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GOBIERNO DL CHILE h1 MINISTEPJO DE HACIENDA DLCOMpItksyC0NTRATAaON rULICA corn p ra RESOLUCION APRUEBA CON VENIO DE COLABORACION OUE INDICA REF: SANTIAGO, 2 AiJ /UB VISTOS: Lo dispuesto en el artIculo 30 letra d) de la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el DS N° 250 de 2004 dcl Ministerio de Hacienda; la Resolución N° 520/96 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ResoluciOn 55/92 de la Contralorla General de la Repñblica, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón. CONSIDERANDO: La politica de adquisiciones del Sector Piiblico , definida en la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, que autorizan a la Dirección de Compras y Contratación Püblica a suscribir Convenios Marco. La necesidad del Ministerio de Salud de licitar productos y servicios para el proyecto SIRA (Sistema de Información de las Redes Asistenciales), a través de Convenios Marco y asI complementar la oferta püblica y dar cabal cumplimiento a su rol de asegurador püblico. RESUELVO - 8 3 EXENTAN° 1.- Apruébese el Convenio de Colaboración de fecha 18 de enero de 2008, suscrito por el Ministerio de Salud y la Dirección de Compras y Contratación Pñblica, por el cual se encomienda a ésta, la licitación de convenios marco para la contratación de servicios y adquisicion de bienes para el proyecto SIRA del Ministerio, previa solicitud por escrito y aceptación de la Dirección, en cada caso; y cuyo texto se anexa a la presente resolución. Monjitas 392 8° piso Santiago Chile CP 832 0113 Fono: (56-2) 290 4400 - Fax: (56-2) 290 4458 Págfnal

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GOBIERNO DL CHILE h1MINISTEPJO DE HACIENDADLCOMpItksyC0NTRATAaON rULICA corn p ra

RESOLUCION APRUEBA CON VENIO DE COLABORACION OUE INDICA

REF:SANTIAGO, 2 AiJ /UB

VISTOS:

Lo dispuesto en el artIculo 30 letra d) de la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobreContratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el DS N° 250 de 2004dcl Ministerio de Hacienda; la Resolución N° 520/96 que fija el texto refundido,coordinado y sistematizado, de la ResoluciOn 55/92 de la Contralorla General de laRepñblica, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.

CONSIDERANDO:La politica de adquisiciones del Sector Piiblico , definida en la Ley N° 19.886, Ley

de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y suReglamento, que autorizan a la Dirección de Compras y Contratación Püblica a suscribirConvenios Marco.

La necesidad del Ministerio de Salud de licitar productos y servicios para elproyecto SIRA (Sistema de Información de las Redes Asistenciales), a través de ConveniosMarco y asI complementar la oferta püblica y dar cabal cumplimiento a su rol deasegurador püblico.

RESUELVO

- 8 3EXENTAN°

1.- Apruébese el Convenio de Colaboración de fecha 18 de enero de 2008, suscrito porel Ministerio de Salud y la Dirección de Compras y Contratación Pñblica, por el cual seencomienda a ésta, la licitación de convenios marco para la contratación de servicios yadquisicion de bienes para el proyecto SIRA del Ministerio, previa solicitud por escrito yaceptación de la Dirección, en cada caso; y cuyo texto se anexa a la presente resolución.

Monjitas 392 8° piso Santiago Chile CP 832 0113Fono: (56-2) 290 4400 - Fax: (56-2) 290 4458

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GOBIERNO DE CHILEMINISTERIO DE HACIENDADIRECCION RE COMPRAS V CONTRATACION PIJBLICA

chilecompra

2.- PublIquese el mencionado convenio en el Sistema de Información de Compras yContratación Püblica : www.chilecompra.cl.

