Historia Del Codigo Civil Venezolano

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historia del codigo civil venezolano 2. Evolución Histórica del Código Civil Venezolano El primer Código civil se pone en vigencia cuando la presidencia del General Páez en el año de 1861, este Código tiene una inspiración en el Código de Andrés Bello. El segundo Código Civil es el de 1867, este fue una copia del Código Civil del célebre Español García Gayena. El tercer Código Civil fue el de 1896, este trae una serie de nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia, facilitando la celebración del matrimonio. Sigue el Código Civil de 1904 a principios de este siglo, también tienen algunas reformas y modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institución del Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela. El quinto Código Civil fue en 1916, tiene una serie de modificaciones de carácter inconveniente en cuanto a la inquisición de paternidad ilegitima. En el Código Civil de 1922 se eliminan algunas trabas para la inquisición de la paternidad ilegitima, se establecen algunos adelantos y algunas reformas en materia de arrendamiento y venta. El código Civil de 1942 que es el que nos rige parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientes, se estableció la comunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacó la llamada tutela del Estado para los menores abandonados. El Código Civil de 1942 duró 40 años en vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que nos rige actualmente que es el de 1982, este es el Octavo Código Civil Venezolano. En este código se establecieron distintas modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio, Patria Potestad, es decir, que la reforma del Código Civil de 1942 operada en el 1982 tiene una serie de aspectos positivos y que se refieren particularmente a la materia de familia. --------------------------------------------------------------------------------------- El primer Código Civil Venezolano. En 1861 el gobierno de Páez encomendó a Viso un nuevo proyecto de Código Civil, que fue acogido favorablemente por una comisión revisora y promulgado el 28 de Octubre de 1862 para comenzar a regir el 1º de Enero de 1863. Este primer Código perdió su vigencia el 8 de agosto de 1863 por causa del famoso Decreto de Falcón que derogó todas las normas jurídicas dictadas por el gobierno central después de estallada la revolución Federal. El Código de 1867 El 21 de Mayo de 1867 se dictó en medio de la mayor premura un nuevo Código Civil que era casi una copia literal del proyecto español. El resultado fue un código radicalmente desadaptado al país. El Código de 1873 El 20 de febrero de 1873 se dictó un nuevo Código Civil inspirado en el código Italiano del 65. No se tomaron en cuenta las profundas diferencias existentes entre la realidad social italiana y la Venezolana, por lo cual muchas de sus normas no se adaptaban al país. El Código de 1896 Se reformó nuevamente el código civil, tratando de adaptarlo al medio social, de eliminar algunas instituciones originales y absurdas del código del 73 y de acoger algunos principios admitidos pacíficamente por la doctrina y jurisprudencia Franco- Italiano. El Código de 1904

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codigo civil venezolano

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historia del codigo civil venezolano

2. Evolución Histórica del Código Civil Venezolano

El primer Código civil se pone en vigencia cuando la presidencia del General Páez en el año de 1861, este Código tiene una inspiración en el Código de Andrés Bello.

El segundo Código Civil es el de 1867, este fue una copia del Código Civil del célebre Español García Gayena.

El tercer Código Civil fue el de 1896, este trae una serie de nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia, facilitando la celebración del matrimonio.

Sigue el Código Civil de 1904 a principios de este siglo, también tienen algunas reformas y modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institución del Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela.

El quinto Código Civil fue en 1916, tiene una serie de modificaciones de carácter inconveniente en cuanto a la inquisición de paternidad ilegitima.

En el Código Civil de 1922 se eliminan algunas trabas para la inquisición de la paternidad ilegitima, se establecen algunos adelantos y algunas reformas en materia de arrendamiento y venta.

El código Civil de 1942 que es el que nos rige parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientes, se estableció la comunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacó la llamada tutela del Estado para los menores abandonados. El Código Civil de 1942 duró 40 años en vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que nos rige actualmente que es el de 1982, este es el Octavo Código Civil Venezolano. En este código se establecieron distintas modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio, Patria Potestad, es decir, que la reforma del Código Civil de 1942 operada en el 1982 tiene una serie de aspectos positivos y que se refieren particularmente a la materia de familia.---------------------------------------------------------------------------------------

El primer Código Civil Venezolano.En 1861 el gobierno de Páez encomendó a Viso un nuevo proyecto de Código Civil, que fue acogido favorablemente por una comisión revisora y promulgado el 28 de Octubre de 1862 para comenzar a regir el 1º de Enero de 1863. Este primer Código perdió su vigencia el 8 de agosto de 1863 por causa del famoso Decreto de Falcón que derogó todas las normas jurídicas dictadas por el gobierno central después de estallada la revolución Federal.El Código de 1867El 21 de Mayo de 1867 se dictó en medio de la mayor premura un nuevo Código Civil que era casi una copia literal del proyecto español. El resultado fue un código radicalmente desadaptado al país.El Código de 1873El 20 de febrero de 1873 se dictó un nuevo Código Civil inspirado en el código Italiano del 65. No se tomaron en cuenta las profundas diferencias existentes entre la realidad social italiana y la Venezolana, por lo cual muchas de sus normas no se adaptaban al país.El Código de 1896Se reformó nuevamente el código civil, tratando de adaptarlo al medio social, de eliminar algunas instituciones originales y absurdas del código del 73 y de acoger algunos principios admitidos pacíficamente por la doctrina y jurisprudencia Franco-Italiano.El Código de 1904Se dictó un nuevo código civil cuya principal innovación consistió en introducir el divorcio.Los Códigos de 1916 y de 1922En 1916 se dictó un nuevo Código Civil que introdujo innovaciones muy importantes para adaptar la legislación al medio social.En 1922 se reformó nuevamente el código civil, siendo la principal innovación la eliminación de la inquisición de paternidad natural como principio, limitada cuyo anteriormente al caso de rapto, lo que evidentemente constituyó un retroceso.El proyecto del 31 y el Código de 1942En 1931 se elaboró un nuevo proyecto de código civil, cuya discusión no concluyó el congreso, promulgado en 1942 sus innovaciones tuvieron como finalidad adapta la legislación al medio social:

Se estableció la presunción de comunidad de bienes en los casos de unión extra – patrimonial. Se permitió la libre investigación de la paternidad natural en la vida del padre.

