Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 187 del 30 de...

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LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 228-3791 / 222-7344 Tiraje:850 Ejemplares 28 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXII No.187 Managua, martes 30 de septiembre de 2008 5959 SUMARIO Pág. CASA DE GOBIERNO Acuerdo Presidencial No. 367-2008...................................5960 Acuerdo Presidencial No. 368-2008...................................5960 Acuerdo Presidencial No. 371-2008...................................5960 Acuerdo Presidencial No. 372-2008...................................5961 Acuerdo Presidencial No. 373-2008...................................5961 MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Asociación Organización para el Desarrollo Integral (AGUA DE MAYO)..............................................5962 Estatutos Asociación Amigos del Museo Gregorio Aguilar Barea (Amigos del Museo) (A.M.U.G.A.B.)......................5964 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Acuerdo Ministerial No. 058-2008....................................5966 Resolución Ministerial No. 024-2008.................................5966 Resolución Ministerial No. 026-2008.................................5967 MINISTERIO DE SALUD Modificación No. 2 al Programa de Contrataciones Específico del año 2008......................................................................5967 Modificación No. 2 al Programa de Contrataciones Específico del año 2008......................................................................5968 MINISTERIO DEL TRABAJO Acuerdo Ministerial JCHG-010-09-08...............................5968 INSTITUTO NICARAGUENSE DE FOMENTO COOPERATIVO Resolución No. 174-2008...................................................5969 Resolución No. 175-2008...................................................5969 Resolución No. 176-2008...................................................5970 Resolución No. 177-2008...................................................5970 Resolución No. 178-2008...................................................5970 INSTITUTO NICARAGUENSE DE SEGUROS Y REASEGUROS Licitación Pública No. 06-08..............................................5971 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Licitación por Registro No. 04/2008..................................5971 Modificación No. 4 al Programa Anual de Contrataciones para el año 2008..................................................................5971 ALCALDIA Alcaldía Municipal de Chichigalpa Compra por Cotización......................................................5972 UNIVERSIDADES Títulos Profesionales.......................................................5972 SECCION JUDICIAL Declaratoria de Herederos................................................5986

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LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 228-3791 / 222-7344

Tiraje:850 Ejemplares 28 Páginas

Valor C$ 45.00Córdobas

AÑO CXII No.187Managua, martes 30 de septiembre de 2008

5959

SUMARIOPág.

CASA DE GOBIERNO

Acuerdo Presidencial No. 367-2008...................................5960

Acuerdo Presidencial No. 368-2008...................................5960

Acuerdo Presidencial No. 371-2008...................................5960

Acuerdo Presidencial No. 372-2008...................................5961

Acuerdo Presidencial No. 373-2008...................................5961

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Asociación Organización para el DesarrolloIntegral (AGUA DE MAYO)..............................................5962

Estatutos Asociación Amigos del Museo Gregorio AguilarBarea (Amigos del Museo) (A.M.U.G.A.B.)......................5964

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Acuerdo Ministerial No. 058-2008....................................5966

Resolución Ministerial No. 024-2008.................................5966

Resolución Ministerial No. 026-2008.................................5967

MINISTERIO DE SALUD

Modificación No. 2 al Programa de Contrataciones Específicodel año 2008......................................................................5967

Modificación No. 2 al Programa de Contrataciones Específicodel año 2008......................................................................5968

MINISTERIO DEL TRABAJO

Acuerdo Ministerial JCHG-010-09-08...............................5968

INSTITUTO NICARAGUENSEDE FOMENTO COOPERATIVO

Resolución No. 174-2008...................................................5969

Resolución No. 175-2008...................................................5969

Resolución No. 176-2008...................................................5970

Resolución No. 177-2008...................................................5970

Resolución No. 178-2008...................................................5970

INSTITUTO NICARAGUENSEDE SEGUROS Y REASEGUROS

Licitación Pública No. 06-08..............................................5971

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Licitación por Registro No. 04/2008..................................5971

Modificación No. 4 al Programa Anual de Contratacionespara el año 2008..................................................................5971

ALCALDIA

Alcaldía Municipal de ChichigalpaCompra por Cotización......................................................5972

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales.......................................................5972

SECCION JUDICIAL

Declaratoria de Herederos................................................5986

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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30-09-08 187

CASA DE GOBIERNO

Gobierno de Reconciliación y Unidad NacionalUnida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N° 367-2008

El Presidente de la República de Nicaragua,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1. Se autoriza al Procurador General de la República para quecomparezca ante la Notaría del Estado a suscribir “Escritura Pública deAsignación en Administración”; a favor del Ministerio de Educación(MINED) para uso del “Instituto Nacional Rosa Montoya Flores”,respecto de un lote de terreno, ubicado en el Barrio Santiago Morán,jurisdicción del Municipio de El Cuá, Departamento de Jinotega, el cualtiene una extensión superficial de Una hectárea con un mil doscientoscuarenta y seis metros cuadrados y dieciséis centésimas de metrocuadrado (1Ha con 1,246.16m²) equivalentes a Una manzana concinco mil novecientos cincuenta y una varas cuadradas y setenta ydos centésimas de vara cuadrada (1 Mz con 5,951.72vrs²), comprendidodentro de los linderos siguientes: Norte, Sur y Oeste: Calle de por medio,casas del Barrio Santiago Morán, y Este: Casas del Barrio SantiagoMorán. El inmueble así descrito pertenece al Estado de la República deNicaragua y se encuentra inscrito bajo Finca No. 41,795; Folio: 241,Tomo: 531; y Folio: 204 del Tomo: 534 Asiento: 1º. Columna deInscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades delRegistro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Jinotega.

Artículo 2. Las disposiciones legales contenidas en el artículo 1 delpresente acuerdo, son aplicables en cumplimiento con lo dispuesto en losartículos: 58, 65, 105 párr. 2), 116, 119 y 150 inc. 1) de la ConstituciónPolítica de Nicaragua.

Artículo. 3 El Procurador General de la República deberá tener a la vistalos respectivos documentos justificativos y requeridos para la Asignaciónen Administración, a que se refieren el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo 4. Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la Toma dePosesión del Procurador General de la República, como suficientesdocumentos para acreditar su representación.

Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día nueve deseptiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidentede la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privadopara Políticas Nacionales.

____________ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 368-2008

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1. Se autoriza al Procurador General de la República para quecomparezca ante la Notaría del Estado a suscribir “Escritura Pública de

Asignación en Administración”; a favor del Ministerio de Educación(MINED) para uso del Centro Escolar: “Alfonso Cortez”, respecto deun lote de terreno, ubicado en la Comunidad de Ayapal, jurisdicción delMunicipio de San José de Bocay, Departamento de Jinotega, el cual tieneuna extensión superficial de Cuatro mil cuatrocientos quince metroscuadrados con diecisiete centésimas de metro cuadrado (4,415.17m²)equivalentes a Seis mil doscientas sesenta y dos varas cuadradas concincuenta y cuatro centésimas de vara cuadrada (6,262.54vrs²),comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: Propiedad deWenceslao Rivera Briones; Sur: Propiedad de Alba Rizo; Este: Calle depor medio y propiedad antes de Santiago Salgado, hoy de Isidro MartínezAndino; y Oeste: Calle de por medio que va hacia el Río Ayapal ypropiedad del Señor Juan Pablo Salgado Hernández. El inmueble asídescrito pertenece al Estado de la República de Nicaragua y se encuentrainscrito bajo Finca No. 41813; Folio: 259; Tomo: 531; Folios: 57 y 58del Tomo: 537; Asiento: 1º, y Columna de Inscripciones, Sección deDerechos Reales, Libro de Propiedades del Registro de la PropiedadInmueble y Mercantil de Jinotega.

Artículo 2. Las disposiciones legales contenidas en el artículo 1 delpresente acuerdo, son aplicables en cumplimiento con lo dispuesto en losartículos: 58, 65, 105 párr. 2), 116, 119 y 150 inc. 1) de la ConstituciónPolítica de Nicaragua.

Artículo 3. El Procurador General de la República deberá tener a la vistalos respectivos documentos justificativos y requeridos para la Asignaciónen Administración, a que se refieren el artículo 1 del presente Acuerdo.

Articulo 4. Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la Toma dePosesión del Procurador General de la República, como suficientesdocumentos para acreditar su representación.

Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los nueve días del mesde septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidentede la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privadopara Políticas Nacionales.

____________ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 371-2008

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo. 1 Se autoriza al Procurador General de la República para quecomparezca ante la Notaría del Estado a suscribir “Escritura Pública deAceptación de Desmembración y Donación Gratuita e Irrevocablede Bien Inmueble y Asignación en Administración”; de un lote deterreno donado a favor del Estado de la República de Nicaragua, por elSeñor Rafael Agustín Tijerino Haslam, mediante Escritura Pública NúmeroCatorce de Desmembración y Donación Gratuita e Irrevocable yDesmembración de Bien Inmueble, otorgada a las diez de la mañana deldía veinticinco de febrero del año dos mil ocho, autorizada ante los oficiosde la Notario Dayanira Auxiliadora Espinoza, el cual está ubicado en laComarca Yassica Sur, jurisdicción del Municipio de San Ramón;Departamento de Matagalpa; compuesto por una extensión superficialde Cinco mil setecientos veintitrés metros cuadrados con veinticincocentésimas de metro cuadrado (5,723.25m²), equivalentes a Ochomil ciento diecisiete varas cuadradas con noventa y cuatro centésimasde vara cuadrada (8,117.94vrs²), cuya poligonal se describe con los

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siguientes lados, rumbos y distancias: Se abre la poligonal con el Lado 1-2, Rumbo S 76°22´27´´ W, Distancia 29.14m, sigue el Lado 2-3, RumboN 7°16´ 47´´ W, Distancia 11.80 m, continúa el Lado 3-4, Rumbo N80°35´01´´ W, Distancia 33.68 m, con estos tres lados 1-2, 2-3 y 3-4 sedelimita parcialmente el lindero Sureste del lote, continúa el Lado 4-5,Rumbo N 5°12´13´´ E, Distancia 7.71 m, continúa el Lado 5-6, RumboN 74°43´19´´ W, Distancia 8.76 m, continúa el Lado 6-7, Rumbo N77°31´48´´ W, Distancia 22.20 m, continúa el Lado 7-8, Rumbo S16°36´8´´ W, Distancia 9.80 m, continúa el Lado 8-9, Rumbo N79°40´31´´W, Distancia 12.20 m, continúa el Lado 9-10, Rumbo N0°9´23´´ E, Distancia 42.43 m, con estos seis lados 4-5, 5-6, 6-7, 7-8, 8-9 y 9-10 se termina de conformar el suroeste del lote, continúa el Lado10-11, Rumbo N 15°27´52´´ E, Distancia 23.72 m, continúa el Lado 11-12, Rumbo S 73°0´39´´ E, Distancia 28.88 m, continúa el Lado 12-13,Rumbo S 16°36´48´´ W, Distancia 18.62 m, continúa el Lado 13-14,Rumbo S 82°37´29´´ E, Distancia 18.00 m, continúa el Lado 14-15,Rumbo N 6°39´50´´ E, Distancia 3.22 m, continúa el Lado 15-16, RumboS 80°37´47´´ E, Distancia 5.32 m, continúa el Lado 16-17, Rumbo N18°55´1´´ E, Distancia 11.20 m, con estos siete lados 10-11, 11-12, 12-13, 13-14, 14-15, 15-16 y 16-17 se delimita el lindero Noroeste del lote,continúa el Lado 17-18, Rumbo S 72°39´36´´ E, Distancia 48.82 m,continúa el Lado 18-19, Rumbo S 6°23´23´´ E, Distancia 20.61 m, secierra la poligonal con el Lado 19-1, Rumbo S 4°29´18´´E, Distancia 32.61m, con estos tres lados se constituye el lindero Noreste del terrenodesmembrado; todo delimitado con los colindantes siguientes: Noreste:Camino de por medio que conduce hacia El Roble, propiedad de MáximoJirón, Juan Castellón Escobar; Noroeste: Camino de por medio queconduce hacia El Roble, Rafael Tiberino, Máximo Jirón; Sureste: Caminode por medio que conduce hacia San Ramón, propiedad de Rafael Tiberinoy Suroeste: Melba Rosales y Rafael Tijerino. El inmueble así descrito,se encuentra inscrito a favor del Estado de la República de Nicaragua bajoFinca No. 101,577; Tomo: 994; Folios: 285-287; Asiento: 1°, Columnade Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades delRegistro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Matagalpa; y es unadesmembración de su finca matriz inscrita bajo Finca No. 3,873; Tomo:21-R; Folio: 49 Asiento: 10° y Tomo: 32-R, Folio: 167; Columna deInscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades delRegistro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Matagalpa.

Artículo. 2 Se Asigna en Administración el bien inmueble descrito en elartículo uno, al Ministerio de Educación (MINED), para uso del CentroEscolar “La Corona” ubicado en la Comarca Yassica Sur, del Municipiode San Ramón del Departamento de Matagalpa; en tal efecto se autorizaal Procurador General de la República, incorporar esta asignación encláusula respectiva de la escritura pública que se le autoriza suscribir enel artículo precedente.

Artículo. 3 Las disposiciones legales contenidas en los artículos 1 y 2 delpresente acuerdo, son aplicables en cumplimiento con lo dispuesto en losartículos: 58, 65, 105 párr. 2), 116, 119 y 150 inc. 1) de la ConstituciónPolítica de Nicaragua.

Artículo. 4 El Procurador General de la República deberá tener a la vistalos respectivos documentos justificativos y requeridos para la Aceptaciónde Donación de Bien Inmueble y Asignación en Administración, a que serefieren los artículos 1 y 2 del presente Acuerdo.

Artículo. 5 Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la Toma dePosesión del Procurador General de la República, como suficientesdocumentos para acreditar su representación.

