Guia tramites electronicos

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introducción El propósito de esta guía es poner a su disposición de forma ordenada y sencilla un conjunto de trámites que han sido simplificados y puestos en línea para facilitar su uso por parte de los empresarios. Hacer trámites en las instituciones públicas es una actividad que ciudadanos y empresas realizan con cierta frecuencia durante su vida, y para ello deben dejar de lado sus actividades productivas, destinando tiempo y recursos a ello. Para evitar que los empresarios pierdan su tiempo, el Gobierno ha asumido como compromiso prioritario impulsar la modernización del Estado, utilizando las potencialidades de las tecnologías para mejorar la calidad de los servicios públicos tanto a personas como empresas. Como se sabe, los trámites electrónicos ofrecen la posibilidad de realizarlos a toda hora, todos los días del año y desde cualquier lugar donde exista acceso a Internet, no importando la cercanía o no a los centros cívicos. Basta llegar a cualquier lugar donde exista Internet –un cibercafé, un infocentro, la oficina, un centro escolar que ofrezca acceso a la comunidad– y podrá hacer el trámite. En este contexto se formuló el programa Ventanilla Empresa (VE) cuyo propósito es poner en línea, en el periodo comprendido entre los años 2002 y 2006, la gran mayoría de servicios y trámites que ofrece el sector público a los empresarios. Así el Gobierno pretende, por un lado, mejorar la interacción público- privada reduciendo diferencias regionales o haciendo innecesaria la concurrencia a oficinas y, por otro lado, inducir la informatización de las empresas, incentivando su conectividad y fomentando la demanda de medios y contenidos digitales. beneficios En general, simplificar y poner en línea los trámites soluciona problemas originados por aquellos que requieren de varias visitas a la institución, procedimientos engorrosos y largos, inexistencia de conexión entre servicios que participan de un mismo trámite, escasez de centros de atención a usuarios a lo largo del país, falta de información y claridad, y desconocimiento del estado en que se encuentra el trámite. INTRODUCCIÓN

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Tramites para una Pyme

Transcript of Guia tramites electronicos

introducciónEl propósito de esta guía es poner a su disposición de forma ordenada y sencilla un conjunto de trámites que han sido simplificados y puestos en línea para facilitar su uso por parte de los empresarios.

Hacer trámites en las instituciones públicas es una actividad que ciudadanos y empresas realizan con cierta frecuencia durante su vida, y para ello deben dejar de lado sus actividades productivas, destinando tiempo y recursos a ello.

Para evitar que los empresarios pierdan su tiempo, el Gobierno ha asumido como compromiso prioritario impulsar la modernización del Estado, utilizando las potencialidades de las tecnologías para mejorar la calidad de los servicios públicos tanto a personas como empresas.

Como se sabe, los trámites electrónicos ofrecen la posibilidad de realizarlos a toda hora, todos los días del año y desde cualquier lugar donde exista acceso a Internet, no importando la cercanía o no a los centros cívicos. Basta llegar a cualquier lugar donde exista Internet –un cibercafé, un infocentro, la oficina, un centro escolar que ofrezca acceso a la comunidad– y podrá hacer el trámite.

En este contexto se formuló el programa Ventanilla Empresa (VE) cuyo propósito es poner en línea, en el periodo comprendido entre los años 2002 y 2006, la gran mayoría de servicios y trámites que ofrece el sector público a los empresarios.

Así el Gobierno pretende, por un lado, mejorar la interacción público-privada reduciendo diferencias regionales o haciendo innecesaria la concurrencia a oficinas y, por otro lado, inducir la informatización de las empresas, incentivando su conectividad y fomentando la demanda de medios y contenidos digitales.

beneficios

En general, simplificar y poner en línea los trámites soluciona problemas originados por aquellos que requieren de varias visitas a la institución, procedimientos engorrosos y largos, inexistencia de conexión entre servicios que participan de un mismo trámite, escasez de centros de atención a usuarios a lo largo del país, falta de información y claridad, y desconocimiento del estado en que se encuentra el trámite.

INTR

ODUC

CIÓN

Principales beneficios

• Cobertura y disponibilidad: los trámites se pueden hacer desde cualquier parte del país, las 24 horas del día, 7 días a la semana.

• Rapidez: disminuyen los tiempos, por eliminación de pasos y redundancias.

• Interconexión: el interesado no debe llevar papeles de un servicio público a otro. Los sistemas se comunican y validan la información internamente.

• Transparencia y seguimiento: el interesado puede conocer en todo momento el estado en que se encuentra el trámite.

• Estandarización: requerimientos al usuario se estandarizan, lo que elimina incertidumbres, favorece una mejor gestión y minimiza errores.

• Pago inmediato: aquellos trámites que requieren pago se pueden hacer electrónicamente.

antecedentes y resultados

El programa Ventanilla Empresa se creó en 2002, como parte de la Agenda Pro Crecimiento acordada entre el Gobierno y el sector privado, y forma parte de la Agenda Digital. Una de sus primeras, y más importantes, decisiones fue que los beneficiarios –principalmente empresarios de todos los tamaños– debían ser quienes identificaran los trámites que lo conformarán y conocer, a partir de ellos, sus principales requerimientos. Con esta orientación se realizaron focus group y cerca de 100 entrevistas presenciales a empresarios. Luego, para priorizar los trámites seleccionados, se realizó una encuesta telefónica a 1.200 empresarios con cobertura nacional.

Posteriormente, se visitaron las 32 instituciones con las que se debían implementar la simplificación y puesta en línea de los trámites y se llevó a cabo un diagnóstico preliminar que contempló el levantamiento de los procesos de tramitación, requerimientos de otros trámites, su infraestructura tecnológica y su disposición a mejorar y poner en línea aquellos seleccionados.

La selección final permitió identificar aquellos que resuelven requerimientos específicos del empresario, tales como los relacionados con la creación de empresas, con el proceso de exportación/importación, los más recurrentes y los que necesitan un mayor trabajo de simplificación de procesos.

La ejecución de los trámites fue calendarizada de acuerdo al año presupuestario en que la institución podía cofinanciar los proyectos, a la existencia de contraparte técnica, a la buena formulación del proyecto y según el presupuesto ministerial.

Resultados

A diciembre de 2005, el programa Ventanilla Empresa ha simplificado y puesto en internet 60 de los trámites seleccionados por los empresarios. Durante el primer semestre de 2006, estarán disponibles 11 adicionales y se espera contar también con la puesta a público de la Ventanilla de Trámite Municipal que implementa 9 trámites municipales. Con lo anterior, se estarían completando los 80 trámites identificados y priorizados por los empresarios el año 2002.

Este programa ha tenido impacto en los ámbitos de Creación de Empresas, Comercio Exterior, lo laboral/previsional, tributario, medioambiental, y en los sectores de la construcción y pesca entre otros.

La Creación de Empresas es un proceso que realizan las personas naturales o jurídicas para formalizar sus actividades económicas ante el Gobierno. La formalización puede involucrar a varias instituciones públicas y privadas, dependiendo del tipo de empresa a constituir (empresa unipersonal, sociedad, etc.) y la actividad económica a desarrollar (consultoría, venta de alimentos, instalación de un jardín infantil, etc.).

El Gobierno, preocupado por la simplificación de este proceso, ha estado simplificando y poniendo en internet los trámites de: Iniciación de Actividades (SII), Autorizaciones Sanitarias (Seremi Salud RM), Registro de Marcas (DPI), Timbraje de Documentos (SII). Durante el año 2006 se espera contar con la solicitud de patente comercial por internet en 26 Municipios del país, implementados a través de la Ventanilla de Trámite Municipal. También se trabajará con Notarios y Conservadores para avanzar en contar con información en línea de las tramitaciones que ellos llevan, llegando así a tener el proceso completo de la creación de empresas por internet.

I CR

EACI

ÓN D

E EM

PRES

AS

INICIACIÓN DE ACTIVIDADES / PERSONA JURÍDICA Y OTRO TIPO DE ORGANIZACIONES 6

INICIACIÓN DE ACTIVIDADES / PERSONA NATURAL 8

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS 10

INFORME SANITARIO 12

SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE ACTIVIDAD INDUSTRIAL 14

REGISTRO DE MARCAS 16

MODIFICAR Y ACTUALIZAR INFORMACIÓN DE CONTRIBUYENTES 18

DECLARACIÓN DE TÉRMINO DE GIRO 20

TRÁMITES RELACIONADOS

TRÁMITE 8

6

¿Qué es?Es un trámite que todas las personas jurídicas y otros entes deben efectuar, para

realizar y/o iniciar sus operaciones económicas o comerciales.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la página web del SII ( www.sii.cl ), menú Registro de Contribuyentes, opción, Inicio de actividades.

2. Una vez dentro elija la opción RUT e Inicio de Actividades Personas Jurídicas.

3. Identifíquese (utilizando su RUT y Clave Secreta) y presione el botón “Iniciar Sesión”.

4. Complete la información solicitada:- identificación de la sociedad (tipo de sociedad, fecha y página de publicación

en el Diario Oficial, fecha de constitución, capital, etc.)- domicilio- actividad/es a desarrollar. Debe seleccionar el/los códigos que más se

asemejen a la actividad que desarrollará dentro del listado de actividades propuesto y, además, describir en palabras la actividad real a desarrollar. En caso de elegir actividades afectas a IVA, deberá indicar si emitirá facturas en el corto plazo

- identificación de los socios, indicando sus porcentajes de participación- identificación de representantes

5. Para terminar selecciones el botón “Validar”.

6. El sistema revisará la consistencia de la información y le indicará si existen errores o datos obligatorios no ingresados.

7. Si todo está correcto, confirme seleccionando “Enviar”.

8. Se otorgará su RUT en línea y podrá imprimir su Certificado de Inicio de Actividades así como su cédula RUT provisoria (mientras llega a su domicilio la definitiva).

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII.

• Evita la digitación de la solicitud y posibles errores.• El contribuyente puede ingresar a través de Consulta de Estado de Solicitud

de Inicio de Actividades, y acceder al certificado de Inicio en caso de casos terminados.

• Contribuyente puede guardar una declaración sin enviarla, para retomarla posteriormente a través de Internet y enviarla al SII.

8TRÁMITEiniciación de actividades persona jurídica y otro tipo de organizaciones

7

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Toda persona jurídica o ente sin personalidad jurídica que se constituya o inicie actividades económicas comerciales o profesionales de las referidas en los artículos 20, N°1, letra a), b), 3, 4, y 5, y 42 N°2 de la Ley de Renta (Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Comunidades, Sindicatos, Fundaciones, etc.).

¿cuándo debe realizarse?

Dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades.

¿qué se necesita?

La persona que solicita el inicio a través de Internet a nombre de la sociedad debe ser socio y/o representante de la sociedad, por lo tanto, debe poseer la información de constitución de la sociedad, y publicación en Diario Oficial. Además, debe contar con Clave Secreta personal (Ingrese en www.sii.cl y pinche en la opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿cuánto cuesta el trámite?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Solicite el formulario 4415 en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio.

• Llene cuidadosamente el Formulario 4415. Consulte el listado de Códigos de Actividad Económica.

• Diríjase a la Unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial y presente el formulario y los documentos requeridos: Escritura notarial de constitución, Publicación en el Diario Oficial, Inscripción en el Conservador.

• Para el resto de las entidades jurídicas, fundaciones, sociedades de hecho, etc., se requiere contrato social ante notario o decreto de autorización u otras según corresponda.

• Debe acreditar domicilio conforme las modalidades que se distinguen en la Circular N° 04 de 1995.

• Las personas que emprendan actividades en la 1ª categoría requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizados al timbraje de facturas y otros documentos que den derecho a crédito fiscal del IVA. Será visitado en su domicilio comercial por un funcionario del SII dentro de 10 días hábiles siguientes a la presentación del inicio.

• Las actividades de 2ª Categoría no son verificadas en su actividad y domicilio, puede pasar directamente a Timbrar Documentos.

8

TRÁMITE 8

8

iniciación de actividades persona natural

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la página web del SII (www.sii.cl), menú Registro de Contribuyentes, opción, Inicio de actividades.

2. Una vez dentro elija la opción Inicio de Actividades Personas Naturales

3. Identifíquese (utilizando su RUT y Clave Secreta) y presione el botón “Iniciar Sesión”.

4. Complete la información solicitada:- domicilio- actividad/es a desarrollar. Debe seleccionar el/los códigos que más se

asemejen a la actividad que desarrollará dentro del listado de actividades propuesto y, además, describir en palabras la actividad real a desarrollar. En caso de elegir actividades afectas a IVA, deberá indicar si emitirá facturas en el corto plazo.

5. Para terminar selecciones el botón “Validar”.

6. El sistema revisará la consistencia de la información y le indicará si existen errores o datos obligatorios no ingresados.

7. Si todo está correcto, confirme seleccionando “Enviar”.

8. Aparecerá la confirmación de su inicio de actividades y podrá imprimir su Certificado de Inicio de Actividades

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII.

• Evita la digitación de la solicitud y posibles errores.• El contribuyente puede ingresar a través de Consulta de Estado de solicitud

de Inicio de actividades, y acceder al certificado de Inicio en caso de casos terminados.

• Contribuyente puede guardar una declaración sin enviarla, para retomarla posteriormente a través de Internet y enviarla al SII.

¿Qué es?La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada formalizada

ante el SII que todas las personas naturales deben efectuar, para realizar y/o iniciar sus operaciones económicas o comerciales.

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institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Las personas naturales que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20º, Nºs 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, 42º Nº 2 de la Ley de la Renta.

¿cuándo debe realizarse?

Dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades.

¿qué se necesita?

Contar con una Clave Secreta (Ingrese en www.sii.cl y pinche en la opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿cuánto cuesta el trámite?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Baje desde Internet el Formulario 4415, o bien, solicítelo en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio.

• Llene cuidadosamente el Formulario 4415. Consulte el listado de Códigos de Actividad Económica.

• Diríjase a la Unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial y presente el formulario y los documentos requeridos de identificación y acreditación de domicilio si corresponde.

• Debe acreditar domicilio conforme las modalidades que se distinguen en la Circular N° 04 de 1995.

• Las personas que emprendan actividades en la 1ª categoría requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizados al timbraje de facturas y otros documentos que den derecho a crédito fiscal del IVA. Será visitado en su domicilio comercial por un funcionario del SII dentro de 10 días hábiles siguientes a la presentación del inicio.

• Las actividades de 2ª Categoría no son verificadas en su actividad y domicilio, puede pasar directamente a Timbrar Documentos.

TRÁMITE 8

10

solicitud de autorización sanitaria para establecimientos de alimentos

¿Qué es?Debe ser solicitada por todos los establecimientos que produzcan, elaboren, preserven, envasen, almacenen, distribuyan o consumen alimentos o aditivos

alimentarios.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de Autorización Sanitaria para Establecimientos de Alimentos.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si es que cabe, y sus requisitos.

11. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.

11

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Empresas que deseen instalar establecimientos que produzcan, elaboren, preserven, envasen, almacenen, distribuyan o consumen alimentos o aditivos alimentarios.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿cuánto cuesta el trámite?

Arancel base según rubro (si solicita más de un rubro, el valor a cobrar es el 100% del rubro de mayor valor más el 50% de los siguientes) + 0,5% de capital inicial.

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando las regiones).

si no tiene acceso a internet

• Diríjase a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y retire solicitud, instructivo y requisitos específicos de acuerdo al rubro de su local.

• Llene la solicitud (debe ser firmada por el propietario o representante legal de la empresa).

• Entregue la solicitud junto con un Certificado de Zonificación (o, en su defecto, diríjase al municipio correspondiente al domicilio de la empresa y solicite que le llenen el recuadro denominado Zonificación), y el resto de documentación según el rubro a explotar.

• Cancele el arancel.• Personal de la Autoridad Sanitaria

RM visitará el local, en caso que corresponda, para verificar el cumplimiento de los requisitos. Si el resultado es favorable, la resolución será emitida en un plazo aproximado de siete días hábiles.

• Vuelva a las oficinas de la Autoridad Sanitaria RM y retire la resolución con la colilla de pago del arancel.

TRÁMITE 8

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informe sanitario

¿Qué es?Es un documento indispensable para legitimar el funcionamiento de todo

establecimiento industrial o comercial, excepto aquellos que requieren autorización sanitaria expresa. Es previo a la obtención de la patente comercial y evalúa las

condiciones sanitarias y ambientales básicas de seguridad de la actividad.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de informe sanitario.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si es que cabe, y sus requisitos.

11. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.

si no tiene acceso a internet

• Acuda a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y retire la Solicitud de Autorización Sanitaria y los requisitos específicos de acuerdo al rubro de su empresa.

• Verifique que cumple con los requisitos establecidos y llene la solicitud. Si cuenta con su Certificado de Zonificación, adjúntelo. De lo contrario, diríjase al municipio correspondiente al domicilio de la empresa y solicite que le llenen el recuadro denominado Zonificación.

• Vuelva a las oficinas de la Autoridad Sanitaria RM y entregue la solicitud junto a los documentos adjuntos, si corresponde.

• Pague el arancel.• Personal de la Autoridad Sanitaria

RM podrá visitar el establecimiento para verificar el cumplimiento de los requisitos. Si el resultado es favorable, la resolución será emitida en un plazo aproximado de siete días hábiles.

• Vuelva en la fecha que le indique el receptor de la solicitud a retirar su resolución con la colilla de pago del arancel.

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institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM)

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas que deseen instalar establecimientos industriales o comerciales y estén tramitando la patente respectiva.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a la puesta en funcionamiento del establecimiento. Posterior a Calificación de Actividad Industrial (si corresponde).

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

Arancel base según rubro (si solicita más de un rubro, el valor a cobrar es el 100% del rubro de mayor valor más el 50% de los siguientes) + 0,5% de capital inicial declarado.

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

TRÁMITE 8

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solicitud de calificación de actividad industrial

¿Qué es?Este documento es requerido por el interesado en caso de tener que construir una edificación para instalar un establecimiento industrial o para una ampliación de la misma, para obtener el permiso de edificación municipal, o bien para regularizar

edificaciones ya construida ante la Municipalidad. Este documento califica al establecimiento industrial ya construido o el que se proyecta implementar de acuerdo a una categorización de impacto ambiental, como por ejemplo: inofensivo, molesto,

contaminante o insalubre, o peligroso.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl.

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de calificación de actividad industrial.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica (pago vía web), ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si corresponde.

11. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el documento correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.• Evita errores de digitación.

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM)

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas que deban tramitar un Permiso Municipal de Edificación para instalar o modificar un establecimiento industrial.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a la solicitud del Permiso Municipal de Edificación.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

$ 42.720 (reajustable anualmente, según IPC).

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

si no tiene acceso a internet

• Acuda a las oficinas de la Autoridad Sanitaria.

• Solicite el formulario y la Guía de Autoevaluación.

• Lea cuidadosamente la Guía de Autoevaluación y verifique que su empresa cuente con los requisitos que allí se estipulan.

• Llene la solicitud: si la actividad tiene informe sanitario favorable, adjunte fotocopia. Adjunte todos los documentos que respalden su solicitud (cartas de compromiso, catálogos, etc).

• Presente la solicitud en las oficinas de la Autoridad Sanitaria.

• Pague el arancel.• En caso de requerir visita de

inspección, debe esperar la visita en terreno.

• Si el resultado de la inspección es positivo o si no requiere de inspección, debe acudir nuevamente a las oficinas de la Autoridad Sanitaria RM y retirar su documento.

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TRÁMITE 8

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registro de marcas

¿Qué es?Bajo la denominación de marca comercial se comprende todo signo visible, novedoso

y característico, que sirva para distinguir productos, servicios, establecimientos industriales o comerciales. Una marca comercial sirve para: Identificarse frente a la competencia, indicar la procedencia empresarial, señalar calidad y características

constantes, realizar y reforzar la función publicitaria.Al obtener un registro de marca comercial correspondiente a productos, servicios o establecimientos industriales, se obtiene una protección a nivel nacional durante

10 años renovables cada vez cumplido este plazo. En cambio, al obtener un registro de marca comercial correspondiente a establecimiento comercial, se obtiene una

protección a nivel regional durante 10 años renovables cada vez cumplido este plazo.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la sección “Solicitud y pago en línea”.

2. Ingrese sus datos de usuario y clave secreta. Presione “Ingresar”.

3. Seleccione en el menú de “Registro de Marcas”, el tipo de solicitud de registro.

4. Complete el formulario en pantalla con los datos de la marca o patente a registrar.

5. Presione el botón “Pagar” y se desplegará el monto a pagar.

6. Seleccione la forma de pago. Deberá ingresar su RUT y clave secreta del método de pago seleccionado.

7. Se desplegará una notificación de pago y el comprobante de la transacción.

8. En el e-mail ingresado en el formulario recibirá la confirmación del pago con todos los antecedentes relevantes de su solicitud.

Ventajas del trámite electrónico

• Simplificación del trámite• Evita intermediarios.• Evita acudir a oficinas del DPI, que se ubica solamente en Santiago.• Presta ayuda en línea para rellenar el formulario.• Permite pago en línea y seguimiento del estado del proceso.

institución

Departamento de Propiedad Industrial (Subsecretaría de Economía).

¿quién debe realizarlo?Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que desee gozar de los derechos de propiedad industrial que garantiza la Constitución Política, debiendo obtener previamente el derecho de protección correspondiente de acuerdo con las disposiciones de la Ley 19.039.Las personas naturales o jurídicas residentes en el extranjero deberán, para los efectos de esta ley, designar un apoderado o representante en Chile, para solicitar este derecho.

¿cuándo debe realizarse?

Estratégicamente la petición del derecho a registro debe realizarse mucho antes de lanzar el producto o servicio al mercado, a fin de evitar gastos en publicidad y en otras actividades de promoción en los que se ha incurrido resulten inútiles, si el nombre que se ha solicitado para la marca no está disponible. Por ello, se recomienda realizar un sondeo de cuáles marcas y en qué estado se encuentra su protección, dicha búsqueda debe hacerla a través del portal del DPI www.dpi.cl. Las personas o empresas, por descuido pueden verse enfrentadas a litigios jurídicos derivados de la infracción de derechos de propiedad industrial que tengan terceras partes. Por ello, es importante realizar las consultas a los registros y bases de datos que posee el Departamento de Propiedad Industria, antes de iniciar su estrategia comercial.

¿qué se necesita?

• Clave secreta (obténgala en el mismo sitio, www.dpi.cl)

• Las personas naturales o jurídicas residentes en el extranjero deben designar un apoderado o representante en Chile, para solicitar este derecho.

• Para pago en línea: cuenta corriente o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?Los costos se encuentran establecidos por la Ley vigente y su reglamento. Según la ley 19.039 y su reglamento, los costos son:

• Costo formulario : $ 1.000

• Pago Inicial : 0,5 UTM por cada clase/ región/ establecimiento

• Publicación : $ 24.000 aprox.

• Pago Final : 1,5 UTM por cada clase/ región/ establecimiento

¿dónde se realiza?

Internet: www.dpi.cl

si no tiene acceso a Internet

• Adquiera el formulario correspondiente en dependencias del DPI (Moneda 970, piso 10, Santiago, Chile).

• Llene el formulario a máquina o computador y fírmelo.

• Acompañe poder en el evento de hacerlo a través de representante.

• Presente la solicitud en Oficina de Partes del DPI, donde se le entregará una “Orden de Pago”.

• Pague la orden en banco comercial y vuelva a presentarla en la Oficina de Partes del DPI para acreditar el pago.

• En caso de presentar solicitudes de marcas comerciales con etiquetas debe acompañar su solicitud con seis diseños impresos de ella de un tamaño mínimo de 5 x 5 centímetros y máximo de 20 x 20 o en CD-ROM o diskette con una resolución mínima de 300 dpi en formato *.TIF; *.GIF; *.JPG; o *.BMP (debe presentarse en papel, además del arte digitalizado).

17

TRÁMITE 8

18

modificar y actualizar información de contribuyentes

¿Qué es?Son las modificaciones que los contribuyentes deben informar al SII referente a su

identificación, domicilios, sucursales, giros o actividades, aumentos o disminuciones de capital, cambios de razón social, entre otras.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Modificaciones y Avisos” presente en el menú “Registro de Contribuyentes”.

2. Seleccione la opción que desea utilizar e identifíquese (utilizando su RUT y Clave Secreta).

3. Actualice los datos y seleccione el botón “Aceptar”.

4. En pantalla se mostrarán los datos que usted recién ingresó para que los revise y, posteriormente, confirme seleccionando el botón “Confirmar cambio”.

5. En pantalla se desplegará el certificado de Recepción de Aviso de modificación, el que deberá imprimir.

6. En caso que no timbre documentos electrónicamente y haya modificado el domicilio y/o sucursales, coloque con timbre de goma la nueva dirección en los documentos autorizados y no usados que tenga (boletas, facturas, guías, etc).

7. En caso que no timbre documentos electrónicamente y haya modificado la actividad o razón social de sociedades, destruya los documentos autorizados y no usados en el plazo que el SII le indique.

8. Independiente del tipo de modificación, los nuevos documentos que se presenten a timbrar, deben llevar los nuevos datos preimpresos.

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir y esperar en las oficinas del SII.

• Información en línea a cualquier hora y lugar.• Las modificaciones quedan inmediatamente ingresadas.

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institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Los contribuyentes inscritos en el Rol Unico Tributario (RUT) que han hecho Declaración de Inicio de Actividades que hayan sufrido cambios en su identificación, domicilio, actividad, entre otros.

¿cuándo debe realizarse?

• Dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la modificación o a contar de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio, en los casos que sea pertinente.

• En el caso de modificaciones al porcentaje de participación en utilidades, el plazo es hasta el 31 de enero del año inmediatamente siguiente a aquel en que se practicó la modificación.

¿qué se necesita?

Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Baje desde Internet el Formulario 3239, o solicítelo en su respectiva unidad del SII.

• Llénelo cuidadosamente, indicando el tipo de modificación por la que da aviso.

• Diríjase a la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial, específicamente a la Sección Rut e Iniciación de Actividades.

• Entregue el formulario y los documentos requeridos según el tipo de modificación que da aviso.

• Se recibe el aviso y se le entrega copia del Formulario 3239, timbrado por el SII.

• En cuanto a los documentos ya timbrados por el contribuyente y aún no usados, se presentan dos alternativas: 1) Cambio de domicilio y apertura / cierre de sucursal: coloque los cambios efectuados mediante un timbre de goma en cada copia de los documentos. 2) Cambio / ampliación de giro y cambio de razón social: debe destruir los documentos timbrados y no usados en el plazo que el SII le indique.

• En todos los casos, los nuevos documentos que se presenten a timbrar ante el SII deberán dar cuenta de estos cambios.

TRÁMITE 8

20

declaración de término de giro

¿Qué es?Corresponde al aviso formal al SII, que debe efectuar toda persona natural o

jurídica que, por término de su giro comercial o industrial, o de sus actividades, deje de estar afecta a impuestos de 1ª categoría. Tal como lo determina el artículo 69

del Código Tributario.

¿Cómo se hace?1. Pinche en la opción “Término de Giro” del portal de SII (www.sii.cl) o elija la opción

“declaración de Término de Giro” presente en el menú “Registro de contribuyentes”.2. Identifíquese (utilizando su RUT y Clave Secreta). 3. Revise la información de identificación mostrada. 4. Si la dirección no corresponde, actualícela.5. Ingrese el período por el que efectuará Término de Giro y luego continúe hacia el

formulario de Término de Giro6. Complete la información solicitada en el formulario. Sólo es necesario llenar los

campos relacionados al tipo de impuestos y/o forma de llevar su contabilidad, según se trate. Por ejemplo, información de IVA, remanente de Crédito, información de Renta y cálculo de impuesto. Los campos que son producto del cálculo de otros campos serán llenados automáticamente por el sistema en la medida que éstos se vayan ingresando.

7. Complete la información anexa relacionada, que es necesaria para poder obtener la información que determina el cálculo de los impuestos (FUT, PPM, Utilidad neta, acta de recepción de documentos, etc.).

8. Puede guardar lo efectuado para retomar en otro momento si le falta algún dato y no quiere perder todo lo ingresado. La declaración no se considera enviada si sólo se guarda.

9. Para terminar el ingreso del formulario, valide todo lo ingresado. El sistema determinará que los cálculos aritméticos estén correctos y que no existan campos obligatorios no llenos (según el tipo de contribuyente) u otros campos que no pueden estar llenos (a base de la misma validación anterior).

10. Si todo está correcto, se verá el monto final de impuestos a pagar (si corresponde) incluyendo reajustes, multas y condonaciones por efectuar el trámite por Internet. Si está de acuerdo, oprima el botón ENVIAR DECLARACION. A contar de este momento la declaración de Término de Giro se considera enviada formalmente al SII.

11. Si existe un monto a pagar, la aplicación lo llevará al módulo de pagos en línea, donde podrá elegir la forma de pago y la institución financiera.

12. Una vez terminado el proceso de pago, la aplicación confirmará el pago y le informará en que situación quedó su presentación de Término de Giro. Pueden haber tres situaciones generales: - entrega de certificado: el trámite se considera finiquitado y puede obtener

inmediatamente su certificado de Término de Giro. - pendiente en Unidad: para obtener su certificado deberá concurrir a la Unidad

presentando algunos antecedentes que se mencionarán en la aplicación. - en espera de respuesta: sus datos serán validados en otro momento por el SII, por lo

que deberá consultar posteriormente cuál fue el estado de esta revisión. Si se desea apurar dicha respuesta, el contribuyente podrá concurrir a la Unidad del SII que le corresponde, con sus antecedentes básicos.

13. En pantalla se desplegará el certificado de inicio de actividades o el estado de su aviso de Término de Giro, el que deberá imprimir.

21

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Todos los contribuyentes que den término a su giro comercial o industrial, o que cesen sus actividades, y que dejen de estar afecto a impuesto de primera categoría.

¿cuándo debe realizarse?

Dentro de los 2 meses siguientes al término del giro de sus actividades.

¿qué se necesita?

Quien solicita el Término de Giro por Internet debe ingresar con la Clave Secreta del contribuyente que está cesando sus actividades. En forma adicional, la persona que efectúa el trámite, ya sea el propio contribuyente o un representante de éste, debe identificarse con su RUT. Quién ingrese los datos del aviso de Término de Giro debe contar con la información necesaria que demuestre la contabilidad del contribuyente, registro de documentos timbrados y no emitidos, y todos los datos del contribuyente requeridos a través de la aplicación en Internet.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

Ventajas del trámite electrónico

• El sistema por Internet permitirá validaciones en el envío (básicas del contribuyente, cuadratura f-2121, PPM, remanente).