Anótese, RegIstrese y ComunIquese,

DIRECTOR

DirecciónDepto. JurIdicoDivision Compras

Monjitas 392 80 piso Santiago ChiLe CP 832 0113Fono: (56-2) 2904400- Fax: (56-2) 2904458

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VGOBIERNO IDE CHILEMINI T DE SALUD

DEP . AG DIGITAL EN SALUDSF1

CON VENIO DE COLABORACION

MINISTERIO DE SALUD

Y

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA

En Santiago de Chile a 18 de Enero de 2008, entre el MINISTERIO DE SALUD, R.U.T. N°61.601 .000-K, representado por el Subsecretario de Redes, Dr. Ricardo Fábrega Lacoa, amboscon domicilio en esta ciudad, calle Mac Iver N° 541, de Ia comuna y ciudad de Santiago, enadelanle tarnbién "el MINSAL", por una parte; y por la otra la DIRECCION DE COMPRASV CONTRACION PUBLICA, persona jurIdica de Derecho Piiblico, representada por suDirector, don Tomás Campero Fernández, ambos con domicilio en esta ciudad, calle Monjitas N°392 piso 8, Santiago, en adelante "Ia DIRECCION CHILECOMPRA", o "la DCCP", hanacordado el siguiente convenio de colaboraciOn, con ci objeto y en los términos que acontinuación se indican:

PRIMERO: ANTECEDENTES

La DERECCION CHILECOMPRA tiene entre sus funciones, licitar, de oficio o a peticiOn de unomás organismos piiblicos, bienes y servicios a través de la suscripción de Convenios Marco, loque se encuentra regulado en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento, contenido en el DecretoSupremo N° 250/2004 de Hacienda. Dicha normativa obliga a todos los organismos pñblicosafectos a ella, a contratar preferentemente con proveedores que han sido adjudicados y hancelebrado tin Convenio Marco, relacionándose directamente con los contratistas adjudicados porIa DCCP, salvo que, por su propia cuenta obtengan condiciones rnás ventajosas.

Por su Parte, El Ministerio de Salud de Chile, a través de la SubsecretarIa de Redes Asistenciales,ha estado impulsando desde ci afio 2001 una gran Reforma del Sector Salud, que ambicionamejorar de manera significativa Ia equidad en el acceso y oportunidad de la atención para todoslos chilenos, elevando los estándares de calidad y resolutividad del sistema de salud en suconjunto.

Las tecnologIas de comunicación e información son un pilar fundamental de este proceso, sininformación oportuna y conflable las autoridades no pueden evaluar el impacto del avance de estareforina y por otra parte los cilnicos no pueden tomar buenas decisiones en su quehacer diario.

El Ministerio de Salud ha impulsado a través del Departamento de Agenda Digital en Salud, laestrategia del Sistema de inforrnación de las redes asistenciales (SIRA) para que logre ser un

cM!

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"Ecosistema de Aplicaciones Interoperables, articulables, creciente e inclusivo, que permitafortalecer el trabajo en la red asistencial y que de soporte a la gestión operacional con foco enía mejora de ía atención integral a los Usuarios del sistema páblico de salud"

En El SIRA se reconocen, por to tanto, la necesidad de otorgar at sector de un sistema quegarantice Ia integración de los esfuerzos tecnologicos locales y por otra parte que de continuidadde manera estandarizada al avance de las tecnologIas digitales.

Los Componentes del SIRA incorporados en este convenio son:

1. Sisternas de Tnformación que dan soporte a Procesos claves del Sector:a. Sisterna de Referencia y Contra referencia y Agenda Médica.b. Sistema de Registro de PoblaciOn Bajo Control y sus atenciones en la red

asistencial.c. Sistema de registro de atenciones de Urgencias.d. Sistema de Dispensación de Fármacos.

2. Serviciosa. implantación de Sistemasb. Migracion de Datosc. Operación y MantenciOn de Plataformasd. Mantenimiento evolutivoe. CapacitaciOnf. Soporte y Mesa de Ayuda

El logro de Ia interoperabilidad e integración de los diferentes sistemas de inforrnación conlos distintos niveles de Ia red asistencial y sus establecimientos, permitirá mejorar la calidadde la atcnción ciInica y su gestión, estandarizando poilticas de información, utilizandoestándares internacionales de comunicación (HL7) y de arquitectura de sistemas (SOA).

La reforma de salud se vera profundamente beneficiada al contar con información integrada,oportuna y veraz de todos sus actores, mejorando la toma de decisiones en la incorporaciónde nuevas poilticas sanitarias.

SEGUNDO: OBJETO

Por medio del presente instrurnento, el MINSAL encomienda a la DIRECCIONCHILECOMPRA la labor de licitar, de acuerdo a la normativa y atribuciones de ia DCCP, losproductos y servicios para el proyecto SIRA que ci MINSAL solicite por escrito y cuya solicitudsea aceptada por la DCCP, para Ia suscripción de Convenios Marco.

