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1. GASTO PÚBLICO
El gasto público es aquel en que el Estado incurre para sostener las instituciones
gubernamentales centrales y para financiar servicios públicos prioritarios que
permanecen en manos estatales; es decir, la cantidad de recursos con que puede
funcionar el Estado para el ejercicio de sus diversas funciones.
El gasto público que se entiende como un monto global para todos los
compromisos, se desprende un concepto más específico donde se visualiza con mayor
precisión la asignación del recurso, tal es el caso del Gasto Público Social.
El gasto público social, es un subconjunto del gasto público que agrupa los
recursos que el Estado destina directamente para atender el desarrollo y el bienestar
de su población. Hay diferentes criterios sobre las partidas presupuestarias que deben
incluirse en el cómputo del gasto social, pero hay acuerdo respecto a sectores básicos
tales como la educación, la salud y la vivienda.
1.1 CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO
Según Fariñas, G. (1980, p.39), existe una diversidad de clasificaciones en los
Gastos Públicos, pero entre ellos están las siguientes:
Clasificación Financiera: Tomando en cuenta su periodicidad y continuidad los
gastos públicos se clasifican en ordinarios y extraordinarios; los primeros son los que
se repiten en cada ejercicio presupuestario o que forman parte de las actividades
normales del Estado administrador y promotor del desarrollo, tales como los gastos
de personal, alquileres de inmueble o su mantenimiento y la prestación de servicios
públicos, así como los de obras públicas que, aunque no se repitan todos los años para
las mismas obras, constituyen la actividad de construcción a la cual está incorporado
el ente público en forma permanente.
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Los Gastos extraordinarios se ocasionan de manera irregular e imprevista y por ser
cuantiosos no se pueden enjugar con los recursos ordinarios, tales son los de la guerra
y los originados por catástrofes.
Es importante señalar que existe una categoría inmediata entre los dos tipos de
gastos antes señalados, integrados por gastos que no se repiten anualmente, pero si
cada cuatro o cinco años, tales como las erogaciones para los discursos en los
regímenes democráticos. La consecuencia más importante de esta clasificación de
gastos ordinarios y extraordinarios es la recomendación de que los gastos ordinarios
deben ser cubiertos con ingresos ordinarios y los gastos extraordinarios con ingresos
extraordinarios, que corresponden al llamado equilibrio.
Clasificación Económica: Según este enfoque, los gastos públicos se dividen en
gastos corrientes, gastos de capital y un tercer rubro llamado de servicio de la deuda
pública y se distinguen por su durabilidad o vida útil de los bienes adquiridos con el
Gasto público.
-Gasto Corriente: Son las erogaciones del Estado que se traducen en un consumo
inmediato y que la durabilidad de los bienes adquiridos con este gasto no va más allá
del ejercicio económico.
-Gasto Capital: Son las erogaciones que tienen como finalidad la adquisición de un
activo permanente o la construcción del mismo; en otras palabras la durabilidad de
los bienes adquiridos o construidos con el gasto tiene una trascendencia superior al
ejercicio económico.
-Servicio de la deuda pública: Este lo constituyen los pagos por concepto de
amortización del capital y los intereses, así como también la cancelación de las
acreencias correspondientes a la ejecución de los presupuestos de ejercicios
anteriores.
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Según Ríos, M. (1983)
Clasificación Funcional: El fundamento de esta clasificación se basa en la
observación de la función que cumple la erogación dentro de las múltiples que debe
atender el Estado o como un plan en el que incluyen todas las clases de gastos
establecidos por los órganos políticos y que se relacionan, en forma definida con
finalidades completas; esto quiere decir, que la clasificación funcional de los gastos
públicos atiende a los fines perseguidos por los diferentes órganos de la
Administración pública.
Administración Gerencia Defensa, Seguridad y Justicia Funciones políticas y Administrativas Relaciones Exteriores Consejo Supremo Electoral
Función Social Educación, Salud y Protección Social Acueductos y Obras Sanitarias Vivienda y Urbanismo Recreación y Esparcimiento Relaciones Laborales
Función Económica Agricultura y Ganadería Electrificación y Comunicación Industria, Comercio y Transporte Minería Turismo
Gastos no Clasificados Intereses y Amortización de la Deuda Deuda Administrativa Transferencia Adquisición de Activos Financieros
Es importante señalar que la clasificación funcional constituye un buen sistema de
información para:
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-Conocer la naturaleza de los servicios del gobierno
-Conocer el esfuerzo del gobierno al atender a tales servicios cuando se mide en
términos de porcentaje dedicados a la atención o cual función o servicio
-Conocer por lo anterior, la orientación filosófica de los gobiernos, por la importancia
que le asignen a tal o cual función
-Información al público en general, a los altos funcionarios del tren ejecutivo y para
las comisiones especializadas de los cuerpos deliberantes
-Establecer comparaciones de carácter internacional
2. EL EFECTO MULTIPLICADOR
Definición
El fundamento del proceso multiplicador o simplemente (M), se basa en lo que se
conoce en economía como la propensión marginal a consumir (pmc), con la
intervención de otra variable como lo es la propensión al ahorro (pma).
