GESTIÓN DE LA TRANSFERENCIA MONETARIA EN CUENTA DIRECTIVA …

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UNIDAD DE OPERACIONES Y TRANSFERENCIAS Fecha de vigencia: 06/09/2021 Página 1 de 29 GESTIÓN DE LA TRANSFERENCIA MONETARIA EN CUENTADIRECTIVA N° 009-2021-MIDIS/PNPDS-DE Versión 01 Aprobada con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 108-2021-MIDIS/PNPDS-DE, con fecha de 06 de setiembre de 2021 Etapa Responsable Visto bueno y sello Propuesto por: Frank Jonathan Guzmán Castillo Cargo: Jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias Fecha: 24/08/2021 Revisado por: Rosa Cecilia Reina Sánchez Cargo: Jefa de la Unidad de Administración Fecha: 02/09/2021 Revisado por: María Luisa Chávez Kanashiro Cargo: Jefa de la Unidad de Acompañamiento Fecha: 02/09/2021 Revisado por: Zeida Mabel Aguilar Pianto Cargo: Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Fecha: 03/09/2021

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“GESTIÓN DE LA TRANSFERENCIA MONETARIA EN CUENTA”

DIRECTIVA N° 009-2021-MIDIS/PNPDS-DE

Versión 01

Aprobada con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 108-2021-MIDIS/PNPDS-DE,

con fecha de 06 de setiembre de 2021

Etapa Responsable Visto bueno y sello

Propuesto por: Frank Jonathan Guzmán Castillo

Cargo: Jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias

Fecha: 24/08/2021

Revisado por: Rosa Cecilia Reina Sánchez

Cargo: Jefa de la Unidad de Administración

Fecha: 02/09/2021

Revisado por: María Luisa Chávez Kanashiro

Cargo: Jefa de la Unidad de Acompañamiento

Fecha: 02/09/2021

Revisado por: Zeida Mabel Aguilar Pianto

Cargo: Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y

Modernización

Fecha: 03/09/2021

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Revisado por: Giuliana Rocío Grimaldo Ugarriza

Cargo: Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica

Fecha: 06/09/2021

Aprobado por: Diana Elizabeth Prudencio Gamio

Cargo: Directora Ejecutiva

Fecha: 06/09/2021

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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS

1 Se debe describir el artículo, numeral o literal del documento normativo interno a ser modificado 2 Se describe el nuevo texto que modificará el artículo, numeral o literal del documento normativo interno 3 Sustento o justificación de la modificación 4 Señalar la unidad orgánica que solicita la nueva versión del documento e indicar el informe sustentario

Versión Fecha Descripción1 Texto Modificado 2 Sustento o

Fundamento3 Responsable4

01 24/082021 Elaboración inicial del documento UOT

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DIRECTIVA No. 009-2021-MIDIS/PNPDS-DE

“GESTIÓN DE LA TRANSFERENCIA MONETARIA EN CUENTA”

1. OBJETIVO

Normar los procedimientos para la entrega de la pensión no contributiva desde la apertura de

cuentas de ahorros hasta la transferencia monetaria a la cuenta de la/el usuaria/o, así como la

recuperación y reversión de los abonos.

2. ALCANCE

La presente Directiva, es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las Unidades

Orgánicas, Jefas/es, Coordinadoras/es y Servidoras/es que conforman el Programa CONTIGO,

que intervengan en la transferencia monetaria, así como el registro y control de las mismas en

el ámbito de sus competencias, cualquiera sea su modalidad de contratación.

3. BASE LEGAL

3.1. Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

3.2. Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

3.3. Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.

3.4. Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería.

3.5. Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y sus modificatorias.

3.6. Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e

Inclusión Social.

3.7. Decreto Legislativo Nº 1441, Sistema Nacional de Tesorería.

3.8. Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley General de

la Persona con Discapacidad y sus modificatorias.

3.9. Decreto Supremo N° 004-2015-MIMP, que crea el Programa para la entrega de la

pensión no contributiva para personas con discapacidad severa y en situación de

pobreza, modificado por los Decretos Supremos N° 007-2016-MIMP y N° 008-2017-

MIDIS.

3.10. Resolución Ministerial N° 012-2020-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del

Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con

Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO.

3.11. Resolución Directoral N°002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva N°001-2007-

EF/77.15, Sistema Nacional de Tesorería.

3.12. Resolución Directoral Nº002-2020-EF/52.03, Disponen que las entidades que realicen

sus operaciones a través del SIAF-SP, utilicen el medio de pago “Orden de Pago

Electrónica” (OPE), a través del banco de la nación, y emiten otras disposiciones.

3.13. Resolución de Dirección Ejecutiva N° 60-2021-MIDIS/PNPDS-DE, que aprueba la

Directiva N° 003-2021-MIDIS/PNPDS-DE, denominada “Directiva para la formulación,

aprobación y modificación de documentos normativos internos que regulan materias de

competencia del Programa CONTIGO”

3.14. Resolución de Dirección Ejecutiva N°95-2021-MIDIS/PNPDS-DE, que aprueba la

Directiva N° 007-2021-MIDIS/PNPDS-DE, denominada “Gestión de la afiliación a la

pensión no contributiva”.