Artículo. 6 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los nueve días del mesde septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidentede la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privadopara Políticas Nacionales.

____________ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 372-2008

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo. 1 Se autoriza al Procurador General de la República para quecomparezca ante la Notaría del Estado a suscribir “Escritura Pública deAsignación en Administración”; a favor del Ministerio de Educación(MINED) para uso del Centro Escolar “Los Chagüitones”, respecto aun lote de terreno, ubicado en la Comunidad Los Chagüitones, jurisdiccióndel Municipio de San Rafael del Norte, Departamento de Jinotega, el cualtiene una extensión superficial de Quinientos cuarenta y ocho metroscuadrados con setenta y seis centésimas de metro cuadrado(548.76m²) equivalentes a Setecientas setenta y ocho varas cuadradascon treinta y seis centésimas de vara cuadrada (778.36vrs²),comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte y Este: Propiedadde Guillermo Castillo, Sur: Calle de por medio, propiedad de FelícitaSiles; y Oeste: Calle de por medio que en sus diferentes sentidos dedirección conduce hacia San Francisco y El Horno, propiedad de JuanFrancisco Díaz López. El inmueble así descrito pertenece al Estado de laRepública de Nicaragua y se encuentra inscrito bajo Finca No. 41,807;Folio: 253, Tomo: 531 y Folios: 42 y 43 del Tomo: 537, Asiento: 1º.Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro dePropiedades del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil deJinotega.

Artículo. 2 Las disposiciones legales contenidas en el artículo 1 delpresente acuerdo, son aplicables en cumplimiento con lo dispuesto en losartículos: 58, 65, 105 párr. 2), 116, 119 y 150 inc. 1) de la ConstituciónPolítica de Nicaragua.

Artículo. 3 El Procurador General de la República deberá tener a la vistalos respectivos documentos justificativos y requeridos para la Asignaciónen Administración, a que se refieren el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo. 4 Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la Toma dePosesión del Procurador General de la República, como suficientesdocumentos para acreditar su representación.

Artículo. 5 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los nueve días del mesde septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidentede la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privadopara Políticas Nacionales.

____________ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 373-2008

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo. 1 Se autoriza al Procurador General de la República para que

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comparezca ante la Notaría del Estado a suscribir “Escritura Pública deAsignación en Administración”; a favor del Ministerio de Educación(MINED) para uso del Centro Escolar: “Olga Cifuentes”, respectode un lote de terreno, ubicado en la Comarca El Llanito jurisdicción delMunicipio de Teustepe, Departamento de Boaco, el cual tiene unaextensión superficial de Novecientos cuarenta y dos metros cuadradoscon cincuenta y seis centésimas de metro cuadrado (942.56m²)equivalentes a Un mil trescientos treinta y seis varas cuadradas connoventa y cuatro centésimas de vara cuadrada (1,336.94vrs²),comprendido dentro de los linderos siguientes: Noreste: Propiedad deFilomena Alvarado; Noroeste: Propiedad de Pantaleón Alvarado yServidumbre de Paso; Suroeste: Calle de por medio que en sus diferentessentidos de dirección conduce hacia El Rancho, Río Malacatoya yTeustepe, y propiedad de Armando Durán; y Sureste: Calle de pormedio que conduce hacia Teustepe, hacia el Río Malacatoya y propiedadde Antonio Alvarado. El inmueble así descrito pertenece al Estado de laRepública de Nicaragua y se encuentra inscrito bajo Finca No. 30,335;Tomo: 332; Folios: 276-277; Asiento: 1º Columna de Inscripciones,Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Públicode la Propiedad Inmueble y Mercantil de Boaco.

Artículo. 2 Las disposiciones legales contenidas en el artículo 1 delpresente acuerdo, son aplicables en cumplimiento con lo dispuesto en losartículos: 58, 65, 105 párr. 2), 116, 119 y 150 inc. 1) de la ConstituciónPolítica de Nicaragua.

Artículo. 3 El Procurador General de la República deberá tener a la vistalos respectivos documentos justificativos y requeridos para la Asignaciónen Administración, a que se refieren el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo. 4 Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la Toma dePosesión del Procurador General de la República, como suficientesdocumentos para acreditar su representación.

Artículo. 5 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los nueve días del mesde septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidentede la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privadopara Políticas Nacionales.

MINISTERIO DE GOBERNACION

ESTATUTOS ASOCIACION ORGANIZACION PARA ELDESARROLLO INTEGRAL (AGUA DE MAYO)

Reg. No. 14657 - M. 7644211- Valor C$ 965.00

CONSTANCIA DE INSCRIPCION

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua.HACE CONSTAR. Que bajo el número Perpetuo cuatro mil setenta yocho (4078), del folio número cuatro mil ciento ochenta y siete al folionúmero cuatro mil ciento noventa y cuatro (4187-4194), Tomo: III, Libro:DECIMO (10º), que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió laentidad nacional denominada: “ASOCIACION ORGANIZACIONPARA EL DESARROLLO INTEGRAL” (AGUA DE MAYO) Conformeautorización de Resolución del primero de abril del año dos mil ocho. Dadoen la ciudad de Managua, el día catorce de abril del año dos mil ocho.Deberán publicar en la Gaceta, Diario Oficial, los estatutos insertos enla escritura número TRESCIENTOS DIECIOCHO (318), Protocolizadopor el Licenciado Ramón Uriel Ruiz Téllez, el día veinticinco de junio delaño dos mil cinco. Dr. Gustavo A, Sirias Q. Director.

ESTATUTOS DE ASOCIACION ORGANIZACION PARA ELDESARROLLO INTEGRAL (AGUA DE MAYO).-CAPITULOPRIMERO: Denominación, Naturaleza, Duración, Domicilio y Objetivos.-ARTICULO 1.- Asociación Organización para el Desarrollo Integralconocida indistintamente mediante el nombre de AGUA DE MAYO, esuna organización civil sin fines de lucro, de carácter social, sin orientaciónpolítica alguna, autónoma, capaz de adquirir derechos y contraerobligaciones.-ARTICULO 2.- La Asociación tendrá una duraciónindefinida; podrá disolverse en las formas y por las causales que señalasu acta constitutiva, los presentes estatutos y de acuerdo a los causalesque establezcan las leyes de la materia.-ARTICULO 3.- el domicilio osede legal de la asociación será la cuidad de Matagalpa, pudiendoestablecer oficinas y filiales en toda la nación y fuera de esta, bastandopara su acreditación la certificación de la resolución en la cual la juntadirectiva cree la oficina o dependencia responsable de ejecutar losprogramas de desarrollo que impulse la Asociación. ARTICULO 4. LOSOBJETIVOS DE LA ORGANIZACIÓN SON LOS SIGUIENTES: a).-PROMOVER Y APOYAR A LA POBLACION NICARAGÜENSE,PRIORIZANDO LOS SECTORES MÁS VULNERABLES, EN SUDESARROLLO, A TRAVES DE ESTRATEGIAS SOCIO-ECONOMICAS ORIENTADAS a):- La utilización de una tecnologíaalternativa de producción, apropiada a las actuales condiciones económicasdel país, La diversificación de la producción agrícola y forestal, utilizandoadecuadamente los recursos naturales, de manera que se permita larecuperación y mejoramiento de nuestro medio ambiente, respetando yapoyando las costumbres de cada grupo social, las tradiciones, lenguase identidad cultural de las comunidades indígenas. b). - CONTRIBUIRAL DESARROLLO Y LA PARTICIPACIÓN DINÁMICA DE LAMUJER EN LOS PROGRAMAS QUE EJECUTE AGUA DE MAYO:Priorizando con armonía, el respeto pleno, la igualdad de deberes yderechos, sin exclusión alguna de raza, identidad o ideología. c).-DESARROLLAR PROGRAMAS DE TRANSFERENCIASTECNOLÓGICAS DIRIGIDAS A LOS SECTORES RURALES YURBANOS A FIN DE CONTRIBUIR EFECTIVAMENTE ALMEJORAMIENTO DE SUS NIVELES Y CONDICIONES DE VIDA.Priorizando la conservación de los recursos naturales en toda su amplitud.Promoviendo el desarrollo de grupos urbanos y rurales que se encuentrenen condiciones de pobreza y extrema pobreza. Incentivar la autogestión,el desarrollo organizacional comunitario, considerando las iniciativaslocales. d).- DESARROLLAR Y PROMOVER LA AGRICULTURAECOLÓGICA. Promoviendo el manejo integrado de cuencas. Incentivandoel aprovechamiento de recursos propios de las unidades productivas.Aplicando un manejo integrado de plagas y enfermedades.- CAPITULOSEGUNDO: Del patrimonio de la Asociación.-ARTÍCULO 5.- Aunquela Asociación sea sin fines de lucro podrá poseer su patrimoniopara atender los costos necesarios y alcanzar la realización de sus fines,y para iniciar actividades cada asociado aportará QUINIENTOSCORDOBAS NETOS, (C$ 500.00) cada uno, haciendo un total de tresmil quinientos Córdobas netos. (C$ 3,500.00). El patrimonio de laasociación lo constituyen: a)-la aportación inicial de sus miembrosfundadores. b)-las donaciones materiales y financieras recibidas depersonas naturales y jurídicas nacionales o extranjeros. c)-Los bienesmuebles e inmuebles y derechos que adquiera y reciba en calidad dedonación la Asociación. d)-Todo ingreso que obtenga por medio lícitosaun cuando no estén previstos en la escritura de constitución o en estosestatutos y que no contravengan los objetivos de la Asociación.ARTICULO 6.- para el impulso de sus objetivos, la Asociación podráefectuar toda clase de operaciones que estando dentro del marco legal,estén relacionadas con su naturaleza y fines, y en correspondencia conla escritura constitutiva y los presentes estatutos. ARTICULO 7.- encaso de cancelación de la Asociación por las causas establecidas en lasleyes de la materia. Los bienes que constituyen su patrimonio seentregaran en calidad de Donación a un centro de beneficencia o a unaAsociación sin fines de lucro.-ARTICULO 8.- en caso de retiro de un

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Asociado, éste no tendrá derecho a reclamar los aportes que hayaentregado en su carácter de Asociado, ya que los mismos quedan desdesu aportación como parte del patrimonio de la Asociación. CAPITULOTERCERO III: De los Asociados. ARTICULO 9.- toda persona nacionalo extranjera de reconocidas calidades morales e identificada con losobjetivos y fines de la Asociación podrá ser miembro de esta. ARTICULO10.- el ingreso se determinará mediante solicitud por escrito, con el avalde dos Asociados, el que deberá ser ratificado por la asamblea general deasociados, siendo esta la instancia que decide los ingresos y retiros deasociados. ARTÍCULO 11.- la Asociación reconoce las siguientes calidadesde: Asociados Fundadores, Asociados Activos, Asociados Honorarios yColaboradores.- son Asociados Fundadores los que suscribieron el actaconstitutiva de la Asociación.- Son Asociados Activos los que ingresanaprobados como tales por la asamblea general de asociados y contribuyanmaterialmente o mediante su esfuerzo con los objetivos y fines de laAsociación.- son Asociados Honorarios aquellas personas que con suloable contribución coadyuven a los fines y objetivos de la asociación ypor ello se hagan acreedores de tal calificación por la junta directiva, quienlos propondrá a la asamblea general para su ratificación, y.- sonColaboradores aquellas personas naturales o jurídicas que apoyan a laAsociación no de manera continua y sistemática, sino a través de susrelaciones, experiencias y excepcionalmente con recursos materiales.ARTÍCULO 12.- son obligaciones de los Asociados: cumplir con losestatutos, reglamentos, resoluciones y acuerdos que se adopten. Asistirpersonalmente a las Asambleas Generales de asociados. Aceptar ycumplir con responsabilidad, los cargos o tareas que le fuerenencomendados.-Velar por el buen uso de los bienes patrimoniales de laAsociación.- Informar a la Junta Directiva sobre los resultados deldesempeño de su cargo y tarea asignada.-Aportar regularmente las cuotasperiódicas que se establezcan.-ARTICULO 13.- Son derechos de losAsociados: elegir a los de la Junta Directiva. Ser electos como miembrosde la Junta Directiva o cargos en la promoción y ejecución de proyectos.-Otorgar aval y proponer ingresos de nuevos Asociados por la vía de laJunta Directiva. Ser informado acerca de los logros y dificultades de laAsociación en el cumplimiento de sus objetivos. Hacer propuestas,postulación y proyectos ante la Junta Directiva y la Asamblea General.Representar a la Asociación por delegación expresa de esta en actividadesque así lo requieran. ARTICULO 14.- la condición de Asociado seextingue: Por muerte; Por renuncia; Por acuerdo tomado en AsambleaGeneral de Asociados que motive un retiro; Por desligarse de la Asociaciónsin informar a la Junta Directiva, habiendo con ello inasistido a dossesiones Continuas de la Asamblea General de Asociados. CAPITULOCUARTO: De la estructura organizativa. ARTÍCULO 15.- los órganosde dirección de Asociación Organización para el Desarrollo Integral(AGUA DE MAYO), por medio de su junta, los siguientes: A).- laAsamblea General de Asociados y; B).- la Junta Directiva.- CAPITULOQUINTO: De la Asamblea General de Asociados. ARTICULO 16.- laAsamblea General de Asociados es el máximo organismo y la principalautoridad de la Asociación; se integrará con sus Asociados fundadoresactivos. ARTICULO 17.- la Asamblea General de Asociados sesionaráordinariamente una vez al año en el periodo que comprende el primertrimestre del año; pudiendo efectuar reuniones extraordinarias cuando loestime necesario la junta directiva o cuando lo soliciten por lo menos tresmiembros a través de la Junta Directiva. La convocatoria la hará la JuntaDirectiva por medio del secretario con señalamiento del lugar, hora, díay con un mínimo de siete días de anticipación. La convocatoria se harápersonalmente o por cualquier medio de comunicación, podrá publicarse,también, en uno de los diarios de circulación nacional. ARTICULO 18.-para que haya quórum en la Asamblea General de Asociados, deberánestar presentes el ochenta por ciento de los Asociados, este mismorequisito será necesario para tomar resoluciones, las que una vez emitidasserán de obligatorio cumplimiento. ARTÍCULO 19.- si a una primeraconvocatoria no asistiera la mayoría establecida en el artículo anterior, sepondrá en razón de ello en el libro de actas; se efectuará una segunda

