I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y … congreso.pdf · del acogimiento familiar...

28
1

Transcript of I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y … congreso.pdf · del acogimiento familiar...

1 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 2

3 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

“ La Comisión sobre los Derechos

del niño aporta nueva luz sobre el “superior interés

del niño”, principio regulador de la protección de la

infancia. ”

itinerarios, la especialización del acogimiento, la crucial importancia de los plazos, y algunas propuestas tan novedosas como la adopción abierta, etc. Desde un punto de vista metodológico, el Congreso favorece la necesaria relación entre la investigación, la experiencia y la práctica en la protección infantil, destacando entre sus objetivos: EvidEnciar la importancia de las vivencias y apegos de la primera infancia en la formación del mapa cerebral del ser humano, a partir de los estudios e investigaciones realizados en Europa. intErcambiar experiencias prácticas positivas en AF (compartir modelos de las diferentes CCAA y de otros países especialmente eficaces), con el fin de reflexionar y reorientar las medidas de protección a la infancia hacia referentes de calidad, en algunos casos innovadores, y en todos los casos bien fundamentados científicamente, puesto que

parten de experiencias prácticas. PlantEar un foro de encuentro e intercambio entre los principales grupos de investigación españoles –universidades, escuelas, entidades públicas y privadas, etc.– y los responsables políticos, técnicos y profesionales que intervienen en los programas de protección infantil.FomEntar la participación de profesionales, entidades y jóvenes investigadores mediante comunicaciones y pósteres sobre experiencias y trabajos científicos.La Comisión sobre los Derechos del niño aporta nueva luz sobre el “superior interés del niño”, principio regulador de la protección de la infancia. Es un principio que describe derechos: igualdad, protección efectiva, autonomía, libertad de expresión, etc., cuyo cumplimiento es una exigencia de la justicia. a este objetivo común.

Dña. Salomé Adroher. Dir. Gral de Servicios para la Adolescencia y la InfanciaDña. Paloma Fernández. Presidenta ASEAF.Dña. María Arauz. Presidenta ADAMCAM

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 4

CONTENIDO

La Comisión especial del Senado sobre adopción nacional.

Hacia un sistema de protección a la Infancia para el siglo XXI.

Los derechos del niño a que el interés superior sea consideración primordial.

Desafíos de la nueva ley en el acogimiento y adopción.

Acogimiento y adopción: medidas a priorizar.

6

7

8

10

13

12

9

14

15

16

16

Derechos y deberes de los acogedores.

El reto de la adopción abierta.

Desarrollo evolutivo del niño desde su nacimiento.

La investigación evolutiva: una base sólida.

Estrategias exitosas para la captación de familias acogedoras.

El Parternariado y la Corresponsabilidad en el desarrollo del acogimiento familiar.

17 Las voces de los menores.

5 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

Eficiencia en las medidas de protección.

Buenas prácticas en el acogimiento.

El asociacionismo familiar en el acogimiento.

La voz de las familias aoogedoras.

La aportación de Artiexo: grupo de autoapoyo de familias.

El acogimiento familiar: una visión desde la globalidad.

Familias acogedoras.

Conclusiones y Clausura del Congreso.

17

17

18

18

20 Criterios para el buen acogimiento familiar.

El acogimiento familiar en Murcia.

El acogimiento familiar en Guipuzcoa.

El acogimiento de menores en el actual sistema de protección a la infancia.

19

19

20

22

23

24

25

26

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 6

El 1 de octubre de 2008 el Pleno del Senado acordó por unanimidad

la creación de la “Comisión especial de estudio de la problemática de la adopción nacional y otros temas afines”. A pesar del título, la Comisión contemplaba también el acogimiento, el desamparo y la institucionalización. La idea que animó tanto la creación de la Comisión como el informe final,fue la de servir de base para un futuro cambio legislativo que se ocupara de reforzar los institutos jurídicos de protección del menor; en concreto de la adopción nacional y del acogimiento. .El menor como sujeto de derecho en la actualidad.La Convención de los Derechos del Niño (ONU) de 20 de noviembre de 1989 y el Convenio

de La Haya, de 29 de mayo de 1993, pusieron las bases para que los ordenamientos nacionales reconocieran a los menores como sujetos de derecho. Estos Tratados inspirarán en los países signatarios un auténtico

“Derecho Social” tuitivo hacia el menor, Derecho Social entendido como aquél que garantiza la intervención del Estado en las relaciones entre particulares para defender los valores que afectan al conjunto de la sociedad. Con la publicación de la ley en 2007 se alcanzaron

importantes objetivos jurídicos pero a la vez tuvo un efecto benéfico al despertar el debate sobre las diferentes modalidades de protección de menores, en especial laadopción nacional. Se empezó a conocer entonces que había en España 30.000 menores en situación de desamparo. Pero las comparecencias de los 39 expertos citados por los grupos de la Cámara en las 21 sesiones dedicadas al efecto abrieron una nueva realidad, más oculta aún que la adopción nacional: el acogimiento (sobre todo el residencial); lo que algún experto calificó gráficamente como la situación de los “niños invisibles”.

Conferencias

LA COMISIÓN ESPECIAL DEL SENADO SOBRE ADOPCIÓN NACIONAL (2008 - 2010)

D. Mario Bedera Bravo. Diputado por Valladolid.

“ La altura de un país

se mide por cómo trata

a la infancia desprotegida “

R e c o m e n d a c i o n e sLa Comisión propuso un total de 71 recomendaciones, siendo la medida estrella: Suprimir legalmente el acogimiento residencial para menores de seis años, de forma escalonada para que sea efectivo primero en el tramo 0-3.

7 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

Conferencias

Hacia un Sistema de Protección a la Infancia para el siglo XXI

“ Con esta reforma se pretende potenciar las soluciones familiares y permanentes.

