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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 30 DE DICIEMBRE DE 2016 No. 233 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal con numero de folio 17340-321SUPE16 para el predio ubicado en Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa 3 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal con numero de folio 87883-321JUGL15 para el predio ubicado en Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan 7 Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano Del Distrito Federal con numero de folio 55894-321MOAG14 para el predio ubicado en Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez 12 Aviso por el que se prorroga el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier Acto Administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular”, publicado el 19 de agosto de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal 17 Delegación Iztapalapa Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Ciudadano”, para el Ejercicio Fiscal 2017 19 Continúa en la Pág. 2

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 30 DE DICIEMBRE DE 2016 No. 233

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal con numero de folio 17340-321SUPE16 para el predio ubicado en Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa 3

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal con numero de folio 87883-321JUGL15 para el predio ubicado en Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan 7

♦ Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano Del Distrito Federal con numero de folio 55894-321MOAG14 para el predio ubicado en Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez 12

♦ Aviso por el que se prorroga el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier Acto Administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular”, publicado el 19 de agosto de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal 17

Delegación Iztapalapa

♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Ciudadano”, para el Ejercicio Fiscal 2017 19

Continúa en la Pág. 2

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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

Índice Viene de la Pág. 1

♦ Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Vincularse”, para

el Ejercicio Fiscal 2017 22

Instituto del Deporte

♦ Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde puede ser consultado el Programa Institucional del Instituto del Deporte de la Ciudad de México 25

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N1-2017.- Convocatoria N° 01.- Renovación de la estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa) 26

♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N2-2017.- Convocatoria N° 02.- Renovación de la estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa) 28

♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N3-2017.- Convocatoria N° 03.- Renovación de la estación Salto del Agua de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa) 30

♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N4-2017.- Convocatoria N° 04.- Renovación de la estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa) 32

♦ Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número SDGMLP-N5-2017.- Convocatoria N° 05.- Renovación de la estación Merced de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa) 34

♦ Sistema de Aguas de la Ciudad De México.- Fallos de las Licitaciones Públicas Nacionales Números SACMEX-LP-005-16, SACMEX-LP-006-16, SACMEX-LP-007-16, SACMEX-LP-008-16, SACMEX-LP-009-16, SACMEX-LP-012-16, SACMEX-LP-013-16, SACMEX-LP-016-16, SACMEX-LP-019-16, SACMEX-LP-020-16, SACMEX-LO-022-16, SACMEX-LO-023-16, SACMEX-LO-025-16, SACMEX-LO-031-16, SACMEX-LO-032-16, SACMEX-LO-037-16, SACMEX-LO-043-16, SACMEX-LO-048-16, SACMEX-LP-050-16, SACMEX-LP-055-2016, SACMEX-LP-056-2016, SACMEX-LP-057-2016, SACMEX-LP-058-2016, SACMEX-LP-060-2016, SACMEX-LP-061-2016 y SACMEX-LP-062-2016. 36

SECCIÓN DE AVISOS

♦ Texoro Textil, S.A. de C.V. 40

♦ Impulsol, S.A. de C.V. 41

♦ Desigrand, S.A. de C.V. 42

♦ Azul Tex, S.A. de C.V. 43

♦ Taffeta Textil, S.A. de C.V. 44

♦ AVISO 46

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Folio: 17340-321SUPE16 Ubicación: Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa.

En la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de 2016. EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente: RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES 1.- Con fecha 18 de marzo de 2016, el ciudadano Pedro Juárez Sosa, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa, solicitud que quedó registrada con el número de Folio 17340-321SUPE16; con una superficie de terreno de 171.70 m2, para el uso del suelo de 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, con los siguientes usos: Venta de Comida en 27.45 m²; Plomería en 19.215 m²; Telefonía Celular en 24.705 m² y Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de construcción. 2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado, se encuentran los siguientes:

a) Escritura número 16,095 de fecha 8 de noviembre de 1985, otorgada ante la fe del Licenciado Roberto Mendoza Nava, Notario Público número 2 del Distrito Federal, con la que Pedro Juárez Sosa, acredita la propiedad predio, señalando una superficie de terreno de 171.70 m2. Dicha escritura está debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 249639, el 19 de febrero de 1986.

b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 1613, de fecha 6 de julio de 2015, emitida por

la Delegación Iztapalapa. c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 25530-151COEF15 de fecha 22 de abril

de 2015, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación H 3/40/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno).

d) Identificación oficial del propietario, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto

Federal Electoral, No. 2488006223119. e) Memoria Descriptiva y Anteproyecto a Nivel Esquemático del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico

del predio y del área de estudio. 3.- Que con fecha 5 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

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4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo. II.- Que con fecha 5 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, para permitir el uso de 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, Servicios / Servicios técnicos, profesionales, financieros, de transporte y telecomunicaciones / Servicios de alimentos y bebidas a escala vecinal / Venta de Comida en 27.45 m²; y Servicios, reparación y mantenimiento, a escala vecinal / Plomería en 19.215 m² y Telefonía Celular en 24.705 m² / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios deportivos, culturales, recreativos, y religiosos en general / Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio en referencia. III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e interés general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- Que en el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo descrito en los Antecedentes de la presente Resolución Definitiva, se indica que el predio se ubica en la colonia Sector Popular, sin embargo, de acuerdo con la Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial descrito en los Antecedentes de la Resolución Definitiva el predio en comento se localiza en la Colonia Héroes de Churubusco, dato que será tomado como válido para efectos de la presente Resolución Definitiva. VI.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el oficio número SEDUVI/DGDU/DIDU/SIU/0034/2016 de fecha 12 de mayo de 2016, la Subdirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las deficiencias que presentaba su solicitud, siendo notificada el 24 de mayo de 2016, presentando el desahogo correspondiente el 27 de mayo de 2016, con lo cual se procedió dar continuidad al trámite. VII.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el solicitante. VIII.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio en referencia, el uso del suelo para 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, con los siguientes usos: Venta de Comida en 27.45 m²; Plomería en 19.215 m²; Telefonía Celular en 24.705 m² y Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5

construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE PRIMERO.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, para permitir el uso de 4 Locales Comerciales todos en Planta baja, Servicios / Servicios técnicos, profesionales, financieros, de transporte y telecomunicaciones / Servicios de alimentos y bebidas a escala vecinal / Venta de Comida en 27.45 m²; y Servicios, reparación y mantenimiento, a escala vecinal / Plomería en 19.215 m² y Telefonía Celular en 24.705 m² / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios deportivos, culturales, recreativos, y religiosos en general / Spinning en 25.62 m², dando una superficie total a ocupar de 96.99 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/B (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “B” (Baja), una vivienda por cada 100.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Sur 105 No. 352, Colonia Héroes de Churubusco, Delegación Iztapalapa, solicitado por el ciudadano Pedro Juárez Sosa, quien se acredita como propietario del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio 17340-321SUPE16, en una superficie de terreno de 171.70 m2. SEGUNDO.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztacalco, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a la

Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal. b) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro. c) No provocar congestionamiento vial. d) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos. e) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos. f) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal

vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico.

g) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.

h) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano. TERCERO.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el interesado no ha realizado los trámites y

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6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

pago por concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la presente Resolución quedará sin efectos. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular, solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos. Una vez publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición del interesado y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido. CUARTO.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades competentes impongan. QUINTO.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

(Firma)

ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

Folio: 87883-321JUGL15 Ubicación: Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan.

