-presupuestales de otras cinco partidas no

sujetas a revisión. En las justificaciones de las 45 afectaciones presupuestarias relativas

a las partidas de la muestra de auditoría, se asentó lo siguiente:

(Miles de pesos)

Partidas Número de afectación Fecha

5202 5204 5206 5304 5703 Justificación

B 12 C0 01 0003 B 12 C0 01 0183 B 12 C0 01 0205

6/II/08 6/X/08 24/X/08

270.0136.0510.0

Adiciones compensadas al Programa 03 “Administración Pública”, se adquirieron vehículos para desempeñar funciones administrativas en la Oficialía Mayor, continuando con la sustitución de unidades vehiculares obsoletas y en mal estado, y con costos de mantenimiento incosteables.

B 12 C0 01 0005 8/II/08 4,500.0 Adición y ampliación compensadas de recursos al Programa03 “Administración Pública”, para la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento para la emisión de recibos de liquidación y reportes de nómina quincenales procesados a través del Sistema Desconcentrado de Nóminas (SIDEN).

C 12 C0 01 0019 5/III/08 33,014.1 Adición líquida al Programa 03 “Administración Pública”, para la adquisición del predio ubicado en Fray Juan de Zumárraga núm. 31, colonia Villa Gustavo A. Madero, segúnacuerdo del Comité de Patrimonio Inmobiliario en su sesiónextraordinaria del 16 de noviembre de 2007 (18-E/2007), inmueble asignado al Órgano Político-Administrativo en Gustavo A. Madero.

B 12 C0 01 0048 9/IV/08 855.0 Ampliación y adición compensadas a los Programas: 03 “Administración Pública”, por importe de 730.0 miles de pesos, y 05 “Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo”, por 125.0 miles de pesos, adquiriéndose vehículos para continuar con la sustitución de unidades obsoletas y en mal estado, cuyos costos de mantenimiento eran incosteables.

C 12 C0 01 0049 9/IV/08 8,952.5 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”,se adquirió el inmueble ubicado en República de Uruguaynúm. 26, colonia Centro, ya que se requirió este predio para la ampliación al Programa Centro Histórico.

C 12 C0 01 0053 15/IV/08 23,000.0 Ampliación líquida de recursos para realizar el pago de la indemnización por la expropiación del predio ubicado en Palma núm. 2, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

B 12 C0 01 0057 30/IV/08 (1,452.5) Reducción compensada al Programa 03 “Administración Pública”, derivado de las economías obtenidas del procesode licitación por la compra de dos impresoras de alto rendimiento para el procesamiento de la nómina SIDEN, la reducción se realizó considerando que las economías fueron orientadas a la atención de otras prioridades.

B 12 C0 01 0058 30/IV/08 3,000.0 Ampliación compensada para la adquisición de dos servidores, dos unidades de arreglos de discos y una unidad (robot) para el respaldo de información, requeridos para sustituir los equipos obsoletos con que contaba esta Oficialía Mayor para el proceso de la nómina SIDEN.

Continúa…

424 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Partidas Número de afectación Fecha

5202 5204 5206 5304 5703 Justificación

C 12 C0 01 0066 12/V/05 2,785.4 Adición líquida al Programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, para el mantenimiento en las oficinas administrativas del Deportivo “Rosario Iglesias Rocha”y sustituir los equipos obsoletos de filtrado, bombeo y calefacción de la alberca del deportivo.

C 12 C0 01 0083 10/VI/08 11,800.1 Ampliación líquida al programa 03 “Administración Pública”para la adquisición de los inmuebles ubicados en Camino Real s/n, y Ramos Millán s/n colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac; Cerrada de Abasolo núm. 25, colonia San Miguel Ajusco, Delegación Tlalpan, cuyos inmuebles fueron asignados al Sistema para el Desarrollo Integral de las Familias del Distrito Federal (DIF-DF).

C 12 C0 01 0087 25/VI/08 5,018.5 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”,para la adquisición de los inmuebles ubicados en 4a. Cerradade Zaragoza núm. 19, y Camino a Santa Cruz, L-11, coloniaLomas de San Lorenzo; Eva Sámano L-8, M-17, colonia 2a. Ampliación Santiago Acahualtepec; Río Colorado L-17, M-1;Insurgentes L-13, M-2, Colonia Consejo Agrarista Mexicano; 2a. Cerrada de Zaragoza núm. 6, y Texcales núm. 19 colonia Lomas de San Lorenzo, todos ellos en la Delegación Iztapalapa, inmuebles destinados para la construcción de un centro de monitoreo y prevención de desastres.

B 05 C0 01 0090 19/XII/08 13,000.0 Adición compensada de recursos que se realiza al amparo del “Convenio de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos” y su convenio modificatorio, suscrito entre el Gobierno del Distrito Federal y la Secretaría de Turismo Federal. Dichos recursos se orientaran a cubrir los gastos por la adquisición de dos inmuebles donde se albergará el “Museo del Tequila” que se ubicará en Plaza Garibaldi, dicha adquisición corresponde a una primera etapa del proyecto.

C 12 C0 01 0125 23/VII/08 18,121.0 Ampliación líquida para realizar el pago de indemnización por la expropiación del predio ubicado en Venustiano Carranza núm. 154, colonia Centro, derivado de un convenio de cumplimiento sustituto de sentencia.

B 12 C0 01 0128 15/VII/08 (139.4) Reducción compensada al Programa 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, derivado de que se obtuvieron economías en el proceso para la adquisición de equipo de filtrado y calefacción para la alberca del Deportivo “RosarioIglesias Rocha”, y éstos recursos fueron transferidos a otrasnecesidades de ese deportivo.

C 12 C0 01 0136 1/VIII/08 65,934.3 Ampliación de recursos para la adquisición de los inmueblesubicados en Avenida. José Ma. Pino Suárez núm. 99, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, asignado a la Secretaría de Desarrollo Social para ser destinado como Centro de Asistencia Social por conducto del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS); y Victoria núm. 12, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, destinado a la regularización y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico.

C 12 C0 01 0159 18/IX/08 7,221.3 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública” para la adquisición del inmueble ubicado en Jesús Carranzanúm. 15, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, autorizadapor el Comité de Patrimonio Inmobiliario en su (7-E/2008) sesión extraordinaria del 11 de abril de 2008, destinado para la construcción de un establecimiento contiguo al Centro Comunitario DIF-DF en la Delegación Cuauhtémoc.

B 12 C0 01 0167 10/IX/08 139.0 Adición compensada al Programa 03 “Administración Pública”,para la adquisición de un lector óptico, con lo cual la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional complementó las acciones emprendidas para la evaluacióndel desempeño y la confianza de los servidores públicos adscritos, a la Administración Pública del Distrito Federal.

C 12 C0 01 0184 10/X/08 72,296.8 Ampliación líquida al Programa 03 “Administración Pública”para la adquisición de los inmuebles ubicados en Mesonesnúm. 113, Allende núm. 35, Tacuba núm. 90, y Victoria núm. 14, en la colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, destinados a la regulación y reordenamiento del comercio ambulante del Centro Histórico; y el inmueble de Berna núm.18 bis, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, asignado a la Secretaría de Seguridad Pública y destinado a la Unidad de Protección de la Zona Rosa.

Continúa…

425 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Partidas Número de afectación Fecha

5202 5204 5206 5304 5703 Justificación

C 12 C0 01 0209 27/X/08 773.2 Adición líquida al Programa 03 “Administración Pública”, para lo cual se adquirieron dos equipos de enlaces de microondas de alto rendimiento para dotar del servicio de la red de datos del Gobierno del Distrito Federal, por medio del cual se presta el servicio de conectividad entre las distintasdependencias y zonas alejadas de las Delegaciones ÁlvaroObregón, Cuajimalpa, Miguel Hidalgo, Tláhuac e Iztapalapaque carecen de servicios digitales.

B 12 C0 01 0214 31/IX/08 673.5 Ampliación compensada al Programa 03 “Administración Pública” para la adquisición de 30 equipos de cómputo destinados a la Coordinación General de Evaluacióny Desarrollo Profesional, para ampliar la cobertura y capacidad de respuesta en las evaluaciones de desempeño, integridad, desarrollo del factor humano y control de la confianza de los servidores públicos; asimismo, se adquirióun servidor para albergar los sistemas y desarrollar aplicaciones administrativas a cargo de la Dirección Generalde Administración.

B 12 C0 01 0235 11/XI/08 (3,850.9) Reducciones al Programa 03 “Administración Pública”, en razón de que la adquisición del predio ubicado en Camino Real s/n, colonia Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac, los recursos fueron reorientados a la atención de necesidades de mayor prioridad.

B 12 C0 01 0239 18/XI/08 (2,829.7)

B 12 C0 01 0240 14/XI/08 30.0 Ampliación compensada al Programa 03 “Administración Pública” para comprar un servidor tipo torre, para albergar los sistemas y aplicaciones administrativas con que opera la Dirección General de Administración.

B 12 C0 01 0244 25/XI/08 (6.6) (2.4) Reducción compensada en los Programas: 03 “AdministraciónPública” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, aplicada en diversas partidas de gasto que registraron economíasy remanentes presupuestales que no serían aplicados, los recursos fueron reorientados a otras necesidades de gasto de la Oficialía Mayor.

C 12 C0 01 0249 10/XII/08 860.0 Adición líquida de recursos de aplicación automática para regularizar presupuestalmente la captación de los mismos, en los meses de agosto, septiembre y octubre de 2008 al Programa 03 “Administración Pública”, además de que se adquirieron equipos informáticos.

C 12 C0 01 0260 31/XII/08 (5,000.0) Reducción líquida. Los recursos destinados para la adquisición del inmueble ubicado en Callejón de la Amargura núm. 8, colonia Centro, los cuales no fueron requeridos, debido a que con el oficio núm. DGPI/17/2009, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario comunicó que el particular requería regularizar el predio para su posterior venta al Gobierno del Distrito Federal.

B 12 C0 01 0264 31/XII/08 (860.0) 1,324.8 Reducción compensada al Programa 03 “Administración Pública”, dado que los recursos de aplicación automática programados no serían requeridos al cierre del ejercicio, se transfirieron para regularizar los egresos con recursos autogenerados de noviembre y diciembre de 2008. Adición compensada al mismo programa para regularizar los egresos relativos a los recursos de aplicación automática de noviembre y diciembre de 2008.

C 12 C0 01 0269 C 12 C0 01 0284

31/XII/08 31/XII/08

(3.3) (18.6) (32.6) (36,416.6)(2,864.4)

Reducciones líquidas a los Programas: 03 “AdministraciónPública” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, debido a que dichos recursos no serían ejercidos en el ejercicio fiscal de 2008, por lo que se dispuso de los recursos al cierre del ejercicio, lo anterior con fundamento en los artículos 383, 435 y 511 del Código Financiero del DistritoFederal para 2008, artículo 35 del Decreto de Presupuestode Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008 y numeral 1, inciso G) de la Circular de Cierre núm. SE/1360/2008.

Otras siete afectaciones con efecto cero 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Totales 2,646.0 769.9 6,864.8 3,060.8 325,868.1 339,209.6

426 VOLUMEN 5/13

La ampliación neta al presupuesto original de la OM, se efectuó conforme al apartado IV.3.3,

“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y la modificación correspondiente del 20

de octubre de ese mismo año vigente en 2008, relativo dicho apartado a la definición,

clasificación, solicitud y autorización por la instancia correspondiente de las afectaciones

programático-presupuestarias, por lo que no se formula observación al respecto.

4. Resultado

Partida 5202 “Maquinaria y Equipo Industrial”

En 2008, el presupuesto ejercido en esta partida fue de 2,646.0 miles de pesos, y representó

el 0.7% del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, el cual se

destinó para adquirir equipo para la desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica y puesta

a punto del mismo para la alberca del deportivo “Rosario Iglesias Rocha”, ubicado en la

Delegación Coyoacán. Dicho inmueble fue administrado por la OM a partir de mayo de 2008.

Mediante nota informativa, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado que explicara

porqué la OM asumió la administración de dicho centro social y deportivo, así como los

gastos de mantenimiento de dicho inmueble durante 2008. En respuesta, con el oficio

núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010, la DGA informó lo siguiente:

“Con fecha 1o. de mayo de 2008, por instrucciones superiores la Oficialía Mayor del

Distrito Federal recibió para su custodia y administración provisional el Centro Deportivo

‘Rosario Iglesias Rocha’, ubicado en calzada del Hueso núm. 900, Colonia los Girasoles

en la Delegación Coyoacán, cuyo principal objetivo es brindar a la población un servicio

de carácter social de calidad que implica atender a diferentes segmentos de la población

entre los que destacan la atención de personas mayores de 60 años, jóvenes que realizan

diversas actividades físicas y población de edad media.

”En este sentido se debe mencionar que cumpliendo con las actividades inherentes a la

administración y custodia del inmueble y atendiendo las quejas que en su oportunidad

le fueron presentadas al C. Oficial Mayor por las pésimas condiciones en que se encontraban

427 VOLUMEN 5/13

las instalaciones por lo que se procedió a realizar visitas a las instalaciones. Se detectó en

el caso de la alberca un daño mayor en cuyo sistema se encontraba sin operar desde

hace siete meses, además de que las calderas no funcionaban, representando un peligro

inminente por su deterioro y contaminación.

”Por lo antes señalado, la Oficialía Mayor llevó a cabo los gastos de mantenimiento del

inmueble para poder brindar un servicio de interés público y social, como es la promoción

del deporte, actividades recreativas y culturales; así como el sano esparcimiento para las

familias destacando entre sus usuarios las personas mayores de 60 años, población de edad

media y niños; por lo que el beneficio social que obtuvo el Gobierno del Distrito Federal

a través de la Oficialía Mayor, al administrar temporalmente el deportivo, fue recobrar los

espacios deportivos y de esparcimiento para que siguiera brindando un servicio a la

población. Asimismo, se aclara que la Oficialía Mayor no es la propietaria del inmueble…”

La adquisición del equipo para rehabilitar la caldera de la alberca del deportivo se realizó

por medio del procedimiento de adjudicación directa, siendo seleccionado el proveedor con

Registro Federal de Contribuyentes (RFC) XXXXXXXXXXX , por 2,646.0 miles de pesos,

con quien la OM celebró el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-016-2008 el 28 de mayo

de 2008, pagado mediante seis CLC y un documento múltiple, de los cuales se seleccionaron

para su revisión las CLC núms. 12 C0 01 01928 y 12 C0 01 02424 del 20 de junio y 18 de

julio de 2008, respectivamente, por importes de 1,058.4 miles de pesos y 793.8 miles de pesos

en ese orden, que en conjunto representaron el 70.0% del monto erogado.

En la revisión del expediente y de la documentación relativa al procedimiento de adjudicación

directa, se determinó que se llevó a cabo conforme a la fracción II Bis del artículo 54 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y conforme a los montos autorizados. Dicho

precepto legal dispone:

“Las dependencias […] bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones,

arrendamiento y prestación de servicios a través de un procedimiento de invitación a cuando

menos tres proveedores o por adjudicación directa cuando: […]

”II. Bis. Se demuestre que existen mejores condiciones en cuanto a precio, calidad,

financiamiento u oportunidad.”

CZGARCIAH
Rectángulo

428 VOLUMEN 5/13

El proceso de adquisición se llevó a cabo como sigue:

1. La Subdirección de Servicios Generales presentó a la Subdirección de Recursos

Materiales, ambas áreas adscritas a la DGA, la requisición núm. RC/236-2008 del

8 de mayo de 2008, por medio de la cual se solicitó la adquisición de un sistema de

filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica, y puesta a punto

para la alberca del centro social y deportivo “Rosario Iglesias Rocha”.

2. El 8 de mayo de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales realizó un sondeo de

mercado para la adquisición del sistema de filtrado y calefacción con cuatro empresas,

a fin de cotizar precios, condiciones de calidad y servicio.

3. Mediante la afectación presupuestaría núm. B 12 C0 0066 del 12 de mayo de 2008,

por el importe de 2,785.0 miles de pesos, la OM solicitó a la SF recursos para la

adquisición de dicho equipo.

4. El 12 de mayo de 2008, el Director de Recursos Materiales y Servicios Generales

presentó al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,

Sector OM, la justificación para llevar a cabo la adquisición del equipo referido.

5. El 13 de mayo de 2008, mediante el oficio núm. OM/DGA/772/2008, la DGA, solicitó a

la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), en caso de considerarlo procedente,

se omitiera el grado de integración nacional para llevar a cabo la adquisición de un

sistema de filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica

y puesta a punto para sustituir el sistema descompuesto de la alberca de dicho

deportivo. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/193-M/2008 del 19 de mayo

de 2008, la SEDECO dictaminó procedente la omisión del grado de integración nacional

para dicho equipo.

6. Mediante el oficio núm. OM/DGA/771/08 del 13 de mayo de 2008, la DGA envió a la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM el formato

DABR (Documento para la Autorización de Bienes Restringidos). En respuesta, con el

oficio núm. OM/DGRMSG/951/2008 del 20 de mayo de 2008, esa dirección autoriza la

adquisición de los bienes descritos.

429 VOLUMEN 5/13

7. El 15 de mayo de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales elaboró el cuadro

comparativo de precios, así como de las condiciones de entrega, pago y garantías de

servicio, entre otras. Para ello se determinó que sólo una de las tres empresas

comparadas cumplía las especificaciones requeridas y que manejaba el menor costo

en el mercado.

8. El 17 de mayo de 2008 se elaboró el acta administrativa de entrega-recepción de la

administración y del inmueble del centro social y deportivo “Rosario Iglesias Rocha”

por parte de la Dirección General del Instituto del Deporte del Distrito Federal a la

Oficialía Mayor. En el apartado “Descripción del Inmueble” de dicho instrumento

jurídico se señala: “La Oficialía Mayor recibe el inmueble para su custodia temporal

hasta en tanto se determine su asignación correspondiente. Asimismo se hace constar

que una vez que se defina el área que tendrá a su cargo el uso, goce y administración

del inmueble, se solicitará al Comité del Patrimonio Inmobiliario, la dictaminación

correspondiente…”.

9. El 20 de mayo de 2008, el Oficial Mayor autorizó la adquisición de los bienes descritos

a solicitud expresa de la DGA, con fundamento en el artículo 54, penúltimo párrafo

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal que señala: “Para efectos de lo

dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la autorización del titular

de la dependencia […] para lo cual deberá elaborar una justificación firmada por

quien autoriza, en la que se funden y motiven las causas que acrediten fehaciente

y documentalmente el ejercicio de la opción”.

10. En su segunda sesión extraordinaria celebrada el 23 de mayo de 2008, el Subcomité

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM dictaminó

procedente dicha adquisición por medio del procedimiento de adjudicación directa

hasta por el monto de 2,646.00 miles de pesos (IVA incluido).

11. El 28 de mayo de 2008, la OM celebró el contrato para la adquisición del sistema de

filtrado y calefacción, desinstalación e instalación hidráulica y eléctrica, y puesta a punto

del mismo para la alberca del deportivo “Rosario Iglesias Rocha” con el proveedor con

RFC XXXXXXXXXXX, por un monto de 2,300.9 miles de pesos, más IVA (345.1 miles

de pesos) para un importe total de 2,646.0 miles de pesos.

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12. El monto del contrato, por 2,646.0 miles de pesos fue pagado mediante seis CLC,

formando parte de la muestra las CLC núms. 12 C0 01 01928, por importe de 1,058.4 miles

de pesos, y la 12 C0 01 02424, por importe de 793.8 miles de pesos que amparan las

facturas núms. 0464 y 0474, del 20 de junio y 18 de julio de 2008, respectivamente.

Para comprobar que el gasto por la adquisición de maquinaria y equipo para la alberca

del deportivo y centro social “Rosario Iglesias Rocha” se devengó conforme a lo previsto, se

realizó visita de inspección el 26 de febrero de 2010 por parte del personal auditor a dicho

centro social y deportivo, ubicado en calzada del Hueso núm. 900, colonia los Girasoles

en la Delegación Coyoacán, y se constató que dicha maquinaria se encuentra instalada

y en funcionamiento.

En la revisión de la documentación soporte de las CLC seleccionadas, no se determinó

observación alguna.

5. Resultado

Partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

Se revisó el 100.0% del presupuesto ejercido en esta partida (769.9 miles de pesos) el

cual representó el 0.2% del erogado en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

y el 0.3% del total de la muestra (297,373.8 miles de pesos).

El presupuesto ejercido por 769.9 miles de pesos, fue erogado para la adquisición de dos

enlaces de microondas de alto rendimiento, que además incluyó el servicio de instalación,

programación y puesta a punto de dichos instrumentos, el cual se contrató por medio

del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. IRI/OM/DGA/DRMSG/004/2008, autorizado por el titular de la dependencia. De este

procedimiento, se adjudicó a la empresa con RFC XXXXXXXXXXXX el contrato núm.

OM/DGA/DRMSG/CA/-054-2008 del 14 de noviembre de 2008, el cual se liquidó mediante

la CLC núm. 12 C0 01 04988 emitida el 19 de diciembre de 2008, por 769.9 miles de pesos.

En la revisión del expediente relativo al procedimiento de invitación restringida a cuando

menos tres proveedores y a la documentación soporte de la CLC seleccionada, no se

detectó observación alguna, así como tampoco en el pago respectivo.

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431 VOLUMEN 5/13

El proceso de adquisición se llevó a cabo de la siguiente manera:

1. Mediante el oficio núm. CGMA/DNTI/2218/2008 del 5 de septiembre de 2008, el

Coordinador General de Modernización Administrativa remitió a la DGA la requisición

núm. RC/90-2008, en la cual se solicitaba la compra de dos enlaces de microondas

de alto rendimiento.

2. El 22 de octubre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales realizó un estudio de mercado con tres

empresas especializadas en ese equipo para obtener el mejor costo de los dos enlaces.

3. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/540/2008 del 28 de octubre de 2008, la

Subdirección de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros

de la DGA la suficiencia presupuestal para la adquisición de los enlaces. En respuesta,

mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/857/2008 de la misma fecha, el Subdirector de

Recursos Financieros comunicó al Subdirector de Recursos Materiales la confirmación

de la suficiencia presupuestal solicitada, la cual se otorgó mediante la afectación

programático-presupuestaria núm. C 12 C0 01 0209 del 27 de octubre de 2008, por

un monto de 773.2 miles de pesos.

4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1701/2008 del 30 de octubre de 2008, la DGA

solicitó a la SEDECO, dictaminar, en caso de ser procedente, la omisión del grado

de integración nacional para la adquisición de los dos enlaces de microondas de alto

rendimiento. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/590-N/2008 del 4 de

noviembre de 2008, dicha dependencia autorizó la omisión del grado de integración

nacional respecto de la adquisición del equipo señalado.

5. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1706/2008 del 31 de octubre de 2008, la DGA solicitó

someter al Subcomité Técnico de Intercomunicaciones y al Director de Servicios

Generales de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la OM, la adquisición de los dos enlaces de microondas de alto rendimiento. En su

segunda sesión extraordinaria, celebrada el 6 de noviembre de 2008, dicho Subcomité,

resolvió y dictaminó favorablemente la adquisición.

432 VOLUMEN 5/13

6. El 7 de noviembre de 2008, mediante el oficio núm. OM/DGA/1752/2008, la DGA

comunicó a la Contraloría Interna en la OM el inicio del proceso de invitación restringida

a cuando menos tres participantes para la adquisición de los dos enlaces de microondas

de alto rendimiento.

7. El 7 de noviembre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales emitió las bases

para la invitación restringida internacional núm. IRI/OM/DGA/DRMSG/004/2008 para

la adquisición de dos enlaces de microondas de alto rendimiento. Dichas bases fueron

revisadas y aprobadas por el grupo revisor de bases, según consta en el acta del

29 de octubre de 2008. Asimismo, se realizó la Junta de Aclaración de Bases el 10 de

noviembre de 2008, en la que participaron las tres empresas invitadas.

8. El 12 de noviembre de 2008, se llevó a cabo la presentación y apertura de propuestas

técnicas y económicas, participando los tres proveedores, la OM y la Contraloría

Interna. Las empresas participantes presentaron la documentación correspondiente

a sus propuestas técnica y económica, la documentación legal y administrativa

requerida en las bases. En el evento se levantó el acta correspondiente.

9. El 13 de noviembre de 2008, se emitió el fallo correspondiente, en el cual se determinó

que, derivado del análisis cualitativo de las propuestas técnicas y el cuantitativo de las

propuestas económicas, así como de la documentación legal y administrativa, se adjudicó

el contrato al proveedor con el RFC XXXXXXXXXXXX, ya que fue la propuesta que

ofreció las mejores condiciones de calidad y precio.

10. El 14 de noviembre de 2008, se suscribió el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-054-2008,

por un importe de 669.5 miles de pesos más IVA (100.4 miles de pesos) para un importe

total de 769.9 miles de pesos. Asimismo, el proveedor entregó la fianza correspondiente,

como garantía de cumplimiento de contrato, por un monto de 100.5 miles de pesos,

equivalente al 15.0% del valor del contrato sin IVA, tal como se estipuló en las bases

y de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

11. Mediante el oficio núm. OM/DGA//SEA/-CGMA/0809/2008 del 11 de diciembre de 2008,

la Subdirectora de Enlace Administrativo de la CGMA comunicó a la DGA que se

recibieron los equipos en el Centro de Cómputo Perisur, ubicado en Rinconada

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Colonial s/n, Colonia Pedregal de Carrasco, Delegación Coyoacán, instalaciones de la

Subdirección de Redes que ocupa. Asimismo, envió el acta de terminación entrega-

recepción, por medio de la cual se acusó de recibido y de instalado los dos enlaces

de microondas de alto rendimiento a entera satisfacción del cliente.

12. Respecto al monto adjudicado del contrato, por 669.4 miles de pesos (sin IVA), se

constató que no rebasó el monto autorizado para el procedimiento de invitación

restringida a cuando menos tres participantes (3,570.0 miles de pesos), de conformidad

con lo establecido en el artículo 57 del Decreto del Presupuesto de Egresos para

el Ejercicio Fiscal de 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de

diciembre de 2007.

Para comprobar que el gasto se devengó conforme a lo previsto, se realizó visita de

inspección física el 3 de marzo de 2010, efectuada por el personal auditor de la CMHALDF,

para lo cual la DRMSG de la DGA informó que dicho equipo se encontraba operando en

las instalaciones de la Dirección de Nuevas Tecnologías de la Información adscrita a la CGMA

(a la fecha de la auditoría, ésta coordinación se encontraba adscrita a la Contraloría

General del Distrito Federal), dichas instalaciones están ubicadas en la Delegación Coyoacán.

En la visita de inspección física se verificó la existencia y funcionamiento del equipo adquirido

y que éste se encontró bajo el resguardo de la Dirección de Nuevas Tecnologías.

6. Resultado

Partida 5206 “Bienes Informáticos”

En 2008, en la partida 5206 “Bienes Informáticos” se erogaron 16,014.9 miles de pesos,

que representaron el 4.5% del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 (353,516.4 miles

de pesos), dicho gasto se empleó para la adquisición de equipo informático. La compra se

realizó mediante tres licitaciones públicas internacionales, por un monto de 7,859.2 miles

de pesos; y seis adjudicaciones directas, por un importe total de 8,155.7 miles de pesos.

De dicha partida se seleccionó una muestra de 12,165.7 miles de pesos, que representó

el 76.0% del presupuesto ejercido en la partida, y correspondió a dos licitaciones públicas

internacionales, por 5,165.7 miles de pesos; y una adjudicación directa, por 7,000.0 miles

de pesos, como se muestra en el cuadro siguiente:

434 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Procedimiento Clave Importe RFC del Proveedor

Número del contrato

Licitación pública internacional

30001106-0004-08 1,983.7 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-018-2008

30001106-0004-08 134.5 XXXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CM-002/CA-018* Licitación pública internacional

30001106-0001-08 3,047.5 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008

Subtotal licitado 5,165.7 Adjudicación directa 7,000.0 XXXXXXXXXX OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 Total de la muestra 12,165.7

* Convenio modificatorio por ampliación en el monto y en el número de equipos adquiridos.

En el análisis de los tres procesos de adquisición y su documentación justificativa

y comprobatoria, se determinó lo siguiente:

Licitación pública internacional núm. 30001106-004-08

La OM llevó a cabo este procedimiento para la adquisición de 134 computadoras personales,

500 no-break y 3 impresoras láser para la red local. Al respecto se observó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/JUDST/5/2008 del 26 de febrero de 2008, la Jefatura

de Unidad Departamental de Soporte Técnico de la Subdirección de Recursos Materiales,

solicitó equipo de cómputo a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la DGA, para lo cual entregó la requisición de compra núm. RC/00009

2008 del 26 de febrero de 2008, con la justificación: “Equipo de cómputo requerido

para la continuación del proyecto de sustitución de equipo de cómputo obsoleto y en

mal estado de las Direcciones Generales de la Oficialía Mayor”.

2. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/57/2008 del 4 de marzo de 2008, la

Subdirección de Recursos Materiales solicitó la suficiencia presupuestal a la Dirección

de Recursos Financieros; la cual fue autorizada mediante el oficio núm.

OM/DGA/DRF/78/2008 del 5 de marzo de 2008, la cual se obtuvo con la afectación

programático-presupuestal núm. B 12 C0 01 005.

3. Con el oficio núm. OM/DGA/690/2008 del 28 de abril de 2008, la DGA solicitó

la omisión del grado de integración nacional, ya que en dicho oficio se señalaba:

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“En el país no se producen estos bienes informáticos, los cuales son fabricados en

los Estados Unidos y Canadá”. Mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/137-A/2008,

del 30 de abril de 2008, la SEDECO autorizó dicha omisión.

4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/815/2008 del 23 de mayo de 2008, la DGA solicitó a

la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación de la convocatoria

núm. 004/2008, la cual se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de

mayo de 2008.

5. Las Bases para Licitación Pública Internacional núm. 30001106-004-008, fueron

expedidas el 29 de mayo de 2008 por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales para la adquisición de computadoras personales tipo 1; impresoras láser para

red local tipo 2; y equipos no break. Asimismo, el 3 de junio de 2008, se levantó el acta

correspondiente a la Junta de Aclaración de Bases, la cual estuvo debidamente firmada

por los servidores públicos y representantes legales de las empresas participantes.

6. Del 10 al 14 de marzo de 2008, se efectuó en la Oficinas de la DGA el sondeo de mercado

para la compra de los bienes informáticos, con la asistencia de los proveedores

participantes.

7. El acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas, se llevó a cabo

el 6 de junio de 2008 con la asistencia de siete proveedores.

8. Se evaluó cualitativamente la documentación legal y administrativa de los participantes,

y cuantitativamente las propuestas económicas presentadas por cada proveedor.

9. El 17 de junio de 2008, se dictaminó a favor de los proveedores con RFC XXXXXXXXXXX

y XXXXXXXXXXX, por los importes de 316.3 miles de pesos por los 500 no-break y

1,983.7 miles de pesos por las 134 computadoras, y las 3 impresoras, respectivamente.

De los dos proveedores adjudicados, se seleccionó para su revisión al segundo

(CSI 980907-QN7). Se revisó dicho fallo y se comprobó que el proveedor cumplió

cualitativamente con los requisitos solicitados respecto a su documentación legal y

administrativa, siendo su propuesta económica la de menor precio para la adquisición

de las computadoras personales tipo 1, requeridas en la licitación pública internacional

núm. 30001106-004-08.

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436 VOLUMEN 5/13

10. Posteriormente se formalizaron los contratos con los dos proveedores ganadores,

para su revisión se seleccionó el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-018-2008 del

23 de junio de 2008 por 1,983.7 miles de pesos, que fue liquidado mediante la CLC

núm. 12 C0 01 02824, por un importe de 1,983.7 miles de pesos, la cual se expidió

el 8 de agosto de 2008, y que amparó la factura núm. 5734 por el mismo importe.

11. Se estableció qué del contrato seleccionado para su revisión, se celebró el

convenio modificatorio núm. OM/DGA/DRMSG/CM-002/CA-018 2008 del 14 de julio

de 2008, por 134.5 miles de pesos, (IVA incluido), que fue liquidado mediante la CLC

núm. 12 C0 01 02839 del 9 de agosto de 2008 y que amparó la factura núm. 5749,

por el importe de los 134.5 miles de pesos. El contrato y el convenio modificatorio,

sumaron un monto de 2,118.2 miles de pesos.

12. Para garantizar el cumplimiento de los contratos, el proveedor entregó la póliza de

fianza núm. 000659AH1308 del 23 de junio de 2008, por un importe de 258.7 miles

de pesos, la cual correspondió al 5.0% del valor del contrato (sin IVA) de conformidad

con lo pactado en el contrato, la cual se incrementó en 17.5 miles de pesos, ya que

correspondió al 15.0% del incremento, éste último fue el resultado del convenio

modificatorio (134.5 miles de pesos). Dicha garantía ascendió a 276.2 miles de pesos.

13. Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/118/2008 del 24 de julio de 2008, el Jefe de

Unidad Departamental de Almacenes e Inventarios comunicó a la Subdirección

de Recursos Materiales, adscrita a la DGA, la recepción de las 134 computadoras, las

cuales ingresaron en el Almacén Central de la OM.

Respecto al pago de los equipos, se observó que le fue aplicada una sanción al proveedor

por 98.7 miles de pesos, correspondiente al atraso de tres días en la entrega del equipo,

se había pactado dicho movimiento para el 18 de julio de 2008, y no fue hasta el día

21 del mismo mes y año que se envió. El monto referido fue el resultado de aplicar

una penalidad del 2.0% sobre el monto de los bienes dejados de entregar (el total de

las 134 computadoras sin IVA) por cada día de atraso, de conformidad con la cláusula

décimo segunda del contrato, que estipuló:

“’El G.D.F’ aplicará penas convencionales por incumplimiento o atraso en la adquisición de

los equipos objeto de este contrato, sin considerar el IVA, como se señala a continuación:

437 VOLUMEN 5/13

Del 2% (dos por ciento) del costo total de los bienes dejados de entregar, por cada día

natural de atraso del plazo máximo de entrega conforme a lo previsto en el presente

contrato.”

Al respecto, se estableció que el importe de los bienes que se dejaron de entregar

(las 134 computadoras) fue de 1,644.9 miles de pesos y el de las 3 impresoras láser

entregadas en tiempo fue de 80.1 miles de pesos (ambos importes sin IVA), y que la

aplicación de las penas convencionales se realizó sobre el valor de los equipos de

cómputo. Cabe señalar que el importe de las penas convencionales, por 98.7 miles

de pesos, fue descontado del pago de la CLC núm. núm. 12 C0 01 02824, la cual

se expidió con un importe de 1,983.7 miles de pesos, de los que sólo se liquidaron

1,885.0 miles de pesos.

Con objeto de verificar que se haya devengado el gasto, se realizó inspección física

el 4 y 5 de marzo de 2010, por el personal auditor de la CMHALDF a una muestra

de 48 (35.8%) de las 134 computadoras adquiridas. Derivado de la inspección, se

encontró que de las 48 computadoras seleccionadas, 19 se encuentran operando en

las Oficinas de la OM, 11 en la Coordinación General de Modernización Administrativa,

13 en las instalaciones del Fideicomiso “Ciudad Digital” y 5 en la DGPI. Dichos equipos

se encontraron bajo el resguardo del personal de las unidades administrativas

y del fideicomiso conforme al registro del “Padrón Inventarial de Bienes Muebles

e Instrumentales, Resultado del Levantamiento del Inventario Físico con Cierre al 31 de

Diciembre de 2008”.

Licitación pública internacional núm. 30001106-001-08

Con base en este procedimiento, la OM adquirió dos impresoras de alto rendimiento,

destinadas para la impresión de los recibos de nómina y otros documentos relacionados

con la nómina de los trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.

1. Mediante el oficio núm. DCPN/02021I/2008 del 21 de noviembre de 2007, el Director de

Control y Procesamiento de Nómina remitió a la DGA la requisición núm. RC/123-2007,

en dicho oficio solicitó la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento.

438 VOLUMEN 5/13

2. Por medio del oficio núm. DRMSG/2331/2007 del 17 de diciembre de 2007, la Dirección

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM solicitó a la Dirección de

Recursos Financieros de la DGA la suficiencia presupuestal respectiva para llevar a cabo

la adquisición de las dos impresoras de alto rendimiento. En respuesta, mediante el oficio

núm. OM/DGA/DRF/033/2008 del 8 de febrero de 2008, el Subdirector de Recursos

Financieros comunicó al Jefe de Unidad Departamental de Adquisiciones la suficiencia

presupuestal solicitada hasta por un monto de 4,500.0 miles de pesos, la cual fue

obtenida por la OM con la afectación programático-presupuestaria núm. B 12 C0 01 0005,

por un monto de 4,500.0 miles de pesos.

3. Con fecha 18 de enero de 2008, la Jefatura de Unidad Departamental de la Dirección

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la DGA, realizó un estudio de mercado

con dos empresas para obtener el costo promedio de los equipos.

4. Con el oficio núm. OM/DGA/0104/2008 del 24 de enero de 2008, y con fundamento en

el artículo 8o., de la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal, la DGA

solicitó a la Dirección General de Legalidad y Responsabilidades de la Contraloría General

del Distrito Federal, su opinión para llevar a cabo una transferencia compensada de

recursos provenientes de la partida 1509 “Asignaciones para Requerimientos de

Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios, así como de Líderes

Coordinadores y Enlaces” a la partida 5206 “Bienes Informáticos”, por la cantidad

de 4,500.0 miles de pesos. En respuesta, con el oficio núm. CG/DGLR/21/2008 del

30 de enero de 2008, la Dirección General de Legalidad y Responsabilidades dio su

opinión favorable para llevar a cabo dicha transferencia.

5. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0224/2008 del 12 de febrero de 2008, la DGA

solicitó a la SEDECO dictaminar, en caso de ser procedente, la omisión del grado

de integración nacional para la adquisición de las dos impresoras de alto rendimiento.

En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/016-F/2008 del 13 de febrero de 2008,

dicha dependencia autorizó la omisión del grado de integración nacional respecto de

la adquisición de las impresoras.

6. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0221/2008 del 12 de febrero de 2008, la DGA solicitó

al Comité de Informática y al Coordinador General de Modernización Administrativa de

439 VOLUMEN 5/13

la OM, el dictamen técnico para la adquisición de dos impresoras de alto rendimiento.

Dicho comité, por medio del oficio núm. CGMA/DPI/698/08 del 20 de mayo de 2008,

comunicó el dictamen técnico favorable para la adquisición de dicho equipo.

7. El 26 de febrero de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales emitió las Bases

de la Licitación Pública Internacional núm. 30001106-001-08 para la adquisición de

dos impresoras de alto rendimiento. Dichas bases fueron revisadas y aprobadas por

el grupo revisor de bases, según consta en el acta del 12 de diciembre de 2007.

8. Con el oficio núm. OM/DGA/276/2008 del 19 de febrero de 2008, la DGA solicitó a la

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal de la convocatoria, la cual se publicó el 26 de febrero de 2008.

9. El 29 de febrero de 2008 se realizó la Junta de Aclaración de Bases, en la que

participaron cinco de las seis empresas que adquirieron las bases.

10. Asimismo, el 5 de marzo de 2008 se realizó la presentación y apertura de propuestas

técnicas y económicas, en la que participaron sólo dos proveedores, además de los

representantes de la OM y de la Contraloría Interna. En dicho acto, los participantes

entregaron la documentación correspondiente a sus propuestas, así como la

documentación legal y administrativa requerida en las bases, de lo anterior se elaboró el

análisis cuantitativo de la documentación presentada y se levantó el acta correspondiente.

11. Mediante el acta de fecha 7 de marzo de 2008, se comunicó a los participantes el

diferimiento de la presentación del Resultado del Dictamen y Fallo para el 12 de marzo

de 2008, debido a que la Subdirección de Operación de Nómina de la Dirección

General de Administración de Personal no presentó en el tiempo y forma establecidos

el análisis cualitativo de las propuestas técnicas.

12. El 12 de marzo de 2008, se emitió el dictamen técnico, en el cual se estableció el

resultado del análisis cualitativo de la documentación legal y administrativa presentada

por las dos empresas que previamente habían entregado su propuesta técnica como

la económica. También se informó del resultado del análisis cuantitativo de las ofertas

440 VOLUMEN 5/13

económicas y se les comunicó el dictamen y fallo, como resultado se determinó que el

proveedor con el RFC XXXXXXXXXXX ofreció las mejores condiciones de calidad

y precio.

13. El 19 de marzo de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008,

por un monto de 2,650.00 miles de pesos, más IVA (397.5 miles de pesos) para

un importe total de 3,047.5 miles de pesos. Dicho importe fue liquidado con la CLC

núm. 12 C0 01 02422 emitida por la OM el 17 de julio de 2008, por 3,047.5 miles

de pesos, la cual amparó el pago de la factura núm. 00193665 del proveedor con

RFC XXXXXXXXXX.

14. El proveedor ganador entregó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 903039, por

397.5 miles de pesos, relativa al contrato número OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008,

equivalente al 15.0% del valor del contrato (sin IVA), tal como se estipuló en las bases

y de conformidad con el artículo 73, fracción III y 75, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y el numeral 5.13.2 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigentes en 2008.

No obstante lo anterior, en la cláusula décimo séptima del contrato

núm. OM/DGA/DRMSG/CA-008-2008, se estipuló: “La garantía de cumplimiento del

presente contrato la constituirá el ‘Proveedor’ por un importe del 15% del monto

máximo total del presente contrato, mediante fianza, cheque certificado, cheque

de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor de la Secretaría de Finanzas del

Distrito Federal, que deberá entregar el ‘Proveedor’ a ‘El GDF’ a la firma del presente

contrato…”.

Mientras que en la cláusula segunda “Monto y Vigencia del Contrato”, de dicho contrato,

se indicó: “Las partes establecen que ‘el GDF’ pagará a ‘El Proveedor’ por la

adquisición de dos impresoras láser de alto rendimiento objeto del presente contrato

la cantidad de $2,650,000.00 que sumada a la cantidad de $397,500.0 por concepto

de IVA, asciende a la cantidad total de $3,047,500.00…”.