Promocionar figuras como la adopción pero sobre todo el acogimiento familiar. Además

se pretende poner al niño y sus necesidades en el centro, evitando dos extremos

peligrosos: un extremo de liberalización del sistema de la protección a la infancia. Y otro extremo biologista, de una concepcion residencialista que es la que actualmente

existe en España. “

Se refuerza el derecho del niño a ser oído,el respeto a sus opiniones. Se incorpora la expresión “suficiente madurez”, suprimiendo el término

“suficiente juicio”

El espíritu de reforma de la nueva ley.

Medidas estables frente a temporales.Medidas familiares frente a intitucionales.

Medidas consensuadas frente a medidas impuestas.Medidas nacionales frente a internacionales.

Medidas de protección del menor.

Principio de prioridad de la familia de origen. Tratamiento personal y permanentemente revisado del menor tutelado por las administraciones públicas en función e la medida de protección adoptada. Previsión de la guarda provisional de los casos de urgencia meintras se determina la edad (caso menores extranjeros). Previsión y apoyo a los jóvenes ex-tutelados. Agilización en la adopción, de los plazos en casos de irreversibilidad de la guarda. Regulación de la adopción abierta. Prioridad del acogimiento familiar frente al residencial. El acogimiento familiar se administrativiza y se regula la idoneidad para los acogedores. Se regulan los derechos y obligaciones tanto de los acogedores como de los acogidos. Se regula la idoneidad de los adoptantes. Se retoca la capacidad de adoptar en cuanto a edades máximas.

Dña Salomé Adroher Biosca. Directora General de Servicios para la Adolescencia y la Infancia

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 8

Conferencias

El reconocimiento casi universal de la Convención tiene un significado revolucionario respecto a la consideración jurídica del niño: el niño deja de ser considerado como un objeto de protección, para convertirse en un sujeto titular de derechos que debe ser

empoderado en los mismos. Protección que, en la mayor parte de los casos, suponía desde negarles capacidad jurídica, hasta llegar a considerarlos casi una “propiedad” de aquellas personas de las que se les hacía “dependientes”. Frente a estas posturas surgen los movimientos sociales reivindicadores de la necesidad de crear una sociedad inclusiva e integradora, en la

que se considere la diferencia entre sus componentes como algo enriquecedor y en la que todos sus componentes sean por igual titulares de todos los derechos, teniendo el Estado la obligación de adoptar las medidas necesarias para que el ejercicio de esos derechos pueda realizarse en condiciones suficientes y de igualdad. Es en este sentido en el que debe comprenderse la perspectiva adoptada por la Convención. La Convención no proclama derechos nuevos para los niños. Los niños tienen los mismos derechos que las demás personas. Y para su consecución, como eje central del cambio de paradigma, la Convención va a incluir dos principios que podemos considerar “revolucionarios” en relación con la situación anterior: el principio del “interés superior del niño”1 y el principio que impone la obligación de “escuchar al niño en todas las decisiones que le afecten”. Ambos principios, contenidos en los arts. 3 y 12 de la Convención respectivamente, deben ser leídos conjuntamente y están en la base del nuevo estatuto del niño como “sujeto de derecho”.D. Jorge Cardona Llorens. Miembro del Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas

Los derechos del niño a que el Interés Superior sea una consideración primordial

“ La Convención va a incluir dos principios que podemos considerar “revolucionarios”en relación con la situación

anterior: el principio del “interés superior del niño” y el principio que impone la obligación de “escuchar al

niño en todas las decisiones que le afecten”.

9 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

MENORES EN CENTROS DE PROTECCIÓN: EL PRINCIPAL DESAFÍO DE LA NUEVA LEY. LA NUEVA LEY DE LA INFANCIA Y LOS DERECHOS DE LOS MENORESDña. Blanca Gómez Bengoechea Dña. Clara Martínez GarcíaUniversidad Pontificia ComillasDe todos los desafíos que debe afrontar la nueva ley, el principal, que debe estructurar y condicionar el resto, es el de proporcionar un cuidado familiar alternativo y estable a los muchos niños que, en la actualidad, viven en un centro de protección en España. Hacer frente a este desafío implica importantes reformas, búsqueda y reclutamiento de familias, introducción de plazos en el sistema y, probablemente, la inclusión de nuevas medidas de protección que permitan evitar la larga permanencia de los niños en instituciones, tal y como viene ocurriendo hasta el momento.

FAMILIAS REFERENCIALES Y FAMILIAS DE TRÁNSITO. ¿POR QUÉ CUALQUIER ADULTO QUE SE RELACIONA CON MENORES DEBE PROPORCIONAR BUEN TRATO?Félix Loizaga LatorreUniversidad de DeustoEs positivo que las leyes avancen en la protección del menor. Pero detrás de la ley hay menores que deben ser cuidados y adultos que deben ofrecer buenos tratos. Estos deben ayudar a los menores en su

desarrollo y reparar el dolor que han sufrido. Algunos de los adultos son mucho más referenciales que otros y constituyen el apoyo emocional básico del menor. Estos adultos suelen pertenecer a familias acogedoras y/o adoptivas. Los adultos deben disfrutar de los menores con los que conviven pero deben tomar conciencia de su responsabilidad para ayudarles a madurar, para hacerles progresar como personas. En su microespacio, los adultos favorecerán las estrategias para la protección y el cuidado. Ojalá cada familia por las que caminan estos menores les aporte apoyo, vitalidad, ilusión y esperanza. En este caso todas las familias convergerían por el desarrollo de la salud de esos menores. Actualmente hay una gran diversidad de familias y esta diversidad aumentará aún más. Puesto que las familias actuales son muy diferentes, los niños y niñas transitarán de unas familias a otras. Los nuevos me nores se moverán entre distintos tipos de familias, acorde a los tiempos que vivimos: biológicas, de urgencia, acogedoras y/o adoptivas. Y familias extensas que corresponderán a las personas integradas en los diferentes sistemas familiares por los que circulan estos menores. Todo adulto que deja entrar en su vida a un menor durante un tiempo (cualquiera de sus familias y durante minutos, horas o días) tiene que asumir la responsabilidad de propiciar buen trato al menos mientras este se encuentra con su vida.