convocatoria designándose así en la misma y se realizará la sesión con losAsociados que asistan, siendo plenamente válido lo que se resuelva.ARTÍCULO 20.- son atribuciones de la Asamblea General de Asociados:a)- establecer la política general y las líneas de acción de la Asociación conarreglo a los presentes estatutos y la Escritura Constitutiva. b)- Velar porel cumplimiento de los estatutos y demás resoluciones emanadas de losórganos de la Asociación. c)- Discutir y aprobar las reformas que fuerennecesarias a los presentes estatutos, en base a propuestas presentadas porla Junta Directiva o por iniciativas surgidas de la misma Asamblea Generalde Asociados con el respaldo de por lo menos el cincuenta por ciento delos Asociados. d)- Elegir a la Junta Directiva. e)- Discutir, modificar yaprobar los informes y balances que le sean presentados. f)- Decidir ensu caso la disolución de la Asociación. g)- Aprobar el estatus de AsociadosHonorarios en base a propuestas de la junta directiva y ratificar losingresos de nuevos miembros. h)- Resolver los casos de pérdida de calidadde Asociados por incumplimiento de las obligaciones establecidas,desacato de los presentes estatutos u otras causas fijadas por las leyes.i)- La Asamblea General de Asociados podrá tomar cualquier resoluciónque no contravenga a la Escritura Constitutiva, los presentes Estatutosy las Leyes de la materia. CAPITULO SEXTO: De la Junta Directiva.ARTICULO 21.- la administración de la Asociación estará a cargo de unaJunta Directiva compuesta de siete asociados, quienes ejercerán lossiguientes cargos: Presidente; Vice-presidente; Secretario; Tesorero;Fiscal; Primer Vocal; Segundo Vocal.- ARTICULO 22.- la primera juntadirectiva, será aquella designada por los asociados fundadores en el actaconstitutiva de la asociación quienes ejercerán los cargos durante el primerperiodo. -ARTICULO 23.- los periodos de los cargos de miembros de lajunta directiva serán de dos años, a partir de la fecha de su elecciónrealizada en Asamblea General de Asociados pudiendo ser reelectos.-ARTICULO 24.- para poder optar a un cargo de la Junta Directiva elpropuesto deberá reunir los siguientes requisitos:- Tener como mínimoun año de ser Asociados.- Haber cumplido satisfactoriamente con tareas,funciones o actividades propias de la Asociación.- Cumplir con lascontribuciones periódicas establecidas.- Expresar su interés y aceptaciónde la postulación.- ARTÍCULO 25.- cada dos años, al concluir el periodode la Junta Directiva en vigencia se convocara a la Asamblea General deAsociados para efectos de elegir nueva Junta Directiva, sin perjuicio delo dispuesto en el artículo veintitrés afines.-ARTÍCULO 26.- en caso defalta definitiva de un miembro de la Junta Directiva, la Asamblea Generalde Asociados deberá elegir a quien completara el periodo, aplicándose lodispuesto en el artículo veinte y cuatro.-ARTICULO 27.- la JuntaDirectiva sesionará ordinariamente una vez al mes, pudiendo efectuarreuniones extraordinarias cuando fuere necesario; la convocatoria a lasreuniones se hará con una semana de anticipación en el caso de lasordinarias, y cuarenta y ocho horas en el caso de las extraordinarias, dichasconvocatorias estarán a cargo del presidente de la Junta Directiva, y ensu efecto, del secretario de la misma.-ARTICULO 28.-el quórum para lasreuniones de la Junta Directiva, será constituido con un mínimo de tresde sus Asociados.-ARTÍCULO 29.-serán funciones de la Junta Directiva,las siguientes: a)- definir la estructura administrativa de la Asociación ymodificarla en el caso necesario. b) Estructurar e implementar la políticade la Asociación. c) Llevar a la práctica las políticas, planes, programasy proyectos de la Asociación. d) Adquirir derechos y contraer obligacionesa nombre de la Asociación en lo referente al desarrollo y la ejecución desus fines y objetivos Asociación. e) Elaborar y aprobar los presupuestosde la Asociación y sus modificaciones. f) Nombrar, remover y en su caso,aceptar las renuncias de los funcionarios de la Asociación en el territorionacional y el exterior. g) Proponer los Asociados honorarios de laAsociación, a la Asamblea General de Asociados para su ratificación. h)Nombrar el o los auditores para el control financiero. i) Gestionar losrecursos de carácter internos y externos que sean necesarios para la buenamarcha de la Asociación. j) Formar comisiones, comités o delegar tareasque estime necesarias para la ejecución de planes, programas y actividadesde la Asociación. k) Establecer nuevas oficinas o dependencias que

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resulten necesarias para el funcionamiento de la Asociación.- ARTICULO30.- el presidente de la Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:a)- ser el representante legal de la Asociación en actos judiciales yextrajudiciales y ante los organismos con los que debe tratar la Asociación,actuando dentro y fuera del país con las facultades de un ApoderadoGeneralísimo, pudiendo este a su vez conferir Poderes Generales,Generalísimos y Especiales de todas o algunas de sus facultades. b)-Asegurar el eficiente funcionamiento de la entidad y el cumplimiento delActa Constitutiva y los presentes Estatutos. c)- Rectorar las sesiones dela Asamblea General de Asociados, la Junta Directiva y otras actividadesoficiales de la Asociación. d)- Implementar y mantener vínculos ycomunicación con otros organismos afines a si como con entidadespúblicas y privadas en aras de lograr los fines y objetivos de la Asociación.-ARTICULO 31.- por falta o inhabilidad del presidente, corresponderá larepresentación de la Asociación al vicepresidente y en defecto de ambos,al secretario y así sucesivamente.-ARTICULO 32.- el secretario es elcanal de comunicación oficial de la Asociación, fungirá como secretarioen las sesiones de la Asamblea General de Asociados y Junta Directiva,levantará las actas correspondientes y en su caso certificara las mismas;firmará junto con el presidente las actas de ambos órganos, revisará ycontrolará el cumplimiento de los acuerdos. Son también funciones delsecretario las demás que se le asignaren en estos Estatutos y las que lesotorgue la Junta Directiva.-ARTICULO 33.- el contenido general de lasactas de las reuniones de la Asociación, será el siguiente: señalamiento deltipo de reunión, numero de acta y órgano que se reúne. Lugar, fecha y horaen que se inicia y finaliza la reunión. Nombre de los participantes. Agenda.Desarrollo de los temas tratados. Redacción de acuerdos. Nombre y firmadel secretario que levantó el acta y firma del presidente.-ARTICULO 34.-el tesorero será el encargado de custodiar los bienes de la Asociación,asegurando el debido registro y control de los mismos.-ARTÍCULO 35.-para la apertura de cuentas bancarias, la expedición de cheques y otrostítulos valores, así como para avalar estos últimos, será necesaria la firmadel presidente o del secretario, mancomunada con la del tesorero.-ARTICULO 36.- el fiscal vigilará el exacto cumplimiento de los presentesEstatutos, las resoluciones de la Asamblea General de Asociados, y JuntaDirectiva; velará por el correcto aprovechamiento de los fondos. Presentaráinformes periódicos de su gestión a la Asamblea General de Asociados.-ARTICULO 37.- el vocal suplirá las ausencias temporales de los otrosdirectivos, cumplirá la función de divulgador en los casos que fuerenecesario para la Asociación.-CAPITULO SEPTIMO: Duración,Disolución y Liquidación.-ARTICULO 38.- la Asociación tendrá unaduración indefinida pero podrá disolverse: a)-por las causas que señalakla Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, en su artículo25. b)-Por acuerdo tomado por la Asamblea General extraordinaria,convocada especialmente par este efecto por el presidente, mediando paraello la solicitud de las tres cuartas partes de los asociados.-ARTÍCULO39.- en caso de disolución de la Asociación, la Asamblea Generalextraordinaria convocada para tal efecto, deberá determinar la liquidacióny el destino que se dará al patrimonio de la Asociación de conformidadcomo lo dispuesto en el artículo siete de los presentes estatutos.CAPITULO OCTAVO: Disposiciones generales.-ARTICULO 40.- lono prescrito en estos Estatutos, así como cualquier desavenencia que surjadel seno de la Asociación con respecto a su funcionamiento, administración,interpretación y aplicación de su Escritura Constitutiva o de estosEstatutos, será resuelto por la Junta Directiva. Tales resoluciones seránde efecto inmediato, pero deberán ser ratificadas por la Asamblea Generalde Asociados cuando el caso sea atribución de la misma.-ARTICULO41.- la reforma de los presentes Estatutos solo será posible mediante elvoto favorable del ochenta por ciento de los asociados. Se acuerda librarcertificación de la presente acta para realizar los trámites ante lasautoridades correspondientes. En este estado se concluye la sesión, a lassiete de la noche del mismo día, mes, año, leída que fue la presente, laencontramos conforme y firmamos.-ARTICULO 42.- en este mismo actose procede a integrar la Junta Directiva de la Asociación Organización para

el Desarrollo Integral (Agua de Mayo), los que con carácter definitivoejercerán sus funciones durante el periodo que comienza el veinte deSeptiembre del año del año dos mil cinco y que concluirá el veinte deSeptiembre del año dos mil siete. Así se expresaron los comparecientesa quienes instruí sobre el objeto, valor y trascendencias legales de este acto,del valor y significación de las cláusulas generales que aseguran la validezde este instrumento y de las que contienen renuncias y estipulacionesexplicitas e implícitas que hace. Doy fe de haber leído esta escritura a loscomparecientes quienes la encuentran conforme, aprueban, ratifican yfirman conmigo el notario que doy fe de todo lo relacionado. (F) Ilegible.(F) Ilegible. (F) Ilegible. (F) Ilegible. (F) Ilegible. (F) Ilegible (F). Ilegible.PASO ANTE MI: Paso Ante mi del frente del folio numero Doscientostres al reverso del folio numero doscientos doce de protocolo numero ochoque llevo en el presente año y a solicitud de los señores, JUANFRANCISCO ZELEDON TORREZ, SANDRA RAMONA TORREZTORREZ, KARLA PATRICIA ZELEDON TORREZ, MARIA DEJESUS MENDOZA GUTIERREZ, DANIEL ANIBAL MARTINEZSORIANO, MIRIAM EUGENIA MENDOZA ZELAYA Y GALDYSDE JESUS VALLE LOPEZ. Libro este primer testimonio en una hoja útilde papel de ley que, firmo, rubrico y sello en la ciudad de Matagalpa lasdiez de la mañana del veinte de Septiembre del año dos mil cinco. LIC.RAMON URIEL RUIZ TÉLLEZ NOTARIO PÚBLICO.

________________ESTATUTOS ASOCIACION AMIGOS DEL MUSEO

GREGORIO AGUILAR BAREA (AMIGOS DEL MUSEO)(A.M.U.G.A.B.)

Reg. No. 14715 – M. 7644255 - Valor C$ 820.00

CONSTANCIA DE INSCRIPCION

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua.HACE CONSTAR. Que bajo el número Perpetuo cuatro mil cientosetenta y dos (4172), del folio número seis mil seiscientos cincuenta y dosal folio número seis mil seiscientos cincuenta y nueve (6652-6659), TomoIV, Libro: Décimo (10º), que este Departamento lleva a su cargo, seinscribió la entidad nacional denominada: “ASOCIACION AMIGOSDEL MUSEO GREGORIO AGUILAR BAREA” (AMIGOS DELMUSEO) (A.M.U.G.A.B.) Conforme autorización de Resolución deldiecinueve de agosto del año dos mil ocho, Dado en la ciudad de Managua,el día cuatro de septiembre del año dos mil ocho. Deberán publicar en LaGaceta, Diario Oficial, los estatutos insertos en la escritura númeroCUARENTA Y SIETE (47), Autenticado por el Licenciado ManuelAntonio Obando Bojorge, el día dieciocho de agosto del año dos mil ocho.Dr. Gustavo A. Sirias Q. Director.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION AMIGOS DEL MUSEOGREGORIO AGUILAR BAREA” CAPITULO1.- NOMBRE,DOMICILIO Y NATURALEZA. Articulo 1.- Esta asociación sedenominará “AMIGOS DEL MUSEO GREGORIO AGUILAR BAREA”Pudiéndose abreviar simplemente “AMIGOS DEL MUSEO” y aunidentificarse por las siglas “A.M.U.G.A.B” sin que por ello se considereimpropia dicha denominación.- Articulo 2.- El domicilio de la asociaciónserá la ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales pudiendo extenderfiliales delegaciones en cualquier lugar del territorio nacional.- Articulo 3.-Esta asociación es social, educativa y formativa, sin fines de lucro.Articulo 4.- Los fines de esta asociación son fundamentalmente a)promover, proteger e impulsar el estudio científico y conocimiento delpatrimonio cultural material e inmaterial de juigalpa y en especial de lascolecciones de objetos arqueológicos, históricos y artísticos existentes enel museo Gregorio Aguilar Barea de la ciudad de Juigalpa dentro de lasociedad, impulsando proyectos de desarrollo turísticos culturales yeducativos teniendo en cuenta que el patrimonio nacional es una fuente

