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1. GASTO PÚBLICO El gasto público es aquel en que el Estado incurre para sostener las instituciones gubernamentales centrales y para financiar servicios públicos prioritarios que permanecen en manos estatales; es decir, la cantidad de recursos con que puede funcionar el Estado para el ejercicio de sus diversas funciones. El gasto público que se entiende como un monto global para todos los compromisos, se desprende un concepto más específico donde se visualiza con mayor precisión la asignación del recurso, tal es el caso del Gasto Público Social. El gasto público social, es un subconjunto del gasto público que agrupa los recursos que el Estado destina directamente para atender el desarrollo y el bienestar de su población. Hay diferentes criterios sobre las partidas presupuestarias que deben incluirse en el cómputo del gasto social, pero hay acuerdo respecto a sectores básicos tales como la educación, la salud y la vivienda. 1.1 CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO 5

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1. GASTO PÚBLICO

El gasto público es aquel en que el Estado incurre para sostener las instituciones

gubernamentales centrales y para financiar servicios públicos prioritarios que

permanecen en manos estatales; es decir, la cantidad de recursos con que puede

funcionar el Estado para el ejercicio de sus diversas funciones.

El gasto público que se entiende como un monto global para todos los

compromisos, se desprende un concepto más específico donde se visualiza con mayor

precisión la asignación del recurso, tal es el caso del Gasto Público Social.

El gasto público social, es un subconjunto del gasto público que agrupa los

recursos que el Estado destina directamente para atender el desarrollo y el bienestar

de su población. Hay diferentes criterios sobre las partidas presupuestarias que deben

incluirse en el cómputo del gasto social, pero hay acuerdo respecto a sectores básicos

tales como la educación, la salud y la vivienda.

1.1 CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO

Según Fariñas, G. (1980, p.39), existe una diversidad de clasificaciones en los

Gastos Públicos, pero entre ellos están las siguientes:

Clasificación Financiera: Tomando en cuenta su periodicidad y continuidad los

gastos públicos se clasifican en ordinarios y extraordinarios; los primeros son los que

se repiten en cada ejercicio presupuestario o que forman parte de las actividades

normales del Estado administrador y promotor del desarrollo, tales como los gastos

de personal, alquileres de inmueble o su mantenimiento y la prestación de servicios

públicos, así como los de obras públicas que, aunque no se repitan todos los años para

las mismas obras, constituyen la actividad de construcción a la cual está incorporado

el ente público en forma permanente.

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Los Gastos extraordinarios se ocasionan de manera irregular e imprevista y por ser

cuantiosos no se pueden enjugar con los recursos ordinarios, tales son los de la guerra

y los originados por catástrofes.

Es importante señalar que existe una categoría inmediata entre los dos tipos de

gastos antes señalados, integrados por gastos que no se repiten anualmente, pero si

cada cuatro o cinco años, tales como las erogaciones para los discursos en los

regímenes democráticos. La consecuencia más importante de esta clasificación de

gastos ordinarios y extraordinarios es la recomendación de que los gastos ordinarios

deben ser cubiertos con ingresos ordinarios y los gastos extraordinarios con ingresos

extraordinarios, que corresponden al llamado equilibrio.

Clasificación Económica: Según este enfoque, los gastos públicos se dividen en

gastos corrientes, gastos de capital y un tercer rubro llamado de servicio de la deuda

pública y se distinguen por su durabilidad o vida útil de los bienes adquiridos con el

Gasto público.

-Gasto Corriente: Son las erogaciones del Estado que se traducen en un consumo

inmediato y que la durabilidad de los bienes adquiridos con este gasto no va más allá

del ejercicio económico.

-Gasto Capital: Son las erogaciones que tienen como finalidad la adquisición de un

activo permanente o la construcción del mismo; en otras palabras la durabilidad de

los bienes adquiridos o construidos con el gasto tiene una trascendencia superior al

ejercicio económico.

-Servicio de la deuda pública: Este lo constituyen los pagos por concepto de

amortización del capital y los intereses, así como también la cancelación de las

acreencias correspondientes a la ejecución de los presupuestos de ejercicios

anteriores.

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Según Ríos, M. (1983)

Clasificación Funcional: El fundamento de esta clasificación se basa en la

observación de la función que cumple la erogación dentro de las múltiples que debe

atender el Estado o como un plan en el que incluyen todas las clases de gastos

establecidos por los órganos políticos y que se relacionan, en forma definida con

finalidades completas; esto quiere decir, que la clasificación funcional de los gastos

públicos atiende a los fines perseguidos por los diferentes órganos de la

Administración pública.

