Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA...

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA ÉPOCA 16 DE AGOSTO DE 2018 No. 388 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Oficialía Mayor Aviso por el que se da a Conocer Un Trámite denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del Registro y Aviso de Terminación de Obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar Sujeta al Régimen de Propiedad en Condominio o Copropiedad, por Motivo del Sismo del 19 de Septiembre de 2017y su Formato de Solicitud, que Presta el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, que ha Obtenido La Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 3 Secretaría de Movilidad Nota Aclaratoria al “Aviso por el que se da a Conocer el Procedimiento para la Instalación Gratuita de Taxímetros Digitales con Sistema de Geolocalización Satelital Integrado, así como Una Aplicación Tecnológica (APP) para la Contratación Remota del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” de la Ciudad de México y Sustitución de los Taxímetros Actuales como parte del Mejoramiento del Transporte Público en la Ciudad de México”; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Día Diecisiete de Abril de Dos Mil Dieciocho 13 Secretaría de Seguridad Aviso por el que se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Dictaminado y Registrado con el Número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117 14 Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Registrado con el Número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117 29 Continúa en la Pág. 2

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

VIGÉSIMA ÉPOCA 16 DE AGOSTO DE 2018 No. 388

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Oficialía Mayor

Aviso por el que se da a Conocer Un Trámite denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción,

Prórroga del Registro y Aviso de Terminación de Obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar Sujeta

al Régimen de Propiedad en Condominio o Copropiedad, por Motivo del Sismo del 19 de Septiembre de 2017” y

su Formato de Solicitud, que Presta el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, que ha Obtenido La

Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y

Servicios al Público del Distrito Federal 3

Secretaría de Movilidad

Nota Aclaratoria al “Aviso por el que se da a Conocer el Procedimiento para la Instalación Gratuita de

Taxímetros Digitales con Sistema de Geolocalización Satelital Integrado, así como Una Aplicación Tecnológica

(APP) para la Contratación Remota del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi” de la

Ciudad de México y Sustitución de los Taxímetros Actuales como parte del Mejoramiento del Transporte Público

en la Ciudad de México”; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Día Diecisiete de Abril de

Dos Mil Dieciocho 13

Secretaría de Seguridad

Aviso por el que se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Dictaminado y

Registrado con el Número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117 14

Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica

de Selección y Promoción de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Registrado con el

Número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117 29

Continúa en la Pág. 2

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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Índice

Viene de la Pág. 1

Aviso por el que se da a Conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la

Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, registrado con el Número MEO-74/160718-D-SSPDF-

35/011117 42

Secretaría de Cultura

Aviso por el que se da a Conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de

Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, con

Número de registro MEO-78/160718-D-SECUL-20/2008 63

Delegación Miguel Hidalgo

Aviso por el que se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, con Número de registro

MEO-85/200718-OPA-MIH-1/010118, validado por la Coordinación General de Modernización Administrativa,

mediante oficio número OM/CGMA/1710/2018, de fecha 20 de julio de 2018 74

Delegación Milpa Alta

Aviso por el cual se da a Conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos COTECIAD, con Número de Registro MEO-75/160718-OPA-MIL-17/160617.

Aprobado por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), Mediante Oficio

OM/CGMA/1665/2018 88

Aviso por el cual se da a Conocer el Manual Específico de Operación Archivística del Órgano Político

Administrativo en Milpa Alta, con Número de Registro MEO-76/160718-OPA-MIL-17/160617, Aprobado por la

Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), Mediante Número de Oficio

OM/CGMA/1666/2018 101

Delegación Tláhuac

Aviso por el cual se dan a Conocer las Modificaciones a las Reglas de Operación del Programa Social “Tláhuac

Renace con la Educación”, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas el 31 Enero de 2018 125

Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta

Aviso por el cual se dan a Conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos

Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio

Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018” 129

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Delegación Azcapotzalco.- Licitación Pública Nacional.- Número 30001058/LP/025/2018.- Convocatoria No.

DAZCA/DGODU/010-2018.- Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Comercial 140

Delegación Azcapotzalco.- Licitaciones Públicas Nacionales.- Números 30001058/LP/026/2018 a

30001058/LP/028/2018 y 30001058/LP/030/2018.- Convocatoria No. DAZCA/DGODU/011-2018.- Contratación

de Diversas Obras Públicas 143

SECCIÓN DE AVISOS

Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V. 146

Edictos 147

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de

Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27

y 28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito

Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del

Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero

y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII,

13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro

Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será

operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,

en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, será la encargada de verificar que los trámites y

servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,

información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,

instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora

regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.

Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al

Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización

Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y

Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, y ser la instancia

facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren

inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Trámites CDMX.

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México como Dependencia normativa en materia de

Construcciones y Obras, concluyó el proceso de inscripción y obtuvo la Constancia de Inscripción correspondiente de un

trámite en materia de Construcciones y Obras, denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del

registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad

en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017”, en el Registro Electrónico citado, cuyo

trámite y formato de solicitud, han sido Publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 19 de febrero de

2018, para que produzca sus efectos jurídicos correspondientes.

Que el numeral Décimo Segundo del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establece que los

Órganos de la Administración Pública de la Ciudad de México que normen, apliquen u operen trámites y servicios deberán

inscribirlos en el Registro Electrónico y solamente podrán aplicar aquellos que se encuentren debidamente registrados y

publicados de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Trámites.

Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del

Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un trámite denominado “Registro de Manifestación de

Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar

sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” en

materia de Construcciones y obras, del Órgano Político Administrativo en Iztapalapa y se ha expedido la Constancia de

Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos

jurídicos en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.

Que una vez que se publique el trámite “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de

terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o

copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” y su formato de solicitud, que presta el Órgano Político

Administrativo en Iztapalapa en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus efectos jurídicos y serán

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4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

susceptibles de su aplicación en la forma y términos en los ahí aparecen y fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y sean difundidos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER UN TRÁMITE DENOMINADO “REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, PRÓRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA; PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJETA AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO O COPROPIEDAD, POR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017” Y SU FORMATO DE SOLICITUD, QUE PRESTA EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN IZTAPALAPA, QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se da a conocer el trámite denominado “Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017” y su formato de solicitud, que presta el Órgano Político Administrativo en Iztapalapa y que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Órgano Político Administrativo en Iztapalapa, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el trámite a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en que fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.-El Presente aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil dieciocho.

EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y

TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma)

OLIVER CASTAÑEDA CORREA

TRÁMITE QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL

ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

No. Nombre del Trámite Tipo Materia Órgano que

Registra No. de Anexo

1595

Registro de Manifestación de Reconstrucción, Prórroga del registro y Aviso de terminación de obra; para la Reconstrucción de Vivienda Multifamiliar sujeta al régimen de propiedad en condominio o copropiedad, por motivo del sismo del 19 de septiembre de 2017

Trámite Construcciones y

obras

Órgano Político Administrativo en

Iztapalapa Anexo 1

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5

Anexo 1

SI NO

de de

* Lo s da to s s o lic itado s en es te blo que s o n o bliga to rio s .

Calle

C.P . Tel.

Cel:

Identificac ió n Ofic ia l

Fecha de venc imiento Actividad auto rizada a rea lizar

Co rreo e lec tró nico para rec ibir no tificac io nes

Número / Fo lio

En s u c a s o

D ire c to r(a ) Ge ne ra l de Obra s y D e s a rro llo Urba no

TIZTAP ALAP A_RMC_3

F o lio :

* Lo s da to s s o lic itado s en es te blo que s o n o bliga to rio s .

No mbre (s )

Apellido P a te rno Apellido Materno

P res ente

Declaro ba jo pro tes ta de dec ir verdad que la info rmació n y do cumentac ió n pro po rc io nada es verídica , po r lo que en cas o de exis tir fa ls edad en e lla , tengo pleno

co no cimiento que s e aplicarán las s anc io nes adminis tra tivas y penas es tablec idas en lo s o rdenamiento s res pec tivo s para quienes s e co nducen co n fa ls edad ante la

auto ridad co mpetente , en té rmino s de l a rtículo 32 de la Ley de P ro cedimiento Adminis tra tivo , co n re lac ió n a l 311 de l Có digo P ena l, ambo s de l Dis trito Federa l.

Info rm a c ió n a l inte re s a do s o bre e l tra ta m ie nto de s us da to s pe rs o na le s

Lo s dato s pers o na les recabado s s erán pro tegido s , inco rpo rado s y tra tado s en e l Sis tema de Dato s P ers o na les

___________________________________________________________________________ el cua l tiene s u fundamento en

______________________________________________________________________________________, y cuya fina lidad es

_____________________________________________________________________________y po drán s er trans mitido s a

____________________________________________________________________________________________, además de o tras trans mis io nes previs tas en la Ley

de P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les para e l Dis trito Federa l. Co n excepc ió n del te lé fo no y co rreo e lec tró nico particula res , lo s demás da to s s o n o bliga to rio s y s in

e llo s no po drá acceder a l s e rvic io o co mple ta r e l trámite

_______________________________________________________________________________________________________________ As imis mo , s e le info rma que

s us da to s no po drán s er difundido s s in s u co ns entimiento expres o s a lvo excepc io nes previs tas en la ley. El res po ns able de l Sis tema de Dato s P ers o na les es

____________________________________________________________, y la direcc ió n do nde po drá e je rcer lo s derecho s de acces o , rec tificac ió n, cance lac ió n y

o po s ic ió n, as í co mo la revo cac ió n del co ns entimiento es

______________________________________________________________________________________________________________ El titula r de lo s da to s po drá

dirigirs e a l Ins tituto de Acces o a la Info rmació n P ública y P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les de l Dis trito Federa l, do nde rec ibirá as es o ría s o bre lo s derecho s que tute la

la Ley de P ro tecc ió n de Dato s P ers o na les para e l Dis trito Federa l a l te lé fo no 56 36 46 36; co rreo e lec tró nico : da to s pers o na les @info df.o rg.mx o en la página

www.info df.o rg.mx.

D A TOS D EL IN TER ES A D O (P ER S ON A F ÍS IC A QUIEN F UN GIR Á C OM O R EP R ES EN TA N TE LEGA L P A R A EF EC TOS D EL

P R OC ED IM IEN TO D E R EC ON S TR UC C IÓN )

TIP O ´B´ TIP O ´C´

LA P RESENTE MANIFESTACIÓN SERÁ REGISTRADA CON LOS BENEFICIOS DEL P ROGRAMA P ARA LA

RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA P OR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017

C la v e de fo rm a to :

N OM B R E D EL TR Á M ITE:

REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, P RÓRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE

OBRA; P ARA LA RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJ ETA AL RÉGIMEN DE P ROP IEDAD EN

CONDOMINIO O COP ROP IEDAD, P OR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017.

C iuda d de M é xic o , a

2. Certificado de Derecho s de Reco ns trucc ió n para Afec tado s (CeDRA 2017)

o Certificado Único de Zo nificac ió n de Us o del Suelo en s u mo dalidad de

Reco ns trucc ió n de Vivienda (CURVI), en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

3. Do s tanto s de l pro yec to arquitec tó nico en plano s a es ca la , debidamente

aco tado s y co n las es pec ificac io nes de lo s materia les , acabado s y equipo s a

utiliza r, en lo s que s e debe inc luir, co mo mínimo : cro quis de lo ca lizac ió n del

predio , levantamiento de l es tado ac tua l, indicando las co ns trucc io nes y

árbo les exis tentes ; planta de co njunto , mo s trando lo s límites de l predio y la

lo ca lizac ió n y us o de las dife rentes partes edificadas y áreas exterio res ;

plantas arquitec tó nicas , indicando las viviendas y e l us o de lo s dis tinto s

lo ca les y las c irculac io nes , co n e l mo bilia rio fijo que s e requiera y en s u cas o ,

es pac io s para es tac io namiento de auto mó viles y/o bic ic le tas y/o

mo to c ic le tas ; co rtes y fachadas ; co rtes po r fachada , cuando co linden en vía

pública y de ta lles a rquitec tó nico s inte rio res y de o bra exte rio r.

P e rs o na a uto riza da pa ra o í r y re c ib ir no t if ic a c io ne s y do c um e nto s

Apellido Materno

No mbre (s )

Nacio na lidad

(c a rt a de na t ura liz a c ión o c a rt illa de se rvic io milit a r o c é dula profe siona l o pa sa port e o c e rt if ic a do de na c iona lida d me xic a na o c re de nc ia l pa ra vot a r o lic e nc ia pa ra c onduc ir)

Do cumento co n e l que acredita la s ituac ió n

migra to ria y es tanc ia lega l en e l pa ís

D OM IC ILIO P A R A OIR Y R EC IB IR N OTIF IC A C ION ES Y D OC UM EN TOS EN LA C IUD A D D E M ÉXIC O

No . Exterio r No . Inte rio r

Co lo nia

4. P ro yec to de pro tecc ió n a co lindanc ias , do s tanto s firmado s po r e l

pro yec tis ta indicando s u número de cédula pro fes io na l, as í co mo el Direc to r

Res po ns able de Obra y e l Co rres po ns able en Seguridad Es truc tura l, en s u

cas o .

Delegac ió n

R EQUIS ITOS

1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y

firmado , en o rigina l.

Apellido P a te rno

DELEGACIÓN IZTAPALPA

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6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

6. Memo ria Des criptiva de l pro yec to , la cua l co ntendrá co mo mínimo : e l

lis tado de las viviendas y lo ca les co ns truido s y las áreas libres , s uperfic ie y

número de o cupantes o us uario s de cada uno ; e l aná lis is de l cumplimiento de l

CeDRA o CURVI, inc luyendo co efic ientes de o cupac ió n y utilizac ió n del

s ue lo ; cumpliendo co n lo s requerimiento s de l Reglamento , s us No rmas

Técnicas Co mplementarias y demás dis po s ic io nes referentes a : acces ibilidad

para pers o nas co n dis capac idad, cantidad de es tac io namiento s y s u

func io na lidad, pa tio s de iluminac ió n y ventilac ió n, nive les de iluminac ió n y

ventilac ió n en cada lo ca l, c irculac io nes ho rizo nta les y vertica les , s a lidas y

muebles hidro s anita rio s , vis ibilidad en s a las de es pec táculo s , res is tenc ia de

lo s materia les a l fuego , c irculac io nes y s a lidas de emergenc ia , equipo s de

extinc ió n de fuego y o tras que s e requieran; y en s u cas o , de las res tricc io nes

o afec tac io nes de l predio . Lo s plano s y memo rias deben es ta r firmado s po r e l

repres entante lega l de l co ndo minio o co pro pie ta rio s , po r e l pro yec tis ta

indicando s u número de cédula pro fes io na l, po r e l Direc to r Res po ns able de

Obra y e l Co rres po ns able en Dis eño Urbano y Arquitec tó nico , en s u cas o , en

do s tanto s .

5. Do s tanto s de lo s pro yec to s de las ins ta lac io nes hidráulicas inc luyendo el

us o de s is temas para ca lentamiento de agua po r medio de l apro vechamiento

de la energía s o la r co nfo rme a lo s artículo s 82, 83 y 89 del Reglamento de

Co ns trucc io nes , s anita rias , e léc tricas , gas e ins ta lac io nes es pec ia les y o tras

que s e requieran, en lo s que s e debe inc luir co mo mínimo : plantas , co rtes e

is o métrico s , en s u cas o , mo s trando las trayec to rias de tuberías ,

a limentac io nes , as í co mo el dis eño y memo rias co rres po ndientes , que

inc luyan la des cripc ió n de lo s dis po s itivo s co nfo rme a lo s requerimiento s

es tablec ido s po r e l Reglamento y s us No rmas en cuanto a s a lidas y muebles

hidráulico s y s anita rio s , equipo s de extinc ió n de fuego , s is tema de captac ió n y

apro vechamiento de aguas pluvia les en azo tea y o tras que co ns idere e l

pro yec to . Lo s plano s y memo rias deben es ta r firmado s po r e l repres entante

lega l de l co ndo minio o co pro pie ta rio s , po r e l pro yec tis ta , indicando s u

número de cédula pro fes io na l, po r e l Direc to r Res po ns able de Obra y e l

Co rres po ns able en Ins ta lac io nes , en s u cas o .

7. Memo ria de Cálculo Es truc tura l, s e rá expedida en papel membre tado de la

empres a o del pro yec tis ta , en do nde co ns te s u número de cédula pro fes io na l

y firma, as í co mo , la des cripc ió n del pro yec to , lo ca lizac ió n, número de nive les

s ubterráneo s y us o co nfo rme a: Cargas Muertas : Definic ió n de ta llada de

to das las cargas muertas que s e deben co ns iderar en e l dis eño , ta les co mo :

pes o pro pio , pes o de acabado s , pes o de fa ls o s pla fo nes , pes o de muro s

divis o rio s no es truc tura les , pes o de fachadas y cance le rías , pes o de re lleno s ,

pes o de impermeabilizantes , s o brecarga reglamentaria , e tc .; Cargas vivas :

definic ió n de las cargas vivas para acc io nes acc identa les , permanentes y para

as entamiento s , as í co mo las cargas trans ito rias y aquellas que deban s er

co ns ideradas en e l dis eño de acuerdo co n las No rmas Técnicas

Co mplementarias s o bre Crite rio s y Accio nes para e l Dis eño de Es truc turas

de Edificac io nes , también s e deberá definir e l pes o de equipo s y e lemento s

que deban s er co ns iderado s en e l aná lis is y no es tén inc luido s en la carga

viva ; Materia les : Calidad de lo s materia les : Co ncre to : res is tenc ia a la

co mpres ió n f´c y mó dulo de e las tic idad, Acero : es fuerzo de fluenc ia fy;

Mampo s tería : res is tenc ia de dis eño a co mpres ió n, f*m, res is tenc ia de dis eño

a co mpres ió n diago nal v*m, mó dulo de e las tic idad Em y mó dulo de co rtante

Gm; Es pec tro para dis eño po r s is mo : Co efic iente s ís mico Ta Tb R Facto r de

co mpo rtamiento s ís mico Q y co ndic io nes de regularidad es truc tura l; Se

deberá inc luir una explicac ió n de lo s va lo res ado ptado s y la verificac ió n de

que s e cumplen to do s lo s requis ito s es pec ificado s en la no rma

co rres po ndiente ; Mo delo Es truc tura l: Se deberá inc luir una des cripc ió n de la

meto do lo gía de l mo delo empleado , as í co mo la fo rma para mo delar lo s

s is temas de pis o , muro s , e tc .; Se deberá definir e l s is tema empleado para e l

aná lis is ; Se deberá definir de ta lladamente e l mo delo de la c imentac ió n

empleado ; En genera l, no s e po drán co ns iderar apo yo s ho rizo nta les en ningún

nive l de s ó tano s , s a lvo en e l des plante de la c imentac ió n; Accio nes po r

s is mo : Se deberá des cribir e l pro cedimiento para o btener lo s e lemento s

mecánico s po r s is mo (es tá tico , dinámico mo dal es pec tra l, vec to res de Ritz,

e tc .); Co mbinac io nes y fac to res de carga : Des cripc ió n de las co ndic io nes de

carga , as í co mo de las co mbinac io nes co rres po ndientes ; Excentric idad

acc identa l: Se deberá hacer una des cripc ió n de có mo s e inco rpo ró la

excentric idad acc identa l en e l aná lis is ; Res ultado s de l aná lis is : Se deberá

inc luir la verificac ió n de: carga to ta l para cada co ndic ió n de carga ;

Excentric idades a la c imentac ió n; Co rtante bas a l po r s is mo y, en s u cas o , e l

fac to r de amplificac ió n; Des plazamiento s o btenido s po r s is mo y las

s eparac io nes de co lindanc ias neces arias , en s u cas o , perio do s de vibrac ió n y

partic ipac ió n de cada uno de e llo s ; Mecánica de s ue lo s : Se deberá inc luir un

res umen de las co nclus io nes y reco mendac io nes de l es tudio de mecánica de

s ue lo s , es to es : tipo de c imentac ió n, capac idad de carga , pro fundidad de

des plante , mó dulo de reacc ió n, as entamiento s dife renc ia les es perado s ;

Dis eño de la c imentac ió n: Se deberán definir las expres io nes empleadas para

e l dis eño y uno o do s e jemplo s de dis eño deta llado de lo s e lemento s que

fo rman la c imentac ió n; Se deberá inc luir la revis ió n de es tado s límite de

s ervic io (defo rmacio nes , vibrac io nes , agrie tamiento s , e tc .) y de lo s es tado s

límite de fa lla , pro cedimiento co ns truc tivo de la c imentac ió n y e l s is tema de

pro tecc ió n de co lindanc ias ; Dis eño de e lemento s de la s uperes truc tura : Se

deberán definir las expres io nes empleadas para e l dis eño y uno o do s

e jemplo s de ta llado s de l dis eño de lo s e lemento s repres enta tivo s que fo rman

la s uperes truc tura , co mo co lumnas , muro s , trabes princ ipa les , trabes

s ecundarias , lo s as , e tc .; Se deberá inc luir la revis ió n de es tado s límite de

s ervic io (defo rmacio nes , vibrac io nes , agrie tamiento s , e tc .) y de lo s es tado s

límite de fa lla ; Dis eño de co nexio nes : Se deberán definir las expres io nes

empleadas para e l dis eño de las co nexio nes y uno o do s e jemplo s de ta llado s

de las co nexio nes repres enta tivas . Lo s plano s y memo rias es truc tura les

deben es ta r firmado s po r e l repres entante lega l de l co ndo minio o

co pro pie ta rio s , po r e l ca lculis ta , po r e l Direc to r Res po ns able de Obra y e l

Co rres po ns able en Seguridad Es truc tura l, en s u cas o .

8. Do s tanto s de l pro yec to es truc tura l en plano s debidamente aco tado s , co n

es pec ificac io nes que co ntengan una des cripc ió n co mple ta y de ta llada de las

carac te rís ticas de la es truc tura inc luyendo s u c imentac ió n. Se es pec ificarán

en e llo s lo s da to s es enc ia les de l dis eño co mo las cargas vivas y lo s

co efic ientes s ís mico s co ns iderado s y las ca lidades de materia les . Se

indicarán lo s pro cedimiento s de co ns trucc ió n reco mendado s , cuando és to s

difie ran de lo s tradic io na les . Deberán mo s tra rs e en plano s lo s de ta lles de

co nexio nes , cambio s de nive l y aberturas para duc to s . En particula r, para

es truc turas de co ncre to s e indicarán mediante dibujo s aco tado s lo s de ta lles

de co lo cac ió n y tras lapes de refuerzo de las co nexio nes entre miembro s

es truc tura les . En lo s plano s de es truc turas de acero s e mo s tra rán to das las

co nexio nes entre miembro s , as í co mo la manera en que deben unirs e entre s í

lo s divers o s e lemento s que integran un miembro es truc tura l. Cuando s e

utilicen remaches o to rnillo s s e indicará s u diámetro , número , co lo cac ió n y

ca lidad, y cuando las co nexio nes s ean s o ldadas s e mo s tra rán las

carac te rís ticas co mple tas de la s o ldadura ; és tas s e indicarán utilizando una

s imbo lo gía apro piada y, cuando s ea neces ario , s e co mplementará la

des cripc ió n co n dibujo s aco tado s y a es ca la . En e l cas o que la es truc tura es té

fo rmada po r e lemento s prefabricado s o de patente lo s plano s es truc tura les

deberán indicar las co ndic io nes que és to s deben cumplir en cuanto a s u

res is tenc ia y o tro s requis ito s de co mpo rtamiento . Deben es pec ificars e lo s

herra jes y dis po s itivo s de anc la je , las to le ranc ias dimens io na les y

pro cedimiento s de mo nta je . Deberán indicars e , as imis mo , lo s

pro cedimiento s de apunta lamiento , e recc ió n de e lemento s prefabricado s y

co nexio nes de una es truc tura nueva co n o tra exis tente . En lo s plano s de

fabricac ió n y en lo s de mo nta je de es truc turas de acero o de co ncre to

prefabricado , s e pro po rc io nará la info rmació n neces aria para que la

es truc tura s e fabrique y mo nte de manera que s e cumplan lo s requis ito s

indicado s en lo s plano s es truc tura les .

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

Calle

11. Res po ns iva de l Direc to r Res po ns able de Obra de l pro yec to de la o bra , as í

co mo de lo s Co rres po ns ables en lo s s upues to s s eña lado s en e l a rtículo 36

del Reglamento , las cua les s e encuentran inc luidas en e l fo rmato de s o lic itud

TIZTAP ALAP A_RMC_3.

12. P ó liza vigente de l s eguro de res po ns abilidad c ivil po r daño s a te rcero s en

las o bras c las ificadas en e l grupo A y s ubgrupo B1, s egún el artículo 139 del

Reglamento , po r un mo nto as egurado no meno r de l 10% del co s to to ta l de la

o bra co ns truida po r e l tiempo de vigenc ia de la Manifes tac ió n de

Co ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

14. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de

co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na

que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de

reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

Cuenta Catas tra l Superfic ie (m2)

9. Es tudio de mecánica de s ue lo s de l predio de acuerdo co n lo s a lcances y lo

es tablec ido en las No rmas Técnicas Co mplementarias para Dis eño y

Co ns trucc ió n de Cimentac io nes de l Reglamento , inc luyendo lo s

pro cedimiento s co ns truc tivo s de la excavac ió n, muro s de co ntenc ió n y

cimentac ió n, as í co mo las reco mendac io nes de pro tecc ió n a co lindanc ias . El

es tudio debe es ta r firmado po r e l es pec ia lis ta indicando s u número de cédula

pro fes io na l, as í co mo po r e l repres entante lega l de l co ndo minio o

co pro pie ta rio s , e l Direc to r Res po ns able de Obra y po r e l Co rres po ns able en

Seguridad Es truc tura l, en s u cas o , po r duplicado .

10. Libro de bitáco ra de o bra fo liado para s er s e llado po r la Delegac ió n, e l cua l

debe co ns ervars e en la o bra , rea lizando s u apertura en e l s itio co n la

pres enc ia de lo s auto rizado s para us arla , quienes lo firmarán en es e

mo mento .

Reglamento de Co ns trucc io nes para e l Dis trito Federa l.- Artículo s 3

fracc io nes IV y VIII, 36, 38, 47, 48, 51 fracc io nes II y III, 53, 54 fracc ió n III, 61, 64,

65 y 70.

Co s to : Artículo , fracc ió n, inc is o , s ubinc is o de l

Có digo Fis ca l de la Ciudad de MéxicoNo aplica

Do cumento a o btener Regis tro

Lineamiento s para la aplicac ió n del P ro cedimiento de Reco ns trucc ió n de

Vivienda es tablec ido en la Ley para la Reco ns trucc ió n, Recuperac ió n y

Trans fo rmació n de la Ciudad en una cada vez más Res iliente , y Fac ilidades

Adminis tra tivas , Numera l Tercero , inc is o C).

F UN D A M EN TO J UR ÍD IC O

15. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la

co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,

Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula

P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para

Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

Delegac ió n C.P .

No . Exterio r No . Inte rio r

Co lo nia

Vigenc ia de l do cumento a o btener de 1 a 3 año s

P ro cedenc ia de la Afirmativa o Negativa F ic ta Afirmativa fic ta , No pro cede ; Negativa fic ta , No pro cede

D A TOS D EL P R ED IO

D IR EC TOR R ES P ON S A B LE D E OB R A

No mbre Regis tro No .

C OR R ES P ON S A B LE EN S EGUR ID A D ES TR UC TUR A L

No mbre Regis tro No .

Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .

Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .

13. En zo nas de co ns ervac ió n patrimo nia l co n valo r his tó rico , a rtís tico o

arqueo ló gico , licenc ia de l Ins tituto Nacio na l de Antro po lo gía e His to ria , vis to

bueno del Ins tituto Nacio na l de Bellas Artes o dic tamen de la Secre ta ría de

Des arro llo Urbano y Vivienda , en s u cas o , en co pia s imple y o rigina l para

co te jo .

Ley para la Reco ns trucc ió n, Recuperac ió n y Trans fo rmació n de la Ciudad de

México en una cada vez más Res iliente . En s u to ta lidad.

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8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Tipo de o bra

Zo nificac ió n

Dic tamen de Impacto urbano número

Manifes tac ió n o Dic tamén de Impacto Ambienta l

Superfic ie de l predio m2 Superfic ie to ta l po r co ns truir m2

Superfic ie de des plante m2 % Area libre m2 %

Número de nive les Si No

Número de s ó tano s Número de viviendas

Es tac io namiento cubierto m2 Es tac io namiento des cubierto m2

ml

m2 m2

m2 m2

m2 m2

m2 m2 m2

N OM B R ES Y F IR M A S

No mbre

Lic e nc ia de C o ns truc c ió n o R e g is tro de Obra Eje c uta da o M a nife s ta c ió n de C o ns truc c ió n a nte rio r, e n s u c a s o :

Altura máxima s o bre nive l de banqueta

Superfic ie de us o habitac io na l

Vivienda Tipo "A" Vivienda Tipo "B" Vivienda Tipo "C"

Direc to r res po ns able de o bra

Co rres po ns able en s eguridad es truc tura l

Co rres po ns able en dis eño urbano y

a rquitec tó nico

Co rres po ns able en ins ta lac io nes

Res po ns able Lega l para e fec to s de l

pro cedimiento de reco ns trucc ió n

Cajo nes de es tac io namiento

Número Fecha de expedic ió n

C A R A C TER ÍS TIC A S ES P EC ÍF IC A S D E LA OB R A

de fecha

Superfic ie de us o dis tinto a l habitac io na l

Superfic ie habitable s o bre nive l de

banqueta

de fecha

Us o o des tino

Do mic ilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .

No mbre Regis tro No .

C OR R ES P ON S A B LE EN IN S TA LA C ION ES

C OR R ES P ON S A B LE EN D IS EÑO UR B A N O Y A R QUITEC TÓN IC O

Do micilio co mple to , inc luyendo ca lle , número , co lo nia , Delegac ió n y C.P .

No mbre Regis tro No .

Superfic ie de co ns trucc ió n to ta l ba jo nive l

de banquetaSuperfic ie habitable ba jo nive l de banqueta

Superfic ie de co ns trucc ió n to ta l s o bre

nive l de banqueta

C A R A C TER ÍS TIC A S GEN ER A LES D E LA OB R A

Nueva Ampliac ió n Reparac ió n Mo dificac ió n

Semis ó tano

Firma

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9

DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección

Q UEJAS O DENUNCIAS

LA P R ES EN TE HOJ A F OR M A P A R TE IN TEGR A N TE D E LA S OLIC ITUD R EGIS TR O D E M A N IF ES TA C IÓN D E R EC ON S TR UC C IÓN ,

P R ÓR R OGA D EL R EGIS TR O Y A VIS O D E TER M IN A C IÓN D E OB R A ; P A R A LA R EC ON S TR UC C IÓN D E VIVIEN D A M ULTIF A M ILIA R

S UJ ETA A L R ÉGIM EN D E P R OP IED A D EN C ON D OM IN IO O C OP R OP IED A D , P OR M OTIVO D EL S IS M O D EL 19 D E S EP TIEM B R E D E

2 0 17 , TIP O _ _ _ _ _ , N °_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E F EC HA D E EXP ED IC IÓN _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ ,

C ON VIGEN C IA A L _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .

a) Es o bligac ió n del direc to r res po ns able de o bra , co lo car en la o bra , en lugar vis ible y legible des de la vía pública , un le tre ro co n e l número

de regis tro de la manifes tac ió n de co ns trucc ió n, da to s genera les de la o bra , ubicac ió n y vigenc ia de la mis ma.

b) P res entado e l avis o de te rminac ió n de o bra , en cas o de pro ceder, la auto ridad o to rgará la auto rizac ió n de us o y o cupac ió n.

c ) La SEDUVI apo yará a las pers o nas afec tadas a integrar la manifes tac ió n de co ns trucc ió n, y a regis tra rla ante la Delegac ió n; as imis mo ,

brindará aco mpañamiento y as es o ría a lo s inte res ado s durante to do e l pro ces o de co ns trucc ió n, que co ncluye co n la auto rizac ió n de us o y

o cupac ió n de l inmueble po r parte de la Delegac ió n.

d) El plazo máximo de res pues ta en lo s s iguientes s upues to s es : Regis tro .- Inmedia to ; P ró rro ga .- 3 días hábiles ; Avis o de Terminac ió n de

Obra .- 5 días hábiles .

e ) En el Regis tro de Manifes tac ió n de Reco ns trucc ió n, pro cede la nega tiva fic ta , mientras que en la auto rizac ió n de la P ró rro ga de la

Manifes tac ió n de Reco ns trucc ió n, pro cederá la a firmativa fic ta .

f) Dentro de lo s 15 días hábiles ante rio res a l venc imiento de la vigenc ia de l regis tro de manifes tac ió n de co ns trucc ió n, e l pro pie ta rio o

po s eedo r, en cas o neces ario , po drá pres enta r ante la Delegac ió n en e l fo rmato de s o lic itud, la s o lic itud de pró rro ga .

g) P o r cada manifes tac ió n de co ns trucc ió n po drán o to rgars e has ta do s pró rro gas .

h) De la do cumentac ió n s e requerirán do s tanto s , uno quedará en po der de la Delegac ió n y e l o tro en po der de l Repres entante Legal de l

co ndo minio o la co pro piedad, quien entregará una co pia de lo s mis mo s para s u us o en la o bra .

i) Se po drá dar avis o de te rminac ió n de o bra parc ia l, para o cupac ió n en edificac io nes que o peren y func io nen independientemente de l res to

de la o bra , las cua les deben garantizar que cuentan co n lo s equipo s de s eguridad neces ario s y que cumplen co n lo s requerimiento s de

habitabilidad y s eguridad es tablec ido s en e l Reglamento .

Área

No mbre

Cargo

Firma

R e c ibió (para s er llenado po r la auto ridad) S e llo de re c e pc ió n

Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.

electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana

Obs ervac io nes

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10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

de de

Director(a) General de O bras y Desarrollo Urbano

No.

Porcentaje de avance de la obra %

FUNDAMENTO JURIDICO

Los que suscribimos la presente con la personalidad que tenemos reconocida en este expediente, venimos a prorrogar el registro de manifestación de

construcción tipo B o C:

Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta

Artículos 54 fracción III y 64

No aplica

1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y

firmado , en o rigina l.

2. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de

co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na

que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de

reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

Documento a obtener

Propietario, poseedor o interesado

Representante legal

TIZTAPALAPA_RMC_3

Folio:

Clave de formato:

Ciudad de México, a

y fecha de vencimiento

Vigencia del documento a obtener

REQ UISITO S

1 a 3 años

Afirmativa ficta, Procede

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal

Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal

de la Ciudad de México

TIP O ´B´

3. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la

co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,

Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula

P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para

Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

Motivos que impidieron la terminación de la obra

Prórroga

Corresponsable en diseño urbano y

arquitectónico

Corresponsable en instalaciones

Firma

Número de Prórroga solicitada

Descripción de los trabajos que se van a llevar a cabo para concluir la obra

NOMBRE DEL TRÁMITE

PRÓRROGA DEL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, PARA LA

RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJETA AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN

CONDOMINIO O COPROPIEDAD, POR MOTIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017

con fecha de expedición

NO MBRES Y FIRMAS

Nombre

TIP O ´C´

Director responsable de obra

Corresponsable en seguridad

estructural

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

No. de registro

Vigencia al

Recibió Sello de recepción

Área

Nombre

Cargo

Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.

PARA SER LLENADO PO R LA AUTO RIDAD

Q UEJAS O DENUNCIAS

______________________________________

NOMBRE, FIRMA Y CARGO

AUTORIZA

LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD DEL TRÁMITE

PRÓ RRO GA DEL REGISTRO DE MANIFESTACIÓ N DE CO NSTRUCCIÓ N PARA LA RECO NSTRUCCIÓ N DE VIVIENDA PO R

MO TIVO DEL SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017, TIPO _____, N°_____________________________ DE FECHA DE

EXPEDICIÓ N_________ DE _________________ DE _____, CO N VIGENCIA AL __________________ DE ________________DE

_____________.

Firma

Manifestación tipo

, del

DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección

electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana

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12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

de de

Co n fecha

No .

5 días hábiles

P ermanente .

Afirmativa fic ta , pro cede ; Negativa fic ta , no pro cede

TIZTAPALAPA_RMC_3

Folio:

Clave de formato:

Vigencia de l do cumento a o btener

Auto rizac ió n de us o y o cupac ió n

Director responsable de obra

P ro cedenc ia de la Afirmativa o Negativa F ic ta

Artículo s 65 y 70.

No aplica

DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección

F UN D A M EN TO J UR ÍD IC O

Cargo

Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.

Firma

R EQUIS ITOS

1. Fo rmato de s o lic itud TIZTAP ALAP A_RMC_3, debidamente llenado y

firmado , en o rigina l.

2. Acta de As amblea de Co ndó mino s o es critura en lo s cas o s de

co pro piedad, en e l do cumento res pec tivo deberá es ta r definida la pers o na

que fungirá co mo Repres entante Legal para efec to s de l pro cedimiento de

reco ns trucc ió n, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

N OM B R E D EL TR Á M ITE:

3. Identificac ió n o fic ia l de l Repres entante Legal de l co ndo minio o la

co pro piedad; s e aceptará cua lquiera de las s iguientes : Credenc ia l para Vo tar,

Carta de Natura lizac ió n, Cartilla de l Servic io Milita r Nacio na l, Cédula

P ro fes io na l, P as apo rte , Certificado de Nacio na lidad Mexicana , Licenc ia para

Co nducir, en co pia s imple y o rigina l para co te jo .

