Guia de acto juridio - incompleta

download Guia de acto juridio - incompleta

of 13

Transcript of Guia de acto juridio - incompleta

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    1/13

    Derecho civil Conjunto de normas que regulan las situaciones jurdicas y las relaciones comunes del ser humano

    en relacin con su personalidad, patrimonio, de familia y sucesin hereditariaContenido sistemtico del Derecho Civil

    Plan romano. Instituciones

    de ayo

    Personas

    !atrimonio, filiacin, patria potestad, legitimacin y adopcin

    Bienes

    Propiedad, posesin, servidum"res personales #usufructo, uso, ha"itacin$, servidum"res reales

    #paso, acueducto, visitas$, o"ligaciones #contratos$ sucesiones y donaciones.

    Acciones

    %cciones de ley, procedimiento formulario y procedimiento e&traordinarioPlan franc's. Cdigo

    napolenico

    Ttulo preliminar

    ("ligatoriedad de la ley, m"ito de vigencia y orden p)"lico.

    Las personas y relaciones familiares

    !atrimonio, filiacin, atri"utos #nom"re, domicilio$, patria potestad y tutela.

    Los bienes

    *a propiedad, adquisicin y p'rdida

    Las acciones

    +sta"lecer y defender los derechos controvertidosPlan germano dogmtico de

    -ingny. Cdigo alemn

    Disposiciones generales

    %cto jurdico

    Bienes

    Propiedad, posesin, derechos reales

    ObligacionesDerechos personales o de cr'dito, contratos

    Familia

    !atrimonio, filiacin, divorcio, patria potestad, tutela

    Sucesiones

    *iquidacin del patrimonio despu's de la muerte.

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    2/13

    Cdigo civil para el D Libro primero:De las personas

    I. Personas fsicasII. Personas moralesIII. Del domicilioI/. Del registro civil y la familia/. !atrimonio/I. Parentesco y alimentos/II. iliacin

    /III. Patria potestadI0. De la tutela0. De la emancipacin y la mayora de edad0I. De los ausentes e ignorados

    Libro segundo:De los "ienes

    I. Disposiciones preliminaresII. Clasificacin de los "ienesIII. De la posesinI/. De la propiedad/. Del usufructo, del uso y de la ha"itacin/I. De las servidum"res

    /II. De la prescripcin/III. De los derechos de autor

    Libro tercero: De las sucesiones

    I. Disposiciones preliminaresII. De la sucesin por testamentoIII. De la forma de los testamentosI/. De la sucesin legtima/. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legtima

    Libro cuarto:De las o"ligaciones

    Primera parte1 de las o"ligaciones en general

    I. uentes de las o"ligacionesII. !odalidades de las o"ligacionesIII. De la transmisin de las o"ligacionesI/. +fectos de las o"ligaciones/. +&tincin de las o"ligaciones

    egunda parte1 de las diversas especies de contratos

    I. Contratos preparatoriosII. Compra2ventaIII. De la permutaI/. De las donaciones/. Del mutuo

    /I. Del arrendamiento/II. Del comodato/III. Del depsito y del secuestroI0. Del mandato0. Del contrato de prestacin de servicios0I. De las asociaciones y de las sociedades0II. De los contratos aleatorios0III. De la fian3a0I/. De la prenda0/. De la hipoteca0/I. De las transacciones

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    3/13

    4ercera parte1

    I. De la concurrencia y prelacin de los cr'ditosII. Del registro p)"lico

    Eoluci!n "ist!rica del Derec#o $iil desde %oma #asta el $!digo &apole!n

    *ey de las 0II 4a"las %5o 678 %.C.

    Interpretativo '( )us ciile* 9espondere #consultas ver"ales a los jurisconsultos$2 Cauere #posi"les soluciones a un caso especfico "ocetos, la"or interpretativa de los

    jurisconsultos$2 %gere #e&posicin de los hechos de manera e&plicativa ante los jueces$, surge el principio

    :dame los hechos yo te dar' el derecho;.Imperio '( $ostumbre

    +( Ley* Constituciones imperiales #normas especiales que dictan los emperadores durante su gestin

    o imperio para completar el derecho. +dicta

    !andata Decreta 9estricta

    2Decadencia del derecho

    #invasiones$

    '( Leyes romano*b,rbaras

    Derecho Indianoistema poca colonial '( Legislaci!n general de Espa4a y sus colonias2 Cdigo %larico #/isigodo$2 uero 9eal2 uero

