Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de...

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LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 228-3791 / 222-7344 Tiraje:850 Ejemplares 36 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXI No.209 Managua, miércoles 31 de octubre de 2007 7087 SUMARIO Pág. MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Asociación de Ganaderos de Matagalpa.........................................................7088 Estatutos Asociación de Productores de Reposición Forestal y Comercializadores de Carbón del Municipio de Nagarote (ECO-CARBON)........ 7093 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Licitación Restringida No. 04-07..................... 7096 MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio........... 7097 MINISTERIO DE SALUD Licitación Restringida No. 184-11-2007...........7109 MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL Dictamen Técnico de Prueba de Efectividad Biológica de Plaguicidas............................................... 7110 INSTITUTO NICARAGUENSE DE ENERGIA Adjudicación Licitación Restringida No. 003-20070............................................. 7110 INSTITUTO NICARAGUENSE DE TURISMO Junta de Incentivos Turísticos Certificación No. 053-306-JIT/2007............... 7110 ALCALDIA Alcaldía Municipal de Somoto Declaratoria de Utilidad Pública.......................7111 UNIVERSIDADES Universidad Nacional de Ingeniería Licitación por Registro 004/2007.....................7112 Universidad Politécnica de Nicaragua Licitación Restringida.....................................7112 Títulos Profesionales......................................7112

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LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 228-3791 / 222-7344

Tiraje:850 Ejemplares 36 Páginas

Valor C$ 45.00Córdobas

AÑO CXI No.209Managua, miércoles 31 de octubre de 2007

7087

SUMARIO

Pág.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Esta tutos Asoc iac ión de Ganaderos deMatagalpa.........................................................7088

Estatutos Asociación de Productores de ReposiciónForestal y Comercializadores de Carbón delMunicipio de Nagarote (ECO-CARBON)........7093

MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES

Licitación Restringida No. 04-07.....................7096

MINISTERIO DE FOMENTO,

INDUSTRIA Y COMERCIO

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio...........7097

MINISTERIO DE SALUD

Licitación Restringida No. 184-11-2007...........7109

MINISTERIO AGROPECUARIO Y

FORESTAL

Dictamen Técnico de Prueba de Efectividad Biológicade Plaguicidas...............................................7110

INSTITUTO NICARAGUENSE DE

ENERGIA

Adjudicación Licitación RestringidaNo. 003-20070.............................................7110

INSTITUTO NICARAGUENSE DE

TURISMO

Junta de Incentivos TurísticosCertificación No. 053-306-JIT/2007...............7110

ALCALDIA

Alcaldía Municipal de SomotoDeclaratoria de Utilidad Pública.......................7111

UNIVERSIDADES

Universidad Nacional de IngenieríaLicitación por Registro 004/2007.....................7112

Universidad Politécnica de NicaraguaLicitación Restringida.....................................7112

Títulos Profesionales......................................7112

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MINISTERIO DE GOBERNACION

ESTATUTOS ASOCIACION DEGANADEROS DE MATAGALPA

Reg. 15980 - M. 1297602- Valor C$ 1,425.00

CERTIFICADO PARA PUBLICARREFORMA DE ESTATUTOS

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociacionesdel Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua. CERTIFICA.Que la entidad denominada ASOCIACIÓN DE GANADEROS DEMATAGALPA, fue inscrita bajo el número Perpetuo ciento cinco (105), delFolio número cuatrocientos cincuenta y tres al folio número cuatrocientossesenta y siete, (453-467), Tomo: III, Libro: PRIMERO (1º), ha solicitado,ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministeriode Gobernación, la inscripción de la Segunda Reforma Total a sus Estatutos,los que han sido inscritos en el Tomo I, Libro DECIMO (10º), bajo los foliosnúmero un mil cuatrocientos noventa y tres al folio número un mil quinientossiete (1493-1507) a los once días del mes de septiembre del año dos mil siete.Este documento es exclusivo para publicar Segunda Reforma Total de losEstatutos de la entidad denominada ASOCIACION DE GANADEROSDE MATAGALPA´´ en el Diario Oficial, La Gaceta, los que fueronautorizados y firmados por el Doctor GUSTAVO A. SIRIAS Q., con fechadiez de septiembre del año dos mil siete. Dado en la ciudad de Managua, a losonce días del mes de septiembre del año dos mil siete. Dr. Gustavo A. SiriasQ., Director.

REFORMA DE ESTATUTOS No. ́ ´2´´. Solicitud presentada por el señorENRIQUE ALDANA BURGOS, en su carácter de Presidente de la entidadASOCIACION DE GANADEROS DE MATAGALPA, el día 14 de agostodel año dos mil siete, en donde solicita la inscripción de la Segunda ReformaTotal a los Estatutos de la entidad denominada ´´ASOCIACIÓN DEGANADEROS DE MATAGALPA´´, que fue inscrita bajo el númeroperpetuo ciento cinco (105), del Folio número cuatrocientos cincuenta y tresal folio número cuatrocientos sesenta y siete ( 453-467), Tomo III, LibroPrimero (1º), que llevó este Registro, el seis de febrero del año un milnovecientos noventa y seis. Dando cumplimiento a dicha solicitud, elDepartamento de Registro y Control de Asociaciones: RESUELVE UNICO:Autorícese e inscríbase el día once de septiembre del año dos mil siete, laSegunda Reforma Total de la entidad denominada: ́ ´ ASOCIACION DEGANADEROS DE MATAGALPA ´´. Este documento es exclusivo parapublicar la Segunda Reforma Total de los Estatutos de la entidad denominadaASOCIACION DE GANADEROS DE MATAGALPA en el DiarioOficial, La Gaceta, los que fueron autorizados y firmados por el doctorGUSTAVO A. SIRIAS Q., con fecha diez de septiembre del año dos milsiete. Dada en la ciudad de Managua, a los once días del mes de septiembredel año dos mil siete. DR. GUSTAVO SIRIAS Q., Director. ELDEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL DE ASOCIACIONESDEL MINISTERIO DE GOBERNACIÓN. En uso de las atribucionesconferidas en la Ley No. 147, denominada LEY GENERAL SOBREPERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO, publicada en la Gaceta,Diario Oficial, No. 102, publicada en la Gaceta, de fecha 29 de Mayo de 1992.POR CUANTO: A la entidad denominada ASOCIACION DEGANADEROS DE MATAGALPA, le fue otorgada Personalidad Jurídicasegún decreto legislativo número 536, publicada en la Gaceta, Diario Oficial,No. 120, del treinta y uno de mayo de mil novecientos sesenta y tres, y lefueron aprobados sus Estatutos por el Ministerio de Gobernación ypublicados en la Gaceta, Diario Oficial, No. 120, con fecha del treinta y unode mayo de mil novecientos sesenta y tres; realizan su Primera Reforma Totalde sus Estatutos, los que fueron refrendados por el Ministerio de Gobernaciónel día diez de junio del año dos mil dos y Publicados en La Gaceta, Diario Oficial

No. 125, de fecha veintinueve de junio del año dos mil cinco. La entidad fueinscrita en el Ministerio de Gobernación, bajo el número perpetuo ciento cinco(105), del folio número cuatrocientos cincuenta y tres al folio númerocuatrocientos sesenta y siete (453-467), Tomo III, Libro: Primero (1º) del díaseis de febrero de mil novecientos noventa y dos. II: En Asamblea GeneralExtraordinaria de la entidad denominada “ASOCIACION DE GANADEROSDE MATAGALPA”, reformó sus Estatutos según consta en su libro deActas, y ha solicitado la Inscripción de dicha reforma a este Ministerio. PORTANTO: De conformidad con lo relacionado, en los artículo 14 y 17 de laLey No. 147, LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SINFINES DE LUCRO. ACUERDA ÚNICO. Inscríbase la Segunda ReformaTotal de los Estatutos de la entidad ASOCIACION DE GANADEROS DEMATAGALPA, que íntegra y literalmente dicen así:

TESTIMONIO.- ESCRITURA NUMERO SETENTA Y TRES (73)PROTOCOLIZACION DE CERTIFICACION DE ACTA DEASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REFORMATOTAL DE ESTATUTO.- En la ciudad de Managua, capital de laRepública de Nicaragua, las nueve y treinta y cinco de la mañana del día trecede Agosto del año dos Mil siete.- ANTE MI: Guadalupe del Socorro MoralesDíaz, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, soltera, mayorde edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la República deNicaragua, autorizada por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia paracartular en un quinquenio que expira el dieciséis de Marzo del año dos mildiez.- Comparece el señor: Enrique Aldana Burgos, casado, ganadero yempresario, cedula número 441-150751-0007D; con domicilio en la ciudadde Matagalpa, pero de tránsito por este lugar, actuando en su calidad depresidente de la junta directiva de la Asociación denominada ASOCIACIÓNDE GANADEROS DE MATAGALPA , doy fe de conocer personalmenteal compareciente, de que este tiene a mi juicio la suficiente capacidad legalnecesaria para obligarse y contratar Especialmente para el otorgamiento delpresente acto, en el que comparece en su propio nombre y representación dela ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE MATAGALPA, en su carácterde Presidente de la junta directiva de dicha entidad y debidamente autorizadopor la junta directiva; el compareciente señor Enrique Aldana Burgos, mecomprueba su representación con los siguientes documentos: a) Testimoniode escritura pública número veintiocho en la ciudad de Matagalpa a las oncey media de la mañana del día veinte de marzo de mil novecientos sesenta ytres ante los oficios notariales del doctor Manuel García Montiel abogado ynotario publico de la republica de Nicaragua; b) Su personalidad Jurídica lefue otorgada por la asamblea Nacional mediante decreto quinientos treinta yseis publicado en la Gaceta Diario oficial, ciento veinte con fecha del treintay uno de mayo del año mil novecientos setenta y tres, c) sus Estatutos fueroninscritos en el registro y control de asociaciones del Ministerio de Gobernaciónbajo el numero perpetuo ciento cinco del Folio 453 al folio 477 (CuatrocientosCincuenta y tres al Cuatrocientos setenta y siete), Tomo I del libro Primerodel día seis de Febrero del año de mil novecientos noventa y dos. D) susEstatutos fueron reformados totalmente por primera vez el día siete de Agostodel año dos mil dos y publicados en Gaceta Diario oficial ciento veinticincodel día veinticinco de Junio del año dos mil cinco. Doy fe que los documentosque me presenta los he visto y leído extendidos en forma legal y que le confierenal compareciente plena capacidad de actuar en nombre de la ASOCIACIONDE GANADEROS DE MATAGALPA, a sí como que no existen en dichosdocumentos otras cláusulas ni estipulaciones que limiten, alteren o restringensu personería. Habla el compareciente y dice: UNICO : que le pide a la suscritonotario publico que protocolice el documento que me presenta en original yla suscrito notario publico accede a lo solicitado, el que integra y literalmentedice: CERTIFICACION.- La suscrito Notario: Guadalupe del SocorroMorales Díaz, Mayor de edad, soltera, Abogado y Notario, con domicilioen la ciudad de Managua, debidamente autorizado por la excelentísima Cortede Suprema de Justicia para Cartular durante el quinquenio que expira elDieciséis de Marzo del año dos mil Diez, CERTIFICA: Que de la páginanúmero ciento quince (115) a la página número Ciento veinticinco (125), delLibro de actas que lleva la entidad denominada: “ASOCIACIÓN DE

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GANADEROS DE MATAGALPA” se encuentra el ACTA, que íntegray literalmente dice así: ACTA NUMERO CUATROCIENTOS (400)ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS.-Reunidos en la Ciudad de Matagalpa cabecera del departamento del mismonombre en el local de la Asociación los miembros de la Asamblea General dela ASOCIACION DE GANADEROS DE MATAGALPA, siendo las diezde la mañana del día treinta de Julio del año dos mil siete, a fin de constituirseen Asamblea General extraordinaria de miembros, convocados previamentecon quince días de anticipación a la realización de este acto para tratar comopuntos de agenda 1) Autorizar a la Junta Directiva a comparecer ante el notarioa suscribir la escritura de reforma del acta constitutiva. 2) Conocer, discutiry aprobar el proyecto de reforma total de los estatutos de la Asociación el cualcuyo proyecto ha sido distribuido con la convocatoria. El secretario señorJavier Herrera Rivera verifica el quórum de ley con la presencia de la juntadirectiva en pleno presidente ingeniero Enrique Aldana Burgos, vicepresidentelicenciado Norman Augusto Fajardo López, secretario señor Javier HerreraRivera, tesorero señor Luís Alberto Castillo Aramburu, Fiscal ingenieroMauricio Cisne Centeno, Vocales: Doctor Olmedo Cerda Vásquez, SecundinoFonseca Matamoros, Mariano Enrique Haslam Blandón y el señor TeofiloEfraín Valenzuela Castro. Están presentes los siguientes miembros: ÁngelaNubia Palacios Rizo, Guadalupe Ramón Matus Pineda, Armando ValenzuelaCastro, Fernando Cortes Mantilla, Arturo Aguilar García, Maria ConcepciónObregón Cerrato, Leslie Reyes Blandón, Otto Nelson Moller Sáenz, PedroAltamirano López, Tomas Aldana Burgos, Victor Calero Zamora, NapoleónCruz González, Roberto Sánchez Robles, Constantino Bairamis, Juana OlgaMembreño Ortega, Dora Maria Castillo Aramburu, Eddy Calero Herrera,Guillermo Bolt Martínez, Aída Lila Zeledón de Barquero, Francisco ReynaldoCastillo Aramburu, Roberto Reyes Cisne, Ricardo Oliu McWan, MauricioDonaire Mairena, Francisco Valenzuela Castro, Tito González Peña,JulioSolórzano Lanzas y Jaime Vallejos Zeledón. El quórum de ley esta constituidode nueve miembros de la Junta Directiva y veintisiete miembros de laAsamblea General para un total de treinta y seis miembros con derecho a vozy voto. Una vez verificado el quórum de ley el presidente da por abierta lasesión para tratar los puntos señalados en la agenda. El secretario procedea leer el proyecto de reforma total del estatuto de la Asociación, articulo porartículo quedando aprobado en el siguiente orden: REFORMA TOTAL DELESTATUTO DE LA ASOCIACION DE GANADEROS DEMATAGALPA. CAPITULO UNO: CONSTITUCION,DENOMINACION, DOMICILIO, DURACIÓN.- Arto.1: La entidad civildenominada ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE MATAGALPA.-Fue Constituida conforme escritura número veintiocho en la ciudad deMatagalpa a las once y media de la mañana del día veinte de Marzo de milnovecientos sesenta y tres ante los oficios notariales del doctor Manuel GarcíaMontiel, abogado y notario público de la Republica de Nicaragua.- Aglutinaen su seno a los pequeños y medianos Ganaderos del Departamento deMatagalpa, representativos y de reconocida solvencia moral, teniendo comopropósito fundamental el fomento y Desarrollo de la actividad ganadera enArmonía con el medio ambiente.- Arto. 2: La Asociación tendrá comodomicilio la ciudad de Matagalpa, cabecera del Departamento de Matagalpa;pudiendo establecer oficinas, sedes, subsedes, centros de mejoramientogenético, centros de desarrollo agroforestales y forestales, investigación,comercialización, plantas de procesamiento lácteo y sus derivados, mataderosy centros de comercialización, capacitación, en otros departamentos de laRepública o fuera de ella; así mismo podrá sesionar dentro y fuera dela República y sus acuerdos serán válidos y de fiel cumplimiento, siemprey cuando sean acordados conforme a estos Estatutos, el Acta deConstitución, el Reglamento interno.- Arto. 3: La duración de la Asociación,es indefinida, no obstante podrá disolverse o liquidarse en los casos previstosen la Ley 147 y por los medios expresamente determinados en estosEstatutos.- CAPITULO DOS.-NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS:Arto.4: La Asociación, es de carácter civil, sin fines de lucro, privada, gremiale independiente, apolítica, sin credo religioso, con patrimonio propio, conplena capacidad civil, según el artículo 87 del Código Civil, para celebrarcontratos y acuerdos que no contradigan sus finalidades y objetivos, contratar

créditos e intermediar fondos con entidades de créditos nacionales einternacionales, podrá adquirir compromisos y obligaciones, para lograrsus fines y objetivos.- La Asociación podrá adquirir toda clase de bienesmuebles e inmuebles, urbanos o rurales de cualquier naturaleza, necesariospara sus fines, recibir donaciones de organismos nacionales o extranjeros,vender, comprar, hipotecar toda clase de bienes inmuebles, celebrar toda clasede contratos, negocios jurídicos y ejecutar todos los actos que no estuvieranprohibidos por las leyes.- Arto.5: Las finalidades principales que persigue LaAsociación, son: promover, fomentar, difundir, la crianza y comercialización,el desarrollo, mejoramiento de las diferentes razas bovinas y otras especiesafines de interés económico en armonía con el medio ambiente. Arto.6: Parael cumplimiento de sus fines, La Asociación, tendrá como objetivosfundamentales los siguientes: 01) Impulsar el desarrollo y el mejoramientode la ganadería en el contexto del desarrollo económico del país mediante laejecución del mejoramiento genético que fortalezcan la ganadería para unamayor rentabilidad. 02) Organizar y fortalecer a sus Asociados, ganaderosy productores a nivel del Departamento de Matagalpa y sus Municipios paraDesarrollar y mejorar su capacidad instalada. Mediante créditos, asistenciatécnica, comercialización y capacitación. 03) Fortalecer los procedimientosde verificación genética a fin de lograr mejorar la calidad del ganado y su mayorrentabilidad en los mercados internacionales. 04) Promover exposicionesganaderas, en combinación con ferias y subastas, competencias,comercialización tendientes a mejora la calidad del ganado. 05) Fomentar ypromover el intercambio y cooperación mutua entre los ganaderos y criadoresde ganado puro y comercial a nivel Centroamericano y de los demás países.06) Promover programas de capacitación para productores, campistos,ordeñadores, veterinarios, inseminadores, para mejorar la administración ymanejo del hato ganadero. 07) Velar por el adelanto social de sus asociadose incidir de manera beligerante con sus opiniones y propuestas en las políticaseconómicas que repercutan sobre la actividad agropecuaria y ambiental. 08)Velar porque no se promulguen leyes que sean perjudiciales para la actividaddel gremio agropecuario y en particular de pequeños y medianos ganaderos,así como procurar la emisión de normas y leyes que garanticen el mejordesarrollo de la actividad productiva, en todos sus aspectos. 09) Facilitarapoyo sectorial a los socios, en aquellos asuntos que los afecte directamente,bien para obtener soluciones amistosas o para lograr arbitramiento deacuerdo con las leyes y a solicitud de las partes, como intermediario ante losfuncionarios de organismos públicos para apoyar, si fuese el caso, los puntosque le sean sometidos por ellos.- Arto.7: La Asociación de Ganaderos deMatagalpa, en todos sus programas, promoverá la protección y conservacióndel medio ambiente, uso, manejo y restauración de áreas de bosques naturalesy acciones que favorezcan la protección de la biodiversidad y los ecosistemasde nuestro país.- La Asociación podrá además: 01) Ejecutar y promoverproyectos ambientales y forestales, plantaciones forestales, sistemasagroforestales y silvopastoriles, conservación de suelo y agua, establecimientosde viveros forestales, frutales y ornamentales, manejo de áreas protegidas;respetando los procedimientos técnicos y legales dispuestos por los organismoscorrespondientes.- 02) Ejecutar y promover proyectos sociales y de DesarrolloRural. 03) Ejecutar y promover actividades en Pro del Desarrollo socio-ambiental y forestal del País, Crear un banco de semillas forestales y frutalesde la zona norte y central de Nicaragua. 04) Promover la adopción de nuevastecnologías que protejan el medio ambiente y que disminuyan el deteriorodel mismo, así mismo impulsar alternativas tecnológicas que mejorensustancialmente las capacidades productivas.- 05) Impulsar la creaciónde una empresa que oferte servicios de asistencia técnica, capacitación einvestigación mediante alianzas estratégicas con otros organismos, involucradosen estas áreas.- Arto.8: La Asociación Podrá también, efectuar operacionesen consignación, celebrar contratos de arrendamiento, tomar e intermediarfondos y hacer préstamos con los debidos intereses y garantías.- Arto.9:Podrá operar con empleados y obreros mediante contratos de acuerdoal código del trabajo y sus formas actuales y futuras.- Arto.10: Procuraráoperar centros de capacitación, mejoramiento genético, convalidación depastos y alimentación de verano, comercialización de carne y leche y susderivados, farmacias veterinarias e insumos para la ganadería y la producción,

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realizan consultorías especializadas, estudios, investigaciones, diagnósticosy publicarlos.- Arto. 11: Todos los objetos y fines aquí establecidos sonmeramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.- CAPITULOTRES.- CLASIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS. Arto.12: LAMEMBRESIA DE LA ASOCIACIÓN DE GANADEROS DEMATAGALPA, esta constituida por tres categorías de miembros:Miembros fundadores, Miembros activos y Miembros honorarios.-a)Miembros fundadores, son los miembros Asociados que figuran en laescritura de constitución y en la aprobación de los estatuto. b) Miembrosactivos: Son los Asociados fundadores y los que ingresen posteriormentea la fecha de la Asociación, permanezcan en la misma, cumplan fielmenteestos estatutos, así como los reglamentos y acuerdos de La Asociación. c)Son Miembros Honorarios de La Asociación, las personas naturales oJurídicas, nacionales o extranjeras, que por sus méritos y su contribuciónlogren el engrandecimiento de la Asociación y del gremio ganadero que porese mérito se hagan merecedores de esa alta designación de parte de la JuntaDirectiva, la cual esta facultada por la Asamblea General para otorgarla.d) Serán miembros beneficiarios aquellos productores que participan y sonbeneficiarios con proyectos de desarrollo que ejecuta la Asociación los cualesestarán exentos de los cumplimientos requisitos, derechos y deberes de losmiembros activos, podrán participar en las actividades de la asociación comoinvitados con voz pero sin voto.- Arto.13: Son requisitos indispensables paraser miembro de La Asociación, los siguientes: a) Ser un ganadero dereconocida solvencia moral, respetando el principio del Derecho de lapropiedad, ser propietario de una finca. b) Solicitar por escrito su ingreso antela Junta Directiva, de manera directa y voluntaria avalado por dos sociosactivos. c) Ser una persona de reconocida integridad moral e identificarsecon los fines y principios de La Asociación. d) Aceptar y cumplir fielmenteestos estatutos y reglamentos internos de La Asociación. e) Pagar su cuotade ingreso; f) Prometer sujeción al pacto constitutivo, los presentes estatutosy reglamentos internos de La Asociación. g) Ser propietario de por lo menosuna finca, debidamente inscrita y registrada y la matrícula de su fierro; ambasactualizadas. h) Los miembros horarios y beneficiarios quedan exentos a losanteriores requisitos.- Arto.14: Se pierde la calidad de Miembro Activo dela Asociación por cualquiera de las siguientes razones: a) Por muerte. b) Porrenuncia voluntaria expresa y formal dirigida a la Junta Directiva. c) Por lareiterada falta de cumplimiento a los estatutos y/o reglamentos internos dela Asociación. d) Por el reiterado incumplimiento de sus deberes, comoAsociado. e) Por la ausencia reiterada y sin justificación a las sesionesordinarias y/o extraordinarias de miembros de la Asamblea general, JuntaDirectiva, o a las reuniones de las comisiones de trabajo a las que estéintegrado en la Asociación; f) Actuar en nombre de La Asociación, sin suautorización; g) Por difamación a la Asociación y a su Junta directiva demanera comprobada. h) Por la pérdida de su capacidad civil; i) Por ladisolución y liquidación de la Asociación.- Arto. 15: Son deberes de losAsociados: a) Cumplir con las disposiciones de estos estatutos, reglamentosinternos y acuerdos de La Asociación; b) Asistir a las sesiones de AsambleaGeneral, de Junta Directiva y demás reuniones o actividades a las que seanconvocados; c) Desempeñar fiel y desinteresadamente los cargos para loscuales haya sido designado, quien deberá informar oportunamente sobrela marcha y cumplimiento de sus tareas; d) Aceptar y cumplir lasresoluciones dictadas por la Asamblea General y la Junta Directiva y elComité Ejecutivo; e) Desarrollar permanentemente acciones positivas enbeneficio del gremio de ganaderos y de la Asociación, que contribuyan a elevarsu buen prestigio y engrandecimiento; f) Contribuir con su esfuerzo a laconsecución de recursos necesarios para el crecimiento, desarrollo ysostenimiento de La Asociación y pagar las cuotas periódicas establecidaspor la misma. g) Mantener comunicación con los órganos de dirección dela Asociación, para informar de sus actividades, así como a la Fiscalía, einformar a la Asamblea General cuando esta así lo requiera; h) No desarrollaractividades que vayan en contra de los intereses de La Asociación. i) Aportardinero o servicios para el cumplimiento de los objetivos de la Asociacióny que estén razonablemente a su alcance, siempre que ello constituya unanorma general. j) Justificar por escrito las ausencias a las sesiones y rendir

