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    GESTIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS UNIDAD Nº II

    ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS PELIGROSAS

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    Introducción

    El almacenamiento de mercancías peligrosas ha sido fuertemente regulado y

    fiscalizado durante los últimos cinco años, anteriormente sólo existía un Manual de

    Almacenamiento de Sustancias Peligrosas del Ministerio SEREMI de Salud año

    2003 usado por las empresas como directriz o buena práctica pero que no era de

    obligación legal. A partir de la promulgación del Decreto Supremo N°78 en el año

    2010 se expandió la preocupación de las empresas de cumplir con las directrices

    dadas para el almacenamiento y sistemas asociados al manejo de las mercancías

    peligrosas. Se expandieron en los sectores industriales las llamadas bodegas

    exclusivas para material peligroso que les ofrecían a las empresas una alternativa

    viable de cumplir con sus obligaciones en materia de almacenamiento de

    peligrosos sin hacer grandes inversiones en infraestructura o en sistemas de

    extinción de incendios.

    Con la promulgación de este decreto aumentaron las fiscalizaciones por parte de

    la autoridad sanitaria y todo el mundo industrial hablaba con propiedad e interés

    del tema de almacenamiento de peligrosos. El tema de los almacenamientos

    temporales y la forma en que debía cumplirse con los requerimientos en los

    sectores industriales hicieron que los de grupos de interés se reunieran para

    perfeccionar algunos requerimientos complejos y flexibilizar ciertos aspectos de

    cumplimiento complejo por lo cual en septiembre de 2016 entró en vigencia la

    aplicación última norma de almacenamiento de sustancias peligrosas: el Decreto

    Supremo N°43, el cual flexibiliza ciertos ítems y precisa algunos no tan bien

    definidos en su norma predecesora.

    SEMANA 3

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    Ideas Fuerza

    Tipos de Bodegas – Para el almacenamiento de sustancias peligrosas existen

    regulaciones que determinan de acuerdo a las cantidades, incompatibilidades y

    clases de peligrosidad el tipo de bodega requerida. En general estas se clasifican

    en bodegas comunes, bodega de sustancias peligrosas adyacentes, bodegas de

    sustancias peligrosas, separadas y bodegas de inflamables. Cada una de ellas

    tiene distintos requerimientos de estructurales de construcción, que incluye

    iluminación, distancias, señalética, resistencia al fuego y sistemas de emergencia.

    Requerimiento para Bodegas de Sustancias Peligrosas – Estas bodegas son

    una de las más reguladas, dependiendo las clases y pesos almacenados se

    determinará si requiere autorización sanitaria de funcionamiento, independiente de

    ello debe cumplir con una serie de requerimientos técnico administrativos como

    contar con las hojas de seguridad y un procedimiento escrito de funcionamiento,

    tener un responsable de los ingresos y egresos y control de acceso a estas

    instalaciones. Debe contar además con una señalética exterior que indique las

    clases almacenadas y que sea visible hasta 10 metros de distancia, entre muchos

    requerimientos.

    Incompatibilidades de Sustancias Peligrosas – Las incompatibilidades entre

    sustancias puede generar reacciones muy violentas sobre todo a partir de ciertas

    cantidades. Si se almacenan productos incompatibles entre sí y ocurren incidentes

    como incendios, caídas o roturas, los envases y embalajes pueden resultar

    dañados y los productos pueden entrar en contacto y producir reacciones

    peligrosas. Las incompatibilidades se dan por clase de peligrosidad y pueden ser

    manejadas con una serie de medidas operacionales para evitar el contacto entre

    sustancias.

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    Desarrollo

    1. Requerimientos Asociados a la Infraestructura Dispuestos en el

    Decreto Supremo N°43 Reglamento de Almacenamiento de

    Sustancias Peligrosas.

    Para el almacenamiento de sustancias peligrosas el cuerpo legal aplicable desde

    septiembre de 2016 es el decreto supremo 43 este flexibilizó ciertos requisitos

    establecidos en su predecesor el decreto supremo 78 y mejoró la definición de

    otros.