En la Ciudad de México, al dieciséis días del mes de diciembre de 2016. EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente: RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES 1.- Con fecha 7 de diciembre de 2015, la ciudadana Gloria Salas Juárez, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan, solicitud que quedó registrada con el número de Folio 87883-321JUGL15; para el uso del suelo de Consultorios Médicos en 2 niveles, con una superficie total ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción. 2.- Dentro de los documentos que presentaron la interesada, se encuentran los siguientes: a) Escritura número 56, 247 Libro 1, 289 de fecha 9 de julio de 2009, otorgada ante la fe del Licenciado Alfredo Miguel

Morán Moguel, Titular de la Notaría número 47 del Distrito Federal, con la que la ciudadana Gloria Juárez Salas, acredita la propiedad del predio señalado con una superficie de terreno de 204.00 m2. Dicha escritura está debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 1093851, el 13 de diciembre de 2010.

b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 949/2015 de fecha 17 de abril de 2015, emitida

por la Delegación Tlalpan. c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 21931-151MAHU15 de fecha 4 de junio de

2015, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación H 3/40/MB (Habitacional, 3 niveles máximo de construcción, 40% de área libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno).

d) Identificación Oficial de la Propietaria, mediante la Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto

Federal Electoral, No. 0471004023472. e) Memoria Descriptiva y Anteproyecto a Nivel Esquemático del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del

predio y del área de estudio. 3.- Que con fecha 14 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

CONSIDERANDO I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de

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8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo. II.- Que con fecha 14 de diciembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales /Servicios básicos en oficinas, despachos y consultorios a escala vecinal / Consultorios Médicos en 2 niveles, una superficie ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/MB (Habitacional, 3 niveles máximos de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda por cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio en referencia. III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 y15 de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e interés general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el solicitante. VI.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el oficio número SEDUVI/DGDU/DIDU/3361/2016 de fecha 22 de julio de 2016, la Dirección de Instrumentos Urbanos adscrita a la Dirección General de Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las deficiencias que presentaba su solicitud, siendo notificada el 10 de agosto de 2016, presentando el desahogo correspondiente el 17 de agosto de 2016, con lo cual se procedió dar continuidad al trámite. VII.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha 14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “..Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en su Artículo 42, no indica que los cambios de Uso del Suelo, puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su Artículo 14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.” VIII.- Que en respuesta a la solicitud señalada en el punto anterior, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indicó que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente:

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9

“1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”

2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo. (…)”

3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja, situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:

TRANSITORIOS

TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29 de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se expidan otras nuevas.

De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro que lo abrogue.” IX.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14 de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir en el predio en referencia, el uso del suelo para Consultorios Médicos en 2 niveles, con una superficie total ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos

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10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE Primero.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales /Servicios básicos en oficinas, despachos y consultorios a escala vecinal / Consultorios Médicos en 2 niveles, una superficie ocupada por el uso de 243.00 m² de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H 3/40/MB (Habitacional, 3 niveles máximos de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad “MB” (Muy Baja), una vivienda por cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno), para el predio ubicado en la calle Cristóbal Colón No. 48, Pueblo Chimalcóyotl, Delegación Tlalpan, solicitado por la ciudadana Gloria Salas Juárez, en su carácter de propietaria del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio 87883-321JUGL15, en una superficie de terreno de 204.00 m2. Segundo.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Tlalpan del Distrito Federal, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico vigente.

b) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.

c) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro. d) No provocar congestionamiento vial. e) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos. f) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos. g) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal

vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico.

h) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.

i) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

TRANSITORIOS

Primero.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano. Tercero.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las interesadas no ha realizado los trámites y pago por concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la presente Resolución quedará sin efectos. Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que las particulares, solicitarán su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

Una vez publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición de las interesadas y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido. Cuarto.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades competentes impongan. Quinto.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

(Firma)

ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.

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12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

Folio: 55894-321MOAG14 Ubicación: Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez.

En la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de diciembre de 2016. EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente: RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES 1.- Con fecha 6 de agosto de 2014, el ciudadano Agustín Montes de Oca Acosta, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez, solicitud que quedó registrada con el número de Folio 55894-321MOAG14; para el uso del suelo de Oficinas en 2 niveles, con una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción. 2.- Dentro de los documentos que presentó el interesado, se encuentran los siguientes: a) Escritura número 51,197 de fecha 19 de agosto de 2011, otorgada ante la fe del Licenciado Mauricio Martínez Rivera,

Titular de la Notaría número 96 del Distrito Federal, con la que Agustín Montes de Oca Acosta, acredita la propiedad del predio en referencia, con una superficie de terreno de 228.580 m2. Dicha escritura está debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio Real número 9211430, el 24 de marzo de 2012.

b) Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 0734 de fecha 25 de abril de 2014, emitida por la

Delegación Benito Juárez. c) Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 17226-151MOAG14 de fecha 27 de marzo de

2014, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “Z” número de viviendas resultado de dividir la superficie máxima de construcción entre la superficie por cada vivienda), que le concede la Norma de Ordenación sobre Vialidad Chichen Itzá-Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División del Norte a: Calzada de Tlalpan.

d) Identificación oficial del propietario, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto

Federal Electoral, No. 1774003451796. e) Memoria Descriptiva del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio. 3.- Que con fecha 8 de noviembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

CONSIDERANDO

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13

I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo. II.- Que con fecha 8 de noviembre de 2016, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en 2 niveles, en una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “Z” número de viviendas resultado de dividir la superficie máxima de construcción entre la superficie por cada vivienda), que le concede la Norma de Ordenación sobre Vialidad Chichen Itzá -Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División del Norte a: Calzada de Tlalpan), para el predio en referencia. III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, es viable, particularmente si se considera que no se contravienen disposiciones de orden público e interés general, y que en su procedimiento, intervienen un menor número de autoridades, circunstancias que lo hacen compatible con los principios estratégicos de simplificación, agilidad y economía, previstos en el artículo 12 fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. V.- Que con fundamento en el Artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, mediante el oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/DIDU/0911/2014 de fecha 17 de septiembre de 2014, la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitió un oficio de Prevención, para que el solicitante subsanara las deficiencias que presentaba su solicitud, siendo notificado el 13 de enero de 2015, presentando el desahogo correspondiente el 13 de enero de 2015, con lo cual se procedió dar continuidad al trámite. VI.- Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, mediante oficio número SEDUVI/CGDAU/DGDU/1689/11 de fecha 14 de diciembre de 2011, solicitó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, su opinión jurídica “…a efecto de determinar cuál es la definición que prevalece para los casos de Artículo 42, es decir, si los Cambios de Uso del Suelo sólo pueden autorizarse en Planta Baja, como lo señala el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, o si pueden autorizarse en niveles distintos a la Planta Baja…”, derivado de que la “..Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el , en su Artículo 42, no indica que los cambios de Uso del Suelo, puedan ser únicamente en planta baja…”, a diferencia de lo establecido en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, que en su Artículo 14 segundo párrafo, indica que: “…Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.” VII.- Que en respuesta a la solicitud señalada en el punto anterior, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el oficio número DGAJ/1226/2012 de fecha 27 de abril de 2012, indicó que el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, señalando lo siguiente: “1. Si bien es cierto, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, en su artículo 14 segundo párrafo dispone lo que literalmente se cita:

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14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano aquellos establecimientos que se ubiquen en planta baja con accesos directos a la vía pública y cuyos procesos de comercialización se desarrollen al menudeo; que no invadan la vía pública; no ocasionen congestionamientos viales; no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos; no utilicen materiales peligrosos y no emitan humos ni residuos perceptibles por los vecinos del lugar.(…)”

2. Así como también, el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, en la que el legislador analizó respecto a la necesidad de que el territorio del Distrito Federal ha venido sufriendo en las últimas décadas procesos de urbanización acelerados, con un crecimiento periférico expansivo y desarticulado que afecta al entorno ambiental, presiona sobre la dotación de servicios y pone en riesgo la sustentabilidad de la Ciudad, por lo que era necesario revisar y modificar las leyes que norman el desarrollo urbano y la planeación territorial, con el fin de mejorar los instrumentos de regulación, fomento y coordinación, para encontrar mecanismos efectivos de gestión urbana y ambiental, que garanticen una mejor calidad de vida a la población y el desarrollo sustentable de nuestra ciudad, por lo que incorpora en su texto lo siguiente:

“(…) Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo.(…)”

3. De lo anteriormente señalado, se desprende que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a diferencia de su Reglamento, no hace distinción para que los Cambios de Uso del Suelo se puedan autorizar únicamente en planta baja, situación que obedeció a ese proceso de actualización de la normativa en materia de desarrollo urbano, y para lo cual es importante destacar que en nuestro sistema jurídico, la Ley tiene mayor jerarquía que el Reglamento, y este último se encuentra supeditado a guardar congruencia con la Ley que le dio origen o que reconozca su vigencia (como en el caso que nos ocupa); es decir la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Lo que trae como consecuencia, que la interpretación y aplicación de ambos ordenamientos, deba ser en forma armónica y coherente. Por tal motivo, aplicaría al caso que nos ocupa el Artículo Transitorio Tercero de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 15 de julio de 2010, que a la letra dice:

TRANSITORIOS

TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicada el 29 de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se expidan otras nuevas.