Nombre

Corresponsable en seguridad

estructural

Firma

AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA DE LA MANIFESTACIÓN DE RECONSTRUCCIÓN, P ARA LA RECONSTRUCCIÓN DE

VIVIENDA MULTIFAMILIAR SUJ ETA AL RÉGIMEN DE P ROP IEDAD EN CONDOMINIO O COP ROP IEDAD, P OR MOTIVO DEL

SISMO DEL 19 DE SEP TIEMBRE DE 2017

C iuda d de M é xic o , a

D ire c to r(a ) Ge ne ra l de Obra s y D e s a rro llo Urba no

P res ente

s e da avis o de te rminac ió n de o bra co n regis tro de manifes tac ió n de co ns trucc ió n tipo B o C

Corresponsable en instalaciones

Reglamento de Co ns trucc io nes para e l Dis trito Federa l.

Co s to : Artículo , fracc ió n, inc is o , s ubinc is o de l Có digo Fis ca l de l la

Ciudad de México

Do cumento a o btener

Tiempo de res pues ta

Corresponsable en diseño urbano y

arquitectónico

Propietario, poseedor o interesado

Representante legal

electrónica http://www.anticorrupcion.cdmx.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana

co n fecha de expedic ió n

TIP O ´B´ TIP O ´C´

Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción

Área

De c la ra mos ha be r c umplido c on toda s y c a da una de la s dispos ic ione s que se e s ta ble c e n e n e l Re gla me nto de Cons truc c ione s pa ra e l Dis trito

Fe de ra l y de má s orde na mie ntos le ga le s vige nte s a plic a ble s e n la ma te ria .

Nombre completo

Q UEJAS O DENUNCIAS

LA P R ES EN TE HOJ A F OR M A P A R TE IN TEGR A N TE D E LA S OLIC ITUD D EL TR Á M ITE A VIS O D E TER M IN A C IÓN D E OB R A D E LA

M A N IF ES TA C IÓN D E C ON S TR UC C IÓN P A R A LA R EC ON S TR UC C IÓN D E VIVIEN D A P OR M OTIVO D EL S IS M O D EL 19 D E

S EP TIEM B R E D E 2 0 17 , TIP O _ _ _ _ _ , N °_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E F EC HA D E EXP ED IC IÓN _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E

_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ , C ON VIGEN C IA A L _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ D E _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13

SECRETARÍA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 28 párrafo décimo primero y 122 a, Base Tercera, Quinta Primer párrafo, de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; l, 2, 7, 8 fracción II, 12 fracciones I, II, IV, VI Y IX, 67 fracción XXVI, 87, 93,

115 fracción VI y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones VIII y XI, 5 párrafo

primero, 12, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, III, XII, XV y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración

Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I, II y V, 3 fracción I; 5, 6, 7, 8, 9 fracciones XX, XXI, XXVII, XXXIII,

XXXVIII, XCIV y XCV; 11, 12 fracciones I, V, VI, XVI, XVII, XXII, XXIV, XXV, XXVIII y XXIX, 35, 37 fracciones II,

III y IV, 55 fracción I, 56 fracción I inciso c), 61, 85 fracción III, 89 primer párrafo, 90, 96, 101, 110 fracciones III, XXII,

113; y

CONSIDERANDO

Que el día diecisiete de abril de dos mil dieciocho se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el aviso por el

que se da a conocer el procedimiento para la instalación gratuita de taxímetros digitales con sistema de geolocalización

satelital integrado, así como una aplicación tecnológica (app) para la contratación remota del servicio de transporte público

individual de pasajeros “taxi” de la Ciudad de México y sustitución de los taxímetros actuales como parte del mejoramiento

del transporte público en la Ciudad de México, por lo cual emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL “AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA LA

INSTALACIÓN GRATUITA DE TAXÍMETROS DIGITALES CON SISTEMA DE GEOLOCALIZACIÓN

SATELITAL INTEGRADO, ASÍ COMO UNA APLICACIÓN TECNOLÓGICA (APP) PARA LA

CONTRATACIÓN REMOTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS

“TAXI” DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SUSTITUCIÓN DE LOS TAXIMETROS ACTUALES COMO PARTE

DEL MEJORAMIENTO DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN LA CIUDAD DE MÉXICO”, PUBLICADO EN LA

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL

DIECIOCHO.

En la página 8, párrafo cinco

Dice:

MEDIANTE OFICIO DGN.312.01.216.1732 DE FECHA 04 DE MAYO DE 2016, LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

DEL GOBIERNO FEDERAL AUTORIZÓ QUE LA TABLETA CONOCIDA COMO TAXÍMETRO DIGITAL TIENE

LA CAPACIDAD DE OPERAR Y SUSTITUIR EN TODAS SUS FUNCIONES A LOS TAXÍMETROS ACTUALES.

Debe decir:

MEDIANTE OFICIO DGN.312.01.2016.1732 DE FECHA 04 DE MAYO DE 2016, LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

DEL GOBIERNO FEDERAL AUTORIZÓ QUE LA TABLETA CONOCIDA COMO TAXÍMETRO DIGITAL TIENE

LA CAPACIDAD DE OPERAR Y SUSTITUIR EN TODAS SUS FUNCIONES A LOS TAXÍMETROS ACTUALES

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- La presente Nota Aclaratoria entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Dado en la Ciudad de México a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.

EL SECRETARIO DE MOVILIDAD

(Firma)

CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES

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14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VIl y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7,

15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de

México; 1, 3, 4, 6, 8 fracciones II y IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y 8,

fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad

física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía

Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya

actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario

aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor

funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual de

Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad

Pública del Distrito Federal, registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien

registrarlo con el número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117.

En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ

TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD

PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DICTAMINADO Y REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-

57/290618-D-SSPDF-35/011117.

MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE

DOCUMENTOS

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Mayo, 2018

Registro: MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117

CONTENIDO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO(S)

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

1. Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada el 01 de septiembre de 2017.

2. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su

última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.

3. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 01 de septiembre de 2017.

4. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma, publicada el 1° de septiembre de 2017.

5. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

6. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de

diciembre de 2009, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de febrero de 2018.

REGLAMENTOS

7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de marzo de

2018.

CIRCULARES

8. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

9. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de

2015.

10. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la

actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 01 de octubre de 2015.

II. OBJETIVO GENERAL

Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego

a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.

III. INTEGRACIÓN

De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 8.4.6 de la Circular Uno, para el

debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de

Documentos, estará integrado de la siguiente forma:

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16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Oficialía Mayor de la SSP

Secretaría Técnica Jefatura de Unidad Departamental de Desarrollo Archivístico

Secretaría Ejecutiva Dirección Ejecutiva de Transparencia

Vocales Subsecretaría de Operación Policial Zona Norte

Subsecretaría de Operación Policial Zona Sur

Subsecretaría de Control de Tránsito

Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito

Subsecretaría de Desarrollo Institucional

Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial

Jefatura del Estado Mayor Policial

Dirección General de Administración de Personal

Coordinación de Control de Gestión Institucional de la Oficina del C. Secretario de

Seguridad Pública de la CDMX

Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional y Administrativo

Dirección de Servicios

Representantes Dirección General de Asuntos Jurídicos

Contraloría Interna de la Secretaría de Seguridad Pública

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Dirección General de Recursos Financieros

Invitados Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas

Asesoras/es (opcional) Subdirección de Transparencia

Enlace “A” en la Oficialía Mayor

Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios

Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios

IV. ATRIBUCIONES

De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la

materia dentro de los archivos del ente público;

II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;

III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;

IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean

convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones

nacionales o internacionales;

V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y

VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;

VI. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

De conformidad con el Numeral 8.4.14 de la Circular Uno, las funciones del COTECIAD son:

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la

materia de archivos de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17

II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el

mejoramiento integral de los archivos; y

III. Emitir su Manual Específico de Operación, remitiéndolo a la DGRMSG y a la CGMA para su registro, así como su

Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe de su cumplimiento, el cual deberá enviarse también a la

DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.

V. FUNCIONES

DE LA PRESIDENCIA

1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;

2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;

3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y

administrativas que regulan la materia de archivos;

5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el

tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normas

aplicables;

6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;

7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;

8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;

9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro; y

10. Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.

DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

1. Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le

correspondan.

2. Convocar, previa autorización de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones

extraordinarias.

3. Presentar a la Presidencia del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

4. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos

establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta

de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

5. Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del

Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,

información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;

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18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

6. Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su

cumplimiento;

7. Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y

actualizarlos cuando se requiera;

8. Vigilar que las unidades de archivos (trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y revisadas,

cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;

9. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias; y

10. Las demás que le encomiende el Comité y la Presidencia.

DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA

1. Coadyuvar con la Secretaría Técnica para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.

2. Apoyar a la Secretaría Técnica en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en

las mismas; con derecho a voz y voto;

3. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras, debiendo

revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el orden del día y

en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

4. Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del Comité, de

conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o

documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;

5. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe

Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;

6. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende

la Presidencia del Comité.

DE LAS Y LOS VOCALES

1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con derecho a

voz y voto;

2. Suplir a la Secretaría Ejecutiva en las sesiones del Comité, en apoyo a la Secretaría Técnica, por lo que se deberá prever

un orden para suplencia cuando son varios vocales.

3. Enviar en tiempo y forma a la Secretaría Técnica la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados de la

documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.

4. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;

5. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;

6. Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;

7. Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;

8. Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19

9. Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos propuestos;

10. Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y

11. Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.

DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES

1. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva

competencia;

2. Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se presenten a

la consideración o resolución del Comité; y

3. Las que les sean encomendadas expresamente por la Presidencia del Comité y el pleno del Comité.

DE LAS/OS ASESORAS/ES

1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten en el

orden del día.

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

DE LA PLANEACIÓN

1. Antes de la Sesión de Instalación y de la Primera Sesión Ordinaria, se solicitará a las áreas correspondientes la

designación oficial de las personas servidoras públicas que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar a

una persona titular y a una suplente.

2. En la sesión de instalación se y presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para aprobación el

Plan de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.

3. En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se presentará

el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que concluye y se propondrá

el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y en su caso aprobados por los

miembros del Comité.

4. Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos con mínimo con veinte días

hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean considerados en las

sesiones del Comité.

5. Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración, conservación,

archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores deberá ser propuesta en los

términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los asuntos a tratar en la sesión

correspondiente, previa valoración de los Vocales.

DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO

1. La convocatoria a las sesiones se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo señalar:

El día y hora de su celebración.

El lugar en donde se celebrará la Sesión.

Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.

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20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

El proyecto de Orden del Día

A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos

necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.

2. Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles de

anticipación a la fecha fijada para la sesión; y en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá expedirse

por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.

3. Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité serán reproducidas únicamente en carpetas electrónicas

y, en casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán preferentemente

hojas de reúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REUSO”.

La carpeta de trabajo original impresa quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.

4. Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar, a la

Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con diez días hábiles de

anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su petición.

5. La carpeta de trabajo se integrará con los asuntos que hayan cumplido con los términos y modalidades establecidos en el

presente Manual; la excepción al cumplimiento de este requisito podrá ser autorizada por la Presidencia, tomando en

consideración la importancia y urgencia del asunto.

DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMOS DE SUPLENCIA

1. Las personas responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que

fungirán como vocales dentro del Comité, serán nombradas por las personas titulares de las Unidades Administrativas y/o

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, por oficio y al principio de cada ejercicio.

2. En caso de ausencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de

ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.

3. En caso de ausencia de la persona que funge como Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija

entre los vocales quien lo va a sustituir, para apoyar a la Secretaría Técnica en la sesión del Comité.

4. Los miembros titulares del Comité deberán designar una persona suplente en caso de ausencia, que ocupe un puesto

jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.

5. Las personas suplentes asumirán, en caso de ejercer la suplencia, las facultades, funciones y responsabilidades que a los

titulares correspondan.

DEL QUÓRUM

1. Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el 50% más uno de sus integrantes con derecho a voz

y voto, incluido la Presidencia, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.

DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN

1. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,

cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta podrá celebrarse

fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien, indicándolo de esa forma en la

respectiva convocatoria.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21

2. Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en caso de

no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias convocadas sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor o

fortuita.

3. Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité hasta

con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o, si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora de inicio

señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y algún otro medio

disponible.

4. Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con cinco

días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria.

5. En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones

ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso de las

extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes.

DE LA VOTACIÓN

1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de las personas integrantes con derecho a voto

presentes en la sesión, considerando las siguientes definiciones:

Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de las personas integrantes presentes con derecho a voto.

Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes

con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto de calidad: En caso de empate, corresponde a la Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta circunstancia

se registrará el voto nominal.

Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.

2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las

decisiones tomadas.

3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto

y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.

4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en contra,

evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.

DEL ACTA DE LAS SESIÓN

1. Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados, misma

que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.

2. En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:

Fecha de celebración;

Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;

Verificación del quórum legal;

La declaratoria de apertura de la sesión por parte de la Presidencia del Comité;

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22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

La aprobación del Orden del Día;

La aprobación del acta de la sesión anterior;

Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones particulares expresados

por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;

La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones que se realicen

de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de manera Unánime, por mayoría de

conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA VOTACIÓN" ; y

La declaratoria de clausura de la sesión.

3. El acta debe estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de las personas integrantes que participaron en la

Sesión, indicando la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO

1. Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución se

abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, el o los responsables de su coordinación y

las personas integrantes de los mismos.

2. En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al Comité.

3. Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y forma

que éste determine.

4. En el caso de los Grupos de trabajo de valoración documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia o

destino final de determinado acervo, se deberá:

Instruir la elaboración del acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se

llevó a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo la misma,

precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.

Presentar un informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el acta, el cual deba incluir: tipo de

revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar, ubicación física,

estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso en kilogramos y una memoria

fotográfica delas actividades realizadas.

Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los integrantes del Comité

que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el caso de la documentación que causará

baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y detección de valores secundarios de la

documentación que será transferida al archivo histórico.

5. En el caso de baja documental, una vez firmada el acta de la sesión de que se trate, por los integrantes del Comité en la

que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la DGRMSG, los documentos que

integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 8.5.12 de la Circular Uno para su registro.

6. En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el Comité

determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él; de no contar con el espacio

adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable un lugar idóneo para

resguardo de la dicha documentación.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23

PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.

Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del

Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México,

encargado de promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con

los principios de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y

demás normatividad aplicable.

Diagrama de Flujo:

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24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Descripción Narrativa

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.

2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el

desarrollo de la sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba

la firma de las personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de

quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden

del Día.

¿Se aprueba el orden del día?

NO

7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los

Integrantes del Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos

del Orden del Día.

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos

presentados al Comité, exponiendo los argumentos que

correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman

acuerdos sobre los asuntos de la sesión.

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de

su cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.

Fin del procedimiento

Aspectos a Considerar:

1. El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito

Federal, Circular Uno y demás normatividad archivística aplicable.

2. En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día

deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.

3. Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la

presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día aprobado.

4. De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.

5. Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación y

votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.

6. En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la

naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo la

hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25

VIII. GLOSARIO

Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.

Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la

solución o tratamiento de los asuntos.

Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos

que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.

Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo

durante el ejercicio.

Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité

sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.

Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité

Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de

la operación del Sistema.

Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,

encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.

Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.

Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar

determinado.

COTECIAD: es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en

materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por

aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y

garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.

DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.

Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.

Plan de Trabajo del Comité: Instrumento mediante el cual se organiza y programan las actividades necesarias para

concretar las acciones y compromisos derivados del Comité.

Programa Institucional de Desarrollo Archivístico: Instrumento donde se contemplan los objetivos, estrategias,

proyectos y actividades que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Archivos del Distrito

Federal.

Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.

Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del

Comité.

Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes

normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo

de su ciclo vital.

Suplente: Persona servidora Pública designada por la persona integrante titular para asistir, de manera ocasional y por causa

justificada, a las sesiones del Comité.

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26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Titular: Cada persona integrante del Comité.

Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su

funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo y el COTECIAD será su

órgano técnico consultivo.

Valoración documental: Proceso de análisis mediante el cual se determinan los valores de los documentos.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

Presidenta

_________________________________

Mtra. Erica Yahaira Leija Macías

Oficial Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública

Secretario Técnico

_________________________________

Lic. Omar Sandoval Badillo

Jefe de la Unidad Departamental de Desarrollo

Archivístico

Secretaria Ejecutiva

_________________________________

Mtra. Nayeli Hernández Gómez

Directora Ejecutiva de Transparencia

Vocal

_________________________________

Lic. Edgar Bautista Ángeles

Subsecretario de Operación Policial Zona Norte

Vocal

_________________________________

C. Álvaro Sánchez Valdés

Subsecretario de Operación Policial Zona Sur

Vocal

_________________________________

Primer Superintendente

Luis Rosales Gamboa

Subsecretario de Control de Tránsito

Vocal

_________________________________

Primer Superintendente

Lic. Yolanda García Cornejo

Subsecretaria de Participación Ciudadana y Prevención

del Delito

Vocal

_________________________________

Primer Superintendente

Lic. Luis Alfredo Hernández Velázquez

Subsecretario de Desarrollo Institucional

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27

Vocal

_________________________________

Primer Superintendente

Mtro. José Gil García

Subsecretario de Información e Inteligencia Policial

Vocal

_________________________________

Primer Superintendente

Lic. Miguel Soria González

Jefe del Estado Mayor Policial

Vocal

_________________________________

Lic. Rodolfo de la O Hernández

Director General de Administración de Personal

Vocal

_________________________________

Lic. Oyuki Atzin Mercado

Coordinadora de Control de Gestión Institucional de la

Oficina del C. Secretario de Seguridad Pública de la

CDMX

Vocal

_________________________________

Lic. Enrique Hernández Lugo

Director Ejecutivo de Desarrollo Organizacional y

Administrativo

Vocal

_________________________________

Lic. Amalia Sánchez Barrera

Encargada del Despacho de la Dirección de Servicios

Representante

_________________________________

Mtro. Emmanuel Chávez Pérez

Director General de Asuntos Jurídicos

Representante

_________________________________

Mtra. Ivonne Beatriz García Luna

Contralora Interna en la Secretaría de Seguridad

Pública

Representante

_________________________________

C. Carlos E. Díaz Stringel

Director General de Tecnologías de Información y

Comunicaciones

Representante

_________________________________

Lic. Eduardo Palafox Martínez

Director General de Recursos Financieros

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28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Invitado

_________________________________

Lic. Daniel Gutiérrez Pedroza

Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas

Asesor de Datos Personales

_________________________________

Lic. Ismael Mac Donald Argonza

Subdirector de Transparencia

Asesor en Materia de Archivo

_________________________________

Lic. Horacio Hernández Murillo

Enlace “A” en la Oficialía Mayor de la SSP

Asesor en Restauración y Conservación de

Archivos

_________________________________

Lic. Fidel Mejía Hernández

Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios

Asesor Representante del Archivo Histórico

_________________________________

Lic. Fidel Mejía Hernández

Enlace “A” en la Dirección General de Mantenimiento

y Servicios

TRANSITORIOS

Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, mismo que fue registrado

con el número MEO-57/290618-D-SSPDF-35/011117, por la Coordinación General de Modernización Administrativa.

Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.

Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, el 25 de julio de 2018.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

SUPERINTENDENTE GENERAL

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con

fundamento en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12,

fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15 fracción X y

último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 3,

fracciones XXVIII y XXXI, 4, 6, 8 fracciones II y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del

Distrito Federal; y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad

física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía

Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya

actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario

aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor

funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual

Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción, registrado ante la

Coordinación General de Modernización Administrativa, con el número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117.

En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SECRETARÍA

DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-77/160718-

D-SSPDF-35/011117.

MANUAL ESPECÍFICO DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE

SELECCIÓN Y PROMOCIÓN

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA CIUDAD DE MÉXICO

Mayo, 2018

CONTENIDO

Páginas

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO(S)

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

I.-MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

Leyes

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30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

1.- Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de enero

de 2009. Última reforma 17 de junio de 2016.

2.- Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993.

3.- Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 20 de mayo de 2003. Última reforma el 05 de julio de 2017.

Reglamentos

4.- Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 26 de octubre de 2009.

5.- Reglamento que Establece el Procedimiento para la Conclusión de la Carrera Policial de la Secretaría de Seguridad

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de febrero de 2010. Última reforma el

11 de noviembre de 2010.

6.- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre del 2000. Última reforma el 23 de marzo de 2018.

7.- Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 16 de octubre de 2008. Última reforma 31 de octubre de 2017.

Reglas

8.- Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, el 14 de septiembre de 2012.

II.-OBJETIVO GENERAL

Establecer los lineamientos normativos de integración y funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y Promoción

de la Policía de la Ciudad de México, con el fin de que este Órgano Colegiado lleve a cabo la planeación, dirección,

ejecución y evaluación de la Carrera Policial.

III.-INTEGRACIÓN

La Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía de la Ciudad de México, estará integrada por diversos

funcionarios que contarán con un nombramiento honorífico que no implica la creación de plazas o modificación de la

estructura orgánica de la propia Secretaría; en tal razón y para el debido cumplimiento de sus atribuciones, dicho Órgano

Colegiado, de conformidad con lo dispuesto en el Apartado A del artículo 9 de las Reglas para el Establecimiento de la

Carrera Policial, estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública de la siguiente

manera:

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Secretario de Seguridad Pública

Secretario Técnico Director General de Carrera Policial

Vocales Subsecretario de Desarrollo Institucional

Subsecretaría de Operación Policial Zona Norte

Subsecretaría de Operación Policial Zona Sur

Subsecretaría de Control de Tránsito

Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito

Oficial Mayor

Director General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México

Director General del Consejo de Honor y Justicia

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31

Director General de Asuntos Internos

Director General de Administración de Personal

Director General del Centro de Control de Confianza

Asesor/a Director General de Asuntos Jurídicos

Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública

Invitadas/os Serán tres con jerarquía mínima de Inspector designados por el C. Secretario de

Seguridad Pública

IV.ATRIBUCIONES

La Comisión Técnica de Selección y Promoción, de conformidad con lo establecido en las Reglas para el Establecimiento

de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, tendrá las siguientes atribuciones:

1.- Aprobar los mecanismos, criterios y requisitos que determinen el ingreso y permanencia de los elementos en la Carrera

Policial.

2.- Expedir las convocatorias para el ingreso de aspirantes, de acuerdo con las necesidades de la Secretaría, así como las

relativas a los concursos de promoción, señalando las plazas a cubrir y los requisitos necesarios para ocuparlas.

3.- Autorizar la incorporación provisional por un período de dos años en términos de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley

Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, de los egresados del Curso Básico de Formación

Policial que cumplan con los requisitos necesarios para ocupar las plazas vacantes en las unidades administrativas policiales

de origen en las que desempeñarán sus funciones.

4.- Analizar las evaluaciones de desempeño que se realicen a los elementos operativos al término de la designación

provisional y autorizar, en su caso, la entrega del nombramiento definitivo conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la

Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.

5.- Analizar, aprobar y definir los mecanismos y procedimientos de selección para el ingreso, reingreso y promoción que

deberán instrumentarse en los diferentes procesos que realicen las Unidades Administrativas facultadas para ello, e instruir

las modificaciones pertinentes que a su juicio considere se deban aplicar, a fin de compatibilizar los procedimientos a las

necesidades de la Corporación y de la Carrera Policial.

6.- Autorizar la selección realizada por las Unidades Administrativas relativa a los elementos que deberán ocupar las plazas

vacantes en el nivel superior inmediato, que cumplan con los requisitos establecidos, así como emitir los lineamientos que

deberán cumplir las mismas para seleccionar y evaluar a los integrantes del Servicio.

7.- Autorizar las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes que hayan sido aplicadas o

que estén por aplicarse a los elementos de la Policía de la Ciudad de México, y vigilar que las mismas se realicen

cumpliendo los tiempos, períodos, formas y procedimientos para su realización, definidas en la normatividad vigente o por

disposición expresa de la propia Comisión.

8.- Con base en las evaluaciones que realicen o emitan las Unidades Administrativas competentes, autorizar los ascensos a

las plazas vacantes.

9.-Decidir sobre todos aquellos asuntos vinculados con el adecuado funcionamiento y operación del Servicio Profesional de

Carrera Policial, así como del propio Sistema.

10.-Las demás que se aprueben por mayoría en el Pleno de la Comisión.

V.FUNCIONES

Corresponden a los miembros de la Comisión, además de las funciones establecidas en las Reglas, las siguientes:

DEL PRESIDENTE

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32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

1.- Presidir las sesiones de la Comisión.

2.- Convocar a sesión a los integrantes de la Comisión, por conducto del Secretario Técnico.

3.- Dirigir las sesiones de la Comisión, someter a votación los asuntos y autorizar las actas correspondientes.

4.- Ordenar la notificación a quien corresponda de las resoluciones que tome la Comisión.

DEL SECRETARIO TÉCNICO

1.- Integrar y custodiar los expedientes de los asuntos que conozca la Comisión.

2.- Elaborar el orden del día de las sesiones y las actas correspondientes.

3.- Enviar a los integrantes de la Comisión, la convocatoria de las sesiones, con un mínimo de tres días hábiles de

anticipación, anexando el orden del día y la minuta de la sesión anterior para su validación.

4.- Recopilar y distribuir entre los integrantes de la Comisión la documentación necesaria para el desarrollo de las sesiones.

5.- Notificar a quien corresponda de las resoluciones, determinaciones, acuerdos y demás actos que se tomen en la

Comisión.

6.- Las demás que de manera específica le encomienden el Presidente y la Comisión.

DE LOS VOCALES

1.- Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.

2.- Intervenir en la toma de decisiones y cumplir los acuerdos específicos que se tomen en las sesiones de la Comisión.

3.- Proponer en forma clara y concreta, alternativas para su solución y atención de los asuntos que se presenten a la

consideración y resolución de la Comisión.

4.- Emitir su voto en los asuntos que se ventilen en las sesiones, así como su conformidad o no, con el contenido del acta y

de la minuta de acuerdos.

5.- Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.

DE LOS ASESORES

1.- Asistir a las sesiones a que hayan sido convocados.

2.- Exponer fundadamente, con imparcialidad y seriedad sus puntos de vista respecto de los asuntos que se ventilen en la

Comisión, específicamente aquellos que requieran de una determinación y/u opinión jurídica o de interpretación.

3.- Verificar que las sesiones, determinaciones y acuerdos que se tomen en las mismas, se apeguen a la normatividad

aplicable y dentro de los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, honradez, lealtad y eficiencia.

4.- Proporcionar en el ámbito de su competencia, la asesoría legal, técnica y administrativa que se requiera, para sustentar y

tomar las determinaciones, acuerdos y demás actos de la Comisión.

5.- Las demás que les sean encomendadas por Acuerdo de la Comisión.

DE LOS INVITADOS

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33

1.- Emitir opinión cuando lo estime pertinente en los asuntos que se traten en el Pleno de la Comisión, o cuando uno o

varios de sus integrantes así lo soliciten.

2.- Coadyuvar en la exposición de los asuntos que se sometan a consideración y resolución de la Comisión.

VI.-CRITERIOS DE OPERACIÓN

DE LAS SESIONES

1.- La Comisión celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar sesiones

extraordinarias que sean necesarias.

2.- La Comisión realizará su primera sesión durante el transcurso del primer semestre de cada ejercicio con la sesión formal

de instalación.

3.- Las sesiones extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario a solicitud de su Presidente, de la mayoría de los

integrantes o de cualquier miembro con derecho a voz y voto, previo acuerdo del primero, en cuyo caso se deberá dar aviso

a sus integrantes por lo menos con 3 días hábiles de anticipación.

4.- Las sesiones se celebrarán en la fecha, hora y lugar preestablecidos.

5.- Para la celebración de las sesiones, se requerirá que asistan como mínimo, la mitad más uno de sus integrantes con

derecho a voto, contando invariablemente con la presencia del Presidente o de su suplente.

6.- A las sesiones de la Comisión deberán asistir puntual e invariablemente los miembros titulares, salvo cuando existan

circunstancias de fuerza mayor, caso en el que podrán asistir los miembros suplentes, recayendo en el inmediato jerárquico

inferior, de conformidad con el artículo 9 de las Reglas.

7.- Para llevar a cabo la celebración de las sesiones se deberá:

7.1.- Expedir la convocatoria que indique la fecha, hora y lugar en que se celebrará la sesión, señalando si es de

carácter ordinaria o extraordinaria.

7.2.- Elaborar la orden del día que describa los asuntos que se presentarán a la consideración y resolución de la

Comisión.

7.3.- Integrar la carpeta de trabajo que contenga el planteamiento formal y los documentos soporte de los asuntos, para

su análisis, evaluación y resolución.

7.4.- El orden del día y los documentos correspondientes de cada sesión, se entregarán a los integrantes de la

Comisión, cuando menos tres días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y 24 horas en extraordinarias.

7.5.- Para cada sesión se levantará un acta, que será firmada por todos los que hubieran asistido a ella.

8.-Las resoluciones de la Comisión Técnica de Selección y Promoción serán inapelables y definitivas.

DE LA VOTACIÓN

1.- El Presidente tendrá derecho a voz y voto, en caso de empate contará con el voto de calidad.

2.- El Secretario Técnico tendrá derecho a voz pero sin voto.

3.- Los Vocales tendrán derecho a voz y voto.

4.- Tanto los Asesores así como los invitados, tendrán derecho a voz pero sin voto.

5.- Las decisiones de la Comisión se tomarán por mayoría de votos, considerando la siguiente definición:

5.- Mayoría de votos.- La votación favorable o desfavorable del 50% más uno de los miembros presentes.

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34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA

1.- La suplencia de los Miembros Propietarios de la Comisión, se realizará de la siguiente forma:

1.1.- Los miembros propietarios de la Comisión deberán acreditar por escrito a sus respectivos suplentes una vez

instalada la Comisión.

1.2.- Las ausencias del Presidente, serán suplidas por el Subsecretario de Desarrollo Institucional.

1.3.- Las ausencias de los demás miembros de la Comisión, serán suplidas por el inmediato jerárquico inferior que

hubiera sido designado, quien informará los acuerdos y comentarios vertidos en el pleno de la Comisión al titular de su

representación respectiva.

1.4.- Cuando asistan los suplentes y se incorporen los miembros titulares, el suplente podrá seguir participando en la

sesión, pero únicamente con derecho a voz.

DE LAS CONVOCATORIAS A LAS SESIONES Y EL ORDEN DEL DÍA

1.- Las convocatorias para las sesiones de la Comisión, serán instruidas por el Presidente del Órgano Colegiado, al

Secretario Técnico de la Comisión Técnica de Selección y Promoción, mismo que deberá enterar a los miembros de los

temas a tratar a través de la orden del día.

2.- La Comisión celebrará sesiones en forma ordinaria de manera semestral, pudiendo además celebrar las sesiones

extraordinarias que sean necesarias.

3.- Para los efectos de las sesiones extraordinarias, se deberá convocar a los integrantes, por lo menos con tres días de

anticipación, por escrito, incluyendo la orden del día y la documentación correspondiente.

DEL QUÓRUM

Para la legal integración del quórum se atenderá lo siguiente:

1.- Se declarará legalmente instalada la sesión ordinaria o extraordinaria, cuando asistan la mitad más uno de sus integrantes

con derecho a voto.

2.- En caso, de que el Quórum cuente con menos de la mitad de sus integrantes con derecho a voto, la sesión ordinaria o

extraordinaria, será suspendida por no cumplir con la asistencia mínima de los integrantes de la Comisión.

DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN

El desarrollo de las sesiones de la Comisión, se realiza de la siguiente forma:

1.- Registro de asistencia del personal convocado.

2.- Una vez que se cuente con el Quórum necesario, se dará inicio con la sesión.

3.- El Presidente de la Comisión dará la bienvenida a los miembros del Órgano Colegiado y cederá la palabra al Secretario

Técnico.

4.- El Secretario Técnico expondrá los temas a tratar, previo análisis y estudio de los mismos, solicitando:

4.1.- La opinión de los miembros, para cada uno de los casos que se traten.

4.2.- La asesoría correspondiente, por parte del grupo de asesores, cuando así lo amerite el tema abordado.

4.3.- Una vez concluida la exposición de cada tema, se someterá a votación de los integrantes de la Comisión.

4.4.- El veredicto del Pleno, se asienta en el acta correspondiente.

4.5.- Vistos los temas de la orden del día, se dará por concluida la sesión.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35

5. - El Presidente ordenará al Secretario Técnico la elaboración del acta correspondiente. Una vez recabadas las firmas de la

misma, se integrará a la carpeta de trabajo para el seguimiento de los acuerdos votados en la sesión, resguardándose en los

archivos de la Dirección General de Carrera Policial.

VII. PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Realización de sesiones de la Comisión Técnica de Selección y Promoción.

Objetivo General:

Establecer el proceso de integración de los asuntos que abordará la Comisión Técnica de Selección y Promoción y cómo

serán presentados éstos en cada una de las sesiones, con el fin de que permita tener un orden para la discusión, votación y

realización de los acuerdos del Pleno de manera ágil y transparente.

Diagrama de Flujo:

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36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.

2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el

desarrollo de la sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba

la firma de las personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del Comité

el Orden del Día.

¿Se aprueba el orden del día?

NO

7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por las

personas integrantes del Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos

del Orden del Día.

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados

al Comité, exponiendo los argumentos que correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman

acuerdos sobre los asuntos de la sesión.

No Actor Actividad

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su

cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.

Fin del procedimiento

Aspectos a considerar:

1.- El Secretario Técnico recabará información y documentación de cada asunto que sea presentado al Pleno de la

Comisión.

2.- Las Direcciones Generales deberán realizar sus propuestas con previa autorización del Subsecretario de adscripción ante

el Secretario Técnico quien la presentará al Pleno de la Comisión.

3.- Cuando se traten de propuestas realizadas por la ciudadanía, organizaciones civiles y entes públicos, la Subsecretaría de

Participación Ciudadana y Prevención del Delito, recibirá las propuestas e instruirá proveer la integración de la información

necesaria para su remisión a la Comisión por conducto del Secretario Técnico, para el trámite correspondiente, informando

al solicitante de esta actividad.

4.-Los asuntos y casos que requieran de la atención de la Comisión serán remitidos a través del Secretario Técnico con un

mínimo de tres días hábiles de anticipación a la fecha en que habrá de celebrarse la sesión.

5.- La presentación de los casos deberá incluir lo siguiente:

I.- Planteamiento claro, concreto y completo.

II.- Soporte documental e información correspondiente, que sustente los casos sometidos a consideración.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37

6.- El Secretario Técnico verificará la correcta expedición de la orden del día y la integración de los documentos soporte de

los casos que abordará la Comisión y obtendrá el visto bueno del Presidente de este Órgano.

7.- Las Sesiones de la Comisión sólo deberán instalarse cuando exista quórum, es decir la mitad más uno de asistencia de

los integrantes, en el caso de haber menos de la mitad no podrá instalarse.

8.- Cuando no exista quórum el Presidente de la Comisión comunicará a los asistentes la cancelación de la sesión.

9.- De no estar presente el Presidente o su suplente, el Secretario Técnico procederá a cancelar la sesión.

10.- Las propuestas se presentarán en forma individual o general y serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por

parte de los miembros de la Comisión.

11.- El Secretario Técnico registrará los acuerdos aprobados por el Pleno con más del 50% de votos, asimismo realizará un

seguimiento de éstos e informará a la Comisión en sesión de las acciones o actividades ejecutadas para llevarlos a cabo

éstos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

12.- Las determinaciones con respecto a los asuntos tratados, tendrán el carácter de resoluciones y/o autorizaciones.

13.- Las resoluciones, acuerdos y determinaciones deberán estar debidamente fundadas y motivadas.

14.- Las resoluciones serán de carácter irrevocable, sólo mediante resolución de la propia Comisión se podrán suspender,

modificar o cancelar su contenido, alcances y efectos.

15.- El Secretario Técnico vigilará que se consignen en el listado de propuestas y en la Minuta de Acuerdos, con toda

claridad y precisión, las resoluciones tomadas.

16.- Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para tratar casos urgentes, en la orden del día de estas

sesiones no se incluirá la presentación de Minutas de Acuerdo de sesiones anteriores, ni de asuntos generales, ni de

conocimiento, ni de seguimiento.

17.- Por cada sesión ordinaria o extraordinaria que realice la Comisión, deberá elaborarse un acta donde se describa cómo se

llevó a cabo el desarrollo de éstas.

18.- El Secretario Técnico redactará y emitirá las actas de cada sesión.

19.- Para efectos del presente procedimiento, se entenderá por:

19.1.-Comisión. - A la Comisión Técnica de Selección y Promoción.

19.2.-Fundamentación. - A la precisión de citar el precepto legal aplicable al caso presentado y la resolución

acordada en la Comisión.

19.3Motivación. - Al hecho de señalar con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas

inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, determinación o acuerdo, siendo necesario

además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que el caso concreto

presentado en la Comisión se configure en la hipótesis normativa.

VIII. GLOSARIO

Para efectos del presente Manual, se entenderá por:

1.- Aspirante: A toda aquella persona que pretenda ingresar a la policía de la Ciudad de México por considerarse con

vocación para el servicio de seguridad pública.