• El sistema efectuará el cálculo de multas en línea.• En contribuyente podrá pagar en línea pudiendo acceder a mayor

condonación.• El contribuyente puede guardar su aviso de TG y acceder a él y completarlo a

través de la consulta de estado.• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a

las oficinas del SII.

si no tiene acceso a internet

• Baje desde Internet el Formulario 2121, o bien solicítelo en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio.

• Llene cuidadosamente el formulario 2121, siguiendo las instrucciones para dicho efecto, que se adjuntan al formulario.

• Diríjase a la a la Sección Término de Giro, de la Unidades del SII correspondiente a su domicilio comercial, y entregue el formulario y los documentos requeridos.

• En la sección de Término de Giro respectiva se realizará una auditoría con la información que usted adjunta, sumada a la que se encuentra en los registros del SII.

• Una vez terminada la auditoría, el SII generará los giros, en caso que corresponda, por los impuestos que se adeuden al momento de realizar el Término de Giro; de esta forma, una vez que éstos se encuentren cancelados se le hará entrega del Certificado de Término de Giro respectivo (incluido en el Formulario 2121).

II E

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TRÁMITES RELACIONADOSTRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE DECLARACIÓN ÚNICA DE SALIDA / DUS 24

MODIFICACIÓN O ANULACIÓN DE DECLARACIÓN ÚNICA DE SALIDA (DUS) 26

TRAMITACIÓN DEL IVV Y CIERRE DE CICLO CON DUS LEGALIZADO 27

CERTIFICADO DE LIBRE VENTA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS 28

CERTIFICADO DE REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, 30 COSMÉTICOS Y PESTICIDAS (EX LIBRE VENTA)

CERTIFICACIÓN SANITARIA DE PRODUCTOS PESQUEROS DE EXPORTACIÓN 32

CERTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE EXPORTACIÓN AGRÍCOLA 34

CERTIFICACIÓN SANITARIA DE PRODUCTOS PECUARIOS 36(INSTALACIONES GANADERAS)

TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE DECLARACIÓN DE INGRESO (DIN) 38

MODIFICACIÓN DE DECLARACIÓN DE INGRESO (DIN) 40

CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA Y AUTORIZACIÓN DE USO Y 42DISPOSICIÓN PARA PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, COSMÉTICOS Y PESTICIDAS

CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA PARA PRODUCTOS ALIMENTICIOS 46

AUTORIZACIÓN DE USO Y DISPOSICIÓN DE PRODUCTOS IMPORTADOS 48

MANIFIESTO INTERNACIONAL DE CARGA / DOCUMENTO DE TRÁNSITO 50ADUANERO (MIC/DTA)

PAGO DE DERECHOS DE ADUANA 52

SOLICITUD DE CRÉDITO FISCAL 54

REINTEGRO DE DERECHOS ADUANEROS (LEYES N°18.708/88 Y N°19.420/95) 56

TRÁMITE 8

24

tramitación electrónica de declaración única de salida (dus)

¿Qué es?El trámite consta de dos etapas: 1) Aceptación a Trámite del DUS, que tiene por

objetivo que el usuario presente las mercancías ante la Aduana y que se autorice su envío al exterior, y 2) Legalización de la DUS, trámite para finiquitar la exportación.

¿Cómo se hace?

1. Debe confeccionar el DUS-Aceptación a Trámite, utilizando su aplicación computacional o aquella que pone a su disposición Aduanas en su sitio web, www.aduana.cl, conforme a los documentos de base y a la normativa aduanera. En caso de utilizar su propia aplicación, debe convertir el DUS en archivo plano.

2. Al concluir la confección debe enviar a Aduanas el o los archivos.

3. Aduanas recibe los archivos planos y valida los datos contenidos en el registro o archivo transmitido electrónicamente.

4. Si la validación es exitosa, el DUS es aceptado y se le asigna número, fecha de aceptación a trámite y número encriptado de control; se registran los datos definitivamente en el sistema central de Aduanas; se elabora la respuesta como archivo plano y se envía a la página web, o los deja depositados en el servidor de comunicaciones para ser enviados a la casilla del usuario de su Red de Valor Agregado.

5. Usted debe retirar los archivos utilizando el medio de transmisión que corresponda. Convierta los archivos con el objeto de incorporar los datos pertinentes a su sistema computacional para imprimir el respectivo formulario Declaración Única de Salida – Aceptación a Trámite conforme a las instrucciones de impresión aplicables a la presentación de mercancías a la Aduana.

6. Impreso el Documento Unico de Salida – Aceptación a Trámite, estampa su rúbrica en el recuadro “Aceptación a Trámite” “Firma del Despachador o Declarante” del formulario dando fe que lo impreso corresponde a información transmitida electrónicamente hacia y desde Aduanas.

7. Podrá firmar el documento impreso el despachador de aduana, su reemplazante ocasional o personal autorizado, no importando quién envió el archivo electrónico.

8. La impresión del Documento Único de Salida – Aceptación a Trámite se hará en el formulario que provee la página www.aduana.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptará la impresión del documento aludido en formularios preimpresos siguiendo como base los mismos criterios e instrucciones existentes en el Compendio de Normas Aduanera – Resolución Nº1396/2001, del Director Nacional de Aduanas.

Ventajas del trámite electrónico

• Fusiona en un solo documento, dos trámites que controlaban la operación de exportación.

• Tramitación las 24 horas del día, los 365 días del año.• Reducción de los tiempos de respuesta: 1 a 3 segundos por mensaje.

25

institución

Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Agentes de Aduana.

¿cuándo debe realizarse?

Antes de ingresar mercancías a zona primaria.

¿qué se necesita?

• Estar registrado en la nómina de agentes de aduana del Servicio Nacional de Aduanas (enviar solicitud a: Plaza Sotomayor N° 60, 5° piso, Valparaíso, Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales)

• Obtener clave de usuario para su empresa (en web de Aduanas, apartado “Solicitud de Clave”).

• Si no dispone de software para enviar Documentos DUS hacia Aduana puede usar el software off-line que se encuentra junto al manual al momento de ingresar al sistema.

• Puede solicitar ayuda a la Mesa de Ayuda de Aduanas fono (32) 200800

¿qué costo tiene?

$ 0 (vía Internet).

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.cl. Redes de Valor Agregado (VAN).

TRÁMITE 8modificación o anulación de declaración única de salida (dus)

instituciónServicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Agentes de Aduana.

¿cuándo debe realizarse?

Posteriormente a la aceptación a trámite de la DUS y transcurrido 60 días hábiles después de su Legalización, según sea el caso.

¿qué se necesita?

• Estar registrado en la nómina de agentes de aduana del Servicio

Nacional de Aduanas (enviar solicitud a: Plaza Sotomayor N° 60, 5° piso, Valparaíso, Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales)

• Obtener clave de usuario para su empresa (en web de Aduanas, apartado “Solicitud de Clave”).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.cl

¿Cómo se hace?

1. Digite y envíe la Solicitud de Modificación a Documento Aduanero directamente a través de la página web de Aduanas, www.aduana.cl.

2. Aduanas recibe y valida el DUS con sus modificaciones en forma íntegra, reemplazando los Debe-Decir por los Dice en la base de datos del documento a aclarar.

3. Si la validación efectuada por Aduanas es exitosa, la modificación es aceptada, por lo que asigna número y fecha de resolución a la modificación solicitada, registra en el sistema central de Aduanas el estado de “aceptado” de la modificación.

4. Una vez recibida la respuesta, el despachador de aduana debe incorporar los cambios directamente al Documento Único de Salida, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.9 de la Resolución 1054/2001.

5. Si la aclaración/anulación es previa al ingreso de las mercancías a zona primaria, se debe efectuar una nueva impresión del DUS. Si la aclaración fue realizada en forma posterior al ingreso de mercancías a zona primaria y previo a la legalización del DUS, se debe imprimir el respectivo formulario de Solicitud de Modificación a Documento Aduaneros.

6. En este último caso e impresa la aclaración, debe estampar su rúbrica en el recuadro asignado para la firma en el respectivo formulario y procederá al archivo de todos los ejemplares, junto con los demás antecedentes del despacho.

Ventajas del trámite electrónico

• Puede presentarse las 24 horas del día, los 365 días del año.• Reducción de los tiempos de respuesta.• Agilización y simplificación del trámite.

¿Qué es?Una vez aceptada a trámite una Declaración Única de Salida sólo podrá ser

enmendada, rectificada o dejada sin efectos en los casos previstos en el Capítulo VI del Compendio de Normas Aduaneras.

26

8TRÁMITEtramitación del ivv y cierre de ciclo con dus legalizado

¿Qué es?Es un trámite que permite al exportador informar al Servicio Nacional de Aduanas el valor definitivo de aquellas operaciones de exportaciones cuya modalidad de venta es

distinta de a firme.

¿Cómo se hace?

1. En el sitio web de Aduanas, www.aduana.cl, debe ingresar a la opción “Tramitación de IVV” de la sección “Declaración Única de Salida-IVV”.

2. Debe ingresar al sistema con la misma clave que ha tramitado anteriormente. Se despliega el menú principal del sistema.

3. Para ingresar IVV uno por uno, debe ir a la opción “Ingresar IVV” de la sección “Ingresos”.

4. En el menú que se despliega podrá modificar los siguientes valores: País destino, Valor Cláusula de venta, Comisiones en el exterior, Otros gastos deducibles, Total FOB, Seguro, Flete, Total CIF e ingresar el período de comercialización.

5. Luego en cada ítem, puede modificar el FOB unitario, cantidad de mercancías y Valor FOB. (También puede enviar un archivo adjunto en la sección “Seleccione Antecedentes / Examinar” que se utiliza de respaldo de las operaciones de venta. Este archivo adjunto debe estar compuesto de un solo documento, por ejemplo, un documento Word con una o varias páginas con documentos escaneados, el cual se recomienda comprimir).

6. Una vez que esté seguro de los antecedentes debe hacer clic en el botón “Enviar IVV” (también tiene la opción “Ver DUSLEG”, que le permite visualizar el DUS Legalizado).

7. Para ingresar más de un IVV a la vez, debe ir a la opción “IVV vía archivo”. Para ello debe contar con un sistema propio que sea capaz de generar archivos con estructuras definidas, según normas de Aduana. En esta opción no podrá enviar archivos adjuntos.

8. Para visualizar sus IVV aceptados, debe pinchar en la opción “IVV Aceptados” de la sección “Consultas”. Luego, ingrese un rango de fecha para visualizar todos aquellos IVV que han sido aceptados para el rango ingresado.

Ventajas del trámite electrónico

• Ofrece algoritmo de cálculos predefinidos, que asegura integridad de datos.• Puede presentarse las 24 horas del día, los 365 días del año.• Reducción de los tiempos de respuesta.• Agilización y simplificación del trámite.

institución

Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Exportadores.

¿cuándo debe realizarse?

Dentro del plazo de 270 días contados desde la fecha de la legalización del DUS.

¿qué se necesita?

• Obtener clave de usuario para su empresa enviando datos al correo electrónico [email protected]

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.cl

27

TRÁMITE 8

28

certificado de libre venta

¿Qué es?Documento emitido por la Autoridad Sanitaria que acredita que un alimento y/o materias primas para su elaboración, se encuentran autorizados para su uso y

comercialización en Chile. Es reconocido internacionalmente (OMS) y puede ser presentado ante las autoridades de cualquier país, con el fin de obtener el registro

sanitario en el extranjero, para su posterior exportación.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl.

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de Certificado de Libre Venta.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Reduce tiempos de respuesta.• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la Autoridad Sanitaria.• Ahorra costos de traslado y espera en oficinas de la Autoridad Sanitaria.

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Exportadores de productos alimenticios y/o materias primas para su elaboración u otros productos.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

$ 12.420 (reajustable anualmente, según IPC).

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria correspondiente.

• Solicite el formulario de Certificado de Libre Venta y llénelo adjuntando una fotocopia de la Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento de la instalación donde se elaboró o produjo el producto.

• Entregue el formulario lleno y pague el arancel respectivo.

• Volver a las oficinas para retirar el certificado.

29

¿Qué es?Documento extendido por el Instituto de Salud Pública de Chile, que acredita que un producto farmacéutico, cosmético o pesticida de uso sanitario y doméstico, se

encuentra registrado y, por lo tanto, autorizado para su uso en el territorio nacional. Es un documento oficial reconocido en el extranjero que puede ser presentado ante

las autoridades sanitarias de otros países para acceder al comercio exterior.

¿Cómo se hace?1. Ingrese a la página del ISP, seleccionar “Trámites en Internet (GICONA)” y

luego “Inicio GICONA”, el sistema informa que esta ingresando a una página de seguridad, seleccionar “aceptar” a continuación debe ingresar el RUT y la clave de acceso al sistema. Seleccione desde el menú principal de prestaciones electrónicas disponibles, Ventanilla Única, “Solicitud de Certificaciones”.

2. Despliegue la lista de prestaciones por tipo de producto y seleccione por el formato de certificado requerido. Considerando los atributos y parámetros de los distintos tipos de certificados, realice su opción desde “código arancel” para llegar al formulario específico.

3. En pantalla obtendrá la identificación del titular asociado a la clave, y del encargado del trámite o contacto, este dato es posible de modificar en pantalla digitando el nombre y correo de la persona con quién se establecerá comunicación en caso de que la institución requiera mayores antecedentes (permite incluir hasta tres direcciones de correo). Actualice esta información cada vez que corresponda.

4. Sucesivamente presionando “siguiente” encontrará los datos del Responsable de la Información Técnica y del Propietario o Representante Legal (datos no modificables en línea).

5. Ingrese Nº de Registro del producto que se desea certificar y presione obtener. Se despliega denominación, fecha de inscripción y régimen aprobado. Presione agregar para seleccionar el producto.

6. Avance y encontrará las condiciones en las que se encuentra autorizado su registro y si existe más de un fabricante, importador, etc., presione eliminar para obviar información no requerida en certificado.

7. Avance y adjunte archivo sólo para las resoluciones de autorización que justifiquen alguna inconsistencia entre lo desplegado y lo efectivamente autorizado. En Resolución de Nueva Fórmula (última aprobada), adjunte su archivo (no más de 1 MB en formato PDF, XLS o DOC).

8. Seleccione en “Subir Archivos” y una vez completada la transferencia, encontrará resumen de su solicitud. Si está conforme con lo señalado, confirme la prestación para continuar agregando nuevas solicitudes al carro o para dar inicio al proceso de pago a través de Tesorería o en proceso diferido ante el ISP.

9. Confirmado el pago, se levantará un flujo informatizado de trabajo, directamente en la Unidad Técnica que evalúa el trámite, una vez terminado el proceso, recibirá una notificación electrónica informando que el documento requerido se encuentra disponible para su retiro .

10. El certificado se retira en la oficina de partes del ISP, el cual se entrega ya legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, acreditado y listo para ser enviado al consulado del país de destino.

TRÁMITE 8certificado de registro sanitario de productos farmacéuticos,

cosméticos y pesticidas ex libre venta

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institución

Instituto de Salud Pública (ISP).

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o empresas titulares (o propietarias) de registros sanitarios de productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas de uso sanitario y doméstico.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Que el producto esté registrado y vigente.

• Estar inscrito en el sistema GICONA del ISP. Para ello, debe contar con una clave de acceso al sistema electrónico del ISP, la cual se obtiene enviando una carta dirigida al Director del ISP declarando el nombre o razón social de la empresa y su dirección, datos del Representante Legal y Director o Asesor Técnico y los documentos legales de respaldo. Evaluada la petición, se notifica por correo electrónico al solicitante, para que asista al ISP a una reunión donde le será entregada la clave de acceso (al Representante Legal y al Director Técnico) en sobre cerrado. Posteriormente, se debe solicitar entrevista para la reunión de capacitación específica de los trámites de Autorización de Uso y Disposición y Certificados de Registro Sanitariocon la participación del agente de aduana o un representante.

• El trámite puede ser pagado en línea (para usuarios con cuenta corriente en los bancos en convenio a esa fecha o con tarjeta de crédito Transbank) o en forma diferida cancelando directamente en las cajas del ISP en un plazo no superior a 5 días hábiles.

¿qué costo tiene?

Existe un menú con 18 formatos de certificados de acuerdo al tipo de producto y a la complejidad del documento requerido, con valores diferentes que van desde $ 31.550 a $ 256.000 (se reajusta anualmente según IPC).

¿dónde se realiza?

Internet: www.ispch.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la Oficina de Partes del ISP, a la Unidad de Coordinación Interna de Servicios y Productos (Av. Marathon 1000, Ñuñoa, Santiago) de 8:30 a 13:00 para obtener información respecto al trámite presencial, completar el formulario de solicitud y acompañar todos los antecedentes de respaldo.

• Debe acudir a caja del ISP y pagar el arancel para ingresar el trámite.

• Debe retirar el certificado cuando esté listo.

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo (traslados y espera).• Transparencia del proceso.• Seguimiento del estado del trámite• Disminución del tiempo de respuesta.

31

TRÁMITE 8

32

¿Qué es?Trámite que realizan las empresas exportadoras, mediante el cual Sernapesca entrega

los certificados sanitarios que acreditan la calidad del producto a exportar.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese su clave, su usuario y accione el botón “Aceptar”. Se desplegará el menú Rol Exportador.

2. Pinche sobre la pestaña “Notificación de Embarque”.

3. Ingrese toda la información solicitada respecto a su embarque dependiendo del producto a exportar y mercado de destino (puede ganar tiempo ingresando con anterioridad productos en la pestaña Producto PAC en forma independiente, la que luego puede rescatar y adicionar a su Neppex, accionando el botón “Asignar”).

4. Avance por el formulario accionando el botón “Confirmar” y/o “Continuar”, según corresponda. Cada vez que deba ingresar más de una opción (productos a exportar, certificados a solicitar, etc.), accione el botón “Agregar” por cada uno.

5. Una vez ingresada toda la información requerida, se obtiene un mensaje (Aviso Neppex) con el resumen de lo ingresado y un aviso de la oficina de Sernapesca donde se deben presentar los documentos anexos definidos durante el proceso. Para finalizar debe accionar el botón “Aceptar”.

6. Para continuar el proceso, debe ingresar a la opción “Pre-Consolidación” del menú Rol Exportador y seleccionar el Nº Neppex deseado. Pinche en “Continuar”.

7. Una vez ingresada la información de la página completa, accione el botón “Aceptar” para grabar los datos y pasar a la Pre-Certificación.

8. Una vez su embarque esté listo para la certificación, ingrese a la opción “Pre-Certificación” del menú Rol Exportador.

9. Seleccione el Nº de Neppex deseado y presione “Continuar”.

10. Ingrese la información solicitada, avanzando con el botón “Aceptar”. Al finalizar se desplegará un resumen con el costo de los certificados solicitados.

11. Presione “Pagar” para cancelar en línea los documentos solicitados.

12. Queda habilitado, entonces, para retirar cuando usted lo desee el certificado en la oficina que haya indicado que realizará la consolidación del embarque, con la factura de exportación y B/L.

Ventajas del trámite electrónico

• Emisión automática de los certificados.• Mejora la información respecto a requisitos de cada país de destino.• Unifica criterios en la aplicación de controles.• Racionaliza los requerimientos y documentos solicitados.

certificación sanitaria de productos pesqueros de exportación

33

institución

Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).

¿quién debe realizarlo?

Empresas pesqueras exportadoras, agencias de embarque.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• El producto debe ser procesado en planta habilitada para el mercado de destino.

• Cumplir con los requisitos sanitarios y de origen establecidos por Sernapesca y los diferentes mercados compradores, indicados en los documentos CPF/NT1, CPF/NT2 y CER/NT1.

• Estar registrado para utilizar los servicios en línea de Sernapesca con el Rol Exportador. Para ello, debe llenar la Solicitud de Ingreso a Sistemas de Tramitación en Línea (descargar en www.sernapesca.cl, ingresar en “Formularios”/“Registro Usuarios”/”Formulario Registro Usuarios.xls”) y enviar por fax (32-819320) o mail, [email protected] a Cecilia Solís. Se revisarán sus antecedentes y se le enviará la clave al mail informado).

• Se le asignará un funcionario tutor que lo capacitará en el uso del sistema

¿qué costo tiene?

$25.515.

¿dónde se realiza?

Internet:cerberos.sernapesca.cl/sernapesca

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de regionales o provinciales de Sernapesca, en horario de atención, y llenar la Solicitud de Notificación de Exportación.

• Debe presentar la siguiente documentación: fotocopia de orden de embarque cumplida por Aduana, fotocopia de la factura de exportación, certificados solicitados, solicitud de certificación en original, informes de muestreo y análisis, declaraciones juradas que correspondan, solicitud de muestreo y análisis o autorización en origen para certificación sanitaria.

• La certificación se emite 24 después de presentada la documentación completa.

TRÁMITE 8

34

¿Qué es?Habilita para obtener el Certificado Fitosanitario internacional, que permite

exportar a los diferentes mercados los productos hortofrutícolas, de acuerdo a los requerimientos específicos establecidos por los mercados de destino (las

exportaciones a Estados Unidos se enmarcan en el Programa de Pre-Embarque SAG / USDA-APHIS / ASOEX). Contempla la atención en las plantas de embalajes y almacenamiento hortofrutícolas, para otorgar los servicios relacionados con el

proceso de certificación: autorización de instalaciones, tratamientos cuarentenarios, muestreo de lotes, inspecciones y despacho a puerto.

certificación de partidas de exportación agrícola

¿Cómo se hace?La aplicación Web de Certificación Agrícola está disponible en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez y Puerto San Antonio. Durante el primer semestre de 2006 estará disponible en todo Chile.

Pasos a seguir en la Web:

1. Ingrese el portal del SAG (www.sag.cl).

2. Ingrese la cuenta y clave asignada al usuario que desea ingresar. Esta clave será informada por la oficina sectorial correspondiente.

3. Pinche en el menú ofrecido, la opción disponible, llamada “Certificación de exportaciones Agrícolas ”.

4. Seleccione la oficina sectorial o Puerto correspondientes y seleccione el perfil funcionario.

5. Escoja del menú “Opciones del Funcionario”, la opción “Solicitud de Servicios de Inspección”. Una vez que el SAG reciba esta solicitud, procederá a inspeccionar las partidas y a emitir el certificado correspondiente.

Ventajas del trámite electrónico

• Automatización del proceso de emisión de certificados fitosanitarios.• Mejora tiempos de respuesta y optimiza los procesos de exportación.• Mejora coordinación del proceso de transporte de mercaderías.• Aumento de la confiabilidad del sistema.• Reducción del tiempo de tránsito de medios de transporte.• Mejora la información de condiciones de exportación producto-país.

institución

Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

¿quién debe realizarlo?

Exportadores de productos hortofrutícolas.

¿cuándo debe realizarse?

Debe solicitarse 24 horas antes del embarque (al menos).

¿qué se necesita?

• Planta aprobada para operar con determinado país y determinado producto.

• Acuerdos operacionales vigentes o carta acuerdo, en el caso de inspección SAG.

Para inspección SAG en puertos:• Presentación de partidas en

camiones planos encarpados.

si no tiene acceso a internet

• Debe solicitar al SAG, vía fax, teléfono o personalmente, un muestreo de las partidas de exportación agrícola.

• En menos de 24 horas será visitado por personal asignado por SAG que realizará en planta un muestreo e inspección. Le entregará una boleta de prestación de servicios.

• Si se aprueba el muestreo, la planta quedará habilitada para despachar y debe acudir a las oficinas de tesorería del SAG a pagar la boleta de prestación de servicios.

• La certificación se emite al momento que el producto llega al puerto de salida donde se verifican los sellos y el timbre.

¿qué costo tiene?

PESO POR CAJA HASTA 5 5,1 - 10 10,1 KG Y MÁS

1a INSPECCIÓN 0,001 0,001 0,001 (UTM)

2a INSPECCIÓN SERVICIOS COMPLEMENTARIOS (UTM) 0,000245 0,0003 0,00039

1a + 2a (UTM) 0,001245 0,0013 0,00139

¿dónde se realiza?

En las Oficinas Sectoriales, Puertos y en la página www.sag.cl

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8

36

¿Cómo se hace?La aplicación Web de certificación pecuaria estará disponible a partir de febrero 2006 en etapa Piloto. La Oficina Sectorial del SAG informará a cada establecimiento, la fecha de incorporación al sistema.

Pasos a seguir en la Web:

1. Ingrese al portal del SAG (www.sag.cl).

2. Ingrese la cuenta y clave asignada al usuario que desea ingresar. Esta clave será informada por la oficina sectorial correspondiente.

3. Pinche en el menú ofrecido, la opción disponible, llamada “Certificación de exportaciones pecuarias”, Escoger del menú “Solicitudes”, la opción “Certificación de partidas pecuarias”.

4. Una vez que el SAG reciba esta solicitud, procederá a inspeccionar las partidas y a emitir el certificado correspondiente.

Ventajas del trámite electrónico

• Automatización del proceso de emisión de certificados.• Mejora tiempos de respuesta y optimiza los procesos de exportación.• Mejora coordinación del proceso de transporte de mercaderías.• Aumento de la confiabilidad del sistema.• Reducción del tiempo de tránsito de medios de transporte.• Mejora la información de condiciones de exportación producto-país.• Respaldar la certificación de los profesionales del SAG

8TRÁMITEcertificación sanitaria de productos pecuarios

instalaciones ganaderas

¿Qué es?Certificado zoosanitario de la partida a exportar, que garantiza el cumplimiento de las exigencias sanitarias establecidas por el país de destino para autorizar la importación

del producto en cuestión. Los certificados son extendido por profesionales SAG en el lugar de origen para animales vivos y productos pecuarios. Pueden ser emitidos

tanto en el lugar de origen como en el puerto de salida, después de una inspección y comprobación del cumplimiento de las exigencias a certificar.

institución

Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

¿quién debe realizarlo?

Toda empresa debe solicitar la habilitación. Productores, industriales y exportadores de productos pecuarios.

¿cuándo debe realizarse?

La certificación de partidas debe solicitarse, al menos, 24 horas antes del embarque.

¿qué se necesita?

• Estar inscrito en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP).

• Estar habilitados por el mercado de destino.

• Cumplir los requisitos del mercado de destino.

¿qué costo tiene?

Profesional, por turno de 44 horas semanales: 8 UTM.Profesional, por turno de 8 horas diarias: 1,5 UTM.Profesional, por medio turno de 4 horas diarias: 0,75 UTM.Técnico, por turno de 44 horas semanales: 3,9 UTM.Técnico, por turno de 8 horas diarias: 0,70 UTM.Técnico, por medio turno de 4 horas diarias: 0,35 UTM.Cualquier otra inspección pecuaria de exportación: 0,5 UTM hora/funcionario.Emisión de documentos asociados a exportaciones pecuarias, que no demanden inspección sanitaria: 0,05 UTM por set de documentos.

¿dónde se realiza?

En las Oficinas Sectoriales del SAG y el www.sag.cl según calendario fijado para cada establecimiento.

si no tiene acceso a internet

• Para iniciar la exportación, debe presentar una solicitud de inspección y certificación a la oficina SAG (sectorial o de planta), con 24 horas de anticipación al embarque, con la documentación que corresponda.

• Un Médico Veterinario Oficial (MVO) efectuará la inspección de la carga en planta, verificando características a certificar, dependiendo del producto y exigencias de mercado.

• Si la inspección es positiva y una vez cargado el contenedor, en el caso de los embarques de exportación, el MVO procederá al sellado de éste con el sello metálico SAG.

• La firma de los certificados de exportación la realizará el MVO. La firma de los certificados podrá ser realizada en planta, o bien, en otro lugar donde se consolide el envío y se realice la inspección de la carga

• En puerto el MVO verificará la integridad del sello oficial y revisará la documentación que le compete que acompaña el embarque.

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TRÁMITE 8

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tramitación electrónica de declaración de ingreso (din)

¿Cómo se hace?

1. Debe confeccionar la DIN, utilizando su aplicación computacional o aquella que pone a su disposición Aduanas en su sitio web, www.aduana.cl, conforme a los documentos de base y a la normativa aduanera. En caso de utilizar su propia aplicación, debe convertir el DIN en archivo plano.

2. Al concluir la confección debe firmar electrónicamente el documento con un programa propio o el que aduanas pone a su disposición en la pagina web y enviar a Aduanas el o los archivos.

3. Si Aduanas valida exitosamente la operación, el DIN es aceptado y se le asigna fecha de aceptación a trámite y número encriptado de control; se registran los datos definitivamente en el sistema central de Aduanas; se elabora la respuesta como archivo plano y se envía a la página web.

4. Usted debe retirar los archivos utilizando el medio de transmisión que corresponda. Convierta los archivos con el objeto de incorporar los datos pertinentes a su sistema computacional para imprimir el respectivo formulario Declaración de Única de Ingreso –conforme a las instrucciones de impresión aplicables.

5. Impreso el Documento Único de Ingreso, estampe su rúbrica en el recuadro “Firma del Despachador o Declarante” del formulario dando fe que lo impreso corresponde a información transmitida electrónicamente hacia y desde Aduanas (podrá firmar el documento el despachador de aduana, su reemplazante ocasional o personal autorizado, no importando quién envió el archivo electrónico).

6. La impresión del Documento Único de Ingreso se hará en el formulario que provee la página www.aduana.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptará la impresión del documento aludido en formularios preimpresos siguiendo como base los mismos criterios e instrucciones existentes en el Compendio de Normas Aduanera – Resolución Nº 1396/2001, del Director Nacional de Aduanas.

Ventajas del trámite electrónico

• Agilización y simplificación del trámite.• Reducción de los tiempos de respuesta.• Ahorro en bodegaje y facilitación de logística comercial.• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Aduanas.

¿Qué es?Es el documento de destinación aduanera que permite el ingreso al país de

mercancías y comprende las destinaciones de Importación, Admisión Temporal, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Almacén Particular, Reingreso.

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institución

Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Agentes de Aduana.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado de lunes a viernes, entre las 04:00 y las 20:00 horas y sábados, entre las 04:00 y las 16:00 horas.

¿qué se necesita?

• Estar registrado en la nómina de agentes de aduana del Servicio Nacional de Aduanas (enviar solicitud a: Plaza Sotomayor N° 60, 5° piso, Valparaíso, Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales).

