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COLEGIO DE LOS PROFESIONALES DE LA CONSEJERÍA EN REHABILITACIÓN CPCR-PR GUÍA DE LA REVISTA PROFESIONAL INCLUSIÓN Revista Profesional del Colegio de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación DESARROLLADA Y ADMIMISTRADA POR LA COMISIÓN DE PUBLICIDAD DEL CPCR-PR Revisado Noviembre / 2013

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COLEGIO DE LOS PROFESIONALES DE LA CONSEJERÍA EN REHABILITACIÓN

CPCR-PR

GUÍA DE LA REVISTA PROFESIONAL

INCLUSIÓN Revista Profesional del Colegio de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación

DESARROLLADA Y ADMIMISTRADA POR LA

COMISIÓN DE PUBLICIDAD DEL CPCR-PR

Revisado Noviembre / 2013

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TABLA DE CONTENIDO

Introducción

3

Misión

4

Visión

4

Objetivos

4

Público al que va Dirigida la Revista Profesional

5

¿Por qué Publicar?

5

Asuntos Ético

6

Contenido

10

Junta Editora

11

Política de Presentación de los Artículos

12

Criterios de Publicación

14

Política de Publicación

15

Selección de los Artículos a Publicar

18

Estructura de la Revista

18

Derechos de Autor

19

Personal

20

Contacto

20

Referencias

20

Anejos

21

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3

INTRODUCCIÓN

La Comisión de Publicidad del Colegio de los Profesionales de la Consejería en

Rehabilitación (CPCR) de Puerto Rico, Inc. tiene entre sus mandatos orientar a los/las

colegiados/as y a la comunidad en general sobre asuntos relacionados a la profesión y al campo

amplio de la rehabilitación. Este mandato responde a la responsabilidad que tiene el CPCR de

fomentar el desarrollo continuo de sus miembros para beneficio de la población a la que sirve.

Entre las diversas herramientas con las que cuenta el CPCR para fomentar este desarrollo se

encuentran el publicar una revista profesional que contemple temas pertinentes a la teoría y

práctica de la Consejería en Rehabilitación.

La revista profesional Inclusión busca proveer al lector información pertinente al

ejercicio de la profesión de Consejería en Rehabilitación y campos relacionados. Ésta, procura

enfatizar la integración del peritaje profesional y los datos científicos provenientes de las

diversas ramas relacionadas al ámbito de la rehabilitación. Su propósito es aportar

conocimiento, reflexiones, modelos y perspectivas innovadoras que amplíen y consoliden la

Consejería en Rehabilitación como disciplina profesional en Puerto Rico.

El esfuerzo de generar una revista profesional requiere el desarrollo de una guía que

contenga las normas y procesamientos que rijan los aspectos a considerar en todas sus

publicaciones. La presente Guía de Publicación ofrecerá dirección tanto a los editores como a los

potenciales autores de los artículos a ser incluidos en la revista profesional. Esta guía deberá ser

revisada anualmente o cuando la Comisión de Publicidad lo estime necesario. Las enmiendas

realizadas serán publicadas con un mínimo de 30 días antes de las convocatorias para

publicación de artículos de la próxima edición de la revista profesional. A continuación se

presenta su propósito, presentación y contenido de los artículos, información relacionada a la

edición, criterios de publicación, estructura de la revista y otros aspectos relevantes.

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MISIÓN

Inclusión tiene como misión diseminar información que promueva el desarrollo

profesional y académico de la Consejería en Rehabilitación y disciplinas afines, así como

exponer su impacto en Puerto Rico. Esto, a través de artículos que contengan hallazgos

provenientes de la investigación científica y el peritaje profesional.

VISIÓN

Inclusión tiene como visión ampliar el cuerpo de conocimiento de la Consejería en

Rehabilitación y disciplinas afines; proveyendo información relevante y actualizada. Además,

será la matriz de investigaciones científicas y demás publicaciones que atiendan los asuntos

pertinentes a la realidad puertorriqueña dentro de este campo profesional.

