Generalidades del control fiscal1

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UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA

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1. GENERALIDADES DEL CONTROL FISCAL

1.1 Antecedentes del Control Fiscal

1.1.1 Reseña Histórica

1.1.1.1 Descubrimiento y la colonia

1.1.1.2 Primera Etapa: 1821- 1923

1.1.1.3 Segunda Etapa: 1923- 1975

1.1.1.3.1 Crisis de 1921

1.1.1.3.2 Misión Kemmerer

1.1.1.3.3 Ley 42 de 1923

1.1.1.3.4 Banco de la República

1.1.1.4 Tercera Etapa: 1975- 1991

1.1.1.5 Cuarta Etapa: 1991 Asamblea Nacional Constituyente

1.1.1.5.1 Debates y ponencias del constituyente del 1991

1.2 Marco Jurídico

1.3 Concepto de Control Fiscal

1.4 Control Posterior y selectivo

1. Antecedentes del Control Fiscal

1.1.1 Reseña Histórica

1.1.1.1 Descubrimiento y Colonia

El Control Fiscal no es algo nuevo ya que lo encontramos desde el

descubrimiento y conquista de América.

La supervisión se realizaba los bienes del monarca y no sobre

los bienes del Estado.

Se crea el Tribunal de la Real Audiencia de Santo Domingo,

órgano encargado de vigilar los funcionarios de la corona y

fiscalizar a los virreyes.

En1604 se crearon los Tribunales de Cuentas.

Entre el siglo XI Y XIII, estos tribunales hicieron las veces de

contralorías regionales, en los virreinatos, capitanías y

presidencias.

1.1.1.2 Primera Etapa: 1821- 1923

La República

La ley fundamental expedida en Angostura constituye la República

de Colombia. En esta época se trato de hacer el primer intento de

organizar el Control Fiscal.

El 23 de octubre de 1891, Santander impulsa la ley principal

contra los empleadores de Hacienda.

Basada en el principio de la soberanía, se crea la primera

Constitución Constituyente « La Constitución del Socorro».

En 1832 revive la Contaduría General de Hacienda.

En 1847 se remplaza esta institución por una Corte de Cuentas.

En 1856 esta corte se remplaza por la oficina de cuentas.

En 1873 se expide el Código Fiscal.

1.1.1.3 Segunda Etapa: 1923- 1975

1.1.1.3.1 Crisis de 1921

La causa de la crisis colombiana residía en la carencia de un

sistema administrativo y financiero.

Razones:

Una guerra que conmovió al mundo «Primera guerra mundial»

(1914- 1918).

Una alza de precios sin precedentes, seguida de una baja fatal.

Una prosperidad súbita (1919 e inicio del 20), llega el oro de

EE.UU y se crea la moneda.

Surgimiento de compañías, la alza de la propiedad raíz sin

justificación y un abuso en el crédito.

Mala administración en la Aduana.

Perdida de dinero y créditos por desvalorización del café.

Finalmente… nuestra crisis coincidió con la del mundo y fueron

cerrados los créditos para casi todos.

1.1.1.3.2 Misión Kemmerer

En marzo de 1923, el presidente Pedro Nel Ospina contrató un grupo

de expertos presidido por el profesor Edwin Walter Kemmerer, que

más tarde se llamó la Misión Kemmerer.

¿Qué fue la Misión Kemmerer?

La Misión Kemmerer consistió en una serie de propuestas de

remodelación de los sistemas monetarios, bancarios y fiscales, que

luego se convirtieron en leyes (algunas de las cuales perduran hasta

hoy).

Integrantes:

Edwin Walter Kemmerer ( Dr. En filosofía, economía y finanzas).

H.M Jefferson

Fred Rogers Fairchild

Thomas Russell Lill

Frederick Bliss Luquiens

Expertos en banca, contabilidad,

administración tributaria y auditoría

Principales Instituciones y Leyes resultado de la Misión

Instituciones:

Contraloría General de la República de Colombia.

Banco de la República

Leyes:

Ley 20 (orgánica) - Impuesto de papel sellado y timbre Nal

Ley 25 - (orgánica) Banco de la República

Ley 31- fijó el numero y nomenclatura de los ministerios

Ley 34 - Formación y fuerza restrictiva del Presupuesto Nal

Ley 36 - Impuesto de Renta Nacional

Ley 42 - Ley de la Contraloría

Ley 45 - Ley sobre establecimientos bancarios

Ley 46 - Ley sobre Títulos negociables.

1.1.1.3.3 Ley 42 de 1923

Esta Ley crea el Departamento de la Contraloría, independiente a

los demás departamentos administrativos, dándole la facultad para

controlar las finanzas públicas.

Consta de 15 capítulos en los que desarrolla: (algunas)

1. Se crea el Departamento de la Contraloría como un servicio

nacional administrativo, con independencia de los demás

departamentos administrativos.

2. El contralor es nombrado por el presidente de la República por

un período de 4 años, nombramiento que debe llevar la

aprobación de la Cámara.

3. Promover investigaciones fiscales, o realizarlas a solicitud del

presidente, del congreso, etc.; sobre instituciones dependientes

de dichas entidades.

1.1.1.3.4 Banco de la República

Mediante la Ley 25 de 1923 se creó el Banco de la República,

como banco central colombiano.

Se organizó como sociedad anónima con un capital original

de $10 millones oro.

Se le confió, de forma exclusiva, la facultad de emitir la

moneda legal colombiana.

Se le autorizó para actuar como prestamista en ultima

estancia.

Administrar las reservas internacionales del país.

Actuar como banquero del gobierno.

La mesa directiva del banco encargada por la ley de ejercer

funciones de regulación y control monetario y de fijar la tasa de

descuento y controlar las tasas de interés.