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de desarrollo de los pueblos y parte fundamental de la identidad nacionalde Nicaragua.- Articulo 5.- El patrimonio de la asociación lo conformarátodo bien que se aporte ya sean subsidios, donaciones, recaudaciones,patrocinio y toda clase de recursos consistentes en dinero o bienesprovenientes de sus miembros, instituciones, empresas, ministerios,organizaciones gubernamentales y no gubernamentales fundaciones, yasociaciones en general identificados con el objetivo social de la asociación.-Articulo 6.- Dada la naturaleza, fines y objetivos de la asociación, suduración es por tiempo indefinido.- La asociación podrá disolverseanticipadamente por decisión de la Junta Directiva en Asamblea General,mediante voto unánime de todos los miembros presentes. La JuntaDirectiva en el acuerdo de disolución fijará el procedimiento para liquidarlos activos de la asociación y el destino que se les dará, nombrando unacomisión liquidadora de al menos tres miembros, distribuyéndose losbienes de la asociación al momento de su disolución a una asociación quetenga los mismos objetivos.- CAPITULO II. MEMBRESIA, Articulo 7.-Para ser miembro de la asociación Amigos del Museo Gregorio AguilarBarea se requiere de a) Estar de acuerdo con los fines y objetivos de laasociación; b) Cumplir con los requisitos establecidos en el ReglamentoInterno; d) Presentar solicitud por escrito a la Junta Directiva nacional;e) ser aceptado por tres o más de los miembros integrantes de la JuntaDirectiva nacional.- Articulo 8.- Son derechos de los miembros: a)Participar en los proyectos e iniciativas de la asociación; b) Elegir y serelegido para cualquier cargo dentro de la asociación; c) Participar con vozy voto en la asamblea general de la asociación directamente y por mediode su representante.- Articulo 9. Son deberes de los miembros: a)Participar en las sesiones de la asamblea general y en las comisiones detrabajo que esta nombre; b) Contribuir con los fines y objetivos de laasociación; c) Ayudar económicamente para el sostenimiento de laasociación, según lo determina la asamblea general; Articulo 10.- Se pierdela membresía en la asociación al a) Presentar por escrito renuncia a la juntadirectiva; b) Actuar en contra de los fines y objetivos de la asociación; c)Por otras causas contempladas en el reglamento interno. CAPITULO III.-ORGANIZACIÓN.- Articulo 11. Son órganos de esta asociación: a)Asamblea General; b) Junta Directiva. Articulo 12.- La asamblea generalesta formada por todos los miembros de la asociación y estas asambleasserán dirigidas por la Junta Directiva; y habrá quórum y resoluciones conla presencia y voto de la mitad mas uno de sus miembros.- Articulo 13.La asamblea general es la máxima autoridad y podrá resolver todos losasuntos de acuerdos a estos estatutos.- Articulo 14.- Las atribuciones dela asamblea general son a) reunirse obligatoriamente dos veces al año ensesiones ordinarias y en forma, extraordinaria cuantas veces sea necesaria.Estas deben ser convocadas por el presidente de la Junta Directiva o portres o mas de sus miembros de la Junta Directiva.- Las convocatorias seharán con veinticuatro horas de anticipación a la reunión y podrán hacersevía carta, telegrama o cualquier otro medio escrito que se estime eficientepara realizar la cita.- b) El quórum se integra con la mitad mas uno de susmiembros, en caso de segunda citatoria se integrará con los que asistan,c) Podrá hacer enmiendas de estos estatutos, si así lo requiere.- CAPITULOIV.- JUNTA DIRECTIVA.- La Junta Directiva, nombrada por la asambleageneral estará integrada por un Presiente; Un Vicepresidente; Unsecretario, Un tesorero Un fiscal y un vocal, por dos años. Articulo 15.-Son facultades de la Junta Directiva a) velar por el fiel cumplimiento delos estatutos y reglamento interno de la asociación .- b) Conocer de lassolicitudes de membresía para ser aprobados en asamblea general.- c)Recibir los informes de las filiales, delegaciones a su cargo.- d) Conocerde las convocatorias.- e) Organizar, distribuir los grupos de trabajo a finde lograr los objetivos de la asociación previa elaboración de un plan detrabajo aprobado previamente en asamblea general.- f) elaborar y sometera aprobación el presupuesto anual de la asociación.- g) Cumplir y hacercumplir los acuerdos y resoluciones de la asamblea general.- CAPITULOV.- DEL PRESIDENTE.- Articulo 16.- son atribuciones del presidente:a) Presidir todas las reuniones de la junta directivas y de la asambleageneral .- b) Velar por el cumplimiento de los estatutos y el reglamento

interno y los acuerdos de la asamblea general y la junta directiva.- c)Representar legal, judicial y extrajudicial a la asamblea con carácter deun apoderado generalísimo.- d) Firmar las credenciales de los miembros.-e) Supervisar todos los planes de trabajo y proyectos.- f) Firmar conel tesorero, toda nota de pago y cualquier otro documento que así lorequiera.- g) rendir un informe de su gestión cada seis meses ante laasamblea general.- Articulo 17.- El Vicepresidente asumirá las funcionesdel presidente en ausencia de este u ejercerá otras funciones que elpresidente le delegue.- Articulo 18. Son deberes del secretario: a) Elsecretario llevará las actas de las asambleas generales y de las juntasdirectivas.- b) Firmará junto con el presidente todos los documentosoficiales que expida la asociación.- c) Resguardar todos los documentosde la asociación.- d) Expedir las certificaciones de las actas a su cargo.-e) Mantener al corriente el registro de todos los miembros de laasociación, sus filiales y delegaciones.- f) Estar el tanto de la situaciónde las propiedades muebles e inmuebles de la avocaciones.- Articulo19 Son deberes del Tesorero: a) Llevar un exacto registro de losingresos y egresos económicos de la asociación.- b) Resguardar losfondos de la asociación en una institución financiera, realizando paramayor seguridad desembolsos por medio de cheques debidamentesoportados, necesitando para tal fin dos firmas autorizadas de la juntadirectiva.- c) Hacer los pagos y desembolsos correspondientes.- d)Conocer de cualquier asunto concerniente a las finanzas de la asociación.-e) Rendir informe a la junta directiva según se requiera.- Articulo 20.Son deberes del fiscal, vigilar el estricto cumplimiento de los presentesestatutos y el reglamento interno que apruebe la asamblea general,vigilar y comprobar la efectiva ejecución de los fondos y proyectosque lleve la asociación; Articulo 21. Son deberes del vocal a) supliren su orden y asumir responsabilidades en caso de ausencia decualquier otro miembro de la Junta Directiva.- b) Ayudar con el trabajogeneral de la Asociación.- c) Supervisar los trabajos y proyectos dela Asociación.- d) Asumir cualquier gestión delegada por la JuntaDirectiva.- CAPITULO VI. REFORMA Y VIGENCIA DE LOSESTATUTOS: Articulo 22: Los presentes estatutos son aprobadospor la Junta Directiva reunida en Asamblea General y solo podrá serenmendados o reformados por el voto favorable de la mitad mas unode sus miembros.- En este acto, los otorgantes de común acuerdo,ratifican el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva de laAsociación y quedan en posesión de sus cargos de la manera siguiente:Presiente Socorro Castellón; Vicepresidente Reina Jeannette JerezGarcía; Secretario: Carlos Gregorio Bonilla Mendoza; Fiscal: CarlosArno Villanueva Vargas; Tesorero: José Antonio Vargas Pasos; VocalLesther Lombardo Valdivia Ruiz; Así se expresaron los comparecientesbien instruidos por mi el notario acerca del valor alcances ytrascendencias legales del presente acto, de las cláusulas generales queaseguran su validez de las especiales que contienen y de las queenvuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explicitas. Y leídaque fue por mi el notario íntegramente la presente escritura a loscomparecientes, quienes la encuentran conforme y sin hacermodificación alguna, ratifican y firman junto conmigo el notario quedoy fe de todo lo relacionado.- (F) Ilegible.- (F) ilegible.- (F) Ilegible.-(F) Ilegible.- (F) Ilegible.- (F) Ilegible.- (F) José A. Vargas P.- (F)Villanueva Vargas.- (F) Ilegible Notario Publico.- PASO ANTE MIDEL REVERSO DEL FOLIO CUARENTA Y TRES AL FRENTEDEL FOLIO CUARENTA Y SIETE DE MI PROTOCOLONUMERO SEIS QUE LLEVO EN EL PRESENTE AÑO Y ASOLICITUD DE LA SEÑORA SOCORRO CASTELLON, LIBROESTE PRIMER TESTIMONIO EN TRES HOJAS DE PAPEL DELEY LAS QUE FIRMO SELLO Y RUBRICO EN LA CIUDAD DEJUIGALPA, DEPARTMENTO DE CHONTALES, A LAS CINCODE LA TARDEL DIA DIESISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑODOS MIL SEIS.- MANUEL ANTONIO OBANDO BOJORGEBOGADO Y NOTARIO PUBLICO.

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Reg. 14488 - M 7644137 - Valor C$ 665.00

ACUERDO MINISTERIAL No 058-2008

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

ARTÍCULO 1. Cancelar los nombramientos de la Licenciada MARIAMARSEQUEIRA CUADRA, Primer Secretario con Funciones Consulares dela Embajada de la República de Nicaragua en la República Francesa yDelegada Alterna de la República de Nicaragua ante la Organización delas Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia, y la Cultura (UNESCO),contenido en los Acuerdos Ministeriales números 21-2002 del quince demarzo del año dos mil dos, 74-2006 del diecisiete de agosto del año dosmil seis y 222-2007 del veintiséis de noviembre del año dos mil siete.

ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir deldiecisiete de septiembre del año dos mil ocho. Publíquese en La Gaceta,Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de Relaciones Exteriores,a los veinte días del mes de agosto del año dos mil ocho. (f) Manuel CoronelKautz, Ministro por la Ley.

——RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 024-2008

EL MINISTRO POR LA LEY DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley deOrganización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”;Reglamento de la Ley No. 290, (Decreto No. 71-98 del 30 de octubre de1998) y sus reformas; Ley No. 323 “Ley de Contrataciones del Estado”,Reglamento General de la Ley No. 323, (Decreto No. 21-2000 del 02 demarzo del año 2000) y sus reformas.

CONSIDERANDOI

Que el Consejo Superior de Contraloría General de la República medianteoficio de fecha 2 de junio de 2008, Ref. CGR-CS-LAME-469-06-08;DCL-MJM-282-06-08 informa a este Ministerio que en sesión OrdinariaNúmero quinientos ochenta y tres (583) de las nueve de la mañana del día29 de mayo del año 2008, aprobó por unanimidad de votos autorizar alMinisterio de Relaciones Exteriores su solicitud de ampliar en UNMILLÓN DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$1,000.000.00)más el monto de NOVECIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOSOCHENTA Y UN DÓLARES ESTADOUNIDENSES CON 50/100(U$910,381.50) que esa Institución fiscalizadora aprobó en la SesiónOrdinaria número cuatrocientos cuarenta y tres (No. 443) de las nuevede la mañana del día uno de diciembre del año dos mil cinco para el procesointernacional incoado ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya,por la República de Costa Rica en contra de la República de Nicaragua enrelación a la navegación en el Río San Juan. Esta ampliación queda sujetaa los términos establecidos en la autorización otorgada en la SesiónOrdinaria Número 443.

IIQue de conformidad a la Ley No. 323 “Ley de Contrataciones del Estado”,artículo 3, Literal K), se establece que se sujeta al régimen de materias

excluidas, “Las contrataciones que hayan sido previamente autorizadaspor la Contraloría General de la República, cuando las mismas se sujetena razones de urgencia, seguridad o interés público”; al efecto, el artículo3 del Decreto No. 21-2000 “Reglamento General de la Ley de Contratacionesdel Estado”, establece que la actividad contractual excluida legalmente delos procedimientos ordinarios de contratación, deberá adaptarse en todossus extremos a los principios generales, requisitos previos, los derechosy obligaciones de las partes, los controles y el régimen de prohibicionesy sanciones previsto en la Ley No. 323, aunque igualmente señala que esresponsabilidad exclusiva del Organismo Contratante establecer supuestosde prescindencia de los procedimientos ordinarios los que deberánincluirse en resolución de autoridad competente.

IIIQue en fecha veinticinco de julio del presente año, el Ministerio deRelaciones Exteriores solicitó autorización a la Contraloría General de laRepública para renovar contrato por el período de uno año con laLicenciada en Derecho María Nelly Palacios García, Dicha contrataciónse financiará con fondos provenientes del Presupuesto General de laRepública, hasta por un monto total de SIETE MIL VEINTE DÓLARESESTADOUNIDENSES (US$7,020.00).

IVQue el Honorable Consejo Superior de la Contraloría General de laRepública autorizó en Sesión Ordinaria No. 593 de las nueve de la mañanadel día siete de agosto del año dos mil ocho y que fue comunicada a estaInstitución Pública, conforme Oficio CGR-CS-LAME-741-08-08; DCL-MJM-433-2008, notificada en la ciudad de Managua a las once y cuarentaminutos de la mañana del día doce de agosto del año dos mil ocho; mediantela cual se deja claramente establecido en dicha comunicación que autorizanla solicitud de Exclusión de Procedimientos Ordinarios de Contratación,presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores para la renovacióncontractual hasta por monto total de SIETE MIL VEINTE DÓLARESESTADOUNIDENSES (US$7,020.00), por el período de un año de losservicios profesionales de la Licenciada María Nelly Palacios García, aser financiados con fondos procedentes del Presupuesto General de laRepública.

VQue ante todo lo expuesto, es responsabilidad ineludible y de primordialpronunciamiento por parte de esta Autoridad resolver la situación queafecta las contrataciones antes indicadas, dentro de un marco de estrictalegalidad permitiendo la aplicación efectiva de los principios que regulanlos procesos de contratación administrativa; con especial sujeción a lodispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde la República y artículo 3 del Reglamento General de la Ley deContrataciones del Estado.

