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@H CONVENIO DE COOPERACIÓN TNTERINSITNrcPilAL ENTRE EL TINISTERIO DE VMET{DA GONSTRUGC¡ÓT{ Y SAi{EAIIIET{TO Y LA TUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANGHACO cor{\rEiüo in I I 4 -mr7-vMErtrDA \g/Conse por d presente documento el Convenio de Cooperadón lr¡terinstitucional gue t^ , celeb,ran_ dg__una parte, EL ilINISTERIO DE VMENDA COI{STRUClcloil Y SANEAT¡ENTO, que en lo sucesivo ee le denominará VMEltlDA, con R.U.C. 205o4.713§7 y con domicilio legal en la avenida Paseo de la Reptiblica No 3361, disúito de San lsidro, proúncia y departamento de Lima; tepr€sentado por la Mceminisúa 39ffi9e Mvienda y Urbaniémo, sencí ¡oige Emesto Arévalo Sánctrez, ¡aenttncaAo con D.N.l. j< H:+lt" 10287669, designado por Reoolución Suprema No 01+2017-VMENDA; y dc la otra i? EiElatt" L.A ISUNIGIPAUDAD DISTRITAL DE HUANCHACO, a quien en addante se le i- Jll ilenominará LA tUl{lClPALlDAD, con domicilio legal en Av. La Ribera 725, diCrito de ¡§ñ;.ü;,;il;á; de Trujitto, depertameñto de La Ubcrtad, reprBs€ntada por su i< alcalde, señor José Pru&ncio Ruiz Vega, idenüficado con D.N.l. N" 10185376, cn los : tárm¡rio8 y condidones s[uierfres: CúUSU¡,-A PRITERA: LAs PARTES VIVIENDA, de conbrmidad con la Ley N' 30f56, su Ley de Organización y Fundones del Ministerio de Vrvierda, Construcción y Saneamiento, es el órgano rcctor de las políticas nacionales y sectoriales dentro de zu ámbito de compeEncia, qu€ son de obligatoio amplimiento por los úes nivelee de gott'lemo en d marco del proceso de descenfalizacién en todo el tenitorio nacional. Trerr por finalided notmar y promover el ordenam¡ento, mejoramiento, prdeoción e integración de los centos poHados, uróenos y rurales, como sistema soetenible en d tenitorio nacional; y en d desanollo de sus funcionee compadidas, eñtr6 oúos aspec'tos, promueve, coordina y elecuta con los gobiemos regionales, locales e indituciones ptlblicas la implementación y evaluaciür de las polfücas, daneo program¿¡s y estrategias nacionales y secÍoriales, de acuerdo con las caraderllics propias de la realidad regional o local. Mediante Decreto Sup,remo N' 00$2012-VMENDA, modiñcado por 106 Decráos Supremos Nos 00$201$Vn/IENDA y 01G201&VMENDd so crea el Prognama Nuestras Ciudades - PNC, con el propásito, entre otrc, tle la gostión de Riesgos de Desastres y sr¡s proe¡os ¡ntemos y la realización de intervenciones reqmridas por los tres nivelee de gobierno pera sl nrioramiento de las condicionse de infraesfi¡ctura y equipamiento. Las intErvenciones realizadas por el PNC, se dan en el marco de la Directiva de Programa N' 001-2016 AflENDA/Vi,lVt /PNC - Procedimiento para el uso de maquinaria, válculos y equipos, aprobada por la Resolución Dire€toral N' 14G201&VIVIENDA-PNC, modificada por Reoluciones Direc'torales Nos fi)l y 05$2017-VIVIENDA-PNC, a tavés de la Ficfia Técnica de lnteryención, en , 1.1 1.2 1.3

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@HCONVENIO DE COOPERACIÓN TNTERINSITNrcPilAL

ENTRE EL TINISTERIO DE VMET{DA GONSTRUGC¡ÓT{ Y SAi{EAIIIET{TOY LA TUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANGHACO

cor{\rEiüo in I I 4 -mr7-vMErtrDA

\g/Conse por d presente documento el Convenio de Cooperadón lr¡terinstitucional gue

t^ , celeb,ran_ dg__una parte, EL ilINISTERIO DE VMENDA COI{STRUClcloil YSANEAT¡ENTO, que en lo sucesivo ee le denominará VMEltlDA, con R.U.C.