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441 VOLUMEN 5/13

Cabe señalar que en la cláusula décimo séptima del contrato relativa a la entrega

de la garantía de cumplimiento, dispuso que el valor de la fianza sería del 15.0% del

monto total del contrato, el cual, de conformidad con la cláusula segunda dicho monto

total incluye el IVA, por lo que se observa que la citada cláusula décimo séptima del

contrato es incongruente con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno). No obstante que el importe de la fianza de garantía

de cumplimiento entregada por el proveedor, sí correspondió al 15.0% del monto del

contrato antes de IVA.

Al respecto, el sujeto fiscalizado no contó con mecanismos de control interno que

permitan verificar que las cláusulas estipuladas en sus contratos de adquisiciones

de bienes se encuentran redactadas conforme la normatividad específica para cada

una de ellas.

Por lo anterior, no observó lo dispuesto en el artículo 16, III. Tercer Lineamiento:

“Actividades de Control”, fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, que señala:

“I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos

para evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control

interno que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales,

asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal

y de operación confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de

actuación, así como salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la

transparencia de su manejo.”

15. Mediante el oficio núm. DCPN/1031/2008 del 3 de junio de 2008, el Director de Control

y Procesamiento de Nómina informó al Director de Recursos Materiales y Servicios

442 VOLUMEN 5/13

Generales en la OM, que se recibieron las dos impresoras de alto rendimiento en las

oficinas de esa unidad administrativa, ubicadas en Damas núm. 118, colonia San José

Insurgentes, Delegación Benito Juárez.

Para constatar que el gasto por la adquisición de los equipos se hubiese devengado,

se realizó una visita de inspección en las oficinas de la Dirección de Control y

Procesamiento de Nómina, en la que se pudo constatar la existencia y funcionamiento

del equipo. Asimismo, se verificó que el equipo contó con el número de inventario

respectivo, así como con el resguardo a cargo del personal que lo opera.

Procedimiento de adjudicación directa

Mediante este procedimiento, la OM adquirió en 2008 un sistema de enlace inalámbrico

y centro de datos para la primera fase del Proyecto Ciudad Digital, el cual fue adjudicado

a la empresa con RFC XXXXXXXXXXXX, por un importe de 7,000.0 miles de pesos,

formalizado mediante el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 de fecha 14 de marzo

de 2008. Dicho contrato fue liquidado con la expedición de la CLC núm. 12 C0 01 02418

del 14 de julio de 2008 por los 7,000.0 miles de pesos.

De la revisión de la documentación soporte del procedimiento de la adjudicación directa

destaca lo siguiente:

1. El Coordinador General de Modernización Administrativa de la OM, mediante el oficio

núm. CGMA/0811/08 del 27 de febrero de 2008, presentó a la DGA la requisición

núm. RC/11-2008, solicitando la adquisición de un sistema de enlace inalámbrico

y centro de datos para la primera fase del Proyecto Ciudad Digital. Adicionalmente,

presentó la justificación para la adquisición del equipo, en la que se indicó, entre otras

cosas, lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. CC/SPR/041/08 del 11 de febrero de 2008, el Secretario

Ejecutivo del Consejo de Competitividad de la Ciudad de México solicitó a la OM

la adquisición de la infraestructura inalámbrica y centro de datos necesarios para

iniciar la primera fase del “Proyecto Ciudad Digital”.

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443 VOLUMEN 5/13

b) El 22 de febrero de 2008, el C. Oficial Mayor instruyó a la CGMA a fin de que,

en el ámbito de sus atribuciones conferidas y en estricto cumplimiento de las

disposiciones jurídicas aplicables en materia de adquisiciones, se realizaran todos

los trámites tendentes a la atención de dicho requerimiento.

c) De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal, a la CGMA corresponde impulsar las acciones de

modernización administrativa, y coordinar la creación, desarrollo, operación,

mantenimiento y la modernización de las tecnologías de la información de la

Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se realizó la requisición,

tomando como base las características técnicas solicitadas por el Secretario

Ejecutivo del Consejo de Competitividad.

2. Con fecha 28 de febrero de 2008, el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios

Generales solicitó, mediante el oficio número OM/DGA/DRMSG/SRM/59/2008,

la suficiencia presupuestal para la adquisición del equipo. En respuesta, mediante

el oficio núm. OM/DGA/DRF/70/2008 de la misma fecha, el Director de Recursos

Financieros comunicó la suficiencia presupuestal autorizada hasta por un monto de

7,000.0 miles de pesos.

3. Con el oficio núm. OM/DGA/411/2008 del 6 de marzo de 2008, la DGA solicitó a la

Secretaría de Desarrollo Económico que, en caso de considerarlo procedente, se omitiera

el grado de integración nacional para llevar a cabo la adquisición de un sistema de

infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital que cubriría un polígono

de 857,752.85 m2 del Centro Histórico de la Ciudad de México. En respuesta, con el

oficio núm. SEDECO/DICT/042-M/2008 del 6 de marzo de 2008, esa Secretaría

dictaminó procedente la omisión del grado de integración nacional para la adquisición

de dicho equipo.

4. Con el oficio núm. OM/DGA/376/2008 del 29 de febrero de 2008, la DGA solicitó

al presidente suplente del Comité de Informática que indicara si era factible que la OM

considerara vigente el Dictamen Técnico del Comité de Informática que en su

momento fue emitido para el Consejo de Competitividad. En respuesta, con el oficio

444 VOLUMEN 5/13

núm. CGMA/DPI/856/08 del 29 de febrero de 2008, la CGMA informó que se otorgaba

una extensión de la vigencia de dicho dictamen por tres meses más. Derivado de lo

anterior, el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,

en su primera sesión extraordinaria de 2008, celebrada el 10 de marzo, dictaminó

procedente la adquisición del equipo.

5. Con fecha 28 de febrero de 2008, a solicitud de la CGMA, el C. Oficial Mayor autorizó

la adquisición de la infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital

bajo el amparo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

6. Con fecha 25 de febrero de 2008, el proveedor con RFC ETA 030411 HS9, presentó

sus propuestas técnica y económica, así como la documentación legal y administrativa

requerida por la OM. La propuesta económica fue postulada por el proveedor en un

importe de 6,087.0 miles de pesos, más IVA de 913.0 miles de pesos.

7. Con fecha 14 de marzo de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008

por un monto de 7,000.0 miles de pesos (IVA incluido).

8. El proveedor presentó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 0001000478, relativa

al contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-007-2008 con fecha 12 de marzo de 2008

por el importe de 1,050.0 miles de pesos, la cual representó el 15.0% del valor total

del contrato (7,000.0 miles de pesos).

Al respecto, se observó que el contrato, en su cláusula decimocuarta consideró lo

siguiente: “La garantía de cumplimiento del presente contrato la constituirá el ‘Proveedor’

por un importe del 15% del monto máximo total del presente contrato, mediante

fianza, cheque certificado, cheque de caja, billete de depósito o carta de crédito, a favor

de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, que deberá entregar el ‘Proveedor’

a ‘El GDF’ a la firma del presente contrato…”.

Dicha disposición contraviene tanto la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

como la Circular Uno, en las que se establece que el importe de las garantías de

cumplimiento de contrato será del 15.0% del valor total del contrato sin considerar

cualquier contribución, en este caso el IVA.

445 VOLUMEN 5/13

Por lo anterior, la OM incumplió la fracción III, del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal y el numeral 5.13.2 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008.

El artículo 73 dispone: ”Quienes participen en las licitaciones o celebren los contratos

a que se refiere esta Ley, deberán garantizar: […]

”III. El cumplimiento de los contratos, con un importe máximo del 15% del total del

contrato sin considerar cualquier contribución.”

El numeral 5.13.2 establece: “Para determinar el porcentaje de las garantías de la

formalidad de la propuesta y el cumplimiento del contrato, se tomará en cuenta

lo siguiente: […]

”c) Para el caso de contratos abiertos, las garantías de formalidad de la propuesta

y cumplimiento del contrato se calcularán sobre el monto máximo de los bienes

y/o servicios a contratar.

”En cualquier caso, las garantías se determinarán sin considerar el IVA.”

Asimismo incumplió el artículo 16, III. Tercer Lineamiento: “Actividades de Control”,

fracción I, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007.

9. Con fecha 18 de abril de 2008, se realizó el acta circunstanciada que da constancia

de la entrega-recepción y verificación de los equipos por parte del proveedor a la OM.

Asimismo, se celebró otra acta circunstanciada con fecha 22 de abril de la instalación

y puesta a punto de los equipos y entrega-recepción del sistema instalado en las

oficinas que ocupa la Subdirección de Base de Datos, adscrita a la Dirección de Nuevas

Tecnologías de la Información de la CGMA, ubicadas en Fray Servando Teresa de

Mier, núm. 77, 4o. piso, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

446 VOLUMEN 5/13

10. Mediante el “Acta de transferencia de Bienes Muebles”, formulada con fecha 2 de

diciembre de 2008, la OM, a través de la DGA, realizó la transferencia respecto de la

infraestructura inalámbrica y centro de datos para la red digital con cobertura que

abarcó un polígono de 857,752.85 m2 del Centro Histórico de la Ciudad de México

en favor del Fideicomiso Público Ciudad Digital (fideicomiso creado el 22 de enero

de 2008 y que actualmente depende de la Secretaría de Finanzas).

Con el propósito de constatar que el gasto efectuado por la OM en 2008 para la compra

del sistema se haya devengado, se realizó una visita de inspección física al equipo,

no obstante que actualmente dicho equipo ya no forma parte de los bienes de la OM,

el cual se encuentra instalado en el Fideicomiso Público Ciudad Digital, ubicado en

Río Nazas núm. 134, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc. Derivado de la

visita, se pudo constatar que el equipo se encuentra bajo el resguardo del responsable

del área jurídica de dicho fideicomiso. Asimismo, se tuvo conocimiento de que el equipo

fue transferido al fideicomiso por medio del acta de transferencia de bienes celebrada

entre la OM (representada en ese acto por su Directora General de Administración)

y el fideicomiso (representado por su Director General) el 2 de diciembre de 2008, en

la que se detallan cada uno de sus componentes, los cuales se encuentran instalados

en las oficinas del fideicomiso (se verificó a través del número de inventario).

De la revisión de la documentación soporte que ampara el procedimiento de la

adjudicación, se desprende que la OM sustentó la adquisición bajo el procedimiento

de adjudicación directa al amparo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, y no se realiza observación alguna respecto del procedimiento de

esta adjudicación ni de los montos contratados.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM fecha informó lo siguiente:

“En relación al texto de las cláusulas de los contratos OM/DGA/DRMSG/007 y 008-2008,

mediante los cuales se adquirieron ‘un sistema de enlace inalámbrico y centro de datos’

y ‘dos impresoras de alto rendimiento para la nómina’, respectivamente; llevándose a cabo

para el primero una adjudicación directa y para el segundo la Licitación Pública Nacional

[la licitación fue internacional] 30001106-001-08.

447 VOLUMEN 5/13

”Mencionando que se incumplió en ambos casos con la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, Circular Uno vigente, así como con el artículo 16, fracción III, Tercer Lineamiento,

‘Actividades de Control’, fracción primera, del Acuerdo por el que se establecen los

Lineamientos Generales de Control Interno.

”La dependencia desea aclarar que, si bien coincide con el fiscalizador en que se omitió

en el clausulado correspondiente a la Garantía de Cumplimiento de los dos contratos

la cita textual de que ‘la fianza será calculada sobre el monto máximo total del contrato sin

incluir cualquier contribución o sin incluir el IVA’; nuestra interpretación es diferente dado

que gran parte de los proveedores que participan en procedimientos de adquisiciones

conocen de antemano la Ley de la materia, además de que en su parte correspondiente

en las bases y en las invitaciones se cita la normatividad aplicable, además en el segundo

párrafo de las cláusulas citadas se indica a partir del tercer renglón lo siguiente:

”‘… que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal…’ y los párrafos siguientes especifican el texto de la fianza, con lo

cual el proveedor tiene siempre y en todo momento la información de cuál es el monto del

contrato para efectos de la fianza y es por ello que su cálculo, importe y contenido de las

respectivas fianzas (se anexa copia de contratos y fianzas para mayor referencia) fue tal

como se establece en la normatividad, sin que la aparente omisión afectara su expedición

y mucho menos existan incongruencias o controversias por lo estipulado en las cláusulas

de ‘Monto y Vigencia’ de los contratos contra las de ‘Garantía de Cumplimiento’.

”Al respecto, es importante mencionar que en diversos actos durante todo el procedimiento

se informa a los proveedores del contenido de la Ley y su aplicación, por lo cual esto

puede considerarse como un uso común en todo el Gobierno del Distrito Federal y sus

proveedores, por ello vale señalar que nuestro derecho contempla como fuentes del

mismo las denominadas formales y las informales dentro de las cuales están los usos

y costumbres, los principios generales del derecho la doctrina.

”Se acepta la omisión en estos dos casos aislados, en lo correspondiente al haber precisado

de manera más textual las palabras compuestas ‘sin IVA’, aun y cuando se expresa que

es conforme a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que como muestra

el mismo resultado de la auditoría los demás contratos revisados sí cuentan con el texto

448 VOLUMEN 5/13

literal respecto al monto total del contrato sin considerar el lVA para efecto de la garantía

de cumplimiento, por lo cual se puede aseverar que de los más de 230 contratos de

adquisiciones celebrados en el año 2008 por la Dirección General de Administración

y por lo tanto sí existen los mecanismos de control internos ya que como lo menciona el

auditor en el resultado la fianza está correcta, por lo que el mencionado incumplimiento

referido por el Fiscalizador, se considera carente de sustento en los hechos que el mismo

resultado arroja.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado respecto al numeral 2 corrobora que no se precisó

en la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento del contrato, que el importe de dicha

garantía se calcularía sobre el importe total de cada contrato sin considerar el IVA, por lo

que su respuesta no modifica el contenido de la observación formulada.

Respecto al numeral 3, cabe señalar que en dicho numeral además de indicar una redacción

errónea de la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento de contrato, se realizó un

cobro en exceso al proveedor relativo a la garantía de cumplimiento, ya que la garantía

cobrada fue de 1,050.0 miles de pesos (15.0%), la cual fue calculada sobre el monto

del contrato incluyendo el IVA (el valor de contrato fue 6,087.0 miles de pesos y un IVA de

913.0 miles de pesos, para un valor total del contrato de 7,000.0 miles de pesos),

situación que no fue aclarada en su respuesta.

Por lo anterior, lo manifestado por el sujeto fiscalizado respecto del numeral 3, confirma

que no se precisó en la cláusula relativa a la garantía de cumplimiento del contrato, que el

importe de dicha garantía se calcularía sobre el importe total de cada contrato sin considerar

el IVA, por lo que tampoco modifica el contenido de la observación formulada.

Recomendación ASC-134-08-02-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a fin de verificar

que las cláusulas de los contratos de adquisiciones de bienes informáticos relativas a las

garantías de cumplimiento se sujeten a la normatividad aplicable para cada una de ellas,

de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

449 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-134-08-03-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor implemente mecanismos de control a fin de

cerciorarse de que las garantías de cumplimiento de contrato que solicite por la adquisición

de equipo informático se calculen con base en el monto total del contrato sin considerar el

Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno).

7. Resultado

Partida 5304 “Vehículos y Equipo destinado a Servicios Administrativos”

El presupuesto ejercido en esta partida en 2008 por la OM fue de 3,318.9 miles de pesos,

que representa el 0.9% del total ejercido en el capítulo (353,516.4 miles de pesos), de los

cuales se seleccionaron para su revisión 1,311.0 miles de pesos, que representan el 0.4%

de la muestra de auditoría (297,373.8 miles de pesos).

El importe de 1,311.0 miles de pesos fue erogado para la adquisición de vehículos tipo sedán

para apoyo administrativo en las diversas áreas de la OM. Dicho gasto fue realizado a

través del procedimiento de la licitación pública internacional núm. 30001106-010-08,

del cual resultaron ganadores dos participantes. Para efectos de la revisión, se seleccionó

al proveedor con RFC XXXXXXXXXXXX, con quien la OM celebró el contrato

núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008 por un importe de 972.0 miles de pesos más IVA

de 145.8 miles de pesos, sumando un total de 1,117.8 miles de pesos por la adquisición de

10 vehículos. Adicionalmente, se realizó una ampliación a dicho contrato para la compra

de 2 vehículos más por la cantidad de 168.0 miles de pesos más IVA de 25.2 miles de

pesos, por lo cual el total contratado con el proveedor fue de 1,311.0 miles de pesos por

la adquisición de un total de 12 vehículos.

El monto de 1,311.0 miles de pesos fue liquidado al proveedor con las CLC núms.

12 C0 01 04945 y 12 C0 01 05354 por importes de 1,117.8 miles de pesos y 193.2 miles

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450 VOLUMEN 5/13

de pesos (IVA incluido en ambas CLC), emitidas por la OM el 23 y 31 de diciembre de 2008,

respectivamente.

Con base en el análisis del expediente de la documentación relativa al proceso de la

licitación pública internacional y la documentación soporte de las CLC que amparan el pago

de los 10 vehículos originalmente pactados y la compra adicional de otros 2, se determinó

lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SSG/470/2008 del 8 de octubre de 2008, la

Subdirección de Servicios Generales presentó a la Subdirección de Recursos Materiales

(ambas adscritas a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la DGA)

la requisición núm. RC/79-2008 para la adquisición de 10 vehículos tipo sedán para la

sustitución de los vehículos que se encontraban en malas condiciones mecánicas y que

por su costo y antigüedad ya no era costeable su reparación.

2. Con fecha 9 de octubre de 2008, la Subdirección de Recursos Materiales realizó

cuadros comparativos para la adquisición de los vehículos como resultado del sondeo

de mercado practicado por esa Subdirección con diversas agencias distribuidoras.

3. Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/SRM/395/2008 del 9 de octubre de 2008, la

Subdirección de Recursos Materiales solicitó a la Dirección de Recursos Financieros de

la OM la autorización de la suficiencia presupuestal para la adquisición de los vehículos.

En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/DRF/789/2008 del 10 de octubre de 2008,

la Dirección de Recursos Financieros de la DGA comunicó a la solicitante la autorización

de dichos recursos hasta por el monto de 1,343.6 miles de pesos. En este sentido, fueron

tramitadas las afectaciones programático-presupuestarias núms. B 12 C0 01 0003,

B 12 C0 01 0048, B 12 C0 01 0100 y B 12 C0 01 0183 por importes de 270.0 miles

de pesos, 855.0 miles de pesos, 258.0 miles de pesos y 136.0 miles de pesos,

respectivamente, las cuales suman un monto de 1,519.0 miles de pesos.

4. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1583/08 del 17 de octubre de 2008, la DGA remitió

a la DGRMSG de la OM, con fundamento en el artículo 37, fracciones II y V, del

Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008 y el numeral 5.11

451 VOLUMEN 5/13

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal, (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de diciembre de 2007

y el 12 de abril de ese mismo año), el formato “DABR” relativo a la adquisición de

bienes restringidos. En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/2091/2008

del 21 de octubre de 2008, la DGRMSG autorizó a la solicitante llevar a cabo la

adquisición de los vehículos.

5. Por medio del oficio núm. OM/DGA/1562/2008 del 15 de octubre de 2008, la DGA solicitó

a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal dictaminar, en

caso de ser procedente, la omisión del grado de integración nacional para la adquisición

de los 10 vehículos. En respuesta, con el oficio núm. SEDECO/DICT/526-O/2008 del

17 de octubre de 2008, dicha secretaría autorizó la omisión del grado de integración

nacional para la adquisición de dichos bienes.

6. Con fecha 17 de octubre de 2008, el grupo revisor de bases se reunió y acordó emitir

las bases respectivas para llevar a cabo la licitación pública internacional para la

compra de los vehículos. Dichas bases fueron emitidas el 24 de octubre del mismo

mes y año por la Subdirección de Recursos Materiales.

7. Con el oficio núm. OM/DGA/1632 del 21 de octubre de 2008, la DGA comunicó a

la Contraloría Interna en la OM el inicio del procedimiento de la licitación pública

internacional.

8. Mediante el oficio núm. OM/DGA/1631/2008 del 21 de octubre de 2008, la DGA

solicitó a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos la publicación de la

convocatoria de la licitación pública internacional con clave LPI 30001106-010-08 para

la adquisición de vehículos y camionetas tipo sedán. Dicha convocatoria fue publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de octubre de 2008.

9. Con fecha 29 de octubre de 2008, se llevó a cabo la junta de aclaración de bases en

la que participaron dos de las siete empresas que adquirieron las bases de la licitación.

452 VOLUMEN 5/13

10. El 31 de octubre de 2008, se realizó el acto de presentación y apertura de los sobres

con las propuestas técnica y económica de tres participantes, de los cuales se analizó

la documentación legal y administrativa, quedando constancia en el acta respectiva.

11. Con fecha 3 de noviembre de 2008, se elaboró el dictamen de la licitación, el cual

mostró el análisis cualitativo tanto de la documentación legal y administrativa como

de las propuestas técnicas y el cuantitativo de las propuestas económicas de los

tres participantes. Derivado del dictamen, se determinó declarar ganador a dos de

los participantes, lo cual fue comunicado el día 4 de noviembre de 2008. En dicho

comunicado, se informó que le fueron adjudicadas las partidas núms. 1 y 2 (cuatro y seis

vehículos) al proveedor con RFCXXXXXXXXXXXXX por el importe de 1,117.8 miles

de pesos, IVA incluido (objeto de la muestra) y la partida núm. 3 (con tres vehículos)

a otro participante, por importe de 507.1 miles de pesos (IVA incluido).

12. El 7 de noviembre de 2008, fue suscrito el contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008

con el proveedor con RFC XXXXXXXXXXXX por un importe de 972.0 miles

de pesos más IVA de 145.8 miles de pesos, sumando un total de 1,117.8 miles de

pesos. Dicho contrato fue ampliado mediante el convenio modificatorio

núm. OM/DGA/DRMSG/CM-003/CA-050-2008 de fecha 14 de noviembre de 2008 por

un monto de 193.2 miles de pesos (IVA incluido) para la adquisición de dos vehículos

más con las mismas características que los anteriores, lo que representó un incremento

del 17.3% del monto original del contrato.

Al respecto, se verificó que la ampliación al contrato inicial

(OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008) no rebasó el incremento del 20.0% del valor total

del contrato establecido en el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, vigente a la fecha de la modificación al contrato.

13. El proveedor ganador presentó la fianza de garantía de cumplimiento núm. 1068826

relativa al contrato núm. OM/DGA/DRMSG/CA-050-2008 por un importe de 171.0 miles de

pesos (15.0% del valor total del contrato antes de IVA), de fecha 14 de noviembre de 2008

(fecha de la modificación al contrato).

Al respecto, se verificó que la fianza fue entregada de conformidad con los montos y plazos

establecidos en los artículos 73 y 75 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

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453 VOLUMEN 5/13

Para constatar que el gasto realizado por la OM para la adquisición de los 12 vehículos

tipo sedán para apoyar en las actividades administrativas de las diferentes áreas de la OM,

hubiese sido devengado se realizó la inspección física de las 12 unidades. Al respecto, se

pudo constatar que se encuentran identificadas con el número de inventario respectivo

y que los números de serie del motor consignados en las facturas corresponden a los

identificados en los motores de los vehículos inspeccionados. Asimismo, se verificó que

las 12 unidades contaron con el resguardo respectivo del personal al que fueron asignadas

(3 a la DGA, 3 a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, 3 a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, 1 a la Oficina del C. Oficial

Mayor y 2 a la DGPI); sin embargo, se observó que ninguno de los 12 vehículos que se

verificaron cuentan con el logotipo del Gobierno del Distrito Federal, por lo que la OM

incumplió el numeral 8.8.3 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de

abril de 2007, vigente en 2008, que indica:

“8.8.3 Los vehículos terrestres para uso oficial de servidores públicos, serán asignados

de acuerdo a las siguientes disposiciones:

”Los vehículos que sean asignados conforme al inciso c) del presente numeral [servicios

generales y áreas de apoyo administrativo (vehículos clasificados en la partida 3511 del

Clasificador por Objeto del Gasto)] serán rotulados conforme a las características del ‘Manual

de Identidad Gráfica del GDF’, vigente, además contendrán la leyenda ‘Este vehículo es

para uso oficial’.”

Derivado de la revisión de la documentación soporte del procedimiento de la licitación pública

internacional con clave 30001106-010-08, llevada a cabo por la OM para la adquisición de

los vehículos tipo sedán, y de la documentación soporte de las CLC que amparan el pago

de dichos bienes, no se realiza observación alguna.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM, mediante

el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:

454 VOLUMEN 5/13

“De la revisión física efectuada, efectivamente las 12 unidades vehiculares no cuentan con

el balizamiento respectivo, por el siguiente hecho: La Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, a través de sus Unidades Administrativas, requiere de unidades sin balizamiento,

ya que de acuerdo a las expropiaciones que realiza actualmente este Gobierno en el ámbito

de su competencia, así como de las recuperaciones administrativas y judiciales, imposición de

sanciones contenidas en la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, además

de la incorporación por aprobación del Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal de la IV Legislatura, de la Ley de Extinción de Dominio, la cual regula la pérdida

de los derechos de propiedad de los bienes mencionados en el artículo 5o. de esta Ley,

sin contraprestación ni compensación alguna para el afectado, cuando se acredite el hecho

ilícito en los casos de delincuencia organizada, secuestro, robo de vehículos y trata de

personas, y el afectado no logre probar la procedencia lícita de dichos bienes y su actuación

de buena fe, así como que estaba impedido para conocer su utilización ilícita.

”Por lo que en este contexto, la Extinción de Dominio es un instrumento de naturaleza

jurisdiccional, de carácter real y de contenido patrimonial, en el que le otorga a la Oficialía

Mayor la facultad de apoyar al Ejecutivo Local, para proceder sobre cualquier derecho

real, principal o accesorio, independientemente de quien los tenga en su poder, o los haya

adquirido; situación que se relaciona con el uso de las unidades vehiculares que fueron

objeto de la revisión, sin embargo este hecho por ser de naturaleza confidencial, no puede

exponerse abiertamente, por ser recóndito por el uso que se les da al momento de las

expropiaciones y que son utilizados por Servidores Públicos que participan en estos

eventos de expropiación y que pueden correr riesgo desde el inicio de los programas de

investigación para la elaboración de los programas de seguridad y vigilancia a instalaciones

y aseguramiento de inmuebles, utilizando dichas unidades vehiculares y que además se

realiza en la mayoría de las ocasiones de manera nocturna.

”Por lo antes expuesto, los 12 vehículos revisados por el fiscalizador, deben seguir estando

sin balizar de acuerdo a lo antes mencionado.”

Cabe señalar, que no obstante que el argumento manifestado por el sujeto fiscalizado

indica los actos en los cuales intervienen operativamente dichos vehículos, no existe en la

normatividad observada, emitida por la propia OM, casos de excepción para no llevar a cabo

la identificación del equipo vehicular. Asimismo, de conformidad con los resguardos de los

455 VOLUMEN 5/13

vehículos se conoció que diez de ellos fueron asignados a diferentes áreas administrativas

de la OM (tres a la DGA, tres a la DGRMSG, tres a la DGADP y uno a la Oficina del

C. Oficial Mayor) y sólo dos a la DGPI, área que interviene en el ámbito de sus atribuciones

en los procedimientos de expropiaciones y extinción de dominio argumentados en la

respuesta del sujeto fiscalizado.

Por lo anterior, lo manifestado por el sujeto fiscalizado no modifica el contenido del presente

resultado.

Recomendación ASC-134-08-04-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de garantizar

que los vehículos que adquiera con cargo a la partida 5304 “Vehículos y Equipo Destinado

a Servicios Administrativos” cuenten con el logotipo del Gobierno del Distrito Federal,

de conformidad con la Normatividad en materia den Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

8. Resultado

Con el fin de constatar que las adquisiciones realizadas por la OM en 2008 relativas al

capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se hubiesen considerado en el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) 2008 y sus

respectivas modificaciones trimestrales, se verificaron dichos documentos, de lo que se

desprende lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. OM/DGA/0252/2008 del 15 de febrero de 2008 y fecha de

recibido el 18 del mismo mes y año, la OM remitió a la DGRMSG la versión definitiva

de su PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2008 con tres días de desfase respecto

a la fecha límite establecida en la Circular Uno.

Por no enviar en el plazo establecido la versión definitiva del PAAAPS del ejercicio de 2008,

la OM no observó el segundo párrafo del numeral 5.2.1 de la Normatividad en materia

456 VOLUMEN 5/13

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que indica:

”Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, remitirán a la DGRMSG,

copia del PAAAPS que envíen a la SF para su validación. La versión definitiva se

enviará a la DGRMSG a más tardar la primera quincena del mes de febrero, del

ejercicio presupuestal reportado.”

2. Respecto a las modificaciones trimestrales de su PAAAPS por el ejercicio de 2008,

se observó que las modificaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres

de 2008, fueron remitidas a la DGRMSG por la OM con desfases de 13 y 10 meses

respectivamente, ya que ambos informes se remitieron hasta el 9 de noviembre de 2009.

Por presentar a la DGRMSG las modificaciones trimestrales de su PAAAPS con retrasos,

la OM infringió el numeral 5.2.1, último párrafo y los numerales 5.16.1 y 5.16.2,

apartado 5, “Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias , Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008, que señalan:

“5.2.1 [...] Las modificaciones del PAAAPS deberán reportarse a la DGRMSG, de

manera trimestral, en forma impresa respetando los lineamientos que para tal efecto

se emitan y en dispositivo magnético, así como una síntesis cualitativa que sustente

los movimientos para los capítulos en donde se presenten los cambios.”

“5.16.1 Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información

a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por

dependencia […] de acuerdo a los siguientes períodos: Anualmente: a) Programa

Anual de Adquisiciones. Trimestralmente: a) El Programa Anual de Adquisiciones en

versión modificada.”

457 VOLUMEN 5/13

“5.16.2 Los titulares de las Dependencias serán responsables de la debida formulación

y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez

días hábiles siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la

recalendarización.”

La entrega con desfases de las modificaciones trimestrales de los PAAAPS presentados

por la OM a la DGRMSG, fue observada también en la auditoría financiera con clave

ASC/119/07, practicada por la CMHALDF al sujeto fiscalizado, específicamente al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”. En dicha auditoría se emitió la recomendación

núm. ASC-119-07-25-OM, la cual señaló: “Es necesario que la Oficialía Mayor

establezca mecanismos de control a fin de garantizar que las modificaciones

trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios sean remitidas a la autoridad correspondiente, dentro de los plazos establecidos

en la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno)”.

Al respecto, a la fecha de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se

había desahogado por el sujeto fiscalizado.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, la DGA en la OM,

mediante el oficio núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, informó lo siguiente:

“De la revisión efectuada, efectivamente el primer Programa Anual se envió a Finanzas

para su revisión y aprobación, mismo que fue remitido a esta dependencia desfasadamente,

ocasionando que el día 15 de febrero fuera viernes y el Programa se enviara hasta

el día hábil 18 de febrero, sin embargo su publicación fue en tiempo y forma como lo

ordena la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Lo referente a los demás informes

trimestrales entregados con desfase, efectivamente sí fueron enviados en esas fechas,

ya que aun y cuando la propia Normatividad en materia de Administración de Recursos

(Circular Uno 2007), contempla el período de entrega de estos informes, la propia

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal no prevé tiempos específicos para la entrega

de las modificaciones, ya que las modificaciones se basan con cifras reales arrojadas

en las conciliaciones ‘Programático-presupuestales’ que por cada período envía la

Subsecretaría de Egresos, y que además se realiza de manera desfasada y en ocasiones

458 VOLUMEN 5/13

por semestre, situación que se puede observar como ejemplo en los oficios para el período

2009 y 2010.

”Por lo antes expuesto, es necesario se considere que la fecha establecida en la Circular

Uno para la entrega de este informe, es opuesta a la de la operación real de las Unidades

Administrativas involucradas, no obstante se seguirán realizando esfuerzos para tratar de

obtener la información financiera de manera expedita, sin embargo, no omito comentar que

actualmente la Secretaría de Finanzas implantó un nuevo Sistema denominado SAPGRP,

con el cual se registrará el presupuesto, sus modificaciones, compromisos, etc., el cual

está iniciando de manera paulatina y se espera que una vez que opere al 100% se pueda

obtener de manera inmediata la información de las modificaciones presupuestales.

”Es importante señalar, que la Circular Uno no estipula entregar este tipo de informe de

manera parcial, sino con cifras definitivas, ya que el sistema implantado por la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales, no tiene campos para cifras previas

y sólo puede ser utilizado por períodos, ya que el Sistema lo saturan todas las Dependencias

del Gobierno del Distrito Federal.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma que tanto la versión definitiva de su PAAAPS,

como las modificaciones relativas al tercero y cuarto trimestre de 2008, fueron enviadas

con desfase respecto de la fecha estipulada en la Circular Uno, por lo que su respuesta

de confronta no modifica el contenido del presente resultado, ya que no desvirtúa las

observaciones formuladas.

Recomendación ASC-134-08-05-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor implemente mecanismos de control a fin de cerciorarse

de que la versión definitiva del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios del ejercicio que corresponda sea enviada a la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales en el plazo establecido en la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

459 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-134-08-06-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de

garantizar que las modificaciones trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios sean remitidas a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales en los plazos establecidos en la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

9. Resultado

Partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones

e Indemnizaciones de Inmuebles”

El presupuesto ejercido en 2008 en esta partida fue de 326,126.0 miles de pesos, que

representa el 92.2% del presupuesto ejercido por la OM en el capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” (353,516.4 miles de pesos). Dichos recursos fueron erogados para

la adquisición de 26 inmuebles y expropiación de uno, de los cuales fueron seleccionados

como muestra de auditoría 15 por el monto de 281,275.1 miles de pesos, que representan

el 86.2% del total de la partida. Dicho monto se integró por un importe de 132,524.4 miles

de pesos correspondiente a la parte de terrenos y construcciones de casa-habitación

(parte exenta); por un importe de 129,348.5 miles de pesos, relativo a la parte de locales

comerciales (parte gravada o sujeta de IVA); y un IVA de 19,402.2 miles de pesos.

El monto de la muestra fue ejercido mediante 20 CLC y 21 DM por importes de 286,275.1

miles de pesos y 5,000.0 miles de pesos, respectivamente, expedidos dichos documentos

para el pago de los 15 inmuebles, como se muestra en el cuadro siguiente:

460 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada Bien inmueble Número Importes Fecha

de emisión

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07050

00973 33,014.1 1/IV/08

Texcales, Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

02347 702.8 4/VII/08

Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

02493 1 18,121.0 24/VII/08

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090

02804 38,957.6 5/VIII/08

Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

02805 2 02806 2 02807 2

12,267.1 6,133.6 6,133.6

5/VIII/08 5/VIII/08 5/VIII/08

Total inmueble 24,534.3

Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

03786 2 03787 2 03788 2

26,493.5 13,246.8 13,246.8

15/X/08 15/X/08 15/X/08

Total inmueble 52,987.1

República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

02963 8,092.1 1/IX/08

República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

02964 27,380.8 1/IX/08

Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

04223 5,439.4 5/XI/08

Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

04313 52,080.2 18/XI/08

Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090

04869 3 2,864.4 8/XII/08

Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200

03386 7,221.3 24/IX/08

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

04321 1,880.1 19/XI/08

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06010

05087 4 00202 4 05088 4

5,000.0 (5,000.0) 6,000.0

26/XII/08 31/XII/08 26/XII/08

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05089 5 2,000.0 26/XII/08

Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 281,275.1

1 Corresponde al pago de indemnización de un convenio de transacción judicial, derivado de la expropiación del inmueble. 2 El importe de la CLC corresponde al pago de cada uno de los tres propietarios del inmueble. 3 El pago corresponde a uno de los dos propietarios del inmueble. 4 Cancelación de la CLC núm. 05087 mediante el DM 0202, dado que en su momento no se concretó la adquisición del inmueble

de Callejón de la Amargura núm. 8, y con la CLC núm. 05088 se liquidó el inmueble de Callejón de la Amargura núm. 10. 5 Corresponde al primero de los tres pagos pactados (el 1o. en 2008 y el resto en otros ejercicios).

Del análisis de las 20 CLC y los 21 documentos múltiples expedidos por la OM en 2008

para el pago de los 15 inmuebles, se determinó lo siguiente:

Las 20 CLC indicaron la ubicación y la superficie del inmueble adquirido; sin embargo,

carecen del dato de la fecha de adquisición del inmueble (tomándose como fecha de

461 VOLUMEN 5/13

adquisición la estipulada en el contrato formalizado para su compra), ya que dichas CLC

sólo consignaron la fecha del avalúo o de la sesión del Comité del Patrimonio Inmobiliario

que se encargó de dictaminar su adquisición.

Por la omisión detectada en las CLC’s, el sujeto fiscalizado incumplió el numeral 18, inciso g),

apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006 y su modificación del 20 de octubre de

ese mismo año, vigente en 2008.

El numeral 18 dispone: “Para poder operar su registro presupuestal, las CLC’s deberán

cumplir con los siguientes requisitos […] g) Las CLC’s cuya clave presupuestal corresponda

a la adquisición de bienes inmuebles, deberán contener en el recuadro de Notas Especiales

o Aclaraciones las características: superficie, ubicación, y fecha de adquisición del inmueble,

para efectos de registro contable”.

Esta omisión fue observada también en la auditoría financiera con clave ASC/119/07

practicada por la CMHALDF a la OM por el ejercicio de 2007, al capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles”, de la que se derivó la recomendación núm. ASC-119-07-27-OM,

la cual señala: “Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a

fin de garantizar que las Cuentas por Liquidar Certificadas relativas a la adquisición de

bienes inmuebles cuenten con todos los datos establecidos en el recuadro de notas

especiales, de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal”.

A la fecha de cierre de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se había

desahogado por el sujeto fiscalizado.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM informó lo siguiente:

“Es importante señalar que la compra-venta de inmuebles a favor del Gobierno del Distrito

Federal, se efectúa mediante contratos privados que establecen comúnmente el pago de

anticipos a la firma de los mismos, así como la liquidación del total a la firma de las escrituras,

462 VOLUMEN 5/13

cabe aclarar que al tramitar la CLC para la liquidación del valor total del inmueble, no se

proporciona a la DGA-OM la fecha exacta en la que se formalizará la firma de escrituras

ante el Notario.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado en su respuesta no modifica el contenido del

presente resultado, en virtud de que el dato omitido en el recuadro de Notas Especiales

o Aclaraciones de las CLC observadas corresponde a la fecha de adquisición estipulada

en el contrato formalizado para la adquisición de los inmuebles.

Recomendación ASC-134-08-07-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control a fin de garantizar

que el recuadro de notas especiales de las Cuentas por Liquidar Certificadas relativas a la

adquisición de bienes inmuebles se llenen de acuerdo con los datos previstos en el Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal.

10. Resultado

Para llevar a cabo la adquisición de 14 inmuebles y la expropiación de uno, los cuales

fueron seleccionados como muestra de auditoría, la OM sometió a consideración y

dictaminación del Comité del Patrimonio Inmobiliario, de conformidad con lo dispuesto en

los artículos 14 y 15, fracción I, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público,

la adquisición en 14 casos y la expropiación en un caso. De los 15 inmuebles, 2 fueron

dictaminados en sesiones extraordinarias realizadas en el ejercicio de 2007 y los restantes

13 fueron dictaminados en una sesión ordinaria y siete extraordinarias en el ejercicio de 2008,

como se muestra a continuación:

463 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Cuentas por Liquidar Certificadas

Sesión del Comité del Patrimonio Inmobiliario Bien inmueble

Número Importes Número Fecha

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, México, C.P. 07050

00973 33,014.1 18-E/2007 16/XI/07

Texcales Manzana 34 núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

02347 702.8 14-E/2007 31/X/07

Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

02493 18,121.0 01-E/2008 29/I/08

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090

02804 38,957.6 07-E/2008 08-E/2008

11/IV/08 17/IV/08

Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

02805 02806 02807

12,267.16,133.66,133.5

08-E/2008 17/IV/08

Total inmueble de Victoria núm. 12 24,534.2

República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, C.P. 06010

02963 8,092.1 07-E/2008 11/IV/08

República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, C.P. 06010

02964 27,380.8 07-E/2008 11/IV/08

Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

03786 03787 03788

26,493.513,246.813,246.8

08-E/2008

17/IV/08

Total inmueble de Victoria núm. 14 52,987.1

Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200

03386 7,221.3 07-E/08 11/IV/08

Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

04223 5,439.4 3Ord/08 21/II/08

Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

04313 52,080.2 09-E/08 30/IV/08

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

04321 1,880.1 04-E/08 6/III/08

Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090

04869 2,864.4 03-E/08 21/II/08

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05088 6,000.0 32-E/2008 11/XII/08

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05089 2,000.0 32-E/2008 11/XII/08

Total de la muestra de auditoría de bienes Inmuebles 281,275.1

El caso del predio ubicado en José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, en la

Delegación Cuauhtémoc, fue sometido a la dictaminación del Comité del Patrimonio

Inmobiliario en la séptima sesión extraordinaria; sin embargo, el caso del inmueble fue

retirado en dicha sesión, por lo que se dictaminó y aprobó su adquisición en la octava

sesión extraordinaria celebrada el 17 de abril de 2008.

Respecto al proceso de dictaminación de los 15 inmuebles que integraron la muestra de

auditoría no se formula observación alguna.

464 VOLUMEN 5/13

11. Resultado

Previo a la formalización de los contratos de compraventa de los 15 inmuebles adquiridos

por la OM en 2008, y en cumplimiento de los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias

y extraordinarias del Comité del Patrimonio Inmobiliario en los que se dictaminó su adquisición,

así como de los numerales 1.12 y 11.12, apartado “Avalúos de Bienes del Distrito Federal”

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno)

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, vigente en 2008,

la OM requirió los dictámenes de avalúo emitidos por la Dirección de Avalúos de la DGPI.

Dichos documentos fueron el resultado de los estudios realizados por peritos valuadores

designados por diversos colegios de profesionistas, con quienes la OM celebró contratos

de prestación de servicios profesionales, los cuales fueron aprobados por el Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM.

