HISTORIA CLINICA – CONSENTIMIENTO INFORMADO LEY NACIONAL 26529 Obligatoriedad -Art. 6 y 12- Orden...

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HISTORIA CLINICA – HISTORIA CLINICA – CONSENTIMIENTO INFORMADO CONSENTIMIENTO INFORMADO LEY NACIONAL 26529 LEY NACIONAL 26529 Obligatoriedad -Art. 6 y Obligatoriedad -Art. 6 y 12- 12- Orden Pùblico -Art. 23- Orden Pùblico -Art. 23-

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HISTORIA CLINICA – HISTORIA CLINICA – CONSENTIMIENTO INFORMADO CONSENTIMIENTO INFORMADO

LEY NACIONAL 26529LEY NACIONAL 26529

Obligatoriedad -Art. 6 y 12-Obligatoriedad -Art. 6 y 12-

Orden Pùblico -Art. 23-Orden Pùblico -Art. 23-

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HISTORIA CLINICA HISTORIA CLINICA DEFINICION -ART.12-DEFINICION -ART.12-

Es el documento obligatorio, Es el documento obligatorio, cronològico, foliado y completo en el cronològico, foliado y completo en el que conste toda actuaciòn realizada que conste toda actuaciòn realizada al paciente por profesionales y al paciente por profesionales y auxiliares de la salud auxiliares de la salud

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HISTORIA CLINICA HISTORIA CLINICA INFORMATIZADA INFORMATIZADA

-ART.13--ART.13-

El contenido de la HC puede El contenido de la HC puede confeccionarse en soporte confeccionarse en soporte magnètico siempre que se arbriten magnètico siempre que se arbriten los medios para asegurar la los medios para asegurar la preservaciòn de su integridad, preservaciòn de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad.-perdurabilidad y recuperabilidad.-

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ASIENTOS –ART. 15-ASIENTOS –ART. 15-

En la HC se deberà asentar:En la HC se deberà asentar:

-Fecha de inicio de su confeccion-Fecha de inicio de su confeccion

-Datos del paciente y de su nùcleo fliar-Datos del paciente y de su nùcleo fliar

-Datos identificatorios del profesional y su -Datos identificatorios del profesional y su especialidadespecialidad

-Registros claros y precisos de los actos realizados -Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientespor los profesionales y auxiliares intervinientes

-Antecedentes genèticos, fisiològicos y patològicos -Antecedentes genèticos, fisiològicos y patològicos si los hubiere si los hubiere

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ASIENTOS -ART. 15-ASIENTOS -ART. 15-

Todo acto mèdico realizado o indicado: -Todo acto mèdico realizado o indicado: -prescripciòn y suministro de prescripciòn y suministro de medicamentos, medicamentos,

-realizaciòn de tratamientos, -realizaciòn de tratamientos,

-pràcticas, estudios ppales y -pràcticas, estudios ppales y complementarios afines con el diagnòstico complementarios afines con el diagnòstico presuntivo y en su caso de certeza, presuntivo y en su caso de certeza,

-intervenciòn de especialistas, -intervenciòn de especialistas,

-diagnòstico, pronòstico, procedimiento, -diagnòstico, pronòstico, procedimiento, evoluciòn, evoluciòn,

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-Ingresos y altas mèdicas -Ingresos y altas mèdicas

-En el caso de HC odontològicas, -En el caso de HC odontològicas, deben contener registros que deben contener registros que permitan la identificaciòn del permitan la identificaciòn del paciente – La registraciòn deberà paciente – La registraciòn deberà realizarse segùn el Sistema dìgito realizarse segùn el Sistema dìgito dos o binario dos o binario

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INTEGRIDAD DE LA HC INTEGRIDAD DE LA HC -ART. 16--ART. 16-

Forman parte de la HC:Forman parte de la HC:

Los consentimientos informadosLos consentimientos informados Las hojas de indicaciones mèdicasLas hojas de indicaciones mèdicas Las planillas de enfermerìaLas planillas de enfermerìa Los protocolos quirùrgicosLos protocolos quirùrgicos Las prescripciones dietariasLas prescripciones dietarias Estudios y pràcticas realizadas, rechazadas o Estudios y pràcticas realizadas, rechazadas o abandonadas (se debe acompañar breve abandonadas (se debe acompañar breve sumario de su agregaciòn o desglose con sumario de su agregaciòn o desglose con constancia de fecha, firma y sello del Prof.)constancia de fecha, firma y sello del Prof.)

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AGREGADOAGREGADO

-En el caso de HC odontològicas, -En el caso de HC odontològicas, deben contener registros deben contener registros odontològicos que permitan la odontològicos que permitan la identificaciòn del paciente, segùn el identificaciòn del paciente, segùn el sistema dìgito dos o binario –sistema dìgito dos o binario –

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PRINCIPIO DE UNICIDAD PRINCIPIO DE UNICIDAD -ART. 17--ART. 17-

La HC tiene caràcter ùnico dentro de La HC tiene caràcter ùnico dentro de cada Instituciòn, debe identificarse cada Instituciòn, debe identificarse mediante una “clave uniforme” que mediante una “clave uniforme” que debe ser informada al paciente debe ser informada al paciente

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TITULARIDAD Y DERECHO DE TITULARIDAD Y DERECHO DE ACCESO A LA HC ACCESO A LA HC -ARTS. 14, 19, 20--ARTS. 14, 19, 20-

TITULAR: El pacienteTITULAR: El paciente

LEGITIMACION PARA SOLICITAR LA HC:LEGITIMACION PARA SOLICITAR LA HC:

-El paciente y su representante legal-El paciente y su representante legal

-Cònyuge o persona que conviva con el paciente en uniòn de -Cònyuge o persona que conviva con el paciente en uniòn de hecho, sea o no de distinto sexo, y herederos forzosos, con hecho, sea o no de distinto sexo, y herederos forzosos, con autorizaciòn del paciente, salvo que èste se encuentre autorizaciòn del paciente, salvo que èste se encuentre imposibilitado de darlaimposibilitado de darla

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INVIOLABILIDAD - CUSTODIA INVIOLABILIDAD - CUSTODIA DE LA HC DE LA HC -ART. 18--ART. 18-

La HC es inviolableLa HC es inviolable Los establecimientos pùblicos, Los establecimientos pùblicos,

privados, y profesionales titulares de privados, y profesionales titulares de consultorios, tienen a su cargo su consultorios, tienen a su cargo su guarda y custodiaguarda y custodia

Rige esta obligaciòn por el plazo de 10 Rige esta obligaciòn por el plazo de 10 AÑOS contados desde el ùltimo AÑOS contados desde el ùltimo asiento asiento

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CONSENTIMIENTO CONSENTIMIENTO INFORMADO - DEFINICIONINFORMADO - DEFINICION

Declaraciòn de voluntad efectuada por Declaraciòn de voluntad efectuada por el paciente o su representante legal, el paciente o su representante legal, luego de recibir por parte del luego de recibir por parte del Profesional interviniente, informaciòn Profesional interviniente, informaciòn clara, precisa y adecuada, respecto aclara, precisa y adecuada, respecto a

-Estado de salud-Estado de salud

-Procedimiento propuesto y objetivo -Procedimiento propuesto y objetivo perseguidoperseguido

-Beneficios esperados-Beneficios esperados

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DEFINICION -ART. 5-DEFINICION -ART. 5-

-Los riesgos, molestias y efectos -Los riesgos, molestias y efectos adversos previsiblesadversos previsibles

-Especificaciòn de procedimientos -Especificaciòn de procedimientos alternativos, y sus riesgos, beneficios alternativos, y sus riesgos, beneficios y perjuicios en relaciòn con el y perjuicios en relaciòn con el procedimiento propuestoprocedimiento propuesto

-Consecuencias previsibles de la no -Consecuencias previsibles de la no realizaciòn del tratamiento propuesto realizaciòn del tratamiento propuesto o de los alternativos especificados o de los alternativos especificados

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AGREGADOS AGREGADOS ---El derecho que le asiste en caso de -El derecho que le asiste en caso de

enfermedades incurables, enfermedades incurables, irreversibles o en estadio terminal, irreversibles o en estadio terminal, en cuanto al rechazo de en cuanto al rechazo de procedimientosprocedimientos

-El derecho a recibir cuidados -El derecho a recibir cuidados paliativos integrales paliativos integrales

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OBLIGATORIEDAD -ART. 6-OBLIGATORIEDAD -ART. 6-

..

Toda actuación profesional en el Toda actuación profesional en el ámbito médico-sanitario, sea público ámbito médico-sanitario, sea público o privado, requiere, con carácter o privado, requiere, con carácter general y dentro de los límites que se general y dentro de los límites que se fijen por vía reglamentaria, el previo fijen por vía reglamentaria, el previo consentimiento informado del consentimiento informado del pacientepaciente

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INCAPACIDAD JURIDICA O INCAPACIDAD JURIDICA O DE HECHO DE HECHO

En el supuesto de incapacidad del En el supuesto de incapacidad del paciente, o imposibilidad de brindar el CI a paciente, o imposibilidad de brindar el CI a causa de su estado fìsico o psìquico, podrà causa de su estado fìsico o psìquico, podrà ser dado por las personas mencionadas en ser dado por las personas mencionadas en el art. 21 Ley 24193 (el art. 21 Ley 24193 (cònyuge – conviviente cònyuge – conviviente por 3 años – hijos – padres – hermanos – nietos – por 3 años – hijos – padres – hermanos – nietos – abuelos – pariente consanguìneo hasta el 4to abuelos – pariente consanguìneo hasta el 4to grado – por afinidad hasta el 2do)grado – por afinidad hasta el 2do)

Se debe procurar la participaciòn del Se debe procurar la participaciòn del paciente paciente

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FORMA Y PRUEBA -ART. 7-FORMA Y PRUEBA -ART. 7-

El consentimiento se otorgarà en forma El consentimiento se otorgarà en forma VERBAL.- VERBAL.-

En lo siguientes casos debe ser ESCRITO En lo siguientes casos debe ser ESCRITO Y FIRMADO:Y FIRMADO:

-Internaciòn-Internaciòn

-Intervenciòn quirùrgica-Intervenciòn quirùrgica

-Procedimientos invasivos o que -Procedimientos invasivos o que impliquen riesgos impliquen riesgos

-Revocaciòn -Revocaciòn

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EXCEPCIONES -ART. 9-EXCEPCIONES -ART. 9-

-Cuando mediare grave peligro para la -Cuando mediare grave peligro para la salud pùblicasalud pùblica

-Cuando mediare situaciòn de -Cuando mediare situaciòn de emergencia para la salud o vida del emergencia para la salud o vida del pacientepaciente

Criterio de interpretaciòn restrictivoCriterio de interpretaciòn restrictivo

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REVOCABILIDAD -ART. 10-REVOCABILIDAD -ART. 10-

-El paciente o su rep. legal pueden -El paciente o su rep. legal pueden revocar su decisiònrevocar su decisiòn

-Se debe dejar constancia por escrito -Se debe dejar constancia por escrito en la HCen la HC

-Se debe acreditar que la misma se -Se debe acreditar que la misma se prestò en conocimiento de los prestò en conocimiento de los riesgos que tal revocaciòn implicariesgos que tal revocaciòn implica