OBJETIVOS

Los objetivos de Inclusión son los siguientes:

Desarrollar un foro en el cual los/las Consejeros/as en Rehabilitación y profesionales

afines puedan difundir sus hallazgos científicos y otras colaboraciones basadas en su

experiencia y peritaje profesional.

Promover la investigación entre los profesionales de la Consejería en Rehabilitación.

Fomentar una perspectiva abarcadora de conocimientos que contemple diversas

vertientes de la Rehabilitación.

Diseminar datos científicos relevantes a las investigaciones de otros campos los cuales

sean pertinentes a la práctica de la Consejería en Rehabilitación.

Proveer información pertinente a la Consejería en Rehabilitación y disciplinas

relacionadas desde la realidad puertorriqueña.

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PÚBLICO AL QUE VA DIRIGIDO LA REVISTA PROFESIONAL

Inclusión recoge información relevante al campo de la Consejería en Rehabilitación y

áreas afines. A tales efectos, se espera que los artículos para publicar sean provistos por

investigadores/as, profesores/as, estudiantes, profesionales de la Consejería en Rehabilitación y

profesionales aliados al campo amplio de la Rehabilitación. El objetivo principal de las

publicaciones es el proveer conocimiento actualizado que fomente el desarrollo profesional. Es

por esto que la información publicada en Inclusión beneficiará tanto a los profesionales, su

clientela, los estudiantes, el profesorado y a la sociedad en general.

El beneficio y las aportaciones que pretende realizar Inclusión a la sociedad

puertorriqueña se basan en la gran diversidad que compone el campo de la Rehabilitación. Entre

las disciplinas que lo componen se encuentran, pero no se limitan a: Medicina, Terapia Física,

Terapia Ocupacional, Patología del Habla y Lenguaje, Educación Especial, Educación Física

Adaptada, Recreación Terapéutica, Asistencia Tecnológica, Evaluación Vocacional, Psicología,

Consejería, Educación en Salud, Psiquiatría y Derecho, entre otros. Serán bienvenidos para

evaluación artículos de estudiantes, investigadores, profesores y profesionales pertenecientes a

las disciplinas antes mencionadas. Los artículos evaluados que cumplan con los estándares y

criterios establecidos en esta guía serán publicados en Inclusión con el debido crédito al autor o

autores.

¿POR QUÉ PUBLICAR?

Publicar las investigaciones o trabajos realizados nos permite trascender el entorno

académico o laborar para beneficiar a otros colegas, estudiantes y a la comunidad en general.

Las publicaciones además de aumentar el cuerpo de conocimiento, aportan prestigio y

credibilidad a una profesión y sus miembros. La publicación es una manera eficaz de

intercambiar información relacionada a la evolución de la disciplina. Algunos ejemplos de este

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intercambio lo son: la actualización de enfoques teóricos, tendencias en la prestación de

servicios, nuevas estrategias de intervención y la proliferación de escenarios para la práctica,

entre otros factores. Compartir estos datos mediante publicaciones nos permite obtener

información específica y relevante que de otra manera se haría más difícil acceder. A su vez, nos

aporta nuevas perspectivas de la disciplina en la que estamos inmersos. Todo lo anterior

fortalece nuestro cuerpo de conocimientos y la calidad de los servicios ofrecidos.

ASUNTOS ÉTICOS

Toda persona que someta sus artículos de investigación, sea o no Consejero/a en

Rehabilitación licenciado/a o colegiado/a debe cumplir con los siguientes criterios éticos:

Los/las investigadores/as planificarán, diseñarán, conducirán y realizarán un informe de

investigación en una forma que refleje sensibilidad cultural, es decir, lo que es

culturalmente apropiado y consistente con los principios éticos, las leyes federales y

estatales, los reglamentos institucionales y las normas científicas que rigen la

investigación con participantes humanos.

Los/las investigadores/as realizarán consultas y proveerán garantías para proteger los

derechos de los/as participantes en la investigación en todo momento.

Todos/as los/as autores/as que colaboren en la investigación compartirán las obligaciones

éticas y asumirán plenamente la responsabilidad de sus propias acciones.