De lo anteriormente señalado, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, seguirá vigente en lo que no contradiga a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de julio de 2010, hasta en tanto se expida otro que lo abrogue.” VIII.- Que de conformidad con lo previsto por el artículo 42, fracciones I, II, inciso a) y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, revisó y analizó la solicitud y la documentación presentada por el solicitante. IX.- Que en mérito a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI de su Reglamento, fueron revisadas y analizadas las constancias y documentos que integran el expediente en que se actúa, para permitir el uso del suelo para Oficinas en 2 niveles, con una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción, entendiéndose por uso, los fines particulares a que podrá dedicarse determinada zona o predio de la ciudad, mismo que se encuentra contemplado en la Tabla de Usos del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez, siendo congruente con los objetivos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, enfocados a impulsar la actividad económica del suelo urbano, coadyuvando al desarrollo económico en grupos de actividad comercial y de servicios, impulsando proyectos

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15

que generen y consoliden empleos, así como incrementando la inversión sostenida, generadora de bienestar, mejorando los servicios, optimizándolos, ahorrando tiempo de recorrido de quienes habitan y trabajan en ella, a fin de mejorar la calidad de vida de la población, además de ser congruente con los objetivos contenidos en el citado Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez, que plantean la consolidación de la diversidad de usos del suelo, manteniendo y mejorando los niveles de actividad en los sectores comercial y de servicios, los cuales permitan el arraigo de sus habitantes, además de integrarse al contexto urbano de la zona, se considera Procedente autorizar el Cambio de Uso del Suelo solicitado, por lo que es de resolverse y se:

RESUELVE PRIMERO.- Se autoriza y se permite el Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal Benito Juárez, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos profesionales y sociales / Servicios básicos en oficinas y despachos / Oficinas en 2 niveles, en una superficie ocupada por el uso de 247.70 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente HC 4/20/Z (Habitacional con Comercio en Planta Baja, 4 niveles máximo de construcción, 20% mínimo de área libre y Densidad “Z” número de viviendas resultado de dividir la superficie máxima de construcción entre la superficie por cada vivienda), que le concede la Norma de Ordenación sobre Vialidad Chichen Itzá -Bulgaria Tramo T–F’ de Av. División del Norte a: Calzada de Tlalpan, para el predio ubicado en la calle Chichenitzá No. 118, Colonia Letrán Valle, Delegación Benito Juárez, solicitado por el ciudadano Agustín Montes de Oca Acosta, quien se acredita como propietario del predio en referencia, mediante la solicitud registrada con el número de Folio 55894-321MOAG14, en una superficie de terreno de 228.580 m2. SEGUNDO.- El Cambio de Uso del Suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) Cumplir con la demanda de cajones de estacionamiento, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal vigente, y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico vigente.

b) Apegarse a los lineamientos en materia de Protección Civil para la función de la actividad a desarrollar de acuerdo a la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.

c) No obstruir la vía pública con utensilios propios del giro. d) No provocar congestionamiento vial. e) No arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos, ni utilizar materiales peligrosos. f) No emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos. g) Atender las disposiciones obligatorias en materia de anuncios de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal

vigente y lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y su Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico.

h) El proyecto deberá contemplar y cumplir con los requisitos de habitabilidad y funcionamiento que requiera el uso solicitado.

i)Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, además de las disposiciones aplicables en materia de desarrollo urbano para el Distrito Federal, así como de las demás Leyes y Reglamentos en la materia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- La presente Resolución Definitiva surtirá sus efectos, a partir del día siguiente a su inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano. TERCERO.- Si transcurridos los noventa (90) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Definitiva en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el interesado no ha realizado los trámites y pago por concepto de derechos de inscripción en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda establecidos en el artículo 242, párrafo tercero del Código Fiscal del Distrito Federal, la presente Resolución quedará sin efectos.

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16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

Asimismo, remitirá un ejemplar al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, informando que el particular, solicitará su debida inscripción a ese Registro, previo pago de derechos. Una vez publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la presente Resolución Definitiva, la Dirección General de Desarrollo Urbano solicitará su inscripción al Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, a fin de que a petición del interesado y previo pago de los derechos correspondientes, se expida el Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo en el que se refleje el uso del suelo que le fue autorizado, de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Una vez cumplidos los numerales que anteceden, archívese el expediente como asunto totalmente concluido. CUARTO.- La presente Resolución Definitiva, no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia, por lo que el incumplimiento de las mismas, dará lugar a las sanciones que las autoridades competentes impongan. QUINTO.- Notifíquese personalmente al propietario y/o promovente y/o representante legal, mediante copia certificada de la presente Resolución Definitiva, que se entregará a través del Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

C Ú M P L A S E

ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

(Firma)

ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ G.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA AVISO POR EL QUE SE PRORROGA EL “ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, RELATIVAS A CUALQUIER ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPLIQUE LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE ORDENACIÓN NÚMERO 26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR”, PUBLICADO EL 19 DE AGOSTO DE 2013 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2º, 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, VI, X y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 4 fracción III, y 7 fracción I de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O Que el 19 de agosto de 2013 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular”, con el fin de realizar un estudio técnico integral sobre su contenido, objetivo, alcances, así como su adaptación a la movilidad de la población y a las necesidades de desarrollo de las diferentes zonas de la Ciudad de México; cuyo punto segundo fue modificado por Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de febrero de 2014; Que con fecha 10 de julio de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el correspondiente “Aviso por el que se prorroga el Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular” con vigencia del 14 de julio al 14 de diciembre de 2014; Que el mencionado acuerdo publicado el 10 de julio de 2014 se ha venido prorrogando, siendo su última prórroga la publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de septiembre de 2016, con vigencia del 1° de octubre al 31 de diciembre de 2016; Que los avances del estudio técnico integral permiten establecer la posibilidad de encontrar nuevas alternativas para la producción de vivienda de interés social y popular, a través de mecanismos normativos que establezcan estímulos y lineamientos de procedimiento y control, cuyos alcances se están definiendo; Que en atención a lo anterior y a que la vigencia del aviso de prórroga de suspensión, publicado el 30 de septiembre de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, concluye el próximo 31 de diciembre de 2016, resulta necesario continuar con la suspensión temporal de recepción y gestión de solicitudes relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26, a fin de contar con el tiempo suficiente para concluir el estudio técnico y, con base en la información que se obtenga, determinar la conveniencia de su permanencia, modificación o, en su caso, abrogación; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente AVISO POR EL QUE SE PRORROGA EL “ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, RELATIVAS A CUALQUIER ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPLIQUE LA APLICACIÓN DE LA NORMA DE ORDENACIÓN NÚMERO “26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR”, PUBLICADO EL 19 DE AGOSTO DE 2013 EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL.

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18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

PRIMERO.- Se prorroga el “Acuerdo por el que se suspende temporalmente la recepción y gestión de solicitudes que se presentan ante la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, relativas a cualquier acto administrativo que implique la aplicación de la Norma de Ordenación Número 26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular” del 1º de enero al 31 de marzo de 2017. SEGUNDO.- Se ratifica que la presente suspensión temporal no aplica para los proyectos de promoción y/o programas que tengan como finalidad la construcción de vivienda de interés social y popular y que sean desarrollados por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal u otros Organismos Públicos.