POR TANTOCon base y fundamento en las consideraciones antes expresadas, leyes ynormas citadas, y conforme lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley No. 323“Ley de Contrataciones del Estado”, y artículo 3 del Decreto No. 21-2000“Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado”.

RESUELVE

PRIMERO: AUTORIZAR la prórroga referida a la contratación por elperíodo de un año de la Licenciada María Nelly Palacios García, para quebrinde sus servicios profesionales como Asistente de Archivo en elCentro de Documentación del Río San Juan de este Ministerio.

SEGUNDO: Dicha contratación se financiará con fondos provenientesdel Presupuesto General de la República, hasta por un monto total deSIETE MIL VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA (US$7,020.00).

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Los honorarios que se pagarán por dichos servicios ascenderían a lacantidad total de SIETE MIL VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMÉRICA (US$7,020.00), a financiarse con fondosprovenientes del Presupuesto General de la República. La forma de pagoy los impuestos correspondientes de esta contratación se especificaránen el contrato que se realice para tal efecto.

TERCERO: Esta renovación contractual deberá adaptarse en todos susextremos a los principios generales, requisitos previos, derechos,obligaciones de las partes, controles, Régimen de Prohibiciones y sancionesprevistas en la Ley de la materia.

CUARTO: La Dirección General de Asuntos Jurídicos, Soberanía yTerritorio, será la encargada de verificar la correcta ejecución del objetode esta contratación, quien dispone con los recursos humanos y materialespara realizar esta tarea.

QUINTO: Esta Resolución surte sus efectos a partir de la presente fecha.Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de Relaciones Exteriores,a los doce días del mes de agosto del año dos mil ocho. (f) Manuel CoronelKautz, Ministro por la Ley.

——RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 026-2008

EL MINISTRO POR LA LEY DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley deOrganización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”;Reglamento de la Ley No. 290, (Decreto No. 71-98 del 30 de octubre de1998) y sus reformas; Ley No. 323 “Ley de Contrataciones del Estado”,Reglamento General de la Ley No. 323, (Decreto No. 21-2000 del 02 demarzo del año 2000) y sus reformas.

CONSIDERANDOI

Que es deber de las Entidades del sector Público garantizar la transparenciade todos los procedimientos consignados en la Ley de Contrataciones delEstado para la adquisición de bienes y servicios, debiendo ajustarseestrictamente al Régimen de Prohibiciones, respetando los principios depublicidad, eficiencia, transparencia, igualdad y libre competencia, aefecto de poder adquirir los bienes y servicios con celeridad, racionalidady al precio más conveniente del interés general.

IIQue dentro del Programa de Contrataciones del presente períodopresupuestario de esta Institución, se encuentra proyectada la LicitaciónPública “Contratación de Consultor para la Formación deDiplomáticos”, dicha adquisición se realizará con fondos del PresupuestoGeneral de la República y Donación.

IIIQue la ejecución completa objeto de la presente contratación se desarrollaráen el período presupuestario en curso y el período presupuestariocorrespondiente al año dos mil nueve, por lo que deberá incluirse dentrodel presupuesto del próximo año la provisión necesaria para garantizarel pago de las obligaciones generadas de la contratación.

IVQue en el valor estimado del servicio a adquirir se tomaron en cuenta todaslas formas de remuneración, incluyendo el costo principal, los fletes, losseguros, las comisiones, los intereses, los tributos, los derechos, lasprimas y cualquier otra suma que deba reembolsarse como consecuencia

de la contratación, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 10y 25 de la Ley de Contrataciones y artículo 16 y 51 de su Reglamento elProcedimiento que corresponde a esta contratación es “LICITACIÓNPÚBLICA”.

POR TANTOCon base y fundamento en las consideraciones antes expresadas, Leyesy normas citadas, y conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley No.323 “Ley de Contrataciones del Estado” le confieren.

RESUELVE

PRIMERO: Dar Inicio al Proceso de Licitación Pública, para la“Contratación de Consultor para la Formación de Diplomáticos”.

SEGUNDO: Que con fundamento al artículo 16 de la Ley deContrataciones del Estado y artículos 28 y 29 del Reglamento Generaldel citado cuerpo legal, ésta Autoridad designa un Comité de Licitaciónque intervendrá en todas las etapas del procedimiento, desde la elaboracióny aprobación del Pliego de Bases y Condiciones hasta la recomendaciónde adjudicación.

Este Comité estará conformado por cinco miembros, presidido por laCoordinadora de la Unidad de Adquisiciones.

1. El Coordinador de la Unidad de Adquisiciones2. El Responsable de la División General Administrativa Financiera3. El Responsable de la División Legal4. El Responsable de la Academia Diplomática5. El Responsable de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Soberanía yTerritorio.

TERCERO: La Unidad de Adquisiciones bajo la dirección de la LicenciadaLeslie María Chamorro Hidalgo, estará a cargo del referido procesolicitatorio y dará seguimiento a todo el procedimiento de contrataciónadministrativa, debiendo cumplir con los requisitos y procedimientosestablecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su correspondienteReglamento, una vez cumplido el procedimiento El Comité de Licitaciónpresentará la recomendación a la máxima autoridad.

CUARTO: La División de la Academia Diplomática “José de Marcoleta”,será la encargada de verificar la correcta ejecución del objeto de lacontratación, quien ya dispone con los recursos humanos y materialespara llevar a cabo dicha tarea.

QUINTO: Comunicar la presente Resolución a cuantos correspondaconocer de la misma.

SEXTO: Esta resolución surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de Relaciones Exteriores,el veintiuno de agosto del año dos mil ocho. (f) Manuel Coronel KautzMinistro por la Ley.

MINISTERIO DE SALUD

Reg. No. 15094 - M. 7644603 - Valor C$ 475.00

MODIFICACIÓN No . 2 AL PROGRAMA DECONTRATACIONES ESPECIFICO DEL AÑO 2008

El Ministerio de Salud, de conformidad con el Arto. 8 de la Ley No. 323“Ley de Contrataciones del Estado” y Artos. No. 12 y 13 del Decreto No.

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21-2000 “Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado”,da a conocer a todas las personas naturales o jurídicas, inscritas en elRegistro Central de Proveedores de la Dirección General de Contratacionesdel Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Modificaciónrealizada al Programa de Contrataciones Específico del 2008, publicadoen La Gaceta, Diario Oficial, No. 21 del día treinta de Enero del año dosmil ocho.

Posteriormente se estará dando a conocer por este medio la fecha en queestarán a disposición los documentos de los procesos en referencia.

Managua, a los diecinueve días del mes de Agosto de l año dos milocho. GUILLERMO JOSE GONZALEZ GONZALEZ, MINISTRADE SALUD.

_________________MODIFICACIÓN No . 3 AL PROGRAMA DE

CONTRATACIONES ESPECIFICO DEL AÑO 2008

El Ministerio de Salud, de conformidad con el Arto. 8 de la Ley No. 323“Ley de Contrataciones del Estado” y Artos. No. 12 y 13 del Decreto No.21-2000 “Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado”,da a conocer a todas las personas naturales o jurídicas, inscritas en elRegistro Central de Proveedores de la Dirección General de Contratacionesdel Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Modificaciónrealizada al Programa de Contrataciones Específico del 2008, publicadoen La Gaceta, Diario Oficial, No. 21 del día treinta de Enero del año dosmil ocho.

Posteriormente se estará dando a conocer por este medio la fecha en queestarán a disposición los documentos de los procesos en referencia.

Managua, a los veintisiete días del mes de Agosto de l año dos milocho. GUILLERMO JOSE GONZALEZ GONZALEZ, MINISTRADE SALUD.

MINISTERIO DEL TRABAJO

Reg. No. 15095 - M. 7644727 - Valor C$ 285.00

ACUERDO MINISTERIALJCHG - 010- 09- 08

SOBRE LA APLICACIÓN DE LOS SALARIOS MINIMOSAPROBADOS POR LA COMISION NACIONAL DE SALARIO

MINIMO

LA MINISTRA DEL TRABAJO

En uso de las facultades que le confieren las leyes:

CONSIDERANDOI

Que de acuerdo a lo estipulado en el Arto. 4 de la Ley de Salario Mínimo,Ley 625 publicada en La Gaceta Diario Oficial No, 120 del 26 de juniodel año 2007, la Ministra del Trabajo convocó el 24 de julio del año en cursoa la Comisión Nacional de Salario Mínimo para la aprobación de losnuevos salarios mínimos.

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IILas partes integrantes de dicha Comisión celebramos las sesiones que decomún acuerdo dispusimos celebrar, durante el término de sesenta días,los cuales se cumplieron el día veintidós de septiembre del año corriente.

IIIEn vista que durante el término señalado no hubo acuerdo entre las partes,en uso de la facultad que me concede el Arto. 11 parte in fine de la Ley625,

ACUERDO

Artículo 1: El salario mínimo básico mensual para los trabajadores detodos los sectores de actividad económica de carácter nacional se incrementóde acuerdo a la ley en un 18% y se pagará conforme a la siguiente tabla:

* Salario más alimentación (Acuerdo Ministerial JCHG-017-10-07).

Artículo 2: El alimento del sector agropecuario a que se refiere el primersector de la tabla está regulado en el Acuerdo Ministerial No. JCHG-017-10-07 Normativa Relativa a la Alimentación de los Trabajadores delcampo, emitido por el Ministerio del Trabajo el treinta de octubre del añodos mil siete.

Artículo 3: Los salarios que por efecto de contrato individual de trabajo,acuerdo salarial y/o convenio colectivo de trabajo sean superiores a losmínimos aquí establecidos no pueden ser objeto de disminución bajoninguna circunstancia, ni aún cuando se trate de la voluntad de lostrabajadores.

Artículo 4: El incremento en el salario mínimo para las micro, pequeñasempresas manufactureras y de artesanías productoras de bienes nacionales,será del 13%, tomando como base el salario mínimo de la industriamanufacturera, establecido el quince de enero del año en curso. Se entiendepor micro, pequeña empresa manufacturera y de artesanías de producciónnacional, conforme a lo establecido en la parte final del artículo 126 delCódigo del Trabajo.

Artículo 5: En los casos en que el salario sea estipulado en base a normasde producción o rendimiento, las unidades de medidas deberán mantenersesin ninguna alteración, en consecuencia debe revalorizarse cada operacióno pieza como efecto del incremento en el salario mínimo.

Artículo 6: Los salarios mínimos acordados para cada sector constituyenel salario básico que debe devengar cada trabajador.

Artículo 7: La presente Tabla de Salario Mínimo entra en vigencia paratodos los sectores a partir del uno de octubre del año corriente, sinperjuicio de su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Artículo 8: Los nuevos salarios mínimos serán aplicables a aquellaspensiones de jubilación que así estén consideradas en la Ley de SeguridadSocial.

Artículo 9: La Comisión Nacional de Salario Mínimo queda convocada,de acuerdo a la Ley 625, para el día uno de marzo del año dos mil nueve.

Dado en la ciudad de Managua a los veintitrés días del mes de septiembredel año dos mil ocho. Jeannette Chávez Gómez, MINISTRA.

INSTITUTO NICARAGUENSEDE FOMENTO COOPERATIVO

Reg.14489

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 44, seencuentra la Resolución No. 174-2008, que integra y literalmente dice:RESOLUCION. No.174-2008, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaCinco de Septiembre del año Dos Mil Ocho, a las Nueve de la Mañana,con fecha del Cinco de Septiembre del año dos Mil Ocho, presentósolicitud de inscripción de la Personalidad Jurídica la COOPERATIVADE AHORRO Y CRÉDITO “INCA” R.L Constituida en el Municipiode Masaya, del Departamento de Masaya, el día Veintiocho de Abril delaño dos mil Ocho. Se inicia con Veintidós (22) Asociados, Diecisiete (17)hombre, Cinco (05) mujeres. Con un capital social suscrito de C$22,000.00 (VEINTIDÓS MIL CÓRDOBAS NETOS) y un capitalpagado de C$ 8,225.00 (OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCOCÓRDOBAS NETOS). Este Registro Nacional previo estudio lo declaróprocedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 dela Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 delReglamento de la misma RESUELVE: apruébese la inscripción y otórguesela Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO“INCA” R.L Con el siguiente Consejo de Administración Provisional.Presidente: Manuela del Carmen Espino Alvarado. Vicepresidente:Johana el Rosario Mercado. Secretario: Darling Maria Martínez Amador.Tesorero: Ramón Ernesto Fonseca Carrion. Primer Vocal: Donald JavierLópez Flores. Segundo Vocal: Luís Malquiel Estrada Marenco. TercerVocal: Santos Sánchez López. Certifíquese la presente Resolución,razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados,archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial LaGaceta. (F) LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA,DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS,DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE FOMENTOCOOPERATIVO. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado a los Doce Días del mes de Septiembre del año dos mil ocho.LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA

————-Reg.14490

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 44, se

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encuentra la Resolución No. 175-2008, que integra y literalmente dice:RESOLUCION. No.175-2008, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaCinco de Septiembre del año dos mil ocho, a las doce y treinta y cincominutos de la tarde, con fecha del Cinco de Septiembre del año dos MilOcho, presentó solicitud de inscripción de la Personalidad Jurídica laCOOPERATIVA MULTISECTORIAL “MULUKUKU UNIDA R.L”(COMULMU R.L) Constituida en el Municipio de Mulukuku, de laRegión Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), el día diecisiete denoviembre del año dos mil Siete. Se inicia con Cuarenta y tres (43)Asociados, veintiséis (26) hombres, diecisiete (17) mujeres. Con uncapital social suscrito de C$ 21,500.00 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOSCORDOBAS NETOS) y un capital pagado de C$ 5,375.00 (CINCO MILTRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS). EsteRegistro Nacional previo estudio lo declaró procedente, por lo quefundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 de la Ley General deCooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la mismaRESUELVE: apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídicaa la COOPERATIVA MULTISECTORIAL “MULUKUKU UNIDAR.L” (COMULMU R.L) Con el siguiente Consejo de AdministraciónProvisional. PRESIDENTE: JUAN LUNA GÓMEZ.VICEPRESIDENTE: MAURICIO FRANCISCO RIVAS LÓPEZ.SECRETARIO: MARIA ESPERANZA GONZÁLEZ SOZA.TESORERO: LENIN ANTONIO OBANDO LEMUZ. VOCAL: LUISMANUEL FERNÁNDEZ RIVAS. Certifíquese la presente Resolución,razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados,archivándose el original en esta oficina. Publíquese en el Diario Oficial LaGaceta. (F) LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA,DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS,DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE FOMENTOCOOPERATIVO. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado a los Cinco Días del mes de Septiembre del año dos mil ocho.LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA

———Reg.14491

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 44, seencuentra la Resolución No. 176-2008, que integra y literalmente dice:RESOLUCION. No.176-2008, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaCinco de Septiembre del año dos mil ocho, a las doce y treinta y nueveminutos de la tarde, con fecha del Cinco de Septiembre del año dos MilOcho, presentó solicitud de inscripción de la Personalidad Jurídica laCOOPERATIVA DE TRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS“MI TRANSPORTE R.L” (COOCPMITRANS, R.L) Constituida en elMunicipio de Nueva Guinea, de la Región Autónoma del Atlántico Sur(RAAS), el día cinco de julio del año dos mil ocho. Se inicia con Catorce(14) Asociados, nueve (09) hombres, cinco (05) mujeres. Con un capitalsocial suscrito de C$ 140,000.00 (CIENTO CUARENTA MILCORDOBAS NETOS) y un capital pagado de C$ 35,000.00 (TREINTAY CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS). Este Registro Nacional previoestudio lo declaró procedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23inciso d), y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma RESUELVE: apruébese lainscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DETRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS “MI TRANSPORTER.L” (COOCPMITRANS, R.L) Con el siguiente Consejo deAdministración Provisional. PRESIDENTE: MARITZA DEL CARMENOPORTA NAVARRO. VICEPRESIDENTE: DELVIS JOSÉBARRERA GALEANO. SECRETARIO: JAIME JOEL RODRÍGUEZGURDIAN. TESORERO: ROLANDO MURILLO CALERO. VOCAL:

SIXTO JAVIER JARQUIN ESPINOZA. Certifíquese la presenteResolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a losinteresados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en elDiario Oficial La Gaceta. (F) LIC. LYDIA ISABEL BALTODANOCAJINA, DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DECOOPERATIVAS, DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DEFOMENTO COOPERATIVO. Es conforme con su original con el quefue debidamente cotejado a los Cinco Días del mes de Septiembre del añodos mil ocho. LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA

————Reg.14492

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 45, seencuentra la Resolución No. 177-2008, que integra y literalmente dice:RESOLUCION. No.177-2008, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaOcho de Septiembre del año dos mil ocho, a las Una de la tarde, con fechadel Ocho de Septiembre del año dos Mil Ocho, presentó solicitud deinscripción de la Personalidad Jurídica la COOPERATIVAAGROPECUARIA “JUAN MORALES POTENTE” R.L” Constituidaen el Municipio de Rama, de la Región Autónoma del Atlántico Sur(RAAS), el día veinticuatro de junio del año dos mil ocho. Se inicia conDiecisiete (17) Asociados, Diez (10) hombres, Siete (07) mujeres. Conun capital social suscrito de C$ 3,400.00 (TRES MIL CUATROCIENTOSCORDOBAS NETOS) y un capital pagado de C$ 1,500.00 (UN MILQUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS). Este Registro Nacional previoestudio lo declaró procedente, por lo que fundado en los artículos 2, 23inciso d), y 25 de la Ley General de Cooperativas (Ley 499) y Artículos5, 6, 8 y 9 del Reglamento de la misma RESUELVE: apruébese lainscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVAAGROPECUARIA “JUAN MORALES POTENTE” R.L” Con elsiguiente Consejo de Administración Provisional. PRESIDENTE: LuisaEmilia Rosales Molina. VICEPRESIDENTE: Rosaura Flores Medina.SECRETARIO: Feliciano Leiva Castilla. TESORERO: Xiomara delCarmen López Rosales. VOCAL: José Isidro López Rodríguez.Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos ydevuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en estaoficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (F) LIC. LYDIAISABEL BALTODANO CAJINA, DIRECTORA DEL REGISTRONACIONAL DE COOPERATIVAS, DEL INSTITUTONICARAGÜENSE DE FOMENTO COOPERATIVO. Es conformecon su original con el que fue debidamente cotejado a los Ocho Días delmes de Septiembre del año dos mil ocho. LIC. LYDIA ISABELBALTODANO CAJINA

———Reg.14493

El Registro Nacional de Cooperativas, en uso de las facultades que leconfiere la Ley 499, por este medio: CERTIFICA: Que en el Tomo I delLibro de Resoluciones que lleva el Registro Nacional de Cooperativas delInstituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo en el Folio 45, seencuentra la Resolución No. 178-2008, que integra y literalmente dice:RESOLUCION. No.178-2008, Instituto Nicaragüense de FomentoCooperativo. (INFOCOOP). Registro Nacional de Cooperativas. ManaguaOcho de Septiembre del año dos mil ocho, a la Una y Quince de la tarde,con fecha del Ocho de Septiembre del año dos Mil Ocho, presentósolicitud de inscripción de la Personalidad Jurídica la COOPERATIVAAGROPECUARIA “MUNDO VERDE ” R.L (MUNDO VERDE R.L)Constituida en el Municipio de El Tuma la Dalia, del Departamento deMatagalpa, el día Veinticinco de Febrero del año dos mil ocho. Se iniciacon Veintiuno (21) Asociados, Quince (15) hombres, Seis (06) mujeres.

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Con un capital social suscrito de C$ 3,000.00 (TRES MIL CORDOBASNETOS) y un capital pagado de C$ 3,000.00 (TRES MIL CÓRDOBASNETOS). Este Registro Nacional previo estudio lo declaró procedente,por lo que fundado en los artículos 2, 23 inciso d), y 25 de la Ley Generalde Cooperativas (Ley 499) y Artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento de lamisma RESUELVE: apruébese la inscripción y otórguese la PersonalidadJurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA “MUNDO VERDE” R.L (MUNDO VERDE R.L)Con el siguiente Consejo de AdministraciónProvisional. PRESIDENTE: Martha Lorena Vargas Pupiro. VICE-PRESIDENTE: Allan Gaspar Gutiérrez Cardoza. SECRETARIO: WalterEsmir Sobalvarro Reyes. TESORERO: Fanny del Rosario PinedaGonzález. VOCAL: José León Gómez Centeno. Certifíquese la presenteResolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a losinteresados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese en elDiario Oficial La Gaceta. (F) LIC. LYDIA ISABEL BALTODANOCAJINA, DIRECTORA DEL REGISTRO NACIONAL DECOOPERATIVAS, DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DEFOMENTO COOPERATIVO. Es conforme con su original con el quefue debidamente cotejado a los Ocho Días del mes de Septiembre del añodos mil ocho. LIC. LYDIA ISABEL BALTODANO CAJINA.

INSTITUTO NICARAGUENSE DESEGUROS Y REASEGUROS

Reg. No. 15096 - M. 7644655 - Valor C$ 190.00

CONVOCATORIA LICITACION PUBLICA No.06-08

“ADQUISICION SERVIDORES, LICENCIAS Y EQUIPO DERED”

La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros(INISER), con domicilio Central en el Km. 4 ½ Carretera Sur, Managua,según Resolución No. 23-08, invita a participar en el Proceso de LicitaciónPublica No.06-08, a las Personas Jurídicas autorizadas en nuestro paíspara la venta de servidores, licencias de software, y equipo de red, quese encuentren debidamente inscritos como Oferentes en el RegistroCentral de Proveedores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, losinteresados deberán presentar ofertas selladas, bajo las siguientescondiciones:

1) Esta Adquisición es financiada con fondos propios de INISER

2) Se comprara: un (1) Chasis Blade, cuatro (4) servidores Blades, uno(1) Servidor Blades para mail Server, tres (3) Servidores para Rack, una(1) unidad de almacenamiento SAN, una (1) solución de Respaldo (LTO),un (1) software de respaldo, una (1)UPS, Una (1) licencia de software decorreo, un (1) switch core y dos (2 ) Router, incluyendo el servicio demantenimiento y capacitación.

3) Los oferentes elegibles podrán obtener el documento completo enidioma español del Pliego de Bases y Condiciones de la presenteLicitación, en las oficinas de la Unidad de Adquisiciones, previapresentación del recibo oficial de caja a nombre del Oferente interesado,ubicada en el Edificio B, en INISER Central, Km. 4 ½ Carretera Sur, Frentea Embajada Americana, del 01 al 03 de octubre del 2008 en horario de 8:30a.m. a las 4:00 p.m.

4) El precio del Pliego de Bases y Condiciones de la presente es de C$200.00 (Doscientos Córdobas netos), no reembolsables y pagaderos enefectivo o cheque certificado en caja de INISER Central, al momento desu retiro.

5) El contenido del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación seencuentra redactado en idioma Español, y tienen su base legal en la LeyNo. 323, “Ley de Contrataciones del Estado” y Decreto No. 21-2000“Reglamento General a la Ley de Contrataciones del Estado” y susReformas.

6) La oferta deberá entregarse en idioma español y con sus preciosexpresados en moneda dólar de los Estados Unidos de América, en laRecepción, ubicada en la planta baja del edificio B de INISER Central,a mas tardar a las 10:00 a.m. del día 12 de noviembre del año 2008. Lasofertas presentadas después de la hora estipulada no serán aceptadas.

7) Ningún oferente podrá retirar, modificar o corregir su oferta despuésque ésta haya sido presentada y abierta, sin perder su garantía de oferta.(Arto. 27 inc. n) Ley de Contrataciones del Estado.

8) La oferta debe incluir una Garantía de Mantenimiento de Oferta porun monto del 1% por ciento del precio total de la oferta (incluyendo todoslos impuestos).

9) Las ofertas serán abiertas inmediatamente después de la recepción delas mismas, en presencia del comité de Licitación y de los Representantesde los Licitantes que deseen asistir.

LIC. EDUARDO HALLESLEVENS ACEVEDO, PRESIDENTEEJECUTIVO-INISER.

2-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Reg. No. 15097 - M. 7644624 - Valor C$ 190.00

AVISO

La Corte Suprema de Justicia en cumplimiento del artículo 40 de la leyde Contrataciones del Estado (Ley 323) y Arto. 84 del Reglamento de lamisma, comunica a los oferentes participantes en Proceso de contrataciónadministrativa, que en Resolución de Presidencia de este SupremoTribunal se resuelve Licitación así:

Modalidad y Nombre Fecha y AdjudicadoNúmero de Numero deLicitación ResoluciónLicitación por Compra deRegistro No. Llantas y 67/2008 CRUZ04/2008 Neumáticos de 22/09/2008 LORENA

Vehículos S.A

MARIA AUXILIADORA CRUZ CASTILLO, División deAdquisiciones/Corte Suprema de Justicia. Managua, Nicaragua, septiembredel año 2008

______________________MODIFICACION No. 4

AL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES PARA ELAÑO 2008

El Poder Judicial, a través de la Secretaría General Administrativa, conbase al Arto. 3 de la Ley 323 Ley de Contrataciones del Estado, da aconocer a los Proveedores inscritos en el Registro Central de Proveedoresdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Modificación No. 4 alPrograma Anual de Contrataciones del año 2008, publicado el día 8 defebrero del año dos mil ocho, en el Diario Oficial La Gaceta No. 26.

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NOTA: La Licitación proyectada en la presente modificación al ProgramaAnual de Adquisiciones no significa que la Institución tenga la obligaciónde realizar la contratación, ni de hacerla en la fecha señalada.

Propuesto Por: Lic. Róger Espinoza Martínez, Secretario GeneralAdministrativo.- Aprobado: Dr. Manuel Martínez Sevilla, MagistradoPresidente.

ALCALDIA

ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHICHIGALPA

Reg. No. 15098 - M. 7644735 - Valor C$ 190.00

A. CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A COMPRA POR COTIZACION“ADQUISICIÓN DE UN TRACTOR”

1) El Comité de Licitación de la, Alcaldía Municipal de Chichigalpa a cargode tramitar el Procedimiento de Adquisición Bajo la modalidad de Comprapor Cotización, Invita a las Personas Naturales o Jurídicas autorizadasen nuestro país para ejercer la actividad comercial de venta local detractores nuevos e inscritas en el Registro de Proveedores Municipaleso bien en el Registro Central de Proveedores del Ministerio de Hacienday Crédito Público, interesadas en presentar ofertas selladas para laCompra por Cotización, denominada “Adquisición de Un Tractor”.

2) Esta adquisición es financiada con fondos provenientes de FONDOSPROPIOS.

3) El Tractor objeto de esta Compra por Cotización deberá ser entregadoen El Departamento de Adquisiciones de esta Institución, ubicado TexacoSan Martin 3c al Sur, en el Plazo de cinco días calendario, contados a partirde la firma del contrato.

4) Oferentes elegibles podrán obtener el documento completo en idiomaespañol del Pliego de Bases y Condiciones de la presente Compra porCotización en El Departamento de Adquisiciones, ubicada en estaInstitución que sita en de la Texaco San Martin 3c al Sur, Chichigalpa, losdías 2 y 3 de Octubre del año 2008, de las 8:30 AM a 4:30PM.

