Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida...

9
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa Managua, 02 de diciembre de 2013. SPPN-E-13-815 Compañera Alba Palacios Secretaría Asamblea Nacional Su Despacho Estimada Compañera Palacios: Por orientaciones del Preside nte de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle la Iniciati va de Decreto Legislati va de "Aprobación del Acuerdo de Consolidación de la deuda, efectuado median te Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA), el día 21 de junio de 2013, con Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua", p ara q ue conforme a su solicitud se le co nceda el trámite de urgencia, en base a lo que estab l ece el art ículo 141 párrafo quinto de la Constitución Pol ítica de la Repúb lica de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 60 6, Ley Orgánica del Poder Legislati vo de la República de Nicaragua, a fin de que sea aprobado antes del 21 de Diciembre de 2013 para poder cumplir con los requisi tos establecidos para dicho Convenio. , fi -, oaf 1>- J . ma s a" -Iqu e. A, r ,e eL 1 rme , """po. !.le: Ir! '\ r '\ CA JI,..., I Sin le saludo fraternalmente. ro - " I lo- .h \\-::ñ .., Paul OqlJ: '4. st ;.. Kel 'l ey -CACE\'< <:Cpc·· para Políticas N aciona l es Cc . Archivo

Transcript of Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida...

Page 1: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Managua, 02 de diciembre de 2013. SPPN-E-13-815

Compañera Alba Palacios Pr~era Secretaría Asamblea Nacional Su Despacho

Estimada Compañera Palacios:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle l a Iniciati va de Decreto Legislati va d e "Aprobación del Acuerdo de Consolidación de la deuda, efectuado median te Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA), el día 21 de junio de 2013, con Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua", p ara que conforme a su solicitud se le c onceda e l trámite de urgencia, en base a lo que establ ece e l art ículo 141 párrafo quinto de la Constitución Po l ítica de l a República de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 60 6, Ley Orgánica del Poder Legislati vo de la República de Nicaragua, a fin de que sea aprobado antes del 21 de Diciembre de 2013 para poder cumplir con los requisi tos establecidos para dicho Convenio.

,~~ , fi - , oaf 1>- J f~ . ma s a" -Iqu e. A,r ,e eL 1 rme , _--.:-:.'~~ """po. !.le: Ir! '\ r ~ '\ CA

JI,..., ~ I

Sin le saludo fraternalmente.

-¡ ro -" I lo- .h \\-::ñ ~ .., •

Paul OqlJ:'4.st;.. Kel'ley ~CI -CACE\'<

Secreta k~~Q~ Privado <:Cpc··

para Políticas Nacional es

Cc . Archivo

Page 2: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Managua, 02 de Diciembre de 2013.

Compañero René Núñez Téllez Presidente Asamblea Nacional Su Despacho

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación, adjunto a la presente te remito la Iniciativa de Decreto Legislativo de "Aprobación del Acuerdo de Consolidación de la deuda, efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA), el día 21 de junio de 2013, con Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua", para que conforme a su solicitud se le conceda el trámite de urgencia en base a lo que establece el artículo 141 párrafo quinto de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, a fin de que sea aprobado antes del 21 de Diciembre de 2013 para poder cumplir con los requisitos establecidos para dicho Convenio.

Sin más a fraternalmente.

Cc. Archivo

Page 3: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ingeniero René Núñez Téllez Presidente Asamblea Nacional Su Despacho

I. ANTECEDENTES

En el mes de Enero del año 2004, Nicaragua alcanzó el punto de culminación de la Iniciativa HIPC. Este reconocimiento representa el compromiso irrevocable de los acreedores agrupados en el Club de París, de proporcionarle a Nicaragua la cuota de alivio estimada para cada uno de ellos en el Documento Análisis de Sostenibilidad de Deuda elaborado por el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundia l . Asimismo, reafirma el compromiso de Nicaragua de alcanzar acuerdos similares con los acreedores externos que no participan de ese foro.