Los/as investigadores/as que realicen estudios con participantes humanos son

responsables del bienestar de los/as participantes antes, durante y después de la

investigación, incluyendo el proceso de publicación de hallazgos y resultados.

Los/las investigadores/as tomarán las precauciones para evitar causar perturbaciones o

daño (psicológico, físico o efectos sociales) en la vida de los/las participantes debido a su

participación en la investigación.

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Los/las investigadores/as serán sensibles a la diversidad y las investigaciones con temas

de poblaciones con diversidad cultural y realizarán consultas cuando sea necesario.

En la obtención del Consentimiento Informado para la investigación, los/las

investigadores/as procurarán lo siguiente:

o un lenguaje comprensible para todos/as los/as participantes de la investigación

o que se le explique a los/as participantes en qué consiste su participación

o que se explique el objeto de la investigación y los procedimientos a seguirse

o que se identifique los procedimientos que son experimentales o relativamente no

probados

o que describan las posibles molestias y riesgos de su participación

o que describa los beneficios o cambios que las personas u organizaciones pueden

razonablemente esperar

o que revelen los procedimientos alternativos apropiados que serían ventajosos para

los/as participantes

o que ofrezcan respuestas a cualquier pregunta relativa a los procedimientos

o que se le describa a los/as participantes cualquier limitación de la

confidencialidad

o que se informe a los/as participantes que son libres de retirar su consentimiento y

suspender su participación del proyecto en cualquier momento durante la

investigación

Los/las investigadores/as no someterán a consideración investigaciones que impliquen

engaño a menos que los procedimientos alternativos no sean viables y el valor de la

investigación justifique el engaño.

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o Cuando los requisitos metodológicos de un estudio requieren ocultar o engañar,

el/la investigador/a se verá obligado a explicar claramente las razones de esta

acción tan pronto sea posible.

o Los/as investigadores/as deben velar por el bienestar de los/as participantes y

tomar las debidas precauciones para evitar daño a estos/as.

La participación en la investigación suele ser voluntaria y sin ningún tipo de penalidad

por rehusarse a participar.

o La participación involuntaria sólo será conveniente cuando se pueda demostrar

que la participación no tendrá efectos perjudiciales sobre los/as participantes y es

esencial para la investigación.

La información obtenida sobre los/las participantes en la investigación es confidencial.

o La ética en la investigación requiere que en los planes para la protección de la

confidencialidad, cuando existe la posibilidad de que otros pueda tener acceso a

tal información, se les explique a los/as participantes como parte del

procedimiento para la obtención de Consentimiento Informado.

Cuando una persona no está capacitada para dar su consentimiento, los/las

investigadores/as proveerán una explicación adecuada, obtendrán un acuerdo de

participación y obtendrán un consentimiento adecuado de la persona legalmente

autorizada.

Los/las investigadores/as tomarán medidas razonables para honrar todos los compromisos

realizados con los/las participantes en la investigación.

Después de que los datos se recogen, los/las investigadores/as proporcionarán a los/as

participantes una plena aclaración de la naturaleza del estudio para eliminar los conceptos

erróneos.

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En caso de que los valores científicos o humanos justifiquen el retraso o negar la

información, los/las investigadores/as tomarán las medidas razonables para evitar causar

daño.

Los/as investigadores/as que llegan a un acuerdo de cooperar con otra persona en la

investigación o publicación de la investigación incurrirán en la obligación de cooperar

según lo acordado.

Los/las investigadores/as estarán conscientes de su obligación con futuras investigaciones

y se asegurarán de que a Inclusión se le ofrezca la retroalimentación y créditos adecuado.

Al informar los resultados de la investigación, los/las investigadores/as explícitamente

mencionarán todas las variables y condiciones que pueden haber influido en el resultado,

en el estudio o en la interpretación de los datos conocidos por el/la investigador/a.

