Historia Parlamentaria en los Países Bajos y Bélgica Siglos XII y XVII – Wim Blockmans

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Historia Parlamentaria en los Países Bajos y Bélgica Siglos XII y XVII – Wim Blockmans La historiografía de las asambleas representativas, parte generalmente de dos conceptos o cuestiones: El dualismo entre un príncipe y los representantes, y el modelo generalmente establecido de Asambleas compuestas por tres estados, excepcionalmente agrupados en dos cámaras. El estudio de los sistemas representativos en los antiguos Países Bajos, nos obliga a poner en duda esos dos principios. Estos sistemas bien pudieron desarrollarse en contra de la action de un príncipe y sin tomar la forma de asambleas de tres estados. Tomando una perspectiva de Europa en su conjunto, los antiguos Países Bajos son una excepción, la actitud parlamentaria fue muy intensa, bajo diferentes formas después del a Edad Media. En la época del Absolutismo, las provincias unidad era una república; los países Bajos meridionales conocieron un régimen de participación real. Las instituciones que se desarrollaron en la Edad Media, y que permiten distintos grados de participación, como las reuniones de las ciudades mayores, o las asambleas de los Estados de los principados tuvieron influencia y dejaron sus huellas en las formas de gobiernos posteriores. El territorio Los Países Bajos, no tuvieron el estatus de reino hasta 1814. Se trataba de entre unos 15 a 20 principados, dependientes del reino de Francia o del Impero (por momentos dependientes parcialmente de ambos) no formaban más que una unidad relativa. Su situación periférica de las grandes monarquías occidentales, les dejaba unas ciertas libertas de acción. A la vez que estos estados intervenían en la región de manera militar, diplomática y económica. Nadie podía dejar a sus rivales esa posición estratégica en la boca del Rhin. Hay un desarrollo precoz de ciudades que permitió acumular riquezas. Esta urbanización, anterior a la formación de los principados territoriales, les daba fuerza frente al proceso de emergencia de una monarquía. Las ciudades constituían un poderoso factor en el balance de poder entre la nobleza y la dinastía principesca. Estos principados de dimensiones modestas eran excepcionalmente ricos gracias a la densidad de su población y a las grandes de sus ciudades.

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Historia Parlamentaria en los Países Bajos y Bélgica Siglos XII y XVII – Wim Blockmans

La historiografía de las asambleas representativas, parte generalmente de dos conceptos o cuestiones: El dualismo entre un príncipe y los representantes, y el modelo generalmente establecido de Asambleas compuestas por tres estados, excepcionalmente agrupados en dos cámaras.El estudio de los sistemas representativos en los antiguos Países Bajos, nos obliga a poner en duda esos dos principios.Estos sistemas bien pudieron desarrollarse en contra de la action de un príncipe y sin tomar la forma de asambleas de tres estados.Tomando una perspectiva de Europa en su conjunto, los antiguos Países Bajos son una excepción, la actitud parlamentaria fue muy intensa, bajo diferentes formas después del a Edad Media.En la época del Absolutismo, las provincias unidad era una república; los países Bajos meridionales conocieron un régimen de participación real. Las instituciones que se desarrollaron en la Edad Media, y que permiten distintos grados de participación, como las reuniones de las ciudades mayores, o las asambleas de los Estados de los principados tuvieron influencia y dejaron sus huellas en las formas de gobiernos posteriores.

El territorio

Los Países Bajos, no tuvieron el estatus de reino hasta 1814. Se trataba de entre unos 15 a 20 principados, dependientes del reino de Francia o del Impero (por momentos dependientes parcialmente de ambos) no formaban más que una unidad relativa.Su situación periférica de las grandes monarquías occidentales, les dejaba unas ciertas libertas de acción. A la vez que estos estados intervenían en la región de manera militar, diplomática y económica. Nadie podía dejar a sus rivales esa posición estratégica en la boca del Rhin. Hay un desarrollo precoz de ciudades que permitió acumular riquezas.Esta urbanización, anterior a la formación de los principados territoriales, les daba fuerza frente al proceso de emergencia de una monarquía. Las ciudades constituían un poderoso factor en el balance de poder entre la nobleza y la dinastía principesca. Estos principados de dimensiones modestas eran excepcionalmente ricos gracias a la densidad de su población y a las grandes de sus ciudades.Los rasgos fundamentales desde el punto de vista del territorio ya estaban establecidos hacia el fin del antiguo régimen.