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4. RESPONSABILIDADES

4.1 Directora/Director Ejecutiva/o: Autoriza la creación de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

4.2 Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias: Dirige, programa y supervisa los procesos de la gestión de la transferencia monetaria; correspondiente a los procedimientos de apertura, vigilancia, bloqueo y seguimiento de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

4.3 Jefa/e de la Unidad de Administración: Gestiona a través de la Coordinación de Contabilidad y Finanzas, el oficio a la Entidad Bancaria con las firmas de los responsables del manejo de las cuentas bancarias, de acuerdo al requerimiento de la Unidad de Operaciones y Transferencias para la apertura, vigilancia, bloqueo y seguimiento de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

4.4 Jefa/e de la Unidad de Asesoría Jurídica: Realiza las acciones legales correspondientes en los casos en los que no se logra la recuperación total de los abonos o en los casos que se considere pertinente.

4.5 Jefa/e de la Unidad de Acompañamiento: Apoya las acciones realizadas por la Unidad de Operaciones y Transferencias para la actualización de los DNI inválidos, así como en la difusión de los cronogramas de pago y operativos de pago en todas sus modalidades de cobro.

4.6 Jefa/e de la Unidad de Comunicación e Imagen: Apoya las acciones realizadas por la Unidad de Operaciones y Transferencias para la actualización de los DNI inválidos, así como en la difusión de los cronogramas de pago y operativos de pago en todas sus modalidades de cobro.

4.7 Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias o quien haga sus veces: Gestiona y realiza las acciones correspondientes a los procedimientos de apertura, vigilancia, bloqueo y seguimiento de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

4.8 Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces: Tramita el oficio a la Entidad Bancaria con las firmas de los responsables del manejo de las cuentas bancarias, de acuerdo al requerimiento de la Unidad de Operaciones y Transferencias para la apertura, vigilancia, bloqueo y seguimiento de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

4.9 Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces: Coordina y ejecuta los procedimientos de apertura, vigilancia, bloqueo y seguimiento de cuentas de ahorros, transferencia monetaria de la pensión no contributiva, transferencia de saldos, recuperación y reversión de abonos.

5. DEFINICIONES

5.1. Abonos: Transferencia de la pensión no contributiva, a las cuentas de ahorros de las/os

usuarias/os o autorizadas/os, en la Entidad Bancaria.

5.2. Aliados Estratégicos: Toda entidad pública o privada que desarrolla acciones en

beneficio de las personas con discapacidad severa.

5.3. Autorizada/autorizado: Cuidadora/cuidador o el apoyo designado por la/el usuaria/o del

Programa CONTIGO que fue autorizada/o al cobro de la pensión no contributiva,

aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva.

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5.4. Cuenta de ahorros: Instrumento de carácter financiero que permite a las/os usuarias/os

o autorizadas/os recibir el depósito de su pensión no contributiva.

5.5. Entidad Bancaria: Entidad pública o privada encargada de realizar el servicio para la

entrega de la pensión no contributiva a las/os usuarias/os o autorizadas/os. Puede

ofrecer, entre otros, el servicio de apertura, vigilancia, bloqueo o cierre de cuentas de

ahorros, transferencias entre cuentas de ahorros de usuarios/autorizados, y/o servicio de

pagaduría.

5.6. Estado de la Cuenta de Ahorros: Los estados de las cuentas de ahorros se clasifican

en:

5.6.1. Cuenta Vigilada: Cuenta restringida por no registrar movimientos y/o retiros

durante 180 días consecutivos, por detectarse un movimiento inusual en la

cuenta de ahorros o por intermedio de in oficio. En caso la vigilancia es por falta

de movimiento o por un movimiento inusual, el titular de la cuenta puede solicitar

se active su cuenta de ahorros en cualquier agencia de la Entidad Bancaria. En

caso la vigilancia sea por intermedio de un oficio, la cuenta solo se activa a

solicitud del Programa CONTIGO.

5.6.2. Cuenta Paralizada: Cuenta restringida por no registrar movimientos y/o retiros por

más de 2 años consecutivos, la restricción puede ser levantada por el titular de

la cuenta en cualquier agencia de la entidad bancaría con la presentación del

DNI.

5.6.3. Cuenta Bloqueada: Cuenta restringida por alertas recibidas de cualquier índole,

así como por el fallecimiento remitido por RENIEC o aliados estratégicos, esta

restricción solo podrá ser levantada por el Programa.

5.7. Padrón de Autorizados: Banco de datos personales que contiene la identificación de

las personas autorizadas al cobro mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, así como

la relación nominal de las personas que cumplen con los requisitos de evaluación para

ser autorizados de las/os nuevas/os usuarias/os que componen el Padrón de Usuarios

en elaboración.

5.8. Padrón de Usuarios: Banco de datos personales que contiene la identificación de las/os

ciudadanas/os que son beneficiarias/os de la pensión no contributiva del bimestre en

curso. Se encuentra compuesto por usuarias/os nuevas/os, usuarias/os

continuadoras/es, usuarias/os reincorporadas/os y usuarias/os suspendidas/os.

5.9. Padrón General de Usuarios: Banco de datos personales que contienen los datos de

identificación e información nominal histórica de cada usuaria/o del Programa CONTIGO.

Se encuentra compuesto por usuarias/os nuevas/os, usuarias/os continuadoras/es,

usuarias/os reincorporadas/os, usuarias/os suspendidas/os y usuarias/os

desafiliadas/os.