5) Para obtenerlo, los oferentes interesados deben hacer un pago enefectivo, no reembolsable de Ciento Cincuenta Córdobas Netos(C$150.00), en Caja General y retirar el documento en El Departamentode Adquisiciones, previa presentación del recibo oficial de caja a nombredel oferente interesado.

6) Las disposiciones contenidas en el Pliego de Bases y Condicionestienen su base legal en la Ley No. 622 “Ley de Contrataciones Municipales”.

7) La oferta deberá entregarse en idioma español y con sus precios enmoneda nacional o en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, eneste caso deberá acompañarse de su equivalente en moneda nacional al tipode cambio oficial vigente del día de presentación de la oferta, conforme

tabla de cambio emitida por el Banco Central de Nicaragua. No se recibiránofertas después de la hora estipulada y debe incluir una Garantía deMantenimiento de Oferta por un monto del 1% (uno por ciento) del preciototal de la oferta. Ningún oferente podrá retirar, modificar o corregir suoferta después que ésta haya sido presentada y abierta, sin perder suGarantía de Oferta (Arto. 85 Ley de Contrataciones Municipales).

8) Las ofertas serán recibidas a las 10:00 AM y abiertas a partir de esahora, con el Reloj de la Sala Concejo del día 11 de Octubre del año 2008,en presencia del Comité de Licitación y de los representantes de losoferentes asistentes, en la Dirección Sala Concejo ubicada en la AlcaldíaMunicipal de Chichigalpa de la Texaco 3c al Sur. No se recibirán ofertasdespués de la hora estipulada.

Para mayor información puede llamar al teléfono No. 343-2303.

Chichigalpa, Chinandega - Nicaragua, Septiembre 2008. Marlon EmilianoRomero, Responsable de Adquisiciones.

2-1

UNIVERSIDADES

TITULOS PROFESIONALES

Reg. 14307 – M. 7375893 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, Certificaque a la Página 106, Tomo II del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Educación e Idiomas que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- POR CUANTO:

ISIS LORENA CORTES ROJAS, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Educación e Idiomas. POR TANTO: Leextiende el Título de Profesora de Educación media con Mención enBiología, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los un días delmes de septiembre del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.

Es conforme. Managua, 1 de septiembre de 2008. Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 14308 – M. 7375887 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 448, Tomo III del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

EDDIE RAMÓN ÁLVAREZ ZELAYA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias. POR TANTO: Leextiende el Título de Ingeniero en Agroecología Tropical, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los dieciséis díasdel mes de junio del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R. Sampson.El Secretario General, Rog. Gurdián.”

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Es conforme. León, 16 de junio de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 14309 – M. 7375857 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 84, Tomo II del Libro de Registro de Título del CentroUniversitario Regional de Matagalpa que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua. POR CUANTO:

ETELIN DEL CARMEN ESPINOZA CRUZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Centro Universitario Regional de Matagalpa.POR TANTO: Le extiende el Título de Ingeniera Agrónoma, para quegoce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de agosto del dos mil ocho, El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P. El Secretario General, N González R

Es conforme. Managua, 28 de agosto de 2008, Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 14310 – M. 7375795 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 200, Tomo V del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Odontología que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título quedice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ANA FRANCISCA MARADIAGA ZELEDÓN, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Odontología, POR TANTOle extiende el Título de Cirujano Dentista, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticuatro díasdel mes de abril del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R. Sampson.El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 24 de abril de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda, Directorde Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14311 – M. 7375807 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 747, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

LA LICENCIADA JUANA MARIA DEL CARMEN CORREATORREZ, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por laFacultad Humanidades y Ciencias Jurídicas. POR TANTO: Le extiendeel Título de Maestra en Estudios Históricos Latinoamericanos y delCaribe, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente sele conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los ocho díasdel mes de febrero del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 8 de febrero del 2008. Rosario Gutiérrez,Directora.

———————————Reg. 14312 – M. 7375811 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 194, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Ciencias, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título quedice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

DEYRI JOSÉ PÉREZ RODRÍGUEZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Ciencias. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Ingeniero Civil, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de junio del año dos mil siete. El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 14 de junio del 2008. Rosario Gutiérrez, Directora.———————————

Reg. 14313 – M. 7375818 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 233, Tomo VI del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias de la Educación y Humanidades que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

CRISTINA ESPERANZA LUNA BLANCO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación yHumanidades, POR TANTO Le extiende el Título de Profesora deEducación Media mención en Lengua y Literatura, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los diez días del mesde octubre del dos mil siete. El Rector de la Universidad, R. Sampson. ElSecretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 10 de octubre de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14314 – M. 7375894 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 06, Página 001, Tomo X,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, y que esta instancia lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

RIGOBERTO TALENO REYES, natural de Masaya, Departamento deMasaya, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos

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académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Licenciado en Derecho :, para que goce de los derechos y prerrogativasque las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de marzo del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del Socorro Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Ramón Armengol Román Gutiérrez.Lic. Ricardo Lara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 14315 – M. 7375865 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 04, Página 037, Tomo XIII,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

DIGNA EMERITA DIAZ MEDINA, natural de Jinotega, Departamentode Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de marzo del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. Ricardo LaraSilva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 14316 – M. 7375867 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 05, Página 079, Tomo XIII,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

MARIELA DE LOS ANGELES MARTINEZ MORAN, natural deJinotega, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera ylas pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO sele extiende el Título de: Licenciada en Contabilidad Pública y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de marzo del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. Ricardo LaraSilva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 14317 – M. 7375889 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la Universidad

Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 04, Página 108, Tomo III,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Informática, y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. PORCUANTO:

MARLON RAFAEL GRANADOS LÓPEZ, natural de Chinandega,Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se leextiende el Título de: Ingeniero en Computación y Sistemas, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del paísle conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cinco díasdel mes de junio del año dos mil siete. Rector de la Universidad, Dra. OlgaMaría del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska Meza Dávila.Decano de la Facultad, Ing. Hulasko Antonio Meza Soza. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

———————————Reg. 14318 – M. 7375870 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 2152, Página 288 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Electrotecniay Computación. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL.POR CUANTO:

ALDO JOSÉ ALVARADO GAITÁN, natural de Catarina, Departamentode Masaya, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos exigidos por la Facultad de Electrotecnia y Computación,para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Ingeniero Eléctrico, para que goce delas prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de julio del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Ing. Ariel Roldan Paredes.

Es conforme, Managua, once de Agosto del 2008. Ing. María MercedesGarcía Bucardo. Directora de Registro, UNI.

——————Reg. 14319 – M. 7375827 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 1881 Página 152, Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad Electrotecniay computación. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL.POR CUANTO:

NADIELKA MARIA LÓPEZ ADAM, Natural de Jinotega, Departamentode Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos exigidos por la Facultad Electrotecnia y Computación paraobtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Ingeniero Eléctrico, para que goce delas prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

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Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticuatrodías del mes de agosto del año dos mil siete. Rector de la Universidad, Ing.Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino.Decano de la Facultad, Ing. Ariel Roldan Paredes.

Es Conforme, Managua, veinticinco de septiembre del 2007. Mba.Ronald Torres Mercado, Director de Registro, UNI.

———————————Reg. 14320 – M. 7375896 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 1814, Página 128 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Construcción. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICACENTRAL. POR CUANTO:

FÉLIX ALBERTO NOVOA MEZA, natural de Chinandega,Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnologíade la Construcción, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO:En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Civil, para quegoce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciochodías del mes de agosto del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing.Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino.Decano de la Facultad, Ing. Oscar Gutiérrez Somarriba.

Es conforme, Managua, cuatro de septiembre del 2008. Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro

———————————Reg. 14321 – M. 7375820 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 2166, Página 295 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Electrotecniay Computación. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL.POR CUANTO:

DENIS JOSÉ CANO GARCÍA, natural de Masaya, Departamento deMasaya, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos exigidos por la Facultad de Electrotecnia y Computación,para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentos universitariosvigentes le extiende el Título de Ingeniero en Computación, para quegoce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de julio del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Ing. Ariel Roldan Paredes.

Es conforme, Managua, once de agosto del 2008. Ing. María MercedesGarcía Bucardo. Directora de Registro

—————————Reg. 14322 – M. 7375871 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto Managua, certifica que en laPágina 289, Tomo III del Libro de Registro de Títulos Universitarios dela Escuela de Ciencias de Administrativas que esta dirección tiene bajo suresponsabilidad, se inscribió el Título que literalmente dice: LaUniversidad Evangélica Nicaragüense, Martín Luther King Jr,.POR CUANTO:

OSVALDO DE JESÚS DÁVILA ARMAS, ha cumplido con todos losrequisitos académicos establecidos en el plan de estudios de su carrera yen las normativas de culminación de estudios vigentes. POR TANTO:Le otorga el Título de Licenciado en Contabilidad Pública y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintisietedías del mes de enero del año dos mil siete. El Rector de la Universidad,Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la Junta Directiva, WilliamGonzález Campos. La Secretaria General, Marling Schiffman Membreño.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, que extendemos la presenteen la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de enero del año dosmil siete. Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

—————————Reg. 14323 – M. 7375797 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto Managua, certifica que en laPágina 006, Tomo IV del Libro de Registro de Títulos Universitarios dela Escuela de Ciencias de Administrativas que esta dirección tiene bajo suresponsabilidad, se inscribió el Título que literalmente dice: LaUniversidad Evangélica Nicaragüense, Martín Luther King Jr,.POR CUANTO:

ROXANNA DEL CARMEN SALINAS ARANA, ha cumplido contodos los requisitos académicos establecidos en el plan de estudios de sucarrera y en las normativas de culminación de estudios vigentes. PORTANTO: Le otorga el Título de Licenciada en Contabilidad Públicay Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte ynueve días del mes de febrero del año dos mil ocho. El Rector de laUniversidad, Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la JuntaDirectiva, Eduviges Pineda Llanes. La Secretaria General, Mabel delSocorro Leiva Miranda.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, que extendemos la presenteen la ciudad de Managua, a los siete días del mes de marzo del año dos milocho. Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

———————Reg. 14324 – M. 7375821 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico dela Universidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 60 Partida No.119, Tomo No. II del Libro de Registro de Títulos de Graduados en laUniversidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR CUANTO:

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MARIA MERCEDES ESPINOZA VELÁSQUEZ, natural de Jinotepe,Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada en Administración de Empresas, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Ing. Dora Maria Meza Cornavaca. El Secretario General, Msc. MaríaLeticia Valle Dávila. El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días delmes de agosto del año dos mil ocho. Margarita Cuadra Ferrey, Directorde Registro.

———————Reg. 14325 – M. 7375816 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro Académico de laUniversidad “Jean Jacques Rousseau”, certifica que en el Tomo 1, Página022, Línea 494 del Libro de Registro de Títulos que esta oficina lleva asu cargo, se inscribió el Título que dice: La Universidad Jean JacquesRousseau - UNIJJAR - POR CUANTO:

MARIELA ALEJANDRA PÉREZ MOLINA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Plan de estudio de su carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes de la Facultad de CienciasMédicas. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciad en Farmacia,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticincodías del mes de enero de dos mil ocho. Rector-Presidente, Lic. AníbalLanuza Rodríguez. Secretario General, Lic. Ruth Alvarado Ortega.Director de Registro, Lic. Sergio Altamirano Aráuz.

Conforme su original con el que fue debidamente cotejado. Managua, 25de enero de 2008. Lic. Sergio Altamirano Aráuz, Director, Departamentode Registro Académico.

————————Reg. 14326 – M. 7375891 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N., Certificaque la Página 053 Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde FF.CC.EE.AA. que este Departamento lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice “La Universidad Cristiana Autónoma de Nicaragua”.POR CUANTO:

VILMA ESPERANZA LAGUNA AGUIRREZ, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiendo el Título de Licenciada enContaduría Pública y Finanzas, para que goce de los derechos yprerrogativas que Legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los cinco días delmes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Msc.Jeannette Bonilla de García. El Secretario General, Lic. Manelly BonillaMiranda.

Es conforme. León, 05 de agosto del 2008*. Firma Ilegible, Director deRegistro U.C.A.N.

————————Reg. 14327 – M. 73758890 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N., Certificaque la Página 030-031 Tomo I del Libro de Registro de Títulos de laFacultad de FF.CC.EE.AA. que este Departamento lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice “La Universidad Cristiana Autónoma deNicaragua”. POR CUANTO:

ANA YANETH LAGUNA AGUIRREZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiendo el Título de Licenciada enAdministración de Turismo, para que goce de los derechos y prerrogativasque Legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los cinco días delmes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad, Msc.Jeannette Bonilla de García. El Secretario General, Lic. Manelly BonillaMiranda.

Es conforme. León, 05 de agosto del 2008. Firma Ilegible, Director deRegistro U.C.A.N.

——————Reg. 14328 – M. 7375878 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de BICU, Certifica que ala Página 309, Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad deCiencias Económicas y Administrativas, que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Bluefields Indian & CaribbeanUniversity”. POR CUANTO:

NEISY MICHELY PERRY DESOUZA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enAdministración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Bluefields, Región Autónoma del Atlántico Sur,República de Nicaragua, a los 22 días del mes de noviembre del año 2007.El Rector de la Universidad, Msc. Faran Dometz Hebbert, el SecretarioGeneral, Msc. René Cassells Martínez, el Decano, Lic. Wiston FedrickTucker.

Es conforme. Bluefields, 23 de noviembre del 2007. Firma Ilegible,Director de Registro, BICU.