cuenta por escrito a La Asociación , de todas las tareas que se le encomienden;k) Acatar todas las decisiones que por mayoría de voto se aprueben enla Asamblea General o en la Junta Directiva, sin derecho a apelar en otrasinstancias.- Arto. 16: Son derechos de los Miembros activos: a) Participarcon voz y voto en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.b) Elegir y ser electo para ejercer cargo de Dirección de la Junta Directiva;c) Conocer, debatir, aprobar o rechazar el cumplimiento de los planes,programas, proyectos en ejecución y ejercicios financieros de la Asociación.d) Recibir información periódica de las actividades, programas y tareasadministrativas de La Asociación.- Arto.17: Es derecho de los miembroshonorarios: a) Recibir información sobre la marcha de La Asociación. b)Participar en las asambleas generales en calidad de invitado. c) Recibirreconocimiento y estímulos por su labor.- Arto.18.-Los Miembros de LaAsociación que incumplan sus deberes o violen los Estatutos y reglamentosinternos, quedan sujetos a las siguientes sanciones: a) Amonestación enprivado. b) Amonestación en público; c) Separación temporal o definitiva delcargo que ocupa y de su membresía. La Junta Directiva está facultada porla Asamblea General, para aplicar las sanciones según la gravedad del caso.En el caso de separación definitiva, esta será aplicada por la Asamblea General,mediante recomendación de la Junta Directiva. Arto.19- El miembro cuyaseparación haya sido propuesta tendrá derecho en todo momento a sudefensa y podrá presentar las pruebas que estime necesarias.- Una vezrecibidas las pruebas y escuchados los alegatos, La Asamblea Generalresolverá lo pertinente por medio de votación secreta. La resolución deseparación temporal o definitiva deberá constar en acta, la que se notificarápersonalmente al miembro afectado.- CAPITULO IV.-DE LAS SANCIONESE INFRACCIONES. Arto.20: Son infracciones los actos u omisionesrealizados por los Asociados que violen lo preceptuado en los presentesEstatutos. Dichas infracciones serán penadas y se dividen en graves yleves.- Arto. 21: Son Infracciones Graves: a) Actuar directa o indirectamentecontra la existencia de La Asociación; b) Atacar a la Asociación o a suJunta Directiva, o actuar de cualquier forma que perjudique gravemente losintereses o buen nombre de la Asociación. c) Injuriar, calumniar y difamar,públicamente y ante extraños a los miembros de la Junta Directiva, ComitéEjecutivo. d) Faltar a la lealtad del cargo confiado por La Asociación; e)Observar conducta irresponsable o verificar un acto escandaloso o bochornosoque transcendiendo a La Asociación o contrariando notoriamente susobjetivos perjudique gravemente su reputación y la del gremio ganadero; f)Faltar al cumplimiento de las obligaciones crediticias, contraídas con LaAsociación y que pongan en riesgo su estabilidad económica. g) Cometercualquier delito en el ejercicio de sus funciones, que perjudique gravementelos intereses o buen nombre de La Asociación. Arto. 22: ConstituyenFALTAS LEVES, todas aquellas acciones u omisiones que perjudiquen aLa Asociación y que no revistan la gravedad de las anteriores. Arto.23: LasInfracciones Graves se castigarán con la privación del cargo que se ocupay con la expulsión. Las Infracciones leves con amonestación y suspensióntemporal de sus derechos como Asociado. Arto. 24: La Junta Directiva estafacultada para la aplicación de las sanciones por Faltas Leves, En el casode Expulsión por Faltas Graves esta será aplicada por la Asamblea Generalextraordinaria, a solicitud de la Junta Directiva.- Arto.25: La sanción deexpulsión debe aprobarse por la Asamblea General con el voto secretode las tres cuartas partes de los miembros presentes con derecho a voz y voto.Arto.26: El Asociado dejare de pagar las cuotas de membresía correspondientea tres meses quedará excluido de la Asociación, sin más trámite que laconstancia de la mora extendida por el tesorero y no podrá hacer usode sus derechos en las reuniones de Junta directiva y de Asambleas y no podrágozar de los beneficios que La Asociación consiguiese para beneficiar a susAsociados.- Arto.27: La exclusión de que habla el artículo anterior se dejarásin efecto cuando el Asociado pague todas las cuotas debidas, siempre queestas no excedan de un período de tres meses, pues en este caso deberápresentar nueva solicitud de admisión y pagará además de las cuotaspendientes, la de nuevo ingreso.- CAPITULO V.- DEL GOBIERNO.Arto.28: El Gobierno de la ASOCIACIÓN DE GANADEROS DEMATAGALPA, será ejercido por la Asamblea General, la Junta Directiva,

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el Comité ejecutivo y por el Gerente.- Arto.29: La Asamblea General es lasuprema autoridad de la Asociación y a ella corresponde la conducciónsuperior de los Asuntos de la misma y la orientación general de su políticade acción, para la realización de sus objetivos. Se reunirá ordinariamente unavez al año, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debiéndose de realizarinmediatamente después que cese el impedimento y extraordinariamente,cuando la Junta Directiva lo considere necesario o lo soliciten al menosdos tercios de los miembros activos.- Arto. 30: En las sesiones extraordinariasde la Asamblea General únicamente serán tratados los asuntos para loscuales haya sido convocada.- Arto. 31: Todas las resoluciones de la AsambleaGeneral se adoptarán por la mayoría de los miembros Asociados activospresentes, salvo para aquellos casos preceptuados en estos Estatutos querequieran una mayoría especial. Arto.32: En toda reunión de la AsambleaGeneral y antes de declarar abierta la sesión, el Secretario deberá dar lecturaa la lista de los miembros que pueden participar en ella, la cual serásuministrada por el Tesorero, quien indicará aquellos que están al día consus cuotas. Arto.33: Los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General,quedarán firme en la misma sesión en que fueren adoptados, sin necesidadde ser ratificados en la siguiente reunión.- Arto. 34: Las citaciones para lasreuniones de la Asamblea General se harán por escrito o por cualquier mediode comunicación colectiva de reconocida y amplia circulación nacional, porlo menos con ocho días de anticipación.- Arto.35: Las votaciones de laAsamblea General sean ordinaria o extraordinarias se hará de la siguienteforma: a) El voto se tomará por cada miembro debidamente acreditado. b) Elvoto se tomará de los miembros presentes, no aceptándose la delegaciónpor poder, o por ser indelegable.- Arto.36: SON ATRIBUCIONES DE LAASAMBLEA GENERAL ORDINARIA LAS SIGUIENTES: a) Elegir a losmiembros de la Junta Directiva en Asamblea General quienes serán electospor un periodo de dos años y podrán ser reelectos para otros periodosconsecutivos y tomarán posesión de sus cargos inmediatamente de su eleccióny juramentación. b) Conocer y aprobar el plan anual de las actividades de laAsociación presentado por la Junta Directiva; c) Conocer y aprobar elpresupuesto anual de La Asociación, presentado por la Junta Directiva; d)Conocer y aprobar los estados financieros de la Asociación; e) Aprobar omodificar la agenda de la Asamblea, propuesta por la Junta Directiva; f)Aprobar y modificar el marco de la políticas que regirán la Asociaciónpropuesto por la Junta Directiva; g) Autorizar a la Junta Directiva para lacontratación de créditos; convenios con instituciones nacionales o extranjeras,públicas o privadas; h) Autorizar a la Junta Directiva para comprar, vender,gravar o enajenar bienes muebles o inmuebles urbanos o rurales.- Arto.37.-DEL QUÓRUM: a) Para que haya quórum en la Asamblea General Ordinariao extraordinaria, se necesita de la asistencia de la mitad más uno de losmiembros de la Asociación con derecho a voz y voto; b) Si no hubiera quórumen la hora y fecha señalada en la convocatoria, se convocará para dos horasdespués, realizándola con los miembros que asistan, y sus acuerdos seránválidos. c) La votación para cualquier clase de Asamblea podrá ser públicoo secreta, cuando así lo acordare la mayoría de los miembros presentes.-Arto.38.-SON ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERALEXTRA ORDINARIA LAS SIGUIENTES: a) Reformar total o parcialmentelos estatutos; b) Destitución de directivos o expulsar a Asociados, porcualquier infracción grave, de las señaladas en el Arto.21: c) Nombrarcomisiones de trabajo, cuyo funcionamiento se determinará al momento denombrarla o posteriormente; d) Aprobar el Reglamento Interno de laAsociación; e) Conocer de la renuncia que le presentaren Asociados odirectivos. f) Disolver la Asociación cuando así lo determinaren por lo menoslas tres cuartas partes de sus miembros, cuyo caso se procederá conformelo establecido en la Ley 147. g) Decidir los montos de las cuotas de ingresoy aportación mensuales. h) Llenar las vacantes de los miembros de la Juntadirectiva, i) Autorizar el ingreso de nuevos miembros. j) Dirimir los conflictosinternos cuando la comisión nombrada para ello no lo realizare en el términoestablecido. k) Cualquier otra que le imponga la ley, o que le sea unaconsecuencia de las anteriores.- DE LAS COMISIONES DE TRABAJO.Arto. 39.- Cuando el funcionamiento de la Asociación lo amerite, la AsambleaGeneral en sesión ordinaria o extraordinaria podrá nombrar comisiones de

trabajo y definirá sus responsabilidades y funciones.- Estas comisionestendrán coordinación con la Junta Directiva, a quien informarán de sufuncionamiento.- Arto. 40.- FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO.-El Comité Ejecutivo, es el órgano de Asesoría Técnica integrado porrepresentantes de la Junta Directiva, electos entre ellos mismos. Arto.41:Funciones del Comité Ejecutivo: a) Impulsar el efectivo cumplimiento delos objetivos y metas de la Asociación; b) Proponer a la Junta Directiva,la adopción de políticas, planes, programas y proyectos encaminados alcumplimiento de los objetivos de La Asociación; c) Proponer la ejecuciónde medidas que contribuyan a mejorar la eficacia en el funcionamiento de laAsociación; d) Proponer el establecimiento de relaciones de cooperación conorganizaciones multilaterales, instituciones públicas o privadas, con el objetode posibilitar una mayor captación de recursos internos e externos y facilitarel intercambio de experiencias en el campo de la promoción y el desarrollo.Arto.42: Del Funcionamiento del Comité Ejecutivo: a) El Comité Ejecutivo,sostendrá reuniones como mínimo una vez a la semana, pudiéndose efectuarestas con la presencia de la mitad más uno de sus miembros; b) Laconvocatoria a sus reuniones se hará con una semana de anticipación y estaráa cargo del Secretario, elegida entre sus miembros; c) El Secretario del ComitéEjecutivo, será también el encargado de levantar y distribuir las actascorrespondientes y de informar sobre el nivel de cumplimiento de losacuerdos a que lleguen en cada una de las sesiones; d) Dichos acuerdos podránser adoptados por mayoría simple de votos de los miembros asistentes a lassesiones y serán sometidos a la consideración de la Junta Directiva para suaprobación o rectificación.- Arto. 43: Todas las actas de las reunionesefectuadas por los órganos de la Asociación contendrán: a) La denominacióndel tipo de reunión, con su numeración correspondiente; b) El lugar, fechay hora de la reunión; c) Nombre de los miembros participantes; d) Agendaa Desarrollar. e) Desarrollo de los puntos de Agenda; f) La enunciación yenumeración de los acuerdos, indicando a los responsables con fecha decumplimiento; g) Nombre y firma de quien levanta el acta, con las firmasde los asistentes, por lo menos las de los miembros de la Junta Directiva;Presidente y Secretario.- CAPITULO VI: DE LA JUNTA DIRECTIVAArto.44.- REQUISITOS PARA SER ELECTO COMO MIEMBRO DELA JUNTA DIRECTIVA: a) Estar presente en la Asamblea en la cual severifica la elección; b) Tener dos años como miembro activo de LaAsociación. c) Tener reconocida solvencia moral; d) Estar en pleno goce desus derechos como Asociado. e) Contar con la aceptación del candidato; f)Procurar el engrandecimiento de La Asociación y del gremio ganadero. g)No tener parentesco en primer grado de consanguinidad o afinidad con otromiembro de la Junta Directiva o con el Gerente. h) Tener capacidad para elcargo.- Arto.45: La Administración, gobierno interior y la representaciónexterior de la Asociación estarán a cargo de la Junta Directiva, integrada pornueve miembros, que desempeñan los cargos de: a) Presidente; b) Vice-Presidente; c) Secretario; d) Tesorero; e) Fiscal; f) y Cuatro Vocales.- Arto.46:La Junta Directiva será electa en Asamblea General Ordinaria, siendo elperiodo de sus funciones el de dos años, pudiendo ser reelectos para otrosperiodos consecutivos, se reunirá ordinariamente cada dos semanas yextraordinariamente cuando el caso lo amerite. Cuando un Asociado, deje deser miembro de La Asociación, este no podrá continuar ocupando el cargo parael cual fue electo.- Arto.47: FACULTADES DE LA JUNTA DIRECTIVA.-La Junta Directiva tendrá las facultades siguientes: a) Convocar y presidir através de su Presidente las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinariasen su caso; b) Aceptar o rechazar solicitudes de admisión de nuevos miembrosy también aceptar o rechazar renuncias de los Asociados y someterlas a laAsamblea general; c) Dar cumplimiento a los acuerdos y resolucionesgenerales; d) Dictar reglamentos y disposiciones generales, dirigir, administrar,ejecutar y verificar todos aquellos actos necesarios para la existencia yrealización de los objetivos de la Asociación; e) Conferir a cualquiera de susintegrantes o a terceros, poderes de toda clase para representar a la Asociación,con las facultades que tenga a bien otorgarles, así como revocarlos. f) Designara las personas que habrán de representar a La Asociación en cualquier eventoque se realice dentro o fuera del país; g) Elaborar el proyecto de presupuestode ingresos y egresos de la Asociación; h) Presentar a la Asamblea general en

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cada sesión ordinaria, un informe detallado de todas sus actividades, duranteel periodo inmediato anterior; i) Realizar cualquier otra actividad permitidapor las leyes que conduzcan a la realización de los fines de la Asociación.-Arto.48: En las sesiones de la Junta Directiva habrá quórum con la asistenciade por lo menos la mitad más uno de sus miembros y sus resoluciones seadoptarán por mayoría de votos. En caso de empate en la votación, elPresidente tiene doble voto.- Arto.49: Ningún directivo, deberá participar enreuniones donde se discutan asuntos en los que tenga interés personal o enrepresentación de terceros, o en lo que tengan personas ligadas a él porparentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.-Arto.50: Podrá declararse vacante el cargo de un directivo si faltara tres vecesen forma consecutiva, sin excusa alguna, a reuniones de Junta Directiva oAsambleas a las que ha sido previamente convocado.- FUNCIONES DECADA UNO DE LOS DIRECTIVOS: Arto.51: DEL PRESIDENTE.- ElPresidente de la Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Ejercerla representación legal de la Asociación, con las facultades de un apoderadogeneralísimo, para representar a La Asociación, dentro o fuera del país, perono podrá vender, ni enajenar los bienes de la Asociación sin la autorizaciónde la Junta Directiva. b) Presidir los actos de la Asociación. c) Autorizar losegresos y firmar junto con el tesorero el retiro de los fondos en cantidadesmáximas que designe la Junta Directiva; d) Firmar junto con el secretario, lascredenciales y los documentos oficiales de la Asociación; e) Convocar a lassesiones de Asamblea General ordinaria o extraordinaria cuando así hayaresuelto la Junta Directiva; f) Cualquier otra facultad que le confiere la JuntaDirectiva, el estatuto y el Reglamento Interno.- Arto.52: DEL VICE-PRESIDENTE: Las atribuciones del Vice-Presidente son las siguientes: a)Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento temporal, teniendoen este caso las mismas atribuciones de aquél; b). En caso que la ausenciadel Presidente sea mayor de seis meses, el Vice-Presidente asumirá lasfunciones de Presidente y concluirá el período con todas sus atribuciones,de acuerdo a la escritura de constitución y en los Estatutos; c) Colaboraractivamente con el Presidente para lograr el cumplimiento de los objetivos dela Asociación; d) Cualquier otra atribución que le delegue la Junta Directiva.-Arto. 53: DEL SECRETARIO: El Secretario es el encargado de la comunicaciónde la Asociación y llevará los libros de actas de Asambleas Generales y de JuntaDirectiva; así como los otros que ordene la Junta Directiva. También es suresponsabilidad y obligación: a) Custodiar los libros y documentos queestuvieren a su cargo, levantar las actas y autorizarlas en cada reunión de JuntaDirectiva y de Asamblea General, sean ordinarias o extraordinarias; b) LibrarCertificaciones de documentos de la Asociación; c) Coordinar las diferentesactividades de La Asociación; d) Firmar junto con el Presidente toda clase decredenciales y documentos formales de la Asociación; e) Convocar cuandose lo ordene la Junta Directiva o el Presidente, a sesiones de la Junta Directivay Asambleas Generales, sean ordinarias o extraordinarias. f) Citar parareuniones, comunicar las decisiones, recibir y contestar la correspondencia;g) Levantar las actas de las sesiones de Asambleas Generales y de la JuntaDirectiva por orden cronológico, en los libros correspondientes; dichas actasserán firmadas por el secretario y el Presidente de la Junta Directiva. h) Lasdemás que le confiera la Junta Directiva.- Arto.54: DEL TESORERO: ElTesorero es el guardador de los bienes de la Asociación y responde personalmentepor ellos ante la Junta Directiva y la Asamblea general, también le correspondelo siguiente: a) Llevar los libros que le ordene la Junta Directiva; b) Serdepositario y custodia de los bienes de la Asociación, debiendo desplegar elcelo y la actividad necesaria para la buena conservación de dichos bienes; c)Efectuar todos los pagos que hay que realizarse con autorización delPresidente. Todo cheque o retiro debe llevar la firma del Presidente o dequienes delegue para ello. d) Recaudar y conservar bajo su responsabilidadlos fondos que ingresen a la Asociación. Depositar en las institucionesbancarias y en las instituciones de ahorro y préstamo que designe la JuntaDirectiva, a nombre de La Asociación, el dinero y los valores que recibiere;e) Llevar el control de los ingresos y egresos, presentado estos a la consideraciónde la Junta Directiva cada tres meses o cuando esta lo requiera y presentaren Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria los estados financieros ydemás informes de la Asociación; f) Levantar y mantener el inventario y bienes

de la Asociación; g) Asegurar que se depositen y manejen los ingresos de laAsociación de acuerdo a lo establecido en estos estatutos y las normasadministrativas internas dictadas por la Junta Directiva. h) Informarmensualmente a la Junta Directiva sobre el estado económico y financiero dela Asociación. i) Velar por que los libros de contabilidad sean llevados al díay con claridad de lo cual será su responsabilidad directa. Arto55: DELFISCAL. El Fiscal podrá y deberá: a) El fiscal es el encargado de velar porla fiel observancia y estricto cumplimiento de los fines y objetivos, losacuerdos y resoluciones que se adopten por las Asambleas Generales y laJunta Directiva y dependerá exclusivamente de la Asamblea General, quienserá la encargada de dirimir cualquier conflicto entre él y la Junta Directiva;b) Revisar las cuentas de la Tesorería por iniciativa propia o cuando así se losolicitare algún Asociado; c) Denunciar ante la Junta Directiva y el ComitéEjecutivo cualquier procedimiento contrario a los Estatutos, así comocualquier acto o procedimiento de un miembro, contrario a los fines de LaAsociación o contrario a la moral y las buenas costumbres; d) Deberá demáscumplir otras funciones propias de su cargo o la que les imponga la ley o lospresentes Estatutos. Arto.56: DE LOS VOCALES: A los Vocales, lescorresponde ayudar en todas las tareas que le sea encomendadas, deberánestar legítimamente ratificados y acreditados por la Asociación, ademásdeberán asistir con regularidad y puntualidad a todas las sesiones de las quesean convocados. Arto.57: DEL GERENTE.- La Junta Directiva de LaAsociación, podrá nombrar un Gerente, cuando lo considere necesario, el cualpuede ser miembro o no de la Junta Directiva, fijándole de manera clara yprecisa por escrito sus funciones, obligaciones y responsabilidades; ElGerente estará en la obligación de rendir la fianza correspondiente, por elmonto de los valores que estén bajo su responsabilidad.- Arto.58: FUNCIONESDEL GERENTE: a) Elaborar planes estratégicos y operativos parapresentarlos a la Junta Directiva; b) Organizar y dirigir la administración dela Asociación de acuerdo a las normas dictadas por la Junta Directiva, c)Presentar planes, programas y proyectos a consideración y aprobación de laJunta Directiva; d) Seleccionar y contratar a su personal de apoyo, previaautorización de la Junta Directiva; e) Cobrar las sumas adeudadas a laAsociación y hacer los pagos correspondientes, con el visto bueno delTesorero, de la Junta Directiva y/o el directivo autorizado; f) Participar enlas reuniones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto, cuando este no seamiembro de la Junta Directiva; g) Ejecutar los planes y acciones emanada dela Asamblea General y la Junta Directiva en el término establecido.-CAPITULO SIETE: DEL PATRIMONIO. Arto. 59: El patrimonio de LaAsociación será formado por: a) Los recursos que aportan sus miembros,ya sea en trabajo o dinero efectivo; b) Los fondos provenientes de aportaciones,créditos y donaciones de organismos u organizaciones nacionales o extranjeras;o de personas naturales o jurídicas interesadas en el desarrollo de la Asociación;c) Los bienes que posea, muebles e inmuebles, al momento de su constitucióny los que adquiera en el futuro.- Igualmente por todos los ingresos provenientesde servicios que preste La Asociación, mas intereses o rentas que produzcanlos fondos o el patrimonio de la Asociación. Este patrimonio será manejadoy controlado de conformidad a las normas y procedimientos administrativosestablecidos al efecto.- CAPITULO OCHO. INVENTARIO, BALANCEY AUDITORIA.- Arto.60: Cada año fiscal se practicará inventario y balance,enviándose con original al Departamento de Registro y Control de Asociacionesdel Ministerio de Gobernación. La contabilidad se llevará mediante librosdebidamente sellados con su nota de apertura firmada por el Tesorero y elPresidente y se llevará conforme al sistema de partida doble y por cualquierotro sistema que autoricen las leyes y que fueren aprobados por la JuntaDirectiva. Arto.61: Los excedentes que resultaren a final de cada ejercicio anualserán incorporados al ejercicio del año siguiente, todo en beneficio de LaAsociación. La Asociación, permitirá las supervisiones y/o auditorías en prode la transparencia de sus operaciones, por parte de personas o entidadesindependientes, que ejerzan estas funciones no podrán ser miembros de laAsociación y serán designadas a opción de las entidades que apoyanfinancieramente a La Asociación, su período de vigencia será determinado enlos respectivos contratos o convenios que se suscriban con dichas entidadesy aprobadas por la Asamblea general, cuyas facultades además de las que les