• Obtener clave de usuario para su empresa (en web de Aduanas, apartado “Solicitud de Clave”).

• Obtener certificado digital de empresa prestadora de servicios de certificación, en caso de hacer transmisión vía Internet.

• Si no dispone de software para enviar Documentos DIN hacia Aduana puede usar el software offline que se encuentra junto al manual al momento de ingresar al sistema.

¿qué costo tiene?

$ 0 (vía Internet).

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.cl. Redes de Valor Agregado (VAN).

TRÁMITE 8

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modificación de declaración de ingreso (din)

¿Qué es?Una vez aceptada a trámite una Declaración de Ingreso sólo podrá ser enmendada,

rectificada o dejada sin efecto en los casos previstos en el Capítulo VI del Compendio de Normas Aduaneras, aprobado por Resolución Nº 2.400/85, del Director Nacional

de Aduanas.

¿Cómo se hace?

1. Debe confeccionar la Aclaración Din, utilizando su aplicación computacional o aquella que pone a su disposición Aduanas en su sitio web, www.aduana.cl, conforme a los documentos de base y a la normativa aduanera. En caso de utilizar su propia aplicación, debe convertir el DIN en archivo plano.

2. Al concluir la confección debe firmar electrónicamente el documento con un programa propio o el que Aduanas pone a su disposición en la página web y enviar a Aduanas el o los archivos.

3. Aduanas recibe los archivos planos firmados y valida los datos contenidos en el registro o archivo transmitido electrónicamente.

4. Si la validación es exitosa, el DIN es aceptado y se le asigna fecha de aceptación a trámite y número encriptado de control; se registran los datos definitivamente en el sistema central de Aduanas; se elabora la respuesta como archivo plano y se envía a la página web.

5. Usted debe retirar los archivos utilizando el medio de transmisión que corresponda. Convierte los archivos con el objeto de incorporar los datos pertinentes a su sistema computacional para imprimir el respectivo formulario Declaración de Unica de Ingreso–conforme a las instrucciones de impresión aplicables.

6. Impreso el Documento Unico de Ingreso, estampe su rúbrica en el recuadro “Firma del Despachador o Declarante” del formulario dando fe que lo impreso corresponde a información transmitida electrónicamente hacia y desde Aduanas.

7. Podrá firmar el documento impreso el despachador de aduana, su reemplazante ocasional o personal autorizado, no importando quién envió el archivo electrónico.

8. La impresión del Documento Unico de Ingreso se hará en el formulario que provee la página www.aduana.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptará la impresión del documento aludido en formularios pre-impresos siguiendo como base los mismos criterios e instrucciones existentes en el Compendio de Normas Aduanera – Resolución Nº1396/2001, del Director Nacional de Aduanas.

Ventajas del trámite electrónico

• Puede presentarse las 24 horas del día, los 365 días del año.• Reducción de los tiempos de respuesta.• Agilización y simplificación del trámite.

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institución

Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Solamente los Agente de Aduana.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado. Si bien las solicitudes pueden ser enviadas a cualquier hora de cualquier día del año, serán tramitadas los días hábiles, de Lunes a Viernes, entre las 4:00 y 20:00 horas.

¿qué se necesita?

• Estar registrado en la nómina de agentes de aduana del Servicio Nacional de Aduanas (enviar solicitud a: Plaza Sotomayor N° 60, 5° piso, Valparaíso, Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales)

• Obtener clave de usuario para su empresa (en web de Aduanas, apartado “Solicitud de Clave”).

• Obtener certificado digital de empresa prestadora de servicios de certificación.

¿que costo tiene?

$ 0. Vía Internet

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.clRedes de Valor Agregado (VAN).

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¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la página del ISP, seleccionar “Trámites en Internet (GICONA)” y luego “Inicio GICONA”, el sistema informa que está ingresando a una página de seguridad, seleccionar “aceptar” a continuación debe ingresar el RUT y la clave de acceso al sistema. Seleccione desde el menú principal de prestaciones electrónicas disponibles, Ventanilla Única, “Solicitud de Certificado de Destinación Aduanera y Solicitud de Uso y Disposición”.

Se despliegan los nombres y arancel de las dos prestaciones asociadas, pinche sobre el Código Arancel de “Autorización de Uso y Disposición”.

2. En pantalla obtendrá la identificación del importador asociado a la clave, y del encargado del trámite o contacto, este dato es posible de modificar en pantalla digitando el nombre y correo de la persona con quién se establecerá comunicación en caso de que la institución requiera mayores antecedentes (permite incluir hasta tres direcciones de correo). Actualice esta información cada vez que corresponda.

3. A continuación digite el RUT del titular y se desplegarán los datos correspondientes al propietario de la mercancía (puede ser la misma empresa importadora u otra asociada por convenio).

4. Sucesivamente presionando “siguiente” encontrará los datos del Responsable de la Información Técnica y del Propietario o Representante Legal (datos no modificables en línea).

5. En la pantalla siguiente deberá completar todos los datos generales propios de la importación (existen campos de selección y otros de digitación).

8¿Qué es?

El proceso de importación de productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas se efectúa ahora fácil y rápidamente, porque se integran electrónicamente las instituciones

participantes del control de ingreso de mercancías al país: ISP, Seremis de Salud y Aduana, permitiendo otorgar un servicio expedito a los importadores y mejorando la eficiencia en los procesos de fiscalización a través de la comunicación efectiva y el

intercambio de información entre los organismos públicos para favorecer el resguardo en la salud de la población. Este trámite electrónico fusiona en un solo formulario los trámites de Certificado de Destinación Aduanera y Resolución de Uso y Disposición.

Certificado de Destinación Aduanera: Trámite que se realiza en cumplimiento de la Ley 18164, en el cual el Seremi de Salud correspondiente al territorio de ingreso de las mercancías emite un certificado para ser presentado ante el Servicio Nacional de Aduana, en el cual se acredita el lugar sanitariamente autorizado, donde deberán ser depositados los productos internados al país. En el actual proceso electrónico, este

trámite se encuentra delegado en el ISP.Resolución de Uso y Disposición: Trámite que realiza el Instituto de Salud Pública de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 18164, a objeto de permitir que los

productos de su competencia que ingresan al país, puedan ser usados o distribuidos en el territorio nacional.

TRÁMITEcertificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición para productos farmacéuticos, cosméticos

y pesticidas

6. Al final de la página debe seleccionar la o las secciones correspondientes a la naturaleza de los productos que se desea declarar (materias primas, productos con registro sanitario, muestras, etc.).

7. Deberá seleccionar la casilla correspondiente al tipo de producto a importar.

8. Llene los datos requeridos de cada producto incluido en los documentos base de la importación y pinche en “Agregar”, de esta manera se irá completando el listado de productos que debe declarar. Al terminar pinche en “Continuar”.

9. Avance y adjunte los archivos correspondientes a la importación (factura y documento de embarque son obligatorios) y cualquier otro documento que se requiera para avalar la presentación (no más de 1,5 MB en formato PDF, XLS o DOC).

10. Seleccione en “Subir Archivos” y una vez completada la transferencia, encontrará resumen de su solicitud. Si está conforme con lo señalado, confirme la prestación para continuar agregando nuevas solicitudes al carro o para dar inicio al proceso de pago a través de Tesorería o en proceso diferido ante el ISP.

11. Confirmado el pago, se generará en línea el Certificado de Destinación Aduanera y paralelamente se levantará un flujo informatizado de trabajo, directamente en la Unidad Técnica que evalúa el trámite para la posterior emisión de la Resolución de Uso y Disposición, la que será enviada al usuario, en forma oficial, incrustada en un correo electrónico, en un plazo máximo de tres días contados desde la recepción del mensaje de Aduana que confirma la aceptación de la Declaración de Ingreso (DIN) de la mercancía al país. Se otorga un plazo de 60 días para el envío (a través de correo electrónico) de los controles de calidad practicados en el país, sólo para productos importados que cuentan con registro sanitario.

Ventajas del trámite electrónico

• Fusiona en un formulario electrónico único la solicitud de Certificado de Destinación Aduanera y la Resolución de Uso y Disposición.

• Puede ser solicitado antes del arribo de la mercancía al país.• Se obtiene el CDA en línea y esta información queda disponible a los sistemas

de Aduana, de manera que cuando el agente tramite la Declaración de Ingreso, sus sistemas reconocen el CDA otorgado por el ISP, permitiéndose el traslado inmediato desde el recinto aduanero a la bodega autorizada y paralelamente los sistemas del ISP relativos al Uso y Disposición contarán con la información en línea tanto del CDA como del documento de ingreso otorgado por la Aduana.

• Ahorro considerable de tiempo en la tramitación global y de recursos por concepto de almacenaje en recinto primario (al anticipar el trámite), generación de documentos y traslados a las diferentes instituciones.

• Eliminación de papeles y obtención de todas las prestaciones en forma electrónica y secuencial.

• La información se comparte y se favorecen los procesos de fiscalización, orientando a las instituciones, permitiendo realizar análisis de riesgo y optimizar los recursos públicos.

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instituciones

Instituto de Salud Pública (ISP), Servicios de Salud y Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Empresas o personas naturales importadoras de productos farmacéuticos, cosméticos o pesticidas de uso sanitario y doméstico, CENABAST, clínicas u hospitales públicos y privados.

¿cuándo debe realizarse?

A petición del interesado.

¿qué se necesita?

• Estar inscrito en el sistema GICONA del ISP. Para ello, debe contar con una clave de acceso al sistema electrónico del ISP, la cual se obtiene enviando una carta dirigida al Director del ISP, declarando el nombre o razón social de la empresa y su dirección, datos del Representante Legal y Director o Asesor Técnico y los documentos legales de respaldo. Evaluada la petición se notifica por correo

electrónico al solicitante, para que asista al ISP a una reunión donde le será entregada la clave de acceso (al Representante Legal y al Director Técnico) en sobre cerrado. Posteriormente, se debe solicitar entrevista para la reunión de capacitación específica de los trámites de Autorización de Uso y Disposición y Certificados de Registro Sanitario con la participación del agente de aduana o un representante de la Agencia según corresponda.

• El trámite puede ser pagado en línea (para usuarios con cuenta corriente en los bancos en convenio a esa fecha o con tarjeta de crédito Transbank) o en forma diferida cancelando directamente en las cajas del ISP en un plazo no superior a 5 días hábiles.

¿qué costo tiene?

$ 25.600 por cada CDA (valor único)$ 7.500 por UyD (por cada producto declarado en la solicitud)

¿dónde se realiza?

Internet: www.ispch.cl

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si no tiene acceso a internet

• Concurrir a la oficina del Seremi de Salud correspondiente a la Aduana de ingreso de la mercancía.

• Completar el formulario de Certificado de Destinación Aduanera, acompañando copia de la Resolución Sanitaria que autoriza el establecimiento (bodega) donde se almacenan los productos, guía de despacho y factura.

• Entregar el formulario lleno junto a sus antecedentes y cancelar el arancel respectivo.

• Volver al Seremi de Salud para la recepción del CDA (plazo de respuesta de 1 a 3 días).

• Al arribo de las mercancías al país y tramitada la Declaración de Ingreso ante Aduana, debe completar el formulario correspondiente al trámite presencial en cuatro copias y luego acudir al ISP para ingresar la Solicitud de Uso y Disposición acompañando copia del Certificado de Destinación Aduanera, factura y protocolos de análisis de los productos solicitados, adicionalmente el ISP se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que permita aclarar la solicitud (guía de embarque, resoluciones, etc.) la mencionada resolución de uso será evaluada en un plazo de tres días hábiles, al cabo del cual se enviará a oficina de partes para su numeración y posterior entrega al usuario.

TRÁMITE 8

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certificado de destinación aduanera (cda) para productos alimenticios

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¿Qué es?Este certificado, otorgado por la Autoridad Sanitaria es exigido por Aduana para

poder trasladar la mercadería (alimento, producto químico o radiactivo, etc.) desde la aduana a la bodega autorizada.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl.

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de Certificado de Destinación Aduanera.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance por el mismo a través de las pestañas de pasos y, una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

6. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

7. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

8. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

9. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si es que cabe.

10. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Reduce tiempos de respuesta.• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la Autoridad Sanitaria.• Ahorra costos de traslado y espera en oficinas de la Autoridad Sanitaria.• Evita errores de digitación.• Ahorro de almacenaje en puerto al anticipar el trámite y obtener de inmediato

la autorización de destinación aduanera.

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instituciones

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM) y Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Importadores de productos alimenticios, químicos, radiactivos, etc.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

01 a 500 kg. : $ 14.273.501 a 1.000 kg. : $ 15.572.1.001 a 2.000 kg. : $ 19.463.2.001 a 4.000 kg. : $ 22.707.4.001 a 6.000 kg. : $ 25.951.

Por cada 2 toneladas se cobra un adicional de $ 3.244 con un máximo de $ 71.370.

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

47

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria correspondiente al lugar en que se encuentra la Aduana por la cual se ingresaron los productos.

• Solicite el formulario de Certificado de Destinación Aduanera y llénelo adjuntando los siguientes documentos: fotocopia de Resolución Sanitaria que autoriza el uso de bodega o actividad industrial, guía de despacho o factura, Hoja de Seguridad (en caso de productos químicos), Hoja Técnica (en caso de aditivos alimenticios), autorización de importación por la Comisión Chilena de Energía Nuclear y Servicio de Salud (en caso de material radiactivo), etc.

• Entregar el formulario lleno y pagar el arancel respectivo.

• Volver a las oficinas para retirar la resolución.

TRÁMITE 8

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autorización de uso y disposición de productos importados

¿Qué es?Éste es un trámite que se realiza para dar autorización de uso y disposición de

alimentos y sustancias tóxicas o consideradas peligrosas para la salud. Éstos deben cumplir la normativa sanitaria vigente. El documento autoriza al importador el uso,

venta, consumo, cesión y disposición de los productos importados.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl.

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la solicitud de Autorización de Uso y Disposición de Productos Importados.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviar definitivamente la solicitud, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si es que cabe.

11. En caso de estar resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Reduce tiempos de respuesta.• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la Autoridad Sanitaria.• Ahorra costos de traslado y espera en oficinas de la Autoridad Sanitaria.

4949

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Importadores de productos alimenticios, químicos, radiactivos, etc.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Productos deben cumplir legislación sanitaria y de rotulación.

• Certificado de Destinación Aduanera.• Contraseña (obténgala en el sitio

web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

Productos Químicos:

01 a 500 kilos : $ 15.823501 a 1.000 kilos : $ 20.1291.001 a 2.000 kilos : $ 24.4332.001 a 4.000 kilos : $ 26.5384.001 a 6.000 kilos : $ 28.643

Por cada 2 toneladas adicionales: $ 2.105 (con un máximo de $ 126.363).

Productos Alimenticios:

01 a 500 kilos : $ 16.793501 a 1.000 kilos : $ 17.8691.001 a 2.000 kilos : $ 18.9442.001 a 4.000 kilos : $ 21.7524.001 a 6.000 kilos : $ 24.560

Por cada 2 toneladas adicionales: $ 2.808 (con un máximo de $ 70.201).

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando las regiones).

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y presentar la Solicitud de Autorización de Uso y Disposición de productos alimenticios importados.

• Llene la solicitud adjuntando los siguientes documentos: Certificado Destinación Aduanera, guía de despacho o factura, Informe Sanitario de la bodega o fábrica en un giro compatible con los productos que interna (en caso de productos químicos peligrosos y/o radiactivos), Hoja de Seguridad (en caso de productos químicos peligrosos y/o radiactivos y sólo si la destinación fue tramitada en otro Servicio de Salud), Certificado Sanitario (Sanitary Health Certifícate) y/o Certificado de Libre Venta (Free Sale Certifícate) del territorio del país de origen (en caso de productos alimenticios).

• Entregue el formulario lleno con los adjuntos y pague el arancel respectivo.

• La autoridad sanitaria puede inspeccionar y/o someter a análisis de laboratorio dichos productos para comprobar que cumplan con la normativa sanitaria vigente.

• Vuelva a las oficinas para la recepción de la resolución (7 días hábiles: químicos; 7 a 30 días hábiles: alimentos).

TRÁMITE 8

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manifiesto internacional de carga declaración de tránsito aduanero (mic/dta)

¿Qué es?Según la Ordenanza de Aduana, todo vehículo de transporte terrestre al momento de

su llegada o salida del territorio nacional debe presentar un Manifiesto Internacional de Carga (MIC/DTA), suscrito por el conductor o representante, en que declara la relación completa de bultos de cualquier clase a bordo de vehículos de transporte terrestre con

exclusión de los efectos postales y de los efectos de tripulantes y pasajeros.Por el momento, la transmisión electrónica del MIC/DTA está disponible sólo para operar con la aduana de Los Andes que atiende el paso fronterizo de Los Libertadores. Por este paso se tramita el 74% de los MIC/DTA a nivel nacional.

¿Cómo se hace?

1. Utilizando su aplicación computacional o aquella que pone a su disposición Aduanas en su sitio web, www.aduana.cl, debe transmitir los datos del MIC/DTA en dos etapas:• 1) Transmisión de los datos asociados a las cartas de porte que forman el

MIC/DTA.• 2) Transmisión de los datos asociados al MIC/DTA.

2. Los emisores de las cartas de porte que forman un MIC/DTA deben transmitir al sistema el mensaje de las cartas de porte en forma previa al envío del MIC/DTA que las ampara. En caso que su emisor sea una compañía transportista extranjera, la transmisión puede ser realizada por su representante legal en Chile o por su propio emisor.

3. En el mensaje del MIC/DTA deben individualizarse las cartas de porte que forman el manifiesto del vehículo.

4. El mensaje del MIC/DTA recibido por el sistema será numerado con un correlativo único a nivel nacional y comunicado a su emisor (si el mensaje no es aceptado se informará a su emisor las causales correspondientes) y el sistema asignará al MIC/DTA todas las cartas de porte asociadas a él.

5. La impresión de los documentos, ya sea MIC/DTA y/o carta de porte puede ser realizada directamente desde la página web de Aduana, www.aduana.cl, o de los sistemas de digitación utilizados por las compañías transportistas. La impresión se debe realizar en papel no autocopiativo, y en blanco por el anverso. Por el reverso debe venir preimpresos los campos correspondientes a dicha carilla.

Ventajas del trámite electrónico

• Tramitación las 24 horas, los 365 días del año.• Reduce tiempo y actividades de tramitación en frontera.• Ahorra costos de movilización y espera.• Mejora control de operaciones de comercio exterior.• Genera información de comercio exterior en forma oportuna y confiable.

5151

institución

Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

Conductores o representantes autorizados de empresas transportistas que ingresen o egresen mercancías al/del territorio nacional.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a la entrada de mercaderías a zona primaria (salida de mercancías) o control aduanero fronterizo (ingreso de mercancías) de Aduana.

¿qué se necesita?

• Estar registrado en el Ministerio de Transporte como empresa que realiza transporte internacional carretero (Permisos de Transporte Internacional).

• Solicitar clave de usuario para su empresa (en web de Aduanas, apartado “MIC/DTA electrónico”).

• Con su clave debe conectarse al sistema de Transmisión MIC/DTA y elaborar en la página Web los documentos y enviarlos hacia Aduana.

¿qué costo tiene?

$ 0 (vía Internet).

¿dónde se realiza?

Internet: www.aduana.cl

TRÁMITE 8

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pago de derechos de aduana

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Pagos Agente” (en caso de ser agente de aduanas) o “Pagos Importador” (en caso de ser importador directo) del menú lateral del sitio web de Tesorería, www.tesoreria.cl. Ingrese su código de agente (agentes de aduana) o RUT (importador directo) y clave de acceso.

2. Una vez identificado, se despliega un formulario que permite visualizar los pagos realizados y las deudas vigentes. Si conoce el Nº de folio de la deuda escríbalo en el espacio indicado y presione “Ingresar”. Si desea una visión más general del estado de sus deudas, elija alguna de las opciones dadas y presione “Ingresar”.

3. Al seleccionar cualquiera de los criterios vistos en pantalla, se desplegará un listado con las deudas asociadas al agente o importador. Podrá ver el aviso recibo de cualquiera de las deudas en la lista al pinchar en el link del folio (también puede imprimir el aviso recibo en dos copias para pagarlo por caja en cualquier IRA).

4. Para pagar electrónicamente, seleccione la(s) deuda(s) a pagar, pinchando en la casilla verificadora correspondiente y pinche en “Pagar”. Se desplegará una página para realizar el pago en línea.

5. Seleccione el medio de pago electrónico que desee. Una vez realizado el pago, se desplegará una pantalla que mostrará el resultado de la operación.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir a oficinas de Tesorería y/o instituciones recaudadoras. Ahorro en tiempo y costos asociados.

• Permite seguimiento en línea de estado de pagos y deudas.• El pago es enviado en línea a la Aduana, para que lo registre en sus sistemas y

autorice sacar los bienes importados a los almacenistas.

¿Qué es?Pago de los aranceles por la importación de bienes.

53

¿qué costo tiene?

$ 0 (sólo se paga el monto del arancel).

¿dónde se realiza?

Internet: www.tesoreria.cl.

si no tiene acceso a internet

• Con el aviso de recibo de Tesorería, debe acudir a alguna de las instituciones recaudadoras especificadas y pagar en caja.

• En caso que no haya recibido o se haya perdido el aviso de recibo, debe acudir a las oficinas de Tesorería y solicitar el mismo.

institución

Tesorería General de la República.

¿quién debe realizarlo?

Agentes de aduana, empresarios o importadores en general, que hayan realizado alguna importación comercial de bienes.

¿cuándo debe realizarse?

Una vez que la declaración de importación ha sido confeccionada y validada por la Aduana, debe ser pagada hasta antes de la fecha de vencimiento especificada en la declaración aprobada. Para su pago electrónico, la declaración debió ser enviada desde la Aduana a Tesorería a través de los mecanismos electrónicos existentes.

¿qué se necesita?

• Haber realizado una importación comercial.

• Clave de acceso (obténgala en el mismo sitio de Tesorería, www.tesoreria.cl, opción “Acceso Clientes/Regístrese”).

53

TRÁMITE 8

54

solicitud de crédito fiscal

¿Cómo se hace?

1. Impresión y llenado solicitud – declaración jurada: Ingrese al sitio web www.tesoreria.cl, opción Solicitudes–Crédito Fiscal Aduana (F19). Llene el formulario e imprímalo.

2. Solicitud: Se entrega la solicitud acompañada de la documentación requerida en el servicio Nacional de Aduanas (SNA).

3. En el sitio web www.tesoreria.cl, opción Consultas–Estado Crédito Fiscal, podrá saber en todo momento el estado de su solicitud.

4. Una vez aprobada la solicitud por el SNA, el pagaré a suscribir queda disponible para su impresión en el sitio web de Tesoreria. Imprima el pagaré y fírmelo ante notario.

5. Entrega de pagaré: Una vez firmado el pagaré ante Notario, debe ser entregado en la Tesoreria correspondiente. Una vez entregado el pagaré se procede al pago al contribuyente a través de cheque o depósito en cuenta bancaria.

Ventajas del trámite electrónico

• Consulta en línea a cualquier hora y lugar del estado de la solicitud. • No necesita acudir a Tesorería para el retiro de la declaración jurada y/o el

pagare.• Interconexión entre Aduana y Tesorería, lo que evita que el interesado lleve

documentación de un servicio a otro.

¿Qué es?Los Bienes de Capital sin uso fabricados en el país darán derecho al comprador en

la primera transferencia a percibir una suma de dinero de cargo fiscal, equivalente al 73% del arancel aduanero vigente sobre el precio neto de factura, excluyendo para estos efectos el valor de las mercancías importadas al amparo del beneficio de pago

diferido, que se hubieren incorporado al Bien de Capital producido en el país. Las sumas percibidas por concepto de crédito fiscal, deberán ser restituidas al Fisco, de acuerdo a la modalidad de pago que se establecieron para el pago de derechos diferidos.

Para estos efectos, el adquiriente del bien de capital deberá suscribir en favor de la Tesorería General de la República, el número de Pagarés que corresponda, de

acuerdo con la modalidad de pago que fuera procedente, expresados en dólares de Estados Unidos de América, por el equivalente de las sumas a percibir, al tipo de

cambio vigente a la fecha de la factura.

5555

institución

Tesorería General de la República, Servicio Nacional de Aduanas.

¿quién debe realizarlo?

El comprador en la primera transferencia del bien de capital o el representante legal debidamente facultado, en caso de personas jurídicas.

¿cuándo debe realizarse?

No hay plazo definido.

¿qué se necesita?

La solicitud deberá presentarse en el Servicio Nacional de Aduanas acompañada de los siguientes documentos:a) RUT del comprador del bien.b) Factura original de compra con una

fotocopia de ella.c) Declaración jurada del fabricante en

la conste que el bien de capital es nuevo y que corresponde a su giro habitual, la que podrá obtener para su impresión del sitio web www.tesoreria.cl

¿qué costo tiene?

$ 0 (sólo se paga el monto del arancel).

¿dónde se realiza?

• Impresión Solicitud: a través de Internet: www.tesoreria.cl

• Presentación de Solicitud: Servicio Nacional de Aduanas correspondiente a la jurisdicción del fabricante del bien.

• Suscripción de Pagaré: Impresión a través Internet: www.tesoreria.cl, entrega del pagaré en la Tesorería correspondiente al domicilio del fabricante del bien de capital.

si no tiene acceso a internet

• Acudir a las oficinas de la Tesoreria o del Servicio Nacional de Aduana a retirar un ejemplar del formulario de la solicitud.

• Presentarla con la documentación solicitada en el SNA.

• Consultar periódicamente en el SNA por el estado de la solicitud.

• Una vez aprobado por el SNA dirigirse a Tesorería con el pagaré firmado ante Notario.

• Retirar en Tesorería su cheque.

TRÁMITE 8

56

reintegro de derechos aduaneros leyes N°18.708/88 y N°19.420/95

¿Cómo se hace?

Para realizar la consulta de estado debe hacer lo siguiente:

1. Ingrese a la opción Consultas Estado Reintegro Leyes 18.708 - 19.420.

2. Si no está autenticado, se le solicitará hacerlo, ingresando el RUT y clave de acceso al sitio web de TGR.

3. Ingrese los criterios de búsqueda que desea utilizar y presione el botón CONTINUAR.

4. En esta opción podrá imprimir el comprobante de egreso y los comprobantes de compensación de deudas realizada (pago de deudas que mantuviera el contribuyente con el Fisco, previo al pago al interesado).

Ventajas del trámite electrónico

• Información en línea a cualquier hora y lugar.• No necesita acudir a Tesoreria.

¿Qué es?La Ley N° 18.708, de 1988, establece un mecanismo para el otorgamiento del beneficio

de Reintegro de Derechos y Gravámenes Aduaneros, para la devolución de derechos pagados en la importación de mercancías que se han usado en una exportación.

Ley N° 19.420, de 1995, establece un sistema de reintegro de los derechos, tasas y demás gravámenes aduaneros determinados por las Aduanas a las industrias

manufactureras que vendan mercancías nacionales, en las que se hayan incorporado insumos nacionalizados (partes o piezas), desde la primera Región, al resto del país,

y sólo hasta el 31 de diciembre del año 2010.

5757

¿Qué se necesita?

La solicitud deberá presentarse en el Servicio Nacional de Aduanas con los documentos que este requiera:

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Presentación de la solicitud: La solicitud debe presentarse ante el SNA, el que la aprobará y emitirá un certificado que envía en forma centralizada a Tesoreria para proceder al pago.Consultas sobre el estado de pago del reintegro: Las consultas pueden realizarse directamente en el sitio web de Tesorería www.tesoreria.cl, opción Consultas Estado Reintegro Leyes 18.708 - 19.420, llamando telefónicamente a la mesa de ayuda al (02)-76 89 800, o bien, concurriendo a cualquier oficina de Tesorería.

si no tiene acceso a internet

Para conocer el estado del pago de reintegro puede llamar telefónicamente a la mesa de ayuda al (02)-7689800, o bien, concurriendo a cualquier oficina de Tesorería.

institución

¿quién debe realizarlo?

a) Los exportadores de mercancías en las cuales se hayan incorporado o consumido insumos nacionalizados.

b) Las personas que vendan a las Zonas Francas mercancías nacionales, en las que se hayan incorporado o consumido insumos nacionalizados.

c) Las solicitudes de reintegro deberán presentarse, por los exportadores por sí o representados legalmente mediante mandato extendido ante Notario Público o por Agentes de Aduanas con mandato expreso del beneficiario, en la Dirección Regional o Administración de Aduana donde se tramitó la exportación.

¿cuándo debe realizarse?

• Ley 18.708: Dentro del plazo de nueve meses contados desde la fecha de legalización de la Declaración de Exportación o DUS, o de la fecha del cumplido de la Declaración de Ingreso a Zona Franca.

• Ley 19420: Dentro del plazo máximo de 9 meses contados desde la fecha de emisión de la factura de venta al resto del país.¿qué se necesita?

• Haber realizado una importación comercial.

• Clave de acceso (obténgala en el mismo sitio de Tesorería, www.tesoreria.cl, opción “Acceso Clientes/Regístrese”).

• Pago en línea: cuenta corriente en banco con convenio o tarjeta de crédito.

III

TRIB

UTAR

IOS

TRÁMITES RELACIONADOSDECLARACIÓN O RECTIFICACIÓN DE IVA, PPM Y RETENCIONES 60

DECLARACIÓN O RECTIFICACIÓN DE RENTA 62

DECLARACIÓN Y PAGO EN FORMULARIO 50 64

DECLARACIÓN O RECTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN DE TERCEROS 66 (DECLARACIÓN JURADA)

PAGO DE CONTRIBUCIONES (BIENES RAÍCES) 68

CERTIFICADO DE DEUDA DE CONTRIBUCIONES DE BIENES RAÍCES 69

CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL 70

CERTIFICADO DE DEUDA FISCAL 71

FACTURA DE EXPORTACIÓN ELECTRÓNICA 72

CERTIFICADO DE RENTA POR PRESTACIONES DE FONASA 74

TIMBRAJE DE ROLLOS PARA MÁQUINAS REGISTRADORAS 75

TIMBRAJE Y EMISIÓN DE BOLETAS DE HONORARIOS 76

TIMBRAJE Y EMISIÓN DE FACTURAS 78

TRÁMITE 8

60

declaración o rectificación de iva, ppm y retenciones

¿Qué es?Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales al Valor Agregado (IVA), Débito Fiscal (Ventas), Crédito Fiscal (Compras), Ventas Exentas

y de Exportaciones y otros impuestos tales como Retenciones de 2ª Categoría (Honorarios), de Impuesto Único a los Trabajadores, los Pagos Provisionales

Mensuales (PPM) obligatorios, la Cotización Adicional y los créditos y remanentes de Empresas Constructoras.