a. Ausencia de un reino soberano de los Países Bajos, pese a las tentativas de los duques de Borgoña, Felipe “el bueno” y Carlos “el temerario” en la segunda mitad del siglo XV y pese a la unificación por derecho de sucesión de Carlos V en 1549.

b. La coexistencia de territorios autónomos ne la practica pese a sus pertenencia formal al reino de Francia o la imperio. Gradualmente todos los principados estaban dominados por la dinastía Borgoña-Hasburgo.

c. c. En las provincias más pobladas, Flandes, Barbant, Holanda y Zelanda, las ciudades privilegiadas ejercían una gran influencia política gracias a sus privilegios y su riqueza.

Las primeras constituciones

Desde el fin del siglo XI los privilegios urbanos flamencos contienen fórmulas que permiten a los burgueses rechazar todo servicio a su conde, si es que contravenía sus intereses. El modelo de derecho de resistencia feudal era aplicado por la comunidad burguesa, tanto de forma activa como pasiva. Incluso se encuentran menciones de la constitución de tribunales

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compuesto por un representante de los tres estados, que juzgaba la legalidad de las acciones del conde.Esta prácticas son excepcionalmente precoces en relación con el resto de Europa.Esta muestra la existencia de ciertas nociones de teoría política y de la voluntad manifiesta de ponerlas en práctica.De cualquier manera la reacción del conde hace inviable la aplicación de las resoluciones de estos tribunales, y generalmente las disputas se resolvían de forma violenta. Como fue el caso del conde Guillermo Cliton que en 1128 murió en batalla y los burgueses consiguieron consolidar sus privilegios.En el siglo XIII, las ciudades más grandes desarrollaron su propio sistema representativo. Los magistrados de siete, después de cinco y más tarde en el siglo XIV, las tres ciudades más importantes se reunían para decidir en común acuerdo un gran número de temas, como el comercio exterior, un acuerdo con un conde, etcétera. Entre más relación con el comercio y las finanzas, quienes mejores que los grandes comerciantes, que a su vez eran magistrados.Esta preponderancia de las grandes ciudades de vino tan exorbitantemente en el curso del siglo XIV, que en ciertos momentos pudieron imponerse al conde e incluso gobernar en su nombre, nombrando un teniente, tal manera, que en ciertos momentos funcionaron como ciudades-estados. A su vez, los conde trataron de afianzar su poder mejorando su capacidad de administración, agregando un cuarto miembro del Consejo, proveniente del distrito rural más rico, que a su vez representaba a buena parte de la nobleza y de la gente del campo rico.En 1400, el duque de Borgoña, Felipe Le Hardi, trató de limitar el poder de las ciudades introduciendo en Flandes el modelo francés de asambleas de los tres estados. Representativas, a las que se agregó la imposición de hacerse elegir como él quinto miembro de la representación permanente, en 1600 ya no podía compensar la preponderancia de estas tres grandes ciudades.