205o4.713§7 y con domicilio legal en la avenida Paseo de la Reptiblica No 3361,disúito de San lsidro, proúncia y departamento de Lima; tepr€sentado por la Mceminisúa

39ffi9e Mvienda y Urbaniémo, sencí ¡oige Emesto Arévalo Sánctrez, ¡aenttncaAo con D.N.l.j< H:+lt" 10287669, designado por Reoolución Suprema No 01+2017-VMENDA; y dc la otra

i? EiElatt" L.A ISUNIGIPAUDAD DISTRITAL DE HUANCHACO, a quien en addante se lei- Jll ilenominará LA tUl{lClPALlDAD, con domicilio legal en Av. La Ribera 725, diCrito de

¡§ñ;.ü;,;il;á; de Trujitto, depertameñto de La Ubcrtad, reprBs€ntada por su

i< alcalde, señor José Pru&ncio Ruiz Vega, idenüficado con D.N.l. N" 10185376, cn los: tárm¡rio8 y condidones s[uierfres:

CúUSU¡,-A PRITERA: LAs PARTES

VIVIENDA, de conbrmidad con la Ley N' 30f56, su Ley de Organización yFundones del Ministerio de Vrvierda, Construcción y Saneamiento, es el órganorcctor de las políticas nacionales y sectoriales dentro de zu ámbito de compeEncia,qu€ son de obligatoio amplimiento por los úes nivelee de gott'lemo en d marco delproceso de descenfalizacién en todo el tenitorio nacional. Trerr por finalidednotmar y promover el ordenam¡ento, mejoramiento, prdeoción e integración de loscentos poHados, uróenos y rurales, como sistema soetenible en d tenitorionacional; y en d desanollo de sus funcionee compadidas, eñtr6 oúos aspec'tos,promueve, coordina y elecuta con los gobiemos regionales, locales e inditucionesptlblicas la implementación y evaluaciür de las polfücas, daneo program¿¡s yestrategias nacionales y secÍoriales, de acuerdo con las caraderllics propias dela realidad regional o local.

Mediante Decreto Sup,remo N' 00$2012-VMENDA, modiñcado por 106 DecráosSupremos Nos 00$201$Vn/IENDA y 01G201&VMENDd so crea el PrognamaNuestras Ciudades - PNC, con el propásito, entre otrc, tle la gostión de Riesgos deDesastres y sr¡s proe¡os ¡ntemos y la realización de intervenciones reqmridas porlos tres nivelee de gobierno pera sl nrioramiento de las condicionse deinfraesfi¡ctura y equipamiento.

Las intErvenciones realizadas por el PNC, se dan en el marco de la Directiva dePrograma N' 001-2016 AflENDA/Vi,lVt /PNC - Procedimiento para el uso demaquinaria, válculos y equipos, aprobada por la Resolución Dire€toralN' 14G201&VIVIENDA-PNC, modificada por Reoluciones Direc'torales Nos fi)l y05$2017-VIVIENDA-PNC, a tavés de la Ficfia Técnica de lnteryención, en

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@Eadelante Ficha Técnlca, dodlmento +a especifica las caractérl$¡cas de cadaintervención ante los requerimbntos de los hes nir¡eles de gobiemo, precisardoentre otros aspéctos, la denominación y tipo de intenrención, plazo de ejectción,ubicación de la zona de intervención, descripc[ón de las aciivídades, mefados,prosupuesto, programación, aportes, análisie de precios unitariog, maquinaria,vehlculos y equipos comprwrdidos en la iñterveneión, asl como loo tienes yseryicios para la operatividad de la maquinaria, vehlcr..rloe y eguipos enrpleados,

LA ilUMCIPALIDAD, es un órgano de gob¡emo local con la aüibuciones,competénc¡as y funcionee que le asigna la Comütución Polfüca del Pefll, la Lry N'27572, Ley Orgánica & Municipaliddes, y la Ley N' 2283, Ley de Basee de laDescentalización. Promueve el desanollo local, en coordinación y asociación conlos niveleo de Gotúemo Nacional y Regional, a ci¡yo eúecto la Ley dispone dejercicio de comp€{€ncias compartidas para el logro de sus otjdivos, evitando laduplicldad, aperpodción e interferencia de funciones con criterio de conarrencia ypreeminencia del interés priblico. Las relaciorpe ente los nivdee de gobiemodeben ser de cooperación y coordinación sohe la baee del pi¡rcipio desubsidiariedad disn¡esto por Ley.

