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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO SAN LUIS POTOSi FINANZAS DOMICILIO CONCEPTO AUTORIDAD EMISORA ACTA DE NOTIFICACION INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. SALK No. 4263, AGUAJE 2000,C.P. 78380, SAN LUIS POTOSI, S.L.P. NOTIFICACION DEL OFICIO NUMERO: SF-DF-RG- 0505 DE FECHA 05 DE FEBRERO DE 2016. DIRECCION DE FISCALIZACION En San Luis Potosi S.L.P. a las 12:00 horas del dia 8 del mes de Abril del ario 2016, Ia C. ALICIA E. GUADARRAMA TORRES, con constancia de identificaci6n numero 128, contenida en el oficio numero SF-DGI/DRPF/SCT-128/2016, con vigencia del 21 de enero al 31 de diciembre de 2016, expedida por Ia C. MA. EUGENIA REYNA MASCORRO, DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, procede a dar cumplimiento al acuerdo de fecha 7 de Abril de 2016, firmado por el C. MTRO. JUAN RENE SIERRA CORNEJO, Director de Recaudaci6n y Polftica Fiscal, L.A.E. JUAN EDUARDO REYNA ORTIZ y notificar por ESTRADOS el oficio numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016, en el cual se le notifica Ia Multa que se indica, a Ia contribuyente INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V., acompariado de su acta de notificaci6n respectiva de fecha 8 de abril de 2016, colocandose una copia del oficio y acta citados durante quince dias consecutivos, dandose por notificado al decimo sexto dia siguiente al primer dia en que se hubiera fijado en los ESTRADOS de esta Subdirecci6n de Control Tributario dependiente de Ia Direcci6n de Recaudaci6n y Politica Fiscal, de Ia Direcci6n General de lngresos de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, sito en MADERO No. 436 ZONA CENTRO, C.P. 78000 en esta ciudad Capital, con fundamento en los Articulos 134 fracci6n Ill, y 139 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n Vigente. EL NOTIFIC A \i C. \e-. T." NOMBRE Y FIRMA CONTRIBUYENTE Y /0 REPRESENTANTELEGAL NOMBRE Y FIRMA

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SAN LUIS POTOSi

~{5~~~~ FINANZAS

DOMICILIO

CONCEPTO

AUTORIDAD EMISORA

ACTA DE NOTIFICACION

INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. SALK No. 4263, AGUAJE 2000,C.P. 78380, SAN LUIS POTOSI, S.L.P. NOTIFICACION DEL OFICIO NUMERO: SF-DF-RG-0505 DE FECHA 05 DE FEBRERO DE 2016. DIRECCION DE FISCALIZACION

En San Luis Potosi S.L.P. a las 12:00 horas del dia 8 del mes de Abril del ario 2016, Ia

C. ALICIA E. GUADARRAMA TORRES, con constancia de identificaci6n numero 128,

contenida en el oficio numero SF-DGI/DRPF/SCT-128/2016, con vigencia del 21 de enero

al 31 de diciembre de 2016, expedida por Ia C. MA. EUGENIA REYNA MASCORRO,

DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del

Estado de San Luis Potosi, procede a dar cumplimiento al acuerdo de fecha 7 de Abril de

2016, firmado por el C. MTRO. JUAN RENE SIERRA CORNEJO, Director de

Recaudaci6n y Polftica Fiscal, L.A.E. JUAN EDUARDO REYNA ORTIZ y notificar por

ESTRADOS el oficio numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016, en el

cual se le notifica Ia Multa que se indica, a Ia contribuyente INTEGRADORA

INTERMEXICO, S.A. DE C.V., acompariado de su acta de notificaci6n respectiva de

fecha 8 de abril de 2016, colocandose una copia del oficio y acta citados durante quince

dias consecutivos, dandose por notificado al decimo sexto dia siguiente al primer dia en

que se hubiera fijado en los ESTRADOS de esta Subdirecci6n de Control Tributario

dependiente de Ia Direcci6n de Recaudaci6n y Politica Fiscal, de Ia Direcci6n General de

lngresos de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, sito

en MADERO No. 436 ZONA CENTRO, C.P. 78000 en esta ciudad Capital, con

fundamento en los Articulos 134 fracci6n Ill, y 139 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n

Vigente.

EL NOTIFIC

A \i C. \e-. dcvrC~'"hO_ T." NOMBRE Y FIRMA

CONTRIBUYENTE Y /0 REPRESENTANTELEGAL

NOMBRE Y FIRMA

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SAN LUIS POTOSi

SECRETARfA DE FINANZAS

NOMBRE: DOMICILIO: COLONIA: LOCALIDAD: No. DE OFICIO FECHA DEL OFICIO

San Lufs Potosf, S.L.P. a 07 de Abril de 2Q16.

