Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

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GESTIÓN DE PAGOS DE DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD NOV 2014 Abg. Verónica Falcone Mispireta Dirección de Derecho de Vigencia– INGEMMET [email protected]

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GESTIÓN DE PAGOS DE DERECHO DE VIGENCIA Y

PENALIDAD

NOV2014

Abg. Verónica Falcone MispiretaDirección de Derecho de Vigencia– INGEMMET

[email protected]

Page 2: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Consejo Directivo

Presidente

Órgano de Control Institucional

Secretaría General

O. Asesoría Jurídica

O. Planeamiento y Presupuesto

O. Administración

UF UP UL UADA

DGRDGAR DRME DCDDVDCM

UCM UCAUTN UTO

URI

O.Sistemas de Información

DL

UF : Unidad FinancieraUP : Unidad de PersonalUL : Unidad de LogísticaUADA : Unidad de Administración Documentaria y ArchivoURI : Unidad de Relaciones InstitucionalesDGAR : Dirección de Geología Ambiental y Riesgo GeológicoDGR : Dirección de Geología RegionalDRME : Dirección de Recursos Minerales y EnergéticosDL : Dirección de LaboratorioDCM : Dirección de Concesiones Mineras DDV : Dirección de Derecho de VigenciaDC : Dirección de Catastro MineroUTN : Unidad Técnico NormativaUTO : Unidad Técnico OperativaUCM : Unidad de Catastro MineroUAR : Unidad de Áreas Restringidas

ACTUAL ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INGEMMET

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¿QUÉ ES ?

Órgano encargado de Administrar el Derecho de Vigencia yPenalidad.

¿QUE HACE ?

Identifica montos recaudados

Ubica geográficamente.

Distribuye los montos recaudados a los Beneficiarios de acuerdo a Ley.

DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA

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DERECHO DE VIGENCIA

Pago que deben abonar los titulares al momento de formular y apartir del segundo año para mantener la vigencia de sus derechosmineros.

PENALIDAD

Pago que deben realizar los titulares de concesiones mineras queno han cumplido con acreditar la Producción o Inversión Mínima,de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Minería.

DIRECCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA

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2. Padrón Minero:

1. Nuevos Petitorios:

OPORTUNIDAD Y FORMA

• Tiempo Enero a Diciembre• Dónde Cuentas autorizadas

• Tiempo Enero a Junio• Dónde Cuentas autorizadas – CÓDIGO ÚNICO

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INGRESOS POR DERECHO DE VIGENCIA

Recaudación

(S/. y $)

Padrón

Minero

• Pagos del derecho de vigencia a partir del 2do. añode la formulación.

• Pagos de la penalidad respecto a las concesionescuyos titulares se encuentran obligados a laproducción o inversión mínima.

• Pagos acreditados al momento de laformulación.

Formulación

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OPORTUNIDAD Y FORMA DE PAGO

Nuevo

Petitorio

ENE JUN DICDIC

Cuentas autorizadas

Padrón

MineroCuentas autorizadas

(Código Único)

A PARTIR DEL 2º AÑO

AÑO DE FORMULACIÓN

Page 8: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

FORMAS DE ACREDITAR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

Bancos autorizados.

Uso código único.

No necesita solicitud

de acreditación.

ACREDITACIÓN

AUTOMÁTICA

ACREDITACIÓN

NO AUTOMÁTICA

Bancos autorizados.

No uso del código

único.

Acreditación hasta el 30

de junio de cada año,

derecho de trámite.

Page 10: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

MONTOS A PAGAR POR DERECHO DE VIGENCIA

(A) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 1er párrafo delart. 40º del TUO.

(B) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 2do. párrafo delart. 40º del TUO.

CONDICIÓN VIGENCIA PENALIDAD

Régimen General US$ 3 x HectáreaUS$ 6 x Hectárea (A)

US$ 20 x Hectárea (B)

Pequeño Productor Minero

US$ 1 x HectáreaUS$ 1 x Hectárea (A)

US$ 5 x Hectárea (B)

Productor Minero Artesanal

US$ 0.50 x HectáreaUS$ 0.50 x Hectárea (A)

US$ 3 x Hectárea (B)

DERECHOS MINEROS

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Calculo en función de la capacidad instalada de producción, expresada en ToneladasMétricas / Día (Tm/Día), de acuerdo a los porcentajes de la UIT siguientes:

• Hasta 350 TM/día, 0.0014 de una UIT por cada TM/día.

• Más de 350 hasta 1,000 TM/día, 1.00 UIT.