Este alivio modalidades:

sería canalizado a través de dos

(i) Extensión de nuevos préstamos cuyo elemento de donación equivale a una porción del alivio y;

(ii) Reestructuración de los términos actuales de acuerdos de préstamos ya concluidos entre Nicaragua y el Eximbank - China.

En el año 2009, el Eximbank China, propuso una reestructuración pero sin otorgar alivio por lo que dicha propuesta fue rechazada. En Diciembre de 2011 se retornaron las negociaciones de deuda mediante una comunicac~on que env~o Taiwán, notificando que su Gobierno había decidido reestructurar la deuda con el Gobierno de la República de Nicaragua, dicha reestructuración es para diez (10) préstamos

1

Page 4: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

suscritos con Nicaragua, de los cuales uno fue suscrito con la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales, la negociaclon consiste en agrupar los diez (10) préstamos en un nuevo préstamo.

II. CONTRATO DE PRÉSTAMO ORIGINAL: Préstamo Número 6020978001.

El Contrato de préstamo fechado el 25 de mayo de 2006, por un monto original de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para financiar la extensión de la pista de aterrizaje de l Aeropuerto Internacional de Managua en ochocientos metros de longitud y el mejoramiento de la pista actual, así como la expansión y mejoramiento de los Aeródromos de Puerto Cabezas, Bluefields y Corn Island¡ a ser desembolsado en un Tramo A de hasta Once Millones de Dólares ($11, 000,000), para el Proyecto del Aeropuerto Internacional de Managua y un Tramo B de hasta Seis Millones de Dólares ($6,000,000), para los otros tres Proyectos ¡ con dos anticipos como máximo para ambos tramos, desembolsados el primero dentro de los seis (6) primeros meses a partir de la fecha del Contrato y seis (6) meses después e segundo anticipo.

El plazo del préstamo es de dieciocho (18) años y seis (6) meses, incluyendo ocho (8) años y seis (6) meses de gracia, con una tasa de interés del 3.5% anual sobre saldos y amortizaciones del Préstamo en treinta y cuatro (34) cuotas de Quinientos Mil Dólares ($500,000.00 ) cada una, pagaderas semestralmente.

2

Page 5: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional

Unida Nicaragua Triunfa

111. ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EFECTUADO MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTAMO No. 6020978001 ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA (EXIMBANK-CHINA) CON GARANTÍA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

Que en fecha 21 de junio de 2013 la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI ) suscribió una enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020978001, con el Export-Import Bank de China (Eximbank-China)¡ actuación que fue ratificada por l a Junta Directiva de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI ) en Reunión Ordinaria Número Cincuenta y seis ce l ebrada en la ciudad de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del día diecisiete de Septiembre de l año dos mil trece y autorizó a su Gerente General, Orlando Castillo Guerrero para suscribir los demás documentos que se requieran.

El beneficio de la consolidación de la deuda consiste en modificar el plazo del préstamo a quince (15 ) años incluyendo cinco (5) años de gracia y será cancelado mediante pagos de veinte (2 O) cuotas semestrales de Ochocientos cincuenta mil Dólares (U$850, 000 . 00 ) a partir del año 2018, manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto cinco por ciento (3.5 %) .

FUNDAMENTACION

Por lo antes expuesto y con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 y numeral 3 del artículo 150, ambos de la Constitución Política de la República de Nicaragua, así como los artículos 91 y 92 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y su reforma, texto refundido con reformas incorporadas, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 16 del 28 de enero del 2013,

3

Page 6: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

someto a consideración de la Asamb l ea Naciona l, la Iniciativa de Decreto Legislativo de Aprobación del Acuerdo de Consolidación de la deuda, efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No . 6020978001, suscrito entre la Empresa Admin i strado ra de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export­Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA ) , el día 21 de junio de 2013, con Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua".