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Se convirtió al hijo natural en heredero forzoso del padre, dándole la mitad de lo que corresponde al legitimo. El Estado asumió "de hecho", la tutela de los menores abandonados. Se introdujeron otras reformas sustanciales, especialmente en materia de obligaciones, inspiradas en el Proyecto

Franco - Italiano.

Estructura del Código Civil Venezolano Vigente.El Código Civil actual Venezolano es el código civil del 42 con reforma del 82, es un todo orgánico, es decir que las disposiciones contenidas en este código son de sentido orgánico coherentes y correlativos como todo documento codificado está dividido en secciones y libros.La estructura material del Código Civil: Un titulo preliminar que contiene disposiciones básicas y fundamentales lo que se inicia como es natural con el artículo 4 y concluye con el artículo 14.Desde el artículo 15 se inicia el titulo I del Libro Primero del código Civil. Se refiere a la jurisdicción especial, ese primer libro es fundamental dentro de la organización de la sociedad Venezolana en materia de personas.A partir del artículo 525 se inicia el libro segundo que se denomina de los bienes de la propiedad y sus modificaciones, la doctrina lo llama de los bienes y de las cosas, inicia en el artículo 525 y concluye en el 795.Luego en el artículo 796 se inicia el tercer libro, el titular se denomina de las materias de adquirir y trasmitir la propiedad y demás derechos, allí están constituidas las disposiciones relativas a los principales Derecho Reales fundamentalmente el Derecho de Propiedad. Este es el libro final y concluye en el artículo 1.987.A partir del artículo 1988 hasta el artículo 1993 encontramos las disposiciones transitorias que fueron previstas por el legislador Venezolano en el orden del modos operandi.Luego encontramos dos disposiciones finales en los artículos 1994 y 1945; las disposiciones finales se refiere a la oportunidad que empieza a seguir el código actual.Este todo orgánico que nos rige y que es de capital importancia para vigencia del Derecho Venezolano, promulgado por el Congreso de la República en la oportunidad correspondiente que es indicada, se inicia con el titulo preliminar y siguen sucesivamente tres libros con el orden de materia que se ha señalado libro primero, libro segundo y libro tercero.

codigo civil francés.

El Código Civil francés (llamado Código de Napoleón o Código Napoleónico) es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo. Denominación oficial que en 1807 se dio hasta entonces llamado Código Civil de los franceses, aprobado por la Ley del 21 de marzo de 1804

El Código Napoleón (o Código Napoleónico) es el actual código civil de Francia.

Se promulgó el 21 de Marzo de 1804 (30 ventôse An XII), y está aún en vigencia, con posteriores modificaciones.

Llamado también "la Constitución Civil de los franceses", es la base de todo el Derecho Civil de Francia, y aún más, de todo el Derecho francés. Fue un pionero en la legislación universal, y por la claridad y sencillez de su texto y la solidez de su contenido se transformó en el modelo de los sucesivos códigos civiles de más de 24 naciones.

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sentencia sobre la edad mínima para contraer matrimonio

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La Sala Constitucional del TSJ establece la edad Mínima para contraer Legalmente Matrimonio

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a través de la sentencia n.° 1353, de fecha

16/10/2014, declaró la nulidad parcial del Artículo 46 del Código Civil en la parte que establece «la mujer

que no haya cumplido catorce 14 años de edad y el varón» estableciendo que la inteligencia de la norma

se refiere a que no podrá contraer válidamente matrimonio la persona que no haya cumplido dieciséis (16)

años», la cual fue publicada en la G.O. n.° 40.553, de fecha 02/12/2014.

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Cual artículo de la constitución habla sobre matrimonio de hombre con mujer Venezuela

Artículo 77 Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el matrimonio.

el Código Civil en su artículo 44

Artículo 44.- El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.

Ley Orgánica de Registro Civil en su artículo 118

Artículo 118. La libre manifestación de voluntad efectuada entre un hombre y una mujer, declarada de manera conjunta, de mantener una unión estable de hecho, conforme a los requisitos establecidos en la ley, se registrará en el libro correspondiente, adquiriendo a partir de este momento plenos efectos jurídicos, sin menoscabo del reconocimiento de cualquier derecho anterior al registro.

Decisión judicial

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Se establece el matrimonio civil en Venezuela

¿Sabías qué? el 1º de enero de 1873 el expresidente de Venezuela, Antonio Guzmán

Blanco, estableció en nuestro país el matrimonio civil.

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El mismo debía realizarse ante el Presidente del Concejo, para posteriormente poder realizar

matrimonio eclesiástico. Su publicación se hizo un 8 enero y a los 10 días entró en vigencia.

Las primeras parejas venezolanas en contraer matrimonio fueron: Manuel María Martínez –

Carmen Paz Castillo (viuda); José Ignacio Cardozo – Carmen Núñez de

Cáceres;General Aníbal Marott – Ramona España (viuda de Manuel Ezequiel Bruzual) un 16

de enero de ese mismo año.

Es importante destacar, que de esa tercera unión fueron testigos los Generales Antonio

Guzmán Blanco y Víctor Rodríguez.

El 14 de febrero, Guzmán Blanco legalizó civilmente su matrimonio con Ana Teresa Ibarra.