T R A N S I T O R I O ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para los efectos legales a que haya lugar. En la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

(Firma)

ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19

DELEGACIÓN IZTAPALAPA DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal; 97 último párrafo y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, así como el 116 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se emite el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER CIUDADANO”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017. Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa tiene a bien emitir y establecer los Lineamientos de Operación para otorgar apoyos económicos a los monitores delegacionales. I. ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES Delegación Iztapalapa. Direcciones Generales: Dirección General de Desarrollo Delegacional Dirección General de Desarrollo Social Dirección General Jurídica y de Gobierno Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano Dirección General de Servicios Urbanos Dirección de Promoción y Atención Ciudadana Coordinación de Participación Ciudadana Jefatura de Unidad Departamental de Participación Ciudadana II. OBJETIVO GENERAL Constituir un grupo de monitores delegacionales, con el fin de promover y fortalecer la equidad, la inclusión social e impulsar la integración de la comunidad más activa, que haga posible e intervenga con mayor grado de corresponsabilidad en el seguimiento de todos los programas delegacionales. III. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Entregar hasta a 1003 ciudadanas o ciudadanos 12 apoyos económicos con base en la suficiencia presupuestal, sin ningún compromiso contractual y/o laboral para la Delegación Iztapalapa y/o autoridades del Gobierno del Distrito Federal, de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100m.n), como apoyo para su transportación y alimentación en el desempeño de sus actividades. Cada Dirección General tendrá el manejo operativo de los monitores asignados y la obligación de reportar, los informes mensuales de sus monitores a la Coordinación de Participación Ciudadana. Impulsar la participación de toda la población que habita la demarcación y fomentar el derecho de inclusión en los programas y acciones delegacionales. Fortalecer los mecanismos de participación ciudadana. Colaboraren el desarrollo de las estrategias necesarias, para dar pleno cumplimiento a las metas programadas, como parte del compromiso adquirido con las y los ciudadanos. Coadyuvar en todo tipo de actividades tendientes a la regeneración de barrios, zonas o lugares deteriorados, para un correspondiente mejor uso del espacio por parte de la población. Colaborar en el cumplimiento de las Políticas Sociales Delegacionales en materia de Asistencia y Equidad Social.

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20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

Colaborar en la ejecución de programas y Acciones de Gobierno Delegacional, que permitan mejorar el nivel de vida y las condiciones de bienestar social, de conformidad con la normatividad vigente en materia de Desarrollo Social. Apoyar en la consecución de los programas de Desarrollo Delegacional para optimizar los procesos Administrativos y así lograr una mayor calidad que otorga la delegación en cuanto a servicios y trámites. IV. POBLACIÓN OBJETIVO Preferentemente mujeres mayores de 18 años. V. METAS FÍSICAS Para el ejercicio fiscal 2017, se beneficiarán hasta 1003 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $ 6000.00 (seis mil pesos 00/100 m.n.); con cargo a la partida 4419 “otras ayudas sociales a personas”, siempre de conformidad con la disponibilidad presupuestal que se tenga. VI. PROGRACIÓN PRESUPUESTAL Para el ejercicio fiscal 2017, se programó una erogación de $72,216,000.00 (Setenta y dos millones doscientos dieciséis mil pesos 00/100 m.n.) VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 de edad Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa Presentar la siguiente documentación: Identificación oficial con fotografía (original y copia para su cotejo) Clave Única de Registro de Población (CURP original y copia para su cotejo) Comprobante de domicilio reciente (2017): recibo de agua, luz, teléfono, constancia de domicilio, constancia de residencia, contrato o recibo de arrendamiento. Formato de registro. A partir de la fecha de la publicación de los presentes lineamientos operativos de esta actividad institucional, las y los interesados tendrán 3 días hábiles para acudir a la Dirección Territorial correspondiente a su domicilio o a la Coordinación de Participación Ciudadana. Las y los ciudadanos interesados, una vez aceptados, y como una forma de corresponsabilidad social, cultural y humano (orientado a promover la Equidad de Género y Respeto a los Derechos Humanos). Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables. Dichos datos se recaban con fundamento en los artículos 24, 25 y 40 de la ley citada, y se requieren para llevar a cabo los procedimientos de acceso y corrección de datos personales, así como de acceso a información gubernamental, por lo que únicamente serán utilizados para ello y para fines estadísticos. VIII. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN Difusión La ejecución, aplicación, interpretación, modificación de los presentes lineamientos, estarán a cargo de la Coordinación de Participación Ciudadana, las y los interesados deberán acudir a las oficinas de la Coordinación de Participación Ciudadana ubicadas en Aldama No. 63, Barrio San Lucas, C.P. 09000. IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21

Los y las ciudadanas que consideren que han sido vulnerados sus derechos en el acceso o ejecución de la presente actividad institucional, podrán interponer queja ante la Dirección General de Desarrollo Delegacional o en la sede Delegacional,quien emitirá una resolución, de conformidad con lo que establece el artículo 44 y de 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Distrito Federal, en caso de inconformidad con la resolución emitida, podrán interponer su queja ante la contraloría Interna de la Delegación, o bien ante la Contraloría General de Gobierno del Distrito Federal o en su caso, a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) tel. 56-58-11-11. X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD De conformidad con el artículo 14 fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal se tendrán a la vista del público y en la página electrónica de la delegación www.iztapalapa.gob.mx los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que las y los participantes puedan acceder a la misma, así como en el portal de la oficina de información pública delegacional. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES Evaluación Interna Comprenderá los aspectos siguientes: Evaluación de operación Las unidades responsables de la operación, organización y gestión, que en este caso serán todas las Direcciones Generales de la Delegación, revisan los recursos y procesos vinculados a la aplicación de las acciones, para valorar su eficiencia y eficacia, tanto en el área de seguimiento, control y evaluación de los recursos. Los indicadores cuantitativos de las acciones serán el número de personas beneficiadas, la cantidad de estímulos proporcionados y el porcentaje de cobertura, de acuerdo a las personas beneficiadas. Evaluación de resultados La unidad responsable verificará y medirá el grado de cumplimiento de los objetivos (generales y específicos), así como el cumplimiento de la normatividad de los convenios o acuerdos que pudieran derivarse de éste. Evaluación de impacto Medirá el conjunto de efectos, esperados y no previstos, directos e indirectos, provocados en la población por las acciones implementadas, y de promover la resolución correspondiente ante autoridades competentes. XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL A través de la Coordinación de Participación Ciudadana, todas las acciones y programas se vinculan proporcionando la información necesaria a las y los beneficiarios, mediante encuestas, entrevistas reuniones; todos los habitantes de la delegación Iztapalapa podrán participar dentro de los lineamientos específicos, con sugerencias, comentarios y propuestas para el mejor desempeño del programa, por medio escrito, electrónico o verbal en la Sede Delegacional y/o Portal de Internet Oficial. “Esta acción institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

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22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Las y los ciudadanos que hayan venido desempeñando sus funciones desde el mes de enero de 2017, recibirán el apoyo correspondiente según sea el caso. Dado en la Ciudad de México a los 22 días del mes de Diciembre de 2016

DIONE ANGUIANO FLORES

(Firma)

LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA

DELEGACIÓN IZTAPALAPA

DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito Federal; 97 último párrafo y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, así como el 116 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se emite el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER VINCULARSE”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017. Por lo anterior, la Delegación Iztapalapa tiene a bien emitir y establecer los siguientes Lineamientos de Operación para otorgar apoyos económicos a los difusores ciudadanos. I.ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES Delegación Iztapalapa Dirección General de Desarrollo Delegacional Dirección de Promoción y Atención Ciudadana Coordinación de Participación Ciudadana Jefe de Unidad Departamental de Planeación Participativa y Normatividad. Direcciones Territoriales II. OBJETIVO GENERAL Constituir un grupo de difusores sociales para incentivar la participación vecinal en el fortalecimiento de los derechos fundamentales: civiles, sociales, políticos y ambientales de los habitantes de Iztapalapa; con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de vida y garantizar a las futuras generaciones una sociedad de derechos, con un gobierno de servicios de calidad, corresponsable e integrador, construyendo acciones en común, para formular soluciones compartidas y un ejercicio firme de la participación ciudadana. III. OBJETIVO ESPECÍFICOS Entregar hasta a 1003 ciudadanas o ciudadanos 12 apoyos económicos con base en la suficiencia presupuestal, sin ningún compromiso contractual y/o laboral para la Delegación Iztapalapa y/o autoridades de Gobierno del Distrito Federal, de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 m.n.), como apoyo para su transportación y alimentación en el desempeño de sus actividades. Promover la organización y la participación ciudadana en la construcción de la sociedad de derechos. Los difusores sociales deberán contribuir a fomentar la participación de los ciudadanos y de sus organizaciones siendo la participación ciudadana clave en la tarea de gobernar, en tanto que representa el motor para incentivar actuaciones comprometidas para conformar democráticamente la política pública.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23