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    4/13

    2 ?ueva y ?ovsima 9ecopilacin2 !andamiento del Concilio de 4rento+( Leyes propias para la &uea Espa4a* *eyes de Indias* 9eal (rdenan3a de Intendentes.( $onstituci!n de $,di35 '6'+

    >poca independiente '( Leyes priadas espa4olas #asta '678+( Leyes de reforma '679*'69..( Leyes sobre atrimonio5 %egistro $iil5 '678;( $!digos $iiles e* Cdigo civil de (a&aca, @A8A* Cdigo civil de Bacatecas, @A8* Cdigo civil de

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    5/13

    %contecer de las fuer3as de la naturale3a que conllevan consecuencias jurdicas sin la participacin

    del hom"re, que generan derechos y o"ligaciones. Por ejemplo, incendios, derrum"es o terremotos.

    *a muerte, el nacimiento o alguna discapacidad.

    "ec#o #umano

    Puede ser intencional o accidental. Produce efectos jurdicos aunque la voluntad del hom"re no los

    haya deseado. *a actuacin voluntaria puede estar dirigida a o"tener un resultado puramente material

    o determinadas consecuencias jurdicas.

    2 /oluntario #no intencionales$2 Involuntario2 Ilcito

    e clasifica en penal y civil. +l penal puede ser intencional o no. 9especto al civil, puede ser

    contractual #con pena convencional$ o e&tracontractual #cualquiera que contravenga a la

    norma jurdica o que se encuentre en el Cdigo Civil$9elacin jurdica Hna ve3 reali3ado el hecho o acto jurdico, se produce la relacin necesaria con las consecuencias

    previstas en la norma, nace el vnculo o"ligatorio, el derecho su"jetivo o el estado jurdico, y el sujetopasivo queda o"ligado al cumplimiento.

    +s un vnculo de derecho que e&iste entre dos personas entre las cuales una denominada acreedor

    est facultada para e&igirle a otra denominada deudor, el cumplimiento de una o"ligacin. urge de

    hechos jurdicos.

    Por medio de la sancin se garanti3a la o"ligacin jurdica.%cto jurdico +s el hecho encaminado deli"eradamente a la produccin, modificacin, transmisin o e&tincin de

    derechos su"jetivos y o"ligaciones.

    +s el hecho humano voluntario encaminado intencionalmente a producir consecuencias previstas por

    el derecho.

    +s una manifestacin e&terior de voluntad, "ilateral o unilateral, cuyo o"jeto directo es engendrar,

    fundado en una regla de Derecho o una institucin jurdica, en contra o en favor de varias personas,

    un estado, una situacin jurdica permanente y general o un efecto jurdico limitado que se reduce a la

    formacin, modificacin o e&tincin de una relacin de derecho.

    2 /oluntad e&presa y deli"erada2 Difiere del hecho jurdico por que interviene la voluntad2 %contecimiento en el que interviene la voluntad del hom"re dirigida e&presamente a producir

    las consecuencias de la norma jurdica2 Producen estado amiliar Poltico Civil

    2 Producen relacin jurdica #convenios$Clasificaciones del acto

    jurdico

    '( /nilateral o plurilateral2 Hnilaterales1 la voluntad depende de una de las partes, por ejemplo, la donacin y el

    testamento.2 ilaterales1 interviene la voluntad de dos o ms personas, por ejemplo, la compra venta y el

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    6/13

    arrendamiento.

    +( ortiscausa o )nterios =tienen efectos despu0s y antes de la muerte>2 !ortiscausa1 tiene efectos despu's de la muerte, por ejemplo, el testamento2 Intervivos1 tiene efectos antes de la muerte, por ejemplo, cualquier tipo de contrato.

    .( Atribuci!n patrimonial y no atribuci!n patrimonial* %tri"ucin patrimonial, gestin de negocios #se encomienda a una persona a que incremente

    el patrimonio de una persona$ mandato* ?o atri"ucin patrimonial,;( Oneroso y gratuito2 (neroso1 e&iste el pago de una contraprestacin, por ejemplo, compraventa y arrendamiento.2 ratuito1 no e&iste el pago de una contraprestacin, por ejemplo, el comodato7( Lcito e ilcito* *icito. +lemento de valide3 de los contratos. Cele"rar los actos jurdicos conforme lo

    esta"lecen las normas civiles.* Ilcito1 /a en contra de las disposiciones que normal la materia civil.