5.10. Pensión no contributiva: Monto dinerario de trescientos soles (S/ 300.00) entregado de

manera bimestral a las personas con discapacidad severa en situación de pobreza que

tienen la condición de usuarias/os del Programa CONTIGO con la finalidad de elevar su

calidad de vida.

5.11. Programa CONTIGO: Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a

personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO.

5.12. Recuperación de abonos: Recuperación de la(s) pensión(es) no contributiva(s)

trasferida(s) posterior al fallecimiento de la/el usuaria/o o previa autorización de la/el

usuaria/o que presentó su renuncia voluntaria al Programa CONTIGO.

5.13. Reversión de abonos: Devolución al Tesoro Público de la(s) pensión(es) no

contributiva(s) recuperada(s).

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5.14. SFTP: Secure File Transfer Protocol (Protocolo de transferencia segura de archivos).

5.15. Transferencia Monetaria: Transferencia de recursos financieros realizada por el

Programa CONTIGO a la Entidad Bancaria, para abonar la pensión no contributiva a

las/os usuarias/os o autorizadas/os.

5.16. Usuaria/o: Persona que integra el Padrón de Usuarios y/o el Padrón General de

Usuarios del Programa CONTIGO, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva que

le otorgó el acceso a la pensión no contributiva, clasificándose en:

5.16.1. Usuaria/o desafiliada/o: Aquel que pierde la condición de usuaria/o y el derecho a la pensión no contributiva, por no cumplir con uno o más requisitos de elegibilidad y por tanto es considerado parte integrante del Padrón General de Usuarios del Programa CONTIGO más no del Padrón de Usuarios del bimestre en curso.

5.16.2. Usuaria/o suspendida/o: Aquel que no pierde la condición de usuaria/o, pero debido a una alerta por el posible incumplimiento de alguno de los requisitos de elegibilidad del Programa CONTIGO fue suspendida/o del pago de la pensión no contributiva para dicho Padrón de Usuarios.

5.16.3. Usuaria/o activa/o: La/el usuaria/o nueva/o, usuaria/o continuadora/continuador o usuaria/o reincorporada/o que forma parte del Padrón de Usuarios, a quien se les realizará la transferencia de la pensión no contributiva de manera inmediata

6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1. Gestión de cuentas de ahorros

6.1.1. Apertura de cuentas de ahorros

i. Las aperturas de cuentas de ahorros se gestionará a las/los ciudadanas/os que

cumplan con los criterios de elegibilidad del Programa CONTIGO o que formen

parte del Padrón de autorizados.

ii. Para ello, la/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

identifica las/los ciudadanas/os que no se encuentren en la base de datos de

cuentas de ahorros y procede a elaborar el memorando, el proyecto de oficio y

el formato de creación de cuentas de ahorros5 (Anexo N° 01), para solicitar la

apertura de cuentas de ahorros a la Entidad Bancaria.

iii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando, el proyecto de oficio y el

formato de creación de cuentas de ahorros. De estar conforme visa el

memorando, de lo contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, para su corrección.

iv. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta para solicitar la creación de

cuentas de ahorros a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración, quién a través

de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, remite a la Entidad Bancaria el oficio y el formato de creación de cuentas

de ahorros, elaborado por la Unidad de Operaciones y Transferencias, ambos

5 La apertura de cuentas de ahorros para usuarios/as mayores y menores de edad son solicitados en archivos separados.

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documentos suscritos por los responsables del manejo de las cuentas bancarias

del Programa CONTIGO.

v. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, al recibir

de la Entidad Bancaria, vía correo electrónico, el reporte de apertura de cuentas

de ahorros con la información de cuentas generadas y registros no procesados

si fuera el caso, procede a registrar las cuentas generadas en la base de datos

de cuentas de ahorros. De existir registros no procesados, revisa la información

e identifica si corresponde crear cuentas de ahorros, de ser así, coordina vía

correo el reproceso con la Entidad Bancaria. Cuando recibe el correo de

respuesta de la Entidad Bancaria con las cuentas generadas por reproceso,

procede a registrar las mismas en la base de datos de cuentas de ahorros.

Finalmente, actualiza y remite el nominal de usuarias/os recibido con la

información de cuentas de ahorros.

En caso se presenten registros no procesados por DNI inválido:

vi. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, identifica

el nominal de potenciales usuarias/os con DNI inválidos y traslada a la/el

Especialista en Afiliaciones o quien haga sus veces, para las gestiones que

correspondan. Asimismo, la Unidad de Acompañamiento y la Unidad de

Comunicación e Imagen, realizarán acciones de apoyo a las gestiones que

realice la Unidad de Operaciones y Transferencias.