El precio máximo de compra de los 14 inmuebles y el valor comercial de un inmueble

determinados en los dictámenes de avalúo fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Dictamen de avalúo Bien inmueble Número

progresivo Número

secuencial Fecha

Precio máximo

de compra*

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07050

24/08/07-00009 AI(CO)-08367 24/VIII/07 32,305.7

Texcales Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

23/08/07-00010 AI(CO)-08299 23/VIII/07 717.2

Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

14/12/07-00001 AI(CO)-08562 14/XII/07 18,121.0**

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090

01/04/08-00001 AI(CO)-08740 1/III/08 36,000.0

Calle Victoria núm. 12, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

09/04/08-00003 AI(CO)-08766 14/IV/08 22,000.0

República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

14/03/08-00002 AI(CO)-08724 21/IV/08 7,575.6

República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010

14/03/08-00001 AI(CO)-08723 21/IV/08 29,693.3

Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

09/04/08-00002 AI(CO)-08765 14/IV/08 47,000.0

Continúa…

465 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Dictamen de avalúo Bien inmueble Número

progresivo Número

secuencial Fecha

Precio máximo

de compra*

Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200

14/03/08-00005 AI(CO)-08727 26/V/08 7,260.0

Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

11/12/07-00002 AI(CO)-08558 27/XII/07 5,000.0

Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

06/05/08-00003 AI(CO)-08791 6/V/08 55,000.0

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

28/01/08-00001 AI(CO)-08668 11/III/08 1,880.1

Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090

11/12/07-00001 AI(CO)-08557 27/XII/07 5,240.0

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

10/12/08-00004 AI(CO)-09272 12/XII/08 24,093.5

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05/12/08-00001 AI(CO)-09268 12/XII/08 5,906.5

Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 297,792.9

*Precio sin IVA. **Valor comercial para expropiación.

De conformidad con los dictámenes de avalúo, el valor de los 15 inmuebles adquiridos por

la OM en 2008 fue de 297,792.9 miles de pesos, mientras que el importe erogado a través

de las 20 CLC emitidas para su pago fue de 261,872.9 miles de pesos (132,524.4 miles

de pesos para terrenos y casa-habitación y 129,348.5 miles de pesos para locales

comerciales sin considerar el IVA), cantidad inferior en 35,920.0 miles de pesos respecto

del precio de adquisición (sin IVA). De acuerdo con lo anterior, se dio cumplimiento al

artículo 40, párrafo segundo, fracción VII, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio

Público, que dispone: “El precio de los inmuebles que se vayan a adquirir, así como el monto

de las indemnizaciones, no podrá ser superior al señalado en el dictamen respectivo”.

Por lo anterior, no se formula observación al respecto.

12. Resultado

De la revisión de la documentación soporte de las CLC que amparan los pagos de la OM

en 2008 por la adquisición de los 15 inmuebles que integraron la muestra de auditoría,

de las justificaciones presentadas en las afectaciones programático-presupuestarias, así

como de los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité del

Patrimonio Inmobiliario en las que se dictaminó su adquisición se desprende que el destino

que se dio a cada uno de los 15 inmuebles fue el siguiente:

466 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Bien inmueble Número de CLC

Importes Destino del inmueble

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050

00973 33,014.1 Asignado a la Delegación Gustavo A. Madero para la creación de un centro comercial.

Texcales Manzana 34, núm. 19, Colonia Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

02347 702.8 Inmueble destinado a la construcción y equipamiento de un centro de monitoreo y prevención de desastres en Iztapalapa.

Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

02493 18,121.0 Convenio de Transacción Judicial.

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090

02804 38,957.6 Inmueble asignado a la Secretaría de Desarrollo Social para ser destinado a un centro social del Instituto de Asistencia e Integración Social.

02805 12,267.1 02806 6,133.6

Calle Victoria núm. 12 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050.

02807 6,133.6

Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Total Inmueble 24,534.3

03786 26,493.5 03787 13,246.8

Calle Victoria núm. 14 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, , México, D.F., C.P. 06050

03788 13,246.8

Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Total Inmueble 52,987.1

República de Paraguay núm. 19, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

02963 8,092.1 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

República de Paraguay núms. 15 y 17, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

02964 27,380.8 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Allende núm. 35, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010.

04223 5,439.4 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Correo Mayor núm. 36, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060.

04313 52,080.2 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Mesones núm. 113 Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090.

04869 2,864.4 Establecimiento de espacios comerciales para la regulación y reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Jesús Carranza núm. 15, Colonia Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200.

03386 7,221.3 Inmueble asignado al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF-DF, para la construcción de un establecimiento contiguo al Centro Comunitario DIF-Cuauhtémoc.

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

04321 1,880.1 Inmueble asignado a la Secretaría de Seguridad Pública y destinado a la Unidad de Protección ubicado en la Zona Rosa.

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05088 6,000.0 Creación del Museo del Tequila en Plaza Garibaldi.

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

05089 2,000.0

Creación del Museo del Tequila en Plaza Garibaldi.

Total de la muestra de auditoría de bienes inmuebles 281,275.1

467 VOLUMEN 5/13

De la revisión de la documentación soporte que ampara la adquisición de los 15 inmuebles

destaca lo siguiente:

1. El pago realizado por el importe de 18,121.0 miles de pesos por el predio ubicado

en Venustiano Carranza núm. 154, Colonia Centro, en la Delegación Cuauhtémoc,

deriva de un convenio de transacción judicial celebrado entre la OM y la inmobiliaria

propietaria con RFC XXXXXXXXXXX Dicho convenio contó con los siguientes

antecedentes:

a) Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 y 30 de

diciembre de 1992, se expropiaron en favor del Distrito Federal diversos inmuebles,

entre los que se encuentra el ubicado en dicha dirección.

b) Con motivo de la expropiación, la inmobiliaria dueña del inmueble con RFC

XXXXXXXXXXX promovió juicio de garantías ante el Juzgado Octavo de Distrito

en materia Administrativa del Distrito Federal.

c) El 18 de octubre de 1993, antes de que fuera resuelto el juicio de amparo, se celebró

el convenio de transacción judicial entre la inmobiliaria demandante y el entonces

Departamento del Distrito Federal, por lo que este último se obligó a entregar libre

de todo gravamen tres inmuebles (1. Conformado por el predio de Eje Seis Sur,

Tintorero, Retorno Wateu y San Antonio, Colonia Noche Buena, Delegación Benito

Juárez; 2. Colombia núm. 42, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc; y 3. Eje Seis

Sur, Tintorero, esquina sureste con Giorgione núm. 45, Colonia Nonoalco, Delegación

Benito Juárez).

d) El Comité del Patrimonio Inmobiliario, en su vigésima segunda sesión extraordinaria,

celebrada el 7 de octubre de 1993, autorizó la desincorporación de los tres

predios en favor de la inmobiliaria demandante con el carácter de indemnización

por la expropiación del predio de Venustiano Carranza núm. 154.

e) El Comité del Patrimonio Inmobiliario, en su quinta sesión ordinaria, celebrada

el 9 de marzo de 1995, autorizó la entrega, así como la formalización de la

desincorporación de los inmuebles referidos.

CZGARCIAH
Rectángulo
CZGARCIAH
Rectángulo

468 VOLUMEN 5/13

f) Con fecha 7 de diciembre de 2000, la inmobiliaria demandante, mediante escrito

formulado por ésta demandó el cumplimiento del Convenio de Transacción Judicial,

quedando radicado el juicio ante el Juzgado Trigésimo de lo Civil de esta ciudad.

g) Con fecha 20 de marzo de 2003, el Juez Trigésimo Octavo de lo Civil dictó sentencia

definitiva, por lo cual condenó al Gobierno del Distrito Federal al otorgamiento y

firma de escritura pública en la que conste el convenio de transacción judicial

celebrado con la inmobiliaria demandante, sentencia que causó ejecutoria mediante

auto de fecha 4 de abril de 2003.

h) Ante la imposibilidad física y jurídica de entregar y escriturar los inmuebles objeto

del convenio de transacción judicial a nombre de la inmobiliaria demandante, y en

virtud de que uno de éstos fue destinado a la reubicación del comercio ambulante

y los otros dos fueron afectados por las obras del segundo piso, se convino

cumplir de manera sustituta la sentencia, liquidando el valor del inmueble expropiado

en su momento (Venustiano Carranza núm. 154, colonia Centro, Delegación

Cuauhtémoc) de conformidad con avalúo practicado. Dicho avalúo, con número

secuencial AI(OS)-8562 y número progresivo 14/12/2007-001, estableció un valor

comercial de la expropiación de 18,121.0 miles de pesos.

i) El Comité del Patrimonio Inmobiliario dictaminó, en su primera sesión extraordinaria

de 2008, celebrada el 29 de enero de ese año, la procedencia de modificar los

acuerdos emitidos por ese órgano colegiado durante su vigésima segunda sesión

extraordinaria de 1993 y la quinta sesión ordinaria de 1995. Asimismo, autorizó

que se iniciaran los trámites para dar cumplimiento sustituto a la sentencia

pronunciada en los autos del juicio ordinario civil promovido por la demandante,

mediante el pago de los 18,121.0 miles de pesos con base en el avalúo practicado

por la DGPI.

j) Mediante la CLC núm. 12 C0 01 02493, emitida el 24 de julio de 2008, la OM

liquidó al propietario con RFC XXXXXXXXXXX el importe de 18,121.0 miles de

pesos, correspondiente al valor comercial de expropiación de dicho inmueble,

dando cumplimiento al pago sustituto pactado con la inmobiliaria demandante.

CZGARCIAH
Rectángulo

469 VOLUMEN 5/13

2. En el caso de siete inmuebles, ubicados en: calle Victoria núms. 12 y 14, República

de Paraguay núms. 15, 17 y 19, calle de Allende núm. 35, Correo Mayor núm. 36 y

Mesones núm. 113, todos en la Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, se tuvo

conocimiento que de conformidad con la justificación presentada para su adquisición,

fueron destinados al establecimiento de espacios comerciales para la regulación y

reordenamiento del comercio ambulante en el Centro Histórico de la Ciudad de México.

Con objeto de verificar que el gasto efectuado por la OM en 2008, se haya devengado

y constatar la existencia de los inmuebles señalados, se realizó la inspección física de

los siete inmuebles, de lo que se constató que estos inmuebles se encuentran

ocupados por diversas organizaciones del comercio ambulante. Al respecto, la DGPI,

mediante el oficio núm. DGPI/205/2010 del 21 de enero de 2010, proporcionó copia de

los permisos administrativos temporales y revocables correspondientes a los inmuebles

ubicados en Allende núm. 35 y Mesones núm. 113, ambos en la Colonia Centro,

Delegación Cuauhtémoc, otorgados en favor de la asociación de comerciantes

ambulantes Comercio Alternativo para Una Vida Digna, A.C.

3. En el caso de los predios ubicados en Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, y Callejón

de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, de conformidad con

la justificación presentada al Comité del Patrimonio Inmobiliario y de la documentación

que ampara la adquisición de los dos inmuebles consideraron lo siguiente:

a) Con fecha 17 de junio de 2008, se celebró el Convenio de Coordinación en

materia de Reasignación de Recursos entre el Ejecutivo Federal, representado

por la Secretaría de Turismo Federal, y el Gobierno del Distrito Federal. En dicho

convenio se estableció dentro del objeto del contrato lo siguiente: “El presente

convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tiene por objeto

transferir recursos presupuestarios federales al Gobierno del Distrito Federal para

coordinar su participación con el ejecutivo Federal en materia de programas

regionales y proyectos de desarrollo turístico…”.

Asimismo, se indicó que los programas y proyectos en los que se coordinarían

las acciones serían: Corredor Turístico y Cultural Bellas Artes-Garibaldi-Lagunilla

470 VOLUMEN 5/13

(Plaza Garibaldi) y la 2a. Etapa del Programa de Imagen urbana de la Zona Rosa.

Se destinaron 31,000.0 miles de pesos y 28,000.0 miles de pesos, respectivamente,

y 1,000.0 miles de pesos a otros programas regionales para un total de 60,000.0 miles

de pesos.

b) El 17 de septiembre de 2008, fue celebrado el Convenio Modificatorio al Convenio

de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos, entre el Ejecutivo

Federal, representado por la Secretaría de Turismo Federal, y el Gobierno del

Distrito Federal, a través del cual se modificó tanto el monto de los recursos como

el número de los programas y proyectos, al pasar de 60,000.0 miles de pesos

a 63,000.0 miles de pesos. Derivado de lo anterior, la distribución de los montos por

programas quedó de la siguiente manera: Corredor Turístico y Cultural Bellas Artes-

Garibaldi-Lagunilla (Plaza Garibaldi) con un importe de 36,000.0 miles de pesos,

la 2a. Etapa del Programa de Imagen urbana de la Zona Rosa con 10,000.0 miles

de pesos, adicionando los programas “Museo del Tequila” con 13,000.0 miles de

pesos y “Proyecto Eco-turístico en la Delegación Tláhuac” con 3,000.0 miles

de pesos y 1,000.0 miles de pesos para otros programas regionales.

c) En la trigésima segunda sesión extraordinaria del Comité del Patrimonio Inmobiliario,

celebrada el 11 de diciembre de 2008, se dictaminó procedente adquirir Ad

Corpus (sólo la superficie) dichos inmuebles, los cuales serían destinados para el

proyecto denominado “Museo del Tequila”, cuyo pago sería en las mejores

condiciones para el Distrito Federal y se realizaría con cargo al presupuesto de

las autoridades federal y local; el dictamen de avalúo consideró el precio máximo

de compra de 5,906.5 miles de pesos, para el predio de Callejón de San Camilito

núm. 13 y de 24,093.5 miles de pesos para el predio de Callejón de la Amargura

núms. 8 y 10, ambos en la Colonia Centro.

d) Mediante la afectación programático-presupuestaria núm. B 05 C0 01 090 del

12 de diciembre de 2008, por 13,000.0 miles de pesos, la SF dotó de recursos a

la OM con cargo a la partida presupuestal 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones

e Indemnizaciones de Inmuebles” para la adquisición de los dos inmuebles

referidos.

471 VOLUMEN 5/13

e) Con las CLC núms. 12 C0 01 05088 y 12 C0 01 05089, por importes de 6,000.0 miles

de pesos y 2,000.0 miles de pesos, respectivamente, expedidas por la OM con

fecha 26 de diciembre de 2008 (la primera corresponde al predio de Callejón de la

Amargura núms. 8 y 10 y la segunda al predio de Callejón de San Camilito núm. 13),

se liquidó el primer pago de los dos pactados en el contrato de compraventa

respectivo, correspondiente a los dos inmuebles.

Con el fin de constatar que el gasto efectuado por la OM para la adquisición de los dos

inmuebles se hubiese devengado, se realizó visita de inspección a los dos inmuebles, y se

constató que éstos se encuentran ubicados en la zona de Plaza Garibaldi; sin embargo,

no se detectaron indicios de remodelación o reconstrucción en su estructura, en las que

se advierta la creación del Museo del Tequila, objeto para el cual fueron adquiridos.

De la revisión efectuada del proceso de adquisición de los dos inmuebles y del pago

efectuado por la OM no se determinó observación alguna.

13. Resultado

Concluidos los procesos de adquisición de los 15 inmuebles revisados, la OM realizó en 2008

la entrega-recepción de los inmuebles y la inscripción de la escritura notariada de éstos

en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Con el análisis de la información

proporcionada al respecto por la OM, se determinó lo siguiente:

1. La entrega de los inmuebles por los propietarios anteriores, se formalizó en ocho casos

mediante la elaboración de actas de entrega-recepción suscritas entre el personal

de la OM y el representante legal de los propietarios y con la escritura notariada en

siete casos.

Por lo anterior, la CMHALDF requirió las actas de entrega-recepción de los inmuebles

de la muestra. En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/2009 del 9 de

noviembre de 2009, la OM proporcionó las relativas a 11 inmuebles como, se señala

a continuación:

472 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos y metros cuadrados)

Acta de entrega-recepción Bien inmueble Importes

Superficie Construcción Fecha

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Col. Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050

33,014.1 *

Texcales Manzana 34 núm. 19, Col. Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

702.8 127.294 9/07/08

Venustiano Carranza núm. 154, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

18,121.0 *

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090

38,957.6 997.347 1,098.6 15/VIII/08

Calle Victoria núm. 12, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

24,534.3 308.589 11/IV/08

República de Paraguay núm. 19, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010

8,092.1 439.723 19/IX/08

República de Paraguay núms. 15 y 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010

27,380.8 2,331.085 12/IX/08

Calle Victoria núm. 14 Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06050

52,987.1 *

Jesús Carranza núm. 15, Col. Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06200

7,221.3 02/X/08

Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

5,439.4 28/XI/08

Correo Mayor núm. 36, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

52,080.2 703.342 25/XI/08

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

1,880.1 119.573 30/III/09

Mesones núm. 113 colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06090

2,864.4 145.50 11/XII/07

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

6,000.0 *

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

2,000.0 *

Total de la muestra de bienes inmuebles 281,275.1

*No se elaboró acta de entrega-recepción, ya que el inmueble se entregó a la firma de la escritura notariada.

En el caso de cuatro inmuebles ubicados en el Centro Histórico, el sujeto fiscalizado,

en respuesta al punto 37 del oficio de solicitud inicial núm. ASC/09/08/1612 del 19 de

octubre de 2009, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/09 del 9 de noviembre de 2009,

manifestó: “De los inmuebles adquiridos por la Oficialía Mayor que no cuentan con el

acta de Entrega-Recepción del inmueble, se cuenta con el documento jurídico que

otorga el pleno derecho de dominio sobre los inmuebles. No se cuenta con el acta

administrativa de entrega-recepción por el propietario anterior a la DGPI, en virtud de que

en el instrumento notarial correspondiente a cada inmueble se estableció que en ese

acto se entregaba el inmueble”.

2. De conformidad con el artículo 66 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio

Público, relativo a la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio

473 VOLUMEN 5/13

de aquellas operaciones de compraventa formalizadas por la dependencia, la CMHALDF

solicitó el documento que avalara la inscripción de los 15 inmuebles adquiridos por

la OM en 2008. En respuesta al cuestionario de control interno aplicado a la DGPI y a

la solicitud de información, mediante los oficios núms. DGPI/3367/2009 del 8 de

diciembre de 2009 y DGPI/352/2010 del 5 de febrero de 2010, el sujeto fiscalizado

proporcionó el “Reporte del Inventario Inmobiliario al 31 de diciembre de 2008 (Altas)”,

y el Folio Real del Registro Público de la Propiedad y del Comercio correspondiente a

los inmuebles de Calle de Allende núm. 35, Mesones núm. 113 y Venustiano Carranza

núm. 154, ubicados en la Colonia Centro, con los folios 115312, 9486562 y 9154285,

respectivamente. Por lo que se refiere a los restantes 12 inmuebles, la DGPI informó

en el segundo oficio que dicho registro se encuentra en trámite de inscripción en

diversas notarías públicas del Distrito Federal.

3. Con el propósito de verificar la incorporación de los 15 inmuebles adquiridos por la OM

en 2008 al Registro, Catálogo e Inventario Inmobiliario del Gobierno del Distrito Federal,

establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio

Público, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado el citado registro. Dicha inscripción

se proporcionó en respuesta al cuestionario de control interno aplicado a la DGPI,

la cual remitió el listado con la clave de la memoria documental que se asignó a cada

uno de los 15 inmuebles, como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Bien inmueble Importes Clave de memoria documental

Fray Juan de Zumárraga núm. 31, Colonia Gustavo A. Madero, Delegación Gustavo A. Madero. C.P. 07050

33,014.1 2008-CA-02INC-13

Texcales Manzana 34, núm. 19, Col. Lomas de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, México, D.F., C.P. 09780

702.8 2008-CA-01-INC-11

Venustiano Carranza núm. 154, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

18,121.0 2008-CA-03-INC-08

Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090

38,957.6 2008-CA-03-INC-05

Calle Victoria núm. 12, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06050, México D.F.

24,534.3 2008-CA-02-INC-09

República de Paraguay núm. 19, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010

8,092.1 2008-CA-03-INC-04

República de Paraguay núms. 15 y 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010

27,380.8 2008-CA-03-INC-03

Continúa…

474 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Bien inmueble Importes Clave de memoria documental

Calle Victoria núm. 14, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06050, México D.F.

52,987.1 2008-CA-02-INC-10

Jesús Carranza núm. 15, Col. Morelos, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06200

7,221.3 2008-CA-02-INC-15

Allende núm. 35, Col, Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

5,439.4 2008-CA-02-INC-08

Correo Mayor núm. 36, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060

52,080.2 2008-CA-02-INC-07

Berna 18 Bis, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06600

1,880.1 2009-CA-01-INC-03

Mesones núm. 113, Colonia centro, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06090

2,864.4 2008-CA-02-INC-03

Callejón de la Amargura núms. 8 y 10, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

6,000.0 2008-CA-02-INC-01

Callejón de San Camilito núm. 13, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06010

2,000.0 2008-CA-02-INC-02

Total de la muestra de bienes inmuebles 281,275.1

De la revisión a las actas de entrega-recepción, la inscripción en el registro Público de la

Propiedad y el Comercio y del Registro en el Catálogo e Inventario Inmobiliario del Distrito

Federal de los 15 inmuebles seleccionados, no se formula observación alguna.

14. Resultado

El artículo 60 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, establece:

“Las Dependencias y Entidades, deberán presentar a la Oficialía, un Programa Anual

calendarizado, que contenga sus necesidades inmobiliarias a fin de contar con la

información que apoye las políticas y decisiones que se adopten en la materia”. Con base

en dicho artículo, a la OM le corresponde cuantificar y calificar los requerimientos de

inmuebles de las dependencias y entidades a fin de contar con información que apoye las

políticas y decisiones sobre materia de inmuebles. Al respecto, se solicitaron al sujeto

fiscalizado los Programas Anuales Calendarizados de necesidades inmobiliarias que en el

ejercicio de 2008 le debieron presentar las dependencias y entidades. En respuesta, mediante

el oficio núm. DGP/352/2010 del 5 de febrero de 2010, la DGPI proporcionó nota informativa

en la que indica: “Al respecto me permito informar: Una vez realizada una búsqueda

exhaustiva en los archivos a mi cargo, no se encontraron dichos programas, por lo que no

es posible remitirle lo solicitado, en virtud de que para el ejercicio de 2008 no se hizo

exigible a las dependencias y entidades el cumplimiento a las necesidades inmobiliarias

en términos del artículo 60 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público”.

475 VOLUMEN 5/13

Por carecer de mecanismos de control interno que le permitieran a la OM requerir los

Programas Anuales de Necesidades Inmobiliarias a fin de contar con información que

apoye las políticas y decisiones sobre materia de inmuebles, el sujeto fiscalizado no

observó el artículo 16, fracción I, del IV. Cuarto Lineamiento: “Información y Comunicación”

de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007,

vigentes en 2008, que señala:

“I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal,

y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán

establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen, sea adecuada

para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas, así como para

cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en materia de información

están sujetas, en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.”

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM proporcionó la siguiente

documentación:

Treinta y cinco oficios remitidos por la DGPI a igual número de entes públicos del

Gobierno del Distrito Federal, requiriendo la información que permita establecer las

normas y directrices para integrar el Programa Anual Calendarizado de Necesidades

Inmobiliarias para el ejercicio de 2010.

La documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado no modifica el presente resultado.

Recomendación ASC-134-08-08-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control que le permitan

requerir los Programas Anuales de Necesidades Inmobiliarias a las dependencias y

entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a fin de contar con información

que apoye las políticas y decisiones sobre materia de inmuebles, de conformidad con la

Ley del Régimen Patrimonial y el Servicio Público y en cumplimiento de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

476 VOLUMEN 5/13

15. Resultado

En la revisión del pasivo circulante relativo al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

del ejercicio de 2008, que la OM reportó a la SF, se observó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. DGA/0043/2008 del 15 de enero de 2008, la DGA en la OM

reportó un pasivo circulante relativo a dicho capítulo por un monto de 41,213.8 miles

de pesos, de los cuales 3,825.5 miles de pesos, correspondieron a la partida 5206

“Bienes Informáticos”; 318.2 miles de pesos, a la partida 5304 “Vehículos y Equipo

destinados a Servicios Administrativos”; 36,416.6 miles de pesos, a la partida 5703

“Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”; y 671.4 miles de

pesos, a otras tres partidas del capítulo no sujetas a revisión.

2. De la verificación del reporte del pasivo circulante y de las CLC con las cuales se

liquidó el pasivo correspondiente a la partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones

e Indemnizaciones de Inmuebles” por el monto de 36,416.6 miles de pesos, se

observó que incluye la cantidad de 2,442.4 miles de pesos como pendiente de pago a

la empresa con RFC XXXXXXXXXXX, cuyo adeudo deriva de la adquisición por parte

de la OM del inmueble de Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro.

3. De conformidad con el reporte del pasivo circulante, el compromiso de pago con el

propietario del inmueble de Av. José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro,

ascendía a 41,400.0 miles de pesos, de los cuales la OM pagó en 2008 un importe de

38,957.6 miles de pesos, quedando pendiente de liquidar el saldo de los 2,442.4 miles

de pesos; sin embargo, el contrato de compraventa de ese inmueble estableció un valor

de adquisición del inmueble por la cantidad de 36,000.0 miles de pesos más un IVA de

2,957.6 miles de pesos, sumando un total por pagar de 38,957.6 miles de pesos,

los cuales fueron liquidados por la OM mediante la CLC núm. 12 C0 01 02804 del

5 de agosto de 2008, por lo que no se encontró CLC que avalara el adeudo pendiente

de los 2,442.4 miles de pesos registrado en el reporte del pasivo circulante.

4. Mediante el oficio núm. ASC/134/08/010/OM-07 del 2 de febrero de 2010, la CMHALDF

solicitó nota informativa que aclarara la razón por la cual se reportó el pasivo circulante

por un importe mayor (2,442.4 miles de pesos) en la partida 5703 “Adjudicaciones,

Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” y en específico el relativo al inmueble

CZGARCIAH
Rectángulo

477 VOLUMEN 5/13

de José María Pino Suárez núm. 99, Colonia Centro. En respuesta, con el oficio

núm. OM/DGA/222/2010 del 4 de febrero de 2010, la DGA informó: “El valor comercial total

de dicho inmueble fue de $38,957,551.00 pesos incluido el IVA por $2,957,551.00 pesos,

el cual fue cubierto a través de la Cuenta por Liquidar Certificada núm. 12 C0 01 02804,

de fecha 5 de agosto de 20008. El reporte de pasivo circulante comunicado a la

Secretaría de Finanzas, por un error involuntario contempló el importe total del avalúo

del inmueble, considerando el rubro de terrenos, el cual de acuerdo al artículo 9o. de

la Ley del Impuesto al Valor Agregado, fracción I y II, suelo y cuando sólo parte de las

construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto

por dicho rubro, razón por la cual no fueron erogados los $2,442,449.00 pesos, que

resultan de la diferencia entre el pasivo circulante y el valor pagado del inmueble”.

Al respecto, se desprende que a la fecha de elaboración y presentación ante la SF del

Reporte del Pasivo Circulante (15 de enero de 2009), ya se había efectuado el pago de

dicho inmueble (5 de agosto de 2008), por lo que dicho reporte no reflejó los importes

pendientes de pago correspondientes a esa partida.

Lo anterior evidencia que la OM no contó con mecanismos de control interno para verificar

que las cifras presentadas en el Reporte del Pasivo Circulante correspondieran a los

compromisos reales pendientes de pago.

Por lo expuesto, la OM no observó el artículo 16, tercer lineamiento, “Actividades de Control”,

inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007,

que dispone: “e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones

y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del

Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno

posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente

para que puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,

facilitando a los titulares la toma de decisiones”.

En la auditoría financiera con clave ASC/119/07, practicada por esta entidad de fiscalización

a la OM por el ejercicio de 2008 al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se observó

de igual forma un pasivo circulante de 2007 reportado con un importe mayor que el

efectivamente pagado, por lo que se emitió la recomendación núm. ASC-119-07-31-OM,

478 VOLUMEN 5/13

que indica: “Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con

el fin de verificar que el pasivo circulante se encuentre soportado con las Cuentas por

Liquidar Certificadas que amparen dicho pasivo, conforme a la normatividad aplicable”.

A la fecha de cierre de la auditoría (febrero de 2010), dicha recomendación no se había

desahogado por el sujeto fiscalizado.

En la reunión de confronta, celebrada el 22 de marzo de 2010, mediante el oficio

núm. OM/DGA/504/2010 de la misma fecha, la DGA en la OM informó:

“Es necesario establecer mecanismos de coordinación más eficaces entre las Direcciones

Generales de Administración y de Patrimonio Inmobiliario, a efecto de que el Pasivo

Circulante refleje las necesidades reales de pagos, de acuerdo a los plazos y condiciones

de pagos establecidos.”

Lo manifestado por el sujeto fiscalizado confirma la observación del presente resultado.

Recomendación ASC-134-08-09-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor establezca mecanismos de control con el fin de

verificar que las cifras presentadas en el Reporte del Pasivo Circulante correspondan

a los compromisos reales pendientes de pago, conforme a la normatividad aplicable.

16. Resultado

Con el propósito de verificar el registro contable de las operaciones relativas al capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” efectuadas por la OM en 2008, en específico en la partida

de inmuebles, 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”,

se requirieron al sujeto fiscalizado dichos registros.

En respuesta, mediante el oficio núm. OM/DGA/1730/2009 del 9 de noviembre de 2009, la

DGA de la OM, proporcionó los oficios núms. DGCNP/3910/2009 y DGCNP/3910/2009

del 19 de noviembre de 2009 y 9 de febrero de 2010, remitidos por la SF. Con dichos

oficios, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF informó

que los registros contables relativos a los bienes inmuebles adquiridos o expropiados

en 2008 con cargo al presupuesto de la OM por el monto de 326,126.0 miles de pesos

479 VOLUMEN 5/13

corresponden a lo registrado por esta dependencia [SF] en la cuenta contable 12 502

“Inmuebles” por un monto de 326,126,005.04 pesos.

Asimismo, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF

remitió a esta entidad de fiscalización el oficio núm. DGCNCP/0396/2010 del 17 de marzo

de 2010, en el cual se detallan los registros relativos al capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”, como a continuación se muestra:

(Pesos)

Movimientos Cuenta Cargos Abonos

12201 “Mobiliario y Equipo de Administración” 2,354,384.34 12202 “Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos” 3,318,846.00 12203 “Maquinaria, Herramientas y Aparatos” 21,717,211.32 12502 “Inmuebles” 326,126,005.04 21219 “Cuentas por Liquidar Certificadas” 353,417,755.70 21204 “Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros” 98,691.00

Total registros contables 353,516,446.70 353,516,446.70 61206 “Presupuesto Ejercido” 353,516,446.70 61201 “Presupuesto por Ejercer” 353,516,446.70

Total registros presupuestales 353,516,446.70 353,516,446.70

Al respecto, se constató que los registros presupuestales de la OM y los contables de la SF

al 31 de diciembre de 2008 no presentaron diferencias, y que los registros presupuestales

corresponden a los establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto y los contables

a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,

Sector Central.

Asimismo, se comprobó que el importe de 326,126.0 miles de pesos registrado

presupuestalmente por la OM en 2008 forma parte de la cuenta contable “Inmuebles”,

apartado VIII.1.2, “Estado de Situación Financiera Comparativo (2007-2008)”, de los Estados

Financieros del Sector Central de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del

ejercicio de 2008. Dicho estado presentó un incremento en ese rubro por 6,832,783.9 miles

de pesos, que incluyó el monto de 326,126.0 miles de pesos relativo a los inmuebles

adquiridos por la OM en 2008.

De los registros presupuestales y contables no se determinó observación alguna.

481 VOLUMEN 5/13

I.18. CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

I.18.1. ANTECEDENTES

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales fue creada en diciembre de 1999 con el

propósito de redimensionar la instrumentación efectiva del derecho, en el desarrollo de las

funciones públicas, para constituir a la justicia como fin y conformar el ejercicio del poder

por medio de la ley y su legitimidad constitucional.

La dependencia se vio en la necesidad de contar con un área que se encargara

únicamente de las actividades administrativas. Por tal motivo, mediante el oficio

núm. OM/2859/2000 de fecha 29 de diciembre de 2000, la Oficialía Mayor comunicó a la

dependencia el dictamen núm. 134/2000, con el cual fue creada la Dirección Administrativa,

como responsable de suministrar los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos

que requiriera. Posteriormente, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07 del 23 de marzo

de 2007, se informó al Oficial Mayor sobre el cambio de nomenclatura de la Dirección de

Administración a Dirección Ejecutiva de Administración.

Atribuciones

El artículo 35 de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró en vigor el

1o. de enero de 1999 y fue reformada el 20 de mayo de 1999; el 31 de enero de 2002;

el 4 de agosto de 2004; el 15 de junio de 2005; el 19 de mayo y 11 de agosto de 2006;

el 6 de febrero, 30 de abril y 14 de noviembre de 2007; el 24 de enero, 2 de octubre,

21 de octubre, 10 de noviembre, 5 de diciembre y 10 de diciembre de 2008, estableció las

atribuciones de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales:

“Artículo 35. A la Consejería Jurídica y de Servicios Legales corresponde el despacho de

las materias relativas a las funciones de orientación, asistencia, publicación oficial,

y coordinación de asuntos jurídicos; revisión y elaboración de los proyectos de iniciativas

de leyes y decretos que presente el Jefe de Gobierno a la Asamblea Legislativa; revisión y

elaboración de los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos

482 VOLUMEN 5/13

jurídicos y administrativos que se sometan a consideración del Jefe de Gobierno de los

servicios relacionados con el Registro Civil, Registro Público de la Propiedad y de Comercio

y del Archivo General de Notarías.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Coordinar la función jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal,

con excepción de la materia fiscal;

”II. Asesorar jurídicamente al Jefe de Gobierno en los asuntos que éste le encomiende;

”III. Elaborar y revisar en su caso los proyectos de iniciativas de leyes y decretos

que el Jefe de Gobierno presente a la Asamblea Legislativa, con excepción de

aquellas que se refieran a la materia fiscal;

”IV. Formular y revisar en su caso los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos

y demás instrumentos jurídicos de naturaleza similar, con la finalidad de someterlos

a consideración y, en su caso, firma del Jefe de Gobierno;

”V. Elaborar y revisar en su caso los proyectos de reglamentos sobre leyes expedidas

por el Congreso de la Unión relativas al Distrito Federal a efecto de que el Jefe de

Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, los someta a la consideración

del Presidente de la República;

”VI. Elaborar el proyecto de agenda legislativa del Jefe de Gobierno, atendiendo

a las propuestas de las dependencias, órganos desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal y someterlo a la consideración del mismo;

”VII. Definir, unificar, sistematizar y difundir los criterios para la interpretación de las

disposiciones jurídicas que normen el funcionamiento de la Administración Pública

del Distrito Federal; así como unificar los criterios que deben seguir las

dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal;

483 VOLUMEN 5/13

”VIII. Asesorar jurídicamente a las dependencias, órganos desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal, cuando éstos así lo soliciten;

”IX. Vigilar, en el ámbito jurídico-procesal, el cumplimiento de los preceptos constitucionales

por parte de las autoridades del Distrito Federal, especialmente por lo que

se refiere a las garantías individuales y derechos humanos, así como dictar las

disposiciones administrativas necesarias para tal efecto;

”X. Tramitar, substanciar y dejar en estado de resolución los recursos administrativos

interpuestos en contra de actos y resoluciones del Jefe de Gobierno y de los

titulares de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal;

así como substanciar en su caso los procedimientos contenciosos;

”XI. Intervenir en los juicios de amparo, cuando el Jefe de Gobierno tenga el carácter

de autoridad responsable, exista solicitud de la autoridad responsable o medie

instrucción del Jefe de Gobierno; así como supervisar todas las etapas de su

proceso y la elaboración de los informes previos y con justificación cuando

la importancia del asunto así lo amerite;

”XII. Participar, junto con las demás dependencias competentes, en la actualización

y simplificación del marco normativo jurídico;

”XIII. Dirigir, organizar, supervisar y controlar la defensoría de oficio del fuero común

en el Distrito Federal, de conformidad con la Ley de la materia, así como prestar

los servicios de defensoría de oficio, de orientación y asistencia jurídica;

"XIV. Publicar, difundir y distribuir la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

”XV. Certificar, en la esfera de sus atribuciones, los documentos expedidos por el Jefe

de Gobierno y aquellos expedidos por los servidores públicos adscritos a la propia

Consejería Jurídica y de Servicios Legales en el desempeño de sus funciones;

”XVI. Expedir copias certificadas, excepto en materia fiscal, de los documentos que

obren en los archivos de las dependencias de la Administración Pública del Distrito

484 VOLUMEN 5/13

Federal, previa autorización y envío de los mismos por el titular de la dependencia

de que se trate, sin perjuicio de la facultad que tiene el titular de cada dependencia

de certificar los documentos que obren en sus archivos y los expedidos por los

servidores públicos que les estén subordinados en el ejercicio de sus atribuciones;

”XVII. Tramitar e integrar debidamente los expedientes de expropiación, de ocupación

temporal o de limitación de dominio, para los efectos que establece el artículo 20 bis

de la Ley de Expropiación; así como conocer y resolver el recurso administrativo

de revocación respectivo;

”XVIII. Prestar los servicios relacionados con las funciones encomendadas por las

disposiciones jurídicas al Registro Civil;

”XIX. Prestar los servicios relacionados con las funciones encomendadas por las

disposiciones jurídicas al Registro Público de la Propiedad y de Comercio;

”XX. Dirigir, organizar y supervisar el Archivo General de Notarías; elaborar los

lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los que se sujetará el mismo, en general,

prestar los servicios relacionados con éste, así como crear, administrar y resguardar

la base de datos que contenga los avisos de testamento otorgados en el Distrito

Federal o ante cónsul, proporcionado dicha información al Registro Nacional

de avisos de Testamento y remitir a los jueces y notarios los resultados de las

búsquedas que a su vez expida el Registro Nacional de Avisos de Testamento;

”XXI. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia

de jurados, panteones, consejos de tutelas, registro público de la propiedad y de

comercio, registro civil, archivo general de notarías, legalizaciones, exhortos y bienes

mostrencos, así como intervenir en materia de cultos conforme a las leyes de la

materia;

”XXII. Proponer al Jefe de Gobierno el nombramiento y remoción de los jueces y secretarios

de los Juzgados Cívicos, así como el número de estos juzgados en el Distrito Federal,

y su ámbito de jurisdicción territorial, conforme a los lineamientos que emita

el Consejo de Justicia Cívica;

485 VOLUMEN 5/13

”XXIII. De conformidad las disposiciones aplicables de la Ley de Justicia Cívica para

el Distrito Federal, elaborar los lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los que

se sujetarán los Juzgados Cívicos, supervisando y vigilando el funcionamiento de

los mismos;

”XXIV. Previa opinión de la Secretaría de Gobierno en cuanto a la posible concertación,

coadyuvar en la elaboración y sancionar los convenios, contratos y demás

instrumentos jurídicos y administrativos relativos a la coordinación con la

Administración Pública Federal y con los Gobiernos Estatales;

”XXV. Emitir, en coordinación con la Oficialía Mayor, los lineamientos generales para la

suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que en el ámbito

de sus respectivas competencias acuerden las dependencias, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XXVI. Someter a la consideración del Jefe de Gobierno el otorgamiento de Patentes de

Notario y Aspirante, así como establecer los lineamientos y criterios técnico-

jurídicos para la aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones

jurídicas en materia notarial y recibir, tramitar, substanciar y resolver las quejas en

contra de notarios;

”XXVII. Tramitar los indultos que se vayan a conceder a los reos sentenciados por delitos

de competencia de los tribunales del fuero común en el Distrito Federal;

”XXVIII. Presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno del Distrito Federal,

integrada por los responsables de asuntos jurídicos de las dependencias, órganos

desconcentrados y entidades paraestatales de la Administración Pública del

Distrito Federal, que tendrá por objeto la coordinación en materia Jurídica, y

”XXIX. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

486 VOLUMEN 5/13

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los egresos de la dependencia correspondientes

a los ejercicios de 2008 y 2007:

EGRESOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2008 2007 Variación Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (1) - (2)

(3)

% (3) / (2)

(4) Presupuesto original

Gasto total 527,430.9 100.0 503,718.7 100.0 23,712.2 4.7 Corriente 511,005.1 96.9 493,718.7 98.0 17,286.4 3.5 De capital 16,425.8 3.1 10,000.0 2.0 6,425.8 64.3

Presupuesto ejercido Gasto total 720,652.5 100.0 545,039.2 100.0 175,613.3 32.2

Corriente 670,815.7 93.1 520,540.9 95.5 150,274.8 28.9 De capital 49,836.8 6.9 24,498.3 4.5 25,338.5 103.4

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1092-1148.

GASTOS PROGRAMADO Y EJERCIDO DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008 Y 2007

(Miles de pesos y por cientos)

Importe Variación Concepto

Programado

(1)

Ejercido

(2)

Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4) 2008

Gasto total 527,430.9 720,652.5 193,221.60 36.6 Corriente 511,005.1 670,815.7 159,810.60 31.3 De capital 16,425.8 49,836.8 33,411.00 203.4

2007 Gasto total 503,718.7 545,039.2 41,320.50 8.2

Corriente 493,718.7 520,540.9 26,822.20 5.4

De capital 10,000.0 24,498.3 14,498.30 145.0

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833 y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2007, México, 2008, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 1092-1148.

487 VOLUMEN 5/13

En 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales tuvo una asignación para gasto

programable de 527,430.9 miles de pesos, que representó el 0.5% del importe total

programado del Sector Central del Gobierno del Distrito Federal (101,749,805.3 miles de

pesos), y erogó 720,652.5 miles de pesos, que representaron el 0.6% del monto ejercido

por ese sector (144,046,586.7 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, 2008

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación Importe

(1)

% Importe

(2)

% Importe (2) - (1)

(3)

% (3) / (1)

(4) Gasto total 527,430.9 100.0 720,652.5 100.0 193,221.6 36.6

Corriente 511,005.1 96.9 670,815.7 93.1 159,810.6 31.3 “Servicios Personales” 365,841.3 69.4 424,429.2 58.9 58,587.9 16.0 “Materiales y Suministros” 13,103.9 2.5 16,136.2 2.2 3,032.3 23.1 “Servicios Generales” 131,160.0 24.9 229,637.5 31.9 98,477.6 75.1 “Transferencias” 900.0 0.2 612.8 0.1 (287.2) (31.9)

De capital 16,425.8 3.1 49,836.8 6.9 33,411.0 203.4 “Bienes Muebles e Inmuebles” 16,425.8 3.1 49,836.8 6.9 33,411.0 203.4

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2008, México, 2009, Banco de Información, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal, pp. 822-833.

