Directiva Liquidacion y Transferencia de Obras

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1 DIRECTIVA PARA LA RECEPCIÓN LIQUIDACIÓN Y ENTREGA DE OBRAS EJECUTADAS POR LAMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUCHUMBAYA PREPARADA POR : CONSULTOR ING. JOSÉ FRANCISCO SALAS ACOSTA. REG. CONS. C 2011 CIP 64575 2007

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DIRECTIVA PARA LA RECEPCIÓN LIQUIDACIÓN Y

ENTREGA DE OBRAS EJECUTADAS POR

LAMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUCHUMBAYA

PREPARADA POR : CONSULTOR ING. JOSÉ FRANCISCO SALAS ACOSTA.

REG. CONS. C 2011 CIP 64575

2007

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“DIRECTIVA PARA EL PROCESO DE RECEPCIÓN,

LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA DE LAS OBRAS Y PROYECTOS EJECUTADOS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUCHUMBAYA Y PARA LA REGULARIZACIÓN DE OBRAS Y PROYECTOS

EJECUTADOS” I. ANTECEDENTES

Como es sabido la ejecución de las obras civiles pasa por una serie de etapas; cada una de las cuales tiene una importancia y responsabilidad definidas. Muchas veces por el desconocimiento y otras tantas por el desinterés y poca exigencia, estas etapas se van dejando de lado, permitiendo que la Entidad, en este caso el Municipio, se vea cada vez más y más afectado; llenándose de información de las obras en forma incompleta y lo que es peor no cumpliendo las etapas que la ley manda y obliga que se cumplan. Por otro lado es muy sabido que la Normatividad con la que se cuenta es más dedicada al sector privado, teniendo actualmente y cada año la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado y su Reglamento. Para las obras construidas por Administración Directa, existen dos hojas de Normas. Pero el gran problema, se encuentra cuando se produce una acción de control; la cual no revisa la documentación en base a las dos hojas; sino que aplica a la misma toda la Normatividad habida y por haber; es más como es ejecución por aplicación directa, los documentos a presentar son muchos más que los que se pediría a un contratista en caso de conflicto. La Municipalidad Distrital de Cuchumbaya , ha sufrido un cambio total respecto a la ejecución de obras civiles para su localidad, por motivo de haber incrementado sus presupuestos en forma considerable. Por tanto se hace necesario e imprescindible, que basado en la normatividad vigente, se cuente con una directiva interna que permita que los procesos en el aspecto de la Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras, sean lo más ágiles posibles y más que nada que el personal que labora en obras, sepa cual y hasta donde es su responsabilidad en este campo de la ejecución de obras.

II. OBJETIVO

Es objetivo de la presente Directiva, el normar los procesos de recepción, liquidación y transferencia de las obras y proyectos que ejecute la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, por la modalidad de administración directa; y en forma transitoria, normar el proceso de regularización para obras que se han terminado pero que no cuentan con la documentación completa.

III. FINALIDAD

En base a las Leyes (en especial la Ley de contrataciones y adquisiciones y su Reglamento, el nuevo reglamento Nacional de edificaciones y las Normas de control interno para obras ejecutadas por Administración Directa), establecer un mecanismo que permita efectuar oportunamente el proceso normal de recepción, liquidación y transferencia de las obras y proyectos que ejecute La Municipalidad Distrital.

IV. BASE LEGAL 1. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2. Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto 3. Ley Anual de Presupuesto del Sector Público del año pertinente 4. Directiva de Programación y Formulación Presupuestal del año pertinente 5. Directiva de Aprobación, Ejecución y Control Presupuestal del año pertinente

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6. Ley Nº 27842, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado 7. Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Publica. 8. Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, que apruebe las Normas para la Ejecución de

Obras por Administración Directa. 9. Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, que apruebe las Normas Técnicas de Control

Interno para el sector Publico y su modificatoria R.C. Nº 123-2000-CG. 10. Decreto Legislativo Nº 276 y sus Normas, Ley Bases de la Carrera Administrativa 11. Reglamento Nacional de Edificaciones 12. Resolución Jefatural Nº 008-2002-EF/68.01, Nº 006-2002-EF/68.01, Plazos Máximos para

Proyecto de Inversión Publica, Contenidos Mínimos para Estudios de Pre-Inversión a Nivel de Perfil.

13. Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de Bienes de Propiedad Fiscal y su modificatoria D.S. Nº107-2003-EF.

14. Normas para el Manejo y Control de la cuenta 333, Construcciones en curso en la Región Moquegua.

15. Ley Nº 27171 de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por el FONCODES, su Reglamento D.S. Nº 005-2000-PRES y modificatoria D. S. Nº 003-2001-PRES.

V. ALCANCE La presente Directiva será de aplicación y cumplimiento obligatorio por los funcionarios y personal de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, directamente involucrados en el proceso de Recepción, Liquidación y Transferencia de obras y proyectos financiados con recursos públicos ejecutados por administración directa.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

1. Para efectos de la presente directiva se define :

1.1. Administración directa como una modalidad mediante la cual los trabajos de ejecución de obras y/o de proyectos del Municipio son efectuados con recursos y capacidad instalada propia (asignación presupuestal, personal técnico administrativo y los equipos necesarios; de tal manera que la Entidad demuestre que el costo total de la obra a ejecutarse por esta modalidad, resulte menor o igual al presupuesto base deducida la utilidad; situación que deberá reflejarse en la liquidación de la obra.

1.2. Recepción de obra o proyecto como la solicitud hecha por el Ingeniero Residente de Obra o por el responsable del proyecto a la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras, al concluir los trabajos programados con el propósito de levantar el Acta de Recepción de la obra o proyecto sin observaciones.

1.3. Liquidación de obra o proyecto como el conjunto de acciones conducentes a la formulación de un Expediente de Liquidación Técnico–Financiera sobre los sustentos del gasto realizados en la obra o proyecto; que permiten determinar el costo real de ejecución. Esto es elaborado por la Subgerencia de Liquidaciones; revisado, avalado y remitido por la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras al Titular de la Entidad para su aprobación mediante Resolución.

1.4. Liquidación Técnica consiste en el proceso de recopilación de la documentación sustentatoria para la consolidación técnica, con la cual se determinará el costo real de la obra o proyecto actualizado.

1.5. Liquidación Financiera consiste en el procesamiento realizado para la verificación del movimiento financiero y la determinación del gasto financiero real de la obra o proyecto, que comprende todos los gastos realizados en el pago de mano de obra, materiales de consumo (incluyendo la utilización de saldos de otras obras y la deducción del saldo actual de almacén, herramientas prestadas), maquinaria y equipo (alquilado o propio) y gastos generales atribuibles en la ejecución de la obra o proyecto, de corresponder.

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Asimismo, se debe considerar los gastos de pre-inversión, así como los de elaboración de liquidación y compromisos pendientes de pago (devengados), si los hubiere.

1.6. Consolidación técnico-financiera como el resultado de la comparación entre el costo total valorizado de obra actualizada (liquidación técnica), con el gasto financiero real de la obra o proyecto (liquidación financiera).

1.7. Transferencia de obra o proyecto consiste en el proceso de traslado de propiedad ejecutado por el Municipio, mediante el cual una obra o proyecto, previamente liquidado, pasa a formar parte del patrimonio de la entidad receptora.

2. Se considera que el proceso de recepción, liquidación y transferencia es un:

2.1. Proceso Normal, cuando las acciones y actividades de dicho proceso se realizan por las personas y órganos competentes cumpliendo los requisitos, plazos y formalidades establecidos por las normas legales y administrativas para la recepción, liquidación y transferencia de las obras y proyectos.

2.2. Proceso de Regularización, cuando el proceso de recepción, liquidación y transferencia al que ha sido sometido una obra o proyecto considera acciones y actividades complementarias al proceso normal para regularizar su situación y cumplir con los requisitos y formalidades que exige un proceso normal.