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atribuyen en los presentes estatutos serán para estos casos, los siguientes:a) Tener acceso a cualquier información sobre percepción y/o manejo de susrecursos; b) Informar al Presidente de la Asociación o a la Junta Directivasobre cualquier irregularidad proponiendo lo conducentes para subsanarlas.-c) Las causas de terminación de las anteriores funciones serán señaladas enel Reglamento Interno.- En el caso de las Auditorías ordenadas por laAsamblea general, la Junta directiva será la responsable de su debidaejecución.- CAPITULO NUEVE: REFORMA DE LOS ESTATUTOS:Arto.62: Para modificar parcial o totalmente los presentes Estatutos, seránrequisitos indispensables los siguientes: a) Convocar a reunión extraordinariade la Asamblea General, expresando en la convocatoria el objeto de la misma;b) Distribuir en impresos a los miembros el proyecto de reformas que vayaa discutirse, con quince días de anticipación a la reunión de la Asambleaextraordinaria, por lo menos; c) Que las reformas sean aprobadas con el votode las dos terceras partes de los miembros con derecho a voz y voto. d)Autenticar el acta constitutiva de las reformas al Estatuto, aprobada en laAsamblea y remitir su original a la Dirección de Registro y control deAsociaciones, para ser sancionado por el Ministro de Gobernación. e) Unavez sancionado, deberá publicarse el acta en la Gaceta Diario oficial.-CAPITULO DIEZ: ARBITRAMENTO: Arto.63: La Asociación, no podráser demandada judicialmente por sus miembros por motivo de liquidación odisolución, ni por desavenencias que surgieren entre ellos y La Asociación,con respecto a la administración de la Asociación, o por la interpretación yaplicación de la escritura de constitución o estos Estatutos. Arto.64: Todaslas desavenencias que surjan entre los miembros de la Asociación, conrespecto a la administración de la misma o por la interpretación y aplicaciónde la escritura constitutiva de los Estatutos o con motivo de la disolución yliquidación, será dirimido y resuelto sin recursos alguno por una comisión detres miembros imparciales que nombre la Junta Directiva en reunión ordinariao extraordinaria, quienes por simple mayoría de votos resolverán el conflictoplanteado; arbitramiento al cual están obligados a someterse todos losmiembros de la Asociación. Arto.65: La Comisión dará su fallo en un términode quince días. De no darse el fallo en ese término, la Junta Directiva convocaráa la Asamblea General extraordinaria para que esta decida por mayoría devotos el problema planteado sin ulterior recurso.- CAPITULO ONCE:DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: Arto.66.- La duración de la Asociaciónes por tiempo indefinido y podrá disolverse: a) En los casos previstos en laLey General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, Ley 147; b) Poracuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, en sesión convocadapara tal efecto previa solicitud de por lo menos los dos tercios de los miembrosde la Asociación, la convocatoria debe hacerse por anuncios en un periódicoo emisora de radio local mediante tres avisos que deberán publicar conintervalo de diez días. Arto.67: Para la conformación de la Junta Directiva dela Asociación que conozca el proceso de la disolución, la resolución aprobadadeberá constar con la presencia de las tres cuartas partes de los miembros enpleno y contar con el voto afirmativo de las dos terceras partes de losasistentes. De no alcanzarse acuerdo de disolución, La Asociación, continuaráoperando y no podrá realizarse nueva reunión con este propósito, hastadespués de transcurrido un año de la sesión. Arto.68: Resuelta la disoluciónde La Asociación por las causas antes señaladas, la Asamblea procederá aelegir de entre su seno tres liquidadores, quienes actuarán de acuerdoa las resoluciones adoptadas por la Asamblea General convocada paraeste fin. Arto.69: La liquidación se llevará a efecto cancelando todas lasobligaciones que tenga pendiente la Asociación.- Arto. 70: Acordada ladisolución de la Asociación, se cumplirán en primer término sus compromisoscon terceros y los bienes sobrantes si lo hubiera, serán destinados a finessimilares a los de La Asociación o apoyar organizaciones similares.-CAPITULO DOCE: DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES:Arto.71: Los presentes estatutos, quedan sujetos a cualquier ley quereglamente el funcionamiento de las Asociaciones civiles sin fines de lucro.Arto.72: Los miembros de la Junta Directiva son personalmente responsablesante la Asociación y ante terceros de los perjuicios que ocasionaren con susactuaciones cuando ellas fueren contrarias a lo dispuesto en el acto constitutivo,en los presentes estatutos, o en las leyes de la República. Arto.73.- Se faculta

a la Junta Directiva para emitir el reglamento correspondiente a estosEstatutos. Los casos no previsto aquí se resolverán de acuerdo a las Leyesvigentes a los principios generales del Derecho y a las normas de equidad yjusticia.- De esta manera quedan aprobados por votación unánime los setentay tres artículos del Estatuto de la Asociación de Ganaderos de Matagalpa.-No habiendo otro asunto más que tratar se levanta la sesión y estando todoslos presentes totalmente de acuerdo se aprueba y sin hacer modificaciónalguna, ratificamos y firmamos en las Oficinas de la Asociación; a las cincode la tarde del mismo día; firmamos y ratificamos.- (F) Enrique Aldana B.;(Pdte.); Javier Herrera R.;(Srio) Es conforme con su original con el que fuedebidamente cotejado y para los efectos legales concernientes, expido lapresente CERTIFICACION, en Diez folios útiles de papel sellado de ley,que sello y rubrico en la ciudad de Managua, capital de la República deNicaragua, a las dos de la tarde del día ocho de Agosto del año dos mil Siete.-ANTE MI: Guadalupe del Socorro Morales Díaz .- Abogado y NotarioPúblico.- Hay un sello de Notario que dice Guadalupe del Socorro MoralesDíaz, Abogado y Notario Público, Escudo de Nicaragua. Al centrocircularmente dice República de Nicaragua América Central. Así se expresóel compareciente a quien yo la Notario instruí acerca del objeto valor ytranscendencias legal de este acto, de las cláusulas generales que aseguransu validez, el de las especiales que envuelven renuncias y estipulacionesimplícitas y explicitas y las que en concreto han hecho. Doy fe de haberleído la presente Escritura al otorgante, quien la encuentra conforme, ratificay sin hacer modificación alguna, firma conmigo, que doy fe de todo lorelacionado.- (F) Enrique Aldana B. (Presidente).- (F) Guadalupe MoralesD. (Notario.-) Pasó ante mi: Del reverso del folio número ciento sesentay ocho, al frente del folio número ciento setenta y siete de mi protocolonúmero tres que llevo durante el corriente año y a solicitud del Señor: EnriqueAldana Burgos, libro este PRIMER TESTIMONIO compuesto de nuevehojas útiles de papel sellado de ley, que firmo, sello y rubrico en la ciudadde Managua, a las once y diez minutos de la mañana del día trece de Agostodel año dos mil siete. Firma ilegible del Licenciado Guadalupe del SocrroMorales Días, ABOGADO Y NOTARIO PUBLICO DE LA REPUBLICADE NICARAGUA. Publíquese en la Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudadde Managua, a los once días del mes de septiembre del año dos mil siete.- Dr.Gustavo A. Sirias Quiroz. Director.

________________ESTATUTOS ASOCIACION DE PRODUCTORES DE

REPOSICION FORESTAL Y COMERCIALIZADORES DECARBON DEL MUNICIPIO DE NAGAROTE (ECO-CARBON)

Reg. No. 16037 - M. 2189547- Valor C$ 1,400.00

CONSTANCIA DE INSCRIPCION

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociacionesdel Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua. HACECONSTAR. Que bajo el número Perpetuo tres mil novecientos uno (3901),del folio número un mil setecientos veinte al folio número un mil setecientostreinta (1720-1730), Tomo II, Libro: Décimo (10º), que este Departamentolleva a su cargo, se inscribió la entidad nacional denominada: “ASOCIACIONDE PRODUCTORES DE REPOSICION FORESTAL YCOMERCIALIZADORES DE CARBON DEL MUNICIPIO DENAGAROTE “ (ECO–CARBON) Conforme autorización de Resolucióndel tres de octubre del año dos mil siete. Dado en la ciudad de Managua, eldía tres de octubre del año dos mil siete. Deberán Publicar en La Gaceta, DiarioOficial, los estatutos insertos en la escritura número ocho (8), autenticado porla Licenciada Lorenza Damarys Solís Díaz, el día seis de agosto del año dosmil siete y escritura de aclaración número dos (2) autenticada por la LicenciadaLorenza Damaris Solís Díaz, el día seis de agosto del año dos mil siete. Dr.Gustavo A, Sirias Q., Director.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DEREPOSICIÓN FORESTAL Y COMERCIALIZADORES DE CARBON

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disciplinarias se clasificaran en leves, graves y muy graves.- En el Reglamentorespectivo se regularan cada una de ellas con sus respectivas sanciones.- Arto.9. Son requisitos para ser miembro de la Asociación; a) Ser nicaragüense,mayor de dieciocho años, productor forestal y/o comerciante activo de materiaprima vegetal con interés y voluntad de participar en el cumplimiento de losobjetivos de la Asociación; b) Hacer solicitud por escrito a la Junta Directiva,exponiendo los motivos por los cuales desea pertenecer a la Asociación; c)No estar asociado a otros organismos afines a la Asociación; d) Tenerreconocida solvencia moral y alto espíritu de colaboración; e) No tener abiertoprocesos penales, civiles o de otra índole; f) Aceptar y cumplir con losprincipios y Reglamentos internos que se aprueben.- Arto. 10. Son derechosde los miembros: a) Elegir y ser electos para los cargos de Junta Directiva; b)participar con voz y voto en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria;c) presentar a la Junta Directiva, proyectos o programas de trabajo cuyos finessean para fortalecer los objetivos de Asociación; d) a ser informado de todaslas gestiones y actividades que realiza la Asociación; e) participar en todaslas actividades de capacitación, asistencia técnica y comercialización promoviday realizada por la Asociación u otros organismos e instituciones nacionaleso internacionales; f) hacer uso y gozar de los beneficios que brinde laAsociación; g) Apelar a las resoluciones dictadas por la Asamblea General yla Junta Directiva.- h) Tener derecho y acceso a las cuotas de aprovechamientoy comercialización de los productos y subproductos forestales establecidosen el Reglamento Interno de la Asociación.- Arto. 11: Son deberes de losmiembros: a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en laEscritura de Constitución, los Estatutos, el Reglamento y demás acuerdos quese aprueben; b) impulsar la solidaridad, cooperación y respeto mutuo; c)Asistir a todas las reuniones que se convoquen o enviar a su sustituto, el cualestará registrado en el libro de la Asociación, de acuerdo al reglamento queapruebe la Junta Directiva; d) Cumplir y desempeñar fielmente y conresponsabilidad el cargo para el cual sea electo; d) enterar una cuota mensualpara cubrir los gastos de funcionamiento y administración de la asociación,de acuerdo al reglamento que apruebe la Junta Directiva; f) No realizaractividades que vayan en contra de los objetivos de la Asociación o queconstituyan perjuicio entre los Asociados.- Arto.12: La calidad de miembrose pierde por: a) fallecimiento; b) renuncia voluntaria escrita ante la JuntaDirectiva quien resolverá en un máximo de cuarenta y cinco días, c) por faltade asistencia injustificada; d) por expulsión, cuyo procedimiento seráregulado en el reglamento respectivo y e) por perdida de la capacidad civil.-Los beneficiarios del Asociado fallecido o por la perdida de la capacidad civilquedan en opción de ser o no miembros de la Asociación, siempre que cumplancon los requisitos establecidos.- CAPITULO QUINTO.- (Órganos de laAsociación).- Arto. 13 – Son Órganos de la Asociación la Asamblea Generaly la Junta Directiva, los que funcionaran de conformidad a lo establecido enel Acta Constitutiva.- La Junta Directiva podrá conformar Comités de Apoyopara el logro del cumplimiento de los objetivos de la Asociación- El Arto. 14.-La convocatoria para Asamblea General se hará por escrito a cada miembrode la Asociación, indicando el carácter de la sesión, fecha, hora y lugar de lamisma. Si se tratara de una Asamblea General Extraordinaria, se acompañarala agenda a tratar. En ambos casos se hará con cinco días de anticipación. Arto.15. Las resoluciones son validas con el voto de la mayoría simple de losmiembros que estén presentes. Todas las resoluciones emanadas de laAsamblea General, deberán ajustarse a lo establecido en el Acta Constitutiva,los Estatutos y demás resoluciones, y tendrán carácter obligatorio para todossus miembros.- Arto. 16. Para la validez de las reuniones de la AsambleaGeneral se requiere la presencia de la mitad mas uno del total de sus miembros.Si en la primer convocatoria no se lograse reunir el quórum establecido paraeste fin, se volverá a citar para una hora después y se realizara la reunión conlos miembros que estén presentes. Arto. 17. son atribuciones de la AsambleaGeneral Ordinaria: Elegir a los miembros de la Junta Directiva; conocer yaprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos los cuales serán sometidosa consideración por la Junta Directiva, sobre las actividades que realice laasociación; recibir y aprobar el informe financiero anual de la entidad; recibirla memoria anual de las labores presentadas por la Junta Directiva; aprobarcualquier escrito que sea sometido a su consideración con relación a la

DEL MUNICIPIO DE NAGAROTE.- CAPITULO PRIMERO:(Constitución, Naturaleza, Denominación y Domicilio).- Arto. 1.- Téngasepor constituida la Asociación de Productores de Reposición Forestal yComercializadores de Carbón, del Municipio de Nagarote la que se podráconocer con las siglas ECO-CARBON, de carácter social, voluntaria, apolíticay no lucrativa, con domicilio en el Municipio de Nagarote, Departamento deLeón.- Su duración es indefinida a partir de la publicación del Decreto de laAsamblea Nacional que le otorga la Personalidad Jurídica.- CAPITULOSEGUNDO. (Objetivos).- Arto. 2.- La Asociación tendrá como objetivofundamental: Organizar a los asociados para realizar, promover y ejerceracciones encaminadas a lograr el uso sostenible de los recursos forestales yel procesamiento mas optimo y ambientalmente sostenible de la materia primavegetal, logrando con ello contribuir a la conservación del ambiente yespecialmente de los recursos forestales. De manera particular la AsociaciónECO-CARBON podrá: a) Actuar como órgano de representación de losproductores asociados para defender sus intereses y derechos ante elGobierno y demás instituciones constituidas ya sea a nivel local, municipaly Nacional, así como, de organizaciones no gubernamentales y del sectorprivado, dignificando y reivindicando la actividad del productor forestal y delos Comercializadores de materia prima vegetal.- b) Contribuir con lacapacidad y experiencias de los Asociados en el desarrollo de una mejorpolítica económica y social del Gobierno hacia este sector; c) Actuar enestrecha comunicación y coordinación con las autoridades competentes en elcampo económico, así como, con organismo e instituciones, incluyendocorporaciones, que de una u otra manera son factor de comercio, en la búsquedade soluciones a la problemática del sector de manera individual o en suconjunto; d) Velar por que se respeten los derechos humanos de losproductores y sus familias ante las autoridades nacionales gubernamentalesy no gubernamentales; e) Elevar el nivel técnico de los Asociados que permitadesarrollarse con mayor eficiencia en lo económico y lo social, logrando unaverdadera dimensión e importancia de su trabajo en general; f) Establecercuotas de aportes de los Asociados para el funcionamiento de la Asociación;g) Desarrollar actividades forestales que integren a la mayor cantidad de lospropietarios de tierras en el manejo sostenible de sus fincas y un mejor usodel suelo; h) Coordinar y realizar actividades conjuntas con grupos uorganizaciones afines en beneficio del desarrollo y progreso de los productoresy comerciantes; i )Realizar y fomentar en la comunidad la adopción deprácticas que promuevan la preservación de recursos naturales a través de lareposición forestal; j) Cualquier otra actividad que coadyuve al cumplimientode los objetivos de la Asociación.- CAPITULO TERCERO (PATRIMONIO)– Arto. 3.- El Patrimonio Inicial de la Asociación esta constituido por losbienes y equipos donados por el Gobierno de la Republica a través de laComisión Nacional de Energía, el cual esta debidamente inventariado, en actade entrega realizado por la Comisión a la Asociación, además de los aportesde los asociados, contribuciones voluntarias, donaciones, herencias, legadossean estos provenientes de personas naturales o jurídicas, nacionales oextranjeras.- También de los bienes muebles e inmuebles que obtenga laAsociación durante su existencia.- Este Patrimonio será destinadoexclusivamente para los fines y objetivos para los cuales la Asociación fuecreada. CAPITULO CUARTO.- (De los Miembros).- Arto. 4. Podrá sermiembro de la Asociación: a) toda persona que solicite su ingreso de maneravoluntaria, por escrito y haya dado la cuota correspondiente la cual esta fijadaen el reglamento interno de la asociación y siempre y cuando llene losrequisitos establecidos en los presentes Estatutos.- Arto 5.- Se establecen dostipos de miembros: Fundadores y Activos.- Arto. 6.- Son miembros fundadoreslos que suscriben en Acta Constitutiva y los presentes Estatutos.- Arto. 7:Son miembros activos aquellas personas que con posterioridad al actoconstitutivo de la Asociación y suscripción de los presentes Estatutos, apropuesta de la Junta Directiva, sean admitidos por el voto de la mayoríasimple de la Asamblea General de los miembros de la Asociación.- Arto. 8.La Junta Directiva podrá aplicar aplicar a cualquier miembro, por faltacometidas, según el caso, las siguientes sanciones: amonestación, suspensiónde la calidad de miembro hasta por un periodo determinado, perdida de lacalidad de miembro, previa decisión de la Asamblea General.- Las faltas

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administración de la asociación; conocerá las resoluciones elaborados por laJunta Directiva sobre perdida total de la calidad de miembro y decidirá alrespecto a excepción cuando se trate de renuncia voluntaria; conocerá de losrecursos e impugnaciones y conocerá y aprobará la disolución y liquidaciónde la Asociación.- Arto. 18.- La Asamblea General Extraordinaria resolverácualquier modificación a los Estatutos de la asociación; aprobará el reglamentoo disposiciones y regulaciones que se elaboren para la Asociación, así comolas modificaciones y ampliaciones.- Arto. 19. la Junta Directiva. La JuntaDirectiva estará conformada por un Presidente, Un Vice-presidente, unSecretario, un Tesorero, un Vocal y un Fiscal.- Los miembros de la JuntaDirectiva serán electos para un periodo de un año, tomando posesión almomento de su elección y pudiendo ser reelectos en respectivos cargos poruna sola vez, si la Asamblea General lo decide.- Arto.20-. La Junta Directivase reunirá ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando sea necesario.Para que dichas sesiones sean celebradas validamente es necesario la presenciade cuatro de sus miembros. Arto. 21.- Todas las Resoluciones de la JuntaDirectiva deberán tomarse por mayoría simple de votos. En caso de empateel Presidente tendrá doble voto. Arto. 22.- La Junta Directiva tendrá dentrode sus atribuciones Ejecutar las Resoluciones que emita la Asamblea General;cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos, Disposiciones yResoluciones adoptadas por la Asamblea General; resolver la venta,enajenaciones y gravamen de los bienes de la asociación; resolver acerca de lacontratación de prestamos, obligaciones y financiamientos; aceptar herencias,legados y donaciones; promover actividades para mantener y cumplir losprogramas de la Asociación; elaborar para su aprobación los reglamentos quese estimen conveniente para el desarrollo de la asociación y para la Dirección,Administración y organización de la misma; autorizar los gastos defuncionamiento de la Asociación; aprobar el proyecto de presupuesto anualde la asociación y el Informe Financiero Anual de la asociación, el cual serápresentado, a la Asamblea General Ordinaria para su aprobación definitiva;convocar a la Asamblea General a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias;elaborar resoluciones recomendando la perdida total de la calidad de miembro,cuando el caso lo amerite; cualquier otra actividad que vaya en beneficio yacorde con los objetivos de la Asociación.- Arto. 23.- Las atribuciones delPresidente de la Junta Directiva será: a) Representar legalmente a la Asociación;b) delegar con autorización, la representación de la asociación, en asuntosjudiciales o administrativos, mediante el otorgamiento de Poderes especiales;c) presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; d)certificar con el Secretario las Actas de Sesiones de la Asamblea General y dela Junta Directiva; e) autorizar con el tesorero, todos los pagos que se efectúen;f) velar por el buen funcionamiento de la asociación, de la Junta Directiva ydemás órganos con que cuenta; g) las demás atribuciones que le señale la JuntaDirectiva y los Reglamentos Internos. Arto. 24.- Las atribuciones delVicePresidente serán a) Asistir al Presidente en el desempeño de su cargo,haciéndole las sugerencias que estime conveniente para la buena marcha dela Asociación; b) sustituir al Presidente en los Actos de impedimento yausencia temporal, de conformidad a los criterios de la Junta Directiva contodas sus prerrogativas; c) completar el tiempo de mandato del Presidente encaso de ausencia definitiva. Arto. 25.- Las atribuciones del Secretario serána) Llevar y conservar los libros de actas de la Asamblea General y de la JuntaDirectiva, sellos y demás documentos de los miembros de la asociación; b)dirigir y organizar el funcionamiento administrativo de la asociación; c) Llevarla correspondencia; d) redactar y realizar con el Presidente las Actas de laAsamblea General y de la Junta Directiva; e) preparar la documentación delos asuntos a tratar en la Asamblea General y la Junta Directiva; f) elaborary someter a la aprobación de la Junta Directiva la memoria anual de laAsociación; g) preparar y enviar por lo menos con cinco días de anticipacióna su celebración, las convocatorias de las sesiones ordinarias y de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva.- Arto. 26-. Las atribuciones del Tesorero serána) Recaudar y custodiar los fondos de la entidad en la forma que disponga laAsamblea General y la Junta Directiva; b) autorizar con el Presidente los pagosque se efectúen, acordados por la Asamblea General o la Junta Directiva enejercicio de sus atribuciones; c) rendir informe mensual a la Junta Directiva;d) elaborar el Proyecto de Presupuesto anual de la entidad el cual deberá ser

presentado a la Asamblea General ordinaria para su aprobación definitiva; e)elaborar y mantener actualizado un inventario de los bienes de la asociación;f) Llevar al día los Libros Contables de la Asociación y presentarlo con elBalance Anual al Ministerio de Gobernación al cierre del Periodo Fiscal: g)informar a la Asamblea General y a la Junta Directiva sobre otros asuntos desu competencia.- Arto. 27.- Las atribuciones del Vocal serán a) Sustituir ensu orden a cualquier de los miembros de la Junta Directiva en los casos deimpedimento y ausencia temporal o definitiva. En este ultimo caso completarael tiempo que haga falta para cumplir el mandato; b) desempeñar las tareasy funciones que determine la Asamblea General y la Junta Directiva.- Arto.28.- Las funciones del Fiscal serán a) ejercer la fiscalización de las actividadeseconómicas y contables de la Asociación; b) velar por el cumplimiento de loestipulado en el Acta Constitutiva, los presentes Estatutos, el Reglamentoy demás resoluciones de sus órganos de administración; c) investigar de oficioo por delegación de la Junta Directiva cualquier irregularidad de ordenfinanciero, administrativo que se denuncie por los Asociados; d) Examinar loslibros de Actas y contables, realizando inventario de los bienes y saldosbancarios de la Asociación, así como, verificar el estado de los fondos, títulosy valores; e) vigilar las operaciones de liquidación; f) rendir informe escritomensualmente de sus actividades con sus observaciones y recomendaciones;g) Cualquier otra actividad que le sea encomendada por la Asamblea Generalo la Junta Directiva.- enCAPITULO SEXTO (DISOLUCIÓN).- Arto. 29.-La Asociación se disolverá, además de lo establecido en las leyes respectivas,por las causas siguientes: a) Por decisión de las tres cuartas partes de losmiembros en la Asamblea General; b) Por haberse extinguido o concluido elfin y los objetivos para la cual fue creada; c) Por haberse disminuido el numerode miembros a menos de un tercio; d) Por lo establecido en la ley.- CAPITULOSEPTIMO.- (LIQUIDACIÓN).- Arto. 30.- Dado el caso de la disolución laAsamblea General Extraordinaria nombrara una Comisión Liquidadoraintegrada por tres de sus miembros con designación expresa de su mandato.La Comisión Liquidadora realizara los activos, cancelará a los pasivos y, sihay remanente este será entregado a cualquier otra Organización sin fines delucro, que a juicio de la Comisión considere cumple los mismos objetivos dela Asociación Liquidada sin perjuicio de lo establecido en los convenios dedonación que realicen agencias gubernamentales y no gubernamentales,nacionales y extranjeras.- CAPITULO OCTAVO.-(DISPOSICIONESFINALES).- Arto. 31.- Toda diferencia que sura entre los miembros o de estospara con la Asociación ser resolverá a través de un arbitrador, nombrado paratal efecto por la Junta Directiva previo requisito de ser mayor de edad, quesepa leer y escribir y que tenga la libre administración de sus bienes y suactuación deberá ajustarse a derecho, tomando como fundamento lo establecidoen el Acta Constitutiva, los Estatutos, reglamento y demás regulacionesaprobadas por la Asociación.- Arto. 32.- En todo lo no previsto en este actoconstitutivo o en los Estatutos se aplicara los principios de la legislacióncomún.- Arto. 33.- Los presentes Estatutos únicamente podrán ser modificadoso reformados por la Asamblea General Extraordinarias, convocadaespecialmente para tal efecto. La modificación o reforma de los Estatutos debeser previamente solicitada por escrito a la Junta Directiva. La solicitud debeser acompañada por una exposición de motivos, debiendo tener por lo menosla firma de cinco miembros fundadores, directivos o no. Arto. 34.- Para laaprobación de modificación o reforma se requerirá la presencia de una mayoríasimple, formada por el cincuenta y uno por ciento de los miembros en laAsamblea General Extraordinaria. Así se expresaron los comparecientes, bieninstruidos por mí, el notario, acerca del objeto, valor y trascendencia legal deeste acto, el de las cláusulas generales y especiales que contiene y aseguransu validez, el de las renuncias y estipulaciones explicitas e implícitas a quese hacen referencia.- Leída que fue por mí íntegramente esta escritura a losotorgantes, la encuentran conforme, la aprueban sin hacerle ningunamodificación, la ratifican y firman junto conmigo que doy fe de todo lorelacionado.(firmas) María Del Socorro Sánchez Rodríguez; José AntonioCarrión Corea; Dijinio Orlando Bojorge Aburto; Evaristo Antonio CarriónMéndez; Vicente Abel Avilez Bojorge; Ernesto Modesto Carrión Carrión;Pedro Denis. Duarte Cuadra, Cédula Alfredo Eulogio Mayorga; LeocadioCandelario Castellón Caballero; Cédula; Manuel de Jesús Olivares Contrera;