Administración Gerencia Defensa, Seguridad y Justicia Funciones políticas y Administrativas Relaciones Exteriores Consejo Supremo Electoral

Función Social Educación, Salud y Protección Social Acueductos y Obras Sanitarias Vivienda y Urbanismo Recreación y Esparcimiento Relaciones Laborales

Función Económica Agricultura y Ganadería Electrificación y Comunicación Industria, Comercio y Transporte Minería Turismo

Gastos no Clasificados Intereses y Amortización de la Deuda Deuda Administrativa Transferencia Adquisición de Activos Financieros

Es importante señalar que la clasificación funcional constituye un buen sistema de

información para:

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-Conocer la naturaleza de los servicios del gobierno

-Conocer el esfuerzo del gobierno al atender a tales servicios cuando se mide en

términos de porcentaje dedicados a la atención o cual función o servicio

-Conocer por lo anterior, la orientación filosófica de los gobiernos, por la importancia

que le asignen a tal o cual función

-Información al público en general, a los altos funcionarios del tren ejecutivo y para

las comisiones especializadas de los cuerpos deliberantes

-Establecer comparaciones de carácter internacional

2. EL EFECTO MULTIPLICADOR

Definición

El fundamento del proceso multiplicador o simplemente (M), se basa en lo que se

conoce en economía como la propensión marginal a consumir (pmc), con la

intervención de otra variable como lo es la propensión al ahorro (pma).

(pmc), es la parte que la sociedad o los individuos destinan a consumir por

cada unidad monetaria adicional que reciben.

(pma), es la parte que la sociedad o los individuos destinan al ahorro por cada

unidad monetaria adicional que reciben. (Ríos, M., 1983, p. 152).

Esto significa que el multiplicador es el efecto que logra cualquier gasto adicional,

sea en consumo o en inversión, que se traduce en un incremento neto del ingreso

nacional; también puede decirse que es un número que en función de la propensión

marginal al consumo se multiplicará toda inversión inicial del gasto, produciendo así

un incremento neto en el ingreso nacional.

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2.1 APLICACIÓN DEL MULTIPLICADOR AL GASTO PÚBLICO

Como puede observarse, además de simple, y comprensible, tiene una validez

general; por ello, si se considera la importancia del Gasto Público, fácilmente se

puede comprender cómo el Estado puede provocar una reacción en cadena para

estimular el crecimiento del ingreso nacional manejando con habilidad en política de

Gasto Público.

Dice Shun-Chin-Yanz, (citado por Ríos, M. 1983, p. 156): “…el concepto del

proceso multiplicador se presentó por primera vez en el pensamiento económico al

discutirse el desempleo y los ciclos económicos de los países industrializados”.

Es fácil comprender que un aumento de la inversión tiene que provocar un

aumento del ingreso, en tanto que la merma de aquella redundará en una contracción

del ingreso, ya que la inversión no es más que una parte del ingreso nacional. Pero si

se piensa en una economía dinámica, no es esto lo único que cabe decir. Un aumento

de la inversión pone en marcha un proceso en virtud del cual el ingreso, con el

transcurso del tiempo, aumentará en un monto mayor que el aumento inicial de la

inversión. (Ríos, M. 1983).

Se tiene entonces, que el impulso que el Estado puede dar al crecimiento del

ingreso nacional está muy claro, porque, un programa de obras públicas, un programa

de financiamiento al sector privado que estimule la producción, y un programa de

gasto de emergencia nacional es una situación depresiva de la economía, puede dar

los resultados esperados de aumentar la demanda, aumentar la producción, aumentar

las exportaciones, disminuir las importaciones y lograr el efecto multiplicador de la

riqueza nacional, siempre y cuando tal incremento del Gasto Público,

independientemente de los medios que se utilicen, emisiones o endeudamiento,

tengan las respuestas oportunas por la oferta externa, los efectos deseados serán nulos

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y los efectos benéficos del gasto adicional se darán en economías foráneas y no en la

nacional.

3. AUTORIZACIÓN DEL GASTO 

La autorización de gasto público, es la operación contable que refleja el acto, en

virtud del cual, la autoridad competente para gestionar un gasto con cargo a un

crédito acuerda realizarlo, determinando su cuantía en forma cierta o de la forma más

aproximada posible, cuando no puede hacerse de forma cierta, reservando, a tal fin la

totalidad o una parte del crédito presupuestado. Este acto no implica aún relación sin

interesado ajenos a la entidad, pero supone la puesta en marcha del proceso

administrativo Gasto público: recoge aquellos bienes y servicios adquiridos por la

Administración Pública, bien para su consumo (material de oficina, servicios de

seguridad y limpieza...), bien como elemento de inversión (ordenadores, construcción

de carreteras, hospitales...). También incluye el pago de salarios a los funcionarios.