Los/as investigadores/as planificarán, conducirán y presentarán un informe con los

resultados de la investigación de forma precisa y que minimice la posibilidad de que los

resultados sean mal interpretados o sean engañosos.

o Proveerán información de las limitaciones de sus datos e hipótesis alternas.

o Los/as investigadores/as no someterán investigaciones fraudulentas, con datos

distorsionados, con datos tergiversados o con sesgo deliberado de los resultados.

Los/las investigadores/as pondrán los resultados de cualquier investigación ante la

consideración y juicio profesional, incluso si los resultados reflejan datos desfavorables

de las instituciones, programas, servicios, opiniones predominantes o intereses creados.

Los/las investigadores/as que sometan artículos para consideración tendrán el debido

cuidado de ocultar la identidad de los respectivos participantes en la ausencia de una

autorización específica de los/as participantes a hacer otra cosa.

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Los/las investigadores/as que sometan sus artículos a consideración deberán estar en la

disposición de proveer la información necesaria a otros profesionales cualificados que

deseen replicar el estudio.

Aquellos artículos de investigación sometidos a consideración deben ofrecer

reconocimiento a trabajos anteriores sobre el tema, observarán las leyes de derechos de

autor y darán crédito a aquellos que el crédito es debido.

Los/las investigadores/as darán crédito a través de la autoría conjunta, el reconocimiento,

anotaciones al calce u otros medios apropiados a aquellos que han contribuido

significativamente a la investigación y en el desarrollo del concepto en conformidad con

esas contribuciones.

o El contribuyente principal (o contribuyentes principales) se enumera en primer

lugar y las contribuciones menores de carácter técnico o profesional, se

reconocerán en las notas o declaraciones introductorias.

Aquellos artículos que sustancialmente se basan en tesis o disertaciones de un/a

estudiante, el/la estudiante aparecerá como el/la autor/a principal.

Artículos que se publiquen en su totalidad o en parte sustancial en otro foro necesitarán la

autorización de Inclusión.

CONTENIDO

Los artículos publicados en Inclusión, Revista Profesional del CPCR deben presentar,

describir o discutir conceptos, investigaciones, artículos, libros, modelos y otros asuntos

relacionados al campo de la Consejería en Rehabilitación y áreas afines. Se publicarán artículos

de investigación con carácter científico. Cada publicación presentará el impacto o pertinencia del

tema para la población atendida y los/as profesionales que prestan los servicios, teniendo como

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base la realidad puertorriqueña. Los artículos pueden incluir tablas, gráficas, fotografías

autorizadas y otros estímulos visuales que el/la autor/a considere pertinente.

La amplitud del campo de la Rehabilitación ofrece una gran variedad de temas para

posible publicación. Esto permite a un grupo nutrido de profesionales de diversas disciplinas

enviar sus aportaciones a las distintas ediciones de Inclusión. Por tanto, será numeroso el

público que se beneficiará de estas publicaciones. Los temas a abordar podrían ser, pero no se

limitan a: ética profesional, efectividad de tratamiento, efectividad de servicios, estigma,

legislación, multiculturalismo, espiritualidad, modelos de intervención, empleo, vida

independiente, asistencia tecnológica, acomodo razonable, rol de los profesionales en la

rehabilitación, integración social, inclusión, diseño universal, recreación, familia, adaptación

psicosocial, procesos de perdida y procesos rehabilitativos, entre otros.

JUNTA EDITORA

La Junta Editora es el cuerpo evaluador de los artículos sometidos por los/as

profesionales de la Consejería en Rehabilitación y disciplinas afines. Está compuesta por un

mínimo de tres (3) miembros con vasta experiencia en su campo y en la investigación. Todos los

artículos, sin excepción, serán sometidos a evaluación de la Junta Editora. Esto último, debido a

que, a pesar de los esfuerzos de los/as autores/as, la información ofrecida en los artículos puede

contener errores de datos, conceptos obsoletos o utilizados de forma inapropiada, errores

ortográficos o de sintaxis, entre otros factores a ser considerados. Los/as miembros de la Junta

Editora serán seleccionados por la Comisión de Publicidad y confirmados por el/la presidente/a

del CPCR.