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Andrés Avelino Solís Gutiérrez; Miguel Angel Aviles Martínez; AmadaFlores Jarquín; Marvin José Sánchez Mayorga; Guillermo José MayorgaMiranda; Orlando José Mayorga Miranda; José Benito Alvarado; Ramónde Jesús Aguirre Torrez; Rigoberto Simón Valdez Silva; Bayardo AntonioMorales Carranza; Flores de Salia Espinoza Salas; Narciso Eusebio AvilesContrera; Leoncio Noel Aguilar Miranda, (f) FGP, el Notario.- PASO ANTEMI: del Reverso del folio número veintiuno (21) al reverso del folio númeroveinticinco (25) de mi protocolo número diez (10) que llevo en el presenteaño. A solicitud de la señora María del Socorro Sánchez Rodríguez; extiendoeste Primer Testimonio en papel sellado de ley que firmo, sello, y rubrico enla ciudad de Managua a la una de tarde del día veintidós de abril del año dosmil dos. TESTIMONIO ESCRITURA PUBLICA NUMERO DOS (2)ACLARACION DE ESCRITURA DE CONSTITUCION Y ESTATUTOSDE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO. En la ciudad deManagua, a las diez de la mañana del día veintiocho de febrero del año dos milcinco. Ante mí Félix Segundo González Pérez, Abogado y Notario Públicode la República de Nicaragua, del domicilio y residencia en la ciudad deManagua, debidamente autorizado para cartular por la excelentísima CorteSuprema de Justicia, durante el quinquenio que finaliza el diez de agosto delaño dos mil ocho comparecen los señores: María del Socorro SánchezRodríguez, Cédula 281-190167-0016 N; José Antonio Carrión Corea, Cédula287-270863-0002 M; Dijinio Orlando Bojorge Aburto, Cédula 001-190348-0035F; Evaristo Antonio Carrión Méndez; Cédula 287-101163-0001T;Vicente Abel Avilez Bojorge, Cédula 287-270982-0000N; todos mayores deedad, productores forestales unos y comerciantes de subproductos forestalesotros, y del domicilio de Nagarote de transito por esta ciudad.- Doy fe deconocer a los comparecientes, de que a mi juicio tienen la capacidad legalnecesaria para obligarse y contratar, en especial para la realización de este acto,procediendo en su calidad de miembros de la junta Directiva de la Asociaciónde productores de reposición forestal y comercializadores de carbón delMunicipio de Nagarote Eco-Carbón.- Hablan los comparecientes y dicen.PRIMERO: (CONSTITUCION). Que por medio de Escritura PúblicaNúmero ocho (8) otorgado en esta ciudad por el suscrito el día veintidós deabril del año dos mil dos, constituyeron y aprobaron a los Estatutos de la“ASOCIACION DE PRODUCTORES DE REPOSICION FORESTAL YCOMERCIALIZADORES DE CARBON DEL MUNICIPIO DENAGAROTE” ECO–CARBON.- SEGUNDA (ACLARACION).- Quepara efectos de ACLARACION de la mencionada Escritura Pública, elArticulo diecinueve(19) de los Estatutos de la Asociación deberá leerse así:Arto.19 La Junta Directiva. estará conformada por un vicepresidente, unsecretario, un tesorero y un fiscal.- Asimismo, el artículo veintisiete (27) delmismo Estatuto referido a “las atribuciones del vocal”, quedan sin ningúnefecto legal por no existir el cargo de vocal en esta Asociación.- Así seexpresaron los comparecientes, bien instruidos por mí, el Notario, acerca delobjeto, valor, trascendencia legal de este acto, el de las cláusulas generales yespeciales que contiene y aseguran su validez, el de las renuncias y estipulacionesexplicitas e implícitas a que se hacen referencia y leída que fue por mí,íntegramente esta Escritura a los comparecientes, ala encuentran conforme,la aprueban sin hacerle ninguna modificación, la ratifican y firman juntoconmigo, que doy fe de todo lo relacionado.- (f) María del Socorro SánchezRodríguez; José Antonio Carrión Corea; Dijinio Orlando Bojorge Aburto;Evaristo Antonio Carrión Méndez; Vicente Abel Avilez Bojorge; ErnestoModesto Carrión Carrión; Pedro Denis Duarte Cuadra; Alfredo EulogioMayorga; Leocadio Candelario Castelló Caballero; Manuel de Jesús OlivaresContrera; Andrés Avelino Solís Gutiérrez; Miguel Angel Avilez Martínez;Amada Flores Jarquín; Marvin José Sánchez Mayorga; Guillermo JoséMayorga Miranda; Orlando José Mayorga Miranda; José Benito Alvarado;Ramón de Jesús Aguirre Torrez; Rigoberto Simón Valdez Silva; BayardoAntonio Morales Carranza; Flor de Salia Espinoza Salas; Narciso EusebioAvilez Contera; Leoncio Noel Aguilar Miranda; (f) FGP, el Notario.- PasoAnte Mí del frente del folio número dos al reverso del mismo de mi protocolonúmero trece (13) que llevo en el presente año a solicitud de María del SocorroSánchez Rodríguez, Libro este Primer Testimonio en papel Sellado de Ley,que Firmo, Sello Rubrico en la ciudad de Managua a las once de la mañana

del veinticinco de febrero del dos mil cinco. Félix Segundo González Pérez;Abogado y Notario Público.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Reg. No. 16337 - M. 2189846 - Valor C$ 190.00

CONVOCATORIA A LICITACION RESTRINGIDA 04-07 “CONTRATACION DE SEGURO PARA EDIFICIO DEL MINREX”

El Ministerio de Relaciones Exteriores, con domicilio de donde fue el CineGonzález, 1 cuadra al sur Managua, según Resolución Ministerial No. 018-2007, invita a participar en el Proceso de Licitación Restringida No. 04-07,“Contratación de Seguro para el Edificio del MINREX”, a las PersonasNaturales y Jurídicas autorizadas en nuestro país, que se encuentrendebidamente inscritos como Oferentes en el Registro Central de Proveedoresdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesados en presentarofertas selladas, bajo las siguientes condiciones:

1) Esta Adquisición es financiada con fondos del Presupuesto General de laRepública.

2) Se adquirirá Seguro para el Edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores,durante un plazo de 1 año, contados a partir de la firma del Contrato. Estacontratación podrá ser renovada hasta un periodo de tres años.

3) Los oferentes elegibles podrán obtener el documento completo en idiomaespañol del Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación, en laUnidad de Adquisiciones, ubicada en la planta baja del edificio costado suroeste del Edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores, previa presentacióndel recibo oficial de caja en concepto de pago del PBC a nombre del Oferenteinteresado, estos se venderán en fecha del 31 de Octubre al 02 deNoviembre del 2007 en horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m.

4) El precio del Pliego de Bases y Condiciones es de C$450.00 (Cuatrocientoscincuenta córdobas), no reembolsables y pagaderos en efectivo en caja delMinisterio de Relaciones Exteriores, al momento de su retiro.

5) El contenido del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación se encuentraredactado en idioma Español, y tienen su base legal en la Ley No. 323, “Leyde Contrataciones del Estado” y Decreto No. 21-2000 “Reglamento Generala la Ley de Contrataciones del Estado” y sus Reformas;

6) La oferta deberá entregarse en idioma español y con sus precios en monedaen dólar, en el salón de Las Banderas ubicado en el primer piso costado centraloeste del Ministerio, a más tardar a las 03:00 p.m. el día 26 de Noviembredel año 2007. Las ofertas entregadas después de la hora estipulada no seránaceptadas.

7) Se convoca a una reunión para aclarar todas las dudas acerca de La Licitacióny del Pliego de Bases y Condiciones para el día 12 de Noviembre del 2007a las 3:00 p.m., en el Salón de las Banderas ubicado en el primer piso costadocentral oeste del Ministerio de Relaciones Exteriores.

8) Ningún oferente podrá retirar, modificar o corregir su oferta después queésta haya sido presentada y abierta, sin perder su garantía de oferta. (Arto.27 inc. n) Ley de Contrataciones del Estado)

9) La oferta debe incluir una Garantía de Mantenimiento de Oferta por unmonto del 3% por ciento del precio total de la oferta.

10) Las ofertas serán abiertas inmediatamente después de la recepción de lasmismas, en presencia del Comité de Licitación y de los Representantes de losLicitantes que deseen asistir. PEDRO JOAQUIN ESPINOZA, DIRECTORGENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO. 2-2

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MINISTERIO DE FOMENTO,INDUSTRIA Y COMERCIO

MARCAS DE FABRICA, COMERCIO Y SERVICIO

Reg. 15803 - M 1503105 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de Gynopharm, Sociedad Anónima,de Costa Rica, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

RADOSELPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTEANTIDEPRESIVO, ANTIPIRÉTICOS, ANALGÉSICOS, ANESTÉSICOS,ANTIALÉRGICOS, ANTIHISTAMÍNICOS, ANTÍDOTOS,DESINTOXICANTES, ANTIALCOHÓLICOS, ALCALOIDES; DROGASCONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS,ANTINEURÍTICOS, ANTIARTRÍTICOS, ANTIFLOGÍSTICOS,ANTIRREUMÁTICOS, ANTIURICEMICOS, DROGASBRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BÁLSAMOSEXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES,ANALÉPTICOS, ANTIRRAQUÍTICOS,ANTIARTERIOESCLEROSICOS, HIPOCOLESTEROLEMICOS,BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS,ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORESCAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS CARDIACOS,ANTIHIPERTENSIVOS, MIOCARDIOTROPICOS, VASODILATADORESPERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS,ANTIBIÓTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICÓTICOS,SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS,ANTIPROTOZOOS, ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES,ANTIPARASITARIOS, DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES,ANTIPRURITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACERDIAGNOSTICOS, RADIOOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTOSDIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS,HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS,ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONESPARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS,HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGASY FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIÁCIDOS,ANTIDIARREICOS, ANTIHELMITICOS, EMÉTICOS YANTIEMÉTICOS, ANTIULCEROSOS, CARMINATIVOS,ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPEPSICOS, LAXANTES,PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLÓGICOS,ANTIDISMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOGOS,UTEROTONICOS, HEMOSTÁTICOS UTERINOS, ANTISÉPTICOS,ANTIFLOGÍSTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD YLUTEOLITICOS, INMUNOMODULARES, INMUNOSUPRESORES,INMUNOACTIVADORES, ANABÓLICOS, ANTIASTENICOS,ENERGÉTICOS, ANTIDIABÉTICOS, CATABÓLICOS, ANTIOBESIDAD,ANORÉXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, SISTEMANEUROLÓGICO CENTRALES Y PERIFÉRICO,PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILEPTICOS,MEDICAMENTOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOSHIPNÓTICOS, NEUROLÉPTICOS, ANTIPROLACTINICOS,TRANQUILIZADORES, ANTISICÓTICOS, TIMOANALEPTICOS,PSICOTÓNICOS, NEUROTROPICOS, HOMEOPÁTICOS, HORMONAS,OPOTERÁPICOS, ESTRÓGENOS, PROGESTOGENOS,CONTRACEPTIVOS, ANDRÓGENOS, ANTIHORMONAS, DROGASPARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS YVACUNAS, ANTIESPASMÓDICOS, UROGENITALES, VITAMINAS YCOENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS,PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USO SUBLINGUAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03390, veintiuno de septiembre, del añodos mil siete. Managua, tres de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

Reg. 13795 - M 1503623 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de ESTABLECIMIENTOANCALMO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia ESTABLECIMIENTO ANCALMO, S.A. DE C.V., de República deEl Salvador, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PROSTAMENPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02655, dos de agosto, del año dos mil siete.Managua, quince de agosto, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15779 - M 2189273 - Valor C$ 95.00

Dr. Eddy Reyes Baldizón, Apoderado de LABORATORIOS Y DROGUERIADONOVAN WERKE A.G., .S.A., de Guatemala, solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

MINERAVIT SPORTPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO HUMANO

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03063, treinta de agosto, del año dos milsiete. Managua, tres de septiembre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15780 - M 1503636 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de BIOKEMICAL, S.A. DEC.V., de República de El Salvador, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

BIOCAL 600 BIOKEMICALPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN SUPLEMENTO MINERAL A BASE DE CALCIO Y VITAMINAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03469, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15781 - M 1503634 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

ARGIPLEX INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN ENERGIZANTE, DESINTOXICANTE Y DESFATIGANTE(ARGININA).

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03463, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

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Reg. 15782 - M 1503633 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de BIOKEMICAL, S.A. DEC.V., de República de El Salvador, solicita Registro de Expresión o Señal dePublicidad Comercial:

BIOKEMICALVITAMINAS PARA EL

CEREBRO Y NERVIOSSe empleará:PARA ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR ENRELACION A LOS PRODUCTOS VITAMINAS PARA EL CEREBRO YNERVIOS; CON REFERENCIA A SU MARCA DE FÁBRICA Y COMERCIO:FOSKROL BIOKEMICAL Y ETIQUETA REGISTRO N° 70688 LM,FOLIO 144, TOMO 213 DEL LIBRO DE INSCRIPCIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03559, cuatro de octubre, del año dos milsiete. Managua, doce de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15783 - M 1503640 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

SUPRAFOS INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN RECONSTITUYENTE PARA EL CEREBRO, FATIGA MENTAL YAGOTAMIENTO NERVIOSO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03465, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15784 - M 1503641 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

TOSYPRONT D.M. INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN ANTITUSIVO, EXPECTORANTE, ATIHISTAMINICO YDESCONGESTIONANTE.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03467, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15785 - M 1503638 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

NEUROSEX INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN MULTIVITAMÍNICO, ENERGIZANTE Y VIGORIZANTE.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03468, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector

—————————Reg. 15786 - M 1503639 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

APETIMAS PLUS INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN MULTIVITAMÍNICO, CON MINERALES Y ESTIMULANTE DELAPETITO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03466, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector

—————————Reg. 15787 - M 1503635 - Valor C$ 95.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín, Apoderado de INVERSIONES YFÁRMACOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia INVERFARMA, S.A. DE C.V., República de El Salvador, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

FERROKROL INVERFARMAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO CONSISTENTE ENUN MULTIVITAMÍNICO, CON MINERALES Y ANTIANEMICO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03464, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector

—————————Reg. 15788 - M 2189301 - Valor C$ 95.00

Dr. Roberto José Maltez, Apoderado de GRUPO ORCA, SOCIEDADANONIMA, de República de Nicaragua, solicita Registro de Marca de Fábricay Comercio:

TERMICPara proteger:Clase: 21

UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE DE Y LA COCINA(QUE NO SEAN DE MATERIALES PRECIOSOS, NI CHAPADOS).

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03442, veinticinco de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15789 - M 2189301 - Valor C$ 95.00

Dr. Roberto José Maltez, Apoderado de GRUPO ORCA, SOCIEDADANONIMA, de República de Nicaragua, solicita Registro de Marca de Fábricay Comercio:

DELFIN

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Para proteger:Clase: 21

UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE DE Y LA COCINA(QUE NO SEAN DE MATERIALES PRECIOSOS, NI CHAPADOS).

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03441, veinticinco de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cuatro de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15790 - M 1503106 - Valor C$ 95.00

De conformidad con el artículo 19, Ley 380 Marcas y Otros SignosDistintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábricay Comercio: Plastigel, Consiste en un rectángulo horizontal, cuyos ladosizquierdo y derecho están redondeados, dichos rectángulos es de color rosadooscuro, pero sufre diferentes variaciones de colores debido a la presencia dedistintas formas geométricas, las cuales son: en el extremo redondeadoizquierdo del rectángulo se traza una línea de forma diagonal el espacio queEnmarca es de color verde, dentro del color verde y parte del color rosado,se aprecia un Círculo el cual posee tres segmentos los cuales se unen en elcentro del círculo, en cada parte Dividida del Círculo se observan tres objetosilegibles, en la parte derecho de este círculo se Observa la palabra Cofarmaen letras azules y grafismo especial, en el centro del rectángulo se observauna elipse de color azul con borde blanco, dentro de esta se observa la palabraPlastigel con letras de grafismo especial y de color blanco, en la parte superiorde la letra L se observa la letra R mayúscula encerrada en un círculo, todosellos de color blanco, en la parte superior de las letras ige se puede leer la frase,Sin alcohol en color blanco, en la parte inferior de las letras asti se lee la fraseFree Style en letras en letras con grafismo especial y de color anaranjado,detrás de la elipse se observan tres franjas colocadas de forma diagonal, laprimera es de color verde y está ubicada en el extremo izquierdo de la elipse,la segunda es de color anaranjado cuyo extremo inferior se corta con elextremo inferior del rectángulo principal, y la tercer franja es de coloranaranjado cuyo extremo superior se corta con el extremo superior delrectángulo principal, en el extremo derecho de la elipse y detrás de esta seobserva un franja de color verde colocada en forma horizontal, el extremoderecho de dicha franja se corta con el extremo redondeado del rectánguloprincipal, dentro de esta franja verde se observan letras ilegibles debajo dela antes mencionada franja verde se observa otra franja de color azul colocadaen forma horizontal, su extremo inferior se corta con el extremo inferiordel rectángulo, posteriormente, sobre las franjas horizontales, verde y azulse observa una franja de color blanco la cual posee un código de barra, en laparte superior de la elipse pero fuera de esta se lee no grasoso para el cabello,y finalmente, alrededor pero dentro del rectángulo se puede leer productohecho en San Antonio de Desamparados, San José Costa Rica por Cofarmaluego detalla un número telefónico y uno de fax más el número de registrosanitario, y el peso neto, clase: 3 Internacional, Exp. 2005-03344, a favorde: Cofarma, Cosméticos y Farmacéuticos de Centroamérica, S.A., de CostaRica, bajo el No. 0702275, Tomo: 250 de Inscripciones del año 2007, Folio:121, vigente hasta el año 2017.

Registro de la Propiedad Intelectual, Managua tres de octubre, del 2007.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

—————————Reg. 15791 - M 1503117 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de Gynopharm, Sociedad Anónima,de Costa Rica, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

GYNORELLEPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE PRODUCTOSGINECOLÓGICOS Y DERMATOLÓGICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03337, diecinueve de septiembre, del añodos mil siete. Managua, dos de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

Reg. 15792 - M 1503116 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de Gynopharm, Sociedad Anónima,de Costa Rica, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

SUCTIDINAPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE PRODUCTOSGINECOLÓGICOS Y DERMATOLÓGICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03335, diecinueve de septiembre, del añodos mil siete. Managua, dos de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15793 - M 1503115 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de Gynopharm, Sociedad Anónima,de Costa Rica, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DROXIGESTPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE PRODUCTOSGINECOLÓGICOS Y DERMATOLÓGICOS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03336, diecinueve de septiembre, del añodos mil siete. Managua, dos de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15794 - M 1503114 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Servicios:

4 PLAY TELEFONICAPara proteger:Clase: 41

SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DEORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINESCULTURALES Y EDUCATIVOS; SERVICIOS DE EDICIÓN DE TEXTOS(QUE NO SEAN TEXTOS PUBLICITARIOS); EXPLOTACIÓN DEPUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLESTELEMÁTICAMENTE); PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA DE LIBROSY PERIÓDICOS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES); PUBLICACIÓN DELIBROS; DIVERSIONES TELEFÓNICAS Y TELEVISADAS; SERVICIOSDE EDICIÓN Y PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO YTELEVISIÓN.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03318, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15795 - M 1503118 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Servicios:

TELEFONICA CUATROPara proteger:Clase: 41

SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DEORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINES

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CULTURALES Y EDUCATIVOS; SERVICIOS DE EDICIÓN DE TEXTOS(QUE NO SEAN TEXTOS PUBLICITARIOS); EXPLOTACIÓN DEPUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLESTELEMÁTICAMENTE); PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA DE LIBROSY PERIÓDICOS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES); PUBLICACIÓN DELIBROS; DIVERSIONES TELEFÓNICAS Y TELEVISADAS; SERVICIOSDE EDICIÓN Y PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO YTELEVISIÓN.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03315, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15796 - M 1503113 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Servicios:

4 PLAY TELEFONICAPara proteger:Clase: 38

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS DECOMUNICACIONES POR TERMINALES DE ORDENADOR, SERVICIOSDE COMUNICACIONES A TRAVÉS DE REDES INFORMÁTICAS;SERVICIOS TELEFÓNICOS; SERVICIOS DE ACCESO A UNA REDINFORMÁTICA MUNDIAL; ALQUILER DE APARATOS DETELECOMUNICACIÓN; ALQUILER DE APARATOS PARA LATRANSMISIÓN DE MENSAJES; ALQUILER DE MODEMS; ALQUILERDE TELÉFONOS; SERVICIOS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS(TELECOMUNICACIONES); COMUNICACIONES POR REDES DEFIBRAS ÓPTICAS; COMUNICACIONES TELEFÓNICAS; CONEXIÓNPOR TELECOMUNICACIONES A UNA RED INFORMÁTICAMUNDIAL; SERVICIOS DE DIRECCIONAMIENTO Y DE UNIÓN PARATELECOMUNICACIONES; INFORMACIONES EN MATERIA DETELECOMUNICACIONES; MENSAJERÍA ELECTRÓNICA;RADIOTELEFONÍA MÓVIL; TRANSMISIÓN VÍA SATÉLITE;SERVICIOS DE TELECONFERENCIA; DIFUSIÓN DE PROGRAMAS DETELEVISIÓN.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03317, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15797 - M 1503112 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

4 PLAY TELEFONICAPara proteger:Clase: 9

APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS,DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL(INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA,APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN,DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN,REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOSPARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DE SONIDOSO IMÁGENES; SOPORTE DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOSACÚSTICOS Y ÓPTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS, YMECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJASREGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPO PARA ELTRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES,PROGRAMAS DE ORDENADOR GRABADOS Y REGISTRADOS,PANTALLAS (DE ORDENADOR Y DE TELEVISIÓN), TECLADOS(INFORMÁTICA), RATONES (INFORMÁTICA), CD-ROM, APARATOSDE TELEFONÍA, TRANSMISORES Y RECEPTORES DE IMAGEN Y

SONIDO, CENTRALES TELEFÓNICAS; TELÉFONOS; REPETIDORESTELEFÓNICOS; CONTESTADORES TELEFÓNICOS; EXTINTORES;PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLESELECTRÓNICAMENTE); AGENDAS ELECTRÓNICAS; APARATOSDE INTERCOMUNICACIÓN; INTERFACES (INFORMÁTICA);PROGRAMAS DE JUEGOS; LÁPICES ELECTRÓNICOS (PARAUNIDADES DE REPRESENTACIÓN VISUAL); LECTORES(INFORMÁTICA); PERIFÉRICOS DE ORDENADOR; TARJETASMAGNÉTICAS; APARATOS DE TELEVISIÓN; MECANISMOS DEPREVIO PAGO PARA APARATOS DE TELEVISIÓN; MODEMS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03316, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15798 - M 1503111 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Servicios:

TELEFONICA CUATROPara proteger:Clase: 38

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS DECOMUNICACIONES POR TERMINALES DE ORDENADOR, SERVICIOSDE COMUNICACIONES A TRAVÉS DE REDES INFORMÁTICAS;SERVICIOS TELEFÓNICOS; SERVICIOS DE ACCESO A UNA REDINFORMÁTICA MUNDIAL; ALQUILER DE APARATOS DETELECOMUNICACIÓN; ALQUILER DE APARATOS PARA LATRANSMISIÓN DE MENSAJES; ALQUILER DE MODEMS; ALQUILERDE TELÉFONOS; SERVICIOS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS(TELECOMUNICACIONES); COMUNICACIONES POR REDES DEFIBRAS ÓPTICAS; COMUNICACIONES TELEFÓNICAS; CONEXIÓNPOR TELECOMUNICACIONES A UNA RED INFORMÁTICAMUNDIAL; SERVICIOS DE DIRECCIONAMIENTO Y DE UNIÓN PARATELECOMUNICACIONES; INFORMACIONES EN MATERIA DETELECOMUNICACIONES; MENSAJERÍA ELECTRÓNICA;RADIOTELEFONÍA MÓVIL; TRANSMISIÓN VÍA SATÉLITE;SERVICIOS DE TELECONFERENCIA; DIFUSIÓN DE PROGRAMAS DETELEVISIÓN.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03314, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15799 - M 1503110 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de TELEFONICA, S.A., de España,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TELEFONICA CUATROPara proteger:Clase: 9

APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS,DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL(INSPECCIÓN), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA,APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN,DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN,REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOSPARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN DE SONIDOSO IMÁGENES; SOPORTE DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOSACÚSTICOS Y ÓPTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS, YMECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJASREGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPO PARA ELTRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y ORDENADORES,PROGRAMAS DE ORDENADOR GRABADOS Y REGISTRADOS,PANTALLAS (DE ORDENADOR Y DE TELEVISIÓN), TECLADOS

Page 15: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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(INFORMÁTICA), RATONES (INFORMÁTICA), CD-ROM, APARATOSDE TELEFONÍA, TRANSMISORES Y RECEPTORES DE IMAGEN YSONIDO, CENTRALES TELEFÓNICAS; TELÉFONOS; REPETIDORESTELEFÓNICOS; CONTESTADORES TELEFÓNICOS; EXTINTORES;PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (DESCARGABLESELECTRÓNICAMENTE); AGENDAS ELECTRÓNICAS; APARATOSDE INTERCOMUNICACIÓN; INTERFACES (INFORMÁTICA);PROGRAMAS DE JUEGOS; LÁPICES ELECTRÓNICOS (PARAUNIDADES DE REPRESENTACIÓN VISUAL); LECTORES(INFORMÁTICA); PERIFÉRICOS DE ORDENADOR; TARJETASMAGNÉTICAS; APARATOS DE TELEVISIÓN; MECANISMOS DEPREVIO PAGO PARA APARATOS DE TELEVISIÓN; MODEMS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03313, dieciocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, uno de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15800 - M 1503109 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de INDUSTRIAGALVANIZADORA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nombre comercialINGASA, de Guatemala, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TerniumPara proteger:Clase: 6

METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DECONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONESTRANSPORTABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS PARAVÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS;CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICAS; TUBOS METÁLICOS;CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES; CLAVOS; GRAPAS;ALAMBRE LISO DE PÚA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03367, veinte de septiembre, del año dosmil siete. Managua, dos de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15801 - M 1503108 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Gestor Oficioso de SILVIA LUCRECIASECAIRA SANTANDREA, de Guatemala, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio:

FRANCAPara proteger:Clase: 32

CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NOALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRASPREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03361, veinte de septiembre, del año dosmil siete. Managua, dos de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15802 - M 1503107 - Valor C$ 95.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salman, Apoderado de JOHNSON & JOHNSON, deEE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

STELARAPara proteger:Clase: 5

PREPARACIONES PARA USO HUMANO, A SABER PREPARACIONESINYECTABLES PARA EL TRATAMIENTO DE DESORDENES AUTO

INMUNE, EXCLUYENDO PREPARACIONES DE HORMONA YPRODUCTOS DE LA SALUD FEMENINA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03391, veintiuno de septiembre, del añodos mil siete. Managua, tres de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15879 - M 2625820 - Valor C$ 95.00

Dr. Eduardo José Rodríguez Alemán, Apoderado de TANABE SEIYAKUCO., TLD., de Japón, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

HIPERTENEPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS: 1) FARMACÉUTICOS PARA EL SISTEMACARDIOVASCULAR; 2) FARMACÉUTICOS PARA EL ÓRGANORESPIRATORIO; 3) FARMACÉUTICOS PARA EL ÓRGANO DIGESTIVO;4) FARMACÉUTICOS PARA COMPLICACIONES DIABÉTICAS; 5)FARMACÉUTICOS PARA LA ENFERMEDAD HIPERTÓNICA; 6)FARMACÉUTICOS PARA LA HIPERTENSIÓN; 7) FARMACÉUTICOSPARA EL DESORDEN DIABÉTICO RENAL; 8) FARMACÉUTICOSPARA LA ENFERMEDAD CARDIACA; 9) FARMACÉUTICOS PARADISMINUIR LOS NIVELES DE GLUCOSA EN LA SANGRE; 10)FARMACÉUTICOS PARA EL SÍNDROME DE WASTING.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02036, catorce de junio, del año dos milsiete. Managua, cuatro de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15880 - M 2625818 - Valor C$ 95.00

Dr. Eduardo José Rodríguez Alemán, Apoderado de TANABE SEIYAKUCO., TLD., de Japón, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TALIONPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS: 1) FARMACÉUTICOS PARA EL SISTEMACARDIOVASCULAR; 2) FARMACÉUTICOS PARA EL ÓRGANORESPIRATORIO; 3) FARMACÉUTICOS PARA EL ÓRGANO DIGESTIVO;4) FARMACÉUTICOS PARA COMPLICACIONES DIABÉTICAS; 5)FARMACÉUTICOS PARA LA ENFERMEDAD HIPERTÓNICA; 6)FARMACÉUTICOS PARA LA HIPERTENSIÓN; 7) FARMACÉUTICOSPARA EL DESORDEN DIABÉTICO RENAL; 8) FARMACÉUTICOSPARA LA ENFERMEDAD CARDIACA; 9) FARMACÉUTICOS PARADISMINUIR LOS NIVELES DE GLUCOSA EN LA SANGRE; 10)FARMACÉUTICOS PARA EL SÍNDROME DE WASTING; 11)FARMACÉUTICOS PARA ENFERMEDAD DERMATOLÓGICA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02037, catorce de junio, del año dos milsiete. Managua, cuatro de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 15881 - M 2356943 - Valor C$ 95.00

Dr. Ricardo José Bendaña Guerrero, Apoderado de DIVECO, S.A., deRepública de Guatemala, solicita Registro de Expresión o Señal de PublicidadComercial:

TODO EL CONFORT EN EL LADO DE ARRIBASe empleará:

PARA ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES ENRELACIÓN A LOS PRODUCTOS QUE COMERCIALIZA LA EMPRESACON LA MARCA “CAMAS OLIMPIA 2000 PARTE DE TU VIDA”, N°46597 CC, EN CLASE 20

Page 16: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03425, veinticinco de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cuatro de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15882 - M 2189322 - Valor C$ 95.00

Dr. Max Francisco López López, Apoderado de LABORATORIOS PAILL,DIVISIÓN DEL GRUPO PAILL S.A. DE C.V., de República de El Salvador,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ALUBOROPara proteger:Clase: 5

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL ALIVIO DE IRRITACIONESMENORES EN LA PIEL ASÍ COMO LAS CAUSADAS POR HIEDRAVENENOSA, PICADURA DE INSECTOS, PIE DE ATLETA O ERUPCIÓNCUTÁNEA CAUSADAS POR JABONES, DETERGENTES, COSMÉTICOSO JOYERÍA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03229, doce de septiembre, del año dos milsiete. Managua, veintiséis de septiembre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15883 - M 2189405 - Valor C$ 435.00

Dr. Omar Alonso González Calero, Apoderado de Cuatro Rosas SociedadAnónima, de Guatemala, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

WINDSOR

Descripción y Clasificación de Viena: 270521 y 270502Marca mixta que consta de una W mayúscula y debajo se aprecia la palabraWindsor.

Para proteger:Clase: 3

PERFUMERÍA, COSMÉTICOS, ACEITES ESENCIALES, LOCIONESCAPILARES Y CREMAS FACIALES, COSMÉTICOS EN GENERAL YARTÍCULOS DE TOCADOR.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02754, siete de agosto, del año dos milsiete. Managua, veintiocho de septiembre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 15884 - M 0144505/0148655 - Valor C$ 530.00

Lic. Alvaro José Molina Vaca, Gestor Oficioso de RESEARCH IN MOTIONLIMITED, de Canadá, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio yMarca de Servicios:

RIM

Descripción y Clasificación de Viena: 270502, 270512 y 011305El diseño consiste en las siglas “RIM” en letras mayúsculas, dentro de las

cuales se incorpora de manera secuencial la figura compuesta de tres anillosevocativos de los que rodean a ciertos planetas, tal y como aparece en laetiqueta adjunta.

Para proteger:Clase: 9

UNIDADES ELECTRÓNICAS PORTÁTILES Y ACCESORIOS PARARECEPCIÓN INALÁMBRICAS Y/O, TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓNY EN CUALES TAMBIÉN TENGA LA CAPACIDAD PARA TRANSMITIRY RECIBIR COMUNICACIONES DE VOZ ESPECIALMENTE,COMPUTADORAS PORTÁTILES, ASISTENTES DIGITALES YSOFTWARE DE COMUNICACIONES DE COMPUTADORA PARA LATRANSMISIÓN Y/O RECEPCIÓN DE MENSAJES, CORREOELECTRÓNICO DE COMPUTADORA GLOBAL EN RED, Y/O OTRAINFORMACIÓN ENTRE UNA O MÁS UNIDADES ELECTRÓNICASPORTÁTILES Y UNA BASE DE INFORMACIÓN ASOCIADA CON UNACOMPUTADORA PORTÁTIL O SERVIDOR; SOFTWARE DECOMUNICACIÓN DE COMPUTADORA PARA LA SINCRONIZACIÓNDE INFORMACIÓN ENTRE UNA ESTACIÓN REMOTA O UNA UNIDADY UNA FIJA O REMOTA ESTACIÓN O UNIDAD Y SOFTWARE QUEPERMITE Y PROPORCIONE UNA VÍA Y/O DOS VÍAS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA DE INFORMACIÓN, INCLUYENDOINFORMACIÓN CORPORATIVA.

Clase: 35SERVICIOS DE MERCADEO.

Clase: 38SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO, SERVICIO DE MENSAJES DEINFORMACIÓN INALÁMBRICA, PARTICULARMENTE SERVICIOSQUE PERMITA AL USUARIO ENVIAR Y/O RECIBIR MENSAJES ATRAVÉS DE UNA RED DE INFORMACIÓN INALÁMBRICA, UNA VÍAO DOS VÍAS DE SERVICIOS COMPAGINADOS, TRANSMISIÓN YRECEPCIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE VOZ;CONSULTORÍA EN TELECOMUNICACIONES; ESPECIALMENTEPROPORCIONANDO INFORMACIÓN PARA TERCERAS PARTES PARAASISTIRLOS EN DESARROLLO E INTEGRACIÓN EN UNA VÍA O DOSVÍAS DE CONECTIVIDAD INALÁMBRICA A LA INFORMACIÓN,INCLUYENDO INFORMACIÓN CORPORATIVA Y/OCOMUNICACIONES DE VOZ.

Clase: 41SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y ENTRENAMIENTO, ESPECIALMENTE,CLASES, SEMINARIOS Y CONFERENCIAS CON EL PROPÓSITO DEPROPORCIONAR INFORMACIÓN A TERCEROS PARA ASISTIRLOSEN EL DESARROLLO Y SOPORTE DE DISPOSITIVOS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA Y SOFTWARE RELACIONADOS.

Clase: 42SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO, ESPECIALMENTE LAACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE DECOMPUTADORAS Y PROGRAMAS DE SOPORTE EN PROBLEMASPARA DIAGNÓSTICOS Y RESOLUCIONES DE DISPOSITIVOS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA Y SOFTWARE DE COMPUTADORASAFINES Y PROBLEMAS DEL DISCO DURO; SERVICIOS DE LICENCIASDE SOFTWARE PARA COMPUTADORAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03484, veintiocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————

Reg. 15885 - M 0145021/0148654 - Valor C$ 530.00

Lic. Álvaro José Molina Vaca, Gestor Oficioso de RESEARCH IN MOTIONLIMITED, de Canadá, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio yMarca de Servicios:

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BlackBerry

Descripción y Clasificación de Viena: 270508 y 270502El diseño consiste en el compuesto “BlackBerry” con las dos “B” enmayúscula, las cuales cada una tiene redondeada su esquina izquierda inferior,y en la parte izquierda del mismo se encuentran siete figuras ubicadas de talforma que son evocativas de las dos “B” del compuesto, tal y como apareceen la etiqueta adjunta.

Para proteger:Clase: 9

UNIDADES ELECTRÓNICAS PORTÁTILES Y ACCESORIOS PARARECEPCIÓN INALÁMBRICAS Y/O, TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓNY EN CUALES TAMBIÉN TENGA LA CAPACIDAD PARA TRANSMITIRY RECIBIR COMUNICACIONES DE VOZ ESPECIALMENTE,COMPUTADORAS PORTÁTILES, ASISTENTES DIGITALES YSOFTWARE DE COMUNICACIONES DE COMPUTADORA PARA LATRANSMISIÓN Y/O RECEPCIÓN DE MENSAJES, CORREOELECTRÓNICO DE COMPUTADORA GLOBAL EN RED, Y/O OTRAINFORMACIÓN ENTRE UNA O MÁS UNIDADES ELECTRÓNICASPORTÁTILES Y UNA BASE DE INFORMACIÓN ASOCIADA CON UNACOMPUTADORA PORTÁTIL O SERVIDOR; SOFTWARE DECOMUNICACIÓN DE COMPUTADORA PARA LA SINCRONIZACIÓNDE INFORMACIÓN ENTRE UNA ESTACIÓN REMOTA O UNA UNIDADY UNA FIJA O REMOTA ESTACIÓN O UNIDAD Y SOFTWARE QUEPERMITE Y PROPORCIONE UNA VÍA Y/O DOS VÍAS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA DE INFORMACIÓN, INCLUYENDOINFORMACIÓN CORPORATIVA.

Clase: 35SERVICIOS DE MERCADEO.

Clase: 38SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO, SERVICIO DE MENSAJES DEINFORMACIÓN INALÁMBRICA, PARTICULARMENTE SERVICIOSQUE PERMITA AL USUARIO ENVIAR Y/O RECIBIR MENSAJES ATRAVÉS DE UNA RED DE INFORMACIÓN INALÁMBRICA, UNA VÍAO DOS VÍAS DE SERVICIOS COMPAGINADOS, TRANSMISIÓN YRECEPCIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE VOZ;CONSULTORÍA EN TELECOMUNICACIONES, ESPECIALMENTEPROPORCIONANDO INFORMACIÓN PARA TERCERAS PARTES PARAASISTIRLOS EN DESARROLLO E INTEGRACIÓN EN UNA VÍA O DOSVÍAS DE CONECTIVIDAD INALÁMBRICA A LA INFORMACIÓN,INCLUYENDO INFORMACIÓN CORPORATIVA Y/OCOMUNICACIONES DE VOZ.

Clase: 41SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y ENTRENAMIENTO, ESPECIALMENTE,CLASES, SEMINARIOS Y CONFERENCIAS CON EL PROPÓSITO DEPROPORCIONAR INFORMACIÓN A TERCEROS PARA ASISTIRLOSEN EL DESARROLLO Y SOPORTE DE DISPOSITIVOS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA Y SOFTWARE RELACIONADOS.

Clase: 42SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO, ESPECIALMENTE LAACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE DECOMPUTADORAS Y PROGRAMAS DE SOPORTE EN PROBLEMASPARA DIAGNÓSTICOS Y RESOLUCIONES DE DISPOSITIVOS DECONECTIVIDAD INALÁMBRICA DE SOFTWARE DECOMPUTADORAS AFINES Y PROBLEMAS DEL DISCO DURO;SERVICIOS DE LICENCIAS DE SOFTWARE PARA COMPUTADORAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03483, veintiocho de septiembre, del año

dos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

______________Reg. 15937 - M 2625821 - Valor C$ 870.00

Dra. María José Bendaña Guerrero, Apoderado de EXXON MOBILCORPORATION, de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio y Marca de Servicios:

Esso

Descripción y Clasificación de Viena: 260102 y 260118La palabra “ESSO”, escrita con letras de tipo especial característico, dentrode una figura de forma ovalada de fondo claro.

Para proteger:Clase: 4

GASOLINA; COMBUSTIBLE DIESEL; COMBUSTIBLE PARA LAAVIACIÓN; LÍQUIDOS PARA LA TRANSMISIÓN, ACEITESLUBRICANTES Y GRASAS PARA LA INDUSTRIA, MARINA, AVIACIÓN,AGRICULTURA, AUTOMÓVILES Y OTRAS APLICACIONES PARAVEHÍCULOS; ACEITES PARA LA CALEFACCIÓN; QUEROSENE;PROPANO; ACEITES PARA LA AGRICULTURA; ACEITES DE CORTES;ACEITES CIRCULANTES; ACEITES AISLANTES; ACEITES PARA LAREFRIGERACIÓN; ACEITES PARA COMPRESORES; ACEITES PARATURBINAS; ACEITES PROCESADOS; ACEITES TURBOS; ACEITESPARA LA TRANSFERENCIA DE CALOR; LÍQUIDOS HIDRÁULICOS;CERAS; PREVENTIVOS PARA EL ÓXIDO; INVENTARIOS DEPETRÓLEO REFINADO.

Clase: 12LLANTAS, ACCESORIOS, PARTES Y REPUESTOS PARA VEHÍCULOSMOTORIZADOS.

Clase: 16PUBLICACIONES PERIÓDICAS, PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE OFICINA; TARJETAS DE CRÉDITO Y TARJETAS DEDÉBITO NO MAGNÉTICAS, MATERIAL PLÁSTICO PARA EMPAQUE.

Clase: 25VESTUARIO, SOMBRERERÍA, UNIFORMES.

Clase: 35SERVICIOS DE VENTA AL DETALLE, PUBLICIDAD.

Clase: 36ASUNTOS FINANCIEROS, INCLUYENDO TARJETAS DE CRÉDITO.

Clase: 37SERVICIOS DE LAVADO Y REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES.

Clase: 39TRANSPORTE DE PETRÓLEO Y PRODUCTOS QUÍMICOS.

Clase: 43PROVISIÓN DE COMIDAS Y BEBIDAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02275, veintiocho de junio, del año dosmil siete. Managua, diez de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

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Reg. 16004 - M 2189572 - Valor C$ 95.00

Dr. Hugo Antonio Beltrand Blandón, Gestor Oficioso de MOTOMUNDO,S.A., de Honduras, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TORINOPara proteger:Clase: 12

VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA OACUÁTICA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03380, veinte de septiembre, del año dosmil siete. Managua, diez de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16091 - M 2189604 - Valor C$ 95.00

Ing. Adán Luis Talavera Salinas, Apoderado de ADAN LUIS TALAVERASOCIEDAD ANÓNIMA, de República de Nicaragua, solicita Registro deMarca de Fábrica y Comercio:

ALTAOIDPara proteger:Clase: 5

ACCIÓN ANALGÉSICA Y ANTIINFLAMACIÓN ESTA INDICADO ENOTITIS EXTREMA Y MEDIA AYUDANDO A SU VEZ A EXPULSAR ELCERUMEN COMPACTADO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03486, veintiocho de septiembre, del añodos mil siete. Managua, doce de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16092 - M 2189625 - Valor C$ 95.00

Dr. Camilo César Bendaña Cano, Gestor Oficioso de Laboratorios GOBBINOVAG, S.A., de Argentina, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

MITONOVAGPara proteger:Clase: 5

ANALGÉSICO.

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2006-04533, veintiuno de diciembre, del año dos milseis. Managua, ocho de enero, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16093 - M 2189625 - Valor C$ 95.00

Dr. Camilo César Bendaña Cano, Gestor Oficioso de Laboratorios GOBBINOVAG, S.A., de Argentina, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

ACLOSANPara proteger:Clase: 5

HIPERCLACIA PROSTÁTICA

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2006-04532, veintiuno de diciembre, del año dos milseis. Managua, ocho de enero, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16094 - M 2189625 - Valor C$ 95.00

Dr. Camilo César Bendaña Cano, Gestor Oficioso de Laboratorios GOBBI

NOVAG, S.A., de Argentina, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

BREMINALPara proteger:Clase: 5

URGENCIA URINARIA.

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2006-04535, veintiuno de diciembre, del año dos milseis. Managua, ocho de enero, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16095 - M 2189626 - Valor C$ 95.00

Dr. Camilo César Bendaña Cano, Gestor Oficioso de Laboratorios GOBBINOVAG, S.A., de Argentina, solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

PROSTANOVAG

Para proteger:Clase: 5

HIPERPLACIA PROSTÁTICA

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2006-04534, veintiuno de diciembre, del año dos milseis. Managua, ocho de enero, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16096 - M 2189620 - Valor C$ 95.00

Dr. Camilo César Bendaña Cano, Apoderado de VISION MEDICA, SOCIEDADANÓNIMA (VIMESA), de República de Nicaragua, solicita Registro deNombre Comercial:

VIMESA INTERNACIONAL,SOCIEDAD ANÓNIMA

Para proteger:

UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LACOMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.

Fecha de Primer Uso: veintiséis de noviembre, del año dos mil cuatro.Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03080, treinta de agosto, del año dos milsiete. Managua, cinco de septiembre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16097 - M 2189651 - Valor C$ 95.00

Dra. María Eugenia García Fonseca, Apoderado de EMBOTELLADORA DEAGUAS GASEOSAS HUANCAYO, S.R.L., de República de Perú, solicitaRegistro de Expresión o Señal de Publicidad Comercial:

SABOR QUERECOMPENSA

Se empleará:

PARA ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR ENRELACIÓN A CERVEZAS, GASEOSAS Y OTROS; CON REFERENCIA ASU MARCA: FRANCA ESPECIAL, CLASE 32, EXPEDIENTE N° 2007-003195.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03519, uno de octubre, del año dos milsiete. Managua, once de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

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Reg. 16098 - M 2189651 - Valor C$ 95.00

Lic. Juan Carlos Rodríguez García, Presidente de REPRESENTACIONESNICARAGÜENSES CORPORATIVAS, S.A. (RNC), de República deNicaragua, solicita Registro de Marca de Servicios:

BOMBACHO REAL ESTATEPara proteger:Clase: 35

PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES,ADMINISTRACIÓN COMERCIAL Y TRABAJOS DE OFICINA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03628, cinco de octubre, del año dos milsiete. Managua, dieciséis de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16153 - M 1624746 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Gestor Oficioso de LABORATORIOSRECAMIER LTDA., de República de Colombia, solicita Registro de Marcade Fábrica y Comercio:

LUMINANCEPara proteger:Clase: 3

PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARALA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR,DESENGRASAR Y RASPAR; (PREPARACIONES ABRASIVAS);JABONES; PERFUMERÍA; ACEITES ESENCIALES; COSMÉTICOS,LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS; EN ESPECIALTRATAMIENTOS Y TINTES PARA EL CABELLO.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03447, veintiséis de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16154 - M 1503942 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de TELEFONOS DE MÉXICO,S.A.B. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercioy Marca de Servicios:

GO PAGINAS TELMEXPara proteger:Clase: 16

PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03470, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

Reg. 16155 - M 1503943 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de ANUNCIOS ENDIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio y Marca de Servicios:

SECCION AMARILLA MULTIMEDIOS

Para proteger:Clase: 16

PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03471, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16156 - M 1503944 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de ANUNCIOS ENDIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio y Marca de Servicios:

ZONA AMARILLAPara proteger:Clase: 16

PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03472, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16157 - M 1503945 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de ANUNCIOS ENDIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio y Marca de Servicios:

LA ZONA AMARILLAPara proteger:

Page 20: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Clase: 16PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03473, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

______________Reg. 16158 - M 1503946 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de ANUNCIOS ENDIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio y Marca de Servicios:

GO SECCIÓN AMARILLAPara proteger:Clase: 16

PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03474, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16159 - M 1503947 - Valor C$ 95.00

Lic. Ana Jeanssy Fornos Ortiz, Apoderado de ANUNCIOS ENDIRECTORIOS, S.A. DE C.V., de México, solicita Registro de Marca deFábrica y Comercio y Marca de Servicios:

GO AMARILLAPara proteger:Clase: 16

PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, NOCOMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERÍA O LA CASA;MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIRY ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DEINSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);

MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS ENOTRAS CLASES); NAIPES; CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 35PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES;ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA.