Felipe III de Francia, llamado el Atrevido (francés: Philippe le Hardy) (Poissy, 30 de abril de 1245 – Perpiñán, Rosellón, 5 de octubre de 1285). Rey de Francia (1270–1285), hijo y sucesor de San Luis IX y de Margarita de Provenza, perteneciente a la Casa de los Capetos. Nació el 30 de abril de 1245 en la ciudad de Poissy. Fue el segundo hijo varón del rey de Francia. Previamente a su ascensión al trono, ostentó el título de Conde de Orleáns. El 28 de mayo de 1262, Felipe de Francia contrajo matrimonio con Isabel de Aragón (1247–1271) (hija de Jaime I el Conquistador). De este matrimonio nacieron cuatro hijos: Luis de Francia (1264–1276), Felipe de Francia (futuro Felipe IV de Francia), (1268–1314), Rey de Navarra y de Francia, Roberto de Francia (1269–1276) y Carlos de Francia (1270–1325), Conde de Valois.Acompañó a su padre en la Octava Cruzada contra Túnez en 1270, en la que murió su padre. A los 25 años sucedió a su padre como rey de Francia. Inmediatamente dejó en manos de su tío Alfonso de Poitiers, el conde de Toulouse, las negociaciones para terminar la Cruzada. Fue coronado en Reims el 12 de agosto de 1271, su tío murió nueve días después. Así que el rey Felipe heredó Poitiers, Toulouse y parte de la Auvernia (el que luego sería el Ducado de Auvergne).Fue gobernante piadoso como su padre, pero no un político con grandes habilidades, y su apodo se debió más a su actitud en el arte de la guerra, estando siempre influido por importantes miembros de su familia, como sus tíos el Conde de Toulouse y el Rey de Sicilia.En 1271 su esposa, la reina Isabel falleció víctima de una caída de caballo en la ciudad de Cosenza, Italia, al regreso de las Cruzadas. En 1274, Felipe III contrajo matrimonio nuevamente con María de Brabante. De este matrimonio nacieron otros tres hijos: Margarita de Francia (1275–1317), Reina de Inglaterra, Luis de Francia (1276–1319), Conde de Évreux y Blanca de Francia (1278–1305).

Hacia 1350, esta ciudad contaba con 120.000 personas, que pagaban el 36% los impuestos y que dominaban la vida económica del país.Sin embargo, el azar dinástico provocó ocho sucesiones difíciles de un total de 9/1248 y 1430. Así fue que los estados deberían llamados a garantizar la continuidad de las reglas durante las transiciones difíciles. La ciudad aprovechaban estos momentos para formar ligas, incluso a veces con la nobleza. Muchas veces había que proteger a los comerciantes contra

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la represalias en el extranjero a causa de las deudas del duque. De esta manera, aparecen las primeras garantías escritas de un príncipe de los países bajos, ante el conjunto de sus súbditos.

Juan II de Brabante, llamado el Pacífico (27 de septiembre de 1275 - Tervuren, 27 de octubre de 1312), duque de Brabante y de Limburgo de 1294 a su muerte, fue hijo de Juan I, duque de Brabante y de Limburgo, y de Margarita de Dampierre.En 1290 casó en la abadía de Westminster con Margarita de Inglaterra, hija de Eduardo I, y de Leonor de Castilla. Este concierto matrimonial se inscribía en un conjunto de alianzas ideado por Eduardo para disponer de apoyos en su enfrentamiento con el rey de Francia Felipe IV el Hermoso.[1]La participación de Juan, duque desde 1394, en la liga contra Francia encabezada por Eduardo, con Guido de Dampierre, conde de Flandes y otros señores fue, sin embargo, sumamente dubitativa, y en 1300 la alianza quedó disuelta por las vacilaciones de sus componentes antes de lanzar el ataque. Desde el primer momento hubo de hacer frente además a revueltas internas y tumultos en las ciudades, promovidos por los grupos burgueses enriquecidos con la industria y el comercio pañero, que reclamaban acabar con los privilegios del patriciado urbano.[2] Amberes, Malinas, Bolduque, Lovaina y por último Bruselas en 1306 se amotinaron sucesivamente y momentáneamente lograron expulsar de ellas a los patricios.Sometidas las ciudades se desencadenó una ola de persecuciones contra los judíos, protegidos por el duque que percibía sus impuestos.[3]Agobiado por las deudas y gravemente enfermo del mal de piedra, en 1312 convocó en Kortenberg a la nobleza y los representantes de las ciudades, en las que persistían las muestras de descontento. El resultado de la reunión fue la aprobación de la Carta de Kortenberg que limitaba la imposición de nuevas cargas fiscales, establecía mecanismos de control de la justicia y reconocía a las ciudades sus privilegios y derecho consuetudinario, además de crear un consejo en el que estarían presentes miembros de la nobleza y del pueblo. Murió el 27 de octubre de 1312, al mes de firmar la Carta, dejando como heredero a un hijo único varón de poco más de doce años, Juan III.