(pmc), es la parte que la sociedad o los individuos destinan a consumir por
cada unidad monetaria adicional que reciben.
(pma), es la parte que la sociedad o los individuos destinan al ahorro por cada
unidad monetaria adicional que reciben. (Ríos, M., 1983, p. 152).
Esto significa que el multiplicador es el efecto que logra cualquier gasto adicional,
sea en consumo o en inversión, que se traduce en un incremento neto del ingreso
nacional; también puede decirse que es un número que en función de la propensión
marginal al consumo se multiplicará toda inversión inicial del gasto, produciendo así
un incremento neto en el ingreso nacional.
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2.1 APLICACIÓN DEL MULTIPLICADOR AL GASTO PÚBLICO
Como puede observarse, además de simple, y comprensible, tiene una validez
general; por ello, si se considera la importancia del Gasto Público, fácilmente se
puede comprender cómo el Estado puede provocar una reacción en cadena para
estimular el crecimiento del ingreso nacional manejando con habilidad en política de
Gasto Público.
Dice Shun-Chin-Yanz, (citado por Ríos, M. 1983, p. 156): “…el concepto del
proceso multiplicador se presentó por primera vez en el pensamiento económico al
discutirse el desempleo y los ciclos económicos de los países industrializados”.
Es fácil comprender que un aumento de la inversión tiene que provocar un
aumento del ingreso, en tanto que la merma de aquella redundará en una contracción
del ingreso, ya que la inversión no es más que una parte del ingreso nacional. Pero si
se piensa en una economía dinámica, no es esto lo único que cabe decir. Un aumento
de la inversión pone en marcha un proceso en virtud del cual el ingreso, con el
transcurso del tiempo, aumentará en un monto mayor que el aumento inicial de la
inversión. (Ríos, M. 1983).
Se tiene entonces, que el impulso que el Estado puede dar al crecimiento del
ingreso nacional está muy claro, porque, un programa de obras públicas, un programa
de financiamiento al sector privado que estimule la producción, y un programa de
gasto de emergencia nacional es una situación depresiva de la economía, puede dar
los resultados esperados de aumentar la demanda, aumentar la producción, aumentar
las exportaciones, disminuir las importaciones y lograr el efecto multiplicador de la
riqueza nacional, siempre y cuando tal incremento del Gasto Público,
independientemente de los medios que se utilicen, emisiones o endeudamiento,
tengan las respuestas oportunas por la oferta externa, los efectos deseados serán nulos
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y los efectos benéficos del gasto adicional se darán en economías foráneas y no en la
nacional.
3. AUTORIZACIÓN DEL GASTO
La autorización de gasto público, es la operación contable que refleja el acto, en
virtud del cual, la autoridad competente para gestionar un gasto con cargo a un
crédito acuerda realizarlo, determinando su cuantía en forma cierta o de la forma más
aproximada posible, cuando no puede hacerse de forma cierta, reservando, a tal fin la
totalidad o una parte del crédito presupuestado. Este acto no implica aún relación sin
interesado ajenos a la entidad, pero supone la puesta en marcha del proceso
administrativo Gasto público: recoge aquellos bienes y servicios adquiridos por la
Administración Pública, bien para su consumo (material de oficina, servicios de
seguridad y limpieza...), bien como elemento de inversión (ordenadores, construcción
de carreteras, hospitales...). También incluye el pago de salarios a los funcionarios.
No incluye, sin embargo, el gasto de pensiones: cuando paga el salario a un
funcionario compra un servicio, su trabajo (hay una transacción económica), mientras
que cuando paga una pensión se trata simplemente de una transferencia de rentas (no
recibe nada a cambio), por lo que no se contabiliza en el PIB.
4. INCIDENCIA DEL GASTO
Los gastos realizados por el gobierno son de naturaleza diversa. Van desde
cumplir con sus obligaciones inmediatas como la compra de un bien o servicio hasta
cubrir con las obligaciones incurridas en años fiscales anteriores. Sin embargo,
muchos de ellos están dirigidos a cierta parte de la población para reducir el margen
de desigualdad en la distribución del ingreso.