Asimismo, solicito se le conceda a la presente Iniciativa el Trámite de Urgencia, en base a lo que establece el artículo 141 párrafo qui nto de l a Constitución Política de la República de Nicaragu a y el artículo 95 de la Ley No. 60 6, Ley Orgánica de l Poder Legislativo de l a República de Nicaragua y su reforma.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación. A continuación el Texto de la Iniciativa.

DECRETO A. N. No.

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I Que con fecha veinticinco de mayo de dos mil seis, The Export-Import Bank of the Republic of China (EXIMBANK) firmó con la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) , el Contrato de Préstamo No. 6020978001 por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para financiar la extensión de la pista de aterrizaje del Aeropuerto Internacional de Managua en ochocientos metros de longitud y el mejoramiento de la actual, así como la expansión y mejoramiento de los Aeródromos de Puerto Cabezas, Bluefields y Corn Island.

4

Page 7: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconci1iación y Unidad Naciona1 Unida Nicaragua Triunfa

II Que el día veíntíuno de junío del año dos míl trece, la Empresa Admínistradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) , suscribió una enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020978001, con e l Export­Import Bank de China (Eximbank-China ) , para modificar el plazo del préstamo a quince (15 ) años incluyendo cinco (5) años de gracia y que será cancelado mediante pagos de veinte (2 O) cuotas semestrales de Ochocientos cincuenta mil Dólares (U$850,000.0 0 ) a partir del año 2018, manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto cinco por ciento (3.5%) , actuación que fue ratificada por la Junta Directiva de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacíonales (EAAI) , en Reunión Ordinaria número cincuenta y seis, celebrada en la ciudad de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana de l día diecisiete de Septiembre del año dos mi trece.

III Que mediante Acuerdo Presidencial No. 261-2 013 publicado en la Gaceta, Diario oficial No. 228 de l veintinueve de noviembre dos mil trece, el Presidente de la República de Nicaragua autorizó al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua suscriba Garantía a favor del Export-Import Bank de China (Eximbank-China) por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para la sustitución de la Garantía Continua anteriormente extendida al Eximbank-China por medio de Acuerdo Presidencial 326-2006 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 145 del jueves 27 de julio de 2006 y ratificado por la Asamblea Nacional a través del Decreto AN No. 4878 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 242 del 14 de diciembre de 2006; en los términos establecidos en el Acuerdo de Consolidación del Convenio de Préstamo No. 6020978001, suscrito el 21 de junio de 2013.

s

Page 8: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO El siguiente:

DECRETO A. N. No.

DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EFECTUADO MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTAMO No. 6020978001, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI) y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA (EXIMBANK-CHINA), EL DíA 21 DE JUNIO DE 2013, CON GARANTíA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

Artículo 1. Apruébese el Acuerdo de Consolidación de la deuda efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI ) Y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA) , con la Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (U8$17, 000,000.00) , para modificar el plazo del préstamo a quince (15) años incluyendo cinco (5) años de gracia y será cance l ado mediante pagos de veinte (2 O) cuotas semestral~s de Ochocientos cincuenta mil Dólares (U$850,000.,00")" a partir del año 2018,

, , , mantenlendose la t~sa de interés que es del tres punto cinco por ciento " (3.5 %), firmado el 21 de junio de 2013.

Articulo 2. partir de Oficial.

El presente Decreto entrará en vigencia a su publicación en La Gaceta, Diario

6

Page 9: Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida ...legislacion.asamblea.gob.ni/SILEG/Iniciativas.nsf...de Nicaragua y el artículo 95 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los días del mes de

del año dos mil trece.

René Núñez Téllez Presidente

Asamblea Nacional

Alba Palacios. Secretaria

Asamblea Nacional

Hasta aquí el Texto de la Iniciativa de Decreto Legisla ti vo de "Aprobación del Acuerdo de Consolidación de la deuda, efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA), el día 21 de junio de 2013, con Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua", que firmo por lo que hace a la Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto de la presente de Inicia ti va de Decreto. Managua, dos de Diciembre del año dos mil trece.

Presidente de la Repúblic