En caso se presenten registros no procesados por fallecimiento de la/el autorizada/o:

vii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, pone en

conocimiento vía correo electrónico a la/el Especialista en Autorización de Cobro

o quien haga sus veces, para las acciones que correspondan

6.1.2. Vigilancia de cuentas de ahorros

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, identifica

aquellos casos en los que se requiere la vigilancia de la cuenta de ahorros, a fin

de elaborar el memorando, el proyecto de oficio y el formato de vigilancia de

cuentas de ahorros (Anexo N° 02).

ii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando, el proyecto de oficio y el

formato de vigilancia de cuentas de ahorros. De estar conforme, visa el

memorando de lo contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, para su corrección.

iii. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta para solicitar la vigilancia de

cuentas de ahorros a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración, quién a través

de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, remite a la Entidad Bancaria el oficio y el formato de vigilancia de cuentas

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de ahorros, elaborado por la Unidad de Operaciones y Transferencias, ambos

documentos suscritos por los responsables del manejo de las cuentas bancarias

del Programa CONTIGO.

iv. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

recepciona de la Entidad Bancaria, por correo electrónico la confirmación de la

vigilancia de las cuentas de ahorros; y procede a actualizar el estado de vigilado,

en la base de datos de cuentas de ahorros.

6.1.3. Bloqueo de cuentas de ahorros

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, en la

consulta al Reporte de DNI restringidos de usuarias/os del Programa CONTIGO6

identifica a las/os usuarias/os y las/os autorizadas/os fallecidas/os que tienen

una cuenta de ahorros y procede a elaborar el archivo para la solicitud de

bloqueo de cuentas de ahorros (Anexo N° 03), el cual es enviado a la Entidad

Bancaria, a través de la carpeta IN del SFTP.

ii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, verifica

el bloqueo de las cuentas de ahorros en el reporte de validación de bloqueo de

cuentas de ahorros que la Entidad Bancaria ha remitido al Programa CONTIGO,

a través de la carpeta OUT del SFTP; y procede a actualizar el estado de

bloqueado, en la base de datos de cuentas de ahorros.

En el caso que se reciba una solicitud de renuncia voluntaria de la/el usuaria/o adjuntando el

formato para la autorización de recuperación de pensiones (Anexo N° 04) o que un aliado

estratégico comunique el fallecimiento de una/un usuaria/o que no se encuentre registrado en

RENIEC:

iii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, elabora

el memorando, el proyecto de oficio y el formato de bloqueo de cuentas de

ahorros (Anexo N° 05).

iv. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando, el proyecto de oficio y

formato de bloqueo de cuentas de ahorros por oficio. De estar conforme, visa el

memorando de lo contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, para su corrección.

v. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta para solicitar el bloqueo de

cuentas de ahorros a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración, quién a través

de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, remite a la Entidad Bancaria el oficio y el formato de bloqueo de cuentas

de ahorros por oficio, elaborado por la Unidad de Operaciones y Transferencias,

6 El reporte de DNI restringidos de las/os usuarias/os del Programa CONTIGO, es remitido a diario por el RENIEC, a través de correo electrónico.

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ambos documentos suscritos por los responsables del manejo de las cuentas

bancarias del Programa CONTIGO.

vi. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

recepciona por correo electrónico la confirmación del bloqueo de cuentas de

ahorros; y procede a actualizar el estado de bloqueado, en la base de datos de

cuentas de ahorros.

6.1.4. Cierre de cuentas de ahorros

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, identifica

a las/os usuarias/os fallecidas/os con saldo cero, desde el nominal de

usuarias/os fallecidas/os con recuperación de abonos recibido del procedimiento

de recuperación de abonos7 o desde el nominal de usuarias/os fallecidas/os

recibido del procedimiento de desafiliación y procede a elaborar el memorando,

el proyecto de oficio y el formato de cierre de cuentas de ahorros (Anexo N° 06).

ii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando, el proyecto de oficio y el

formato de cierre de cuentas de ahorros. De estar conforme visa el memorando,

de lo contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien

haga sus veces, para su corrección.

iii. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta para solicitar el cierre de

cuentas de ahorros a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración, quién a través

de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, remite a la Entidad Bancaria el oficio y el formato de cierre de cuentas de

ahorros, elaborado por la Unidad de Operaciones y Transferencias, ambos

documentos suscritos por los responsables del manejo de las cuentas bancarias

del Programa CONTIGO.

iv. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

recepciona por correo electrónico la confirmación del cierre de cuentas de

ahorros; y procede a actualizar el estado de cierre, en la base de datos de

cuentas de ahorros.

6.1.5. Seguimiento de cuentas de ahorros

Solicitud del reporte de saldo en cuentas de ahorros

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, cada 15

y 45 días calendario de la emisión de una Resolución de Dirección Ejecutiva que

aprueba el Padrón de Usuarios o según necesidad, solicita a la Entidad Bancaria,

vía correo electrónico, el reporte de saldo en cuenta de las/os usuarias/os que

forman parte del Padrón General de Usuarios.

7 El procedimiento de Recuperación de abonos se ejecuta cada quincena y fin de mes.

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ii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, al recibir

de la Entidad Bancaria, vía correo electrónico, el reporte de saldo en cuentas de

ahorros actualiza el saldo en rangos, en la base de datos de cuentas de ahorros,

luego remite el reporte a la/el Especialista en Autorización de Cobro o quien haga

sus veces a fin de iniciar las actividades concernientes al proceso de Verificación

y Seguimiento al cobro.

Solicitud del reporte del estado de cuentas de ahorros

iii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, solicita

con una periodicidad de 30 días calendario o según necesidad, el reporte del

estado de cuentas de ahorros a la Entidad Bancaria, vía correo electrónico.

iv. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe el

reporte del estado de cuentas de ahorros vía correo electrónico y actualiza en la

base de datos de cuentas de ahorros.

v. De identificarse cuentas de ahorros de autorizadas/os al cobro de la pensión no

contributiva en estado diferente al “activo”, la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, remitirá los casos vía correo electrónico a

la/el Especialista en Autorización de Cobro o quien haga sus veces, a fin de

iniciar las actividades concernientes al proceso de Verificación y Seguimiento al

cobro.