ACUERDO

INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. SALK No. 4263 AGUAJE 2000, C.P. 78380 SAN LUIS POTOSI, S.L.P. SF-DF-RG-0505 05 DE FEBRERO DE 2016

En Ia Ciudad de San Luis Potosi, S.L.P. siendo las 12:00 horas del dla 05 de Abril de 2016, considerando que a Ia fecha no ha sido posible efectuar Ia notificaci6n personal del oficio SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016, oficio que contiene Ia imposici6n de Multa que se indica, signado y firmado aut6grafamente por el C.P. Luis Felipe Lobo Aguilera en su caracter de DIRECTOR DE FISCALIZACION de Ia Secretaria de Finanzas de Gobierno del Estado, se acudi6 al domicilio fiscal que manifesto Ia contribuyente: INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V., sito en SALK No. 4263, AGUAJE 2000, C.P. 78380 en esta ciudad, ante el Registro Federal de Contribuyentes, sin obtener resultados positives, situaci6n que qued6 debidamente asentada en Ia Constancia de Hechos de fecha 07 de marzo de 2016, por lo anterior y con Ia finalidad de localizar al contribuyente en menci6n a fin de otorgar su garantla de audiencia y dejar a salvo sus derechos jurldicos, se realizaron las investigaciones inherentes al caso por el personal de Ia Subdirecci6n de Control Tributario, dependiente de Ia Direcci6n de Recaudaci6n y Politica Fiscal, que a su vez depende de Ia Direcci6n General de ingresos de Ia Secretarla de Finanzas de Gobierno del Estado, y ante el hecho de que se encuentra deshabitado el domicilio fiscal manifestado por Ia contribuyente y por tal motivo esta no localizado INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. y al estar en el supuesto establecido en del articulo 134 fracci6n Ill del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, que a Ia letra dice: "Las notificaciones de los aetas administrativos se har6m: fracci6n Ill. Par estrados, cuando Ia persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya seflalado para efectos del registro federal de contribuyentes, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca, se oponga a Ia diligencia de notificaci6n o se coloque en el supuesto previsto en Ia fracci6n V del articulo 110 de este C6digo y en los demas casos que seflalen /as Leyes fiscales y este C6digo." Y articulo 139 del

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PODER EJECUTIVO DEL EST ADO

SAN LUIS POTOSi SECRETAR[A DE FINANZAS

Hoja 2

C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente, que a Ia letra dice: "Las notificaciones por estrados se hartm fijando durante quince dias el documento que se pretenda notificar en un sitio abierto a/ publico de las oficinas de Ia autoridad que efectue Ia notificaci6n y publicando ademas e! documento citado, durante e/ mismo plaza, en Ia pagina e/ectr6nica que a/ efecto establezcan las autoridades fiscales; dicho plazo se con tara a partir del dia siguiente a aquel en que el documento fue fijado o publicado segun corresponda; Ia autoridad dejara constancia de ello en el expediente respectivo. En estos casos, se tendra como fecha de notificaci6n Ia del decimo sexto dia contado a partir del dia siguiente a aquel en el que se hubiera fijado o publicado el documento." Por lo descrito anteriormente se acuerda:

UNICO.- Llevarse a cabo Ia notificaci6n por ESTRADOS, publicando el oficio numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016; por el periodo de 15 dias comprendidos del 11 de Abril de 2016 al 29 de Abril de 2016, fijando los documentos senalados en los estrados del local que ocupa Ia Subdirecci6n de Control Tributario, sito en Ia calle Francisco I. Madero numero 436 Zona Centro C.P. 78000 San Luis Potosi, S.L.P. de conformidad con lo dispuesto en el numeral 134 fracci6n Ill, 139 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n se acuerda notificar a partir del 22 de julio de 2015 el documento relativo a Ia Multa que se indica mediante oficio numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016, surtiendo efectos Ia notificaci6n del mencionado oficio el dia 2 de mayo de 2016.

C.P. AICIA E. GUADA RAMA TORRES NOTIFICADOR-EJECUTOR

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NOMBRE: PODER EJECUTIVO R.F.C.:

DEL ESTADO DOMICILIO: SAN LUIS POTOSi LOCALIDAD:

secRETARiADE FINANZAS No. DE OFICIO FECHA DEL OFICIO

INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. IIN140122TFA SALK No. 4263, AGUAJE 2000, C.P. 78380 SAN LUIS POTOSI, S.L.P. SF-DF-RG-0505 05 DE FEBRERO DE 2016

CONSTANCIA DE NOTIFICACION POR ESTRADOS

En Ia Ciudad de San Luis Potosi, S.L.P., siendo las 12:00 horas del dia 29 de Abril del

2016, se hace constar que en virtud de que Ia contribuyente lntegradora lnterMexico,

S.A. de C.V., no se localiza en el domicilio manifestado para Ia notificaci6n del oficio

numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 DE FEBRERO DE 2016 ya que en el domicilio no

se encuentra Ia contribuyente, hechos que se asentaron en Ia constancia de hechos

levantada con fecha 8 de marzo del 2016, con fundamento en los articulos 134 fracci6n

Ill y 139 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente.

Se procede a notificar en Estrados de Ia Subdirecci6n de Control Tributario dependiente

de Ia Direcci6n de Recaudaci6n y Politica Fiscal, de Ia Direcci6n General de lngresos de

Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi por el periodo de

15 dias comprendidos del 11 de abril de 2016 y hasta el 29 de abril de 2016 el oficio

numero SF-DF-RG-0505 de fecha 05 de febrero de 2016, en el cual se le notifica Ia Multa

que se indica a Ia contribuyente lntegradora lnterMexico, S.A. de C.V., acompanado de

su acta de notificaci6n respectiva de fecha 8 de abril del 2016, colocandose una copia del

oficio y acta anteriormente citados durante quince dias consecutivos, dandose por

notificado al decimo sexto dia siguiente al primer dia en que se hubiera fijado en

los estrados de esta Subdirecci6n de Control Tributario dependiente de Ia Direcci6n de

RECAUDACION y Politica Fiscal, de Ia Direcci6n General de lngresos de Ia Secretaria de

Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, sito en Madero no. 436, zona

centro, C.P. 78000 de esta ciudad.