Desafíos de la nueva ley: Acogimiento y adopción

Conferencias

“ El interés superior del niño; Principio y fin del sistema de Protección Infantil “

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 10

Las novedades en el sistema de protección infantil del nuevo proyecto de Ley de la Infancia.

Conferencias

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES ACOGEDORES EN LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN DE LA INFANCIADavid Suárez LeozMagistrado

Como sabemos, todos los derechos y deberes de los padres acogedores deben

analizarse desde el principio que constituye el leitmotiv de este congreso: El interés superior del menor (favor minoris), que se erige en el primer y más importante principio informador de toda la legislación protectora de menores, desde el artículo 39 de la Constitución, hasta el art. 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, Ley de Protección Jurídica del Menor, pasando por numerosos artículos del Código Civil y también en diversos Tratados Internacionales, como la Convención de los Derechos del Niño, de Naciones Unidas, de 29 de noviembre de 1989, así como en la Carta Europea de los Derechos del Niño. Una vez enmarcado todo el régimen jurídico de los padres acogedores, no podemos sino comenzar afirmando la gran laguna jurídica actualmente existente en todo lo relativo a los

derechos y deberes de los padres acogedores, y ello porque, a pesar de la trascendental función que desempeñan las familias de acogida, estos no dejan de ser unos colaboradores de los organismos públicos encargados de la protección de los menores, siendo así que es la Administración pública la primera y diríamos única responsable de los menores en situación de acogimiento. Pero para llegar a ser padre o madre acogedor, hace falta antes cumplir con un conjunto importante de requisitos, deben ser valorados para obtener un certificado de idoneidad de los solicitantes. Un deber muy importante de los padres acogedores, es el derecho de visitas, ya que ambos padres tendrán derecho a relacionarse con el menor, cuando se hayan acogido a este derecho. A estos deberes debemos añadir los que el Borrador de Anteproyecto de Ley de actualización de la legislación sobre protección a la infancia y la adolescencia, actualmente en discusión, viene

a recoger expresamente, un catálogo no sólo de deberes de los padres acogedores, sino también de sus derechos, catálogo recogido en el artículo 20 Bis de la Ley 1/96. Así, en cuanto a los derechos, los padres acogedores tendrán derecho: A recibir información acerca de la naturaleza y efectos del acogimiento. A ser oídos por la entidad pública antes de adoptar cualquier resolución que afecte al menor. A ser informados de las medidas de protección relacionadas con el acogimiento. A percibir la compensación económica u otro tipo de ayuda . A recabar el auxilio de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. A ser respetados y obedecidos por el menor. A relacionarse con el menor al cesar el acogimiento, si la entidad pública entiende

11 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

que conviniere a su interés superior . Y por último, y no por ello menos importante, a ser escuchados y ser parte procesal en los procesos de oposición a las medidas de protección y al desamparo del menor acogido.En cuanto a los deberes, hay que añadir el deber de oír al menor siempre antes de adoptar decisiones que le afecten, si tuviere suficiente juicio, sin exclusión alguna por discapacidad.

SISTEMA DE PROTECCION DE MENORES Y FUNCION DEL FISCALRosa María Henar Hernando GarcíaFiscalía de MenoresCon especial referencia a los artículos 172 y 174 del Código Civil, cabe concluir que el ingreso provisional de un menor en un centro de acogida, como actuación de asistencia inmediata, no implica necesariamente la situación previa de desamparo, de modo que cesará una vez se establezca contacto con los padres o representantes legales; de no ser una intervención meramente puntual, la Entidad Pública (Pleno) valora al menor, y su situación y, en su caso, resolverán declararle en situación de desamparo y asumir

su guarda o tutela automática (art. 172 CC). Si, bien, las autoridades intervinientes en el sistema de protección habrán de poner en conocimiento del Fiscal las intervenciones realizadas con los menores a efectos de posibilitar la supervisión que la ley le encomienda. La intervención del Fiscal será siempre de supervisión y en su caso de impugnación. Según el artículo 173 CC “El

acogimiento familiar produce la plena participación del menor en la vida de familia e impone a quien lo recibe las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. Es a partir de este precepto que se establecen los derechos y deberes que se reconocen a los acogedores y al menor acogido, los cuales

se plasman en los contratos de constitución del acogimiento, y cuyo reconocimiento, se prevé sea legislativo, en la futura Ley de Protección Jurídica del Menor. Pues bien, se hace necesario articular los cauces administrativos y legales, que permitan dar efectividad a los referidos derechos/deberes, así pues, en la vía administrativas, las discrepancias, desde la perspectiva del superior interés del menor, deberían intentar conciliarse a través de la MEDIACIÓN. Agotada esta vía previa de acuerdo, no impuesta legalmente, pero recomendable, desde el interés superior del menor, que fue el que aconsejó esta medida de protección, cabría distinguir: a) Si hay acuerdo, se recogería en el contrato de acogimiento. b)Falta de acuerdo en vía administrativa, motivaría una resolución de CESE del acogimiento, En ambos supuestos, los acogedores tienen legitimación procesal.

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 12

Conferencias

Potenciar las soluciones famiilares frente a las institucionales y las permanentes frente a las temporalesJesus Fuertes Gerente de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

Existe una necesidad de que se valore la adecuación del acogedor tanto en familia extensa como acogedora.

