Gl Osarfio
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7/26/2019 Gl Osarfio
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GLOSARIO
Acreedor
Persona natural o jurídica que tiene derecho a reclamar el cumplimiento de una obligación.
Acreedor tributario
Es aquél en favor del cual debe realizarse el pago del tributo. El Gobierno Central los
Gobiernos !egionales " los Gobiernos #ocales son acreedores de la obligación tributaria$ así como las entidades de derecho p%blico con personería jurídica propia cuando la le" les asigne
esa calidad e&presamente.
Activo
i' Conjunto de bienes "(o derechos que posee una empresa de los que se espera obtener
bene)cios económicos.
ii' *esde el punto de vista )nanciero es la parte del balance de situación que re+eja en
unidades monetarias todas las partidas o cuentas donde )guran los bienes derechos " otros
recursos que la empresa posee " de los que espera obtener bene)cios económicos.Activo fjo
Conjunto de bienes duraderos de una empresa no destinados a la venta sino a permanecer en
ella de manera inde)nida. ,on ejemplo de activo )jo las o)cinas " f-bricas.
Actualización de deuda tributaria
Procedimiento aritmético por el cual se determina el monto total de la deuda que un
contribu"ente mantiene con un acreedor tributario agreg-ndose a aquella los intereses
moratorios seg%n la tasa vigente que se ha"an generado hasta la fecha de pago.
Adeudo tributario éase *euda tributaria
Administración Tributaria
/érmino que se emplea para mencionar a los órganos estatales encargado de la
administración de tributos dotados de facultades legales de recaudación )scalización "
otras. En el caso de los tributos de alcance nacional cuando se menciona aquel término se
entiende que se est- haciendo referencia a la ,012/.
Adquirente
Persona natural o jurídica a quien se trans)ere la propiedad de un bien.
Agente de retención o percepción
2quellos sujetos designados por le" o en su defecto mediante decreto supremo que por
razón de su actividad función o posición contractual estén en posibilidad de retener o percibir
tributos " entregarlos al acreedor tributario.
2dicionalmente los sujetos designados por la 2dministración /ributaria que considere que se
encuentran en disposición para efectuar la retención o percepción de tributos.
Agente de retención del IG
Contribu"ente seleccionado por la ,012/ e inscrito en un registro habilitado que debe
retener el 3G a sus proveedores cuando estos le vendan un bien o le presten un servicio o
cuando se celebre un contrato de construcción o la primera venta de un bien. #os
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proveedores que quieran realizar hacer operaciones con estos agentes de retención est-n
obligados a aceptar la retención del 3G.
Al!cuota
,eg%n la legislación tributaria peruana es el valor numérico porcentual que se aplica a la
base imponible para determinar el monto del tributo. ,ólo puede aprobarse por medio de una
#e" o un *ecreto #egislativo.
Apelación
!ecurso que presenta un contribu"ente para impugnar ante el /ribunal 4iscal las resoluciones
dictadas por una 2dministración /ributaria de alcance nacional regional o local.
Aplazamiento
Concesión de una prórroga que permite al deudor realizar el pago de una deuda tributaria en
una fecha determinada posterior al plazo de vencimiento original.
Aporte a la O"#
#a contribución al ,istema 1acional de Pensiones de los trabajadores aplicando un porcentajea sus remuneraciones. Esta contribución se incorpora a un fondo previsional com%n que
sirve para pagar pensiones por jubilación " otros conceptos a cargo de la 5)cina de
1ormalización Previsional 651P'.
Arrendamiento
Contrato mediante el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el
uso de un bien por cierta renta convenida.
Arrendamiento fnanciero
Contrato por el cual una institución )nanciera debidamente autorizada concede a unapersona natural o jurídica el uso " disfrute de un bien de capital adquirido por la mencionada
institución al fabricante o proveedor se7alado por el interesado " al solo efecto de este
contrato.
Asociación en participación
Contrato por el cual una persona denominada asociante concede a otra u otras personas
denominadas asociados una participación en el resultado o en las utilidades de uno o de
varios negocios o empresas del asociante a cambio de una determinada contribución.