Principales Programas

Los programas en que participó la Consejería Jurídica y de Servicios Legales durante

2008 fueron los siguientes:

1. Programa no prioritario 3 “Administración Pública”, actividades institucionales 03 “Operar

el Programa Integral del Registro Civil", para elevar los niveles de calidad de la atención

que se brinda a la población, a través de la implementación de medidas y estrategias

encaminadas a consolidar la modernización administrativa y la descentralización de

los servicios para así permitir la adecuada optimización de los recursos, mejorar

el cumplimiento de los procesos de trabajo y con ello incrementar el número de

488 VOLUMEN 5/13

ciudadanos y trámites atendidos. 04 “Proporcionar servicios legales” reduciendo el

tiempo en la atención y en la resolución de los casos, se especializó a las áreas

operativas para convertirlas en áreas de análisis jurídico, los beneficios del call center

superan los métodos de asistencia, se dignificó la atención primaria de los usuarios;

se asigna y da seguimiento en línea a los asuntos a cargo de cada defensor de oficio,

se brinda asesoría con la mayor privacidad y de manera personalizada, se evita el

hacinamiento en las áreas de trabajo, y se simplifican los procesos. 06 “Elaborar

decretos de expropiación y desincorporación”, expropiación de terrenos para

destinarlos a las acciones de mejoramiento urbano, edificación de viviendas de interés

social y popular y, regulación en beneficio de sus actuales ocupantes y, conforme a la

disponibilidad de viviendas para otros solicitantes del mismo derecho, así como obras

destinadas a prestar servicios de beneficio colectivo, como la construcción de un

centro de abasto y una casa de la tercera edad, 14 “Atender asuntos y procedimientos

jurídicos”, dictaminando la procedencia o improcedencia del servicio registral

solicitando por los usuarios, con base en la calificación legal realizada por los

dictaminadores y 26 “Operar el programa estatal de modernización del Registro

Público de la Propiedad”, cuyo objetivo es modernizar el Registro Público de la

Propiedad del Distrito Federal garantizando el desarrollo de la función que tiene

asignada, así como ofrecer seguridad jurídica mediante la inscripción y publicidad

de los actos que requieren satisfacer tal requisito para surtir efecto frente a terceros.

2. Programa no prioritario 5 “Conducción y Coordinación de la Política y Desarrollo”,

actividad institucional 09 “Coordinar Políticas Sectoriales”.

3. Programa prioritario 12 “Igualdad de Género”, actividad institucional 05 “Agilizar

la gestión gubernamental para las mujeres”.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Consejería Jurídica

y de Servicios Legales, en los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles”.

489 VOLUMEN 5/13

I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.18.2.1. CAPÍTULOS 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”

Auditoría ASC/135/08

ANTECEDENTES

De acuerdo con la información de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal,

correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales

(CJSL) contó con un presupuesto original en el capítulo 3000 “Servicios Generales” de

131,160.0 miles de pesos y ejerció un monto de 229,637.5 miles de pesos, que representa

el 31.9% del total de la dependencia (720,652.5 miles de pesos) y fue 75.1% superior

(98,477.5 miles de pesos) al presupuesto original autorizado en dicho capítulo. Respecto a lo

ejercido en 2007, por 92,168.4 miles de pesos, se registró un incremento de 137,469.1 miles

de pesos (149.1%).

Del presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos),

destacó el correspondiente a las partidas 3301 “Honorarios” (103,575.2 miles de pesos)

y 3305 “Estudios e Investigaciones” (56,257.7 miles de pesos), que en conjunto ascendió

a 159,832.9 miles de pesos y significó el 69.6% del total erogado en el capítulo y el 22.2%

del presupuesto total ejercido por la CJSL (720,652.5 miles de pesos).

El capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” contó con un presupuesto original de

16,425.8 miles de pesos y ejerció un monto de 49,836.8 miles de pesos, que representó

el 6.9% del total de la dependencia (720,652.5 miles de pesos) y fue 203.4% superior

(33,411.0 miles de pesos) al presupuesto original autorizado en dicho capítulo. Respecto a lo

ejercido en 2007, por 24,498.3 miles de pesos, se registró un incremento de 25,338.5 miles

de pesos (103.4%).

Del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” (49,836.8 miles de

pesos), destacó el correspondiente a la partida 5206 “Bienes Informáticos” (31,782.1 miles

490 VOLUMEN 5/13

de pesos) y significó el 63.8% del total erogado en el capítulo y el 4.4% del presupuesto

total ejercido por la CJSL (720,652.5 miles de pesos).

En la Cuenta Pública de 2008, apartado “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, la

Consejería Jurídica y de Servicios Legales informó, respecto del capítulo 3000 “Servicios

Generales”, que la variación en la partida 3301 “Honorarios” correspondió al incremento

“derivado de los nuevos programas que fueron implementados […] tal es el caso de la

continuidad en el Programa de Modernización Integral del Registro Civil el cual en su

subprograma de captura histórica contó con 346 capturistas y 10 supervisores, dando un

total de 356 prestadores de servicios profesionales, los cuales trabajaron jornadas de 8 horas

de lunes a viernes y en tres turnos logrando la captura de 8,500,000 actos registrales,

superando ampliamente la meta anual establecida de 1,250,000; para el programa de

Call Center se contó con 39 personas a cargo de las líneas telefónicas, así como dos

supervisores, un jefe de área y un técnico de soporte informático; para el programa de

reciente creación denominado Ingenieros como Peritos de Tránsito Terrestre, se contrataron

136 peritos con perfil de Ingenieros Mecánicos, quienes están distribuidos en las dieciséis

delegaciones políticas del Distrito Federal, cubriendo jornadas de 8 horas en tres turnos:

matutino, vespertino y nocturno, que comprenden sábados, domingos y días festivos.

Con recursos de aplicación automática se contrataron 494 personas quienes coadyuvan

a las funciones sustantivas de los Centros Generadores de Recursos, de esta forma se

encuentran 118 en el Registro Público de la Propiedad y Comercio (RPPyC), 15 en la

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y 341 en la Dirección General

del Registro Civil, de estos últimos 280 son capturistas”.

En relación con la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, se informó lo siguiente: que

“tuvo un incremento considerable derivado a 6 estudios que se llevaron a cabo, el primero

de ellos fue el estudio del Plan de Ingenieros como peritos de Tránsito Terrestre, efectuado

por el Instituto Politécnico Nacional, el cual fue realizado para substanciar el procedimiento

en casos de daño culposo con motivo del tránsito de vehículos que sustentan el Programa de

Ingenieros como Peritos de Tránsito Terrestre. Los 5 estudios restantes fueron realizados

con motivo del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y

de Comercio, el cual tiene como objetivo modernizar los Registros Públicos de Propiedad

Estatales, estandarizando sus procesos e iniciar la homologación de la función registral

491 VOLUMEN 5/13

a nivel nacional, desarrollando a sus instituciones registrales para que brinden absoluta

seguridad jurídica al tráfico inmobiliario en el país, por lo que se realizaron los siguientes

estudios:

”Estudio para la Modernización de las Instalaciones del Registro Público de la Propiedad y de

Comercio, estudio sobre los Derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio

del Distrito Federal, estudios sobre el Marco Jurídico de los derechos del RPPyC del D.F.,

estudio sobre el proyecto de Cableado Estructurado y un último estudio sobre las

Instalaciones Eléctricas, todos estos estudios en pro de la Modernización del Registro

Público en comento, en esta partida también se contempló el pago a la empresa con la

experiencia necesaria con consultoría y tecnología para realizar un estudio a profundidad

y ejecutar el Programa de Modernización del RPPyC”.

Asimismo, la CJSL informó que la variación en la partida 5206 “Bienes Informáticos”

correspondió al incremento “en función de los nuevos programas que se implementaron

en esta Dependencia para el ejercicio fiscal 2008 […] Programa de Modernización Integral

del Registro Civil […] se adquirieron 210 computadoras personales para uso secretarial

[…] este Programa tiene como objetivo realizar la captura y digitalización de al menos

1,250,000 registros de nacimientos y/o resto de los actos registrales del archivo histórico

por el período comprendido entre 1930 y 2001, beneficiando con ello un promedio de

3,000,000 millones de personas anualmente […] Para el programa de Asistencia Jurídica

en Línea ‘Call Center’ el cual permite agilizar el control de gestión de la Dirección de

Defensoría de Oficio y mejorar su calidad en beneficio de la ciudadanía orientándolos en

el menor tiempo posible y canalizándolos según los casos a las instancias competentes,

para dar inicio a este Programa se hizo necesaria la adquisición de […] los siguientes

bienes informáticos: 50 computadoras personales, 50 no breaks, 15 impresoras láser,

3 scanners, 3 UPS, 1 switch tipo 1, 1 equipo de Acces Point y 3 routters, es importante

mencionar que con la puesta en marcha de este Call Center se atendió a un aproximado

de 106,000 personas al concluir el ejercicio fiscal […] Con relación al Programa Estatal de

Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio para el cual se firmó el

Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de Recursos Federales que serán destinados

a la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito

Federal, cuya finalidad es modernizar el Registro Público de la Propiedad estandarizando

492 VOLUMEN 5/13

sus procesos e iniciando la homologación de la función registral a nivel nacional,

desarrollando a sus instituciones registrales para que brinden absoluta seguridad jurídica

al tráfico inmobiliario en el país, trayendo consigo un beneficio de al menos 360,000

usuarios anuales de todo el Distrito Federal. A razón de lo anterior, fue necesario adquirir

[…] 325 computadoras tipo 1, 5 computadoras tipo 2, 2 computadoras portátil tipo 1,

2 servidor tipo 2, 1 servidor tipo 1, 1 servidor tipo 2, 74 impresora láser tipo 1, 1 impresora

a color tipo 3, 450 no breaks, 11 UPS, 2 escáner de cama plana, 1 video proyector”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto que se afectó por la CJSL

con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

se haya ajustado a los presupuestos autorizado y ejercido; y que se encontrara justificado,

comprobado, devengado y registrado de conformidad con la normatividad aplicable.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La auditoría se sustentó en los criterios generales de selección “Importancia Relativa”

y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, vigente

a partir del 11 de julio de 2007.

Además, la auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo,

74, fracción VI, y 122, apartado C, base primera fracción V, inciso C), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; 2o., fracción X, 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, de la Ley Orgánica

de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes. Conforme a lo señalado en el apartado “Determinación de la Muestra”

493 VOLUMEN 5/13

del presente informe, se seleccionaron en la muestra 8 de las 39 partidas de gasto

que integraron el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” por

229,637.5 miles de pesos, a través de 979 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y 120 Documentos Múltiples (DM); así como 4 de las 9 partidas del presupuesto ejercido

en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” por un importe de 49,836.8 miles de

pesos, a través de 52 CLC y 4 DM.

Dichos montos se integraron con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2008 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de

Egresos de la Secretaría de Finanzas proporcionó a esta entidad de fiscalización.

De las ocho partidas seleccionadas del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisó una

muestra de 26 CLC, por un importe de 92,311.5 miles de pesos, que representa el 40.2%

del importe ejercido en dicho capítulo; y de las cuatro partidas del capítulo 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” se revisó una muestra de 12 CLC por un importe de 37,880.4 miles de

pesos, que representa el 76.0% del monto ejercido por la CJSL en ese capítulo. Cabe aclarar

que se modificó la muestra de la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, incluyendo

una CLC más por 10,620.8 miles de pesos.

Se analizó el Manual Administrativo de la CJSL vigente en el ejercicio de 2008, para verificar

que el Manual de Organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que

junto con los procedimientos aplicables al rubro en revisión estuvieran registrados por

la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor (OM).

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Administración, por ser la unidad

administrativa encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros;

y de registrar las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidos

por la Oficialía Mayor y la Secretaría de Finanzas.

Se efectuaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno a los titulares

de la Subdirección de Recursos Humanos, de la Subdirección de Recursos Financieros, de

la Subdirección de Recursos Materiales y de la Subdirección de Servicios Generales,

adscritas a la Dirección Ejecutiva de Administración.

494 VOLUMEN 5/13

Se analizaron la estructura orgánica de la CJSL, la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal y su Reglamento Interior y el Manual Administrativo de la CJSL,

vigentes en 2008, a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relativos a los

capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, y se verificó que

éstos estuvieran autorizados y registrados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor.

Se realizaron pruebas de cumplimiento, las cuales se detallan a continuación:

1. Se verificó que el pago de las CLC se haya realizado de acuerdo con el artículo 381,

fracciones I y III, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el cual

establece que “las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades,

deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus

presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos: I. Que

correspondan a compromisos efectivamente devengados [...] y; III. Que se encuentren

debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos,

entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen la obligación

de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de

las sumas de dinero correspondientes”.

2. Se verificó que el sujeto fiscalizado contara con la Cédula de Registro de Firmas

de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Autorizar y/o Solicitar las

Autorizaciones del Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos

Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y Presupuesto Comprometido,

de conformidad con los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites

Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado

IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2006, vigente en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 13 de enero de 2006, y sus reformas del 28 de febrero de 2007.

3. Se verificó que las autorizaciones, los documentos generados, así como el control

y las actividades asignadas a las unidades administrativas involucradas en la revisión

495 VOLUMEN 5/13

de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se

llevaran a cabo conforme a los procedimientos existentes y a la normatividad aplicable.

4. Se verificó que se contara con el Manual Administrativo que definiera de manera clara

las atribuciones y funciones de las áreas involucradas en los procedimientos relacionados

con el rubro auditado y que garantizara el cumplimiento de la normatividad aplicable.

5. Se constató que los gastos fueran registrados en la partida que les corresponde, de

acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en 2008.

6. Se comprobó la existencia y la correcta elaboración de las requisiciones de compra

u órdenes de servicio.

7. Se verificó que las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios contaran con

suficiencia presupuestal.

8. Se verificó que el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

haya dictaminado las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios.

9. Se verificó la realización de estudios de precios de mercado en los procedimientos

de adjudicación.

10. Se constató que los procedimientos de adquisición de bienes y contratación de servicios

(adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación

pública nacional o internacional) se ajustaran a la normatividad aplicable.

11. Se constató que en la adjudicación de los pedidos o contratos se hayan respetado los

montos de actuación autorizados, con objeto de verificar que los procesos de contratación

de bienes y servicios se ajustaran a los términos establecidos en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

12. Se constató la celebración de contratos para la adquisición de bienes o contratación

de servicios generales, así como su formalización en los plazos establecidos.

13. Se verificó que se hayan recibido los bienes o servicios a tiempo y que correspondieran

a las especificaciones establecidas en los contratos celebrados.

496 VOLUMEN 5/13

14. Se verificó que los proveedores de bienes o prestadores de servicios hubieran

presentado las garantías correspondientes en los plazos establecidos en favor de la

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y que se haya constatado su autenticidad.

15. Se verificó que se contara con evidencia de la recepción de los servicios, y de la

recepción (entradas de almacén) y salida de los bienes.

16. Se verificó que los expedientes de los procesos de adjudicación de bienes y servicios

se encontraran debidamente integrados.

17. Se verificó que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago y que dichos

comprobantes reunieran los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

18. Se verificó que los pagos a los proveedores por concepto de adquisición de bienes

o contratación de servicios se hayan sujetado a las condiciones pactadas en el convenio

administrativo correspondiente.

19. Se verificó que en caso de incumplimiento de los contratos se hubiesen hecho

efectivas las garantías correspondientes.

20. Se verificó que los prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal 3301

“Honorarios” estuviesen incluidos en el Programa Anual de Contratación de Prestadores

de Servicios Profesionales y que dicho documento se encontrara debidamente autorizado.

21. Se verificó que los expedientes de los prestadores de servicios contaran con la

documentación prevista en la normatividad aplicable.

22. Se comprobó que la dependencia haya enviado los reportes trimestrales del avance

en el programa anual de prestadores de servicios a la OM.

23. Se verificó que los prestadores de servicios de la CJSL durante 2008, únicamente hayan

prestado servicios en dicha dependencia.

24. Se verificó que se contara con el Registro de Asistencia del Personal de la Policía

Auxiliar (fatigas) y la existencia de conciliaciones de turnos de servicios de vigilancia.

497 VOLUMEN 5/13

Se analizaron 160 afectaciones programático-presupuestarias, de las cuales 125 modificaron

los recursos de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e

Inmuebles”; se verificaron las causas por las cuales se aumentó el presupuesto; y se

constató que se contara con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.

Las pruebas sustantivas consistieron en integrar por partida el presupuesto ejercido con

cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”;

se verificó que las cifras reportadas por el sujeto fiscalizado a la Secretaría de Finanzas

coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública de 2008 se comprobó la autorización

y monto de los contratos que resultaron en la muestra de auditoría y se verificó que

los importes de las CLC de la muestra coincidieran con las cifras consignadas en la

documentación comprobatoria.

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

El presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a 229,637.5 miles

de pesos. Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria de las partidas 3301

“Honorarios”, 3305 “Estudios e Investigaciones”, 3409 “Patentes, Regalías y Otros”,

3411 “Servicios de Vigilancia”, 3104 “Servicios de Energía Eléctrica”, 3506 “Servicios

de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 3802 “Espectáculos Culturales”

y 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones” cuyo gasto fue de 92,311.5 miles de pesos (el 40.2% del ejercido

en el capítulo), mismo que representa el total de la suma de las partidas de la muestra

seleccionada, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Marco muestral Muestra Partida

CLC Importe CLC Importe %

3301 “Honorarios” 143 103,572.2 7 27,528.8 26.6 3305 “Estudios e Investigaciones” 24 56,257.7 2 48,000.0 83.5 3409 “Patentes, Regalías y Otros” 9 12,715.9 2 10,153.6 79.8 3411 “Servicios de Vigilancia” 14 8,955.2 6 3,482.5 38.9 3104 “Servicios de Energía Eléctrica” 11 4,237.5 3 1,348.1 31.8 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 31 3,981.1 4 1,263.1 31.7 3802 “Espectáculos Culturales” 3 300.0 1 259.4 86.5 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” 1 276.0 1 276.0 100.0 Total 236 190,295.6 26 92,311.5 48.5

498 VOLUMEN 5/13

Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

El gasto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” fue de 49,836.8 miles de pesos.

Se revisó la documentación justificativa y comprobatoria de las partidas 5206 “Bienes

Informáticos”, 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”,

5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas

Públicos” y 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, cuyo gasto fue de 37,880.4 miles

de pesos (el 76.0% del ejercido en el capítulo), como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Marco muestral Muestra Partida

CLC Importe CLC Importe %

5206 “Bienes Informáticos” 29 31,782.1 7 23,526.3 74.0 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 5 10,855.0 3 10,794.5 99.4 5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 1 3,306.2 1 3,306.2 100.0 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción” 1 253.3 1 253.3 100.0 Total 36 46,196.6 12 37,880.3 76.0

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el examen y evaluación del control interno se realizó el estudio general del área, se

analizaron la estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados de organización

y de procedimientos) de la CJSL vigentes en 2008, así como el marco normativo, con el fin

de identificar las atribuciones y funciones de las unidades administrativas que intervinieron

en el rubro revisado; y los procedimientos aplicados en dichas unidades administrativas,

relacionados con la autorización, adquisición, contratación, recepción, pago, registro y control

administrativo de las erogaciones efectuadas con cargo a los capítulos 3000 “Servicios

Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y la conservación de la documentación

justificativa y comprobatoria correspondiente. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

Con el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de agosto de 2009, se solicitó a la Dirección

Ejecutiva de Administración en la CJSL la estructura orgánica autorizada, los manuales

de organización y los procedimientos administrativos relacionados con los capítulos

3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” vigentes en 2008, copia

499 VOLUMEN 5/13

fotostática de los oficios de envío y autorización y, en su caso, que indicara los períodos

de 2008 en que estuvieron vigentes, la fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal y cómo fueron difundidos al personal de la CJSL.

En respuesta, la información fue proporcionada mediante el oficio núm. CJS/LCP/027/2009,

del 2 de septiembre de 2009.

Con el análisis de la información se constató que la CJSL en 2008 contó con el oficio

núm. OM/0984/2001, del 24 de mayo de 2001, con el cual la OM le dio a conocer el

dictamen favorable de la estructura orgánica con núm. 153/2001. En dicho dictamen

se estableció que la estructura orgánica se integró como sigue: Un Consejero Jurídico

y de Servicios Legales, la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica y cuatro Direcciones

Generales (Jurídica y de Estudios Legislativos, Registro Civil, Servicios Legales y Registro

Público de la Propiedad y de Comercio) con 154 procedimientos administrativos.

Por otra parte, con el oficio núm. CGMA/DDO/0505/07, del 15 de febrero de 2007,

la CGMA informó a la Dirección de Administración de la CJSL sobre el dictamen favorable

núm. 02/2007 respecto a la estructura orgánica de dicha Dirección adscrita a la OM.

Asimismo, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se informó

al Oficial Mayor el cambio de denominación de la Dirección de Administración a Dirección

Ejecutiva de Administración, y la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

se dividió, quedando como Subdirección de Recursos Materiales y Subdirección de Servicios

Generales, con vigencia a partir del 16 de marzo de 2007.

2. Manual Administrativo

En 2008, la Dirección Ejecutiva de Administración contó con su manual administrativo,

el cual fue autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la

Oficialía Mayor mediante el oficio núm. CGMA/DDO/2803/07 del 11 de septiembre de 2007

y registrado con el número de dictamen. De su análisis se desprende lo siguiente:

a) Cuenta con el apartado de organización, que define las funciones, atribuciones y

responsabilidades de los servidores públicos de las unidades administrativas que

la integraron en 2008; fue actualizado de conformidad con el dictamen núm. 02/2007

con número de registro MA-12021-2/07.

500 VOLUMEN 5/13

b) La Dirección Ejecutiva de Administración contó con 56 procedimientos: 12 de la

Subdirección de Recursos Materiales, 5 de la Subdirección de Servicios Generales,

11 de la Subdirección de Recursos Financieros y 28 de la Subdirección de Recursos

Humanos, de los cuales se analizaron 14 procedimientos relativos a los capítulos 3000

“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, los cuales se mencionan

a continuanción:

Procedimientos

Dirección General de Administración Subdirección de Recursos Humanos

1. Nómina del Programa Anual de Servicios Profesionales 2. Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de Honorarios

Fiscales, Federales, Autogenerados y Personal Eventual 3. Cumplimiento Mensual de las Obligaciones Fiscales derivadas

de la Elaboración de las Nóminas Eventuales y Nóminas de Honorarios Subdirección de Recursos Financieros

4. Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios” 5. Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios 6. Trámite y Registro de Documentos Múltiples 7. Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio

y Listado de Casos Subdirección de Recursos Materiales

8. Adjudicación Directa 9. Excepciones a la Licitación Pública 10. Invitación a cuando menos Tres Proveedores 11. Licitación Pública

Subdirección de Servicios Generales 12. Control y Abastecimiento de Bienes 13. Control de Pedidos y Requisiciones 14. Recepción de Bienes en el Almacén

c) Veintiocho procedimientos administrativos correspondientes a la Subirección de Recursos

Humanos fueron integrados en el Manual Administrativo de la Dirección Ejecutiva de

Administración en la CJSL con número de registro MA-12021-2/07; sin embargo,

respecto de los 28 procedimientos administrativos correspondientes a las Subdirecciones

de Recursos Financieros (11 procedimientos), Recursos Materiales (12 procedimientos)

y de Servicios Generales (5 procedimientos), la CGMA los devolvió a la CJSL mediante

los oficios núms. CGMA/DD0/1356/08, del 24 de junio de 2008, y CGMA/DDO/1904/08,

del 14 de agosto de 2008, con observaciones para su corrección y reingreso para

continuar con el proceso de análisis y registro.

501 VOLUMEN 5/13

d) Los 28 procedimientos de la Subdirección de Recursos Humanos autorizados y

registrados fueron difundidos al personal mediante el oficio núm. CJSL/DEA/0126/2009,

de fecha 13 de enero de 2009.

Se verificó que los 14 procedimientos administrativos contaran con los cuatro elementos

básicos de control interno, relativos a los objetivos de autorización, de procesamiento y

clasificación de transacciones, de verificación y evaluación, y de salvaguarda física. Como

resultado de la revisión se identificaron procedimientos que carecen de algunos de ellos.

Los trabajos de auditoría incluyeron entrevistas con el personal de la CJSL sobre sus

actividades; y la aplicación de cuestionarios de control interno a los titulares de la Subdirección

de Recursos Humanos, de la Subdirección de Recursos Financieros, de la Subdirección de

Recursos Materiales y de la Subdirección de Servicios Generales, adscritas a la Dirección

Ejecutiva de Administración, las cuales intervinieron en el ejercicio de los recursos ejercidos

en los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

Del estudio y evaluación del control interno establecido por la CJSL en 2008, se concluye

que no contó con los mecanismos y actividades de control suficientes para atender y mitigar

en su totalidad los riesgos que afectan a la dependencia; para promover y supervisar el

cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para el registro y control de la

información generada; y para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia

y consistencia de la información y documentación generadas, para la comunicación

e interacción de las áreas involucradas en el ejercicio, registro y control de los recursos.

Las fallas de control detectadas se señalan en el apartado de resultados.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Para determinar del tamaño de la muestra se utilizó una fórmula para muestreo aleatorio,

estableciendo un nivel de confianza de 95.0% y un margen de error de 5.0%. Para estimar

la proporción positiva, se consideraron los antecedentes obtenidos de revisiones anteriores

a la CJSL, el archivo permanente de la Contaduría Mayor de Hacienda y los resultados de la

evaluación previa del control interno establecido en la Consejería; se estimó una proporción

positiva de 98.3%, determinando como resultado para el capítulo 3000 un tamaño de

muestra de 26 CLC de 979 emitidas.

502 VOLUMEN 5/13

Posteriormente, con objeto de optimizar la selección de la muestra, se dividió el capítulo

3000 “Servicios Generales” en tres estratos, a saber:

El primer estrato lo componen las partidas presupuestarias con una participación respecto

del gasto total en el capítulo de más de 2.0%.

El segundo estrato se integró con las partidas que representaron entre el 0.15% y el 2.0%

del total ejercido en el capítulo.

El tercer estrato se integró con las partidas que representaron menos del 0.15% del total

ejercido en el capítulo.

Por último, el tamaño final de la muestra (26 CLC) se seleccionó aleatoriamente de los tres

estratos conforme al cuadro siguiente:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Partida

CLC Importe % CLC Importe %

Intervalo de partidas con participación mayor de 2.0% 315 201,258.8 87.6 16 89,164.9 38.83301 “Honorarios” 143 103,572.2 45.1 7 27,528.8 12.03305 “Estudios e Investigaciones” 24 56,257.7 24.5 2 48,000.0 20.93409 “Patentes, Regalías y Otros” 9 12,715.9 5.5 2 10,153.6 4.43411 “Servicios de Vigilancia” 14 8,955.2 3.9 6 3,482.5 1.5

Intervalo de partidas con participación entre el 0.15 y 2.0% 456 26,359.9 11.5 7 2,611.2 1.13104 “Servicio de Energía Eléctrica 11 4,237.5 1.8 3 1,348.1 0.63506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación 31 3,981.1 1.7 4 1,263.1 0.6

Intervalo de partidas con participación menor de 0.15% 208 2,018.7 0.9 2 535.4 0.23802 "Espectáculos Culturales" 3 300.0 0.1 1 259.4 0.13513 "Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" 1 276.0 0.1 1 276.0 0.1

979 229,637.5 100.0 26 92,311.5 40.2

La muestra seleccionada de 92,311.5 miles de pesos representa el 40.2% del presupuesto

ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales (229.637.5 miles de pesos).

Respecto al capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, estableciendo un nivel de

confianza de 95.0% y un margen de error de 5.0%. Asimismo, para estimar la proporción

positiva, se consideraron los antecedentes obtenidos de revisiones anteriores a la CJSL,

503 VOLUMEN 5/13

el archivo permanente de la Contaduría Mayor de Hacienda y los resultados de la

evaluación previa del control interno establecido en la Consejería; se estimó una proporción

positiva de 99.0%, determinando como resultado un tamaño de muestra de 12 CLC de 52

emitidas.

El capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se dividió en tres estratos, a saber:

El primer estrato lo componen las partidas presupuestarias con una participación respecto

del gasto total en el capítulo de más de 20.0%.

El segundo estrato se integró con las partidas que representaron entre el 2.0% y el 20.0%

del total ejercido en el capítulo.

El tercer estrato se integró con las partidas que representaron menos de 2.0% del total

ejercido en el capítulo.

Posteriormente, con objeto de revisar procesos completos en las tres principales partidas

de la muestra, se verificó que las CLC cumplieran el importe total de los contratos a dichas

CLC, por lo que el tamaño final de la muestra (12 CLC) se seleccionó aleatoriamente en

los tres estratos conforme al cuadro siguiente:

(Miles de pesos y por cientos)

Universo Muestra Partida

CLC Importe % CLC Importe %

Intervalo de partidas con participación mayor de 20% 34 42,637.1 85.6 10 34,320.9 68.95206 “Bienes Informáticos” 29 31,782.1 63.8 7 23,526.3 47.25703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles” 5 10,855.0 21.8 3 10,794.5 21.7

Intervalo de partidas con participación entre el 2 y 20% 6 6,521.7 13.1 1 3,306.2 6.65303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”. 1 3,306.2 6.6 1 3,306.2 6.6

Intervalo de partidas con participación menor de 2% 12 677.9 1.4 1 253.3 0.55203 “Maquinaria y Equipo de Construcción” 1 253.3 0.5 1 253.3 0.5

Total 52 49,836.8 100.0 12 37,880.4 76.0

La muestra seleccionada de 37,880.4 miles de pesos representa el 76.0% del presupuesto

ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” en la CJSL (49,836.8 miles de

pesos).

504 VOLUMEN 5/13

RESULTADOS

1. Resultado

Mediante el oficio núm. OM/0984/2001, del 24 de mayo de 2001, la Oficialía Mayor dio a

conocer el dictamen favorable de la estructura orgánica con núm. 153/2001 para la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales vigente en 2008. En dicho dictamen se estableció que la

estructura orgánica se integró como sigue: Un Consejero Jurídico y de Servicios Legales,

la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica y cuatro Direcciones Generales (Jurídica y de

Estudios Legislativos, Registro Civil, Servicios Legales y Registro Público de la Propiedad

y de Comercio) con 154 procedimientos administrativos.

Por otra parte, con el oficio núm. CGMA/DDO/0505/07, del 15 de febrero de 2007, la CGMA

informó a la Dirección de Administración de la CJSL sobre el dictamen favorable

núm. 02/2007 respecto a la estructura orgánica de dicha dirección adscrita a la OM.

Además, con el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se informó al

Oficial Mayor el cambio de denominación de la Dirección de Administración a Dirección

Ejecutiva de Administración. Asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales se dividió, quedando como Subdirección de Recursos Materiales y Subdirección

de Servicios Generales, con vigencia a partir del 16 de marzo de 2007.

La Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL proporcionó a la CMHALDF el Manual

Administrativo vigente en 2008, elaborado conforme a su dictamen núm. 02/2007 y su

alcance, así como 56 procedimientos vigentes en 2008. Al respecto, se constató que la

Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL cuenta con Manual de Organización y que

éste fue registrado con el oficio núm. CGMA/DDO/2803/07 del 11 de septiembre de 2007,

en el que la CGMA notificó que fue registrado dicho manual con el núm. MA-12021-2/07.

Respecto a los 56 procedimientos mencionados, se analizaron 14, de los cuales 3 pertenecen

a la Subdirección de Recursos Humanos (“Nómina del Programa Anual de Servicios

Profesionales”, “Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de Honorarios Fiscales,

Federales, Autogenerados y Personal Eventual” y “Cumplimiento Mensual de las Obligaciones

Fiscales derivadas de la elaboración de las Nóminas Eventuales y Nóminas de Honorarios”),

4 a la Subdirección de Recursos Financieros (“Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios”,

505 VOLUMEN 5/13

“Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios”, “Trámite y Registro de Documentos

Múltiples” y “Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio y Listado de

Casos”), 4 a la Subdirección de Recursos Materiales (“Adjudicación Directa”, “Excepciones

a la Licitación Pública”, “Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores” y

“Licitación Pública”), y 3 a la Subdirección de Servicios Generales (“Control y Abastecimiento

de Bienes”, “Control de Pedidos y Requisiciones” y “Recepción de Bienes en el Almacén”),

todos relativos al ejercicio, registro y control de los recursos de los capítulos 3000 “Servicios

Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”.

Se verificó que los 14 procedimientos contaran con los elementos básicos del control interno,

relativos a la autorización, procesamiento y clasificación de transacciones, verificación y

evaluación, y salvaguarda física de los activos, como lo señala el Boletín 3050 “Estudio

y Evaluación del Control Interno” de las Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas

para Atestiguar emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. De dichos

procedimientos, se identificaron 8 que carecen de algunos elementos básicos de control

interno, como se muestra a continuación:

Procedimientos Elementos básicos de control interno no incluidos Autorización Verificación

y evaluación Salvaguarda

física

Pago de Honorarios por 3301 “Honorarios” X* Pago a Proveedores y/o Prestadores de Servicios X* Trámite y Registro de Documentos Múltiples X* Registro y Aprobación de Requisiciones, Órdenes de Servicio y Listado de Casos

X*

Adjudicación Directa X** X* Excepciones a la Licitación Pública X** X** Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores X** Licitación Pública X**

* Procedimientos de la Subdirección de Recursos Financieros. ** Procedimientos de la Subdirección de Recursos Materiales.

Por otra parte, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/0829/07, del 23 de marzo de 2007, se

informó al Oficial Mayor los siguientes movimientos con vigencia a partir del 16 de marzo

de 2007, en alcance al dictamen núm. 02/2007 de la Oficialía Mayor, comunicado con el

oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de febrero de 2007: cambio de denominación de la Dirección

de Administración a Dirección Ejecutiva de Administración, asimismo, la Subdirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales se dividió, quedando como Subdirección

506 VOLUMEN 5/13

de Recursos Materiales y Subdirección de Servicios Generales. Respecto a lo anterior, el

apartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, numeral 4.4.14,

de la Circular Uno vigente desde el 13 de abril de 2007, establece: “Los titulares de las

Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, son los

responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la

aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de

la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización

del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor

de la modificación efectuada y se enviará a la CGMA la documentación correspondiente

para que esta proceda a la actualización y registro de dicho Manual”. La Dirección

Ejecutiva de Administración proporcionó mediante el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/029/2009,

del 10 de septiembre de 2009, los oficios de envió y autorización por parte de la CGMA

de los procedimientos relacionados con las Subdirecciones de Recursos Humanos

(28 procedimientos), Recursos Financieros (11 procedimientos), Recursos Materiales

(12 procedimientos) y Servicios Generales (5 procedimientos). En el análisis de dichos oficios

se observó lo siguiente:

Subdirección Oficio Fecha límite

Fecha de envío

Días hábiles de desfase

Recursos Humanos CJSL/DEA/1052/2008 21/VI/07 30/VIII/08 278 Recursos Financieros CJSL/DEA/0613/2008 21/VI/07 28/IV/08 213 Recursos Materiales CJSL/DEA/0335/2008 21/VI/07 3/III/08 176 Servicios Generales CJSL/DEA/0335/2008 21/VI/07 3/III/08 176

También se constató que los procedimientos denominados “Nómina del Programa Anual

de Servicios Profesionales”, “Trámite de Altas, Promociones y Bajas de Personal de

Honorarios Fiscales, Federales, Autogenerados y Personal Eventual”, “Cumplimiento

Mensual de las Obligaciones Fiscales derivadas de la elaboración de las Nóminas Eventuales

y Nóminas de Honorarios” de la Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección

Ejecutiva de Administración fueron integrados en el Manual Administrativo de la Dirección

Ejecutiva de Administración en la CJSL, con número de registro MA-12021-2/07; sin embargo,

de los procedimientos correspondientes a las Subdirecciones de Recursos Financieros,

Recursos Materiales y de Servicios Generales, a la fecha del cierre de la auditoría no han

sido registrados ante la CGMA.

507 VOLUMEN 5/13

Por no contar con el manual de procedimientos registrado ante la OM, lo cual muestra

debilidad en el sistema de control interno, la Dirección Ejecutiva de Administración no se

ajustó al apartado 4.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”,

numeral 4.4.14, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero de 2010,

la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración, informó lo siguiente:

“Se anexa copia del oficio No. CJSL/DEA/LCP/002/2010, en el cual se informa el estatus

del proceso de Dictaminación y Registro del Manual de Procedimientos de la Dirección

Ejecutiva de Administración.”

En el citado oficio, el Líder Coordinador de Proyectos en la Dirección Ejecutiva de

Administración informó al Director Ejecutivo del área que “en relación al trámite de

dictaminación y registro de los procedimientos de la Subdirección de Recursos Materiales,

de la Subdirección de Servicios Generales y de la Subdirección de Recursos Financieros,

la Dirección de Desarrollo Organizacional de la Coordinación General de Modernización

Administrativa comunica que ya concluyó su proceso de Dictaminación, asignándoles el

No. de Registro MA-12021-2/07 a los procesos de las citadas Subdirecciones. Por medio

de los oficios Nos. CGMA/DDO/0004/2010 y CGMA/DDO/0043/2010, de fecha 11 de

enero del presente”. Cabe mencionar que dichos oficios no fueron proporcionados a esta

entidad de fiscalización.

Por lo anterior, se confirma que el Manual de Procedimientos no se encontró oportunamente

registrado ante la OM, lo cual muestra debilidad en el sistema de control interno en la

Dirección Ejecutiva de Administración, por lo que el resultado no se modifica.

Mediante cuestionario de control interno del 10 de septiembre de 2009, aplicado a la

Subdirectora de Recursos Humanos, proporcionó evidencia documental de su difusión

entre el personal encargado de aplicarlos mediante los oficios correspondientes, así como de

su registro ante la OM, conforme a la Normatividad en materia de Administración de Recursos

508 VOLUMEN 5/13

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007.

Además, se detectó que la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL no contó en 2008

con procedimientos para el control, manejo y pago de los siguientes servicios: vigilancia

para la partida 3411; energía eléctrica para la partida 3104 y lavandería, limpieza, higiene

y fumigación para la partida 3506; por lo tanto, que no atendió la Guía Técnica para la

Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2008, apartado 3.2,

relativo al “Contenido de los Manuales”, inciso k), que establece: “Para efecto de integrar

el Manual de Procedimientos se sugiere identificar e incluir procedimientos sustantivos

que, en forma breve y clara, muestren secuencial y ordenadamente la forma de realizar

un trabajo ejecutado por las áreas que integran la Dependencia, Unidad Administrativa,

Órgano Desconcentrado, Órgano Político-Administrativo o Entidad”. Tampoco atendió el

artículo 16, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de

abril de 2007, vigentes en 2008, que indica: “Los titulares de las Unidades de Gobierno

de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de

organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional

y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en

cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos los

procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán de estar

debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó

documentación ni información respecto a la presente observación, por lo que está no se

modifica.

Recomendación ASC-135-08-01-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a través de la Dirección

Ejecutiva de Administración establezca mecanismos de control y supervisión para

garantizar que su Manual Administrativo, en su parte de organización y procedimientos,

se encuentre actualizado y se tramite oportunamente su revisión, dictamen y registro

509 VOLUMEN 5/13

ante la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor, en

cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-135-08-02-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales elabore procedimientos

para el control, manejo y pago de los servicios de vigilancia, energía eléctrica y lavandería,

limpieza, higiene y fumigación y que éstos se envíen para su registro ante la Coordinación

General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor, de conformidad

con la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno).

2. Resultado

A fin de verificar que el presupuesto relacionado con los capítulos 3000 “Servicios Generales”

y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se haya registrado conforme a los montos aprobados y

de acuerdo con la normatividad aplicable; así como, de identificar las causas de la variación

en el presupuesto original de dicho rubro, se revisaron las afectaciones presupuestarias

correspondientes. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Según la Cuenta Pública de 2008, la CJSL reportó para los recursos ejercidos en el

capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 131,160.0 miles de pesos,

el cual tuvo una modificación neta realizada mediante 125 afectaciones programático-

presupuestarias por 98,477.5 miles de pesos, para alcanzar un presupuesto modificado

de 229,637.5 miles de pesos, que fue ejercido en su totalidad.

Respecto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, se reportó un presupuesto

original de 16,425.8 miles de pesos, el cual tuvo una modificación neta realizada mediante

35 afectaciones programático-presupuestarias por 33,411.0 miles de pesos, para alcanzar

un presupuesto modificado de 49,836.8 miles de pesos que fue ejercido en su totalidad.

510 VOLUMEN 5/13

Dichos movimientos se ampararon con 160 afectaciones programático-presupuestarias

que autorizó la Secretaría de Finanzas por conducto de la Dirección General de Egresos

“B” y la Dirección General de Política Presupuestal, conforme al artículo 68, fracción V, del

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y a los apartados

IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Compensadas”, numeral 15, y

IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”, numeral 18, del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2006, vigente en 2008.

Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincida con lo reportado en la Cuenta

Pública de 2008, y que el presupuesto modificado en las partidas seleccionadas en la

muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas,

mediante el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de agosto de 2009, se solicitaron a la

Dirección Ejecutiva de Administración las afectaciones programático-presupuestarias, y su

documentación soporte, realizadas con cargo a los capítulos 3000 “Servicios Generales”

y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, las cuales fueron proporcionadas con el oficio

núm. CJS/LCP/027/2009, del 2 de septiembre de 2009, por el Director Ejecutivo de

Administración. Las 125 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original

del capítulo 3000 “Servicios Generales” se integran como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 131,160.0 Más: Adiciones

Compensadas 32,316.2 Líquidas 52,544.1 84,860.3

Más: Ampliaciones

Compensadas 182,510.4 Líquidas 43,931.1 226,441.5

Menos: Reducciones

Compensadas -197,418.1 Líquidas -15,406.2 -212,824.3

Incremento neto 98,477.5 Presupuesto modificado 229,637.5 Presupuesto ejercido 229,637.5

Saldo 0.0

511 VOLUMEN 5/13

Las afectaciones presupuestarias se componen de 39 movimientos con adición compensada

por 32,316.2 miles de pesos, 16 movimientos con adición líquida por 52,544.1 miles de

pesos, 771 movimientos de ampliaciones compensadas por 182,510.4 miles de pesos,

48 movimientos de ampliaciones líquidas por 43,931.1 miles de pesos, 1,105 movimientos

de reducciones compensadas por 197,418.1 miles de pesos y 244 movimientos con

reducciones líquidas por 15,406.2 miles de pesos.