La revisión de los artículos por parte de la Junta Editora será totalmente anónima. Los/las

autores/as no conocerán la identidad de los/as evaluadores/as que revisen sus artículos.

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Igualmente, los miembros de la Junta Editora no conocerán la identidad de los/las autores/as.

Los artículos llegarán a la Junta Editora una vez han sido revisados preliminarmente por la

Comisión de Publicidad. El propósito principal de la revisión preliminar que debe hacer la

Comisión de Publicidad es remover toda la información que pueda identificar al autor/a o

autores/as y revisar que cumpla con los criterios básicos para ser considerado para publicación.

Este proceso no excederá los treinta (30) días. Luego de recibir los artículos, la Junta Editora

tendrá treinta (30) días adicionales para la revisión de los mismos a partir de la fecha de su

recibo. Durante ese transcurso de tiempo la Junta Editora evaluará los siguientes criterios:

Claridad del contenido

Redacción y sintaxis

Pertinencia del tema tratado

Aportación del artículo al campo de la Consejería en Rehabilitación y/o la rehabilitación

Carácter innovador del tema

Cumplimiento de las normas por los/as autores/as

Presentación del material y estructura del artículo

Nivel de elaboración teórica y metodológica

Apoyo empírico

Título adecuado

Capacidad de resumen en el abstracto

Referencias utilizadas

Utilización del estilo APA

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POLÍTICA DE PRESENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS

Los artículos sometidos para consideración deben contar con una portada que incluya el

nombre del autor/a o autores/as, su/s grado/s académico alcanzado/s, lugar de trabajo, puesto de

trabajo, dos (2) números telefónicos y correo electrónico. Cada artículo sometido debe ser un

trabajo original y que no haya sido considerado para ser publicado por otras fuentes. Además,

deben estar incluidas las hojas de Consentimiento Informado en aquellos casos en que sean

nombrados los participantes u organizaciones participantes o se incluyan fotografías o imágenes.

Los artículos deben ser presentados de forma digital (2 copias; 1 copia en formato Word y 1

copia en formato PDF). El autor/a o autores/as deben incluir la hoja de Autorización completada

en su totalidad (Ver anejos). Si un/a autor/a interesa someter más de un artículo deberá presentar

cada artículo de forma independiente.

Cada artículo sometido a consideración deberá contar con:

Un título que sea explicativo y que recoja la esencia del trabajo presentado.

Los/as autores/as deben indicar el nombre completo con ambos apellidos, títulos

alcanzados, institución o escenario que representan y puesto de trabajo.

Un resumen o abstracto en español y en inglés, de un máximo de cien (100) palabras

que describa la investigación o reseña, muestra, metodología y resultados.

Se debe incluir una sección de palabras claves luego del resumen o abstracto en español

y en inglés.

Las tablas utilizadas en el documento deben presentarse según el estilo requerido por la

publicación más reciente del Manual de la American Psychological Association (APA).

Cada artículo presentado debe contar con un máximo de veinticinco (25) páginas, en

formato Word, a doble espacio, tamaño de papel 8.5” x 11” y en letra Times New

Roman.

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Los miembros de la Comisión de Publicidad o de la Junta Editora que deseen someter

sus artículos para ser considerados para publicación deberán seguir las normas

establecidas en esta guía y abstenerse de su participación en la evaluación de su/s

artículo/s.

CRITERIOS DE PUBLICACIÓN

Cada artículo sometido deberá cumplir con los siguientes criterios de publicación:

Los artículos sometidos deberán ser redactados según el estilo requerido por la

publicación más reciente del Manual de la American Psychological Association (APA).

En la primera página de cada artículo se debe presentar únicamente la información

personal de los/as autores/a, esto es, nombre completo, grado/s académico/s obtenido/s,

profesión que ejerce, lugar de trabajo, puesto que ocupa, dirección postal, números

telefónicos, correo electrónico y título del artículo.

La segunda página del artículo debe contener únicamente el título del artículo.