!eferencia8 2rtículos 99:; al 999; de la #e" General de ,ociedades.<
Auditor tributario
Es el funcionario encargado de realizar el an-lisis de los registros contables de la
documentación sustentatoria " de la veracidad de lo informado en las declaraciones juradas
de los contribu"entes.
Auditor!a tributaria
Control crítico " sistem-tico que usa un conjunto de técnicas " procedimientos destinados a
veri)car el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales " sustanciales de los
contribu"entes. ,e efect%a teniendo en cuenta las normas tributarias vigentes en el periodo a
)scalizar para determinar la base imponible al período " tributos auditados las infracciones "
sanciones que correspondieran " la deuda tributaria actualizada.
Autoval$o
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4ijación del precio o valor de un bien por parte del propio contribu"ente o responsable sobre
la base de los valores de construcción " arancelarios pre)jados legalmente para el periodo de
valoración. Este c-lculo permite establecer la base imponible para la determinación de
tributos como es el impuesto predial.
%ase imponible
=onto sobre el cual se aplica la tasa o alícuota de un tributo.
%ienes
=edios que satisfacen las necesidades humanas. *esde el punto de vista contable comprende
el elemento material del cual dispone una empresa o entidad para lograr sus metas.
%ienes inmuebles
2quellos de situación )ja no susceptibles de traslado.
%ienes muebles
Para efectos del 3mpuesto General a las entas se entiende por bienes muebles a aquellos
que pueden llevarse de un lugar a otro así como los derechos referentes a los mismos.
&ategor!a 'special del "uevo R(S
Es una de las categorías del 1uevo !0, que e&onera de pago a los contribu"entes dedicados
a la venta de frutas hortalizas legumbres tubérculos raíces semillas " dem-s en mercados
de abasto o dedicados al cultivo de productos agrícolas " que los venden en estado natural$ "
cu"os ingresos brutos " adquisiciones anuales no e&ceden de ,(.>::::.
&ierre de establecimiento
,anción mediante la cual se impide la realización de actividades económicas en un
establecimiento comercial productivo o de servicios. Puede ser de car-cter temporal o
de)nitivo
&II(
Clasi)cación 3nternacional 3ndustrial 0niforme de las actividades económicas elaborada por la
1aciones 0nidas con la )nalidad de establecer una codi)cación armonizada a nivel mundial.
&lave SOL Es la contrase7a de acceso al ,istema de 5peraciones en #ínea ,5# de la ,unat6éase ,5#'. ,e otorga a todos los contribu"entes cuando se inscriben en el !0C.
&omisar
*eclarar que algo ha caído en comiso. éase Comiso de bienes.
&omiso de bienes Es la sanción mediante la cual se afecta el derecho de posesión o
propiedad del infractor seg%n sea el caso sobre los bienes vinculados a la comisión de las
infracciones sancionadas con comiso seg%n lo previsto en las /ablas del Código /ributario
&ompraventa Contrato en cu"a virtud una de las partes llamada <vendedor< se obliga a
transferir a la otra llamada <comprador< la propiedad de un bien o la prestación de unservicio comprometiéndose el comprador a recibirlo " pagar su precio en dinero.
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&omprobante de Operaciones ) Le* "+ ,--., /ipo de comprobantes de pago que emiten
las cooperativas agrarias cuando adquieren bienes muebles "(o servicios de sus socios.
Permiten sustentar costo o gasto para efecto tributario.
&omprobante de pago *ocumento que acredita la transferencia de bienes su entrega en
uso o la prestación de servicios. Para ser considerado como tal el comprobante de pago debe
ser emitido "(o impreso conforme a las normas del !eglamento de Comprobantes de Pago
aprobado por la ,012/.
&ondonación 4orma de e&tinción de la obligación tributaria por mandato e&preso de una le"
o de una norma con rango de le". 0na vez condonada la deuda deja de ser e&igible.