¿Cómo se hace?

1. Desde la página principal del SII, ingrese a la opción “Declarar y Pagar (IVA-F29, F50)”·

2. Ingrese el RUT de su empresa y su clave secreta.

3. Seleccione “Declarar por Formulario en Pantalla” (podrá presentar tanto declaraciones dentro como fuera de plazo).

4. Seleccione el Formulario 29, el período a declarar y el tipo de declaración.

5. Complete el formulario y pinche en “Validar formulario” (si declara fuera de plazo, el sistema le entregará los reajustes, intereses y multas correspondientes).

6. Verifique la información del formulario (si hay errores, pinche en el botón “Atrás” de su navegador) y si está correcta pinche en “Enviar declaración”.

7. Si la declaración NO genera pago: Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.

8. Si la declaración sí genera pago: 1. Podrá seleccionar el medio de pago electrónico (en línea o con convenio en cuenta corriente); 2. Seleccione su banco (será redirigido a la web de su banco); 3. Ingrese su rut y clave de su banco; 4. Verifique el monto y confirme el pago; 5. Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita pérdidas de declaraciones por traslado desde el banco.• Evita errores de digitación.• La declaración se valida aritméticamente, evitando diferencias. • Evita el traslado y espera en las instituciones financieras.• Si debe declarar sin pago o sin movimiento, dispone de un tiempo extra para

presentar la declaración (hasta el 28 de cada mes).• La declaración se encontrará inmediatamente ingresada en las bases del SII y

podrá rectificar con anticipación si fuese necesario.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes que deben pagar IVA. Personas naturales o jurídicas que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación gravada de impuesto.

¿cuándo debe realizarse?

Antes del día 12 de cada mes o día hábil siguiente. Si utiliza pago en línea el plazo es hasta el mismo día 12.Declaraciones sin movimiento y/o sin pago pueden hacerse hasta el día 28 de cada mes vía Internet o teléfono.

¿qué se necesita?

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

• Para pago en línea: cuenta corriente con los Bancos de Chile, Edwards, BancoEstado, Scotiabank, BCI, Tbanc, BICE, Citibank, Santander Santiago, BankBoston, Security, BBVA, Del Desarrollo o tarjetas de crédito (Visa, Mastercard).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Adquiera el Formulario 29 en kioscos asociados o en las unidades del SII.

• Complete el formulario.• Preséntelo en cualquiera de las

instituciones financieras autorizadas con el RUT del contribuyente que declara.

• Si tiene pago, deberá realizarlo simultáneamente con la entrega de la declaración.

61

TRÁMITE 8

62

declaración o rectificación de renta

¿Qué es?Corresponde a la declaración de rentas anuales, que debe ser presentada por

empresas y personas para cumplir con sus obligaciones tributarias relativas a la Ley sobre Impuesto a la Renta. Dependiendo de la diferencia entre las provisiones

pagadas durante el año y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al fisco u obtendrá una devolución por la diferencia.

¿Cómo se hace?

Existen tres formas de enviar declaraciones o rectificatorias juradas a través de Internet.

Utilizando propuesta del SII:

1. Ingrese en la opción “Declarar utilizando propuesta” de la sección “Renta” del sitio web del SII, www.sii.cl

2. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta). Revise los ingresos que serán considerados para preparar su propuesta y, si corresponde, incluya otros ingresos no considerados.

3. Al finalizar, pulse la opción “Ver propuesta de declaración”. Si según los antecedentes que posee el SII, Ud. debe realizar reliquidación de impuesto único de segunda categoría, hágalo en el punto 3 de la página “Declaración utilizando Propuesta”.

4. Revise la propuesta y, si está conforme con ella, envíe la declaración pulsando el botón “Enviar”.

Utilizando formulario en pantalla:

1. Ingrese en “opción Declarar por formulario en pantalla o recuperar datos guardados” de la sección “Renta” del sitio web del SII, www.sii.cl

2. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta), seleccione período a declarar e ingrese sus rentas en el formulario electrónico.

3. Al finalizar, envíe la declaración pulsando el botón “Enviar”.

Utilizando software:

1. Confeccione su declaración con el software de casas de software certificadas. Guarde el archivo resultante.

2. Ingrese a la opción “Declarar utilizando software comercial” de la sección “Renta” del sitio web del SII, www.sii.cl

3. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta), seleccione período a declarar y la ubicación del archivo donde se encuentra contenida su declaración.

4. Al concluir, envíe la declaración pulsando el botón “Enviar”.

En todos los casos, y si la declaración genera pago, debe seleccionar el medio de pago a utilizar y seguir las instrucciones en pantalla dependiendo del mismo. Al concluir, podrá imprimir su Certificado Solemne de Declaración Recibida.

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institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, salvo las excepciones que indica la ley.

¿cuándo debe realizarse?

Internet sin pago: desde el 1° de abril hasta el 9 de mayo.Internet con pago: desde el 5 de abril hasta el 2 de mayo.SMS: desde el 8 de abril hasta el 9 de mayo.

¿qué se necesita?

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

• Pago en línea: cuenta corriente en institución bancaria con convenio (BancoEstado, BCI, TBanc, BBVA, Bice, Boston, CitiBank, Desarrollo, Chile-Edwards, Santander Santiago, Scotiabank, Security, CorpBanca) o tarjeta de crédito (Visa, Mastercard, Magna, AmericanExpress, Diners).

• Declaración utilizando software: software de casas comerciales certificadas.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita pérdidas de declaraciones por traslado.• Evita errores de digitación.• La declaración se valida aritméticamente, evitando diferencias. • Evita el traslado y espera en las instituciones financieras.• Si debe declarar sin pago, dispone de un tiempo extra para presentar la

declaración.• Si recibe devolución, dispone de pago adelantado de la misma.• La declaración se encontrará inmediatamente ingresada en las bases del SII y

podrá rectificar con anticipación si fuese necesario.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• El plazo de declaración no electrónica se inicia el 5 de abril con plazo hasta el 2 de mayo.

• Debe obtener el formulario de Declaración de Renta (F-22) en cualquier Unidad del SII.

• Complete el formulario, de acuerdo a las instrucciones del suplemento tributario de renta, con letra imprenta o máquina.

• Verifique cuidadosamente que los cálculos, tanto horizontales como verticales, estén correctos.

• Si su declaración genera pago: debe dirigirse a un banco o institución financiera autorizada por el SII, entregarla y pagar el impuesto correspondiente en caja.

• Si su declaración no genera pago: debe dirigirse a cualquier unidad del SII y presentarla.

En ambos casos, guarde su copia de contribuyente del formulario timbrado y consulte en el SII por su devolución si correspondiere.

TRÁMITE 8

64

declaración y pago en formulario 50

¿Qué es?Este formulario se utiliza para cumplir con las siguientes obligaciones tributarias: Ley sobre impuesto a la Renta, aplicable a personas sin domicilio ni residencia en Chile, que obtengan alguno de los ingresos o rentas establecidos por la misma ley; Derecho

de explotación ENAP, Art. 6 D.L. 2.312 / 1978; Ley 18502, de 1986, impuestos a los combustibles (Art. 6: Impuesto a la 1ª venta de Petróleo Diesel y Gasolinas Automotrices, Art. 1: Impuesto Vehículos Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo); Ley sobre los juegos de azar (Art. 2 Ley 18.110 de 1982, Impuesto Entrada a Casinos, Apuestas Hípicas Art. 1 D.L. 2437/78; Impuesto 20% de los

ingresos brutos de los Casinos de Juego (Art. 59, Ley 19.995); Ley sobre impuesto a la Renta (Art. 71 DL 3500, Artículo 42, Art. 69 N° 3, Art. 88, Artículos 59 y 60, Art. 42; Decreto Ley Nº 828 de 1974 (Art. 3, Art. 4, Art. 5); Reintegro devoluciones

Art. 97 Ley sobre impuesto a la Renta y Ad-Valorem Zona Franca Art. 11 Ley 18.211. Es un formulario de Declaración y Pago simultáneo mensual de impuestos,

no se puede declarar sin pago o sin movimiento.

¿Cómo se hace?

1. Desde la página principal del SII, ingrese a la opción “Declarar y Pagar (F29 y F50)”, de la sección “Impuestos Mensuales”.

2. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta), seleccione el período a declarar, complete las bases imponibles (los impuestos se calcularán automáticamente) y valide el formulario.

3. Si su declaración está fuera de plazo y su situación tributaria lo permite, el sistema calculará automáticamente y agregará al formulario el reajuste, los intereses y las multas.

4. Envíe la declaración (si usted no puede o no quiere finalizar el envío, puede guardar sus datos, validado o no, para finalizar su declaración con posterioridad). Accederá al menú de instituciones financieras con las que puede pagar en línea su declaración.

5. Seleccione la institución financiera o tarjeta, a través de la cual desea realizar el pago de su declaración.

6. Confirme sus datos personales, el monto de su declaración y la institución financiera escogida para continuar con el pago en línea. Usted accederá a la ventana de la institución escogida, donde deberá seguir las instrucciones para completar el pago.

7. Una vez finalizada su transacción, volverá al sistema donde se le informará de la respuesta del banco.

8. Si su declaración fue aceptada usted tendrá acceso al certificado solemne de su declaración en Formulario 50.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita pérdidas de declaraciones por traslado desde el banco.• Evita errores de digitación.• La declaración se valida aritméticamente, evitando diferencias. • Evita el traslado y espera en las instituciones financieras.• La declaración se encontrará inmediatamente ingresada en las bases del SII y

podrá rectificar con anticipación si fuese necesario.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, cuyas actividades le genere la obligación de declarar alguno de los impuestos definidos en el formulario, esto es, retenciones a personas sin domicilio ni residencia en Chile, contribuyentes que comercialicen combustibles, tabacos, exploten juegos de azar y otras operaciones.

¿cuándo debe realizarse?

Varía de acuerdo al impuesto que se declare. En el caso de algunos impuestos se puede declarar varias veces en el mes.

¿qué se necesita?

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

• Para pago en línea: cuenta corriente con los Bancos de Chile, Edwards, BancoEstado, Scotiabank, BCI, Tbanc, BICE, Citibank, Santander Santiago, BankBoston, Security, BBVA, del Desarrollo o tarjetas de crédito (Visa, Mastercard).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Obtenga el F-50 en las Unidades del SII correspondiente a domicilio, en forma gratuita sólo uno por contribuyente.

• Complete el formulario (debe llenar los datos a máquina o con letra imprenta) siguiendo las instrucciones indicadas en el anverso para llenar los códigos.

• La declaración de impuestos en el Formulario 50 sólo se realiza con pago, asegúrese de registrar el valor en el código 91, no se declara sin movimiento y/o sin pago.

• Si la declaración está fuera de plazo calcule los reajustes, intereses y recargos correspondientes, asegúrese de no tener diferencia y de registrar claramente los valores.

• Entregue y pague su declaración en los bancos o instituciones financieras autorizadas. Debe acompañar el RUT de contribuyente.

• Asegúrese de que el formulario sea timbrado con la fecha en que presentó al declaración, debe quedarse con la copia del formulario también timbrada.

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¿Qué es?Corresponde a la declaración que deben hacer al SII tanto personas naturales como empresas, acerca de los ingresos, franquicias, créditos y otros, que han obtenido los

diversos tipos de contribuyentes.

¿Cómo se hace?

Existen dos formas de enviar declaraciones o rectificatorias juradas a través de Internet.

Por formulario en pantalla:

1. Ingrese a la opción “Enviar o corregir Declaración Jurada por formulario electrónico” de la sección “Declaraciones Juradas” del sitio web del SII, www.sii.cl

2. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta), seleccione período y formulario a declarar (si va a ingresar un formulario por primera vez, seleccione en el encabezado del formulario, la opción “Declaración Original”) y complete el formulario electrónico.

3. Al concluir, envíe su declaración, pinchando en el botón “Confirmar/Enviar Declaración”.

Por software:

1. Confeccione su declaración jurada o rectificatoria con el software gratuito entregado por SII o el de casas de software certificadas. Guarde el archivo resultante.

2. Ingrese a la opción “Enviar o corregir Declaraciones Juradas mediante software” de la sección “Declaraciones Juradas” del sitio web del SII, www.sii.cl

3. Identifíquese (utilizando su RUT y clave secreta), seleccione período a declarar y la ubicación del archivo donde se encuentra contenida su declaración.

4. Al concluir, envíe la declaración pulsando el botón “Enviar”.

En ambos casos, debe verificar posteriormente el estado de su declaración en la opción “Consultar estado Declaraciones Juradas” de la misma sección, ingresando el RUT y año tributario que desea consultar. En caso de enviar una declaración fuera del plazo legal, verifique si generó algún giro por concepto de multas e intereses en la opción “Estado de los Giros Emitidos”.

Si lo desea, desde la “Consulta de Estado Declaraciones Juradas”, puede acceder al Certificado de Declaración Jurada Internet.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas del SII.• Evita errores de digitación.• Permite hacer un seguimiento en línea del estado de la declaración.

TRÁMITE 8declaración o rectificación de información de terceros

declaración jurada

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¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl.

si no tiene acceso a internet

• El 100% de este trámite se realiza a través de Internet.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Empleadores, instituciones financieras, empresas comerciales y otras, que deban informar al SII mediante estas declaraciones, las diferentes rentas o ingresos que pagan a los contribuyentes.

¿cuándo debe realizarse?

Durante los meses de enero, febrero y marzo de cada año, por las rentas o ingresos obtenidos en el año anterior.

¿qué se necesita?

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿Qué es?Son el tributo que se aplica sobre el avalúo fiscal de las propiedades, determinado

por el SII de acuerdo con las normas de la Ley Sobre Impuesto Territorial. Se paga en cuatro cuotas anuales.

¿Cómo se hace?Tesorería General de la República1. Pinche la opción “Contribuciones”.2. Ingrese la región, comuna y Nº de rol de avalúo de la propiedad (o dirección).3. Seleccione las cuotas que desee pagar y pinche en “Pagar”.4. Seleccione la forma de pago e ingrese los datos de pago.5. Puede pagar las contribuciones de más de una propiedad a la vez, usando el

“carrito de compras”. SII1. Pinche en la opción “Bienes Raíces”, opción “Pago de Contribuciones”2. Pinche en la opción “Pago en línea de Contribuciones”.3. Ingrese la región, comuna y Nº de rol de avalúo de la propiedad.4. Seleccione las cuotas que desee pagar y pinche en “Pagar”.5. Seleccione la forma de pago e ingrese los datos de pago.

Ventajas del trámite electrónico

• Información en línea a cualquier hora y lugar.• No necesita el aviso de recibo.• No necesita acudir a institución financiera alguna.

instituciónTesorería General de la República, Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?Propietarios de bienes raíces no exentos del pago de contribuciones.

¿cuándo debe realizarse?

• Los días 30 de los meses de abril, junio, septiembre y noviembre. Cuando se producen variaciones respecto de las cuotas normales, el SII efectúa cobros suplementarios o de reemplazos (rebajas) durante junio y diciembre de cada año.

¿qué se necesita?

• Rol de la propiedad o dirección exacta.• Clave de acceso (obténgala en

cualquiera de los sitios: www.sii.cl o www.tesoreria.cl).

• Pago en línea: cuenta corriente en banco con convenio o tarjeta de crédito.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.tesoreria.cl, www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe tener el aviso de recibo de contribuciones que llega por correo a la propiedad gravada.

• Acudir a las oficinas de alguno de los bancos autorizados con el aviso de recibo de contribuciones.

• Pagar en ventanilla.

TRÁMITE 8pago de contribuciones bienes raíces

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TRÁMITE 8certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces

¿Qué es?El certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces es un documento, emitido

por la Tesorería General de la República, que detalla las cuotas de contribuciones impagas de un bien raíz determinado, o bien, certifica el hecho de encontrarse al

día en el pago de ellos. Este documento puede ser utilizado para trámites legales o bancarios y es fundamental en la compra o venta de un bien raíz.

institución

Tesorería General de la República.

¿quién debe realizarlo?

Propietarios de un bien raíz. Potenciales compradores de un bien raíz.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Región.• Comuna.• Nº de rol de la propiedad.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.tesoreria.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la sección Ingresos de cualquier oficina de Tesorería del país, el trámite se realiza dentro del horario de oficina.

• Debe señalar el N° de rol de la propiedad y la comuna donde se encuentra ubicada.

• Debe esperar que su certificado sea emitido.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Solicitudes” de la página principal del sitio web de Tesorería, www.tesoreria.cl

2. Seleccione la opción Certificado de Deuda por Rol.

3. Ingrese los datos necesarios, según la opción seleccionada previamente.

4. El certificado aparece en pantalla. Imprímalo si así lo desea.

5. Para verificar el contenido de un certificado emitido, debe ingresar en “Solicitudes”, seleccionar la opción “Verificación de certificados” y, luego, ingresar el Nº de certificado o código de timbre digital a verificar.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir a oficinas de Tesorería.• Permite imprimir el certificado cuantas veces quiera.• Información actualizada en línea.• Verificación de la valides en línea del certificado

69

TRÁMITE 8

certificado de avalúo fiscal

¿Qué es?El certificado de avalúo fiscal es un documento emitido por el SII, que informa el avalúo

fiscal de una propiedad, N° de rol del avalúo, dirección del predio, nombre del propietario y la condición de exento o afecto al pago de contribuciones y/o las características del bien raíz.

El certificado no acredita el dominio de la propiedad, corresponde a una tasación fiscal de un Bien Raíz e informa el avalúo vigente de la propiedad a la fecha de otorgamiento, con excepción

de los certificados de periodos anteriores, solicitados para trámites de posesiones efectivas.

¿Cómo se hace?1. Desde la página principal del SII, ingrese a la opción “Certificado de avalúo

fiscal” de la sección “Bienes Raíces”.2. Ingrese región, comuna y rol de la propiedad y pinche en “Buscar” (si no tiene

el rol de la propiedad, pinche en la opción “Buscar una propiedad asociada al RUT” e ingrese RUT y contraseña del propietario registrado en SII).

3. Seleccione el tipo de certificado de avalúo fiscal que desea obtener (Simple, para Trámite de Posesión Efectiva o Detallado).

4. Según el tipo de certificado seleccionado, se le solicitará RUT y contraseña. Se desplegará el certificado solicitado.

5. Si desea imprimir el certificado, vaya al final de la página desplegada y presione sobre el botón “Imprimir”. Luego siga las instrucciones de su impresora preconfigurada.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas del SII.• Obtiene el certificado inmediatamente.• Puede imprimir el certificado cuantas veces lo desee, sin costo para usted.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Propietarios bienes raíces interesados.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Nº de Rol de la propiedad o, en su defecto, RUT del titular.

• Para certificados con datos del propietario registrado en SII, para Trámite de Posesión efectiva o Detallado se requiere clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet• Debe acudir a las oficinas de la unidad

del SII correspondiente a la ubicación de la propiedad y consulte por los roles de cobro o solicite un Certificado de Avalúo Fiscal de la propiedad.

• Los certificados de Avalúo Fiscal emitidos en la Oficinas Operativas del SII, tanto simples como especiales tienen costo.

• El plazo de entrega es inmediato, si se trata de certificados simples, y, en el caso de los certificados especiales el plazo de entrega es de hasta 4 días.

• Por otra parte, el avalúo fiscal también está indicado en los avisos de recibo de contribuciones que son remitidos semestralmente por correo al bien raíz o al domicilio postal registrado para el envío de correspondencia.

70

¿Qué es?El certificado de deuda fiscal es un documento emitido por la Tesorería General de la República, que detalla las deudas fiscales impagas de un RUT determinado, o bien, certifica el hecho de encontrarse al día en el pago de ellas. Este documento puede

ser utilizado para trámites legales o bancarios.

institución

Tesorería General de la República.

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes, personas naturales o jurídicas debidamente identificadas o autentificadas en el sitio de Tesorería.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Clave de acceso (obténgala en el mismo sitio de Tesorería, www.tesoreria.cl, opción “Acceso Clientes/Regístrese”).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.tesoreria.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la sección Ingresos de cualquier oficina de Tesorería del país, el trámite se realiza dentro del horario de oficina.

• Debe presentar cédula de identidad o poder notarial de representación legal.

• Debe esperar que su certificado sea emitido.

TRÁMITE 8certificado de deuda fiscal

¿Cómo se hace?

1. Autentifíquese como usuario del portal Web de Tesorería.

2. Ingrese en la opción “Solicitudes” de la página principal del sitio web de Tesorería, www.tesoreria.cl

3. Seleccione la opción Certificado de Deuda por RUT.

4. El certificado aparece en pantalla. Imprímalo si así lo desea.

5. Para verificar el contenido de un certificado emitido, debe ingresar en “Solicitudes”, seleccionar la opción “Verificación de certificados” y, luego, ingresar el Nº de certificado o código de timbre digital a verificar.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir a oficinas de Tesorería.• Permite imprimir el certificado cuantas veces quiera.• Información actualizada en línea.• Verificación de la valides en línea del certificado

71

TRÁMITE 8

72

factura de exportación electrónica

¿Qué es?La factura de exportación electrónica tiene como finalidad reemplazar al documento soportado en papel y posee la misma validez legal. Este nuevo documento tributario

permite ingresar montos en moneda extranjera, identificar el medio de transporte y la compañía transportista, el puerto de embarque y desembarque, la modalidad de venta, la cláusula de compraventa, el valor de la exportación según cláusula de

venta, el valor de flete y seguro, la identificación de bultos, indicar el tipo de cambio, si se estima conveniente, así como referenciar otros documentos (DUS o MIC, por ejemplo) asociados a la exportación. Además, incorpora elementos que facilitan la “trazabilidad documentaria” de las mercancías con destino a los mercados

internacionales, esto es, el manejo de antecedentes acerca del origen, distribución y entrega de los bienes que se exportan, lo que facilita la búsqueda y entrega de los

datos que pueden ser requeridos por el cliente importador.

¿Cómo se hace?

1. Exportador autorizado emite la factura de exportación electrónica y la envía al SII.

2. Previo acuerdo con su cliente extranjero, comienza la tramitación de la exportación pudiendo enviar la factura electrónica a los participantes de este proceso: Servicio Nacional de Aduanas, agente de aduana, certificador de origen, compañía naviera, etc.

3. Para agilizar trámites con su(s) cliente(s) en el extranjero, le(s) envía previo al embarque la factura de exportación electrónica emitida.

4. El cliente extranjero puede ingresar al sitio web del SII, www.sii.cl y consultar el contenido y validez de la factura recibida, obteniendo certeza del documento de la administración tributaria chilena.

Ventajas del trámite electrónico

• Posibilita la trazabilidad documentaria, cada vez más requerida en los mercados internacionales, del producto exportado y evita pérdidas.

• Permite la diferenciación como ventaja competitiva y otorga valor a la marca del exportador chileno que la utiliza.

• Permite al cliente extranjero consultar el documento en la administración tributaria chilena (www.sii.cl), lo que otorga respaldo al documento.

• Junto con la guía de despacho electrónica, permite la agilización del ingreso de mercaderías a zona primaria, a la vez que estandariza la comunicación entre agentes que intervienen en el proceso (agente de aduanas, organismo certificador de origen, SAG, SII, Aduanas y cliente en el exterior).

• Evita el riesgo de pérdida del documento cuando la factura en papel se envía junto al embarque.

• Posibilita que organismos certificadores de origen (Sofofa, Cochilco, Sernapesca, etc.) reduzcan sus tiempos de respuesta.

7373

si no tiene acceso a internet

• Debe imprimir sus facturas de exportación.

• Debe timbrar en las oficinas del SII sus facturas.

• Debe emitir la(s) factura(s) a su cliente extranjero y enviarla junto al embarque.

• Debe almacenar en algún lugar físico sus facturas emitidas.

• El cliente extranjero debe almacenar también las facturas recibidas.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes exportadores, en general.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Estar autorizado por el SII para ser emisor de facturas electrónicas (ver Timbraje de Facturas).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

TRÁMITE 8certificado de renta por prestaciones

¿Qué es?Es el documento que certifica renta por prestaciones entregadas a beneficiarios de

Fonasa, durante un año determinado.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Sucursal Virtual” del sitio web de Fonasa, www.fonosa.cl

2. En la columna “Prestadores”, seleccione la opción “Certificado de Renta”.

3. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Conectar”.

4. Ingrese los datos que se le solicitan y siga las instrucciones en pantalla.

Ventajas del trámite electrónico

• Disponibilidad: solicitud las 24 horas del día, los 365 días del año.• Simplificación del trámite.

institución

Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

¿quién debe realizarlo?

Prestadores de Fonasa interesados en obtenerlo.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Ser prestador de Fonasa.• Clave secreta.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.fonosa.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la oficina de Fonasa correspondiente a su domicilio y solicitar el Certificado de Renta.

• Para instituciones de salud debe presentar el RUT de la empresa.

• En el caso de prestadores personales, debe presentar su cédula de identidad.

74

¿Qué es?Solicitud que realiza un contribuyente para utilizar rollos de máquinas registradoras o terminales de puntos de ventas (POS) que emiten vales en reemplazo de las boletas

de ventas y servicios.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Situación Tributaria” del sitio web del SII (www.sii.cl).

2. Pinche en la opción “Solicitud de timbraje de rollos”.

3. Pinche en “Solicitud de Timbraje Electrónico de Rollos”.

4. Identifíquese con su RUT y clave secreta o certificado digital.

5. Complete la información solicitada (nº de rollos solicitados, Rut del solicitante) y pinche en el botón “Envía solicitud”.

6. Aparece en pantalla la historia del timbraje de rollos del contribuyente y el timbraje solicitado. Confirme la solicitud pinchando en “Confirmar Solicitud”.

7. Se autoriza al contribuyente a timbrar rollos de máquinas registradoras y aparecen las condiciones para cuando quiera timbrar rollos de nuevo.

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII.

• Permite las consultas en línea sobre timbraje de rollos efectuados con anterioridad.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes que utilicen máquinas registradoras que emiten vales en vez de boletas de venta y servicios.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

• Máquinas registradoras autorizadas (requisitos en el punto 5 de la Res. Ex. N° 4947 del 20/08/1998).

• Máquinas registradoras con etiqueta proporcionada por el SII (según instrucciones en Circular N° 50 del 28/08/1998).

• Haber realizado al menos un timbraje de rollos en la unidad del SII.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial, solicitar y completar el Formulario 3230.

• Esperar que le autoricen el documento.

TRÁMITE 8

75

timbraje de rollos para máquinas registradoras

TRÁMITE 8

76

timbraje y emisión de boletas de honorarios

¿Qué es?La emisión de Boleta de Honorarios Electrónica es una aplicación disponible en el sitio web del SII para los contribuyentes con inicio de actividades en la Segunda

Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Permite emitir en línea estos documentos sin tener que mandar a hacer previamente talonarios a una imprenta, ni llenar y presentar formulario de timbraje en la Unidad del SII para su respectiva

autorización.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la sección “Boleta de Honorario Electrónica”.

2. Ingrese en la opción “Emitir boletas”.

3. Ingrese su RUT y clave secreta.

4. Ingrese la modalidad de emisión (con retención por parte del receptor o pago provisional por parte del emisor).

5. Complete los antecedentes requeridos.

6. Confirme emisión y verifique el borrador; si está de acuerdo emita la correspondiente boleta.

7. Aparecerá en pantalla la imagen de la boleta emitida.

8. Imprímala para entregarla a su cliente o envíela por e-mail.

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII a timbrar documentos.

• Ahorro en almacenaje de documentos en papel.• Ahorro en impresión de documentos en papel.• Mejora gestión de procesos, agilizando el procesamiento de documentos.

institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes con inicio de actividades en la 2ª Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta autorizados por el SII para emitir este tipo de documentos electrónicos.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Inicio de Actividades de 2ª categoría ante el SII.

• Realizar actividades gravadas por el art. 42, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

• No registrar anotaciones negativas en el SII que restrinjan el timbraje de boletas de honorarios.

• Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción “Obtención de Clave Secreta”).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Deberá encargar la confección de las boletas a una imprenta.

• Descargue desde Internet el formulario 3230, o bien, puede solicitarlo en su respectiva Unidad del SII.

• Llene cuidadosamente el formulario 3230.

• Diríjase a la Unidad del SII correspondiente a su domicilio y entregue los documentos requeridos y el material a timbrar.

• Revisión de antecedentes del contribuyente.

• Retire los documentos timbrados con su Cédula de Identidad.

77

TRÁMITE 8

78

timbraje y emisión de facturas

¿Qué es?Procedimiento que legaliza las facturas necesarias para respaldar las diferentes

operaciones que los contribuyentes realizan en sus actividades económicas.

¿Cómo se hace?

1. Debe estudiar la documentación publicada en el sitio web del SII, menú “Factura Electrónica” con el fin de adecuar sus procedimientos y sistemas a lo establecido ahí.

2. Ingrese en “Postulación Factura Electrónica” y siga las instrucciones.

3. Habiéndose aceptado la postulación, se obtiene acceso al ambiente de certificación. La certificación es un proceso de varias etapas que tiene como objetivo asegurar que el postulante esté en condiciones de generar documentos tributarios electrónicos.

4. Una vez realizadas correctamente las pruebas el contribuyente, a través de su representante legal, deberá declarar en el web del SII que:• Cumple con los procedimientos formales para la adecuada generación de

documentos tributarios electrónicos, y • Conoce y acepta la normativa asociada.• El SII emite una resolución indicando el período tributario desde el cual

el contribuyente puede comenzar a generar documentos tributarios electrónicos válidos.

• Para emitir los documentos debe obtener folios autorizados para cada tipo de documento desde el sitio web del SII.

Ventajas del trámite electrónico

• Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII a timbrar documentos.

• Ahorro en almacenaje de documentos en papel.• Ahorro en impresión de documentos en papel.• Mejora gestión de procesos de compra-venta agilizando el procesamiento de

documentos.• Facilita el comercio electrónico.

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institución

Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿quién debe realizarlo?

Contribuyentes de 1ª categoría, como por ejemplo, empresas comerciales, industriales, mineras y otras.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Tener inicio de actividad aprobada con Verificación de Actividad positiva.