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Por lo tanto, saber en que se gasta el dinero del presupuesto público resulta
indispensable y sano, pues a través de este gasto se conoce a quienes se ayuda en
forma directa e indirecta. En esta sección encontrará diversos documentos que dan luz
sobre cómo se gasta el dinero público y a quienes se beneficia.
5. CLASIFICACIÓN DEL GASTO DESDE EL PUNTO DE VISTA
MACROECONÓMICO
Gasto corrientes o de consumo: Gasto para proporcionar servicios públicos,
salarios de funcionarios y compra de bienes y servicios.
Gasto de capital: Gasto para mantener o mejorar la capacidad productiva del
país, sobre todo infraestructuras.
Gasto de transferencia: Capital que el estado cede a empresas y familias que
lo necesitan
6. TRANSFERENCIAS
Gastos realizados por el sector público sin obtener nada a cambio, es decir sin
contraprestación por parte de los destinatarios del gasto. Ejemplo de transferencias
corrientes serían el subsidio de desempleo, las pensiones públicas de la Seguridad
Social o por la sanidad nacional de la salud. .. De igual modo que todo lo antes
mencionado.
7. SERVICIO DE DEUDA PÚBLICA
Son gastos de deuda pública los desembolsos del Estado para amortizar el capital
prestado y pagar los intereses, por empréstitos internos o externos. Los intereses de
deuda pública son pagos de contrapartida directa y personal; es la forma como el ente
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público retribuye el servicio del capital prestado. Y los gastos de amortización o
reembolso del capital prestado, son devolutivos.
7.1 SERVICIO DE DEUDA PÚBLICA DESDE EL PUNTO DE VISTA
FINANCIERO Y ECONÓMICO
Desde el punto de vista más financiero que económico, el interés de deuda pública
constituye un gasto de contrapartida directa y personal como el precio o retribución
por el servicio del empréstito. Tal es el criterio que corresponde más correctamente a
la índole restringida del gasto por intereses de deuda pública.
Ya desde un punto de vista más económico que financiero, es más lógica la tesis
de la transferencia o gasto sin contrapartida personal y directa del pago de intereses
de deuda pública, criterio utilizado en el cómputo de la renta nacional.
De ahí que, según se mire el pago de intereses puede considerarse ya un gasto de
contrapartida directa o una transferencia. Financieramente, donde impera un criterio
más contable que económico, es lo primero. Económicamente, donde el criterio es
más económico que contable, es lo segundo. Con esta advertencia, se ha clasificado
aquí el pago de intereses como el precio por el empréstito, o gasto compensatorio por
el servicio del préstamo. Desde el punto de vista económico y financiero, el
reembolso del capital prestado dentro del mismo circuito económico a otro circuito
económico, puede considerarse un pago compensatorio de carácter devolutivo.
8. CATEGORÍAS DE GASTO PÚBLICO
El Estado, al invertir o gastar, vuelve al circuito económico la renta o ganancia
previamente sustraída de él con el impuesto. Pero esta vuelta experimenta
características diferentes, según se trate de compensar con el gasto servicios
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personales prestados, adquirir bienes de uso o consumo, intermedios o durables para
sostener los servicios públicos; o de redistribuir renta, sin compensación directa
alguna.
Los primeros son gastos de contrapartida directa y de total equivalencia; los
segundos son gastos sin contrapartida directa y por ende sin equivalencia. En ambas
categorías de gastos se pretenda o no compensar bienes y servicios prestados al ente
público, el beneficio es manifiesto, directa o indirectamente. Si hay compensación, el
beneficio es directo; si no la hay, por tratarse de meras transferencias, es indirecto.
8.1 GASTOS DE CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL
Estos gastos públicos son una contrapartida o compensación por la prestación de
servicios personales o compra de bienes de consumo (gastos de funcionamiento);
adquisición de bienes durables, intermedios y finales (gastos de inversión); reembolso
y pago de intereses de deuda pública.
8.1.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
Son gastos en la adquisición de bienes de consumo y servicios personales. El
Estado obtiene una compensación simultánea a los fines de la hacienda, en especial al
sostenimiento de los servicios públicos mediante el pago respectivo: el bien o servicio
mismo.
En consecuencia, estos gastos se pueden clasificar en dos renglones principales:
1) Gastos de consumo, que comprenden:
a) Bienes durables de consumo (automóviles, muebles y enseres, etc.)