&onsolidación 4orma de e&tinción de la obligación tributaria que ocurre cuando el acreedor
de la obligación tributaria se convierte en deudor de la misma como consecuencia de la
transmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo.
&onsultas institucionales Consultas por escrito que plantean a la ,012/ las entidades
representativas de las actividades económicas laborales " profesionales " las entidades del
,ector P%blico 1acional sobre el sentido " alcance de las normas tributarias.
&onsultas particulares Consultas por escrito que plantean a la ,012/ acerca del régimen
jurídico tributario aplicable a hechos o situaciones concretas. ,e regulan por el artículo ?@AB2
del Código /ributario " por las normas reglamentarias de un decreto supremo que se e&pida
para ello.
&onsumidor fnal Persona natural que adquiere un bien o servicio para su consumo uso o
disfrute en bene)cio propio.
&ontribución Es el tributo cu"a obligación tiene como hecho generador bene)cios derivados
de la realización de obras p%blicas o de actividades estatales como es el caso de la
Contribución al ,E1C3C5.&ontribución a 'sSalud /ributo destinado al ,eguro ,ocial de ,alud B Es,alud Borganismo
descentralizado del sector /rabajo " Promoción ,ocial cu"o )n es dar cobertura de salud a los
asegurados " sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención
recuperación rehabilitación prestaciones económicas " sociales que corresponden al régimen
contributivo de la ,eguridad ,ocial en salud así como otros seguros en riesgos humanos.
&ontribución 'special por Obras #$blicas. /ributo que grava los bene)cios derivados de
la ejecución de obras p%blicas por la municipalidad.
&ontribu*ente
Es aquél que realiza o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación
tributaria.
&r/dito 0iscal del IG
Es el monto del impuesto consignado en un comprobante de pago emitido por la compra de
un bien o servicio " que puede descontarse al momento de determinar el impuesto a pagar
siempre " cuando se cumplan determinados requisitos )jados en las normas del 3mpuesto
general a las entas " normas cone&as.
1/bito fscal del IG
Es el monto del 3mpuesto General las entas que resulta de aplicar la tasa o alícuota del 3G
al valor venta sumado de todos los bienes " servicios gravados con el citado impuesto
vendidos dentro de un período mensual por un contribu"ente determinado.
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1eclaración jurada
Es la manifestación de hechos que son comunicados a la 2dministración /ributaria en la forma
establecida por las le"es o reglamentos " que puede servir de base para la determinación de
la obligación tributaria.
1eclaración simplifcada
4ormulario electrónico que permite preparar " presentar en línea con información mínima la
declaración " efectuar el pago de tributos internos a través de la 3nternet.
1eclaración rectifcatoria
/ipo de declaración de car-cter tributario mediante la cual se comunica la modi)cación de
determinada información. Para que tenga calidad de recti)catoria debe presentarse en fecha
posterior al vencimiento del plazo para presentar de la declaración jurada.
1elito tributario
2cción dolosa cu"a descripción se encuentra en el Código Penal o normas cone&as que se
puede manifestar en las siguientes modalidades8 *efraudación )scal contrabandoelaboración " comercio clandestino de productos gravados fabricación " falsi)cación de
timbres marcas contrase7as sellos documentos en general sobre cumplimiento de las
obligaciones tributarias.
1erec2o2abientes
4amiliares del trabajador pensionista u otro asegurado regular al Es,alud a quienes el
empleador inscribe a través de ,5# de modo que accedan a las prestaciones que el Es,alud
brinda.
,on derechohabientes8
BEl(la cón"uge o concubino 6a'
BEl(la hijo6a' menor de edad o al ma"or de edad incapacitado en forma total " permanente
para el trabajo
B#a madre gestante con respecto al hijo concebido mientras dure el período de la gestación
1erogar
*ejar sin efecto una disposición legal.
1eterminación de la obligación tributaria
2cto mediante el cual se veri)ca la realización del hecho generador de la obligación tributaria
se establece la base imponible " la cuantía del tributo.