ASI LO PROVEYO Y FIRMA:

C. ALICIA E. GUAD

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SAN LUIS POTOSi SECRET ARIA DE FINANZAS

CONSTANCIA DE RETIRO DE NOTIFICACION POR ESTRADOS

NOMBRE: R.F.C.: DOMICILIO: LOCALIDAD: No. DE OFICIO FECHA DEL OFICIO

INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V. IIN140122TFA SALK No. 4263, AGUAJE 2000, C.P. 78380 SAN LUIS POTOSI, S.L.P. SF-DF-RG-0505 05 DE FEBRERO DE 2016

EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSI, S.L.P., SIENDO LAS 14:00 HORAS DEL DIA 29 DE ABRIL DEL 2016, SE HACE CONSTAR QUE HABIENDO TRANSCURRIDO EL PLAZO DE NOTIFICACION, Y DARSE POR NOTIFICADO EL OFICIO NUMERO SF-DF­RG-0505 DE FECHA 05 DE FEBRERO DEL 2016, EN EL CUAL SE LE NOTIFICA LA MULTA QUE SE INDICA, A LA CONTRIBUYENTE INTEGRADORA INTERMEXICO, S.A. DE C.V., ACOMPANADO DE SU ACTA DE NOTIFICACION RESPECTIVA DE FECHA 8 DE ABRIL DEL 2016, PLAZO Y NOTIFICACION A QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 139 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION VIGENTE, SE PROCEDE A RETIRAR DE LOS ESTRADOS DE ESTA SUBDIRECCION DE CONTROL TRIBUTARIO, DEPENDIENTE DE LA DIRECCION DE RECAUDACION Y POLITICA FISCAL, DE LA DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, UBICADA EN MADERO No. 436, ZONA CENTRO, C.P. 78000 EN ESTA CIUDAD., EL DOCUMENTO CONSISTENTE EN EL OFICIO Y ACTA DE NOTIFICACION A QUE SE HACE REFERENCIA EN ESTE PARRAFO Y LA LISTA DE ESTRADOS.

ASI LO PROVEYO Y FIRMA:

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SAN LUIS POTOSI SECRET ARiA DE FINANZAS

LIST A DE ESTRADOS

Notificaci6n por lista que se fija en los ESTRADOS de Ia Subdirecci6n de Control

Tributario dependiente de Ia Direcci6n de Recaudaci6n y Polftica Fiscal, de Ia Direcci6n

General de lngresos de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis

Potosi, conforme lo establecido en los articulos 134 fracci6n Illy 139 del C6digo Fiscal

de Ia Federaci6n vigente.

CONTRIBUYENTE DOCUMENTO

INTEGRADORA OFICIO NUMERO SF-DF-RG-0505 DE FECHA 05 de INTERMEXICO, S.A. FEBRERO DE 2016. DE C.V.

ACTA NOTIFICACION LEVANTADA CON FECHA 8 DE ABRIL DEL 2016, S 12:00 HORAS (NOTIFICACI6N DEL OFICIO NUM F-DF-RG-0505) CONSTANCIA DE C S DE FECHA 8 DE MARZO DE 2016, REALIZA AL.: R~ AR DE NOTIFICAR EL OFICIO ANTES REFERID .

MTRO. JUAN RENE SIE DIRECTOR DE RECA

Y POLITICA FISCAL

EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSi, S.L.P. SIENDO LAS 12:00 HORAS DEL DIA 11 DE ABRIL DEL 2016, SE FIJA EN LOS ESTRADOS DE ESTA SUBDIRECCION DE CONTROL TRIBUTARIO DEPENDIENTE DE LA DIRECCION DE RECAUDACION Y POLITICA FISCAL, DE LA DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSi, SITO EN MADERO No. 436 ZONA CENTRO C.P. 78000 EL OFICIO MENCIONADO CON ANTELACI6N QUEDANDO LEGALMENTE NOTIFICADO EL 02 (DOS) DE MAYO DE 2016.

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GOBIERNO DEL EST ADO

DE SAN LUIS POTOSi

C. REPRESENT ANTE LEGAL DE INTEGRADORA INTERMEXICO, SA DE CV SALK No. 4263, AGUAJE 2000, C.P. 78380 SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

~SL PROSPEREI\I\OS .JUNTOS C..obierno del 1:;~.-t~~du :.?.<.:>"'S·· 2021 I SECRETARfA

DE FINANZAS

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DIRECCION DE FISCALIZACION

REVIS16N DE GABINETE EXPEDIENTE:IIN140122TFA

CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG--1- 0505

San Luis Potosi, S. L. P. a 0 r; t-"'l-"">. '~'~ ,_; ,; i.-.'..1 .-t.J I 'l.o'

ASUNTO: Se lmpone Ia Multa que se Indica.