No incluye, sin embargo, el gasto de pensiones: cuando paga el salario a un

funcionario compra un servicio, su trabajo (hay una transacción económica), mientras

que cuando paga una pensión se trata simplemente de una transferencia de rentas (no

recibe nada a cambio), por lo que no se contabiliza en el PIB.

4. INCIDENCIA DEL GASTO

Los gastos realizados por el gobierno son de naturaleza diversa. Van desde

cumplir con sus obligaciones inmediatas como la compra de un bien o servicio hasta

cubrir con las obligaciones incurridas en años fiscales anteriores. Sin embargo,

muchos de ellos están dirigidos a cierta parte de la población para reducir el margen

de desigualdad en la distribución del ingreso.

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Por lo tanto, saber en que se gasta el dinero del presupuesto público resulta

indispensable y sano, pues a través de este gasto se conoce a quienes se ayuda en

forma directa e indirecta. En esta sección encontrará diversos documentos que dan luz

sobre cómo se gasta el dinero público y a quienes se beneficia.

5. CLASIFICACIÓN DEL GASTO DESDE EL PUNTO DE VISTA

MACROECONÓMICO

Gasto corrientes o de consumo: Gasto para proporcionar servicios públicos,

salarios de funcionarios y compra de bienes y servicios.

Gasto de capital: Gasto para mantener o mejorar la capacidad productiva del

país, sobre todo infraestructuras.

Gasto de transferencia: Capital que el estado cede a empresas y familias que

lo necesitan

6. TRANSFERENCIAS

Gastos realizados por el sector público sin obtener nada a cambio, es decir sin

contraprestación por parte de los destinatarios del gasto. Ejemplo de transferencias

corrientes serían el subsidio de desempleo, las pensiones públicas de la Seguridad

Social o por la sanidad nacional de la salud. .. De igual modo que todo lo antes

mencionado.

7. SERVICIO DE DEUDA PÚBLICA

Son gastos de deuda pública los desembolsos del Estado para amortizar el capital

prestado y pagar los intereses, por empréstitos internos o externos. Los intereses de

deuda pública son pagos de contrapartida directa y personal; es la forma como el ente

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público retribuye el servicio del capital prestado. Y los gastos de amortización o

reembolso del capital prestado, son devolutivos.

7.1 SERVICIO DE DEUDA PÚBLICA DESDE EL PUNTO DE VISTA

FINANCIERO Y ECONÓMICO

Desde el punto de vista más financiero que económico, el interés de deuda pública

constituye un gasto de contrapartida directa y personal como el precio o retribución

por el servicio del empréstito. Tal es el criterio que corresponde más correctamente a

la índole restringida del gasto por intereses de deuda pública.

Ya desde un punto de vista más económico que financiero, es más lógica la tesis

de la transferencia o gasto sin contrapartida personal y directa del pago de intereses

de deuda pública, criterio utilizado en el cómputo de la renta nacional.

De ahí que, según se mire el pago de intereses puede considerarse ya un gasto de

contrapartida directa o una transferencia. Financieramente, donde impera un criterio

más contable que económico, es lo primero. Económicamente, donde el criterio es

más económico que contable, es lo segundo. Con esta advertencia, se ha clasificado

aquí el pago de intereses como el precio por el empréstito, o gasto compensatorio por

el servicio del préstamo. Desde el punto de vista económico y financiero, el

reembolso del capital prestado dentro del mismo circuito económico a otro circuito

económico, puede considerarse un pago compensatorio de carácter devolutivo.

8. CATEGORÍAS DE GASTO PÚBLICO

El Estado, al invertir o gastar, vuelve al circuito económico la renta o ganancia

previamente sustraída de él con el impuesto. Pero esta vuelta experimenta

características diferentes, según se trate de compensar con el gasto servicios

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personales prestados, adquirir bienes de uso o consumo, intermedios o durables para

sostener los servicios públicos; o de redistribuir renta, sin compensación directa

alguna.

Los primeros son gastos de contrapartida directa y de total equivalencia; los

segundos son gastos sin contrapartida directa y por ende sin equivalencia. En ambas

categorías de gastos se pretenda o no compensar bienes y servicios prestados al ente

público, el beneficio es manifiesto, directa o indirectamente. Si hay compensación, el

beneficio es directo; si no la hay, por tratarse de meras transferencias, es indirecto.

8.1 GASTOS DE CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL

Estos gastos públicos son una contrapartida o compensación por la prestación de

servicios personales o compra de bienes de consumo (gastos de funcionamiento);

adquisición de bienes durables, intermedios y finales (gastos de inversión); reembolso

y pago de intereses de deuda pública.