Tonificar la difusión de actividades institucionales de gobierno para la cohesión ciudadana, facilitando la participación social corresponsable de los habitantes de la demarcación. IV.POBLACIÓN OBJETIVO Preferentemente mujeres mayores de 18 años V. METAS FÍSICAS Para el ejercicio fiscal 2017, se beneficiarán hasta 1003 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $3000.00 (tres mil pesos 00/100 m.n.) con cargo a la partida 4419 “otras ayudas sociales a personas”, siempre de conformidad con la disponibilidad presupuestal que se tenga. VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Para el ejercicio fiscal 2017, se programó una erogación de $36,108,000.00 (Treinta y seis millones ciento ocho mil pesos 00/100 m.n) VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 años de edad Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa Presentar la siguiente documentación: Identificación oficial con fotografía (original y copia para su cotejo) Clave Única de Registro de Población (CURP original y copia para su cotejo) Comprobante de domicilio reciente (2017): recibo de agua, luz, teléfono, constancia de domicilio, constancia de residencia, contrato o recibo de arrendamiento. Formato de registro A partir de la fecha de la publicación de los presentes lineamientos operativos de esta actividad institucional, las y los interesados tendrán 3 días hábiles para acudir a la Dirección Territorial correspondiente a su domicilio o a la Coordinación de Participación Ciudadana. Las y los ciudadanos interesados, una vez aceptados, y con una forma de corresponsabilidad social responsable deberán tomar un curso de Cultura Ciudadana y promover Acciones de Desarrollo Social, Cultural y Humano (orientado a promover la Equidad de Género y Respeto a los derechos humanos). Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables. Dichos datos se recaban con fundamento en los artículos 24, 25 y 40 de la Ley citada, y se requieren para llevar a cabo los procedimientos de acceso y corrección de datos personales, así como de acceso a información gubernamental, por lo que únicamente serán utilizados para ello y para fines estadísticos. VIII. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN Difusión La ejecución, aplicación, interpretación, modificación de los presentes lineamientos, estarán a cargo de la Coordinación de Participación Ciudadana, las y los interesados deberán acudir a las oficinas de la Coordinación de Participación Ciudadana ubicadas en Aldama No. 63, Barrio San Lucas, C.P. 09000. IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Los y las ciudadanas que consideren que han sido vulnerados sus derechos en el acceso o ejecución de la presente actividad institucional, podrán interponer queja ante la Dirección General de Desarrollo Delegacional o en la Sede Delegacional, quien emitirá una resolución, de conformidad con lo que establece el artículo 44 y de 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Distrito Federal, en caso de inconformidad con la resolución emitida, podrán interponer su queja ante la Contraloría Interna de la Delegación, o bien ante la Contraloría General de Gobierno del Distrito Federal o en su caso, a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) tel. 56-58-11-11.

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24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD De conformidad con el artículo 14 fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal se tendrán a la vista del Público y en la página electrónica de la delegación www.iztapalapa.gob.mx los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que las y los participantes puedan acceder a la misma, así como en el Portal de la Oficina de Información Pública Delegacional. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES Evaluación Interna Comprenderá los aspectos siguientes: Evaluación de operación Lasunidades responsables de la operación, organización y gestión revisan los recursos y procesos vinculados a la aplicación de las acciones, para valorar su eficacia y eficacia, tanto en el área de seguimiento, control y evaluación de los recursos. Los indicadores cuantitativos de las acciones serán el número de personas beneficiadas, la cantidad de estímulos proporcionados y el porcentaje de cobertura, de acuerdo a las personas beneficiadas. Evaluación de resultados La Unidad responsable verificará y medirá el grado de cumplimiento de los objetivos (generales y específicos), así como el cumplimiento de la normatividad de los convenios o acuerdos que pudieran derivarse de éste. Evaluación de impacto Medirá el conjunto de efectos, esperados y no previstos, directos e indirectos, provocados en la población por las acciones implementadas, y de promover la resolución correspondiente ante autoridades competentes. XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL A través de la Coordinación de Participación Ciudadana, todas las acciones y programas se vinculan proporcionando la información necesaria a las y los beneficiarios, mediante encuestas, entrevistas reuniones; todos los habitantes de la delegación Iztapalapa podrán participar dentro de los lineamientos específicos, con sugerencias, comentarios y propuestas para el mejor desempeño del programa, por medio escrito, electrónico o verbal en la Sede Delegacional y/o portal de internet oficial. “Esta acción institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Éstá prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Las y los ciudadanos que hayan venido desempeñando sus funciones desde el mes de enero de 2017, recibirán el apoyo correspondiente según sea el caso. Dado en la Ciudad de México a los 22 días del mes de Diciembre de 2016

DIONE ANGUIANO FLORES

(Firma)

LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25

INSTITUTO DEL DEPORTE

MTRO. HORACIO DE LA VEGA FLORES, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 6, 54 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 3 fracciones IV, V y VII de la Ley General de Cultura Física y Deporte; 7, 23, 29 fracciones IX y X, y 56 de la Ley de Educación Física y Deporte del Distrito Federal, 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y 2 y 15 fracción VIII del Reglamento Interior del Instituto del Deporte del Distrito Federal, y:

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo número COPLADE/SE/IV/04/2016, de la Cuarta Sesión Extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, celebrada el 15 de diciembre del año 2016, quedó aprobado el Programa Institucional del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PUEDE SER CONSULTADO EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DEL DEPORTE DE LA CIUDAD DE

MÉXICO ÚNICO.- Para la consulta del Programa Institucional del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, deberá remitirse al siguiente vínculo: http://indeporte.mx/programa_institucional/

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2016

(Firma)

__________________________________ Mtro. Horacio de la Vega Flores

Director General del Instituto del Deporte del Distrito Federal INDEPORTE

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CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Convocatoria N° 01

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de conformidad con lo siguiente:

N° de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Visita al lugar de la obra o los trabajos

Junta de aclaraciones Presentación y apertura de

proposiciones

Fallo

SDGMLP-N1-2017 $1,900.00 04 enero 17

10 enero 17 10:00 horas

16 enero 17 10:00 horas

20 enero 17 10:00 horas

25 enero 17 10:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación

Capital Contable Requerido

00000 Renovación de la estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)

06 febrero 17 04 agosto 17 $26’700,000.00

* Ubicación de la obra: estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. * La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26

de diciembre de 2016. * Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita

en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.

* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No. CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.

* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.

* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N° 58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).

* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. * Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos

ante el Sistema de Transporte Colectivo.

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* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.

* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo, profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.

* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior. Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.

* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. * Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por

vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.

* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.

Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz Subdirector General de Mantenimiento

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria N° 02

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de conformidad con lo siguiente:

N° de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Visita al lugar de la obra o los trabajos

Junta de aclaraciones Presentación y apertura de

proposiciones

Fallo

SDGMLP-N2-2017 $1,900.00 04 enero 17

10 enero 17 10:00 horas

16 enero 17 11:00 horas

20 enero 17 11:30 horas

25 enero 17 10:30 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación

Capital Contable Requerido

00000 Renovación de la estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)

06 febrero 17 04 agosto 17 $26’700,000.00

* Ubicación de la obra: estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. * La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26

de diciembre de 2016. * Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita

en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.

* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No. CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.

* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.

* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N° 58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).

* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. * Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos

ante el Sistema de Transporte Colectivo.