Los productos y servicios incluidos en los Convenios Marcos podrán ser contratados por elMINSAL o por los dernás organismos de Ia Administración del Estado, a travds de lasmodalidades que contemple cada convenio marco, esto es, órdenes de compra yb contratosespecIficos.

Esto contribuye a que ci MINSAL, pueda compiementar Ia oferta pñblica y dar cabalcumplimiento a su rot de asegurador püblico.

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TERCERO: PARTICIPACtON DE LAS PARTES.

Las partes dejan constancia que los procesos licitatorios se efectuarán por la DIRECCIONCHILECOMPRA, de acuerdo a su normativa y atribuciones vigentes.

Sin perjuicio de to anterior, el MINSAL participará en dichos procesos en los siguientes trámitesy actuaciones administrativas:

1. Las Bases Administrativas:

Serán elaboradas conjuntamente por Ia DCCP y el MINSAL.

2. Las Bases Técnicas:

Su elaboración estará a cargo exciusivamente del MINSAL, y scrán revisadas por Ia DCCP, conposterioridad.

3.- Reunion Informativa:

MINSAL, en conjunto con Ia DIRECCION CHILECOMPRA, realizará reuniones informativas,cuyo objeto será dar a conocer a los interesados en participar, los contenidos de las Bases deLicitación y de los anexos que lo conforman.

4.- Preguntas, Respuestas, Aclaraciones y Modificaciones.

Los oferentes dispondrán de un plazo para realizar preguntas, a través del portal de ChileComprade acuerdo a lo establecido en las bases administrativas respectivas.

El MINSAL y la DCCP, en forma conjunta, realizarán, formalmente y por escrito, lasaclaraciones y las respuestas a las consultas que presenten los oferentes, de acuerdo a lo queestablezcan las respectivas bases de licitación.

La DIRECCION CHILECOMPRA podrá modificar las Bases de Licitación, de comün acuerdocon el MINSAL. hasta antes de Ia apertura de las ofertas.

5.- Evaluación y Adjudicación de las ofertas:

Las Partes constituirán una Comisión de Apertura, la que estará constituida por 2 de miembrosdesignados por el MINSAL y 3 designados por la DCCP. Además, las Partes podran invitar aotras personas para ser oldos, los que no tendrán derecho a voto. La Comisión, tendrá por misiónrealizar un estudio de admisibilidad de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en las bases decada proceso licitatorio, verificando fundamentalmente el cumplimiento con la documentaciónexigida para presentar ofertas, los plazos y las formas requeridas.

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Las Partes constituirán una Comisión Evaluadora, Ia que estará constituida por 2 de miembrosdcsignados por el MINSAL y 3 designados por la DCCP. Además, las Partes podrán invitar aotras personas para ser oldos, los que no tendrán derecho a voto. La Comisión Evaluadoraprocederá a evaluar las ofertas recibidas de acuerdo los criterios, ponderaciones y puntajesdefinidos en las bases de cada proceso licitatorio. Con el resuitado de la evaluación realizada poresta Cornisión, la DIRECCION CHILECOMPRA procederá a la adjudicación correspondiente oa su declaración de desierta, segin sea el caso, y de acuerdo a los criterios establecidos en lasbases de licitación.

En los procesos de apertura y evaluación, el MINSAL será responsable de constatar cicumplirniento de los requisitos técnicos y de las certificaciones que se exijan en las bases delicitación y emitirá un informe a la DCCP.

6.- Supervision, Término de Convenio Marco yb Ejecución de la Boleta de GarantIa de FielCuinplirniento:

El MINSAL controlará el cumplimiento de las obligaciones que los Convenios Marco imponen alos prestadores adjudicados, durante la vigencia de dichos convenios, con el objeto de asegurarque se mantengan en las condiciones exigidas en las bases de licitaciOn, las ofertadas yfinalmente las adjudicadas por la DCCP.

El MINSAL informará a Ia DIRECCION CHILECOMPRA, a través de oficios fundados delSubsecretario de Redes Asistenciales, los incumplimientos contractuales imputables a uno o másproveedores adjudicados en los convenios marcos a que se refiere el presente acuerdo, respectode los cuales se solicite se ponga término a su relación contractual con la DCCP yb se ejecute lagarantIa dc fici cumpiimicnto.