Esta Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, mediante Orden de revision numero GRM2400003/15 contenida en el Oficio numero SF-DF-DSPG /4587 de fecha 07 de diciembre de 2015, emitido par el C.P.LUIS FELIPE LOBO AGUILERA, en su caracter de Director de Fiscalizacion dependiente de Ia Direccion General de lngresos de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, debidamente notificado previa citatorio el dia 10 de diciembre de 2015, a quien se le esta practicando Revision de Gabinete par el periodo fiscal comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2015; en dicho oficio se le concedio un plaza de quince dias contados a partir de dia siguiente a aquel en que surtiera efectos su notificacion, de conformidad con el articulo 53, inciso C), del Codigo Fiscal de Ia Federacion vigente, para que proporcionara Ia informacion y documentacion que se indican en el oficio numero SF-DF-DSPG/4587 de fecha 10 de diciembre de 2015, mismo que debio presentar en esta Direccion de Fiscalizacion dependiente de Ia Direccion General de lngresos de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, sita en Jesus Goytortua No. 130, Fraccionamiento Tangamanga, C.P. 78269, en San Luis Potosi, S.L.P.; en virtud de que a Ia fecha de Ia expedicion de este oficio el Representante Legal de Ia contribuyente revisada: INTEGRADORA INTERMEXICO, SA DE CV, haya cumplido lo solicitado, aun y cuando esta obligado a presentarlos y considerando que ha transcurrido en exceso el plaza en cuestion el haber proporcionado Ia informacion y documentacion solicitada en forma parcial en el oficio antes citado, mismo que fue debidamente notificado previa citatorio el dia 10 de diciembre de 2015 y cuyo vencimiento de los quince dias habiles otorgados para Ia entrega de Ia documentacion fue el15 de enero de 2016, siendo este plaza el comprendido par los dias habiles 14, 15, 16, 17, 18 de diciembre de 2015 y 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14 y 15 de enero de 2016, par lo tanto del dia 14 al18 de diciembre de 2015 y del dia 04 al15 de enero de 2016, comprendio el plaza de los 15 dias otorgados para Ia presentacion de Ia documentacion solicitada.

Ahara bien, tomando en cuenta que a Ia fecha del presente oficio, el Representante Legal de Ia contribuyente revisada: INTEGRADORA INTERMEXICO, SA DE CV, proporciono Ia informacion y documentacion solicitada en forma parcial solicitada, con fundamento en los articulos 16 de Ia Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos; 10, parrafos Primero, Segundo y Tercero, 13 y 14 de Ia Ley de Coordinacion Fiscal en materia Federal; par lo que en los terminos del articulo 10 de Ia Ley antes citada, Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi, suscribieron con fecha 18 de octubre de 1979 el Convenio de Adhesion al Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal, publicado en el Diario Oficial de Ia Federacion de fecha 28 de diciembre de 1979, y autorizado en todas sus partes mediante el Articulo Unico, inserto en el Decreta 245 Bis, en el cual el XLIX Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi aprobo el Convenio de Adhesion al Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal celebrado par Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico y el Gobierno del Estado de San Luis Potosi, publicado en el Periodico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi de fecha 30 de diciembre de 1979; reformado par Decreta No. 441 mediante el cual el

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GOBIERNO DEL EST ADO

DE SAN LUIS POTOSi

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DIRECCION DE FISCALIZACION

REVISION DE GABINETE EXPEDIENTE:IIN140122TFA

CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG--2- 0505

Congreso Constitucional antes referido aprueba en su Articulo Onico el contenido del anexo numero 4 del citado Convenio, publicado en el Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi, el 23 de junio de 1981 y en el Diario Oficial de Ia Federaci6n de fecha 13 de octubre de 1981; yen ejercicio de las facultades fiscales de caracter publico, previstas en lo dispuesto en las Clausulas SEGUNDA primer parrafo, fracciones I y II, TERCERA; CUARTA, parrafos primero, segundo y cuarto, OCTAVA, primer parrafo, fracci6n I, incisos b) y d), fracci6n II inciso a), NOVENA, primer parrafo, DECIMA primer parrafo fracci6n I y II del Convenio de Colaboraci6n Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico y el Gobierno del Estado de San Luis Potosi, con fecha 25 de junio de 2015 y publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n de fecha 17 de agosto de 2015 y en edici6n extraordinaria del Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi de fecha 18 de Agosto de 2015; articulo 33 fracciones V, VII, IX, XII y XLIX de Ia Ley Organica de Ia Administraci6n Publica del Estado de San Luis Potosi; articulos 47 fracciones Ill y VI, 48 y 52 del C6digo Fiscal del Estado de San Luis Potosi; articulos 1,3 fracci6n II inciso b), y ultimo parrafo 14 fracciones X, XI y XII, y 20 fracciones: IV, XVII y XXI del Reglamento Interior de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, publicado en edici6n extraordinaria del Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi el 7 de mayo del 2005, reformado mediante decreta administrative publicado en edici6n extraordinaria del Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi de fecha 17 de junio de 2006, asi como mediante Decreta Administrative publicado en edici6n extraordinaria del Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi con fecha 16 de julio de 2011, y del Decreta Administrative que Adiciona disposiciones del Reglamento Interior de Ia Secretaria de Finanzas, publicado en el mismo 6rgano de difusi6n oficial el 19 de enero de 2016, y articulos Primero y Tercero del Acuerdo Administrative mediante el cual se Delegan Facultades contenidas en el Reglamento Interior de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, a favor del Director de Fiscalizaci6n, de fecha 2 de mayo de 2007 y publicado en el Peri6dico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosi, el 9 de mayo de 2007; asi como en los articulos 42 primer parrafo, fracci6n II, antepenultimo y 70 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente; yen virtud de que infringi6 lo dispuesto en el articulo 85, primer parrafo, fracci6n I del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente; se hace acreedor a Ia imposici6n de Ia multa minima actualizada equivalente a Ia cantidad de $15,430.00 (Quince mil cuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.), establecida en el articulo 86 primer parrafo, fracci6n I del mismo ordenamiento, misma que se dio a conocer en Ia Modificaci6n al Anexo 5, Rubro A, fracci6n I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2014 publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 07 de Enero de 2015 y que se determin6 con fundamento en lo establecido en el articulo 17-A sexto parrafo, del mencionado C6digo Fiscal de Ia Federaci6n y de acuerdo con el procedimiento que para Ia actualizaci6n se establece en Ia Regia 2. 1. 12, fracci6n V, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 30 de diciembre de 2014, dicho procedimiento seiiala lo siguiente