3. El Titular de la entidad designará mediante Resolución Ejecutiva Municipal a los miembros de la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras del Municipio Distrital, que se encargará de las acciones correspondientes de las obras y proyectos del Programa de Inversiones del ejercicio presupuestal, así como de las obras y proyectos anteriores al cual le falta este proceso. Estará constituida de la siguiente manera: · El Gerente de Inversiones, quien la presidirá. · El Subgerente de Liquidaciones, como ejecutor técnico-financiero y actuará como

secretario. · El Subgerente de Obras, como responsable técnico. · Un representante de a Dirección de Finanzas como responsable financiero.

4. La Comisión anteriormente citada para el registro de los acuerdos tomados colegiadamente llevarán un Libro de Actas debidamente legalizado por un Notario Público de la localidad o en su defecto por el Juez de Paz.

5. El Presidente de la CRLTO, cada vez que se presente un caso de recepción, liquidación o transferencia de obras o proyectos convocará inmediatamente a la Comisión para los fines pertinentes.

6. Las decisiones de dicha Comisión se toman por mayoría simple, teniendo el Presidente voto dirimente en caso de empate.

7. Los Perfiles y Expedientes Técnicos de obras y proyectos deben considerar una partida específica en su presupuesto para los gastos que demande el proceso de recepción, liquidación y transferencia, los cuales no superarán el 2% del costo directo de la obra y/o Proyecto.

8. La información exigida para el inicio de la liquidación y consolidación técnico financiera, deberá estar de acuerdo con los ítems que se indican a continuación: a) Memorando de designación del Residente de obra o Inspector según sea el caso. b) Memorando de designación del inspector o Supervisor de obra o del proyecto, según

corresponda. c) Expediente técnico (Plan de Trabajo en caso de proyectos) y su resolución ejecutiva

Municipal de aprobación.

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d) Perfil técnico y su resolución ejecutiva Municipal de aprobación e) Cuaderno(s) de obra legalizado(s), conteniendo el acta o asiento de inicio de obra y el

acta o asiento de término de obra. f) Informes mensuales de obra o del proyecto con la visación del inspector. g) Cuaderno de almacén y de control del combustible. h) Certificado de control de calidad del tipo de obra. i) Acta de entrega y/o saneamiento del terreno. j) Acta de internamiento de materiales, herramientas, equipo, NEA, etc. k) Control de tiempo mensual del personal asignado a la obra o al proyecto. l) Acta de recepción de obra o proyecto sin observaciones. m) Informe final de obra o proyecto (Anexo 01: Informe Final)

9. Tratándose de obras que no cuenten con suficientes documentos sustentatorios de gasto para determinar el valor de liquidación y proceder a su recepción, se llevará a cabo la liquidación y la recepción de oficio, conforme a lo indicado en la presente directiva, sin perjuicio de adoptarse las acciones legales contra los que resulten responsables de la falta de dichos documentos.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Y PROCEDIMIENTO

1. DEL PROCESO NORMAL DE RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA

1.1. ETAPA DE RECEPCION

1.1.1 Una vez concluidos los trabajos de la obra o proyecto, el Residente, dejará constancia de ello en el Cuaderno de obra y solicitará la recepción de la misma. El Inspector o Supervisor, en un plazo no mayor a 5 días solicitará al Gerente de Inversiones la presencia de la CRLTO para levantar el acta de recepción de obra.. Es requisito necesario para solicitar la recepción contar con el Informe Final de Obra o proyecto con la firma del Inspector en cada uno de sus folios. Para el caso de los proyectos el responsable; asimismo al término del proyecto elevará el Informe Final, visado por el Inspector, a su Jefe Inmediato solicitando la presencia de la CRLTO para la recepción.

1.1.2 El Subgerente de Obras eleva dicho informe, a través del Gerente Inversiones dentro de los cinco días de recibida la solicitud del residente, a la CRLTO para la fijación del lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo dicho acto. En el caso de proyectos, el Jefe Inmediato comunicará el pedido de recepción del proyecto a la CRLTO para los fines señalados en el párrafo anterior.