    Este decreto es aplicable a todas las clasificaciones descritas en módulo anterior

    con las siguientes excepciones:

    Sustancias Radiactivas

    Sustancias Infecciosas

    Sustancias Explosivas

    Combustibles Líquidos

    El almacenamiento de sólidos a granel utilizados en minería

    Las bebidas alcohólicas con graduación sobre 24% de alcohol.

    Todas estas excepciones tendrán otros cuerpos reguladores específicos.

    Para la comprensión de este módulo es importante la lectura comprensiva de los

    Títulos I y II del Decreto Supremo 43.

    http://www2.udec.cl/matpel/wmat/wp-content/uploads/DS-43-Reglamento-

    Almacenamiento-SP-BCN.pdf

    1.1 Tipos de Bodega

    Para definir cuáles son los tipos de almacenamiento requerido para las diferentes

    sustancias ya sea por clasificación de peligrosidad, incompatibilidad, pesos y

    características constructivas es importante entender los siguientes conceptos:

    Bodega común: Recinto destinado al almacenamiento general de materiales no

    peligrosos donde se puede almacenar sustancias peligrosas en un sector

    http://www2.udec.cl/matpel/wmat/wp-content/uploads/DS-43-Reglamento-Almacenamiento-SP-BCN.pdfhttp://www2.udec.cl/matpel/wmat/wp-content/uploads/DS-43-Reglamento-Almacenamiento-SP-BCN.pdf

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    exclusivo, debidamente señalizado, separados del resto de materiales sólo por

    distancias de seguridad.

    Bodega para sustancias peligrosas: Recinto exclusivo destinado al

    almacenamiento de las sustancias peligrosas. Esta bodega es obligatoria si se

    sobrepasa la cantidad de 5 toneladas de sustancias peligrosas no inflamables.

    Durante todo el desarrollo del módulo II y III se hablará de pesos ¿Cómo se

    calculan estos pesos? ¿Se consideran los empaques secundarios y primarios?

    Bodega adyacente: Recinto exclusivo destinado al almacenamiento de las

    sustancias peligrosas, separado de otras construcciones por dos muros comunes

    como máximo.

    Pesos en Decreto Supremo 43

    Para el cálculo de los pesos estipulados en el decreto ley sólo se

    considera el contenido peligroso. Si bien cualquier envase que

    contenga una sustancia peligrosa también cae dentro de esta

    clasificación, para el cálculo de los pesos de almacenamiento sólo

    se considera el contenido de sustancia peligrosa en sí, descontando

    todo tipo de empaque primario, secundario y pallet.

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    Bodega separada: Recinto destinado almacenamiento de las sustancias

    peligrosas, independiente, exclusivo y separado de otras construcciones, por

    distancias de seguridad de 5 o 6 metros.

    ¿En qué se diferencia un muro divisorio de un muro externo?

    En qué consiste la llamada resistencia al fuego?¿A qué se refiere la clasificación

    F-60, F120, F180?

    Muros

    Los muros divisorios interno dividen en dos a una bodega, en cada una de estas

    divisiones se almacena la misma clase de sustancia peligrosa y debe poseer una

    determinada Resistencia al Fuego, además de llegar hasta el techo.

    Muro divisorio: Muro que separa dos construcciones con distinto uso o destinados al

    almacenamiento de diferentes clases de sustancias peligrosas. Éste muro debe ser

    cortafuego y con una Resistencia al Fuego mayor que la de la categoría anterior.

    Muros externos: Muros que rodean en todo su perímetro a la bodega de sustancias

    peligrosas. Para el caso de almacenamiento de sustancias inflamables, estos deben

    tener una determinada resistencia al fuego.

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    El almacenamiento de inflamables (sólidos y líquidos) debe realizarse en edificios

    de un solo piso, siendo prohibido realizarlo en el subterráneo.

    Además de los requerimientos constructivos de las bodegas en cuanto a su

    materialidad y resistencia al fuego existen otros requerimientos asociados al

    almacenamiento de sustancias peligrosas.