8.1.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Son gastos en la adquisición de bienes de consumo y servicios personales. El

Estado obtiene una compensación simultánea a los fines de la hacienda, en especial al

sostenimiento de los servicios públicos mediante el pago respectivo: el bien o servicio

mismo.

En consecuencia, estos gastos se pueden clasificar en dos renglones principales:

1) Gastos de consumo, que comprenden:

a) Bienes durables de consumo (automóviles, muebles y enseres, etc.)

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b) Bienes semidurables de consumo (implementos de duración generalmente

inferior a un año).

c) Bienes de consumo perecederos (alimentos, combustibles, etc.);

2) Gastos en servicios, que comprenden:

a) Sueldos, salarios, honorarios, etc.,

b) Prestaciones sociales.

8.1.2 GASTOS DE INVERSIÓN

Son los efectuados en la adquisición de bienes durables:

a) Intermedios, de duración superior a tres años (edificios, maquinaria y equipo,

etc.)

b) Finales (obras de infraestructura económica y social).

Se asimilan a los de funcionamiento por la característica principal de que son de

contrapartida directa y personal. Pero se diferencian en que mientras los gastos de

funcionamiento retribuyen bienes de consumo y servicios personales prestados, los de

inversión retribuyen bienes de capital, de modo que aumentan el patrimonio fiscal.

8.1.2.1 Distinción entre el gasto de inversión en bienes intermedios y el gasto de

inversión en bienes durables finales

Los gastos de inversión en bienes intermedios (dotación durable y edificios) se

destinan principalmente a la prestación de servicios administrativos como son la

mayoría de los servicios públicos primarios.

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Los gastos de inversión en bienes durables finales se destinan principalmente en

la construcción de obras como medios colectivos de producción, en cuanto al ser

utilizados principalmente por el sector privado de la economía incrementan su capital

constante (medios de producción) con miras a obtener ganancias. Son obras en vías

de transporte, en comunicaciones, electrificación, acueductos y alcantarillados, etc., o

de infraestructura económica.

En los gastos de inversión no solamente se incluyen los efectuados en

capitalización física, como los antes indicados, sino también los hechos en

capitalización humana, como son, principalmente los de educación y aprendizaje, o

de infraestructura social. Aquí también es posible distinguir los de inversión

intermedia o gastos en educación y aprendizaje de la burocracia, y de inversión final,

o gastos hechos en educación y aprendizaje de los trabajadores activos y potenciales

por cuanto configuran medios colectivos de consumo que al ser utilizados

principalmente por el sector privado de la economía, incrementan su capital variable

(fuerza de trabajo) o la productividad de éste.

8.1.2.1.1 Clasificación de los gastos de inversión intermedios y finales

a) Directos: se destinan a financiar los servicios de cuyo presupuesto de ingresos

surgen las respectivas asignaciones, para dotación y edificios o para obras de

infraestructura económica y social.

b) Indirectos: son verdaderas transferencias, por lo cual también pueden

calificarse de transferencias-inversión. Los gastos indirectos de inversión los

efectúan los entes públicos receptores de las subvenciones o las empresas privadas

receptoras de los subsidios estatales, en bienes durables intermedios o finales.

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8.2 GASTOS SIN CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL

Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal son erogaciones

con fines de desarrollo o redistributivos de la renta nacional: de rentas previamente

sustraídas del mismo circuito económico, que pasan a los receptores por conducto del

presupuesto estatal, de modo que son estos quienes disponen del ingreso respectivo

para la inversión o el consumo. Por estas características, se ha dicho que las

transferencias son impuestos negativos

Clasificación de las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal

Estos gastos han de clasificarse por la finalidad que los justifica. Por otra parte,

también pueden distinguirse en ellos determinadas transferencias, según el gasto a

que sean destinados por sus beneficiarios o receptores: transferencias-inversión o

transferencias-consumo.

Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal se pueden

clasificar, por lo tanto, en las siguientes subcategorías:

Transferencias con fines económicos o financieros.

Transferencias con fines sociales.

Gastos consuntivos.

8.2.1 TRANSFERENCIAS CON FINES ECONÓMICOS O FINANCIEROS

Los gastos sin contrapartida directa y personal con fines económicos o financieros,

se pueden dividir en tres grupos principales: subvenciones, subsidios y auxilios

regionales.

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8.2.1.1 Subvenciones a Otros Entes Públicos

Las subvenciones como transferencias de recursos entre diversos entes públicos, es

un aspecto de las complejas finanzas intergubernamentales o de compensación

financiera, como distribución entre ellos del gasto público según los servicios a cargo.

Son, en consecuencia, traslados de disponibilidades monetarias entre el Estado en

el orden nacional y el Estado en el orden regional y local, entre la nación y las

entidades territoriales (departamentos y municipios) y las entidades descentralizadas

del orden nacional, regional o local (establecimientos públicos y empresas

industriales y comerciales del Estado en estos diversos órdenes).