Clase: 38TELECOMUNICACIONES.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03475, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16160 - M 1503948 - Valor C$ 95.00

Dra. Mirna Ivett Alemán Delgado, Apoderado de Stanford Financial GroupCompany, de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

EAGLEPara proteger:Clase: 16PUBLICACIONES PERIÓDICAS IMPRESAS EN EL CAMPO DENOTICIAS MUNDIALES Y ADMINISTRACIÓN DE CAPITAL.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03476, veintisiete de septiembre, del añodos mil siete. Managua, cinco de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16161 - M 2189756 - Valor C$ 95.00

Dr. Fernando Somarriba de Valery, Apoderado de CROCS, Inc., de EE.U.,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio y Marca de Servicios:

MAMBAZPara proteger:Clase: 25

CALZADO, ROPA, CAMISETAS, SOMBREROS, CHAQUETAS,CALCETINES.

Clase: 35SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR EN LÍNEA DE CALZADO YROPA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02689, nueve de agosto, del año dos milsiete. Managua, quince de agosto, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

—————————Reg. 16162 - M 2189756 - Valor C$ 95.00

Dr. Fernando Somarriba de Valery, Apoderado de Jibbitz, LLC., de EE.UU.,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

JIBBITZPara proteger:Clase: 18

MALETAS Y TIRAS PARA MALETAS, CARTERAS, BOLSAS DEHOMBRO, BOLSOS PARA MENSAJEROS; MOCHILAS; BOLSOS DETOTALIZADOR, BOLSO PARA PAÑALES.

Clase: 25CALZADO, ROPA, SOBRE TODO CAMISETAS, CALCETINES,SOMBREROS Y FAJAS.

Clase: 26OBJETOS PEQUEÑOS DE DECORACIÓN HECHOS DE HULE,PLÁSTICO, PASTA, VIDRIO, PIEDRAS NO PRECIOSAS O METALES

Page 21: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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NO PRECIOSOS, SOBRE TODO, DECORACIONES PARA ZAPATOS,BOTONES PARA ROPA, SUJETADORES RÁPIDOS, SUJETADORES DERESBALE Y SUJETADORES DE ZIPER.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02485, dieciocho de julio, del año dos milsiete. Managua, dieciocho de septiembre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16163 - M 2189756 - Valor C$ 95.00

Dr. Fernando Somarriba de Valery, Apoderado de OCEAN MINDED, INC.,de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

OCEAN MINDEDPara proteger:Clase: 25

CALZADO Y ROPA, PRINCIPALMENTE SANDALIAS, CAMISETAS,SUDADERAS, CHORES Y SOMBREROS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03084, treinta y uno de agosto, del añodos mil siete. Managua, cinco de septiembre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16164 - M 2189756 - Valor C$ 95.00

Dr. Fernando Somarriba de Valery, Apoderado de Crocs, Inc., de EE.UU.,solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

YOU BY CROCSPara proteger:Clase: 25

CALZADO, ROPA, ESPECIALMENTE FALDAS, VESTIDOS, BLUSAS,SUÉTERES, PANTALONES, CAMISAS.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-02961, veintitrés de agosto, del año dosmil siete. Managua, veintinueve de agosto, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

—————————Reg. 16166 - M 2189750 - Valor C$ 435.00

Solicitud de Patente(19) Registro de la Propiedad Intelectual de Nicaragua

(12) Solicitud de patente de: Invención

(21) Número de solicitud: 2007-00132

(22) Fecha de presentación: 14/11/2005

(71) Solicitante:

Nombre: CONG YANG

Dirección: Flat 30C, Block B, Ping Tian huanting, Shang Bao Road, FutianDistrict, Shenzhen, Guangdong, 518034, de China.

Inventor (es): YANG CONG

(74) Representante/Apoderado

Nombre: YAMILET MIRANDA DE MALESPÍN

(30) Prioridad invocada

(33) Oficina de presentación: Oficina de China

(32) Fecha: 02/11/2005, 16/08/2005 y 22/11/2004

(31) Número: 200510117451.4, 200510090760.7 y 200410091154.2

(54) Nombre de la invención:

MOTOR Y VEHICULO DE MOTOR DE VIENTO NEUMÁTICO

(51) Símbolo de clasificación (IPC^7):

F03D 900F03D 902F03D 300F03D 302F03D 304F03D 306F03D 700F03D706F03D 1100F03D 1102

(57) Resumen:

Un motor viento-neumático incluyendo los compartimientos y los impulsoresdel impulsor dispuestos en los compartimientos del impulsor se proporciona.Las entradas de aire para recibir la circulación de aire externa de la resistenciadel viento se disponen en los comportamientos del impulsor, y la circulaciónde aire externa de la resistencia del viento que entra en las entradas de aireconduce los impulsores para funcionar para generar salida de energía.Además, el motor viento-neumático más futuro incluye un sistema del aire-jet para HPCA que echa en chorro en los compartimientos del impulsor, yel de aire comprimido de alta presión interno echada en chorro por el sistemaaire-jet conjuntamente con la circulación de aire externa de la resistenciadel viento que entra en las entradas de aire conduce los impulsores parafuncionar para generar salida de energía. En la actual invención la circulaciónde aire externa de la resistencia alrededor de un vehículo de motor que semueve a una velocidad se convierte en la energía para el uso, que reducegrandemente la consumo de energía y mejora la velocidad móvil de unamáquina de energía. Un vehículo de motor equipado del motor de viento-neumático se proporciona más a fondo.

En virtud del Arto. 33 de la Ley 354, Patentes de Invención, Modelo deUtilidad y Diseños Industrial, los interesados podrán presentar al Registrode la Propiedad Intelectual, OBSERVACIONES a la misma.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, 25 de septiembre de 2007.Mario Ruiz Castillo, Registrador Suplente.

______________

Reg. 16210 - M 2189807 - Valor C$ 95.00

Dr. Francisco Ortega González, Gestor Oficioso de Havenscroft Assets, Inc.,de Panamá, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ATLASPara proteger:Clase: 19

CONCRETO, CEMENTO, MEZCLAS DE CEMENTO, MORTERO,AGREGADOS, ARENA, GRAVA, PIEDRA; MATERIALES PARA LACONSTRUCCIÓN HECHOS DE CONCRETO Y MAMPOSTERÍA, ESDECIR, BLOQUES PARA PISOS, LADRILLOS, PIEDRAS, COLUMNAS,PAREDES, CONDUCTOS, TUBERÍAS, DUCTOS, PANELES, POSTES,BASES, PEDESTALES, BLOQUES, CERCOS, VIGAS, PLANCHAS, CAJAS,CUENCAS, CONTENEDORES, BORDILLOS DE ACERA, ADOQUINES,BARRERAS, PALOS, MONUMENTOS, FIGURAS, BUSTOS, CORNISA(NO METÁLICA) Y OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DECONCRETO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE MAMPOSTERÍA.

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Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03734, dieciocho de octubre, del año dosmil siete. Managua, veintidós de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

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Reg. 16211 - M 2189808 - Valor C$ 95.00

Dr. Francisco Ortega González, Gestor Oficioso de Havenscroft Assets, Inc.,de Panamá, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

S O LPara proteger:Clase: 19

CONCRETO, CEMENTO, MEZCLAS DE CEMENTO, MORTERO,AGREGADOS, ARENA, GRAVA, PIEDRA; MATERIALES PARA LACONSTRUCCIÓN HECHOS DE CONCRETO Y MAMPOSTERÍA, ESDECIR, BLOQUES PARA PISOS, LADRILLOS, PIEDRAS, COLUMNAS,PAREDES, CONDUCTOS, TUBERÍAS, DUCTOS, PANELES, POSTES,BASES, PEDESTALES, BLOQUES, CERCOS, VIGAS, PLANCHAS, CAJAS,CUENCAS, CONTENEDORES, BORDILLOS DE ACERA, ADOQUINES,BARRERAS, PALOS, MONUMENTOS, FIGURAS, BUSTOS, CORNISA(NO METÁLICA) Y OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DECONCRETO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE MAMPOSTERÍA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03735, dieciocho de octubre, del año dosmil siete. Managua, veintidós de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

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Reg. 16212 - M 2189809 - Valor C$ 95.00

Dr. Francisco Ortega González, Gestor Oficioso de Havenscroft Assets, Inc.,de Panamá, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ANDINOPara proteger:Clase: 19

CONCRETO, CEMENTO, MEZCLAS DE CEMENTO, MORTERO,AGREGADOS, ARENA, GRAVA, PIEDRA; MATERIALES PARA LACONSTRUCCIÓN HECHOS DE CONCRETO Y MAMPOSTERÍA, ESDECIR, BLOQUES PARA PISOS, LADRILLOS, PIEDRAS, COLUMNAS,PAREDES, CONDUCTOS, TUBERÍAS, DUCTOS, PANELES, POSTES,BASES, PEDESTALES, BLOQUES, CERCOS, VIGAS, PLANCHAS, CAJAS,CUENCAS, CONTENEDORES, BORDILLOS DE ACERA, ADOQUINES,BARRERAS, PALOS, MONUMENTOS, FIGURAS, BUSTOS, CORNISA(NO METÁLICA) Y OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DECONCRETO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE MAMPOSTERÍA.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03733, dieciocho de octubre, del año dosmil siete. Managua, veintidós de octubre, del año dos mil siete. Mario RuizCastillo, Subdirector.

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Reg. 16213 - M 220575 - Valor C$ 95.00

Dr. Francisco Ortega González, Apoderado de LABORATORIO CHILE,S.A., de Chile, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DOPABEN LCHPara proteger:Clase: 5

UN PRODUCTO PARA EL ALZHEIMER.

Opóngase.Presentada: Expediente N° 2007-03558, cuatro de octubre, del año dos milsiete. Managua, doce de octubre, del año dos mil siete. Mario Ruiz Castillo,Subdirector.

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Reg. 16214 - M 1429717 - Valor C$ 95.00

De conformidad con el artículo 19, Ley 380 Marcas y Otros SignosDistintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábricay Comercio: DESINFECTANTE Azistín, Que consiste en una etiquetarectangular que contiene el dibujo de un piso de ladrillos de color lila claroen su extremo superior izquierdo y lila oscuro en su extremo inferior derecho,al lado derecho de la referida etiqueta se ve el dibujo de un remolino estilizadode color blanco sobre el cual se encuentra escrito en forma ligeramenteinclinada de abajo hacia arriba en letras de caracteres gruesos de color negroy bordes de color blanco, la palabra “AZIStín”, donde la letra “A” es de mayortamaño que las otras, y sobre la letra “n” se ve una estrella de puntasirregulares de color blanco que aparenta luminosidad; sobre las letras “ZIS”entre las letra “A” y “t” se encuentra escrito en letras mayúsculas de colornegro con bordes de color blanco la palabra “DESINFECTANTE”; Debajode la palabra AZIStín se observan tres flores de pétalos color lilas con hojasde color verde y a lado derecho ser le escrita en letra mayúscula de color negrola palabra LAVANDA; detrás del remolino estilizado se ven dos franjas decolor lila claro en posición perpendicular de abajo hacia arriba y sobre dichasfranjas ser ven estrellas con puntas irregular que da la impresión de brillototal, al lado derecho se ven escritos datos alusivos al producto; Al ladoizquierdo de la etiqueta se observa la misma palabra AZIStín anteriormentedescrita y las tres flores; al lado derecho de dichas flores se lee escrita en letrasmayúsculas de color negro la palabra “LAVANDA” y debajo de dicha palabrase lee en una columna de datos relacionadas con la instrucciones de uso delproducto; Debajo de las tres flores se aprecian cuatro pantallas cuadradas conpuntas redondeadas con unas franjas de color negro en la parte superior, sobrela cual se lee escrita en letras mayúsculas de color blanco PISOS, y abajo seve el dibujo de un piso reluciente, en la segunda BAÑOS y se aprecia el dibujode un inodoro de color blanco, en la tercera COCINAS y abajo se ve el dibujode una cocina y la cuarta LAVANDERÍA y abajo se ve una camisa con dosestrellas de color blanco en sus hombros y varios círculos de color blanco;En parte inferior se observa una franja color azul y borde color blanco sobrela que se encuentra escrita en letras mayúsculas de color blanco LIMPIA;DESINFECTA; AROMATIZA, tal como se ve en las etiqueta que acompaño,clases: 3 y 5 Internacional, Exp. 2006-04440, a favor de: COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de EE.UU., bajo el No. 0702487, Tomo: 251de Inscripciones del año 2007, Folio: 75, vigente hasta el año 2017.

Registro de la Propiedad Intelectual, Managua quince de octubre, del 2007.Mario Ruiz Castillo, Subdirector.

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Reg. 16277 - M 2189950 - Valor C$ 95.00

Dra. Gloria María de Alvarado, Apoderado de COORS GLOBALPROPERTIES, INC., de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica yComercio:

C O O R SPara proteger:Clase: 32

CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NOALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRASPREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2005-01940, dieciséis de junio, del año dos mil cinco.Managua, diecisiete de junio, del año dos mil cinco. Mario Ruiz Castillo,Registrador Suplente.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, veintiocho de septiembre delaño dos mil siete. Las once y cincuenta minutos de la mañana. Se actualiza

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el presente aviso para fines de publicación de la Gaceta D.O. Mario RuizCastillo, Registrador Suplente.

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Reg. 16278 - M 2189950 - Valor C$ 95.00

Dra. Zayda Elizabeth Cubas Chavarría, Apoderado de Nike InternationalLtd., de EE.UU., solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

G ZONEPara proteger:Clase: 25

CALZADO

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2007-00300, veintinueve de enero, del año dos milsiete. Managua, cinco de febrero, del año dos mil siete. Ambrosia LezamaZelaya, Directora/Registradora.

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Reg. 16279 - M 2189950 - Valor C$ 95.00

Dra. Zayda Elizabeth Cubas Chavarría,Gestor Oficioso de SANCELA, S.A.DE C.V., de México, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CONFORT DE SABAPara proteger:Clase: 5

ARTÍCULOS SANITARIOS ABSORBENTES PARA USO EN LAMENSTRUACIÓN, TOALLAS SANITARIAS, TAMPONES,PROTECTORES DIARIOS, PRENDAS INTERIOR FEMENINASANITARIAS, PAÑALES Y ROPA INTERIOR PARA ADULTOS.

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2007-00768, dos de marzo, del año dos mil siete.Managua, diecinueve de marzo, del año dos mil siete. Ambrosia LezamaZelaya, Directora/Registradora.

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Reg. 16280 - M 2189950 - Valor C$ 95.00

Dra. Luz Marina Espinoza Ruiz, Apoderado de BINSWANGERINTERNATIONAL LTD., de EE.UU., solicita Registro de Marca deServicios:

BINSWANGER

Para proteger:Clase: 36

SERVICIOS DE CORREDURÍA DE BIENES RAÍCES COMERCIALES EINDUSTRIALES, TALES COMO COMPRA Y VENTA DE PROPIEDADES,ADMINISTRACIÓN DE BIENES RAÍCES DE COMPAÑÍAS, SERVICIOSDE ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES, ASESORAMIENTO ENINVERSIONES, CONSULTORÍA EN REINSTALACIÓN,ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS Y SERVICIOS DE DESARROLLO,AVALÚO DE PROPIEDADES, SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DEARRENDAMIENTO.

Clase: 37SUPERVISIÓN DE GERENCIA DE CONSTRUCCIÓN, DESARROLLO DEINMUEBLES Y CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS RESIDENTES YCOMERCIALES EN EL ÁREA DE BIENES RAICES.

Opóngase.Presentada: Exp. N° 2005-02153, cinco de julio, del año dos mil cinco.

MINISTERIO DE SALUD

Reg. No. 16760 - M. 6752043 - Valor C$ 190.00

CONVOCATORIALICITACION RESTRINGIDA No. 184-11-2007

CONSULTORÍA NACIONAL; “DISEÑO DE EDIFICIO PARASERVICIO DE MEDICINA NUCLEAR EN EL CENTRO

NACIONAL DE RADIOTERAPIA”

La División de Adquisiciones del Ministerio de Salud, ubicada en elComplejo Nacional de Salud, Dra. Concepción Palacios, costado OesteColonia Primero de Mayo, según Resolución Ministerial No. 336-2007de la máxima autoridad, invita a las personas naturales o jurídicasautorizadas en nuestro país para ejercer la actividad de serviciosprofesionales de consultoría de “Diseño de Obras Verticales” e inscritosen el Registro Central de Proveedores del Estado del Ministerio deHacienda y Crédito Público, interesadas en presentar ofertas selladas parala ejecución de la consultoría en referencia. Esta Contratación es financiadacon fondos del Tesoro Nacional.

Los servicios de esta contratación deberán ejecutarse en un plazo de 45días calendario, a partir de la entrega del sitio, el lugar objeto de la presenteconsultoría será: Centro Nacional de Radioterapia, ubicado sobre la pistade la Resistencia, en el asentamiento denominado Tierra Prometida, de laCiudad de Managua, de conformidad a lo establecido en los Términos deReferencia.

Los oferentes elegibles podrán obtener el Pliego de Bases y Condicionesen Idioma Español, en las oficinas de la División de Adquisiciones delMinisterios de Salud, ubicadas en el Complejo Dra. Concepción Palacios;los días 30, 31 de Octubre de 2007 y 01, 02 y 05 de Noviembre de 2007,de las 8:30 a.m. a las 3:30 p.m.

El precio del Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación,tendrá un valor de C$ 100.00 (Cien Córdobas Netos) no reembolsablesy pagaderos en efectivo en la Caja del Ministerio de Salud y retirar eldocumento en la Oficina de la División de Adquisiciones, previapresentación del recibo oficial de caja a nombre del oferente interesado,en concepto de pago del Pliego de Bases y Condiciones.

El Ministerio de Salud realizará Visita al Sitio de la Obra, el día 06 deNoviembre de 2007 a las 10:00 a.m.; el lugar de reunión se indica en elPliego de Bases y Condiciones; se establece, que al momento de presentarsu oferta el oferente deberá Manifestar por escrito que conoce el sitiode los trabajos y que cuenta con la información necesaria relativaa la zona para preparar la oferta y celebrar el Contrato.

Los oferentes deberán presentar a la entidad contratante antes del Actode Apertura de las Ofertas, su Certificado Original de Inscripción en elRegistro Central de Proveedores del Estado, emitido por la DirecciónGeneral de Contrataciones del Estado; Ministerio de Hacienda y CréditoPúblico, el cual deberá estar Vigente; o copia certificada por NotarioPúblico. Aquellos proveedores se hayan inscrito o renovado Inscripcióna partir del Nueve de noviembre del 2006, presentarán el Certificado de

Managua, seis de julio, del año dos mil cinco. Mario Ruiz Castillo, RegistradorSuplente.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, ocho de octubre del año dosmil siete, las nueve y cincuenta y nueve minutos de la mañana. Se actualizael presente aviso para fines de publicación en la Gaceta D.O. Mario RuizCastillo, Registrador Suplente.

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Inscripción impreso a través del SISCAE. A los oferentes que no cumplancon este requisito, no les serán aceptadas sus ofertas y se les devolveránsin abrir.

Las ofertas deberán entregarse en idioma español y con sus precios encórdobas, en el auditorio de la División de Adquisiciones del Ministeriode Salud, de las10:00 a.m. a las 10:30 a.m. del día 21 de Noviembre de2007.

La oferta debe de incluir una garantía de Mantenimiento de Oferta por unmonto de C$ 6,500.00 (Seis Mil Quinientos Córdobas Netos).

Las ofertas técnicas serán abiertas a las 10:35 a.m. del día 21 de Noviembredel año 2007, en presencia del Comité de Licitación y de los Representantesde los Licitantes que deseen asistir, en el Auditorio de la División deAdquisiciones. Las ofertas presentadas después de la hora estipulada noserán aceptadas.

Las disposiciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones de laLicitación se basan en la ley No. 323, “Ley de Contrataciones del Estado”y decreto No. 21-2000 ” Reglamento General a la Ley de Contratacionesdel Estado”.

LUCÍA DEL SOCORRO MURILLO LAU, Presidenta Comité deLicitación.

2-1

MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL

Reg. No. 15149 – M. 2175849 – Valor C$ 95.00

DICTAMEN TECNICO DE PRUEBA DE EFECTIVIDADBIOLOGICA DE PLAGUICIDAS

De conformidad a lo establecido en el Arto. 53 del Reglamento de la Leyno. 274 “Ley Básica para la Regulación y Control de Plaguicidas,Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares” y de acuerdo a losprocedimientos establecidos por la Dirección del Registro Nacional yControl de Insumos Agropecuarios, para realizar pruebas de eficaciabiológica, se emite el presente dictamen técnico de efectividad biológica.

EMPRESA: DOW AGROSCIENCESNOMBRE COMERCIAL DEL PRODUCTO: TRONADOR 18.9 SLNOMBRE COMUN: Aminopyralid + 2,4-DCONCENTRACIÓN: 0.9% +18% FORMULACION: ConcetradoSolubleTIPO DE PLAGUICIDAS: Herbicidas NUEVO: (X)FECHA DE EJECUCIÓN: Oct-Dic 2006 AMPLIACIONES DE USO:( )

De acuerdo a las condiciones en que desarrolló el estudio de eficaciabiológica del producto en mención se emite el presente dictamen pararegistrar el producto bajo las siguientes consideraciones.

Cultivo(s) Plaga(s) Dosis1.Brachiaria spp 1.Ipomoea spp. 0.5 – 2.0 Lt/Ha

2. Malva spp.Observación:Las recomendaciones generales de uso deberán ajustarse a lo que dicta elpresente documento.

Fecha de elaboración: 18 de julio de 2007.-

Lic. Rosa Palma García, Directora DISAG.

INSTITUTO NICARAGUENSE DE ENERGIA

ENTE REGULADOR

Reg. No. 16758 - M. 6752007 - Valor C$ 95.00

El INSTITUTO NICARAGUENSE DE ENERGIA (INE), encumplimiento al arto. 44 de la Ley No. 323 (Ley de Contrataciones delEstado), comunica a los oferentes participantes de la Licitación RestringidaNo. 003-2007 “SERVICIOS DE CAPACITACIÓN EN DERECHOCOMO SEGUNDA CARRERA A FUNCIONARIOS DELINSTITUTO NICARAGUENSE DE ENERGIA”, que de acuerdo aResolución Administrativa No. 016-2007, del dieciocho de Octubre delaño en curso, emitida por el Presidente del Consejo de Dirección del INE,se adjudica la licitación referida a la UNIVERSIDAD CATOLICA“REDEMPTORIS MATER”, hasta por la suma de SEISCIENTOSOCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA CORDOBASNETOS (C$ 682,590.00) por ser la oferta única y que además está dentrodel precio de mercado y se considera que éste es un precio convenientepara los intereses de la Institución.

Managua, Octubre dos mil siete.- INSTITUTO NICARAGUENSE DEENERGIA, ENTE REGULADOR.

INSTITUTO NICARAGUENSE DE TURISMO

JUNTA DE INCENTIVOS TURISTICOS

Reg. No. 15701 – M. 2189109 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIONNo. 053-306-JIT/2007

El suscrito Secretario de la Junta de Incentivos Turísticos, en uso de susfacultades,

CERTIFICA

Que dicha Junta, en uso de las facultades que le confieren la Ley No. 453,Ley de Equidad Fiscal, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 82,de fecha seis de mayo del año dos mil tres, sus reformas que consta en laLey No. 528 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 453, Ley deEquidad Fiscal”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 104 del 31de mayo del año 2005, el Decreto Presidencial No. 27-2005, de fechaveinte de abril del año 2005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No.83 de fecha veintinueve de abril del año 2005, Ley No. 495, Ley Generalde Turismo, publicada en La Gaceta, diario oficial, No. 184, de fechaveintidós de septiembre del año 2004, y la Ley No. 306, Ley de Incentivospara la Industria Turística de la República de Nicaragua, su reglamentoy reformas.

En sesión celebrada el día nueve de Octubre del año dos mil siete, adoptóla resolución, contenida en el Acta No. 09, que en sus partes conducentesdice:

IA solicitud del “INSTITUTO CULINARIO SANTA LUCÍA,SOCIEDAD ANÓNIMA”, representado por la señora MARITZAYAELT SÁNCHEZ FLORES, en su calidad de Apoderada General deAdministración, se aprueba el proyecto denominado “INSTITUTOCULINARIO SANTA LUCÍA Y RESTAURANTE” el que está situadoen el Reparto Las Colinas, de la entrada 100 mts. al este, km 8 de la carreteraa Masaya, por un monto de inversión de US$334,897.00 de los quesolamente la suma de US$294,897.00 podrá optar a los beneficios eincentivos de la ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística

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de la República de Nicaragua. La inversión se destinarán para la ejecuciónde obras civiles de remodelación en un bien inmueble que le fuera cedidoen arriendo, el que es de una sola planta con, un área de 706.00 m2 queesta situado en un lote de terreno que tiene una extensión superficial de2,780.60 Vrs2. La aprobación solo cubre la puesta en funcionamiento deun servicio de restaurante, alimentos y bebidas y la realización de eventosespeciales.