    1.2 Señalética

    Dentro de los requerimientos de señalética con que debe contar una bodega de

    almacenamiento de sustancias peligrosas están las siguientes:

    Cuando se trate de bodegas exclusivas sean separadas o adyacentes

    deben llevar en al menos dos de sus muros los pictogramas de clasificación

    correspondientes a las clases que tienen almacenadas y deben estar

    Resistencia al Fuego

    Se denomina al grupo de técnicas que permiten examinar y clasificar

    a un conjunto de materiales, formando un elemento constructivo completo,

    en cuanto al cumplimiento de un cierto nivel de funciones estructurales de

    una construcción en caso de incendio.

    Estas permiten determinar si ciertos materiales podrán resistir en su

    conjunto una hora de fuego directo (60 minutos) F-60; dos horas de fuego

    directo (120 minutos) F-120 o tres horas de fuego directo (180 minutos) F-

    180.

    Además de la materialidad como construcciones sólidas con determinada

    cantidad de recubrimiento o estuco existen tratamientos que se pueden

    Ejercicio N°1:

    Investiga que tipo de tratamientos le pueden ser aplicados a los

    muros para aumentar su resistencia al fuego.

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    visibles al menos a 10 metros de distancia, por tanto su tamaño debe ser

    acorde a este requerimiento, un tamaño recomendado es 1 metro x 1

    metro.

    En cada una de los pasillos de almacenamiento de sustancias peligrosas se

    deben instalar señaléticas que indiquen la clase de peligrosidad que se

    encuentren almacenadas en dicho pasillo, deben ser de tamaño acorde a

    las instalaciones y no obstruir el ingreso a los lugares de ubicación de la

    carga.

    Todos los pasillos en donde se almacén sustancias peligrosas deben contar

    con demarcación de pasillos con líneas amarillas.

    La distancia mínima de sustancias peligrosas a muros perimetrales

    interiores es de 0.5 metros como mínimo, para controlar el cumplimiento es

    recomendable demarcar esta distancia o poner algún tipo de tope que

    impida el no cumplimiento de esta distancia.

    1.3 Rotulación de Carga

    Toda sustancia peligrosa almacenada debe contar con rotulación de

    acuerdo a la clase de peligrosidad indicada en la NCh 2190. Esta rotulación

    debe ser a bulto, entendiéndose por tal la unidad mayor almacenada en

    conjunto. Si las cajas, bins o unidad de almacenamiento en general están

    almacenadas de forma individual la rotulación debe ser individual si el

    almacenamiento es grupal por ejemplo un grupo de cajas sobre un pallet

    protegido por film, la rotulación debe ir en cada cara del pallet o en su cara

    visible (hacia el pasillo frontal si es unidireccional, en caso contrario en cara

    anterior y posterior).

    La rotulación debe ser acorde al tamaño de la carga a ser etiquetada, los

    rombos de clasificación de un bulto no pueden tener el mismo tamaño de

    las usadas para un conjunto de bultos.

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    Además de la rotulación de la clasificación de peligrosidad se debe

    proporcionar en la carga la etiqueta de información de los riesgos asociados

    y acciones a seguir en caso de emergencia.

    Figura 1.3.1 Rotulación de Sustancias Peligrosas

    Fuente: Warehousing

    1.4 Ventilación y Contención de Derrames

    Ventilación natural o forzada, dependiendo de las sustancias químicas

    almacenadas. La renovación de aire debe estar de acuerdo a lo indicado en

    DS.594/99 del MINSAL para bodegas ya existen. Las nuevas

    construcciones deben cumplir con los requerimientos específicos del nuevo

    decreto.

    La ventilación debe ser diseñada y construida de tal forma que los muros no

    pierdan la resistencia al fuego deseada. Se aceptan sólo pequeñas celosías

    en la parte superior de los muros, cerca del techo o en la parte inferior de

    los muros, dependiendo de las sustancias almacenadas. Dichas celosías

    deberán ser construidas de forma que deriven el aire hacia arriba.