Cada artículo debe tener un resumen (abstract) en la tercera página de no más de cien

(100) palabras que ofrezca una breve descripción del contenido del artículo. Este debe

ofrecer un sumario de todas las secciones presentadas, debe mostrar los objetivos

principales del artículo, describir los métodos utilizados de forma breve, resumir los

resultados y mencionar las conclusiones de forma breve. El resumen o abstract debe ser

presentado en español y en inglés.

Los/as autores/as deben mantener la integridad de las personas con impedimento evitando

lenguaje que equipare a las personas con su impedimento.

Los artículos deben ser redactadas a doble espacio, en letra número doce (12), en letra

estilo Times New Roman y en formato Word.

Los artículos deben ser presentados en un tamaño de papel 8.5” x 11”.

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Cada artículo debe contar con un máximo de veinticinco (25) páginas.

Todas las páginas deben ser enumerada consecuentemente en números arábicos en la

esquina superior derecha.

Cada artículo debe contar con una sección en donde se exponga la aportación al campo

de la Consejería en Rehabilitación o al campo de la Rehabilitación y a las personas con

impedimentos.

Los/as autores/as deben velar por la redacción, claridad, sintaxis y ortografía de los

artículos sometidos.

Los artículos de investigación deben seguir el siguiente formato: resumen o abstract,

palabras claves, introducción (revisión de literatura, problema y objetivos), metodología,

hallazgos/resultados, aportación al campo de la Consejería en Rehabilitación o al campo

de la Rehabilitación, conclusiones, limitaciones, recomendaciones y referencias.

Los artículos de investigación basados únicamente en revisión de literatura deben seguir

el siguiente formato: resumen o abstract, palabras claves, introducción, contenido,

aportación al campo de la Consejería en Rehabilitación o al campo de la Rehabilitación,

conclusiones, limitaciones, recomendaciones y referencias.

POLÍTICA DE PUBLICACIÓN

Los/las profesionales interesados/as en someter sus artículos para evaluación y posterior

publicación deberán enviar sus escritos a la dirección electrónica del CPCR (según se indica en

la sección de Instrucciones de Envío de esta guía) no más tardar de la fecha establecida en la

convocatoria. Una vez recibido el artículo, la Comisión de Publicidad evaluará que cada

artículo presentando cuente con dos copias digitales, que el/la autor/a haya identificado su

nombre completo, grado/s obtenido/s, lugar donde trabaja, puesto que ocupa e información de

contacto. La Comisión de Publicidad también se cerciorará de que el/la autor/a o autores/as

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hayan incluido la hoja de Autorización firmada y completada en su totalidad y una copia de este

documento en cada copia del artículo, y la/s hoja/s de Consentimiento Informado en aquellos

casos en que se amerite.

La Comisión de Publicidad se comunicará con el/la autor/a o autores/as de los artículos

que no cumplan con estos criterios con el fin de realizar los ajustes necesarios para enviarlos a

revisión por la Junta Editora. Una vez finalizado este proceso en no más de treinta (30) días

calendario, se enviará a la Junta Editora aquellos artículos que cumplan con los criterios antes

mencionados. Los artículos serán enviados a los miembros de la Junta Editora para su revisión.

Cada copia de los artículos enviados a los/as miembros de la Junta Editora contendrá únicamente

el contenido intelectual del artículo. Esto significa que no se identificará al/a la autor/a o

autores/as, profesión o lugar de trabajo, ni ninguna otra información que pueda parcializar las

recomendaciones realizadas. Los/as miembros de la Junta Editora contarán con treinta (30) días

calendario para la revisión de los artículos y devolverlo con sus recomendaciones a partir de la

fecha de su recibo. Los artículos serán enviados a través de correo electrónico a los/as miembros

de la Junta Editora. Se realizará una Hoja de Registro para constatar la fecha de envío de los

artículos a los/las miembros de la Junta Editora. Los/as miembros de la Junta Editora harán

entrega de sus recomendaciones por correo electrónico. Se realizará una Hoja de Registro para

constatar la fecha y el recibo de las recomendaciones de los/as miembros de la Junta Editora.

Cada vez que se envié un artículo por correo electrónico ambas partes conservarán evidencia.