La multa minima actualizada en cantidad de $15,430.00 (Quince mil cuatrocientos treinta pesos 00/ M .N.), se dio a conocer en Ia Modificaci6n al Anexo 5, Rubro A, fracci6n I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2014, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 07 de enero de 2015, cantidad vigente a partir del 1° de Enero de 2015, misma que fue actualizada de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 17-A sexto parrafo, del mencionado C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el cual se describe a continuaci6n:

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 17-A sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, las cantidades establecidas en el mismo ordenamiento se actualizaran cuando el incremento porcentual acumulado del lndice Nacional de Precios al Consumidor desde el mes en que se actualizaro~m~a . ~~ \

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GOBIERNO DEL EST ADO

DE SAN LUIS POTOSi

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DIRECCION DE FISCALIZACION

REVISION DE GABINETE EXPEDIENTE:IIN140122TFA

CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG- 0505 - 3 -

vez, exceda del 10%. Dicha actualizaci6n se llevara a cabo a partir del mes de enero del siguiente ejercicio fiscal a aquel en el que se haya dado dicho incremento. Para Ia actualizaci6n mencionada se considerara el periodo comprendido desde el mes en el que estas se actualizaron por ultima vez y hasta el ultimo mes del ejercicio en el que se exceda el por ciento citado.

Primera actualizaci6n:

La multa minima sin actualizaci6n establecida en el articulo 86, fracci6n I, del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente a partir del 1 o de enero de 2004, asciende a Ia cantidad de $ 9,661.00 (nueve mil seiscientos sesenta y un pesos 00/ M.N.), de conformidad con el Articulo Segundo, fracciones I, Illy XXIII, de las Disposiciones Transitorias del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, contenidas en el Decreta por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 5 de enero de 2004.

Ahora bien, de conformidad con el articulo 17-A sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, vigente y Ia Regia 2.1.13, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 28 de abril de 2006, se dan a conocer las cantidades actualizadas vigentes a partir del mes de enero de 2006, en el Anexo 5 Rubro A, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 12 de mayo de 2006.

La actualizaci6n se llev6 a cabo de acuerdo con el procedimiento siguiente:

El incremento porcentual acumulado del [ndice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo comprendido desde el mes de julio de 2003 y hasta el mes de octubre de 2005 fue de 10.15%, excedido del10% citado en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n. Dicho por ciento es el resultado de dividir 114.765 puntas correspondiente al fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de octubre de 2005, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 10 de Noviembre de 2005, entre 104.188 puntas correspondiente al indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de junio de 2003, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de Julio de 2003, menos Ia unidad y multiplicado por 100.

De esta manera, con base en lo dispuesto en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el periodo que debe tomarse en consideraci6n es el comprendido del mes de julio de 2003 al mes de diciembre de 2005. En estos mismos terminos, el factor de actualizaci6n aplicable al periodo mencionado, se obtendra dividiendo el indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al mas reciente del periodo entre el citado lndice correspondiente al mes anterior al mas antiguo de dicho periodo, por lo que debe tomarse en consideraci6n el fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2005 que fue de 115.591 puntas, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 9 de diciembre de 2005 y el citado lndice correspondiente al mes de junio de 2003, que fue de 104.188 puntas publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de julio de 2003. Como resultado de esta operaci6n, el factor de actualizaci6n obtenido y aplicado fue de 1.1 094, mismo que fue publicado en el Anexo 5 Rubro C, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2006, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 12 de mayo de 2006.

Asl, Ia multa minima en cantidad de$ 9,661.00 (nueve mil seiscientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.) multiplicada por el factor de actualizaci6n obtenido de 1.1094, da como resultado una multa minima .. --,

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CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG- n ~ J'l,tu -4- v~w~

actualizada en cantidad de $10,717.91 (diez mil setecientos diecisiete pesos 91/100 M.N.), misma que de conformidad con lo serialado en el articulo 17 -A ultimo parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente, que establece que para determinar el monto de las cantidades, se consideraran inclusive, las fracciones de peso; no obstante, dicho monto se ajustara para que las cantidades de 0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se ajusten a Ia decena inmediata anterior y de 5.01 a 9.99, se ajusten a Ia decena inmediata superior, de donde se obtiene un importe de Ia multa minima actualizada en cantidad de$ 10,720.00 (diez mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.), cantidad que fue publicada en el Anexo 5, Rubro A de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2006, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 12 de Mayo de 2006, vigente a partir del 1 de Enero de 2006.

Segunda actualizaci6n.