7.-Garantia de Fiel Cumplimiento y Multas.

Las garantlas de fiel cumplimiento del contrato, requeridas en las Bases de licitaciOn, deberánconstituirse a la orden de la DIRECCION CHILECOMPRA y será dicha instituciOn quien lascustodie. El cobro de las garantlas será efectuado por Ia DCCP. El MINSAL podrá requerir dernanera fundada a Ia DCCP ci cobro de Ia garantla de fiel cumplimiento del contrato, en los casosque estirne incuniplida cualquiera de las obligaciones que los Convenios Marco impongan alprestador de que se trate.

El cobro de Las multas que se estabiezcan en las bases de iicitación respectivas, será realizadodirectamente ci M1NSAL, en los casos que corresponda, o por los organismos de laAdrninistración del Estado que hayan contratado con los proveedores.

CUARTO: RESPONSABILIDAD.

Las partes dejan expresa constancia que Ia DIRECCION CHILECOMPRA es responsable delproceso licitatorio de los Convenios Marco requeridos por ci MINSAL y de la posteriorcataiogaciOn de los servicios adjudicados, asI como de la administración del sistema deinformación www.chilecompra.cl. especialmente de su módulo Convenios Marco, en términosque permitan a MINSAL y al resto de la AdministraciOn, emitir las órdenes de comprarespectivas.

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No obstante lo anterior, la DCCP no será en caso alguno responsabie por las prestaciones que conocasión de Ia utiiización de los Convenios Marco se otorguen a beneficiarios de MINSAL o alresto de la Administración del Estado.

QUINTO: VIGENCIA

El presente convenio de colaboraciOn cornenzará a regir una vez que se enduentren totalmentetrarnitados los correspondientes actos administrativos aprobatorios del mismo y su vigencia seextenderá basta Ia duración del convenio marco.

SEXTO: EJEMPLARES.

El presente convenlo se firma en cuatro ejempiares, de idéntico tenor, fecha y validez, quedandodos en poder de cada parte.

SEPTIMO: PERSONERIAS.

El nombrarniento de don Ricardo Fábrega Lacoa, como Subsecretario de Redes asistencialesconsta en Decreto Supremo N° 40, de 2006, del Ministerio de Salud, y la personerIa de donTomás Campero Fernández, para actuar en representación de la Dirección de Compras yContratación Páblica consta en ci Decreto N° 769 de fecha 29 de agosto de 2003, del Ministeriode Hacienda.

RICARDO FAkEGA LACOASUBSECRE1ARIO REDES

ASISTENCIALESMINISTERIO DE SALUD

TOMAS CAMPERO FERNANDEZDIRECTOR

DIRECCION DE COMPRAS vCONTRATACION PUBLICA

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GOBIERIk0 DE CHILEMTh(STEJ0 DE SALUD

DEPTO. ,QENDA DIGITALfIJ*C/mith

N

SR.TOMAS CAMPERO FERNANDEZDIRECTORDIRECCION DE COMPRAS YCONTRATACIONES PUBLICASPRESENTE

De mi consideraciOn:

SANTIAGO, 17 de marzo de 2008

Con mucho agrado, remito para su firma los 4ejemplares ya firmados por el Sr. Subsecretario de Redes Asistenciales del Convenio deColabocación suscrito entre el Ministerio de Salud y a DirecciOn de Compras Ptb1icas.

Sii otro particular, saluda Atentamente a Ud.

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F. DEPARTAME1O DE AGENDA+ DIGITAL EN SALUD

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REPUI3LICA DE CHILEMINISTERIO DE SALUD -

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MIN1STENIQ DE HACIENDA

OFICINA DE PARTES

RECIBIDO

CONTRALORIA GENERAL

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VISTO ci ai1:culc 12 N C no U (..cns.ti( f1!de Is RepOblics de OThip a Leo N 19 937 runlcudo cfl POflciI del 24 de febrero del 002 lrs i! (ft-f I!0 9Organioa Conotitucional sobru Bases Gene iIoAdmnistracidn del Eutado. o( 57 04/'Qfl5 dcl Mstptclue fija Is Plants de Persona oars IsAsistenciaIe articulo 16 del DIL 2905 9uo Ij so te57 'ecoordinado y sistematizado dr lo -r °. (319 °r 2Adm I nistrativo