1.1.3 Constituidos el Residente y la CRLTO en el lugar, fecha y hora fijados, que no deberán exceder de los diez días siguientes de recibida la comunicación, procederán a la verificación de los trabajos ejecutados y levantamiento del Acta de Recepción, según el Anexo 03: Acta de Recepción de Obra. De encontrarse observaciones que no requieran gastos adicionales, se dará un plazo de cinco días hábiles para su absolución, y levantamiento del Acta de Recepción sin Observaciones, la cual será elaborada en original y cinco copias que serán distribuidas a los integrantes de la CRLTO, residente (o responsable del proyecto) y el original se anexa al Informe Final el cual deberá elaborarse conforme al Anexo 01: Informe Final. El acta se firmará en el lugar de la obra el mismo día en que la recepción se realice SIN OBSERVACIONES.

1.1.4 En el caso de existir observaciones, el Residente tiene un plazo de 1/10 del plazo normal de ejecución ó 10 días (el que sea más favorable al logro del levantamiento de observaciones), vencido este plazo, el Inspector o Supervisor según sea el

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caso, informará al Sub Gerente de Inversiones solicitando la presencia de la CRLTO. La Comisión se constituirá en el lugar al día siguiente de haberse vencido el plazo para levantar el Acta SIN OBSERVACIONES. No existirá por ningún motivo nuevas observaciones; la Comisión se avocará a verificar que las observaciones hechas sean levantadas. Si en esta segunda oportunidad persistieran las observaciones la Comisión mediante informe suscribirá las mismas al Gerente de Inversiones, quien por Memorando ordenará lo necesario a fin de garantizar la culminación al 100 %. Nótese aquí que si la responsabilidad es técnica se procederá de acuerdo a lo normado en la Ley 276, capítulo de sanciones. En el caso que la observación se refiriese a agentes externos difíciles de controlar (Comunidad que deteriora las obras intencionalmente); el Gerente de Inversiones actuará con criterio, pudiendo firmarse el acta anotando la observación para que sea tomada en cuenta por la Entidad Receptora.

1.1.5 Se puede dar el caso de una Recepción sin observaciones: pero que en el transcurrir del tiempo y en el uso de la obra se presentasen VICIOS OCULTOS. La entidad receptora está en todo su derecho de reclamar la superación de los mismos, quedando abiertos los caminos legales pertinentes.

1.1.6 Para el caso de obras por contrata; regirse exactamente a la Normatividad existente ( Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado y su Reglamento).

1.1.7 Está permitida la recepción parcial de secciones o componentes de una obra o Proyecto concluido, procediéndose para este caso respetando los ítems del presente capítulo. Al final de la obra el acta de recepción parcial se anexará al resto. Por ningún motivo se elevará observaciones a la parte recepcionada, salvo mejoras en su presentación (retoques de pintura, etc).

1.1.8 Recepcionada la obra sin observaciones, esto se asienta en el cuaderno de obra, quedando a responsabilidad del Inspector o Supervisor según sea el caso, de efectuar el último asiento del cierre. Hasta aquí llega la responsabilidad del Residente e Inspector con respecto a la ejecución de la obra.

1.2. ETAPA DE PRE LIQUIDACION DE OBRA

Es un paso previo a la Liquidación el cual se ha creado, mediante esta directiva en forma intencional, para permitir que la Institución con las oficinas que tiene creadas pueda realizar una ejecución normal y total de las obras; por tanto la preliquidación se define como el ddocumento preparado por el ingeniero Residente y visado por el Inspector o Supervisor, el cual registra el procedimiento ordenado, secuencial y lógico, llevado a efecto en la ejecución de la obra. Será responsabilidad del Residente de Obra, quien elaborará dicho documento en un plazo no mayor de 15 días calendarios, contados a partir de la firma del acta de recepción de obra sin observaciones; tal documento lo remitirá al área de Supervisión para su revisión y VºBº del Ingeniero Inspector( quien tendrá un plazo de 05 días, para tal efecto), luego, deberá ser remitido al área de Liquidaciones ( con Copia a la C.R.L.T.O), para su liquidación física y financiera correspondiente. La documentación de Pre – Liquidación debe contener lo siguiente: · Resolución de presupuesto Institucional donde esté considerada la obra o