La multa minima actualizada establecida en el articulo 86, fracci6n I, del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, vigente hasta el 31 de diciembre de 2008, asciende a Ia cantidad de $ 10,720.00 (diez mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.) misma cantidad que fue actualizada de conformidad con el procedimiento establecido en Ia Regia 1.2.1.1 0 fracci6n I, de Ia Cuarta Resoluci6n de Modificaciones a Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2008, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 30 de enero de 2009 y en Ia Regia 1.2.1.7, fracci6n I, de Ia Segunda Resoluci6n de Modificaciones a Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2009, publicada el21 de diciembre de 2009, en el mismo ordenamiento oficial.

Ahora bien, de conformidad con el articulo 17-A sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, a partir del mes de enero de 2009 se dan a conocer las cantidades actualizadas en el Anexo 5, Rubro A, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2008, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 1 0 de febrero de 2009.

La actualizaci6n se llev6 a cabo de acuerdo con el procedimiento siguiente:

El incremento porcentual acumulado del indice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo comprendido desde el mes de enero de 2006 y hasta el mes de junio de 2008 fue de 10.16%, excediendo del10% citado en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n. Dicho por ciento es el resultado de dividir 128.118 puntas correspondiente al indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de junio de 2008, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de julio de 2008, entre 116.301 puntas correspondiente al indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre de 2005, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de enero de 2006, menos Ia unidad y multiplicado por 100.

De esta manera y con base en lo dispuesto en el articulo 17 -A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el periodo que debe tomarse en consideraci6n es el comprendido del mes de enero de 2006 al mes de diciembre de 2008. En estos mismos terminos, el factor de actualizaci6n aplicable al periodo mencionado, se obtendra dividiendo el indice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al mas reciente del periodo entre el citado lndice correspondiente al mes anterior al mas antiguo de dicho periodo, por lo que debe tomarse en consideraci6n el indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2008 que fue de 132.841 puntas; publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de diciembre de 2008 y el citado lndice correspondiente al mes de diciembre de 2005, que fue de 116.301 puntas; publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de enero de 2006. Como resultado de esta operaci6n, el factor de actualizaci6n obtenido y aplicado fue de 1.1422. ,~~::":~~

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i SECRETARlA , DE FINANZAS

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CLAVE Dl; AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG- 0 5 ft 5 - 5 -

Por lo anteriormente expuesto, Ia multa minima actualizada en cantidad de $ 10,720.00 (diez mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.) multiplicada por el factor de actualizaci6n obtenido de 1.1422, da como resultado una multa minima actualizada en cantidad de $12,244.38 (dace mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 38/100 M.N.}, misma que de conformidad con lo sefialado en el articulo 17-A penultimo parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, que establece que para determinar el manto de las cantidades se consideraran, inclusive, las fracciones de peso; no obstante, dicho manto se ajustara para que las cantidades de 0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se ajusten a Ia decena inmediata anterior y de 5.01 a 9.99, se ajusten a Ia decena inmediata superior, obteniendo como resultado un importe de Ia multa minima actualizada en cantidad de $ 12,240.00 (dace mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.}, cantidad que fue publicada en el Anexo 5, Rubro A de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2008, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el10 de Febrero de 2009, aplicable a partir del1° de Enero de 2009.

Tercera actualizaci6n.

La multa minima actualizada establecida en el articulo 86, fracci6n I, del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, vigente hasta el 31 de diciembre de 2011, asciende a Ia cantidad de $12,240.00 (dace mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) misma cantidad que fue actualizada de conformidad con el procedimiento establecido en Ia Regia 1.2.1.7 fracci6n Ill, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2012, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 28 de diciembre de 2011, con relaci6n a Ia regia 2.1.12, fracci6n II de Ia Cuarta Resoluci6n de Modificaci6n a Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2015, publicada en el diario oficial de Ia federaci6n el 29 de septiembre de 2015.

Ahara bien, de conformidad con el articulo 17-A sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, a partir del mes de enero de 2012, se dan a conocer las cantidades actualizadas en el Anexo 5, Rubro A, apartado I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2012, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 05 de enero de 2012.

La actualizaci6n se llev6 a cabo de acuerdo con el procedimiento siguiente:

El incremento porcentual acumulado del fndice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo comprendido desde el mes de enero de 2009 y hasta el mes de marzo de 2011 fue de 10.03%, excediendo del10% citado en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n. Dicho por ciento es el resultado de dividir 100.797 puntas correspondiente al fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de marzo de 2011, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 8 de abril de 2011, entre 91.606269782709 puntas correspondiente al fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2008, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 23 de febrero de 2011, menos Ia unidad y multiplicado por 100.

De esta manera, y con base en lo dispuesto en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el periodo que debe tomarse en consideraci6n es el comprendido del mes de enero de 2009 al mes de diciembre de 2011. En estos mismos terminos, el factor de actualizaci6n aplicable al periodo mencionado, se obtendra dividiendo el fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al mas reciente del periodo entre el citado indice correspondiente al mes que se utiliz6 en el calculo de Ia ultima actualizaci6n, por lo que debe tomarse en consideraci6n el fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2011 que fue de 102.707 puntas, publicado en el Diario Oficial de

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No. DE OFICIO: SF-DF-RG--6-

Ia Federaci6n el 9 de diciembre de 2011 y el indice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de noviembre de 2008, que fue de 91.606269782709 puntos, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 23 de febrero de 2011. Como resultado de esta operaci6n, el factor de actualizaci6n obtenido y aplicado fue de 1.1211.