• Tener calidad de contribuyente de IVA.• No estar procesado ni sancionado

por delito tributario.• Certificado digital de RUT adquirido

en empresa certificadora.• Estar en el registro de contribuyentes

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sii.cl

si no tiene acceso a internet

• Deberá encargar la confección de las facturas a una imprenta.

• Recuerde que antes de timbrar por primera vez deberá solicitar Verificación de Actividad al SII.

• Descargue desde Internet el formulario 3230, o bien, puede solicitarlo en su respectiva Unidad del SII.

• Llene cuidadosamente el formulario 3230.

• Diríjase a la Unidad del SII correspondiente a su domicilio y entregue los documentos requeridos y el material a timbrar.

• Revisión de antecedentes del contribuyente.

• Retire los documentos timbrados con su Cédula de Identidad.

IV L

ABOR

ALES

/ PR

EVIS

IONA

LES

TRÁMITES RELACIONADOSDECLARACIÓN Y PAGO DE IMPOSICIONES 84

SOLICITUD DE CONDONACIÓN DE DEUDA PREVISIONAL 85

CÁLCULO DE INTERESES Y GRAVÁMENES DE COTIZACIONES ATRASADAS 86

CERTIFICADO PREVISIONAL (EMPLEADOR - INP) 87

PAGO DE MULTAS POR INFRACCIÓN A LA NORMATIVA LABORAL 88

CONSTANCIAS LABORALES 89

CARTA DE AVISO DE DESPIDO 90

PROPUESTA DE FINIQUITO 92

AUTORIZACIÓN DE CENTRALIZACIÓN DE DOCUMENTACIÓN LABORAL 94

AUTORIZACIÓN DE SISTEMA DE JORNADA DE TRABAJO Y DESCANSO EXCEPCIONAL 96

REGISTRO DE COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD 98

AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN (INGRESO DE CURSOS OTEC) 100

COMUNICACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE ACCIONES DE CAPACITACIÓN (VÍA OTEC) 102

CERTIFICADO DE PARTICIPANTES EN ACCIONES DE CAPACITACIÓN (PROGRAMA 104 CONTRATACIÓN DE APRENDICES)

TRÁMITE 8declaración y pago de imposiciones

¿Qué es?Todo empleador debe descontar y retener las cotizaciones que afecten a las

remuneraciones del trabajador (Fonasa, Isapres, AFP, INP) y declarar y pagar dichas sumas. Mediante el trámite electrónico en INP es posible declarar las cotizaciones

previsionales INP, el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de Fonasa. Asimismo, es posible pagar en línea o generar el cupón de pago de dichas cotizaciones. Por ahora AFP no se declara ni paga en línea, pero sí es posible emitir

el cupón de pago y la declaración se realiza en el momento de pagarlo.

¿Cómo se hace?1. Pinche en la opción “Declare y Pague Imposiciones”.2. Ingrese su RUT y clave secreta y presione “Aceptar”.3. Pinche en la opción “Declarar en línea” y le aparecerá un listado de sus

trabajadores registrados.4. Seleccion de los trabajadores y el periodo de remuneración a cotizar. Pinche

“Aceptar”.5. Compruebe que los datos de remuneraciones son correctos y pinche “Aceptar”.6. Compruebe que los datos de cotización son correctos y seleccione las instituciones

a las que pagará cotización. Pinche en “Generar Planilla y Declarar”.7. Pinche “Aceptar”. Su declaración queda ingresada.8. Para pagar las cotizaciones que corresponda, presione en “Pagar Declaración”.9. Seleccione la cotización a pagar y el método de pago.10. Siga las instrucciones de cada método de pago.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita pérdidas de declaraciones por traslado.• Evita errores de digitación.• La declaración se valida aritméticamente.• Evita el traslado y espera en las instituciones recaudadoras.• Posee un plazo adicional de 5 días para efectuar el pago de las imposiciones.

instituciónInstituto de Normalización Previsional (INP).

¿quién debe realizarlo?Todos los empleadores e imponentes independientes y/o voluntarios.

¿cuándo debe realizarse?Hasta el día 10 (o día hábil siguiente) del mes siguiente al del pago de la remuneración.

¿qué se necesita?• Clave secreta (se obtiene en el mismo sitio)• Para pago en línea: cuenta corriente o

tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?$0

¿dónde se realiza?Internet: www.inp.cl (también puede realizarse gratuitamente enwww.previred.cl) (www.inp.cl).

si no tiene acceso a internet• Deberá obtener las planillas de pago

en las oficinas de las instituciones previsionales en que se cotiza.

• Debe rellenar las planillas de pago.• Debe acudir con dichas planillas de pago

a las instituciones recaudadoras: Bancos con convenio con el INP (de Chile, Estado, Santander-Santiago, BCI) y Cajas de Compensación de Asignaciones Familiares.

82

83

institución

Instituto de Normalización Previsional (INP).

¿quién debe realizarlo?

Empleadores con declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales oportunas, pero erróneas.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.Qué se necesita:• Clave secreta (se obtiene en el

mismo sitio)

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.inp.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas del INP más cercana a su domicilio y presentar una carta, dirigida al Director Nacional del INP, con solicitud de condonación de intereses y/o multas de deudas previsionales. Debe incorporar la mayor cantidad de información útil para mejor resolver.

• En un plazo promedio de 45 días hábiles recibirá un aviso de la Dirección Nacional del INP aprobando o rechazando su solicitud.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Servicios en Línea” del sitio web del INP, www.inp.cl

2. Pinche en la opción “Solicitud de Condonaciones” de la sección “Empleadores”.

3. Ingrese su RUT, su clave y pinche en “Aceptar”.

4. Marque la opción de solicitud correspondiente y los datos que se le soliciten. Ingrese la mayor cantidad de información útil para mejor resolver.

5. Al concluir, pinche en “Grabar Solicitud”. Se despliega un aviso emergente de confirmación del envío de la solicitud. Pinche en “Aceptar”.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite acceder a la información las 24 horas del día, los 365 días del año.• Evita traslados innecesarios y pérdida de tiempo en oficinas del INP.

¿Qué es?Esta aplicación permite al empleador ingresar una solicitud de condonación de

intereses y multas que podría afectarle por declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales oportunos, pero efectuados en forma errónea, aportando la información

que el INP requiera para mejor resolver la petición.

TRÁMITE 8solicitud de condonación de deuda previsional

TRÁMITE 8¿Qué es?Esta aplicación permite al empleador conocer los montos adicionales que deben pagarse, por concepto de intereses y/o gravámenes, en cotizaciones previsionales

atrasadas.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Cálculo de intereses y gravámenes” del sitio web del INP, www.inp.cl

2. Ingrese la información relativa a la cotización a calcular y presione “Calcular”.

3. Se desplegará el monto por concepto de intereses, reajustes y multas.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite acceder a la información las 24 horas del día, los 365 días del año.• Evita traslados innecesarios y pérdida de tiempo en oficinas del INP.

cálculo de intereses y gravámenes de cotizaciones atrasadas

institución

Instituto de Normalización Previsional (INP).

¿quién debe realizarlo?

Empleadores con declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales atrasadas.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Clave secreta (se obtiene en el mismo sitio).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.inp.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas del INP más cercana a su domicilio y presentar la(s) planilla(s) atrasadas.

• El funcionario de informaciones calculará los montos de intereses y gravámenes y los detallará en las mismas planillas.

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85

institución

Instituto de Normalización Previsional (INP).

¿quién debe realizarlo?

Empleadores que impongan en el sistema previsional administrado por el INP.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Clave secreta (se obtiene en el mismo sitio)

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.inp.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas del INP en horarios de atención a público y solicitar un certificado previsional como empleador.

• Debe adjuntar su cédula de identidad y RUT de la empresa.

TRÁMITE 8certificado previsional empleador - inp

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Certificado Previsional Empleador” de la sección INP Servicios en Línea, Empleadores.

2. Ingrese su RUT, su contraseña y pinche en “Aceptar”. Se despliega en pantalla un resumen de su cuenta corriente como empleador.

3. Vea el detalle de sus imposiciones, pinchando en la opción “Ver detalle”.

4. Para imprimir su certificado, pinche en el botón “Imprimir”. Se despliega la ventana de impresión de su impresora por defecto.

5. Continúe con el proceso de impresión, según su impresora configurada por defecto.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite acceder a la información las 24 horas del día, los 365 días del año.• Puede imprimir el certificado todas las veces que lo necesite.• Evita traslados innecesarios y pérdida de tiempo en oficinas del INP.

¿Qué es?Es un documento emitido por el INP, que informa sobre la cuenta corriente

previsional del empleador. En él están reflejados todos sus movimientos relativos al pago de cotizaciones mensuales efectuados y registrados en el INP.

TRÁMITE 8TRÁMITEpago de multas por infracción a la normativa laboral

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Multas” y se desplegará el listado de multas laborales pendientes.

4. Seleccione la multa que desea pagar.

5. Pinche en “Pagar”.

6. Seleccione el método de pago y siga las instrucciones de pago.

Ventajas del trámite electrónico

• Elimina la concurrencia a instituciones bancarias o a Tesorería General de la República.

• Permite un seguimiento de los pagos.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Empresarios que mantengan multas pendientes de pago, cursadas por la Dirección del Trabajo.

¿cuándo debe realizarse?

Una vez que el empresario ha sido notificado.

¿qué se necesita?

• Notificación de la sanción.• Estar registrado para obtener clave

de acceso. En el mismo sitio, www.dt.gob.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad

del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

Pago del monto de la multa.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las Inspecciones del Trabajo que corresponda a la jurisdicción donde se encuentra ubicada la empresa.

• Debe solicitar el formulario de pago de la multa.

• Debe concurrir a un banco con convenio o a la Tesorería General de la República y efectuar el pago.

¿Qué es?La multa es una sanción administrativa aplicada por un fiscalizador de la Dirección del Trabajo, al constatar una infracción a la legislación laboral, previsional, de salud y o higiene y seguridad. El empleador multado puede pagar dicha multa a través de Internet o concurrir a la Inspección del Trabajo, retirar el formulario de pago e ir al

banco o la Tesorería General de la República a pagar.

86

TRÁMITE 8constancias laborales

¿Qué es?Consiste en la declaración por parte de un declarante (ya sea empleador o trabajador)

ante un ministro de fe respecto de determinados hechos de carácter laboral. Su finalidad es dejar registro de su versión frente a hechos que pudieran ser conflictivos

–atrasos, incumplimientos de contrato, malas conductas, mal desempeño, etc.– y causa de posibles acciones: sanciones, despidos, denuncias.

¿Cómo se hace?1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo,

www.direcciondeltrabajo.cl2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.3. Seleccione la opción “Constancias” y se desplegará el listado de constancias

realizadas anteriormente, en caso de haberlas.4. Seleccione “Nueva constancia” e ingrese sus datos personales y los hechos a

declarar con el mayor número de datos que los respalden (tiene un máximo de 15 líneas).

5. Seleccione la dirección comercial correspondiente al lugar de los hechos o ingrese una nueva.

6. Pinche en “Enviar”.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir a las oficinas de la Dirección del Trabajo• Evita esperar en las oficinas de la Dirección del Trabajo• Permite complementar el trámite con información clara para el usuario de

cómo, por qué y cuando enviar una constancia y qué hacer en caso que su motivo no se encuentre dentro de los preestablecidos.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Cualquier empleador o trabajador.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl, o en oficinas

de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Inspección del Trabajo correspondiente, Unidad de Atención de Público.

• Debe identificarse, indicar el tipo de constancia que desea hacer y presentar antecedentes si correspondiere.

• Firme la constancia y entréguela.

87

TRÁMITE 8

88

carta de aviso de despido

¿Qué es?Cada vez que un empleador termina la relación laboral con un trabajador debe

comunicarle de esta situación por carta entregada personalmente o vía correo certificado. Al aplicar las causales previstas en los artículos 159 Nos 4, 5 y 6; 160 Nos 1 al 7 y 161,

el empleador debe remitir copia de dicha carta a la Dirección del Trabajo.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Carta de Aviso” y se desplegará el listado de cartas realizadas anteriormente, en caso de haberlas.

4. Seleccione “Nueva Carta de Aviso” e ingrese el lugar de trabajo del trabajador al que comunica el término de contrato, sus datos personales, fechas de inicio y término de contrato.

5. Despliegue la lista de causales invocadas en el aviso de término y seleccione la que corresponda. Ingrese, también, los hechos en los que se funda la causal seleccionada.

6. Pinche en “Confirmar”.

7. Más abajo ingrese los datos en relación con el estado de las cotizaciones y el tipo de documentación adjuntada para respaldar dicha información.

8. Indique la fecha y forma de notificación del aviso de término.

9. Pinche en “Enviar”.

Ventajas del trámite electrónico

• Ajusta la carta de aviso de despido a los requerimientos legales.• Evita errores en la elaboración de la carta de aviso.• Evita acudir a las oficinas de la Dirección del Trabajo.• Evita esperar en las oficinas de la Dirección del Trabajo.

89

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Cualquier empleador.

¿cuándo debe realizarse?

• Al momento del despido o, a más tardar, dentro de 3 días hábiles siguientes al de la desvinculación.

• Si se despide por el N°6 del artículo 159 del Código del Trabajo, el plazo es hasta el sexto día hábil de producida la terminación.

• Si se despide por el artículo 161, debe darse un aviso anticipado de a lo menos 30 días, salvo que se comprometiere el pago de una indemnización.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

• Estado del pago de cotizaciones previsionales.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe redactar una Carta de Aviso de Despido en que consten la causa legal del despido, los hechos en que se funda, el estado del pago de cotizaciones previsionales y el monto de las indemnizaciones, si correspondieren.

• Debe acudir a las oficinas de la Inspección del Trabajo de su jurisdicción y dejar copia de esa carta.

TRÁMITE 8

90

propuesta de finiquito

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Propuesta de Finiquito” y se desplegará el listado de propuestas realizadas anteriormente, en caso de haberlas.

4. Seleccione “Nueva Propuesta de Finiquito” e ingrese el lugar de trabajo del trabajador, sus datos personales, fechas de inicio y término de contrato.

5. Despliegue la lista de causales de finiquito y seleccione la que corresponda. Ingrese, también, los hechos en los que se funda la causal seleccionada.

6. Pinche en “Confirmar”.

7. Más abajo ingrese los datos en relación con el estado de las cotizaciones, reconocimiento de deudas (si corresponde) y modos de pago de éstas (si corresponde).

8. Si desea agregar una reserva de derecho, pinche sobre el cuadro verificador junto a esta opción e ingrese lo acordado.

9. Pinche en “Enviar”.

10. Imprima la propuesta y concurra a firmarla con el trabajador ante un ministro de fe (Inspección del Trabajo, notaría, otro).

Ventajas del trámite electrónico

• Ajusta la propuesta de finiquito a los requerimientos legales.• Evita errores en la elaboración de la propuesta de finiquito.

¿Qué es?Mediante este trámite las empresas o empleadores podrán acceder a un programa

informático que les permitirá, con la información que proporcionen, confeccionar una propuesta o proyecto de finiquito para ser presentado a consideración del trabajador con el que han terminado una relación laboral. Esta propuesta sólo es válida como

finiquito cuando es suscrita por el trabajador y empleador ante ministro de fe.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Cualquier empleador.

¿cuándo debe realizarse?

• Al momento del despido o, a más tardar, dentro de 3 días hábiles siguientes al de la desvinculación.

• Si se despide por el N°6 del artículo 159 del Código del Trabajo, el plazo es hasta el sexto día hábil de producida la terminación.

• Si se despide por el artículo 161, debe darse un aviso anticipado de a lo menos 30 días, salvo que se comprometiere el pago de una indemnización.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe redactar una propuesta de finiquito en que se acuerden la causal de terminación, los haberes que se adeudan, las condiciones en que pagan esos haberes, la llamada cláusula liberatoria” y, en algunos casos, los desacuerdos que quedaren pendientes.

• Una vez confeccionada la propuesta de finiquito deberá ser entregada al trabajador para que la analice y determine su eventual aceptación.

• En tal caso, ambos deberán acudir ante un ministro de fe (puede ser en oficinas de la Inspección del Trabajo) para suscribir el documento.

91

TRÁMITE 8

92

autorización de centralización de documentación laboral

¿Qué es?En el caso de las empresas que funcionan con un número de trabajadores distribuidos geográficamente, la Dirección del Trabajo puede autorizar la

centralización de la documentación laboral original en un solo lugar. Dicha centralización se materializa a través de un oficio ordinario, siendo una obligación

por parte del empleador mantener una copia del ejemplar en cada lugar físico. En el trámite que se realiza a través de Internet, podrá centralizarse la siguiente documentación laboral: contratos individuales de trabajo, contratos colectivos de

trabajo, convenios colectivos de trabajo, comprobante de pago de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones, finiquitos de trabajo, reglamento interno de orden

e higiene y seguridad, aviso de contratación de servicios, aviso de cesación de servicios, formularios afiliación/desafiliación AFP/isapre, formularios solicitudes

autorización cargas familiares, planillas cotizaciones previsionales, planillas cotizaciones y aportes trabajos pesados, planillas cotizaciones y aportes seguro de

desempleo, convenios sala-cuna.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Centralización de Documentación” en el menú de trámites.

4. Pinche en “Nueva Centralización”. Lea atentamente cada uno de los requerimientos de información que necesita para realizar el trámite.

5. Pinche en “Confirmar”, si está de acuerdo.

6. Ingrese los datos del solicitante y los datos del encargado del trámite ante la Inspección del Trabajo. Pinche en “Confirmar”.

7. Seleccione, del listado, la documentación que desea centralizar. Pinche en “Confirmar”.

8. Ingrese la dirección en la cual desea centralizar la documentación. Pinche en “Confirmar”.

9. Ingrese las direcciones de las sucursales, obras o faenas por los cuales solicita centralizar su documentación.

10. Seleccione el método de pago y siga las instrucciones de pago.

Ventajas del trámite electrónico

• Entrega en línea de la autorización de centralización.• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la Dirección del Trabajo.• Asistente en la elaboración de la solicitud de autorización.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Empleadores que cuenten con establecimientos diversos, faenas o sucursales y deseen centralizar la documentación laboral en una sola dirección.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• No tener pendientes ni multas ni deudas previsionales.

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 5.000.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Dirección Regional del Trabajo de la jurisdicción donde se ubican los puestos de trabajo o, si éstos se encuentran ubicados en más de una región, en el Departamento de Fiscalización de la Dirección del Trabajo.

• Debe completar la información solicitada en el formulario existente para estos efectos, indicando todos los domicilios cuya documentación se desea centralizar.

• Para el otorgamiento de la autorización la autoridad toma en consideración la conducta laboral y previsional que haya tenido el empleador.

93

TRÁMITE 8

94

autorización de sistema de jornada de trabajo y descanso excepcional

¿Qué es?De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Código del Trabajo, el

Director del Trabajo se encuentra facultado para autorizar, por resolución fundada, el establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y de descanso cuando el sistema de jornada de trabajo que establece el señalado artículo no pudiese aplicarse, dadas las características especiales de la prestación de servicios. Por tanto, para aplicar un sistema de jornada de trabajo especial es

necesario solicitar dicha autorización a la Dirección del Trabajo.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Del menú de trámites, seleccione la opción “Jornada Excepcional” y se desplegará el listado de certificados solicitados anteriormente, en caso de haberlos.

4. Pinche en “Nueva Jornada”.

5. Lea atentamente cada uno de los requerimientos de información que necesita para realizar el trámite (podrá descargar modelos de documentos a adjuntar). Pinche en “Continuar”.

6. Ingrese los datos del solicitante, datos del encargado del trámite ante la Inspección del Trabajo y el o los mandantes de la obra o faena para la cual solicita el sistema excepcional de jornada de trabajo y descanso. Pinche en “Continuar”.

7. Ingrese los datos de la obra o faena afecta al sistema especial solicitado, los datos de cada uno de los puestos de trabajo afectos al sistema solicitado, la región de residencia habitual de los trabajadores afectos al sistema solicitado y la descripción del sistema solicitado. Pinche en “Continuar”.

8. Lea atentamente la declaración jurada de criterios para autorizar sistemas de jornadas excepcionales de trabajo y descanso. No podrá continuar si rechaza uno o más de los criterios. Pinche en “Continuar”.

9. Adjunte el documento en el que detalla el sistema excepcional de jornada solicitado. Pinche “Adjuntar”.

10. Adjunte el plan de prevención de riesgos laborales. Pinche “Adjuntar”.

11. Adjunte el acta de acuerdo de trabajadores. Pinche “Adjuntar”.

12. Al concluir, pinche en “Grabar”.

13. Seleccione el método de pago y siga las instrucciones de pago.

14. Debe esperar su citación a una de las oficinas de la Dirección Trabajo y concurrir con la documentación original de los documentos electrónicos adjuntados en su solicitud electrónica, con el fin de retirar la resolución que la autoriza o rechaza.

Ventajas del trámite electrónico

• Puede hacer la solicitud del trámite a cualquier hora del día.• Cuenta con un asistente en la elaboración de la solicitud.• Agiliza la autorización para la aplicación de la jornada excepcional, así como

la resolución definitiva.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Empleadores que necesiten implantar un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo y descanso, distinto a los que rigen legalmente en el país.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado. Previo al inicio de las obras o faenas afectas al sistema excepcional solicitado.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 6.000.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Inspección del Trabajo o Dirección del Trabajo y obtener el formulario Solicitud Única, Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo y Descanso.

• Debe llenar la solicitud y presentarla en la Dirección Regional del Trabajo o en la Inspección del Trabajo de la jurisdicción en que se encuentre la faena en que se implementará la jornada excepcional de trabajo.

• Si la solicitud cumple con los requisitos, la Dirección Regional del Trabajo correspondiente puede otorgar una autorización transitoria de hasta 90 días corridos, que puede prolongarse, de oficio o a petición de parte, hasta por otros 90 días. Dentro de dicho plazo la Inspección del Trabajo efectúa una investigación en terreno a fin de establecer la efectividad del cumplimiento de los requisitos y, especialmente, para asegurarse si se han tomado las medidas que protejan eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

• Finalmente, el Director del Trabajo emitirá la resolución definitiva que autoriza la solicitud para establecimiento de jornadas y descansos excepcionales.

95

TRÁMITE 8

96

registro de comités paritarios de higiene y seguridad

¿Qué es?De acuerdo a lo previsto en el artículo 1° del D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en toda empresa que trabajen más de 25 personas y en cada faena, agencias o sucursales que tuviera, debe organizarse un comité

compuesto por seis representantes de los trabajadores elegidos por votación (tres titulares y tres suplentes) y seis designados por la empresa (tres titulares y tres suplentes). Sus decisiones, relacionadas con la higiene y seguridad laboral, son obligatorias para la empresa y los trabajadores. Cada vez que se constituye, debe

preparar un acta de constitución y entregarla a la Dirección del Trabajo. Su vigencia es de dos años. Finalizado dicho plazo deben realizarse nuevas votaciones y

actualizar los representantes del comité ante la Dirección del Trabajo.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Comité Paritario” y se desplegará el listado de certificados solicitados anteriormente, en caso de haberlos.

4. Para constituir un comité paritario, pinche en “Comité Paritario”.

5. Ingrese los datos del solicitante y los datos del comité.

6. Ingrese la fecha de vigencia del comité que está constituyendo (vigencia máxima: dos años).

7. Ingrese los datos de los representantes del comité. Para ello deberá ir ingresando uno a uno los 12 integrantes, indicando su cargo y pinchando en “Agregar” por cada uno.

8. Al concluir, pinche en “Grabar”.

9. Para visualizar su Certificado de Constitución, pinche en “Certificado”.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la DT.• Permite consultas en línea sobre los comités vigentes, constituidos ante la

Dirección del Trabajo.

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Empleadores en cuya empresa trabajen más de 25 personas.

¿cuándo debe realizarse?

Posteriormente a la constitución del comité y sus respectivas renovaciones.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.dt.gob.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe redactar un acta de constitución del comité paritario de higiene y seguridad.

• Debe acudir a las oficinas de la DT y registrar dicha acta.

• Para cualquier consulta respecto al acta (por ejemplo, su fecha de constitución) debe acudir a las oficinas de la DT donde quedó registrada y efectuar la consulta.

97

TRÁMITE 8

98

¿Qué es?Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) deben solicitar al SENCE la aprobación previa de los cursos o actividades de capacitación que ofrecen a

las empresas. El SENCE debe resolver su solicitud velando por que las áreas o especialidades de los cursos se ajusten al objeto de la entidad postulante, excepto

universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.

autorización de actividades de capacitación / ingreso de cursos otec

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “OTEC”.

2. En la sección “Servicios Disponibles”, pinche sobre “Ingreso y administración de solicitudes de cursos para tramitar Código SENCE”.

3. Deberá ingresar su RUT (sin puntos, pero con guión) y contraseña y presionar “Enviar”.

4. Deberá ingresar los datos relativos al curso en el formulario que aparece en pantalla: modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, Nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, currículum del relator (o de los responsables del curso, en caso de cursos a distancia), metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de cursos), porcentaje de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales consumibles y estructura de costos.

Ventajas del trámite electrónico

• Simplificación y agilización del trámite.• Ahorro de tiempo y comodidad al evitar traslados innecesarios a oficinas de

SENCE.• Permite validar en línea información de OTEC.• Posibilidad de seguimiento del trámite y registro en línea.

institución

Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

¿quién debe realizarlo?

Entidades privadas pertenecientes al registro nacional de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) que deseen ofrecer actividades de capacitación a empresas para que opten a la franquicia tributaria establecida en la Ley Nº 19.518.

¿cuándo debe realizarse?

• A solicitud del interesado.• El SENCE tiene 20 días para resolver

la solicitud.

¿qué se necesita?

• Estar inscrito en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación.

• Obtención de clave secreta (obténgala en el sitio de SENCE, www.sence.cl opción “Regístrese aquí”.

• Navegador compatible con Java (p. ej. Netscape Navigator 5.0, o superior, o Internet Explorer 5.0, o superior).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sence.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la oficina del SENCE correspondiente a la región en que la OTEC solicitó su inscripción en el Registro Nacional de OTEC, o bien, en la(s) región(es) en que el organismo dispone de sede acreditada ante el SENCE.

• Llene el Formulario de Solicitud de Autorización de Actividad de Capacitación (deberá firmarse por el representante legal el mandatario facultado).

• En dicho formulario debe consignarse: identificación del OTEC, modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, Nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, currículum del relator (o de los responsables del curso, en caso de cursos a distancia), metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de cursos), porcentaje de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales consumibles y estructura de costos.

• En caso de ofrecer cursos a distancia (e-learning) deberá adjuntar un set completo del medio instruccional y material didáctico a utilizar.

99

TRÁMITE 8

100

comunicación y liquidación de acciones de capacitación vía otec

¿Qué es?Se certifica la participación de empresas en actividades de capacitación del SENCE

pare ser presentadas al Servicios de Impuestos Internos y obtener las franquicias tributarias correspondientes.

¿Cómo se hace?1. Ingrese en la opción “Empresas”.

2. En “Servicios Disponibles” debe ingresar su usuario, su contraseña y presionar “Aceptar”.

3. Encontrará varias funcionalidades. Lo primero es comunicar las acciones de capacitación. Para ello, pinche sobre el botón “Comunicar”.

4. En este formulario debe ingresar datos generales del curso y pinchar en la opción “Continuar”.

5. Complete ahora en el horario en el cual se impartirá el curso, marque si la comunicación es con comité bipartito e ingrese los participantes. Recuerde que el formato de fecha de nacimiento es (dd/mm/yyyy) y los RUT son sin puntos, pero con guión. Luego presione “Validar” y, finalmente, “Grabar”.

6. Aparecerá un comprobante de ingreso con un número de registro. Imprímalo y guárdelo, ya que contiene información relevante de plazos para la liquidación posterior del curso.

7. Dentro de los 60 días posteriores al curso debe ingresar nuevamente al portal de SENCE (www.sence.cl) y repetir los dos primeros pasos señalados aquí.

8. Ingrese en la opción “Preliquidar” de la pantalla principal de su empresa.

9. En el formulario que aparece debe ingresar la asistencia de los participantes, seleccionar el tipo de documentación ocupada para el pago del curso (factura, boleta, liquidación de sueldo) y presionar “Validar” y, finalmente, “Grabar”.

10. Una vez preliquidado, usted tiene 30 días para hacer llegar a la oficina del SENCE correspondiente a su domicilio comercial la documentación que acredite el pago del curso (factura, certificado de asistencia). Si en dicho plazo no se cumple, su acción de capacitación se rechaza automáticamente.

11. Una vez validada dicha información, el SENCE emite electrónicamente el Certificado de Liquidación de Acciones de Capacitación.

Ventajas del trámite electrónico

• Simplificación y agilización del trámite.• Ahorro de tiempo y comodidad al evitar traslados innecesarios a oficinas de

SENCE.• Permite validar en línea información de contribuyente, OTEC y trabajadores.• Certificado puede ser impreso cuantas veces sea necesario.• Posibilidad de seguimiento del trámite y registro en línea.

101

institución

Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

¿quién debe realizarlo?

Empresas clasificada en primera categoría, afectas al régimen de renta presunta o tener y declarar pérdidas, vinculadas en el año a actividades de capacitación del SENCE.

¿cuándo debe realizarse?

• Comunique a SENCE la realización del curso una vez iniciado.

• Preliquide el curso 60 días después de concluido.

¿qué se necesita?

• Haber desarrollado actividades de capacitación vinculadas al SENCE.

• Obtención de clave secreta (obténgala en el sitio de SENCE, www.sence.cl opción “Regístrese aquí”.

• Navegador compatible con Java. Por ejemplo, Netscape Navigator 5.0 (o superior) o Internet Explorer 5.0 (o superior).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sence.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la oficina del SENCE correspondiente a su domicilio comercial.

• Llene el formulario de comunicación de acciones de capacitación.

• Dentro de los 60 días posteriores a la finalización del curso, debe volver a la oficina de SENCE y presentar los documentos que respalden la realización y pago del curso efectuado (factura y certificado de asistencia), además del pago de las cotizaciones previsionales de cada trabajador participante (planillas de pago u otro).

• El organismo efectuará la validación de los antecedentes y le entregará el Certificado de Liquidación en un plazo aproximado de 48 horas.

TRÁMITE 8

102

¿Qué es?En esta aplicación el usuario puede obtener un certificado en el que constan las

acciones de capacitación que haya finalizado exitosamente con cargo a la franquicia tributaria desde 1998 a la fecha.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Buscadores e Informes” de la sección “Servicios”, del portal web de SENCE (www.sence.cl).