EN RESUMEN …

1.1.1.4 Tercera Etapa: 1975 – 1991

Ley 20 de 1975

Con la expedición de la Ley 20 de 1975 se

busco adecuar el sistema de fiscalización

a las necesidades de aquel momento y lograr

mejorar el control sobre el erario.

Cuyo primordial objetivo es garantizar al Estado el adecuado

rendimiento de los bienes o ingresos de la nación y obtener de

esa manera la eficiencia del gasto publico.

1.1.5 Cuarta Etapa: 1991 Asamblea Nacional Constituyente

¿Qué es una Asamblea o Congreso Constituyente?

Es un órgano colegiado que tiene como función redactar la

nueva constitución, dotado para ello de plenos poderes o poder

constituyente al que deben someterse todas las Instituciones

públicas.

• Fue convocada para promulgar la nueva constitución

política de Colombia en 1991, en reemplazo de la

centenaria constitución de 1886.

Antecedentes inmediatos:

La iniciativa de reformar totalmente la constitución de 1886,

por Virgilio Barco (1988).

El inicio del movimiento estudiantil «la séptima papeleta».

Desarrollo de la Asamblea:

La Asamblea se instaló el 5 de febrero de 1991.

Conformada por 70 constituyentes elegidos, con voto y 4 con voz

pero sin voto.

Su mesa directiva conformada así:

Presidentes:* Álvaro Gómez Hurtado - Movimiento de Salvación Nal.

*Antonio Navarro Wolff - Alianza Democrática M-19.

*Horacio Serpa Uribe – Partido liberal Colombiano.

Se entregó la redacción final de la nueva Constitución Política,

firmada por todos los Delegatarios el 4 de julio de 1991.

Comisiones:Comisión 1ra: Principios, Derechos y reforma

constitucional.

Comisión 2da: Autonomía regional.

Comisión 3ra:Reformas al Gobierno y al Congreso.

Comisión 4ta: Administración de justicia y Ministerio

público.

Comisión 5ta: Temas económicos, sociales y ecológicos.

En la Asamblea reinaba la idea de que era necesario hacer

cambios a la Contraloría General de la República y al Sistema de

Control Fiscal en general, debido a diferentes factores.

Ineficacia del control previo para preservar el control público.

Politización y burocratización en las contralorías.

Se propone:

• Cambiar el sistema de control a posterior y selectivo.

• Otorgar poderes sancionatorios a las Contralorías.

• Crear una jurisdicción penal Fiscal.

Resultado:

Se elimina el control previo para vía libre al control posterior y

selectivo.

Se estableció que el contralor seria elegido por el congreso.

1.1.1.5.1. Debates y ponencias del constituyente del 1991

El Dr. Nieto Roa propuso que la vigilancia de la gestión fiscal

debería realizarse por entidades privadas.

El Dr. Jesús Pérez propuso que se conservara la figura del

Contralor General elegido por el congreso pleno.

Propuso que el sistema de Control Fiscal se realice de forma

posterior y selectiva.

El Dr. Diego Uribe propone que se prohíba la reelección del

contralor.

Antonio Navarro propone que en Control Fiscal se realice por

una corte de cuentas.

Antonio Yepes y Wolff proponen la participación de la

ciudadanía en la vigilancia y control de dineros públicos. Entre

otros.

1.2 Marco Jurídico

El control fiscal se encuentra consagrado en la Constitución Política

de Colombia y esta reglamentado en las leyes que a continuación se

relacionan:

Constitución Política de Colombia

Art. 119: Establece que la Contraloría General de la Republica tiene

a su cargo la vigilancia de la Gestión Fiscal y el control de resultado

de la administración.

Art. 267:

• Se define el Control Fiscal.

• Forma de hacerlo: posterior y selectivo sobre la base de

procedimientos, principios y sistemas de control definidos por la

ley.

Art. 268: Establece las atribuciones al Contralor General de la

República:( algunas)

prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los

responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e

indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de

resultados que se deberán seguir.

Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los

responsables del erario y determinar el grado de eficiencia y

eficacia y economía con que hayan obrado.

Llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las

entidades territoriales.

Art. 272: Hace extensivas la atribuciones anteriores a los

contralores territoriales en el ámbito de su competencia.

Leyes

Ley 42 de 1993: Determina la organización del Sistema de

Control Fiscal y los organismos que lo ejercen.

Ley 330 de 1996: Establece las funciones y competencias de

las contralorías territoriales.

Ley 610 de 2000: Define el proceso de responsabilidad

fiscal; la gestión fiscal; quienes pueden ser sujetos de

responsabilidad fiscal; elementos de responsabilidad fiscal, el

daño patrimonial, y la perdida, daño o deterioro de los bienes

en servicios; objetivo o fin de la responsabilidad fiscal;

términos de caducidad de la acción fiscal y la prescripción en

cinco años; atribuciones de la policía judicial y la figura de

«las medidas cautelares».

1.3 Concepto de Control Fiscal

1.4 Control Posterior y selectivo

El Control Fiscal ha jugado,

desde la creación del

Departamento General de la

Contraloría con la Ley 42 de

1923, un papel preponderante

en el sector publico.

Para efectos del Control Fiscal se entiende por Control

posterior y selectivo lo siguiente:

Control Posterior: Es la vigilancia de las actividades,

operaciones y los procesos ejecutados por los sujetos de

control, y de los resultados obtenidos por los mismos.

Control Selectivo: Es la elección, mediante procedimientos

técnicos de una muestra representativa de recursos,

cuentas, operaciones o actividades para obtener

conclusiones sobre el universo respectivo en el desarrollo

del Control Fiscal.