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38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

2.- Becario: A toda aquella persona que habiendo cubierto los requisitos establecidos por la Universidad de la Policía de la

Ciudad de México, se encuentre inscrita en el Curso Básico de Formación Policial.

3.- Cargo: Al puesto que ocupan los elementos policiales dentro de la Estructura Organizacional Operativa de la Secretaría,

mediante el nombramiento correspondiente.

4.- Carrera Policial: Conjunto de jerarquías, categorías y grados que forman parte de la Carrera Policial que, de manera

sistematizada y ordenada en forma ascendente, permiten al elemento desarrollarse y progresar en su profesión policial. Las

jerarquías contempladas son las de policías, oficiales, inspectores y superintendentes.

5.- Comisión: A la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía de la Ciudad de México.

6.- Consejo: Al Consejo de Honor y Justicia de la Policía de la Ciudad de México.

7.- Desarrollo Policial: Al conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí, que

comprende la Carrera Policial, los esquemas de Profesionalización, la Certificación y el Régimen Disciplinario.

8.- Desempeño: La actuación que el personal policial demuestra en el cumplimiento de sus funciones, con apego a los

principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

9.- Personal Policial: Al hombre o mujer que habiendo aprobado el Curso Básico de Formación Policial y cumplido los

requisitos de ingreso y permanencia cuenta con nombramiento de policía, constituyéndose como parte integrante del

Servicio Profesional de Carrera Policial de la Ciudad de México.

10.- Función Policial: Al conjunto de actividades del personal policial, encaminadas a cumplir con los objetivos de la

seguridad pública, consistentes en salvaguardar la integridad física de las personas, así como sus bienes; prevenir la

comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía; preservar las libertades, el orden y la paz

públicos y auxiliar a la población en caso de siniestros y desastres.

11.- Grado o Nivel: A la posición dentro de una jerarquía.

12.- Instituciones de Seguridad Pública: A las instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema

penitenciario, y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal.

13.- Universidad: A la Dirección General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México (UPCDMX).

14.- Jerarquía: Al orden y relación entre grados del personal policial, establecidas en la carrera policial, que están

integradas en orden ascendente por las de: policías, oficiales, inspectores y superintendentes.

15.- Ley General: A la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

16.- Mando: A la potestad legalmente conferida al personal policial, por razón de su cargo grado o comisión, que le

autoriza a emitir órdenes dentro del área de su competencia.

17.- Miembros Propietarios: A las personas integrantes de la Comisión que se establecen como titulares de cada uno de

los cargos mencionados en el presente documento.

18.- Planeación: Etapa permanente del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Ciudad de México, en la que las

unidades responsables involucradas, determinan mediante el análisis y el diagnóstico, las políticas, lineamientos, directrices,

acciones e instrumentos que permitan la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera Policial.

19.- Plaza: A la posición presupuestal que respalda un puesto, que no puede ser ocupada por más de un servidor público a

la vez y que tiene una adscripción determinada.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39

20.- Programa General de Formación Policial: Al conjunto de contenidos educativos y cognitivos encaminados a la

profesionalización del personal policial.

21.- Profesionalización: Al proceso permanente y progresivo de formación, que se integra por las etapas o niveles de

Básico o Formación Inicial, Actualización, Especialización, Promoción y de Mandos o Alta Dirección, para el desarrollo de

competencias, capacidades y habilidades del personal policial.

22.- Policía de la Ciudad de México: A la Policía Preventiva y a la Policía Complementaria de la Ciudad de México; ésta

última conformada por la Policía Bancaria e Industrial y la Policía Auxiliar.

23.- Reglas: A las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

24.- Secretaría de Seguridad Pública: - Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.

25.- Secretario de Seguridad Pública: - Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México.

26.- Servicio de Carrera Policial de la Ciudad de México: Al conjunto de normas, políticas, directrices, lineamientos,

procedimientos, instancias y recursos de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se definen y operan las etapas

relativas al Reclutamiento, Selección, Ingreso, Formación, Certificación, Permanencia, Evaluación, Promoción y

Reconocimiento, así como la de Separación o Baja del Servicio.

27.- Sistema: Al Sistema del Servicio Carrera Policial de la Ciudad de México, concibiendo en un todo las interrelaciones

entre unidades administrativas, instancias y procesos.

28.- Subsecretaría: A la Subsecretaría de Desarrollo Institucional.

29.- Superior Jerárquico: Al personal policial que ejerce el mando sobre otros, debido a su jerarquía, grado, cargo o

comisión.

30.- Suplente: A la persona que sustituye en ciertos casos a los Miembros Propietarios de la Comisión, como lo establece el

presente documento para atender asuntos relacionados con este Órgano.

31.- Unidades Administrativas Policiales: A las unidades dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el ámbito de

las funciones operativas de la Policía de la Ciudad de México.

IX.-VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Presidente

_________________________________

SUPERINTENDENTE GENERAL

LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA

SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Secretario Técnico

_________________________________

LIC. VIOLETA IVETTE AGUILAR FREGOSO DIRECTORA GENERAL DE CARRERA POLICIAL

Vocal

_________________________________

PRIMER SUPERINTENDENTE

LIC. LUIS ALFREDO HERNÁNDEZ VELÁZQUEZ

SUBSECRETARIO DE DESARROLLO

INSTITUCIONAL

Vocal

_________________________________

PRIMER SUPERINTENDENTE

ÁLVARO SÁNCHEZ VALDEZ

SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL

ZONA SUR

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40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Vocal

______________________________________

PRIMER SUPERINTENDENTE

EDGAR BAUTISTA ÁNGELES

SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL

ZONA NORTE

Vocal

_________________________________

PRIMER SUPERINTENDENTE

LUIS ROSALES GAMBOA

SUBSECRETARIO DE CONTROL DE TRÁNSITO

Vocal

______________________________________

PRIMER SUPERINTENDENTE

LIC. YOLANDA GARCÍA CORNEJO

SUBSECRETARIA DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA Y PREVENCIÓN DEL DELITO

Vocal

_________________________________

LIC. ÉRICA YAHAIRA LEIJA MACÍAS

OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARÍA DE

SEGURIDAD PÚBLICA

Vocal

______________________________________

MTRA. IRENE QUINTO MONTENEGRO

DIRECTORA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE

LA POLICÍA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Vocal

_________________________________

LIC. VÍCTOR MANUEL ESPINOSA RABASSA

DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO

DE HONOR Y JUSTICIA

Vocal

______________________________________

MTRO. AGUSTÍN GONZÁLEZ GUERRERO

DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS

Vocal

_________________________________

LIC. RODOLFO DE LA O HERNÁNDEZ

DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE

PERSONAL

Vocal

______________________________________

MTRA. ROCÍO EMMA

CASTELLANOS HERNÁNDEZ

DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO

DE CONTROL Y CONFIANZA

Asesor

_________________________________

MTRO. EMMANUEL CHÁVEZ PÉREZ

DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

Asesor

______________________________________

MTRA. IVONNE BEATRIZ GARCÍA LUNA

CONTRALORA INTERNA EN LA SECRETARÍA DE

SEGURIDAD PÚBLICA

Invitado

_________________________________

SEGUNDO INSPECTOR

ADÁN AVALOS CERVANTES DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA

METROPOLITANA

Invitado

______________________________________

SEGUNDO SUPERINTENDENTE JORGE

ALFREDO ALCOCER ROSALES DIRECTOR GENERAL DE OPERACIÓN DE

TRÁNSITO

Invitado

_________________________________

PRIMER INSPECTOR

ALEJANDRO DELGADO AGUILAR

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41

TRANSITORIOS

Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Selección y

Promoción, registrado con el número MEO-77/160718-D-SSPDF-35/011117, por la Coordinación General de

Modernización Administrativa.

Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.

Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 26 de julio de 2018.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

SUPERINTENDENTE GENERAL

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES

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42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 12, fracciones IV y VI, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15

fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México;

1, 21, 24 fracción III, 88, 89 y 90 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la

Ciudad de México; 1, 3, fracción XXVIII, 4, 6 y 8 fracción IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del

Distrito Federal; 1, 5, 7 y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normatividad en materia de Transparencia, los Sujetos

Obligados deberán constituir el Comité de Transparencia, las Unidades de Transparencia y vigilar su funcionamiento de

acuerdo a su normatividad interna.

Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario

aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual de Organización, el de procedimientos

y el de servicios al público necesarios para el mejor funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para

que éstos se mantengan actualizados y se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual de

Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,

registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien registrarlo con el número

MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117.

Que en virtud de lo anterior y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE

MÉXICO, REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117.

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Mayo, 2018

Registro: MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117

CONTENIDO

Páginas

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO(S)

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43

1. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de

diciembre de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 26 de febrero de 2018.

2. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

3. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Publicada en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017.

4. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su

última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.

5. Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de Julio de

1993 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2014.

6. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 20 de mayo de 2003 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 05 de julio de

2017.

7. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Publicada en el Gaceta Oficial del Distrito Federal el

29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 01de septiembre de

2017.

REGLAMENTOS

8. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito

Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de noviembre de 2011 (Aplicable en lo que no

contravenga a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México).

9. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre de 2000, Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de marzo

de 2018.

10. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 16 de octubre de 2008, Última Reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de

Octubre de 2017.

CÓDIGOS

11. Código Fiscal del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2009.

Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2017.

12. Código Civil para el Distrito Federal, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de mayo de 1928, Última

reforma Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 24 de octubre de 2017.

13. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de

septiembre de 1932, Última reforma 23 de marzo de 2017.

CIRCULARES

14. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

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44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

LINEAMIENTOS

15. Lineamientos para la Instalación y Funcionamiento de las Oficinas de Información Pública al Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2003.

16. Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales en la Ciudad de México.

Publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de junio de 2016.

17. Lineamientos y Metodología de Evaluación de las Obligaciones de Transparencia que deben Publicar en sus Portales de

Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, noviembre 2016.

REGLAS DE PROCEDIMIENTOS

18. Procedimiento para la recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión interpuestos en

materia de acceso a la información pública y de protección de datos personales en la Ciudad de México.

CRITERIOS

19. Criterios y Metodología de Evaluación de la Calidad de la Información inscrita en el Registro Electrónico de Sistemas

de Datos Personales, publicado en el Portal del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos

Personales del Distrito Federal el 11 de julio de 2012.

AVISOS

20. Aviso mediante el cual se dan a conocer a los CC. Directores Generales de Administración, Directores Ejecutivos,

Directores de Área, Directores de Recursos Humanos u Homólogos, encargados del capital humano, del ámbito central,

desconcentrado y en los órganos político administrativos de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 17 de abril de 2018.

El marco jurídico-administrativo es enunciativo más no limitativo y lo complementan las disposiciones vigentes en la

materia.

II. OBJETIVO GENERAL

Establecer en un solo instrumento los criterios jurídico-administrativos relacionados con las atribuciones, integración,

operación y funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a

efecto de que se realicen bajo un mismo enfoque de conformidad con lo señalado en la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y demás instrumentos de la materia, con el objeto de

regular las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a

la información; confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o

incompetencia que realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados y establecer políticas para facilitar la obtención

de información y el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública.

III. INTEGRACIÓN

En apego a lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición

de Cuentas de la Ciudad de México, el Comité se conformará por un número impar de integrantes con voz y voto, para el

debido cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones se integrará por:

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Secretario de Seguridad Pública

Secretaría Técnica Dirección Ejecutiva de Transparencia y Responsable de la Unidad de Transparencia

Vocales Dirección General de Asuntos Jurídicos

Dirección Ejecutiva de Comunicación Social

Invitada/o

Permanentes

Contraloría Interna de la Secretaría de Seguridad Pública

Jefatura de Unidad Departamental de Desarrollo Archivístico y

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45

Encargado de la Unidad Coordinadora de Archivos

Invitada/o/s Titulares de las áreas o unidades administrativas que propongan la clasificación o

que declaren la inexistencia de información, quienes participaran únicamente en las

sesiones en que se traten asuntos de su competencia, (esto puede ser variable)

Invitado Asesor/o/s Titular del área o Unidad administrativa convocada para orientar en el ámbito de su

competencia al Comité, (esto puede ser variable).

Los Órganos de la Administración Pública son Sujetos Obligados en términos de lo establecido por el Instituto de Acceso a

la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

Los puestos integrantes del Comité con derecho a voz y coto no podrán depender jerárquicamente entre sí, exceptuándose el

caso de la relación jerárquica con el puesto titular del Sujeto Obligado quien funge en la Presidencia. Cuando se presente el

caso, la persona titular del Sujeto Obligado nombrara al puesto que supla al puesto subordinado.

Tampoco podrán reunirse dos o más personas integrantes con voz y voto en un solo puesto.

Así mismo, el Presidente podrá modificar la integración del Comité o la calidad con la que sus miembros participen.

IV. ATRIBUCIONES

Además de los que disponen los artículos 88 y 90 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición

de Cuentas de la Ciudad de México que establecen que cada Sujeto Obligado contará con un Comité de Transparencia, de

manera colegiada y número impar con las personas servidoras públicas o personal adscrito que la persona titular determine,

además de la persona titular del órgano interno de control, y una serie de atribuciones, también compete al Comité:

I. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y procedimientos para asegurar

la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;

II. Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia que

realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados;

III. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y

funciones deban tener en posesión, o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan las razones por

las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;

IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información

pública;

V. Promover la capacitación y actualización de las personas servidoras públicas o integrantes de las Unidades de

Transparencia;

VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos

personales, archivos, accesibilidad y apertura gubernamental para todas las personas servidoras públicas o integrantes del

Sujeto Obligado;

VII. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expidan, los datos necesarios para la

elaboración del informe anual;

VIII. Revisar la clasificación de información y resguardar la información, en los casos procedentes, elaborará la versión

pública de dicha información;

IX. Suscribir las declaraciones de inexistencia de la información o de acceso restringido;

X. Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los criterios que éste expida, la información señalada para la

elaboración del informe del Instituto;

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46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

XI. Supervisar la aplicación de los criterios específicos del Sujeto Obligado, en materia de catalogación y conservación de

los documentos administrativos, así como la organización de archivos;

XII. Confirmar, modificar o revocar la propuesta de clasificación de la información presentada por la Unidad de

Transparencia del Sujeto Obligado;

XIII. Elaborar, modificar y aprobar el Manual, Lineamiento o Reglamento Interno de la Unidad de Transparencia;

XIV. Vigilar el cumplimiento de las resoluciones y recomendaciones que emita el Instituto;

XV. Aprobar el programa anual de capacitación del sujeto obligado en materia de Acceso a la Información y apertura

gubernamental y verificar su cumplimiento; y

XVI. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.

V. FUNCIONES

Las funciones de las personas integrantes del Comité son:

DE LA PRESIDENCIA

1. Presidir las reuniones del Comité.

2. Presentar el Orden del Día de las sesiones ordinarias y extraordinarias, someterlo a la aprobación de las personas

integrantes del Comité y, en su caso, modificación y adición.

3. Designar a la persona servidora pública que le suplirá en las sesiones del Comité.

4. Emitir su opinión en los asuntos que se presenten a discusión.

5. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.

6. En caso de empate contará con el voto de calidad.

7. Promover las medidas para dar operatividad a los acuerdos que adopte el Comité.

8. Garantizar la adecuada aplicación de la normatividad.

9. Instruir a la persona que funge en la Secretaría Técnica para que la celebración de las sesiones del Comité se desahogue

conforme al Orden del Día.

10. Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las Sesiones a que hubiere asistido.

11. Vigilar la ejecución de los acuerdos establecidos por el Comité.

12. Revocar las designaciones de las personas integrantes del Comité, así como las suplencias que las personas titulares de

las unidades administrativas realicen, por considerarlo necesario para el mejor funcionamiento del Órgano Colegiado.

13. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.

14. Representar al Comité ante instancias internas y externas para el cumplimiento de las atribuciones que se encuentran

contenidas en el presente Manual.

15. Designar a los servidores públicos que integrarán el Comité de Transparencia, en calidad de vocales, secretario técnico

suplente, asesores o invitados.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47

16. Aprobar las designaciones de representación y suplencia que los miembros del Comité de Transparencia realicen

mediante oficio.

17. Proponer al Comité en la primera sesión del año que se realice, el calendario de sesiones ordinarias para el ejercicio

correspondiente.

18. Dar a conocer los acuerdos y acciones del Comité y procurar su cabal y estricto cumplimiento.

19. Verificar que las resoluciones y acciones aprobadas por el Comité, se apeguen a la normatividad vigente aplicable.

20. Apoyar y verificar la realización y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité.

21. Invitar a las sesiones del Comité a los servidores públicos que por sus funciones tengan relación con los asuntos a tratar.

22. Orientar las acciones y resoluciones del Comité atendiendo los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad,

información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad.

DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

1. Registrar ante el Instituto, la integración del Comité y las modificaciones, que en su caso, se realicen de las personas

integrantes del mismo.

2. Convocar, mediante escrito a las personas integrantes a las sesiones del Comité, sean Ordinarias o Extraordinarias,

remitiendo la documentación a tratarse.

3. Coordinar y dirigir las Sesiones del Comité.

4. Registrar la asistencia de las personas integrantes del Comité, recabando las firmas de los titulares o suplentes.

5 Vigilar el cumplimiento de la Orden del Día y de los asuntos a tratar en la sesión, incluyendo los documentos de apoyo

necesarios.

6. Dar seguimiento y verificar la realización y cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité.

7. Asegurar que las resoluciones y acciones aprobadas por el Comité se apeguen a la normatividad vigente aplicable.

8. Levantar el acta de cada sesión celebrada y recabar las firmas de la misma.

9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.

10. Realizar y registrar el conteo de la votación de los proyectos acordados.

11. Realizar acciones necesarias para que el archivo documental del Comité esté completo y se mantenga actualizado,

apegándose a la norma correspondiente.

12. Recibir y revisar las propuestas de asuntos a tratar en el Orden del Día para la siguiente sesión que, en su caso, las

personas integrantes del Comité o las unidades administrativas lleguen a formular.

13. Informar a la persona que funja como Presidente, el Orden del Día que contenga los asuntos que se someterán a

consideración del Comité en la siguiente sesión.

14. Registrar las designaciones de representación y suplencia que las personas integrantes del Comité realicen mediante

oficio.

15. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.

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48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

16. Servir de enlace del Comité ante autoridades competentes y al interior del Órgano de la Administración Pública.

17. Las demás que le confiera la normatividad aplicable.

18. Suplir al Presidente en las Sesiones de Comité, en caso de ausencia.

19. Vigilar la correcta expedición de las órdenes del día, del acta de cada sesión y de los listados de casos que se someterán

a dictamen.

20. Coadyuvar con el Presidente, a efecto de que se dé cabal cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente

instrumento y la normatividad aplicable.

21. Recomendar al Presidente la designación de un servidor público que funja como asesor o invitado en las sesiones que lo

requieran.

22. Solicitar y registrar las designaciones de representación y suplencia que los miembros del Comité de Transparencia

realicen mediante oficio.

23. Presentar al Pleno del Comité un informe anual que dé cuenta de los trabajos realizados y resultados obtenidos en el año,

a efecto de que sean presentados a las autoridades competentes.

24. Registrar ante el Instituto la integración del Comité de Transparencia y las modificaciones, que en su caso, se realicen de

los integrantes del mismo.

25. Coordinar la elaboración de:

El Calendario de sesiones ordinarias

El Manual de Integración y Funcionamiento del Comité

DE LAS Y LOS VOCALES

1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados.

2. Proponer los asuntos que consideren deban incluirse en el Orden del Día de las sesiones del Comité, enviando a la

Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los casos que sea necesario someter a la consideración del Comité.

3. Recibir, analizar y estudiar el contenido del Orden del Día y de los documentos contenidos en la carpeta correspondiente,

mismos que se tratarán en cada sesión.

4. Dar atención y brindar seguimiento a los acuerdos que se tomen en las sesiones del Comité.

5. Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos sometidos a la consideración del Comité.

6. Enviar a la Presidencia del Comité el oficio de designación de suplentes.

7. Emitir su opinión sobre los asuntos que se aborden en la sesión del Comité y emitir su voto.

8. Formular estrategias de trabajo para mejorar el desempeño de las personas integrantes del Comité de Transparencia.

9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.

10. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.

DE LA PERSONA INVITADA PERMANENTE

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49

1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sea convocado.

2. Vigilar el estricto cumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de

Cuentas de la Ciudad de México, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.

3. Emitir dentro del ámbito de su competencia las opiniones sobre los asuntos presentados ante el Comité, haciendo

las observaciones o aclaraciones que estime pertinentes, las cuales se asentarán en el acta correspondiente.

4. Informar al Comité los asuntos relevantes que se observen en el desarrollo de las facultades de fiscalización.

5. Participar en las sesiones con derecho a voz.

6. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.

DE LAS PERSONAS INVITADAS

1. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados.

2. Fundar y motivar la clasificación que será puesta a consideración del Comité, para restringir la información en la

modalidad que corresponda, con fundamento en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así

como en los Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales en la Ciudad de

México y demás normatividad aplicable.

3. Explicar los razonamientos lógicos jurídicos debidamente fundados y motivados que sirva de base para el acuerdo

clasificatorio correspondiente, con base a su experiencia profesional, los comentarios que consideren pertinentes para

aportar elementos que ayuden a la toma de decisiones del Comité.

4. Exponer los motivos y fundamentos, para la declaratoria de inexistencia.

5. Aportar el proyecto de respuesta, así como la documentación soporte, con la finalidad de que el Comité tenga los

elementos suficientes para emitir su determinación

6. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.

7. Derivado de la clasificación de la información deberán asegurarse que los expedientes y documentos restringidos

lleven la leyenda en la cual se indique su carácter de reservado o confidencial, la fecha de la clasificación acordada

por parte del Comité, su fundamento legal, las partes que se reservan y el plazo de reserva.

8. Remitir a la Secretaría Técnica, en forma impresa y electrónica (formato Word), el oficio mediante el cual se

expongan la fundamentación y motivación de la propuesta de clasificación de la información en un término de dos

días hábiles contados a partir de la notificación de la solicitud.

9. Participar en las sesiones con derecho a voz y voto.

VI CRITERIOS DE OPERACIÓN

El Comité, en el ámbito de sus atribuciones, se encargará de que Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México en

su calidad de Sujeto Obligado, cumpla cabalmente con todas las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia,

Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de México, Ley de Protección de Datos Personales en

posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México y demás normatividad aplicable a la materia.

Asimismo, realizará y propondrá acciones preventivas con la finalidad de garantizar que los servidores públicos adscritos a

cada órgano de la administración pública, en el ejercicio de sus atribuciones observen el derecho fundamental de toda

persona de acceso a la información y protección de sus datos personales.

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50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

El Comité de Transparencia deberá verificar que los procedimientos en materia de transparencia que realicen las Unidades

Administrativas, se rijan por los principios de:

I. Certeza

II. Eficacia

III. Imparcialidad

IV. Independencia

V. Legalidad

VI. Máxima publicidad

VII. Objetividad

VIII. Profesionalismo

IX. Transparencia

a) De las suplencias

1. La persona que preside el Comité designará a la persona servidora pública que funja como su suplente en caso de

ausencia, quien deberá ocupar un puesto de estructura orgánica del nivel jerárquico inmediato inferior en el Órgano de la

Administración Pública que se trate.

2. Las personas que fungen como Vocales del Comité podrán designar a una persona suplente para que les representen en

las sesiones, quienes deberán ocupar un puesto de estructura orgánica del nivel jerárquico inmediato inferior en el Órgano

de que se trate y ejercerá las facultades, funciones y responsabilidades del cargo en el Cuerpo Colegiado, por lo cual son

corresponsables con los titulares del cargo de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.

3. La designación deberá realizarse mediante oficio dirigido a la Presidencia del Comité, con copia a la Secretaría Técnica

para su registro y acreditación a las sesiones correspondientes.

4. Cuando asista la persona suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore la persona titular, la suplente podrá seguir

participando en la reunión en la calidad de integrante que le corresponda, con sus funciones y responsabilidades inherentes.

5. Con excepción del Presidente Suplente y el Secretario Técnico Suplente, cualquier miembro del Comité de Transparencia

podrá designar a un suplente para que lo represente en las sesiones del mismo, a las que en su caso no pueda asistir. La

designación deberá realizarse por oficio dirigido al Presidente Suplente del Comité para que valore y apruebe dicha

designación, con copia al Secretario Técnico Suplente para que registre al servidor público designado como persona

autorizada para suplir al miembro del Comité que represente, en sus funciones durante las sesiones.

6. Cuando un servidor público represente dos (2) cargos dentro del órgano colegiado deberá designar a un suplente para que

lo represente en una de las dos responsabilidades a fin de no duplicar atribuciones y votos dentro del órgano colegiado.

7. En ausencia de los demás miembros titulares del Comité, los suplentes asumirán las facultades, funciones y

responsabilidades que a los primeros correspondan, por lo cual, los representantes serán corresponsables con los titulares del

cargo, de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.

b) De las Sesiones

1. Las sesiones del comité podrán ser ordinarias o extraordinarias.

2. Las sesiones ordinarias deberán celebrarse de manera trimestral, con la finalidad de informar a las personas integrantes

del Comité de Transparencia del número de solicitudes de información pública y de datos personales ingresadas a los

órganos de la administración pública, indicando lo siguiente: número de solicitudes turnadas a las unidades administrativas,

competencias aceptadas, prevenciones, desahogos, clasificaciones, número de recursos de revisión interpuestos y

resoluciones a los mismos y, en general informar de cualquier asunto respecto de la materia de transparencia y datos

personales, para que los integrantes propongan y realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de las obligaciones

que tiene el sujeto obligado.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 51

3. Las sesiones extraordinarias se celebrarán siempre que se requiera, a petición de alguna de las personas integrantes del

Comité o de las personas titulares de las áreas, con el objeto de proponer la clasificación o inexistencia de la información

que emitan las áreas respecto de alguna solicitud de información pública o de datos personales, para que el Órgano

Colegiado emita la determinación respectiva, garantizando el ejercicio del derecho de acceso a la información y los

derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición a datos personales.

4. En caso de la clasificación de la información en su modalidad de reservada, el área que proponga deberá realizar la

prueba de daño, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la cual se deberá remitir a la Unidad de Transparencia en un término de tres

días hábiles contados a partir del ingreso de la solicitud.

5. Para proponer la clasificación o inexistencia de la información que propongan las unidades administrativas, la Unidad de

Transparencia recibirá y analizará la información y, en su caso realizará las observaciones a la prueba de daño o al

documento a través del cual realiza el encuadre legítimo de la información para demostrar que la misma tiene la calidad de

reservada o confidencial.

6. Una vez que sea revisada la propuesta de clasificación, la Secretaría Técnica deberá enviar electrónicamente a las

personas integrantes propietarios e invitados, la convocatoria a la sesión en la cual se incluirá el Orden del Día. Tratándose

de sesiones ordinarias deberá remitir con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha de celebración, y las

sesiones extraordinarias bastarán con que se convoque con un día hábil de anticipación.

7. El Área que proponga la clasificación de la información en la modalidad de confidencial, será la encargada de elaborar el

documento de manera fundada y motivada, a través del cual realizará el encuadre legítimo de la información para demostrar

que la misma tiene la calidad de confidencial.

8. Atendiendo lo establecido por el mismo artículo 89, el Comité de Transparencia, puede reunirse las veces que sea

necesario, en reunión ordinaria o extraordinaria, por lo que en la convocatoria correspondiente se deberá precisar el tipo de

sesión.

9. Para el correcto desarrollo de la sesión, la Secretaría Técnica deberá enviar electrónicamente a las personas integrantes

del Comité la carpeta con los documentos que contengan los asuntos a tratar, la cual, tratándose de sesiones ordinarias, se

entregará cuando menos con dos días hábiles de anticipación, y en las sesiones extraordinarias se enviará junto con la

convocatoria.

10. La carpeta original quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.

11. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones de cada Órgano de la Administración Pública; no

obstante, cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de alguna sesión, ésta podrá celebrarse fuera

de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente o bien, indicándolo de esa forma en la

respectiva convocatoria.

12. En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por caso fortuito o fuerza mayor, la Secretaría Técnica notificará por

escrito la fecha de realización de la Sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las causas que dieron lugar a su

postergación.

13. La Presidencia, será la única facultada para conducir las sesiones del Comité y establecer el formato de participación y

exposiciones de las personas integrantes del Comité.

14. Las personas integrantes del Comité presentes a la sesión se registrarán en la lista de asistencia, en la cual anotarán los

siguientes datos: nombre, firma y cargo.

15. El artículo 89 de la Ley establece que en las sesiones y reuniones de trabajo del Comité de Transparencia pueden

participar como invitados permanentes, los representantes de las áreas que decida el propio Comité y contarán con derecho a

voz.

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52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

16. Las áreas que hayan requerido la celebración de la sesión o propuesto asuntos para la misma deberá realizar la

explicación y análisis de los asuntos, con la finalidad de que el Comité delibere respecto de los mismos, así como sobre la

clasificación o inexistencia de la información solicitada.

17. Las personas integrantes del Comité analizarán el contenido de la carpeta previo a la sesión, a efecto de estar en

posibilidades de, en los casos que así correspondan, emitir sus comentarios y/o su votación.

18. El día de celebración de la sesión extraordinaria del Comité, el Área que solicitó la celebración de la sesión está

obligada a presentar ante el Órgano Colegiado toda la documentación que origina la propuesta de restricción y en los casos

que se proponga la versión pública, también deberá incluir ésta, así como el proyecto de respuesta que se entregará al

solicitante. Lo anterior, con la finalidad de que el Comité cuente con todos los elementos necesarios para tomar la

determinación respecto del caso planteado.

19. Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las Unidades Administrativas o Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de cada Órgano de la Administración Pública.

c) Del Quórum

1. Las sesiones serán válidas cuando se cuente por lo menos con la mitad más uno de sus integrantes con derecho a voz y

voto, ya sea de forma presencial o a través de cualquier medio de telecomunicación disponible. En caso de que no exista el

quórum suficiente para instalar la sesión, se levantará acta en la que se asentará esta circunstancia y se convocará

nuevamente a sesión.

2. En caso de ausencia de las personas que fungen en la Presidencia y en la Secretaría Técnica, se dará por cancelada la

sesión.

d) De la votación

1. De acuerdo con lo señalado en el artículo 89 de la Ley, el Comité de Transparencia de cada órgano de la administración,

adoptará decisiones por mayoría de votos de sus integrantes y en caso de empate la presidencia contará con el voto de

calidad., considerando las siguientes definiciones:

Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto.

Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas integrantes presentes

con derecho a voto; en esta circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto de calidad: En caso de empate, corresponde a la Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta

circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.

2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las

decisiones tomadas.

3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su

voto y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.

4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor, en contra o

abstención.

La Secretaria Técnica se encargará de verificar que el quórum necesario para la celebración de la sesión esté presente, para

declarar formalmente instalada la sesión y proceder a la aprobación y desahogo del Orden del Día.

Posteriormente, la Presidencia o la Secretaria Técnica someterá a consideración del Comité el Orden del Día y comenzarán

a desahogarse los asuntos incluidos a través del análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité de

los mismos, quienes aportarán su opinión, propuesta de solución o mejora y en su caso, el voto.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 53

La Secretaria Técnica levantará el acta de la sesión, en la que se registrarán todas y cada una de las consideraciones vertidas,

así como los acuerdos aprobados indicando la votación de los miembros del Comité, las cuales deberán ser firmadas por la

Presidencia, Secretaria Técnica y por los miembros que tengan atribuida esa facultad.

Una vez desahogados los puntos del Orden del Día, y registrados los acuerdos aprobados, se procederá a declarar

formalmente concluida la sesión, señalándose la hora en que termina.

La Secretaria Técnica elaborará el acta correspondiente a la sesión concluida con claridad y precisión, señalando los

acuerdos tomados por el Comité.

Una vez concluida el acta de la sesión, la Secretaria Técnica la remitirá a los asistentes de la sesión, para su análisis,

observaciones y respectiva firma dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su celebración.

Los miembros cuentan con dos (2) días hábiles posteriores a la recepción del acta, para devolverla con las observaciones y

comentarios que consideren convenientes, o en su caso, el acta debidamente firmada. En el supuesto de que no remitan

ninguna observación o aclaración, en el plazo antes mencionado, se entenderá como aprobado su contenido.

En caso de receso de la sesión ocasionado por causas ajenas y ésta se continúe el mismo día, se levantará una sola acta en la

que consten las causas del contratiempo.

Si fuera necesario que la sesión continué otro día, se levantará un acta por cada una de las reuniones del Comité, en las que

se asentará el motivo que la originó y no será necesario realizar una nueva convocatoria.

En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o supuestos no previstos, la Secretaria

Técnica del Comité notificará por escrito la fecha de realización de la sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las

causas que dieron lugar a su postergación.

Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones, establecer el formato de participación y

exposiciones de los miembros del Comité y para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o acuerdos que se

suscriban.

Solamente podrán tratarse en las sesiones, los asuntos que se incluyeron en el Orden del Día, sin embargo, cuando la

importancia de los asuntos lo requiera, podrán tratarse otros asuntos que no se hayan indicado en la convocatoria, siempre y

cuando los miembros del Comité aprueben su desahogo.

La Secretaria Técnica informará a los miembros del desahogo de los acuerdos.

Las resoluciones del Comité tendrán carácter de acuerdos y sólo mediante resolución de los órganos garantes o del propio

Comité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.

Desahogado el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, quien presida la sesión preguntará a los

miembros del Comité si existe algún asunto general que se estime necesario o conveniente tratar, en caso de haberlo, se

procederá a su desahogo, de no haberlo declarará formalmente concluida la sesión, precisando para efectos de registro en el

acta, la hora en que termina.

f) Sanciones.

Será motivo de responsabilidad el incumplimiento a cualquiera de las disposiciones establecidas en la normatividad

aplicable, las cuales serán sancionadas en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades

Administrativas.

g) Convocatorias.

Los casos que requieran de la consideración y resolución del Comité se remitirán por parte de cualquiera de sus miembros o

de los titulares de las áreas a la Secretaría Técnica cuando menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la fecha en que

habrá de celebrarse la sesión ordinaria.

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54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

En caso de requerir sesión extraordinaria, se remitirán los asuntos con cuando menos 5 días hábiles de anticipación al

vencimiento de la solicitud.

Todas las convocatorias para las sesiones del Comité de Transparencia deberán ser realizadas por oficio de la Unidad de

Transparencia con la documentación soporte correspondiente, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la

celebración de las sesiones ordinarias.

En el caso de las sesiones extraordinarias, por el carácter de los asuntos que en la misma se traten, bastará que la

convocatoria se realice con veinticuatro (24) horas de anticipación. Eventualmente, se podrá citar con un mínimo de cuatro

(4) horas previas al horario estipulado para la celebración de la sesión.

Los oficios en los que se convoque a sesión del Comité de Transparencia, establecerán por lo menos la fecha, hora, lugar y

el orden del día de los asuntos a tratar, debiendo estar firmados por la Presidencia o la Secretaria Técnica.

En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se someterá al pleno el calendario de sesiones para el siguiente año.

VII. PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las sesiones del Comité de Transparencia.

Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para organizar y celebrar las sesiones ordinarias y extraordinarias

del Comité de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, en estricto apego a lo

establecido en la normativa de la materia y el presente Manual, con la finalidad dar certeza jurídica a los acuerdos que tome

el respectivo Órgano Colegiado sobre la materia.

Diagrama de Flujo:

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 55

Descripción Narrativa

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.

2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el

desarrollo de la sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba

la firma de las personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de

quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del

Comité el Orden del Día.

¿Se aprueba el orden del día?

NO

7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por las

personas integrantes del Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos

del Orden del Día.

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56 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos

presentados al Comité, exponiendo los argumentos que

correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman

acuerdos sobre los asuntos de la sesión.

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su

cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.

Fin del procedimiento

Aspectos a considerar:

1. Los Comités de los Órganos de la Administración Pública obligados apegarán sus análisis, su procedimiento y sus actos

derivados de las sesiones, con lo establecido en las disposiciones de la materia y demás aplicables.

2. El día de la celebración de la sesión ordinaria, la Secretaría Técnica dará a conocer a las personas integrantes del Comité

lo relativo a los informes de solicitudes ingresadas, turnadas, prevenidas y atendidas, así como cualquier asunto respecto de

la materia de transparencia y datos personales para su conocimiento.

3. La Secretaría Técnica aportará su opinión, previo análisis, con la finalidad que las personas integrantes del Comité

deliberen y emitan sus propias opiniones o propuestas de solución. Dichas opiniones tendrán el carácter de vinculante, pero

no serán de carácter determinante.

4. El Órgano Interno de Control, de conformidad con sus atribuciones realizará las opiniones o comentarios que estime

pertinentes, vigilando el estricto cumplimiento de la normatividad en materia de transparencia y datos personales, con la

finalidad de dar legalidad a los acuerdos emitidos por el Comité.

5. La Secretaría Técnica vigilará el cumplimiento que se dé a las disposiciones aplicables en materia de transparencia y

protección de datos personales y, en caso de encontrar alguna irregularidad o incumplimiento, informará al Órgano Interno

de Control para los efectos a que haya lugar.

6. La Secretaria Técnica elaborará la “Carpeta de Trabajo” con los asuntos a tratar en la Sesión del Comité de

Transparencia.