2. Ingrese en la opción “Cursos Realizados”.

3. Ingrese el RUT del alumno que realizó el curso.

4. Aparecerá el certificado consignando su participación en el curso y se detallan las características del mismo.

5. Imprímalo. El certificado adquiere plena validez, a condición que sea firmado por el trabajador en señal de conformidad.

Ventajas del trámite electrónico

• Simplificación y agilización del trámite.• Ahorro de tiempo y comodidad al evitar traslados innecesarios a oficinas de

SENCE.• Certificado puede ser impreso cuantas veces sea necesario.

TRÁMITE 8certificado de participantes en acciones de capacitación programa contratación de aprendices

103

institución

Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

¿quién debe realizarlo?

Trabajadores que se hayan capacitado con franquicia SENCE para el Programa de Contratación de Aprendices.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Haber desarrollado actividades de capacitación vinculadas al SENCE.

• Obtención de clave secreta (obténgala en el sitio de SENCE, www.sence.cl opción “Regístrese aquí”).

• Navegador compatible con Java. Por ejemplo, Netscape Navigator 5.0 (o superior) o Internet Explorer 5.0 (o superior).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sence.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la oficina del SENCE correspondiente a su domicilio comercial.

• Solicite el Certificado de Participación en Actividades de Capacitación. Debe presentar el RUT del trabajador participante.

• El certificado le será entregado en el plazo indicado.

V M

EDIO

AMBI

ENTA

LES

DECLARACIÓN O ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (E-SEIA) 108

DECLARACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS 110

DECLARACIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES SÓLIDOS (RIS) 112

APROBACIÓN DE PLAN DE MANEJO DE BOSQUE 114

TRÁMITES RELACIONADOS

TRÁMITE 8

106

¿Qué es?El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es el principal instrumento

para prevenir el deterioro ambiental en el país. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental sólo pueden ejecutarse o modificarse

previa evaluación de su impacto ambiental mediante una Declaración de Impacto Ambiental DIA o un Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a la magnitud de los impactos ambientales de su proyecto. Mediante la implementación de este sistema electrónico el titular de uno de estos proyectos puede realizar la tramitación de una

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) vía Internet.

declaración o estudio de impacto ambiental (e-seia)

¿Cómo se hace?

1. Ingrese su RUT, su contraseña y pinche en “Ingresar”.

2. Se despliegan una serie de opciones relacionadas con el tipo de usuario del sistema. Al pasar sobre la opción “DIA”, se despliegan varias alternativas. Pinche en “Crear DIA”.

3. Para crear una DIA debe ingresar los datos que se le solicitan y seguir las instrucciones en pantalla.

4. El sistema informa del estado de la solicitud y se comunica con el usuario a través del mail informado.

Ventajas del trámite electrónico

• Menor tiempo de evaluación.• Mejor información y mayor transparencia del proceso: plena transparencia y

accesibilidad.• Reglas claras.• Ahorro en gastos operacionales.

institución

Comisión Nacional del Medio Ambiental (CONAMA).

¿quién debe realizarlo?

Titulares de proyectos de inversión susceptibles de causar impacto ambiental, especificados en el Artículo 10 en la Ley de Bases del Medio Ambiente (19.300) o el artículo N°2 del Decreto Supremo N°95/2001 MINSEGPRES Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA. También pueden realizarlo voluntariamente titulares de otros proyectos.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a la puesta en marcha del proyecto de inversión. CONAMA cuenta con un plazo de 60 días para pronunciarse sobre un la Declaración de Impacto Ambiental (ampliable, por una sola vez, por 30 días).

¿qué se necesita?

• Declaración de Impacto Ambiental, realizado por el titular o un consultor ambiental si el titular lo estimara conveniente. En cualquier caso la responsabilidad de lo presentado recae única y exclusivamente en el Titular del proyecto.

• Contraseña (obténgala en el sitio web del SEIA, www.e-seia.cl pinche en “Registrarse”).

¿qué costo tiene?

Sin costo.

¿dónde se realiza?

Internet: www.e-seia.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) de la región en que se realizará el proyecto de inversión o actividad (en caso que pueda causar impactos ambientales en mas de una región, debe presentarse ante la Dirección Ejecutiva de CONAMA).

• Debe presentar una DIA acompañada de la documentación y antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental y de los requisitos y contenidos de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos del Título VII del Reglamento del SEIA y acreditar que no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental.

• Transcurrido el plazo establecido según el tipo de evaluación ambiental y sus posibles prórrogas, el proceso concluye con una resolución dictada por la autoridad respectiva, que certifica que el proyecto o actividad cumple, o no, con todos los requisitos ambientales aplicables.

• Si la resolución es desfavorable, no se podrá realizar el proyecto o actividad o su modificación. En contra de la resolución desfavorable de una DIA procede la reclamación ante el Director Ejecutivo de CONAMA, la cual debe ser interpuesta por el responsable del respectivo proyecto, dentro del plazo de treinta días contado desde su notificación.

107

TRÁMITE 8declaración de emisiones atmosféricas

¿Qué es?Es un documento extendido por el titular o representante legal de una fuente fija donde

constan todos sus antecedentes técnicos y de identificación. Se define como fuente estacionaria o fija a toda fuente diseñada para operar en un lugar fijo, cuyas emisiones

se descargan a través de un ducto o chimenea. Las fuentes se dividen en puntuales (cuyo caudal o flujo volumétrico de emisión es igual o superior a 1.000 metros cúbicos por hora, bajo condiciones estándar y medido a plena carga) y grupales (cuyo caudal

o flujo volumétrico de emisión es inferior a 1.000 metros cúbicos por hora, bajo condiciones estándar y medido a plena carga). La declaración es requisito previo para

la obtención de número de registro para fuentes nuevas o bien para una resolución sanitaria de un establecimiento que posea algún tipo de fuentes fijas.

¿Cómo se hace?

El Laboratorio de Medición de Emisiones:

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario.

3. Pinche en la opción “Resultado de Medición”.

4. Pinche la selección de su Laboratorio, el sistema desplegará los resultados que su laboratorio tiene en curso.

5. Para ingresar una nueva medición, pinche en la opción “Ingreso de Medición”

6. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance por el formulario a través de las pestañas de pasos y, una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su medición.

7. Una vez terminado el procedimiento confirme el ingreso con el botón “Aceptar”.

El usuario:

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción “Declaración de Emisiones”.

5. El sistema desplegará automáticamente la información de la declaración ingresada por el laboratorio que usted contrató para realizar el servicio.

6. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

7. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

8. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

108

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y retirar los formularios.

• Debe llenar los formularios, adjuntar el resumen de las mediciones o carta de compromiso de medición otorgado por un laboratorio autorizado y entregarlo en las mismas oficinas.

• Si los datos son correctos, recibe copias de las declaraciones timbradas.

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas responsables de establecimientos que tengan emisiones atmosféricas de fuentes fijas.

¿cuándo debe realizarse?

Fuentes puntuales: Una vez al año.Fuentes grupales: Una vez cada tres años (un año, si la fuente es caldera u horno de panadería, utiliza combustible distinto a gas natural, gas licuado, gas de ciudad, biogás, petróleo diesel y kerosene o si utiliza el método alternativo CH-A).

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.

¿dónde se realiza?

En este momento este trámite no tiene costo para el usuario. Dónde se realiza:Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

109

TRÁMITE 8

110

autorización de disposición de residuos industriales sólidos (ris)

¿Qué es?La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro y fuera del predio industrial, local o lugar de trabajo, debe contar con autorización

sanitaria (excepto aquellos que sean declarados como asimilables a residuos domésticos). Se definen como residuos industriales sólidos aquellos desechos o

residuos sólidos o semisólidos resultantes de cualquier proceso industrial que no son reutilizados, recuperados o reciclados en el mismo establecimiento industrial.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario que le corresponda.

3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles para realizar en línea.

4. Pinche en la opción correspondiente a la Autorización de Disposición de Residuos Sólidos Industriales.

5. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance a través de las pestañas de pasos.

6. Una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su solicitud.

7. Para enviarla definitivamente, presione sobre el botón “Confirmar”.

8. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).

9. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.

10. A través del e-mail de contacto se le notificará de la inspección, si es que cabe, y sus requisitos.

11. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el documento correspondiente. Asimismo, éste quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.

institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas responsables de establecimientos industriales que producto de sus procesos u operaciones generen algún desecho sólido industrial.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.

¿qué costo tiene?

En este momento esta prestación no tiene costo para el usuario.

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y solicitar una Autorización de Tratamiento y/o Disposición Final de Residuos Sólidos Industriales para Generadores.

• Rellene la solicitud y acompáñela con los antecedentes correspondientes.

• Si los residuos declarados son asimilables a residuos domésticos (menos de 224 kg/mes, entre otras características), la declaración le será timbrada señalando que dichos residuos no requieren autorización sanitaria.

• En caso que no sean asimilables a residuos domésticos y requieran de visita en terreno, personal de la Autoridad Sanitaria RM realizará una inspección en el establecimiento.

• Cuando se le indique deberá volver a las oficinas de la Autoridad Sanitaria RM para retirar la autorización.

111

TRÁMITE 8

112

aprobación de plan de manejode bosque

¿Qué es?Toda intervención de bosque nativo debe efectuarse previa aprobación, por parte de CONAF, de un plan de manejo. Lo mismo ocurre con las plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal o en otros terrenos que cuenten con plantaciones bonificadas. El Plan de Manejo es el instrumento que, reuniendo los requisitos que se establecen en el D.L. 701 de 1974 y sus reglamentos, regula el uso y aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables de un terreno

determinado, con el fin de obtener el máximo beneficio de ellos, asegurando al mismo tiempo la preservación, conservación, mejoramiento y acrecentamiento de

dichos recursos y su ecosistema.La presentación de planes de manejo se realiza mediante la presentación de una solicitud y un estudio técnico, elaborado por un(a) ingeniero forestal o ingeniero

agrónomo especializado (Consultor), debidamente acreditado ante CONAF. En caso que el propietario(a) considere acogerse a Normas de Adhesión establecidas por CONAF, la presentación no requerirá de la firma de dicho profesional cuando la superficie total de bosques sea igual o inferior a 10 hectáreas y el plan tenga por

objeto la corta o explotación total o parcial de ellos.La solicitud y estudio técnico pueden ser elaborados a través de la Aplicación

Consultor, software elaborado por CONAF que facilita la confección de estudios técnicos y que permita la transferencia de archivos directamente a los sistemas que CONAF utiliza para la tramitación de solicitudes relativas al D.L.701, minimizando

los tiempos de tramitación.

¿Cómo se hace?

1. Para presentar Planes de Manejo vía digital, el Consultor encargado de confeccionar el Plan de Manejo debe ingresar al sitio web de Conaf, http://www.conaf.cl

2. Al pasar el cursor sobre el menú “Conaf a su Servicio” se desplegarán varias opciones. Pinche sobre “Aplicación Consultor”.

3. Ingrese su nombre de usuario, su contraseña y pinche en “Enviar”.

4. Descargue la Aplicación Consultor e instálela en su PC

5. Descargue el Manual de Usuario, disponible en la misma página web.

6. Confeccione la solicitud y estudio técnico en su PC. Genere el archivo de intercambio CONAF, de acuerdo a las instrucciones del manual y cópielo a un dispositivo de almacenamiento portátil.

7. Presente en CONAF solicitud, estudio técnico, plano, documentación legal adjunta y Archivo de intercambio CONAF generado por la Aplicación.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita errores de digitación y estructuración de solicitud.• Facilita el desarrollo estructurado del plan de manejo.• Minimiza los tiempos de tramitación de la solicitud.

institución

Corporación Nacional Forestal (CONAF).

¿quién debe realizarlo?

Propietarios(as) de predios y consultores especializados (cuando corresponda), que deseen intervenir bosques nativos o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal o en otros terrenos que cuenten con plantaciones bonificadas.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a cualquier intervención de bosque.

¿qué se necesita?

• Ser propietario de predios con bosque nativo o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal o en otros terrenos que cuenten con plantaciones bonificadas.

• Deberá acompañar la solicitud y el Plan de Manejo con los siguientes antecedentes: copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 60 días contada desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces (para las segundas y siguientes presentaciones bastará el certificado de vigencia o declaración jurada del propietario firmada ante notario, de que no ha existido cambio en el dominio del respectivo predio); copia del certificado de título del profesional autor del plan de manejo si corresponde; petición para que la Corporación recabe autorización de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, si el plan de manejo contempla corta o explotación de bosques ubicados en zonas fronterizas y cartografía.

• En caso de requerir de consultor, éste deberá registrarse ante CONAF y obtener nombre de usuario y contraseña para descargar la Aplicación Consultor e instalarla en su PC.

¿qué costo tiene?

• La descarga de la Aplicación Consultor es gratuita.

• La presentación del Plan de Manejo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°66 de 1992 es gratuita para los pequeños propietarios forestales.

• Para otro tipo de propietarios puede tener un costo que fluctúa entre 0.06 UF/ha a 0.4 UF/ha, dependiendo del tipo de plan de manejo a presentar, ubicación del predio, actividad a realizar y año de iniciación de éstas.

¿dónde se realiza?

• Internet: www.conaf.cl (descarga de Aplicación Consultor para elaboración digital de Plan de Manejo).

• La presentación de solicitudes de Plan de Manejo deberá efectuarse en Oficinas de CONAF.

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas regionales o provinciales de CONAF y solicitar que le copien en CD u otro medio, la Aplicación Consultor y Manual (aproximadamente 10 Mb)

• El plazo de aprobación o rechazo del plan es de 120 días.

• En el caso de Normas de Adhesión y Planes de Manejo de plantaciones ubicadas desde la V a X Regiones, que cumplan los requisitos del Artículo N°21 del D.L.701, tendrán un plazo de registro de 30 días.

113

VI

CONS

TRUC

CIÓN

VISACIÓN DE CERTIFICADO DE DESRATIZACIÓN 118

CERTIFICADO DE CONTRATISTAS 120

PAGO DE SUBSIDIO HABITACIONAL (CONSTRUCTORAS-INMOBILIARIAS) 122

DECLARACIÓN DE INSPECCIONES DE INSTALACIONES INTERIORES DE GAS 124

TRÁMITES RELACIONADOS

TRÁMITE 8

116

TRÁMITE 8visación de certificado de desratización

¿Qué es?Este certificado es solicitado por las municipalidades para conceder cualquier permiso de demolición. La desratización debe ser realizada por una empresa

autorizada por la Autoridad Sanitaria y, tras efectuada, debe ser visada por ésta.

¿Cómo se hace?

La empresa aplicadora:

1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl

2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página principal del menú de usuario.

3. Pinche en la opción “Certificados”. 4. Pinche la selección de su empresa. El sistema desplegará los certificados que su

empresa tiene en curso.5. Para ingresar un nuevo certificado, pinche en la opción “Ingreso de Certificado de

Desratización”.6. Ingrese los datos que se le solicitan en el formulario que aparece en pantalla. Avance

por el formulario a través de las pestañas de pasos y, una vez concluido, presione el botón “Aceptar”. Se despliega un resumen de su certificado.

7. Una vez terminado el procedimiento, vuelva a ingresar al sistema, seleccione el certificado e ingrese la fecha de término.

El usuario:1. Ingrese a la opción “Ventanilla empresa” o “Trámites en línea” del sitio web de la

Autoridad Sanitaria Metropolitana, www.asrm.cl2. Ingrese su RUT, su contraseña y presione en “Entrar”. Se desplegará la página

principal del menú de usuario.3. Pinche en la opción “Prestaciones”. Se desplegará el menú de trámites disponibles

para realizar en línea.4. Pinche en la opción “Visación de Certificados de Desratización”.5. El sistema desplegará automáticamente la información del certificado ingresada por la

Empresa Aplicadora de Pesticidas de uso Doméstico que usted contrató para realizar el servicio.

6. Seleccione el modo de pago del trámite (vía web o por caja).7. Si selecciona la opción electrónica, ingresará a la página de pagos de la Tesorería

General de la República. Siga las instrucciones en pantalla.8. Una vez resuelta su solicitud, un e-mail le avisará dicha situación e incluirá el

certificado correspondiente. Asimismo, el documento quedará accesible desde la página principal de su menú de usuario.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de Autoridad Sanitaria.• Reduce los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento en línea al trámite.• Agiliza y simplifica la realización del trámite.

117

8 institución

Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana (Autoridad Sanitaria RM).

¿quién debe realizarlo?

Particulares o empresas constructoras que se apresten a efectuar obras de demolición.

¿cuándo debe realizarse?

Previo a la solicitud del Permiso Municipal de Demolición y dentro de las 72 horas posteriores a la desratización.

¿qué se necesita?

• Contraseña (obténgala en el sitio web de Autoridad Sanitaria RM, www.asrm.cl).

• Casilla e-mail válida y operativa.• Para pago en línea: cuenta corriente

o tarjeta de crédito con convenio con el sitio de pagos de Tesorería General de la República.

¿qué costo tiene?

$ 17.198 (reajustable anualmente, según IPC).

¿dónde se realiza?

Internet: www.asrm.cl (actualmente este servicio opera sólo en la Región Metropolitana. Paulatinamente se irán incorporando otras regiones).

117

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y solicitar lista de empresas aplicadoras de pesticidas autorizadas.

• Debe contratar una empresa aplicadora de pesticidas autorizada.

• La empresa debe ejecutar la desratización y emite Certificado de Desratización para visar.

• Dentro de las 72 horas siguientes debe acudir a las oficinas de la Autoridad Sanitaria con el certificado de la empresa y solicitar su visado.

• Debe pagar el arancel correspondiente.

• Debe volver a las oficinas de la Autoridad Sanitaria y recoger el Certificado de Desratización visado.

TRÁMITE 8certificado de contratistas

¿Qué es?Es un trámite que acredita que el respectivo contratista no tiene deudas previsionales

ni infracciones laborales evidentes, que pudieren involucrar la responsabilidad subsidiaria del contratante. Es obligatorio para todos los contratistas de obras

estatales y facultativo para las relaciones entre mandantes y contratistas particulares.

118

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Trámites en línea” del portal de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl

2. Ingrese su RUT, su clave secreta y pinche en “Ingresar”.

3. Seleccione la opción “Certificado de Contratista” y se desplegará el listado de certificados solicitados anteriormente, en caso de haberlos requerido.

4. Seleccione el tipo de certificado a solicitar y pinche en “Nueva Solicitud”.

5. Ingrese los datos del solicitante y objetivo del certificado y datos del encargado del trámite ante la Inspección del Trabajo.

6. Pinche en “Pagar Certificado”.

7. Seleccione el método de pago y siga las instrucciones de pago.

Ventajas del trámite electrónico

• Agiliza la tramitación del certificado.• Permite un seguimiento de la solicitud.• Otorga algunos certificados con firma electrónica.

119

institución

Dirección del Trabajo.

¿quién debe realizarlo?

Contratistas públicos o privados, colegios subvencionados, personas jurídicas naturales y empresas.

¿cuándo debe realizarse?

¿qué se necesita?

• Estar registrado para obtener clave de acceso. En el mismo sitio, www.direcciondeltrabajo.cl o en oficinas de la DT podrá obtener el formulario de registro, acompáñelo con su cédula de identidad (personas naturales); copia de RUT de la empresa, de cédula de identidad del representante legal y de la escritura en que se lo designa (personas jurídicas) y preséntelo en la Inspección del Trabajo.

¿qué costo tiene?

$ 2.200.

¿dónde se realiza?

Internet: www.direcciondeltrabajo.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las Inspecciones del Trabajo que corresponda a la jurisdicción donde se encuentra ubicada la empresa.

• Completar la solicitud correspondiente en duplicado y acompañarla con la documentación necesaria al estado de situación de los trabajadores que de él dependen (planillas de cotizaciones previsionales y de salud, libro auxiliar de remuneraciones, contratos de trabajo).

• El plazo de entrega del certificado es de 3 días.

TRÁMITE 8

120

¿Qué es?Cuando una empresa constructora y/o inmobiliaria finaliza una obra de construcción y transfiere las viviendas con subsidio habitacional como parte del financiamiento, está

en condiciones de que le paguen el subsidio respectivo.

pago de subsidio habitacional constructoras - inmobiliarias

¿Cómo se hace?

Registro de Autentificación.1. Toda empresa Inmobiliaria, deberá contar con su Login y Password para poder

acceder al Portal. Para ello deberán solicitar ser registrados en la Base de Datos de Usuarios del Portal, se deberá ingresar los datos asociados a su razón social.

2. El SERVIU será la entidad que registre los usuarios autorizados para la utilización del Portal.

3. La inmobiliaria una vez registrada en el Portal podrá efectuar las siguientes tareas:• Seguimiento de las Solicitudes.• Ingresar Pre-Solicitud.

Trámite de Seguimiento a una Solicitud.

Este trámite permite a la Inmobiliaria consultar por el estado de las solicitudes asociadas a ésta, pudiendo obtener un desglose de los distintos Estados que ha presentado una solicitud.

Trámite de una Pre Solicitud.1. Se ingresa la Pre-Solicitud a través del Portal de Pago de Subsidios, dando como

resultado una hoja impresa con los datos ingresados, mas un numero de Pre-Solicitud.

2. La empresa inmobiliaria se dirige a las dependencias del SERVIU con los antecedentes, más la hoja impresa de la Pre-Solicitud ingresada a través del Portal.

3. Presenta la Hoja junto a todos los antecedentes requeridos informados en la Pre-Solicitud al Ejecutivo de Pago que atiende empresas.

4. El ejecutivo, busca en la vista de Solicitudes tracking y toma la operación.5. Esto da como resultado que se muestre la misma pantalla que se utiliza hoy

para Solicitudes Múltiples. En caso de problemas en el ingreso los campos se encuentran editables para su corrección.

6. El Ejecutivo de Pago confirma dicha información según los antecedentes presentados, valida la operación e inicia la Solicitud.

7. Esto da como resultado la generación del Nº de Solicitud e imprime la hoja de resultado.

8. Posteriormente el sistema asigna la solicitud dependiendo de las características de esta.

Ventajas del trámite electrónico

• Simplifica y estandariza el trámite.• Disminuye los tiempos de respuesta.• Permite hacer un seguimiento del trámite por Internet• Transferencia bancaria electrónica del pago al interesado, si lo solicita.

121

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a la oficina de Partes del SERVIU correspondiente a la de aplicación del subsidio y entregar expediente con los documentos requeridos para el pago de subsidio habitacional.

• Debe consultar periódicamente en el SERVIU sobre el estado de su solicitud.

• Una vez aprobada la autorización de pago del subsidio, debe acudir a las oficinas de SERVIU y solicitar el cheque de pago de subsidio.

institución

Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU).

¿quién debe realizarlo?

Empresas constructoras, inmobiliarias o agentes habitacionales con registro vigente en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) con derecho a pago de subsidio habitacional, según títulos o tramos.

¿cuándo debe realizarse?

Durante la vigencia del respectivo certificado de Subsidio, 21 meses a partir de su emisión.

¿qué se necesita?

Antecedentes básicos a solicitar, ya que de la revisión puede surgir la necesidad de solicitar otros:• Certificado original debidamente

endosado y firmado. • Copia original de Escritura de

Compraventa con constancia de inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces.

• Recepción final.• Permiso de Edificación• Certificado de Repertorio, si fuere

necesario

¿qué costo tiene?

$0 (en caso de requerir Informe de Calificación Técnica o Certificado de Tasación se exige el pago de 0,5 UF por c/u).

¿dónde se realiza?

A través del portal PagoSubsidios.minvu.cl o en las oficinas de SERVIU.

TRÁMITE 8

122

declaración de inspecciones de instalaciones interiores de gas

¿Qué es?El trámite de declaración de inspecciones a instalaciones interiores de gas permite dejar constancia sobre el resultado de inspección de un inmueble determinado y

saber los datos del inspector responsable de dicha inspección.

¿Cómo se hace?

1. Debe ingresar a la opción “CIIGe” del portal de la SEC (www.sec.cl).

2. El sistema define 3 tipos de usuario: Inspector, Representante Legal y Gerente Técnico. Cada uno de ellos tiene distintas funcionalidades en las distintas etapas del proceso de certificación de instalaciones interiores de gas.

3. En la sección “Inspectores”, ingrese su RUT, contraseña y presione “Ingresar”. Se desplegarán una serie de funciones.

4. En el caso de viviendas nuevas, pinche sobre la opción “Ingresar Certificaciones/Viviendas Nuevas”.

5. Complete los formularios que aparecen en pantalla. Pinche sobre el botón “Guardar” (Viviendas Nuevas) o “Buscar” (Viviendas Usadas) para ir avanzando (si no ha ingresado correctamente los datos requeridos o ha omitido alguno, se volverá a mostrar el formulario detallando, en la parte superior, los datos omitidos y/o los errores).

6. Al finalizar se desplegará la pantalla de mantención de certificaciones, entre las que estará la certificación a ingresar. Para continuar debe presionar sobre el Nº de la certificación.

7. Se desplegará la pantalla de Mantención de la Certificación, que consta de 4 pasos: Paso 1) Declaración del Programa de Inspección; Paso 2) Declaración Datos Estructurales; Paso 3) Declaración de Defectos; Paso 4) Más Datos y Sellos (algunos de estos pasos se inhabilitan en inspecciones sin conductos).

8. Para avanzar en cada paso, presione sobre el botón “Guardar”.

9. Al concluir el último paso, se envía la solicitud de sello al gerente técnico para su aprobación.

10. El gerente técnico debe ingresar al sistema CIIGe con su RUT personal, el de su empresa certificadora y contraseña en la sección “Gerente Técnico”.

11. Al ingresar a la opción “Solicitud de certificado” podrá revisar las solicitudes de aprobación realizadas por los inspectores. Si se desea ver el detalle de la solicitud, presione el botón “Ver”.

12. En esta pantalla, vemos el detalle de la certificación a aprobar. El gerente técnico puede rechazar la solicitud (para lo cual debe ingresar una nota explicativa) o aprobarla.

13. En la última etapa, el representante legal debe ingresar al sistema en la sección “Representante legal”.

14. La opción “Solicitudes” permite revisar las solicitudes realizadas tanto por los inspectores como por los gerentes técnicos. Tras encontrar la certificación a revisar, presione sobre el botón “Ver” y tendrá la opción de revisar solicitud de aprobación para el programa de inspección y solicitud de puesta de sello.

123123

institución

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

¿quién debe realizarlo?

Inspectores de gas, gerentes técnicos y representantes legales autorizados por la SEC para efectuar, a través de una Entidad de Certificación de Instalaciones Interiores de Gas debidamente registrada, la certificación e inspección periódica de instalaciones interiores de gas.

¿cuándo debe realizarse?

• Declaración Programa de Trabajo: 48 horas precedentes a la realización de la certificación o inspección en terreno.

• Declaración Inspección: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la certificación o inspección en terreno.

• Visación Gerente Técnico: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de sello.

• Visación Representante Legal: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de sello aprobada por Gerente Técnico.

¿qué se necesita?

• Estar registrado y autorizado para el uso del sistema.

• Obtener nombre de usuario, contraseña y manual de instrucciones (obténgala en las oficinas de la SEC).

¿qué costo tiene?

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sec.cl

si no tiene acceso a internet

El ingreso de las inspecciones de instalaciones interiores de gas se realiza obligatoriamente a través de Internet, desde el 4 de noviembre de 2002.

15. En el primer caso, aparece el detalle general de la certificación, más el detalle del programa de inspección que se realizará. El representante legal tiene las opciones de aprobar o rechazar este programa. Si desea rechazar, debe explicar el motivo.

16. En el caso de solicitud de puesta de sello, se despliega el detalle de la certificación, con el programa de inspección, datos estructurales, defectos y todos los datos restantes. Acá, el representante legal puede aprobar o rechazar la certificación. Si rechaza la certificación, debe ingresar una glosa explicativa. Si aprueba, se da por terminado el proceso de creación del certificado.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite ingresar la información las 24 horas, los 365 días del año, minimizando trámites y tiempos de procesamiento.

• Evita viajes y disminuye tiempo dedicado a trámites administrativos.• Permite conocer a tiempo la información de defectos críticos detectados.• Posibilita un flujo expedito de información entre las entidades de certificación

y la SEC.

VII

PES

CA

TRÁMITES RELACIONADOSCERTIFICADO DE DESEMBARQUE 126

CONSULTAS DE DESEMBARQUE INDUSTRIAL PARA ARMADORES 128

SOLICITUD DE CONCESIÓN MARÍTIMA DE TÍTULO ONEROSO 130

ACREDITACIÓN DE ORIGEN DE RECURSOS Y PRODUCTOS PESQUEROS (VISACIONES) 134

TRÁMITE 8

126

certificado de desembarque

¿Qué es?Todos los armadores industriales deben informar la cantidad y las especies

desembarcadas, además de otros datos establecidos por reglamento. Estos datos son certificados, durante el desembarque, por una entidad auditora acreditada ante Sernapesca como resultado de un proceso de licitación pública, la que

verifica que lo informado corresponde con lo desembarcado y, si es así, timbra y firma el documento.

¿Cómo se hace?1. Ingrese su nombre de usuario, su contraseña y pinche sobre el botón

“Aceptar”.2. En su Menú de Armador verá varias pestañas: pinche sobre la que dice

“Ingreso Aviso Recalada”.3. El sistema toma de forma automática el nombre del armador que se ha

conectado a la aplicación y la fecha y hora en que se está realizando el aviso.

4. Llene los datos solicitados en las secciones “Datos de Embarcación”, “Datos Recalada” y “Datos Desembarque”.

5. En la sección “Datos Captura”, debe seleccionar la especie de una lista, ingresar la cantidad y pinchar sobre el botón “Agregar”. Repita esta operación por cada especie capturada.

6. Al terminar, debe pinchar el botón “Generar”. En ese momento la aplicación envía un mensaje a la entidad certificadora responsable de certificar el desembarque declarado. Asimismo, en pantalla se despliega un resumen con el registro de la información enviada.

7. Pinche en “Enviar” para volver al menú inicial.8. Posteriormente, usted debe ingresar los datos de desembarque

correspondientes. Para ello, debe pinchar en la pestaña “Ingreso DI” en su Menú de Armador. Aparecerá un listado con aquellos Avisos de Recalada ingresados.