1eterminación sobre base cierta
*eterminación del monto de la obligación tributaria que efect%a la 2dministración /ributaria
tomando en cuenta los elementos e&istentes que permitan conocer en forma directa el hecho
generador de la obligación tributaria " la cuantía de la misma.
1eterminación sobre base presunta
*eterminación estimada por la 2dministración /ributaria cuando e&isten circunstancias
especiales u ocurren supuestos atribuibles al deudor tributario que no permiten establecer la
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e&istencia " cuantía de la obligación porque se omiten ocultan o no se e&hiben los registros o
información.
1euda e3igible
*euda tributaria que puede dar lugar a acciones de coerción para su cobranza.
1euda tributaria
=onto al que asciende la liquidación de los tributos intereses " multas que debe ser pagadapor un contribu"ente o responsable.
1eudor tributario
Persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribu"ente o
responsable. Pueden ser deudores tributarios8 la persona natural sucesión indivisa personas
jurídicas entidades de derecho p%blico o privado entre otros establecidos en las normas de
cada tributo en particular.
1evolución
!estitución al contribu"ente de lo pagado indebidamente o pagado en e&ceso.
1!as calendario
,on todos los días de la semana incluido s-bado domingo " feriados.
1!as 24biles
,on los días de la semana de lunes a viernes sin considerar s-bados domingos ni feriados
ni los días )jados como inh-biles por el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo. ,i en una
norma hace referencia a días pero no especi)ca el tipo de días se entiende que son días
h-biles 6%tiles'.
1ocumentos autorizados
,on comprobantes de pago establecidos e&presamente en el !eglamento de Comprobantes
de Pago que permiten sustentar gasto o costo para efecto tributario "(o ejercer el derecho al
crédito )scal seg%n sea el caso. ,e requiere que en esos documentos al adquirente o usuario
" se discrimine el impuesto. 2lgunos de ellos son el boleto de transporte aéreo los
documentos que emiten las entidades del sistema )nanciero " de seguros " los recibos
emitidos por los servicios p%blicos de energía eléctrica agua potable " telefonía.
1omicilio fscal
Es el lugar )jado por cada contribu"ente para todo efecto tributario. ,e registra en el !0C. ,e
ubica necesariamente dentro del territorio nacional.
1omicilio procesal
*irección que puede se7alar el deudor tributario al iniciar un procedimiento tributario para ser
allí noti)cado con los actos propios del procedimiento. *ebe estar ubicado dentro del radio
urbano que se7ale la 2dministración /ributaria.
1ra5bac6
=ecanismo por medio del cual sobre una mercancía que se e&porta se reintegra todo o parte
de los derechos aduaneros pagados sobre los insumos importados que se ha"an utilizado en
la producción de los bienes que ha e&portado la empresa productora.
'jecutor coactivo
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Es el funcionario responsable de la gestión de la cobranza coactiva en una 2dministración
/ributaria.
'jercicio gravable
Período al que corresponden las operaciones ingresos " otros conceptos gravados con un
tributo. 2 efectos de la #e" del 3mpuesto a la !enta el ejercicio gravable empieza el de
enero de cada a7o " )naliza el D de diciembre.
'lusión tributaria
0tilización de determinados medios por el deudor tributario con el objeto de reducir su carga
tributaria sin transgredir la le" tributaria ni desnaturalizarla.
'mbargo
=edida cautelar que adopta la 2dministración /ributaria para asegurar el resultado del
proceso de cobranza de una deuda " que recae sobre determinados bienes cu"a
disponibilidad se impide. Puede ser de car-cter preventivo o de)nitivo.
'mpleador /oda persona natural empresa unipersonal persona jurídica sociedad irregular o de hecho
cooperativa de trabajadores institución privada entidad del sector p%blico nacional o
cualquier otro ente colectivo que remunere a sus trabajadores a cambio de un servicio
prestado bajo relación de subordinación.
'najenación
Es la venta permuta cesión de)nitiva e&propiación aporte a sociedades " en general a todo
acto de disposición por el que se transmita la propiedad de un bien o derecho.