De no tener respuesta de la Entidad Bancaria a la solicitud del reporte del saldo en cuentas o

del estado de cuentas de ahorros vía correo electrónico, se procederá de la siguiente manera:

vi. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, procede

a elaborar el memorando, el proyecto de oficio y el nominal de cuentas de

ahorros para solicitar el reporte del saldo en cuentas o del estado de cuentas de

ahorros a la Entidad Bancaria.

vii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando, el proyecto de oficio y el

nominal de cuentas de ahorros. De estar conforme visa el memorando, de lo

contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga

sus veces, para su corrección.

viii. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta para el reporte del saldo en

cuentas o del estado de cuentas de ahorros a la/el Jefa/e de la Unidad de

Administración, quién a través de la/el Coordinadora/Coordinador de

Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces, remite a la Entidad Bancaria el

oficio y el nominal de cuentas elaborado por la Unidad de Operaciones y

Transferencias, ambos documentos suscritos por los responsables del manejo

de las cuentas bancarias del Programa CONTIGO.

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ix. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

recepciona por correo electrónico el reporte del saldo en cuentas de ahorros o

del estado de cuentas de ahorros; y procede a actualizar en la base de datos de

cuentas de ahorros.

6.2. Transferencia monetaria de la pensión no contributiva

6.2.1. Emisión de Resolución de Dirección Ejecutiva del Padrón de Usuarios

i. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias deriva el informe

técnico del Padrón de Usuarios y el informe de autorizaciones a la/el Especialista

en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces.

ii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, verifica

si las/os usuarias/os que forman parte del Padrón de Usuarios cuentan con un/a

autorizada/o en el Padrón de Autorizados, de ser así se obtiene la cuenta de

ahorros de la/el autorizada/do, de lo contrario se obtiene la cuenta de la/el

usuaria/o, para elaborar el informe de transferencias y el archivo de texto - txt

(Anexo N° 07) con las cuentas de ahorros a abonar. Para lo cual, se tomará en

cuenta lo detallado en el numeral 6.2.5. de la Directiva N° 007-2021-

MIDIS/PNPDS-DE, denominada “Gestión de la Afiliación a la pensión no

contributiva”.

iii. Posterior a la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el

Padrón de Usuarios, la/el Jefa/e de la Unidad de Administración a través de la/el

Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces,

gestiona el compromiso, devengado y giro para la transferencia del Padrón de

Usuarios.

iv. Aprobado el giro la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o

quien haga sus veces, gestiona el envío de la Carta Orden, debidamente suscrito

por los responsables del manejo de las cuentas bancarias del Programa

CONTIGO y el archivo de texto - txt elaborado por la Unidad de Operaciones y

Transferencias, para que se instruya a la Entidad Bancaria a realizar la

transferencia monetaria a las cuentas de ahorros de las/os usuarias/os o las/os

autorizadas/os.

v. La/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, comunica a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración, la/el Jefa/e de la

Unidad de Operaciones y Transferencias y la/el Jefa/e de la Unidad de

Comunicación e Imagen, la materialización de la transferencia monetaria

correspondiente al pago de la pensión no contributiva del Padrón de Usuarios.

vi. La/el Jefa/e la Unidad de Acompañamiento y la/el Jefa/e de la Unidad de

Comunicación e Imagen realizarán acciones de apoyo a las gestiones que realice

la Unidad de Operaciones y Transferencias para la difusión del cronograma de

pagos y de los operativos de pago en todas sus modalidades de cobro (agencia,

ETV, pago a domicilio, entre otros).

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Unidad de Operaciones y Transferencias Fecha de vigencia: 06/09/2021

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6.2.2. Conciliación de la transferencia

i. Posterior al envío de la Carta Orden, la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, solicita vía correo electrónico a la Entidad

Bancaria la confirmación de la transferencia monetaria instruida mediante Carta

Orden.

ii. De existir, transacciones no procesadas, la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, verifica si todas corresponden a usuarias/os

o autorizadas/os fallecidas/os. De ser así, solicita vía correo electrónico a la

Entidad Bancaria la elaboración del cheque de gerencia por el importe total de

las transacciones no procesadas.

iii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la Entidad Bancaria, el cheque de gerencia escaneado y lo

envía a la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga

sus veces, para que gestione su recojo.

iv. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas

o quien haga sus veces, la confirmación del recojo del cheque de gerencia.

Posterior a ello, elabora el memorando y el Formato para la reversión de abonos

al Tesoro Público (Anexo N° 08). Del mismo modo, se hará de conocimiento a la

Unidad de Planeamiento y Presupuesto.

v. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa el memorando y el nominal de cuentas de ahorros

no procesadas. De estar conforme visa el memorando, de lo contrario lo retorna

a la/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, para su

corrección.

vi. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta a la/el Jefa/e de la Unidad de

Administración, la cual a través de la/el Coordinadora/Coordinador de

Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces, gestiona la reversión de abonos

a la cuenta del Tesoro Público.

vii. La/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas o quien haga sus

veces, informa mediante correo electrónico a la/el Especialista en Transferencia

Monetaria o quien haga sus veces, la confirmación de la reversión de abonos a

la cuenta del Tesoro Público.

viii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, de

identificar que la/el autorizada/o ha fallecido y la/el usuaria/o se encuentra vivo u

otros casos que ameriten la reinstrucción, elabora el memorando y el archivo de

texto - txt con las cuentas de ahorros a abonar para solicitar el reproceso de la

transferencia de la pensión no contributiva.