CIáUsULA SEGUNDA. AITITECEDENTES

2.1 Mediante Oñcio N' 422-2017-MDH de ftcfra 22 de agosto de 2017, ¡,ÁIUNICIPAUDAD solicita la susaipción de un Convenio de Cooperaciónlntednstih¡cional para ealizar intervencbnes con las maquinarias, vefilculoe yequipos de VlVlEt{DA.

2.3

2.4

Con Acuerdo de Concejo Municipal N" 03S2017-CM/MDH de hcha 10 de mayo de2017, se aprueba la suscripc¡ón del presente Gonvenio de Cooperaciónlnterinstitucional con este Ministerio y asimisrro, se at¡toriza al Alcalde de laMunicipdidad Dbüital de l-luanchaco la suscripción del misrno.

Con lntorme N' 361S2017-VMENDAA/IvMJ/PNGMAQUIMRIA§ del 07 desetiembre de 2017, la Goordinación Nacional de Pi|GII¡IAQUIMRIAS a través dellnforme Técnaco ConvenioE N' l0$20l7-aestrollac de fecña 04 de setiembre de2017, su$enta técnicamsnte la pertinencia de suscrit¡ir d prcsente convenio,recomendando la srscripcrión del misrno, baio loe alcanceg del ProgramaPresupuestd 109.

fUtediante lnforme Legal N" 291-2017/U,Nu/PtlC-abanaza de fEcha 14 d€setiembre & 2017, el área de Asesorfa Legal, opina favorablemente sobre lasusoipción ttel presenE Convenio. Asimismo, mediante lnforme l-egal No 29S2017/Vn Vu/PNC-abaraza de fec*ra 19 de selbmbre de 2017 se realiza ofinióncomplementaria con la cual planba recomendaciones en cuanto a la solicitudpesentada por la Municipalidad Disüftal de Huamfiaco.

En tal seniido, mod¡anb lnturma No 41 l+201 7-VIVIENDA /IvMr/PNGMAQUIMRIASde fect¡a 17 de odubre & 2017, h Cmrdinación Naciond de Maquina¡ia ernite el

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s@Elnforme Técnico Conr¡enic No 12S2017-aestfelh de fecha 04 de od¡¡bre de 2017,mediante el cual sslala que con Oficio No 527-2017-MDH la Munbipalidad Disüita! deHuanchaco predse la necesiJad de realizar aclividad* de prsvención y miligadón der¡esgos y desastres, áención de ernergencias, rehabilitación post emergpncie, entrootras m&, en el Di$rito de Huancfiaco, ac(ürHadee enm¡rc¡das en el ProgramaPrcsupuetal 068. Asünbmo, diúo infonre corrcltry gue el coruenio ciea¡taráaclivi<lades con cargo a loe Prograrnas Prcsupueeúelos 109 y 068.

Gabe sañalar, que oon HE 27 de sd¡(mbre óe 2017, la Coordinadón Zonal LaL¡bertad PNC-Maquinarüas emiüó el lnfome No 38$2017 /IIwU/PNGIIIAQUIMRIA$vleonc mediante el cual indica que rdizó úsika de campo a las zof6 de d6estr€6 deh jurisdicción del Diú¡ito de Huanctraco y conclurye afinnando que difias adividadesse errt¡entran eilnarcadas en el numeral 5.9 inciso e) de la D¡racülra No 001-2fi6ruMENDA /lvlVU/FNC.

Medianb ilernorando N" 2087-2017-VIVIENDAOGPP de ftejta 22 de nodernbredo2017,la Oficina General de Planeamiento y Pr€supu*to en atención al lnbrmeN" 58&20f 7-VMENDA/OGPPOPM, de la Oñcina de Planeaniento yModemización y del lr¡lernorárdum N' Í197-20Í7-VMENDA.OGPPOP, de laffcina de Presupuesto, opina favoraHernentE sobre la susoipción del pres€nteConvenio.

. CLAUSUIáTERCERA. BASE LEGAL

- Constitución Polfüca de1 Perú del Pen¡.- Ley N' 29158, Ley Otgáni<a dd Poder Ejecutivo.- Ley N" 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley N' 27444, Ley del Procedimiento Adminisúaüvo General y modiñcatorias.