• Más de 1,000 hasta 5,000 TM/día, 1.5 UIT.

• Por cada 5,000 TM/día en exceso, 2.00 UIT.

CONCESIONES DE BENEFICIO

LABOR GENERAL - TRANSPORTE MINERO

Calculo en función a su longitud, a razón del 0.003% de una UIT por Metro Lineal delabor proyectada.

MONTOS A PAGAR POR DERECHO DE VIGENCIA

Page 12: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

PADRÓN MINERO NACIONAL

Relación de Derechos Mineros vigentes o extinguidos

discutiendo su vigencia ante el Poder Judicial, con la

información actualizada al 31 de diciembre de cada

año, a tener en cuenta para el pago por Derecho de

Vigencia y Penalidad (Deuda y Obligación).

Page 13: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

EXTERNA

DGM - DGFM

ACTIVOS MINEROS

FONAFE

GOB. REGIONALES

SUNARP

Ctos. de Estabilidad Administrativa

Concesiones de Beneficio

Transporte Minero, Labor General

No Acreditación PIM

Calificaciones de PPM y PMA

DM transferidos - Proceso de

Promoción e Inversión Privada

DM ex - Banco Minero

DM y concesiones de beneficio de su competencia

Consentimientos de procedimientos de su competencia

Transferencias, Cesiones, Contratos

INTERNA

ASESORIA JURIDICA

CONCESIONES

UADA

CATASTRO

Medida Cautelar

Procesos Judiciales discutiendo

vigencia del DM

Título

Reducciones, Fraccionamientos

Divisiones, Acumulaciones

Renuncias

Extinciones

UEAS

Consentimientos de procedimientos

competencia INGEMMET.

Actualizar hectáreas

(DM y Concesiones de Beneficio)

INFORMACIÓN QUE CONTIENE EL PADRÓN MINERO

NACIONAL

PADRÓN MINERO NACIONAL

Page 14: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

COMO SE DERTERMINA EL MONTO PARA EL PADRÓN MINERO

MONTO

HECTÁREAS

CONDICIÓN

D.L 708

<>D.L.708 AREA TOTAL

LIBRE

PRIORITARIOS AREA NO SUPERPUESTA

AREA TOTAL

TITULAR

NAT(ES)+JUR(OS)

TRANSFER

CESIONA

CESIONARIO

CONTRATOS

PERSONA

REGISTRO

PÉRDIDA

SUPERA

CERO D.M.

DEMARCA

UEAs ANTIGUEDAD

SEGUNDO

TRAMO

EXCLUSIÓN

INCLUSIÓN

ARCHIVAMIENTO

CONSTITUCIÓN

PRIMER TRAMO

JURIDICO (S)

NATURAL(ES)

Page 15: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CONTENIDO DEL PADRÓN MINERO NACIONAL

Monto estará en función de la

situación del derecho minero al

día anterior de remitida la

información a la Entidad

Financiera.

Esta Información proporcionada

a las Entidades Financieras, se

actualiza permanentemente

hasta 30/06 (no figura en el

Padrón Minero Nacional

publicado) .

Esta información figura tanto

en el Padrón Minero Nacional

Publicado como en las

Entidades Financieras

autorizadas.

Monto que está en función a la

situación DE PAGO del derecho

minero del año anterior .

OBLIGACIÓNDEUDA

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PRESENTACIONES DEL PADRÓN MINERO NACIONAL

1. Página web www.ingemmet.gob.pe

(Formato PDF descargable en Página Web)

2. Versión Impresa

(Módulo de Atención al Público)

3. Digital – CD

(Aplicativo en Venta al Público)

Page 17: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

PADRÓN MINERO NACIONAL

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RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA DE «NO PAGO»

NO PAGO AÑO CORRIENTE (Colectiva)

• DERECHO DE VIGENCIA: 2 meses posteriores al 30 de Junio.

• PENALIDAD: 30 días de remitida la Resolución Directoral, por laDirección General de Minería.

Publicación en el diario Oficial “EL PERUANO”

NO PAGO INDIVIDUAL (Individual)

Si se detecta el incumplimiento de pago, la Resolución se expedirá en

cualquier momento del año (Art.76 del D.S. N° 03-94-EM).

La resolución puede ser notificada al domicilio.