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    7/13

    Elementos de e

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    8/13

    De derecho1 el que recae en los efectos o el alcance de la norma jurdica aplica"lec$ Dolo1 mentira, enga5o o simulacin, intencin deli"erada de perjudicar o da5ar injustamente

    a alquienJ es toda accin que persiga esa finalidad. +l CCD lo define como cualquier

    sugestin o artificio que se emplea para inducir a error o mantener en 'l a alguno de los

    contratantes, ya sea por una de las partes o por un tercero sa"i'ndolo aqu'lla.d$ !ala fe1 disimulacin del error de uno de los contratantes una ve3 conocido. Para el CCD

    hay mala fe cuando, conociendo el error en que se encuentra la otra parte, no se le hace

    sa"ere$ *esin1 cualquier da5o, perjuicio o detrimento.

    . *icitud en el o"jeto motivo o fin

    Para que el acto jurdico sea e&istente y vlido, el o"jeto de"e reunir ciertos requisitos1 e&istir en la

    naturale3a, ser determinado o determina"le en cuanto a su especie y estar en el comercio. ?o de"e

    ser contrario a las leyes de orden p)"lico #derecho p)"lico y privado$ ni a las "uenas costum"res

    #moral social imperante en determinados tiempo y lugar$.

    6. orma

    Conjunto de requisitos o manifestaciones e&ternas determinados por la ley, con los que de"e

    acompa5arse o revertirse la e&presin de la voluntad en los actos jurdicos. Puede ser ver"al, por

    escrito o por signos inequvocos o tcitamente.

    Forma expresa

    a$ /er"al ante testigos

    "$ /er"al ante funcionario p)"licoc$ +scrita en documento privadod$ +scrita en documento privado ante testigose$ +scrita en documento privado y ratificada ante funcionariosf$ +scrita en documento privado y registrada o depositada en un registro oficialg$ +scrita en documento p)"lico ante notario p)"lico, jue3 o funcionario administrativoh$ +scrita en documento p)"lico y con testigosi$ +scrita en documento p)"lico con testigos y registrada

    Forma tcita

    e manifiesta por hechos o actos que hacen suponer indu"ita"lemente que e&iste esa voluntad.

    La oluntad5 el ob-eto5 y los icios del consentimiento(*a voluntad

    @. Consentimiento o voluntad

    +s la manifestacin de voluntades concordantes o de una sola voluntad. Dicha voluntad puede ser1 a$

    unilateral #testamento$, "$ "ilateral #compraventa$ y plurilateral #la sociedad civil$.

    *a manifestacin de la voluntad en el acto jurdico de"e ser e&terna y corresponder a una voluntad

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    9/13

    real.

    Requisitos de la voluntad:

    a$ Kue su manifestacin tenga la intencin de producir efectos de derecho"$ Kue esa intencin se dirija a producir consecuencias respecto de una persona determinada a

    esta"lecer un vnculo o"ligatorio con determinado sujetoc$ Kue la norma jurdica recono3ca los efectos deseados por el autor o autores del acto.

    8. ("jeto

    +s la creacin de una relacin de derecho, de un vnculo o"ligatorio consistente en de"eres jurdicos

    y derechos su"jetivos. eg)n el CCD, es la cosa que el o"ligado de"e dar o el hecho que de"e

    hacer o no hacer.

    a$ Directo o inmediato1 ("ligacin2vnculo.

    i$ Derecho su"jetivo1 9elacin jurdica #particular$, situacin jurdica #concreta$.ii$ De"er jurdico1 +stado jurdico #Permanente, a"stracta y general$.

    Constituye la cosa que el o"ligado de"e dar, o el hecho que de"e hacer o no hacer, que com)nmente

    se consideran como las cosas o servicios que son materia de las o"ligaciones.

    olo pueden ser o"jeto del acto jurdico las cosas que e&istan en la naturale3a #aquellas fsicamente

    posi"les, aunque en un momento dado no se haya producido, pero que puede producirse como cosas

    futuras$, ya sean determinadas #suscepti"le de identificacin$ o determina"les en cuanto a su especie,

    y que est'n en el comercio #significa la posi"ilidad de lograr una apropiacin individual$, esto es, los

    "ienes apropia"les y los servicios que no sean contrarios a la ley ya las "uenas costum"res.

    . olemnidad

    +s la forma a la que la t'cnica jurdica y la legislacin han llevado a tal categora. *a voluntad de"e

    e&presarse en la forma esta"lecida por la ley para que e&ista el acto.

    on las frmulas, formas, e&presiones y autoridades determinadas. +stas disposiciones se

    encuentran en la ley para la cele"racin de ciertos actos jurdicos.