Regulación de los centros especiales que atienden a niños con problemas de conducta, para que se conviertan en espacios terapéuticos y no se conviertan en centros donde se aparquen, marginen o se entigmatizen a los niños. En cuanto a la adopción, el tema de la edad ha sido un tema recurrente. Se tiene que regular la edad máxima entre los adoptantes y los adoptados. Es fundamental dirimir en un único procedimiento los distintos temas relacionados con patria potestad o adopción. Elininar el actual objeto preadoptivo de los acogimientos, llamándolo de otra manera. El desarrollo a los derechos de los orígenes que ya se reconocía en la anterior modificación de adopción internacional, ampliarla a la adopción nacional. La administración tiene que garantizar que se ejerza este derecho. En cuanto a la adopción abierta, creo que es una buena medida, pero existe la necesidad de establecer buenos apoyos.Eliminación desde el punto de vistq jurídico de las trabas para la adopción de hijos de madres extranjeras nacidos en España. Actualmente existen adopciones poaralizadas o que no llegan a término porque existe una dificultad en compaginar la legislación española con la de otros países.

Acogimiento y Adopción: medidas a priorizar

“ Los cambios que están previstos

en el actual anteproyecto de ley,

van a suponer un cambio sustancial en el sistema de

protección “

13 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

Conferencias

El Anteproyecto de Ley de Actualización de la Legislación de Protección a la Infancia ha impulsado el diálogo en torno a la llamada “adopción abierta”, una posibilidad existente en algunos países anglosajones

pero desconocida en España. Para nuestro Código Civil, la adopción extingue los vínculos con la familia de origen e integra plena y definitivamente al menor en la familia adoptiva, como un nuevo nacimiento a efectos jurídicos, y en este carácter absoluto parecía fundamentarse la solidez de la familia adoptiva.El concepto genérico de “contacto” comprende una gama de posibilidades, desde el mero conocimiento mutuo hasta una relación cotidiana. La modalidades de estos contactos también son muy diversas: unidireccional o bidireccional, presencial o a distancia, etc. Entre otros factores que han propiciado esta evolución que nos ha traído a la posibilidad de la “adopción abierta” están: el reconocimiento del derecho la identidad y al conocimiento de los orígenes, el creciente respeto por las madres biológicas, la positiva influencia normalizadora de la adopción internacional, la preocupación de los adoptados por sus antecedentes édicos y genéticos, las experiencias de los adoptados en su búsqueda de información y comprensión de su historia, la búsqueda de medidas de protección estables para los niños distintas del acogimiento residencial, y la creciente demanda de niños adoptables en los países occidentales.Por tranquilizar a quienes perciben signos de alarma en esta innovación, en el caso español la adopción abierta vendrá, más que a debilitar la adopción, a consolidar el acogimiento permanente. Pero, por encima de todo, nos parece que hay dos cuestiones trascendentales en las que los equipos técnicos de la administración protectora y de los juzgados deben profundizar y especializarse: determinar la solución que más conviene al menor que necesita una familia alternativa y establecer la “distancia óptima” con su familia de origen. Antonio Ferrandis TorresPedagogo Social. Jefe del Área de Adopciones del IMFM

El reto de la adopción “abierta”

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 14

Conferencias

Desarrollo evolutivo del niño desde su nacimiento.

Jesús PalaciosUniversidad de Sevilla

Sobre la base de las potencialidades genéticas comunes a todos los seres humanos más las específicas de cada persona, el desarrollo psicológico progresa impulsado por dos motores

fundamentales: el calendario madurativo y la estimulación ambiental. En las circunstancias más habituales, los padres transmiten unos genes (los comunes a todos los humanos y los específicos de cada combinación hombre-mujer) y luego organizan el ambiente y aportan los cuidados, el cariño y la estimulación que fomentará el sano y normal desarrollo de sus hijos e hijas gracias a la atención a sus diversas y cambiantes necesidades. Las medidas de protección de la infancia (acogimiento familiar y adopción) se toman cuando se considera que la familia en la que un menor ha nacido no está respondiendo de forma adecuada a las necesidades infantiles. En ocasiones, se trata de familias con antecedentes genéticos de problemas diversos; típicamente, son familias sometidas a altos niveles de tensión y dificultades personales, relacionales y sociales. La decisión de que los menores en ellas nacidos sean sacados de esos contextos familiares se toma a partir de la constatación de la inadecuada atención que están recibiendo.

Las conductas implicadas pueden ser muy variadas, con una presencia frecuente de negligencia y/u otras formas de maltrato. El desarrollo psicosocial

y los patrones evolutivos de los menores crecidos en circunstancias familiares adversas se ven negativamente afectados. El normal desarrollo cerebral se altera, tanto en las zonas relacionadas con el desarrollo emocional, como en las responsables del desarrollo cognitivo- lingüístico. El aprendizaje de las relaciones emocionales sanas, seguras y positivas se ve negativamente afectado. El normal progreso evolutivo se altera y la regulación de las emociones

interpersonales y el comportamiento social adaptado se ven seriamente comprometidos. ¿Cuáles son las circunstancias que permiten una mayor recuperación de las negativas consecuencias de la adversidad inicial? Los criterios fundamentales son los siguientes:• Cuanto antes se intervenga, menor será

el daño evolutivo acumulado y mayores las posibilidades de recuperación.

• El contexto familiar es el que mejor responde a las necesidades infantiles, pues hace más probable una relación personalizada, comprometida y promotora de interacciones ajustadas a las características y necesidades individuales.

• Los contextos familiares estables son preferibles a los inestables, pues aseguran mejor el tipo de relación e interacciones. Además de los ya mencionados, debe mencionarse otro ámbito de especial relevancia en niños y niñas que sufren discontinuidad en sus trayectorias familiares: el desarrollo de la identidad, la construcción de las referencias personales que permitan comprender las distintas transiciones en su vida y sus perspectivas de futuro.