Page 19: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CRONOGRAMA DE RESOLUCIONES

30 días2 meses

naturales

2 meses

2 meses

Padrón Minero Publicación

RP No Pago Vigencia

RP No PagoPenalidad

Relación NP 2 años Vigencia

Relación NP 2 años Penalidad

RD NOPIMRes. Directoral DGM

ENE

JUN

DIC

BD (DM

Vigentes)

31

Envió Diario de las Obligaciones de Pago a Entidades Bancarias

Recepción y Carga Diaria de Pagos al SIDEMCAT

Cierre de CuentasDe Vigencia

Page 20: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CADUCIDAD

La caducidad de petitorios mineros y concesiones mineras

se producen por el no pago oportuno del Derecho de

Vigencia y/o Penalidad, durante 2 años consecutivos,

conforme al Art. 59º del D.S. 014-92-EM concordado con

el Art. 102º del D.S. 03-94-EM.

Page 21: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

RESOLUCIONES DE CADUCIDAD

RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD (Colectiva) Emitida por el INGEMMET o

Gobierno Regional, según la competencia conforme al D.S. 084-2007-EM.

INGEMMET

• Derecho de Vigencia• Penalidad

Dentro de 2 meses de expedida Resolución de No Pago.(Vigencia)Dentro de 2 meses de expedida Resolución de No Pago(Penalidad)Publicación en el diario “EL PERUANO”

GOBIERNOS REGIONALES

• Derecho de Vigencia

• Penalidad

Dentro de 15 días hábiles de recibida la comunicación delINGEMMET.

Publicación en el diario “EL PERUANO” o notificación adomicilio, a discreción del Gob. Regional.

Page 22: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

RESOLUCIONES DE CADUCIDAD

RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD (Individual) Se expedirá en

cualquier momento del año. Podrá ser emitida por el

INGEMMET o Gobierno Regional, según la competencia

conforme al D.S. 084-2007-EM.

• Derecho de Vigencia

• Penalidad

El Gobierno Regional emitirá la resolución dentro de los 15

días hábiles de recepcionada la comunicación del INGEMMET.

La resolución puede ser notificada al domicilio .

Page 23: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

SITUACION DERECHO MINEROCALIFICACION DEL TITULAR ENTIDAD QUE CADUCA

PPM o PMA RG INGEMMET GOB. REGIONAL

CON TÍTULO DE CONCESIÓN MINERA

X X

(mto. de Declaración)

X X

(mto. de Declaración)

PETITORIO EN TRAMITE (FORMULADO CON D.S. 084-2007-EM)

X X

(mto. de formulación)

X X

(mto. de formulación)

PETITORIO EN TRAMITE(FORMULADO ANTES D.S. 084-2007-EM)

X X

(mto. deconclusión)*

X X

(mto. de conclusión)*

DENUNCIOX X

X

* Fecha de conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales a favor del Gob. Regional

ENTIDAD COMPETENTE PARA DECLARAR LA CADUCIDAD

Page 24: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Verificar que al momento de la declaración de caducidad, el titular de la concesiónminera de que se trate cuente con la condición de PPM o PMA vigente, casocontrario remitir el expediente debidamente foliado al INGEMMET para ladeclaración respectiva.

• Es potestad del Gobierno Regional o la DREM en su caso, publicar en el diariooficial “El Peruano” o notificar vía SERPOST la caducidad declarada.

• Verificar que el Certificado de consentimiento de la caducidad se expidatranscurrido que sea el plazo de 15 días hábiles de los que goza el titular para lainterposición del recurso de revisión.

• Ingresar en el rubro “Resoluciones” del SIDEMCAT, tanto la resolución decaducidad como el consentimiento, de corresponder éste.

• En caso de haberse interpuesto recurso de revisión, registrar en el rubro“Ubicación del documento” el usuario del Consejo de Minería, de no poderhacerlo poner dicha situación, a través del Oficio, en conocimiento de la Direcciónde Derecho de Vigencia.

CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA EN LA CADUCIDAD

Page 25: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Es aquella actividad realizada de manera habitual y que sirve comomedio de sustento familiar, realizada con métodos manuales y/oequipos básicos.

POSEAN POR CUALQUIER TÍTULO HASTA 1,000 HAS:

a) A título personal o en sociedad conyugal.

b) Sea Cesionario o por contrato de explotación tenga derecho paraejercer actividad minera en concesión de tercero.

c) Sea co-peticionario o co-adquiriente.

d) Pertenecientes a cualquiera de las sociedades legales, en laproporción correspondiente.

PRODUCTOR MINERO ARTESANAL

Page 26: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Causales de Pérdida:

1. Supera los límites establecidos en el Artículo 91 del TUO.

2. Transfiere o cesiona sus derechos mineros. Se exceptúan latransferencia del derecho minero para la realización de actividadminera artesanal y para optar por un Acuerdo o Contrato deExplotación.