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b) Bienes semidurables de consumo (implementos de duración generalmente
inferior a un año).
c) Bienes de consumo perecederos (alimentos, combustibles, etc.);
2) Gastos en servicios, que comprenden:
a) Sueldos, salarios, honorarios, etc.,
b) Prestaciones sociales.
8.1.2 GASTOS DE INVERSIÓN
Son los efectuados en la adquisición de bienes durables:
a) Intermedios, de duración superior a tres años (edificios, maquinaria y equipo,
etc.)
b) Finales (obras de infraestructura económica y social).
Se asimilan a los de funcionamiento por la característica principal de que son de
contrapartida directa y personal. Pero se diferencian en que mientras los gastos de
funcionamiento retribuyen bienes de consumo y servicios personales prestados, los de
inversión retribuyen bienes de capital, de modo que aumentan el patrimonio fiscal.
8.1.2.1 Distinción entre el gasto de inversión en bienes intermedios y el gasto de
inversión en bienes durables finales
Los gastos de inversión en bienes intermedios (dotación durable y edificios) se
destinan principalmente a la prestación de servicios administrativos como son la
mayoría de los servicios públicos primarios.
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Los gastos de inversión en bienes durables finales se destinan principalmente en
la construcción de obras como medios colectivos de producción, en cuanto al ser
utilizados principalmente por el sector privado de la economía incrementan su capital
constante (medios de producción) con miras a obtener ganancias. Son obras en vías
de transporte, en comunicaciones, electrificación, acueductos y alcantarillados, etc., o
de infraestructura económica.
En los gastos de inversión no solamente se incluyen los efectuados en
capitalización física, como los antes indicados, sino también los hechos en
capitalización humana, como son, principalmente los de educación y aprendizaje, o
de infraestructura social. Aquí también es posible distinguir los de inversión
intermedia o gastos en educación y aprendizaje de la burocracia, y de inversión final,
o gastos hechos en educación y aprendizaje de los trabajadores activos y potenciales
por cuanto configuran medios colectivos de consumo que al ser utilizados
principalmente por el sector privado de la economía, incrementan su capital variable
(fuerza de trabajo) o la productividad de éste.
8.1.2.1.1 Clasificación de los gastos de inversión intermedios y finales
a) Directos: se destinan a financiar los servicios de cuyo presupuesto de ingresos
surgen las respectivas asignaciones, para dotación y edificios o para obras de
infraestructura económica y social.
b) Indirectos: son verdaderas transferencias, por lo cual también pueden
calificarse de transferencias-inversión. Los gastos indirectos de inversión los
efectúan los entes públicos receptores de las subvenciones o las empresas privadas
receptoras de los subsidios estatales, en bienes durables intermedios o finales.
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8.2 GASTOS SIN CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL
Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal son erogaciones
con fines de desarrollo o redistributivos de la renta nacional: de rentas previamente
sustraídas del mismo circuito económico, que pasan a los receptores por conducto del
presupuesto estatal, de modo que son estos quienes disponen del ingreso respectivo
para la inversión o el consumo. Por estas características, se ha dicho que las
transferencias son impuestos negativos
Clasificación de las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal
Estos gastos han de clasificarse por la finalidad que los justifica. Por otra parte,
también pueden distinguirse en ellos determinadas transferencias, según el gasto a
que sean destinados por sus beneficiarios o receptores: transferencias-inversión o
transferencias-consumo.
Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal se pueden
clasificar, por lo tanto, en las siguientes subcategorías:
Transferencias con fines económicos o financieros.
Transferencias con fines sociales.
Gastos consuntivos.
8.2.1 TRANSFERENCIAS CON FINES ECONÓMICOS O FINANCIEROS
Los gastos sin contrapartida directa y personal con fines económicos o financieros,
se pueden dividir en tres grupos principales: subvenciones, subsidios y auxilios
regionales.
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8.2.1.1 Subvenciones a Otros Entes Públicos
Las subvenciones como transferencias de recursos entre diversos entes públicos, es
un aspecto de las complejas finanzas intergubernamentales o de compensación
financiera, como distribución entre ellos del gasto público según los servicios a cargo.
Son, en consecuencia, traslados de disponibilidades monetarias entre el Estado en
el orden nacional y el Estado en el orden regional y local, entre la nación y las
entidades territoriales (departamentos y municipios) y las entidades descentralizadas
del orden nacional, regional o local (establecimientos públicos y empresas
industriales y comerciales del Estado en estos diversos órdenes).
Las subvenciones pueden ser:
a) En sentido horizontal: entre los entes públicos del Estado en el mismo orden
nacional, regional o local
b) En sentido vertical: entre los entes públicos del Estado en distinto orden y,
así mismo, de modo ascendente o descendente, en particular en esta segunda
situación.