“Lo más deseable

es la continuidad. Garantizar transiciones adecuadas de un buen

apego a otro buen apego “

15 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

Conferencias

La investigación cooperativa es una forma de investigación acción que busca mejorar la realidad que investiga mediante la implicación de las personas que forman parte de ese escenario (Bartolomé y Anguera, 1990). Este tipo de investigación se ha desarrollado ampliamente en el campo de la educación formal implicando a los maestros y ayudándoles a reflexionar e innovar en sus prácticas educativas. El grupo de investigación GRISIJ (Grupo de Investigación en Intervenciones Socioeducativas en la Infancia y en la Juventud) coordinado por el Dr. Amorós, ha trasladado esta metodología al ámbito de la protección a la infancia, aplicándola a numerosas investigaciones, entre ellas las centradas en el acogimiento en familia extensa. La metodología se desarrolla en un proceso cíclico que se resume en 4 fases: 1ª) observación y análisis de necesidades; 2ª) planificación y elaboración del programa; 3ª), aplicación del programa; y 4ª) evaluación del programa. Para ilustrar este proceso de investigación cooperativa, se describe la experiencia del trabajo realizado en los acogimientos en familia extensa1 y que ha dado lugar a la creación del Programa para la formación a los acogedores en familia extensa (Amorós et al., 2005, 2012) y a su posterior evaluación. Por último, se reflexiona sobre las barreras y las posibilidades de esta línea de trabajo.Dña. Nuria Fuentes Peláez. Universidad de Barcelona (Grupo Investigación

GRISIJ)

LAINVESTIGACIÓNCOOPERATIVA:

UNABASE

SÓLIDAPARA

MEJORARLA

PRAXISEN EL

ACOGIMIENTOFAMILIAR

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 16

LA SENSIBILIZACIÓN Y CAPTACIÓN DE FAMILIAS ACOGEDORASMónica López LópezUniversity of Groningen, The Netherlands

Durante los últimos 150 años la literatura sobre acogimiento familiar ha documentado la necesidad de encontrar familias acogedoras, originariamente para niños huérfanos y más recientemente para niños separados de sus padres por situaciones de negligencia o maltrato. Los métodos de capta-

ción de familias han evolucionado. Cualquier medio parece bueno para hacer llegar alto y claro el mensa-je de que se necesitan familias dispuestas a trabajar con los servicios de acogida para cambiar la vida de muchos niños que esperan en el sistema de protección. Pero todos estos métodos ¿funcionan por igual? ¿cuál es el más efectivo? ¿cuál arroja la mejor relación coste/beneficio? A estas cuestiones trataremos de responder en este simposio de forma clara y orientándonos siempre hacia el ámbito aplicado. Igualmente se pretende crear un puente de comunicación entre los resultados de la investigación sobre lo que funcio-na en captación de familias y lo que se está planteando en la práctica. El objetivo final será hacer de este simposio un punto de encuentro de profesionales que nos permita debatir y escuchar diferentes puntos de vista sobre las experiencias en sensibilización y captación de familias.

EL PARTERNARIADO Y LA CORRESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DEL ACOGIMIENTO FAMILIARNuria Fuentes-Peláez, Crescencia Pastor y Anna Ciurana Universidad de Barcelona, (GRISIJ).

El modelo de acogimiento familiar desarro-llado por el grupo GRISIJ considera como agentes del acogimiento, al propio niño o niña que se sitúa en el centro de la acción, a su familia biológica, a su familia acogedora y a los profesionales de referencia (tanto los que se encargan del trabajo con el niño, la familia biológica como los que se encargan del segui-miento de la familia acogedora). El modelo

de parternariado valora a los agentes impli-cados como parte esencial de cualquier inter-vención efectiva. Se parte de que su interés, motivación y participación en las diferentes fases de la intervención son imprescindibles para alcanzar cambios positivos. Trabajar desde las potencialidades, reduciendo los riesgos, supone aumentar las posibilidades de éxito de la propuesta de intervención. Por eso, nos preguntamos ¿Qué prácticas hemos iden-tificado a nivel internacional que se sustentan en este modelo de parternariado y correspon-sabilidad?, ¿cuáles son los avances que apor-ta este modelo al desarrollo del acogimiento familiar? Y ¿cuáles son las limitaciones o ba-rreras que se han identificado en la práctica?

Conferencias

EXTRATEGIAS EXISTOSAS PARA LA CAPTACIÓN DE FAMILIAS ACOGEDORAS

17 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

LAS VOCES DE LOS MENORESJosé Antonio Reguilón MartínPsicólogo Clínico.

Es necesario señalar la ne-cesidad de la cooperación con las familias acogedo-

ras y la coordinación entre los diferentes profesionales que atendemos al niño. Sin la co-operación y la coordinación, el niño deja de ser el sujeto de pleno derecho que debe de ser, para pasar a ser un objeto parce-lado de estudio y medida desde diferentes disciplinas. Sin duda, las visitas son la prueba del aco-gimiento. Alrededor de las mis-mas se desencadenan temores, expectativas y decisiones que afectan a todos. Son necesarias

buenas dosis de tranquilidad y paciencia ante situaciones im-previstas y contingencias no deseadas. Si acoger es una bella palabra, acompañar es la pala-bra que permite mantener esa belleza. Acompañar a un niño en el camino de la infancia a la etapa adulta es uno de los es-fuerzos más estimulantes que podemos realizar. De lo que el niño experimenta, sobre todo si ha habido vivencias tempra-nas de abandono y maltrato, los adultos podemos aprender; para ello, es casi más importante pro-fundizar en el conocimiento de nuestros propios deseos que en un saber sobre el niño.