Ley N' 30156, Ley de Organización y Funcionee del Miniserio de Mvienda,Constructión y Sareamiento.Elecreto Suprerno N" OíG2Oí+VMENDA, Reglamento de Orgnnizadón yFunciones del Ministerio de Mvienda, Con$n¡cción y Saneambnto, modificado porel Decreto Supremo N' 006-201 SVIVIENDA.Decreto Supremo N' 00$2012-VMENDA gue crea el Programa N¡¡ecüasCiudades, modificado por Decrefios Supremos Nos 00S201+VMENDA y 01&201&VMENDA.Resolución Ministerial N' 19&201$VnflENDA, que eprueba el Manual deOperaciones del Programa Nuedras Ciudades.Resolución Directoral N" Í4G2OIGVMENDA-PNC que aprueba la Dirediva dePrograma N' 001-2fi6rulUENDAA/lvMr/PNC, Procedim¡erüo para d uso demaquinaria, vehlculos y equipoe del Ministerio de Vivienda, Corisfucc¡ón ySarieernieñto, modlficado por Recoluciones D¡r€ctord€o N' 001 y ü5n2O17-VMENDA.PNC.

ct Ausul,-A cuARTA.- oB.rEto

El presente Convenio tbne por oUeto egtableoer los rnecanisrnoa de cooperación entre

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@Ea través &l PNC y lá IIUNICIPALIDAD, a f¡n de realizar adividades

§o _ - ¡ 5l qf:^§-31,:nig-p9l.iy natyral"r" p lplg caraaggl!1If! y_T_mgr: mEO de lucro, por tanto, esilablece principios generales y condiciones que permiürán cumplira, con los objetivos del mismo.!o

iH* cúusura sEKrA- coupRom*os DE rás pARrEs

í 3i§¿0.t VMENDA, afiavésdel PNCsecomprornetea:

@

6.1.1.Atender con maquinaria, vehlculos, equipoo, personal operaño e insumos, lasinbrvenciones solicitadas por Lq ilUil¡CIPAUDAD, previa evaluac¡ón de ladisponibilidad de los mismos y aprobación de PNC.

6.1.2.Elaborar un informe final de actiüdades deritro de los qúnce (15) dlas posteriores,de conduida la intervención.

6.l.3.Susctibir la Flcha Técnica a gue se refiere el numeral 1.3 de la Cláusula Primeradd presente Convenio.

6.1.4.Vedficar el ompli,miento de las aciividade contenidas en la Ficha Técnica, unavez concluida la intervención.

6.1.5.Proveer el combustible rcquerido para las edon€ de intenrcrrci&t en laprevención de riegos de desa$res con la rnaquinaria proptedad deVll/lENDA.

6.2 l-A ÍÍUN¡CIPALIDAD, se compromde a:

6.2.1.Efectuar la idenüficación, enálisis y la prio¡ización de las intervenciones aefuctuarse, las mismas que deben enmarcarte dentro de les adiüdades sellaladasen la Dircc{iva aprobada por Resolución Direc*oral N' 1¡1G201&VIVIENDA

8.2.2.Proveer la seguridad (vigilancia y guardianla) y Hindar un espacio llslco aVIVIENDA que permita la instalación de una oficina, almaoén parqueo de lamaquinaria, equipos y vehlct¡loe de VIVIENDA, en la zona de la interyendón.

6.2.3.Asumir el costo de la moülización y desmoúlización de los vehfculos y/o equiposdurante las intenrenciories, en caso de ser neceeario.

6.2.4.Tramitar con las autoridadec conespondientes todos los permisos que se rcquieranpara eiecutar interyenciones, asf como para la adecuada moültzación de la

-ff conjuntas de atención a la prevención y miügación de riesgos de desastres; asl como, el1l'--:i\ mejoramiento de las condiciones de infraesüuc-tura y equipamiento, con maquinaria,..._^j..\ r¡lEir\rerrrErl]e ul, ra§ r¡I rgr(;t(,f te§ (¡c, ¡fllf aatt§uuglulá y rrr{utPa¡rnc ll.s, r¡r. r rfl.,t'furlrárra,

[:i[*S ', \ vehlculos y equipos del Pt{C, reladonada a 16 competenc¡as dd sector, a solicitud de

% i l LA UUNICIPAUDAD y previa aprobación de VÍVIENDA.