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DESIC N/SE n celUad do 2mbFABREGA LACOA RUN: 10275.449-2. corno SshoE rairr IIRedes Asistenciales, grodo C BUS on el MfnLIe:C 1-contar dal 11 de fvlarzo do 2002

2. El desenpeSo de ests:liflc!nnoo-rrendicidn do fianza y per razores mrtostercjnbes cO it ion n soIs persona en refetencia asi.imira or (a focbo n2ooO- Ct(a total samitación dci orursente Herotn

3. ACEPTASE Is cniincia vc!unlono riesP2:sUtcardo Fdbreoe Laces. 01 cc crc OPt Jete. do Do-in OrPUS cl olive en cahclssd do tibulor en cots SOCaC :nrio lu- 7

a contal' del 11 do Maizo do 2(2 G

ANOTESE, TOMESE RA2ON Y puEmIouEL-.:t

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MICHELLE BACHELET JERIAPRESIDENTA DIE LA REPI)RLIC'iC

:J-\ MARIA S)AD I3ARRA IROUME

MINISTRA DE SALUD

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-

1FRN( DL F\INI' IkI( 1)1. ' I

SUE3SECRETARIA DE REDES ASITENCIALESOPTO. ASESORIA JURIDICA

4 \\\\W MAT APRUEBA CONVENIO DECOOPERACION CELEBRADO CON LADIRECCION DE COMPRAS YCONTRATACION PUBLICA.

EXENTA N° :r;t i

SANTIAGO, 115 FEB. 2008VISTO Lo dispuesto en a Ley N° 20.232, do

Presupuestos del Sector Pblico para el año 2008; en los articulos 40 y 8° del DEL.N°1, rIo 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado ysisternatizado del Decreto Ley N°2763. de 1979, y de as eyes N°s 18.933 y N°18.469en los articutos 6° y 28° del Decreto N°136, de 2004, Reglamento Organico delMinisterjo de Salud; en el articulo 90 del DFL N°1/19653, de 2000, del MinistedoSecretaria General de a Fresidencia, que fija el texto refundido, coordinado ysistematizado de a ley N° 18.575; en Ia ley N° 19.886, sobre Bases de ContratosAdministrativos de Suministro y Prestación de Servicios y so Reglarnento contenido enel Decreto Suprerno N°250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerlo de Hacienda; on IaResolución N°520. de 1996, de Ia Contraloria General de Ia Repdblica y susmodificaciones, y

CONSIDERANDO:

1° Que, existe Ia necesidad de otorgar al sectorsalud on sistema que garantice Ia integración de los esfuerzos tecnológicos locales ypor otra parte quo otorgue continuidad de manera estandarizada al avance do lastecnologias digitales

2° Que, a fin de oumplir con lo anterior, elMinisterlo de Saud ha impulsado a través del Departamento do Agenda Digital enSalud, a estrategia del Sistema de información de las redes asistenciales (SIRA) paraque ogre ser un "Ecosistema do Aplicaciones Interoperables, articulables, crecierite ainclusive. que pernita fortalecer el trabajo en Ia red as/sten c/al y quo de soporte a Iagest/an operaciona/ con foco en la mejora de la atenc/ón integral a los Usuarios dels/sterna pub//co do salud",

30 Quo, para a ejecución del referido proyectoSIRA se requiere contratar Ia adquisicion y prestación do diversos bienes y servicios,

4° Que, Ia Dirección de Compras y ContratacidnPublics tiene entre sos funciones, licitar, do oficio o a peticidn do uno más organismospublicos, bienes i servicios a través de Ia suscripción de Convenios Marco, Ic quo so

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encuentra regutado en Ia Ley N°19.886 y en su Reglamento, contenido en et DecretoSupremo N° 250, de 2004, del Ministerlo de Hacienda.

5 Qua, et Ministerio de Salud ha estimadoencornendar a Ia Dirección de Compras y Contratación POblica Ia labor de licitar, deacuerdo a Ia normativa y atribuciones de dicha entidad. los prod uctos y servicios pal-a atproyecto SIRA.