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* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.

* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo, profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.

* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior. Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.

* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. * Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por

vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.

* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.

Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz Subdirector General de Mantenimiento

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria N° 03

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de conformidad con lo siguiente:

N° de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Visita al lugar de la obra o los trabajos

Junta de aclaraciones Presentación y apertura de

proposiciones

Fallo

SDGMLP-N3-2017 $1,900.00 04 enero 17

10 enero 17 10:00 horas

16 enero 17 12:00 horas

20 enero 17 13:00 horas

25 enero 17 11:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación

Capital Contable Requerido

00000 Renovación de la estación Salto del Agua de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)

06 febrero 17 04 agosto 17 $26’700,000.00

* Ubicación de la obra: estación Salto del Agua de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. * La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26

de diciembre de 2016. * Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita

en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.

* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No. CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.

* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.

* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N° 58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).

* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. * Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos

ante el Sistema de Transporte Colectivo.

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* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.

* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo, profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.

* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior. Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.

* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. * Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por

vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.

* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.

Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz Subdirector General de Mantenimiento

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria N° 04

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de conformidad con lo siguiente:

N° de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Visita al lugar de la obra o los trabajos

Junta de aclaraciones Presentación y apertura de

proposiciones

Fallo

SDGMLP-N4-2017 $1,900.00 04 enero 17

10 enero 17 10:00 horas

16 enero 17 13:00 horas

20 enero 17 14:30 horas

25 enero 17 11:30 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación

Capital Contable Requerido

00000 Renovación de la estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)

06 febrero 17 04 agosto 17 $26’700,000.00

* Ubicación de la obra: estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. * La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26

de diciembre de 2016. * Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita

en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.

* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No. CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.

* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.

* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N° 58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).

* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. * Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos

ante el Sistema de Transporte Colectivo.

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* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.

* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo, profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.

* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior. Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.

* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. * Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por

vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.

* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.

Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz Subdirector General de Mantenimiento

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria N° 05

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con fundamento en los artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, así como al Manual de Organización Institucional del S.T.C., se convoca a los interesados para participar en la modalidad de Licitación Pública Nacional, con Recursos del Fideicomiso Maestro del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), para la contratación de conformidad con lo siguiente:

N° de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases

Visita al lugar de la obra o los trabajos

Junta de aclaraciones Presentación y apertura de

proposiciones

Fallo

SDGMLP-N05 -2017 $1,900.00 04 enero 17

10 enero 17 10:00 horas

16 enero 17 14:00 horas

20 enero 17 16:00 horas

25 enero 17 12:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación

Capital Contable Requerido

00000 Renovación de la estación Merced de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa)

06 febrero 17 04 agosto 17 $26’700,000.00

* Ubicación de la obra: estación Merced de la Línea 1 del Sistema de Transporte Colectivo. * La pre autorización presupuestal para la realización de los trabajos se otorgó mediante oficios SFCDMX/SE/5528/2016 y SGAF/DF/GP/2826/2016 de fecha 26

de diciembre de 2016. * Las bases de la licitación se encuentran disponibles para venta, en la Subdirección de Concursos y Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita

en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, únicamente del 30 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017 de 9:00 a 18:00 horas.

* La forma de pago es, mediante cheque certificado o de caja a nombre del Sistema de Transporte Colectivo o en efectivo, de 9:00 a 13:30 horas en la caja de la Coordinación de Ingresos, ubicada en la Planta Baja del Edificio Administrativo de la calle de Delicias N° 67, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06070, de la Ciudad de México, o mediante depósito bancario en la cuenta No. 0706000526 y la clabe bancaria para pago vía transferencia bancaria No. CLABE: 072180007060005268 del Banco Mercantil del Norte, Sucursal Victoria, a nombre del Sistema de Transporte Colectivo.

* El lugar de reunión para la visita de obra será en la oficina de la Subdirección de Obra Civil, sita en Av. Balderas N° 58, quinto piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México.

* La junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el segundo piso de Av. Balderas N° 58, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, los días y horas indicados en el cuadro de referencia. Será obligatoria la asistencia de personal calificado en la materia objeto de esta licitación a la (s) junta (s) de aclaraciones por parte de la empresa. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia).

* Anticipo: Para estos trabajos NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. * Subcontratación: Para la realización de los trabajos no habrá subcontratación, el concursante ganador será el único responsable de la ejecución de los trabajos

ante el Sistema de Transporte Colectivo.

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* La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en cumplir con los requisitos siguientes: 1.- Haber tenido a su cargo la ejecución de obra de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel. 2.-Que su personal técnico haya participado en obras de gran magnitud de área aproximada de 100,000 m2 con acabados de primer nivel, equipado con Sistemas Especiales como: Sistemas Inteligentes.

* Para acreditar lo solicitado en el punto anterior presentará lo indicado en los incisos a), b) y c) siguientes: a) Copia de contratos de obra pública que tenga celebrados con la Administración Pública o con particulares, y relación que integre montos, fechas de inicio y término, así como su estado de avance de ejecución, en su caso, a la fecha de la licitación pública. b) Currículum vitae de los trabajos realizados por la organización del licitante, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de la licitación del cual anexará copia de esos contratos. c) Currícula vitarum del personal directivo, profesional, administrativo y técnico que participará en los trabajos, destacando la experiencia en trabajos similares a los del objeto de ésta licitación.

* Por lo que respecta a la Capacidad Financiera, los interesados deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del ejercicio inmediato anterior, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional y copia de la declaración fiscal del ejercicio inmediato anterior. Para empresas de nueva creación deberán presentar copia del Estado de Posición Financiera al cierre del mes inmediato anterior a la fecha de la presentación de las propuestas, firmado por contador público anexando copia fotostática de la cédula profesional.

* Los requisitos generales que deberán ser cubiertos para adquirir las bases son: Los interesados deberán presentar original y copia del recibo que acredite el pago de las mismas y así considerar a la empresa para cualquier aclaración al respecto. Invariablemente, una copia de la constancia del registro de concursante vigente y actualizado ante la Secretaría de Obras y Servicios deberá ser integrada dentro de la propuesta técnica. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, en ningún caso contratarán Obra Pública, Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios ni otorgarán las figuras a las que se refiere la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Celebrado con el Gobierno Federal, los interesados deberán presentar en la visita de obra copia del trámite de expedición de la constancia de adeudos de la Administración Tributaria Delegacional que corresponda (Alta Empresarial), emitida por la Subadministración de registro y servicios al Contribuyente de la Subtesorería de Administración Tributaria de la Tesorería del Distrito Federal, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

* Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: cumplir lo dispuesto en los artículos 40 y 41, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. * Garantías: a) de seriedad de su propuesta, del 6 al 16%, del importe total de la misma (ver bases); b) de cumplimiento del contrato, 10 % de su importe; c) por

vicios ocultos, 10 % del monto total ejercido; d) de anticipo, 100 % del monto del mismo. Todos incluyendo el IVA, excepto en el primer caso. Las garantías mencionadas en los puntos a, b, c, y d, se constituirán mediante fianza, la de seriedad de la propuesta (a) también podrá ser mediante cheque cruzado.

* Las proposiciones deberán presentarse en unidades de moneda nacional e idioma español.

Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz Subdirector General de Mantenimiento

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36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO AVISO DE FALLOS

LA DIRECCIÓN DE LICITACIONES Y SEGUIMIENTO A OBRA PÚBLICA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, DA A CONOCER LA IDENTIDAD DEL PARTICIPANTE GANADOR DE LAS SIGUIENTES LICITACIONES PÚBLICAS NACIONALES: SACMEX-LP-005-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE DRENAJE ZONA NORTE Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,851,007.13, ADJUDICADO A: PROMOCIONES INTERNACIONALES DE INNOVACIONES TECNOLÓGICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. PII050714NBA, CON DOMICILIO: HACIENDA DE LA TEJA MANZANA 3 LOTE 8, COL. LOMAS DE LA HACIENDA, ATIZAPAN DE ZARAGOZA C.P.52925, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016. SACMEX-LP-006-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE DRENAJE ZONA SUR Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,101,039.72, ADJUDICADO A: CDCI, S.A. DE C.V, R.F.C. CDC 990809121, CON DOMICILIO: AV. ANILLO PERIFÉRICO NO. 270, COL. LOS ANGELES APANOAYA, IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO C.P. 09710, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016. SACMEX-LP-007-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE AGUA POTABLE ZONA NORTE Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 5,937,900.77, ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C. SII070502B24, CON DOMICILIO: CALLE CERRO DE SAN FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE DORADO, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 54023, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016. SACMEX-LP-008-16 TRABAJOS DE BACHEO Y REENCARPETAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA E INSTALACIONES DE AGUA POTABLE ZONA SUR Y ESTADO DE MÉXICO, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 6,252,712.62, ADJUDICADO A: GRUPO RESSCO REINGENIERÍA EN SERVICIOS, SUMINISTROS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V, R.F.C. GRR131125G87, CON DOMICILIO: AV. NORTE #169, COL. PANTILTLAN, DEL. IZTACALCO, C.P. 08100, FECHA DE FALLO DÍA 2 DE MAYO DE 2016. SACMEX-LP-009-16 CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA LA LIBERTAD, CON IMPORTE DE $ 36,239,915.18, ADJUDICADO A: INGENIERÍA EN PROCESOS DE TRATAMIENTOS DE AGUA, S.A. DE C.V, R.F.C. ITA061117787, CON DOMICILIO: CEDROS NO. 30 COL. SANTA MARTHA ACATITLA NORTE, DEL. IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 09140, FECHA DE FALLO DÍA 29 DE ABRIL DE 2016. SACMEX-LP-012-16 CONSTRUCCIÓN DEL CARCAMO DE BOMBEO CON UNA CAPACIDAD DE 500 LPS EN LA UNIDAD MODELO, CON IMPORTE DE $ 15,929,545.34, ADJUDICADO A: FORZA ECOSISTEMAS, S.A. DE C.V, R.F.C. FEC980109S60, CON DOMICILIO: AV. NUEVO LEÓN NO. 20 BIS, COL. BARRIO LA GALLERA, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, C.P. 16514, FECHA DE FALLO DÍA 27 DE MAYO DE 2016. SACMEX-LP-013-16 TRABAJOS CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN DE MACROMEDIDORES MEDIDORES EN LAS 16 DELEGACIÓNES Y EL ESTADO DE MÉXICO, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 16 DE MAYO DE 2016.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37

SACMEX-LP-016-16 REHABILITACIÓN DEL CAMPAMENTO NATIVITAS, DE LA OFICINA DE LA U.D. DE ATENCIÓN DE FUGAS DE AGUA PPOTABLE, ASI COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADA EN LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,637,840.00, ADJUDICADO A: GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS. S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA DE FALLO DÍA 8 DE JUNIO DE 2016. SACMEX-LP-019-16 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE E HIDRONEUMÁTICOS. UBICADOS EN VARIAS DELEGACIONES, CON IMPORTE DE $ 2,900,000.00, ADJUDICADO A: GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA DE FALLO DÍA 24 DE JUNIO DE 2016. SACMEX-LP-020-16 REHABILITACIÓN DE PLANTAS DE BOMBEO, DRENAJE PROFUNDO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO. UBICADAS EN VARIAS DELEGACIONES, CON IMPORTE DE $ 3,074,000.00, ADJUDICADO A: GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA DE FALLO DÍA 24 DE JUNIO DE 2016. SACMEX-LO-022-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 15 DE JUNIO DE 2016. SACMEX-LO-023-16 TRABAJOS CONSISTENTES EN LA INSTALACIÓN DE MACROMEDIDORES MEDIDORES EN LAS 16 DELEGACIÓNES Y EL ESTADO DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 28,368,109.06, ADJUDICADO A: MECÁNICA HIDRÁULICA DE PRECISIÓN, S.A. DE C.V, R.F.C. MEF-001011-IU7, CON DOMICILIO: CARLOS TEJEDA NO. 219, COL. GRANJAS VALLE DE GUADALUPE, ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 55270, FECHA DE FALLO DÍA 11 DE JULIO DE 2016. SACMEX-LO-025-16 REHABILITACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE ATARJEAS EN VARIAS DELEGACIONES. REHABILITACIÓN DE ATARJEA SOBRE LAS CALLES: CIPRES, PINO, Y PROLONGACIÓN CHOPO DESDE RÍO CONSULADO HASTA AV. DE LAS TORRES Y SOBRE CALLE 4 DESDE CIPRES HASTA CALLE GERANIO, COLONIA ARENAL, DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 10,672,183.38, ADJUDICADO A: CONSTRUCTORA METAFOR, S.A. DE C.V, R.F.C. CME-021007-FVA, CON DOMICILIO: COAHUILA NO. 223-204, COL. ROMA, DEL. CUAUHTÉMOC, C.P. 53160, FECHA DE FALLO DÍA 19 DE JULIO DE 2016. SACMEX-LO-031-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 22 DE JULIO DE 2016. SACMEX-LO-032-16 IMPLANTACIÓN DE ESTACIONES DE MEDICIÓN DE CAUDAL PARA EL PAGO DE DERECHOS POR DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES, CON IMPORTE DE $ 10,717,958.77, ADJUDICADO A: INGENIERÍA COMPUTACIONAL PARA EL SER HUMANO, S.A. DE C.V, R.F.C. ICS-890315-MC1, CON DOMICILIO: PASEO DEL CONQUISTADOR NO. 309, COL. MARAVILLAS, CUERNAVACA MORELOS, FECHA DE FALLO DÍA 15 DE AGOSTO DE 2016. SACMEX-LO-037-16 INCORPORACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DE AGUA EN BLOQUE AL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA, CON IMPORTE DE $ 5,458,747.91, ADJUDICADO A: RTB CONSTRUCCIONES DE OBRA CIVIL, S.A. DE C.V, R.F.C. RCO111207JD7, CON DOMICILIO: AV. OTILIO MONTAÑO 105 EDIF B. DEPTO 404, COL. ALTAVISTA, CUERNAVACA, MORELOS, C.P. 62010, FECHA DE FALLO DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2016.

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38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

SACMEX-LO-043-16 HABILITADO DE EQUIPOS DE MEDICIÓN DE GASTOS Y NIVELES EN LUMBRERAS DEL DRENAJE PROFUNDO, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 14,914,119.63, ADJUDICADO A: VIRTUAL WAVE CONTROL, S.A. DE C.V, R.F.C. VWC02111FM9, CON DOMICILIO: ZACATECAS NO. 36-409, COL. ROMA NORTE, CUAUHTÉMOC C.P. 06700, FECHA DE FALLO DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2016. SACMEX-LO-048-16 REHABILITACIÓN DEL TUNEL DE INTERCONEXIÓN DE LA CAPTACIÓN MOYOBAMBA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, D.F, DECLARADO DESIERTO, FECHA DE FALLO DÍA 20 DE OCTUBRE DE 2016. SACMEX-LP-050-16 REHABILITACIÓN DE LA PLANTA DE BOMBEO TLAYACAPA, UBICADA EN LA DELEGACIÓN ÄLVARO OBREGÓN, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 3,712,738.53, ADJUDICADO A: JOPE INGENIERÍA Y PROYECTOS, S.A. DE C.V, R.F.C. JIP081121F56, CON DOMICILIO: CALLE 2 NO. 242, COL. PANTITLAN, FECHA DE FALLO DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-055-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE, HIDRONEUMÁTICOS, ALMACENES, TRATAMIENTO Y CONSULTORIOS PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, UBICADOS EN LAS DELEGACIONES ZONA NORTE, CON IMPORTE DE $ 1,763,913.86, ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C. SII070502B24, CON DOMICILIO: CALLE CERRO DE SAN FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE DORADO, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, C.P. 54023, FECHA DE FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-056-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS DE DESAZOLVE, HIDRONEUMÁTICOS, ALMACENES, TRATAMIENTO Y CONSULTORIOS PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, UBICADOS EN LAS DELEGACIONES ZONA SUR, CON IMPORTE DE $ 1,763,913.86, ADJUDICADO A: SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ROMA, S.A. DE C.V, R.F.C. SII070502B24, CON DOMICILIO: CERRO DE SAN FRANCISCO NO. 16, COL. LOMAS DE VALLE DORADO, TLALNEPANTLA, EDO. DE MÉXICO, FECHA DE FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-057-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: CAMPAMENTO DE MAQUINARIA Y TRANSPORTES, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADO EN LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 1,804,695.15, ADJUDICADO A: VRECH, S.A. DE C.V, R.F.C. VRE020927UU8, CON DOMICILIO: AV. 555 NO. 109 BJS1,COL. SAN JUAN DE ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969, FECHA DE FALLO DÍA 1 DE DICIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-058-2016 REHABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS Y ALMACENES: CAMPAMENTO MALACATES ORIENTE Y ALMACENES XOCHIMILCO, AGUAS DEL NORTE, TANQUE LERMA Y BOMBEO NORTE, PERTENECIENTES AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 1,507,456.90, ADJUDICADO A: ARKINGENIERÍA ALFA-OMEGA, S.A. DE C.V, R.F.C. AAL130506ND8, CON DOMICILIO: AND. PERA MZ 7 LT 6, COL. XALPA, DEL. IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO, C.P. 09640, FECHA DE FALLO DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-060-2016 REHABILITACIÓN DEL REBOMBEO ÁNGULO, UBICADO EN LA DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,169,200.00, ADJUDICADO A: GRUPO INTERNACIONAL DE INGENIERÍA Y CONSULTORES DE EMPRESAS EN CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS, S.A. DE C.V, R.F.C. GII-870304-660, CON DOMICILIO: SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ NO. 32,FRACC. VIVEROS DE LA LOMA, TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO C.P. 54060, FECHA DE FALLO DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2016.