7. La Presidencia, Secretaria Técnica, Vocales, Asesores e Invitado Permanente, recibirán “Oficio de Convocatoria” y

“Carpeta de Trabajo”, para estudiar los asuntos incluidos en la carpeta con el objeto de determinar las acciones conducentes

a fin de garantizar la transparencia, el acceso a la información pública y la protección de datos personales.

8. Así mismo compete al Comité de Transparencia de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales en

posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México:

I. Coordinar, supervisar y realizar las acciones necesarias para garantizar el derecho a la protección de los datos personales

en la organización de cada sujeto obligado, de conformidad con las disposiciones previstas en la presente Ley y en aquellas

disposiciones que resulten aplicables en la materia;

II. Instituir procedimientos internos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes para el ejercicio de los

derechos ARCO;

III. Confirmar, modificar o revocar las solicitudes de derechos ARCO en las que se declare la inexistencia de los datos

personales;

IV. Establecer y supervisar la aplicación de criterios específicos que resulten necesarios para una mejor observancia de la

presente Ley y en aquellas disposiciones que resulten aplicables en la materia;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57

V. Supervisar, en coordinación con las áreas o unidades administrativas competentes, el cumplimiento de las medidas,

controles y acciones previstas en el documento de seguridad;

VI. Establecer programas de capacitación y actualización para los servidores públicos en materia de protección de datos

personales; y

VII. Dar vista al órgano interno de control o instancia equivalente en aquellos casos en que tenga conocimiento, en el

ejercicio de sus atribuciones, de una presunta irregularidad respecto de determinado tratamiento de datos personales;

particularmente en casos relacionados con la declaración de inexistencia que realicen los responsables.

9. La Secretaria Técnica, se encargará de verificar que se cuente con el quórum necesario para la celebración de la Sesión,

una vez que se constante el mismo procederá a declararla formalmente instalada; dando lectura a la Orden del Día para la

aprobación y desahogo.

10. Los miembros del Comité presentes a la Sesión registrarán su asistencia en la lista del día en la cual anotarán los

siguientes datos: nombre, firma y cargo.

11. Procedimiento de Actuación.

En las sesiones del Comité se observará formal y cabalmente el siguiente:

La Secretaria Técnica se encargará de verificar que el quórum necesario para la celebración de la sesión esté presente, para

declarar formalmente instalada la sesión y proceder a la aprobación y desahogo del Orden del Día.

Posteriormente, la Presidencia o la Secretaria Técnica someterá a consideración del Comité el Orden del Día y comenzarán

a desahogarse los asuntos incluidos a través del análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité de

los mismos, quienes aportarán su opinión, propuesta de solución o mejora y en su caso, el voto.

La Secretaria Técnica levantará el acta de la sesión, en la que se registrarán todas y cada una de las consideraciones vertidas,

así como los acuerdos aprobados indicando la votación de los miembros del Comité, las cuales deberán ser firmadas por el

Presidente, Secretario Técnico y por los miembros que tengan atribuida esa facultad.

Una vez desahogados los puntos del Orden del Día, y registrados los acuerdos aprobados, se procederá a declarar

formalmente concluida la sesión, señalándose la hora en que termina.

La Secretaria Técnica elaborará el acta correspondiente a la sesión concluida con claridad y precisión, señalando los

acuerdos tomados por el Comité.

Una vez concluida el acta de la sesión, la Secretaria Técnica la remitirá a los asistentes de la sesión, para su análisis,

observaciones y respectiva firma dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a su celebración.

Los miembros cuentan con dos (2) días hábiles posteriores a la recepción del acta, para devolverla con las observaciones y

comentarios que consideren convenientes, o en su caso, el acta debidamente firmada. En el supuesto de que no remitan

ninguna observación o aclaración, en el plazo antes mencionado, se entenderá como aprobado su contenido.

En caso de receso de la sesión ocasionado por causas ajenas y ésta se continúe el mismo día, se levantará una sola acta en la

que consten las causas del contratiempo.

Si fuera necesario que la sesión continué otro día, se levantará un acta por cada una de las reuniones del Comité, en las que

se asentará el motivo que la originó y no será necesario realizar una nueva convocatoria.

En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o supuestos no previstos, la Secretaria

Técnica del Comité notificará por escrito la fecha de realización de la sesión pospuesta, asentando en el acta respectiva las

causas que dieron lugar a su postergación.

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58 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones, establecer el formato de participación y

exposiciones de los miembros del Comité y para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o acuerdos que se

suscriban.

Solamente podrán tratarse en las sesiones, los asuntos que se incluyeron en el Orden del Día, sin embargo, cuando la

importancia de los asuntos lo requiera, podrán tratarse otros asuntos que no se hayan indicado en la convocatoria, siempre y

cuando los miembros del Comité aprueben su desahogo.

La Secretaria Técnica informará a los miembros del desahogo de los acuerdos.

Las resoluciones del Comité tendrán carácter de acuerdos y sólo mediante resolución de los órganos garantes o del propio

Comité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.

Desahogado el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, quien presida la sesión preguntará a los

miembros del Comité si existe algún asunto general que se estime necesario o conveniente tratar, en caso de haberlo, se

procederá a su desahogo, de no haberlo declarará formalmente concluida la sesión, precisando para efectos de registro en el

acta, la hora en que termina.

Sanciones.

Será motivo de responsabilidad el incumplimiento a cualquiera de las disposiciones establecidas en la normatividad

aplicable, las cuales serán sancionadas en los términos establecidos en la Ley General de Responsabilidades

Administrativas.

Convocatorias.

Los casos que requieran de la consideración y resolución del Comité se remitirán por parte de cualquiera de sus miembros o

de los titulares de las áreas a la Secretaría Técnica cuando menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la fecha en

que habrá de celebrarse la sesión ordinaria.

En caso de requerir sesión extraordinaria, se remitirán los asuntos con cuando menos 5 días hábiles de anticipación al

vencimiento de la solicitud.

Todas las convocatorias para las sesiones del Comité de Transparencia deberán ser realizadas por oficio de la Unidad de

Transparencia con la documentación soporte correspondiente, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la

celebración de las sesiones ordinarias.

En el caso de las sesiones extraordinarias, por el carácter de los asuntos que en la misma se traten, bastará que la

convocatoria se realice con veinticuatro (24) horas de anticipación. Eventualmente, se podrá citar con un mínimo de

cuatro (4) horas previas al horario estipulado para la celebración de la sesión.

Los oficios en los que se convoque a sesión del Comité de Transparencia, establecerán por lo menos la fecha, hora, lugar y

el orden del día de los asuntos a tratar, debiendo estar firmados por la Presidencia o la Secretaria Técnica.

En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se someterá al pleno el calendario de sesiones para el siguiente año.

VIII. GLOSARIO

Para efectos del presente Manual, se entenderá por:

Áreas: A las instancias dotadas de atribuciones de decisión y ejecución señaladas en la Ley Orgánica de la Secretaría de

Seguridad Pública del Distrito Federal, que cuentan o puedan contar con la información;

Caso Fortuito: Acontecimiento donde interviene directa o indirectamente la voluntad de una persona, el cual no ha podido

ser previsto, pero que, aunque lo hubiera sido, no habría podido evitarse.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59

Comité / Cuerpo Colegiado / Órgano Colegiado: Comité de Transparencia de cada órgano de la Administración Pública

de la Ciudad de México.

Consulta Directa: A la prerrogativa que tiene toda persona de allegarse de información pública, sin intermediarios;

Derecho de acceso a la información pública: Prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada

o en poder de los sujetos obligados, en los términos de la normatividad de la materia.

Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas,

directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro en

posesión de la Secretaría de Seguridad Pública y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los

documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;

Documento Electrónico: A la Información que puede constituir un documento, archivada o almacenada en un soporte

electrónico, en un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento;

Datos abiertos: A los datos digitales de carácter público que son accesibles en línea que pueden ser usados, reutilizados y

redistribuidos por cualquier interesado y que tienen como características las establecidas en la Ley de Transparencia,

Acceso a Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

Expediente: A la unidad documental constituida por uno o varios documentos de archivo, ordenados y relacionados por un

mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados;

Expediente Electrónico: Al conjunto de documentos electrónicos cuyo contenido y estructura permiten identificarlos como

documentos de archivo que aseguran la validez, autenticidad, confidencialidad, integridad y disponibilidad de la

información que contienen;

Formatos Abiertos: Al conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la

estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y facilitan su procesamiento digital, cuyas especificaciones

están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios;

Formatos Accesibles: Al acceso a la información de cualquier manera o forma alternativa, en forma tan viable o cómoda

para cualquier persona, eliminando las barreras o dificultades para las personas con discapacidad para acceder a cualquier

texto impreso y/o cualquier otro formato convencional en el que la información pueda encontrarse;

Fuerza Mayor: Acontecimiento ajeno a la voluntad de una persona, el cual no ha podido ser previsto, pero que, aunque lo

hubiera sido, no habría podido evitarse.

Igualdad Sustantiva: Al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio del Derecho al Acceso a la

Información Pública.

Información Confidencial: La información en posesión de los Entes Obligados, protegida por el derecho fundamental a la

protección de los Datos Personales y a la privacidad;

Información clasificada: IA la información en posesión de la Secretaría de Seguridad Pública, bajo las figuras de

reservada o confidencial;

Información Pública: Todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico,

electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder de la Secretaría de Seguridad Pública, y que

no haya sido clasificada como de acceso restringido;

Información de Acceso Restringido: La información definida por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, como de acceso restringido, en sus modalidades de reservada y

confidencial y que no podrá ser divulgada salvo las excepciones señaladas por la normatividad. A la información que resulta

relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el

público comprenda las actividades que llevan a cabo la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;

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60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Información de interés público: A la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente

de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo la

Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;

Información Reservada: La información pública que se encuentre temporalmente sujeta a alguna de las excepciones

previstas en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

Instituto: Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de

Cuentas de la Ciudad de México

Instituto Nacional: Al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;

Ley: A la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

Ley General de Transparencia: A la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;

Ley de Protección de Datos: A la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad

de México;

Ley General de Protección de Datos: A la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos

Obligados;

Máxima Publicidad: Principio de actuación que consiste en que los Entes Públicos expongan la información que poseen al

escrutinio público y, en caso de duda razonable respecto a la forma de interpretar y aplicar la norma, se optará por la

publicidad de la información;

Orden del Día: Determinación de todos aquellos puntos que sean relevantes y adecuados de tratar en el contexto de la

sesión.

Órgano Interno de Control: Contraloría Interna de cada órgano de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Protección de Datos Personales: La garantía de tutelar los datos personales en poder de la Secretaría de Seguridad Pública,

bajo los principios de calidad, confidencialidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad,

transparencia, y temporalidad;

Prueba de Interés Público: A la faculta del Instituto de fundar y motivar con base en elementos de idoneidad, necesidad y

proporcionalidad, que la publicación de la información de acceso restringido no lesiona el interés jurídicamente protegido

por la Ley;

Prueba de Daño: Carga de los Sujetos Obligados de demostrar que la divulgación de información lesiona el interés

jurídicamente protegido por la Ley, y que el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el

interés de conocerla.

Rendición de Cuentas: Vista desde la perspectiva de la transparencia y el acceso a la información, consiste en la potestad

del individuo para exigir al poder público informe y ponga a disposición en medios adecuados, las acciones y decisiones

emprendidas derivadas del desarrollo de su actividad, así como los indicadores que permitan el conocimiento y la forma en

que las llevó a cabo, incluyendo los resultados obtenidos; así como la obligación de dicho poder público de cumplir con las

obligaciones que se le establecen en la legislación de la materia, y garantizar mediante la implementación de los medios que

sean necesarios y dentro del marco de la Ley, el disfrute del Derecho de Acceso a la Información Pública consagrado en el

artículo sexto de la Constitución General de la República;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61

Sistema Electrónico: Al sistema electrónico mediante el cual las personas presentan sus solicitudes de acceso a la

información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales y es el sistema único para el

registro y captura de todas las solicitudes recibidas por los sujetos obligados a través de los medios señalados en la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de

Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como para la recepción de los recursos de

revisión interpuestos a través del propio sistema.

Solicitante: Toda persona que pide a la Secretaría de Seguridad Pública Información pública, acceso, cancelación,

rectificación u oposición de datos personales;

Toda persona que pide a la Secretaría de Seguridad Pública Información pública, acceso, cancelación, rectificación u

oposición de datos personales;

Sujeto Obligado: De manera enunciativa más no limitativa a la autoridad, entidad, órgano u organismo del poder

Ejecutivo, Legislativo y Judicial; a los Órganos Político Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales; Órganos

Autónomos, Organismos Paraestatales, Universidades Públicas, Partidos Políticos, Sindicato, Fideicomisos y Fondos

Públicos, así como cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos, realice actos de autoridad o de

interés público.

Unidad Administrativa de Apoyo Técnico Operativo: Son las que asisten técnica y operativamente a las Unidades

Administrativas, a los órganos político-administrativos, a los órganos desconcentrados, que son las direcciones de área, las

subdirecciones, las jefaturas de unidad departamental, de acuerdo a las necesidades del servicio, siempre que estén

autorizadas en el presupuesto y con funciones determinadas en el Reglamento Interior o en el Manual Administrativo de la

Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México;

Unidad de Transparencia: Unidad receptora de las solicitudes de información a cuya tutela estará el trámite de las

mismas.

Versión pública: Documento en el que se elimina la información clasificada en los términos de los Lineamientos generales

en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, para

permitir su acceso.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

Presidente

___________________________________

Superintendente General

Lic. Hiram almeida estrada

Secretario de seguridad pública

Secretario técnico

_____________________________

Lic. Nayeli Hernández Gómez

Directora Ejecutiva de Transparencia y Responsable

de la Unidad de Transparencia

Vocal

________________________________

Mtro. Emmanuel Chávez Pérez

Director General de Asuntos Jurídicos

Vocal

_____________________________

Lic. Nicole Fournier Álvarez Icaza

Directora Ejecutiva de Comunicación Social

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62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

VOCAL

_________________________________________

MTRA. IVONNE B. GARCÍA LUNA

Contralora Interna en la Secretaría de Seguridad

Pública

INVITADO PERMANENTE

_________________________________________

Lic. Omar Sandoval Badillo

Jefatura de Desarrollo Archivístico y Encargado de la

Unidad Coordinadora de Archivos

TRANSITORIOS

Primero. - Se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Secretaría de

Seguridad Pública del Distrito Federal, mismo que fue registrado con el número MEO-74/160718-D-SSPDF-35/011117, por

la Coordinación General de Modernización Administrativa.

Segundo. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.

Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 27 de julio de 2018.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

SUPERINTENDENTE GENERAL

INGENIERO RAYMUNDO COLLINS FLORES

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

C.P. LUIS ENRIQUE MIRAMONTES HIGUERA, DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN EN LA

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en observancia a la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos, 27 inciso C, 28, 52, 54 antepenúltimo párrafo y

21 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, Articulo 30 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, artículos 15, fracción XII y 32-Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad

de México, Artículo 7 fracción XI Bis y 101 G, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

se emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE CONTROL

INTERNO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON

NÚMERO DE REGISTRO MEO-78/160718-D-SECUL-20/2008

CONTENIDO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

1. Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017.

2 .Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.

3 .Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de

diciembre de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 26 de febrero de 2018.

4 .Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 01 de

septiembre de 2017.

CIRCULARES

5. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

LINEAMIENTOS

6. Lineamientos de Auditoría de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México el 08 de enero de 2018.

7. Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 08 de enero de 2018.

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64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

8. Lineamientos de las Intervenciones de la Administración Pública de la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 08 de enero de 2018.

II. OBJETIVO GENERAL

Establecer en un solo instrumento los criterios jurídico-administrativos relacionados con las atribuciones, integración,

operación y funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la

Secretaría de Cultura (CARECI), con el objeto de regular las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en

la gestión y logro de los objetivos y funciones en materia de administración de riesgos y control interno en su cumplimiento

desde la planeación programación, ejecución, resultados y conclusión.

III. INTEGRACIÓN

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Titular de la Secretaría de Cultura

Secretaría Técnica Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración

Vocales

Titular de la Coordinación de Producción en Espacios Públicos

Titular de la Coordinación del Sistema de Teatros de la Ciudad de México

Titular de la Coordinación de Vinculación Cultural Comunitaria

Titular de la Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural

Titular de la Coordinación Interinstitucional

Titular de la Dirección de Divulgación Cultural

Titular de la Dirección de la Red de Faros de la Ciudad de México

Titular de la Dirección General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México

Titular de la Dirección de Promoción y Locaciones de la Comisión de Filmaciones de la

Ciudad de México

Titular de la Dirección de Permisos y Vinculación Interinstitucional de la Comisión de

Filmaciones de la Ciudad de México

Titular de la Dirección de Operación de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México

Titular de la Dirección Académica

Titular de la Dirección de Recursos Humanos en la Secretaría de Cultura

Titular de la Dirección de Recursos Financieros en la Secretaría de Cultura

Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales en la Secretaría de

Cultura

Asesor/a Titular de la Dirección Jurídica

Órgano Interno de

Control Titular de la Contraloría Interna en la Secretaría de Cultura

Invitadas/os Personas y personas servidoras públicas propuestas por la Presidencia, que coadyuven en

la exposición de los asuntos que se sometan a dictaminación del Comité

IV. ATRIBUCIONES

El Comité, en el ámbito de sus atribuciones, se encargará de que la Secretaría de Cultura en su calidad de ente obligado,

realice las actividades relativas a la planeación, programación, verificación, resultados, conclusión y dictaminación, así

como que dé cumplimiento a los plazos, procedimientos y forma que deben observarse en la implementación y aplicación

del control interno y demás normatividad aplicable a la materia.

De conformidad con los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México que rigen

las atribuciones y actuación del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional, éste

tendrá los siguientes objetivos y funciones en materia de administración de riesgos y control interno:

Del Comité

I. Tomar conocimiento de los controles internos que conjuntamente implementará el ente público con la Secretaría,

Subsecretarías, sus unidades administrativas u Órgano Interno de Control;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65

II. Instruir a las áreas correspondientes el cumplimiento oportuno de los objetivos y metas institucionales con enfoque a

resultados;

III. Instruir a las áreas competentes a dar seguimiento a la administración de riesgos con el análisis y seguimiento de las

estrategias y acciones determinadas, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata;

IV. Instruir a las áreas a establecer los mecanismos en la prevención de la materialización de riesgos, a efecto de evitar la

recurrencia de las observaciones generadas por los órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;

V. Conocer el Informe Anual sobre el estado que guarda el Control Interno;

VI. Tomar conocimiento de las recomendaciones, acciones preventivas y correctivas contenidas en el Informe de

Observaciones de la persona titular de la Secretaría, sus unidades administrativas o el titular del Órgano Interno de Control;

VII. Establecer las acciones necesarias para la atención en tiempo y forma de las observaciones y acciones preventivas y

correctivas generadas por la Secretaría, sus unidades administrativas u Órganos Internos de Control;

VIII. Establecer las acciones que promuevan el cumplimiento de programas y temas transversales del ente público obligado;

IX. Aprobar acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten;

X. Constituirse como el órgano de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en materia de evaluación

de administración de riesgos y control interno;

XI. Establecer las acciones que propicien el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación

entre sus miembros, que favorezcan la implantación de los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de

la Ciudad de México;

XII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos adoptados al seno del Comité:

XIII. Dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública

de la Ciudad de México, así como de la normatividad que resulte aplicable;

XIV. Dar seguimiento al cumplimiento de las observaciones, acciones preventivas y correctivas impuestas por la Secretaría,

sus unidades administrativas u Órganos Internos de Control;

XV. Supervisar las actividades de control interno realizadas por los entes públicos;

XVI. Elaborar y aprobar su Manual de Integración y Funcionamiento; y

XVII. Las demás que le confieren los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de

México y la normatividad que resulte aplicable.

V. FUNCIONES

a) DE LA PRESIDENCIA

I. Promover la operación regular del órgano colegiado;

II. Proponer al Comité los instrumentos, procesos y métodos de evaluación, control interno, y administración de riesgos

necesarios para la consecución de sus objetivos;

III. Coordinar los trabajos del Comité para la elaboración de los instrumentos de control interno y administración de riesgos;

IV. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Comité;

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66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

V. Aplicar los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México;

VI. Proponer al Comité el calendario anual de sesiones;

VII. Someter la designación de personas invitadas al Comité;

VIII. Emitir la convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;

IX. Emitir su voto respecto de los asuntos puestos a consideración del Comité, con voto de calidad en caso de empate; y

X. Nombrar a la persona que funja en la Secretaría Técnica.

b) DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

I. Formular el orden del día considerando los asuntos que deberán ser presentados al pleno del Comité;

II. Apoyar en la conducción de las sesiones del Comité, así como registrar los acuerdos adoptados en el pleno del Comité;

III. Elaborar el acta correspondiente de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;

IV. Recibir los asuntos que deberán ser presentados al pleno del Comité por parte de las unidades administrativas

responsables de los mismos;

V. Elaborar e integrar la carpeta de trabajo para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité;

VI. Remitir de manera oportuna la convocatoria y carpeta de trabajo a los integrantes del Comité;

VII. Dar seguimiento e informar al Comité del cumplimiento de los acuerdos aprobados;

VIII. Suplir a la Presidencia del Comité en el desarrollo de las funciones inherentes a éste; y

IX. La Secretaría Técnica tendrá derecho a voz pero no voto.

c) DE LAS Y LOS VOCALES

I. Presentar a consideración y dictaminación del Comité los asuntos en materia de administración de riesgos y evaluación

control interno que requieran su atención conforme a los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de

la Ciudad de México y demás normatividad aplicable;

II. Analizar con oportunidad los asuntos considerados en la convocatoria y carpeta de trabajo correspondiente;

III. Proponer en forma clara y concreta, alternativas de atención y solución de los asuntos puestos a consideración del

Comité;

IV. Emitir su voto respecto de los asuntos puestos a consideración del Comité;

V. Enviar a la Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los asuntos que sean necesarios del Comité; y

VI. Las demás que le confieren los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México,

así como la normatividad aplicable, y las necesarias para el correcto desarrollo de las funciones del Comité.

d) DE LA O EL ASESOR

I. Exponer con fundamento e imparcialidad su punto de vista en torno a los asuntos que se presenten ante el Comité;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67

II. Proporcionar, de acuerdo a sus atribuciones, la asesoría jurídica, técnica y administrativa que se les requiera para

sustentar las resoluciones y acciones del Comité;

III. Vigilar dentro del ámbito de su competencia el cumplimiento de los Lineamientos de Control Interno de la

Administración Pública de la Ciudad de México así como de la normatividad que resulte aplicable; y

IV. Las personas que fungen como asesoras contarán con voz pero no tendrán derecho a voto.

e) DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

I. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité y participar con voz y voto

II. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;

III. Vigilar en el ámbito de su competencia la normatividad y demás disposiciones aplicables a la materia de administración

de riesgos y control interno, mediante las recomendaciones u observaciones que estime pertinentes como responsable de la

generación, seguimiento y verificación del control interno;

IV. Proponer cuando resulte aplicable, alternativas de solución para los asuntos que se presenten a consideración y

resolución del Comité;

V. Emitir su voto razonado en los asuntos que se presenten en las sesiones del Comité;

VI. Tomar conocimiento de los asuntos donde detecte problemas operativos y administrativos graves, o que de cualquier

forma puedan generar consecuencias de esa misma naturaleza, para que en el ámbito de su competencia substancie los

procesos y procedimientos derivados de la presunción de actos ilícitos o irregulares que pudieran implicar responsabilidades

de las personas servidoras públicas o de terceros;

VII. Firmar la documentación que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y

VIII. Las demás que expresamente les asigne la normatividad.

f) DE LAS Y LOS INVITADOS

I. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocadas y participar con derecho de voz;

II. Aportar en sus participaciones argumentos, exposiciones, documentación soporte y razonamientos lógicos, técnicos,

administrativos y jurídicos, según sean los casos, en términos de sus campos de conocimiento, ámbito de actuación y en

apego a la normatividad aplicable para la toma de decisiones del Comité;

III. Fundar y motivar sus participaciones y aportaciones sobre los asuntos que se sometan a consideración del Comité y de

los que participe; y

IV. Firmar las actas y lista de asistencia de las sesiones del Comité.

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

a) De las Suplencias

Las personas servidoras públicas que fungen en la Presidencia, Secretaría Técnica, y como Vocales, Asesoras/es y Órgano

Interno de Control podrán contar con suplentes, de conformidad con lo siguiente:

I. La ausencia de la Presidencia será suplida por la Secretaría Técnica.

II. La ausencia de la Secretaría Técnica será suplida por la persona servidora pública designada por la Presidencia.

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68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

III. Las y los Vocales, Asesor/a y Órgano Interno de Control titulares serán suplidos por la persona servidora pública del

nivel jerárquico inmediato inferior designado por su titular correspondiente.

Las designaciones de suplencia deberán realizarse mediante oficio dirigido a quien preside el Comité, con copia a la

Secretaría Técnica para su registro y acreditación a las sesiones correspondientes.

Las personas suplentes tendrán las facultades, funciones y responsabilidades de sus integrantes titulares, por lo cual, son

corresponsables de las decisiones y acciones tomadas por el Comité.

Cuando asista la persona suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore la persona titular, la suplente podrá seguir

participando en la reunión en la calidad de integrante que le corresponda, con sus funciones y responsabilidades inherentes.

b) De las Sesiones

Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo de manera trimestral, salvo que no haya asuntos que tratar, en cuyos casos deberá

notificarse a las y los integrantes del Comité con al menos dos días hábiles de anticipación de la fecha prevista para la

sesión que corresponda.

Tratándose de sesiones ordinarias, la convocatoria deberá ser notificada con al menos tres días hábiles de anticipación,

previos a la fecha de celebración de la sesión que corresponda.

Las sesiones extraordinarias se realizarán cuando se estime necesario por la Presidencia o cualquiera de las personas

Vocales, previa convocatoria de la Presidencia.

Para sesiones extraordinarias la convocatoria deberá ser notificada a las y los integrantes del Comité con al menos un día

hábil previo a la celebración de la sesión.

En su caso, las y los Vocales enviarán a la Secretaría Técnica la documentación correspondiente de los asuntos que sean

necesarios del Comité con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación a la realización de cada sesión, conforme al

calendario de sesiones ordinarias aprobado.

Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,

cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de alguna sesión, ésta podrá celebrarse fuera de la

misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente o bien, indicándolo de esa forma en la respectiva

convocatoria.

En caso de ausencia tanto de la Presidencia como la Secretaría Técnica simultáneamente , no podrá celebrarse la sesión.

En las convocatorias de las sesiones se debera senalar , como minimo , fecha, hora y lugar de celebracion de la sesion , e

indicar si se trata de sesion ordinaria o extraordinaria , así como deberá adjuntarse la carpeta de trabajo correspondiente a la

sesión a celebrar, misma que deberá contener como mínimo lo siguiente:

a) Lista de asistencia

b) Declaración del quórum

c) Orden del día

d) Acta de la sesión anterior

e) Seguimiento de acuerdos

f) Documentos soporte de los asuntos a tratar

g) Asuntos generales

La información señalada en los incisos d) y e) y g) no será aplicable tratándose de sesiones extraordinarias, toda vez que el

acta de la sesión anterior deberá aprobarse en sesiones ordinarias y el seguimiento de los acuerdos aprobados deberá

informarse en la sesión ordinaria subsecuente.

El Comité emitirá y difundirá los formatos para la presentación de casos por parte de las personas Vocales, quienes en caso

de presentar alguno deberán enviarlos con un mínimo de 5 días hábiles de anticipación a la realización de cada sesión

prevista en el calendario de sesiones ordinarias aprobado.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 69

Las personas integrantes del Comité analizarán el contenido de la carpeta previo a la sesión, a efecto de estar en

posibilidades de, en los casos que así correspondan, emitir sus comentarios y/o su votación.

Las personas integrantes del Comité presentes a la sesión se registrarán en la lista de asistencia, en la cual anotarán los

siguientes datos: nombre, firma y cargo.

La Presidencia será la única facultada para conducir las sesiones del Comité y establecer el formato de participación y

exposiciones de las personas integrantes del Comité, y de cada una de las sesiones se levantará acta, que deberá ser firmada

por los asistentes a la sesión correspondiente, misma que consignará, como mínimo, la información siguiente:

a) Lista de asistencia

b) Declaración del quórum

c) Orden del día

d) Acuerdos adoptados

e) Votación obtenida

f) Comentarios adicionales

g) Cierre de la sesión

En la última sesión ordinaria de cada ejercicio se deberá someter al Comité el calendario de sesiones ordinarias del ejercicio

fiscal siguiente.

Para la adopción de acuerdos, dictaminación y toma de decisiones, se requerirá de al menos el 50% de los votos a favor. En

caso de empate, la Presidencia tendrán voto de calidad.

Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las Unidades Administrativas o Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de cada Órgano de la Administración Pública.

Los Acuerdos sólo podrán ser cancelados o modificados por las personas integrantes del Comité con derecho a voto,

contando con la justificación correspondiente.

c) Del Quórum

Para la celebración válida de las sesiones se requerirá de la asistencia mínima del 50% más uno de las personas integrantes

con derecho a voto.

VII. PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las sesiones del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control

Interno Institucional.

Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para celebrar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité

de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura, en estricto apego a

lo establecido en la normativa de la materia, con la finalidad de dar certeza jurídica a los acuerdos que tome el Órgano

Colegiado sobre la materia.

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70 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Diagrama de Flujo:

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 71

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaria o extraordinaria.

2 Secretaría Técnica Verifica la asistencia y el quórum necesario para el desarrollo de la

sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba la firma de

las personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de las personas integrantes del Comité el Orden del

Día.

¿Se aprueba el orden del día?

NO

7 Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los Integrantes

del Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos del Orden del

Día.

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados al Comité,

exponiendo los argumentos que correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman acuerdos sobre

los asuntos de la sesión.

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos para el seguimiento de su cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la sesión.

Fin del procedimiento

Aspectos a considerar:

1. Los Comités de los Órganos de la Administración Pública obligados apegarán sus análisis, su procedimiento y sus actos

derivados de las sesiones, a lo establecido en los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la

Ciudad de México.

VIII. GLOSARIO

Administración de riesgos: Proceso realizado en conjunto por los entes públicos y la Secretaría de la Contraloría General

de la Ciudad de México y sus unidades administrativas, que consiste en identificar los riesgos a que están expuestos los

Entes Públicos en el desarrollo de sus actividades, controlar los factores que pueden ocasionarlos, a fin de determinar los

controles internos que permitan contribuir a la consecución de los objetivos, metas y programas institucionales de manera

adecuada.

CARECI: Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional.

Control Interno: Conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y

evaluación adoptada por los entes públicos de la Administración Pública Centralizada, Paraestatal, y de las Delegaciones o

Alcaldías con el fin de que las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y

empleo de los recursos se realicen con un enfoque preventivo.

Ente Público Obligado: Las Delegaciones o Alcaldías, Dependencias, Entidades Paraestatales y Órganos Desconcentrados

de la Administración Pública de la Ciudad de México, en las que se implementa el control interno.

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72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Evaluación del Control Interno: Proceso mediante el cual se determina el grado de cumplimiento del Control Interno,

para medir el avance de los objetivos.

Observaciones: Documento en el que se hacen constar los descubrimientos de la implementación y aplicación del control

interno que constituyen una probable irregularidad; que considera la denominación, hipótesis, fundamentación y

motivación, acciones correctivas y preventivas que deben ser atendidas dentro del plazo legal por los entes públicos

obligados.

Órgano Interno de Control / OIC: Son los órganos internos de control, contralorías internas u órganos de fiscalización

que, como unidades administrativas adscritas a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, ejercen

funciones de auditoría, control interno e intervención en dependencias, delegaciones o alcaldías, entidades paraestatales y

órganos desconcentrados de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Riesgo: Es la contingencia o proximidad de un evento adverso que obstaculice o impida el logro de las metas y objetivos.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Presidente

Eduardo Vázquez Martín

Secretario De Cultura

Secretario Técnico Vocal

C.P. Luis Enrique Miramontes Higuera Lic. Julio Cesar Blasina Palermo Director Ejecutivo De Administración Coordinador de Producción en Espacios Públicos

Vocal Vocal

Mtro. Ángel Ancona Resendez Lic. Déborah Chenillo Alazraki Coordinador del Sistema de Teatros Coordinadora de Vinculación Cultural Comunitaria

de la Ciudad de México

Vocal Vocal

Lic. Gabriela Eugenia López Torres Lic. María Cortina Icaza Coordinadora de Patrimonio Coordinadora Interinstitucional

Histórico, Artístico y Cultural

Vocal Vocal

Benjamín Anaya González Lic. Agustín Estrada Ortiz Director de Divulgación Cultural Director de la Red de Faros de la Ciudad de México

Vocal Vocal

Lic. Miguel Roberto Mejía Murillo Dra. Miviam Ruíz Pérez

Director de Operación de Orquesta Filarmónica Directora Académica

de la Ciudad de México

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 73

Vocal Vocal

Lic. F. Javier Flores Luna Lic. Fabián Martínez Rodríguez

Director de Recursos Humanos Director de Recursos Financieros

en la Secretaría de Cultura en la Secretaría de Cultura

Vocal Vocal

Lic. Jaqueline Kuttler Herrera Mauricio Maiolo Aguinaco Rodríguez

Directora De Recursos Materiales y Director General de la Comisión de

Servicios Generales Filmaciones de la CDMX

Vocal Vocal

Diana Angélica Álvarez Segoviano Jorge Alberto Santoyo Vargas Dirección De Promoción y Locaciones Dirección de Permisos y Vinculación

de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México Interinstitucional de la Comisión de Filmaciones de la

Ciudad de México

Asesor Órgano Interno De Control

Lic. Cuitláhuac Alejandro Flores Landeros Lic. Tania García Heredia

Director Jurídico Contralora Interna en la Secretaría de Cultura

TRANSITORIO

Único. - Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y

Evaluación de Control Interno Institucional de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, elaborado el 01 de junio de

2018, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México, a 06 de agosto del 2018.

LUIS ENRIQUE MIRAMONTES HIGUERA

DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN

(Firma)

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74 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO

C. JOSÉ DAVID RODRÍGUEZ LARA, Jefe Delegacional en el Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, con

fundamento en el artículo 39, fracciones VIII y LIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de

México, Artículo 11, Párrafo Tercero de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 19 y Noveno

Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, numeral Trigésimo Octavo de los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública de la Ciudad de México, tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ

TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL ÓRGANO POLÍTICO-

ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO, CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-85/200718-OPA-MIH-

1/010118, VALIDADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA,

MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/1710/2018 DE FECHA 20 DE JULIO DE 2018.

MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE

DOCUMENTOS

ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO

JULIO 2018.

Registro:

MEO-85/200718-OPA-MIH-1/010118

CONTENIDO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO (S)

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

1. Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

29 de diciembre de 1998 y su última reforma publicada el 01 de septiembre de 2017.

2. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su

última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.

3. Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 01 de septiembre de 2017.

4. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1 de septiembre de 2017.

5. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 75

6. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31

de diciembre de 2009, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de febrero de

2018.

REGLAMENTOS

7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23

de marzo de 2018.

CIRCULARES

8. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de

2015.

9. Circular por medio de la cual se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la actuación

de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 01 de octubre de 2015.

II. OBJETIVO GENERAL

Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentosmediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego

a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.

III. INTEGRACIÓN

De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 6.4.6de la Circular Uno Bis, para

el debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de

Documentos, estará integrado de la siguiente forma:

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Dirección Ejecutiva de Servicios Internos.

Secretaría Técnica Subdirección de Recursos Materiales y Servicios.

Secretaría Ejecutiva Subdirección de Transparencia.

Vocales Coordinación de Gestión Delegacional.

Dirección de Modernización Administrativa.

Jefatura de Unidad Departamental de Gestión Estratégica de Servicios Urbanos.

Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Desarrollo Social.

Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Servicios Internos.

Jefatura de Unidad Departamental de Manifestaciones de Construcción.

Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Obras Públicas.

Jefatura de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Comunicación Social

Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales.

Representantes Contraloría Interna en el Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo.

Subdirección de Normatividad y Asesoría Jurídica.

Subdirección de Tecnología de la Información.

Jefatura de Unidad Departamental de Contabilidad.

Asesores Jefatura de Unidad Departamental de Información Pública.

IV. ATRIBUCIONES

De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:

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76 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en la

materia dentro de los archivos del ente público;

II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;

III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;

IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean

convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones

nacionales o internacionales;

V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y

VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;

VI. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

De conformidad con el Numeral 6.4.14 Circular Uno Bis, las funciones del COTECIAD son:

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la

materia de archivos de la Delegación;

II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para el

mejoramiento integral de los archivos; y

III. Regirse por el Manual Específico de Operación Archivística que la Unidad Coordinadora y el COTECIAD de cada

Delegación emitan y aprueben, con orientación y asesoría de la DGRMSG y emitir cada Delegación por separado su

Programa Institucional de Desarrollo Archivístico, el cual deberá enviarse también a la DGRMSG dentro de los

primeros treinta días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.

V. FUNCIONES

DE LA PRESIDENCIA

1. Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;

2. Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;

3. Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

4. Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y

administrativas que regulan la materia de archivos;

5. Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización óptima de los recursos en el

tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normas

aplicables;

6. Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;

7. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo;

8. Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 77

9. Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro; y

10. Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.

DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

1. Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le

correspondan.

2. Convocar, previa autorización de la Presidencia, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones

extraordinarias.

3. Presentar a la Presidencia del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

4. Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos

establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la carpeta

de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

5. Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del

Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas,

información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;

6. Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su

cumplimiento;

7. Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y

actualizarlos cuando se requiera;

8. Vigilar que las unidades de archivos(trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y revisadas,

cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;

9. Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias; y

10. Las demás que le encomiende el Comité y la Presidencia.

DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA

1. Coadyuvar con la Secretaría Técnica para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.

2. Apoyara la Secretaría Técnica en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados en las

mismas; con derecho a voz y voto;

3. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras, debiendo

revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el orden del día y

en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

4. Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del Comité, de

conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de carpetas, información o

documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;

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78 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

5. Coadyuvar con la Secretaría Técnica en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe

Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;

6. Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le encomiende

la Presidencia del Comité.

DE LAS Y LOS VOCALES

1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con derecho a

voz y voto;

2. Suplir a la Secretaría Ejecutiva en las sesiones del Comité, en apoyo ala Secretaría Técnica, por lo que se deberá prever

un orden para suplencia cuando son varios vocales.

3. Enviar en tiempo y forma a la Secretaría Técnica la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados de la

documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.

4. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;

5. Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;

6. Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;

7. Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;

8. Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;

9. Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos propuestos;

10. Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y

11. Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.

DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES

1. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva

competencia;

2. Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se presenten a

la consideración o resolución del Comité; y

3. Las que les sean encomendadas expresamente por la Presidencia del Comité y el pleno del Comité.

DE LAS/OS ASESORAS/ES

1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten en el

orden del día.

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

DE LA PLANEACIÓN

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 79

1. Antes de la Sesión de Instalación y de la Primera Sesión Ordinaria, se solicitará a las áreas correspondientes la

designación oficial de las personas servidoras públicas que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar a

una persona titular y a una suplente.

2. En la sesión de instalación se presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para aprobación el Plan

de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.

3. En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se presentará

el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que concluye y se propondrá

el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y en su caso aprobados por los

miembros del Comité.

4. Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos mínimo con veinte días

hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean considerados en las

sesiones del Comité.

5. Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración, conservación,

archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores deberá ser propuesta en los

términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los asuntos a tratar en la sesión

correspondiente, previa valoración de los Vocales.

DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO

1. La convocatoria a las sesiones se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo señalar:

El día y hora de su celebración.

El lugar en donde se celebrara la Sesión.

Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.

El proyecto de Orden del Día

A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos

necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.

1. Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles de

anticipación a la fecha fijada para la sesión; y en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá expedirse

por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.

2. Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité serán reproducidas únicamente en carpetas electrónicas

y, en casos excepcionales y plenamente justificados, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán preferentemente

hojas de rehúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REHÚSO”.

3. La carpeta de trabajo original impresa quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.

4. Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar, a la

Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con diez días hábiles de

anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su petición.

5. La carpeta de trabajo se integrará con los asuntos que hayan cumplido con los términos y modalidades establecidos en el

presente Manual; la excepción al cumplimiento de este requisito podrá ser autorizada por la Presidencia, tomando en

consideración la importancia y urgencia del asunto.

DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA

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80 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

1. Las personas responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que

fungirán como vocales dentro del Comité, serán nombradas por las personas titulares de las Unidades Administrativas y/o

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, por oficio y al principio de cada ejercicio.

2. En caso de ausencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de

ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.

3. En caso de ausencia de la persona que funge como Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija

entre los vocales quien lo va a sustituir, para apoyar a la Secretaría Técnica en la sesión del Comité.

4. Los miembros titulares del Comité deberán designar una persona suplente en caso de ausencia, que ocupe un puesto

jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.

5. Las personas suplentes asumirán, en caso de ejercer la suplencia, las facultades, funciones y responsabilidades que a los

titulares correspondan.

DEL QUÓRUM

1. Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el50% más uno de sus integrantes con derecho a voz

y voto, incluido la Presidencia, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.

DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN

1. Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no obstante,

cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta podrá celebrarse

fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien, indicándolo de esa forma en la

respectiva convocatoria.

2. Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en caso de

no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias convocadas sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor o

fortuita.

3. Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité hasta

con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o, si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora de inicio

señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y algún otro medio

disponible.

4. Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con cinco

días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria.

5. En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones

ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso de las

extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes.

DE LA VOTACIÓN

1. Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de las personas integrantes con derecho a voto

presentes en la sesión, considerando las siguientes definiciones:

Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de las personas integrantes presentes con derecho a voto.

Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de las personas

integrantespresentes con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto de calidad: En caso de empate, corresponde ala Presidencia la resolución del asunto en votación, en esta

circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 81

2. Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las

decisiones tomadas.

3. El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron su voto

y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.

4. Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en contra,

evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.

DEL ACTA DE LA SESIÓN

1. Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados, misma

que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.

2. En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:

Fecha de celebración;

Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;

Verificación del quórum legal;

La declaratoria de apertura de la sesión por parte de la Presidencia del Comité;

La aprobación del Orden del Día;

La aprobación del acta de la sesión anterior;

Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones particulares

expresados por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;

La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones que se

realicen de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de manera Unánime, por

mayoría de conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA VOTACIÓN" ; y

La declaratoria de clausura de la sesión.

3. El acta debe estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de las personas integrantes que participaron en la

Sesión, indicando la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO

1. Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución se

abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, el o los responsables de su coordinación y

las personas integrantes de los mismos.

2. En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al Comité.

3. Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y forma

que éste determine.

4. En el caso de los Grupos de trabajo de valoración documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia o

destino final de determinado acervo, se deberá:

Instruir la elaboración del acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se

llevó a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo la misma,

precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.

Presentar un informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el acta, el cual deba incluir: tipo de

revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar, ubicación física,

estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso en kilogramos y una memoria

fotográfica de las actividades realizadas.

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82 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los integrantes del Comité

que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el caso de la documentación que causará

baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y detección de valores secundarios de la

documentación que será transferida al archivo histórico.

5. En el caso de baja documental, una vez firmada el acta de la sesión de que se trate, por los integrantes del Comité en la

que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la DGRMSG, los documentos que

integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 6.5.12 de la Circular Uno Bis para su registro.

6. En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el Comité

determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él; de no contar con el espacio

adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable un lugar idóneo para

resguardo de la dicha documentación.

VII. PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.

Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del

Comité Técnico Interno de Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo,

encargado de promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con

los principios de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y

demás normatividad aplicable.

Diagrama de Flujo:

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 83

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.

2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el

desarrollo de la sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba

la firma de las personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de

quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden

del Día.

¿Se aprueba el orden del día?

NO

7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los

Integrantes del Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos

del Orden del Día.

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84 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos

presentados al Comité, exponiendo los argumentos que

correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman

acuerdos sobre los asuntos de la sesión.

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de

su cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.

Fin del procedimiento

Aspectos a considerar:

1. El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito

Federal, Circular Uno Bis y demás normatividad archivística aplicable.

2. En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día

deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.

3. Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la

presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día aprobado.

4. De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.

5. Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación y

votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.

6. En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la

naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo la

hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.

VIII. GLOSARIO

Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.

Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la

solución o tratamiento de los asuntos.

Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos

que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.

Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo

durante el ejercicio.

Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité

sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.

Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité

Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de

la operación del Sistema.

Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,

encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.

Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 85

Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar

determinado.

COTECIAD: Es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en

materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por

aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y

garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.

DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.

Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.

Plan de Trabajo del Comité: Instrumento mediante el cual se organiza y programan las actividades necesarias para

concretar las acciones y compromisos derivados del Comité.

Programa Institucional de Desarrollo Archivístico: Instrumento donde se contemplan los objetivos, estrategias,

proyectos y actividades que se llevarán a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la Ley de Archivos del Distrito

Federal.

Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.

Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del

Comité.

Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes

normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo

de su ciclo vital.

Suplente: Persona servidora Pública designada por la persona integrante titular para asistir, de manera ocasional y por causa

justificada, a las sesiones del Comité.

Titular: Cada persona integrante del Comité.

Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su

funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo y el COTECIAD será su

órgano técnico consultivo.

Valoración documental: Proceso de análisis mediante el cual se determinan los valores de los documentos.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN.

Presidente

Esteban Fernández Valadez

Director Ejecutivo de Servicios Internos

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86 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Secretario Técnico Secretario Ejecutivo

Rodolfo Flores Luna

Subdirector de Recursos Materiales y Servicios

Martín García Rodríguez

Subdirector de Transparencia

Vocal

Vocal

Miguel Ángel Corona Estrada

Coordinador de Gestión Delegacional

Giovanna Vaneza García Rangel

Líder Coordinador de Proyectos de

Documentación en Representación de la

Dirección de Modernización Administrativa

Vocal Vocal

Carlos Barragán Naranjo

Jefe de Unidad Departamental de Gestión

Estratégica de Servicios Urbanos

Rodolfo Francisco Inclán Zenteno

Jefe de Unidad Departamental de Control y

Seguimiento de Desarrollo Social

Vocal Vocal

César Oscar Cárdenas Galicia

Jefe de Unidad Departamental de Control y

Seguimiento de Servicios Internos

Jorge Francisco Sánchez Tudón

Jefe de Unidad Departamental de Manifestaciones

de Construcción

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 87

Vocal Vocal

Pilar Kerena Vargas Maza

Jefa de Unidad Departamental de Control y

Seguimiento de Obras Públicas

Ariadna Martínez Méndez

Jefa de Unidad Departamental de Control y

Seguimiento de Comunicación Social

Vocal

Representante

Mario Gómez Rivera

Jefe de Unidad Departamental de Servicios

Generales

Víctor Reyes Linares

Contralor Interno en el Órgano Político-

Administrativo en Miguel Hidalgo

Representante Representante

Paulo Cesar Figueroa Cortes

Subdirectora de Normatividad y Asesoría Jurídica

Pedro Medina Hernández

Enlace de Atención a Usuarios en Representación

de la de la Subdirección de Tecnologías de la

Información

Representante Asesor

Adriana Meyer Cerón

Jefa de Unidad Departamental de Contabilidad

Julio de Paredes Venegas

Jefe de Unidad Departamental de Información

Pública

TRANSITORIO

Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.

Ciudad de México, 7 de agosto de 2018

JEFE DELEGACIONAL DEL ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO

EN MIGUEL HIDALGO

C. JOSÉ DAVID RODRÍGUEZ LARA

(Firma)

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88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

DELEGACIÓN MILPA ALTA

C. María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración y Presidenta del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos (COTECIAD), en Milpa Alta Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los

Artículos 13, 14, 15, 17, 19, 20 y 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, Numeral 6, 6.4.13 Fracción IV y VI, de la

Circular Uno Bis 2015, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal”, publicada el 18 de septiembre 2015; emito el siguiente:

Aviso por el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de

Documentos COTECIAD, con número de registro MEO-75/160718-OPA-MIL-17/160617. Aprobado por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA), mediante oficio OM/CGMA/1665/2018.

CONTENIDO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTO

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

29 de diciembre de 1998, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1° de

septiembre de 2017.

Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su

última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.

Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 1° de septiembre de 2017.

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en

la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1° septiembre de

2017.

Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009 y su última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México el 23 de febrero de 2018.

REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

el 25 de mayo de 2018.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 89

CIRCULARES

Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de

2015.

Circular por medio de la cual, se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la

actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 1° de octubre de 2015.

OBJETIVO GENERAL

Establecer las directrices organizacionales y operativas para el funcionamiento del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos mediante la descripción detallada de sus atribuciones, funciones y procedimientos, en apego

a lo establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás normatividad aplicable en materia archivística.

INTEGRACIÓN

De conformidad con el artículo 17 de la Ley de Archivos del Distrito Federal y el numeral 6.4.6 de la Circular Uno Bis, para

el debido cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y funciones, el Comité Técnico Interno de Administración de

Documentos, estará integrado de la siguiente forma:

Integrante Puesto de Estructura Orgánica

Presidencia Dirección General de Administración

Secretaría Técnica Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

Secretaría Ejecutiva Jefatura de Unidad Departamental de la Unidad de Transparencia

Vocales Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

Dirección General de Desarrollo Social

Dirección General del Medio Ambiente

Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable

Dirección General de Servicios Urbanos

Dirección General Jurídica y de Gobierno

Dirección de Protección Civil

Dirección de Participación Ciudadana

Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana

Coordinación de Comunicación Social

Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana

Coordinación Delegacional de Seguridad Ciudadana

Coordinación de Comunicación Social

Coordinación de Modernización Administrativa

Coordinación de Enlaces Territoriales

Representantes Contraloría Interna en el Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta

Dirección Jurídica

Dirección de Desarrollo de Personal y Recursos Financieros

Coordinación de Tecnologías de la Información y la Comunicación

Asesores Puesto de la Persona Representante de Datos Personales

Puesto de la Persona Representante de la Oficialía Mayor

Puesto de la Persona Representante Restaurador, conservador, archivista etc.

Puesto de la Persona Representante del Archivo Histórico.

Puesto de la Persona Representante Institución especializada pública o privada, que determine la

afectación que tienen los documentos.

IV. ATRIBUCIONES

De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, las funciones del COTECIAD son:

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90 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad

aplicable en la materia dentro de los archivos del ente público;

II. Realizar los programas de valoración documental del ente público;

III. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del ente público;

IV. Participar en los eventos técnicos y académicos que en la materia se efectúen en el ente público, en los que sean

convocados por el Consejo General de Archivos de la Ciudad de México y los que lleven a cabo otras instituciones

nacionales o internacionales;

V. Emitir su reglamento de operación y su programa anual de trabajo; y

VI. Aprobar los instrumentos de control archivístico, establecidos en el artículo 35 de la presente Ley;

VII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

De conformidad con el Numeral 6.4.14 de la Circular Uno Bis Las funciones del COTECIAD son:

I. Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad

interna en la materia de archivos de la Delegación.

II. Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros,

que favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales a partir de las contenidas en este apartado, para

el mejoramiento integral de los archivos; y

III. Regirse por el Manual Específico de Operación Archivística que la Unidad Coordinadora y el COTECIAD de la

Delegación emitan y aprueben, con orientación y asesoría de la DGRMSG y emitir por separado su Programa Institucional

de Desarrollo Archivístico, el cual deberá enviarse también a la DGRMSG dentro de los primeros treinta días del mes de

enero del año que corresponda para su registro y seguimiento.

V. FUNCIONES

DE LA PRESIDENCIA

Presidir las sesiones del Comité, con derecho a voz y voto y emitir el voto de calidad en caso de empate;

Autorizar la convocatoria a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias;

Analizar y autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

Asegurar que las resoluciones y acciones del COTECIAD, se apeguen a las disposiciones jurídicas, técnicas y

administrativas que regulan la materia de archivos;

Aplicar criterios de economía y gasto eficiente que deben concurrir para la utilización optima de los recursos en el

tratamiento de archivos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás

normas aplicables;

Presentar a consideración del Comité, para su aprobación, el Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior;

Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo.

Proveer los medios y recursos necesarios para mantener en operación el COTECIAD.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91

Remitir a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, el Programa

Institucional de Desarrollo Archivístico y el Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior, para su registro;

Las demás atribuciones que determine el Comité y otras disposiciones legales aplicables.

DE LA SECRETARÌA TÉCNICA

Suplir a la persona que funge como Presidente y ejercer las atribuciones señaladas en el presente Manual, que le

correspondan.

Convocar, previa autorización del Presidente, a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones

extraordinarias.

Presentar al Presidente del Comité para su aprobación, el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

Recibir, los asuntos o casos que sometan las áreas requirentes, debiendo revisar que cumplan con los requisitos

establecidos en el presente Manual, en su caso, supervisar la incorporación de los mismos en el orden del día y en la

carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

Integrar la carpeta de cada sesión con la documentación respectiva y vigilar su oportuna entrega a los miembros del

Comité y demás invitados, considerando los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía

electrónica de carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de

trabajo”;

Elaborar las Actas de Sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos del Comité y verificar e informar de su

cumplimiento;

Diseñar, formular y proponer los instrumentos de control archivístico a que se refiere el artículo 35 de la Ley y

actualizarlos cuando se requiera;

Vigilar que las unidades de archivos (trámite, concentración e histórico) estén, clasificadas, inventariadas y

revisadas, cuidando su conservación por el tiempo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente;

Elaborar y proponer el Calendario de las Sesiones Ordinarias.

Las demás que le encomiende el Comité, el Presidente;

DE LA SECRETARÌA EJECUTIVA

Coadyuvar con el Secretario Técnico para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades.

Apoyar al Secretario Técnico en el desarrollo de las sesiones del Comité y dar seguimiento a los acuerdos tomados

en las mismas; con derecho a voz y voto;

Coadyuvar con el Secretario Técnico en la recepción de los asuntos o casos que sometan las áreas generadoras,

debiendo revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual y en su caso, incorporarlos en el

orden del día y en la carpeta de trabajo, para ser dictaminados por el Comité;

Revisar que se envíe oportunamente, la invitación y la carpeta de la sesión correspondiente a los miembros del

Comité, de conformidad a los “Lineamientos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal, deberán observar para la integración y remisión vía electrónica de

carpetas, información o documentación con relación a los órganos colegiados, comisiones o mesas de trabajo”;

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92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Coadyuvar con el Secretario Técnico en la elaboración del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico y el

Informe Anual de Cumplimiento del ejercicio anterior del Órgano Colegiado;

Realizar las demás funciones inherentes a su cargo, previstas en las disposiciones aplicables y aquéllas que le

encomiende el Presidente del Comité.

DE LAS Y LOS VOCALES

Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario sesiones extraordinarias del Comité; con

derecho a voz y voto;

Suplir al Secretario Ejecutivo en las sesiones del Comité, en apoyo al Secretario Técnico, por lo que se deberá prever

un orden para suplencia cuando son varios vocales.

Enviar en tiempo y forma al Secretario Técnico la propuesta de asuntos o casos a tratar en el Comité, acompañados

de la documentación soporte, para incluirlos en el orden del día.

Presentar a la consideración y resolución del Comité, los asuntos que requieran de su atención;

Analizar con oportunidad los asuntos que se consignen en el orden del día;

Proponer mejoras y estrategias de trabajo para la implementación y perfeccionamiento de los procesos archivísticos;

Participar en las comisiones y en los grupos de trabajo que constituya el Comité;

Acordar e instrumentar los mecanismos de coordinación para el adecuado funcionamiento del Comité;

Emitir su voto, exponiendo las razones cuando sea en el sentido de abstención o de rechazo a los acuerdos

propuestos;

Firmar la sesión y la documentación soporte que dé cuenta de los acuerdos tomados por el Comité; y

Las demás que expresamente les asigne el Pleno del Comité.

DE LAS PERSONAS REPRESENTANTES

Brindar asesoría al Comité y a los grupos de trabajo que se integren en su seno, en el ámbito de su respectiva

competencia;

Aportar la información y documentación que otorgue fundamento, justificación y certeza a los asuntos que se

presenten a la consideración o resolución del Comité; y

Las que les sean encomendadas expresamente por el Presidente del Comité y el pleno del Comité.

DE LAS/OS ASESORAS/ES

1. Exponer los temas de los cuales son expertos para que el Comité pueda resolver los asuntos o casos que se presenten

en el orden del día.

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

DE LA PLANEACIÓN

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 93

Antes de la Primera Sesión Ordinaria y de Instalación, se solicitará a las áreas correspondientes la designación

oficial de los servidores públicos que en su representación fungirán como vocales, debiendo señalar un Titular y

un Suplente.

En la sesión de instalación se y presentará la integración del Comité, y posteriormente se presentará para

aprobación el Plan de Trabajo del Comité, su cronograma de cumplimiento y el calendario de sesiones.

En la última sesión del ejercicio fiscal o bien antes del último día hábil del mes de enero de cada ejercicio, se

presentará el informe de cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo Archivístico del ejercicio que

concluye y se propondrá el correspondiente al del ejercicio siguiente, a efecto de que sean comentados, validados y

en su caso aprobados por los miembros del Comité.

Para la integración de asuntos y casos en las sesiones del Comité, las áreas deberán enviarlos con mínimo con

veinte días hábiles y con los documentos de soporte, para que sean analizados por el Secretaría Técnica y sean

considerados en las sesiones del Comité.

Cuando así lo requiera, el Comité invitará a personas expertas en materia de datos personales, restauración,

conservación, archivo histórico, archivonomía y a la Oficialía Mayor, cuya participación de las y los asesores

deberá ser propuesta en los términos del numeral anterior y estará sujeta a la naturaleza y complejidad de los

asuntos a tratar en la sesión correspondiente, previa valoración de los Vocales.

DE LA CONVOCATORIA Y CARPETA DE TRABAJO

La convocatoria a sesión, se realizará por escrito dirigido a cada uno de los integrantes del Comité, debiendo

contener:

El día y hora de su celebración.

El lugar en donde se celebrara la Sesión.

Su naturaleza ordinaria o, en su caso, extraordinaria.

El proyecto de Orden del Día

A dicha convocatoria, se acompañará de manera digital la carpeta de trabajo que contenga los documentos y anexos

necesarios para la discusión de los asuntos contenidos en el Orden del Día.

Para la celebración de las sesiones ordinarias, la convocatoria deberá enviarse por lo menos con diez días hábiles

de anticipación a la fecha fijada para la sesión; en el caso de las sesiones extraordinarias, la convocatoria deberá

expedirse por lo menos con dos días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración.

Las copias de la carpeta de trabajo para los miembros del Comité, serán reproducidas únicamente en carpetas

electrónicas y en casos excepcionales, plenamente justificado, se podrá imprimir. En este último caso, se usarán

preferentemente hojas de reúso, cancelándose el lado inutilizado con la leyenda “REUSO”.

La carpeta de trabajo original deberá ser impresa y quedará en resguardo de la Secretaría Técnica.

Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá

enviar, a la Secretaría Técnica, su propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día próximo, con veinte

días hábiles de anticipación a la celebración de la reunión, acompañada de la documentación que justifique su

petición.

DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA

Los Responsables de las distintas Unidades de Archivos de los Órganos de la Administración Pública que fungirán

como vocales dentro del Comité, serán nombrados por los titulares de las Unidades Administrativas y/o Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y por oficio y

al principio de cada ejercicio.

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94 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

En caso de ausencia del Presidente, el Secretario Técnico tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de

ausencia de ambos, se dará por cancelada la sesión.

En caso de ausencia del Secretario Ejecutivo en la sesión del Comité, se solicitara que se elija entre los vocales

quien lo va a sustituir, para apoyar al Secretario Técnico en la sesión del Comité.

Los miembros titulares del Comité deberán, designar un suplente, en caso de ausencia, eligiendo preferentemente

al servidor público jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.

Los suplentes asumirán las facultades, funciones y responsabilidades que a los titulares correspondan.

DEL QUÓRUM

Para que el Comité pueda sesionar, es necesario que estén presentes el 50% más uno de sus integrantes con derecho

a voz y voto, incluido el Presidente, en caso contrario se difiere por falta de quórum.

DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN

Las sesiones del Comité se llevarán a cabo en las instalaciones del Órgano de la Administración Pública; no

obstante, cuando existan causas que por su naturaleza impidan la celebración de la sesión en sus instalaciones, ésta

podrá celebrarse fuera de la misma, dejando constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente, o bien,

indicándolo de esa forma en la respectiva convocatoria.

Las sesiones ordinarias podrán ser diferidas o canceladas por causas de fuerza mayor, fortuitas o justificadas en

caso de no existir asuntos a tratar; las sesiones extraordinarias sólo podrán ser diferidas por causas de fuerza mayor

o fortuita.

Cuando el diferimiento sea por causa de fuerza mayor o fortuita, éste podrá notificarse a los miembros del Comité

hasta con dos horas de anticipación a la fecha y hora programada o si la naturaleza del evento así lo exige, a la hora

de inicio señalada para la sesión. En estos supuestos la notificación podrá realizarse mediante correo electrónico y

algún otro medio disponible.

Cuando la cancelación sea por causas justificadas, deberá notificarse por escrito a los miembros del Comité, con

cinco días hábiles de anticipación a la fecha programada en la convocatoria;

En caso de diferimiento, la nueva fecha para la celebración de la sesión no podrá exceder, en el caso de las sesiones

ordinarias, de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que desaparezca la causa del diferimiento y, en el caso

de las extraordinarias, de los tres días hábiles siguientes;

DE LA VOTACIÓN

Las decisiones se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de los miembros con derecho a voto presentes

en la sesión, considerando las siguientes definiciones:

Unanimidad: La votación en favor o en contra, del 100% de los miembros presentes con derecho a voto.

Mayoría de votos: La votación en favor o en contra, de cuando menos el 50% más uno de los miembros

presentes con derecho a voto, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto de calidad: En caso de empate, corresponde al Presidente o al Secretario Técnico cuando éste lo supla, la

resolución del asunto en votación, en esta circunstancia se registrará el voto nominal.

Voto nominal: Es el voto individual de cada integrante.

Previo a la toma de decisiones, deberá efectuarse un análisis detallado del asunto a fin de prever los alcances de las

decisiones tomadas.

El sentido de las decisiones deberá hacerse constar en el acta de la sesión, indicando los integrantes que emitieron

su voto y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea por unanimidad.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 95

Para los integrantes del Comité que cuenten con voz y voto, el sentido de la votación deberá ser a favor o en

contra, evitando en lo posible la abstención para lo cual se deberá motivar la razón de la misma.

DEL ACTA DE LA SESIÓN

Por cada sesión, la Secretaría Técnica levantará un acta en la que se harán constar los hechos y actos realizados,

misma que será sometida a la consideración y firma de los miembros del Comité en la sesión siguiente.

En términos de lo anterior, el acta contendrá, cuando menos las formalidades siguientes:

Fecha de celebración;

Una relación nominal de los miembros presentes indicando su calidad de Titular o Suplente;

Verificación del quórum legal;

La declaratoria de apertura de la sesión por parte del Presidente del Comité;

La aprobación del Orden del Día;

La aprobación del acta de la sesión anterior;

Una relación sucinta y clara de los asuntos abordados, señalando los razonamientos u observaciones

particulares expresados por los miembros, en su caso invitados, expresando el resultado de la votación;

La redacción del acuerdo por cada punto abordado así como todos las opiniones, preguntas, observaciones

que se realicen de cada asunto o caso, debiendo señalar puntalmente en cada acuerdo si éste se tomó de

manera Unánime, por mayoría de conformidad con lo especificado en el numeral 1 del apartado "DE LA

VOTACIÓN" ; y

La declaratoria de clausura de la sesión.

Deberá estar firmada al calce y al final de la misma por cada uno de los que participaron en la Sesión, indicando

preferentemente la calidad con la que asisten, Titular o Suplente.

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO

Cuando se acuerde la constitución de grupos de trabajo, deberá establecerse el asunto o asuntos a cuya resolución

se abocarán, el tiempo para realizarlos, los objetivos concretos que deban alcanzar, él o los responsables de su

coordinación y los miembros de los mismos.

En caso de considerarse necesario, en los Grupos de Trabajo que se integren podrán participar personas ajenas al

Comité.

Los grupos de trabajo deberán informar al Comité los resultados de los trabajos encomendados, en los términos y

forma que éste determine.

En el caso de los Grupos de trabajo de Valoración Documental que tenga el objetivo de determinar la transferencia

o destino final de determinado acervo, se deberá:

Instruir Acta por medio de la cual se haga constar las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se llevó

a cabo la revisión y valoración aludida; debiendo incluir una descripción de la forma en que se llevó a cabo

la misma, precisando el acervo sobre el cual se realizó e incluir evidencia fotográfica de dichos trabajos.

Presentar informe sucinto de las actividades realizadas que se especificaron en el Acta, el cual deba incluir:

tipo de revisión (muestreo, parcial o total), el nombre del área generadora, las series documentales a valorar,

ubicación física, estado físico del papel, total de expedientes, total de cajas o paquetes, metros lineales, peso

en kilogramos y una memoria fotográfica de las actividades realizadas.

Emitir y presentar el dictamen de valoración documental, que deberá ser aprobado y firmado por los

integrantes del Comité que incluya la declaratoria de inexistencia de valores primarios y secundarios, en el

caso de la documentación que causará baja definitiva, o la declaratoria de inexistencia de valores primarios y

detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico.

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96 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

En el caso de baja documental, una vez firmada el Acta de la Sesión de que se trate, por los integrantes del

Comité en la que se valide y apruebe los requisitos del numeral inmediato anterior, el Comité enviará a la

DGRMSG, los documentos que integren el expediente de la baja documental, de acuerdo al numeral 6.5.12 de la

Circular Uno Bis para su registro.

En el caso de detección de valores secundarios de la documentación que será transferida al archivo histórico, el

Comité determinará el tiempo de envío al Archivo Histórico, siempre y cuando haya espacio en él, de no contar

con el espacio adecuado para el resguardo de esta documentación histórica, gestionará ante la instancia responsable

un lugar idóneo para resguardo de la dicha documentación.

VII. PROCEDIMIENTO

Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos.

Objetivo General: Establecer el procedimiento a seguir para llevar a cabo las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del

Comité Técnico Interno de Administración de Documentos del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta, encargado de

promover y garantizar la correcta administración y gestión de los archivos institucionales de conformidad con los principios

de orden, procedencia, integridad y preservación que establece la Ley de Archivos del Distrito Federal y demás

normatividad aplicable.

Diagrama de Flujo

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 97

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Presidencia Declara el inicio de la sesión ordinaría o extraordinaria.

2 Secretaría Ejecutiva Verifica la asistencia y el quórum necesario para el desarrollo de la sesión.

¿Existe quórum?

NO

3 Presidencia Suspende la sesión por falta de quórum.

4 Secretaría Técnica Levanta el acta de suspensión por falta de quórum y recaba la firma de las

personas integrantes del Comité presentes.

(Conecta con la actividad 12)

SI

5 Presidencia Declara la validez de la sesión con la existencia de quórum.

6 Secretaría Técnica Somete a aprobación de los miembros del Comité el Orden del Día.

¿Se aprueba el Orden del Día?

NO

7 Secretaría Técnica Realiza ajustes al orden del día para su aprobación por los Integrantes del

Comité.

(Conecta con la actividad 6)

SI

8 Presidencia Presenta a las personas integrantes del Comité los asuntos del Orden del Día.

9 Integrantes del Comité Conocen y en su caso debaten sobre los asuntos presentados al Comité,

exponiendo los argumentos que correspondan.

10 Toman nota, dictaminan, autorizan o, en su caso, toman acuerdos sobre los

asuntos de la sesión.

11 Secretaría Técnica Registra los acuerdos y su votación para el seguimiento de su cumplimiento.

12 Presidencia Declara la conclusión de la Sesión.

Fin del procedimiento

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98 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Aspectos a Considerar:

El desahogo de los asuntos presentados ante el Comité se llevará a cabo en apego a la Ley de Archivos del Distrito

Federal, Circular Uno Bis y demás normatividad archivística aplicable.

En el caso de que se excluyan asuntos del Orden del Día, en el acuerdo que apruebe los términos del Orden del Día

deberán señalarse los asuntos que fueron excluidos.

Las áreas que hayan propuesto asuntos para la sesión y haya sido abordados en la misma, podrán participar en la

presentación y exposición de los mismos durante el desarrollo de la sesión, de conformidad con el Orden del Día

aprobado.

De las aprobaciones y acuerdos tomados en las sesiones se hará constar por escrito.

Debido a la complejidad diversa de los asuntos sometidos a la consideración del Comité, el tiempo para su deliberación

y votación no estará sujeto a término. En consecuencia tampoco lo estará la duración de la sesión.

En el supuesto en que por la complejidad de los asuntos sea necesario continuar el día hábil siguiente, y siempre que la

naturaleza del asunto lo permita, se emitirá un acuerdo en el que se haga constar esta situación, señalándose en el mismo

la hora en que deba reanudarse la sesión, de lo cual se elaborará un acta por cada día.

VIII. GLOSARIO

Acta: Documento formal que constata los hechos y actos realizados en las sesiones del COTECIAD.

Acuerdo: Resolución formal y obligatoria que expresa las decisiones y acciones que aprueba en consenso el Comité para la

solución o tratamiento de los asuntos.

Asunto: Planteamiento de un tema, problemática o situación relacionado con la Administración de Documentos y Archivos

que amerite el conocimiento y, en su caso, tratamiento y/o solución por parte del Comité.

Calendario: Documento autorizado que establece las fechas para celebrar las sesiones ordinarias que se llevarán a cabo

durante el ejercicio.

Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los asuntos o casos debidamente documentados a tratar en la sesión del Comité

sobre la administración del Sistema Institucional de Archivos y sus componentes operativos.

Componentes Normativos del Sistema Institucional de Archivos: Son la Unidad Coordinadora de Archivos y el Comité

Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD) quienes tienen a su cargo la regulación y coordinación de

la operación del Sistema.

Componentes Operativos del Sistema Institucional de Archivos: Son los archivos de trámite, concentración e histórico,

encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema, de conformidad con el ciclo vital de los documentos del ente público.

Consejo: Consejo General de Archivos del Distrito Federal.

Convocatoria: Documento formal por el que se convoca a los miembros del Comité a las sesiones, fecha, hora y lugar

determinado.

COTECIAD: es el órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad aplicable en

materia de archivos del ente público, integrado por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por

aquellas personas que por su experiencia y función dentro del ente público se consideren necesarias para promover y

garantizar la correcta administración de documentos y para la gestión de los archivos de cada institución.

DGRMSG: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.

Grupos de Trabajo: Grupos constituidos por el Comité para auxiliarlo en las labores específicas que éste le encomiende.

Quórum: Número mínimo de asistentes (50% más uno) para dar validez a una sesión y a los acuerdos en ella emitidos.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 99

Representantes: Responsables de aportar criterios técnicos que fundamenten los acuerdos tomados en las sesiones del

Comité.

Sistema Institucional de Archivos: Se integrará en cada ente público a partir de la composición siguiente: Componentes

normativos y componentes operativos, los cuales son los encargados de la correcta administración de documentos a lo largo

de su ciclo vital.

Suplente: Servidor Público designado por el miembro titular para asistir, de manera ocasional y por causa justificada, a la

sesión del Comité.

Titular: Cada uno de los integrantes del Comité.

Unidad Coordinadora de Archivos: Será la responsable de regular el Sistema Institucional de Archivos para su

funcionamiento estandarizado y homogéneo, y el COTECIAD será su órgano técnico consultivo

.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

Presidenta

C. María de Lourdes García Villalba

Directora General de Administración

Secretaria Técnica Secretaria Ejecutiva

C. Blanca Isela Rodríguez Cabello

Directora de Recursos Materiales y Servicios

Generales

C. Ariana Chávez Galindo

JUD de la Unidad de Transparencia

Vocal Vocal Vocal

C. Fernando Blanco Cruz

Director General de Obras y

Desarrollo Urbano

C. María del Carmen Salazar

Alvarado

Directora General de Desarrollo

Social

C. Claudia Itzel Islas Mata

Directora General del Medio

Ambiente

Vocal Vocal Vocal

C. Efrén Enríquez Soriano

Director General de Desarrollo

Rural y Económico Sustentable

Arq. Edmundo Jesús Valencia

Jiménez

Director General de Servicios

Urbanos

C. Cristóbal Valentín Barrera

Barajas

Director General Jurídico y de

Gobierno

Vocal Vocal Vocal

C. José Luis Ramírez Maya

Director de Protección Civil C. Rolando Romero Cabello

Director de Participación

Ciudadana

C. Jorge Rivera Olivos

Coordinador Delegacional de

Seguridad Ciudadana

Vocal Vocal Representante

C. Abel Hernández Camacho

Coordinador de Comunicación

Social

C. Celene Abad García

Coordinadora de Enlaces

Territoriales

Lic. Héctor Pedro Martínez

López

Contralor Interno en el Órgano

Político Administrativo Milpa Alta

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100 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Representante Representante Representante

C. Roberto Alfonso Romero

Pimentel

Director Jurídico

C. Bernabé de Jesús Ramírez

Director de Desarrollo de Personal

y Recursos Financieros

C. Octavio García Bastida

Coordinador de Tecnologías de la

Información y la Comunicación

TRANSITORIO

Único.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Manual Especifico de Operación del Comité Técnico

Interno de Administración de Documentos (COTECIAD), de la Delegación Milpa Alta.

Ciudad de México a 10 de agosto de 2018.

(Firma)

C. María de Lourdes García Villalba

Directora General de Administración y

Presidenta del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos

COTECIAD

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 101

DELEGACIÓN MILPA ALTA

C. María de Lourdes García Villalba, Directora General de Administración y Presidenta del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos (COTECIAD), en Milpa Alta Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los

Artículos 20 y 23 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, Numeral 6, 6.4.13 Fracción IV, V y VI, de la Circular Uno Bis

2015, “Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal”, publicada el 18 de septiembre 2015; emito el siguiente:

Aviso por el cual se da a conocer el Manual Específico de Operación Archivística del Órgano Político Administrativo en

Milpa Alta, con número de registro MEO-76/160718-OPA-MIL-17/160617. Aprobado por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA), mediante número de oficio OM/CGMA/1666/2018.

CONTENIDO

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

II. OBJETIVO GENERAL

III. INTEGRACIÓN

IV. ATRIBUCIONES

V. FUNCIONES

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII. PROCEDIMIENTOS

VIII. GLOSARIO

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

LEYES

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

29 de diciembre de 1998, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1° de

septiembre de 2017.

Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su

última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.

Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 1° de septiembre de 2017.

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en

la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 y su última reforma publicada el 1° septiembre de

2017.

Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México, publicada en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009 y su última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México el 23 de febrero de 2018.

REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre de 2000, y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

el 25 de mayo de 2018.

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102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

CIRCULARES

Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de

2015.

Circular por medio de la cual, se racionaliza la generación y entrega de copias de conocimiento, derivadas de la

actuación de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 1° de octubre de 2015.

II. OBJETIVO GENERAL

Establecer en un solo instrumento los criterios y procedimientos que deben cumplirse por las áreas administrativas del

Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta, para que se realice la recepción, registro, seguimiento, organización,

clasificación, localización, despacho, uso, transferencia, resguardo, conservación, selección y destino final de los

documentos y expedientes que generan, obtengan, adquiera o conserven como resultado del ejercicio de sus funciones y de

esta manera regular los procesos archivísticos durante el ciclo vital de los documentos, y dar cumplimiento a la Ley de

Archivos del Distrito Federal y a la normatividad que en su caso emita en la materia, la Oficialía Mayor.

III. INTEGRACIÓN

Para el debido cumplimiento de sus funciones y objetivos y de conformidad con los artículos 13, 14 y 18 de la Ley de

Archivos del Distrito Federal, el Sistema Institucional de Archivos del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta se

integra a partir de la estructura siguiente:

a) Componentes Normativos:

La Unidad Coordinadora de Archivos, responsable de regular el Sistema para su funcionamiento estandarizado

y homogéneo y

El Comité Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD), órgano técnico consultivo.

Tienen a su cargo la regulación y coordinación de la operación del Sistema.

b) Componentes Operativos:

Serán los archivos de trámite, concentración e histórico, encargados del funcionamiento cotidiano del Sistema,

de conformidad con el ciclo vital de los documentos.

Los componentes operativos se integrarán con la estructura orgánica y modalidades que resulten convenientes para cada

órgano de la Administración Pública, en concordancia con su normatividad interna, considerando la siguiente organización:

Unidades generales del Órgano de la Administración Pública, conformadas por:

Unidad Central de Correspondencia o equivalente

Unidad de Archivo de Concentración o equivalente,

Unidad de Archivo Histórico o equivalente.

Unidades particulares en cada área administrativa

Unidad de Documentación en Trámite o equivalente,

Unidad de Archivo de Trámite o equivalente.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 103

IV. ATRIBUCIONES

Conforme al artículo 49 la Ley de Archivos del Distrito Federal se dispone que a los titulares de las Unidades de Archivos

de Trámite, Concentración e Histórico del Sistema Institucional de Archivos, tienen las siguientes atribuciones y

obligaciones:

Planificar y coordinar, desde el ámbito del COTECIAD, las actividades de las áreas de archivo del ente público en

materia de administración de documentos;

Formar parte del COTECIAD, que será la instancia encargada de determinar el destino de los documentos de

archivo, en los términos previstos por esta ley y la normatividad emitida por la Oficialía Mayor;

Proporcionar capacitación y profesionalización permanente al personal del área;

Promover y gestionar el enriquecimiento del patrimonio documental;

Participar en los programas de difusión para hacer extensivo a la sociedad el conocimiento y aprovechamiento de

los acervos públicos;

Intervenir en el destino de los documentos de archivo de su área de adscripción;

Expedir las certificaciones de los documentos que conformen los fondos documentales resguardados en los

repositorios de su responsabilidad;

Proponer a la autoridad competente del ente público, la celebración de convenios y acuerdos con instituciones

públicas y privadas, nacionales e internacionales, para la capacitación del personal en materia de administración

de documentos e intercambio de conocimientos técnicos y operativos archivísticos;

Realizar anualmente un diagnóstico archivístico de los fondos documentales de su área de adscripción;

Organizar, proteger y defender el patrimonio documental del Órgano de la Administración Pública al que

pertenecen;

Participar en los programas de modernización archivística integral con el fin de posibilitar la calidad del servicio a

la ciudadanía en el Acceso a la Información y la toma de decisiones de los servidores públicos;

Elabora y difundir guías, inventarios, catálogos, índices, registros, censos y otros instrumentos de descripción que

faciliten la organización, consulta y acceso de sus Fondos de acuerdo al tipo de archivo de su titularidad o

responsabilidad;

Realizar todas las acciones tendientes a la conservación del acervo documental que se encuentra bajo su

resguardo;

Las demás que le señale esta ley y otras disposiciones legales que resulten aplicables.

V. FUNCIONES

a) Funciones de los Componentes Normativos

Con fundamento en el artículo 20 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones de la Unidad Coordinadora de

Archivos:

Diseñar, proponer, desarrollar, instrumentar y evaluar, los planes, programas y proyectos de desarrollo

archivístico;

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104 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Establecer las políticas y medidas técnicas para la regulación de los procesos archivísticos durante el ciclo vital de

los documentos de archivo;

Formular los instrumentos, procesos y métodos de control archivístico del Órgano de la Administración Pública;

Fungir como Secretario Técnico del COTECIAD del Órgano de la Administración Pública; promover la operación

regular de este órgano y coadyuvar en la integración de su Programa Anual de Trabajo;

Elaborar y presentar los modelos técnicos o Manuales para la organización y procedimientos de los Archivos de

Trámite, Concentración y, en su caso Histórico del Órgano de la Administración Pública, en coordinación con los

responsables de dichas unidades;

Coordinar los trabajos para la elaboración de los principales instrumentos de control archivístico dentro del ente

público, proponiendo el diseño, desarrollo, implementación y actualización del Sistema de Clasificación

Archivística, el Catálogo de Disposición Documental y los inventarios que se elaboren para la identificación y

descripción de los archivos institucionales;

Establecer, en coordinación con la instancia responsable de la función dentro del Órgano de la Administración

Pública, un amplio programa de capacitación en la materia, así como las principales estrategias para el desarrollo

profesional del personal que se dedique al desempeño de las funciones archivísticas;

Coadyuvar con la instancia responsable de la función dentro del Órgano de la Administración Pública, en la

elaboración de un programa de necesidades para la normalización de los recursos materiales que se destinen a los

archivos, propiciando la incorporación de mobiliario, equipo técnico, de conservación y seguridad, e instalaciones

apropiadas para los archivos, de conformidad con las funciones y servicios que éstos brindan;

Coadyuvar con la instancia responsable de la función, en el diseño, desarrollo, establecimiento y actualización de

la normatividad que sea aplicable dentro del Órgano de la Administración Pública, para la adquisición de

tecnologías de la información para los archivos, así como para la automatización de archivos o la digitalización de

los documentos de archivo o para la gestión, administración y conservación de los documentos electrónicos.

Con fundamento en el artículo 21 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones del COTECIAD:

Constituirse como el órgano técnico consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad

aplicable en la materia dentro de los archivos del Órgano de la Administración Pública;

Realizar los programas de valoración documental del Órgano de la Administración Pública;

Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros que

favorezcan la implantación de las normas archivísticas para el mejoramiento integral de los archivos del Órgano

de la Administración Pública;

Participar en los eventos técnico y académicos que en la materia se efectúen en el Órgano de la Administración

Pública, en los que sean convocados por el Consejo General de Archivos del Distrito Federal y los que lleven a

cabo otras instituciones nacionales o internacionales;

Emitir su Reglamento de operación y su programa anual de de trabajo;

Aprobar los instrumentos de control archivísticos, establecidos en el artículo 35 de la Ley de Archivos del Distrito

Federal; y

Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

b) Funciones de los Componentes Operativos:

Con fundamento en el artículo 22 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, son funciones genéricas de los Componentes

Operativos del Sistema Institucional de Archivos:

La Unidad Central de Correspondencia o equivalente conocida genéricamente como Oficialía de Partes, se

encargará de brindar los servicios centralizados de recepción y despacho de la correspondencia oficial dentro de

los entes públicos;

La Unidad de Documentación en Trámite es la responsable de brindar integralmente los servicios de

correspondencia y control de gestión en cada una de las áreas;

La Unidad de Archivo de Trámite es la responsable de la administración de los documentos de archivo en gestión,

de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada Área;

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 105

La Unidad de Archivo de Concentración es la responsable de la administración de documentos cuya frecuencia de

consulta ha disminuido y que permanecen en él hasta que concluye su plazo de conservación en razón de sus

valores primarios de carácter administrativo, legal y fiscal; y

La Unidad de Archivo Histórico o equivalente es la responsable de organizar, describir, conservar, preservar,

administrar y divulgar la memoria documental institucional.

VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN

El Sistema Institucional de Archivos del (Nombre del Órgano de la Administración Pública) colaborará con la

defensa y conservación de la información que generen, reciban o administren las áreas administrativas del Órgano,

que se encuentre contenida en cualquier medio o soporte documental, ya sea escrito, impreso, sonoro, visual,

electrónico, informático, holográfico o cualquier otro derivado de las innovaciones tecnológicas se denominará

genéricamente documento de archivo. Será documentación de archivo toda la que se encuentre en cualquier registro

que documente en cualquier registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los entes públicos.

Los documentos de archivo deberán ser organizados, inventariados, conservados y custodiados de acuerdo con lo

establecido en la Ley de Archivos del Distrito Federal.

Todos los documentos de archivo forman parte de un Expediente, desde su recepción, generación, seguimiento y

hasta la conclusión de un mismo asunto.

Los expedientes deben integrarse por asunto, de acuerdo a la competencia de cada unidad administrativa conforme a

las funciones sustantivas y adjetivas contenidas en el Manual Administrativo del Órgano de la Administración

Pública.

Todos los expedientes forman parte de una Serie Documental.

Todo servidor público está obligado a garantizar la integridad y conservación de los expedientes y documentos que,

en razón de sus atribuciones, le corresponde resguardar, así como facilitar la consulta y uso conforme a la Ley de

Archivos del Distrito Federal.

En relación con el ciclo vital de los documentos y de acuerdo a los valores documentales que los conforman, los

archivos se integrarán dentro de cada Órgano de la Administración Pública como un Sistema Institucional de

Archivos, denominándose de la forma siguiente:

La Unidad de Correspondencia, oficina de control de gestión u oficialía de partes del Órgano de la

Administración Pública son la instancia que debe llevar la administración del flujo documental, así como el

registro de la correspondencia de entrada y de salida, cuyo soporte de información sea electrónico o impreso,

excepto aquella relativa a trámites, servicios y otros asuntos que deban recibirse en otro tipo de instancias,

cuando así se señale en los ordenamientos jurídicos aplicables;

Archivo de Trámite o de Gestión Administrativa.- conformado por los documentos que se encuentren en

trámite. Los documentos serán resguardados en él de conformidad con el Catálogo de Disposición Documental de

cada Órgano de la Administración Pública, por el tiempo estrictamente indispensable para cumplir con el objetivo

para el cual fue creado, debiendo ser remitidos a la Unidad de Archivo de Concentración para su conservación

precautoria;

Archivo de Concentración.- conformado por los documentos que habiendo concluido su trámite y luego de

haber sido valorados, sean transferidos por la Unidad de Archivos de Trámite a la Unidad de Archivo de

Concentración para su conservación precautoria de conformidad con el Catálogo de Disposición Documental del

Órgano de la Administración Pública. En esta Unidad de archivo se integran los documentos cuya consulta es

esporádica por parte de las unidades administrativas de los Órganos de la Administración Pública y cuyos valores

primarios aún no prescriben.

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106 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Archivo Histórico.- conformado por los documentos que habiendo completado su vigencia en la Unidad de

Archivo de Concentración, sean transferidos para completar su Ciclo Vital a la Unidad de Archivo Histórico del

Órgano de la Administración Pública o en su caso, al Archivo Histórico del Distrito Federal, constituyendo el

Patrimonio Histórico del Distrito Federal.

Los usuarios externos deberán depositar a la entrada al Archivo de Concentración e Histórico portafolios, bolsas,

mochilas, tijeras, navajas, abrigos, chamarras, suéteres, sudaderas, gabardinas y cualquier objeto que el archivo

considere que pueda ser utilizado para mutilar expedientes o sustraer cualquier tipo de material. Si el usuario deseara

introducir alguna de las prendas mencionadas, podrá hacerlo sólo si acepta ser revisado al salir de las instalaciones.

Los usuarios y servidores públicos deberán promover la conservación y cuidado de los materiales documentales

evitando fumar e introducir bebidas y comida al Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa, así como al

Archivo de Concentración e Histórico.

Las Unidades de Archivo de Trámite, Concentración e Histórico deberán de acuerdo a sus instalaciones y

presupuesto tener la temperatura y humedad recomendada para la preservación de los documentos que se describen a

continuación.

Documentos impresos en papel: humedad entre 45% y 50%, y temperatura entre 16ºC y 21ºC;

Soportes electrónicos CD y DVD humedad 50% máxima, y temperatura 21ºC;

Impresiones en plata gelatina, placas de vidrio, película blanco y negro: humedad 30% y 50%, y

temperatura entre 18º C y 20º C;

Película de nitrato de celulosa: humedad entre 20% y 30%, y temperatura de 2º C;

Película de acetato de celulosa: humedad 50% máxima, y temperatura de 11º C; y

Película de poliéster: humedad 30% máxima, y temperatura de 17º C.

La Unidad Administrativa o unidad administrativa de apoyo técnico operativo generadora de los documentos deberá

vigilar los plazos sugeridos para almacenamiento de información en soportes magnéticos y ópticos, conforme a la

tabla siguiente, para lo cual deberá realizar un nuevo respaldo de su información previo al vencimiento de estos

plazos, sin importar si los documentos se encuentran todavía en el archivo de trámite o estos hayan sido ingresados al

archivo de concentración o histórico.

Soporte magnético Capacidad Plazo de guarda Consideraciones Disquete 3

1/2 1,44 a 120 MB 2 a 5 años Regrabable +1.000 veces

Norma ISO/IEC 9529

Regrabable + 1.000 veces

Cinta magnética 1.600 bpi 112,5 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años

Cinta magnética 6.350 bpi 112,5 GB 5 a 10 años Rebobinar cada 2 años

Norma ISO/IEC 3788

Regrabable + 1.000 veces

Cartucho 1/2” y

1/4” 80 MB / 2 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años

Rebobinar cada 2 años

Norma ISO 8462

Regrabable + 1.000 veces

Cinta DAT de 4 mm 2 a 24 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años

Rebobinar cada 2 años

Norma ISO/IEC 11319 Y 12246

Regrabable + 1.000 veces

Cinta de 8 mm. 3,5 a 25 GB 5 a 10 años Reescribir cada 10 años

Rebobinar cada 2 años

Norma ISO/IEC 11319 Y 12246

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 107

Soportes ópticos Capacidad Plazo de guarda Consideraciones

Regrabable (RW) + 1.000 veces

CD-ROM, CD-R y CD-RW 0,65 GB 10 a 20 años Reescribir cada 10 años

Normas ISO/IEC 9660 y 1014

DVD-ROM 4,7 a 18 GB 10 a 20 años Regrabable (RW) + 100 veces

DVD RAM 4,7 A 9,4 GB 10 a 20 años Reescribir cada 10 años

DVD-R y DVD RW 4,7 GB 10 a 20 años Norma ISO/IEC 16824

Respecto a los documentos guardados en medio electrónico, cuando una aplicación informática sea sustituida por

una nueva, la Unidad Administrativa generadora de los documentos deberá realizar los procesos necesarios para

incorporar todos los documentos existentes hasta ese momento a la nueva aplicación.

El espacio físico y el mobiliario de los archivos de trámite deberán reunir las siguientes condiciones de seguridad y

funcionalidad para garantizar la conservación de los documentos:

No deben estar en zonas húmedas.

No deben estar expuestos a la intemperie.

No deben estar expuestos a alimentos o bebidas.

Deben mantenerse limpios.

Se entenderá como un documento original:

En que no ha sido copiado y lleve firmas originales.

Los acuses que acrediten la entrega de documentos.

Los soportes que durante todo su ciclo vital se encuentren en formato electrónico (presentaciones

PowerPoint, correo electrónico, etc.).

Se identificarán como Documentos de Apoyo Informativo (DAI) aquellos que son:

Copias de conocimiento.

Copias de los originales y copias de los acuses que las unidades administrativas usan para llevar

un control y registro de los documentos emitidos.

Notas informativas.

La Unidad Coordinadora de Archivo, a través de su personal, brindará asesorías presenciales y vía telefónica a los

servidores públicos del Organismo, para:

Explicar a detalle los procedimientos del presente Manual.

Llenado de los diversos formatos utilizados en materia de archivo.

Uso y modificaciones de los instrumentos archivísticos.

Las Unidades Administrativas que requieran asesorías presenciales, por parte de la Unidad Coordinadora de Archivo

deberán:

Solicitar la asesoría señalando el tema a tratar, el horario designado por el Titular del Área y el

número de participantes.

Realizar una cita vía telefónica a la extensión del Archivo de Concentración con dos días hábiles

de anticipación.

El día de la asesoría tener listos sus documentos o equipo que se requiera para la misma y destinar

el tiempo necesario.

Al término de la asesoría llenar el registro en la bitácora correspondiente.

En caso de requerir cancelar la asesoría, avisar al menos con 2 horas de anticipación.

El Archivo de Concentración e Histórico funcionará de 9:00 a 15:00 horas.

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108 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

VII. PROCEDIMIENTOS

Nombre del Procedimiento: Recepción y Trámite de Correspondencia

Objetivo General: Controlar la recepción y el registro de la documentación dirigida a las áreas del Organismo, con el fin de

efectuar su distribución a los destinatarios, así como el seguimiento de los asuntos correspondientes a cada caso.

Diagrama de Flujo:

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Oficina de Oficialía de Partes Recibe documentación dirigida a las diversas Unidades

Administrativas.

2 Recibe documentación dirigida a las diversas

Unidades Administrativas.

Sella de recibido, anota hora y día de recepción, firma y

nombre de quien recibe, así como el número de anexos,

si los incluye.

3 Sella de recibido, anota hora y día de recepción,

firma y nombre de quien recibe, así como el

número de anexos, si los incluye.

Entrega a la Unidad Administrativa la correspondencia

recibida.

4 Encargado de correspondencia de la Unidad

Administrativa

Recibe la correspondencia.

5 Asigna número de folio o volante.

6 Captura la información contenida en los documentos en

el sistema de cómputo.

7 Separa los documentos por su importancia, urgencia o

contenido relevante.

8 Resguarda copia y envía original a la oficina encargada de

atender el asunto; recabando firma en el formato “Control

de correspondencia de entrada”.

9 Oficina encargada de atender el asunto Da respuesta al asunto

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 109

10 Descarga el folio o volante turnado.

11 Encargado de correspondencia de la Unidad

Administrativa

Recibe los acuses de recibo

12 Turna al responsable del Archivo de trámite.

13 Archiva expediente de acuerdo al Catálogo de

Disposición Documental.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Aspectos a Considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 fracción I de la Ley

de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de brindar los servicios centralizados de recepción y despacho de la

correspondencia.

La implementación de este procedimiento es responsabilidad de la unidad administrativa de apoyo técnico operativo

responsable en coordinación con las diferentes unidades administrativas.

La oficina de Oficialía de Partes será la instancia responsable de clasificar, registrar, y turnar los documentos al

destinatario correspondiente.

La oficina de Oficialía de Partes únicamente podrá recibir documentos completos, mismos que deberán establecer

fecha, destinatario y copias a entregar.

El horario de atención y recepción de la oficina de Oficialía de Partes será de lunes a viernes de 9.00 a 18:00 horas.

Cada Unidad Administrativa será responsable de asignar su prioridad de acuerdo a la importancia, urgencia o

contenido relevante, y en su caso, de distribuirlos al área correspondiente para su atención.

Con la finalidad de cumplimentar el punto anterior, el Titular de la Unidad Administrativa designará un encargado de

correspondencia y quien será responsable de asignar a todos los documentos que se reciban un folio numeral

consecutivo de periodicidad anual.

Los documentos se registrarán y controlarán a través de un sistema electrónico denominado “Control de

correspondencia de entrada” (CC-01), el cual deberá contener invariablemente:

Nombre y cargo de quien remite;

Asunto, nombre y cargo a quien se dirige;

Fecha de ingreso.

Nombre del Procedimiento: Manejo y control del Archivo de Trámite

Objetivo General: Organizar y clasificar los documentos y expedientes que generen, obtengan y/o adquieran las Unidades

Administrativas como resultado de su gestión; con la finalidad de mantener accesible la información necesaria para el

desarrollo de sus funciones.

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110 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Diagrama de Flujo:

Descripción Narrativa:

No Actor Actividad

1 Encargado del Archivo de

Trámite

Crea o recibe un documento conforme a las atribuciones de

la Unidad Administrativa.

2 Separa los documentos por tipo.

3 Clasifica el documento conforme al Cuadro General de

Clasificación Archivística, ubicándolo en una sección y una

serie.

4 Abre el expediente con la serie.

5 Agrega al expediente los documentos que pertenezcan a la

misma serie.

6 Registra en el “Inventario de expedientes del archivo de

trámite” (AT-01) el nuevo expediente y le designa un

espacio físico.

7 Crea la “Carátula de expediente” y registra si el expediente

contiene Datos Personales, agregando la portada en la

primera página del expediente.

8 Crea la etiqueta del folder y la pega en la pestaña del

mismo.

9 Acomoda los expedientes en el espacio físico o mueble

designado para tal efecto.

10 Clasifica el documento electrónico conforme al Cuadro

General de Clasificación Archivística, ubicándolo en una

sección y una serie.

11 Abre una nueva carpeta electrónica que tendrá como

nombre el título del expediente y la clave asignada al

mismo.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 111

12 Agrega los documentos que pertenezcan a la misma serie en

la carpeta.

13 Registra el expediente en el “Inventario de expedientes del

archivo de trámite”.

14 Crea la “Carátula de expediente” y etiqueta un sobre tamaño

carta en donde se guardará el respaldo de la información en

un CD.

Fin del Procedimiento

Aspectos a considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 fracción III y 27

fracción II de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad que los documentos sean de fácil acceso para

realizar el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada Unidad Administrativa.

La implementación de este procedimiento es responsabilidad de las diferentes Unidades Administrativas y Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo del Órgano de la Administración que se trate.

Cada Unidad Administrativa deberá crear y/o recibir documentación de acuerdo a sus atribuciones y funciones para

conservarla en su Archivo de Trámite durante el periodo establecido en el Catálogo de Disposición Documental

vigente.

Sólo se podrán conservar copias cuando:

Las copias den origen a un nuevo documento.

El original no se encuentre.

Sean parte de un procedimiento estipulado por la Unidad Administrativa.

El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar

el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.

Los Encargados del Archivo de Trámite llevarán el registro y descripción de cada expediente a través del llenado del

formato denominado “Carátula de Expediente” (AT-04), dicho formato servirá de base para obtener la mayor

información posible para su manejo, así como para desarrollar una base de datos en una hoja de cálculo denominada

“Inventario de expedientes del archivo de trámite” (AT-01).

Será responsabilidad del Titular del Área remitir anualmente en medio magnético el formato del “Inventario de

expedientes del archivo de trámite” (AT-01), durante los primeros 15 días del mes de enero a la Unidad Coordinadora

de Archivo.

Los Encargados del Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa deberán ordenar deseablemente lógica y

cronológicamente los documentos del archivo, para la formación de expedientes y garantizar la captación integral y

oportuna de los documentos recibidos y producidos en el curso de sus gestiones regulares, reuniendo sistemáticamente

los antecedentes de los trámites institucionales.

Los documentos que integran el Archivo de Trámite podrán encontrarse de forma impresa o en archivo electrónico. En este

último caso debe abrirse una carpeta electrónica que tendrá como nombre el título del expediente y la clave asignada al

mismo.

Los expedientes deberán ser ubicados en el espacio físico o mueble designado para su guarda, acomodados de acuerdo

a las secciones establecidas en el Cuadro General de Clasificación Archivística y las series en las que se divide.

Cada contenedor (archivero, librero o mueble específico para guardar los expedientes) deberá tener su etiqueta

identificadora al frente, con el número de gaveta o entrepaño y nombre de las series que contenga.

Conforme a la norma aplicable, al término de dos años contados a partir de su fecha de elaboración, deberán ser

destruidos todos los documentos clasificados.

Nombre del Procedimiento: Préstamo de documentos del Archivo de Trámite, Concentración e Histórico

Objetivo General: Proporcionar a las diferentes áreas del Órgano Político-Administrativo en Milpa Alta y usuarios

externos la información que requieran para el desarrollo de sus actividades, con la finalidad de garantizar el acceso a la

información de acuerdo a lo establecido en la Ley de la materia.

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112 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Diagrama de Flujo:

Descripción Narrativa:

No Actor Actividad

1 Titular de la Unidad

Administrativa

responsable del archivo

Requisita original y copia del “Vale de Préstamo” del Archivo correspondiente, le

asigna número de folio y lo entrega al Usuario Solicitante.

2 Usuario solicitante Registra su nombre, firma y cargo en original y copia del “Vale de Préstamo”

correspondiente.

3 Presenta original y copia del “Vale de Préstamo” en el área que resguarda la

información.

4 Encargados del Archivo

correspondiente

Recibe el “Vale de Préstamo”, lo revisa y solicita la aprobación del Titular de la

Unidad Administrativa resguardante.

¿Se autoriza el préstamo?

No

5 Explica al Usuario Solicitante el (los) motivo(s) por el (los) cual(es) se niega la

consulta.

Conecta con el Fin del Procedimiento.

6 Verifica junto con el solicitante, las condiciones del expediente y los folios totales.

7 Entrega al solicitante el expediente junto con copia del “Vale de Préstamo” del

Archivo correspondiente.

8 Usuario solicitante Consulta el expediente.

9 Devuelve el expediente al Encargado del Archivo correspondiente.

10 Encargados del Archivo

correspondiente

Verifica que el expediente se encuentre completo y en las mismas condiciones en

que se entregó.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 113

¿El expediente está completo

y en buenas condiciones? No

11 Notifica al titular de Contraloría Interna para que se inicie el procedimiento

correspondiente.

Conecta con el Fin del Procedimiento.

Sí 12 Sella el “Vale de Préstamo” en original y copia, anotándose la fecha de devolución.

13 Entrega copia del “Vale de préstamo” al Usuario Solicitante y archiva original.

14 Devuelve el expediente a su ubicación.

Fin del Procedimiento

Aspectos a considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 10 fracción I; 27

fracción VII y 35 fracción VII de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de tener un control y

responsable de préstamos de los expedientes.

La implementación de este procedimiento es responsabilidad de los titulares de las Unidades Administrativas, los

solicitantes y el Responsable del Archivo de Concentración e Histórico.

El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar

el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.

Los formatos “Vale de préstamo del archivo de trámite” (AT-02), “Vale de préstamo del archivo de concentración”

(AC-02) y “Vale de préstamo del archivo histórico” (AH-02), deberán ser llenados por duplicado.

Todos los expedientes públicos que se encuentren dentro de los Archivos de Trámite, Concentración e Histórico

estarán a disposición de todos los servidores públicos adscritos a cualquier Unidad Administrativa del Organismo,

previo llenado del formato “Vale de préstamo del archivo de trámite” (AT-02), “Vale de préstamo del archivo de

concentración” (AC-02) y “Vale de préstamo del archivo histórico” (AH-02).

En el caso de usuarios externos, estos deberán realizar primero la solicitud de acceso a la información pública en su

modalidad de presencial, y una vez que les sea notificado por la Oficina de Información Pública el acceso a la

documentación, deberán presentarse en la fecha y horario asignado para la consulta, previo llenado del formato de

préstamo correspondiente.

En el caso del préstamo de expedientes del archivo, la Unidad Administrativa resguardante deberá conservar un

original y entregar otro al solicitante. El formato que conserve el área resguardante deberá ser integrado al expediente

correspondiente y ser foliado como parte del mismo.

En todos los casos se requerirá el visto bueno del Titular del área generadora de la información para el préstamo.

El área resguardante deberá llevar un control y estadística de los préstamos, mismo que concentrará la Unidad

Coordinadora de Archivos, por lo cual las unidades administrativas que realicen préstamos deberán informar de forma

trimestral a la Unidad Coordinadora de Archivos si existieron préstamos durante el período correspondiente.

Cuando un expediente haya sido clasificado como reservado, confidencial o restringido por el respectivo Comité de

Transparencia del Órgano de la Administración Pública únicamente podrá ser consultado por otras unidades

administrativas en razón de sus funciones, con previa autorización del Titular de la Unidad Administrativa

resguardante, y siempre que el solicitante firme la responsiva en el Vale de Préstamo correspondiente, constituyendo

éste el único motivo por el cual se podrá negar un préstamo de expediente a un usuario interno o externo.

Los expedientes se prestarán a los usuarios internos por un período máximo de 30 días hábiles, dependiendo las

necesidades de la Unidad Administrativa solicitante.

Los documentos que se presten a usuarios externos, deberán ser reintegrados el mismo día, bajo la responsabilidad de

los encargados del archivo correspondiente.

Para la consulta y manipulación de los documentos originales por parte de un usuario externo, deberá estar presente un

servidor público para que en todo momento se asegure el correcto manejo de los mismos.

Para acceder a los servicios del Archivo de Concentración e Histórico, el usuario interno deberá identificarse con la

credencial proporcionada por el Organismo y registrar su visita en la bitácora correspondiente, en tanto que el usuario

externo deberá identificarse al ingresar a las instalaciones del Organismo y registrarse en la Bitácora correspondiente a

la entrada del Archivo de Concentración e Histórico.

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114 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Los usuarios y servidores públicos deberán promover la conservación y cuidado de los materiales documentales,

evitando fumar e introducir bebidas o alimentos al Archivo de Trámite de cada Unidad Administrativa, así como al

Archivo de Concentración e Histórico.

Los usuarios no podrán acceder a las áreas no autorizadas.

Los usuarios deberán cuidar el mobiliario y el equipo que usan y solicitan.

Nombre del Procedimiento: Transferencia Primaria

Objetivo General: Generar el envío de expedientes del Archivo de Trámite al Archivo de Concentración para el resguardo

y conservación de los documentos conforme a lo estipulado en el Catálogo de Disposición Documental vigente.

Diagrama de Flujo:

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Encargado del Archivo de Trámite Completa los datos faltantes de la “Carátula de

expediente” a su cierre.

2 Copia la Información del “Inventario de

expedientes del archivo de trámite” al

“Inventario de transferencia primaria”.

3 Acomoda los expedientes en cajas.

4 Coteja los “Inventarios de transferencia

primaria” contra los expedientes, “Carátula de

expediente” y Etiqueta de Folder.

5 Requiere una cita con la Unidad Coordinadora

de Archivos.

6 Unidad Coordinadora de Archivos Agenda cita para la revisión de cajas.

7 Revisa los “Inventarios de transferencia

primaria”, “Carátula de expediente” y Etiqueta

de Folder estén debidamente requisitados.

¿Los expedientes coinciden con los

Inventarios y cumplen con las normas? No

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 115

8 Comunica al Encargado del Archivo de Trámite

las observaciones correspondientes para que se

subsanen los errores.

9 Encargado del Archivo de Trámite Realiza las modificaciones solicitadas.

(Continua en la actividad 5)

Sí 10 Solicita al Encargado del Archivo de Trámite de

la Unidad Administrativa que envíe por oficio la

solicitud de transferencia primaria.

11 Titular de la Unidad Administrativa

que generó los expedientes

Envía por oficio la solicitud de transferencia

primaria.

12 Encargado del Archivo de

Concentración e Histórico

Recibe el oficio y las cajas, examina que

coincida el total de las cajas y su contenido con

el “Inventario de transferencia primaria” en

medio electrónico.

13 Asigna un lugar conforme al mapa de ubicación

topográfica del Archivo de Concentración e

Imprime el “Inventario de transferencia

primaria”.

14 Recaba la firma del Titular de la Unidad

Administrativa que generó los expedientes en el

“Inventario de transferencia primaria”.

15 Integra el “Inventario de transferencia primaria”

firmado y el oficio de solicitud de transferencia

primaria.

Fin del Procedimiento

Aspectos a considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 27 fracción VIII,

33 y 35 fracción IV de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de que todas las Unidades

Administrativas transfieran sus expedientes al Archivo de Concentración de acuerdo al Catálogo de Disposición

Documental vigente.

La implementación de este procedimiento es responsabilidad de las diferentes Unidades Administrativas o Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de los Órganos de la Administración Pública.

El Titular del Área, en su carácter de responsable del Archivo de Trámite, designará a un servidor público para llevar

el control de su archivo, a dicho servidor público se le denominará Encargado.

Cada Unidad Administrativa deberá enviar la documentación que, de acuerdo a sus atribuciones y funciones, haya

creado o recibido conforme al periodo establecido en el Catálogo de Disposición Documental vigente.

El Archivo de Concentración sólo recibirá documentos originales impresos y electrónicos. Sólo podrá conservar

copias cuando:

Las copias den origen a un nuevo documento.

El original no se encuentre y exista una justificación por escrito por parte de Titular del Área.

Sean parte de un procedimiento estipulado por la Unidad Administrativa mediante un Manual, Lineamiento o

Reglamento.

Los periódicos y gacetas no se enviarán al Archivo de Concentración.

La recepción de cajas en el Archivo de Concentración será en un horario de 9:00 a 12:00 horas y sólo se realizará con

cita previa, para realizar la revisión de la documentación conforme a las normas establecidas en el presente

procedimiento.

El Archivo de Concentración únicamente recibirá la documentación con los formatos “Inventario de transferencia

primaria” (AT-03) y cuyos expedientes se encuentren debidamente integrados.

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116 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Todas las páginas de los documentos deberán numerarse consecutiva y cronológicamente, utilizando un lápiz de mina

negra y blanda para numerar, desde 1 en adelante, en la esquina superior derecha de la hoja, de manera legible y sin

enmendaduras. El orden debe ser cronológico quedando en cada expediente, siempre que sea posible, al inicio el

documento con la fecha más antigua y al final el documento más reciente.

En caso de que el expediente rebase los 3.5 cm de ancho se creará otro tomo del expediente.

Las cajas deberán ser nuevas, tamaño oficio y encontrarse al menos a un 90% de su capacidad, ya que se apilarán una

sobre otra y tendrán que conservarse por el tiempo necesario que indique el Catálogo de Disposición Documental.

Se retirarán cuidadosamente de los documentos todo tipo de objetos que los deterioren como clips, grapas, broches,

etc., evitando alterar su estructura y deseablemente cosidos.

Se llenarán las carátulas de los expedientes procurando conservar su orden.

Los documentos deteriorados por factores diversos, como hongos, polilla, documentos semi-quemados, deteriorados

por roedores, pescado de plata, etc., deben separarse y ser colocados en una caja especial que solamente contenga

documentos deteriorados, pues éstos pueden contagiar otros documentos; para ello se deberá tomar en cuenta el

principio de orden original.

En caso de contener Datos Personales los expedientes no podrán ser mezclados con expedientes sin Datos Personales,

toda vez que como medida precautoria se les colocará un sello en la cajá, el cual solo se podrá romper con

autorización del Titular de la Unidad Administrativa que generó los documentos.

Los documentos electrónicos adicionalmente deberán cumplir con lo siguiente:

Enviarse en sobres de papel con etiqueta de folder pegada y carátula del expediente electrónica en cada carpeta.

En caso de ser parte de un expediente impreso, deberá registrarse en la carátula del expediente que el mismo

contiene documentos electrónicos.

Nombre del Procedimiento: Manejo y Control del Archivo de Concentración e Histórico

Objetivo General: Organizar y clasificar los documentos y expedientes que hayan sido transferidos de los Archivos de

Trámite al Archivo de Concentración e Histórico, con la finalidad de garantizar la correcta conservación y resguardo de los

Expedientes.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 117

Diagrama de Flujo:

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Responsable del Archivo de

Concentración e Histórico

Elabora “Rótulo de caja del archivo de concentración” y/o

“Rótulo de caja del archivo histórico” y lo coloca en la caja

correspondiente.

2 Actualiza el mapa de ubicación topográfica.

3 Ubica las cajas en el lugar asignado.

4 Realiza la copia de la información del “Inventario de

transferencia primaria” o “Inventario de transferencia

secundaria”, (según sea el caso).

5 Registra en el “Inventario de expedientes del archivo de

concentración” o “Inventario del archivo histórico”, señalando

mueble, nivel, pasillo y número de caja.

6 Realiza una copia del inventario correspondiente.

7 Remite al responsable del área de Servicios Generales para su

envío a la Unidad Administrativa generadora de la información.

8 Envía mediante oficio al titular de la Unidad Administrativa que

generó los expedientes una copia del “Inventario de expedientes

del archivo de concentración” o “Inventario del archivo

histórico” mediante el cual podrá ubicar sus expedientes para

solicitar un préstamo o consulta.

9 Titular de la Unidad

Administrativa que generó los

expedientes

Recibe oficio y el inventario correspondiente, lo revisa y guarda

para su consulta.

Fin del Procedimiento

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118 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Aspectos a considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 22 fracción IV y V y

54 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de destinar y establecer las áreas adecuadas y

suficientes para el depósito y servicios archivísticos.

Cada una de las Unidades Administrativas que integran el Órgano de la Administración que se trate deberán remitir al

Archivo de Concentración o Histórico los expedientes que hayan cumplido su plazo de conservación en el Archivo

de Trámite.