6° Que, a tat efecto, y conforme a to establecidoen ci articulo 7 de Ia Ley N°19.886, con fecha 18 de enero de 2008, se celebró unconvenio de colahoración entre el Ministerio de Salud y Ia Dirección de Compras vContrataciOn PtbIica.

7° Que, en mérito y conforme con to anterior,dicto Ia siguienta

RESO LU C LO N

1° APRUEBASE at convenio de colaboracióncetebrado con a Dirección de Compras y Contratación POblica y cuyo tenor as cisig u elite:

En Santiago de Chile a 18 de Enero de 2008, entre at MINISTERO DE SALUD, RUT.N° 61 601 .000-K. representado por el Subsecretario de Redes, Dr. Ricardo FábregaLacoa, ambos con domicilio en esta ciudad, catle Mac Iver N° 541, de a comuna yciudaci deSantiago, en adelante también "el MINSAL", par una parte; y por a Dire aDIRECCION DE COMPRAS Y CONTRACION PIJBLICA, persona juridica de DerechoPOblico, representada por su Director, don Tomás Campero Fernández, ambos condomicilio en esta ciudad, calle Monjitas N° 392 piso 8, Santiago. en adelante "IaDIRECCION CHILECOMPRA", a "Ia DCCP", han acordado et siguiente convenio decolahoración, con at objeto y en los términos que a continuación se indican:

PRIMERO: ANTECEDENTES

La DIRECCION CHILECOMPRA tiene entre sus funciones, licitar, de oficio o a peticiónde uno rnás organismos pOblicos, bienes y servicios a través de Ia suscripciOn deConvenios Marco, to que se encuentra regulado en a Ley N°19.886 y en suReglarnento, contenido en at Decreto Supremo N 250/2004 de Hacienda. Dichanormative oblige a todos los organismos piiblicos afectos a ella, a comratarpreferentemente con proveedores que han sido adjudicados y han celebrado unOonvenio Marco, relacionándose directamente con los contratistas adjudicados par IaDCCP, salvo qua, por su propia cuenta obtengan condiciones más ventajosas.

Par su Parte, El Ministerio de Salud de Chile, a través de a Subsecretaria de RedesAsistenciales, ha estado impulsando desde at año 2001 una gran Reforma del SectorSaluct. qua ambiciona mejorar de manera significativa Ia equidad en et acceso yoportunidad de Ia atención para todos los chilenos, elevando los estándares de catidady resotutividad del sistema de salud en su conjunto.

Las tecnologias de comunicaciOn e información son un pilar fundamental de esteproceso, sin informeción oportuna y confiabte las autoridades no pueden evatuar ci

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rnpacto del avance de esta reforma y por otra parte los clinicos no pueden tornarhuenas decisiones en su quehacer diana.

El Miriisterio de Saud ha impulsado a travds del Departamento de Agenda Digital enSalud, Ia estrategia del Sistema de informacidn de las redes asistenciales (SIRA) paraque ogre ser un Ecosistema de Aplicaciones Interoperables, articulables,creciente e inclusivo, que permita fortalecer el trabajo en la red asistencial y quede soporte a Ia gestión operacional con foco en Ia mejora de ía atención integral alos Usuarios del sistema pUblico de salud"

En El SIRA se reconocen, par Ia tanto, Ia necesidad de otorgar al sector de Un sistemaque garantice Is ntegración de los esfuerzos tecnologicos locales y par otra parts quade continuidad de manera estandarizada al avance de las tecnologias dgitaIes.

Los Componentes del SIRA incorporados en este convenic son:

'1. Sistemas de lnformadón que dan soporte a Procesos claves del Sector:a. Sistema de Referencia y Contra referencia y Agenda Médica,h. Sistema de Registro de Población Baja Control y sus atenciones en a red

as sten cia Ia. Sistema de registro de atenciones de Urgencias.ci. Sistema de Dispensacidn de Frmacos,

2. Serviciosa. lmplantacion de Sistemasb. Migracidn de Datosa. Operación y MantenciOn de Plataformasd. Mantenimiento evolutivoa. Capacitacidnf. Soporte y Mesa de Ayuda

El logro de Is interoperabilidad a integracidn de los diferentes sisternas de nformacidncon los distintos niveles de Is red asistencial y sus establecimientos, permitird mejorar Iscalidacl de Ia atención clinica y su gestidn, estandanizando politicas de informaoidn,utilizando estándares internacionales de cornunicacidn (HL7) y de arquitectura cIasistemas (SOA).