Una vez la Comisión de Publicidad reciba las recomendaciones de los miembros de la

Junta Editora procederá a evaluar estas. Si las recomendaciones de la Junta Editora cumplen con

los cambios contemplados en la Hoja de Autorización por los/as autores/as se procederá a

realizar los cambios en el artículo. De lo contrario, la Comisión de Publicidad se comunicará

con el/la autor/a o los/las autores/as para realizar los cambios pertinentes. Los cambios

recomendados por la Junta Editora se realizarán en la versión digital en formato Word entregada

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por cada autor/a. En aquellos casos en que sea necesario devolver el artículo se enviará por

correo electrónico para que el autor integre las recomendaciones. Los/as autores contarán con

treinta (30) días para realizar las correcciones pertinentes. Pasado este periodo la Comisión de

Publicidad tendrá treinta (30) días para realizar el ensamblaje y diseño de la revista.

Finalizado este proceso, los artículos pasarán a formar parte del Banco de Recursos de la

Revista Profesional, ubicado en las instalaciones físicas del CPCR para su posterior publicación.

Anualmente se darán a conocer las fechas límites para someter los artículos para revisión y

posterior publicación. Estas fechas se informarán a través del Boletín Informativo Contactum,

las redes sociales y la página web oficial del CPCR.

SELECCIÓN DE LOS ARTÍCULOS A PUBLICAR

Los artículos a considerar para su publicación serán aquellos que cumplan con los

criterios de publicación y con la política de presentación antes descritas. Además, los artículos a

considerar para su publicación deberán pasar por el proceso de edición y revisión por la

Comisión de Publicidad y la Junta Editora. Aquellos artículos que finalicen este proceso pasarán

al Banco de Recursos de la Revista Profesional del CPCR. Los artículos publicados se

rescatarán del Banco de Recursos de la Revista Profesional. En términos del protocolo, estos se

seleccionarán considerando el orden de entrada al Banco de Recursos y el tema discutido. El

hecho de que un artículo forme parte del Banco de Recursos no necesariamente implica que será

publicado en la próxima edición de la Revista Profesional. No obstante, significa que este

artículo está considerado para publicación. La Comisión de Publicidad informará por escrito a

los/as autores/as el estatus de su artículo.

ESTRUCTURA DE LA REVISTA

La Revista Profesional contará con una página inicial en la cual se identificará al CPCR

con su logo como responsable de su publicación, el nombre de la revista, el volumen y número

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de la edición, el año y el mes de publicación. La segunda página de la revista contendrá la tabla

de contenido con el nombre del artículo y del/ de la autor/a o autores/as y el número de la página

correspondiente. La tercera página de la revista contará con un mensaje del/ de la Presidente/a

del CPCR, un mensaje de la Comisión de Publicidad, los nombres de los/as miembros de la

Comisión de Publicidad al momento de la publicación del ejemplar, los nombres de los/as

miembros de la Junta Editora al momento de la publicación del ejemplar, e información de

contacto del CPCR. Las páginas subsiguientes contarán con los artículos publicados para cada

ejemplar. La expectativa es publicar entre cuatro (4) a seis (6) artículos por edición. Cada

página será enumerada en la esquina superior derecha. En la esquina superior izquierda de cada

página estará en nombre de la revista, año, volumen y número de la edición. Al finalizar cada

artículo se hará una breve mención del/ de los autor/es, su/s grado/s obtenido/s, su profesión y

lugar en donde se desempeña al momento de someter el artículo y puesto que ocupa.

En cada artículo se presentará primero el nombre del artículo, seguido del/ de los

nombres de los/as autores/as con el/los título/s académico/s correspondientes. Se presentará el

resumen o abstract en español y en inglés, además de las palabras claves en español y en inglés.

Se presentará el contenido de los artículos según estipulado en la sección de Criterios de

Publicación de esta guía.