Una vez ingresados los documentos al Archivo de Concentración o Histórico se realizará el análisis del expediente y se

imprimirá el “Rótulo de caja del archivo de concentración” (AC-04) y/o “Rótulo de caja del archivo histórico” (AH-

03), colocándolo en el exterior de la caja.

En el caso de que los expedientes contengan datos personales, el Encargado del Archivo de Concentración e Histórico,

en presencia del Encargado del Archivo de Trámite de la Unidad generadora de la documentación, colocará etiquetas

de seguridad para garantizar la confidencialidad de los mismos hasta su destino final.

El responsable del Archivo de Concentración e Histórico remitirá por oficio, en un término no mayor a 3 meses,

después de la recepción de la Transferencia Primaría o Secundaría una copia del “Inventario de expedientes del

archivo de concentración” (AC-01) en medio magnético a la Unidad Administrativa generadora de la información.

El Archivo de Concentración e Histórico realizará una limpieza periódica de los edificios, de las estanterías y de los

contenedores de documentos bajo los estándares a continuación enunciados:

La limpieza de cada sección de las unidades de archivo se realizará con una secuencia lógica: techos, paredes,

pisos. Después, se limpiarán las estanterías comenzando por el último tramo o entrepaño (el más cercano al

techo) y se sigue hacia abajo hasta terminar. Antes de limpiar cada estante, se deben retirar todos los

contenedores o cajas, inspeccionar el estante -para identificar problemas como el óxido, restos de insectos, rastros

de humedad- y luego se limpiará cuidadosamente; la acumulación gruesa de polvo puede requerir el lavado de los

estantes, es necesario tener mucho cuidado de evitar derramar el agua en los estantes. En todo caso, es necesario

asegurarse de que los estantes están completamente secos antes de volver a colocar los documentos;

No se deben utilizar sustancias volátiles para la limpieza;

No se deben usar plumeros, no es recomendable barrer, se recomienda limpiar con aspiradora (provista de filtro)

o con frazada humedecida y secar rápidamente. Es esencial que se tomen precauciones para evitar que las cajas o

contenedores de los estantes más bajos se salpiquen de líquido limpiador;

Las puertas se deben limpiar con paño húmedo seguido de otro seco. Las paredes se deben limpiar también con

aspiradora;

Para la limpieza de los techos, se deben proteger las estanterías cubriéndolas con hojas plásticas, cartulina,

cartón, etc. y retirarlas después;

La limpieza se realizará con la supervisión del personal del Archivo de Concentración,

Los documentos encuadernados se deben limpiar con una brocha de cerdas suaves. Cuando se pasa la brocha, el

movimiento debe ser en sentido del lomo hacia afuera. Se limpia primero la parte superior del documento. En

caso de que los documentos se limpien con paños, estos se deben cambiar de manera frecuente;

Los paños utilizados para limpiar estantes, nunca se deben usar para limpiar los documentos;

La limpieza de los materiales documentales encuadernados se realiza entrepaño por entrepaño de arriba hacia

abajo, removiendo los materiales documentales en el orden en que se encuentran;

En la limpieza es conveniente revisar, por lo menos una vez al año la existencia de signos de plagas, observar si los

materiales documentales tienen manchas y signos de picadas, así como limpiar cualquier desperdicio de insecto.

En el caso de detectar documentos con hongos, se deberá:

Aislar las piezas afectadas de la colección.

Usar guantes y tapabocas para manipular los materiales fungosos.

Para mayor seguridad del Archivo de Concentración e Histórico, los usuarios dejarán sus pertenencias en la recepción.

La consulta requiere de personal supervisor que se encargue de controlar cuidadosamente el manejo de los materiales

para evitar que los mutilen, roben, marquen, etcétera.

El acceso al Archivo de Concentración e Histórico será limitado, debe controlarse mediante un libro de registro de

personal que ingresa a las instalaciones.

El tratamiento que debe realizarse inmediatamente cuando se detecten documentos mojados será el secado a la

intemperie, para lo cual se deberá realizarse lo siguiente:

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 119

El ambiente debe ser limpio, seco y ventilado, debe tener un intercambio de aire constante, la temperatura debe

ser inferior a 20º C y la humedad, menor del 50%;

El aire debe circular en todo momento, para lo cual se instalarán ventiladores en la zona de secado para acelerar

el proceso y reducir el crecimiento del moho;

Los ventiladores no deben dirigirse directamente a los documentos que se están secando. Es necesario intercalar

hojas absorbentes cada cierto número de páginas, comenzando por el final del expediente y dando vueltas las

páginas con cuidado;

Se eliminará de los expedientes la totalidad de protectores de hojas que tuviera;

Las fojas deberán separarse evitando que éstas se adhieran unas con otras, colocando papal secante;

Se deberá secar foja por foja evitando perder el orden original de las mismas en el expediente; y

Se sustituirán todos los contenedores (folder, carpeta, sobre, etc.) integrando los documentos como

originalmente se encontraban ordenados.

El personal operativo designado deberá realizar un conteo de las cajas que se encuentren en los anaqueles a trabajar,

especificando la sección a la que pertenezca.

Como medida de higiene, y con el propósito de evitar infecciones generadas por hongos o bacterias que anidan en los

documentos y preservar la documentación, todo el personal operativo designado deberá utilizar batas, guantes y

cubre boca en el Archivos de Concentración e Histórico.

Nombre del Procedimiento: Baja Documental y Transferencia Secundaria

Objetivo General: Analizar el valor de los expedientes o documentos generados por las Unidades Administrativas, para

determinar su destino final y proceder a su baja documental, prórroga o transferencia secundaria en apego a los requisitos y

modalidades de la normativa de la materia.

Diagrama de Flujo:

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120 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Descripción Narrativa:

No. Actor Actividad

1 Responsable del Archivo de

Concentración e Histórico

Registra en su Calendario de Caducidades los tiempos de eliminación,

muestreo o transferencia al Archivo Histórico de los expedientes.

2 Área responsable de los Servicios

Generales

Solicita mediante oficio a la Unidad Administrativa que generó los

expedientes la revisión de los mismos, en virtud de haber concluido su

plazo de conservación en el Archivo de Concentración.

3 Unidad Administrativa que generó los

expedientes

Valora los documentos para determinar su destino final.

4 Crea los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios de

baja documental”, recaba la firma del Titular del Área.

5 Envía los inventarios de manera electrónica para la validación de la

Unidad Coordinadora de Archivos.

6 Unidad Coordinadora de Archivos Revisa los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios

de baja documental” acorde a los “Inventarios de expedientes del

archivo de concentración”.

¿Los expedientes coinciden con el “Inventario de expedientes del

archivo de concentración”?

No

7 Comunica al Encargado del Archivo de la Unidad Administrativa

generadora las inconsistencias detectadas.

8 Unidad Administrativa que generó los

expedientes

(Encargado de Archivo)

Realiza las modificaciones requeridas.

(Continúa en la actividad 4).

9 Responsable del Archivo de

Concentración e Histórico

Imprime y sella el “Inventario de transferencia secundaria” y/o

“Inventario de baja documental”.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 121

10 Remite para firma al titular de la Unidad Administrativa que generó

los expedientes el “Inventario de transferencia secundaria” (AC-03)

y/o “Inventario de baja documental”.

11 Unidad Administrativa que generó los

expedientes

Corrobora información.

12 Valida y firma.

13 Solicita vía oficio al Presidente del COTECIAD la Valoración

Documental de los expedientes, anexando los “Inventarios de

transferencia secundaria” y/o “Inventarios de baja documental”.

14 Presidente del COTECIAD Recibe la solicitud y la turna al Secretario Técnico del COTECIAD

para su análisis.

15 Secretario Técnico del COTECIAD Propone como un punto del Orden del Día del COTECIAD la

Valoración Documental de los expedientes para la siguiente Sesión

Ordinaria del COTECIAD.

16 Pleno del COTECIAD Autoriza la Creación de un Grupo de Trabajo de Valoración

Documental

17 Grupo de Trabajo de Valoración

Documental

Coteja los “Inventarios de transferencia secundaria” y/o “Inventarios

de baja documental” con los expedientes de manera física.

18 Realiza un informe de Valoración Documental para ser presentado en

la siguiente Sesión del Comité.

¿Se requiere conservar los expedientes?

No 19 Grupo de Trabajo de Valoración

Documental

Elabora un dictamen de la Valoración Documental.

20 Pleno del COTECIAD Emite declaratoria de inexistencia de Valores Primarios y Valores

Secundarios de la documentación.

21 Secretario Técnico del COTECIAD Envía Dictamen de Valoración Documental, solicitud, inventarios,

informe, declaratoria a la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la Oficialía Mayor del GDF para emitir el

registro de la baja documental.

22 Gestiona la publicación de la documentación soporte de la Baja

Documental en la página de transparencia del respectivo órgano de la

administración pública y turna el dictamen al Encargado del Archivo

de Concentración para seguimiento

23 Responsable del Archivo de

Concentración e Histórico

Gestiona la enajenación de los expedientes.

(Conecta con el Fin del Procedimiento)

Si

24 Emite declaratoria de inexistencia de Valores Primarios y detección

de Valores Secundarios.

Fin del Procedimiento

Aspectos a considerar:

La implementación de este procedimiento se da en cumplimiento a lo establecido en los artículos 27 fracción VIII y

33 y 35 fracciones IV y V de la Ley de Archivos del Distrito Federal, con la finalidad de seleccionar los documentos

de archivo que tiene valores secundarios y los que no, para proceder a la transferencia secundaria al Archivo

Histórico correspondiente o la baja documental de los que no tienen valor secundario.

Cada una de las Unidades Administrativas que integran el Órgano de la Administración deberán realizar el trámite de

baja documental y/o transferencia secundaria de los expedientes que hayan cumplido su plazo de conservación en el

Archivo de Concentración.

El Encargado del Archivo de Concentración e Histórico registrará en su Calendario de Caducidades los expedientes

que le sean transferidos por las Unidades Administrativas, a efecto de detectar oportunamente la documentación cuya

guarda precautoria haya concluido.

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122 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Es responsabilidad de la Unidad Administrativa que generó los expedientes crear los “Inventario de baja

documental” (BJ-01) y/o “Inventario de transferencia secundaria” (AC-03).

La Unidad Administrativa podrá solicitar una prórroga del plazo de conservación de los expedientes transferidos

mediante oficio justificando plenamente el motivo de la prórroga. Este proceso por ningún motivo podrá exceder los

2 meses, salvo en casos fortuitos en los que el volumen de la información remitida sea excesiva.

El COTECIAD de cada Órgano de la Administración será quién mediante acuerdo, determine el tratamiento de todos

los expedientes cuyo procesamiento no se haya establecido.

Toda transferencia de expedientes con valor permanente al Archivo Histórico deberá ser validada por el respectivo

COTECIAD de cada Órgano de la Administración, quedando bajo la responsabilidad del Archivo de Concentración

e Histórico del Organismo los documentos del año 2000 en adelante y de los años de 1999 hacia atrás, deberán ser

enviados al Archivo Histórico del Distrito Federal.

La baja definitiva de los expedientes conservados en el Archivo de Concentración que hayan prescrito deberá ser

validada por el COTECIAD.

Los oficios para solicitud de valoración Documental de las Bajas Documentales o transferencias al Archivo Histórico

deberán dirigirse al Director de Administración y Finanzas, en su calidad de Presidente del COTECIAD.

Los oficios de Solicitud del destino final de los expedientes y las actas de Baja Documental o de Transferencia

Secundaria se digitalizarán y publicarán en el portal de transparencia del Organismo, siendo el responsable de su

publicación el Secretario Técnico del COTECIAD.

El Responsable del Archivo de Concentración e Histórico deberá integrar el expediente por las bajas autorizadas,

cuidando incorporar en él los oficios, inventarios, informe, dictamen, declaratoria y registro.

El tiempo establecido para realizar la actividad identificada con el número tres es enunciativo más no limitativo,

debido a que el tiempo necesario para la valoración de los documentos se encuentra en función del volumen de los

mismos.

VIII GLOSARIO

Archivo: Conjunto orgánico de documentos organizados y reunidos por una persona o institución pública o privada, en el

desarrollo de sus competencias, el cual sirve de testimonio y fuente de información a las personas o instituciones que los

produjeron, a los ciudadanos o para servir de fuente de estudio de la historia e investigación.

Catálogo de Disposición Documental: Registro general y sistemático elaborado por la unidad coordinadora de archivos y

aprobado por el COTECIAD de cada ente público, en el que se establece en concordancia con el cuadro general de

clasificación archivística, los valores documentales, los plazos de conservación, la vigencia documental, la clasificación de

la información pública o de acceso restringido ya sea reservada o confidencial y su destino.

Ciclo de vital de un documento: fases o etapas por las que va pasando el documento, desde su creación hasta su

eliminación o selección para su custodia permanente (Archivo Histórico).

Cuadro General de Clasificación Archivística: Instrumento técnico que describe la estructura jerárquica y funcional

documental, en la que se establece un principio de diferenciación y estratificación de las diversas agrupaciones

documentales que conforman el acervo de un ente público. De esta manera, los documentos se reúnen en agrupaciones

naturales llamadas fondo, sección, serie, expediente y unidad documental.

Expediente: Conjunto de documentos ordenados de acuerdo con un método determinado y que tratan de un mismo asunto,

de carácter indivisible y estructura básica de la Serie Documental.

Fondo: Conjunto de documentos, con independencia de su soporte o tipo documental, producidos orgánicamente o

acumulados y utilizados por una persona física, familia, institución pública o privada en el transcurso de sus actividades

como productor.

Gestión Documental: Sistema de procedimientos que permite conducir el flujo informativo dentro de una institución,

mediante el cual los responsables administrativos se aseguran de que los asuntos por ellos tratados se desahoguen con

efectividad, prontitud, eficiencia y apego a derecho.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 123

Información: Todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico,

electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder de los entes públicos.

Inventarios Documentales: Instrumentos de consulta y control que describen las series y expedientes de un archivo y que

permiten su localización, transferencia o disposición documental.

Legajo: Conjunto de documentos e información variada reunida en torno a un asunto.

“N”: Número indefinido de Tomos o Legajos correspondientes a un expediente.

Plazo de Conservación: Periodo de conservación de la documentación en las áreas de Archivo de Trámite, de

Concentración e Histórico.

Sección: Subdivisión del fondo consistente en las divisiones administrativas del ente público que lo origina, y cuando no es

posible, con agrupaciones geográficas, cronológicas, funcionales o similares del propio ente.

Serie: Subdivisión de la sección, consistente en un conjunto de documentos producidos por un sujeto en el desarrollo de una

misma función administrativa y regulado por la misma norma de carácter jurídico y/o de procedimiento.

Transferencia: Envío controlado y sistemático de expedientes de consulta esporádica del Archivo de Trámite al Archivo de

Concentración; así como del traslado controlado y sistemático de documentos del Archivo de Concentración al Archivo

Histórico para su conservación permanente.

Unidad Coordinadora de Archivos: Para el caso del Presente Manual, será la unidad administrativa o unidad

administrativa de apoyo técnico operativo que sea responsable de dicha tarea.

Unidad Administrativa Generadora: La unidad administrativa o unidad administrativa de apoyo técnico operativo

generadoras de los documentos en cada órgano de la administración pública.

Unidad de Archivo y Documentación en Trámite: Unidad responsable de la administración de los documentos de archivo

en gestión, de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones y funciones de cada área; conformado por los

documentos que se encuentren en trámite, los cuales resguardará de conformidad con el Catálogo de Disposición

Documental por el tiempo estrictamente indispensable, debiendo remitirlos a la Unidad de Archivo de Concentración para

su conservación precautoria.

Unidad de Archivo de Concentración e Histórico: Unidad responsable de la administración de documentos cuya

frecuencia de consulta ha disminuido y que permanecen en él hasta que concluye su plazo de conservación en razón de sus

valores primarios de carácter administrativo, legal y fiscal; así como de organizar, describir, conservar, preservar, y divulgar

la memoria documental institucional.

Valores Primarios: Son los valores intrínsecos que contienen los documentos en su primera edad, o de gestión los cuales

son: administrativo, legal y fiscal.

Valores Secundarios: Son los valores intrínsecos que contienen los documentos en su segunda edad y son: informativos,

testimoniales y evidénciales.

IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL

Presidenta

C. María de Lourdes García Villalba

Directora General de Administración

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124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Secretaria Técnica Secretaria Ejecutiva

C. Blanca Isela Rodríguez Cabello

Directora de Recursos Materiales y Servicios

Generales

C. Ariana Chávez Galindo

JUD de la Unidad de Transparencia

Vocal Vocal Vocal

C. Fernando Blanco Cruz

Director General de Obras y

Desarrollo Urbano

C. María del Carmen Salazar

Alvarado

Directora General de Desarrollo

Social

C. Claudia Itzel Islas Mata

Directora General del Medio

Ambiente

Vocal Vocal Vocal

C. Efrén Enríquez Soriano

Director General de Desarrollo

Rural y Económico Sustentable

Arq. Edmundo Jesús Valencia

Jiménez

Director General de Servicios

Urbanos

C. Cristóbal Valentín Barrera

Barajas

Director General Jurídico y de

Gobierno

Vocal Vocal Vocal

C. José Luis Ramírez Maya

Director de Protección Civil C. Rolando Romero Cabello

Director de Participación

Ciudadana

C. Jorge Rivera Olivos

Coordinador Delegacional de

Seguridad Ciudadana

Vocal Vocal Representante

C. Abel Hernández Camacho

Coordinador de Comunicación

Social

C. Celene Abad García

Coordinadora de Enlaces

Territoriales

Lic. Héctor Pedro Martínez

López

Contralor Interno en el Órgano

Político Administrativo Milpa Alta

Representante Representante Representante

C. Roberto Alfonso Romero

Pimentel

Director Jurídico

C. Bernabé de Jesús Ramírez

Director de Desarrollo de Personal

y Recursos Financieros

C. Octavio García Bastida

Coordinador de Tecnologías de la

Información y la Comunicación

TRANSITORIO

Único.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Manual Especifico de Operación Archivística de la

Delegación Milpa Alta.

Ciudad de México a 10 de agosto de 2018.

(Firma)

C. María de Lourdes García Villalba

Directora General de Administración y

Presidenta del Comité Técnico Interno de

Administración de Documentos

COTECIAD

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 125

DELEGACIÓN TLÁHUAC

Félix Arturo Medina Padilla, Jefe Delegacional en Tláhuac, con fundamento en los artículos 104, 105, 106, 112 párrafo

segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37 y 39, fracciones VII, XXXVII y LXXVII de la Ley Orgánica de

la Administración Pública de la Ciudad de México; 25, 26, 28, 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal; 97, 100, 101, 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos

2, 21 y 24 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

numerales 2 y 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, 120, 121, 122 fracción V, 128

fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 50, 51 y 52 del Reglamento de la

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN

DEL PROGRAMA SOCIAL “TLÁHUAC RENACE CON LA EDUCACIÓN” A CARGO DE LA DELEGACIÓN

TLÁHUAC, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, PUBLICADAS EL 31 ENERO DE 2018.

En la página 744, Introducción, Inciso B) Alineación Programática:

DICE:

Alineación Área de

oportunidad

Objetivo Meta Sectorial Política Publica

Programa

Sectorial

Educación Contribuir en la

reducción de la

deserción escolar de

2483 niñas, niños y

jóvenes de educación

básica (primaria y

secundaria) de la

Delegación política de

Tláhuac que se

encuentren en

condiciones de

desventaja social y que

vivan en zonas de alta

marginación de la

demarcación mediante

incentivos económicos.

Generar mecanismos e

instrumentos necesarios

para que las personas sin

importar su origen

étnico, condición

jurídica, social o

económica, condición

migratoria, estado de

salud, edad, sexo,

apariencia física,

orientación o

preferencia sexual,

forma de pensar,

situación de calle u

otras, accedan a una

educación de calidad.

Aumentar la equidad en

el acceso a una educación

formal, consolidando los

derechos asociados a la

educación y programas

de apoyo institucional,

con estándares de calidad

y abatir la deserción

escolar, con especial

atención hacia las

personas en desventaja y

condiciones de

vulnerabilidad.

DEBE DECIR:

Alineación Área de

Oportunidad

Objetivo Meta Sectorial Política Publica

Programa

Sectorial

Educación

Educación Contribuir en la

reducción de la

deserción escolar de

4,000 niñas, niños y

jóvenes de educación

básica (primaria y

secundaria) de la

Delegación Política de

Tláhuac, que se

encuentren en

condiciones de

desventaja social y que

vivan en zonas de alta

Generar mecanismos e

instrumentos necesarios

para que las personas sin

importar su origen

étnico, condición

jurídica, social o

económica, condición

migratoria, estado de

salud, edad, sexo,

apariencia física,

orientación o preferencia

sexual, forma de pensar,

situación de calle u otras,

Aumentar la equidad en el

acceso a una educación

formal, consolidando los

derechos asociados a la

educación y programas de

apoyo institucional, con

estándares de calidad y

abatir la deserción escolar,

con especial atención

hacia las personas en

desventaja y condiciones

de vulnerabilidad.

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126 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

marginación de la

demarcación, mediante

incentivos económicos.

situación de calle u otras,

accedan a una educación

de calidad.

En la página 745, Introducción, C) Alineación Diagnostico, párrafo 5:

DICE:

Cabe observar que el “Programa Social Tláhuac por la Educación” hasta el ejercicio fiscal 2015, relacionado con el derecho

a la educación, estaba orientado hacia la compensación económica de las familias a través de las transferencias económicas

en su componente y no a la calidad del aprendizaje de las alumnas y los alumnos en cualquier nivel académico que

contemplaba la ayuda económica. Así mismo existen otros programas sociales que benefician a la población estudiantil por

ejemplo: “Niñas y Niños Talento”, sin embargo, no alcanzan a beneficiar a gran cantidad de las alumnas y alumnos, lo que

hace que su cobertura se limite al número de planteles existentes. Por lo que para justificar la permanencia de este

programa, para el 2018 se establece como estrategia otorgar 2,483 incentivos lo que daría una cobertura mucho más amplia.

DEBE DECIR:

Cabe observar que el “Programa Social Tláhuac por la Educación” hasta el ejercicio fiscal 2015, relacionado con el derecho

a la educación, estaba orientado hacia la compensación económica de las familias a través de las transferencias económicas

en su componente y no a la calidad del aprendizaje de las alumnas y los alumnos en cualquier nivel académico que

contemplaba la ayuda económica. Así mismo existen otros programas sociales que benefician a la población estudiantil por

ejemplo: “Niñas y Niños Talento”, sin embargo, no alcanzan a beneficiar a gran cantidad de las alumnas y alumnos, lo que

hace que su cobertura se limite al número de planteles existentes. Por lo que para justificar la permanencia de este

programa, para el 2018 se establece como estrategia otorgar 4,000 incentivos lo que daría una cobertura mucho más amplia.

En la página 746, II Objetivos y Alcances, II.1 Objetivo General, II.2 Objetivos Específicos.

DICE:

Otorgar a 2,483 niñas, niños, jóvenes y adultos de educación básica publica (primaria y secundaria) un incentivo económico

para motivar sus esfuerzos académicos, que vivan en condiciones de desventaja social de la demarcación, sin discriminar

por motivos de género, raza, religión, edad, lenguaje, orientación sexual, condición física o socioeconómica, afiliación

política o algún otro motivo que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la

igualdad real de oportunidades de las personas.

a).- Otorgar a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel primaria, secundaria que vivan en condiciones de

desventaja social, un incentivo económico y así motivar sus esfuerzos académicos.

b).- Incentivar a 2,483 estudiantes.

e).- Contribuir en el proceso educativo de las y los estudiantes, con la finalidad de dar permanencia y continuidad escolar.

DEBE DECIR:

Otorgar a 4,000 niñas, niños, jóvenes y adultos de educación básica publica (primaria y secundaria) un incentivo económico

para motivar sus esfuerzos académicos, que vivan en condiciones de desventaja social de la demarcación, sin discriminar

por motivos de género, raza, religión, edad, lenguaje, orientación sexual, condición física o socioeconómica, afiliación

política o algún otro motivo que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la

igualdad real de oportunidades de las personas.

a).- Otorgar a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel primaria, secundaria que vivan en condiciones de

desventaja social, un incentivo económico y así motivar sus esfuerzos académicos.

b).- Incentivar a 4,000 estudiantes.

e).- Contribuir en el proceso educativo de las y los estudiantes, con la finalidad de dar permanencia y continuidad escolar.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 127

En la página 746, III. Metas Físicas, párrafo 2.

DICE:

Por lo que las metas que se esperan alcanzar para el ejercicio fiscal 2018 son de 2,483 incentivos económicos distribuidos

de la siguiente manera:

Objetivo específico Metas Físicas

Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel

primaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos. 1,483 estudiantes

de nivel primaria

Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel

secundaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos

académicos.

1,000 personas de

nivel secundaria

Total 2,483

DEBE DECIR:

Por lo que las metas que se esperan alcanzar para el ejercicio fiscal 2018 son de 4,000 incentivos económicos distribuidos

de la siguiente manera:

Objetivo específico Metas Físicas

Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel

primaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos 2,840 estudiantes

de nivel primaria

Otorgar un incentivo económico a las y los estudiantes de educación básica pública de nivel

secundaria que vivan en condiciones de desventaja social, para motivar sus esfuerzos académicos 1,160 personas de

nivel secundaria

Total 4,000

En la página 746, IV. Programación Presupuestal.

DICE:

Para el ejercicio fiscal 2018 se cuenta con un presupuesto de $3, 724,500.00 (Tres millones setecientos veinticuatro mil

quinientos pesos 00/100 M.N.).); del capítulo 4000, mismo que podrá verse afectado por ampliaciones o disminuciones

que determine la autoridad competente.

Para llevar a cabo la atención de las necesidades y objetivos del programa a través de las presentes reglas de operación, se

tiene previsto ejercer el presupuesto programado de la siguiente manera:

Objetivo específico Monto Unitario Metas Físicas Total

Nivel básico (primaria) $1,500.00 1483 $ 2,224,500.00

Nivel básico (secundaria) $1,500.00 1 000 $ 1,500,000.00

Total 3,724,500.00

DEBE DECIR:

Para el ejercicio fiscal 2018 se cuenta con un presupuesto de $6, 000,000.00 (Seis millones de pesos 00/100 M.N.); del

capítulo 4000, mismo que podrá verse afectado por ampliaciones o disminuciones que determine la autoridad competente.

Para llevar a cabo la atención de las necesidades y objetivos del programa a través de las presentes reglas de operación, se

tiene previsto ejercer el presupuesto programado de la siguiente manera:

Objetivo específico Monto Unitario Metas Físicas Total

Nivel básico (primaria) $1,500.00 2840 $ 4,260,000.00

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128 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Nivel básico (secundaria) $1,500.00 1160 $ 1,740,000.00

Total $ 6,000,000.00

En la página 746, V. Requisitos y Procedimiento de Acceso, V.2 Requisitos de Acceso.

DICE:

Para ser beneficiarios del Programa Social, deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

1) Identificación con fotografía del padre, madre o tutor o si es estudiante mayor de edad (INE/IFE, Pasaporte, Cédula

Profesional)

2) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses a partir de la publicación de la Convocatoria.

3) Acta de Nacimiento (Original y copia para cotejo).

4) CURP del estudiante. (Original y copia para cotejo).

5) Constancia de estudios correspondiente al ciclo escolar actual del plantel público educativo.

6) En el caso del tutor(a), deberá presentar el documento probatorio que acredite la tutoría sobre la o el menor; así como los

demás requisitos señalados.

7) En caso de ser mayor de edad la o el estudiante deberá presentar los documentos que correspondan antes señalados.

8) A fin de garantizar que el incentivo beneficie a mayor población, se entregará solo un apoyo económico por familia.

9) En caso de que exista abandono por parte de madre ó padre o por causa de fallecimiento de alguno de ellos, el

responsable del cuidado del menor en su momento, podrá realizar y concluir los trámites necesarios para la obtención del

beneficio para el menor.

10) Presentar los formatos “Solicitud de acceso al programa” y “Estudio Socioeconómico” debidamente requisitados.

DEBE DECIR:

Para ser beneficiarios del Programa Social, deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

1) Identificación con fotografía del padre, madre o tutor o si es estudiante mayor de edad (INE/IFE, Pasaporte, Cédula

Profesional)

2) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses a partir de la publicación de la Convocatoria.

3) Acta de Nacimiento (Original y copia para cotejo).

4) CURP del estudiante. (Original y copia para cotejo).

5) Constancia de estudios correspondiente al ciclo escolar actual del plantel público educativo.

6) En el caso del tutor(a), deberá presentar el documento probatorio que acredite la tutoría sobre la o el menor; así como los

demás requisitos señalados.

7) En caso de ser mayor de edad la o el estudiante deberá presentar los documentos que correspondan antes señalados.

8) En caso de que exista abandono por parte de madre ó padre o por causa de fallecimiento de alguno de ellos, el

responsable del cuidado del menor en su momento, podrá realizar y concluir los trámites necesarios para la obtención del

beneficio para el menor.

9) Presentar los formatos “Solicitud de acceso al programa” y “Estudio Socioeconómico” debidamente requisitados.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a 14 de agosto de 2018.

(Firma)

FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA

JEFE DELEGACIONAL EN TLÁHUAC

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 129

AUTORIDAD DE LA ZONA PATRIMONIO MUNDIAL NATURAL Y CULTURAL DE LA HUMANIDAD EN

XOCHIMILCO, TLÁHUAC Y MILPA ALTA

LIC. ARTURO PAVÓN MERCADO, TITULAR DE LA AUTORIDAD DE LA ZONA PATRIMONIO MUNDIAL

NATURAL Y CULTURAL DE LA HUMANIDAD EN XOCHIMILCO, TLÁHUAC Y MILPA ALTA, con

fundamento en el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus transitorios segundo y

décimo del DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones, en materia de la reforma

política de la Ciudad de México; 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción I y 35 fracción XIV, de

la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° fracciones I, II, III, V, XI y XII, 35, 36, 37, 38, 39, 40

y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; Decreto por el que se

modifica el Diverso por el que se crea la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta; emito el siguiente:

Aviso por el cual se da a conocer los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos

Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio

Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”

I. La dependencia o entidad responsable del programa

La denominación es: “Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos Productivos para el

Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio Mundial, Natural y

Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”.

El órgano desconcentrado de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México: Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial

Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

Las unidades administrativas involucradas en la operación son: la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y

Naturales, la Dirección de Bienes Patrimoniales Culturales, la Dirección Ejecutiva de Proyectos Especiales, todas adscritas

a la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta y

la Dirección de Administración en la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

II.- Alineación programática

El 11 de septiembre de 2013, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el acuerdo por el que se aprueba el

Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México 2013 - 2018, el cual establece los objetivos, metas y líneas de

acción que servirán como base para la definición e implementación de las políticas de la Ciudad de México hasta el año

2018, así como para la elaboración de los programas sectoriales, institucionales y especiales.

Eje 1. Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano; Área de oportunidad 1; Discriminación y Derechos Humanos;

Objetivo 1 realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su

origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o

preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar

bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación; Meta 1 eliminar las prácticas

discriminatorias que generan exclusión y maltrato; Líneas de acción.- Apoyar el trabajo conjunto de grupos y

organizaciones de la sociedad civil, para fortalecer las actividades orientadas a la incidencia en políticas públicas basadas en

investigación, con enfoque de derechos y a favor de los grupos en situación de vulnerabilidad; Implementar programas y

actividades que fortalezcan una cultura en la que se eviten prácticas discriminatorias en donde los prejuicios, estereotipos y

estigmas promuevan la exclusión y el maltrato.

El eje 3. Desarrollo Económico Sustentable; Objetivo 1 revisar y hacer mejoras al marco normativo sobre suelo de

conservación, privilegiando la concepción de este como un territorio clave para el mantenimiento de la calidad de vida, la

sustentabilidad y la competitividad de la ciudad de México, mediante esquemas que propicien la participación ciudadana;

Líneas de acción; conformar un mecanismo de planeación y supervisión de la gestión del suelo de conservación por el

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130 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

gobierno central y delegacional en conjunto; crear un programa de consolidación de asentamientos rurales y expansión cero,

con inversiones en infraestructura de abasto energético con fuentes alternas. Meta 3 detener el crecimiento de los

asentamientos humanos irregulares en el suelo de conservación de la Ciudad de México (crecimiento cero) y recuperar

espacios ocupados, principalmente los que se localizan en zonas de alto valor ambiental o zonas de alto riesgo; Líneas de

acción; Implementar acciones de control y recuperación de espacios invadidos por asentamientos humanos irregulares,

priorizando zonas de alto valor ambiental y de riesgo con criterios de igualdad de género; Objetivo 2 desarrollar programas

de alto impacto económico y social para el aprovechamiento diversificado y sustentable del territorio, la conservación de los

ecosistemas, la biodiversidad y los servicios ambientales, fomentando la participación ciudadana; Meta 2 incrementar la

eficiencia de los recursos y de las actividades orientadas a la conservación y restauración de los ecosistemas; Líneas de

acción; Identificar los territorios degradados o susceptibles de llevar a cabo proyectos o actividades para la conservación, la

restauración ecológica o el desarrollo de los servicios ambientales; Desarrollar proyectos integrales de gran alcance para la

restauración y conservación de territorios con alto potencial para la generación de servicios ambientales; Área de

oportunidad 3. Abastecimiento y calidad del agua; Meta 3 desarrollar tecnologías y alternativas para la cosecha y el

aprovechamiento del agua pluvial, así como la gestión del agua, mediante el diseño e implementación de una estrategia para

incrementar el abastecimiento en el mediano y largo plazos; Líneas de acción crear un programa de restauración y

conservación de manantiales del suelo de conservación; Área de oportunidad 4. Comunidades rurales y sector agropecuario;

objetivo 3: Promover la capitalización impulsando la competitividad y el mejoramiento continuo de las unidades de

producción forestal, agrícola, pecuaria y piscícola, así como las artesanales, de transformación y comercialización, Meta 2.

producir alimentos libres de agroquímicos, líneas de acción; establecer un programa que garantice la producción de

alimentos libres de agroquímicos, que favorezca la seguridad y autosuficiencia alimentaria, así como la conservación y uso

sustentable del suelo y agua; y, fomentar la producción de alimentos de buena calidad y de alto valor nutritivo, mediante

técnicas ecológicas, respetuosas del ambiente, libres de contaminantes, con bajo consumo de agua y aprovechando los

recursos locales disponibles, a través de programas de reconversión productiva, y el programa sectorial de desarrollo

agropecuario en su objetivo 3. Promover la capitalización, impulsando la competitividad y el mejoramiento continuo de las

unidades de producción forestales, agrícola, pecuario, piscícola, así como las artesanales, de transformación y

comercialización. Meta 2; crear unidades de producción (vía capacitación y tecnificación), libres de agroquímicos,

pesticidas y transgénicos, así como el número de productores y población que viven en las zonas urbanas y rurales con

distintivo de calidad de buenas prácticas agrícolas, en materia de aprovechamiento, uso de agua, sanidad e inocuidad.

Los lineamientos se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México en el Derecho 10: Derecho a un

medio ambiente sano, Objetivo Especifico 10 05 Reducir los compuestos y gases/emisiones de efecto invernadero, a fin de

incrementar la calidad de vida de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México; Estrategia 10 05 03 Diseñar

y operar acciones de educación y difusión ambientales permanentes que promuevan en la ciudadanía una conciencia para

generar cambios que coadyuven al cuidado del medio ambiente, a la mitigación y adaptación al cambio climático, para

disminuir progresivamente los riesgos que enfrentan las poblaciones más afectadas (niños, niñas, adolescentes, personas

adultas mayores, personas con discapacidad, entre otras).

Adicionalmente los lineamientos tienen una relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en su Objetivo No. 6

Agua Limpia y Saneamiento. Objetivo de Desarrollo Sostenible Garantizar la Disponibilidad y la Gestión Sostenible del

Agua y el Saneamiento para Todos. Meta 6.6 Proteger y Restablecer los ecosistemas relacionados con el agua, incluidos los

bosques, las montañas, los humedales, los ríos, los acuíferos, y los lagos. Objetivo No. 15 Vida de los Ecosistemas

Terrestres. Objetivo de Desarrollo Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres gestionar

sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la

perdida de la biodiversidad. Meta 15.1 De aquí a 2020, asegurar la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de

los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y sus servicios, en particular los bosques, los

humedales, las montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de acuerdos

internacionales.

III. Diagnóstico

El área Metropolitana de la Ciudad de México conforma una de las aglomeraciones urbanas más grandes del mundo. En su

corazón se encuentra la Ciudad de México, con una población de 8.85 millones de personas de acuerdo con el INEGI en su

censo poblacional 2010. Aproximadamente 22,800 HA se dedican a la producción de cultivos, principalmente en las

delegaciones de Tlalpan, Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco. En estas zonas se producen maíz, frutales, hortalizas y

animales para el autoconsumo familiar y la venta local, pero también hay una producción a mayor escala de nopal

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 131

(chumbera), amaranto, hortalizas, hierbas y plantas ornamentales para los mercados urbanos y regionales. Cinco zonas

chinamperas son el principal componente que configura lo que podría ser la Zona Núcleo dentro del Polígono Patrimonio

Mundial (González Pozos, UAM Xoch. 2016).