La tendencia normal de estas transferencias es la de ir de los entes públicos
superiores a los inferiores, como una forma de redistribuir renta entre los mismos
entes públicos, considerándose que son los departamentos y los municipios quienes se
encuentran en desigualdad unos frente a otros.
8.2.1.2 Subsidios a la Empresa Privada
Los subsidios son transferencias presupuestaria del Estado a empresas privadas,
y, a semejanza de las subvenciones a otros entes públicos, pueden ser o no
condicionadas o supervisadas.
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El subsidio pretende cubrir el exceso de costo de producción de determinados
artículos o servicios, en beneficio del consumidor y de la empresa privada. En
consecuencia, trata de lograr dos fines simultáneos:
a) Evitar la pérdida del empresario privado en la producción de un artículo o
servicio esencial a la comunidad.
b) Impedir que se cargue ese mayor costo al consumidor o usuario a pesar de la
exención total o parcial de impuestos de que puede gozar la empresa, o a cambio
de dicha exención o incentivo tributario
Con el subsidio se consigue, frente a una tendencia alcista de precios, que estos
permanezcan estabilizados; supone también un control complementario de precios.
Pero esto entraña la dificultad de que si el subsidio lo absorbe la empresa, perjudica al
consumidor (el empresario obtiene utilidades mayores de las normales), y si lo
absorbe este, perjudica al productor (obtiene pérdidas o utilidades inferiores). Por ello
el subsidio debe cubrir el mayor costo de producción, debido al alza de precios, para
que sea una medida adecuada.
8.2.1.3 Auxilios Regionales
En los países subdesarrollados es importante orientar las subvenciones a otros
entes públicos y los subsidios a la empresa privada, de acuerdo con determinados
planes de integración regional, o al fomento de las exportaciones menores. Estos
gastos públicos se deben calificar de auxilios regionales, para diferenciarlos de la
subvención y el subsidio aislado, sin relación a un plan previo de integración para el
desarrollo. Son transferencias con fines económicos, antes que financieros.
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Auxilios Regionales según su fin
Con fines financieros, en lugar de las subvenciones, especialmente a los
departamentos o municipios, existe la alternativa de la participación en
determinadas impuestos nacionales, cuya destinación realiza el ente
beneficiario, mientras no sea posible su financiamiento suficiente con ingresos
fiscales propios.
Con fines económicos y de integración regional, las subvenciones y
subsidios adquieren gran importancia, si están integrados en un plan sectorial
y en programas de factibilidad. De esta manera aquellas transferencias
encuentran un orden, una prelación y una coordinación, no solo dentro del
respectivo plan regional y local, sino también dentro del plan general de
desarrollo económico y social del país.
8.2.2 TRANSFERENCIAS CON FINES SOCIALES
Los gastos sin contrapartida directa y personal con fines sociales, se pueden dividir
en tres grupos principales: seguros y prestaciones sociales, asistencia pública, y
auxilios por calamidades públicas y otros. Estas transferencias corresponden en forma
más definida a la política fiscal redistributiva de la renta nacional.
8.2.2.1 Seguros y Prestaciones Sociales
Los seguros de paro y desempleo pagados por el Estado se encaminan, ante todo, a
lograr mayor seguridad social para trabajadores inactivos o desempleados.
Pero no solo el parado o desempleado se halla frente al riesgo de la inseguridad.
También los trabajadores activos, con ocasión directa o indirecta del trabajo mismo,
se encuentran ante variados riesgos de los cuales deben ser protegidos, mediante los
seguros sociales.
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Con este fin los Estados han organizado instituciones encargadas de cubrir los
riesgos sociales en que puede encontrarse la clase trabajadora sin cuya protección
colectiva no solo se vería afectada su productividad de ganancia para la clase
capitalista, sino también el bienestar individual del trabajador: accidentes de trabajo,
enfermedad, invalidez, vejez, muerte. A parte de otras prestaciones individualizadas a
cargo directo de los patronos: cesantías, vacaciones, jubilaciones, etc.
El seguro social obligatorio se financia con la tasa especial o contribución especial
de seguridad social que así formalmente se obligue en todo o en parte a pagarla con
base en las nóminas, al capitalista o al trabajador, afecta en el fondo, material o
económicamente, la ganancia de aquel.
8.2.2.2 Asistencia pública
Los gastos de asistencia pública son transferencias del presupuesto del Estado en
su nivel central, regional o local a instituciones públicas, semipúblicas o privadas que
satisfacen gratuitamente necesidades individuales (alimento, vestido, alojamiento,
asistencia médica) de aquellas personas; o a los fondos de solidaridad para pensiones
y salud.