Proyecto a liquidar · Acta de entrega de terreno · Resolución de aprobación de perfil · Copia de perfil · Resolución de aprobación de Expediente Técnico · Copia de Expediente Técnico · Resolución de aprobación de adicionales – deductivos · Copia de Expediente de adicionales – deductivos

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· Original del Expediente final de replanteo de obra (considera adicionales y deductivos)

· Documento de designación del Residente de Obra · Documento de designación del Inspector de obra · Acta de internamiento de materiales, equipos y herramientas. · Acta de recepción de obra · Cuadernos de Obra legalizados y visados conteniendo el acta de inicio y

término de obra. · Valorizaciones mensuales de obra · Controles de calidad · Partes diarios de maquinaria · Cuaderno de almacén · Cuaderno de control de combustible · Tareos mensuales · Copias de órdenes de compra y sus pecosas · Copias de órdenes de servicio · CD conteniendo toda la información de la preliquidación.

1.2 DE LA LIQUIDACION

1.2.1 Contando con el Acta de Recepción de Obra sin Observaciones y el Informe Final, el Gerente de Inversiones, dispondrá, dentro de los dos días siguientes, mediante memorando, adjuntando la documentación mencionada, que el área de Liquidaciones designe un liquidador técnico para que proceda a elaborar el expediente de liquidación técnico-financiera de acuerdo al Anexo 02: Plantilla de Liquidación Técnico-Financiera, en coordinación con el liquidador financiero que es designado con el mismo documento, quien elaborará la Liquidación Financiera en concordancia con el Anexo 03: Resumen de Gasto Financiero, dentro de los plazos establecidos por las disposiciones legales.

1.2.2 Luego de consolidada la liquidación técnico-financiera será presentada en original y dos copias, debidamente visadas por ambos liquidadores. El original servirá para tramitar la rebaja de la Cuenta Construcciones en Curso por parte de la Dirección de Finanzas; una copia se anexa al expediente de liquidación para la transferencia; una copia para el Archivo General de la Institución.

1.2.3 ETAPA DE RECEPCION

1.2.4 Luego de recibir el Expediente de Liquidación se remitirá una copia a la Dirección de Finanzas para que se proceda a realizar la revisión y cruce de información en el Área de Integración Contable Presupuestal y Financiera; contando con el aval correspondiente se remitirá a la Gerencia de Inversiones para ser presentado a la CRLTO.

1.2.5 El Liquidador Técnico deberá implementar un cuadro de balance total versus el Costo real de la obra según el Anexo Nº 12.

1.2.6 La CRLTO luego de recibir el expediente procederá a la revisión y firma por parte de todos los integrantes en señal de conformidad, dejándose constancia de la decisión de aprobación de dicho expediente en el Acta correspondiente.

1.2.7 La CRLTO a continuación solicitará la aprobación por Resolución del expediente de liquidación, a través de la Gerencia de Inversiones.

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1.2.8 La Gerencia de Inversiones derivará este pedido a la Dirección de Asesoría Jurídica acompañando el original y las dos copias.

1.2.9 Recibida la copia de la Resolución de aprobación acompañada del expediente de liquidación (original y copias), se solicitará, a través de la Gerencia de Inversiones la rebaja de la Cuenta Contable Construcciones en Curso, y coordinará con la CRLTO para la realización de la transferencia definitiva al sector correspondiente.

1.3 ETAPA DE LA TRANSFERENCIA

1.3.1 Inmediatamente después de conocida la R.E.M. de aprobación del expediente de liquidación por la CRLTO se procederá, dentro de los dos días hábiles, a coordinar el lugar, fecha y hora para la realización de la transferencia al sector correspondiente, formalizándose y solicitando la Resolución de designación de la Comisión receptora del sector mediante oficio del Titular de la entidad.

1.3.2 En la fecha fijada se realizará el acto de transferencia definitiva con la presencia de ambas comisiones, entregándose la documentación correspondiente que constará en Acta (original y seis copias distribuidas como sigue: original y una copia para el Gobierno Regional, una copia para cada Comisión, una copia para el beneficiario, una copia para la autoridad local, una copia para adjuntar al expediente de transferencia al sector) elaborada según el Anexo 04: Acta de Transferencia Patrimonial.