La reforms de salud se verd profundamente beneficiada al contar con inforrnaciónintegrada, oportuna y veraz de todos sus actores, mejorando Ia toma de decisiones enIa incorporacidn de nuevas pollticas sanitanias.

SEGUNDO: OBJETO

Por medio del presente instnumento, el MINSAL encomienda a Ia DIRECCIONCHILECOMPRA Ia labor de licitan, de acuerdo a Ia normativa y atribuciones de IaDOOR, los productos y servicios pana el proyecto SIRA que ci MINSAL solicite parescnito y cuya solicitud sea aceptada por a DCCP, pars Ia suscripción de ConveniosMarco.

Los productos y servicios incluidos en los Convenios Marcos podrdn sen contratados pareI MINSAL o par los demás organismos de Is Administracián del Estado, a través de lasrnodalidades qua contemple cada convenio marco, esto as, órdenes de compra ybcontnatos especificos.

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Esto contribuye a que el MINSAL, pueda complementar a oferta pUblica y dar cabalcumpmento a u rol de asegurador pbco

TERCERO: PARTICIPACION DE LAS PARTES.

Las partes dejan constancia que los procesos licitatorios se efectuarán porDIRECCK3N CHILECOMPRA, de acuerdo a su normativa y atribuciones vigentes.

Sin perjuicio de 0 anterior, el MINSAL participard en dichos procesos en os siguientestrdmites y actuaciones administrativas:

Las Bases Administrativas:

Serári elaboradas conjuntamente por a DCCP y ci MINSAL.

2. Las Bases Técnicas:

Su elaboración astará a cargo exclusivamente del MINSAL, y serán revisadas por aDCCP, con posterioridad.

3 ReuniOn lnfomativa:

MINSAL, en conjunto con Ia DIRECCION CHILECOMPRA, realizard reunionesinformativas, CUyQ objeto será dar a conocer a los interesados en participar, loscontenidos de las Bases de Licitación y de los anexos que lo conforman,

4.- Preguntas, Respuestas, Aclaraciones y Modificaciones.

Los oerentes dispondrán de un plazo pars realizar preguntas. a través del portal doChileCompra de acuerdo a lo establecido en las bases administrativas respectivas.

El MINSAL y Is DCCP, en forms conjunta, realizarOn, formalmente y por escrito, asaclaraciones y las respuestas a las consultas que presenten los oferentes, dc acuerdo aIc quo establezcan las respectivas bases de UcitaciOn.

La DIRECCION CHILECOMPRA podrá modificar las Bases do LicitaciOn, de comCinacuerdo con el MINSAL, hasta antes de a apertura do las ofertas.

5.- EvaluaciOn y Adjudicación de as ofertas:

Las Partes consUtuirOn una ComisiOn de Apertura, a que estard constituida por 2 domiembros designados por el MINSAL y 3 designados per Is DCCP. Ademds, las PartespodrAn invitar a otras personas pars ser oidos, los que no tendrOn derecho a voto. LaCornisiOn, tendrd por misiOn realizar un estudic de admisibilidad de las ofertas, deacuerdo con lo establecido en las bases de cads proceso Iicitatorio, verificandofundamentalmente el cumplimiento con Ia documentaciOn exigida pars presentarofertas, los plazos y las formas requeridas.

Las Partes constituirén una ComisiOn Evaluadora, Is que estaré constituida por 2 domiembros designados por el MINSAL y 3 designados por Is 000P. Ademds, las Partespodrdn invitar a otras personas pars ser oldos, los que no tendrOn derecho a votc. LaComisiOn Evaluadora procederé a evaluar las ofertas recibidas de acuerdo los criterios,ponderaciones y puntajes definidos en las bases de cads proceso licitatorio. Con ci

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resultado de a evaluadón realizada por esta Cornisión, a DIRECCION CHILECOMPRAprocederá a Ia adjudicación correspondiente o a su declaración de desierta, segun seaci caso, y de acuerdo a los criterios establecidos en las bases de licitación.

En los procesos de apertura y evaluación, ci MINSAL será responsabie de constntar cicurnplmtento de os requisitos técnicos y de las certificaciones que se exijan en lasbases de licitacián y emitirá un informe a Ia DCCP.