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39

SACMEX-LP-061-2016 REHABILITACIÓN A LA PLANTA POTABILIZADORA "LA LAGUNA", ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADA EN LA DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS, PERTENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 2,628,586.95, ADJUDICADO A: VRECH, S.A. DE C.V, R.F.C. VRE020927UU8, CON DOMICILIO: AV. 555 NO. 109 BJS1,COL. SAN JUAN DE ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969, FECHA DE FALLO DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2016. SACMEX-LP-062-2016 REHABILITACIÓN DE LOS REBOMBEOS DE AGUA POTABLE PAJAROS 1 Y PAJAROS 2, ASÍ COMO OBRAS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS, UBICADOS EN LA DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS, PRETENECIENTE AL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON IMPORTE DE $ 4,115,283.96, ADJUDICADO A: MSM SOLUCIONES, S.A. DE C.V. EN PARTICIPACIÓN CON VRECH, S.A. DE C.V, R.F.C. MGS080930JJ2 Y VRE020927UU8, CON DOMICILIO: JOSÉ MARÍA MORELOS MZ. 127 LT. 6, COL. GUADALUPE DEL MORAL, DEL. IZTAPALAPA, C.P. 09300 Y AV. 555 NO. 109 BJS1,COL. SAN JUAN DE ARAGÓN SEGUNDA SECCIÓN, GUSTAVO A. MADERO C.P. 07969, FECHA DE FALLO DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2016. EL DOMICILIO DONDE SE PODRÁN CONSULTAR LAS CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN, O EN SU CASO LAS RAZONES POR LAS QUE EL RESTO DE LAS PROPUESTAS NO RESULTARON ADJUDICADAS ES AV. JOSÉ MARÍA IZAZAGA No. 89, 4 PISO, COL. CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06080, MÉXICO, D.F. EN LA SUBDIRECCIÓN DE LICITACIONES DE OBRA PÚBLICA. DE CONFORMIDAD CON EL PUNTO SEGUNDO DEL ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR EJECUTIVO DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL ÓRGANO DESCONCENTRADO DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA FACULTAD PARA CELEBRAR, OTORGAR Y SUSCRIBIR LOS CONTRATOS, CONVENIOS EN MATERIA DE OBRA PUBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON ESTA Y DEMÁS ACTOS JURÍDICOS, QUE DE ESTOS SE DERIVEN DENTRO DEL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 31 DE AGOSTO DE 2007, ASÍ COMO LAS FUNCIONES CONFERIDAS EN EL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PUBLICADO CON FECHA 28 DE JULIO DE 2006.

MÉXICO, D. F, A 28 DE DICIEMBRE DE 2016 A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN EL DIRECTOR EJECUTIVO DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN

(Firma)

ING. FERNANDO ALONZO ÁVILA LUNA

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40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

SECCIÓN DE AVISOS

TEXORO TEXTIL, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

LIQUIDACION ACTIVO Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros 0.00 Inversiones en Acción 0.00 Suma Activo 0.00 PASIVO Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Pagar 0.00 Del Extranjero 0.00 CAPITAL CONTABLE Utilidad del Ejercicio 0.00 Suma Capital 0.00 Suma pasivo más capital 0.00 OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la sociedad. No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último. La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo. La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016

(Firma)

Melesio Guarneros Cruz

Liquidador

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41

IMPULSOL, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

LIQUIDACION ACTIVO Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros 0.00 Inversiones en Acción 0.00 Suma Activo 0.00 PASIVO Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Pagar 0.00 Del Extranjero 0.00 CAPITAL CONTABLE Utilidad del Ejercicio 0.00 Suma Capital 0.00 Suma pasivo más capital 0.00 OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la sociedad. No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último. La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo. La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 28 de Noviembre del 2016

(Firma)

Horacio Ibarra Hernández

Liquidador

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42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

DESIGRAND, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

LIQUIDACION ACTIVO Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros 0.00 Inversiones en Acción 0.00 Suma Activo 0.00 PASIVO Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Pagar 0.00 Del Extranjero 0.00 CAPITAL CONTABLE Utilidad del Ejercicio 0.00 Suma Capital 0.00 Suma pasivo más capital 0.00 OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la sociedad. No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último. La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo. La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016

(Firma)

Álvaro Martínez Morales

Liquidador

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30 de Diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43

AZUL TEX, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

LIQUIDACION ACTIVO Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros 0.00 Inversiones en Acción 0.00 Suma Activo 0.00 PASIVO Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Pagar 0.00 Del Extranjero 0.00 CAPITAL CONTABLE Utilidad del Ejercicio 0.00 Suma Capital 0.00 Suma pasivo más capital 0.00 OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la sociedad. No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último. La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo. La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016

(Firma)

Alvaro Martínez Morales

Liquidador

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44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

TAFFETA TEXTIL, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

LIQUIDACION ACTIVO Cuentas y Documentos por Cobrar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Cobrar Extranjeros 0.00 Inversiones en Acción 0.00 Suma Activo 0.00 PASIVO Cuentas y Documentos por Pagar Nacionales 0.00 Cuentas y Documentos por Pagar 0.00 Del Extranjero 0.00 CAPITAL CONTABLE Utilidad del Ejercicio 0.00 Suma Capital 0.00 Suma pasivo más capital 0.00 OBSERVACIONES: El presente balance ha sido aprobado en todos y cada uno de sus puntos por los socios de la sociedad. No existe haber social que se liquide a los socios debido a que las perdidas absorbieron en su totalidad este último. La empresa no tiene valores de activo ni de pasivo. La presente publicación se lleva a cabo con fundamento en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ciudad de México a 14 de Noviembre del 2016

(Firma)

José Montes Vigueras Liquidador

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46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Diciembre de 2016

AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:. 1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal, estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30 horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren. 2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. 3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;

VIII. Rotular el disco con el título del documento; IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros

de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar; X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y

XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso. SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el Índice será la Décima Novena. TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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DIRECTORIO

Jefe de Gobierno de la Ciudad de México MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

Consejero Jurídico y de Servicios Legales

MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA

Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,753.70 Media plana .......................................................................................... $ 943.30 Un cuarto de plana ............................................................................... $ 587.30

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet www.consejeria.cdmx.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $26.50)