De las 125 afectaciones programático-presupuestarias, 1 afectación líquida aumentó el

presupuesto original en la cantidad neta de 48,000.0 miles de pesos, la cual fue

autorizada mediante el oficio núm. DOFV/2153/2008, de fecha 17 de septiembre de 2008,

por el Director de Operación de Fondos y Valores de la Dirección General de Administración

Financiera de la Secretaría de Finanzas. Asimismo, una afectación compensada disminuyó

el presupuesto original en la cantidad neta de 24,721.4 miles de pesos. De éstas, la

justificación se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de afectación

Justificación Importe neto

B 25 C0 01 213 Se solicita la presente adición de recursos por un importe de 48,000.0 miles de pesos en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” con tipo de pago 45 “Transferencias Federales vinculadas a Programas de Infraestructura, Social y de Servicios” y Actividad Institucional 26 “Operar el Programa Estatal de Modernización de Registro Público de la Propiedad”, se requiere contar con los recursos en el mes de noviembre a efecto de dar inicio con los trabajos del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad. 48,000.0

B 25 C0 01 202 Se solicita la reducción compensada de recursos por 24,721.4 miles de pesos en la partida 3305 “Estudios e Investigaciones” partida que fue autorizada en la Actividad Institucional 14 “Atender asuntos y procedimientos jurídicos” de manera provisional, por lo que, mediante oficio CJSL/DEA/1279/2008, se solicitó la adición de la actividad institucional “Operar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad” con la finalidad de destinar los recursos a la modernización. (24,721.4)

Total 23,278.6

Por otra parte, las 35 afectaciones presupuestarias que modificaron el presupuesto original

del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se integran como se muestra a continuación:

512 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 16,425.8 Más: Adiciones

Compensadas 18,653.7 Líquidas 15,495.9 34,149.6

Más: Ampliaciones

Compensadas 41,752.7 Líquidas 10,338.7 52,091.4

Menos: Reducciones

Compensadas -50,797.1 Líquidas -2,032.9 -52,830.0

Incremento neto 33,411.1 Presupuesto modificado 49,836.8 Presupuesto ejercido 49,836.8

Saldo 0.0

Las afectaciones presupuestarias se componen de 9 movimientos con adición compensada

por 18,653.7 miles de pesos, 16 movimientos con adición líquida por 15,495.9 miles de pesos,

38 movimientos de ampliaciones compensadas por 41,752.7 miles de pesos, 5 movimientos

de ampliaciones líquidas por 10,338.7 miles de pesos, 51 movimientos de reducciones

compensadas por 50,797.1 miles de pesos y 16 movimientos con reducciones líquidas por

2,032.9 miles de pesos.

De las 35 afectaciones programático-presupuestarias, 1 afectación compensada aumentó

el presupuesto original por la cantidad de 11,465.7 miles de pesos y 1 afectación compensada

redujo el presupuesto original por la cantidad de 5,346.8 miles de pesos, de las cuales la

justificación se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de afectación

Justificación Importe neto

B 25 C0 01 202 Se solicita la adición compensada en las partidas 5102 “Equipo de Administración” (video Proyector), 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” (Cámara Digital), 5206 “Bienes Informáticos, en la Actividad Institucional 26 “Operar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad”, con la finalidad de reclasificar los recursos federales que serán destinados a la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio. 11,465.7

Continúa…

513 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Número de afectación

Justificación Importe neto

B 25 C0 01 255 Se solicita la presente reducción compensada en las partidas 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” y 5206 “Bienes Informáticos”, debido a que no se adquirieron diversos bienes, en apego a la circular de cierre No. SE/1360/2008 en su inciso g) cuya finalidad sea el aprovechamiento óptimo de los recursos autorizados en el presupuesto. (5,346.8)

Total 6,118.9

De acuerdo con lo anterior, los presupuestos modificados y ejercidos fueron de 229,637.5

miles de pesos y 49,637.8 miles de pesos de los capítulos 3000 “Servicios Generales”

y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, respectivamente, cantidades que coinciden con lo

reportado en la Cuenta Pública de 2008.

En la revisión de las afectaciones presupuestarias se comprobó que fueron requisitadas

y autorizadas conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2006, vigente en 2008;

y que el sujeto fiscalizado contó con el soporte documental de éstas y con los formatos de

afectación presupuestaria, de afectación programática y de justificación, del 1o. de enero

al 31 de diciembre de 2008. Por lo anterior, no se formula observación alguna.

Por otra parte, la Dirección Ejecutiva de Administración proporcionó, mediante el oficio

núm. CJS/LCP/027/2009, del 2 de septiembre de 2009, nota informativa en relación con

la variación del ejercicio de 2008 respecto al ejercicio de 2007 a los capítulos 3000

“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” y respecto a su presupuesto

original asignado, en donde se indicó lo siguiente:

“La variación que presenta el capítulo 3000 ‘Servicios Generales’ se deriva de ampliaciones

líquidas de recursos para llevar a cabo el Programa de Peritos Terrestre. El Proyecto Call

Center, cámaras de seguridad y el Programa Estatal de Modernización del Registro

Público y de la Propiedad y del Comercio, más afectaciones de recursos que vienen de

otro capítulo para el pago de diferentes servicios necesarios para el buen funcionamiento de

esta Consejería Jurídica, menos reducciones compensadas de recursos que se transfirieron

a otro capítulo y reducciones líquidas que fueron transferidas a otras dependencias.”

514 VOLUMEN 5/13

Respecto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, informó que “la variación que

presenta se deriva de ampliaciones líquidas de recursos para el pago de las expropiaciones,

programa de capturistas, Proyecto Call Center, cámaras de seguridad, Programa Estatal de

Modernización del RPPyC, programa de peritos de tránsito, más afectaciones compensadas

de recursos que vienen de otros capítulos para el pago de bienes informáticos y reducciones

compensadas de recursos que se transfirieron de otros capítulos”.

Con base en la información y documentación proporcionadas por la CJSL, se concluye

que la variación positiva registrada al cierre de 2008 respecto a la previsión original en los

recursos de los capítulos 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

se debió a que se requirieron recursos para el Programa Estatal de Modernización del

Registro Público y de la Propiedad y del Comercio.

Asimismo, se concluye que las modificaciones del presupuesto proveniente de los capítulos

3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” se sujetaron a los

montos aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes.

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Partida 3301 “Honorarios”

3. Resultado

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales ejerció recursos por un importe de

103,572.2 miles de pesos con cargo a la partida 3301 “Honorarios”, que representan

el 45.1% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de

pesos). De acuerdo con la metodología descrita en el apartado “Determinación de la

Muestra" del presente informe, se seleccionaron para su revisión siete CLC por un monto

total registrado con cargo a la partida de referencia de 27,528.8 miles de pesos, que

representan el 26.6% del ejercido en dicha partida y el 12.0% respecto al total ejercido

en el capítulo, las cuales se relacionan a continuación:

515 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

CLC Fecha Importe Quincenas

25 C0 01 00811 9/IX/08 3,631.1 Primera de septiembre de 2008 25 C0 01 01001 23/X/08 3,629.5 Segunda de octubre de 2008 25 C0 01 01061 10/XI/08 3,807.4 Primera de noviembre de 2008 25 C0 01 01102 24/XI/08 3,748.0 Segunda de noviembre de 2008 25 C0 01 01190 9/XII/08 3,746.8 Primera de diciembre de 2008 25 C0 01 01196 9/XII/08 5,147.4 Pago único 25 C0 01 01249 18/XII/08 3,818.6 Segunda de diciembre de 2008

27,528.8

Se observó que las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control

de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos

en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos facultados para elaborar y

autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones

Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió los apartados IV,

“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones

Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente

en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006, y sus

reformas del 28 de febrero de 2007, que disponen: “Con fundamento en lo establecido en

el Código Financiero del Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del año

vigente y conforme a las responsabilidades que de ahí se derivan, le corresponde al titular

de la UR o a los servidores públicos de nivel de estructura, que fueron facultados conforme

a ley, autorizar el pago, el cual lo autentica mediante su firma”.

Respecto a los documentos múltiples núms. 25 C0 01 167, del 3 de noviembre de 2008;

25 C0 01 185, 25 C0 01 189, 25 C0 01 190 y 25 C0 01 203, del 1o. de diciembre de 2008;

25 C0 01 208, del 12 de diciembre de 2008; 25 C0 01 216, 25 C0 01 220, 25 C0 01 221,

25 C0 01 223 y 25 C0 01 241, del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 105.3 miles

de pesos, por concepto de reintegro de honorarios no cobrados correspondientes a la

primera quincena de septiembre, segunda quincena de octubre, primera y segunda

quincenas de noviembre, primera y segunda quincenas de diciembre y pago único, todos

de 2008, se verificó que se hayan elaborado, autorizado y registrado de acuerdo con la

normatividad aplicable y que contaran con la documentación soporte correspondiente.

516 VOLUMEN 5/13

Sobre el particular, se constató que dichos documentos fueron elaborados y autorizados

conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal y que cuentan con la documentación soporte correspondiente.

Se verificó que la programación, contratación, control, registro y pago a los prestadores de

servicios, correspondientes a 2008, se hubieran sujetado a los Lineamientos para la

Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las

Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de

Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,

vigentes durante 2008. Al respecto, se comprobó que la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales se sujetó a dichos lineamientos, salvo por lo descrito en los siguientes numerales:

1. De la revisión de la documentación que ampara la autorización y programación

de los servicios de la partida 3301 “Honorarios”, se determinó que la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales contó con el Programa Anual de Contratación de

Prestadores de Servicios Profesionales para 2008, que fue autorizado por la Dirección

General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM mediante los oficios

núms. DGADP/000026/2008, DGADP/000027/2008 y DGADP/000231/2008, todos del

7 de enero de 2008, y DGADP/000232/2008, del 5 de febrero de 2008. Dicho programa

se integró originalmente con 299 prestadores de servicios profesionales bajo el

régimen de honorarios asimilados a salarios de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales y 211 prestadores de servicios profesionales bajo el régimen de honorarios

autogenerados (138 de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de

Comercio, 14 de la Dirección Jurídica y de Estudios Legislativos y 59 de la Dirección

del Registro Civil), por un monto de 4,918.1 miles de pesos.

Mediante los oficios sin número del 12 de diciembre de 2007, el Secretario Ejecutivo

de la CJSL informó al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios que se llevará a cabo las gestiones ante la Oficialía Mayor para solicitar la

autorización del Programa Anual de Contratos de Servicios Profesionales para 2008

con cargo a la partida 3301 “Honorarios” por el período de enero a marzo de 2008,

por lo que en la duodécima sesión ordinaria, celebrada el 17 de diciembre de 2007, en

los puntos núms. 5.2, 5.3, 5.4, y 5.5, se informó a dicho subcomité lo correspondiente,

como se hizo constar en el acta respectiva.

517 VOLUMEN 5/13

Por lo anterior, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales se sujetó a lo establecido

en el capítulo III, Programa Anual, numeral 2, de los Lineamientos para la Autorización

de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas

Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”,

3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,

vigentes durante 2008.

2. Para verificar que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales hubiese entregado a

la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM

los nueve programas extraordinarios de contratación de prestadores de servicios que

se ejercieron y autorizaron en 2008. Mediante el oficio núm. ASC/09/1323, del 21 de

agosto de 2009, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que

proporcionara los oficios con los cuales se entregaron dichos programas extraordinarios

a la DGADP, de los cuales se observó que en todos los casos la fecha de entrega

no cumple lo establecido en la normatividad, como se muestra a continuación:

Oficio remitido a la DGADP

Fecha del oficio

Fecha de recepción en la DGADP

Fecha en que debió entregarse

Días de desfase

Adición de folios

Vigencia del contrato

CJSL/DEA/0156/2008 30/I/08 1/II/08 11/I/08 16 3 1/II/08 al 31/III/08 CJSL/DEA/0127/2008 31/I/08 31/1/08 11/I/08 15 10 1/II/08 al 31/III/08 CJSL/DEA/0452/2008 28/III/08 31/III/08 6/III/08 15 2 1/IV/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0637/2008 31/III/08 31/III/08 6/III/08 15 1 1/IV/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0636/2008 30/IV/08 30/IV/08 10/IV/08 15 154 1/V/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0633/2008 30/IV/08 30/IV/08 10/IV/08 15 2 1/V/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0747/2008 28/V/08 28/V/08 12/V/08 13 4 1/VI/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0918/2008 26/VI/08 27/VI/08 25/VI/08 3 280 16/VII/08 al 31/XII/08 CJSL/DEA/0919/2008 26/VI/08 26/VI/08 10/VI/08 13 245 1/VII/08 al 31/XII/08

Por lo anterior, mediante el oficio núm. ASC/135/08/14, del 10 de noviembre de 2009,

se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que explicara los

motivos por los cuales dichos programas extraordinarios no fueron presentados en el

tiempo establecido. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos, mediante

el oficio núm. CJSL/DES/SRH/3208/2009, del 18 de noviembre de 2009, informó

que “la Consejería Jurídica y de Servicios Legales no ha emitido ningún Programa

Extraordinario de Contratación de Prestadores de Servicios para la partida 3301

‘Honorarios Asimilables a Salarios’. Por lo anterior la Dirección General de Administración

518 VOLUMEN 5/13

y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, dependencia encargada de emitir

las autorizaciones de los Programas, no realizó ninguna observación a nuestras

autorizaciones en el que se haya entregado en forma extemporánea”.

Asimismo, mediante cuestionario de control interno aplicado a la Subdirección de

Recursos Humanos el 26 de noviembre de 2009, se le solicitó que explicara por qué

no se consideran programas extraordinarios. En respuesta, la Subdirección de Recursos

Humanos informó:

“De conformidad con los Lineamientos emitidos por la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, los programas presentados por esta

Consejería Jurídica y de Servicios Legales siempre se han registrado como programas

ordinarios, sin tener ninguna observación por parte de dicha Dirección General e

inclusive, en algunos casos, cuando lo requiere la DGADP, con Opinión Favorable de

la Contraloría General del GDF, para la erogación de recursos en los programas

de Servicios Profesionales del ejercicio 2008…”

“Así mismo, hago de su conocimiento que en ningún caso existió negativa para la

autorización de dichos programas por parte de la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor, como se muestra en las autorizaciones

anexas al presente, ya que los programas citados se apegan a la normatividad vigente…”

En el análisis de la información anterior se observó que los prestadores de servicios

no fueron considerados en el programa anual de prestadores de servicios, por lo que

de acuerdo con los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de

Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,

3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y

Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes en 2008, deben considerarse

programas extraordinarios.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero

de 2010, la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó

lo siguiente:

“Se incluye justificación y copias de oficios dirigidos a la DGADP.”

519 VOLUMEN 5/13

A continuación se presenta la siguiente argumentación para la atención del Resultado

en comento:

“Que de conformidad con el artículo 98 del Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal y de los “Lineamientos para la Autorización de Programas

de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las partidas presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios

Estadísticos y Geográficos”, y 3305 “Estudios e Investigaciones”, para el ejercicio

fiscal 2006”; la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal

de la Oficialía Mayor de Personal es la instancia que valida y autoriza el Programa

Anual de Contratación de Prestadores de Servicios, así como su continuidad,

modificaciones y adiciones del Programa en referencia, de igual forma los Programas

Extraordinarios.

”El Programa Anual de Prestación de Servicios para el ejercicio presupuestal 2008 de

la Consejería Jurídica y de Servicios Legales fue autorizado por la Dirección General

de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor.

”En el ejercicio presupuestal 2008 la Consejería Jurídica y de Servicios Legales no llevó

a cabo Programas Extraordinarios, toda vez que las autorizaciones que se solicitaron a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, y que se mencionan en

el punto 1, eran de modificación al Programa Anual para la cancelación y/o adición

de folios por lo que, salvo mejor opinión, no hacen referencia a la autorización de un

Programa Extraordinario.

”A mayor abundamiento, al presentar la solicitud de autorización de modificación para

la cancelación y/o adición de folios dentro del Programa Anual de Contratación de

Prestadores de Servicios 2008 ya autorizado con anterioridad, a la Dirección General

de Administración y Desarrollo de Personal, éstas fueron otorgadas, en apego a la

normatividad en la materia, a través de los siguientes oficios DGADP/000232/2008,

DGADP/000372/2008, DGADP/000366/2008, DGADP/001075/2008, DGADP/00941/2008,

DGADP/01650/2008, DGADP/01818/2008, DGADP/02117/2008, DGADP/002887/2008,

DGADP/02964/2008, DGADP/03327/2008 y DGADP/003427/2008.

520 VOLUMEN 5/13

”Por lo que, salvo mejor opinión, esta Consejería Jurídica y de Servicios Legales

cumplió en tiempo y forma con la presentación del Programa Anual de Prestación

de Servicios 2008 y sus modificaciones (cancelación y/o adición de folios), contando

con las autorizaciones correspondientes.”

Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, ésta proporcionó evidencia de que

no se llevaron a cabo programas extraordinarios, toda vez que las autorizaciones

que se solicitaron a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de

la Oficialía Mayor eran de modificación al Programa Anual para la Cancelación y/o adición

de folios, por lo que el presente numeral del resultado se modifica.

3. Se verificó que la CJSL hubiera entregado a la DGADP los informes trimestrales,

correspondientes a los honorarios asimilados a salarios y honorarios autogenerados

dentro del plazo establecido por los Lineamientos para la Autorización de Programas

de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios

Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”. Al respecto, se

comprobó que la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL presentó de manera

extemporánea a la OM algunos informes en 2008, con atrasos de 9 a 27 días hábiles,

como se muestra en el siguiente cuadro:

Informe trimestral 2008

Fecha de recepción en la DGAP

Fecha máxima

para entrega

Días hábiles

de desfase

Enero-Marzo 25/IV/08 14/IV/08 9 Abril-Junio 7/VIII/08 14/VII/08 18 Julio-Septiembre 21/IX/08 14/X/08 27 Octubre-Diciembre 16/II/09 20/I/09 18 Octubre-Diciembre (Alcance) 26/II/09 20/I/09 26

Mediante el oficio núm. ASC/135/08/05, del 6 de octubre de 2009, se solicitó a la

Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL que informara el motivo por el cual

los informes trimestrales remitidos a la DGADP de la OM no fueron entregados en el

plazo establecido. En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/2854bis/2009,

del 20 de octubre de 2009, se informó que “la entrega de los informes entregados

521 VOLUMEN 5/13

a destiempo se debe 1.- A que las Unidades Administrativas entregan el informe con

fecha límite a la Jefatura de Unidad Departamental de Administración de Personal de

la Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de Administración,

es decir el último día que tiene para entregar el informe respectivo para su revisión

y si existiera errores se los llevan y tardan aproximadamente de 5 a 10 días para

entregar la corrección, lo cual implica un retraso mayúsculo”.

Por lo anterior, la CJSL incumplió el apartado VII, “Informes”, numeral 1, de los

Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores

de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302

“Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y

Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes durante 2008, el cual

señala: “Las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados y Entidades,

remitirán a la DGAP mediante el formato DAP-04, un informe trimestral sobre

el cumplimiento del Programa Anual autorizado de Contratación de Prestadores

de Servicios, por cada partida presupuestal, anexando copia del Registro Federal de

Contribuyentes de los prestadores de servicios, para lo cual dichas instancias tendrán

como fecha límite para la entrega del mismo, diez días hábiles posteriores al vencimiento

del trimestre que reportan”.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó

documentación ni información en relación con la presente observación, por lo que no

se modifica.

Recomendación ASC-135-08-03-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas

de control y supervisión para remitir los informes trimestrales, relativos al cumplimiento

del programa anual autorizado de contratación de prestadores de servicios, en del plazo

establecido, de acuerdo con los Lineamientos para la Autorización de Programas de

Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios

Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.

522 VOLUMEN 5/13

4. Resultado

Con objeto de comprobar que la integración de los expedientes de los prestadores de

servicios profesionales contratados por la CJSL durante el ejercicio en revisión se haya

sujetado a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

vigente desde el 13 de abril de 2007, mediante los oficios núms. ASC/135/08/07,

ASC/135/08/08, ASC/135/08/10 y ASC/135/08/11, del 13, 16, 20 y 22 todos de octubre

de 2009, en ese orden, se solicitaron a la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL

83 expedientes de un total de 1,219. De la revisión de éstos, se desprende lo siguiente:

Concepto No localizado en el expediente

Solicitud de empleo 6 Copia certificada del acta de nacimiento 1 Currículum Vital 3 Copia de credencial para votar, pasaporte vigente o cédula profesional 1 Copia RFC 4 Copia del CURP 2 Copia del documento que acredite el nivel máximo de estudios 3 Comprobante de domicilio 4 Fotografías 17 Escrito con el que se manifieste no tener otro empleo en el GDF y que no ha celebrado contrato alguno como prestador de servicios profesionales con el GDF

13

Escrito de autorización para investigación de no inhabilitación 7 Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas por otro patrón 58 Manifestación de no estar jubilado mediante incorporación a programas de retiro 72 Informes mensuales de actividades del ejercicio de 2008 1

Con los oficios núms. ASC/135/08/13, ASC/135/08/19 y ASC/135/08/21, del 9, 23 y 25 de

noviembre de 2009, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL

que informara o aclarara las causas por las que los expedientes no cuentan con toda la

documentación correspondiente. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos,

mediante el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/3208/2009, del 18 de noviembre de 2009, proporcionó

fotografías de tres prestadores de servicios, una Constancia de remuneraciones cubiertas

y retenciones, cinco escritos con los que se manifiesta no tener otro empleo en el

Gobierno del Distrito Federal y no haber celebrado contrato alguno como prestador de

servicios profesionales con el GDF, dos Currículum Vitae y un comprobante de domicilio.

523 VOLUMEN 5/13

Asimismo, informó que con relación al folio 322.1, “los documentos faltantes en su expediente

no fueron integrados debido a que esta persona no laboró. En el expediente se anexó

copia del cheque devuelto. Referente a las Constancias de Remuneraciones Cubiertas

y Retenciones Efectuadas por otro padrón y las Cartas de Manifestación de no haber sido

sujetos de jubilación mediante Programas de Retiro; informó que dichos documentos son

opcionales, razón por la cual no se encuentran anexos a los expedientes”.

Mediante cuestionario de control interno aplicado a la Subdirección de Recursos Humanos

el 26 de noviembre de 2009, se pidió que explicara por qué los expedientes solicitados

mediante los oficios núms. ASC/135/08/07, ASC/135/08/08, ASC/135/08/10 y ASC/135/08/11,

del 13, 16, 20 y 22 de octubre de 2009, fueron entregados en forma parcial a esta entidad

de fiscalización y por qué dichos expedientes no se encontraban integrados con la

documentación establecida en la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007; y que explicara la causa por

la cual no fueron proporcionados los expedientes de los prestadores de servicios con folios

63 y 796. En respuesta, la Subdirección de Recursos Humanos informó que “los expedientes

de los prestadores de servicios profesionales, por falta de espacio en la Subdirección de

Recursos Humanos, se concentran en las áreas de adscripción, por tal motivo los enlaces

administrativos remitieron la información a dicho Órgano Fiscalizador parcialmente…”.

En cuanto a los expedientes no proporcionados durante la ejecución de la auditoría, señaló:

“Al respecto me permito informar que dichos expedientes fueron solicitados y entregados

al […] Auditor de la Contraloría Interna en la CJSL, el día 03 de agosto del presente año […]

por Enlace Administrativo en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de

Comercio con motivo de la auditoría que realizó la Contraloría Interna en la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales, mismos que no han sido devueltos a dicha área…”.

Con el oficio núm. CJSL/DEA/SRH/3380/2009, de fecha 30 de noviembre de 2009, signado

por la Subdirección de Recursos Humanos, se solicitaron los expedientes mencionados

a la Contraloría Interna.

Lo anterior denota deficiencias en el control y supervisión de las actividades de integración,

archivo y custodia de los expedientes de los prestadores de servicios, por lo que la Jefatura

524 VOLUMEN 5/13

de Unidad Departamental de Administración de Personal, adscrita a la Subdirección de

Recursos Humanos, no se sujetó al numeral XII del apartado “Funciones” establecido

en el Manual Administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL, que

señala que esa área deberá “asegurar la integración y actualización de los expedientes

individuales del personal de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/201, del 12 de enero de 2010,

la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:

“Se presentan copias de los expedientes de las siguientes personas:

”1. C. Pineda Pineda Yara Heidi

”2. C. González Martínez Aurora”

Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, ésta proporcionó los dos expedientes

de prestadores de servicios observados, por lo que se modifica esta observación.

Por no contar con la documentación requerida para la contratación de los prestadores de

servicios, la Subdirección de Recursos Humanos incumplió los numerales 1.3.7 y 1.3.15

del apartado 1.3 “Contratación, Nombramientos, Identificación y Expedientes de Personal”

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno)

vigente desde el 13 de abril de 2007. El numeral 1.3.7 señala que, “previo a la formalización

de la relación laboral, el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las Dependencias

o Entidades, deberá entregar lo siguiente: a) Formato de solicitud de empleo totalmente

requisitado; b) Copia certificada del Acta de Nacimiento […] c) Currículum Vitae […]

e) Copia de Identificación Oficial, Credencial para Votar, Pasaporte vigente, Cédula

Profesional […] f) Copia del documento en donde conste la clave del Registro Federal de

Contribuyentes (R.F.C.); g) Copia del documento en donde conste la Clave Única de Registro

de Población (C.U.R.P.); h) Copia del documento que acredite el nivel máximo de Estudios;

i) Copia del Comprobante de Domicilio; j) Dos fotografías tamaño infantil de frente; k) Escrito

en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno

del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador

525 VOLUMEN 5/13

de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal; l) Escrito en el que manifieste

que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF, si

se encuentra inhabilitado […] m) Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones

efectuadas emitidas por otro patrón […] o) Manifestación del empleo de no haber sido

sujeto de jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico”.

El numeral 1.3.15 establece que, “el Titular del Área de Recursos Humanos de la

Dependencia, es responsable de la custodia y actualización de los expedientes de personal

de los trabajadores adscritos a ésta, así como de los que hayan causado baja antes de la

desconcentración de los registros de personal por parte de la OM”.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó

información ni documentación respecto a la presente observación, por lo que no se

modifica.

De lo anterior, se concluye que el presente resultado se modificó con lo relacionado a los

dos expedientes no proporcionados durante la ejecución de la auditoría.

Recomendación ASC-135-08-04-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas de

control y supervisión para integrar, archivar y custodiar los expedientes de los prestadores

de servicios, como lo establece el numeral XII del apartado “Funciones” del Manual

Administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Consejería Jurídica y de

Servicios Legales; y los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación

de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,

3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y

Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.

5. Resultado

De los 83 prestadores de servicios se verificó que contaran con los contratos de prestación

de servicios formalizados por la CJSL, y se observó lo siguiente:

1. Ochenta y un contratos de prestadores de servicios cuentan con las firmas requisitadas.

526 VOLUMEN 5/13

2. Un contrato de prestador de servicios, se informó que esta persona no laboró en

la CJSL.

3. El contrato de un prestador de servicios (folio 796) no fue proporcionado durante la

auditoría; sin embargo, la Subdirección de Recursos Humanos informó mediante

respuesta al cuestionario de control interno mencionado anteriormente que “dichos

expedientes fueron solicitados y entregados al […] Auditor de la Contraloría Interna en

la CJSL, el día 03 de agosto del presente año […] por Enlace Administrativo en la

Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio con motivo de

la auditoría que realizó la Contraloría Interna en la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales, mismos que no han sido devueltos a dicha área”.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero de 2010,

la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:

“Se anexa contrato (796) de la C. Pineda Pineda Yara Heidi, debidamente formalizado”.

Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, esta proporcionó el contrato correspondiente

a la C. Pineda Pineda Yara Heidi, debidamente formalizado; por lo tanto, el presente resultado

se modifica.

6. Resultado

Se verificó que los prestadores de servicios contratados por la CJSL en 2008 e incluidos en

las nóminas proporcionadas en archivo magnético por la Dirección Ejecutiva de Administración

en la CJSL no hubieran tenido simultáneamente otro empleo, cargo o comisión en la

Administración Pública del Distrito Federal. Sobre el particular, se efectuó lo siguiente:

Mediante una conciliación entre las nóminas del Gobierno del Distrito Federal y la base de

datos de las nóminas de los prestadores de servicios por honorarios contratados por la CJSL

en 2008, se determinó lo siguiente:

1. Se detectó que en 2008 tres personas que aparecen en las nóminas de prestadores

de servicios, también habían laborado con cargo a las nóminas de base en la CJSL.

527 VOLUMEN 5/13

Para verificar que dichos prestadores de servicios no laboraron en ambos cargos en

forma simultánea, mediante el oficio núm. ASC/135/08/14, del 10 de noviembre de 2009,

se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración que proporcionara los expedientes

de los tres trabajadores de nómina correspondientes a 2008, asimismo, con el oficio

núm. ASC/135/08/20, del 24 de noviembre de 2009, se solicitó que proporcionara

las constancias de movimientos, constancia de nombramiento, recibos de nómina

o documento mediante el cual se le realizaron los pagos, listas o tarjetas de asistencia,

horario y días de la semana en que prestaron sus servicios en la CJSL durante 2008.

En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Administración proporcionó dicha información,

con la cual se constató que los tres prestadores de servicios laboraron en diferentes

períodos en uno y otro cargo dentro de la CJSL.

2. Diecisiete prestadores de servicios laboraron durante 2008 en las siguientes instancias:

en las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero y La Magdalena Contreras; en la

Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal, en la Coordinación

General de Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal y en la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM.

Con objeto de comprobar que los 17 prestadores de servicios no laboraron simultáneamente

en las instancias mencionadas y en la CJSL, mediante los oficios núms. ASC/09/1721,

ASC/09/1722, ASC/09/1723, ASC/09/1725 y ASC/09/1726, todos del 9 de noviembre de 2009,

y ASC/09/1868, del 2 de diciembre de 2009, se solicitó a dichas instancias que proporcionaran

información y documentación relativa a los 17 prestadores de servicios, consistente en:

constancia de nombramiento, recibos de nómina del 2008, o documento mediante el cual

se realizó el pago en ese ente, listas o tarjetas de asistencia de 2008, horario y días de la

semana en que prestó sus servicios durante 2008.

Dichos entes remitieron la información y documentación mediante los oficios

núms. DAP/DGRH/OM/SSP/7637/2009, DAP/DGRH/OM/SSP/7863/2009 y

DAP/DGRH/OM/SSP/7874/2009, del 12, 26 y 30 de noviembre de 2009, respectivamente,

de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal; DGADP/03436/2009,

del 13 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Administración y Desarrollo

de Personal de la OM; DB10-1.2.2.3.2/2524/2009, del 13 de noviembre de 2009, de la

Delegación La Magdalena Contreras; DGAM/DGA/0311/2009, del 13 de noviembre de 2009,

528 VOLUMEN 5/13

de la Delegación Gustavo A. Madero; DGA/2073/2009, del 20 de noviembre de 2009, de

la Delegación Cuauhtémoc, y OM/DGA/1900/2009, del 4 de diciembre de 2009, de la

Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor.

1. De la revisión de la información y documentación remitidas por los entes, se verificaron

los casos de los servidores públicos que prestaron servicios en la Delegación

La Magdalena Contreras y en la Dirección General de Administración y Desarrollo de

Personal de la OM al respecto no se detectaron irregularidades.

2. En cuanto al servidor público que prestó sus servicios en la Delegación Cuauhtémoc

se indicó que trabajó con un horario de 9:00 a 16:00 hrs. de lunes a viernes; respecto

al servidor público que prestó sus servicios en la Delegación Gustavo A. Madero, se

indicó que laboró de enero a la primera quincena de abril de 2008 con un horario de

8:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes y a partir del 16 de abril de 2008 con un horario

de 16:00 a 22:00 hrs. de lunes a viernes, y en cuanto al servidor público que laboró en

la Dirección General de la Oficialía Mayor, se proporcionaron los recibos de pago

correspondientes al ejercicio de 2008; sin embargo, en los contratos de los tres

prestadores de servicios no se establece el horario de labores.

3. Respecto a los 12 servidores públicos que prestaron sus servicios en la Secretaría

de Seguridad Pública del Distrito Federal, se observó lo siguiente:

a) Cuatro laboraron de lunes a viernes con los siguientes horarios: dos de 8:00

a 15:00 hrs. uno de 9:00 a 16:00 hrs. y otro de 15:00 a 22:00 hrs.

b) De ocho se proporcionaron las fatigas de servicios de 2008. Del análisis de éstas

se desprende que dichos servidores registraron diversos horarios, por lo que no

es posible definir el horario que tuvieron en el ejercicio de 2008.

Por lo anterior, se concluye que en los contratos de los 20 prestadores de servicios no se

establece el horario de labores. Asimismo, la Subdirección de Recursos Humanos, con el

oficio núm. CJSL/DEA/SRH/2950/2009, del 28 de octubre de 2009, informó que “el Prestador

de Servicios Profesionales no recibe sueldo, sino honorarios, cuenta con un Registro Federal

de Contribuyentes como profesionista o técnico, no está sujeto a un horario determinado,

y desarrolla sus actividades bajo un contrato de prestación de servicios profesionales,

529 VOLUMEN 5/13

que es de naturaleza civil y no laboral. Por ende el Prestador de Servicios Profesionales

no registra su asistencia en listas”.

Cabe señalar que de los 17 prestadores de servicios, 13 presentaron escrito en el que

manifiestan no tener otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que no ha celebrado

contrato alguno como prestador de servicios profesionales con el mismo Gobierno del

Distrito Federal; 3 no presentaron dicho escrito.

Un prestador de servicios presentó escrito del 7 de abril de 2008, con el cual señala que

“me permito manifestar bajo protesta de decir verdad, que me encuentro laborando en la

Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal, en la Dirección

Ejecutiva de Seguridad Privada, ocupando la plaza 1200202, así mismo manifiesto que

no he celebrado contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno

del Distrito Federal”.

Por este último caso, la Subdirección de Recursos Humanos incumplió el numeral 5,

incisos a) y b), del capítulo II, “Disposiciones Generales”, de los Lineamientos para la

Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo

a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de

Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”,

vigentes durante 2008, el cual señala: “No procederá la celebración de ningún tipo de

contrato de prestadores de servicios en los siguientes casos: a) Cuando el interesado en

prestar el servicio desempeñe un empleo, cargo o comisión en la Administración Pública

Federal o del Distrito Federal, o lo haya desempeñado hasta un año antes de la publicación

de la convocatoria, o fecha de celebración del contrato […] y b) Cuando el interesado en

prestar el servicio tenga celebrado otro contrato de prestación de servicios en el Gobierno

del Distrito Federal”. Asimismo, incumplió el artículo 47, fracción XI, de la Ley Federal de

Responsabilidades de los Servidores Públicos, que señala: “Todo servidor público tendrá

las siguientes obligaciones, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad

y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y

cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin

perjuicio de sus derechos laborales, así como de las normas específicas que al respecto

rijan en el servicio de las fuerzas armadas […] XI.- Abstenerse de desempeñar algún otro

empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley le prohíba”.

530 VOLUMEN 5/13

Respecto a los tres prestadores de servicios que no presentaron el escrito en el que

manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en el Gobierno del

Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador

de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal, la Subdirección de Recursos

Humanos no se sujetó al numeral 1.3.7 del apartado 1.3, “Contratación, Nombramientos,

Identificación y Expedientes de Personal” de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente desde el 13 de abril de 2007, que

señala que, “Previo a la formalización de la relación laboral, el aspirante a ocupar una

plaza en alguna de las Dependencias o Entidades, deberá entregar lo siguiente […]

k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo en

el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno

como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal…”.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010, del 12 de enero

de 2010, la CJSL, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó

lo siguiente:

“Se presentan cuatro declaraciones de prestadores de servicios profesionales.”

Adicionalmente se informa que:

“A. Se anexa de la C. Mendoza Patiño Luz María, Prestador de Servicio Profesionales el

escrito original en el que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro

empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado

contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito

Federal de fecha 16 de abril de 2008.

”B. Se anexa del C. Jiménez Garrido Marco Antonio, Prestador de Servicio Profesionales

el escrito original en el que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro

empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado

contrato alguno como prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito

Federal de fecha 01 de julio de 2008.

531 VOLUMEN 5/13

”C. Se anexa de la C. Monroy Ahumada Socorro Esperanza, Prestador de Servicio

Profesionales el escrito original, con carácter devolutivo, en el que manifiesta bajo

protesta de decir verdad, ‘que el cargo que desempeño en otro empleo o comisión

dentro del Gobierno del Distrito, no interfiere con las actividades encomendadas en

el contrato de Prestación de Servicios Profesionales’ de fecha 1 de abril de 2008.

”D. Se anexa de la C. Fernández Ramírez María Eugenia, Prestador de Servicio

Profesionales el escrito original, con carácter devolutivo, en el que manifiesta bajo

protesta de decir verdad, ‘que el cargo que desempeño en otro empleo o comisión

dentro del Gobierno del Distrito, no interfiere con las actividades encomendadas en

el contrato de Prestación de Servicios Profesionales’ de fecha 1 de febrero de 2008.”

Respecto a la respuesta de confronta de la CJSL, se proporcionaron dos escritos en los

que se manifiesta “no tener otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal y que no han

celebrado contrato alguno como prestadores de servicios profesionales con el mismo GDF”.

Asimismo, se proporcionaron dos escritos en los que se señala que el cargo que se

desempeñó en otro empleo o comisión dentro del Gobierno del Distrito Federal, “no interfirió

con las actividades encomendadas en el contrato de Prestación de Servicios Profesionales”.

Sin embargo, los prestadores de servicios no deben contar con otro empleo en el Gobierno

del Distrito Federal, circunstancia que debe manifestarse expresamente en el escrito bajo

protesta de decir verdad, ya que el numeral 5, incisos a) y b), del capítulo II, “Disposiciones

Generales”, de los Lineamientos para la Autorización de Programas de Contratación de

Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales: 3301 “Honorarios”,

3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios Estadísticos y

Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”, vigentes durante 2008, señala que

“no procederá la celebración de ningún tipo de contrato de prestadores de servicios en los

siguientes casos: a) Cuando el interesado en prestar el servicio desempeñe un empleo,

cargo o comisión en la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, o lo haya

desempeñado hasta un año antes de la publicación de la convocatoria, o fecha de

celebración del contrato […] y b) Cuando el interesado en prestar el servicio tenga

celebrado otro contrato de prestación de servicios en el Gobierno del Distrito Federal”,

por lo tanto, no se modifica el resultado.

532 VOLUMEN 5/13

Recomendación ASC-135-08-05-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales implante mecanismos

de control y supervisión para garantizar que la los prestadores de servicios que contrate

no desempeñen un empleo, cargo o comisión en la administración pública federal o del

Distrito Federal, o lo hayan desempeñado hasta un año antes de la publicación de la

convocatoria, de conformidad con los Lineamientos para la Autorización de Programas

de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a las Partidas Presupuestales:

3301 “Honorarios”, 3302 “Capacitación”, 3303 “Servicios de Informática”, 3304 “Servicios

Estadísticos y Geográficos” y 3305 “Estudios e Investigaciones”.

Recomendación ASC-135-08-06-CJSL

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 4.

Partida 3305 “Estudios e Investigaciones”

7. Resultado

Durante el ejercicio de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales ejerció un importe

de 56,257.7 miles de pesos con cargo a la partida 3305 “Estudios e Investigaciones”, de la

que se seleccionó una muestra de dos CLC, la núm. 25 C0 01 001261 del 22 de diciembre

de 2008, por un importe total de 37,379.2 miles de pesos. Y la núm. 25 C0 01 01389, del

31 de diciembre de 2008, por un importe de 10,620.8 miles de pesos. Estas representan

el 85.3% del presupuesto total ejercido en la partida, y el 21.0% del presupuesto total

ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos).

1. Se verificó que las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control

de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos

inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados

para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples

y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió

los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”,

y IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta

533 VOLUMEN 5/13

por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

2. Para verificar que dicho gasto se realizara y registrara correctamente, que el procedimiento

de adjudicación contara con toda la documentación justificativa y comprobatoria de

conformidad con la normatividad aplicable, mediante el oficio núm. ASC/135/08/01, de

fecha 7 de septiembre de 2009, se solicitó a la Subdirección de Recursos Financieros

que proporcionara la CLC núm. 25 C0 01 01261, del 22 de diciembre de 2008, por un

importe de 37,379.2 miles de pesos, y la CLC núm. 25 C0 01 01389, del 31 de

diciembre de 2008, por un importe de 10,620.8 miles de pesos.

La documentación justificativa consistió en el contrato tipo núm. 084, celebrado el 24 de

noviembre de 2008 con el proveedor Futuver, S.A. de C.V. Dicho contrato se autorizó

en la quinta sesión extraordinaria, en el caso núm. 12, del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales, celebrada el 19 de noviembre de 2008. El procedimiento de adquisición

del servicio fue por adjudicación directa, de conformidad con los artículos 134 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. párrafo segundo, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal; y 1o. fracción VI, y 41, fracción I, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, derivado de las requisición

núm. 0369.

Al analizar la documentación soporte que se anexó a la CLC núm. 25 C0 01 01261 se

observó que el contrato tipo núm. 84, celebrado con la empresa Futuver, S.A. de C.V., fue

por un monto de 48,000.0 miles de pesos, derivado del “Programa para la Modernización

de los Registros Públicos de la Propiedad de los Estados”.