El indice correspondiente al mes de noviembre de 2008, a que se refiere esta fracci6n, esta expresado conforme a Ia nueva base segunda quincena de diciembre de 2010=100, cuya serie hist6rica del fndice Nacional de Precios al Consumidor mensual de enero de 1969 a enero de 2011, fue publicado por el Banco de Mexico en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 23 de febrero de 2011.

Por lo anteriormente expuesto, Ia multa minima actualizada en cantidad de $ 12,240.00 (doce mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) multiplicada por el factor de actualizaci6n obtenido de 1.1211, da como resultado una multa minima actualizada en cantidad de $13,722.26 (trece mil setecientos veintid6s pesos 26/100 M.N.), misma que de conformidad con lo sefialado en el articulo 17-A antepenultimo parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, que establece que para determinar el monto de las cantidades se consideraran, inclusive, las fracciones de peso; no obstante, dicho monto se ajustara para que las cantidades de 0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se ajusten a Ia decena inmediata anterior y de 5.01 a 9.99, se ajusten a Ia decena inmediata superior, obteniendo como resultado un importe de Ia multa minima actualizada en cantidad de$ 13,720.00 (trece mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.), cantidad que fue publicada en el Anexo 5, Rubro A fracci6n I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2012, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 05 de Enero de 2012, aplicable a partir del1 de Enero de 2012.

Se precisa que las cantidades establecidas en cantidad minima, no pierden ese caracter al actualizarse conforme al procedimiento previsto en el articulo 17-A del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, ya que las cantidades resultantes corresponden a las publicadas por Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico, en el Diario Oficial de Ia Federaci6n y en Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal, por lo que de acuerdo con lo establecido en el propio articulo 17-A cuarto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, las cantidades actualizadas conservan Ia naturaleza juridica que ten ian antes de Ia actualizaci6n.

Cuarta actualizaci6n.

La multa minima actualizada establecida en el articulo 86, fracci6n I, del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, vigente hasta el 31 de diciembre de 2014, asciende a Ia cantidad de $ 13,720.00 (trece mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.) misma cantidad que fue actualizada de conformidad con el procedimiento establecido en Ia Regia 2.1.12 fracci6n V, de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 30 de diciembre de 2014.

Ahora bien, de conformidad con el articulo 17-A sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, a partir del mes de enero de 2015 se dan a conocer las cantidades actualizadas en Ia Modificaci6n al Anexo 5, Rubro A, apartado I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 07 de enero de 2015.

La actualizaci6n se llev6 a cabo de acuerdo con el procedimiento siguiente:

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REVISI6N DE GABINETE EXP EDI ENTE: II N 140 122TF A

CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

_ 7N~. DE OFICIO: SF-DF-RG- lJ"'$(t·?; El incremento porcentual acumulado del fndice Nacional de Precios al Consumidor en el periodo comprendido desde el mes de noviembre de 2011 y hasta el mes de marzo de 2014 fue de 10.11%, excediendo del 10% citado en el articulo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n. Dicho por ciento es el resultado de dividir 113.099 puntos correspondiente al fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de marzo de 2014, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 10 de abril de 2014, entre 102.707 puntos correspondiente al fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 09 de diciembre de 2011, menos Ia unidad y multiplicado por 100.

De esta manera, y con base en lo dispuesto en el artfculo 17-A, sexto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el periodo que debe tomarse en consideraci6n es el comprendido del mes de noviembre de 2011 al mes de diciembre de 2014. En estos mismos terminos, el factor de actualizaci6n aplicable al periodo mencionado, se obtendra dividiendo el fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al mas reciente del periodo entre el citado fndice correspondiente al mes que se utilize en el calculo de Ia ultima actualizaci6n, por lo que debe tomarse en consideraci6n el fndice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2014 que fue de 115.493 puntos, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 10 de diciembre de 2014 y el indice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de noviembre de 2011, que fue de 102.707 puntos, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del 09 de diciembre de 2011. Como resultado de esta operaci6n, el factor de actualizaci6n obtenido y aplicado fue de 1.1244.

Por lo anteriormente expuesto, Ia multa mm1ma actualizada en cantidad de $ 13,720.00 (trece mil setecientos veinte pesos 00/100 M.N.) multiplicada por el factor de actualizaci6n obtenido de 1.1244, da como resultado una multa mfnima actualizada en cantidad de $15,426.76 (quince mil cuatrocientos veintiseis pesos 76/100 M.N.), misma que de conformidad con lo selialado en el articulo 17-A antepenultimo parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, que establece que para determinar el monto de las cantidades se consideraran, inclusive, las fracciones de peso; no obstante, dicho monto se ajustara para que las cantidades de 0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se ajusten a Ia decena inmediata anterior y de 5.01 a 9.99, se ajusten a Ia decena inmediata superior, obteniendo como resultado un importe de Ia multa mfnima actualizada en cantidad de $15,430.00 (quince mil cuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.), cantidad que se dio a conocer en Ia Modificaci6n al Anexo 5, Rubro A, fracci6n I de Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal para 2014, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 07 de Enero de 2015, aplicable a partir del 1° de Enero de 2015.