    Sistema de captación de líquidos derramados, en general se usan sistemas

    de bodega auto-contenidas con pendientes no inferiores a un 0,5% para

    permitir el escurrimiento hacia zona de acumulación, este debe tener una

    capacidad para contener el 110% del envase de mayor capacidad con un

    mínimo de 1,3 m3.

    Si se almacenan sustancias incompatibles el sistema de captación de

    derrames debe estar por separado.

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    1.5 Condiciones de Almacenamiento

    Piso sólido, lavable y no poroso.

    Vías de evacuación en número, capacidad, ubicación e identificación

    apropiada que permita una expedita salida de todos los ocupantes hacia las

    zonas de seguridad, de acuerdo a lo establecido en DS. 594/99 del

    MINSAL.

    Las puertas de salida de evacuación deberán abrirse en sentido de la

    evacuación sin utilización de llaves ni mecanismos que requieran un

    conocimiento especial.

    Las sustancias peligrosas deberán estar contenidas al interior de

    recipientes (sacos, tambores, cuñetes, maxisacos, estanques u otros)

    permitiéndose sólo en casos técnicamente justificables el almacenamiento

    en pilas a granel, ya sea al aire libre o al interior de bodegas.

    Almacenamiento ordenado sobre pallets o estanterías tipo rack,

    segregadas, independientes o separadas según su clasificación específica

    e incompatibilidad.

    El almacenamiento no debe obstruir vías de ingreso y evacuación.

    Pasillo central debe contar con un mínimo 2,4 metros de ancho. Ancho

    mínimo de pasillos entre pilas de 1,2 metros.

    Contar con un procedimiento escrito de operación de la bodega a

    disposición de todo el personal que trabaje en el lugar.

    Contar con las Hojas de Seguridad en español de cada una de las

    sustancias almacenadas de la bodega, de acuerdo a NCh 2245.

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    Contar con ducha lavaojos al exterior de la bodega a no más de 20 m de la

    puerta de carga y descarga. Libre de obstáculos, señalizada y con correcto

    funcionamiento.

    Instalación eléctrica reglamentaria (declarada en la SEC) y a prueba de

    explosión, según los productos almacenados o ausencia de sistemas

    eléctricos al interior de la bodega (con buena iluminación natural y donde

    sólo se trabaje de día).

    Contar con un encargado o responsable a cargo de la bodega de

    inflamables, que vigile el control de acceso y que tenga control de los

    ingresos y egresos de productos.

    Cuando se maneje menos de 500 kg. de sustancias peligrosas, en envases

    menores a 200 kg. o Lt., se podrá almacenar en estanterías que cumplan

    con las siguientes características:

    o Cerrada, que se mantenga acceso restringido.

    o De material incombustible.

    o Señalizada

    o Con ventilación que evite acumulación de gases en su interior.

    o Con mecanismo de control de derrame (con repisas auto contenidas).

    Figura 1.5.1 Almacenamiento de Peligrosos en Gabinetes

    Fuente: Labsafety.com

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    2. Tabla de Incompatibilidades para el Almacenamiento de

    Sustancias Peligrosas

    Al momento del almacenamiento es muy importante considerar la forma en

    que pueden reaccionar los productos entre sí. Estas reacciones pueden ser

    muy violentas sobre todo a partir de ciertas cantidades. Si se almacenan

    productos incompatibles entre sí y ocurren incidentes como incendios,

    caídas o roturas, los envases y embalajes pueden resultar dañados y los

    productos pueden entrar en contacto y producir reacciones peligrosas.

    Las incompatibilidades se dan por clase de peligrosidad. Como se muestra

    en la siguiente tabla:

    Almacenamiento Temporal

    Uno de los elementos de mayor discusión en el control de almacenamiento de

    sustancias peligrosas es el llamado “almacenamiento temporal” muchas

    empresas no consideran en el control o regulación de sus cantidades

    almacenadas sustancias que van a ser usadas en procesos, sustancias que se

    manejan en áreas de recepción, productos en cuarentena entre otros.

