Hechos Posteriores

11
HECHOS POSTERIORES Existen hechos o transacciones que es necesario revelar en los estados financieros y que ocurren con posterioridad a la fecha de terminación de la Auditoria. Dichos hechos o transacciones pueden suceder: 1) De la fecha de dictamen a la fecha en que éste se entregue a la entidad. Cuando el Auditor conozca los hechos que ocurran después de que haya concluido su trabajo de auditoría, pero antes de que entregue el Dictamen, y que tenga un efecto sobre este, se puede seguir cualquiera de las dos alternativas que se describen a continuación: a) Utilizar dos o más fechas, dejando la fecha original de terminación de la auditoria y mencionando enseguida la nueva fecha referida exclusivamente al hecho posterior revelando en una nota a los estados financieros. b) Cambiar la fecha del dictamen a la del hecho posterior , en cuyo caso el auditor se responsabiliza por todos los hechos ocurridos hasta la nueva fecha.

Transcript of Hechos Posteriores

Page 1: Hechos Posteriores

HECHOS POSTERIORESExisten hechos o transacciones que es necesario revelar en los estados financieros y que ocurren con posterioridad a la fecha de terminación de la Auditoria. Dichos hechos o transacciones pueden suceder:

1) De la fecha de dictamen a la fecha en que éste se entregue a la entidad.Cuando el Auditor conozca los hechos que ocurran después de que haya concluido su trabajo de auditoría, pero antes de que entregue el Dictamen, y que tenga un efecto sobre este, se puede seguir cualquiera de las dos alternativas que se describen a continuación:

a) Utilizar dos o más fechas, dejando la fecha original de terminación de la auditoria y mencionando enseguida la nueva fecha referida exclusivamente al hecho posterior revelando en una nota a los estados financieros.

b) Cambiar la fecha del dictamen a la del hecho posterior, en cuyo caso el auditor se responsabiliza por todos los hechos ocurridos hasta la nueva fecha.

 

Page 2: Hechos Posteriores

2) De la fecha del dictamen a la fecha en que, debido a propósitos diversos, se solicite al Auditor emitir nuevamente su opinión.

Cuando al Auditor se le solicite emitir nuevamente su dictamen, éste deberá llevar la misma fecha que el originalmente emitido, a menos que se tenga conocimiento de hechos ocurridos después de esa fecha que afecten en forma importante el contenido e información de los estados financieros en cuestión, en cuyo caso el auditor deberá referirse a su dictamen anterior y explicar los hechos posteriores que originaron los cambios, fechando el nuevo dictamen conforme a lo establecido en los incisos anteriores.

DATOS IMPORTANTES

Page 3: Hechos Posteriores

HECHOS POSTERIORES SEGÚN LA

NIF B13Definiciones:

Fecha de los estados financieros: Fecha del balance general (fecha de cierre)

Periodo posterior: Es el lapso comprendido entre la fecha de los estados financieros y la fecha en que son autorizados para su emisión a terceros (El Consejo de Administración lo revisa y autoriza su emisión)

Hechos Posteriores: Son aquellas operaciones, favorables y desfavorables, que ocurren en el periodo posterior.

Page 4: Hechos Posteriores

Hay hechos posteriores a la fecha de los Estados Financieros que necesitan ser:

Page 5: Hechos Posteriores

NORMAS GENERALES:

La presente NIF establece que una entidad: a) Debe ajustar sus estados financieros cuando tales hechos proporcionen evidencia de condiciones que ya existían a la fecha de cierre. b) No debe reconocer en los estados financieros cuando no proporcionen evidencia de condiciones ya existentes a la fecha de cierre. c) Debe revelar la fecha en que fue autorizada la emisión de los estados financieros, y el (los) nombre (s) del (los) funcionario (s) u órgano (s) correspondiente (s) que autorizaron su emisión. d) No debe preparar sus estados financieros sobre la base de negocio en marcha si hechos posteriores a la fecha de los mismos indican que esa base ya no es apropiada.

Page 6: Hechos Posteriores

NORMAS DE VALUACIÓN:

Ajuste y Revelación Una entidad debe ajustar los importes para reflejar aquellos hechos ocurridos con posterioridad que proporcionan mayor evidencia sobre condiciones existentes a la fecha de cierre.

Revelación Una entidad no debe ajustar los importes para reflejar aquellos hechos ocurridos con posterioridad y que son indicativos de condiciones que surgieron después de la fecha de los Edos., esto en virtud de que estas operaciones corresponden al siguiente periodo contable. Estos hechos deben revelarse.

Page 7: Hechos Posteriores

NORMAS DE REVELACIÓN:

Ajuste y RevelaciónSi una entidad recibe información durante el periodo posterior acerca de condiciones que existían a la fecha del cierre, debe actualizar las revelaciones derivadas de esas condiciones, a la luz de la nueva información. 

RevelaciónYa que el no revelar dichos hechos posteriores puede influir en las decisiones que tomen los usuarios con base en dichos estados, estas revelaciones deben contener: 

•La naturaleza del hecho •Una estimación de sus efectos financieros o una declaración sobre la imposibilidad de realizar dicha estimación.

 

Page 8: Hechos Posteriores

NORMAS DE AUDITORIA BOLETÍN 5230

HECHOS POSTERIORES

Definiciones: 

Definiciones: Fecha del Dictamen del Auditor: Misma en la que el Auditor concluya su trabajo de auditoría; es decir cuando se retira de las oficinas de la entidad una vez obtenida la evidencia.

Page 9: Hechos Posteriores

OBJETIVOS:

Page 10: Hechos Posteriores

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA:

El Auditor realizará los procedimientos de auditoría para obtener evidencia suficiente y apropiada de que todos los hechos posteriores que requieran ajuste de, o revelación hayan sido identificados.

Dichos procedimientos deben completarse tan cerca como sea práctico a la fecha del dictamen del auditor .:

•Entender los procedimientos que la administración ha establecido para asegurarse de que los eventos subsecuentes sean identificados

•Leer las minutas de las juntas celebradas por el Consejo de Administración y/o Asamblea de Accionistas y de aquellos encargados del gobierno corporativo sostenidas después de la fecha de los estados financieros y preguntar acerca de los asuntos discutidos en las juntas que todavía no tienen minutas.

•Leer los últimos estados financieros externos e internos preliminares que estén disponibles.

•Preguntar a la Administración si han ocurrido eventos subsecuentes que pudieran afectar los estados financieros.

•Si el auditor identifica eventos que materialmente afecten a los estados financieros, él debe determinar si tales eventos son apropiadamente contabilizados y adecuadamente revelados en los estados financieros.

Page 11: Hechos Posteriores

HECHOS SUBSECUENTES ANTES DE LA EMISION DE ESTADOS FINANCIEROS:

El audito no tiene obligación de realizar procedimientos de auditoría después de la fecha de su reporte, pero si él conoce de un hecho que pueda afectar materialmente los estados financieros, debe: 

Discutir el asunto con la administración.

Determinar si los estados financieros necesitan modificarse.

Determinar si la Administración lo hará.