'ntrega en uso Es el acto mediante el cual se pone a disposición de una persona 6natural o jurídica' un bien a
cambio de un pago o en forma gratuita. 1o implica transferencia de propiedad.
'vasión tributaria
/oda acción u omisión dolosa violatoria de las disposiciones tributarias que tiene como
objetivo la reducción total o parcial de la carga tributaria en provecho propio o de terceros.
Corresponde a la descripción típica de un delito previsto en el Código Penal o de la #e" Penal
/ributaria vigentes a la fecha de los hechos.
'3oneración
#iberación del cumplimiento de una obligación tributaria que otorga e&presamente una le".
'3tinción de la obligación tributaria
*esaparición de la obligación de cumplir una prestación tributaria. Puede ocurrir cuando se
produce el pago la compensación la condonación la consolidación o bien cuando se noti)ca
una resolución de la 2dministración /ributaria respecto de deudas de cobranza dudosa o de
recuperación onerosa.
0actura /ipo de comprobante de pago que se emite " entrega en las operaciones entre
empresas o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario sustentar el
pago del 3G por la operación efectuada " poder ejercer de esta manera el derecho al uso
del crédito )scal. Puede emitirse de manera física o electrónica.
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0actura electrónica
Es la factura que se emite por medios electrónicos desde el portal internet de la ,012/ o
desde los sistemas del contribu"ente habilitados " autorizados para su emisión.
Gu!a de Remisión
*ocumento que sustenta el traslado de bienes de un punto de partida a otro de llegada
mediante el uso de un medio de transporte que puede ser del propietario de los bienes o de
un tercero.
Gu!a de Remisión)Remitente
/ipo de guía que emite el propietario o poseedor de bienes al inicio del traslado cuando
emplea su propio medio de transporte 6transporte privado'.
Gu!a de Remisión)Transportista
/ipo de guía que emite el transportista contratado para que traslade los bienes que le
pertenecen a otras personas o empresas.
Gu!a Tributaria
P-gina eb de ,unat dedicada a facilitar información " orientar al contribu"ente mediante el
uso de un lenguaje sencillo. Cuenta también con una p-gina en 4acebooF con la misma
denominación Guía Tributaria.
IG
er 3mpuesto General a las entas
Impuesto
/ipo de tributo cu"o cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor delcontribu"ente por parte del Estado.
Impuesto a la Renta
Es un tributo que grava las ganancias provenientes del capital del trabajo o de la
combinación de ambos factores. En el Per% se grava separadamente las rentas provenientes
del capital 6a una tasa proporcional' las rentas provenientes del trabajo 6a tasas progresivas'
" la renta empresarial a una tasa )ja sobre la utilidad.
Impuesto a las Transacciones 0inancieras ) IT0
3mpuesto que grava las operaciones económicas " )nancieras que realizan los titulares de
cuentas de ahorro " corrientes por medio del sistema bancario como son8 retiro " depósitos
de dinero&&de una cuenta e&cepto remuneraciones$ comisiones bancarias por el pago de
servicios p%blicos en ventanilla$ giros o envíos de dinero$ transferencias de dinero del e&terior$
comisión por emisión de chequera o por adquisición de cheque de gerencia.
Impuesto directo
Es aquel que incide directamente sobre el ingreso o patrimonio de las personas naturales " jurídicas. Por ejemplo el 3mpuesto a la !enta. #os impuestos directos son declarados "
pagados por quien soporta la carga tributaria.
Impuesto General a las entas
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3mpuesto que grava la venta en el país de bienes muebles$ la prestación o utilización de
servicios$ los contratos de construcción$ la primera venta de inmuebles " la importación de
bienes.
Impuesto Temporal a los Activos "etos ) ITA"
3mpuesto que grava los activos netos de los contribu"entes del !égimen General cu"o valor
sobrepasa el millón de 1uevos ,oles$ como son propiedades maquinaria equipos vehículos
que constitu"en recursos de la empresa$ a los cuales se le deduce las depreciaciones "amortizaciones admitidas por la le" del 3mpuesto a la !enta$ la alícuota del impuesto se aplica
sobre el e&ceso contado a partir del millón de nuevos soles.