En consecuencia, el proyecto “INSTITUTO CULINARIO SANTALUCÍA Y RESTAURANTE”, aplica a la actividad turística comprendidaen el Capítulo II, numeral 4.6. del arto. 4 relacionada con los Servicios deAlimentos, Bebidas y Diversiones por lo que se hace creedor de losbeneficios e incentivos establecidos en los numerales 5.6.1., 5.6.2., 5.6.4.y 5.9.1.del arto. 5 de la Ley No. 306. de conformidad con el arto. 124 dela Ley de Equidad Fiscal, reformado por la Ley No. 528, Ley de reformasy Adiciones a la Ley de Equidad Fiscal, quedan excluidos dentro del Plande Inversión las exoneraciones a la importación o internación de mercancíasgravadas con el Impuesto selectivo de Consumo (ISC).

En el caso del 5.6.2. el inversionista gozará de dichas exoneraciones unavez que la Junta de Incentivos Turísticos lo declare en operaciones.

Se le otorga a la firma “INSTITUTO CULINARIO SANTA LUCÍA,SOCIEDAD ANÓNIMA” un plazo de DOCE (12) MESES para ejecutarla inversión, contados a partir de la suscripción del Contrato Turísticode Inversión y Promoción.

La firma deberá presentar a la Dirección de Evaluación, Operación yPromoción de Inversiones del INTUR un juego de planos completos(hidrosanitarios, eléctricos, estructural) de la reparaciones y ampliacionesa ejecutar en impreso y en versión electrónica, para que pueda gozar delos incentivos aprobados.

La firma deberá de rendir la respectiva fianza de cumplimiento ante laDirección de Asuntos Jurídicos del INTUR conforme el inc. 6 del arto 20de la Ley No. 306 y de previo a la firma del Contrato Turístico de Inversióny Promoción (arto. 21), requisitos sin los cuáles no podrá hacer uso delos beneficios e incentivos otorgados.

La firma queda obligada, a que una vez finalice la ejecución de la inversiónaprobada y que las instalaciones estén aptas para prestar el servicio parael que fue clasificada, a notificar al INTUR para que esta Junta deIncentivos Turísticos proceda a declarar oficialmente su entrada enoperaciones.

Se comisiona al Secretario para que convoque a la Sra. MARITZAYAELT SÁNCHEZ FLORES, representante legal del proyecto, para queasista a la próxima sesión de esta Junta de Incentivos Turísticos con elfin de conocer los objetivos, alcances y cumplimiento de los requisitosprevios que debe cumplir el proyecto en la parte relacionada con el centrode capacitación y entrenamiento para cocineros, meseros, camareras ybartender de parte de profesionales certificados internacionaa:lmente, enel que se incluye extender títulos.

La certificación del presente acuerdo deberá ser publicada en La Gaceta,Diario Oficial, por la firma solicitante en cumplimiento de las disposicionesde la Ley No, 306, su Reglamento y Reformas.

…partes inconducentes…”

Firman: Sra. Ninette Marcenaro Arias, Representante de INTUR; Sr.Nasser Silwany, Representante de la Comisión de Turismo de la AsambleaNacional; Sr. Bladimir Espinoza, Representante de AMUNIC; Sr.Humberto Solís Reyes; Representante de la D. G. I.; Sr. Mario Rivas

Reyes, Representante de la Presidencia de la República; Sr. MiguelRomero Portela, Representante de CANATUR; Sr. Uriel Figueroa,Representante del MHCP; Sr. Eduardo Sandino Montes, Secretario

Envíese copia de esta Certificación que consta de dos (2) páginasdebidamente rubricada, firmada y selladas al Ministerio de Hacienda yCrédito Público y a la Dirección General de Ingresos.

Dada en la ciudad de Managua, a los once días del mes de Octubre del añodos mil siete. Eduardo Enrique Sandino Montes, Secretario.

ALCALDIA

ALCALDIA MUNICIPAL DE SOMOTO

Reg. No. 15485 – M. 2176313 - Valor C$ 190.00

CERTIFICACION

LUIS FERNANDO POZO MARADIAGA, Secretario del ConcejoMunicipal de Somoto, en uso de las facultades que le confiere la Ley,CERTIFICA el acuerdo que en forma íntegra y literal dice: “ACTANUMERO OCHENTA (80).- En la ciudad de Somoto, departamento deMadriz, a las dos de la tarde del día viernes, veintiuno de Septiembre delaño dos mil siete, reunidos en la Sala de Sesiones del Honorable ConcejoMunicipal de Somoto, previa convocatoria de Ley, los Concejalessiguientes: Luis Fernando Pozo Maradiaga, Luis Alfonso González,Blanca Nubia Aráuz Mairena, Franklin Marín Martínez, Álvaro EnriquePonce, Jesús Encarnación Ríos Cárdenas, Martha Isabel Sandoval y elseñor Alcalde Municipal, Marcio Ariel Rivas Núñez, con el objeto dellevar a efecto la SESION EXTRAORDINARIA , habiendo establecidocomo único punto de agenda, LA DECLARATORIA DE UTILIDADPUBLICA de un predio urbano, propiedad de la EMPRESANICARAGUENSE DE ALIMENTOS BASICOS (ENABAS), que sedescribirá adelante.- Siendo el lugar, fecha y hora señalados para este acto,se procedió en la forma siguiente: UNO: El Secretario del ConsejoMunicipal de Somoto, constató el quórum de Ley.- DOS: El señor AlcaldeMunicipal, don MARCIO ARIEL RIVAS NUÑEZ, que preside lasesión, le dio apertura.- TRES: El señor Alcalde Municipal, propuso alHonorable Consejo, que es consideración en que el Gobierno Municipal,tiene entre sus competencias propias, claramente expresadas en la Ley,la del desarrollo urbanístico.- Considerando además que es una obligaciónimpostergable de la autoridad Municipal de Somoto, resolver el problemaconcreto existente en la parte nor-oriental de la ciudad de Somoto, en elacceso que va de la carretera Panamericana, con rumbo sur, hasta llegaral Barrio AMADO PALMA, donde actualmente nos encontramos conuna vía de acceso sumamente estrecha y que tratándose de una avenida,necesita urgentemente su ampliación para poder proceder a los trabajosIngenieros que permitirán las mejoras y el adecuamiento técnico yasimismo para el desarrollo urbanístico de Somoto; el Honorable ConcejoMunicipal de Somoto, acordó con OCHO VOTOS FAVORABLES,DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA, en forma parcial, la propiedadurbana, de la EMPRESA NICARAGUENSE DE ALIMENTOSBASICOS, (ENABAS), ubicada en la parte nor-oriental de la ciudad deSomoto, con un área según título de dominio de VEINTIUN MILCIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA YSIETE CENTIMETROS, (21,150.37 Mts.2), pero según levantamientoTopográfico, es de TRECE MIL CIENTO CINCUENTA METROSCUADRADOS CON VEINTE Y CUATRO CENTIMETROS DESUPERFICIE, (13,150.24 Mts.2), todo se localiza dentro de los siguienteslinderos: NORTE, Propiedad de Rafael Padilla, hoy CarreteraPanamericana; SUR, Sebastián Corrales, callejón enmedio, Wendy y JoséOctavio Viscay; ESTE, Sebastián Corrales; hoy Porfirio Díaz Iglesias;

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OESTE, Carretera Panamericana, hoy calle de por medio, Corina Cárcamoy Bladimir Alfaro.- Su título de dominio fue autorizado en la ciudad deManagua, a las cuatro y treinta minutos de la tarde del veinte de Mayode mil novecientos noventa y siete, ante el oficio del Notario, OctavioArmando Picado García, se encuentra inscrito bajo el número CINCOMIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES, (5,543), FOLIOTRESCIENTOS UNO (301), ASIENTO CUARTO (IV), TOMOCIENTO CINCUENTA Y NUEVE GUION BE, (159-B), del Libro dePropiedades, Sección de Derechos Reales del Registro Público de laPropiedad Inmueble del departamento de Madriz.- Que de la Propiedadantes descrita y deslindada, se afecta por la declaratoria de utilidadPública, DOS LOTES: 1) Para construcción de calle, mide UN MILDOSCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOSCON CUARENTA CENTIMETROS, (1,283.40 MTS.2), dentro delos siguientes linderos: NORTE: Carretera Panamericana, SUR:Calle principal al Barrio Amado Palma del por medio y/o AugustoTórrez, ESTE: ENABAS, OESTE: Corina Cárcamo de Téllez.- 2)Para Desarrollo urbanístico mide, CINCO MIL TRESCIENTOSNOVENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCOCENTIMETROS (5,390.35 MTS.2), dentro de los siguienteslinderos: NORTE: Carretera Panamericana, SUR: Callejón de pormedio Wendy Viscay, ESTE: Porfirio Díaz, OESTE: Calle de pormedio Corina Cárcamo. El Consejo Municipal de Somoto, fija comomonto de la Indemnización por ambos lotes la suma del equivalente encòrdobas del TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARESCON TREINTA Y TRES CENTAVOS, (U.S $ 3,665.33). Que elHonorable Concejo Municipal fundamenta lo acordado en lo establecidoen el arto. 44 de la Constitución Política de Nicaragua y en lo establecidoen la Ley de Expropiación, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 58del 09 de Marzo de 1976, Decreto No. 229 y en lo que al efecto establecela Ley de Municipios. Como ha quedado establecido, se afirma que laadquisición de estos lotes de terrenos por parte de la Alcaldía Municipalde Somoto, es para utilizarlo exclusivamente en la ampliación de calle yen la construcción de viviendas sociales. Las personas que se crean conderecho sobre dichos bienes tendrán un término máximo de quince díaspara comparecer ante el Honorable Consejo, de esta Municipalidad, conel objeto de llegar directamente con ellos a un avenimiento sobre el montoy forma de pago de la Indemnización.- Si dentro de ocho días de habersepresentado no se llegase a ese avenimiento, se procederá al Juicio deExpropiación. NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE. (F) M. RIVAS N. (F)ILEGIBLE. (F) BLANCA. N. ARAUZ. (F) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(F) JESUS RIOS. (F) MARTHA I. SANDOVAL. (F) ILEGIBLE.(SECRETARIO)”.- Se libra la presente CERTIFICACION en la ciudadde Somoto departamento de Madríz a los veinticuatro días del mes deSeptiembre del año dos mil siete. LUIS FERNANDO POZOMARADIAGA, SECRETARIO CONSEJO MUNICIPAL ALCALDIAMUNICIPAL DE SOMOTO.

UNIVERSIDADES

Reg. No. 16759 - M. 6752009 - Valor C$ 95.00

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA (UNI)

CONVOCATORIA A LICITACION

La Universidad Nacional de Ingeniería, invita a las personas naturales ojurídicas autorizadas en nuestro país e inscritos en el Registro Central deProveedores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que brindeneste tipo de servicios para que participen en la Licitación por Registro 004/2007 denominada “Adquisición de 5 vehículos para la UNI”. Estaadquisición es financiada con fondos provenientes del Gobierno de laRepública de Nicaragua y propios de esta institución.

Tipo de Licitación Venta Reunión de Recepción

del PBC Homologación y apertura

de ofertas

Por Registro Lunes 5, martes 6 y Lunes 12 de noviembre, Miércoles 21

número 004/2007 miércoles 7 de noviembre a las 10:00 am en el aula de noviembre

"Adquisición de 5 del 2007, de 7:30 am a 12:00 de Especialización del del 2007, a las 9:00

vehículos para md y de 1:00 pm a 3:30 pm, edificio de Ingeniería am en el aula de

la UNI”. podrán adquirirlo en las oficinas Civil del UNI - IES, Especialización del

de la División de Adquisiciones, ubicado en la segunda edificio de Ingeniería

previo pago de C$ 250.00 no planta. Civil del UNI - IES,

reembolsables, en Tesorería ubicado en la segunda

UNI-RUSB. planta.

Las ofertas serán entregadas en idioma español y con sus precios encórdobas. COMITÉ DE LICITACION. Telefax 2781466.

__________________Reg. No. 16757 - M. 6752143 - Valor C$ 95.00

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE NICARAGUA“SIRVIENDO A LA COMUNIDAD”

AÑO DEL 40 ANIVERSARIO

CONVOCATORIA A LICITACION RESTRINGIDA

La Universidad Politécnica de Nicaragua, UPOLI, entidad del sectoreducativo con personería jurídica y patrimonio propio, por este medio,se complace en invitar a las firmas constructoras del país legalmenteinscritas en el Registro Central de Proveedores del Estado, a la presentaciónde Ofertas en sobre sellado para el Proyecto “Suministro de EquipoIndustrial para el Laboratorio de Turismo de la Sede CentralUPOLI”.

ALCANCE DE LOS TRABAJOS:Las obras se ejecutarán conforme formato que se presentan como partedel pliego de Bases y Condiciones de la Licitación.

El Proyecto será financiado con fondos provenientes del PresupuestoGeneral de la República.

COSTO DE LOS DOCUMENTOS:Los documentos están a la disposición de los oferentes a un costo dequinientos córdobas netos (C$500.00) y deberán ser pagados en la cajacentral de UPOLI los días 01, 02, 03, 04 y 05 de Noviembre de 2007 enhoras laborables. Los Documentos serán entregados en las Oficinas de laDirección de Administración UPOLI.

RECEPCIÓN DE OFERTAS:Las ofertas serán recibidas el día 16 de Noviembre del 2007 a las 10:00a.m. en las oficinas de la Dirección Administrativa.

Dado en la ciudad de Managua, a los 30 días del mes de Octubre del 2007.-Licenciado Douglas Prado López, Vicerrector Administrativo FinancieroUPOLI.

TITULOS PROFESIONALES

Reg. 16430 - M. 2189261 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 77, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deRegional Multidisciplinaria de Estelí, que esta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

MARIA GUADALUPE GONZALEZ ZAMORA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad Regional Multidisciplinaria deEstelí. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Contaduría

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Pública y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los seis días del mesde agosto del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 6 de agosto de 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora._________________

Reg. 16429 - M. 2189253 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 35, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deRegional Multidisciplinaria de Estelí, que esta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

ERICK DAVID CASTILLO ARAUZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Regional Multidisciplinaria de Estelí. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Contaduría Pública yFinanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente sele conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días delmes de julio del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, Nivea González R.

Es conforme. Managua, 20 de julio de 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora._________________

Reg. No. 15683 - M. 2189072 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 656, Página 329, Tomo I, del Libro de Registro deTítulos de la Universidad correspondiente a la Facultad de Arquitectura,y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL. PORCUANTO:

YARELIS INES MORALES LAGUNA, natural de Matagalpa,Departamento de Matagalpa, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos exigidos por la Facultad de Arquitectura, paraobtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescritoen las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes leextiende el Título de Arquitecto, para que goce de las prerrogativas que lasleyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días delmes de septiembre del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta.- Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Arq. Eduardo Rodríguez Vasque.

Es conforme. Managua, veinticinco de septiembre del 2007.- MBA. RonaldTorres Mercado, Director de Registro.

————————Reg. 15684 - M. 2189136 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 217, Tomo I del Libro de Registro de Título del Escuela deEnfermería Jinotepe, Carazo, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

JANETTE AUXILIADORA LACAYO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por el Escuela de Enfermería Jinotepe, Carazo. POR TANTO:Le extiende el Título de Licenciada en Enfermería en Salud Pública,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15685 - M. 2189112 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 48, Tomo II del Libro de Registro de Título del CentroUniversitario Regional de Chontales, que esta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

JUANA DEL CARMEN SILES GONZALEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Centro Universitario Regional de Chontales.POR TANTO: Le extiende el Título de Profesora de Educación Mediaen la Especialidad de Español, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cuatro días delmes de octubre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 4 de octubre de 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15686 - M. 2189080 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 115, Tomo II del Libro de Registro de Título del InstitutoPolitécnico de la Salud, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

YANET DEL ROSARIO CROVETTO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. POR TANTO: Leextiende el Título de Enfermera Profesional, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de julio del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de julio del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15687 - M. 2189064 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 116, Tomo II del Libro de Registro de Título del InstitutoPolitécnico de la Salud, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

ARGENTINA DEL CARMEN VARELA TOBAL, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. PORTANTO: Le extiende el Título de Enfermera Profesional, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de julio del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de julio del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.

Page 28: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Reg. 15688 - M. 2189066 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 117, Tomo II del Libro de Registro de Título del InstitutoPolitécnico de la Salud, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

MIGUEL ANGEL HERRERA MARTINEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. PORTANTO: Le extiende el Título de Enfermera Profesional, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de julio del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de julio del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15693 - M. 2189117 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 176, Tomo IX del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Económicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

CARLOS MANUEL CARDENAS OROZCO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Licenciado en Mercadotecnia, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15694 - M. 2189114 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 169, Tomo IX del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Económicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

ALEXANDER ANTONIO FONSECA DELGADILLO, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Economía, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15695 - M. 2189088 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 30, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. POR CUANTO:

WISTON JOEL ROSALES GALO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias. POR TANTO: Le extiende el Títulode Licenciado en Ciencias de la Computación, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días delmes de septiembre del dos mil cuatro.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 20 de septiembre del 2004.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. No. 15689 - M. 2186143/2648973 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 71, Tomo X, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

MARIA RENE ABURTO MARTINEZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendeel Título Licenciada en Psicología, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los trece días del mesde noviembre del dos mil seis.- El Rector de la Universidad, R, Sampson.-El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 13 de noviembre de 2006. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro UNAN-LEON.

———————-Reg. No. 15690 - M. 2189092 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 303, Tomo X, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

KAREN MARCELA ALTAMIRANO HERRERA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. PORTANTO: Le extiende el Título Licenciada en Bioanálisis Clínico, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los diez días del mesde octubre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R, Sampson.- ElSecretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 10 de octubre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro UNAN-LEON.

———————-Reg. No. 15691 - M. 2189089 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 187, Tomo VIII, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Jurídicas y Sociales, que esta Oficina lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

JULIO DOLORES SARRIA TORUÑO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. PORTANTO: Le extiende el Título Licenciado en Derecho, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Page 29: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintinueve díasdel mes de agosto del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R, Sampson.-El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 29 de agosto de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro UNAN-LEON.

———————-Reg. No. 15692 - M. 2189087/2660981 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 247, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Económicas y Empresariales, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua”. POR CUANTO:

KAROL JUDITH MORALES DAVILA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.POR TANTO: Le extiende el Título Licenciada en Administración deEmpresas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente sele conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R,Sampson.- El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 25 de septiembre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro UNAN-LEON.

———————-Reg. No. 15696 - M. 2189140 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACION

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA: que en el Libro Registro de Títulos de Pregrado TomoXIV de la Dirección de Registro Académico rola con el Número 022, en elFolio 022 la inscripción del Título que íntegramente dice: Número 022. Hayuna foto en la parte superior derecha. El suscrito Director de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir el Título queliteralmente dice: Hay un Escudo de Nicaragua repujado. LA UNIVERSIDADAMERICANA. Hay un logo de la UAM en dorado. Considerando que:

GUILLERMO ENRIQUE GARCIA CAMPBELL, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el Título de Licenciado en Derecho, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los cuatro días del mes de mayodel año dos mil siete. Firma Ilegible, Doctor Carlos Espinosa Pereira, Rector.Firma Ilegible, Doctora Mayling Lau Gutiérrez, Secretaria General. FirmaIlegible, Doctora Mayling Lau Gutiérrez. Decana. Hay un sello seco de laRectoría impregnado en una estampa dorada.

Registrado con el Número 022, Folio, 022, Tomo XIV del Libro de Registrode Títulos. Managua, Nicaragua, cuatro de mayo del año 2007. Firma Ilegible,Licenciado José Palermo Ruiz Mairena, Dirección de Registro Académico”.Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,cuatro de mayo del año dos mil siete. Firma Ilegible, Licenciado José PalermoRuiz Mairena, Director de Registro Académico. Hay un sello.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,cuatro de mayo del año dos mil siete. Licenciado José Palermo Ruiz Mairena.Dirección de Registro Académico.

——————Reg. No. 15697 - M. 2186147 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACION

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA: que en el Libro Registro de Títulos de Postgrados

Tomo IV de la Dirección de Registro Académico rola con el Número 084,en el Folio 084 la inscripción del Título que íntegramente dice: Número 084.Hay una foto en la parte superior derecha. El suscrito Director de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir el Título queliteralmente dice: Hay un Escudo de Nicaragua repujado. LA UNIVERSIDADAMERICANA. Hay un logo de la UAM en dorado. Considerando que:

NOELIA ISABEL MOLINA BRIONES, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Postgrado impartido por el Instituto Tecnológicoy de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) y en virtud de las potestadesotorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tanto le extiendeel Título de Postgrado en Gerencia de Mercadeo y Publicidad, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los veintisiete días del mes deseptiembre del año dos mil siete. Firma Ilegible, Doctor Ernesto MedinaSandino, Rector. Firma Ilegible, Doctora Mayling Lau Gutiérrez, SecretariaGeneral. Firma Ilegible, Lic. Ana María Hernández Meza, Director (a)Postgrado y Educación Continua/IADE. Hay un sello seco de la Rectoríaimpregnado en una estampa dorada.

Registrado con el Número 084, Folio, 084, Tomo IV del Libro de Registrode Títulos. Managua, Nicaragua, 27 de septiembre del año 2007. FirmaIlegible, Licenciado José Palermo Ruiz Mairena, Dirección de RegistroAcadémico”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, veintisiete de septiembre del año dos mil siete. FirmaIlegible, Licenciado José Palermo Ruiz Mairena.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,veintisiete de septiembre del año dos mil siete. Licenciado José Palermo RuizMairena. Dirección de Registro Académico.

—————————Reg. No. 15670 – M. 2189070 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Dirección de Registro y Control Académico de la Universidad Católica“Redemptoris Mater”, certifica que bajo el Número 401, Página 201, TomoI del Libro de Registro de Títulos que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: La Universidad Católica “Redemptoris Mater”.POR CUANTO:

CELIA MARIA CONTRERAS GARCIA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Humanidades. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Pedagogía con mención enAdministración Educativa, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mesde agosto de dos mil siete.- Presidente Fundador, Cardenal Miguel ObandoBravo.- Rectora, Michelle Rivas Reyes. - Secretario General, Felipe SánchezSánchez.

Conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,tres del mes de agosto de dos mil siete.- Lic. Carol M. Rivas Reyes, Direcciónde Registro y Control Académico.

———————Reg. No. 15672 - M. 2189110 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de Universidad de las Américas(ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 2250, Tomo V, Libro deRegistro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: La Universidad de las Américas.- POR CUANTO:

MERCEDES DE LAS ROSAS PADILLA PEREZ, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título de Licenciadaen Administración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Page 30: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 17 días del mesde septiembre del 2007.- Rector General (f) Evenor Estrada G.- SecretarioGeneral (f) Ariel Otero C.

Es conforme al original. Managua, 19 de septiembre del 2007.- Lic. JoliethCastillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

————————-Reg. No. 15673 – M. 2414223/2189122 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Secretario General de la Universidad Iberoamericana de Cienciay Tecnología (UNICIT), Certifica: Que en el Libro de Registro de Títulosde la Facultad de Electrónica y Computación se inscribió mediantenúmero 116, página 116, Tomo I, el Título a nombre de:

ROBERTO CARLO MUNGUIA ARAICA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos establecidos por esta Universidad, para obtener elgrado correspondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en lasdisposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes se extiende elTítulo de Ingeniero de Sistemas, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le concede.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a los tres días del mesde julio del año dos mil cuatro. Rector de la Universidad, Msc. Luis EnriqueLacayo Sánchez. Secretario General, Msc. Gonzalo José Espinoza Gaitán.Resp. De Registro Académico, Msc. Karla Mercado Delgadillo..