Las subvenciones pueden ser:

a) En sentido horizontal: entre los entes públicos del Estado en el mismo orden

nacional, regional o local

b) En sentido vertical: entre los entes públicos del Estado en distinto orden y,

así mismo, de modo ascendente o descendente, en particular en esta segunda

situación.

La tendencia normal de estas transferencias es la de ir de los entes públicos

superiores a los inferiores, como una forma de redistribuir renta entre los mismos

entes públicos, considerándose que son los departamentos y los municipios quienes se

encuentran en desigualdad unos frente a otros.

8.2.1.2 Subsidios a la Empresa Privada

Los subsidios son transferencias presupuestaria del Estado a empresas privadas,

y, a semejanza de las subvenciones a otros entes públicos, pueden ser o no

condicionadas o supervisadas.

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El subsidio pretende cubrir el exceso de costo de producción de determinados

artículos o servicios, en beneficio del consumidor y de la empresa privada. En

consecuencia, trata de lograr dos fines simultáneos:

a) Evitar la pérdida del empresario privado en la producción de un artículo o

servicio esencial a la comunidad.

b) Impedir que se cargue ese mayor costo al consumidor o usuario a pesar de la

exención total o parcial de impuestos de que puede gozar la empresa, o a cambio

de dicha exención o incentivo tributario

Con el subsidio se consigue, frente a una tendencia alcista de precios, que estos

permanezcan estabilizados; supone también un control complementario de precios.

Pero esto entraña la dificultad de que si el subsidio lo absorbe la empresa, perjudica al

consumidor (el empresario obtiene utilidades mayores de las normales), y si lo

absorbe este, perjudica al productor (obtiene pérdidas o utilidades inferiores). Por ello

el subsidio debe cubrir el mayor costo de producción, debido al alza de precios, para

que sea una medida adecuada.

8.2.1.3 Auxilios Regionales

En los países subdesarrollados es importante orientar las subvenciones a otros

entes públicos y los subsidios a la empresa privada, de acuerdo con determinados

planes de integración regional, o al fomento de las exportaciones menores. Estos

gastos públicos se deben calificar de auxilios regionales, para diferenciarlos de la

subvención y el subsidio aislado, sin relación a un plan previo de integración para el

desarrollo. Son transferencias con fines económicos, antes que financieros.

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Auxilios Regionales según su fin

Con fines financieros, en lugar de las subvenciones, especialmente a los

departamentos o municipios, existe la alternativa de la participación en

determinadas impuestos nacionales, cuya destinación realiza el ente

beneficiario, mientras no sea posible su financiamiento suficiente con ingresos

fiscales propios.

Con fines económicos y de integración regional, las subvenciones y

subsidios adquieren gran importancia, si están integrados en un plan sectorial

y en programas de factibilidad. De esta manera aquellas transferencias

encuentran un orden, una prelación y una coordinación, no solo dentro del

respectivo plan regional y local, sino también dentro del plan general de

desarrollo económico y social del país.

8.2.2 TRANSFERENCIAS CON FINES SOCIALES

Los gastos sin contrapartida directa y personal con fines sociales, se pueden dividir

en tres grupos principales: seguros y prestaciones sociales, asistencia pública, y

auxilios por calamidades públicas y otros. Estas transferencias corresponden en forma

más definida a la política fiscal redistributiva de la renta nacional.

8.2.2.1 Seguros y Prestaciones Sociales

Los seguros de paro y desempleo pagados por el Estado se encaminan, ante todo, a

lograr mayor seguridad social para trabajadores inactivos o desempleados.

Pero no solo el parado o desempleado se halla frente al riesgo de la inseguridad.

También los trabajadores activos, con ocasión directa o indirecta del trabajo mismo,

se encuentran ante variados riesgos de los cuales deben ser protegidos, mediante los

seguros sociales.

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Con este fin los Estados han organizado instituciones encargadas de cubrir los

riesgos sociales en que puede encontrarse la clase trabajadora sin cuya protección

colectiva no solo se vería afectada su productividad de ganancia para la clase

capitalista, sino también el bienestar individual del trabajador: accidentes de trabajo,

enfermedad, invalidez, vejez, muerte. A parte de otras prestaciones individualizadas a

cargo directo de los patronos: cesantías, vacaciones, jubilaciones, etc.

El seguro social obligatorio se financia con la tasa especial o contribución especial

de seguridad social que así formalmente se obligue en todo o en parte a pagarla con

base en las nóminas, al capitalista o al trabajador, afecta en el fondo, material o

económicamente, la ganancia de aquel.