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Unidad de Operaciones y Transferencias Fecha de vigencia: 06/09/2021

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ix. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el memorando y el archivo de texto - txt.

De estar conforme, visa el memorando de lo contrario lo retorna a la/el

Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, para su

corrección.

x. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y

traslada el memorando y la documentación adjunta a la/el Jefa/e de la Unidad de

Administración, quién a través de la/el Coordinadora/Coordinador de

Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces, gestiona la transferencia de

recursos financieros a la Entidad Bancaria.

xi. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la Entidad Bancaria, la respuesta de atención de la

reinstrucción.

xii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, comunica

hasta antes de la emisión del siguiente Padrón de Usuarios la conciliación de la

transferencia monetaria del último Padrón de Usuarios generado, a la/el Jefa/e

de la Unidad de Operaciones y Transferencias, para lo cual elabora el informe

de cumplimiento y rendición de cuentas de la transferencia de la pensión no

contributiva, adjuntando toda la documentación generada.

xiii. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias, traslada el informe

de conciliación a la Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento,

Presupuesto y Modernización, para conocimiento y fines.

6.3. Recuperación de abonos

6.3.1. Recuperación de abonos realizados posterior al fallecimiento de la/el

usuaria/o

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, con la

información proporcionada por los aliados estratégicos o el RENIEC respecto a

la supervivencia de las/os usuarias/os, identifica aquellos casos en lo que se

haya realizado el abono de la pensión no contributiva a las/os usuarias/os

desafiliadas/os cuya fecha de fallecimiento fue previa a la emisión del Padrón de

Usuarios.

ii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, gestiona

el bloqueo de la cuenta de ahorros, según lo establecido en el numeral 6.1.3. de

la presente Directiva.

6.3.2. Recuperación de abonos autorizados por la/el usuaria/o desafiliada/o

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, consolida

las autorizaciones de recuperación de pensiones transferidas (Anexo N° 04) a

las/os usuarias/os que solicitaron la desafiliación del Programa CONTIGO.

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ii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, gestiona

el bloqueo de la cuenta de ahorros, según lo establecido en el numeral 6.1.3. de

la presente Directiva.

6.3.3. Procedimiento para la recuperación de abonos

i. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, proyecta

el informe de identificación de usuarias/os y el formato de recuperación de

abonos (Anexo N° 09). De corresponder, debe consignar los datos de la/el

autorizada/o al cobro de la pensión no contributiva.

ii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el informe con la identificación de

usuarias/os y el formato de recuperación de abonos. De estar conforme, visa el

informe, de lo contrario lo retorna a la/el Especialista en Transferencia Monetaria

o quien haga sus veces, para su corrección.

iii. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias, revisa y firma el

informe, y traslada la totalidad de los actuados a la Dirección Ejecutiva,

solicitando su aprobación.

iv. La/el Directora/Director Ejecutiva/o analiza el informe y deriva a la/el Jefa/e de la

Unidad de Administración, quién a través de la/el Coordinadora/Coordinador de

Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces, remite a la Entidad Bancaria el

oficio y el formato de recuperación de abonos, elaborado por la Unidad de

Operaciones y Transferencias, ambos documentos suscritos por los

responsables del manejo de las cuentas bancarias del Programa CONTIGO.

v. Cuando se trate de recuperación de abonos autorizados por la/el usuaria/o que

gestionó su renuncia voluntaria al Programa CONTIGO, se deberá adjuntar al

oficio la carta original con el visto de la/el Especialista de la Unidad de

Operaciones y Transferencias y copia del Documento Nacional de Identidad –

DNI de la/el usuaria/o.

vi. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la Entidad Bancaria, la notificación de atención a la solicitud

de recuperación de abonos y comunica a la/el Coordinadora/Coordinador de

Contabilidad y Finanzas o quien haga sus veces, para que gestione el recojo del

cheque de gerencia.

vii. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas

o quien haga sus veces, la confirmación del recojo del cheque de gerencia.

Posterior a ello, identifica las recuperaciones totales, parciales o nulas, con lo

cual procede a elaborar el proyecto de informe de reversión, en el que se deberá

especificar el Padrón de Usuarios y las metas correspondientes (Anexo N° 08).