::-' !-l' cúusu¡.A eurrrA.- MTuRALEZA DEL oo[\rEr{¡o

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@Emaquinaria y vehfculos.

6.2.5.Asumir el costo del mantenimiento o reparaciones menores de la maquinaria,equ¡po y vehlculoe ut¡liz& en lm inbrvenciones, a efedos de que se marúenganoperaüvos durante y después de la ejecuc¡ón de la Ficha Técnica, praniaautoización de VlVl ENDA

\ ¡i, ...(j,,. /i'\..=/ 6.2.6Asumlr el pago de peaiee en tos casos de moülización de maquinaria.

§O i 6.2.7.Brindar las flcilidades a VIVIEI{DA para el armplimiento de las accionee deocritasEOi(-

en la Flcha Tácnlca.

lo que cornprendedesanollo de las

¡oi9¡a 6.2.9.Proneer matcrial o ineür¡mentos dc limflezai.l maquinaria y vehfculos de VMEI{DA.

a solidtud dd personal para la

i 6.2.10.Proreer d combustible requerido para las acciones de interyención con lamaquinaria pro¡iedad de VMEi{DA que conaspondan a las adividadee demejoramiento de las condiciones de infraesffr¡ctura y equipambnto.

6.2.11.Realizar el manten¡mierrto de hs zonas otjeto de las interuenciones devtvtENoA.

6.2.12.So1¡citar y formalizar, mediante la respediva Flcha Tácnlca, por lo rnno6 unaintervención en el lapso de tree (03) meses s¡gu¡entes de suscrito el prseenteConvenio, bajo apercibimiento que 6l PI{C pueda solicitar la resolución delcorwenioprwia evaluación, cor¡forre al numsal 12.1 de la Cláusula de Décimo Segunda delmismo.

6.3 Loe compromime convenidoe en d prcEonte convenio pu€den suspendcrse ante unmarco de Declaración de Emergencia o de situación de Emergencia o Urgencia,rehabilitación y reconstrucción, las cuales tiensr prioidad res@o a lasintervencionee programadas para el rnajoramieilo de las condiciones de¡nfraesüuctura y equipamiento.

cúusulA sÉnur pt-Azo DE vlcEr{clA

El presente ConvEnio entrará en vigencia a partir de la bcha de su suscripción y tendráuna duraci&t <le un (01) año, pudiendo ser rcnovado mediante Adenda, suscrita durantela ügencia del mismo.

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CLAUSULA OCTAVA.. FINANCIATIENTO

Las partes financiarán cada uno de los corlpromisos que asuman en virtud delpreserite Convenio, oon $Js propios recurse, de acuerdo a su disponibllidadpr€Bupuesta! en cada e¡erddo fiscal.

Para el caso deVMEilDA, loe recursos que demandarán eus intervenciones en lasactiúdades que no contemden Gestión de Riesgo de Deeatrc, serán con cargo alPrograma Presupuestal I 09:'Programa Nuestras Ciudades".

En el c*o de las iileryencione que comprendan accionea en Ia etapa deprevención en la Gestión de Rksgos de D€saSreB, VIVIELDA relizará elfinanciamiento con cargo al Programa Prcsugrestal 0068: 'Redt¡cción de laVulneratilidad yAtenclón de Emergencias por Desa$res'.

cL(usurá NovENA.- toD¡FrcAc¡oilEs

Cuahuier rnodificación al presente Corwenio se hará med¡ante Adenda, detÍdarpntesuscrita por ambas parte§, durarite la úgenda del misnro.

cláusulá DEctrA.- DEs¡cr{ActóN DE cooRr}tNADoREs

10.1 Cada una de las partes rned¡antg doq¡mento escrito, deberá deoignar unCoordinador dentro de los 05 (cinco) dlas hátiles de sr¡scrito d presente Gonvenio.

10.2 Loe coordinadoles designados podrán ser sustitt¡idoo mediante cornunicacióneecrita de las partes, debiendo efectuar la cornunicación a la otra parte on el plazode dos (02) dÍas Mtiles de haberse eúec{uado dicha suSitr¡ción.