1.3.3 La CRLTO hará llegar el original del Acta de Transferencia a la Gerencia de Inversiones quien comunicará a su vez al área de Administración, a efectos de proceder a descargar de las cuentas contables del Activo y de Patrimonio, del Municipio Distrital de Cuchumbaya, el valor de liquidación de lo transferido, a través de las unidades orgánicas correspondientes.

1.3.4 De acuerdo a la naturaleza de la obra o proyecto la CRLTO en pleno se reunirá a fin de resolver las transferencias parciales o definitivas de las obras, proyectos y adquisición de equipos a los sectores correspondientes.

2. DEL PROCESO DE REGULARIZACION DE RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA Y LIQUIDACION DE OFICIO

1.1. La liquidación de oficio será tramitada a pedido del área de Liquidaciones, la que presentará a la Gerencia de Inversiones la relación de obras, debidamente sustentada, para tramitar la autorización de la Gerencia General

1.2. Con la autorización de la Gerencia General, el área de Liquidaciones procederá a la realización de la liquidación de oficio teniendo en consideración los procedimientos y requisitos contemplados en la Ley Nº 27171 y su reglamentación.

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

1. Para la ejecución de las liquidaciones de oficio, el titular de la entidad podrá autorizar la contratación de instituciones privadas especializadas para tal fin.

2. Para el caso de los proyectos, que no constituyan obras, los formatos indicados en los anexos 02, 03 y 04 deberán ser adecuados a la naturaleza del mismo.

3. Las situaciones no contempladas por la presente directiva serán resueltas por la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras.

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IX. RESPONSABILIDAD

La Gerencia Inversiones, el área de Administración, Supervisión y demás unidades ejecutoras de proyectos, a través de sus jefaturas, son responsables del cumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva.

Cuchumbaya , Marzo del 2007

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Anexo 01

Informe Final

A) Estructura del Informe Final de Obra I. Generalidades y antecedentes II. Memoria descriptiva de los trabajos ejecutados III. Comparativos de metrados programados y metrados finales (Anexo 06) IV. Presupuesto de ejecución real de la obra o proyecto:

· Presupuesto valorizado del expediente técnico (Anexo 5) · Presupuesto adicional valorizado en mayores metrados · Actividades ejecutadas no programadas (Anexo 15) · Deductivo por aporte comunal · Aportes valorizados del convenio (Anexo 7) · Aportes valorizados de saldos patrimoniales (Anexo 9) · Resumen de aporte de maquinaria y equipo (Anexo 10) · Aporte de personal de planta · Deductivos por internamiento de saldos de materiales y herramientas al almacén

patrimonial (Anexo 8) · Resumen de aportes y deductivos (Anexo 11)”

V. Metrados adicionales y sustento técnico. VI. Planos de replanteo con la visación del residente e inspector. VII. Cuadro de movimiento de materiales. VIII. Panel de fotos: antes, durante y final de obra o proyecto. IX. Observaciones, conclusiones y recomendaciones. X. Documentos que deben acompañar al Informe Final: (lo indicado en los literales a) a l)

del numeral 8 de las Disposiciones Generales)

NOTA: Toda la información presentada contará con el aval del Inspector para su tramitación. La documentación del Informe Final de Obra será presentada en un file debidamente foliado, a excepción de: el Expediente Técnico, Perfil Técnico, Cuaderno de obra, y, Cuaderno de almacén y control de combustible.

B) Estructura del Informe Final de Proyecto

I. Generalidades y antecedentes II. Memoria descriptiva de las metas ejecutadas III. Comparativos de metas programadas y metas finales IV. Presupuesto de ejecución real de gasto del proyecto V. Metas adicionales y sustento técnico. VI. Informes mensuales de avance de metas VII. Panel de fotos, de ser el caso. VIII. Observaciones, conclusiones y recomendaciones. IX. Documentos que deben acompañar al Informe Final:

a. R.E.M. de aprobación del Programa de Inversiones. b. R.E.M. de designación del responsable del proyecto. c. Documento de designación del Inspector del proyecto. d. Plan de Trabajo o Perfil Técnico aprobado por R.E.M. e. Expediente administrativo: Informes mensuales; evaluaciones trimestrales,

semestrales y anual; Relación de bienes patrimonizados del proyecto correspondiente al periodo de ejecución del proyecto.