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Unidad de Operaciones y Transferencias Fecha de vigencia: 06/09/2021

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viii. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias

o quien haga sus veces, revisa y valida el informe de reversión y la

documentación adjunta. De estar conforme, visa el informe, de lo contrario lo

retorna a la/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces,

para su corrección.

ix. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y remite

el informe de reversión a la/el Directora/Director Ejecutiva/o, recomendando

trasladar el mismo a la Unidad de Administración para gestionar la reversión de

los fondos recuperados al Tesoro Público y/o a la Unidad de Asesoría Jurídica

para las acciones legales correspondientes en caso la recuperación sea parcial

o nula.

x. Cuando se identifique montos recuperados, la/el Directora/Director Ejecutiva/o

deriva el informe a la/el Jefa/e de la Unidad de Administración para que a través

de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y Finanzas gestione la

devolución de abonos al Tesoro Público.

xi. Cuando la recuperación de abonos sea parcial o nula, la/el Directora/Director

Ejecutiva/o deriva el informe a la/el Jefa/e de la Unidad de Asesoría Jurídica,

para que inicie las acciones legales que correspondan.

6.4. Transferencia de saldos

6.4.1. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias deriva la Resolución de

Dirección Ejecutiva de autorización de cobro de la pensión no contributiva a la/el

Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces.

6.4.2. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, verifica si

las/os autorizadas/os del nominal adjunto a la Resolución de Dirección Ejecutiva

tienen cuentas de ahorros aperturadas por el Programa CONTIGO. Para ello, realiza

el cruce de información con la base de datos de cuentas de ahorros. De identificarse

autorizadas/os que no cuenten con una cuenta de ahorros, gestionará la apertura

de las mismas según lo establecido en el numeral 6.1.1. de la presente Directiva.

6.4.3. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, verifica el

estado de la supervivencia de las/os usuarias/os y las/os autorizadas/os al cobro de

la pensión no contributiva con el reporte de fallecidos diarios remitido por el RENIEC.

De identificarse el fallecimiento de usuarias/os o autorizadas/os se retira del nominal

de la instrucción de transferencia de saldos; en el caso de identificarse el

fallecimiento de las/os autorizadas/os, se informa vía correo electrónico a la/el

Especialista en Autorización de Cobro o quien haga sus veces para la actualización

del Padrón de Autorizados

6.4.4. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, verifica en

la base de datos de cuentas de ahorros el saldo de las cuentas de las/os

usuarias/os. En caso de identificar cuentas de ahorros cuyo saldo sea igual a cero,

se retira del nominal de la instrucción de transferencia de saldos.

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Unidad de Operaciones y Transferencias Fecha de vigencia: 06/09/2021

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6.4.5. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, elabora el

informe y el formato para la transferencia de saldos (Anexo N° 10).

6.4.6. La/el Coordinadora/Coordinador de la Unidad de Operaciones y Transferencias o

quien haga sus veces, revisa y valida el informe y el formato para la transferencia

de saldos. De estar conforme, visa el informe, de lo contrario lo retorna a la/el

Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, para su

corrección.

6.4.7. La/el Jefa/e de la Unidad de Operaciones y Transferencias revisa, firma y remite el

informe de transferencia de saldos a la/el Directora/Director Ejecutiva/o.

6.4.8. La/el Directora/Director Ejecutiva/o deriva a la/el Jefa/e de la Unidad de

Administración, quién a través de la/el Coordinadora/Coordinador de Contabilidad y

Finanzas o quien haga sus veces, remite a la Entidad Bancaria el oficio y el formato

para la transferencia de saldos elaborado por la Unidad de Operaciones y

Transferencias, ambos documentos suscritos por los responsables del manejo de

las cuentas bancarias del Programa CONTIGO.

6.4.9. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la Entidad Bancaria la confirmación de las transferencias

realizadas y los registros no procesados. De identificarse que corresponde una

reinstrucción se solicita a la Entidad Bancaria por la misma vía el reproceso

correspondiente.

6.4.10. La/el Especialista en Transferencia Monetaria o quien haga sus veces, recibe vía

correo electrónico de la Entidad Bancaria, la respuesta de atención de la

reinstrucción y comunica por la misma vía a la/el Especialista en Autorización de

Cobro o quien haga sus veces.

7. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Los casos extraordinarios que no estén contemplados en la presente Directiva serán

evaluados por la Unidad de Operaciones y Transferencias para ser validados y elevados con

la recomendación correspondiente a la Dirección Ejecutiva del Programa CONTIGO, para su

aprobación.

8. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

La implementación de la presente Directiva denominada “GESTIÓN DE LA

TRANSFERENCIA MONETARIA EN CUENTA” es de aplicación inmediata.

9. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

Deróguese la Directiva N°05-2020-MIDIS/PNPDS-DE, denominada “Directiva para la

recuperación y reversión de abonos por fallecimiento de usuarios del Programa CONTIGO”,

aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva N°60-2020-MIDIS/PNPDS-DE.

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10. ANEXOS

Anexo N° 01: Formato de creación de cuentas de ahorros

Anexo N° 02: Formato de vigilancia de cuentas de ahorros

Anexo N° 03: Estructura del archivo para bloqueo de cuentas de ahorros por fallecimiento

por SFTP

Anexo N° 04: Formato para la autorización de recuperación de pensiones

Anexo N° 05: Formato de bloqueo de cuentas de ahorros por oficio

Anexo N° 06: Formato de cierre de cuentas de ahorros

Anexo N° 07: Estructura del archivo para transferencia de la pensión no contributiva