8.2.2.3 Auxilios por calamidad pública y otros
En casos de calamidad pública (incendio, inundación, naufragio, epidemias,
invasión, terremoto, etc.), el Estado puede transferir determinada cantidad de ingresos
públicos a los damnificados que no tienen compensación por seguros o
indemnizaciones, ni medios económicos de subsistencia.
En consecuencia, mediante los auxilios por calamidad pública se pretende amparar
a las personas que por causas naturales o artificiales, caso fortuito o fuerza mayor, se
encuentran imprevistamente sin medios suficientes e indispensables para satisfacer
sus más apremiantes necesidades vitales.
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8.2.3 GASTOS CONSUNTIVOS
Son transferencias de renta que hace el ente público a otros circuitos económicos,
distintos de donde se sustrajo previamente dicha renta. Son transferencias
internacionales con fines económicos, políticos o sociales y revisten características de
subvención, subsidio o auxilio.
Mientras que los demás gastos de transferencia simplemente redistribuyen la renta,
de modo que no se modifica el circuito económico (igual renta previamente sustraída
de tal circuito vuelve a él), los gastos consuntivos disminuyen la renta nacional,
afectan el circuito económico negativamente.
El gasto consuntivo implica disminución de disponibilidades económicas de un
circuito en beneficio de otro, al carecer de compensación.
Un pago o transferencia al exterior con carácter de gasto consuntivo, es el de
pagos a organismos internacionales, como la O.E.A. y la O.N.U.
Algunos países desarrollados efectúan gastos consuntivos a modo de
subvenciones, subsidios y auxilios a países subdesarrollados con fines de integración
económica continental; y corresponden a planes previos de inversión y destinación,
distribuidos por conducto de organismos especializados establecidos en acuerdos
internacionales.
La mayoría de las famosas ayudas de los países desarrollados a los en desarrollo
con quienes comercian, son aparentemente gastos consuntivos, es decir, que
disminuyen la renta nacional del país donante y aumentan la del donatario.
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8.3 GASTOS REPRODUCTIVOS E IMPRODUCTIVOS
La reproductividad del gasto público se establece por su incidencia, así sea
indirecta, en la obtención de ganancias tanto de las empresas del sector privado como
de las del sector público o rentables. Para ello es necesario observar concretamente si
los gastos (sean o no de contrapartida directa) en la prestación de los servicios
públicos incrementan o mejoran el capital constante o variable de aquellas empresas.
En general, ningún gasto público es directamente productivo, es decir, generador
inmediato de ganancia. Solo lo es el invertido directamente en capital constante
(medios de producción) y variable (fuerza de trabajo) para, mediante el uso de trabajo
asalariado, obtener
8.3.1 GASTOS REPRODUCTIVOS
Los gastos efectuados en obras o servicios de infraestructura económica, sean de
funcionamiento o de inversión, en cuanto configuran medios colectivos de
producción, son reproductivos: mejoran o incrementan el capital constante de las
empresas privadas y públicas rentables, favorecen la obtención de ganancias, como
los de electrificación, medios de comunicación, vías públicas, transporte, acueducto y
alcantarillado, riego, remodelación urbana, etc.
8.3.2 GASTOS IMPRODUCTIVOS
Son gastos suntuarios aquellos que no inciden directamente en el rendimiento del
capital, como los efectuados en armamentos, sea en forma de contrapartida directa o
compra de armas al sector privado (sin que deje de ser esta una forma de colaborar el
Estado con este en la obtención de ganancias), o sin contrapartida directa a modo de
subvenciones a empresas públicas rentables de armamentos, o subsidios a la empresa
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privada, o como gastos consuntivos al exterior para la adquisición de elementos
bélicos. Se incluyen en este grupo los gastos de administración de justicia y de
policía. Ellos no redundan en el mejoramiento de los medios de producción y del
trabajo, pero sirven al mantenimiento de la seguridad política y civil, externa e interna
del sistema social y facilitan la prestación continuada, sin graves trastornos, de los
demás servicios públicos.
El gasto con ser improductivo no es por ello innecesario. Para la empresa privada
competitiva y aun monopólica, la publicidad, con ser un gasto improductivo (de
ganancia) contribuye a ampliar el mercado del producto. En cambio, para el Estado,
en términos generales, es un gasto, además de improductivo, innecesario.
9. EFECTOS ECONÓMICOS
Para darse cuenta de los efectos que produce el gasto público, debe partirse de la
relación entre el volumen de los gastos públicos y la renta nacional. En Estados
modernos, el gasto público excede el 30 % de la renta nacional produciendo así una
considerable influencia sobre la economía.