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NOTA: Toda la información presentada contará con el aval del Inspector para su tramitación. La documentación del Informe Final del Proyecto será presentada en un file debidamente foliado.

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Anexo 02

Plantilla de Liquidación Técnico-Financiera

1. MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1. GENERALIDADES 1.2. BASE LEGAL 1.3. ANTECEDENTES 1.4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

2. LIQUIDACIÓN FÍSICA-TECNICA

2.1. METRADOS FINALES DE OBRA Y CUADRO DE VALORIZACIÓN DE METRADOS 2.2. EVALUACIÓN TÉCNICA 2.3. SALDO INVENTARIO DE MATERIALES Y HERRAMIENTAS

3. LIQUIDACIÓN FINANCIERA

3.1. PRESUPUESTO ANALÍTICO 3.1.1. INFORMACION PRESUPUESTAL 3.1.2. INFORMACIÓN FINANCIERA

3.2. GASTOS DIRECTOS Y GASTOS INDIRECTOS 3.3. CONSOLIDADO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DEL GASTO POR PARTIDA

GENÉRICA Y ESPECIFICA 3.4. CONSOLIDADO DE LA EJECUCIÓN FINANCIERA DEL GASTO POR PARTIDA

GENÉRICA Y ESPECIFICA 3.5. RESUMEN DEL GASTO PRESUPUESTAL ANUAL (Anexo 14) 3.6. RESUMEN DE INFORMACION PRESUPUESTAL Y FINANCIERA (Anexo 13)

4. OBSERVACIONES, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

4.1. OBSERVACIONES 4.2. CONCLUSIONES 4.3. RECOMENDACIONES

5. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SUSTENTATORIA

6. ANEXO

6.1. GASTOS DIRECTOS 6.2. GASTOS INDIRECTOS 6.3. COPIA DEL CONVENIO (de corresponder) 6.4. FOTOGRAFÍAS DEL INICIO, EJECUCIÓN Y TÉRMINO (si corresponde).

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Anexo 03

ACTA DE RECEPCION DE OBRA

ENTIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO: ENTIDAD EJECUTORA : PROYECTO : CADENA FUNCIONAL : OBRA : MODALIDAD DE EJEC. : ADMINISTRACIÓN DIRECTA FUENTE DE FINANC. : UBICACIÓN :

REGION : PROVINCIA : DISTRITO : Localidad :

PPTO. PROGRAMADO : PPTO EJECUTADO : INICIO DE OBRA FINANC. : INICIO DE OBRA FISICO : FECHA DE TERMINO : FECHA DE ACTA : En el lugar de ubicación de la obra “........................................................... .................................”, localidad de ............................... , del Distrito de ................................. , de la Región Moquegua, siendo las ....... horas del día ...... de ....................... del 200...., se reunieron la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras del Municipio Distrital de Cuchumbaya, designada por Resolución Nº......-200...-, de fecha ...... de...........del 200..., integrada por los siguientes funcionarios y servidores: Ing .............................................., Gerente de Inversiones y Presidente de la Comisión; Ing. ................................, del área de Liquidaciones, responsable técnico-financiero y Secretario de la Comisión; CPC. ......................................, del área de finanzas y responsable financiero; ..................................................................................., y, de la otra parte el Residente de Obra Ing. ...................................................................................... y el Inspector de Obra Ing. ................................................... Reunidos con la finalidad de hacer la Recepción Física de la Obra anteriormente citada, previa verificación del cumplimiento de lo establecido en los planos de replanteo y especificaciones técnicas del Informe final y el Expediente Técnico, de acuerdo al siguiente detalle: DESCRIPCION DE LA OBRA: Se deberá indicar una memoria resumen técnica y detallada de la Obra ejecutada META FISICA:

Programada: Se debe de anotar la meta física del Expediente Técnico aprobado vía R.E.M.

