Garantias constitucionales

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a) ¿Cuál es la diferencia entre la Acción de Habeas Corpus y la Acción de Amparo? El Habeas Corpus procede ante el hecho de cualquier autoridad que afecte los derechos de libertad del individuo, mientras que la Acción de Amparo procede contra los demás derechos y no procede contra normas legales. b) ¿Qué normas son las que se pueden impugnar? Leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales. c) ¿Quiénes pueden interponer una demanda de Acción Popular? Toda persona natural o jurídica, organizaciones no gubernamentales, entidades públicas, alcaldes y servidores públicos. d) ¿En qué casos se aplica la Acción de Inconstitucionalidad? Cuando contravenga la constitución, ya sea por infracción material o formal, cuando no han sido aprobadas o promulgadas en la forma en la que dice la Constitución. e) Investiga e informa de casos de aplicación de las garantías constituciones que se llevaron a cabo en nuestro país. 1) Los gremios también anunciaron que presentarán una “acción popular” (pedido de garantías constitucionales) ante el Poder Judicial advirtiendo de los riesgos que afronta la biodiversidad, el medio ambiente y la actividad agropecuaria. Durante la presentación, Mariano Valderrama, presidente de la Sociedad Peruana de Gastronomía (Apega), remarcó que los cocineros peruanos tienen “un compromiso de solidaridad” con la diversidad de su país y el desarrollo inclusivo. “Tenemos que valorar y hacer de nuestra diversidad un enorme desarrollo. Por eso es la alianza de nosotros, los gastrónomos, con los campesinos”, dijo.

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a) ¿Cuál es la diferencia entre la Acción de Habeas Corpus y la

Acción de Amparo?

El Habeas Corpus procede ante el hecho de cualquier autoridad que

afecte los derechos de libertad del individuo, mientras que la Acción

de Amparo procede contra los demás derechos y no procede contra

normas legales.

b) ¿Qué normas son las que se pueden impugnar?

Leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados,

reglamentos del congreso, normas regionales de carácter general y

ordenanzas municipales.

c) ¿Quiénes pueden interponer una demanda de Acción Popular?

Toda persona natural o jurídica, organizaciones no gubernamentales,

entidades públicas, alcaldes y servidores públicos.

d) ¿En qué casos se aplica la Acción de Inconstitucionalidad?

Cuando contravenga la constitución, ya sea por infracción material o

formal, cuando no han sido aprobadas o promulgadas en la forma

en la que dice la Constitución.

e) Investiga e informa de casos de aplicación de las garantías

constituciones que se llevaron a cabo en nuestro país.

1) Los gremios también anunciaron que presentarán una “acción popular”

(pedido de garantías constitucionales) ante el Poder Judicial advirtiendo de los

riesgos que afronta la biodiversidad, el medio ambiente y la actividad

agropecuaria.

Durante la presentación, Mariano Valderrama, presidente de la Sociedad

Peruana de Gastronomía (Apega), remarcó que los cocineros peruanos tienen

“un compromiso de solidaridad” con la diversidad de su país y el desarrollo

inclusivo.

“Tenemos que valorar y hacer de nuestra diversidad un enorme desarrollo. Por

eso es la alianza de nosotros, los gastrónomos, con los campesinos”, dijo.

La experta Antonieta Gutiérrez, de la Asociación de Desarrollo Medio Ambiente

Sustentable, acotó que la Organización de las Naciones Unidas para la

Agricultura y la Alimentación (FAO) reconocen la importancia de los

transgénicos “pero dice que se tienen que tomar medidas de previsión por su

impacto en los recursos y la naturaleza”.

2) Según informó el diario “Correo”, Toledo Manrique afirmó que la

investigación por enriquecimiento ilícito, que está a cargo del despacho del

fiscal de la Nación José Antonio Peláez Bardales, “atenta contra sus derechos

fundamentales” y “garantías constitucionales”.

El ex jefe de Estado señaló, en esa línea, que ni él ni su suegra ocupan un

cargo público que sustente el proceso.

Toledo también indicó que no le asiste el antejuicio, porque ya pasaron los

cinco años establecidos para que el despacho del fiscal de la Nación lo

investigue.

El líder de Perú Posible sostuvo que es “un acto lesivo” para sus derechos que

se le investigue a pesar de que existe otro proceso de esa naturaleza en la 48

Fiscalía Penal de Lima en contra de Fernenbug por presunto lavado de activos.

Por ello, señaló que nadie puede ser procesado o sancionado dos veces por los

mismos hechos.