8.2.2.2 Asistencia pública

Los gastos de asistencia pública son transferencias del presupuesto del Estado en

su nivel central, regional o local a instituciones públicas, semipúblicas o privadas que

satisfacen gratuitamente necesidades individuales (alimento, vestido, alojamiento,

asistencia médica) de aquellas personas; o a los fondos de solidaridad para pensiones

y salud.

8.2.2.3 Auxilios por calamidad pública y otros

En casos de calamidad pública (incendio, inundación, naufragio, epidemias,

invasión, terremoto, etc.), el Estado puede transferir determinada cantidad de ingresos

públicos a los damnificados que no tienen compensación por seguros o

indemnizaciones, ni medios económicos de subsistencia.

En consecuencia, mediante los auxilios por calamidad pública se pretende amparar

a las personas que por causas naturales o artificiales, caso fortuito o fuerza mayor, se

encuentran imprevistamente sin medios suficientes e indispensables para satisfacer

sus más apremiantes necesidades vitales.

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8.2.3 GASTOS CONSUNTIVOS

Son transferencias de renta que hace el ente público a otros circuitos económicos,

distintos de donde se sustrajo previamente dicha renta. Son transferencias

internacionales con fines económicos, políticos o sociales y revisten características de

subvención, subsidio o auxilio.

Mientras que los demás gastos de transferencia simplemente redistribuyen la renta,

de modo que no se modifica el circuito económico (igual renta previamente sustraída

de tal circuito vuelve a él), los gastos consuntivos disminuyen la renta nacional,

afectan el circuito económico negativamente.

El gasto consuntivo implica disminución de disponibilidades económicas de un

circuito en beneficio de otro, al carecer de compensación.

Un pago o transferencia al exterior con carácter de gasto consuntivo, es el de

pagos a organismos internacionales, como la O.E.A. y la O.N.U.

Algunos países desarrollados efectúan gastos consuntivos a modo de

subvenciones, subsidios y auxilios a países subdesarrollados con fines de integración

económica continental; y corresponden a planes previos de inversión y destinación,

distribuidos por conducto de organismos especializados establecidos en acuerdos

internacionales.

La mayoría de las famosas ayudas de los países desarrollados a los en desarrollo

con quienes comercian, son aparentemente gastos consuntivos, es decir, que

disminuyen la renta nacional del país donante y aumentan la del donatario.

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8.3 GASTOS REPRODUCTIVOS E IMPRODUCTIVOS

La reproductividad del gasto público se establece por su incidencia, así sea

indirecta, en la obtención de ganancias tanto de las empresas del sector privado como

de las del sector público o rentables. Para ello es necesario observar concretamente si

los gastos (sean o no de contrapartida directa) en la prestación de los servicios

públicos incrementan o mejoran el capital constante o variable de aquellas empresas.

En general, ningún gasto público es directamente productivo, es decir, generador

inmediato de ganancia. Solo lo es el invertido directamente en capital constante

(medios de producción) y variable (fuerza de trabajo) para, mediante el uso de trabajo

asalariado, obtener

8.3.1 GASTOS REPRODUCTIVOS

Los gastos efectuados en obras o servicios de infraestructura económica, sean de

funcionamiento o de inversión, en cuanto configuran medios colectivos de

producción, son reproductivos: mejoran o incrementan el capital constante de las

empresas privadas y públicas rentables, favorecen la obtención de ganancias, como

los de electrificación, medios de comunicación, vías públicas, transporte, acueducto y

alcantarillado, riego, remodelación urbana, etc.

8.3.2 GASTOS IMPRODUCTIVOS

Son gastos suntuarios aquellos que no inciden directamente en el rendimiento del

capital, como los efectuados en armamentos, sea en forma de contrapartida directa o

compra de armas al sector privado (sin que deje de ser esta una forma de colaborar el

Estado con este en la obtención de ganancias), o sin contrapartida directa a modo de

subvenciones a empresas públicas rentables de armamentos, o subsidios a la empresa

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privada, o como gastos consuntivos al exterior para la adquisición de elementos

bélicos. Se incluyen en este grupo los gastos de administración de justicia y de

policía. Ellos no redundan en el mejoramiento de los medios de producción y del

trabajo, pero sirven al mantenimiento de la seguridad política y civil, externa e interna

del sistema social y facilitan la prestación continuada, sin graves trastornos, de los

demás servicios públicos.

El gasto con ser improductivo no es por ello innecesario. Para la empresa privada

competitiva y aun monopólica, la publicidad, con ser un gasto improductivo (de

ganancia) contribuye a ampliar el mercado del producto. En cambio, para el Estado,

en términos generales, es un gasto, además de improductivo, innecesario.