In7racción tributaria
Es toda acción u omisión que implique la violación de normas tributarias siempre que esté
tipi)cada como tal en el Código /ributario o en otras le"es o decretos legislativos.
Internamiento temporal de ve2!culo
Es una sanción que consiste en el ingreso del vehículo del infractor en los depósitos o
establecimientos que designe la ,012/ por un tiempo determinado. 2l ser detectada unainfracción sancionada con internamiento temporal de vehículo la ,012/ levanta un acta
probatoria en la que consta la intervención realizada.
ITA"
er 3mpuesto /emporal a los 2ctivos 1etos
8urisprudencia
Es una de las fuentes del derecho que surge de la con+uencia de resoluciones sean judiciales
o administrativas emitidas por la m-&ima instancia que se pronuncian de manera constante "
coincidente )jando un criterio sobre determinadas materias.
8urisprudencia de observancia obligatoria
,e denominan así las resoluciones emitidas " publicadas por el /ribunal 4iscal que interpretan
de modo e&preso " con car-cter general el sentido de normas tributarias así como las
emitidas en virtud del artículo :A del Código /ributario siendo de observancia obligatoria
para los órganos de la 2dministración /ributaria mientras dicha interpretación no sea
modi)cada por el mismo /ribunal por vía reglamentaria o por le". En la resolución
correspondiente el /ribunal 4iscal se7alar- que constitu"e jurisprudencia de observancia
obligatoria " dispondr- la publicación de su te&to en el *iario 5)cial.
Le* 9arco del Sistema Tributario "acional
Esta norma regula la estructura del ,istema /ributario Peruano identi)cando tres grandes
subBconjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados8 los que
constitu"en ingresos del Gobierno 1acional$ de los gobiernos locales$ " los de otras entidades
p%blicas diferentes al gobierno nacional o la gobierno local. 4ue aprobada mediante el *ecreto
#egislativo 1A HH.
Liquidación de &ompra
/ipo de comprobante de pago emitido por personas naturales " jurídicas cuando adquieren
bienes o materiales a personas naturales productoras "(o acopiadoras de productos primarios
derivados de la actividad agropecuaria pesca artesanal " e&tracción de madera de productos
silvestres minería aurífera artesanal artesanía desperdicios " desechos met-licos desechos
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de papel " desperdicios de caucho siempre que estas personas no otorguen comprobantes de
pago al no tener n%mero de !0C.
Estos comprobantes podr-n sustentar gasto o costo para efecto tributario " ejercer el derecho
al crédito )scal siempre que el impuesto 63G' sea retenido " pagado por el comprador quien
queda designado como agente de retención.
9ulta
Es la sanción pecuniaria 6pago en dinero' que se aplica a los que cometen alguna de las
infracciones se7aladas en el Código /ributario o en otras normas vigentes. ,e pueden
determinar como un porcentaje de la 0nidad 3mpositiva /ributaria 603/' en función del
impuesto calculado del 3ngreso 1eto 631' o del tributo omitido. #as multas no pagadas se
actualizan aplicando la /asa de 3nterés =oratorio 6/3=' vigente.
9'#'&O
,iglas que emplea la ,012/ para denominar a los =edianos " Peque7os Contribu"entes.
"o 2abido
Condición que adquiere un contribu"ente no hallado que habiendo sido requerido por la
,012/ no cumple con declarar o con)rmar su domicilio )scal dentro del plazo legal otorgado.
"o 2allado
Condición que adquiere un contribu"ente que es noti)cado con documentos tres veces " en
fechas distintas por la ,012/ " se niega a recibirlos o da una dirección ine&istente como
domicilio )scal para escapar del control tributario.
"ota de cr/dito
*ocumento que sirve para sustentar el otorgamiento de un descuento o boni)cación oanulación total o parcial de la operación económica.