Cualquier modificación en su cuantía —tanto si se trata de un aumento como de
una disminución— tiene un inevitable efecto económico.
También la tiene cualquier modificación de los diversos elementos que integran el
gasto.
Gabriel Franco (economista), hace notar que el impacto del ingreso y del gasto es
diferente en lo que respecta a los efectos económicos.
Las consecuencias del impuesto no siempre se advierten, debido al proceso de
repercusión y al mecanismo de los precios.
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En cambio, la incidencia del gasto se percibe rápidamente, por lo que se puede
medir su alcance.
Por otra parte, los efectos de los gastos públicos no se limitan al impulso
momentáneo que prestan inmediatamente a la economía en forma de una disminución
de la desocupación o de un aumento de la actividad industrial.
Tienen efectos secundarios que multiplican su acción económica creando en la
misma medida gastos y producciones, y los ingresos que originan son objeto de
ulteriores acciones de intercambios.
En vista de que el aumento de los ingresos acarrea una expansión proporcional de
las actividades de cambio y producción, y esta expansión, por su parte, origina la
formación de nuevos ingresos, se produce, por efecto propulsor de los gastos
públicos, un nuevo ciclo económico que puede ser suficiente para poner
en movimiento una recuperación económica o —al menos— para detener o retardar
el proceso de contracción.
Sin embargo, y como bien hace notar Duverger, estas consecuencias dependerán
de la naturaleza de los gastos que se van a realizar: realizar inversiones productivas es
más eficaz que desarrollar los armamentos; acrecentar el poder de compra de las
clases pobres es más eficaz que aumentar aún más el de las clases ricas.
10. CRECIMIENTO DE LOS GASTOS PÚBLICOS:
En todos los países del mundo y desde tiempo inmemorial los gastos del Estado
han tendido a incrementarse. En períodos cortos se puede observar estabilizaciones o
descensos, pero considerándolos en períodos largos, las observaciones demuestran
que la curva es siempre ascendente. Los autores, al tratar el tema de los gastos
públicos, y al referirse a su crecimiento, examinan las causas determinantes del
aumento así las dividen en: aparentes, relativas y reales.
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A) Causas aparentes: En este caso, a primera vista el gasto público se ha
incrementado, pero analizando distintos parámetros, esta situación no es real.
1) Variaciones en el valor de la moneda: La depreciación del signo monetario es un
fenómeno observable en la generalidad de los países.
Esta depreciación obliga a armonizar las cifras, puesto que de lo contrario las
conclusiones serán equivocadas.
2) La evolución de las reglas presupuestarias: La adopción de ciertos principios de
derecho presupuestario ha llevado a modificar las formas de computar las
erogaciones, y esto puede dar lugar también a un incremento aparente del gasto.
Si se pasa de un presupuesto de cifras netas a un presupuesto de cifras brutas,
habrá un incremento que será sólo aparente; si se reúnen múltiples presupuestos en
uno solo, es evidente que las cifras de ese único presupuesto serán mayores, pero en
este caso ese incremento será ficticio.
B) Causas relativas: Algunos autores hablan de estas causas, que si bien no son
estrictamente aparentes, tampoco son reales, puesto que se hallan compensadas en sí
mismas.
Así, las anexiones que incrementan el territorio pueden aumentar los gastos, pero
ese incremento puede ser compensado con nuevos ingresos que surjan de las regiones
anexadas.
Lo mismo puede decirse con los aumentos de población, de producción y de renta
nacional, que por un lado incrementan los gastos, pero, por el otro, aumentan también
los recursos.
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C) Causas reales:
1) Gastos militares: Sin que sea necesario hablar de las guerras, es notorio que el
equipamiento de las fuerzas armadas modernas exige sumas extraordinarias que se
incrementan por las tensiones internacionales.
Los conflictos parciales, los nuevos descubrimientos científicos en armamentos y la
carrera espacial.
2) Expansión de las actividades del Estado: Las nuevas actividades que debe asumir
el Estado llevan a la expansión de sus funciones tradicionales y al consiguiente
aumento de gastos;
Así tenemos nuevas actividades por gestiones industriales y comerciales antes
desconocidas, cargas de seguridad social (jubilaciones, pensiones,
subsidios, seguros sociales, sanidad en general, etc.), realización de obras públicas.
3) Aumento de los costos: El aumento internacional de costos de bienes
y servicios incide considerablemente en los presupuestos públicos, aparte de que el
progreso técnico determina gastos antes desconocidos.