    /icios del consentimiento 2 Incapacidad2 /iolencia2 *esin, error, dolo y mala fe

    )nalide3 e ineficacia del Acto urdico5 y la Teora cl,sica de las nulidadesC )ne

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    10/13

    e considera que el acto jurdico es inefica3 cuando no logra la finalidad que el autor o las partes

    pretendieron o"tener al reali3arlo.

    Caractersticas de la Ineficacia

    @. alta de un elemento esencial del acto8. /iolacin de un mandato legal #nulidad a"soluta o de pleno derecho$. /icio o defecto en los elementos del acto #anula"ilidad o nulidad relativa$6. *esin o perjuicio posterior a la cele"racin #recisin$E. /oluntad de las partes o del autor #revocacin unilateral y resolucin convencional$

    4eora clsica de las

    nulidades

    Roma

    e conoci la nulidad como sancin al acto reali3ado en contra de un mandamiento legal, pues se

    deca que todo acto que fuera en contra de una disposicin de derecho civil era como si no se hu"iera

    reali3ado, era la nada jurdica, no produca efecto legal alguno.

    a$ *a nulidad de pleno derecho o de derecho civil no permita que el acto produjera efectos,

    poda invocarla cualquiera que tuviera inter's

    "$ *a nulidad pretoriana, se "asa"a en el inter's de proteger al incapa3 o al que actua"a con

    vicios en su voluntad, requera declaracin judicial

    Edad media periodo intermedio en derec!o franc"s

    a$ %nula"ilidad, requera accin o e&cepcin del interesado y la declaracin judicial."$ %l igual que en roma, e&isti la nulidad de pleno derecho

    En el si#lo $I$

    a$ Ine&istencia1 aunque por sus efectos equivala a la nulidad de pleno derecho, en su ra3n no

    corresponda a su contenido.

    %octrina clsica francesa

    a$ Ine&istencia"$ ?ulidad

    c$ %nula"ilidad1 de"e esta"lecerse por sentencia

    %octrina de &ulien 'onnecase

    a$ ?ulidad a"soluta12 /a en contra de una disposicin de orden p)"lico2 Puede invocarla cualquiera que tenga inter's2 ?o se convalida por ratificacin o por prescripcin, pues, por ser un acto ilcito, ni la voluntad

    ni el tiempo purgan este vicio

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    11/13

    2 Por lo que se refiere a sus efectos, normalmente los produce el acto en forma provisional2 9equiere la declaracin judicial para destruir sus efectos retroactivamente"$ ?ulidad relativa1 se funda en consideraciones de equidad en "eneficio de afectados

    particularesJ no es violatoria del orden p)"lico sino del inter's privado, pero no se opone a la

    nulidad a"soluta, pues "asta que le falte alguna de las notas de 'sta para que se considere

    relativa. 9equiere declaracin judicial y produce efectos provisionales.

    Teoras tripartita y bipartita del &egocio urdico( $omparatio entre las teoras francesa y alemana(

    4eora francesa o "ipartita "ec#os -urdicos stricto sensu

    on la reali3acin del supuesto normativo y pueden a"arcar no slo un hecho, sino tam"i'n una serie

    de ellos1 naturales o humanos, voluntarios o involuntarios. Puede ser un acto jurdico

    Actos -urdicos

    +&isten tanto la voluntad como la intencin de crear, modificar y e&tinguir consecuencias de derecho1

    derechos su"jetivos y o"ligacionesJ es decir, se origina en la voluntariedad.4eora tripartita o talo2

    germana

    "ec#o -urdico

    *o plantea como un suceso natural, ya sea un hecho de la naturale3a o del hom"re pero sin la

    intervencin de su voluntad.

    Acto -urdico

    %ctividad humana voluntaria a la que la norma atri"uye consecuencias jurdicas, las desee o cono3ca

    el autor, o las ignore o rechace1 se crean con su voluntad o contra ella.

    &egocio -urdico

    %cto lcito, siempre voluntario y consciente, con la intencin de hacer actuar a la norma para que se

    produ3can los efectos previstos?egocio jurdico $riterios para distinguir el negocio -urdico del acto -urdico

    a$ u carcter privado, es decir, una voluntad de particulares, no autoridades.!ientras que los actos jurdicos se pueden clasificar en p)"licos y privados seg)n el carcter

    del sujeto que emite la declaracin de voluntad, el negocio jurdico es siempre de carcter

    privado, aunque en 'l intervenga alguna autoridad que lo autentifique."$ u aspecto normativo, es decir, su calidad de regla de conducta entre las partes. La la

    sapiencia popular ha"a definido al contrato, tpico negocio jurdico, como la ley entre las

    partes.