Con fecha 14 de noviembre de 2008, la Consejera Jurídica y de Servicios Legales envió a

los miembros del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

de la CJSL la justificación y autorización para llevar a cabo la contratación, mediante el

procedimiento de adjudicación directa, de los servicios prestados por el proveedor

Futuver, S.A. de C.V., para la ejecución del “Proyecto de Modernización del Registro

Público del Distrito Federal”, que se describen a continuación.

534 VOLUMEN 5/13

“El Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, es la institución

a través de la cual, el Gobierno de la ciudad, otorga garantía de certeza jurídica a los

actos de registro y publicidad que la ley instruye y la ciudadanía demanda, para cumplir

con esta misión, tiene dos grandes funciones, inscribir actos jurídicos y darles publicidad por

medio de diversas consultas, copias y certificados. Para lo cual cuenta con un catálogo de

casi 400 trámites y servicios.

”El dinámico crecimiento de la ciudad de México, y la consecuente necesidad de regularización

inmobiliaria, han propiciado un significativo incremento en el volumen de operaciones que

ingresan diariamente a la institución; este volumen de operación es el más importante del

país con más de 1500 solicitudes de servicios diariamente. De ahí la importancia de que

los servicios que otorga el Registro Público de la Propiedad y de Comercio cumplan con

los estándares internacionales de calidad y eficiencia; por lo que se torna indispensable

utilizar herramientas tecnológicas que permitan a la autoridad encargada del Registro

Público, mediante un Programa de Modernización Integral, garantizar la certeza, seguridad

jurídica y protección a la propiedad, su transmisión, gravámenes y los efectos de los

derechos inscritos; así como de los actos jurídicos realizados por empresas y personas

morales.

”El modelo integral de Modernización plantea las metas de toda institución registral

nacional; esto es, establece de manera sistemática, la existencia de 9 componentes a saber:

Marco Jurídico, Procesos Registrales, Tecnologías de la Información, Gestión de Calidad,

Profesionalización de la Función Registral, Políticas Institucionales, Gestión y Acervo

Documental, Participación y Vinculación con otros Sectores, e indicadores de Desempeño,

los cuales son susceptibles de ser cuantificados objetivamente.

”El alcance del proyecto es la modernización de la Institución del Registro Público y de las

oficinas que tiene para ofrecer el servicio que la ciudadanía demanda.

”La realización de este objetivo principal, se consigue a través de la cobertura integral

de los siguientes objetivos de apoyo:

535 VOLUMEN 5/13

”Adecuación del marco jurídico garantizando un registro público declarativo con el

cumplimiento de los principios registrales que señala el modelo integral de registro

público.

”Poner en marcha un Organismo con autonomía e independencia para la gestión del

Registro Público de la Propiedad.

”Definición de un esquema de responsabilidades de los empleados, funcionarios y directivos

del Registro.

”Definición, documentación y estandarización de los procesos organizativos que se

establecerán en las oficinas del Registro Público del Distrito Federal.

”Definición de nuevos servicios registrales que requieren los usuarios institucionales,

el mercado inmobiliario y los ciudadanos.

”Definir los mecanismos para garantizar que el gran cambio que se producirá en el Registro

público de la propiedad esté sujeto a una mejora continua.

”Así con fecha del 8 de septiembre de 2008, el Gobierno del Distrito Federal y el Ejecutivo

Federal por conducto de La Consejería Jurídica, suscribieron el Convenio de Coordinación

para el otorgamiento de Recursos Federales para ser destinados a la Modernización del

Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.

”Dicho convenio tiene por objeto asignar conjuntamente, sendas cantidades de recursos

presupuestarios, con la finalidad de que el Registro Público de la Propiedad del Distrito

Federal, se convierta en un organismo eficiente y eficaz que garantice plenamente la certeza

jurídica de los derechos inscritos.

”Bajo esta perspectiva, de manera general el objetivo principal del Programa de Modernización

para el Registro Público de la Propiedad será ‘Modernizar el Registro Público de la

Propiedad y de Comercio del Distrito Federal garantizando el desarrollo de la función que

tiene asignada: ofrecer seguridad jurídica mediante la inscripción y publicidad de los actos

que requieren satisfacer tal requisito para surtir efectos frente a terceros’.

536 VOLUMEN 5/13

”De acuerdo con los diagnósticos realizados para determinar las necesidades de cambio

del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como con los sondeos

correspondientes, se estima que para el cumplimiento total del Proyecto de Modernización

para el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, se requiere

un presupuesto de aproximadamente 370,000.0 (miles de pesos), por los tres años en los

que se pretende realizar, mismo que será financiado por los gobiernos local y federal […]

”Es importante señalar que el Proyecto de Modernización del Registro Público de la

Propiedad y de Comercio del Distrito Federal se estima tendrá su desarrollo en el período

comprendido del 24 de noviembre de 2008 al 30 de marzo de 2011, esto es en tres años,

proyecto que estará financiado por los gobiernos local y federal.

”La erogación de recursos para el presente ejercicio se ampara bajo el Convenio de

Coordinación para el otorgamiento de Recursos Federales, que serán destinados a la

Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal,

que celebraron los citados gobiernos con fecha 8 de septiembre de 2008, y en el cual se

pactó en su cláusula séptima en relación con la segunda, que el gobierno local aportaría

la cantidad de 48,000.0 (miles de pesos) y el gobierno federal una cantidad igual que hacen

un total de 96,000.0 (miles de pesos), para el ejercicio 2008. Esta erogación es para

concretar la primera fase de la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de

Comercio del Distrito Federal. La primera fase en materia de Consultoría, se desarrollará

de acuerdo a los siguientes componentes:

”Marco Jurídico

”Procesos Registrales

”Tecnologías de Información

”Gestión de Calidad

”Profesionalización

”Políticas Institucionales

537 VOLUMEN 5/13

”Gestión del Acervo

”Vinculación con otros Sectores

”Indicadores

”Administración del Cambio

”La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no cuenta con los estudios específicos

relativos al caso, el personal, ni con las unidades administrativas para llevar a cabo el

desarrollo de los componentes integrales que componen el Proyecto estatal de Modernización

del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.

”En este orden de ideas, se reitera que se requiere del personal debidamente capacitado

y certificado, con una amplia experiencia en consultoría y tecnología en materia registral,

para el desarrollo integral del proyecto.

”A efecto de contar con diversas opciones para la realización de un proyecto integral

de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal,

la Dirección Ejecutiva de Administración de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,

realizó una exploración en el mercado, para detectar a la empresa que contara con

los recursos y experiencia necesarios para ejecutar el Programa de Modernización de la

institución registral, considerando a las siguientes empresas y una Institución Educativa:

Alternativas en Economías, S.A. de C.V., Servicios Profesionales GISnet, S.C., Centro de

Información Registral, Catastral, y Economía. A.C., Universidad Autónoma Metropolitana,

y Futuver, S.A. de C.V.

”A efecto de apoyar esta tarea, se estableció el Comité Interdisciplinario de Evaluación y

seguimiento del Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad

del Distrito Federal, el cual está integrado por el Director General del RPP, los Directores

de Proceso Registral, de Inmuebles Públicos y Registro de Programas, de Acervos

Registrales y Certificados y de Informática, así como por los Subdirectores de Ventanilla

Única y de Control de Gestión y de Dictaminación Registral, quienes llevaron a cabo el

análisis técnico de la información proporcionada por diversas empresas e Instituciones

538 VOLUMEN 5/13

de Educación Superior, con el fin de conocer su capacidad técnica, curricular y de

experiencia en la materia registral para ejecutar el proyecto mencionado, arrojando como

resultado lo siguiente:

”A. La empresa Alternativas en Economía, S.A. de C.V., en las fases de diseño,

implementación y consolidación, no se menciona la elaboración de un diagnóstico que

permita conocer la situación actual del Registro, en la etapa de Consolidación, señala

el establecimiento de un Sistema de Gestión de Calidad, sin que se mencione el diseño

particular que requiere el Registro, es decir, no cumplió con el esquema de integralidad

del proyecto.

”B. La empresa Servicios Profesionales GISnet, S.C, manifestó tener capacidad para

el desarrollo de los 9 componentes que marca el PEM; sin embargo, no acreditó

experiencia en la ejecución de algún proyecto integral.

”C. La empresa Centro de Información Registral, Catastral y Económica, A.C., con escrito

de fecha 14 de octubre de 2008, a través del presidente de su Consejo Directivo,

informó que no tiene interés en participar en el referido Programa de Modernización.

”D. Por su parte, la Universidad Autónoma Metropolitana, informó a través del oficio

número SG.3985.2008, de fecha 3 de noviembre de 2008, firmado por el Secretario

General de dicha casa de estudios, quien hizo del conocimiento que no cuentan con

la capacidad para ejecutar el Programa Estatal de Modernización del Registro Público

de la Propiedad del Distrito Federal.

”E. La empresa Futuver, S.A. de C.V., de la documentación remitida por la empresa

se desprende lo siguiente: ha ejecutado el proyecto integral de modernización del

Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio del Estado de Tamaulipas;

ha participado en más de 80 proyectos integrales de modernización de Registros

Públicos en España. La gestión de proyectos la desarrolla mediante una herramienta

denominada IDINET, implantada, según lo refiere en su documentación, en más

de 15 organizaciones y centros tecnológicos, dispone de licencia para distribuir

una solución tecnológica adecuada al modelo integral y bajo técnica de Folio

Real, Futuver, S.A de C.V. ha desarrollado una solución propia denominada Futureg,

539 VOLUMEN 5/13

de la cual es propietaria de la licencia. En su documentación describe capacidad para

atender nueve componentes: Procesos Registrales, Marco Jurídico, Profesionalización

de la Función Registral; Gestión y Acervo Documental; Tecnologías de la Información;

Políticas Institucionales; Indicadores de Desempeño; Participación y Vinculación con

otros Sectores y Gestión de Calidad.

”Con los antecedentes anteriores, se concluye que la única empresa que cuenta con la

capacidad técnica, humana y tecnológica para llevar a cabo el desarrollo integral del

Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad del Distrito

Federal, es la empresa FUTUVER, S.A. de C.V.

”En este sentido, se somete a consideración del H. Cuerpo Colegiado la contratación

de este servicio a cargo de la empresa FUTUVER, S.A. de C.V., al amparo de la fracción I

del artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,

en razón de que por las justificaciones planteadas anteriormente y en estricto apego a la

hipótesis normativa que prevé el precepto legal de referencia, no existe ni se cuenta con

alternativas o sustitutos técnicamente razonables que puedan desarrollar armónica e

integralmente el proyecto de modernización en los términos que se plantean, de acuerdo

a las necesidades técnicas que se requieren para la Modernización del Registro Público

de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Aunado a lo anterior y tomando en

cuenta que la realización del proyecto no se podrá concretar en el corto plazo sino que

se requiere para su implementación de varios ejercicios, queda sujeta la contratación

en los ejercicios posteriores a la disponibilidad presupuestal con que se cuente.

”Autorización:

”Con base en el artículo 134 Constitucional y los artículos 1º fracción VI, 40 y 41 fracción I

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tengo a bien

solicitar de este H. Cuerpo Colegiado la autorización para llevar a cabo la contratación,

mediante el procedimiento de Adjudicación Directa, para la ejecución del ‘Proyecto de

Modernización del Registro Público del Distrito Federal’, por un importe total de 48,000.0 miles

de pesos incluido IVA, por el período del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008,

con cargo a la partida 3305 ‘Estudios e Investigaciones’, recursos del Programa Estatal

540 VOLUMEN 5/13

de Modernización (PEM), derivados del Convenio de Coordinación para el otorgamiento de

Recursos Federales, que serán destinados a la Modernización del Registro Público de la

Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de fecha 8 de septiembre de 2008.

”En la 5a. sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de la Consejería, celebrada el 19 de noviembre de 2008, el H. Cuerpo Colegiado

aprueba por unanimidad la contratación mediante el procedimiento de Adjudicación Directa

la cual rebasó el monto de actuación (240.0 miles de pesos), del Prestador de Servicios

‘Futuver, S.A. de C.V.’, para la realización del ‘Servicio de Consultoría Especializada

para la implementación del Programa Estatal de Modernización’, con cargo a la partida

3305 ‘Estudios e Investigaciones’, por un importe de 48,000.0 miles de pesos IVA incluido.

La vigencia del contrato es del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008, de

conformidad a lo establecido en los artículos 134 Constitucional; y 22, 25 y 41 fracción I

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

”Asimismo, con el oficio núm. 075/ICyTDF/DG/EyP/2008, del 08 de mayo de 2008,

la Directora General y el Coordinador de Estudios y Proyectos del Instituto de Ciencia y

Tecnología del Distrito Federal, otorga el Visto Bueno al proyecto denominado Programa

Estatal de Modernización (PEM) 2008-2010 del Registro Público de la Propiedad y del

Comercio.”

Se verificó que Futuver, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento

del contrato, con la fianza núm. 1079646, del 28 de noviembre de 2008, por un monto de

4,173.9 miles de pesos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 73 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

La documentación comprobatoria que soporta el pago consta de las facturas núms. 013,

con un importe de 19,889.9 miles de pesos; 014, con un importe de 17,489.3 miles

de pesos; y 025, con un importe de 10,620.8 miles de pesos, de fechas 5, 17 y 31 de

diciembre de 2008, respectivamente, y que corresponden al pago de la primera, segunda

y tercera etapas de los servicios de consultoría especializada para la implementación del

Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio

del D.F.

541 VOLUMEN 5/13

Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008.

8. Resultado

Respecto a los resultados del estudio contratado, la cláusula primera del contrato tipo

núm. 084, celebrado con la empresa Futuver, S.A. de C.V., establece que “el prestador de

servicios se compromete a entregar a La Consejería los resultados del estudio contratado

mediante entregables, los cuales comprenden un total de 68 documentos” sobre el particular,

mediante el oficio núm. ASC/135/11, de fecha 22 de octubre de 2009, se solicitó a la CJSL

que permitiera al personal auditor la revisión de los documentos relativos a los resultados

del estudio.

El 9 de noviembre de 2009, se llevó a cabo la revisión de los entregables, resultado de los

servicios prestados por la empresa Futuver, S.A. de C.V., en las oficinas de la Dirección

General de Registro Público de la Propiedad y de Comercio, ubicada en Manuel Villalongín

núm. 15, Colonia Cuauhtémoc, en presencia de los asistentes en la Dirección General

de Registro Público de la Propiedad y de Comercio, personal que fue asignado por el

Director General para proporcionar los documentos. En dicha inspección, se revisaron

cada uno de los 68 entregables y los números de páginas de éstos, establecidos en el

contrato tipo 084, celebrado el 24 de noviembre de 2008. Dichos entregables consistieron

en cuadernillos y/o carpetas que contienen información correspondiente a cada uno de los

resultados acordados en el programa y que se describen en el contrato en la cláusula

primera, como a continuación se detalla:

542 VOLUMEN 5/13

Entregables Número de páginas

1. Plan estratégico del Marco Jurídico 30 2. Informe de Inconsistencias 147 3. Informe de Estrategia de Incorporación de Medios Electrónicos 23 4. Lista de Adecuaciones a Instrumentos Jurídicos 19 5. Lista de Cambios requeridos en Código Civil y Reglamento 39 6. Propuesta de Nuevo Marco Jurídico (Código Civil, Reglamento, Ley) 177 7. Propuesta de Adecuaciones más Importantes a Otros Marcos Jurídicos

íntimamente relacionados

106 8. Plan Estratégico de Reingeniería de Procesos 28 9. Informes de Visitas Iniciales al RPP 144 10. Informe Propuesta de Consenso de Procesos 34 11. Informe de Necesidades y Premisas 16 12. Guía para Inventario Categorizado de Libros 32 13. Guía para Inventario de Folios Reales en Bóveda 44 14. Guía para Inventario de Libro de Dictámenes 22 15. Informe del Impacto de Implantación de Nuevos Procesos 27 16. Análisis Funcional para la definición del Lenguaje XML 685 17. Guía Rápida de Procedimientos 32 18. Manual Detallado de Procesos 63 19. Plan Estratégico de Tecnologías de Información 30 20. Informe de Necesidades del Sistema Informático Registral a implantar 44 21. Informe del Sustento Jurídico para las Funcionalidades

del Nuevo Sistema Informático 31

22. Diagrama Conceptual de Migración al Nuevo Sistema Informático Registral 83 23. Manual de Migración Conceptual al Nuevo Sistema Informático Registral 273 24. Mapa General de Procesos 52 25. Diagrama General de Infraestructura 72 26. Anexos Técnicos de Instalación de Software en Equipos 110 27. Anexos Técnicos de Licitaciones de Equipo 77 28. Informe de Recepción Correcta y Configuración de Equipo Correcta 69 29. Listado de Personas que se proponen como Equipo de Modernización 4 30. Plan Estratégico para la Profesionalización 32 31. Informe de Roles con Perfil Personal de cada Directivo 273 32. Actas de Participación en el Estudio 49 33. Informe de Perfil Personal 860

3 tomos 34. Actas de Asistencia a la Entrevista 47 35. Informe de Indicadores de RRHH 22 36. Presentación Ejecutiva del Análisis Completo 45 37. Informe de Detección de Talento y Capacidad de Desarrollo Profesional 22 38. Informe de Evaluación de Personal 36 39. Actas de Asistencia a las Evaluaciones 18 40. Informe de Personal con Plan Amortización Personalizada 6 apartados

Continúa…

543 VOLUMEN 5/13

… Continuación

Entregables Número de páginas

41. Actas de Reunión 19 42. Informe de Acuerdos Alcanzados 11 43. Informe Carencias y Necesidades del Personal y la Solución para Mejorarlo

a Largo Plazo

21

44. Informe de Entrenamiento del RPP durante Proyecto 14 45. Informe de Plan de Desarrollo Individual para Próximo Año 58 46. Contenidos Jurídicos Necesarios para el Entrenamiento Presencial 1 carpeta47. Contenidos Jurídicos de Entrenamiento On Line 231 48. Contenidos Organizativos Necesarios para el Entrenamiento Presencial 109 49. Contenidos Organizativos de Entrenamiento On Line 333 50. Informe de Aplicación de casos Prácticos a Directivos 9 51. Definición de Cada caso Práctico 12 52. Actas de Aplicación de Dinámicas 21 53. Contenidos en Calidad de Servicio Necesarios para el Entrenamiento Presencial 122 54. Contenidos en Calidad de Servicio de Entrenamiento On Line 158 55. Plan Estratégico para las Políticas Institucionales 22 56. Diagnóstico de Autosustentabilidad Financiera y de Gestión del RPP 16 57. Estrategia para la Creación del Instituto Registral como Organismo Público

Descentralizado encargado de la Función Registral 25

58. Análisis y Justificación de la Estructura Organizativa y Desarrollo de la Estrategia de Funcionamiento del Instituto Registral

17

59. Manual de Organización y de Procedimientos del Instituto Registral 23 60. Informe de Personal con Capacidad de Liderazgo y Posibles Transmisores

del Cambio Cultural 8

61. Informe de las Variables Significativas del Cambio 15 62. Informe de la Cultura Institucional y Propuesta de Valores Corporativos.

Incluye Dinámicas de Grupo y Entrega de Código de Ética 19

63. Plan Estratégico del Cambio 30 64. Informe de cómo realizar la Comunicación del Proyecto Acciones Concretas

a realizar durante el Primer Año del Proyecto para sensibilizar Personal 22

65. Informe de Acciones y Medidas para Superar la Resistencia Inicial al Cambio 16 66. Plan de Acción para Aceptación del Cambio 21 67. Acta de Instalación y Puesta en marcha de IDINET DF 2 68. Informes Mensuales de Seguimiento del Proyecto. Noviembre y Diciembre 33

Por otra parte, la cláusula segunda del contrato establece que “la vigencia del contrato

será del 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2008. La fecha límite en la que ‘el

prestador de servicios’ deberá entregar los resultados respecto de los estudios derivados

de la prestación de servicios de Consultoría Especializada para la implementación del

Programa Estatal de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio

del Distrito Federal a ‘La Consejería’, será el 31 de diciembre de 2008”.

544 VOLUMEN 5/13

Al respecto, se presentó un escrito de fecha 17 de diciembre de 2008, signado por la Directora

de División de Registro de la empresa Futuver, S.A. de C.V., dirigido al Director General

del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, mediante el cual

se le hizo entrega de los resultados (entregables) correspondientes al Programa Estatal

de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, según el contrato

núm. 084/2008.

Mediante el oficio núm. ASC/09/1677, del 30 de octubre de 2009, la CMHALDF notificó

al proveedor Futuver, S.A. de C.V., la práctica de compulsa para que proporcionara la

documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008,

la cual entregó el 6 de noviembre de 2009, sin que se detectaran diferencias respecto a la

presentada por el sujeto fiscalizado.

Por todo lo anterior, se concluye que se dio cumplimiento a lo establecido en el contrato

tipo número. 84, celebrado con la empresa Futuver S.A. de C.V.

9. Resultado

Con objeto de conocer los beneficios que se han obtenido en relación con los trabajos

realizados para la Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, con

el oficio núm. ASC/135/08/17, del 13 de noviembre de 2009, se remitió un cuestionario

de control interno. Al respecto, el Director General del Registro Público de la Propiedad

y de Comercio del Distrito Federal, informó:

“El Programa de Modernización del Registro Público de la Propiedad y de Comercio

del Distrito Federal, es un proyecto integral a tres años […] sin embargo, actualmente, se

implementó el Boletín Registral Electrónico, se puso en marcha el Procedimiento de ingreso

vía Internet de las solicitudes de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes,

se adecuó el marco jurídico, se actualizó la estructura y contenidos de la página web

y se atendió los convenios de colaboración celebrados con organismos públicos y grupos

o asociaciones inmobiliarias.

”Como una medida que forma parte del conjunto de acciones para fomentar la reactivación

económica de la ciudad de México, se determinó el nuevo servicio de solicitud electrónica,

545 VOLUMEN 5/13

a través de Internet, del certificado de existencia o inexistencia de gravámenes. Este trámite

es de los más recurrentes dentro del Registro Público, por lo que nació la necesidad

de agilizar el procedimiento de expedición, por lo tanto, se estableció un término de cinco

días hábiles para expedirlo. Con esta medida se mejoran sustancialmente los tiempos de

respuesta en el servicio brindado a los usuarios. A partir del 1 de julio de 2009, se puede

solicitar por Internet la expedición del certificado, en la página www.consejeria.df.gob.mx,

lo que representa que el usuario no tenga que asistir a la institución para requerir el trámite;

adicionalmente se cuenta con la posibilidad de recibir el mencionado documento en la

casa u oficina del solicitante, mediante el pago del servicio de mensajería. Cabe señalar,

que de la revisión a dicha página de Internet, se constató que es posible elaborar los

trámites antes mencionados.

”En el marco de la Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal, se

implementa la actualización de los procesos y procedimientos, así como la reingeniería

de la página web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y del propio Registro

Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.

”Por otra parte, se encuentra determinada la estructura y funcionalidad del mencionado

portal, el que de manera esquemática, amigable e interactiva, proporciona desde finales

del mes de julio de 2009, información actualizada sobre los trámites y servicios que brinda el

Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como nuevas funcionalidades para la

obtención de servicios en línea, a través de la Ventanilla Virtual de la Institución Registral.

”Asimismo, para dar viabilidad legal a los anteriores servicios, se adecuó el marco jurídico

con reformas y adiciones al Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito

Federal, las cuales fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Con estas

modificaciones se estableció la eliminación del área de Dictaminación Registral, con el objeto

de mejorar los flujos de gestión interna y la calificación integral.”

De lo anterior, se concluye que el Registro Público de la Propiedad y de Comercio

ha obtenido beneficios a través del Programa Estatal de Modernización del Registro

Público de la Propiedad del Distrito Federal, el cual se empezó a desarrollar a partir del

24 de noviembre de 2008 y concluirá en 2010.

546 VOLUMEN 5/13

Partida 3409 “Patentes, Regalías y Otros”

10. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL ejerció 12,715.9 miles de pesos en la partida 3409 “Patentes,

Regalías y Otros”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la determinación

de la muestra, se seleccionaron para su revisión las CLC núms. 25 C0 01 01267, del

24 de diciembre de 2008, por un monto de 7,791.2 miles de pesos; y 25 C0 01 01395,

del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 2,362.4 miles de pesos, siendo el importe

total de la muestra de 10,153.6 miles de pesos, el cual representó el 79.8% del importe

ejercido en la partida.

Las CLC revisadas son impresiones del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE)

y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para elaborar y autorizar las

Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-

Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió los apartados IV, “Lineamientos

Generales para los Trámites Presupuestarios”, y IV.3, “Registro de Operaciones

Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008.

1. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01267, se adquirió la licencia anual ilimitada en número

de documentos de la tecnología Scrambled Indicia versión 5.1, para el Registro Público

de la Propiedad y de Comercio; y con la CLC núm. 25 C0 01 01395, se adquirieron

dos licencias de Windows Server (Windows Server 2008 Enterprise x64) en español,

siete licencias de Windows Server (Windows Server 2008 Estándar x64) en español, dos

licencias de gestor de base de datos (SQL Server 2008 Enterprice x64) en español,

una licencia de gestor de base de datos (SQL Server 2008 Estándar x64) en español, una

licencia (System Center Operation Manager x54) en español, una licencia (System Center

Configuration Manager x54) en español y 550 licencias de Cals (de Configuration

Manager) en español, siendo un total de 564 licencias. El sistema Scrambled Indicia

se adquirió con el objetivo de abatir la problemática de alteración y falsificación de

documentos dentro del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, éste protege

547 VOLUMEN 5/13

los documentos al momento de ser impresos. La medida de seguridad consiste en la

impresión de un gráfico con elementos únicos y particulares que identifican al propio

documento, para evitar así que pueda ser alterado en su contenido o bien reproducido

de manera apócrifa. Las licencias CALS, se instalaron en el servidor que valida a los

usuarios del Registro Público de la Propiedad y de Comercio en el momento que

se conectan para utilizar la aplicación de Futureg (Sistema de Gestión Integral de los

Registros de la Propiedad).

Estas adquisiciones tuvieron origen en las requisiciones núms. 0354/08, del 7 de octubre

de 2008, y 400/2008, del 14 noviembre de 2008, ambas con sello de suficiencia

presupuestal; sin embargo, no contaron con el sello de “no existencia en el almacén”,

por lo que el Almacén Central de la CJSL incumplió los numerales 6.2.2, inciso a),

y 6.2.3, del apartado 6.2, “De los almacenes”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2008.

El primero señala que el almacén central será el área responsable: “a) Aplicar los

sellos de ‘Existencia, Existencia Mínima o No Existencia en Almacén’”; el segundo,

que previo a realizar cualquier tipo de compra, la DGA, a través del área de

adquisiciones, solicitará al Almacén Central la información relacionada a la existencia

de bienes, con el propósito de que el Almacén Central verifique con los Almacenes

Locales y/o Subalmacenes, las existencias. Una vez hecha la revisión, el Almacén

Central, deberá estampar el sello de Existencia, Existencias Mínimas o de No Existencia

en Almacén en la requisición de compra.”Además, no observó la norma 61 de las

Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito

Federal, vigentes en 2008, que establece: “Las Dependencias, Órganos Desconcentrados

o Delegaciones, previo a la adquisición de bienes muebles, deberá obtener en las

solicitudes de compra el Sello de Existencia o de No Existencia de Almacén que asentará

y firmará el responsable del Almacén Central, avalando la existencia o no existencia

en los Almacenes Locales o Subalmacenes de su jurisdicción”.

La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01267

consistió en el contrato tipo núm. 103/08, del 28 de noviembre de 2008, por un monto

548 VOLUMEN 5/13

de 7,791.2 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Tornado Solutions,

S.A. de C.V, y para la CLC núm. 25 C0 01 01395, en el contrato tipo núm. 094/08, del

28 de noviembre de 2008, por un monto de 2,362.4 miles de pesos (IVA incluido),

celebrado con el proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V. Dichos

contratos se realizaron con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 1o., párrafo segundo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal; y los artículos 1o., fracción VI, 26, fracción II,

28, fracción II, y 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su Reglamento vigente en 2008.

2. La adquisición de la licencia anual ilimitada Scrambled Indicia versión 5.1, se llevó a

cabo por el procedimiento de adjudicación directa, ésta rebasó el monto de actuación

establecido en el artículo 57 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal de 2008, el cual señala que para la CJSL el monto asignado

en la adjudicación directa fue de 240.0 miles de pesos. No obstante, se contó con la

autorización del titular de la CJSL y del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios en el acta de la úndecima sesión ordinaria del 28 de

noviembre de 2008, para el caso Núm. 13/08, conforme al artículo 54, penúltimo párrafo,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, el cual establece que “para efectos de

lo dispuesto en este artículo, deberá obtenerse previamente la autorización del titular

de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, para lo cual deberá

elaborar una justificación firmada por quien autoriza, en la que se funden y motiven

las causas que acrediten fehaciente y documentalmente el ejercicio de la opción”.

3. Respecto a la adquisición de las 564 licencias Windows Server, se llevó a cabo mediante

el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores con

núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/05/08, en el cual el proveedor Personal y Sistemas

Integrados, S.A. de C.V., de acuerdo con el sondeo de mercado de precios, fue el que

ofreció mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

4. Los proveedores Tornado Solutions, S.A. de C.V., y Personal y Sistemas Integrados,

S.A. de C.V., presentaron en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de

los contratos, con las fianzas núms. 224229-0000, del 1o. de diciembre de 2008,

549 VOLUMEN 5/13

por un monto de 1,016.2 miles de pesos, y 2602 4488 0001000267, del 5 de diciembre

de 2008, por un monto de 205.4 miles de pesos, respectivamente, en cumplimiento de lo

establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008.

5. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Tornado Solutions, S.A. de C.V.,

la cual consistió en la factura núm. 643, del 23 de diciembre de 2008, correspondiente

a la CLC núm. 25 C0 01 01267, por un importe de 7,791.2 miles de pesos; y del

proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., que consistio en la factura

núm. 0788, del 26 de diciembre de 2008, correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01395,

por un importe de 2,362.4 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos

fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación

vigente en 2008.

6. El sistema Scrambled Indicia versión 5.1 fue recibido por la Dirección de Informática,

mediante el acta de entrega de fecha 9 de diciembre de 2008, de acuerdo con lo

establecido en la cláusula novena del contrato tipo núm. 103/08, del 28 de noviembre

de 2008, que señala que “el prestador de servicios se compromete a entregar la

licencia anual ilimitada en número de documentos de la Tecnología Scrambled Indicia

versión 5.1, bienes objeto de este contrato en la Dirección de Informática de la CJSL”.

7. Mediante el oficio núm. ASC/09/1680, del 30 de octubre de 2009, la CMHALDF notificó

al proveedor Tornado Solutions, S.A. de C.V. la práctica de compulsa, para que

proporcionara la documentación relacionada con las operaciones que realizó con la

CJSL durante 2008, la que entregó el 5 de noviembre de 2009, sin que se detectaran

diferencias respecto a la documentación presentada por el sujeto fiscalizado.

8. Respecto a las 564 licencias correspondientes a la factura núm. 788 del contrato tipo

núm. 094/08, en la cláusula novena se establece que “el proveedor se compromete a

entregar el software, objeto de este contrato en el Almacén General de la Consejería

”por ello, mediante el oficio núm. ASC/135/08/11, del 22 de octubre de 2008, se solicitó

a la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL que porporcionara evidencia

documental de las 564 licencias. En respuesta, el Jefe de Unidad Departamental

550 VOLUMEN 5/13

de Almacenes e Inventarios, mediante nota informativa del 28 de octubre de 2009,

informó que ‘de conformidad con la Norma 9, de las Normas Generales de Bienes

Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, lo que corresponde al

capítulo 3000 ‘Servicios Generales’, no ingresaron al almacén central de la CJSL;

pero sin embargo el Almacén Central llevó de manera paralela un control interno

sobre la entrega de la citada adquisición, para tal efecto se anexa el documento”.

Con la finalidad de constatar que las 564 licencias Windows Server hayan ingresado a

la CJSL, mediante el oficio núm. ASC/09/1790, del 17 de noviembre de 2009, se notificó

al proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., la práctica de compulsa,

para que proporcionara la documentación relacionada con las operaciones que realizó

con el sujeto fiscalizado durante 2008, la que entregó el 20 de noviembre de 2009.

Dicho proveedor proporcionó evidencia de la entrega de las 564 licencias mediante

el formato “Reporte de Servicio/Entrega de Productos” del 31 de diciembre de 2008,

con el que recibió el Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo de la Dirección de

Informática de la CJSL, bajo el concepto “entrega de producto nuevo”.

9. Para verificar la existencia de la licencia Scrambled Indicia, versión 5.1, del proveedor

Tornado Solutions, S.A. de C.V., así como de las licencias de Windows Server 2008

del proveedor Personal y Sistemas Integrados, S.A. de C.V., el 9 de noviembre de 2009

se realizó una inspección física en la Dirección de Informática, en presencia del

Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo y el Jefe de Unidad Departamental de Soporte

Técnico y Cómputo y Atención a Usuarios, adscrito a la Dirección de Informática.

En la inspección física se verificó que la licencia anual ilimitada en número de

documentos de la tecnología Scrambled Indicia, versión 5.1, y las 564 licencias que

se mensionan en el numeral 1 del presente resultado, se encuentran instaladas

en la Dirección de Informática con llaves especiales tipo USB, y que corresponden

a las adquisiciones pagadas con las CLC núms. 25 C0 01 01267 y 25 C0 01 01395

seleccionadas en la muestra.

Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, en el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas

551 VOLUMEN 5/13

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008; sin embargo, por no contar con el sello de “No existencia en almacén” en

las requisiciones núms. 0354/08 y 400/2008, el Almacén Central de la CJSL incumplió los

numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3, del apartado 6.2 “De los almacenes” de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008

así como la norma 61 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración

Pública del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no proporcionó

información ni documentación en relación con la presente observación, por lo que no se

modifica.

Recomendación ASC-135-08-07-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca mecanismos

de control y supervisión para asegurarse de que las requisiciones de compra contengan el

sello de “No existencia en almacén”, de acuerdo con lo establecido en la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2008; y en la

norma 61 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública

del Distrito Federal.

Partida 3411 “Servicios de Vigilancia”

11. Resultado

Con cargo a la partida 3411 “Servicios de Vigilancia” la CJSL ejerció un monto de

8,955.2 miles de pesos, para su revisión se seleccionó una muestra de seis CLC emitidas

por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), por conducto de la Policía Auxiliar

del Distrito Federal (PADF), y tramitadas en forma centralizada para su cobro, por un

importe de 3,482.5 miles de pesos, que equivale al 38.9% del total ejercido en dicha partida.

552 VOLUMEN 5/13

A continuación se relacionan las seis CLC seleccionadas:

(Miles de pesos)

Número de CLC Fecha Importe

12 C0 01 00467 27III/2008 662.9 12 C0 01 01856 21/VI/2008 134.9 12 C0 01 01943 26/VI/2008 769.0 12 C0 01 03442 7/X/2008 760.5 12 C0 01 04950 22/XII/2008 742.1 12 C0 01 05309 31/XII/2008 413.1

Total 3,482.5

Las CLC revisadas fueron impresas por el SICE y fueron elaboradas y autorizadas por

servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos,

facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos

Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió

los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”; IV.3, “Registro

de Operaciones Presupuestarias”; IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008.

Se verificó que dichas CLC contaran con la documentación justificativa y comprobatoria

del gasto, de acuerdo con el artículo 381, fracciones I y III, del Código Financiero del Distrito

Federal vigente en 2008, y que los importes cobrados por concepto de servicios de vigilancia

intramuros correspondieran a lo convenido con la SSP.

En el análisis de dicha documentación, se determinó lo siguiente:

1. La CLC núm. 12 C0 01 01856 correspondió al pago retroactivo del incremento del 5.0%

estipulado en las declaraciones del convenio administrativo de colaboración consolidado

para la prestación del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08,

por los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2008, por un monto de 134.9 miles

de pesos. Dicho pago se fundamentó en la cláusula cuarta “Forma y Lugar de Pago”

del convenio administrativo, la cual establece que, “para la recuperación del costo

de operación por el servicio de seguridad, protección y vigilancia, la PADF presenta

553 VOLUMEN 5/13

mensualmente el Informe Presupuestal de Liquidación, documento que incluye el número

de elementos, horario y número de jornadas cubiertas, así como aquellas que no se

cubrieron por faltas…”.

2. La CJSL contó con el convenio administrativo de colaboración consolidado para la

prestación del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08,

que celebraron la Oficialía Mayor (OM) y la (SSP) el 20 de diciembre de 2007. Dicho

convenio incluye las firmas del Oficial Mayor, del Secretario de Seguridad Pública del

Distrito Federal, del Secretario de Finanzas y, como testigos, del Director General

de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Oficialía Mayor y del Director

General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.

El convenio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08, en la cláusula primera, establece

que “la SSP, se obliga a proporcionar por conducto de su Dirección General de la Policía

Auxiliar del Distrito Federal, el servicio de seguridad, protección y vigilancia en los

muebles e instalaciones propiedad y/o cargo del Gobierno del Distrito Federal a fin de

conservar, controlar y salvaguardar los bienes muebles y valores que se encuentren

en los mismos, a los servidores públicos que en éstos laboren, a las personas que

los visiten respecto de cualquier acción individual o colectiva de cualquier persona

o grupo que intente cometer acto u actos ilícitos de violencia o de cualquier otra

naturaleza, y que con dicha conducta les pudiera causar afectación de conformidad

con los lugares y condiciones establecidos…”.

Por otra parte, en el Anexo I de dicho convenio, se establecen las cuotas y tipos

de servicios correspondientes a la CJSL que se relacionan en seguida:

Tipo de servicio Turno Por jornada de:

Tarifa única a pagar por jornada laborada

12 x 12 12:00 h. 412.45 Intramuros

24 x 24 24:00 h. 353.85

En el Anexo III del convenio, se estableció el formato para el “Requerimiento de

Turnos en Base a los Elementos y/o Patrullas”. La CJSL, mediante el oficio de solicitud

de adhesión núm. CJSL/DEA/1385/2007 del 15 de noviembre de 2007, solicitó al Director

554 VOLUMEN 5/13

de Servicios Generales de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM la incorporación de 22 elementos, con horario de trabajo de 12 x 12 h

y 48 elementos de 24 x 24 h, lo que da un total de 70 elementos por mes.

Se verificó si la CJSL se sujeto a los numerales 5 y 6 de la cláusula segunda del

convenio administrativo de colaboración consolidado núm. OM/DGRMSG/035/2008, que

establecen: 5. El Gobierno del Distrito Federal podrá en todo momento, incrementar,

disminuir o modificar la cantidad de elementos establecidos en el anexo III […]

6… siempre y cuando éstas cuenten con los recursos necesarios y disponibles en la

partida presupuestal consolidada 3411 ‘Servicios de Vigilancia’…”. Se revisaron los

Informes Presupuestales de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del

Gasto Usuarias de los Servicios de la PADF de 2008 y se observó que, según el informe

núm. E 645854 de17 de diciembre de 2008, correspondiente al período del 1o al 30 de

noviembre de 2008, se incorporaron tres elementos, uno con turno de 12 x 12 h y dos

de 24 x 24 h, que hace un total de 73 elementos.

Mediante el oficio núm. ASC/135/08/04 del 1o. de octubre de 2009, se solicitó a la

Dirección Ejecutiva de Administración información al respecto. En respuesta, la Dirección

Ejecutiva de Administración con el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/043/2009 del 6 de

octubre de 2009, proporcionó copia del oficio núm. CJSL/DEA/1498 del 22 de octubre

de 2008, con el cual la Dirección Ejecutiva de Administración solicitó a la Dirección

General de Servicios Generales de la OM la autorización para la adhesión de los tres

elementos; y presentó el oficio núm. DGRMSG/DSG/2186/2008 del 29 de octubre

de 2008, mediante el cual el Director de Servicios Generales de la OM autorizó la

incorporación de los tres elementos.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección Ejecutiva de Administración cumplió lo

estipulado en el convenio administrativo de colaboración consolidado para la prestación

del servicio de vigilancia núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08.

3. Mediante las Conciliaciones Mensuales de Turnos de Elementos, Informes Presupuestales

de Liquidaciones a Cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto Usuarias de los Servicios

de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y Fatigas de Asistencia de la Policía Auxiliar, de

los meses de febrero, mayo, agosto, noviembre y diciembre, todos de 2008, se verificó

555 VOLUMEN 5/13

que los turnos por los servicios de vigilancia prestados por la PADF a la CJSL se

hubiesen consignado en el formato “Conciliación Mensual de Turnos de Elementos” y que

estos correspondieran a los días que aparecen registrados en las listas de asistencia

(fatigas) y a los elementos que estuvieron a cargo de los servicios de vigilancia

intramuros según los Informes Presupuestales de Liquidación. En el análisis de dicha

información se determinó lo siguiente:

Número de CLC Período Turnos Faltas Total

12 C0 01 00467 Del 1o. al 31 de mayo de 2008 1,942 63 1,879 12 C0 01 01943 Del 1o. al 31 de mayo de 2008 2,082 6 2,076 12 C0 01 03442 Del 1o. al 31 de agosto de 2008 2,020 0 2,020 12 C0 01 04950 Del 1o. al 30 de noviembre de 2008 1,992 18 1,974 12 C0 01 05309 Del 1o. al 15 de diciembre de 2008 2,139 9 2,130

La cláusula segunda, numeral 14, del convenio administrativo núm.

OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001/08 establece que “la SSP tomará las providencias

necesarias para cubrir al personal designado que no asista a cumplir con su labor en

el turno correspondiente en un plazo no mayor a noventa minutos contados a partir de

la conclusión del registro de asistencia, salvo en casos fortuitos o de fuerza mayor”.

Al respecto, mediante el oficio núm. ASC/135/08/09 del 26 de octubre de 2009, se

solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la CJSL que informara sobre

los motivos de las incidencias (faltas) del ejercicio de 2008. Al respecto, con el oficio

núm. CJSL/DEA/LCP/043BIS/2009 del 29 de octubre de 2009, la Dirección Ejecutiva

de Administración en la CJSL remitió copia del oficio núm. PADF/60/01/22/0269/2009

del 29 de octubre de 2009 con el que el Comandante del Destacamento 22 de la SSP

informó: “las incidencias del personal operativo, perteneciente a este destacamento

a mi cargo […] se deben a que los elementos de 12h x 12 h laboran de lunes a sábado

y descansan el día domingo, esto generó que tuviesen que acudir entre semana a

diferentes situaciones que a continuación se indican: Citas médicas personales, citas

médicas de sus menores hijos, cursos básicos impartidos en el centro de formación

policial, prácticas de tiro, vacaciones, incapacidades médicas y faltas injustificadas”.