9. Seleccione la recalada que desee informar y presione “Continuar”. La siguiente pantalla muestra un resumen del Aviso de Recalada.

10. En la sección “Datos DI”, pinche en la opción “Agregar”.11. Ingrese los datos que se le solicitan a continuación (Identificación Nave y

Datos DI).12. En la sección “Datos Captura”, debe llenar la información y pinchar sobre

el botón “Agregar” por cada especie capturada.13. Al concluir, debe pinchar el botón “Continuar” y volverá a la pantalla de

ingreso de DI.14. Si se desea asociar otro desembarque industrial al aviso de recalada se

debe accionar el botón “Agregar”. Una vez terminada la asociación de DI al Aviso de Recalada se debe accionar el botón “Continuar” para registrar la información ingresada.

15. Una vez visualizado el resumen, el usuario debe accionar el botón “Continuar”. Volverá al Menú principal, donde deberá pinchar la pestaña “Firma DI”, aparecerá un listado con Avisos de Reclada, donde deberá seleccionar el que correponda y pinchar “Continuar”. La siguiente pantalla

127

institución

Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).

¿quién debe realizarlo?

Armadores industriales.

¿cuándo debe realizarse?

Debe solicitar la presencia de la entidad auditora al menos, dos horas antes de la recalada de cada nave.

¿qué se necesita?

• Entidad auditora del desembarque certificada por Sernapesca.

• Estar registrado para utilizar los servicios en línea de Sernapesca. Para ello, debe rellenar la Solicitud de Ingreso a Sistemas de Tramitación en Línea (descargar en www.sernapesca.cl ingresar en “Formularios”/”Registro Usuarios”/”Formulario Registro Usuarios.xls”) y enviar por fax a Sernapesca (32-819320). Se revisarán sus antecedentes y se le enviará la clave de acceso al mail informado.

• Se le asignará un funcionario tutor que lo capacitará en el uso del sistema.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet:cerberos.sernapesca.cl/sernapesca

si no tiene acceso a Internet

• Con al menos dos horas previas a la recalada de su nave, debe solicitar a su entidad auditora se apersone en el puerto de atraque.

• Debe rellenar el Formulario Estadístico DI-BF con los datos de desembarque.

• El auditor verifica la información que ha entregado. Si es coincidente certifica el formulario.

• Debe acudir a las oficinas de Sernapesca para validarlo con la firma y timbre de recepción de la institución.

refleja el Nº Folio del Aviso de Recalada y el Nº de Folio del Desembarque Industrial, en esta pantalla debe pinchar el botón “Firma”, al desplegarse la pantalla reflejará el Ingreso de Desembarque Industrial con la Firma Responsable, donde tendrá la opción de “Imprimir” y “Enviar” para terminar el proceso de ingreso.

Ventajas del trámite electrónico

• Generación de puntos de autoservicio de los documentos.• Generación automática de los documentos vía Web.• Permite la certificación del 100% de los desembarques industriales.• Genera mayor transparencia de las cuentas corrientes de las cuotas de

captura.

TRÁMITE 8

128

consultas de desembarque industrial para armadores

¿Qué es?Esta ficha es normalmente requerida por los armadores industriales para confirmar sus desembarques y, así, determinar el saldo de su cuota para decidir la operación

de su flota.

¿Cómo se hace?

1. Pinche sobre la opción “Ventanilla Empresa”.

2. En el recuadro a su izquierda, pinche en la opción “Registro de Desembarque Industriales” y, luego, pinche en “Consultar”.

3. Ingrese su nombre de usuario, su contraseña y pinche sobre el botón “Aceptar”.

4. Indique la información requerida mediante las casillas verificadoras y busque la información que necesite mediante los distintos criterios que se presentan (naves, regiones, puertos, pagados, periodos). Pinche en “Ejecutar”.

5. Se desplegará una pantalla con la información requerida.

Ventajas del trámite electrónico

• Oportunidad de información.• Permite la certificación del 100% de los desembarques industriales.• Genera mayor transparencia de las cuentas corrientes de las cuotas de

captura.

129

institución

Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).

¿quién debe realizarlo?

Cualquier persona natural o jurídica que realice actividades pesqueras y de acuicultura.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para utilizar los servicios en línea de Sernapesca. Para ello, debe llenar la Solicitud de Ingreso a Sistemas de Tramitación en Línea (descargar en www.sernapesca.cl, ingresar en “Formularios”/”Registro Usuarios”/”Formulario Registro Usuarios.xls”) y enviar por fax a Sernapesca (32-819320). Se revisarán sus antecedentes y se le enviará la clave de acceso al mail informado.

• Se le asignará un funcionario tutor que lo capacitará en el uso del sistema.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.sernapesca.cl

si no tiene acceso a Internet

• Debe escribir una carta de solicitud de información de desembarque consignando todas las especificaciones de información requerida y el medio en que desea recibirla.

• Envíe la carta vía fax al Departamento de Sistemas de Información y Estadísticas de Pesca de Sernapesca.

• El SIEP recopilará la información y se la enviará por el mismo medio.

TRÁMITE 8

130

solicitud de concesión marítima de título oneroso

¿Qué es?Acto administrativo mediante el cual el Estado, a través del Ministerio de Defensa Nacional - Subsecretaría de Marina, concede el uso particular en cualquier forma,

de las playas y terrenos de playas fiscales dentro de una faja de 80 metros de ancho medidos desde la línea de más alta marea de la costa del litoral; como, asimismo, la concesión de rocas, fondos de mar, porciones de agua dentro y fuera de las bahías; y también las concesiones en ríos o lagos que sean navegables por buques de más

de 100 toneladas, o en los que no siéndolo, siempre que se trate de bienes fiscales, en la extensión en que estén afectados por las mareas, de las playas de unos y otros y de los terrenos fiscales riberanos hasta una distancia de 80 metros medidos desde

donde comienza la ribera.

¿Cómo se hace?

1. En la opción “Simulación de Concesión” se puede dibujar sobre un mapa el área que se desea solicitar, lo que no es obligatorio hacerlo para dar inicio a la tramitación.

2. En la opción “Inicio de Trámite” se deben indicar las características de la concesión que se desea solicitar, entregando el sistema los antecedentes y documentos que debe presentar. Siguiendo la secuencia de la página se ingresarán los datos del solicitante, se debe imprimir la carta en la que se detallan las características de la solicitud y los antecedentes y documentos que se deben acompañar, el formulario de solicitud y el anexo de ayuda correspondiente.

3. Presente el formulario y los antecedentes en las oficinas de la Capitanía de Puerto correspondiente al área de la concesión solicitada.

4. Realice el seguimiento de su solicitud, a través del SIABC, mediante una clave que debe solicitar una vez se ingrese a trámite dicha solicitud, en la opción “Concesiones en trámite”.

Ventajas del trámite electrónico

• Ofrece una visualización geográfica en línea de las concesiones marítimas.• Simula solicitud para ofrecer información oportuna y evitar pérdidas de

tiempo.• Ingresan a trámite sólo aquellas solicitudes que cuenten con todos los

antecedentes y documentos que reglamentariamente se requieren.• Reduce los plazos y simplifica los trámites.• Mantiene al solicitante informado sobre el estado de su solicitud.• Optimiza la fiscalización y control sobre el uso de las concesiones.

131

instituciones

Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DGTM) y Subsecretaría de Marina.

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras con residencia definitiva en el país, interesadas, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

Antecedentes y documentos establecidos en el reglamento de concesiones marítimas.

costo del trámite

El trámite en sí no tiene costo para el solicitante, sólo debe cancelar lo correspondiente al costo de la obtención de los antecedentes y documentos, lo que no es de responsabilidad de las instituciones involucradas en el proceso de tramitación.La concesión involucra el pago de renta y/o tarifa, de acuerdo a lo que se esté solicitando, el que está dispuesto en el reglamento de concesiones marítimas.

¿dónde se realiza?

Internet: www.bordecostero.cl / www.directemar.cl con link en SIABC.

si no tiene acceso a Internet

• Debe concurrir a la Capitanía de Puerto que tiene la jurisdicción del lugar donde se encuentra situado el sector que se desea solicitar y requerir el formulario de solicitud con el anexo de ayuda, crear una casilla de correo electrónico a objeto que pueda recibir en forma adelantada los requerimientos de nuevos antecedentes y seguir la secuencia del proceso.

• Una vez reunidos los antecedentes y documentos que el reglamento dispone, debe presentarse en la Capitanía de Puerto correspondiente para iniciar la tramitación que establece el reglamento de concesiones marítimas.

TRÁMITE 8

132

acreditación de origen de recursos y productos pesqueros (visaciones)

¿Qué es?La visación es el procedimiento mediante el cual Sernapesca acredita en un documento la legalidad del origen de los recursos hidrobiológicos cuando se encuentran sujetos a medidas de administración pesqueras o si provienen de centros de cultivo y de los

productos derivados de éstos, en cumplimiento de la normativa vigente.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese su clave de usuario, su contraseña y haga clic en el botón “Aceptar”. Ingresará al menú principal de “Solicitante Visaciones”.

2. Para poder trabajar en el sistema, debe ingresar en primer lugar información referente a los lugares utilizados para el almacenamiento de sus recursos y productos. Para realizar este procedimiento, debe seleccionar la pestaña “Almacén” y, luego, en “Agregar”.

3. Identifique el establecimiento al cual se está generando la información de almacenes y, posteriormente, ingrese la información del almacén. Luego de ingresar toda la información pinche en “Agregar”, tras lo cual éste queda registrado en el sistema, siendo posible ingresar un nuevo lugar de almacenamiento si lo desea.

4. Una vez ingresados todos los lugares de almacenamiento necesarios, debe confirmar la operación pinchando en “Aceptar”.

5. El siguiente paso es generar una Apertura de Cuenta, en la que declara las existencias para cada uno de sus lugares de almacenamiento previamente. Para ello, pinche en la pestaña “Solicitud de Apertura de Cuenta”.

6. Verifique la información de identificación y en “Declaración de Stock” ingrese la cantidad de mercadería (productos y recursos) que existen a la fecha en el lugar de almacenamiento. Para ingresar el detalle tiene dos opciones: “Recurso”, cuando la mercadería no ha pasado por un proceso de elaboración y “Producto”, cuando sí ha pasado por un proceso de elaboración.

7. Una vez ingresada la información de un recurso o producto, debe activar el botón “Agregar”, pudiendo ingresar luego un nuevo producto o recurso. Al concluir de ingresar toda la información debe pinchar en “Enviar”, con lo cual se activa un mensaje de alerta que recuerda al usuario que se está realizando una declaración jurada. Si está de acuerdo, pinche en “Aceptar” y finalice la declaración pinchando en “Cerrar”.

8. Si se encuentra incorporado al programa SIVA, debe solicitar autorización para un rango de guías de despacho, para el traslado de recursos y productos.

9. Si se encuentra incorporado al programa SIVA, debe definir los rangos de guías de despacho que corresponden a los diferentes centros y plantas. Estas Guías de Despacho deben estar autorizados por Sernapesca e ingresadas al sistema

10. Con esta información ingresada ya es posible solicitar el trámite de visaciones. Para ello, debe ingresar a la pestaña “Solicitud de Visación” del menú principal de “Solicitante de Visaciones”.

11. Ingrese los datos que se le solicitan completar en el formulario que aparece en pantalla y, una vez ingresada toda la información, se activa el botón “Enviar”, con lo cual se despliega un mensaje de alerta que le recuerda que se está realizando una declaración jurada. Si está de acuerdo, pinche en “Aceptar”.

133

institución

Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas que deseen trasladar recursos y productos hidrobiológicos sujetos a medidas de administraciones pesqueras o provenientes de centros de cultivo y los productos derivados de éstos.

¿cuándo debe realizarse?

Debe presentarse una solicitud de visación antes del traslado del recurso o producto, considerando el tiempo suficiente para el proceso correspondiente.

¿qué se necesita?

• Estar registrado para utilizar los servicios Internet que provee Sernapesca. Esto implica tener una clave de usuario autorizado y la contraseña correspondiente.

• Haber recibido la capacitación necesaria para operar la aplicación adecuadamente.

• Disponer de los medios tecnológicos necesarios o tener acceso a éstos.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Se debe ingresar al sitio Web de Sernapesca en www.sernapesca.cl y hacer clic en el icono animado (FLASH) que dice Ventanilla Empresa. En la primera etapa podrán utilizar el sistema aquellos usuarios incorporados al programa SIVA. Durante el año 2006 se habilitará gradualmente para otros usuarios.

Si no tiene acceso a Internet

• Debe acudir a las oficinas de Sernapesca correspondientes a su domicilio comercial.

• Debe solicitar y llenar el formulario “Solicitud de Visación”.

• Debe adjuntar al formulario copia del documento tributario de respaldo (guía de despacho).

• Debe esperar que el documento esté listo y pasar a retirarlo.

12. Si la solicitud cumple con todos los requisitos, verá un aviso de aceptación de la solicitud de visación, junto con un resumen de ésta y la posibilidad de imprimir el comprobante de visación. Este comprobante de visación SIEMPRE deberá acompañar al recurso o producto, durante todo el trayecto del traslado.

13. Cuando Sernapesca requiera un análisis de la solicitud de visación, se despliega un aviso de “Visación en Verificación”. La decisión definitiva de la institución se le informará vía correo electrónico.

14. Cuando se determine que se debe sellar se despliega un mensaje de “Visación Requiere Sellado”.

Ventajas del trámite electrónico

• Generación automática de los documentos.• Unifica criterios en la aplicación de controles.• Racionaliza los requerimientos y documentos solicitados.• Disminuye tiempos de tramitación.

VII

GEN

ERAL

ES

TRÁMITES RELACIONADOSINSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO (CHILECOMPRA) 138

SOLICITUD DE CRÉDITO PARA LA MICROEMPRESA 139

POSTULACIÓN A CRÉDITOS DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO 140(CRÉDITOS CORFO)

CERTIFICADOS Y SOLICITUDES PARA ASOCIACIONES GREMIALES Y MARTILLEROS 142

ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA DE 144 COOPERATIVAS

ENCUESTAS PERIÓDICAS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA 146

REGISTRO DE SERVICIOS TURÍSTICOS 148

CERTIFICADO DE ANOTACIONES DE MULTAS DEL TRÁNSITO NO PAGADAS 150

CERTIFICADO DE ANOTACIONES VIGENTES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS 151

CONCESIÓN DE SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN SONORA 152

SOLICITUD DE CONCESIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS DE 154TELECOMUNICACIONES

SOLICITUD Y MODIFICACIÓN DE PERMISO DE SERVICIOS LIMITADOS DE 156TELECOMUNICACIONES

TRÁMITE 8

136

inscripción en registro de proveedores del estado (chilecompra)

institución

Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra).

¿quién debe realizarlo?

Empresarios con giro en el SII interesados en ser proveedores del Estado.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Casilla de correo electrónico.• Acceso a Internet.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.chilecompra.cl

si no tiene acceso a internet

Este trámite se realiza 100% sobre plataforma Internet.

¿Qué es?ChileCompra es el sistema de compras y contratación de bienes y servicios del

sector público, una plaza de negocios administrada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, que permite el encuentro de compradores públicos con los proveedores del Estado. Mediante la inscripción en el registro de proveedores del Estado de ChileCompra, cualquier persona o empresa, nacional y extranjera puede

acceder y participar en las oportunidades de negocio que representa la demanda de bienes y servicios por parte del Estado.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Proveedor Nuevo: Inscríbase aquí”, del sitio web de ChileCompra, www.chilecompra.cl

2. Ingrese sus datos en el formulario en pantalla.

3. En la sección “Selección de Rubros”, pinche en el botón “Seleccionar rubros”. Se desplegará una ventana nueva en la que debe buscar los rubros de negocios en los que desee participar. Marque las casillas verificadoras de cada rubro y pinche en “Agregar seleccionados”, cuando termine de seleccionar.

4. Al finalizar de completar el formulario, debe declarar aceptar las condiciones de uso del sistema (léalas pinchando en la opción “Condiciones Generales de Uso”), marcando la casilla verificadora junto a la opción correspondiente.

5. Pinche en el botón “Finalizar registro”.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite acceso al sistema las 24 horas del día, los 365 días del año.• Permite máxima transparencia en el proceso de compras públicas.• Facilita el proceso de compras públicas.• Permite acceso a negocios con el Estado.

137137

• Tener a lo menos un año de antigüedad en el funcionamiento de la microempresa y buenos antecedentes comerciales.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.bancoestado.cl

si no tiene acceso a internet

En horarios de oficina (de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas y sábados de 9:00 a 14:0) puede solicitar el crédito vía telefónica al número 600 200 6000, atendido por una asistente comercial.

¿Qué es?Consiste en el otorgamiento de un financiamiento de corto o mediano plazo para satisfacer necesidades de capital de trabajo, equipos, máquinas y renovación de vehículo, orientado a la microempresa. Adicional al crédito, el microempresario puede optar a una amplia gama de productos financieros, tales como medios de pago (cuenta vista, cuenta corriente, tarjeta de crédito), financiamiento para el

mejoramiento de calidad de vida (vivienda, educación superior), seguros (salud, vida, empresa protegida) e inversiones (fondos mutuos).

¿Cómo se hace?1. Ingrese en la opción “Microempresas” (dependiendo de la configuración de su

navegador, puede que no sea necesario este paso).2. Al pasar el puntero por sobre la opción “Créditos” del menú “Productos y Servicios”

se despliega una lista. Pinche sobre la opción “Crédito Microempresas” o el producto que desea solicitar.

3. Infórmese sobre las características del producto y si es de su interés, pinche sobre “Solicite este Producto”.

4. Ingrese la información que se le requiere (para información sobre cómo llenar el formulario de postulación, pinche sobre “instrucciones de llenado”).

5. Si fue solicitado en horario de oficina, en menos de 4 horas un ejecutivo de BancoEstado se comunicará con usted para informarle sobre el resto del proceso.

Ventajas del trámite electrónico

• No requiere ir al banco.• Atención inmediata: evita filas.• Puede realizarse desde cualquier lugar del país e, incluso, desde el extranjero.• Flexibilidad de elección sobre cómo, cuándo y dónde operar con el banco.• Atención 24 horas, los 365 días del año.

institución

BancoEstado.

quién debe realizarlo

Personas naturales que desarrollen alguna actividad comercial formal o informal.Personas jurídicas que deseen optar a un crédito bancario.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Ser microempresario (ventas inferiores a 2.400 UF anuales).

TRÁMITE 8solicitud de crédito para la microempresa

TRÁMITE 8

138

postulación a créditos del programa de financiamiento (créditos corfo)

¿Qué es?Mediante sus Líneas de Financiamiento, CORFO ofrece a las micro, pequeñas y

medianas empresas, alternativas de financiamiento en condiciones especiales de plazos, costos y garantías. Para optimizar los recursos, la entidad opera como banca

de segundo piso, otorgando estos recursos a través de intermediarios financieros como bancos, cooperativas de ahorro y crédito, empresas de factoring y otras entidades del sistema financiero para que los canalicen a los clientes finales, aprovechando

su cobertura territorial, así como su experiencia y capacidad para analizar y asumir riesgos. El usuario puede solicitar información a CORFO sobre sus líneas de

financiamiento y condiciones generales, pero la solicitud de crédito debe realizarla el beneficiario directamente a uno de estos intermediarios financieros. Si el intermediario aprueba la solicitud, la remite a CORFO para que posteriormente le envíe la respectiva aprobación y transfiera los recursos del uso de recursos. La institución intermediaria

solicita los recursos a CORFO quien, en caso de aprobarse la operación, realiza el giro al intermediario y, finalmente, éste le hace llegar los fondos al usuario final.

¿Cómo se hace?Debe seguir el proceso de crédito que cada intermediario tiene a disposición de sus clientes. Por otra parte, actualmente se encuentra en operación el sistema de intermediación financiera en línea entre Corfo y los intermediarios. Próximamente se habilitará un módulo de atención a usuarios con asesoría, consultas y simulador en línea, así como módulo de bolsa de proyectos. Infórmese en www.corfo.cl.

Ventajas del trámite electrónico

• Reducción de los tiempos de respuesta.• Simulación previa del crédito.• Aumento en la capacidad de resolución de solicitudes.• Reducción de costos por errores.

139

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de CORFO y solicitar información de las líneas de producto para las cuales se otorga financiamiento.

• Debe cotizar con los distintos intermediarios financieros la mejor alternativa de tasas de interés y condiciones del crédito.

• Luego, debe plantear su solicitud de crédito directamente a este intermediario.

• Si el intermediario aprueba su solicitud, la remite a CORFO para que le envíe la aprobación del uso de recursos.

• La entidad intermediaria, posteriormente, solicita los recursos a CORFO que, en caso de aprobarse la operación, realiza el giro al intermediario y, finalmente, éste le hace llegar los fondos al usuario final.

institución

Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).

¿quién debe realizarlo?

Depende de la línea de financiamiento a utilizar y de la fase del proceso. Primero debe realizarlo el empresario en la institución intermediaria y profesionales. En una segunda fase el tramité lo realiza en intermediario con CORFO.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

Depende de la línea de financiamiento a utilizar y del intermediario operador.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Actualmente se encuentra en operación el sistema IFEL de intermediación financiera en línea entre CORFO y los intermediarios. Próximamente se habilitará un módulo de atención a usuarios con asesoría, consultas y simulador de elegibilidad en línea, así como módulo de bolsa de proyectos. Infórmese en www.corfo.cl. Pero el trámite de solicitud formal y curse del crédito al empresario se realiza en las oficinas de la institución intermediaria.

TRÁMITE 8

140

certificados y solicitudes para asociaciones gremiales y martilleros

¿Qué es?La Unidad de Asociaciones Gremiales y Martilleros (UAGM) es la encargada de llevar el registro público de las más de 5.000 asociaciones gremiales y de los

cerca de 2.000 martilleros inscritos en todo el país. En relación con este registro tanto las asociaciones gremiales como los martilleros públicos deben actualizar su información, requieren certificados para diversos fines (p.ej. solicitudes de créditos bancarios) y varios organismos tanto públicos como privados, solicitan información

del estado de la actividad de estos entes, sus datos más relevantes y otros.

¿Cómo se hace?

1. En la sección “Usuarios Registrados”, ingrese su correo electrónico en el campo Usuario, su clave secreta en el campo Password y pinche en “Ingresar”.

2. Seleccione la opción “Trámites” y pinche sobre aquél que desees realizar.

3. Llene el formulario que se desplegará a continuación indicando el tipo de certificado o de solicitud que requiere.

4. Para buscar la asociación o martillero en cuestión, ingrese su No de registro o alguna palabra de su nombre que la identifique y pinche sobre la lupa. Seleccione la entidad desde el listado que se desplegará.

5. Presione el botón “Enviar”.

6. Se desplegará un comprobante de trámite con un No que servirá para seguir el estado del mismo en la página web (opción “Seguimiento Trámites”).

7. En su casilla electrónica recibirá un correo de la UAGM que le informará sobre la emisión del certificado, al que podrá acceder pinchando en el enlace señalado.

Ventajas del trámite electrónico

• Solicitud puede realizarse las 24 horas del día. • Disminuye tiempos de tramitación.• Elimina barrera regional de atención de clientes.• Facilita acceso a los ciudadanos para la formación y participación en

asociaciones gremiales.• Mantiene los registros públicos tanto de las asociaciones gremiales como de

los martilleros permanentemente disponibles.• Permite conocer el estado de las tramitaciones por Internet.• Incorpora firma electrónica avanzada

141

si no tiene acceso a internet

• Debe llenar los formularios de trámite o redactar una solicitud en el que consten al menos: N° de registro y/o nombre de martillero o asociación gremial, nombre, cédula de identidad, domicilio, no telefónico y e-mail del solicitante, así como los datos para el envío o notificación (si retira personalmente, envío por correo electrónico o envío por correo tradicional).

• Debe presentar dicha solicitud en la Oficina de Partes del Ministerio de Economía de Santiago o en las Secretarías Regionales Ministeriales de Economía, Fomento y Reconstrucción o remitirla vía fax.

institución

Subsecretaría de Economía (Unidad de Asociaciones Gremiales y Martilleros).

¿quién debe realizarlo?

Miembros de asociaciones gremiales, martilleros públicos, personas naturales y jurídicas relacionadas con ellos y, en general, cualquier tercero que requiera información.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• Clave secreta (la que se obtiene en el mismo sitio, www.registromartilleros.cl ó www.asociacionesgremiales.cl).

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.registromartilleros.cl ó www.asociacionesgremiales.cl

TRÁMITE 8

142

actualización de información financiera y administrativa de cooperativas

¿Qué es?A través de este trámite las cooperativas pueden hacer ingreso de la información

financiera (balances generales y estados de situación trimestrales) y administrativa (resultados juntas generales y constitución de consejos) que legalmente deben

remitir al Departamento de Cooperativas de la Subsecretaría de Economía.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese su nombre de usuario (RUT cooperativa) y clave secreta en el recuadro “Sólo Cooperativas” del sitio web del Departamento de Cooperativas (www.coopchile.cl).

2. Seleccione el tipo de información que desea remitir.

3. Las cooperativas de ahorro y crédito pueden llenar el formulario (ficha estadística) en línea y enviar mediante la opción correspondiente. Si lo desea también puede bajar el formulario en formato Excel, llenarlo en su PC y enviarlo al e-mail del Departamento de Cooperativas ([email protected]).

4. El resto de cooperativas pueden bajar del sitio web la ficha estadística correspondiente a su rubro, en formato Excel, llenarla en su PC y enviarla al correo electrónico del Departamento de Cooperativas ([email protected]).

5. Luego debe enviar por correo certificado los antecedentes de respaldo correspondientes.

6. Para el envío de la información administrativa cuenta con la opción de llenar el formulario en línea o bajarlo, llenarlo en su PC y enviarlo al correo electrónico del Departamento de Cooperativas ([email protected]).

Ventajas del trámite electrónico

• Simplificación de actuales procedimientos.• Disminuye tiempos de tramitación.• Elimina la barrera regional de atención de clientes.• Mantiene registro público actualizado y facilita el envío de información desde

las cooperativas.

143

institución

Subsecretaría de Economía (Departamento de Cooperativas).

¿quién debe realizarlo?

Miembros de cooperativas que requieran actualizar o certificar esta información.

¿cuándo debe realizarse?

Balance General: hasta el 30 de abril de cada año.Balances Trimestrales: hasta el 30 de Abril, 30 de julio, 30 de octubre y 30 de enero.Información Administrativa (Actas de Juntas Generales y Actas de Constitución de Consejo: hasta 20 días después de realizada la Junta General.

¿qué se necesita?

• Clave secreta (obténgala en el mismo sitio web del Departamento de Cooperativas, www.coopchile.cl opción “Solicite su clave”).

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.coopchile.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas del Departamento de Cooperativas en Santiago (Agustinas 1022, Piso 4°, oficinas 410-420) o a los Seremis de Economía de las capitales regionales en horas de oficina y solicitar el formato correspondiente.

• Debe adjuntar a su solicitud la documentación correspondiente, según sea el caso.

TRÁMITE 8

144

encuestas periódicas de actividad económica

¿Qué es?Periódicamente empresas de distinto tamaño y sector deben proporcionar al INE información pertinente que permite generar diversas estadísticas e indicadores

económicos requeridos por diversas instituciones públicas para la toma de decisiones y control. Facilitar la información solicitada por el INE es una obligación exigida por la ley, así como también la obligación del INE de mantener reserva de

sus fuentes de información.Las encuestas disponibles para llenar en línea son:• Encuesta Nacional Industrial• Índice de Producción y Ventas Físicas• Índice de Competitividad Regional• Encuestas Anuales de Comercio, Servicios y Turismo• Índice de Bienes de Consumo• Encuesta Mensual de Ventas de Supermercado• Encuesta Mensual a Mataderos de Aves• Encuesta Mensual a Mataderos de Ganado• Encuesta Mensual de Generación y Distribución de Energía Eléctrica• Encuesta Mensual de Molienda de Trigo• Encuesta Sobre Costo de la Mano de Obra y Remuneraciones• Encuesta Anual PYMES• Encuesta Mensual de Producción Minera y Metalúrgica• Encuesta Mensual de Establecimientos de Alojamiento Turístico• Encuesta Mensual de Plazas de Peaje• Encuesta Anual de Vehículos de Circulación

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la sección “Captura de Información en Línea” o “Formularios Empresas” del sitio web del INE (www.ine.cl).

2. Pinche sobre la encuesta que le corresponda llenar.

3. Ingrese su código de usuario (ROL), contraseña y pinche sobre “Ingresar Encuesta”.

4. El formulario de la encuesta se desplegará para que pueda proceder a su llenado.

5. También puede contestar la encuesta sin necesidad de estar continuamente conectado a Internet. Para ello, avance a la última página del formulario y seleccione la opción denominada “Bajar Encuesta”.

Ventajas del trámite electrónico

• Minimiza tiempo de desarrollo de respuestas.• Evita errores en la digitación (capacidad de validación en línea)• Aumenta seguridad y confidencialidad de la información.• Facilita la entrega de información.• Reduce los tiempos de procesamiento al mejorar la calidad de la información

disponible y su oportunidad.

145

¿dónde se realiza?

Internet: www.ine.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe contestar el formulario de una encuesta ya sea llenando un formulario o contestando una entrevista personal o telefónica.

• En caso de llenar una encuesta, debe enviarla por fax o correo.

instituciónInstituto Nacional de Estadística (INE).

¿quién debe realizarlo?

A solicitud de la institución.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud de la institución.

¿qué se necesita?

• Clave de acceso a los formularios electrónicos del INE (debe solicitarla a su analista INE).

costo del trámite

$ 0.

TRÁMITE 8

146

registro de servicios turísticos

¿Qué es?Los empresarios turísticos solicitan a Sernatur que incorpore en su página web o

folletería, la información o actualización de su oferta de temporada.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese en la opción “Regístrese”.

2. Llene el formulario que aparece en pantalla y haga clic en “Enviar”.

3. Recibirá un e-mail acusando recibo de su registro.

4. En los 5 días hábiles siguientes, Sernatur revisará los datos ingresados para verificar que su empresa esté legalmente constituida y, si cumple con dicho requisito, le asignará una clave de acceso y un nombre de usuario.

5. Vuelva al portal de Sernatur (www.sernatur.cl) y con la clave asignada ingrese en la sección “Usuarios Registrados”.

6. Llene su Ficha de Prestador de Servicios Turísticos (dispone de 5 días hábiles para completar este registro.

7. Dicha información será validada por Sernatur y publicada en nuestro sitio web en un plazo máximo de 6 días hábiles.

8. Tenga en consideración que una vez registrado, deberá actualizar su información periódicamente. Este proceso se comunicará vía e-mail.