CLAUSULA DEcilo PRITERA. REsoLuc!ÓT{ DEL coNvEilK)

El prceenb Convenio puede ser re§relb arües de $ venc¡mimlo por aralryiera de lassiguienEs carcales:

12.1 Por decjdlSn tmilabral de una de la parbs, dn opresih de ca¡sa, previa cornunicacilnpor esoib, a la da parte @n una anlicipaciafr de tehüa (30) rüae háUles a la frcña debresolrción.

12.2 Pon múuo acr¡edo enbs hs parbs, d misrno rye deberá ser expresado por eesito.

12.3 Pq inornflimiato de ct¡aleeqliera de los cornpronúsc aaJrr*hs por hs paÉs an dprBscnte Convenio. En e& caso, andquiena de lm partea ffi rqperir por eesito elanmflimiexü de una obl¡gacÍh en un Cao rx, mayor d6 dkz (10) dfa háHes, bajoaperdtirf*rü de resolr,Er a¡bnáicarnerile d Cornsnio, de tnanEnerse dincurnpft'n¡qb, sin qc ctorgue dqedlo d pago de in<lenmizacith a§una.

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r!i(i?,¡I

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@HEn caso de operar la resolución del Convenio o lib,re separación, las partee acuerdan quese procederá a liquidar todas las acdones tanto adminilrativas como de carácter tácnico,

13.2 El incumplimiento de lo antes establecido, por q¡ahuiera de las partes facr¡lta a laota a resolver el Corwenio en fonna inrnediata, siendo sr¡ficiente para ello laremisión de una Carta Notarial en el domic¡lio eeflalado en la parte ir¡üodudoria del

:d,!o!f, Cualquier dinergencia, conflicio, o controversia derimda de la interpráación o ejearcilln! del presente Convenio, será soluc¡onado o adarado mediante trato dire6 enüe las

partes, siguiendo las reglas de la br¡ena fe y comrln intención de las partes,comprortetiéndose a brindar sus mejoreo eefrtezos para lograr una so!rción armoniosa yamistosa, en atención al esplritu de cooperación mutua que anima a las pailes en lacelebración del presente Coruenio.

En caso que la divergencia, confllcto o conürolersia no sea superada por 18 pert€sdentro de loe diez (10) dfas calendario de inlciado el trato directo; deberá ser resuelta porrredio de arbitraje de derecho, a cargo de un colegiado oonformado portes (03) árbifos,para lo cr.ral las pütes se sornetGn a la jurMicción arbibal del Cenúo de Arbihaie Popular"ARBITM PERTJ', adm¡n¡strdo por el Ministerio de Justicla y Deredros Humanoe, en laciudad de Lima (Cuando el financiamiento se trate de montos inferiores a las 20 UIT) opor el Gentro de Anális¡s y Resolución de Conflictos de la Pontiñcia Universidad Católicadel Peni, en la ciudad de Uma'(Cuando d financiamiento se úate de montoe supqloresa las 20 UIT).

cúusulA DEcrrc cuARTA"- DorrctLros y NonncActol{Es

Para los efudos qu6 se deriven del presente Conrrenio, las partes fijan como susdomicilioe los seltalados en la perte intodt¡clolia, donde se cr¡rsarán las comunicadonesgue conepondan.

Cualquier vañación domiciliañq durante la vigercta del pres€ntB Conwnio, prodrclñl susefectos despés de los bes (03) dlas hábiles de noüficada a la úa parte; caso conúario,toda comunicación o notiñcación realizada a los domicilios irdicadm en la intodrccióndel presente documento se entenderá válidarneñe efecÍuada.

/.@.,\ segÚn el avanoe ejeoÍado y conforme al presupuesto aprobado.

l,;i tl&t .',Vráusul-t DÉcmo sEGUNDA-cEs6r{ DE LA posrclÓN Eil EL co¡\rEtilo(¡t tl$,$.,'\\cráusur-r DÉcmo sEGUNDA-cEs6r{ DE LA posrctÓN Eil EL col\rEtiro

\i J"i#113.1 Las partes están tdalmente im@idas de reatizar cesftln de su posición en el\.;-,;*,f,,\-rr, preeente Convenio.

Fg Pre§ente Convenio.

i13i §tr¡usur-.q DÉcmo rERcEM.. soLrrc6il DE cor{TRovERSrAs

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-%ffi)

JORGE ERNESTO AREVALO SANCHEZViceministro de Vivienda y Urbanismo

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JOSE PRUDENCIO RUIZ VEGAAhalde