Cabe señalar que no se efectuaron pagos por los días en que se registraron dichas

incidencias; sin embargo, la SSP incumplió lo establecido en el numeral 14 de la

cláusula segunda del convenio.

556 VOLUMEN 5/13

La CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de conformidad

con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2008.

Partida 3104 “Servicios de Energía Eléctrica”

12. Resultado

La CJSL ejerció recursos por un importe de 4,237.5 miles de pesos con cargo a la partida

3104 “Servicios de Energía Eléctrica”, monto que representa el 0.6% del gasto total del

capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de pesos). De acuerdo con la

metodología descrita en el apartado de determinación de la muestra, se seleccionaron

para su revisión tres CLC por un monto de 1,348.1 miles de pesos, que significan el 31.8%

del importe ejercido en la partida, las cuales se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Fecha Número de CLC Importe Beneficiario

16/X/08 07 C0 01 8891 415.2 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 3/XII/08 07 C0 01 11641 465.4 Secretaría de Hacienda y Crédito Público

31/XII/08 07 C0 01 16549 467.5 Secretaría de Hacienda y Crédito Público

1,348.1

Sobre el particular, debido a que los recursos de este rubro se ejercen en forma centralizada,

se verificó que la CJSL contara con copia de las CLC de referencia y con la documentación

comprobatoria de los pagos; se solicito que se indicara cuál fue la metodología utilizada

para determinar los montos pagados por concepto de energía eléctrica y que se informara

de los mecanismos de control establecidos para conciliar los cargos determinados por la

Dirección de Alumbrado Público de la Dirección General de Servicios Urbanos (DGSU), con

la finalidad de constatar que los pagos correspondieran al consumo de la dependencia.

Mediante el oficio núm. ASC/135/08/01 del 7 de septiembre de 2009, se solicitó se

proporcionara copia de las CLC seleccionadas y su documentación soporte, consistente en

los “Folios Aviso de Adeudo” relativos a dichas CLC, emitidos por la Dirección de Alumbrado

557 VOLUMEN 5/13

Público de la DGSU, la Secretaría de Obras y Servicios (SOS), y los Reportes Integrales

del Gasto de Consumo de Energía Eléctrica de las Dependencias del Gobierno del Distrito

Federal. Por lo que, la CJSL con oficio núm. CJSL/DEA/SRF/1216/2009 del 2 de octubre

de 2009 solicitó a la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU de la Secretaría de Obras

y Servicios proporcionará dicha documentación.

Por no contar en sus archivos con las CLC núms. 07 C0 01 8891, 07 C0 01 11641

y 07 C0 01 11641, la Subdirección de Recursos Financieros no se apegó al artículo 546

del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el cual establece que:

“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades estarán obligadas

a conservar en su poder y a disposición de la Secretaría y de otras autoridades competentes,

por los plazos que se establezcan en los ordenamientos legales aplicables, los libros,

registros auxiliares e información correspondiente, así como los documentos justificativos

y comprobatorios de sus operaciones financieras”.

Asimismo, no se ajustó al numeral 4, del apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2008, que señala: “Las CLC’s se deberán soportar con los

originales de la documentación comprobatoria y las UR’s verificarán y serán responsables

de que ésta cumpla con los requisitos fiscales y administrativos que le sean aplicables,

asimismo de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y administrativos que sean

procedentes”.

Por otra parte, mediante la CLC núm. 07 C0 01 16549 del 31 de diciembre de 2008

la CJSL pagó el servicio de energía eléctrica del mes de noviembre, por un importe de

467.6 miles de pesos; sin embargo, en la “Consulta Anual por Sector 2008” realizada

por la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU indicó que el total a pagar fue de

501.4 miles de pesos. Al respecto, con el oficio núm. ASC/135/08/13 del 9 de noviembre

de 2009 se solicitó a la DEA la aclaración de lo antes señalado. En respuesta, la DEA

proporcionó la nota informativa del 13 de noviembre de 2009 signada por el Coordinador

de Área de Procesos de Factura Eléctrica de la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU,

en la cual informa al Subdirector de Servicios Generales lo siguiente: “La justificación

de tal diferencia resulta ser que el importe reportado a través de la CLC 07 C0 01 16549

por $467,460.0, refiere el pago ‘estimado’ para el mes de noviembre de 2008 (para efectos

558 VOLUMEN 5/13

de presupuesto comprometido al cierre) y el importe señalado en el ‘Padrón o Consulta

Anual por Sector 2008’, es el resultado real de su facturación en ese ciclo, la cual fue

presentada con posterioridad por la Suministradora y procesada por esta Dirección de

Alumbrado Público; por lo tanto, el primer monto es estimado y el segundo es real

facturado. La diferencia del importe se consideró dentro del ejercicio 2009”. Por lo que en

este aspecto, no existe observación alguna.

Asimismo, con oficio núm. ASC/135/08/08 del 16 de octubre de 2009 se solicitó a la

Subdirección de Servicios Generales proporcionará el procedimiento que se llevó a cabo

en 2008 para el pago y la verificación del consumo de energía eléctrica. Al respecto, mediante

nota informativa del 27 de octubre de 2009 la Subdirección de Servicios Generales

informó que el procedimiento para el pago por dicho concepto es que: “Cada bimestre se

solicitó a la Dirección de Alumbrado Público de la DGSU, el consumo y el importe de las

cuentas que corresponden a la CJSL, mismas que se analizaron contra presupuesto y se

registraban en el analítico mensual”; asimismo, informó que para la verificación del consumo

de energía eléctrica de los inmuebles de la CJSL “Se solicitó a los Enlaces Administrativos,

la lectura de los medidores que corresponden a cada Unidad Administrativa (anterior y

actual), fecha de lectura (anterior y actual) y consumo. Dicha información se concentró

y se procesó para obtener el costo por mes, mismo que se cotejó con los estados mensuales

recibidos de la Dirección de Alumbrado Público”.

Por lo anterior, se observó que la Subdirección de Servicios Generales no cuenta con un

procedimiento administrativo en el que se lleve a cabo el control y conciliación de los pagos por

consumo de energía eléctrica.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero

de 2010, la CJSL por conducto de la DEA informó lo siguiente:

“Se anexa copia del oficio número CJSL/DEA/007/2010, mediante el cual se remitió para

consideración de la Coordinación General de Modernización Administrativa, la solicitud de

Dictaminación y en su caso Registro, del Procedimiento recomendado”.

Respecto a la respuesta de confronta expuesta por la CJSL, se proporcionó el procedimiento

administrativo “Conciliación y Control de Pagos por Consumo de Energía Eléctrica”,

559 VOLUMEN 5/13

el cual se envió mediante el oficio núm. CJSL/DEA/0007/2010 del 8 de enero del 2010

a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor

con el fin de que se dictamine y, en su caso, se registre como parte de los procedimientos

de la Subdirección de Servicios Generales de la Dirección Ejecutiva de Administración.

No obstante lo señalado por la CJSL, es de concluirse que en el ejercicio revisado no se

contaba con dicho procedimiento, por lo cual no se modifica la presente observación.

Con la finalidad de verificar que los números de cuentas de energía eléctrica correspondientes

a los inmuebles de la CJSL relacionadas en el padrón, sean las correctas se realizó la

inspección física de 5 de los 10 números de cuentas de energía eléctrica; así como

los números de medidor ubicados en cada uno de los inmuebles. Sobre el particular,

no se detectaron diferencias.

Por lo anterior, se concluye que por no contar en sus archivos con las CLC

núms. 07 C0 01 8891, 07 C0 01 11641 y 07 C0 01 16549, la Subdirección de Recursos

Financieros incumplió los artículos 546 del Código Financiero del Distrito Federal y el

numeral 4, del apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada” del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes

en 2008; asimismo, la Subdirección de Servicios Generales no cuenta con un procedimiento

administrativo para el control y conciliación de los pagos por consumo de energía eléctrica.

Lo anterior denota falla de control.

En la reunión de confronta celebrada el día 12 de enero de 2010, la CJSL no informó

ni proporcionó documentación en relación a la presente observación, por lo que no se

modifica.

Recomendación ASC-135-08-08-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca mecanismos

de control y supervisión, para asegurarse de recabar, archivar y resguardar las Cuentas

por Liquidar Certificadas que hayan sido emitidas en forma centralizada y su documentación

soporte, mediante las cuales ejercen el presupuesto autorizado, en apego a lo establecido

en el Código Financiero del Distrito Federal.

560 VOLUMEN 5/13

Partida 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación”

13. Resultado

En el ejercicio de 2008, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CJSL) ejerció

3,981.1 miles de pesos en la partida 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y

Fumigación” que de acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la determinación

de la muestra, se seleccionaron para su revisión cuatro CLC, por 1,263.1 miles de pesos,

que representan el 31.7 del total ejercido en la partida (3,981.1 miles de pesos), y el 0.6%

del total ejercido con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” (229,637.5 miles de

pesos). Sobre el particular, se constató lo siguiente: Las CLC revisadas son impresiones

del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) y fueron elaboradas y autorizadas

por los servidores públicos, inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos, facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,

Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que

la CJSL cumplió el apartado IV “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”

apartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1 “Cuenta

por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008.

1. Mediante las CLC núms. 25 C0 01 00913 del 03 de octubre de 2008, 25 C0 01 01044

del 6 de noviembre de 2008, 25 C0 01 01161 y 25 C0 01 01297 del 8 y 31 de diciembre

de 2008, respectivamente, se pagaron servicios de limpieza correspondientes a los

meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, en ese orden, del ejercicio 2008

por un monto de 1,263.2 miles de pesos. Dicho servicio tuvo origen en la requisición

núm. 252 del 7 de julio de 2008, la cual contó con sello de suficiencia presupuestal.

2. La documentación justificativa que soporta el pago de las CLC señaladas en el párrafo

anterior consistió en el contrato tipo núm. 019 del 26 de agosto de 2008 y su convenio

modificatorio núm. 022/08 del 26 de agosto de 2008, celebrados con el proveedor

Stroro Construcciones, S.A. de C.V., cabe señalar que en la cláusula primera del contrato

tipo núm. 019 señala que, el prestador de servicio se obliga a realizar el servicio de

limpieza en las oficinas y áreas comunes de las Direcciones Generales dependientes

561 VOLUMEN 5/13

de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, las cuales son: Dirección General

del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Dirección General Jurídica y de

Estudios Legislativos, Archivo General de Notarías, Dirección General del Registro

Civil, Dirección General de Servicios Legales, Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica,

Juzgados Cívicos, Dirección de Informática y Dirección Ejecutiva de Administración.

Asimismo, el convenio modificatorio se realizó para la ampliacion de dos elementos

a dicho contrato por el periodo del 1o de septiembre al 31 de diciembre de 2008.

Dicho contrato y convenio modificatorio se realizaron con fundamento en los artículos 134

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27, inciso a); 28, 30,

fracción I, y 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008.

3. La adquisición del servicio de limpieza se llevó a cabo por el procedimiento de licitación

pública nacional núm. LPN/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08, la cual se apegó al artículo 30

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2008, en la misma

participaron un total de tres proveedores: la empresa Diseño Particular en Limpieza,

la empresa Limpieza Tláloc, S.A. de C.V., y la empresa Stroro Contrucciones,

S.A. de C.V., siendo este último el que cumplió satisfactoriamente con la totalidad

de los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos requeridos.

4. Se verificó que el proveedor Stroro Construcciones, S.A. de C.V., presentó en

tiempo y forma la garantía de cumplimiento del contrato, con la fianza núm.

2602 4149 000 1000 345 000000 0000 del 28 de marzo por un importe de 241.1 miles

de pesos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2008.

5. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Stroro Construcciones,

S.A. de C.V., la cual consistió en las facturas núm. 3517 del 30 de septiembre de 2008,

con un importe de 315.8 miles de pesos, la núm. 3562 del 31 de octubre de 2008, con

un importe de 315.8 miles de pesos, la núm. 3660 del 30 de noviembre de 2008, con un

importe de 315.8 miles de pesos y la núm. 3686 del 31 de diciembre de 2008, con

un importe de 315.8 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente

en 2008.

562 VOLUMEN 5/13

6. Con la finalidad de verificar que el pago realizado por la CJSL correspondiera con los

servicios de limpieza prestados por el proveedor Stroro Construcciones S.A. de C.V.,

mediante el oficio núm. ASC/135/08/09 del 19 de octubre de 2009, se solicitó a la DEA

proporcionara las conciliaciones de turnos y listas de asistencia del personal de limpieza

de los meses de septiembre, octubre noviembre y diciembre de 2008. En respuesta,

la DEA con el oficio núm. CJSL/DEA/LCP/043bis/2009 del 26 de octubre de 2009,

proporcionó la documentación correspondiente. Del análisis a las conciliaciones de turnos

y listas de asistencia del personal de limpieza se verificó que en el caso de que se hayan

presentado faltas por dicho personal se hubiese aplicado el descuento correspondiente.

Por lo anterior, se concluye que la CJSL, contó con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, El Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal.

Partida 3802 “Espectáculos Culturales”

14. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 300.0 miles de pesos con cargo a la partida 3802

“Espectáculos Culturales”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de la

“Determinación de la Muestra”, se seleccionó para su revisión la CLC núm. 25 C0 01

00323 del 15 de mayo de 2008, por un monto de 259.4 miles de pesos, la cual representó

el 86.5% del importe ejercido en la partida.

1. La CLC revisada es una impresión del Sistema Institucional de Control de Egresos

(SICE) y fue elaborada y autorizada por los servidores públicos, inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos, Facultados para elaborar y

autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Afectaciones

Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió el apartado IV

“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado IV.3, “Registro

de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”,

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

563 VOLUMEN 5/13

2. Mediante la CLC 25 C0 01 00323, se pagó el desayuno para el evento social del día

de las madres celebrado el 12 de mayo de 2008, en el Hotel Sheraton Centro

Histórico en beneficio de 1,050 madres trabajadoras de la CJSL. Dicha adquisición

tuvo origen en las requisición núm. 0109 del 08 de abril de 2008, la cual contó con el

sello de suficiencia presupuestal.

3. La documentación justificativa que soporta el pago, consistió en el contrato tipo

núm. 109/08 del 21 de abril de 2008, por un monto de 259.4 miles de pesos celebrado

con el proveedor Asesoría y Logísitica en Servicios para Eventos, S.A. de C.V., dicho

contrato se realizó con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, 27 inciso C, 28 y 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2008.

4. La adquisición del evento social se llevó a cabo por el procedimiento de adjudicación

directa, donde de acuerdo al cuadro comparativo de precios, Asesoría y Logística en

Servicios para Eventos, S.A. de C.V., ofreció mejores condiciones en cuanto el precio,

calidad y oportunidad. Cabe mecionar que la adquisición de dicho servicio no rebasó

el monto de actuación para la adjudicación directa establecido en el artículo 57 del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

5. Se revisó la documentación comprobatoria la cual consistió en la factura núm. 251

del 14 de mayo de 2008, por un monto de 229.4 miles de pesos (IVA incluido)

correspondiente al pago del evento social y la factura núm. 252 de misma fecha, por un

monto de 30.0 miles de pesos (IVA excento) por la adquisición de los jugos, néctares

y concentrados de frutas. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales establecidos

en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

6. Con la finalidad de comprobar que la Subdirección de Recursos Humanos haya cumplido

la cláusula séptima del contrato tipo núm. 027 que establece que, “Los servicios que

preste el prestador de servicio serán supervisados por la Subdirección de Recursos

Humanos, con el objeto de verificar que la organización del evento se efectúe conforme

a lo estipulado en la cláusula primera”. Mediante oficio núm. ASC/135/08/17 del 13 de

noviembre de 2009 se solicitó a la DEA proporcionara evidencia de la supervisión

realizada por la Subdirección de Recursos Humanos. En respuesta, la DEA remitió

564 VOLUMEN 5/13

nota informativa del 16 de mayo de 2008, en la cual la Jefatura de Unidad

Departamental de Relaciones Laborales y Capacitación le informa a la Subdiectora de

Recursos Humanos que “…el evento se realizó en la fecha 12 de mayo del presente

conforme a lo establecido con el contrato tipo núm. 027, de fecha 21 de abril del presente,

con la empresa ‘Asesoría y Logística en Servicios Para Eventos, S.A. de C.V...”;

asimismo proporcionó 14 fotografías que evidencían la realización de dicho evento.

Cabe señalar que el evento citado se registró en la partida 3802 “Espectáculos

Culturales” que de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto, señala que son:

“Asignaciones destinadas a la celebración de audiciones, conciertos, exposiciones,

obras de teatro y toda clase de eventos culturales, así como de festivales escolares”

y pueden cargarse a esta partida: las erogaciones en pago de los servicios y bienes

que se requieran directamente para la realización del evento como: alquiler de local

y equipo, adaptación y decoraciones, alojamientos de asistentes foráneos, costo de

alimentos, honorarios a maestros de ceremonias, actores, grupos musicales, etc”;

sin embargo la partida 1507 “Otras Prestaciones” según el Clasificador por Objeto del

Gasto indica que son, “Asignaciones destinadas a cubrir otras prestaciones derivadas

de relaciones laborales o contractuales que las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal realizan en

beneficio de sus empleados, por concepto de ayudas para renta, pasajes, anteojos,

despensas, guarderías, becas para sus hijos, defunción de sus familiares directos, etc…”.

Por lo anterior, se observó que la DEA registró erróneamente el evento social en la partida

3802 “Espectáculos Culturales”, por lo que mediante el oficio núm. ASC/135/08/20 del

24 de noviembre de 2009, se solicitó a la DEA informara la causa por la cual no se registró

en la partida 1507 “Otras Prestaciones”. En respuesta, mediante nota informativa del 25 de

noviembre de 2009, la Jefatura de Unidad Departamental de Control Presupuestal informó

que, “El gasto del evento para el festejo del día de las madres celebrado el día 12 de

mayo de 2008 a beneficio de las madres trabajadoras de esta CJSL, fue aplicado en la

partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’, debido a que se contaba con la disponibilidad

presupuestal en dicha partida, no así en la partida 1507 ‘Otras Prestaciones’, que por

la naturaleza del gasto no corresponde a una prestación”. No obstante, el Clasificador

por Objeto del Gasto vigente en 2007, indica que las asignaciones destinadas a cubrir

565 VOLUMEN 5/13

otras prestaciones derivadas de relaciones laborales o contractuales […] en beneficio de

sus empleados, serán cargadas a la partida 1507 “Otras Prestaciones”. Por lo se concluye

que el festejo para el personal adscrito a la CJSL corresponde a una prestación derivada

de su relación laboral y por lo tanto debió aplicarse en la partida 1507 citada.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero

de 2010, la CJSL por conducto de la DEA informó lo siguiente:

“Se anexa justificación y copia del oficio No. CJSL/DEA/SDRF/688/2008 y reporte de ejercicio

de la partida 3802.”

La justificación se menciona a continuación:

“El gasto del evento para el festejo del día de las madres celebrado el día 12 de mayo

de 2008 a beneficio de las madres trabajadoras de esta Consejería Jurídica y de Servicios

Legales, fue aplicado en la partida 3802 ‘Espectáculos culturales’ debido a que se contaba

con la disponibilidad presupuestal en dicha partida, no así en la partida 1507 ‘Otras

prestaciones’ que por la naturaleza del gasto no corresponde a una prestación, ya que

en 2008 fue la primera ocasión que se llevó a cabo un evento de esta naturaleza y por

ende no corresponde a prestaciones adquiridas”.

Por lo anterior, derivado de que el evento se llevó a cabo por primera vez, que se contaba

con la disponibilidad presupuestal en la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, que no

corresponde a prestaciones adquiridas y que el evento no fue para el personal en general

de la CJSL, el presente resultado se modifica.

15. Resultado

Con objeto de verificar que la DEA haya enviado a la Secretaría de Finanzas (SF)

los reportes mensuales conforme a lo establecido en el numeral 5 de los lineamientos

sobre los Gastos relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales”, vigentes en 2008, el cual señala que “los gastos que se efectúen

relativos a ambas partidas del procedimiento, deberán ser reportados 5 días hábiles

posteriores al cierre de cada mes, en el formato y conforme al instructivo de llenado anexo

566 VOLUMEN 5/13

al mismo”, dichos lineamientos fueron difundidos con el oficio núm. SE/781/2005 del 14 de

junio de 2005, a los titulares de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Al respecto, con el oficio

núm. ASC/135/08/10 del 20 de octubre de 2009 y ASC/135/08/17 del 13 de noviembre

de 2009, se solicitó a la DEA que entregara los reportes mensuales del 2008. En respuesta,

con oficio núm. CJSL/043bis2/2009 y CJSL/DEA/LCP/083bis1/2009 del 4 y 23 de noviembre

de 2009, respectivamente, la DEA proporcionó nota informativa del 26 de noviembre de 2009

en la cual la Jefatura de Unidad Departamental de Control Presupuestal informó que:

“El presupuesto del ejercicio 2008 no tenía programadas originalmente las partidas 3802

‘Espectáculos Culturales’ y 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, fue hasta el mes de mayo

que se aperturó y reportó únicamente la partida 3802 con un presupuesto de 300.0 miles

de pesos el cual se ejerció el mismo mes. La partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’ no

presentó movimientos en los meses anteriores o posteriores al mes de mayo. La partida

4105 ‘Ayudas culturales y sociales’ no existió en el Programa Operativo Anual del ejercicio

de 2008”. Del análisis a la revisión del reporte mensual proporcionado se observó que el

correspondiente al mes de mayo, se entregó 3 días hábiles fuera del plazo señalado

en dichos lineamientos, como se muestra a continuación:

Período Número de oficio Fecha límite

Fecha de envío

Días hábiles de desfase

Mayo CJSL/DEA/SRF/688/2008 6/VI/08 12/VI/08 3

Por no enviar el reporte mensual de mayo dentro del plazo establecido en los Lineamientos

sobre los Gastos Relativos a las partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas

Culturales y Sociales”, la Dirección Ejecutiva de Administración incumplió el numeral 5

de éstos.

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero de 2010,

la CJSL por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración informó lo siguiente:

“Se anexa justificación

”Se anexa copia del oficio núm. DGADP/001175/2008 de fecha 15 de abril de 2008, signado

por el Lic. Justo Federico Escobedo Miramontes, Director General de Administración

567 VOLUMEN 5/13

y Desarrollo de Personal, en el cual autoriza a la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales ejercer recursos para el evento del día de las madres.

”El presupuesto original del ejercicio 2008 no contemplaba las partidas 3802 ‘Espectáculos

culturales’ y 4105 ‘Ayudas Culturales y Sociales’, fue hasta el mes de mayo de 2008 que

se aperturó y reportó la partida 3802, únicamente, con un presupuesto de $300,000.00,

el cual se ejerció el mismo mes.

”La partida 3802 ‘Espectáculos Culturales’ no presentó movimientos en los meses

anteriores o posteriores al mes de mayo de 2008.

”Por lo anterior, sólo se adjunta copia del oficio y del reporte detalle de los gastos

efectuados en dichas partidas, el cual aplicó para la partida 3802 en el mes de mayo

de 2008, con el número de oficio No. CJSL/DEA/SRF/688/2008, ‘REPORTE DEL MES

DE MAYO’”. Cabe hacer mención que dicho oficio, no presenta sello de acuse de la

Secretaría de Finanzas.

Con la respuesta de la CJSL, se confirma que el reporte del mes de mayo correspondiente

a la partida 3802 “Espectáculos Culturales”, remitido a la Secretaría de Finanzas mediante

el oficio núm. CJSL/DEA/SRF/688/2008, se envió con tres días de desfase, establecido en

los Lineamientos sobre los Gastos Relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales”

y 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, por lo que el resultado no se modifica.

Recomendación ASC-135-08-09-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales implante medidas de

control y supervisión para garantizar que los reportes mensuales relativos a las partidas

3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”, sean remitidos

a la Secretaría de Finanzas dentro del plazo establecido en los Lineamientos sobre los

Gastos relativos a las Partidas 3802 “Espectáculos Culturales” y 4105 “Ayudas Culturales

y Sociales”.

568 VOLUMEN 5/13

Partida 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”

16. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 276.0 miles de pesos con cargo a la partida

3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos y Aparatos de Comunicaciones

y Telecomunicaciones” con recursos de aplicación automática (autogenerados),

correspondientes a la Dirección General del Registro Civil. De acuerdo con la metodología

descrita en el apartado de determinación de la muestra, se seleccionó para su revisión

la CLC núm. 25 C0 01 01409 del 31 de diciembre de 2008, por un monto de 276.0 miles

de pesos, el cual representó el 100.0% del importe ejercido en la partida.

Mediante el oficio núm. ASC/09/1323 del 21 de agosto de 2009, se solicitó a la CJSL que

proporcionara la CLC núm. 25 C0 01 01409 con su documentación justificativa y

comprobatoria correspondiente. La documentación fue proporcionada mediante el oficio

núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009.

1. La CLC revisada fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores

públicos, inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos

Facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos

Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, en cumplimiento de

los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, IV.3,

“Registro de Operaciones Presupuestarias”, IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada”,

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federa vigente en 2008, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 13 de enero de 2006, y sus reformas del 28 de febrero de 2007.

En cuanto a la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, correspondiente

a la CLC analizada, se determinó lo siguiente:

2. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01409, se pagó el servicio de mantenimiento y

reparación de los equipos y sistemas de radiocomunicación instalados en el centro de

cómputo del Registro Civil y en los Juzgados núm. 2 de la Delegación Venustiano

569 VOLUMEN 5/13

Carranza, núm.13 de la Delegación Gustavo A. Madero, núm. 20 de la Delegación

Coyoacán, y núm. 25 de la Delegación Iztapalapa. El servicio incluía la revisión,

reparación y mantenimiento de los siguientes equipos: equipos de radio marca Proxim

Tsunami MP.11, mod. 5054-R-LR High Power Suscriber Unit para rango Extended

Conector Tipo N, núm. de parte 5454-SUA-LR-US; equipos Inyector Power Over

Ethernet compatible con Tsunami MP. 11 mod. 5054-L-Lrhifh Power Suscriber Unit

4301-US Proxim Actívate Ethernet 802.3 AF de 1 puerto DC; injector 4301-US;

compatible con el núm. de parte 5054-SUA-LR-US, antenas direccionales de panel

23 DBI, rango de frecuencia 5.725-5.875 GHZ; protectores de rayos Proxim Wireles

POE70251 para Tsunami MP. 11 Model 5054-R; equipos Dongle serial para

alineación de antena, El servicio incluye la alineación de antenas, pruebas de enlace

y el montaje y desmontaje de equipos.

3. El mantenimiento y reparación de los equipos y sistemas se deriva se la requisición

núm. 0307/08, del 3 de octubre de 2008 la cual cuenta con sello de suficiencia

presupuestal. El Subdirector de Recursos Financieros autorizó la suficiencia presupuestal

a dicha requisición y también fue autorizado por el Jefe de Unidad Departamental de

Control de Ingresos de Aplicación Automática.

4. La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01409

es el contrato tipo núm. 105/08, del 18 de noviembre de 2008, celebrado por un monto

de 276.0 miles de pesos (IVA incluido), con el proveedor Soluciones y Tecnologías

Informáticas, S.A. de C.V., con base en los artículos 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos y 27 inciso C; 28; y 55 por monto de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes en 2008. La adquisición se efectuó

mediante el procedimiento de adjudicación directa y no rebasó el monto de actuación,

establecido en el artículo 57 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2008 (240.0 miles de pesos, sin IVA). Cabe mencionar

que Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., ofertó las mejores condiciones

en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

5. Con el oficio núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009, la CJSL autorizó

realizar el mantenimiento y reparación de los enlaces de los juzgados del Registro

570 VOLUMEN 5/13

Civil, con cargo a la partida 3513 “Mantenimiento y Conservación de Equipos

y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”.

6. Se verificó que el prestador de servicios Soluciones y Tecnologías Informáticas,

S.A. de C.V., se le eximió de presentar la fianza de cumplimiento con fundamento en los

artículos 55 y 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

El artículo 55 establece: “Las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y

entidades, bajo su responsabilidad, podrán llevar a cabo adquisiciones, arrendamientos

y prestación de servicios, a través del procedimiento de invitación restringida a

cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa, cuando el importe de

cada operación no exceda de los montos de actuación que al efecto se establecerán

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal correspondiente al

Ejercicio Fiscal respectivo, siempre que las operaciones no se fraccionen para quedar

comprendidas en este supuesto de excepción a la licitación pública”. El artículo 74

dispone: “Cuando las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades

celebren contratos en los casos señalados en los artículos 54, fracciones IX y XIII y

adjudicación directa que por monto se sitúen en la hipótesis del artículo 55 de esta

Ley, podrán, bajo su responsabilidad, eximir al proveedor de presentar la garantía

de cumplimiento del contrato respectivo”.

7. Se revisó la documentación comprobatoria de Soluciones y Tecnologías Informáticas,

S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 2552 del 12 de diciembre de 2008,

correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01409 sujeta a revisión, por un importe total

de 276.0 miles de pesos. Dicha factura reunió los requisitos fiscales establecidos en

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

8. Mediante el Acta Administrativa “de entrega-recepción de los trabajos” de fecha 1o. de

diciembre de 2008, Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V. entregó

en tres tantos, bitácora de obra y memoria fotográfica. El acta fue firmada por el

representante legal del prestador de servicios y por el Director General del Registro

Civil y el Director de Informática. Dicha entrega se sujetó a los plazos establecidos

en la cláusula segunda del contrato tipo núm. 105/08 del 18 de noviembre de 2008,

que señala como fecha límite para la entrega el día 1o. de diciembre de 2008.

571 VOLUMEN 5/13

9. Se revisaron los reportes de servicio núms. 213 y 214 del 18 de noviembre de 2009,

224 del 24 de noviembre de 2008, 231 del 25 de noviembre de 2009 y 239 del 27 de

noviembre de 2009 relativos al mantenimiento y reparación de los equipos y sistemas

de radiocomunicación instalados en el centro de cómputo del Registro Civil y en los

Juzgados núm. 2 de la Delegación Venustiano Carranza, núm.13 de la Delegación

Gustavo A. Madero, núm. 20 de la Delegación Coyoacán, y núm. 25 de la Delegación

Iztapalapa, firmados de conformidad por el proveedor y por los usuarios de los equipos

en la CJSL.

10. Se revisó la documentación con la que se pagó el servicio de mantenimiento y

reparación de los equipos y sistemas de radiocomunicación instalados en el centro

de cómputo del Registro Civil y en los Juzgados núms. 2, 13, 20 y 25, que consiste en la

póliza-cheque núm. 4585 de la cuenta núm. 65501631577 del Banco Santander, S.A.,

por un importe de 276.0 miles de pesos.

Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente

en 2008.

Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

Partida 5206 “Bienes Informáticos”

17. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL erogó 31,782.1 miles de pesos con cargo a la partida

5206 “Bienes Informáticos”. De acuerdo con la metodología descrita en el apartado de

determinación de la muestra, se seleccionaron para su revisión 7 CLC, por un importe total

de 23,526.3 miles de pesos, que representan el 74.0% del monto ejercido en la partida.

Las CLC se relacionan a continuación:

572 VOLUMEN 5/13

(Miles de pesos)

Fecha CLC Importe Bienes informáticos

1/VIII/08 25 C0 01 00649 2,013.4 210 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01304 3,188.3 6 escáner 31/XII/08 25 C0 01 01316 7,394.0 2 computadoras portátiles

2 servidores tipo 1 1 servidor tipo 2 1 impresora a color láser 450 no break 11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible) 40 switch de distribución departamental 1 switch modular multicapas

31/XII/08 25 C0 01 01327 2,277.9 2 blades de base de datos 5 blades de directorio activo 2 servidores de administración 2 rack de 42 U, Accesorios e instalaciones 2 sais para servidor

31/XII/08 25 C0 01 01354 5,280.0 330 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01361 1,801.7 113 computadoras personales para uso secretarial 31/XII/08 25 C0 01 01412 1,571.0 184 no break

25 discos duros Western Digital 71 computadoras personales para uso secretarial 23,526.3

1. Se verificó que las CLC fueron impresas por el SICE y elaboradas y autorizadas por

los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos, Facultados para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,

Documentos Múltiples y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo

que la CJSL cumplió los apartados IV, “Lineamientos Generales para los Trámites

Presupuestarios”, IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, IV.3.1, “Cuenta

por Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008. Mediante la CLC

núm. 25 C0 01 01316 del 31 de diciembre de 2008 se pagaron 2 computadoras

portátiles, 2 servidores tipo 1, 1 servidor tipo 2, 1 impresora láser a color, 450 no breaks,

11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible), 40 switch de distribución departamental

y 1 switch modular multicapas, por un monto de 7,394.0 miles de pesos. Dicha

adquisición se derivo de la requisición núm. 350 del 4 de noviembre de 2008, la cual

contó con sello de suficiencia presupuestal y sello de “no existencia en el almacén”.

2. La documentación justificativa del pago de la CLC núm. 25 C0 01 01316 es el contrato tipo

núm. 092/08 del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 7,394.0 miles de pesos

573 VOLUMEN 5/13

(IVA incluido), celebrado con el proveedor Datapoint, S.A. de C.V. Dicho contrato se

celebró con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; los artículos 1o. fracción VI; 26 fracción I; 27; y 28, fracción II, de

la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento

vigentes en 2008, y 4o, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

La adquisición de las 2 computadoras portátiles, 2 servidores, tipo 1, 1 servidor tipo 2,

1 impresora láser a color, 450 no break, 11 UPS (sistema de energía ininterrumpible),

40 switch de distribución departamental y 1 switch modular multicapas se llevó a cabo

mediante el procedimiento de licitación pública internacional núm. 30114002-001-08,

con fundamento en el artículo 27, inciso a), de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal. Cabe mencionar que en dicha licitación, participaron 10 proveedores, de los

cuales el proveedor Datapoint, S.A. de C.V. cumplió satisfactoriamente con la totalidad

de los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos requeridos.

Se verificó que el proveedor Datapoint, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma, la

garantía de cumplimiento del contrato, con la fianza núm. 1077407, por un monto de

643.0 miles de pesos del 2 de diciembre de 2008, en cumplimiento de lo establecido

en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

Se revisó la documentación comprobatoria, del proveedor Datapoint, S.A. de C.V.

consistente en la factura núm. 31262 del 29 de diciembre de 2008, correspondiente

a la CLC núm. 25 C0 01 01316, por un importe total de 7,394.0 miles de pesos.

Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del

Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

Con el oficio núm. ASC/09/1676 del 30 de octubre de 2009, se convocó al proveedor

Datapoint, S.A. de C.V., la práctica de compulsa, para que proporcionara la

documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008.

Dicha documentación fue entregada el 05 de noviembre de 2009, sin que se detectaran

diferencias respecto a la presentada por el sujeto fiscalizado.

3. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01412, del 31 de diciembre de 2008, se pagaron

184 no break, 25 discos duros Western Digital de 160 GB y 71 computadoras personales

574 VOLUMEN 5/13

para uso secretarial, por un monto de 1,571.0 miles de pesos. Dichas adquisiciones

tuvieron origen en las requisiciones núms. 405 del 13 de noviembre de 2008, 0421

y 0422 del 17 de diciembre de 2008, las cuales contaron con sello de suficiencia

presupuestal; sin embargo, no contaron con sello de “no existencia en el almacén”.

Por lo tanto, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales

incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los Almacenes”,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

La documentación justificativa del pago de la CLC núm. 25 C0 01 01412 consistió

en el contrato tipo núm. 110/08 celebrado el 28 de noviembre de 2008, por un monto

de 351.5 miles de pesos IVA incluido; el cual tuvo un convenio modificatorio núm. 037/08

del 18 de diciembre de 2008, por un importe de 68.5 miles de pesos IVA incluido, dicho

convenio modificatorio se debió a la ampliación del 20.0% del contrato tipo núm. 110/08,

celebrado con el proveedor Datapoint, S.A. de C.V.; el contrato tipo núm. 109/08

del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 653.7 miles de pesos IVA incluido,

el cual tuvo un convenio modificatorio núm. 036/08 del 18 de diciembre de 2008,

por un importe de 478.3 miles de pesos, celebrado con el proveedor Ofiproductos de

Computación, S.A. de C.V.; y el contrato pedido núm. 175/08 del 28 de noviembre

de 2008, por un monto de 18.9 miles de pesos IVA incluido, celebrado con el proveedor

Random Informática, S.A de C.V. Dichos contratos, convenios modificatorios y contrato

pedido se celebraron con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 1o. fracción VI; 26, fracciones I y III;

27; 28, fracción II; 40; y 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su Reglamento vigente; y 4o. último párrafo; 67; y 74 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal.

La adquisición de 184 no break y 71 computadoras personales para uso secretarial

se llevó a cabo mediante el procedimiento de licitación pública internacional

núm. 30114002-003-08, y la compra de los 25 discos duros Western Digital de 160 GB

se efectuó mediante adjudicación directa, los cuales se realizaron con fundamento en los

artículos 27, incisos a) y c), y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

575 VOLUMEN 5/13

Se verificó que los proveedores Datapoint, S.A. de C.V., Ofiproductos de

Computación, S.A. de C.V., y Random Informática, S.A. de C.V., presentaron

en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de los contratos con las fianzas

núms. 2514 16 28 0001000266 000000 0000, por 175.1 miles de pesos, del 14 de

julio de 2008; 3135-00459-0, por 320.3 miles de pesos, del 28 de noviembre de 2008;

y 1079144, por 30.6 miles de pesos, del 2 de diciembre de 2008, en cumplimiento

de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008.

Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Datapoint, S.A. de C.V., la

cual consistió en la factura núm. 31287 del 31 de diciembre de 2008, por 68.5 miles

de pesos; la factura núm. 6457 del 15 de diciembre de 2008 del proveedor Random

Informática, S.A. de C.V. por 18.9 miles de pesos; y la factura núm. 40045 del 26 de

diciembre de 2008 del proveedor Ofiproductos de Computación, S.A de C.V. por

653.7 miles de pesos. Dichas facturas reunieron los requisitos fiscales establecidos

en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

A continuación se detallan los bienes informáticos que surtió, cada uno de los

proveedores, así como el tipo de procedimiento, mediante el cual se contrataron

dichas adquisiciones:

576 VOLUMEN 5/13

Fecha CLC Importe Bienes informáticos Proveedor Tipo y número de procedimiento de adquisición

1/VIII/08 25 C0 01 00649 2,013.4 210 computadoras personales para uso secretarial

Random Informática, S.A. de C.V.

Licitación pública internacional30114002-001-08

31/XII/08 25 C0 01 01304 3,188.3 6 escáner Olivares Hermanos, S.A. de C.V.

Invitación a cuando menos tres proveedores

PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08 31/XII/08 25 C0 01 01316 7,394.0 2 computadoras portátiles 2 servidores tipo 1 1 servidor tipo 2 1 impresora a color láser 450 no break 11 UPS (Sistema de Energía

Ininterrumpible) 40 switch de distribución

departamental 1 switch modular multicapas

Datapoint, S.A. de C.V.

Licitación pública internacional30114002-001-08

31/XII/08 25 C0 01 01327 2,277.9 2 blades base de datos 5 blades de directorio activo 2 servidores de administración 2 rack de 42 U, accesorios

e instalaciones 2 sais para servidor

Enlaces y Comunicaciones

Avanzadas, S.A. de C.V.

Invitación a cuando menos tres proveedores

PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/06/08

31/XII/08 25 C0 01 01354 5,280.0 330 computadoras personales para uso secretarial

31/XII/08 25 C0 01 01361 1,801.7 113 computadoras personales para uso secretarial

Ofiproductos de Computación,

S.A. de C.V.

Licitación pública internacional 30114002-003-08

31/XII/08 25 C0 01 01412 1,571.0 184 no break Datapoint, S.A. de C.V.

Licitación pública internacional30114002-003-08

25 discos duros Western Digital Random Informática, S.A. de C.V.

Adjudicación directa pedido núm. 175

71 computadoras personales para uso secretarial

Ofiproductos de Computación,

S.A. de C.V. 30114002-003-08

23,526.3

Con el oficio núm. ASC/09/1819 del 19 de noviembre de 2009, la CMHALDF notificó

al proveedor Datapoint, S.A. de C.V., la práctica de compulsa, para que proporcionara

la documentación relacionada con las operaciones que realizó con la CJSL durante 2008.

La documentación fue entregada el 26 de noviembre de 2009, sin que se detectaran

diferencias respecto a la presentada por el sujeto fiscalizado.

4. Mediante las CLC núms. 25 C0 01 01354 y 25 C0 01 01361, ambas del 31 de diciembre

de 2008, se pagaron 443 computadoras, por un monto de 7,081.7 miles de pesos.

Dichas adquisiciones se derivaron de las requisiciones núms. 350 y 405 del 22 de

octubre y 13 de noviembre de 2008, respectivamente. Las requisiciones contaron

con sello de suficiencia presupuestal; sin embargo, la requisición núm. 405 no contó con

sello de “no existencia en el almacén”.

577 VOLUMEN 5/13

Por no contar con sello de no existencia en el almacén en la requisición núm. 405

el Almacén Central de la CJSL incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del

apartado 6.2, “De los Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

La documentación justificativa del pago de las CLC núms. 25 C0 01 01354

y 25 C0 01 01361 consistió en el contrato tipo núm. 090/08 del 28 de noviembre

de 2008, por un monto de 5,280.0 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el

proveedor Ofiproductos de Computación, S.A. de C.V.; y el contrato tipo núm. 109/08

del 28 de noviembre de 2008, por un monto de 1,801.7 miles de pesos. Dichos contratos

se celebraron con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, artículo 1o. fracción VI; 26, fracción I; 27; y 28, fracción II,

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su

Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo, de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal.