BUENAS PRÁCTICAS EN ACOGIMIENTO.María de la Fe Rodríguez Mu-ñoz. Facultad de Psicología UNED.Durante 30 largos años se estudió en Hawái una cohorte de 698 niños que vivían en condiciones muy nocivas para su salud e integridad. Cuando los niños estudiados, treinta años después, se convirtieron en adultos se pudo observar que un tercio de estos niños habían evolucionado en positivo convirtiéndose

en adultos competentes y bien integrados (Werner y Smith, 1982; 1992). De esta manera, se puso de manifiesto por primera vez de forma objetiva que, frente a las creencias tradicionales que mantenían un fuerte d e t e r m i n i s m o en la vida de los individuos, más bien parece que ocurre lo contrario: una infancia desdichada no siempre prescribe irremediablemente una madurez con

“Las

investigaciones han

demostrado que un

niño con una infancia

infeliz no se convierte

necesariamente en un

adulto fracasado “

patologías y todo tipo de problemas. Las investigaciones han demostrado que un niño con una infancia infeliz no se convierte necesariamente en un adulto fracasado. En esta línea, presentamos un programa de promoción de la resiliencia en el contexto familiar.

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 18

Una de las actividades más descuidadas en el campo de

la protección a la infancia es el análisis del funcionamiento de los programas de acogida desde la perspectiva de los propios usuarios.El principal motivo de esta escasez de evidencia científica es la variedad de dificultades etodológicas con las que los investigadores han de lidiar a la hora de recoger el feedback de los implicados en esta medida, incluyendo la obtención de una muestra no sesgada, la selección

de medidas fiables o la recogida de los datos de forma. La

investigación demuestra que esta intervención

proporciona una gran estabilidad y permanencia a los niños acogidos, con una gran proporción que permanece viviendo con los

acogedores después de cumplir los 18

años o que incluso son adoptados.

Mónica López López University of Groningen

Conferencias

El Asociacionismo Familiar en el Acogimiento

“ Un elemento clave

para ello, va a ser

conocer qué quiere

realmente la entidad

pública para los

menores que protege,

qué papel quiere

otorgar al acogimiento

entre sus medidas

protectoras, y cómo

quiere transformar el

sistema de servicios

sociales en el que se

encuentra anclado. “ Ricardo Casadó.Presidente ACARONAR

LA VOZ DE LAS FAMILIAS ACOGEDORAS

19 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

“ escuchar la experiencia de las familias acogedoras

puede contribuir a optimizar los programas de

acogida. “

“los derechos de los

menores no pueden verse

violados porque los adultos

que les rodean no acierten

en la interposición de las

demandas,

ni por los retrasos de las

decisiones judiciales “

“ El adolescente

adoptado debe además

integrar sus “espacios

negros” y los nuevos

vínculos que han

desarrollado con sus

familias adoptantes. “

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 20

La aportación que presentamos en el Congreso “Interés Superior del Menor”, se fundamenta

en nuestra larga experiencia como técnicos en la Comunidad Autónoma de Aragón donde creamos ya en 1985 el primer Programa de Acogimiento Familiar en la Diputación Provincial de Zaragoza. Posteriormente en 1997 pusimos en marcha el actual Programa, hoy todavía vigente, en la Comunidad Autónoma. A lo largo de estos años hemos asesorado a distintas administraciones y asociaciones en la creación e implementación de sus programas tanto en España como en Latinoamérica. Nuestra aportación es, pues, un catálogo de 20 criterios que pueden favorecer u obstaculizar un programa de acogimiento con el fin de abrir un debate que nos permita profundizar en la esencia del acogimiento familiar, muy desvirtuada por las malas prácticas y la falta de rigor con que se plantea en algunas circunstancias.

Conferencias

20 CRITERIOS PARA LA BUENA PRÁCTICA EN EL ACOGIMIENTO FAMILIAR

José Ángel Giménez Alvira Pedro Elías Moliner MallénADAFA

El Acogimiento Familiar se presenta como el mejor recurso

solidario y social para hacerse cargo del menor frente al ingreso en los Centros de Protección. Se le facilita al niño un soporte humano y afectivo para el normal desarrollo de su personalidad. Nos preocupan concretamente situaciones tales como: el abandono, el maltrato infantil en cualquiera de sus manifestaciones. ‘Familias Canguro’ es un programa a cargo de la Fundación

Internacional O´Belén, con el objeto favorecer la integración de los menores con edades

comprendidas entre los cero y los seis años, en hogares de Familias de Urgencia y Diagnóstico evitando así su

institucionalización. También pueden ser incluidos en el programa niños y niñas

en situación de guarda temporal a petición de los padres o menores cuya tutela corresponde a la Administración En cuanto a la red de familias canguro existente en la Región de Murcia, está formada por un total de 74 familias aproximadamente que se

han hecho cargo o lo hacen en este momento de 245 menores. Abraham Fernández Murcia