    Para este aspecto es muy importante la comprensión del término temporal o

    tránsito, para denominar así a un almacenamiento la carga peligrosa no puede

    exceder el tiempo que dure un turno de funcionamiento de instalación. Si la

    carga permanece por un tiempo mayor que este, se deberá contabilizar su peso

    dentro de las cantidades de almacenamiento de la instalación.

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    Tabla 2.1 Incompatibilidades de Sustancias Químicas

    Fuente: Decreto Supremo 43

    Cada color representa una categoría de riesgo.

    El COLOR ROJO es el que representa el mayor riesgo, las clases de sustancias

    que cuenten con un cruce en este color deben ser almacenadas en

    compartimientos separados o bodegas diferentes.

    El COLOR AMARILLO representa un riesgo menor al rojo pero de igual forma hay

    que tener precauciones. Deben ser colocadas en distintos compartimientos, pero

    estos pueden ser vertical o longitudinal o compartimientos intermedios completos.

    El COLOR VERDE representa que no hay riesgo de incompatibilidad y estos

    pueden ser colocados en el mismo compartimiento.

    Cuando el cuadro está en COLOR BLANCO no requiere ningún tipo de

    separación especial.

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    Las separaciones se pueden hacer en base al tamaño del almacén o bodega, por

    sistemas de islas, estanterías y jaulas. El sistema de islas consiste en la

    agrupación de sustancias de un misma clase en un determinado sector, alrededor

    de este almacenamiento deben quedar pasillos o ubicaciones vacías formando

    una isla, si el almacenamiento no es voluminoso también se puede hacer de

    manera lineal usando espacios entre pasillos o almacenando junto usando

    sistemas de inertización como metales inertes, lana de fibra de vidrios, entre otros.

    Este tipo de soluciones son las más valoradas, ya que no hace perder espacio de

    almacenamiento en las bodegas.

    Ejercicio N°2:

    Mirando la matriz de incompatibilidades determina:

    1. ¿Qué tipo de separación debe tener un producto clase 9 con uno clase 8

    corrosivo?

    2. ¿Qué riesgo de almacenamiento tiene de gases inflamables con

    sustancias explosivas?

    3. ¿Qué tipo de precauciones se deben tener para el almacenamiento

    conjunto de gases clase 2 con líquido inflamable clase 3?

    Investiga las siglas para identificación del al menos tres diferentes materiales

    y países del mundo que entreguen la homologación.

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    Conclusión

    Durante el desarrollo de este módulo se han recorridos los enunciados principales

    del manejo de bodegas de sustancias peligrosas.

    Es muy importante conocer los requisitos de constructividad de la bodega ya que

    dependiendo de su emplazamiento y resistencia al fuego se podrá determinar las

    cantidades y clases de peligrosidades que podrá contener y si está requerirá de

    autorización sanitaria de funcionamiento o no.

    Además de esta clasificación existen una serie de requisitos comunes para el

    almacenamiento de productos peligrosos que van desde señaléticas,

    demarcaciones y etiquetado hasta contar con cierta documentación a cargo del

    personal que maneja la bodega, como un procedimiento operativo y las hojas de

    seguridad en español de los productos almacenados al salir de la bodega, de

    manera de contar con instrucciones claras de cómo reaccionarán determinadas

    sustancias fuera del recinto donde se podría producir la emergencia.

    Otra de las lecciones primordiales del módulo es conocer la forma en que se

    calculan los pesos, que debe ser siempre midiendo la cantidad de producto

    almacenado sin contar el peso de sus envases primarios y secundarios además

    de manejar con claridad el concepto de almacenamiento temporal, el cual no

    puede ser usado con liviandad tratando de disminuir la carga combustible de una

    instalación, sino pudiendo demostrar que la carga no permanece en estas áreas

    de tránsito mayor tiempo que el correspondiente a un turno. Para el caso de

    empresas que trabajen en un solo turno de 8 horas, se podría considerar como

    temporal aquel producto que no supere las 24 horas en el lugar de tránsito.

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    Bibliografía

    Decreto Supremo 43, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas,

    Ministerio de Salud, Santiago de Chile, 2016.

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