La adquisición de 443 computadoras se llevó a cabo mediante el procedimiento de

licitación pública internacional núm. 30114002-003-08, con fundamento en el artículo 27,

inciso a), de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Se verificó que el proveedor Ofiproductos de Computación, S.A. de C.V., presentó

en tiempo y forma las garantías de cumplimiento de los contratos, con las fianzas

núms. 225519-0000, por 740.7 miles de pesos, y 3135-00459-0, por 320.3 miles de

pesos, ambas del 28 de noviembre de 2008, en cumplimiento de lo establecido en

el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Ofiproductos de Computación,

S.A. de C.V., la cual consistió en las facturas núms. 40039 y 40040, ambas del 22 de

diciembre de 2008, por importes de 5,280.0 miles de pesos y 98.1 miles de pesos,

respectivamente, correspondientes a la CLC núm. 25 C0 01 01354; y la factura

núm. 40048 del 26 de diciembre de 2008, por un importe de 1,801.7 miles de pesos,

578 VOLUMEN 5/13

correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01361. Dichas facturas reunieron

los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

Federación vigente en 2008.

5. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 00649 del 1o. de agosto de 2008, se pagaron

210 computadoras, por un monto de 2,013.4 miles de pesos. Dicha adquisición se

derivó de la requisición núm. 193 del 18 de junio de 2008, la cual contó con sello

de suficiencia presupuestal y con sello de “no existencia en el almacén”.

La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 00649,

consistió en el contrato tipo núm. 044/08 del 10 de julio de 2008, por un monto

de 2,013.4 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Random

Informática, S.A. de C.V.; y el convenio modificatorio núm. 021/08 del 24 de julio

de 2008, el cual en la cláusula primera refiere que “el motivo es el cambio en las

características del procesador y unidad de almacenamiento…”. Cabe señalar que

dicho contrato y convenio modificatorio se realizaron con fundamento en los artículos

134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. fracción VI; 26,

fracción I; 27; y 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo, y 67 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

La adquisición de las 210 computadoras se llevó a cabo mediante la licitación pública

internacional núm. 30114002-001-08, con fundamento en el artículo 27, inciso a), de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Se verificó que el proveedor Random Informática, S.A. de C.V., presentó en

tiempo y forma la garantía de cumplimiento del contrato con la fianza núm.

2514 1628 0001000266 000000 0000, por un importe de 1,750.1 miles de pesos,

del 14 de junio de 2008, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 73 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Random Informática,

S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 6324 del 25 de julio de 2008,

579 VOLUMEN 5/13

correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 0064, por un importe de 2,013.4 miles de pesos.

Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

6. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01304 del 31 de diciembre de 2008, se pagaron

seis escáner, por un monto de 3,188.3 miles de pesos. Dicha adquisición se derivó

de la requisición núm. 401 del 21 de noviembre de 2008, la cual contó con sello de

suficiencia presupuestal; sin embargo, no contó con sello de “no existencia en el

almacén”. Por lo anterior, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los

Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01304,

consistió en el contrato tipo núm. 096/08 del 28 de noviembre de 2008, por un

importe de 3,188.3 miles de pesos IVA incluido celebrado con el proveedor Olivares

Hermanos, S.A. de C.V. Dicho contrato se celebró con fundamento en los artículos

134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1o.

fracción VI; 26 fracción I; y 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008.

La adquisición de los seis escáner se llevó a cabo mediante el procedimiento de

invitación a cuando menos tres proveedores núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/04/08,

con fundamento en los artículos 27, inciso b); 54; 55; y 56 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal.

Se verificó que el proveedor Olivares Hermanos, S.A de C.V. presentó en

tiempo y forma la garantía de cumplimiento en el contrato, con la fianza núm.

2514 3978 0001000554 000000 0000 del 2 de diciembre de 2008 por un importe

de 277.2 miles de pesos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 73 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

580 VOLUMEN 5/13

Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Olivares Hermanos,

S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 05564, del 23 de diciembre de 2008,

correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01304, por un importe de 3,188.3 miles de

pesos. Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

7. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 01327, del 31 de diciembre de 2008, se pagaron dos

blades de base de datos, cinco blades de directorio activo, dos servidores de

administración, dos racks de 42 U, accesorios e instalaciones y dos sais para

servidor, por un monto de 2,277.9 miles de pesos. Dichas adquisiciones se derivaron

de la requisición núm. 403 del 21 de noviembre de 2008, la cual contó con sello de

suficiencia presupuestal; sin embargo, no presenta sello de “no existencia en el

almacén”. Por lo anterior, el Almacén Central de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales incumplió los numerales 6.2.2 inciso a), y 6.2.3 del apartado 6.2, “De los

Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007; así como la

norma 61 de las “Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública”

del Distrito Federal vigentes en 2008.

La documentación justificativa que soporta el pago de la CLC núm. 25 C0 01 01327,

consistió en el contrato tipo núm. 095 del 28 de noviembre de 2008, por un importe

de 2,277.9 miles de pesos (IVA incluido), celebrado con el proveedor Enlace y

Comunicaciones Avanzadas, S.A. de C.V. Dicho contrato se celebró con fundamento

en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

26 fracción I; 27; 28 fracción I; y 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y su Reglamento vigentes en 2008; y 4o. último párrafo,

y 67 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

La adquisición de los dos blades Base de Datos, cinco Blades de directorio activo,

dos servidores de administración, dos racks de 42 U, accesorios e instalaciones y dos

sais para servidor se llevó a cabo mediante el procedimiento de invitación a cuando

581 VOLUMEN 5/13

menos tres proveedores núm. PI/GDF/CJSL/DEA/SRM/06/08, con fundamento en los

artículos 27, inciso b); 54; 55; y 56 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Se verificó que el proveedor Enlace y Comunicaciones Avanzadas, S.A. de C.V. presentó

en tiempo y forma la garantía de cumplimento con la fianza núm. 3247-00388-5 del

28 de noviembre de 2008, por un importe de 198.1 miles de pesos, en cumplimiento

de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2008.

Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Enlace y Comunicaciones

Avanzadas, S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 3972 del 31 de diciembre

de 2008, correspondiente a la CLC núm. 25 C0 01 01304, por un importe de

2,277.9 miles de pesos. Dicha factura reúne los requisitos fiscales establecidos en los

artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

En la revisión de los “Kardex Electrónicos Almacén Central”, se constató que los

bienes informáticos adquiridos fueron entregados por los proveedores dentro de los

plazos establecidos en los contratos. Asimismo, en los “Kardex Electrónicos Almacén

Central” se registraron las fechas de entrada al almacén y de salida de éste, como

se muestra a continuación:

CLC Fecha Bienes informáticos Fecha de entrada al almacén

Fecha de salida

del almacén

25 C0 01 00649 1/VIII/08 210 computadoras personales para uso secretarial 25/VII/08 25/VII/08 25 C0 01 01304 31/XII/08 6 escáner 31/XII/08 14/I/09 25 C0 01 01316 31/XII/08 2 computadoras portátiles 26/XII/08 31/XII/08 2 servidores tipo 1 26/XII/08 31/XII/08 1 servidor tipo 2 26/XII/08 31/XII/08 1 impresora a color láser 26/XII/08 31/XII/08 450 no-break 26/XII/08 31/XII/08 11 UPS (Sistema de Energía Ininterrumpible) 26/XII/08 31/XII/08 40 switch de distribución departamental 26/XII/08 31/XII/08 1 switch modular multicapas 27/XII/08 31/XII/08 25 C0 01 01327 31/XII/08 2 blades de base de datos 31/XII/08 14/I/09 2 blades de directorio activo 31/XII/08 14/I/09 2 servidores de administración 31/XII/08 14/I/09 2 rack de 42 U, accesorios e instalaciones 31/XII/08 14/I/09 2 sais para servidor 31/XII/08 14/I/09 25 C0 01 01354 31/XII/08 330 computadoras personales para uso secretarial 23/XII/08 23/XII/08 25 C0 01 01361 31/XII/08 113 computadoras personales para uso secretarial 23/XII/08 23/XII/08 25 C0 01 01412 31/XII/08 154 no-break

30 26/XII/08 30/XII/08

26/XII/08 31/XII/08

25 discos duros Western Digital 15/XII/08 8/I/09 41 computadoras personales para uso secretarial

30 23/XII/08 31/XII/08

23/XII/08 14/I/09

582 VOLUMEN 5/13

Sin embargo, se observó que en los vales de salida del almacén con folios núms. 959

y 965, las fechas de salida no corresponden a la registrada en el Kardex Electrónico

del Almacén Central, como se muestra a continuación:

Vale de salida Kardex Cantidad Bien Informático

Folio núm. Fecha Electrónico

113 Computadoras Personales para Uso Secretarial

959

18/XII/08

23/XII/08

30 No break 965 15/I/09 31/XII/08

Asimismo, se detectó que los vales de salida del almacén con folios núms. 89, 959 y 960,

con fechas 25 de julio, y 18 y 26 de diciembre, todos de 2008, no contienen el sello

del almacén requisitado en dicho formato. Lo anterior denota fallas de control interno.

Con la finalidad de verificar si los bienes informáticos se entregaron a la Dirección

de Informática, la CMHALDF llevó a cabo una inspección física los días 6, 9, 10, 11,

12 y 13 de noviembre de 2009, respecto a 95 bienes informáticos (3 escáner, 2 UPS

(sistema de energía ininterrumpible); 8 switch ruteador de 24 puertos, 1 servidor,

1 impresora láser, 2 computadoras portátiles, 33 computadoras y 45 no break).

En la inspección física se constató que el número de serie de los bienes informáticos

correspondiera con el registrado en el resguardo múltiple con fecha del 31 de

diciembre de 2008, a nombre del Subdirector de Soporte Técnico y Cómputo, adscrito

a la Dirección de Informática de la CJSL y se observó lo siguiente:

a) De los 95 bienes informáticos, 70 se encuentran utilizados por el personal de diversas

áreas de la Dirección General del Registro Público y de Comercio (Acervos, Bóveda,

Certificados, Dictaminación, Dirección de Jurídico, Embargos, Folios Inmediatos,

Inmuebles, Investigación Registral, Materialización, Mezanine, Módulo Ciudadano,

Módulo de Consultas, Programas y Ventanilla Única). Sin embargo, el personal

no cuenta con los resguardos correspondientes, por lo que la Jefatura de Unidad

Departamental de Almacén e Inventarios no se apegó a la fracción II, antepenúltimo

y último párrafo de la norma 14 del Capítulo IV, “Control y Registro de los Bienes

Muebles”, de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública

del Distrito Federal vigentes en 2008, que establece: “De resguardo: Registro

por el que se deberá controlar la asignación de los bienes instrumentales

583 VOLUMEN 5/13

mediante la elaboración de un documento que contendrá los datos relativos al

registro individual de los bienes y del servidor público que los tiene a cargo para el

desarrollo de sus actividades[…]. El resguardo no deberá ser enmendado o alterado

en cualquiera de sus conceptos, por lo que se debe verificar su actualización

cuando se registre algún cambio de usuario […]. Para el caso de bienes informáticos,

armamento, semovientes, equipo de comunicación, seguridad, entre otros, los

responsables de las áreas técnicas coadyuvarán con los responsables del área

de inventarios en el control y actualización del padrón inventarial para su debido

resguardo”.

b) Se localizaron 80 no break almacenados en el tapanco ubicado en el 4o. piso

del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, entre éstos se localizaron

ocho que fueron seleccionados para la inspección física. Mediante los oficio

núms. ASC/135/08/17, ASC/135/08/19 y ASC/135/08/21 del 13, 23 y 25 de noviembre

de 2009, respectivamente, se solicitó a la Dirección Ejecutiva de Administración

que informara la razón por la cual se encontraban en el tapanco. En respuesta,

con oficio sin núm. del 26 de noviembre de 2009, la Subdirección de Soporte

Técnico y Cómputo informó: “la Dirección de Informática diseñó un plan de

instalación de equipos de cómputo que en su tercera fase incluye la instalación

de dichos no break; esta fase de instalación se culminó el día 20 de noviembre del

presente quedando instalados 62 no break y dejando 18 no break para atender

cualquier requerimiento de descompostura o falla del mismo”.

c) Dos switch ruteadores de 24 puertos con números de serie YEVFA6ME82F80

y YEVFA6ME83180 no se encontraban instalados.

d) Un no break con número de serie 5B0842T17161 no se localizó durante la inspección

física realizada en la Subdirección de Soporte Técnico y Cómputo. Mediante nota

informativa del 25 de noviembre de 2009 se informó que se encontraba localizado

en el área de certificados, por lo cual se verificó.

e) Noventa y cinco bienes informáticos no contaron con placa o etiqueta de identificación

física, por lo tanto, la Jefatura de Unidad Departamental de Almacén e Inventarios

incumplió el segundo párrafo de la fracción I de la norma 14 del Capítulo IV,

584 VOLUMEN 5/13

“Control y Registro de los Bienes Muebles” de las Normas Generales de Bienes

Muebles, de la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2008 que

establece: “La identificación física de los bienes instrumentales, se realizará

mediante una placa o etiqueta que contendrá las siglas GDF, denominación o siglas

de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Delegación o clave ejecutora del

gasto, clave según CABMSDF y número progresivo que se asigne”.

Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008. Sin embargo, debido a que las requisiciones núms. 401, 403, 405, 0421

y 0422 no contaron con sello de “no existencia en el almacén”, el Almacén Central de la

Consejería Jurídica y de Servicios Legales incumplió los numerales 6.2.2, inciso a), y 6.2.3

del apartado 6.2, “De los Almacenes”, de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente a partir del 13 de abril de 2007.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no informó ni

proporcionó documentación relacionada con la presente observación, por lo que no se

modifica.

Recomendación ASC-135-08-10-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, establezca mecanismos de

control y supervisión que permitan garantizar que todos los bienes instrumentales contengan

una placa y/o etiqueta de identificación física de acuerdo a las Normas Generales de Bienes

Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008.

Recomendación ASC-135-08-11-CJSL

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 10.

585 VOLUMEN 5/13

Partida 5703 “Adjudicaciones, Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”

18. Resultado

En 2008, la CJSL ejerció 10,855.0 miles de pesos con cargo a la partida 5703 “Adjudicaciones,

Expropiaciones e Indemnizaciones de Inmuebles”, de ese monto se revisaron tres CLC

por 10,794.5 miles de pesos (99.4%) relativas a la expropiación de cinco inmuebles

ubicados en la colonia Reforma Política de la Delegación Iztapalapa, de acuerdo con el

decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de marzo de 2007,

el cual dispone lo siguiente: “Decreto por el que se expropian a favor del Distrito Federal,

diversos inmuebles ubicados en la colonia Reforma Política, de la Delegación Iztapalapa,

en esta ciudad, para la construcción de un parque público, áreas verdes, campo deportivo

y centro de servicios comunitarios”. En el mismo documento se establece:

“Que de conformidad con la Ley de Expropiación son causas de utilidad pública, entre

otras, el embellecimiento, ampliación, mejoramiento y saneamiento de las poblaciones, la

construcción de hospitales, escuelas parques, jardines, campos deportivos y de cualquier

obra destinada a prestar servicios de beneficio colectivo, así como el mejoramiento de centros

de población y de sus fuentes propias de vida;

”Que la Ley General de Asentamientos Humanos establece como causa de utilidad pública

el mejoramiento de los centros de población, la ejecución de planes o programas de desarrollo

urbano, así como la ejecución de obras de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos;

”Que el destino al que actualmente se dedican los inmuebles construidos en la poligonal

de referencia, generan condiciones de inseguridad para los vecinos del lugar, dado que

en ellos se realizan diversas actividades ilegales tales como la venta de artículos y partes

automotrices de procedencia ilícita.

”Que dentro de la zona en que se encuentran los inmuebles detallados en este Decreto,

no existen áreas verdes, parques, jardines, instalaciones que ofrezcan servicios comunitarios

o espacios para el esparcimiento de los niños, jóvenes, personas con discapacidad y

adultos mayores, así como para la convivencia de las familias o a la práctica de algún

deporte, circunstancia que constituye un factor más que influye de manera negativa en la

calidad de vida de los vecinos del lugar;

586 VOLUMEN 5/13

”Que el espacio que ocupan los inmuebles que se encuentran en la poligonal descrita en

este Decreto, es idóneo por su dimensión para la construcción de un parque público

recreativo, con parque deportivo, áreas verdes, un centro de servicios comunitarios

e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes de la zona.

”Que con la construcción de estas instalaciones, se favorece el medio ambiente, la imagen

urbana de la zona, así como las condiciones de salud, seguridad y bienestar de los habitantes,

a la vez que permite la transformación de espacios que actualmente son propicios para el

desarrollo de actividades ilícitas;

”Que con base en esta problemática, la Secretaría de Gobierno, de conformidad con sus

atribuciones, determinó como causa de utilidad pública, la ejecución de acciones de

mejoramiento urbano en la colonia Reforma Política de esta ciudad, con el objeto

de construir el mencionado parque público recreativo, campo deportivo, áreas verdes, un

centro de servicios comunitarios e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes

de la zona.”

En el decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de marzo de 2007,

el artículo 1o. establece: “Se expropian por causa de utilidad pública los inmuebles

ubicados en la poligonal que forman la calzada Ermita Iztapalapa, Línea de Energía Eléctrica

de Alta Tensión, calle Reforma Deportiva y diversas propiedades particulares que tienen frente

a la calle Zacapexco (antes Reforma Urbana) de la colonia Reforma Política, en la Delegación

Iztapalapa de esta Ciudad de México, Distrito Federal, para ser destinados a la construcción

de un parque público recreativo, con campo deportivo, áreas verdes, un centro de servicios

comunitarios e instalaciones para el esparcimiento de los habitantes de la zona…”.

El artículo 3o. del decreto señala: “La Administración Pública del Distrito Federal pagará

la indemnización constitucional correspondiente a quienes resulten afectados por esta

expropiación y acrediten su legítimo derecho, tomando como base el valor que fije el avalúo

de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor”.

A fin de verificar que dicho gasto se hubiese realizado y registrado correctamente, y que

se contara con toda la documentación justificativa y comprobatoria, de acuerdo con la

normatividad aplicable, mediante el oficio núm. ASC/135/08/01 de fecha 7 de septiembre

587 VOLUMEN 5/13

de 2009, se solicitó a la Subdirección de Recursos Financieros que proporcionara la CLC

núm. 25 C0 01 00133 del 7 de marzo de 2008, por un importe de 5,300.0 miles de pesos;

la CLC núm. 25 C0 01 00181 del 1o. de abril de 2008, por un importe de 4,530.1 miles de

pesos y la CLC núm. 25 C0 01 00 295 del 6 de mayo de 2008, por un importe de 964.4 miles

de pesos, siendo un total de 10,794.5 miles de pesos.

1. Con la CLC núm. 25 C0 01 00133 se pagó un total de 5,300.0 miles de pesos por la

indemnización de dos predios. Uno de los predios se ubica en el lote 13, manzana 9,

zona 4, colonia Santa María Aztahuacán, actualmente calle Chevrolet, número 9,

colonia Reforma Política, por un importe de 5,000.0 miles de pesos, que se pagó con

el cheque núm. 6338 del Banco Santander, S.A., con fecha 19 de diciembre de 2008,

en favor de Rosa Genoveva Antonio, el pago también se soporta con el convenio

celebrado el 22 de diciembre de 2008 entre el Gobierno del Distrito Federal (parte

compradora) y el particular (parte vendedora). El segundo predio es el localizado en el

lote 9, manzana 3, zona 4, colonia Reforma Política, antes colonia Santa María

Aztahuacán de la Delegación Iztapalapa, por un importe de 300.0 miles de pesos,

pagado con el cheque núm. 2860 del Banco Santander, S.A., con fecha 10 de marzo

de 2008, en favor de María Teresa Huerta Muñoz. Dicho pago se soporta con el

convenio celebrado el 7 de abril de 2008 entre el Gobierno del Distrito Federal (parte

compradora) y el particular (parte vendedora). Al respecto, por dichos predios, el sujeto

fiscalizado presentó los avalúos correspondientes por la Dirección de Avalúos de la

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.

2. Con la CLC núm. 25 C0 01 00181 se pagó un total de 4,530.0 miles de pesos por la

indemnización de dos predios. El primero es el ubicado en el lote 02, manzana 9,

zona 4, colonia Reforma Política antes colonia Santa María Aztahuacán, que se pagó

con el cheque núm. 2952 del Banco Santander, S.A., con fecha 7 de abril de 2008, en

favor de Joaquín Figueroa Lucero, por un importe de 3,163.4 miles de pesos; el segundo

predio se localiza en el lote 11, manzana 11, zona 4, colonia Reforma Política antes

colonia Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa, que se pagó con el

cheque núm. 2953, del Banco Santander, S.A., por un monto de 1,366.6 miles de pesos,

con fecha 7 de abril de 2008, en favor de Joaquín Figueroa Lucero. Los pagos de las

indemnizaciones se soportan con el convenio celebrado el 10 de abril de 2008 entre el

Gobierno del Distrito Federal (parte compradora) y los particulares (parte vendedora).

588 VOLUMEN 5/13

Al respecto, por dichos predios, el sujeto fiscalizado presentó los avalúos correspondientes

por la Dirección de Avalúos de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de

la OM.

3. Con la núm. CLC 25 C0 01 00 295 se pagó un total de 964.0 miles de pesos por

la indemnización de un inmueble ubicado en la calle Volkswagen, antes Reforma

Campesina, lote 06, manzana 13, zona 4, colonia Reforma Política, antes colonia

Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa. Al respecto, con el oficio

núm. DGSL/DC/SCCA/8206/2009 de fecha 13 de noviembre de 2009, signado por el

Director General de Servicios Legales, dirigido al Director Ejecutivo de Administración

de la CJSL, se señalo lo siguiente:

“Con relación al juicio de amparo 390/2007, promovido por el C. Julio Luna López,

radicado en el juzgado décimo tercero de distrito en Materia Administrativa en el

Distrito Federal, cuyo acto reclamado fue el decreto publicado el 20 de marzo de 2007

mediante el cual se expropió el inmueble, ubicado en la calle Volkswagen antes Reforma

Campesina, el lote 06, manzana 13, zona 4, colonia Reforma Política antes colonia

Santa María Aztahuacán, de la Delegación Iztapalapa, le manifiesto que para defender

los intereses del Distrito Federal, en desahogo al requerimiento del juez, con fecha

del 09 de mayo de 2008, se exhibió ante el juzgado del conocimiento el billete de

depósito número S431540 del 8 de mayo de 2008, por un importe de 964.0 miles de

pesos, de conformidad con el valor comercial determinado por la Dirección de Avalúos

de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, que forma parte de la carpeta

técnica de expropiación. En virtud de lo anterior, por acuerdo de 19 de noviembre

de 2008, se sobreseyó el juicio debido a que se acreditó el pago de la indemnización

correspondiente.

”Por lo tanto, en dicho juicio no hubo necesidad de celebrar convenio con la parte

quejosa, ya que el juicio se sobreseyó fuera de audiencia.”

Como soporte documental se presentó copia certificada del billete de depósito

núm. S431540 por 964.4 miles de pesos, de fecha 5 de mayo de 2008; copia certificada

del desistimiento por parte del quejoso Julio Luna López; avalúo del predio, y expediente

original y copia del juicio de amparo núm. 390/2007.

589 VOLUMEN 5/13

Por lo anterior, se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa

y comprobatoria del gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con

lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal de 2008, el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2008.

Partida 5303 “Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

19. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL, ejerció 3,306.2 miles de pesos con cargo la partida 5303

“Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas

Públicos”. Al respecto, se seleccionó para su revisión la CLC núm. 25 C0 01 00568 del

9 de julio de 2008, por un monto de 3,306.2 miles de pesos, que representó el 100.0%

del importe ejercido en la partida.

Se verificó que dicha CLC se hubiese elaborado por el personal autorizado en 2008 y que

se contara con la autorización del titular de la dependencia para adjudicar directamente la

compra, que rebasó el monto de actuación; con evidencia documental de haber recibido

los bienes adquiridos, y con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

Al respecto, con el oficio núm. ASC/09/1323 del 21 de agosto de 2009, se le solicitó a

la CJSL la CLC referida con su documentación justificativa y comprobatoria. La información

fue proporcionada con el oficio núm. CJSL/DEA/1086/2009 del 31 de agosto de 2009, de

su revisión, se determinó lo siguiente:

1. La CLC fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores públicos

inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos, facultados

para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples

y Afectaciones Programático Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió

el apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado

IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por

Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

590 VOLUMEN 5/13

2. Mediante la CLC de referencia, se adquirieron 32 motocicletas marca Suzuki, tipo

DL650, modelo 2008, con los números de serie siguientes: JS1VP54A582102194,

JS1VP54A682102205, JS1VP54A582102213, JS1VP54A282102203, JS1VP54AX82102207,

JS1VP54A282102198, JS1VP54A982102196, JS1VP54A482101893, JS1VP54A282101892,

JS1VP54A082102197, JS1VP54A982101887, JS1VP54A682101894, JS1VP54A482102218,

JS1VP54A982102215, JS1VP54A482102199, JS1VP54A382102209, JS1VP54AX82102210

JS1VP54A182102211, JS1VP54A782102214, JS1VP54A782101886, JS1VP54A282102217,

JS1VP54A382102212, JS1VP54A082102216, JS1VP54A882102206, JS1VP54A482102204,

JS1VP54A182102192, JS1VP54AX82102191, JS1VP54A382102193, JS1VP54A782102195,

JS1VP54A682101863, JS1VP54AX82101865 y JS1VP54A882101895, dicha adquisición

se derivo de la requisición núm. 0166/08 del 13 de junio de 2008, que cuenta con sello

de “no existencia” en el almacén.

3. La documentación justificativa del pago consistió en el contrato tipo núm. 039/08 del

16 de junio de 2008, por un monto de 3,306.2 miles de pesos (IVA incluido) y el convenio

modificatorio núm. 020/08 del 24 de junio de 2008, celebrados con el proveedor

Suzuka Motos, S. de R. L. de C.V. Dicho contrato se adjudicó directamente con base

en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con

fundamento en los artículos 27, inciso C, 28 y 54, fracción V, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal. La adquisición rebasó el monto máximo de actuación para

adjudicación directa establecido en el artículo 57 del Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008; no obstante, se contó

con la autorización del titular de la CJSL y del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, conforme al artículo 54, párrafo penúltimo,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

4. Se verificó que la adquisición contó con la justificación por parte del Director Ejecutivo

de Justicia Cívica, el cual señaló que “su adquisición permitirá la coordinación, supervisión

y la atención de los daños ocasionados en forma culposa, con motivo del tránsito de

vehículos”. y dar cabal cumplimiento, al Decreto de reforma publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, el 13 de marzo de 2008, el cual indica:

Artículo Primero.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 240 y se reforma el

artículo 242 del Código Penal para el Distrito Federal, para quedar como sigue:

591 VOLUMEN 5/13

Artículo 240. No se considerará delito:

I. Cuando por culpa se ocasione únicamente daño a la propiedad con motivo del tránsito

de vehículos; y

II. El conductor o conductores involucrados no se encuentren en alguno de los

supuestos establecidos en las fracciones I y II del artículo 242 de este Código

Penal.

Artículo 242. Cuando los daños se ocasionen culposamente con motivo de tránsito de

vehículos, siempre que no se trate del supuesto previsto en la fracción I del segundo

párrafo del artículo 240 de este cuerpo normativo, se impondrá la mitad de las penas

previstas en el artículo 239 de este Código.

I. El agente conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes

o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; o

II. No auxilie a la víctima del delito o se dé a la fuga.

Al conductor de un vehículo automotor, que se retire del lugar en que participó en un

hecho donde únicamente se causó daño a la propiedad, en su forma de comisión

culposa y con motivo del tránsito vehicular, con el propósito de no llegar a un acuerdo

en la forma de reparación de los daños y sin acudir ante el juez cívico competente, se le

impondrá de uno a tres años de prisión y de 100 a 500 días multa, independientemente

de la responsabilidad administrativa o civil que resulten de esos hechos.

5. La adquisición contó con la autorización del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios, emitida en la segunda sesión extraordinaria del 13 de junio

de 2008 para el caso núm. 06/08.

6. Se verificó que el proveedor presentó en tiempo y forma la garantía de cumplimiento

del contrato con la fianza núm. 3247-00366-7 del 16 de junio de 2008, por un monto

de 287.5 miles de pesos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2008.

592 VOLUMEN 5/13

7. La CJSL acreditó que el proveedor ofreció las mejores condiciones en cuanto a

precio, calidad, financiamiento y oportunidad respecto a las cotizaciones de otros dos

proveedores.

8. Se revisaron 32 facturas, núms. 2185, 2188, 2189, 2190, 2191, 2192, 2193, 2194, 2195,

2196, 2197, 2198, 2199, 2200 y 2264 del 1 de julio de 2008; la factura núm. 2265 del

2 de julio de 2008; y las facturas núms. 2266, 2267, 2268, 2269, 2270, 2271, 2272,

2273, 2274, 2275, 2276, 2277, 2278, 2279, 2280 y 2282 del 3 de julio de 2008,

correspondientes a la CLC núm. 25 C0 01 00568 sujeta a revisión, por un importe total

de 3,306.2 miles de pesos, cantidad ejercida en la partida revisada. Dichas facturas

reunieron los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación vigente en 2008.

9. Con el sello de recibido del Almacén Central del 3 de julio de 2008, asentado en las

facturas, se verificó que las 32 motocicletas, tipo DL650, marca Suzuki, modelo 2008,

ingresaron al Almacén Central de la CJSL, en cumplimiento a lo establecido en el contrato

tipo núm. 039/08 del 16 de junio de 2008.

10. Los bienes recibidos en el Almacén General de la CJSL fueron entregados a la Dirección

Ejecutiva de Justicia Cívica mediante el formato “Vale de Salida del Almacén Central”

de fecha 1 de agosto de 2008, con firmas del solicitante y de recibido de conformidad

por el Director Ejecutivo de Justicia Cívica, autorizado por el Subdirector de Recursos

Materiales y Servicios Generales y con el visto bueno del Jefe de Unidad Departamental

de Almacenes e Inventarios. Al respecto, se entregó una relación en la que se indica

el área de adscripción, ubicación del vehículo, nombre, número de empleado y puesto

del usuario del vehículo y la clave CABMS, número progresivo, descripción, número

de serie y marca de los bienes con las firmas de los servidores públicos referidos.

11. Se detectó que el vale de salida del Almacén Central no tiene sello del almacén, ni

folio de salida. Lo anterior denota fallas de control interno. Por otra parte, se verificó

que los bienes se hubiesen registrado en el padrón inventarial, sin que se encontraran

diferencias al respecto.

12. Se elaboró un resguardo múltiple por las 32 motocicletas, el cual fue firmado por el

Director Ejecutivo de Justicia Cívica, quien las asignó mediante el formato “Resguardo

593 VOLUMEN 5/13

Provisional” a los peritos de tránsito terrestre. los cuales se presentaron a la entidad

de fiscalización para su verificación.

13. El 4 de noviembre de 2009, se realizó una inspección física en el estacionamiento del

edificio de la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, lugar donde se concentraron las

motocicletas, para verificar su existencia, dicha prueba de auditoría se realizó en

presencia del Encargado del Enlace Administrativo en la Dirección de Justicia Cívica;

al respecto, se observó lo siguiente:

a) Se localizaron 30 motocicletas tipo DL650, marca Suzuki, modelo 2008.

b) La motocicleta con número de serie JS1VP54AX82102191 se encontraba en

reparación con el distribuidor Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V., fue recibida con

la orden de trabajo núm. 3491 de fecha 29 de diciembre de 2008. Sobre el particular,

el 18 de noviembre de 2009 se realizó una inspección física en el taller del

distribuidor Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V., ubicado en Bucareli No. 51, colonia

Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, y se observó que dicha motocicleta se

encontraba en el taller; el administrador único de Suzuka Motos, S. de R.L. de C.V.,

informó que “el desperfecto que tiene la motocicleta fue a causa de la mala

operación por parte del conductor, asimismo, señaló que no había sido reparada,

por no tener la autorización correspondiente por parte de la CJSL”.

Con el oficio núm. ASC/135/08/13 de fecha 9 de noviembre de 2009, se solicitó a

la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL nota informativa en la que se

explicara la razón por la cual aún no había sido reparada la motocicleta descrita.

En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DEA/SSG/JUDM/0180/09 del 13 de noviembre

de 2009, la Dirección Ejecutiva de Administración de la CJSL informó que

“la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, a la fecha no ha realizado reporte

alguno sobre este vehículo, en particular a la Subdirección de Servicios Generales,

o a esta Jefatura de Unidad Departamental de Mantenimiento”.

Con el oficio núm. CJSL/DEJC/3447/09 del 20 de noviembre de 2009, el Director

Ejecutivo de Justicia Cívica informó que la motocicleta “ya fue reparada y presentada

para su revisión física al personal de la CMHALDF, con la fecha antes mencionada

594 VOLUMEN 5/13

de la cual se comprobó su funcionamiento”. No obstante, se concluye que existen

fallas de control interno respecto a la reparación de las motocicletas.

c) La motocicleta con número de serie JS1VP54A282101892 se encontraba en

reparación con el mismo distribuidor y fue recibida con la orden de trabajo

núm. 5168 de fecha 28 de octubre de 2009; se informó que se le dio salida debido

a que solamente recibió servicio de mantenimiento preventivo de los 3000 kilómetros.

Mediante el oficio núm. ASC/09/1679 del 30 de octubre de 2009, se convocó al proveedor

a compulsa para que proporcionara la documentación relacionada con las operaciones

que realizó con la CJSL durante 2008, la cual se entregó el 5 de noviembre de 2009, sin que

se detectaran diferencias respecto a la información presentada por el sujeto fiscalizado.

Se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del

gasto y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008,

el Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

Sin embargo, en la reunión de confronta celebrada el 12 de enero de 2010, la CJSL no

informó ni proporcionó documentación relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Recomendación ASC-135-08-12-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales establezca medidas de

control y supervisión para asegurarse de que en los vales de salida de almacén se

requisiten todos los campos que incluye el formato, a efecto de dejar constancia del sello de

almacén, de la fecha de salida y de la descripción de los bienes que fueron entregados.

Partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”

20. Resultado

En el ejercicio de 2008, la CJSL, ejerció 253.3 miles de pesos, con cargo a la partida 5203

“Maquinaria y equipo de construcción”, mediante la CLC núm. 25 C0 01 00567, la cual

representó el 100.0% de la muestra con recursos fiscales del presupuesto asignado a la CJSL.

595 VOLUMEN 5/13

1. La CLC fue impresa por el SICE y elaborada y autorizada por servidores públicos

inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados

para elaborar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples

y Afectaciones Programático-Presupuestarias en 2008, por lo que la CJSL cumplió el

apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, apartado

IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, subapartado IV.3.1, “Cuenta por

Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008.

2. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 00567, se adquirieron 42 GPS VISTA HCX, con

los siguientes números de serie: 16D143438, 16D144071, 16D144073, 16D144085,

16D144086, 16D144090, 16D144093, 16D144094, 16D144096, 16D144079, 16D144077,

16D144081, 16D144088, 16D129292, 16D144084, 16D144076, 16D144087, 16D144070,

16D143433, 16D144095, 16D144083, 16D144074, 16D129318, 16D144091, 16D144082,

16D144075, 16D143439, 16D144092, 16D144069, 16D144078, 16D129297, 16D132760,

16D143435, 16D144089, 16D144072, 16D129294, 16D129289, 16D144080, 16D144078,

16D129297, 16D132760, 16D143435. Dicha compra se derivó de la requisición

núm. 168/08 del 9 de junio de 2008 y 400/2008, con sellos de suficiencia presupuestal

y de “no existencia” en el almacén.

3. La documentación justificativa que soporta el pago consistió en el contrato tipo

núm. 043, por un monto de 253.3 miles de pesos (IVA incluido) celebrado con el

proveedor Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., con fundamento

en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

y 27, inciso C; 28; y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes

en 2008.

4. La adquisición de los 42 GPS se erefctuo mediante procedimiento de adjudicación

directa sin rebasar el monto de actuación establecido en el artículo 57 del Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

Se constató que el proveedor Soluciones y Tecnologías Informáticas, S.A. de C.V., de

acuerdo con el cuadro comparativo de precios, fue quien ofertó las mejores condiciones

en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

596 VOLUMEN 5/13

5. De acuerdo con la claúsula séptima del contrato tipo núm. 43, se eximió al proveedor

de presentar garantía de cumplimiento, con fundamento en los artículos 55 y 74 de la

Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.

6. Se revisó la documentación comprobatoria del proveedor Soluciones y Tecnologías

Informáticas, S.A. de C.V., la cual consistió en la factura núm. 2377 del 30 de junio

de 2008. Dicha factura reunió los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29

y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2008.

7. Los 42 GPS fueron recibidos en el Almacén Central el 30 de junio de 2008 en tiempo

y forma, conforme a lo establecido en el contrato tipo núm. 043/08; el 6 de octubre

de 2008 salieron mediante un vale de salida, sin folio de salida ni sello del almacén,

lo que denota fallas de control interno.

8. En la revisión de las tarjetas de almacén (kardex) se verificó que la entrada y la salida

de los 42 GPS fueron registradas con fechas del 30 de junio y 1o. de diciembre de 2008,

respectivamente.

9. Adicionalmente, se detectó que existe un resguardo múltiple por los 42 GPS, firmado

por el Director Ejecutivo de Justicia Cívica. Cabe mencionar que dicho servidor público

asignó 33 GPS a los peritos de tránsito terrestre, por lo que elaboró un resguardo

provisional para cada uno de los bienes, dichos resguardos fueron presentados a la

entidad de fiscalización para su constatación.

10. Para verificar la existencia de los 42 GPS, el 4 de noviembre de 2009 se realizó una

inspección física en el edificio de la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, lugar donde

se constató que 33 de los bienes estaban bajo resguardo de los peritos valuadores,

8 se encontraron en el almacén del Enlace Administrativo de dicha dirección y 1, según

lo informado, fue sustraído. Por lo anterior, mediante el oficio núm. ASC/135/08/17 de

fecha 13 de noviembre de 2009, se solicitó que se informara por qué aún seguían

8 GPS en el almacén del Enlace Administrativo y cuál era el estatus jurídico del GPS

que fue sustraído.

En respuesta, mediante el oficio núm. CJSL/DEJC/3499 de fecha 23 de noviembre

de 2009, el Director Ejecutivo de Justicia Cívica informó al Subdirector de Recursos

597 VOLUMEN 5/13

Materiales lo siguiente: “Al respecto, me permito hacer de su conocimiento que a través

de mi diverso CJSL/DEJC/3383/09, recibido en esa Subdirección a su cargo el día 19 del

mes en curso, se turna copia de la Averiguación Previa No. FCH/CUH-6T2/00312/09-03,

expedida el día 10 de noviembre de 2009, por la Agencia Investigadora del Ministerio

Público CUH-6, de la Fiscalía Desconcentrada en Cuauhtémoc de la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federal, mediante la cual se hace formalmente la

denuncia por el robo de un localizador satelital (GPS) de la oficina del que suscribe;

así también y atento a la observación se remite copia simple de los resguardos,

mediante los cuales se asignan, a partir de la fecha, los ocho GPS (al mismo número

de Peritos en Tránsito Terrestre), los cuales permanecieron en el almacén del Enlace

Administrativo de esta Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica”. Esta situación confirma

fallas de control interno.

Cabe señalar que la adquisición de los 42 GPS se registró en la partida 5203

“Maquinaria y Equipo de Construcción”, que, de acuerdo con el Clasificador por Objeto

del Gasto, corresponde a: “asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y

equipo utilizados en la construcción, tales como: quebradoras, revolvedoras, palas

mecánicas, tractores oruga, motoconformadoras, escrepas, aplanadoras, excavadoras,

grúas, dragas, carretillas, etc.”. Por ello, se considera que los bienes debieron registrarse

en la partida 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones”, ya

que el Clasificador por Objeto del Gasto indica que se relaciona con “telecomunicaciones,

tales como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores, equipo de

télex, de radar, sonar, de video, amplificadores, equipos telefónicos, telegráficos, etc.”.

Se concluye que la CJSL contó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto

y con las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 2008, el

Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008;

sin embargo, se detectaron fallas de control relativas a los requisitos que deben reunir

los vales de salida; y se detectó que la DEA registró erróneamente la adquisición de los

42 GPS en la partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, contrariamente a lo

que establece el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en 2008.

598 VOLUMEN 5/13

En la reunión de confronta, con el oficio núm. CJSL/DEA/0030/2010 del 12 de enero de 2010,

la CJSL, por conducto de la DEA, informó lo siguiente:

“Se anexa justificación:

”Ésta corresponde a la Requisición de compra 0168, con Número de Folio S.R.F. 0140 y

el Contrato Tipo No. 0043, por un importe de $257,680.50, de fecha 09 de Junio de 2008,

que textualmente dice: GPS aparato para medir distancias geodésicas, 1000 waypoints,

brújula electrónica, cálculo de áreas, Waad, barómetro, altímetro graficador de fases lunares,

derivado a la descripción que presenta, se consultó en su momento a la Subdirección

de Recursos Materiales, sobre las características de este instrumento y para qué sería su

utilidad, lo cual mencionaron que es un aparato que sirve para medir distancias, como los

que utilizan los ingenieros, y que tiene más funciones.”

No obstante lo señalado por la CJSL, se concluye que la adquisición de los 42 GPS

se registró erróneamente, en la partida 5203 “Maquinaria y Equipo de Construcción”, que

de acuerdo a lo señalado en el Clasificador por Objeto del Gasto, son “Asignaciones

destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo utilizados en la construcción, tales

como: quebradoras, revolvedoras, palas mecánicas, tractores oruga, motoconformadoras,

escrepas, aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, carretillas, etc.” y la partida 5204

“Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones” son “Asignaciones para

equipos y aparatos tales como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores,

equipo de télex, de radar, sonar, de video, amplificadores, equipos telefónicos, telegráficos,

etc.” ya que el aparato GPS tiene como característica principal la comunicación satelital

y la transmisión de datos, por lo que el presente resultado no se modifica.

Recomendación ASC-135-08-13-CJSL

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de las áreas

administrativas competentes, efectúe acciones para garantizar que el gasto se registre de

acuerdo con su naturaleza, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto.

Recomendación ASC-135-08-14-CJSL

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 19.