3. Por resolución del Acuerdo o Contrato de Explotación por la causalprevista en el Artículo 19 de la Ley.

4. Por vencimiento del plazo.

5. Por acreditación de la condición de Pequeño Productor Minero.

6. Por transferencia o extinción de todos sus derechos mineros.

7. Por poseer por cualquier título derechos mineros en provincia distintaa la que figura en su Declaración Jurada Bienal al amparo de la cualacreditó la condición de Productor Minero Artesanal.

PRODUCTOR MINERO ARTESANAL

Page 27: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

INHABILITACIÓN DE ACREDITAR LA CONDICIÓN DE PMA:

Si la pérdida de la calificación de PMA se debe ala causales números 1, 2, 3, 6 y 7 el titular quedainhabilitado para acreditar nuevamente talcondición hasta que transcurran dos años desdela fecha en que la perdió.

PRODUCTOR MINERO ARTESANAL

Page 28: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

POSEAN POR CUALQUIER TÍTULO HASTA 2,000 HAS:

a) A título personal o en sociedad conyugal.

b) Sea Cesionario o por otro contrato tenga derecho para ejerceractividad minera en concesión de tercero.

c) Sea co-peticionario o co-adquirente.

d) Pertenecientes a cualquiera de las sociedades legales, en laproporción correspondiente.

PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO

Page 29: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Causales de Pérdida:

1. Supera los límites establecidos en el Artículo 91 del TUO.

2. Por vencimiento del plazo.

3. Por acreditación de la condición de Productor Minero Artesanal.

4. Por transferencia o extinción de todos sus derechos mineros.

PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO

Page 30: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Los titulares mineros de sustancias no metálicas y de

materiales de construcción, pueden contar con calificación

de PPM o PMA aún cuando cuenten con una extensión

mayor a 2000 ó 1000 hectáreas, respectivamente. (Art. 21

de la Ley Nº 27651)

EXCEPCIÓN DEL LÍMITE DE HECTÁREAS

Page 31: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

En los casos de derechos mineros cuyos pagos se efectuaron

conforme al monto señalado en el Padrón Minero y el INGEMMET

estableciera posteriormente, que corresponde pagar un monto

mayor, la autoridad minera requerirá al titular que en un plazo de

15 días hábiles, pague y acredite el monto faltante. (Art. 74 del D.S.

03-94-EM).

VERIFICACIÓN DE PAGOS CONFORME A PMA – PPM

Page 32: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CERTIFICADOS DE DEVOLUCIÓN

Documento de crédito emitido por el INGEMMET a favor de uno

o más titulares mineros al haberse ordenado la devolución total

o parcial del pago efectuado por concepto de Derecho de

Vigencia.

Los Certificados de Devolución pueden ser utilizados para el pago

del Derecho de Vigencia, cuando se formulen nuevos petitorios o

para el pago anual correspondiente de Vigencia y/o Penalidad.

Page 33: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN

• Son nominativos, es decir se emite a favor del titular del

derecho minero.

• Tiene vigencia por un (1) año.

• Se emite en dólares americanos considerando montos mínimos

conforme al régimen de pago.

• Permite el pago de derecho minero de un tercero (Artº 37 del

D.S. 03-94-EM, modificado por D.S. 046-2008-EM).

Los certificados de devolución presentan las siguientes

características:

Page 34: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Copia certificada de la resolución y del Certificado deconsentimiento correspondiente. (De tratarse dederechos mineros tramitados ante los GobiernosRegionales)

• Recibo original del pago de Derecho de Vigencia porformulación. (De tratarse de derechos minerostramitados antes los Gobiernos Regionales.

• El derecho de tramite de S/. 50.00 ó S/.10.00 en caso dedesdoblamiento.

REQUISITOS PARA EMISIÓN DE CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN

Page 35: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Petitorios cancelados o reducidos por superposición a derechos

mineros prioritarios.

• Petitorios reducidos o cancelados por simultaneidad.

• Petitorios cancelados o reducidos por superposición a áreas naturales

protegidas, áreas rústicas de uso agrícola, áreas arqueológicas, áreas

de defensa nacional, proyectos especiales y toda área restringida a la

actividad minera.

• Petitorios extinguidos, reducidos o fraccionados por superposición a

áreas urbanas o acuerdo desfavorable del Concejo Municipal (áreas

de expansión urbanas) , conforme art. 13 del D.S. 008-2002-EM.