6- SupervisiOn, Término de Convenio Marco yio EjecudOn de a Boleta de GaranUc deFbI Cumplimiento:

El MINSAL controlará el cumplimiento de las obligacbones que los Convenios Marcoimponen a los prestadores adjudicados, durante Ia vigencia de dichos convenios, con ciobjeto de asegurar quo so mantengan en las condiciones exigidas en las bases dehcitaciOn, las ofertadas y finalmente las adjudicadas por Ia DCCP.

El MINSAL nforrnará a Ia DIRECCION CHILECOMPRA, a través de ofbcios fundadosdel Subsecretario de Redes Asistenciales, los incumplimientos contractuales imputablesa uno o mOs proveedores adjudicados en los convenios marcos a que so refiere cipresente acuerdo, respecto de los cuales so solicite so ponga tOrmino a su relacióncontractual con a DCCP yb se ejecute Ia garantia de fiel cumplirniento.

7.Garantia de Fiel Cumpiimiento y Multas.

Las qarantias do fbel cumpUmiento del contrato, requeridas en las Bases do licitaciOn.deberán constituirse a a orden de Ia DRECCION CHILECOMPRA y sara dichanstitucbón quien las custodie. El cobro do las garantias serà efectuado por Ia DCCP. ElMINSAL podrá requerir de manera fundada a Ia DCCP ci cobro do Ia garantia cIa fbicumplimiento del contrato, en los casos que estime incumplida cualqubera do lasobligacbones que Ins Convenios Marco impongan al prestador do que se trate.

El cobro de las multas que se establezcan en as bases do licitaciOn respectivas. serárealizado directamente el MINSAL, en los casos que corresponda, o por los organismosde a AdministraciOn del Estado que hayan contratado con los proveedores.

CUARTO: RESPONSABLIDAD.

Las partes dejan expresa constancia que a DIRECCION CHILECOMPRA asresponsable del proceso licitatorio de los Convenios Marco requeridos por ci MINSAL yde Ia posterior catalogacion de los servicios adjudicados, asb corno de Ia admbnbstiacbOndel sistema do bnformación w.chilecompra.cl, especialmente de su mOduloConvenios Marco, en tOrminos que permitan a MtNSAL y al resto de Ia AdministraciOn,emitir las órdenes do compra respectivas.

No obstante lo anterior, Ia DCCP no será en caso aiguno responsable por lasprestaciones quo con ocasión de Ia utilización de los Convenios Marco se otorguen abeneficbarios de MINSAL o al resto do Ia Administración del Estaclo.

QUNTO: VGENCIA

El presente convenio do colaboraciOn cornenzará a regir una vez quo so encuentrentotalmente tramitados los correspondientes actos administrativos aprobatorios dcimismo y su vigencia se extenderá hasta Ia duraciOn del convenbo marco.

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SEXTO: EJEMPLARES.

El presente convenio se firma en cuatro ejempiares, de idéntico tenor, fecha y vaiidez,quedando dos en poder de cada parte.

SEPTIMO: PERSONERIAS.

El nombramiento de don Ricardo Fábrega Lacoa, como Subsecretario de Redesasistenciaies consta en Decreto Supremo N° 40, de 2006, del Ministerio de Salud, y apersoneria de don Tomás Campero Fernández, pare actuar en representación de IaDirecciOn de Compras y Contratación POblica consta en ci Decreto N° 769 de fecha 29de agoato de 2003, del Ministerlo de Hacienda,

2° PUBLIQUESE Ia presente Resoiución en ciSistema de Inforrnación de Compras y Contrataciones de Ia Administración(www.chjQn]j:a.ci) a cargo de a Dirección de Compras y Contratación P0bhca.

ANOTESE Y COMUNIQUESE

SERQIFEKE SANDOVALSUBSECRETARIO (S) DE REDES ASSTENC)ALES

DISTRIBUCtONGabnete Sra. Ministra de SaludGabinele Sr Subsecretaria de Salud PibIicaGabnete Sr. Subsecretarlo de Redes AsistencialesDivisiOn de Finanzas y AdministraciOn interna.Depto, AdrninistraciOn internaDepto. Asesoria Ju'ldica (2)

- Depto. de Agenda Digital en SaludOficina de Partes