Se precisa que las cantidades establecidas en cantidad mfnima, no pierden ese caracter al actualizarse conforme al procedimiento previsto en el artfculo 17-A del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, ya que las cantidades resultantes corresponden a las publicadas por Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico, en el Diario Oficial de Ia Federaci6n y en Ia Resoluci6n Miscelanea Fiscal, por lo que de acuerdo con lo establecido en el propio artfculo 17-A cuarto parrafo del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, las cantidades actualizadas conservan Ia naturaleza jurfdica que tenfan antes de Ia actualizaci6n.

La multa debera ser cubierta en Ia Direcci6n de Fiscalizaci6n dependiente de Ia Direcci6n General de lngresos de Ia Secretarfa de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosf, sito en Francisco I. Madero No. 436 Zona Centro, C.P. 78000, en esta ciudad, (Capturar en Clave 2901), ---------------------------

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PROSPEREIV\OS JUNTOS

Sr::cRETARIA

DE FiNANZAS

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CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-D:_-RG- Q 5 -8- . 05

den.tro de los treinta dias Mbiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos Ia notificaci6n del presente oficio, de conformidad con lo establecido en el articulo 65 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n.

En caso de que Ia multa determinada en Ia presente resoluci6n no sea pagada dentro del plazo previsto en el articulo 65 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n Ia misma se actualizara desde el mes en que debi6 de hacerse el pago y hasta que el mismo se efectue en los terminos del articulo 17 -A del ordenamiento citado, conforme lo establecido en el articulo 70 segundo parrafo, tambien del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n.

Asi mismo, de conformidad con lo dispuesto en el penultimo parrafo del articulo 50 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n vigente, queda enterado que de acuerdo con lo que establece el articulo 116 del propio C6digo Fiscal vigente, podra impugnar esta resoluci6n a traves del recurso de revocaci6n, ante Ia Direcci6n General de lngresos dependiente de Ia Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosi, sita en Francisco I. Madero No. 436 Zona Centro, C.P. 78000, en esta ciudad, dentro del plaza de treinta dias Mbiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos Ia notificaci6n de esta Resoluci6n, segun lo previsto en el articulo 121 primer y segundo parrafos del mismo ordenamiento.

0 en terminos del articulo 125 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, promover directamente ante Ia Sala Regional competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Juicio Contencioso Administrative en Ia via sumaria, dentro del plaza de quince dias habiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos Ia notificaci6n de esta resoluci6n, de conformidad con lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 58-2, de Ia Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrative, en tratandose de alguna de las materias a que se refiere el mencionado articulo del citado Ordenamiento legal, y siempre que Ia cuantfa del asunto sea inferior de cinco veces el Salario Minima General vigente elevado al aria al dia 03 de febrero de 2016, equivalente a $ 133,663.20, cantidad estimada a Ia fecha de este oficio.

Para efectos de verificar el manto del salario minima general vigente en el Distrito Federal y efectuar las operaciones aritmeticas necesarias que definan si Ia resoluci6n se encuentra o no dentro del rango de cinco veces el salario minima general del Distrito Federal elevado al aria al momenta de su emisi6n, las autoridades deberan verificar Ia Resoluci6n que para tal efecto emita y publica en el Diario Oficial de Ia Federaci6n, Ia Comisi6n Nacional de Salarios Minimos Ia cual en Terminos del articulo 570 de Ia Ley Federal del Trabajo es emitida de manera anual con vigencia a partir del 01 de enero del aria siguiente.

Para efectos del aria en curso es conveniente precisar que en fecha 18 de diciembre de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n Ia Resoluci6n del Consejo de Representantes de Ia Comisi6n Nacional de Salarios Minimos misma que en el resolutive segundo seriala que el Salario Minima General vigente a partir del 1 de enero de 2016, es de $73.04 como sigue:

SALARIO MINIMO GENERAL $ 73.04

POR CINCO VECES 5

ELEVADO AL ANO 366

RESULTADO $ 133,663.20

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5ECRETARiA DE FINANZAS

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CLAVE DE AUDITORIA: 1512015 CLAVE DE MULTA: 1601020

No. DE OFICIO: SF-DF-RG--9- 0505

En virtud de lo anterior, una vez analizada Ia operaci6n aritmetica basandonos en Ia citada Resoluci6n, se tiene que el manto de cinco veces el salario minima general vigente elevado al aiio es de $133,298.00, el cual sera aplicable a partir del 01 de enero de 2016, salvo que Ia Comisi6n realice una revision de dichos salarios minimos y emita y publique en el Diario Oficial de Ia Federaci6n una resoluci6n en Ia cual lo modifique.

Finalmente, se informa que en caso de ubicarse en alguno de los supuestos contemplados en las fracciones del penultimo parrafo del articulo 69 del C6digo Fiscal de Ia Federaci6n, el Servicio de Administraci6n Tributaria publicara en su pagina de Internet (www.sat.gob.mx) su nombre, denominaci6n social o raz6n social y su clave del registro federal de contribuyentes, lo anterior de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del citado precepto legal. En case de estar inconforme con Ia mencionada publicaci6n podra llevar a cabo el procedimiento de aclaraci6n previsto en las reglas de caracter general correspondientes, a traves del cual podra aportar las pruebas que a su derecho convenga.

ATENTAMENTE EL DIRECTOR DE FISCALIZACION

DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE INGRESOS DE LA SECRETARI DE FINANZAS

C.P. LUIS FELIPE LOBO AGUILERA.