9. EFECTOS ECONÓMICOS

Para darse cuenta de los efectos que produce el gasto público, debe partirse de la

relación entre el volumen de los gastos públicos y la renta nacional. En Estados

modernos, el gasto público excede el 30 % de la renta nacional produciendo así una

considerable influencia sobre la economía.

Cualquier modificación en su cuantía —tanto si se trata de un aumento como de

una disminución— tiene un inevitable efecto económico.

También la tiene cualquier modificación de los diversos elementos que integran el

gasto.

Gabriel Franco (economista), hace notar que el impacto del ingreso y del gasto es

diferente en lo que respecta a los efectos económicos.

Las consecuencias del impuesto no siempre se advierten, debido al proceso de

repercusión y al mecanismo de los precios.

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En cambio, la incidencia del gasto se percibe rápidamente, por lo que se puede

medir su alcance.

Por otra parte, los efectos de los gastos públicos no se limitan al impulso

momentáneo que prestan inmediatamente a la economía en forma de una disminución

de la desocupación o de un aumento de la actividad industrial.

Tienen efectos secundarios que multiplican su acción económica creando en la

misma medida gastos y producciones, y los ingresos que originan son objeto de

ulteriores acciones de intercambios.

En vista de que el aumento de los ingresos acarrea una expansión proporcional de

las actividades de cambio y producción, y esta expansión, por su parte, origina la

formación de nuevos ingresos, se produce, por efecto propulsor de los gastos

públicos, un nuevo ciclo económico que puede ser suficiente para poner

en movimiento una recuperación económica o —al menos— para detener o retardar

el proceso de contracción.

Sin embargo, y como bien hace notar Duverger, estas consecuencias dependerán

de la naturaleza de los gastos que se van a realizar: realizar inversiones productivas es

más eficaz que desarrollar los armamentos; acrecentar el poder de compra de las

clases pobres es más eficaz que aumentar aún más el de las clases ricas.

10. CRECIMIENTO DE LOS GASTOS PÚBLICOS:

En todos los países del mundo y desde tiempo inmemorial los gastos del Estado

han tendido a incrementarse. En períodos cortos se puede observar estabilizaciones o

descensos, pero considerándolos en períodos largos, las observaciones demuestran

que la curva es siempre ascendente. Los autores, al tratar el tema de los gastos

públicos, y al referirse a su crecimiento, examinan las causas determinantes del

aumento así las dividen en: aparentes, relativas y reales.

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A) Causas aparentes: En este caso, a primera vista el gasto público se ha

incrementado, pero analizando distintos parámetros, esta situación no es real.

1) Variaciones en el valor de la moneda: La depreciación del signo monetario es un

fenómeno observable en la generalidad de los países.

Esta depreciación obliga a armonizar las cifras, puesto que de lo contrario las

conclusiones serán equivocadas.

2) La evolución de las reglas presupuestarias: La adopción de ciertos principios de

derecho presupuestario ha llevado a modificar las formas de computar las

erogaciones, y esto puede dar lugar también a un incremento aparente del gasto.

Si se pasa de un presupuesto de cifras netas a un presupuesto de cifras brutas,

habrá un incremento que será sólo aparente; si se reúnen múltiples presupuestos en

uno solo, es evidente que las cifras de ese único presupuesto serán mayores, pero en

este caso ese incremento será ficticio.

B) Causas relativas: Algunos autores hablan de estas causas, que si bien no son

estrictamente aparentes, tampoco son reales, puesto que se hallan compensadas en sí

mismas.

Así, las anexiones que incrementan el territorio pueden aumentar los gastos, pero

ese incremento puede ser compensado con nuevos ingresos que surjan de las regiones

anexadas.

Lo mismo puede decirse con los aumentos de población, de producción y de renta

nacional, que por un lado incrementan los gastos, pero, por el otro, aumentan también

los recursos.

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C) Causas reales:

1) Gastos militares: Sin que sea necesario hablar de las guerras, es notorio que el

equipamiento de las fuerzas armadas modernas exige sumas extraordinarias que se

incrementan por las tensiones internacionales.

Los conflictos parciales, los nuevos descubrimientos científicos en armamentos y la

carrera espacial.

2) Expansión de las actividades del Estado: Las nuevas actividades que debe asumir

el Estado llevan a la expansión de sus funciones tradicionales y al consiguiente

aumento de gastos;

Así tenemos nuevas actividades por gestiones industriales y comerciales antes

desconocidas, cargas de seguridad social (jubilaciones, pensiones,

subsidios, seguros sociales, sanidad en general, etc.), realización de obras públicas.

3) Aumento de los costos: El aumento internacional de costos de bienes

y servicios incide considerablemente en los presupuestos públicos, aparte de que el

progreso técnico determina gastos antes desconocidos.