Anexo N° 08: Formato para la reversión de abonos al Tesoro Público

Anexo N° 09: Formato de recuperación de abonos

Anexo N° 10: Formato para la transferencia de saldos

11. FLUJOGRAMA

11.1. Flujograma de Gestión de la transferencia monetaria

11.2. Flujograma de la gestión de cuentas

11.3. Flujograma de la transferencia monetaria de la pensión

11.4. Flujograma de recuperación de abonos

11.5. Flujograma de transferencia de saldos

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Anexo N° 01

Formato de creación de cuentas de ahorros

Tipo de archivo: Excel

CAMPO VALORES

# SITUACIÓN DEL TRABAJADOR B

DNI 51 (DNI)

NUMERO Documento Nacional de Identidad

NOMBRES

APELLIDO PATERNO

APELLIDO MATERNO

APELLIDO CASADA

PAIS 504 (PERÚ)

FECHA NACIMIENTO En el formato: AAAAMMDD

SEXO H (Hombre), M (Mujer)

NACIONALIDAD 504 (PERÚ)

Anexo N° 02

Formato de vigilancia de cuentas de ahorros

Tipo de archivo: Excel

CAMPO VALORES

DNI APELLIDOS Y NOMBRES CUENTA

Anexo N° 03

Estructura del archivo para bloqueo de cuentas de ahorros por fallecimiento SFTP

Tipo de archivo: Texto

Primera línea del archivo: Texto libre de 10 caracteres

CAMPO VALORES

CUENTA

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Anexo N° 04

Formato para la autorización de recuperación de pensiones

Ciudad, de de 20xx

Señores

BANCO DE LA NACIÓN

Lima.-

Asunto: Autorizo extorno de depósito/s efectuado/s en mi cuenta de ahorros.

Yo _________________________________, identificado/a con DNI N° ______________,

domiciliado/a en __________________________, en el departamento de ___________, provincia

de _________, en el distrito de ____________, hago de conocimiento que he renunciado de manera

libre y voluntaria a ser usuaria/o del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a

personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, en adelante Programa

CONTIGO.

Por lo expuesto, autorizo al Banco de la Nación a efectuar el extorno de mi cuenta de ahorros

N° __________________, habilitada en el Banco de la Nación, la suma de S/ __________ soles,

depositados por el Programa CONTIGO, debiendo hacerse la reversión al Tesoro Público.

Atentamente,

Firma: ______________________________________

Nombres y Apellidos:

DNI N°:

Teléfono celular:

Correo electrónico:

Adjunto copia de DNI

Huella Digital

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Anexo N° 05

Formato de bloqueo de cuentas de ahorros por oficio

Tipo de archivo: Excel

CAMPO VALORES

DNI APELLIDOS Y NOMBRES CUENTA

Anexo N° 06

Estructura del archivo para el cierre de cuentas de ahorros

Tipo de archivo: Excel

CAMPO VALORES

CUENTA APELLIDOS Y NOMBRES TIPO DNI, CE

NUMERO DÍGITOS DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD

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Anexo N° 07

Estructura del archivo para transferencia de la pensión no contributiva

Tipo de archivo: Texto

CAMPO N° CARACTERES VALORES

CÓDIGO DE TRANSACCIÓN 03 341

CUENTA 10

MONTO

15 RELLENO DE CEROS (0) A LA IZQUIERDA, HASTA COMPLETAR EL MONTO, CON DOS (2) DECIMALES EJ. S/300.00 = 000000000030000

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Anexo N° 08

Formato para la reversión de abonos al Tesoro Público

Tipo de archivo: Excel

CAMPO VALORES

# DNI Documento Nacional de Identidad

NOMBRES Y APELLIDOS IMPORTE SOLICITADO

IMPORTE RECUPERADO

PENDIENTE

ESTADO DE RECUPERO

RESOLUCIÓN DE PADRÓN

META

DEPARTAMENTO

N° PADRONES ABONADOS

FECHA DE FALLECIMIENTO

DNI DE AUTORIZADO Documento Nacional de Identidad NOMBRES Y APELLIDOS DE AUTORIZADO

ENTIDAD BANCARIA

RESOLUCIÓN DE AUTORIZADO

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Anexo N° 09

Formato de recuperación de abonos

Tipo de archivo: Excel DETALLE DE REVERSIONES NO PROCESADAS Y PARCIALES

USUARIA(O) AUTORIZADA(O) GESTIÓN DE RECUPERO

# DNI NOMBRES Y APELLIDOS

CTA S/ ENTIDAD

BANCARIA

# PADRONES ABONADOS

ÚLTIMA RESOLUCIÓN DE ABONO

FECHA DE FALLECIMIENTO

DNI NOMBRES Y APELLIDOS

CTA S/ ENTIDAD

BANCARIA RDE

AUTORIZACIÓN ESTADO

MONTO SOLICITADO

MONTO RECUPERADO

PENDIENTE

Anexo N° 10

Formato para la transferencia de saldos

Tipo de archivo: Excel

TRANSFERENCIA DE SALDOS A CUENTA DE CUIDADORA/CUIDADOR AUTORIZADA/O

DE: PARA:

USUARIA(O) AUTORIZADA(O)

# DNI AP PATERNO AP MATERNO NOMBRES N° CTA BN # DNI AP PATERNO AP MATERNO NOMBRES N° CTA BN

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Flujograma de Gestión de la transferencia monetaria

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Flujograma de la gestión de cuentas de ahorros

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Flujograma de la transferencia monetaria de la pensión

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Flujograma de recuperación de abonos

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Flujograma de transferencia de saldos