El sistema agrícola chinampero representa la base de la Declaratoria otorgada por la UNESCO a una zona de 7,534

hectáreas localizado en las delegaciones de Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta de la Ciudad de México. El sistema

chinampero ocupa una superficie del 30% del área total patrimonial equivalente a 2,215 hectáreas; el 74% (1,646 hectáreas)

se ubican en la Delegación de Xochimilco y el 26% restante de la Delegación de Tláhuac (569 hectáreas).

Solo existen cinco zonas chinamperas conservadas, en torno a los pueblos originarios que datan de la época prehispánica,

tres en la Delegación Xochimilco: Xochimilco, San Gregorio Atlapulco y San Luis Tlaxialtemalco y dos en la Delegación

de Tláhuac: San Pedro Tláhuac y Mixquic-Tetelco.

La Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta

convino y coordinó los Estudios de: “Caracterización y Catalogación de las chinampas de la zona reconocida por la

UNESCO como Patrimonio Mundial de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”, elaborado por la Universidad

Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco; es importante mencionar que desde su declaratoria en el año de 1987, no se

había elaborado un estudio que permitiera conocer el estado actual que guarda el sistema chinampero en su conjunto, y se

desconocía la cantidad de chinampas que aún existen en la Zona Patrimonial, así como su condición en términos de

actividad productiva, los datos que se han generado emiten conocimiento puntual sobre la zona chinampera y ofrecen

información primordial para la comprensión del momento actual en el que se encuentra el sistema chinampero, tanto para la

toma de decisiones institucionales, como para establecer un punto de partida que permita homologar las diversas cuantías,

que carentes de respaldo, circulan sobre el conjunto de chinampas que actualmente se conservan en la Zona Patrimonial.

Que en la zona rural se encuentran especies animales y vegetales de importancia biológica, cultural y alimentaria; que

ejemplo de ellas es el ajolote (Ambystoma mexicanum), especie considerada modelo biológico para investigaciones

médicas y en peligro de extinción (NOM-059-SEMARNAT-2010).

III.1.- Antecedentes

El 4 de diciembre de 1986 el Ejecutivo Federal público en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Zona de

Monumentos Históricos un área de 89.65 km2, ubicadas en las delegaciones Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

El 11 de diciembre de 1987, la UNESCO declaró Patrimonio Mundial, Cultural y Natural al sistema de chinampas de

Xochimilco y Tláhuac, por el valor que conservan sus canales y chinampas, similares a los que existían en el islote que

albergaba México-Tenochtitlán y que conformaban el sistema que permitía el desarrollo sustentable de una comunidad

densamente poblada, por lo que debe ser protegido para beneficio de la humanidad.

Los días 7 y 11 de mayo de 1992 por Decreto Presidencial en el Diario Oficial de la Federación, se estableció como zona

prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico y se declaró área natural protegida, bajo la categoría de

zona sujeta a conservación ecológica, la zona conocida como “Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco”, en la

Delegación Xochimilco.

El 31 de enero de 2005, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el acuerdo de creación de la Comisión

Interdependencial para la conservación del Patrimonio Natural y Cultural de Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco, como un

Órgano de Planeación, Coordinación, Apoyo, Consulta y Seguimiento de los programas, proyectos y acciones que

promovieran la investigación, difusión, protección, conservación, mantenimiento, restauración y desarrollo sustentable del

Patrimonio Mundial Natural y Cultural de Xochimilco, Tláhuac y Milpa alta.

Para consolidar, ampliar y eficientar las políticas, programas y acciones del gobierno en materia de investigación, difusión,

protección ecológica, conservación, mantenimiento, restauración y desarrollo sustentable del área que comprende el

Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, el Jefe de Gobierno de la

Ciudad de México, mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 11 de diciembre de

2012, creo la autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta, como órgano de apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno, dotado de atribuciones propias y en el que

además se concentren, por delegación, las atribuciones y facultades que las dependencias y órganos de la Administración

Pública de la Ciudad de México, ejerzan en el territorio declarado por la UNESCO Patrimonio Mundial.

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132 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

En septiembre de 2017, se publica El decreto por el que se modifica el diverso por el que se crea la Autoridad de la Zona

Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta como un Órgano de Apoyo a

las Actividades de la Jefatura de Gobierno en las Delegaciones Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta de la Ciudad de México,

cuyo objeto es salvaguardar los bienes patrimoniales con valor universal, clasificados como productivos, naturales y

culturales, que se encuentran en la Zona referida.

En el año 2016, inician estas actividades con los “Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades

Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de

la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”, ejecutando

proyectos y acciones para la recuperación y restauración de las chinampas en esta Zona con participación vecinal.

La zona lacustre ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco constituye un ecosistema remanente de la cuenca de

México, importante por la biodiversidad que alberga y el patrimonio genético que representa; asimismo, dicha zona es

reconocida por el Convenio Sobre Humedales (RAMSAR, 2004); además la zona cuenta con el reconocimiento como Sitio

Importante del Patrimonio Agrícola Mundial por el agrosistema chinampero característico de la zona, por su valor ecológico

y agronómico así como a nivel de paisaje; como sistema productivo representa un ejemplo a nivel mundial de un desarrollo

tecnológico nativo, ecológicamente adecuado, culturalmente valorado, asimismo, agronómica y biológicamente considerado

como un modelo para el estudio de aspectos ecológicos, de sinergias, microbiológicos, sociológicos, entre otros (SIPAM,

2017); y es reconocida como Área Importante para la Conservación de las Aves (AICAS, 2007).

Para 2017 hay continuidad a los Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Acciones Institucionales para

la Recuperación y Restauración de Chinampas ubicadas dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y

Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, los cuales son publicados en la Gaceta Oficial No. 123 de

fecha 1 de agosto, beneficiando a 79 chinamperos productores de manera directa.

Que el sismo de septiembre de 2017 agravó la problemática de la zona rural donde se agudizaron o generaron una serie de

problemas entre los que desatacan: el acceso limitado o nulo al agua para riego, la aparición de daños en las chinampas,

tablas y parcelas, la aparición o agravamiento de daños en la red de canales y redes de distribución de agua, daños en los

sistemas hidroagrícolas entre otros, que afectaron a las delegaciones rurales Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco en grado tal

que fueron declaradas “zonas de desastre”.

IV. Los objetivos y alcances

IV.1 Objetivo General

Preservar, conservar y difundir la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad, a través de actividades de

reactivación y producción agrícola de las chinampas, parcelas, parajes y/o predios en Delegaciones Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta, a través de proyectos productivos de desarrollo rural, con la finalidad de mejorar las condiciones de la

producción agrícola, así como la calidad de vida de los habitantes de la Zona Patrimonio.

IV.2 Objetivos Específicos

1.- Preservar el sistema chinampero de la zona patrimonio como “Sistemas Ingeniosos de Patrimonio Agrícola Mundial.”

2.- Fomentar e impulsar el desarrollo agrícola mediante apoyos a proyectos de producción agrícola, mediante la reactivación

y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes o predios en la Zona Patrimonio.

3.- Fomentar, conservar e impulsar el desarrollo agrícola entre agricultores, chinamperas y chinamperos, mediante apoyos

económicos a los cultivos de hortalizas, flores, frutales y otros en la Zona Patrimonio con buenas prácticas agrícolas.

4.- Apoyar a la población de la Zona Patrimonio propiciando la economía solidaria y el comercio justo, toda vez, que esto

promueve el derecho al trabajo digno y a la alimentación nutritiva y suficiente.

5.- Fomentar e impulsar el desarrollo agrícola y cultural mediante apoyos a proyectos de producción agrícola chinampera,

de conservación ambiental, mediante la aplicación de mejores prácticas o innovaciones tecnológicas y empleo rural.

6.- Contribuir a la recuperación de suelos ociosos en la zona chinampera, parajes, parcelas y/o predios por medio de ayudas

que generen procesos de producción sostenibles y con prácticas agroecológicas; contribuyendo al derecho de un medio

ambiente saludable.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 133

7.- Apoyar a la población rural a través de diversas ayudas que contribuyan a la satisfacción de necesidades para su

desarrollo personal, productivo y comercial; contribuyendo al derecho a la salud y a la cohesión social.

A través de estos objetivos específicos se conforman las estrategias que el Gobierno de la Ciudad de México, por medio de

la Autoridad de la Zona Patrimonio, realiza a través de fomentar la equidad social impulsando el desarrollo de la zona

patrimonio con enfoque de género y sustentabilidad, con estricto apego a las normas ambientales y a la originalidad de cada

unidad de producción.

IV.3 Alcance

Otorgar apoyos económicos a productores de la Zona Patrimonio en la Ciudad de México, con la finalidad de fomentar la

reactivación y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes y/o predios para fortalecer las prácticas rurales y

contribuir a mejorar su calidad de vida.

Se busca también promover la inclusión y Desarrollo Social de la población rural, indígena, de Pueblos Originarios y

Comunidades de Distinto Origen Nacional, promoviendo políticas de equidad de género que promueve el Gobierno de la

Ciudad de México para el acceso a los Programas Sociales y así asegurar las condiciones igualitarias entre mujeres y

hombres con el pleno ejercicio de sus Derechos Humanos.

Promover, conservar y divulgar el patrimonio cultural y natural, con el propósito de fortalecer los vínculos de identidad,

apropiación de la herencia cultural y de la cultura contemporánea de la población capitalina.

V. Meta Física

Se financiera proyectos productivos para la reactivación y producción agrícola de chinampas, parcelas, parajes y/o predios

hasta por $ 450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos), hasta agotar la suficiencia presupuestal, siempre y cuando se

cumplan con los requisitos que establecen los presentes Lineamientos.

VI. Programación presupuestal

El presupuesto total programado correspondiente a la Acción Institucional es $ 5,824,287.80 (Cinco millones ochocientos

veinticuatro mil doscientos ochenta y siete pesos 80/100 M.N.).

VII. Los requisitos y procedimientos de acceso

VII.1 Difusión

La difusión de la presente actividad y sus apartados será realizada mediante publicación de los presentes Lineamientos en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Los formatos y documentación necesaria que deberán presentar los interesados para

el registro a los Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de “Proyectos Productivos para el Desarrollo Rural

en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018, podrán ser encontrados en la oficina de la Autoridad de la Zona Patrimonio

Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, la cual se encuentra ubicada en las

instalaciones del Centro de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col.

Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México.

El listado de las solicitudes que sean aprobadas estará disponible para su consulta a través del portal de internet de la

Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta:

www.azp.cdmx.gob.mx., de acuerdo a la normatividad de transparencia vigente.

VII.2 Requisitos de Acceso

La documentación solicitada deberá ser entregada en la oficina de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y

Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta la cual se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro

de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo

San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México, los días 16 y 17 de agosto de 2018 en un horario de

10:00 a 17:00 horas

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134 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Los requisitos y documentos que deberán de presentar los solicitantes en los presentes lineamientos son:

No. Requisito Documento

1 Las solicitudes serán en grupos de trabajo de 3 a 5

integrantes.

Solicitud con firma autógrafa o huella dactilar de la

persona interesada.

2 Presentar documento de identidad y ser mayor de edad.

Identificación oficial vigente (credencial para votar,

pasaporte, cartilla, cédula profesional y/o licencia de

manejo).

3 Acreditar la propiedad o posesión legal de la Chinampa,

parcela, paraje y/o predio.

Constancia expedida por autoridad local competente

que señale que se tiene la posesión de la Chinampa,

parcela, paraje y/o predio.

En caso de arrendamiento (arrendamiento con copia de

identificación oficial del arrendatario, comodato con

copia e identificación oficial del comodante, anuencia,

constancia de posesión o usufructo, entre otras).

4

Los grupos de trabajo, deberán presentar la opinión de uso de

suelo emitida por la autoridad competente, o en su caso la

solicitud correspondiente debidamente tramitada.

Opinión de uso de suelo (o similar) CORENA y/o

Delegacional.

5 Comprobante de domicilio.

Copia de comprobante de domicilio (recibo de agua,

luz, predial, telefonía fija), con una vigencia no mayor

a 3 meses.

6 Comprobante de nacionalidad. Clave Única de Registro de Población (CURP).

7

Manifestar bajo protesta de decir verdad que el proyecto

presentado, no será beneficiado por otra Institución

Gubernamental del ámbito federal y/o local.

Escrito en el que señale bajo protesta de decir verdad

que el proyecto presentado, no será beneficiado por

otra Institución Gubernamental del ámbito federal y/o

local.

8

Si el solicitante, ha sido beneficiado de los programas sociales

o Acciones Institucionales de la Autoridad de la Zona

Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, durante el ejercicio 2017

y 2018

Deberá de proporcionar Acta Finiquito 2017 en su

caso.

9 Currículum Vitae del Asesor Técnico. Documento que acredite los conocimientos técnicos

para el desarrollo de proyectos en la materia.

Se debe presentar copia legible de la documentación señalada para conformar el expediente, y original para cotejo, que le

serán devueltos inmediatamente después de hacer el registro.

La solicitud deberá contener cuando menos los siguientes datos de forma enunciativa más no limitativa:

-Datos generales del solicitante o grupo de trabajo, como personas físicas (nombre, dirección, número telefónico (fijo y

móvil), sexo, ocupación, CURP, edad, estado civil, dependientes económicos, escolaridad, lugar de nacimiento y tiempo de

residencia).

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 135

- Desarrollo de actividades a realizar, el cual deberá describirse de forma detallada indicando cada una de las acciones a

realizar, así como el lugar y fecha de su realización.

- Cronograma de actividades.

- Describir de manera detallada, cuantitativa y cualitativa cada una de las tareas a desarrollar por cada una de las

actividades. especificar cuáles son los pasos o procesos a seguir desde su inicio y hasta su conclusión.

- Ubicación de un mapa con coordenadas geográficas.

- Señalar los cultivos o actividades describiendo características agrícolas.

- Costo total del proyecto.

Las personas y/o grupos de trabajo deberán otorgar todas las facilidades al personal directivo o de apoyo de la Autoridad de

la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, para realizar una visita de

supervisión en la cual se verificará la existencia de la Chinampa, Parcela, Paraje y/o Predio, para analizar la factibilidad y

pertinencia de otorgar el apoyo.

Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale en acuerdo el Grupo Dictaminador.

Lugar dónde deberá ser entregada las solicitudes:

Domicilio Área Responsable

Avenida Año de Juárez No. 1900, Colonia Quirino

Mendoza, San Luis Tlaxialtemalco, Delegación

Xochimilco de la Ciudad de México, C. P. 16610

Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y

Naturales.

Solamente las solicitudes que hayan cubiertos todos los requisitos establecidos en estos lineamientos, tendrán derecho de

ingresar al procedimiento de selección.

VII.3 Convocatoria

El proceso de convocatoria será cubierto a través de carteles colocados en las oficinas que más adelante se señalan, así como

mediante la publicación de los presentes lineamientos en el órgano oficial de difusión de la Ciudad de México y en la página

web oficial: www.azp.cdmx.gob.mx; Además estarán disponibles para la ciudadanía en las oficinas de la Autoridad de la

Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta. Ubicadas en Av. Año

de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México,

Tel. 1547-0911 en un horario de 10:00 a 17:00 horas.

VII.4 Criterios de Selección.

a) Para realizar la selección y emitir el dictamen correspondiente, la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y

Naturales, realizará el procedimiento de revisión de las solicitudes, sustentada en la información y documentación que se

establecen los presentes lineamientos.

b) Una vez concluido el proceso anterior la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, expedirá un folio de

registro único e intransferible por cada uno de los expedientes y proyectos. Posteriormente realizará un informe con la

selección de cada proyecto, el cual será presentado ante el grupo dictaminador, que validará los resultados finales los cuales

serán públicos e inapelables.

c) Sólo se presentará una solicitud por grupo de trabajo.

d) La selección de grupos de trabajo beneficiados se realizará de manera colegiada y por mayoría simple a través de un

Grupo Dictaminador compuesto por el Coordinador General y la estructura orgánica, hasta nivel de Jefatura de Unidad

Departamental de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, así

como el titular de la Dirección de Administración.

La simple presentación de la solicitud de apoyo y documentación solicitada en los lineamientos, no crea derecho para

otorgar los recursos al proyecto.

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136 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

El solicitante podrá conocer el estado de su trámite, mediante los listados que se publicarán en la página

http://www.azp.cdmx.gob.mx y estarán visibles en las oficinas ubicadas en San Fernando No. 160, Colonia Toriello Guerra,

Delegación Tlalpan de la Ciudad de México, C.P. 14000 y las ubicadas en Avenida Año de Juárez No. 1900, Colonia

Quirino Mendoza, San Luis Tlaxialtemalco, Delegación Xochimilco de la Ciudad de México, C.P. 16610 en un horario de

10:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.

En el caso de que alguna persona decida renunciar a la actividad, el grupo dictaminador tendrá la facultad de reasignar los

recursos a otro proyecto viable sin recursos asignados.

El listado de solicitudes aceptadas se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en la página web de la

Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

Los datos de las personas beneficiarias a través estos Lineamientos, será de carácter reservados, de acuerdo a la

normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o

comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en estos Lineamientos.

Así mismo se aplicará la Política de Género que promueve el Gobierno de la Ciudad de México, asegurando las condiciones

igualitarias entre mujeres y hombres con el pleno ejercicio de sus Derechos Humanos.

De igual manera garantizando la igualdad en el trato y no discriminación; así como promover, conservar y divulgar el

patrimonio cultural y natural, con el propósito de fortalecer los vínculos de identidad, apropiación de la herencia cultural y

de la cultura contemporánea de la población capitalina.

No podrán acceder a los beneficios de los Lineamientos, las y los servidores públicos de la Ciudad de México o los que

realicen funciones operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable.

En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en los

presentes Lineamientos y la normatividad aplicable en la materia.

VII.5 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal.

En los casos en que aun habiendo cumplido con los requisitos de acceso a los presentes Lineamientos y derivado de la

revisión se constate que la persona, personas y/o grupo de trabajo, serán causales de no selección los siguientes:

a) El beneficiario no hubiere finiquitado recursos en ejercicios fiscales anteriores en la Autoridad de la Zona Patrimonio

Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

b) No hubiere cumplido con la entrega de documentación adicional solicitada en los términos y plazos señalados en el

artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.

c) Se evidencie la falsedad en la documentación entregada.

d) Que el proyecto no se lleve a cabo en la chinampa, parcela, paraje o predio que se detalló en la solicitud de acceso en

caso de haber cambio de domicilio deberá notificarlo a la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales de la

Autoridad de la Zona Patrimonio mediante escrito.

Así mismo se llevará a cabo la verificación física del nuevo domicilio de la chinampa, parcela, paraje y/o predio a

beneficiar.

e) En caso de fallecimiento y/o imposibilidad grave de algún integrante del grupo de trabajo se deberá notificar y solicitar la

sustitución mediante escrito firmado por los participantes del grupo restantes dirigido al Coordinador General de la

Autoridad de la Zona Patrimonio.

f) El incumplimiento a los compromisos establecidos en el convenio de colaboración causara la suspensión o baja de la

actividad.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 137

g) Los asesores técnicos podrán colaborar como máximo hasta en 4 proyectos en el marco de los presentes lineamientos.

VIII.- Procedimiento de Instrumentación.

El procedimiento de instrumentación se sujetará a lo establecido en los presentes Lineamientos, salvo los casos que señale el

Grupo Dictaminador de la Autoridad de Zona Patrimonio.

VIII.1 Operación.

La apertura de la ventanilla para recibir los proyectos, serán los días 16 y 17 de agosto del 2018 de 10:00 a 17:00 horas.

La Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, analizará las solicitudes dentro de los 10 días hábiles

siguientes al cierre de las ventanillas, solo los proyectos ingresados con documentación completa serán sometidos ante el

Grupo Dictaminador.

Una vez que los expedientes se encuentren completos, la Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales

realizará la supervisión a los proyectos propuestos a fin de verificar las condiciones físicas del lugar para llevar a cabo el

proyecto.

El Grupo Dictaminador revisará y valorará los proyectos que se ingresen y en su caso los aprobará.

La Dirección de Bienes Patrimoniales Productivos y Naturales, notificará a los solicitantes la resolución correspondiente,

para lo cual los interesados deberán acudir al domicilio ubicado en Avenida año de Juárez 1900, Colonia Quirino Mendoza,

San Luis Tlaxialtemalco, Delegación Xochimilco, C.P. 16610 Ciudad de México.

Los listados de los proyectos serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como en la página oficial de

la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

VIII.2 De la ejecución de las Acciones Institucionales

a) La Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, firmará un

convenio de colaboración con cada uno de los grupos de trabajo, cuya chinampa, parcela, paraje y/o predio, haya sido

aprobada por el Grupo Dictaminador.

En dicho instrumento jurídico se señalarán las obligaciones, compromisos, plazos y metas de cumplimiento, así como el

monto de los recursos económicos asignados para la ejecución de las acciones y la periodicidad de los mismos.

Adicional se suscribirá manifiesto en el que el grupo de trabajo se compromete a presentar la documentación comprobatoria

de los recursos económicos que sean utilizados para el desarrollo de las actividades autorizadas.

b) La documentación probatoria para respaldar la utilización de los recursos podrán ser entre otros: notas de remisión, lista

de pago por jornal, recibos, comprobantes fiscales digitales por internet u otros documentos de comprobación de pago de los

recursos.

Dentro del presente rubro cabe incluir el costo del técnico responsable de la elaboración del proyecto, mismo que no puede

exceder de los $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 M.N.),

d) La Autoridad de la Zona Patrimonio entregará hasta en dos ministraciones los recursos autorizados de acuerdo a la norma

que determine el Grupo Dictaminador.

h) El grupo de trabajo deberá presentar una carpeta de evidencias e informe final que deberá contener la menos los

siguientes rubros:

1.- Datos General del Grupo y Proyecto

2.- Memoria Fotográfica antes y despúes de las actividades.

3.- Informe de final de actividades, con soporte documental.

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138 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

Las personas y/o grupos de trabajo son los responsables de utilizar los recursos asignados a sus proyectos conforme a los

presentes lineamientos, convenio de colaboración y otras normas aplicables. Ante una irregularidad la Autoridad de la Zona

Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta aplicará la normatividad

administrativa que corresponda y hará del conocimiento del área jurídica de la AZP.

Todos los formatos y trámites son gratuitos.

IX. El procedimiento de queja o inconformidad ciudadana

En cualquier momento la o los interesados podrán interponer queja debidamente fundada y motivada, en persona, por

escrito, vía telefónica o por correo electrónico ante la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la

Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, en la oficina de que se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro

de Educación Ambiental ―Acuexcomatl, con domicilio en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo

San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad de México. O bien en las instalaciones de la Coordinación

General de la Autoridad de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, ubicadas en Av. San Fernando #160, Col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan, C.P.

14000, en un horario de 10:00 a 17:00 horas; a los números telefónicos 5843 9109 y 1547 0911 o bien al correo electrónico:

[email protected] cuando considere que se afectan sus derechos, dicha queja deberá estar dirigida al Coordinador

General de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta. De la misma forma, podrán acudir ante el Órgano de Control Interno en la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de

México, ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, en el Mezzanine, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000,

Ciudad de México.

La Jefatura de Unidad Departamental de Asuntos Jurídicos y de la Unidad de Transparencia de Autoridad de la Zona

Patrimonio tiene 10 días hábiles contados a partir de la recepción del escrito de queja o incidencias para emitir la respuesta

correspondiente. También se podrá presentar queja o inconformidad sobre el servicio ante el Órgano de Control Interno en

la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, en el mezzanine, Col. Centro,

Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México.

X. Los mecanismos de exigibilidad

La Autoridad tendrá a la vista del público los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos en apego a la

normatividad aplicable; así como de los presentes ― Lineamientos de Operación de la Acción Institucional de

“Proyectos Productivos para el Desarrollo Rural en las Chinampas, Parcelas, Parajes y/o Predios en la Zona

Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta 2018”, y estarán

colocados a la vista del público en las oficinas ubicadas en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo de

San Luis Tlaxialtemalco, C.P. 16610, Delegación Xochimilco. Además, serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México y estarán disponibles en la página web oficial de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural

de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta www.azp.cdmx.gob.mx.

En cualquier momento la o los interesados podrán hacer exigible el cumplimiento de los presentes Lineamientos de

Operación, de manera debidamente fundada y motivada, en persona, por escrito, vía telefónica o por correo electrónico ante

la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, en

la oficina que se encuentra ubicada en las instalaciones del Centro de Educación Ambiental ―Acuexcomatl‖, con domicilio

en Av. Año de Juárez No. 1900, Col. Quirino Mendoza, Pueblo San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco, C.P. 16610, Ciudad

de México. O bien en las instalaciones de la Coordinación General de la Autoridad de la Autoridad de la Zona Patrimonio

Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, ubicadas en Av. San Fernando #160,

Col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan, C.P. 14000, en un horario de 10:00 a 19:00 horas; a los números telefónicos 5843

9109 y 1547 0911 o bien al correo electrónico: [email protected], cuando considere que es necesario hacer efectivo

este derecho, dicha exigencia deberá estar dirigida al Coordinador General de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial

Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 139

XI. Las formas de participación social

Participante Etapa en la que

participa

Forma de

Participación Modalidad

Solicitantes Operación Presentación de

proyectos de trabajo

Asociación (grupo de

trabajo)

Integrantes de grupos de

trabajo Ejecución

Ejecución de los

trabajos propuestos

Informes y Revisiones

(información y consulta

XII. La articulación con otros programas sociales.

Programa o Acción

Social con que se

articula.

Dependencia o Entidad

Responsable.

Acciones con las que

colaboran.

Etapas del Programa

Comprometidas.

Programa para el

Rescate, Conservación y

Preservación de los

Bienes Patrimoniales de

la Zona Patrimonio en

Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta

Autoridad de la

Autoridad de la Zona

Patrimonio Mundial

Natural y Cultural de la

Humanidad en

Xochimilco, Tláhuac y

Milpa Alta

Ejecución de actividades

por parte de los grupos

de trabajo. Reactivación

chinampas, parcelas,

parajes y/o predios.

Ejecución de actividades por

parte de los grupos de trabajo.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. - Los presentes lineamientos entran en vigor el día de su publicación en Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México a 14 de agosto de 2018.

(Firma)

Lic. Arturo Pavón Mercado

Titular de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco,

Tláhuac y Milpa Alta.

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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

CONVOCATORIA No. DAZCA/DGODU/010-2018

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LOCAL)

Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco en observancia a lo dispuesto en la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3º apartado “a” fracción I y IV, 5, 23, 24 inciso A),

25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44 fracción I inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26 de su Reglamento, convoca a las personas

físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Base de Precios

Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:

No. De Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de

Inicio

Fecha de

Termino

Plazo de

Ejecución

Capital Contable

mínimo requerido

30001058/LP/025/2018

MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN

DE INFRAESTRUCTURA COMERCIAL; (MERCADO

OBRERO PUPULAR, CLAVERÍA, FORTUNA NACIONAL Y

VICTORIA DE LAS DEMOCRACIAS).

12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’360,000.00

Costo de las Bases Fecha límite para

adquirir las bases

Visita al Lugar

de la Obra

Junta de

Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único

Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora

$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18

8:00 8:00 8:00

Los recursos fueron autorizados con Oficio de Inversión de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México Número

SFCDMX/SE/DGPP/2296/2017 de fecha 26 de Diciembre de 2017.

Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles

Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México., a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a

viernes de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles.

Requisitos para adquirir las bases:

Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:

1.- El comprobante de pago de bases de la adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, así mismo deberá de

elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de interés en participar en la licitación (es) elegida (s).

1.1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.

1.2.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el

capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula

profesional del contador.

1.3.- En caso de estar en trámite el registro:

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Constancia de registro en trámite acompañado de:

Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el

capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula

profesional del contador. Cabe señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de

concursante deberá presentarse en la propuesta técnica del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.

2.- En caso de adquisición:

2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1.1 y 1.2, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como

se indica en las bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.

2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta

Delegación, previa presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.

3.- La forma de pago de bases se hará:

3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado ó de Caja,

Expedido a favor del Gobierno de la Ciudad de México Secretaría de Finanzas con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en el

Distrito Federal.

4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,

2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado

de la empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero

o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para

cotejar), la asistencia a la visita de obra es obligatoria.

5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso,

Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la

empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto,

ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original

para cotejar), la asistencia a la junta de aclaraciones es obligatoria.

6.- El acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y

Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados

anteriormente.

7.- No se otorgarán anticipos del 0 % (cero por ciento) para inicio de obra y 0 % (cero por ciento) para compra de materiales y/o equipos de instalación

permanente.

8.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.

9.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: unidades de moneda nacional.

10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por

escrito de la convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes

que tengan o hayan celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando

documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también

currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera,

administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la Licitación Pública Nacional.

12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis

comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que

reuniendo las condiciones establecidas en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica,

económica financiera y administrativa que resulte ser la más conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.

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13.- El pago se hará mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la

documentación que acredite la procedencia del pago.

14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de

Finanzas de la Ciudad de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal.

15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.

Ciudad de México a 10 de Agosto de 2018.

(Firma)

ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

CONVOCATORIA No. DAZCA/DGODU/011-2018

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LOCAL)

Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco en observancia a lo dispuesto en la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3º apartado “a” fracción I y IV, 5, 23, 24 inciso A),

25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44 fracción I inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26 de su Reglamento, convoca a las personas

físicas y morales interesadas en participar en las licitaciones de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Base de Precios

Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:

No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de

Inicio

Fecha de

Termino

Plazo de

Ejecución

Capital Contable

mínimo requerido

30001058/LP/026/2018

CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA

DE DESARROLLO SOCIAL (SALÓN DE USOS MÚLTIPLES

XOCHINAHUAC)

12/09/18 31/12/18 111 D.N. $1’950,000.00

Costo de las Bases Fecha límite para

Visita al Lugar Junta de

Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único

de la Obra

adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora

$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18

10:00 10:00 10:00

No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de

Inicio

Fecha de

Termino

Plazo de

Ejecución

Capital Contable

mínimo requerido

30001058/LP/027/2018 REHABILITACIÓN Y DESAZOLVE DE LA RED DE DRENAJE

EN 14 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’000,000.00

Costo de las Bases Fecha límite para

Visita al Lugar Junta de

Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único

de la Obra

adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora

$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18

12:00 12:00 12:00

No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de

Inicio

Fecha de

Termino

Plazo de

Ejecución

Capital Contable

mínimo requerido

30001058/LP/028/2018 REHABILITACIÓN DE LOS DEPORTIVOS CEYLÁN Y

AZCAPOTZALCO EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’000,000.00

Costo de las Bases Fecha límite para

Visita al Lugar Junta de

Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único

de la Obra

adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora

$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18

14:00 14:00 14:00

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No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de

Inicio

Fecha de

Termino

Plazo de

Ejecución

Capital Contable

mínimo requerido

30001058/LP/030/2018

REHABILITACIÓN DE LA RED SECUNDARIA DE AGUA

POTABLE EN 7 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN

AZCAPOTZALCO

12/09/18 31/12/18 111 D.N. $3’090,000.00

Costo de las Bases Fecha límite para

Visita al Lugar Junta de

Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único

de la Obra

adquirir las bases Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora

$1,000.00 20/08/18 24/08/18 30/08/18 05/09/18

18:00 18:00 18:00

Los recursos fueron autorizados con Oficio de Inversión de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México Número

SFCDMX/SE/DGPP/2296/2017 de fecha 26 de Diciembre de 2017.

Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles

Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México., a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a

viernes de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles.

Requisitos para adquirir las bases:

Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:

1.- El comprobante de pago de bases de la adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, así mismo deberá de

elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de interés en participar en la licitación (es) elegida (s).

1.1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.

1.2.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el

capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula

profesional del contador.

1.3.- En caso de estar en trámite el registro:

Constancia de registro en trámite acompañado de:

Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el

capital contable mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula

profesional del contador. Cabe señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de

concursante deberá presentarse en la propuesta técnica del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.

2.- En caso de adquisición:

2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1.1 y 1.2, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como

se indica en las bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.

2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta

Delegación, previa presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.

3.- La forma de pago de bases se hará:

3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado ó de Caja,

Expedido a favor del Gobierno de la Ciudad de México Secretaría de Finanzas con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en el

Distrito Federal.

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4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,

2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado

de la empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero

o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para

cotejar), la asistencia a la visita de obra es obligatoria.

5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso,

Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la

empresa, escrito de presentación de la persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto,

ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original

para cotejar), la asistencia a la junta de aclaraciones es obligatoria.

6.- El acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y

Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados

anteriormente.

7.- No se otorgarán anticipos del 0 % (cero por ciento) para inicio de obra y 0 % (cero por ciento) para compra de materiales y/o equipos de instalación

permanente.

8.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.

9.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: unidades de moneda nacional.

10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por

escrito de la convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes

que tengan o hayan celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando

documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también

currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera,

administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la Licitación Pública Nacional.

12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis

comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que

reuniendo las condiciones establecidas en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica,

económica financiera y administrativa que resulte ser la más conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.

13.- El pago se hará mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la

documentación que acredite la procedencia del pago.

14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de

Finanzas de la Ciudad de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal.

15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.

Ciudad de México a 10 de Agosto de 2018.

(Firma)

ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

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146 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

SECCIÓN DE AVISOS

COMPAÑÍA INDUSTRIAL AZUCARERA SAN PEDRO, S.A. DE C.V.

EN LIQUIDACIÓN

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACIÓN

AL 30 DE JUNIO DE 2018

(Cifras en pesos)

A C T I V O P A S I V O

TOTAL PASIVO $0

CAPITAL CONTABLE

Capital Social $386’737,975

Déficit en el capital contable -461’420,934

Utilidad del Ejercicio de Liquidación 74’682,959

TOTAL CAPITAL CONTABLE $0

TOTAL ACTIVO $0 TOTAL PASIVO MÁS CAPITAL

CONTABLE $0

En cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, la sociedad Compañía

Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V., en liquidación, a través de su liquidador el Servicio de

Administración y Enajenación de Bienes, publica el presente Balance General Final de Liquidación para

todos los efectos legales a que haya lugar.

Concluidas las operaciones sociales que quedaron pendientes al tiempo de la disolución, no existe

remanente de Haber Social a repartir entre los socios.

(Firma)

L.C. ANTONIO JARAMILLO GÓMEZ

Director Ejecutivo de Liquidación de Empresas del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

Liquidador de Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V.

Ciudad de México, a 1° de agosto de 2018

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16 de Agosto de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 147

E D I C T O S

** E D I C T O **

JUZGADO 53 DE LO CIVIL

EMPLAZAMIENTO

Señor: Manuel Alejandro Jiménez Fuentes.

Señora: Leonor Elide Fuentes Vilchis.

En los autos del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Banca Afirme S.A., Institución de Banca Múltiple, Afirme

Grupo Financiero en contra de Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes Vilchis, expediente número

355/2016, el Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, ordeno lo siguiente:

“…. Ciudad de México, a dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete.

Insértese a los autos del expediente número 355/2016, el escrito presentado por la parte ejecutante. Se tienen por hechas las

manifestaciones que vierte en el ocurso de cuenta, como lo pide y atendiendo a que no se cuenta con domicilio alguno de los

codemandados en el presente asunto, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 1070 del Código de Comercio, se

ordena emplazar por medio de edictos a los codemandados Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes

Vilchis, edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el

periódico “Diario de México”, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días siguientes a la

última publicación, a recibir las copias de traslado correspondientes, para dar contestación a la demanda incoada en su

contra, ello dentro del plazo legal de ocho días, con el apercibimiento que de no hacerlo precluirá su derecho, y se tendrán

por negados los hechos de la demanda que dejaron de contestar, atento a lo dispuesto por el artículo 315, del Código Federal

de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria y se seguirá el juicio en su contumacia; para los efectos citados, quedan a

su disposición en la Secretaría “A” de este Órgano Jurisdiccional, las copias de traslado de ley, así mismo se apercibe a los

codemandados en el sentido de que si pasado el término del emplazamiento hecho en la forma indicada no comparecen a

juicio, se seguirá el mismo en su rebeldía y se les harán las posteriores notificaciones en términos de lo que establece el

artículo 1070, último párrafo, del Código de Comercio, es decir, por boletín judicial, en el local del juzgado sin su

presencia. ….”. “…. Notifíquese. Lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Andrés Martínez Guerrero, Juez

Quincuagésimo Tercero de lo Civil, asistido de la Secretaria de Acuerdos, Licenciada Rosario Adriana Carpio Carpio,

quien autoriza y da fe.”. R u b r i c a s.

La Secretaria de Acuerdos

(Firma)

Lda. Rosario Adriana Carpio Carpio.

Ciudad de México, a 8 de marzo de 2018.

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148 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno de la Ciudad de México

JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ

Consejero Jurídico y de Servicios Legales

VICENTE LOPANTZI GARCÍA

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos

CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

EDGAR OSORIO PLAZA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones

RICARDO GARCÍA MONROY

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

MIGUEL ÁNGEL ROMERO SALAZAR

INSERCIONES

Plana entera ................................................................................................... $ 1,924.00

Media plana ...................................................................................................... 1,034.50

Un cuarto de plana .............................................................................................. 644.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290,

Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet

www.consejeria.cdmx.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,

Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.

www.comisa.cdmx.gob.mx

(Costo por ejemplar $42.00)

AVISO IMPORTANTE

Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,

por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.