El Acogimiento Familiar en Murcia

21 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

El Acogimiento Familiar en GuipúzcoaLOGROS Y RETOS DE FUTURO

En noviembre de 1995 la Diputación Foral de Gipuzkoa contrató al Centro LAUKA para impulsar un programa de acogimiento familiar en dicho Territorio Histórico. Los principios teóricos que siempre han guiado nuestro trabajo son los que ponen al niño o niña en el centro de la intervención, lo que nos ha llevado a realizar un trabajo de apoyo, orientación, refuerzo, contención y mediación con las familias de acogida y de origen, que ha exigido mucha implicación por parte de los y las profesionales. Además, ha sido clave para nosotras entender la necesidad de cuidar las actuaciones que siguen a la separación de un niño, niña o adolescente de su familia, por creer que su separación del ambiente que le ha colocado en situación de desamparo protege, pero por sí solo no cura el probable daño o trauma; puede incluso causar un daño añadido, y requiere, por tanto, que se les ofrezca mucho más para lograr una reparación, una cobertura adecuada de sus necesidades, y posibilitar que desarrollen recursos resilientes. Así, dentro de los principales avances pueden destacarse: la mayor estabilidad de la medida, avalada por los últimos cambios legislativos; el hecho de que los niños y niñas vean reconocida su necesaria participación en el proceso, para lo que tienen que conocer sus planes de caso y participar en las decisiones que les afectan, de manera adaptada a su edad y circunstancias; el reconocimiento progresivo del papel

fundamental de las familias de acogida en la vida de los niños y niñas acogidas, y de su responsabilidad como guardadores en la toma de decisión; etc. Con respecto a los principales logros a conseguir, además de seguir afianzando y avanzando en los ya citados, pensamos que se deben: promover más recursos encaminados a reducir el elevado índice de fracaso escolar

de estos niños; establecer las mecanismos para que puedan recibir tratamientos psicológicos y psiquiátricos especializados en su problemática, lo que implica formar y reclutar especialistas en el tratamiento del trauma provocado por las situaciones

de desprotección infantil; posibilitar mayores recursos y apoyos para los jóvenes que egresan del sistema; estructurar espacios de respiro eficientes; lograr la desinstitucionalización de los niños y niñas de menos de 6 años; aumentar las opciones de los niños y niñas de más edad de ser acogidos por familias ajenas, etc.Cristina Herce, Cristina Achúcarro y Ana Mª RiveroLAUKA Centro de Estudios e Intervenciones Psicológicas

“ encontrar una familia de acogida, cuando se

ha perdido la propia, no es fin del problema sino el comienzo de un largo

camino. “

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 22

COMUNICACIONES ORALES

El Acogimento Familiar. Una visión desde la globalidad

La familia de acogida es el entorno más preparado

y dispuesto para suplir el contexto bio-psico-social natural. Es el espacio donde

el niño/a podrá encontrar la seguridad indispensable para crecer y desarrollarse como persona social. Un lugar donde encontrar la estabilidad que responde a su necesidad de sentirse conocido, reconocido y aceptado como ser único y que le ayude a construir su propia identidad. Desde una mirada sistémica global a todas las partes minimizar

los efectos adversos que se producen cuando nos vemos en la necesidad de separar a un menor de su entorno familiar y colocarlo en otro.Pilar Núñez Nerín, Encarna MartínIntress

“ Nuestra experiencia de trabajo a partir de la inclusión nos ha mostrado resultados muy positivos para todas las partes,

especialmente para los niños “

UN ANÁLISIS DE LAS RELACIONES INTERGENERACIONALESMaría Jesús Santos Juárez, Laura Fernández Martínez-Losa, Yolanda Pasamar Tudela, Pau Marí-KloseUniversidad De Zaragoza

Muchas de estas familias establecen relaciones duraderas e intensas con los menores que tienen (o han tenido) acogidos de manera transitoria o permanente. Estamos

interesados en el ejercicio de la “maternidad” y la “paternidad” (sucedánea) en este tipo de familias, y como se expresa en los usos del tiempo compartido, la gestión de afectos y reproches, el seguimiento de las actividades del menor, y en definitiva la construcción de significados atribuidos a esas relaciones.

Familias que acogen

23 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

COMUNICACIONES ORALES

La aportación de Arteixo

Perseguimos...

Facilitar un espacio de encuentro...

Capacitar a las familias acogedoras...

Contactar con todas las familias extensas acogedoras...

Promover la continuidad del grupo...

Así lo hacemos...

Basada en reuniones de grupo.

Se realiza paralelamente y por separado.

se trabaja mejorar la capacidad educativa y pedagógica de las familias.

Los/as menores participan en talleres lúdicos.

A través del trabajo grupal llevado a cabo en estas reuniones se fomentala creación de grupos

independientes de autoayuda

Sonia González Rodríguez, Borja Rey Barrero

Ayuntamiento Arteixo

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 24

COMUNICACIONES ORALES

“ Únicamente, con garantías de buen trato residencial; y -por otra parte- con una buena bolsa de familias preparadas y dispuestas para acoger a niños y niñas (con seguimiento y apoyo de los profesionales y las instituciones pertinentes) podrá garantizarse el buen trato a la infancia vulnerable y ofrecerles un futuro mejor. “

Por una parte, una gran mayoría (entre los que me encuentro) propone la preferencia del acogimiento familiar (AF) sobre el residencial. En esta línea está también claramente posicionado el Proyecto de la nueva Ley de la Infancia.

No nos parece que se esté produciendo una demanda de familias acogedoras, y tampoco vemos planes concretos para animar y promover el acogimiento de niños y niñas, lo que arruinaría los mejores intentos en esta línea.

Tenemos que en la situación actual las altas en acogimiento residencial están aumentando considerablemente.

Por otra parte, está la consideración cierta-mente positiva del acogimiento residencial para los casos que así lo requieran, como una medida más para ofrecer una respues-ta adecuada a las necesidades de muchos niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y/o desprotección social.

V.S.