El duque Juan II murió en 1312, dejando un heredero menor de edad, por lo que dejó una carta escrita en Kortenburg que puede tomarse como un verdadero texto constitucional. Por él se instala un consejo de regencia al cual lo burgueses controlaron. La carta reconoce el derecho de los súbditos de rechazar todo servicio al duque que viole cualquier artículo de la carta. Aquí se aplicó por primera vez a todos los súbditos de Flandes los privilegios conocidos desde fines del siglo XI.

Kortenberg en neerlandés y oficialmente, en frasncés, Cortenbergh es un municipio belga de la proincia de Brabante Flamenco. Está compuesto por las secciones de Kortenberg, Erps-Kwerps, Everberg y Meerbeek.El 27 de septiembre de 1312 Juan II de Brabante firmó en esta ciudad la llamada Carta de Kortenberg que limitaba la imposición de nuevas cargas fiscales, establecía mecanismos de control de la justicia y reconocía a las ciudades sus privilegios y derecho consuetudinario, amén de crear un consejo en el que estarían presentes miembros de lnobleza y pueblo.

La ciudad aprovechaba la minoridad del duque Juan III para tomar en sus manos el gobierno del ducado, consiguiendo en el consejo de regencia un número de villas igual a la de los nobles. Si bien el Consejo había apodado al crecer el duque, se fortaleció en los momentos de crisis.

Juan III de Brabante, llamado el Triunfante (1300 - Bruselas, 1355), duque de Brabante y de Limburgo de 1312 a su muerte, fue hijo de Juan II, duque de Brabante y de Limburgo, y de Margarita de Inglaterra. Los comienzos de su gobierno, con sólo trece años, estuvieron marcados por el descontento de la población debido a que los bienes que los brabanzones tenían en el extranjero estaban siendo embargados a causa de las enormes deudas contraídas por su padre y ante el temor de no poder cobrarlas. Además, los consejeros del joven duque se mostraban reacios a aceptar los términos de la Carta de Kortenberg por la que su padre en el lecho de muerte había otorgado a los ciudadanos ciertos derechos y privilegios, mientras la peste asolaba el país.[1] Finalmente los estados del ducado acordaron en 1313 satisfacer las deudas del duque mediante un impuesto sobre las ciudades y abadías a cambio de nuevos privilegios.Con quince años contrajo matrimonio con María de Évreux, hija de Luis de Francia, conde de Évreux e hijo del rey Felipe el Atrevido, y de Margarita de Artois, matrimonio concertado en 1311 por su padre buscando la aproximación a Francia.En 1325 hubo de hacer frente a Juan I de Bohemia, conde de Luxemburgo, que reclamaba la herencia de parte del territorio brabantino. La situación se complicó cuando acogió en Lovaina a Roberto de Artois, que había huido de Francia. El rey Felipe VI de Francia exigió la entrega del fugitivo o su expulsión del país, a lo que Juan

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se negó. En represalia, Felipe VI, que había intentado mediar en el conflicto con el rey de Bohemia, promovió ahora una coalición de todos los estados vecinos contra el brabanzón. En 1333 la coalición invadió Brabante oponiéndose a ella con determinación aunque inferior en número Juan II.[2]Por mediación del conde de Henao pronto se alcanzó una tregua y Juan II pudo reconciliarse con el rey de Francia. Esta alianza se rompió al iniciarse la Guerra de los Cien Años, en la que Juan, impelido por los intereses comerciales de la industria pañera, floreciente en Bravante y estrechamente dependiente del comercio con Inglaterra, se puso del lado de Eduardo III.[3]Su participación en la guerra, con todo, fue menor, y más preocupado por la sucesión e integridad de su reino a su muerte, al no sobrevivirle más que tres hijas, a partir de 1340 se alejó de la alianza con Inglaterra y buscó alianzas matrimoniales que lo acercasen a Francia. Así casó a Juana, que le heredaría como duquesa de Brabante y de Limburgo, primero con Guillermo II de Henao, conde de Henao y de Holanda, y en segundas nupcias (1352) con Wenceslao I de Luxemburgo; a Margarita, segunda de sus hijas, con Luis II de Flandes, quien a la muerte de su suegro desencadenó la guerra contra Brabante tratando de apoderarse del ducado, y a la tercera, María, con Reinaldo, duque de Güeldres .Además de estas tres hijas, con María de Évreaux tuvo tres hijos varones, muertos todos ellos prematuramente sin descendencia; según algunas fuentes, dejó también 17 hijos bastardos. Murió el 5 de diciembre de 1355, tras tomar el hábito de la orden de San Bernardo y fue enterrado en la iglesia de la abadía cisterciense de Villers.