Ventajas del trámite electrónico

• Centraliza la información sobre oferta turística del país.• Permite realizar la solicitud en forma remota.• Actualiza la información dinámicamente, conforme los empresarios lo

soliciten.

147

institución

Servicio Nacional de Turismo (Sernatur).

¿quién debe realizarlo?

Personas naturales o jurídicas que deseen informar sobre su oferta turística en el portal de Sernatur u otros medios de información.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

Registro y clave secreta (se obtiene en el mismo sitio).

costo del trámite

$ 0.

dónde se realiza

Internet: www.sernatur.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de Sernatur correspondientes a su domicilio comercial y solicitar el formulario de Registro de Servicios Turísticos.

• Debe llenar el formulario y adjuntar copia de su patente municipal.

• Su información será incorporada a la brevedad.

• Para actualizar dicha información deberá repetir el procedimiento.

TRÁMITE 8certificado de anotaciones de multas del tránsito no pagadas

148

institución

Registro de Multas de Tránsito.

¿quién debe realizarlo?

Interesados en adquirir un vehículo usado.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

• N° de placa patente del vehículo a consultar.

• Pago en línea: estar registrado como usuario en MisCuentas.com o cuenta corriente bancaria habilitada para operar por Internet con Servipag.

costo del trámite

0,119 UF.

¿dónde se realiza?

Internet: www.rmnp.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe acudir a las oficinas de los centros de pago Sencillito o a la delegación del Automóvil Club de Chile más cercana a su domicilio y solicitar un Certificado de Anotaciones de Multas No Pagadas.

• Debe entregar el N° de placa patente del vehículo a certificar y pagar el arancel correspondiente.

¿Qué es?Este certificado le indica si su vehículo registra multas morosas. Las multas morosas posteriores al 30 de noviembre de cada año no impiden la emisión del permiso de circulación del año siguiente. Es recomendable obtener este certificado previo a la

compra de cualquier vehículo usado.

¿Cómo se hace?

1. Pinche en la opción “Certificado de Anotaciones” del sitio web del Registro de Multas de Tránsito, www.rmnp.cl

2. Ingrese el N° de patente del vehículo sin espacios, puntos ni dígito verificador.

3. Presione en “Agregar al carro”. Si requiere más certificados de otras patentes, presione en “Seguir Comprando”.

4. Pinche en “Continuar” y elija el método de pago.

5. Siga las instrucciones en pantalla para pagar el certificado y obtenerlo.

Ventajas del trámite electrónico

• Permite obtener certificado las 24 horas del día, los 365 días del año.• Facilita acceso a información relevante en toma de decisiones.• Evita sorpresas a la hora de obtener el permiso de circulación de vehículos

usados.

149

TRÁMITE

149

certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados

instituciónServicio de Registro Civil e Identificación.

¿quién debe realizarlo?Personas naturales o jurídicas interesadas en conocer los datos de dominio de un vehículo (compradores de un vehículo usado, etc.).

¿cuándo debe realizarse?A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?• Identificación de la placa patente única.• Estar registrado en el sitio de pagos

Miscuentas.com o haber adquirido una tarjeta Línea Propia de Telefónica CTC Chile (con saldo suficiente) o tener cuenta corriente de alguna de las instituciones con convenio con el sitio de pagos Servipag (BCI/TBanc, Banco de Chile/Edwards, Scotiabank).

costo del trámite$ 902.

¿dónde se realiza?Internet: www.registrocivil.cl

si no tiene acceso a internet• Debe acudir a cualquier oficina del

Registro Civil en horario de atención a clientes y solicitar el Certificado de Anotaciones Vigentes de Vehículos Motorizados.

• Debe señalar la placa patente del vehículo a certificar.

• Debe pagar el arancel correspondiente al certificado, el que se entrega inmediatamente.

¿Qué es?Documento que certifica las anotaciones vigentes de cualquier vehículo inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados. El certificado contiene los datos que identifican

al vehículo, nombre y número de RUN o RUT de su actual propietario (lo mismo que de los anteriores), limitaciones actualmente vigentes al dominio, otras anotaciones

marginales a la inscripción y solicitudes en trámite.

¿Cómo se hace?1. Ingrese en la opción “Certificados para imprimir en línea”, de la sección “Servicios en

línea/Venta de certificados”, del sitio web del Registro Civil, www.registrocivil.cl2. Seleccione el certificado que desea, pinchando en la opción “Anotaciones Vigentes

Vehículos Motorizados”.3. Ingrese la placa patente del vehículo a certificar, marque la casilla “Solicitar” y presione

sobre “Agregar al carro”.4. Si desea seguir adquiriendo otros certificados, pinche en “Seguir comprando”. Si

desea concluir su adquisición, presione “Continuar”.5. Debe ingresar sus datos como solicitante del certificado y presionar “Confirmar”.6. Seleccione el método de pago a utilizar y siga las instrucciones en pantalla, dependiendo

de éste.

Ventajas del trámite electrónico

• Agilización del trámite.• Permite obtener información en línea de un vehículo desde Internet.• Esta opción se encuentra disponible las 24 horas del día los 7 días de la semana.• Ahorro de tiempo y dinero al evitar desplazarse a alguna Oficina del Servicio

de Registro Civil e Identificación.• Permite imprimir el certificado desde su casa, lugar de trabajo o cualquier otro

que tenga acceso a Internet.

8

TRÁMITE 8

150

concesión de servicios de radiodifusión sonora

¿Qué es?Los servicios de radiodifusión o de libre recepción son aquellos destinados a la recepción libre y directa por el público en general. La autorización para la

instalación, operación y explotación de un servicio de radiodifusión sonora requiere de una concesión otorgada por Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones, a través de un concurso público.

¿cómo se hace?

1. Una vez abiertas las postulaciones a concurso para concesión de servicios de radiodifusión sonora, ingrese a la opción “Solicitudes en Línea” del sitio web de la SUBTEL (www.subtel.cl).

2. Pinche sobre la opción “Servicio de Radiodifusión Sonora de Libre Recepción”.

3. Baje, pinchando sobre el enlace correspondiente, la Planilla de Cálculo de Zona de Servicio que le permitirá realizar los cálculos necesarios para rellenar el formulario de postulación.

4. Pinche sobre el tipo de postulación a concurso de radiodifusión que desee (AM, FM, Mínima Cobertura o Onda Corta).

5. Llene el formulario en pantalla, valídelo y envíelo a SUBTEL.

6. Según los requerimientos de las bases del concurso respectivo deberá acudir a las oficinas de SUBTEL o SEREMITT con los antecedentes solicitados.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la SUBTEL.• Permite hacer un seguimiento del estado de la solicitud.• Mejora la información disponible para los interesados en obtener una

concesión.

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institución

Subsecretaría de Telecomunicaciones (UBTEL).

¿quién debe realizarlo?

Personas jurídicas de derecho público o privado (sociedades, organizaciones comunitarias, municipales, iglesias, etc.), constituidas en Chile y con domicilio en el país y cuyos representantes legales sean chilenos y que estén interesadas en la obtención de una concesión de radiodifusión sonora en una determinada localidad.

¿cuándo debe realizarse?

Según lo señalado en bases de concurso respectivo. Los llamados a concurso se realizan los días 15 (o día hábil siguiente) de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.

¿qué se necesita?

En www.subtel.cl en la opción “TRAMITE DE AUTORIZACIONES”, Ud. encontrará un completo manual que le permitirá conocer en detalle los distintos procedimientos, pasos y documentos que es necesario presentar para obtener una autorización de servicios de telecomunicaciones, como también las distintas etapas del proceso y los documentos que se generan. Asimismo, encontrará un tutorial que le permitirá realizar un ejercicio de tramitación de acuerdo a sus necesidades.En la dirección anterior también encontrará una herramienta de apoyo, que le permitirá estar al tanto del estado de entrega y tramitación de la documentación que es emitida por la División Concesiones de la Subsecretaría de Telecomunicaciones como parte del proceso de autorización.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.subtel.cl

si no tiene acceso a internet

• Una vez abiertas las postulaciones a concurso para concesión de servicios de radiodifusión sonora, debe acudir a las oficinas de SUBTEL o SEREMITT y comprar las bases del concurso público.

• Durante el periodo de consultas puede realizar todas las consultas a las bases, ya sean de tipo técnicas o legales. Las respuestas a todas las consultas estarán disponibles en el plazo establecido en las oficinas de SUBTEL o SEREMITT.

• SUBTEL recibirá las solicitudes de concesión, en la fecha y hora indicadas en las bases del concurso y procederá a la apertura pública de éstas, en la fecha y hora indicada en las bases.

• Tras la evaluación de las solicitudes aceptadas, SUBTEL emite un primer informe de evaluación en el que notifica los puntajes y reparos a cada una (se abre un proceso de respuesta a los posibles reparos encontrados).

• Mediante un oficio, SUBTEL notifica a los participantes el resultado de la revalidación, el puntaje final y el estado en que queda su postulación.

TRÁMITE 8

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TRÁMITE 8solicitud de concesión de servicios públicos e intermediosde telecomunicaciones

¿Qué es?La instalación, operación y explotación de un servicio público e intermedio de

telecomunicaciones requiere de una concesión otorgada por Decreto Supremo del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Existen dos tipos de concesión: con y sin concurso público. En el caso de servicios normados y con disponibilidad para el ingreso de nuevos concesionarios, el trámite se lleva a cabo sin concurso público (Otorgamiento Directo). Por el contrario, para que SUBTEL llame a concurso debe existir previamente una norma técnica para el servicio solicitado, que sólo permita

otorgar un número limitado de concesiones. Se procederá de igual manera en aquellos casos en que, en virtud de una solicitud de concesión, SUBTEL estime que debe

emitirse una norma técnica para el servicio respecto del cual se solicita la concesión.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Solicitudes en Línea” del sitio web de la SUBTEL (www.subtel.cl).

2. En caso de servicios públicos, pinche sobe la opción “Servicios Públicos de Telecomunicaciones”. En caso de servicios intermedios, pinche sobre “Servicios Intermedios de Telecomunicaciones”

3. Pinche sobre el tipo de solicitud a efectuar, marque las casillas verificadoras de cada opción y rellene los campos de información que vayan apareciendo. Avance mediante el botón “Continuar”.

4. Finalmente, rellene el formulario con sus datos legales y técnicos y pinche sobre el botón “Grabar”.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la SUBTEL.• Permite solicitar los permisos remotamente.• Permite hacer un seguimiento del estado de la solicitud.

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institución

Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).

¿quién debe realizarlo?

Personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile y con domicilio en el país, interesadas en obtener una concesión de servicio público o intermedio de telecomunicaciones.

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

En www.subtel.cl en la opción “TRAMITE DE AUTORIZACIONES”, Ud. encontrará un completo manual que le permitirá conocer en detalle los distintos procedimientos, pasos y documentos que es necesario presentar para obtener una autorización de servicios de telecomunicaciones, como también las distintas etapas del proceso y los documentos que se generan. Asimismo, encontrará un tutorial que le permitirá realizar un ejercicio de tramitación de acuerdo a sus necesidades.En la dirección anterior también encontrará una herramienta de apoyo, que le permitirá estar al tanto del estado de entrega y tramitación de la documentación que es emitida por la División Concesiones de la Subsecretaría de Telecomunicaciones como parte del proceso de autorización.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.subtel.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe presentar una carta de Solicitud de Otorgamiento o

Modificación de una Concesión de Servicio Público o Intermedio de Telecomunicaciones, debidamente firmada, dirigida a S.E. el Presidente de la República, en la Oficina de Partes de SUBTEL o en la SEREMITT de la región respectiva.

• Junto a la carta debe adjuntar un proyecto técnico (según Esquema para el Desarrollo de un Proyecto Técnico) con el detalle pormenorizado de las instalaciones y operación de la concesión, el tipo de servicio, la zona de servicio, plazos para la ejecución de las obras e iniciación del servicio– y un proyecto financiero (según Normativa para Confección de Proyecto Financiero), debidamente respaldado, relativo exclusivamente a la instalación, operación y explotación de la concesión.

• El proyecto debe ser firmado por un ingeniero o técnico especialista en telecomunicaciones.

• En caso de ausencia de normativa vigente para el servicio, SUBTEL le hará llegar un oficio informándole que la concesión solicitada no cuenta con normativa técnica y, por lo tanto, quedará en estado de espera.

• En caso que sí exista la normativa y que se requiera concurso público para otorgar la concesión, SUBTEL le hará llegar un oficio informándole que la concesión solicitada será otorgada como resultado de un concurso público. Este concurso determinará las bases a seguir para postular a él.

• Si no se da ninguno de los casos anteriores, el proceso se tramita como Otorgamiento Directo. En este caso, si todos los antecedentes son correctos, SUBTEL le informará que debe publicar su solicitud y, posteriormente, emitirá el decreto de concesión que también deberá ser publicado. Usted deberá, entonces, solicitar a SUBTEL la recepción de obras con 30 días de anticipación, como mínimo, de la fecha de inicio de servicio establecida en el decreto.

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TRÁMITE 8

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¿Qué es?La autorización para la instalación, operación y explotación de un servicio limitado de

telecomunicaciones requiere de un permiso otorgado por SUBTEL, mediante resolución exenta. Las empresas interesadas deben presentar antecedentes del proyecto en que se

utilizará, para que se estudie y resuelva si se concede el permiso total o parcial.

¿Cómo se hace?

1. Ingrese a la opción “Solicitudes en Línea” del sitio web de la SUBTEL (www.subtel.cl).

2. Pinche sobre la opción “Servicios Limitados de Radiocomunicaciones”.

3. Pinche en las pestañas superiores sobre el tipo de servicio que desea efectuar: Licencia de Banda Local, Servicios Limitados o Servicios de Corta Duración.

4. En caso de Banda Local, pinche sobre la opción de solicitud o modificación, según corresponda. Ingrese el número de estaciones, pinche en “Ingresar” y llene el formulario en pantalla. Al concluir, pinche sobre el botón “Grabar”.

5. En caso de Servicios de Corta Duración, pinche sobre la opción de solicitud y seleccione el N° de regiones, según banda, para el servicio. Pinche en “Ingresar” y llene el formulario en pantalla. Al concluir, pinche sobre el botón “Grabar”.

6. En caso de Servicios Limitados, pinche sobre la opción de solicitud. Llene los campos de información y marque las casillas verificadoras de cada opción que se le soliciten y avance mediante el botón “Continuar”. Finalmente, llene el formulario con sus datos legales y técnicos y pinche sobre el botón “Grabar”.

Ventajas del trámite electrónico

• Evita acudir innecesariamente a oficinas de la SUBTEL.• Permite solicitar los permisos remotamente.• Permite hacer un seguimiento del estado de la solicitud.

TRÁMITEsolicitud y modificación de permiso de servicios limitados de

telecomunicaciones 8

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Las solicitudes deben ser firmadas por el solicitante o su representante legal y un ingeniero o técnico de la especialidad.

• Dicha solicitud debe presentarse en dos carpetas destinadas al estudio técnico y legal, respectivamente, del proyecto.

• Ambas carpetas deben incluir: Solicitud (Formulario SL-1), Diagrama del Sistema (Formulario SL-2), Plan de Frecuencias (Formulario SL-3) y Descripción de Estaciones (Formulario SL-4).

• La carpeta técnica debe incluir, además, los antecedentes técnicos adicionales que procedan. Mientras la carpeta legal debe incluir los antecedentes legales que procedan.

• Además, el solicitante debe redactar una carta de Justificación del Sistema y adjuntar los catálogos de equipos y antenas.

• Dependiendo de la banda y el segmento de frecuencias en la cual se ubique la(s) frecuencia(s) solicitada(s), SUBTEL verifica si corresponde a una asignación de la banda de Servicio Limitado o no. Si no es así, le informa al solicitante que la solicitud contiene frecuencias que deben ser asignadas para lo cual la solicitud quedará en estudio o llamará a concurso.

• En caso que la(s) frecuencia(s) estén dentro de la banda de Servicio Limitado, y en un plazo de 60 días hábiles, se emitirá una resolución exenta, por la cual otorgará o modificará el permiso o, en su defecto, lo rechazará, dando a conocer las razones en este último caso.

• En caso de otorgamiento, los permisionarios deben solicitar la recepción de obras a SUBTEL con 30 días hábiles de anticipación, como mínimo, antes de la fecha de inicio de servicio establecida en la resolución que autorizó el permiso o la modificación.

institución

Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).

¿quién debe realizarlo?

Todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con las exigencias señaladas en la legislación vigente (Apéndice VI de la Resolución Exenta N° 352 de 1985).

¿cuándo debe realizarse?

A solicitud del interesado.

¿qué se necesita?

En www.subtel.cl en la opción “TRAMITE DE AUTORIZACIONES”, Ud. encontrará un completo manual que le permitirá conocer en detalle los distintos procedimientos, pasos y documentos que es necesario presentar para obtener una autorización de servicios de telecomunicaciones, como también las distintas etapas del proceso y los documentos que se generan. Asimismo, encontrará un tutorial que le permitirá realizar un ejercicio de tramitación de acuerdo a sus necesidades.En la dirección anterior también encontrará una herramienta de apoyo, que le permitirá estar al tanto del estado de entrega y tramitación de la documentación que es emitida por la División Concesiones de la Subsecretaría de Telecomunicaciones como parte del proceso de autorización.

costo del trámite

$ 0.

¿dónde se realiza?

Internet: www.subtel.cl

si no tiene acceso a internet

• Debe presentar una solicitud en la Oficina de Partes de SUBTEL o en la SEREMITT de la región respectiva.

ÍNDICEpor ámbito

Creación de empresas iniciación de actividades persona jurídica y otro tipo de organizaciones 6 iniciación de actividades persona natural 8 solicitud de autorización sanitaria para establecimientos de alimentos 10 informe sanitario 12 solicitud de calificación de actividad industrial 14 registro de marcas 16 modificar y actualizar información de contribuyentes 18 declaración de término de giro 20

Exportaciones/Importaciones tramitación electrónica de declaración única de salida (dus) 24 modificación o anulación de declaración única de salida (dus) 26 tramitación del ivv y cierre de ciclo con dus legalizado 27 certificado de libre venta 28 certificado de registro sanitario de productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas 30 certificación sanitaria de productos pesqueros de exportación 32 certificación de partidas de exportación agrícola 34 certificación sanitaria de productos pecuarios 36 tramitación electrónica de declaración de ingreso (din) 38 modificación de declaración de ingreso (din) 40 certificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición para 42

productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas certificado de destinación aduanera para productos alimenticios 46 autorización de uso y disposición de productos importados 48 manifiesto internacional de carga / documento de tránsito aduanero (mic/dta) 50 pago de derechos de aduana 52 solicitud de crédito fiscal 54 reintegro de derechos aduaneros (leyes n°18.708/88 y n°19.420/95) 56

Tributarios declaración o rectificación de iva, ppm y retenciones 60 declaración o rectificación de renta 62 declaración y pago en formulario 50 64 declaración o rectificación de información de terceros (declaración jurada) 66 pago de contribuciones (bienes raíces) 68 certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces 69 certificado de avalúo fiscal 70 certificado de deuda fiscal 71 factura de exportación electrónica 72 timbraje de rollos para máquinas registradoras 74 timbraje y emisión de boletas de honorarios 76 timbraje y emisión de facturas 78 certificado de renta por prestaciones de fonasa 80 Laborales / Previsionales declaración y pago de imposiciones (inp) 84 solicitud de condonación de deuda previsional (inp) 85 cálculo de intereses y gravámenes de cotizaciones atrasadas 86 certificado previsional (empleador - inp) 87 pago de multas por infracción a la normativa laboral 88 constancias laborales 89 carta de aviso de despido 90

propuesta de finiquito 92 autorización de centralización de documentación laboral 94 autorización de sistema de jornada de trabajo y descanso excepcional 96 registro de comités paritarios de higiene y seguridad 98 autorización de actividades de capacitación (ingreso de cursos otec) 100 comunicación y liquidación de acciones de capacitación (vía otec) 102 certificado de participantes en acciones de capacitación (programa contratación de aprendices) 104 Medioambientales declaración o estudio de impacto ambiental (e-seia) 108 declaración de emisiones atmosféricas 110 declaración de residuos industriales sólidos (ris) 112 aprobación de plan de manejo de bosque 114

Construcción visación del certificado de desratización 118 certificado de contratistas 120 pago de subsidio habitacional (constructoras-inmobiliarias) 122 declaración de inspecciones de instalaciones interiores de gas 124

Pesca certificado de desembarque 128 consultas de desembarque industrial para armadores 130 solicitud de concesión marítima de título oneroso 132 acreditación de origen de recursos y productos pesqueros (visaciones) 134

Generales inscripción en registro de proveedores del estado (chilecompra) 138 solicitud de crédito para la microempresa ( bancoestado) 139 postulación a créditos del programa de financiamiento (créditos corfo) 140 certificados y solicitudes para asociaciones gremiales y martilleros 142 actualización de información financiera y administrativa de cooperativas 144 encuestas periódicas de actividad económica 146 registro de servicios turísticos 148 certificado de anotaciones de multas del tránsito no pagadas 150 certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados 151 solicitud de concesión de servicios de radiodifusión sonora 152 solicitud de concesión de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones 154 solicitud y modificación de permiso de servicios limitados de telecomunicaciones 156

Próximamente solicitud de concesión acuicola inscripción de vehículos nuevos en registro de vehículos motorizados licencia médica electrónica modificación de flota o eliminación de vehículo de permiso originario (permiso internacional de

transporte de carga) permiso originario (permiso internacional de transporte de carga)

ÍNDICEalfabético

1 acreditación de origen de recursos y productos pesqueros (visaciones) 134

2 actualización de información financiera y administrativa de cooperativas 144

3 aprobación de plan de manejo de bosque 114

4 autorización de actividades de capacitación (ingreso de cursos otec) 100

5 autorización de centralización de documentación laboral 94

6 autorización de sistema de jornada de trabajo y descanso excepcional 96

7 autorización de uso y disposición de productos importados 48

8 cálculo de intereses y gravámenes de cotizaciones atrasadas 86

9 carta de aviso de despido 90

10 certificación de partidas de exportación agrícola 34

11 certificación sanitaria de productos pecuarios 36

12 certificación sanitaria de productos pesqueros de exportación 32

13 certificado de anotaciones de multas del tránsito no pagadas 150

14 certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados 151

15 certificado de avalúo fiscal 70

16 certificado de contratistas 120

17 certificado de desembarque 128

18 certificado de destinación aduanera para productos alimenticios 46

19 certificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición para 42 productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas

20 certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces 69

21 certificado de deuda fiscal 71

22 certificado de libre venta 28

23 certificado de participantes en acciones de capacitación (programa contratación de aprendices) 104

24 certificado de registro sanitario de productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas 30

25 certificado de renta por prestaciones de fonasa 80

26 certificado previsional (empleador - inp) 87

27 certificados y solicitudes para asociaciones gremiales y martilleros 142

28 comunicación y liquidación de acciones de capacitación (vía otec) 102

29 constancias laborales 89

30 consultas de desembarque industrial para armadores 130

31 declaración de emisiones atmosféricas 110

32 declaración de inspecciones de instalaciones interiores de gas 124

33 declaración de residuos industriales sólidos (ris) 112

34 declaración de término de giro 20

35 declaración o estudio de impacto ambiental (e-seia) 108

36 declaración o rectificación de información de terceros (declaración jurada) 66

37 declaración o rectificación de iva, ppm y retenciones 60

38 declaración o rectificación de renta 62

39 declaración y pago de imposiciones (inp) 84

40 declaración y pago en formulario 50 64

41 encuestas periódicas de actividad económica 146

42 factura de exportación electrónica 72

43 informe sanitario 12

44 iniciación de actividades persona jurídica y otro tipo de organizaciones 6

45 iniciación de actividades persona natural 8

46 inscripción en registro de proveedores del estado (chilecompra) 138

47 manifiesto internacional de carga / documento de tránsito aduanero (mic/dta) 50

48 modificación de declaración de ingreso (din) 40

49 modificación o anulación de declaración única de salida (dus) 26

50 modificar y actualizar información de contribuyentes 18

51 pago de contribuciones (bienes raíces) 68

52 pago de derechos de aduana 52

53 pago de multas por infracción a la normativa laboral 88

54 pago de subsidio habitacional (constructoras-inmobiliarias) 122

55 postulación a créditos del programa de financiamiento (créditos corfo) 140

56 propuesta de finiquito 92

57 registro de comités paritarios de higiene y seguridad 98

58 registro de marcas 16

59 registro de servicios turísticos 148

60 reintegro de derechos aduaneros (leyes n°18.708/88 y n°19.420/95) 56

61 solicitud de autorización sanitaria para establecimientos de alimentos 10

62 solicitud de calificación de actividad industrial 14

63 solicitud de concesión de servicios de radiodifusión sonora 152

64 solicitud de concesión de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones 154

65 solicitud de concesión marítima de título oneroso 132

66 solicitud de condonación de deuda previsional (inp) 85

67 solicitud de crédito fiscal 54

68 solicitud de crédito para la microempresa ( bancoestado) 139

69 solicitud y modificación de permiso de servicios limitados de telecomunicaciones 156

70 timbraje de rollos para máquinas registradoras 74

71 timbraje y emisión de boletas de honorarios 76

72 timbraje y emisión de facturas 78

73 tramitación del ivv y cierre de ciclo con dus legalizado 27

74 tramitación electrónica de declaración de ingreso (din) 38

75 tramitación electrónica de declaración única de salida (dus) 24

76 visación del certificado de desratización 134

ÍNDICEpor institución ejecutora

AUTORIDAD SANITARIA REGIÓN METROPOLITANA (SERVICIOS DE SALUD) 1 autorización de uso y disposición de productos importados 48 2 certificado de destinación aduanera para productos alimenticios 463 certificado de libre venta 284 declaración de emisiones atmosféricas 1105 declaración de residuos industriales sólidos (ris) 1126 informe sanitario 127 solicitud de autorización sanitaria para establecimientos de alimentos 108 solicitud de calificación de actividad industrial 149 visación del certificado de desratización 118

BANCOESTADO 10 solicitud de crédito para la microempresa 139

COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (CONAMA) 11 declaración o estudio de impacto ambiental (e-seia) 108

CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN (CORFO) 12 postulación a créditos del programa de financiamiento (créditos corfo) 140

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL (CONAF) 13 aprobación de plan de manejo de bosque 114

DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 14 registro de marcas 16

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN DEL ESTADO (CHILECOMPRA) 15 inscripción en registro de proveedores del estado (chilecompra) 138

DIRECCIÓN DEL TRABAJO 16 autorización de centralización de documentación laboral 9417 autorización de sistema de jornada de trabajo y descanso excepcional 9618 carta de aviso de despido 9019 certificado de contratistas 12020 constancias laborales 8921 pago de multas por infracción a la normativa laboral 8822 propuesta de finiquito 9223 registro de comités paritarios de higiene y seguridad 98

FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA) 24 certificado de renta por prestaciones de fonasa 74

INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (INP) 25 cálculo de intereses y gravámenes de cotizaciones atrasadas 8626 certificado previsional (empleador - inp) 8727 declaración y pago de imposiciones (inp) 8428 solicitud de condonación de deuda previsional (inp) 85

INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE (ISP) 29 certificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición para productos 42

farmacéuticos, cosméticos y pesticidas30 certificado de registro sanitario de productos farmacéuticos, cosméticos y pesticidas 30

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS (INE) 31 encuestas periódicas de actividad económica 146

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO (MINVU) 32 pago de subsidio habitacional (constructoras-inmobiliarias) 122

REGISTRO DE MULTAS DE TRÁNSITO 33 certificado de anotaciones de multas del tránsito no pagadas 150

SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO (SAG) 34 certificación de partidas de exportación agrícola 3435 certificación sanitaria de productos pecuarios 36

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (SII) 36 certificado de avalúo fiscal 7037 declaración de término de giro38 declaración o rectificación de información de terceros (declaración jurada) 6639 declaración o rectificación de iva, ppm y retenciones 6040 declaración o rectificación de renta 6241 declaración y pago en formulario 50 6442 facturación de exportación electrónica 7243 iniciación de actividades persona jurídica y otro tipo de organizaciones 644 iniciación de actividades persona natural 845 modificar y actualizar información de contribuyentes 1846 timbraje de rollos para máquinas registradoras 7547 timbraje y emisión de boletas de honorarios 7648 timbraje y emisión de facturas 78

SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - RNVM 49 certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados 151

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS 50 manifiesto internacional de carga / documento de tránsito aduanero (mic/dta) 5051 modificación de declaración de ingreso (din) 4052 modificación o anulación de declaración única de salida (dus) 2653 tramitación del ivv y cierre de ciclo con dus legalizado 2754 tramitación electrónica de declaración de ingreso (din) 3855 tramitación electrónica de declaración única de salida (dus) 24

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO (SENCE) 56 autorización de actividades de capacitación (ingreso de cursos otec) 10057 certificado de participantes en acciones de capacitación (programa contratación de aprendices) 10458 comunicación y liquidación de acciones de capacitación (vía otec) 102

SERVICIO NACIONAL DE PESCA (SERNAPESCA) 59 certificación sanitaria de productos pesqueros de exportación 5260 acreditación de origen de recursos y productos pesqueros (visaciones) 13461 certificado de desembarque 12862 consultas de desembarque industrial para armadores 130

SERVICIO NACIONAL DE TURISMO (SERNATUR) 63 registro de servicios turísticos 148

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA 64 actualización de información de cooperativas 14465 certificados y solicitudes asociaciones gremiales y martilleros 142

SUBSECRETARÍA DE MARINA 66 solicitud de concesión marítima de título oneroso 132

SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES (SUBTEL) 67 solicitud de concesión de servicios de radiodifusión sonora 15268 solicitud de concesión de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones 15469 solicitud y modificación de permiso de servicios limitados de telecomunicaciones 156

SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES (SEC) 70 declaración de inspecciones de instalaciones interiores de gas 124

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 71 certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces 6972 certificado de deuda fiscal 7173 pago de contribuciones (bienes raíces) 6874 pago de derechos de aduana 5275 reintegro de derechos aduaneros (leyes n°18.708/88 y n°19.420/95) 5676 solicitud de crédito fiscal 54