CASOS DE DEVOLUCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA A TRAVÉS DE CERTIFICADO

Page 36: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Petitorios declarados inadmisibles conforme al art. 14B del D.S. Nº018-92-EM.

• Petitorios rechazados por ser peticionados ante autoridad nacionalo regional no competente (art. 14A del D.S. Nº 018-92-EMmodificado por D.S. Nº 043-2012-EM).

• Petitorios y/o concesiones en los que se hayan duplicado el pago oefectuado este en exceso.

• Derecho de Vigencia pagado sobre petitorios y/o concesionesubicados en áreas que por razón de emergencia, declarada por laautoridad competente, está prohibido realizar, entre otras,actividad minera, durante un período mínimo de seis meses.

CASOS DE DEVOLUCIÓN DE DERECHO DE VIGENCIA A TRAVÉS DE CERTIFICADO

Page 37: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

PAGO CON CERTIFICADO DE DEVOLUCIÓN

• Se usa para el pago del Derecho de Vigencia a la formulación de un

petitorio o para el pago del Derecho de Vigencia o Penalidad de

derechos mineros ya formulados.

• A partir del 2º año requiere de solicitud del interesado presentada

desde el primer día hábil del mes de enero al 30 de junio de cada año,

con indicación del código único del derecho y la obligación por la que

se pretende el pago.

• En caso se pague la Vigencia o Penalidad de un derecho minero de

tercero, se requiere además la firma legalizada del titular del

certificado (Art. 37 del D.S. Nº 03-94-EM).

Page 38: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Pago duplicado o en exceso.

• Pago sobre derechos mineros ubicados en áreas en que, porrazón de emergencia, declarada por la autoridad competente,está prohibido realizar actividad minera, durante un períodomínimo de seis meses.

• Pago sobre derechos mineros ubicados en áreas en las que sehayan producido eventos que califiquen como caso fortuito ofuerza mayor.

• Cuando se excluya a la concesión minera de Resolución Directoralde la DGM.

CASOS DE DEVOLUCIÓN DE PENALIDAD A TRAVÉS DE CERTIFICADO

Page 39: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Informar al usuario minero que el Certificado de devolución sólo procede enlos casos taxativamente señalados por la normatividad minera. (D.S Nº 03-94-EM)

• Informar al usuario minero que el trámite de la devolución es efectuado porla DDV una vez que la resolución expedida por la autoridad competente seencuentre consentida.

• Informar al usuario minero que conjuntamente con la solicitud de devolucióndeberán presentarse copias certificadas de la resolución que dará mérito a ladevolución así como el consentimiento de ésta (de tratarse de derechosmineros tramitados ante un Gobierno Regional), además del pago por elderecho de trámite respectivo, a la cuenta del INGEMMET.

• Remitir el original del recibo de pago del Derecho de Vigencia (de tratarse dederechos mineros tramitados ante un Gobierno Regional), sólo en los casosen que la devolución solicitada se encuentre en los supuestos de la norma,debiendo dejar en el expediente de formación de título copia certificada dedicho recibo así como la constancia de desglose respectiva.

CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA

Page 40: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

MODELO CERTIFICADOS DE DEVOLUCIÓN

Page 41: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

• Montos abonados o acreditados, fuera de los plazos para el pagoo acreditación.

• Montos abonados que no hayan sustentado favorablemente elprocedimiento previsto en el artículo 74º del D.S. Nº 03-94-EM.

• Montos abonados por derechos mineros extinguidos (fuera delart.54 del TUO)

• Montos abonados por concesiones mineras no incluidas en la RDde la DGM.

• Montos abonados no referidos a ningún derecho minero.

DEVOLUCIÓN POR REEMBOLSO

Page 42: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

Es el proceso por el cual se asignan los fondos

recaudados por Derecho de Vigencia y Penalidad

a los Gobiernos Locales, Regionales e

Instituciones del Sector Energía y Minas, en la

proporción dispuesta por la Norma.

DISTRIBUCIÓN

Page 43: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

PORCENTAJE DE DISTRIBUCIÓN

Page 44: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CONSULTAS ON LINE DE DERECHO DE VIGENCIA

Page 45: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CONSULTAS ON LINE DE DERECHO DE VIGENCIA

Page 46: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

CONSULTAS ON LINE DE DERECHO DE VIGENCIA

Page 47: Gestión de Pagos de Derecho de Vigencia

NOV2014

GRACIAS!

Abg. Verónica Falcone MispiretaDirección de Derecho de Vigencia– INGEMMET

[email protected]