La misma muerte del duque Juan III ofreció una nueva ocasión a los estados de hacer valer sus prerrogativas, ya que la heredera decidió casarse con Wenseslao de Luxemburgo.Entre el 5 diciembre del 20 febrero de 1000 presentes 25, o sea entre la muerte y la entrada de la duquesa con su marido, las ciudades, la nobleza y el clero negociaron las condiciones para reconocer el nuevo duque. Así consiguieron un mejor funcionamiento del Consejo de Kortenburg y el reconocimiento de sus privilegios frente a los funcionarios extranjeros.Esta carta propuesta en vigencia con la entrada de los duques a Luvain, que inaugura una serie de actos constitucionales para el ducado de Brabant vigente hasta 1794. De esta manera en cada nueva inauguración de los estados presentaban sus necesidades y sus faltas, y según las relaciones de fuerza en cada momento el duque cedió o no en diferentes grados.Los principados eclesiásticos de Utrecht y Liege también tienen ejemplos de constitucionalismo precoz, provocado también por una serie de discontinuidades en el ejercicio del poder político. En 1324 las ciudades de Liege pudieron imponerle a su una comisión de control parecida al Consejo de Kortenberg, llamada tribunal de los XXII. Su funcionamiento también dependía de las relaciones de fuerza reales entre los actores.Es probable que los desarrollos en un principado hayan tenido influencia sobre los otros, ya que se ven modelos análogos en varias partes en el curso del mismo periodo.En 1371, dado los problemas sucesorios que se repetían, se crea la carta conocida como "Land brief", que recoge las formas anteriores y se crean artículos nuevos, incluso hay un artículo corporativo donde el abad reconoce por sí, y sus sucesores, y si violaba una parte cualquiera de la carta, nadie tendría que comparecer ante él o sus oficiales, ni prestar el servicio, ni obediencia. Esta suspensión del abad para administrar justicia se violaba la ley, es original de Utrecht.

El funcionamiento

Las circunstancias particulares, sobre todo las crisis de sucesión a sudar a fijar ciertos derechos fundamentales en algunos territorios.Tanto en Holanda como en Flandes, las ciudades invitaban a los grandes comerciantes y emprendedores a participar en sus negociaciones térmicas en materias económicas, mostrando los fuertes lazos entre las élites políticas y económicas. La práctica de convocar a órganos representativos en Flandes y en las ciudades holandesas, se fue desarrollando de tal forma que llegaron a tener reglamentos escritos sobre sus competencias y funciones.En los territorios costeros altamente urbanizados donde una parte sustantiva de la población vivía del comercio y la industria, las formas representativas contribuyeron a estabilizar las