    4odos los negocios jurdicos son actos jurdicos, pero no todos los actos jurdicos pueden

    considerarse negocios jurdicos.

    Patrimoniales1 Puros y mi&tos #me3clando con familiares o de la personalidad$ ?o patrimoniales1 ?egocios de familia y negocios del estado civil o de la personalidad

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    12/13

    odalidades del Acto urdico: La condici!n suspensia y resolutoria5 el modo o carga y el pla3o o t0rmino(

    on los hechos que pueden afectar al acto jurdico en cuanto a la e&igi"ilidad de las o"ligaciones que genera o en cuanto al

    nacimiento o e&tincin de la misma o"ligacinCondicin suspensiva Cuando el acontecimiento futuro e incierto sucede o no sucede, y de su reali3acin depende el

    nacimiento de la o"ligacin y no slo su e&igi"ilidad. 9eali3ada la condicin, se torna e&igi"le la

    o"ligacin retroactivamente y el acto pasa a ser puro y simple.

    i la condicin no se reali3a, la o"ligacin no llega a nacerJ pero si es imputa"le al deudor que esosuceda, se tendr por cumplida. 4am"i'n se tendr por cumplida cuando el o"ligada a efectuarla haya

    empleado todos los medios necesarios para cumplirlaCondicin resolutoria Cuando el hecho futuro e incierto se esta"lece para poner fin a los efectos del acto, esto es, para

    e&tinguir la o"ligacin. *a o"ligacin nace y es e&igi"le como en el acto puro y simple, pero al

    cumplirse la condicin, la o"ligacin se e&tingue y las cosas de"en volver al estado que tenan antes

    de cele"rarse el acto jurdico que les dio origen.!odo o carga Consiste en la imposicin accesoria distinta de la condicin que se hace recaer en una de las partes o

    en el adquirente de un techo. 4am"i'n considera una modalidad, aun cuando no afecta el nacimiento,

    la e&igi"ilidad ni la e&tincin de una o"ligacin.

    +s una prestacin que se esta"lece en los contratos gratuitos o en la sucesin a cargo del "eneficiario

    y en favor de la contraparte o de tercerosJ en ella, una de las partes impone a otra cierta prestacin o

    gravamen.

    e distingue de la condicin en que ni el nacimiento ni la e&tincin de la o"ligacin dependen de ello,

    aunque sea un acontecimiento futuro.

    *a carga puede ser de carcter econmico o personal.Pla3o o t'rmino Pla3o constituye el espacio de tiempo y t'rmino el final del pla3o que las partes, la ley o el jue3 fijan

    para reali3ar determinados actos jurdicos o para que se produ3can sus efectos.

    +s el acontecimiento futuro de reali3acin cierta.

    a$ Convencional

    Cuando las partes lo esta"lecen de com)n acuerdo

    "$ *egal

    Cuando lo fija la ley o una norme igualmente o"ligatoria

    c$

  • 7/25/2019 Guia de acto juridio - incompleta

    13/13

    +l pla3o o t'rmino puede ser a da cierto o a da incierto

    a$ uspensivo1 es aquel de cuyo cumplimiento depende la e&igi"ilidad de la o"ligacin. 4iene

    por o"jeto diferir los efectos del acto jurdico hasta la llegada del acontecimiento futuro y

    cierto. Define la e&igi"ilidad de la o"ligacin hasta que tenga lugar el suceso futuro y cierto"$ 9esolutorio1 es aquel que lleva consigo la e&tincin o la caducidadJ es e&tintivo de la

    o"ligacin que naci e&igi"le y se alarga en el tiempo hasta la llegada del t'rmino que lepone fin.

    $oncepto de persona y sus diferencias entre personalidad5 capacidad y legitimaci!n( El &asciturus como su-eto de derec#o

    y su regulaci!n(

    Persona urdico

    ujeto de derechos y o"ligaciones, el ente al que el orden jurdico confiere la capacidad para que le

    puedan ser imputadas las consecuencias de derecho.

    Filos!fica

    +&presin de la esencia del ser humano, del individuo humano, esencia que no puede ser captada en

    el mero campo de la ontologa1 ms "ien es consegui"le en la interseccin de este campo con el de la

    'tica.

    Sociol!gica

    !iem"ro de un grupo, es el individuo humano que desempe5a un papel social en la vida en

    comunidad de acuerdo con la cultura que lo ha condicionado para tal finalidad

    Psicol!gica

    +s la esencia concreta de cada individuo humano, la cual constituye el resultado de la ntima

    com"inacin de varios tipos de ingredientes.PersonalidadCapacidad*egitimacin?aasciturus