4) Burocracia y presión política: Debe mencionarse el crecimiento desmesurado de

la burocracia administrativa y la presión de grupos o sectores con influencia política

que tienden a satisfacer sus intereses particulares a costa del presupuesto del Estado.

En cuanto a la burocracia es necesario diferenciar entre lo que constituye el cuerpo de

funcionarios y lo que corrientemente se conoce bajo dicho nombre de burocracia.

El Estado debe contar con un cuerpo de funcionarios altamente responsables y

conscientes de su función que son indispensables para mantener un buen nivel en la

prestación de los servicios estatales. Estos funcionarios deben gozar de un "status"

económico y social adecuado.

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La burocracia en si es la maraña de regulaciones y procedimientos superabundantes, y

cuya única justificación es incrementar el número de empleados estatales.

Esta burocracia cada vez más frondosa es un importante factor de crecimiento

perjudicial del gasto público.

11. LÍMITES DEL GASTO PÚBLICO

El problema de establecer límites al gasto público es más político que económico.

No se puede dar fórmulas rígidas de limitación estableciendo, por ejemplo,

determinada proporción de gasto en relación a la renta nacional (un 20, 30 o 40 %).

Tanto es así que puede darse el caso de que los gastos públicos signifiquen el 100 %

de la renta, lo cual quiere decir que se trata de un Estado socialista que dirige la

actividad económica. Los autores modernos sostienen que los gastos públicos pueden

llegar hasta aquel límite en que la ventaja social de ellos se compensa con los

inconvenientes de las amputaciones hechas al ingreso nacional.

Se ha elaborado un concepto que se llama el de la "utilidad social máxima", y que

puede enunciarse aproximadamente así: el Estado deberá ampliar sus gastos hasta el

nivel en que la ventaja social de un aumento de los gastos se vea compensada por el

inconveniente social de un aumento correspondiente de las exacciones públicas.

Otros autores, como Gangemi, piensan que de ordinario los entes públicos no

pueden superar un cierto límite en la expansión del gasto, límite que se impone ante

la posibilidad de agravar la presión tributaria y por la necesidad de no crear una

presión inflacionista. Es necesario tener presente el equilibrio entre actividad

económica y actividad financiera.

El autor francés Duverger dice que al hablar de límites, muchos confunden gastos

públicos con cargas públicas, lo cual es un error, ya que no todos los gastos públicos

son cargas públicas, dado que el individuo paga las imposiciones pero recibe

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contraprestaciones por medio de los servicios que le presta el Estado. Sostiene este

autor, con acierto, que ciertos gastos deben limitarse, y ellos son: los gastos de

mera administración, los gastos improductivos de transferencia, y las sustituciones

onerosas del Estado con respecto a aquellas actividades que resultan menos gravosas

en manos de particulares.

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CONCLUSIÓN

El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los

objetivos de la política económica, ya que durante un periodo de inflación se hace

necesaria la reducción del gasto público para poder manejar la demanda agregada

hacia una estabilidad deseada. Así pues, si aumenta el gasto publico se produce el

aumento en el nivel de renta nacional y en caso de existir una reducción se verá el

efecto contrario.

Es así como la ejecución del gasto público se da por medio de los presupuestos o

los programas económicos establecidos por los diferentes gobiernos, que tienen el

objetivo fundamental de incrementar el bienestar de los individuos mediante la

producción y/o provisión de bienes preferentes (bienes o servicios imprescindibles

para el desarrollo del individuo y que el sector público obliga a consumir en

cantidades incluso superiores a las preferencias personales; por ejemplo la educación,

la vivienda, etc) y los programas de prestaciones económicas (transferencias

monetarias del sector público hacia los individuos para garantizar un nivel de vida

digno; por ejemplo, el subsidio de desempleo, las pensiones, etc).

Para finalizar se podría decir que el conjunto de finalidades que pueden ser

cubiertas con la estimación y ejecución de gasto público pueden ser agrupadas en tres

categorías principales: función social, (redistributiva) esta le permite al Estado

devolver a la actividad económica los recursos que ha sustraído de ella, también se

encuentra la función económica (regulador), en la cual se presentan erogaciones que

persiguen la finalidad de regular o incentivar la actividad económica de un sector o de

todo un país y por último tenemos función administrativa, en ella se incluyen aquellas

erogaciones que se realizan para mantener en funcionamiento el aparato estatal

(sueldos, materiales, mantenimiento de inmuebles, gastos electorales, etc), es decir

gastos que no cumplen una finalidad social o económica.

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BIBLIOGRAFÍA

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http://www.slideshare.net/jlmorenon/gasto-publico-tema-3

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