"otas de &r/dito "egociables
*ocumentos valorados emitidos por la ,012/ a favor del contribu"ente por devolución de
impuestos o pagos indebidos o en e&ceso. Estos documentos representan un valor
monetario determinado " se utilizan para el pago de obligaciones tributarias.
"otas de d/bito
,on documentos emitidos para recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con
posterioridad a la emisión de la factura o boleta de venta como intereses por mora u otros.E&cepcionalmente el adquirente o usuario puede emitir una nota de débito como documento
sustentatorio de penalidades impuestas por incumplimiento contractual del proveedor seg%n
conste en el respectivo contrato.
"otifcación
2cto de dar a conocer formalmente al contribu"ente una situación o hecho relacionado con la
obligación tributaria. Puede realizarse por medios físicos o electrónicos.
#ARA9'TROS
#os montos m-&imos de8 ingresos brutos total de adquisiciones consumo de energíaeléctrica consumo de servicio telefónico precio unitario de venta " n%mero de trabajadores
por turno que aparecen en las tablas " .
#'RSO"AS "AT(RAL'S
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/ributariamente se denomina personas naturales a las personas físicas o individuales
inclu"endo tanto a varones como a mujeres solteras viudas o divorciadas " a las casadas que
obtienen renta de su trabajo personal. ,e considera también como persona natural para
efectos de la obligación tributaria las sociedades con"ugales " las sucesiones indivisas.
#R'1IOS
,e entiende por Predios a los terrenos inclu"endo los terrenos ganados al mar los ríos " otros
espejos de agua así como las edi)caciones e instalaciones )jas " permanentes queconstitu"an partes integrantes de dichos predios que no pudieran ser separadas sin alterar
deteriorar o destruir la edi)cación.
R'"TAS 1' T'R&'RA &AT'GORIA
El artículo I; del *.,. :@9B??BE4 /05 de la #e" del 3mpuesto a la !enta se7ala que son rentas
de tercera categoría las derivadas del comercio industria minería e&plotación agropecuaria
forestal pesquera o de otros recursos naturales prestación de servicios comerciales
industriales o de índole similar como transportes hoteles comunicaciones sanatorios
construcción depósitos bancos seguros )anzas " en general negocios habituales de
compra " producción de bienes$ de agentes mediadores de comercio rematadoresmartilleros notarios " cualquier otra renta no incluida en las dem-s categorías.
S'RI&IOS "O #RO0'SIO"AL'S :O0I&IOS;
E# 2rtículo DDA del *.,. :@9B??BE4 /05 de la #e" del 3mpuesto a la !enta ,on rentas de cuarta
categoría las obtenidas por8
a' El ejercicio individual de cualquier profesión arte ciencia o)cio o actividades no incluidas
e&presamente en la tercera categoría.
b' El desempe7o de funciones de director de empresas síndico mandatario gestor de
negocios albacea " actividades similares.
S(&(RSAL'S < AG'"&IAS %A"&ARIAS A(TORI=A1AS
#a relación de agencias " sucursales autorizadas las podr- hallar en ,012/
irtual .sunat.gob.pe
TRA"S0'R'"&IAS 1' %I'"'S
Jecho o acción humana que produce efectos económicos por el que se transmite a otra u
otras personas el dominio de una cosa o un derecho que nos pertenece. #a venta permuta
cambio aporte a sociedades " en general todo acto de disposición por el que se transmita el
dominio. Glosario /ributario ,012/ #ima ??D
(IT
0nidad 3mpositiva /ributaria8 Es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas
tributarias a )n de mantener en los mismos términos de poder adquisitivo las bases
imponibles deducciones límites de afectación " dem-s aspectos monetarios de los tributos
que considere conveniente el legislador.
("I1A1 1' '>#LOTA&I?" O 'STA%L'&I9I'"TO
,e considera como unidad de e&plotación a cualquier lugar donde el contribu"ente desarrolla
su actividad empresarial entre otros el local comercial o de servicios sede productiva
depósito o almacén o)cina administrativa.