La revista será publicada en formato digital y distribuida estratégicamente de manera

impresa en escenarios académicos, laborales y comunitarios. La decisión sobre la cantidad de

ejemplares impresos recaerá en la Junta Directiva del CPCR basada en los recursos económicos

disponibles. En el final de la revista se podrá incluir un encasillado con los criterios de

publicación o ser sustituido por la dirección electrónica donde los potenciales autores pueden

acceder a los mismos.

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DERECHOS DE AUTOR

El CPCR registrará los derechos de la Revista Profesional Inclusión y de la Guía de la

Revista Profesional en los registros e instituciones correspondientes con el fin de garantizar su

autenticidad y sus derechos de autor. El CPCR se reserva el derecho a reproducir los ejemplares

publicados de la Revista Profesional Inclusión, y no autoriza la reproducción completa o parcial

de ninguno de sus ejemplares.

Cada autor/a debe enviar el artículo con las copias correspondientes y la hoja del

Autorización completada en su totalidad, así como otros documentos según aplique. El

formulario de la hoja del Autorización estará accesible en la página electrónica del CPCR y en la

Guía de la Revista Profesional. Esta Autorización establece que el autor/a o autores/as autorizan

la publicación del artículo sometido en Inclusión, autorizan modificaciones al formato, estética y

presentación del artículo pero no a su contenido y garantiza que el artículo sometido no se ha

publicado ni se someterá para publicación en ningún otro foro.

PERSONAL

El personal de la Revista Profesional del Colegio de los Profesionales de la Consejería

en Rehabilitación está compuesto por licenciados/as de Consejería en Rehabilitación que

mantienen su colegiación al día y por otros colaboradores del campo de la rehabilitación que se

han comprometido con los intereses de la profesión. Además, de su compromiso con el

desarrollo y divulgación de conocimiento actualizado relacionado al campo amplio de la

Rehabilitación. La creación, desarrollo y continuidad de la Revista Profesional depende en un

cien por ciento de colegiados/as y colaboradores comprometidos con la disciplina, de

profesionales competentes que aporten con sus artículos y que formen parte activa de la Junta

Editora.

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REFERENCIAS

Colegio de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación de Puerto Rico. (2009). Código

de Ética del Colegio de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación de Puerto

Rico. Committee on Dissemination of Scientific Information.(2001). Guía para

Publicaciones Científicas. Consejo Internacional para la Ciencia. Recuperado de:

http://associnst.ox.ac.uk/~icsuinfo/SpGuidelines.pdf.

Morejón, G. (2004). Guía para redactar y publicar Artículos Científicos. Recuperado de:

http://genovevo-morejon.neurona.com

National Rehabilitation Assiciation (2009). The Journal of Rehabilitation. Recuperado de:

http://www.nationalrehab.org/website/pubs.htm.

Ortiz, A. & Díaz, F. (2004). Biblionotas. Un Folleto de Divulgación de Novedades

Bibliográficas en Ciencias de la Tierra. Consejo de Recursos Minerales: México, D. F.

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ANEJOS

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de los Profesionales de la Consejería en Rehabilitación, que entiendo y acepto todas las

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___ acusar recibo ___ para su atención inmediata ___ sus archivos

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___ hacer recomendaciones ___ ofrecer información solicitada ___ otro: __________

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Correo Electrónico Uso de estilo APA

2 artículos originales impresos Primera página con información del/

de los autor/es

CD con artículo Segunda página con título del artículo

únicamente

Entrega de Artículo en Carpeta Tercera página resumen o abstract

únicamente

Hoja de Autorización Páginas enumeradas con números

aravicos en la esquina superior

derecha

Hoja de Información completada por

todos los/as autores/as

Sección que exponga aportación al

campo de la Consejería en

Rehabilitación o la Rehabilitación

Resumen o abstract de hasta cien

palabras

Se mantiene la integridad de las

personas con impedimento a lo largo

del artículo

Palabras claves Sigue formato estipulado

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Pertinencia del tema Introducción (presentación del marco

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Aportación al campo de la Consejería en

Rehabilitación, al campo de la

Rehabilitación o a la población con

impedimentos

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Conceptos, lenguaje o vocabulario utilizado Cumplimiento con la Política de

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