Managua, tres de julio del 2004. Secretario General.—————————

Reg. No. 15674 – M. 2189075 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de Registro Académico de la Universidad MartínLutero, certifica bajo el Folio 8, No. 180, Tomo I del Libro de Registro deTítulos de Graduados de esta Institución, que esta Oficina lleva a su cargo,inscribió el Título que íntegra y literalmente dice: LA UNIVERSIDADMARTÍN LUTERO. POR CUANTO:

MANUEL DE JESUS BORGE GARCIA, ha cumplido con los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Administrativas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los veintinueve días del mes demarzo del 2006. Firman: Msc. Vassia Dimitrova, Rectora de la Universidad.-Lic. Abel Meléndez, Secretario general. Lic. Cándida Rosa Molina Soza,Directora de Registro Académico UML.

————————Reg. No. 15669 - M. 2189129 - Valor C$ 145.00

CERTIFICADO

En relación a la solicitud de Incorporación de Título de LICENCIADA ENEDUCACION PRIMARIA, ENFASIS en EDUCACION AMBIENTALy CIENCIAS NATURALES, presentada por BEATRIZ SALGADOBOJORGE, de nacionalidad nicaragüense, mismo que fue otorgado por laUniversidad Francisco de Paula Santander, Cúcuta, Colombia, el 26 deseptiembre de 1997, y para los efectos contemplados en los artículos 7, 10y15 del Reglamento para el Reconocimiento o Incorporación de Profesionalesen Nicaragua, la suscrita Secretaria General de la Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua, UNAN-Managua.

CERTIFICA

Que en sesión ordinaria número veintidós, del veintisiete de agosto del añodos mil siete, el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónomade Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la solicitud de Incorporación deTítulo de LICENCIADA EN EDUCACION PRIMARIA, ENFASIS enEDUCACION AMBIENTAL y CIENCIAS NATURALES, de BEATRIZ

SALGADO BOJORGE. Habiendo dictaminado favorablemente la solicitudla Facultad de Ciencias e Idiomas y no habiendo observaciones, el ConsejoUniversitario decidió aceptarla, declarando en consecuencia dicho Títulolegalmente válido e Incorporado en Nicaragua.

Managua, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil siete.- NiveaGonzález Rojas, Secretaria General.

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro Académico Estudiantil yEstadística de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, certifica que: El Título de LICENCIADA EN EDUCACIONPRIMARIA, ENFASIS en EDUCACION AMBIENTAL Y CIENCIASNATURALES de BEATRIZ SALGADO BOJORGE, y el Certificado deIncorporación fueron registrados en el Libro de Incorporaciones de laUNAN-Managua, inscripción No. 446, Folios 495, 496, Tomo III. Managua,19 de septiembre del 2007.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de septiembredel dos mil siete.- Rosario Gutiérrez Ortega, Directora.

—————————Reg. No. 15671 – M- 2189085 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Secretaria General de la Universidad Nacional Agraria certificael Acuerdo de la Incorporación Profesional de José Filadelfo López Caleroen Nicaragua, adoptado por el Rector mediante RESOLUCION No. 011-2007, del quince de junio del año dos mil siete que literalmente dice: “ElRector de la Universidad Nacional Agraria, Ing. Telémaco TalaveraSiles en uso de la facultad que la Ley No. 89. Ley de Autonomía delas Instituciones de Educación Superior le confiere y teniendo a lavista el Acuerdo del Consejo Universitario No. 1453 de la Sesión No.410 del 11 de Junio del año 2007, en el que aprueba el dictamenemitido por la Secretaria General, en consecuencia aprueba laIncorporación Profesional como Ingeniero Agrónomo a JoséFiladelfo López Calero de nacionalidad nicaragüense y declaralegalmente válido e incorporado en Nicaragua el título de IngenieroAgrónomo, Especialidad Fitotecnia en el grado Académico deIngeniero, extendido por la Universidad Agraria de Moldavia, el 30de marzo del año 1993. La Secretaria General extenderá certificaciónde la presente Resolución para su debida inscripción en la Oficinade Registro de la Universidad Nacional Agraria, para su ulteriorpublicación en La Gaceta, Diario Oficial, a instancias y por cuentadel solicitante. Dado en Managua, República de Nicaragua a losquince días del mes de junio del año dos mil siete. Ing. TelémacoTalavera Siles, Rector (firma) sello. “Es conforme su original con el quedebidamente cotejado y el cual se encuentra registrado en el Libro deResoluciones correspondiente y para efectos de ley se le extiende la presentecertificación en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciochodías del mes de junio del año dos mil siete. Lic. Esther Carballo Madrigal.

___________________

Reg. No. 15721 - M. 2189164 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Responsable del Departamento de Registro de la U.N.A., certificaque el bajo Número 153, Página 077, Tomo I del Libro de Registro de Título,que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Agraria” POR CUANTO:

BYRON FULGENCIO CRUZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Una Sede Juigalpa. POR TANTO: Le extiende el Títulode Ingeniero Agrónomo, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nueve días delmes de noviembre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Francisco Telémaco Talavera Siles.- Director del Centro, Luisa AmandaMartínez Ruiz. Secretario General, Ronald José Quiroz Ocampo.

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CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 297, Tomo I del Libro de Registro de Título de la FacultadEducación e Idiomas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

MARIA HAYDEE GALEANO SOTO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Educación e Idiomas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Ciencias de la Educación en laEspecialidad de Español, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15726 - M. 2189169 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 976, Tomo II del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Médicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

EMILIO JOSE PEREZ NARVAEZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendeel Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cinco días delmes de diciembre del dos mil tres.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 5 de diciembre del 2003.- Rosario Gutiérrez,Directora.

_________________Reg. 15727 - M. 2189157 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 153, Tomo IX del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Económicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

EDUARDO JOSE AGUILAR, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Económicas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

______________Reg. 15728 - M. 2189166 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 73, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deHumanidades y Ciencias Jurídicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,nueve de noviembre agosto del año dos mil cinco.- Lic. Darling J. DelgadoJirón, Responsable de Registro.

—————————Reg. No. 15722 - M. 2189189 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Responsable del Departamento de Registro de la U.N.A., certificaque bajo el Número 059, Página 030, Tomo II del Libro de Registro de Título,que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

JULIAN MARCIO SIRIA SAMPSON, natural de León, Departamentode León, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultadde Agronomía. POR TANTO: Le extiende el Título de IngenieroAgrónomo de la orientación de Fitotecnia, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treintiún díasdel mes de agosto del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, FranciscoTelémaco Talavera Siles.- Decano de la Facultad, Dennis Salazar Centeno.Secretaria General, Esther Carballo Madrigal.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,treintiuno de agosto del año dos mil siete.- Lic. Darling Delgado Jirón,Responsable de Registro.

—————————Reg. 15723 - M. 2189184 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 165, Tomo IX del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Económicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

HUGO DARIO MARENCO CASTILLO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15724 - M. 2189183 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 130, Tomo IX del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Económicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

MANUEL SALVADOR CRUZ RIVERA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Licenciado en Economía, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días delmes de agosto del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 7 de agosto del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15725 - M. 2189181 - Valor C$ 95.00

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inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

JUAN FRANCISCO PALACIO SOLIS, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Derecho, para quegoce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 13 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. No. 15729 - M. 2189160 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua, Certifica que bajo el No. 29, Página 134, Tomo I, delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultadde Informática y que esta instancia lleva a su cargo se inscribió el Títuloque dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. POR CUANTO:

MARITZA LOURDES MARTINEZ DIAZ, natural de El Rama, Departamentode R.A.A.S., República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en lasdisposiciones vigentes. POR TANTO: Se le extiende el Título de Ingenieraen Computación y Sistemas, para que goce de los derechos y prerrogativasque las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cinco días delmes de julio del año dos mil seis. Rector Fundador de la Universidad, Dra. OlgaMaria del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Ing. Hulasko Antonio Meza Soza, Lic. Oscar VargasMeza, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

——————-Reg. No. 15730 - M. 2189162 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Responsable de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua, Certifica que bajo el No. 05, Página 198, Tomo III,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias Agrarias y que esta instancia lleva a su cargo seinscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA.POR CUANTO:

GEOVANY AGUSTIN REYES, natural de Juigalpa, Departamento deChontales, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en lasdisposiciones vigentes. POR TANTO: Se le extiende el Título de Ingenieroen Ciencias Agrarias, para que goce de los derechos y prerrogativas quelas leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días delmes de junio del año dos mil cuatro. Rector Fundador de la Universidad, Dr.Adrián Meza Castellanos. Secretaria General, Dra. Olga María del SocorroSoza Bravo. Decano de la Facultad, Ing. Alejandro Mendoza Fonseca, Ing.Noel Obando Ruiz, Resp Registro Académico Central, UPONIC.

——————-Reg. No. 15731 - M. 2189154 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua, Certifica que bajo el No. 60, Página 56, Tomo I, delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultadde Ciencias de la Economía y que esta instancia lleva a su cargo se inscribióel Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. PORCUANTO:

YAJAIRA DEL SOCORRO CASTILLO, natural de San Lorenzo,Departamento de Boaco, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Se le extiende elTítulo de Licenciada en Administración de Empresas, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diez días del mesde marzo del año dos mil siete. Rector de la Universidad, Dra. Olga Mariadel S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila. Decanode la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz, Lic. Oscar Vargs Meza, Dir.Registro Académico Central, UPONIC.

——————-Reg. No. 15716 – M. 2189173 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N., Certificaque la Página 158, Tomo I, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde FF.CC.AA, que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice “La Universidad Cristiana Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

ALFONSO SALVADOR VELASQUEZ BRAVO, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Agropecuarias. PORTANTO: Le extiendo el Título de Ingeniero en Ecología Agraria, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los once días del mesde julio del año dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Msc. JeannetteBonilla de García.- El Secretario General, Lic. Manelly Bonilla Miranda.

Es conforme. León, 11 de julio del 2007.- Director de Registro U.C.A.N.————————

Reg. No. 15717 – M. 2189206/1429523 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Dirección de Registro y Control Académico de la Universidad Católica“Redemptoris Mater”, certifica que bajo el Número 104, Página 52, TomoI del Libro de Registro de Títulos que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: La Universidad Católica “Redemptoris Mater”.POR CUANTO:

CARLA GABRIELA GONZALEZ PORRAS, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yadministrativas. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enAdministración de Empresas con mención en Turismo y Hotelería,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticinco díasdel mes de julio de dos mil siete.- Presidente Fundador, Cardenal MiguelObando Bravo.- Rectora, Michelle Rivas Reyes. - Secretario General, FelipeSánchez Sánchez.

Conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,veinticinco del mes de julio de dos mil siete.- Lic. Carol M. Rivas Reyes,Dirección de Registro y Control Académico.

———————Reg. No. 15718 - M. 2189212 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 1934, Página 179, Tomo III, del Libro de Registrode Títulos de la Universidad correspondiente a la Facultad de Electrotecniay Computación, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL. PORCUANTO:

MARIA ALEJANDRA RUIZ VINDELL, natural de Managua, Departamento

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de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos exigidos por la Facultad de Electrotecnia y Computación,para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentesle extiende el Título de Ingeniero en Computación, para que goce de lasprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días delmes de septiembre del año dos mil siete.- Es conforme. Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta.- Secretario General, Ing. DiegoMuñoz Latino. Decano de la Facultad, Ing. Ariel Roldán Paredes.

Managua, veinticinco de septiembre del 2007.- MBA. Ronald TorresMercado, Director de Registro.

————————Reg. No. 15719 - M. 2189215- Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora del Departamento de Admisión y Registro de la U.C.Ccertifica que en Folio No. 378, Tomo No. 06 del Libro de Registro de Títulosde graduados en la Carrera de Contaduría Pública y Finanzas, que esteDepartamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LAUNIVERSIDAD DE CIENCIAS COMERCIALES. POR CUANTO:

SCARLETTE LISSETTE ROJAS RAMIREZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos académicos del plan de estudios correspondiente y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada en Contaduría Pública y Finanzas, para que gocede las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los dieciocho días del mes dediciembre del dos mil cinco.- El Rector de la Universidad, Dr. GilbertoBergman Padilla.- El Secretario General, Dr. Jorge Quintana García.

Es conforme. Managua, Nicaragua, a los doce días del mes de octubre del dosmil siete.- Lic. Adela Oporta López, Directora de Registro Académico.

—————————Reg. No. 15720 - M. 2189221 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIONEl Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 283, Tomo X, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

HENRY BENITO MACKLIEN GONZALEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R.Sampson.- El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 25 de septiembre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-León.

———————-Reg. 15808 - M. 2189242 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 131, Tomo II del Libro de Registro de Título del InstitutoPolitécnico de la Salud, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

YELBA ROSA ROMERO GONZALEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. POR

TANTO: Le extiende el Título de Enfermera Profesional, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días delmes de agosto del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 30 de agosto del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15809 - M. 2189284 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 288, Tomo III del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Médicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

JUAN ALBERTO BERRIOS MEJIA, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendeel Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

___________________Reg. 15810 - M. 2189264 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 277, Tomo III del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Médicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

REYNALDO BARRIOS OBREGON, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendeel Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días delmes de agosto del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 30 de agosto del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15811 - M. 2189227 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 84, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deHumanidades y Ciencias Jurídicas, que esta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

CARMEN MARIA ROA ESPINOZA, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Licenciado en Derecho, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P.- El Secretario General, Nivea González R.

Es conforme. Managua, 24 de septiembre del 2007.- Rosario Gutiérrez,Directora.

Page 34: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

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Reg. 15812 - M. 2189230 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 29, Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. POR CUANTO:

CAROLINA DEL SOCORRO HERRERA FUENTES, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad Ciencias. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Ciencias de la Computación, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta días delmes de agosto del dos mil cuatro.- El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P.- El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 30 de agosto del 2004.- Rosario Gutiérrez, Directora.___________________

Reg. 15813 - M. 2189235 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 219, Tomo III del Libro de Registro de Título de la Facultad deCiencias Médicas, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

MARIA ELISA ALVAREZ BRAVO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias Médicas. POR TANTO: Le extiendeel Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce días delmes de abril del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, Francisco GuzmánP.- El Secretario General, Nivea González R.

Es conforme. Managua, 12 de abril del 2007.- Rosario Gutiérrez, Directora.________________

Reg. No. 15814 - M. 2189272 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 293, Tomo X, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

JUAN JOSE GUADAMUZ SAMPSON, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. POR TANTO:Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R.Sampson.- El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 25 de septiembre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-León.

———————-Reg. No. 15815 - M. 2189271 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 184, Tomo V, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Odontología, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título quedice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

LEONARDO JOSE PERALTA CANIZALES, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Odontología. POR TANTO: Leextiende el Título de Cirujano Dentista, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R.Sampson.- El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 25 de septiembre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-León.

———————-Reg. No. 15816 - M. 218949 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, certificaque a la Página 295, Tomo X, del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Médicas, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua”. PORCUANTO:

THELMA MARGARITA DE JESUS CUADRA TORREZ, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas.POR TANTO: Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco días delmes de septiembre del dos mil siete.- El Rector de la Universidad, R.Sampson.- El Secretario General, Rog. Gurdián.

Es conforme. León, 25 de septiembre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-León.

———————-Reg. No. 15817 - M. 2189278 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad de las Américas(ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 2175, Tomo V, Libro deRegistro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: La Universidad de las Américas.- POR CUANTO:

OLGA DE LOS ANGELES SANDINO GUERRERO, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título de Licenciadaen Administración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 29 días del mesde abril del 2007.- Rector General (f) Evenor Estrada G.- Secretario General(f) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua, 29 de abril del 2007.- Lic. Jolieth CastilloUgarte, Dir. Registro y Control Académico.

————————-Reg. No. 15818 - M. 2189256 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad de las Américas(ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 1834, Tomo IV, Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: La Universidad de las Américas.- PORCUANTO:

MARLENE CRISTINA GUTIERREZ CRUZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título de Licenciadaen Administración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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31-10-07 209

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 29 días del mesde abril del 2007.- Rector General (f) Evenor Estrada G.- Secretario General(f) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua, 29 de abril del 2007.- Lic. Jolieth CastilloUgarte, Dir. Registro y Control Académico.

————————-Reg. No. 15819 - M. 2189267 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 160, Página 81, Tomo I, del Libro de Registro deTítulos de la Universidad, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL.POR CUANTO:

ING. OVED DAVID RAMIREZ PALMA, natural de Somoto, Departamentode Madriz, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos exigidos por el PROGRAMA DE ESTUDIOS AMBIENTALESURBANOS TERRITORIALES (PEA/UT), para obtener el gradocorrespondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en las disposicionesorgánicas y reglamentos universitarios vigentes le extiende el Título deESPECIALISTA EN GESTION Y EVALUACION DE IMPACTOAMBIENTAL, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentosdel ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiocho díasdel mes de julio del año dos mil seis.- Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta.- Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino.

Es conforme. Managua, veintiún de agosto del dos mil seis.- Lic. René BrenesA. Director de Registro

———————-Reg. No. 15820 - M. 2189275 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 1852, Página 138, Tomo III, del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Electrotecniay Computación y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL. PORCUANTO:

ALBERTO JOSE ARGEÑAL GUTIERREZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos exigidos por la Facultad de Electrotecnia yComputación, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: Envirtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Eléctrico, paraque goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce días delmes de julio del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, Ing. Aldo UrbinaVillalta.- Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano de laFacultad, Ing. Ariel Roldán Paredes.

Es conforme. Managua, veinticinco de septiembre del 2007.- Mba. RonaldTorres Mercado, Director de Registro UNI.

———————-Reg. No. 15821 - M. 2189303 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 1804, Página 162, Tomo III, del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Industria y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL. PORCUANTO:

PATRICIA IZAMARA MEDAL ZAPATA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de laIndustria, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtudde lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Ingeniero Industrial, para que goce delas prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintinueve díasdel mes de agosto del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta.- Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Ing. Daniel Cuadra Horney.

Es conforme. Managua, veinticinco de septiembre del 2007.- Mba. RonaldTorres Mercado, Director de Registro UNI.

———————-Reg. No. 15822 - M. 2189293 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el No. 1848, Página 184, Tomo III, del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Industria y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPUBLICA DE NICARAGUA, AMERICA CENTRAL. PORCUANTO:

WALTER LORENZO GARCIA GONZALEZ, natural de León,Departamento de León, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de laIndustria, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtudde lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Ingeniero Industrial, para que goce delas prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los siete días delmes de septiembre del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta.- Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Ing. Daniel Cuadra Horney.

Es conforme. Managua, veinticinco de septiembre de 2007.- Mba. RonaldTorres Mercado, Director de Registro UNI.

———————-Reg. No. 15823 - M. 2189287- Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica de Nicaragua,certifica que en el Folio 317, Tomo VII, Partida 3352, del Libro de Registrode Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua”. PORCUANTO:

MAGDIEL BENJAMIN ARGUELLO JUAREZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así como lasdisposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica deNicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado enMercadotecnia, para que goce de los derechos y prerrogativas que la leyle concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de diciembre del dosmil seis. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval. ElSecretario General (ai), Lic. Tomás Téllez Ruiz. El Director de Registro, Lic.Laura Cantarero

Es conforme. Managua, doce de diciembre del dos mil seis. Lic. LauraCantarero, Directora.

——————Reg. No. 15824 - M. 2630992- Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

Page 36: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 209 del 31 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2007-10-31.pdf · de edad, con domicilio en la ciudad de Managua, capital de la

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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31-10-07 209

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica de Nicaragua,certifica que en el Folio 055, Tomo VIII, Partida 3776, del Libro de Registrode Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua”. PORCUANTO:

ILIANA DEL SOCORRO SUAREZ HERNANDEZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así como lasdisposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica deNicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enMercadotecnia, para que goce de los derechos y prerrogativas que la leyle concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de agosto del dosmil siete. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval. ElSecretario General (ai), Lic. Tomás Téllez Ruiz. El Director de Registro, Lic.Laura Cantarero

Es conforme. Managua, diez de septiembre del dos mil siete. Lic. LauraCantarero, Directora.

——————Reg. No. 15825 - M. 2189280 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACION

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA: que en el Libro Registro de Títulos de Pregrado TomoXV de la Dirección de Registro Académico rola con el Número 075, en elFolio 075 la inscripción del Título que íntegramente dice: Número 075. Elsuscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americanaprocede a inscribir el Título que literalmente dice: Hay un Escudo deNicaragua repujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de laUAM en dorado. Considerando que:

DAPHNE ARACELI MONTENEGRO NAVAS, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudio de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el Título de Licenciada en Turismo y AdministraciónHotelera, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes yreglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los ocho días del mes deseptiembre del año dos mil siete. Firma Ilegible, Doctor Ernesto MedinaSandino, Rector. Firma Ilegible, Doctora Mayling Lau Gutiérrez, SecretariaGeneral. Firma Ilegible, Licenciada Lucy Valenti García. Decano. Hay unsello seco de la Rectoría impregnado en una estampa dorada.

Registrado con el Número 075, Folio, 075, Tomo XV del Libro de Registrode Títulos. Managua, Nicaragua, ocho de septiembre del año 2007. FirmaIlegible, Licenciado José Palermo Ruiz Mairena, Dirección de RegistroAcadémico”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, ocho de septiembre del año dos mil siete. Firma Ilegible,Licenciado José Palermo Ruiz Mairena, Director de Registro Académico.Hay un sello. Hay una foto en la parte inferior derecha.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,ocho de septiembre del año dos mil siete. Licenciado José Palermo RuizMairena. Dirección de Registro Académico.

——————Reg. No. 15826 - M. 2189851 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACION

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA: que en el Libro Registro de Títulos de PostgradosTomo IV de la Dirección de Registro Académico rola con el Número 063,en el Folio 063 la inscripción del Título que íntegramente dice: Número 063.Hay una foto en la parte superior derecha. El suscrito Director de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir el Título queliteralmente dice: Hay un Escudo de Nicaragua repujado. LA UNIVERSIDADAMERICANA. Hay un logo de la UAM en dorado. Considerando que:

MELISSA LOPEZ MADRIGAL, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Postgrado impartido por el Instituto Tecnológico y deEstudios Superiores de Monterrey (ITESM) y en virtud de las potestadesotorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tanto le extiendeel Título de Postgrado en Gerencia de Mercadeo y Publicidad, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los veintisiete días del mes deseptiembre del año dos mil siete. Firma Ilegible, Doctor Ernesto MedinaSandino, Rector. Firma Ilegible, Doctora Mayling Lau Gutiérrez, SecretariaGeneral. Firma Ilegible, Lic. Ana María Hernández Meza, Director (a)Postgrado y Educación Continua/IADE. Hay un sello seco de la Rectoríaimpregnado en una estampa dorada.

Registrado con el Número 063, Folio, 063, Tomo IV del Libro de Registrode Títulos. Managua, Nicaragua, 27 de septiembre del año 2007. FirmaIlegible, Licenciado José Palermo Ruiz Mairena, Dirección de RegistroAcadémico”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, veintisiete de septiembre del año dos mil siete. FirmaIlegible, Licenciado José Palermo Ruiz Mairena. Hay un sello.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,veintisiete de septiembre del año dos mil siete. Licenciado José Palermo RuizMairena. Dirección de Registro Académico.

_________________Reg. No. 15804 – M. 2189297 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Responsable de la Oficina de Registro Académico de la UniversidadCatólica Agropecuaria del Trópico Seco, certifica que en la página 045, bajoel Número 128, Tomo III, del Libro de Registro de Título de la UniversidadCatólica Agropecuaria del Trópico Seco que esta oficina lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: La Universidad Católica Agropecuaria delTrópico Seco. POR CUANTO:

HARLIN DEMETRIO GARCIA CRUZ, natural de La Trinidad,Departamento de Estelí, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Plan de Estudios de su carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Ingeniero Agropecuario, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua a los catorce días del mesde mayo del año 2007. Rector de la Universidad, Msc. Juan Abelardo MataGuevara.- Secretario General: Lic. José Tulio Salinas Weimar.- Lic. IvaniaToruño Montenegro, Responsable de Registro Académico UCATSE.

_______________Reg. No. 15805 - M. 2189241 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Responsable del Departamento de Registro de la U.N.A., certificaque bajo el Número 052, Página 026, Tomo II del Libro de Registro de Título,que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

EDUARDO REMIGIO BRAVO SANTAMARIA, natural de Chinandega,Departamento de Chinandega, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Agronomía. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Ingeniero Agrónomo de la orientación de Fitotecnia, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treintiún díasdel mes de agosto del año dos mil siete.- Rector de la Universidad, FranciscoTelémaco Talavera Siles.- Decano de la Facultad, Dennis Salazar Centeno.Secretaria General, Esther Carballo Madrigal.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,treintiuno de agosto del año dos mil siete.- Lic. Darling Delgado Jirón,Responsable de Registro.