Después del acalorado debate sobre la conveniencia o no del acogimiento

residencial (AR), incluso con la propuesta -por parte algunos autores- de su desaparición (Jesús Palacios), tenemos en la actualidad situaciones paradigmáticas:

D. Javier Domínguez Alonso

Universidad Alicante

El Acogimiento de menores en el actual Sistema de Protección a la Infancia - la importancia del contexto -

25 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

COMUNICACIONES ORALES

Hay un punto de vista tremendamente importante que no suele ser tenido en cuenta, el de las familias acogedoras, a pesar de ser quienes mejor podemos hablar del menor, puesto

que somos quienes lo conocemos en primera persona. Por ello, para que se oiga nuestra voz, es preciso que se nos reconozcan ciertos derechos, para poder desarrollar nuestra labor con mejor calidad y eficiencia. Demandamos una reforma legislativa, en consonancia con las recomendaciones del Senado de 2010 sobre adopción y acogimiento, en la que se vieranrecogidos nuestros siguientes derechos:

AportAciones de lAs fAmiliAs AcogedorAs

Demandamos una reforma legislativa, en consonancia con las recomendaciones del Senado de 2010 sobre adopción y acogimiento, en la que se vieran recogidos nuestros siguientes derechos:Derecho a la información.- A conocer el plan individual de atención.- La naturaleza y efectos del acogimiento.- Historial médico y antecedentes familiares.- Adopción de nuevas medidas de protección o cambios en las existentes.Derecho a la formación, seguimiento y apoyo técnico en todas las etapas.Derecho a ser oídos tanto en el ámbito judicial como en el de la administración que tutela a los menores.- Formar parte del equipo multidisciplinar en el que reside la toma de decisiones- Ser parte procesal en los procesos de oposición a las

medidas de protección y al desamparo.- A solicitar funciones tutelares en acogimientos permanentes sin posibilidad de retorno.- A ser contestados por la administración a cualquier solicitud, queja o sugerenciapresentada formalmente.Derechos económicos.- A una asignación económica no sujeta a presupuesto, a otra complementaria por familia numerosa, y a renunciar voluntariamente a esta, si así se desea.- A asistencia sanitaria y medicamentos gratuita, y a devolución de gastos extra.- A incluir al menor acogido en las mismas condiciones que los biológicos o adoptados, a fin de hacer uso de sus derechos y obligaciones familiares.Planteamos la necesidad de creación de una OFICINA DE APOYO A LAS

FAMILIAS, cuyo objetivo sería el de velar por estos derechos.Las familias de acogida deberíamos tener un estatuto semi-profesional ante la administración, como colaboradores necesarios de la misma.Apoyamos la propuesta del Gobierno de plantear A D O P C I O N E S ABIERTAS.En cuanto a los mayores de 18 años, nosotros proponemos también una prórroga de derechos filiales por acogimiento que mantenga esos derechos durante un número concreto de años o hasta su emancipación.En cuanto a las familias de urgencia solicitamos como derecho el alta en la seguridadsocial, dada la disponibilidad que se exige al acogedor.

Cristina Gomis CalvoAVAF

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 26

“Lo más importante en mi vida ha sido la confianza. Aunque no lo creáis, podéis ayudar a

mucha gente. “Blanca.

“ Hay muchas cosas duras cuando acoges o eres acogido,

pero tengo claro que todo el mundo está mas contento.

Disfruto mucho con los acogimientos. “

Mª Teresa.

“ Qué bonita es la palabra ser hermano. Que gran privilegio

tener y ser hermano”Aleis

“ Vivir en una familia de acogida ha sido un

salvavidas. Me ha permitido tener un modelo familiar que aplicar hoy en día. “

Raquel

TESTIMONIOS, CONCLUSIONES Y CLAUSURA

27 I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción

Conclusiones

I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción 28

“los niños y niñas representan nuestra

esperanza y son nuestro futuro”. Por ello, la voluntad del Gobierno es trabajar para

garantizarles un entorno adecuado: “Ellos serán

los que hagan un país y un mundo mejor. Nosotros,

dándoles los medios para ello, lo estamos haciendo

también”.

Edita: ASEAF y ADAMCAMMadrid 2013Fotografía: Rakel EspinosaQueda autorizada la difusión, publicación, copia no comercial del contenido de la revista, asi como los vídeos y fotografías, siempre y cuando se haga referencia a “I Congreso Interés Superior del Niño. Acogimiento y Adopción”Imagen con el permiso de freepik.

En España hay 14.000 niños viviendo en residencias mientras esperan una familia. Sin embargo, el acogimiento familiar y

los procesos de adopción, tanto nacional como internacional, son lentos. A finales de 2012 eran más de 10.000 las familias con expedientes abiertos esperando un niño. Ante esta situación “la necesidad de una reforma urgente y profunda del marco jurídico de protección de la infancia en este ámbito es evidente”. Se trata de una profunda revisión del sistema español de protección a los menores, por el que se modificarán diversos artículos de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, Código Civil, Ley de Adopción Internacional y Ley de Enjuiciamiento Civil. En primer lugar, se plantea “una regulación estatal más completa de las situaciones de riesgo y desamparo”, especificando la intervención adecuada en todas las situaciones en que puedan encontrarse los menores. La llamada “guarda voluntaria” se limitará a dos años. “Dar una oportunidad a los menores

tutelados por una institución de crecer en una familia”. Por ello, en la reforma legislativa se planteará flexibilizar el acogimiento familiar, dándole prioridad frente al residencial, y agilizar los procesos de adopción. En concreto, no se acordará el acogimiento en residencias de ningún menor de tres años, salvo

supuestos de imposibilidad debidamente acreditada.Además, se facilitará la gestión administrativa del acogimiento familiar, sin que sea necesaria la intervención judicial. Por otra parte, se regula por vez primera vez

el estatuto del acogedor familiar, es decir el conjunto de derechos y deberes de los acogedores familiares. En cuanto a la adopción, se agilizará el procedimiento, estableciendo por primera vez la guarda con fines de adopción, para evitar que el menor tenga que permanecer mientras duran los trámites en un centro de protección. Todas estas medidas se tomarán “con el objetivo de garantizar el interés superior de los más pequeños y reforzar la búsqueda de la mejor familia para cada niño”.

Dña. Ana Mato Adrover. Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.