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Ejecutada:

Se debe de indicar las metas físicas ejecutadas cuantificadas e incluir los trabajos adicionales con cargo a la Obra. Las partidas ejecutadas descritas, se especifican más detalladamente en el Expediente Técnico de la Obra.

Iniciado el acto de recepción, se procedió a hacer la Recepción

Física de la Obra antes descrita para cuyo efecto la Comisión verificó la ejecución de todos los trabajos efectuados de acuerdo a las especificaciones técnicas, del Informe Final, demostrando todas las partidas programadas (Según Expediente Técnico) y ejecutadas (planos de replanteo), por lo que la Comisión recibe la obra SIN OBSERVACIONES.

Estando de acuerdo las partes firman la presente Acta, en original y cinco copias, en señal de conformidad, dejando constancia que el Acta consta de (....) paginas.

POR LA COMISION DE RECEPCION DE OBRAS DE LA MUNICCIPLAIDAD

................................................. .........................................................

................................................. .........................................................

POR LOS RESPONSABLES DE LA EJECUCION DE LA OBRA

................................................. ........................................................

Cuchumbaya, ....... de ............................ del 200....

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Anexo 04

ACTA DE TRANSFERENCIA PATRIMONIAL SECTOR : PROYECTO : CADENA FUNCIONAL : OBRA : UBICACIÓN :

REGION : PROVINCIA : DISTRITO : LOCALIDAD :

MODALIDAD DE EJEC. : FUENTE DE FINANC. : INICIO DE OBRA : FECHA DE TERMINO : RECEPTOR : FECHA DE ACTA : En el lugar de ubicación de la obra “......................................................................”, localidad de ............................... , del Distrito de ................................. , de la Región Moquegua, siendo las ....... horas del día ...... de ....................... del 200..., se reunieron la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, designada por Resolución Nº......-200, de fecha ...... de...........del 200. , integrada por los siguientes funcionarios: Ing .............................................., Gerente de Inversiones y Presidente de la Comisión; Ing. ................................, del área de Liquidaciones, responsable técnico-financiero y Secretario de la Comisión; CPC. ......................................, del área de Finanzas y responsable financiero; .............................,; y, de la otra parte la Comisión de Recepción de ......................................................... designada por resolución del sector ..................................................

Reunidos con la finalidad de realizar la Transferencia Patrimonial de la Obra anteriormente citada, previa verificación del cumplimiento de lo establecido en los planos de replanteo y especificaciones técnicas del Informe final y el Expediente Técnico, para lo cual se adjunta:

Ø Expediente Técnico original completo, con copia de la R.E.M. Nº.....-200 ...MDC/MOQ.

Ø Informe Final adjuntando lo indicado en el Anexo 01: Informe Final Ø Copia de la liquidación técnico-financiera y su resolución de aprobación.

Iniciado el acto, la Comisión encargada procedió a hacer la entrega física de la Obra, según los términos siguientes: PRIMERO: La Transferencia Patrimonial de la

Obra:”....................................................................... SEGUNDO: La Transferencia Patrimonial y entrega física de la Obra se oficializa a través de la

presente Acta.

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TERCERO: Recibida la Obra, a partir de la fecha, toda responsabilidad, derecho y obligaciones que compete a la Obra transferida en cuanto se refiere a su administración, conservación y mantenimiento, será a cargo de la Entidad ........................................

CUARTO: En caso de incumplimiento del punto anterior, la institución receptora responderá

legalmente ante las instancias pertinentes.

Se hace la Transferencia Patrimonial de la Obra:”.................................................... .................................................................., que consta de la Memoria Descriptiva de la obra ejecutada.

Estando de acuerdo las partes firman la presente en original y seis copias, en señal de conformidad, dejando constancia que el Acta consta de (....) paginas.

POR LA COMISION DE TRANSFERENCIA DE OBRAS DEL MUNICIPIO DISTRITAL

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POR LA COMISION DE RECEPCION DE LA ENTIDAD

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Cuchumbaya, ........ de ............................ del 200....