4) Burocracia y presión política: Debe mencionarse el crecimiento desmesurado de
la burocracia administrativa y la presión de grupos o sectores con influencia política
que tienden a satisfacer sus intereses particulares a costa del presupuesto del Estado.
En cuanto a la burocracia es necesario diferenciar entre lo que constituye el cuerpo de
funcionarios y lo que corrientemente se conoce bajo dicho nombre de burocracia.
El Estado debe contar con un cuerpo de funcionarios altamente responsables y
conscientes de su función que son indispensables para mantener un buen nivel en la
prestación de los servicios estatales. Estos funcionarios deben gozar de un "status"
económico y social adecuado.
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La burocracia en si es la maraña de regulaciones y procedimientos superabundantes, y
cuya única justificación es incrementar el número de empleados estatales.
Esta burocracia cada vez más frondosa es un importante factor de crecimiento
perjudicial del gasto público.
11. LÍMITES DEL GASTO PÚBLICO
El problema de establecer límites al gasto público es más político que económico.
No se puede dar fórmulas rígidas de limitación estableciendo, por ejemplo,
determinada proporción de gasto en relación a la renta nacional (un 20, 30 o 40 %).
Tanto es así que puede darse el caso de que los gastos públicos signifiquen el 100 %
de la renta, lo cual quiere decir que se trata de un Estado socialista que dirige la
actividad económica. Los autores modernos sostienen que los gastos públicos pueden
llegar hasta aquel límite en que la ventaja social de ellos se compensa con los
inconvenientes de las amputaciones hechas al ingreso nacional.
Se ha elaborado un concepto que se llama el de la "utilidad social máxima", y que
puede enunciarse aproximadamente así: el Estado deberá ampliar sus gastos hasta el
nivel en que la ventaja social de un aumento de los gastos se vea compensada por el
inconveniente social de un aumento correspondiente de las exacciones públicas.
Otros autores, como Gangemi, piensan que de ordinario los entes públicos no
pueden superar un cierto límite en la expansión del gasto, límite que se impone ante
la posibilidad de agravar la presión tributaria y por la necesidad de no crear una
presión inflacionista. Es necesario tener presente el equilibrio entre actividad
económica y actividad financiera.
El autor francés Duverger dice que al hablar de límites, muchos confunden gastos
públicos con cargas públicas, lo cual es un error, ya que no todos los gastos públicos
son cargas públicas, dado que el individuo paga las imposiciones pero recibe
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contraprestaciones por medio de los servicios que le presta el Estado. Sostiene este
autor, con acierto, que ciertos gastos deben limitarse, y ellos son: los gastos de
mera administración, los gastos improductivos de transferencia, y las sustituciones
onerosas del Estado con respecto a aquellas actividades que resultan menos gravosas
en manos de particulares.
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CONCLUSIÓN
El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los
objetivos de la política económica, ya que durante un periodo de inflación se hace
necesaria la reducción del gasto público para poder manejar la demanda agregada
hacia una estabilidad deseada. Así pues, si aumenta el gasto publico se produce el
aumento en el nivel de renta nacional y en caso de existir una reducción se verá el
efecto contrario.
Es así como la ejecución del gasto público se da por medio de los presupuestos o
los programas económicos establecidos por los diferentes gobiernos, que tienen el
objetivo fundamental de incrementar el bienestar de los individuos mediante la
producción y/o provisión de bienes preferentes (bienes o servicios imprescindibles
para el desarrollo del individuo y que el sector público obliga a consumir en
cantidades incluso superiores a las preferencias personales; por ejemplo la educación,
la vivienda, etc) y los programas de prestaciones económicas (transferencias
monetarias del sector público hacia los individuos para garantizar un nivel de vida
digno; por ejemplo, el subsidio de desempleo, las pensiones, etc).
Para finalizar se podría decir que el conjunto de finalidades que pueden ser
cubiertas con la estimación y ejecución de gasto público pueden ser agrupadas en tres
categorías principales: función social, (redistributiva) esta le permite al Estado
devolver a la actividad económica los recursos que ha sustraído de ella, también se
encuentra la función económica (regulador), en la cual se presentan erogaciones que
persiguen la finalidad de regular o incentivar la actividad económica de un sector o de
todo un país y por último tenemos función administrativa, en ella se incluyen aquellas
erogaciones que se realizan para mantener en funcionamiento el aparato estatal
(sueldos, materiales, mantenimiento de inmuebles, gastos electorales, etc), es decir
gastos que no cumplen una finalidad social o económica.
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BIBLIOGRAFÍA
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