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relaciones entre los grandes comerciantes y el príncipe, ya que se sustituían las relaciones personales, por mecanismos que representaban intereses más generales.También las ciudades de Flandes, Brabant y Holanda se reunían para discutir temas económicos importantes como el comercio de lanas, con la circulación de la moneda. A la vez los miembros de Flandes entablaban negociaciones directas con los reyes de Inglaterra, Escocia o Castilla para solucionar los conflictos entre marinos y comerciantes de diferentes naciones.Los cuatro miembros de Flandes tuvieron más de 4000 actividades (reuniones, asambleas, embajadas, misiones) en el período que va de 1384 a 1506, el 11% de estos eran contactos con autoridades por fuera del condado, el 40% de esos se desarrollaban sin la presencia del conde, mire sus funcionarios.A partir del siglo XIV, los príncipes se dedican a controlar las asambleas y a integrar sus funciones de estado.También será un pasaje de la asociación de personas a una liga de ciudades en el cuadro de cada principado a partir de 1300 aproximadamente.La presencia de príncipes territoriales contribuyó a la formación de una asociación supra territorial en los países bajos. Sin embargo las relaciones internacionales por fuera de la región por más frecuentes e importantes que fuesen siguieron siendo informales.Luego la unificación dinástica realizada por los duques de Borgoña crearon un estado más fuerte que los principados territoriales. Este estado acaparaba paulatinamente las funciones de los colegios o ligas de las ciudades.El estado se ve soberano y autónomo en su Relaciones Exteriores y desarrolla una diplomacia profesional; se convierte también en el único y último garante de la justicia y por lo tanto pretende que sus jueces tomen las competencias que tenía los magistrados urbanos.La introducción por los duques de asambleas de tres estados en los principados donde no se habían desarrollado, como en Flandes en 1400, en Holanda en 1427 y en Namurois en 1430, significó la formación del estado más como genio y más integrado al interior de los principados. Con esta mínima lógica, los buques convocaban a las asambleas de estados o de ciudades de todos los principados juntos a fin de resolver los problemas comunes. A partir de 1464, los estados generales funcionaban con una institución que se reunía regularmente una vez al año hasta 1422, y los veces al año de 1493 a 1506. Luego de las crisis didácticas de 1477, los estados generales que analizan las distintas demandas y redactar un documento de 20 páginas, destinados a los principados Borgoñeses en los países bajos. Este documento puede considerarse como la primera constitución de los países bajos. Es conocido con el nombre de "gran privilegio" de 1477, y contienen efecto la primera mención del derecho de resistencia pasiva.

El Gran Privilegio fue una concesión de María de Borgoña a sus súbditos de Flandes (Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo y norte de Francia) devolviéndoles los privilegios arrebatados por los duques anteriores, Felipe el Bueno y Carlos el Temerario, que fue firmada en Gante en febrero de 1477. Era un Estatuto que garantizaba el autogobierno de los Países Bajos, según el cual se creaba un Gran Consejo para asesorar a María, y ésta se comprometía a no declarar la guerra o subir los impuestos sin el consentimiento de los Estados Generales, que, con los Estados Provinciales, controlarían la fecha y sede de las convocatorias. Se promulgaron por separado grandes privilegios para el Condado de Flandes, Holanda y Namur, y se restituyó otro estatuto llamado la Joyeuse Entrée, que databa del 3 de enero de 1356, para Brabante.Gracias a la ayuda en tropas y dinero prestada por los Países Bajos, la duquesa pudo hacer frente al rey Luis XI de Francia, que había invadido Borgoña alegando la falta de heredero varón.Los privilegios fueron recusados por los descendientes de María, su hijo Felipe el Hermoso, su nieto Carlos V del Sacro Imperio Romano y su bisnieto Felipe II de España. Durante la Guerra de los Ochenta Años el Gran Privilegio representó la autonomía de los Países Bajos frente a los Austrias.

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También hay que tener en cuenta que las asambleas de los estados generales no pueden comprenderse cabalmente sin poner en los contextos de las asambleas vecinales y de estados de cada principado, ya que de éstos salían los delegados a los estados generales, y ésta, a su vez reflejaba las estructuras de los órganos territoriales y los representantes provenían a su vez de diferentes sectores sociales.

Sobre pistas divergentes

La revuelta de los países bajos contra el rey Felipe II de España marca etapas muy significativas en el desarrollo del sistema representativo. Fueron las asambleas de estados y los estados generales quienes terminaron encabezando la resistencia contra el poder central. Fundada en las costumbres, usos y privilegios de los principados, elevaron sus quejas contra todas las infracciones y novedades cometidas por el gobierno, visto cada vez más como extranjero.Los grandes avances constitucionales hechos por los estados generales en 1576, 1579 y 1581, se basaron en el gran privilegio de 1477. Sin embargo el rey desconocía estos actos y se rehusó a aceptar que había violado el derecho escrito y consuetudinario, ante esto los estados se reunieron contra él y pusieron fin a su calidad de príncipe.La legitimación premeditada a este acto de soberanía de 1581 es muy similar a la que utilizaron los nobles y burgueses flamencos en 1528. El príncipe está obligado a respetar y hacer respetar los privilegios y otros derechos, de todos los súbditos; si él se niega a restaurar la legalidad luego de las infracciones, los estados tienen el derecho de de ponerlo y de elegir un nuevo príncipe que se ajuste a los usos, costumbres y privilegios.El procedimiento utilizado aquí, como en Brabante en 1420, fue el modelo para el derrocamiento del rey de Inglaterra en 1647 y en 1776 por los colonos americanos.Sin embargo, mediante la lucha militar, el rey de España logra la reconquista de los países bajos meridionales. Esto marca el inicio de la resistencia a la tiranía española. A su vez la reforma ofrece una ideología de conjunto, por sobre los intereses particulares locales y regionales. También agrega argumentos éticos a los textos y tradiciones para justificar la resistencia. Muchas veces se presentan estos actos como conservadores y anti modernos, ya que se oponían al estado centralizador. Es evidente que las élites burguesas luchaban por sus intereses particulares que se concebían a escala local, cuando sumo regional.Sin embargo la defensa de los privilegios fue una forma de oposición legal a la arbitraria y totalitaria del príncipe. Sobre todo en el ámbito de la conciencia individual (la religión), las asambleas crearon nuevas libertades constitucionales que no pueden considerarse más que modernas. Además está revuelta ascenso al poder de la burguesía, que sin duda resultaba moderna y progresista frente a la monarquía absoluta española.

Las innovaciones de la República

En las provincias del norte, la conducción de la guerra prolongada contra España llevó a las asambleas de estados (donde ya estaba excluido el clero) a crear un aparato ejecutivo y a formar una fuerza federal. Los estados generales eran los garantes de la constitución y controlaban a todos los órganos centrales, incluido el teniente o "Stadhonder".

Stadhouder; de stad, lugar, y houder, teniente. Jefe o magistrado supremo de la antigua república de los Países Bajos. En un principio fueron lugartenientes del rey de España.

En los estados generales, 58 ciudades tenían el derecho a votar, de las cuales 18 eran holandesas, con una sola banca para la nobleza de esas provincias.En Zelanda votaban seis ciudades, por cada noble.En las otras provincias, rurales, los votos eran iguales o ligeramente iguales a la nobleza.

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La presidencia era ejercida por una semana cada uno de las siete provincias. Además como la mayoría de los problemas administrativos se resolvían cada lugar, sólo se necesitaba una burocracia mínima para mantener el sistema.Este sistema estaba fragmentado tenía sus ventajas e inconvenientes, pero si pudo sobrevivir durante dos siglos fue gracias a:

1. La defensa se basaba en un cordón de tierras inundables que aislaban el territorio.2. La marina era la esencia del poder militar, que a su vez sólo necesitaba 1/10 parte de hombres que el ejército terrestre.3. La guerra era financiada por la deuda pública, gracias a la riqueza comercial, el crédito era fácil de conseguir y beneficiaba a la élite burguesa.

Conclusiones

Los factores determinantes del sistema representativo de los países bajos pueden resumirse así:

a. La excepcionalidad de mando urbana, creó los deseos y las soluciones específicas en las regiones cercanas al mar o los grandes ríos. El tejido urbano cada vez más denso permitió una interacción intensa entre ciudades.

b. La introducción tardía de los principados territoriales y la unificación con un territorio tan grande y complejo, sumado a las fortalezas locales, permitió obstaculizar la centralización y el absolutismo.

c. La discontinuidad monárquica en ciertos principados creó la posibilidad para las fuerzas urbanas de crear fórmulas de derecho constitucional. Aunque la correlación de fuerzas reales se imponía a la legalidad, la existencia de las mismas sentó las bases para justificar acciones futuras y muchas formas de gobierno y resolver los conflictos.

d. Según el tipo de economía prevaleciente en cada región, los poderes políticos tomaban diferentes formas.

e. Para finalizar nos parece más importante determinar los lazos entre las características esenciales de la sociedad y sistema político, antes que seguir investigando un solo tipo de representación viviendo más de la ideología que de la realidad.