——————Reg. 14329 – M. 7375873 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro y Control Académico de la Universidaddel Valle, certifica que bajo el Número 590, Folio 022, Tomo 001 del Librode Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultadde Jurídica y Sociales, que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: UNIVERSIDAD DEL VALLE. STUDIUM SEMPERADEST - POR CUANTO:

GLEYSI MAGALI FLORES MONTIEL, natural de Granada,

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Departamento de Granada, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudios de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Relaciones Internacionales, paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho.- Rectoría, Lic. Socorro BonillaCastellón.- Secretaria General. Lic. Arnoldo Arreaga Carrera.

Es conforme. Managua, a los 23 días del mes de agosto de 2008. SilviaArreaga C., Registro y Control.

————————Reg. No. 14330 – M. 7375863 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 157, Tomo VIII, Partida 4082 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.POR CUANTO:

XOCHILT ALEJANDRA PALACIOS NORORI, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido todoslos requisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así comolas disposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnicade Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enBanca y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que laLey le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de noviembredel dos mil siete”. El Rector de la Universidad, Ing. Emerson PérezSandoval. El Secretario General Dr. Norberto Herrera Zúniga.

Es conforme. Managua, seis de diciembre del dos mil siete. Lic. LauraCantarero, Directora.

————Reg. 14331- M.- 7375844 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número085 en el Folio 085 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 085. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de :la Universidad Americana procedea inscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

ADOLFO MARTIN TIJERINO VEROY, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Arquitecto, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 085, Folio 085, Tomo XVII

del Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008". Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico

————Reg. 14332- M.- 7375843 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número076 en el Folio 076 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 076. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

NORMA GERALDINE MARTÍNEZ BORGEN, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtudde las potestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua,por tanto le extiende el TÍTULO de Arquitecta, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 076, Folio 076, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008". Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico

————Reg. 14333- M.- 7375824 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número077 en el Folio 077 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 077. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

RAMIRO ROBERTO MARTINEZ FLORES, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtudde las potestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua,por tanto le extiende el TÍTULO de Arquitecto Cum Laude, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos le

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conceden.Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 077, Folio 077, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008". Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico

—————————Reg. No. 14334 – M. 7375855 – Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), Certifica que en el Libro Registro de Títulos de Pregrado TomoXV de la Dirección de Registro Académico rola con el número 068 en elfolio 068 la inscripción del Título que íntegramente dice: “Número 068.Hay una foto en la parte superior derecha. El suscrito Director de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir el Título queliteralmente dice: “Hay un Escudo de Nicaragua repujado LAUNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAM en dorado.Considerando que:

YAMILET DEL SOCORRO AGUADO MONTEALEGRE, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de sucarrera y en virtud de las potestades otorgadas por las Leyes de laRepública de Nicaragua. Por Tanto, le extiende el Título de Licenciadaen Turismo y Administración Hotelera, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los ocho días del mes deseptiembre del año dos mil siete. Firma ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Firma Ilegible. Doctora Mayling Lau Gutiérrez. SecretariaGeneral. Firma Ilegible. Licenciada Lucy Valenti García. Decano. Hay unsello seco de la Rectoría impregnado en una estampa dorada. Registradocon el número 068, Folio 068, Tomo XV del Libro de Registro de Títulos.Managua, Nicaragua, ocho de septiembre del año 2007. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico” Es conformecon su original con el que fue debidamente cotejado. Managua, ocho díasdel mes de septiembre del año dos mil siete. Licenciado José Palermo RuizMairena. Director de Registro Académico. Hay un sello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, trece de agosto del año dos mil ocho. Licenciado José PalermoRuiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14335- M.- 7375850 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número106 en el Folio 106 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 106. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaragua

repujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

LUCIA ELENA DE FRANCO BALTODANO, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtudde las potestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua,por tanto le extiende el TÍTULO de Licenciada en Diplomacia yRelaciones Internacionales, para que goce de los derechos y prerrogativasque las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 106, Folio 106, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008". Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.———————

Reg. 14365 - M 7375906 - Valor C$ 95.00

REPOSICIÓN DE TITULO

La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua,informa que se ha solicitado reposición de Título de Doctor en Medicinay Cirugía, extendido por esta Universidad el 4 de septiembre de 1990,a nombre de JOSÉ ÁNGEL FAJARDO FAJARDO.

Los interesados pueden oponerse dentro del plazo de diez días, contadosa partir de la fecha de esta publicación.

Managua, a los once días del mes de septiembre del año dos mil ocho. NiveaGonzález Rojas, Secretaria General.

———————————Reg. 14366 – M. 2564634 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 313, Tomo VIII del Libro de Registro de Títulos de laFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

MIRIAM PATRICIA BERRÍOS GUERRERO, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas ySociales, POR TANTO le extiende el Título de Licenciada en Derecho,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintiún díasdel mes de julio del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R. Sampson.El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 21 de julio de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda, Directorde Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 14367 – M. 7375923 – Valor C$ 95.00

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CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 290, Tomo VIII del Libro de Registro de Títulos de laFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

GLORIA ESPERANZA PÉREZ ESCOBAR, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,POR TANTO le extiende el Título de Licenciada en Derecho, para quegoce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los 2 días del mesde julio del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R. Sampson. ElSecretario General, Rog. Gurdián.”Es conforme. León, 2 de julio de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda, Directorde Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14368 – M. 7375986 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 34, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Regional Multidisciplinaría de Estelí, que ésta Dirección lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

XOCHILT CÓRDOBA PERALTA, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Regional Multidisciplinaría de Estelí. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Contaduría Públicay Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte díasdel mes de julio del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P. El Secretario General, Nivea González R.”

Es conforme, Managua, 20 de julio del dos mil ocho. Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 14369 – M. 7375956 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, certifica quea la Página 378, Tomo I del Libro de Registro de Título del CentroUniversitario Regional de Carazo que esta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma deNicaragua. POR CUANTO:

GLADIS DEL SOCORRO MATUS, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Centro Universitario Regional de Carazo.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en ContaduríaPública y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los cuatro díasdel mes de agosto del dos mil ocho, El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N González R

Es conforme. Managua, 4 de agosto de 2008, Rosario Gutiérrez, Directora.

Reg. 14370 – M. 7375909 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 391, Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Económicas y Empresariales que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

GREYCI JAQUELIN HERRERA SOLÓRZANO, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicasy Empresariales, POR TANTO le extiende el Título de Licenciada enEconomía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco díasdel mes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R.Sampson. El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 25 de agosto de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 14371 – M. 7375912 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 16, Tomo IV del Libro de Registro de Títulos de la Facultadde Ciencias Químicas que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ORLANDO JOSÉ RUIZ MATUS, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Químicas, POR TANTO leextiende el Título de Licenciado Químico Farmacéutico, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticinco díasdel mes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R.Sampson. El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 25 de agosto de 2008. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14372 – M. 7375933 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 156, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

PABLO ANTONIO VALDEZ CUADRA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Diplomacia yCiencias Políticas, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P. El Secretario General, N. González R.”

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Es conforme, Managua, 28 de agosto del 2008. Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 14373 – M. 7375959 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 330, Tomo IX, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- POR CUANTO:

GARDER ELIU ANDINO GONZÁLEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Administración deEmpresas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmentese le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte díasdel mes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 20 de agosto del 2008. Rosario Gutiérrez,Directora.

————————Reg. 14374 – M. 7375967 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 695, Tomo III, del Libro de Registro de Título del InstitutoPolitécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- POR CUANTO:

JUANA MARIA GALLARDOS RUIZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la Salud. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Enfermería conÉnfasis en Paciente Crítico, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiún díasdel mes de julio del año dos mil tres. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 21 de julio del 2003. Rosario Gutiérrez, Directora.————————

Reg. 14375 – M. 7375987 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 172, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Regional Multidisciplinaria de Estelí, que ésta Dirección lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

ANDREA LUCIA CÓRDOBA PERALTA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Regional Multidisciplinaria deEstelí. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Cienciasde la Computación, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nueve díasdel mes de abril del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Francisco Guzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 9 de abril del 2008. Rosario Gutiérrez, Directora.————————

Reg. 14376 – M. 7375985 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 407, Tomo VI del Libro de Registro de Título de la Facultadde Ciencias de la Educación que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.POR CUANTO:

FÉLIX MARGARITA PERALTA REYES, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Ciencias de laEducación con la Especialidad de Ciencias Sociales, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trece díasdel mes de septiembre del mil novecientos noventa y cuatro, El Rectorde la Universidad, Francisco Guzmán P. El Secretario General, W. GenetB.

Es conforme. Managua, 13 de septiembre de 1994, Rosario Gutiérrez,Directora.

________________Reg. 14377 – M. 7375984 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 0253 Tomo VI Partida 1956 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.Por cuanto:

FRANCISCA NOHELIA UMANZOR MUÑOZ, natural de Totogalpa,Departamento de Madriz, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, así como lasdisposiciones pertinentes establecidas por la Universidad Politécnica deNicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enEnfermería, para que goce de los derechos y prerrogativas que la Ley leconcede.

Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de agosto del dosmil cinco.” El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval. ElSecretario General (ai), Lic. Tomás Téllez Ruiz. El Director de Registro,Lic. Laura Cantarero.

Es conforme. Managua, dos de septiembre del dos mil cinco. Lic. LauraCantarero, Directora.

_______________Reg. 14378 – M. 7375990 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 248 Tomo VIII Partida 4365 del Librode Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Politécnica de Nicaragua.

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Por cuanto:

MARIA AUXILIADORA PINEDA, natural de San Miguelito,Departamento de Río San Juan, República de Nicaragua, ha cumplidotodos los requisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, asícomo las disposiciones pertinentes establecidas por la UniversidadPolitécnica de Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título deEnfermera Profesional, para que goce de los derechos y prerrogativasque la Ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de diciembre deldos mil siete.” El Rector de la Universidad, Ing. Emerson Pérez Sandoval.El Secretario General Dr. Norberto Herrera Zúñiga.

Es conforme. Managua, dieciséis de enero del dos mil ocho. Lic. LauraCantarero, Directora.

————Reg. 14379 – M. 7375936 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito, Responsable del Departamento de Registro Central de laUniversidad del Norte de Nicaragua, Certifica que bajo el Asiento N° 179,Pág. 083-084, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Universidad,correspondiente a la Facultad de: Ciencias Agropecuarias y Ambientales.Y que esta Instancia lleva a su cargo se inscribió el título que dice: LAUNIVERSIDAD DEL NORTE DE NICARAGUA. POR TANTO:

HARVEY VALLECILLO OBANDO, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Agropecuarias y Ambientales.POR TANTO: Se le extiende el Título de Ingeniero en Sistemas deProducción Agropecuaria, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua a los veinte días delmes de diciembre del año dos mil siete. Lic. Noel Ponce Lanzas, Rector.Ing. Justo Pastor Núñez, Secretario General. Lic. Sergio Calero Jaime,Director del Dpto. de Registro y Control Académico.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua, a los diecisiete díasdel mes de enero del año dos mil ocho. Lic. Sergio Calero Jaime, Directordel Departamento de Registro y Control Académico.

-————Reg. 14380 – M. 7375934 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito, Responsable del Departamento de Registro Central de laUniversidad del Norte de Nicaragua, Certifica que bajo el Asiento N° 179,Pág. 083-084, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Universidad,correspondiente a la Facultad de: Ciencias Agropecuarias y Ambientales.Y que esta Instancia lleva a su cargo se inscribió el título que dice: LAUNIVERSIDAD DEL NORTE DE NICARAGUA. POR TANTO:

ELSA DAMARIS GONZÁLEZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias Agropecuarias y Ambientales.POR TANTO: Se le extiende el Título de Ingeniero en Sistemas deProducción Agropecuaria, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua a los veinte días delmes de diciembre del año dos mil siete. Lic. Noel Ponce Lanzas, Rector.Ing. Justo Pastor Núñez, Secretario General. Lic. Sergio Calero Jaime,Director del Dpto. de Registro y Control Académico.

Dado en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua, a los dieciséis díasdel mes de enero del año dos mil ocho. Lic. Sergio Calero Jaime, Directordel Departamento de Registro y Control Académico.

———————Reg. 14381 – M. 7375971 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico dela Universidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 25 Partida No.49, Tomo No. II del Libro de Registro de Títulos de Graduados en laUniversidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR CUANTO:

JANETT DEL CARMEN GARCÍA QUINTERO, natural de Chinandega,Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Ingeniera Industrial, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Ing. Dora Maria Meza Cornavaca. El Secretario General, Msc. MaríaLeticia Valle Dávila. El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días delmes de agosto del año dos mil ocho. Margarita Cuadra Ferrey, Directorde Registro.

———————Reg. 14382 – M. 7375907 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico dela Universidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 84 Partida No.166, Tomo No. II del Libro de Registro de Títulos de Graduados en laUniversidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR CUANTO:

VERÓNICA DEL SOCORRO CUNNINGHAM IBARRA, natural deManagua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Ingeniera de Sistemas, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Ing. Dora Maria Meza Cornavaca. El Secretario General, Msc. MaríaLeticia Valle Dávila. El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días delmes de agosto del año dos mil ocho. Margarita Cuadra Ferrey, Directorde Registro

———————CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico dela Universidad de Managua, certifica que bajo el Folio No. 38 Partida No.75, Tomo No. II del Libro de Registro de Diplomas de Post Grados enla Universidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribióel Diploma que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA, POR

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CUANTO:

VERÓNICA DEL SOCORRO CUNNINGHAM IBARRA, ha cumplidocon todos los requisitos académicos establecidos por esta universidadpara los programas de postgrado. POR TANTO: Le extiende el Diplomade Postgrado en Postgrado en Base de Datos, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de agosto del año dos mil ocho. El Rector de la Universidad,Ing. Dora Maria Meza Cornavaca. Director de Postgrado y EducaciónContinua. Msc. Silvio Moisés Casco Marenco. El Secretario General,Msc. María Leticia Valle Dávila. La Directora de Registro, MargaritaCuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los veintitrés días delmes de agosto del año dos mil ocho. Margarita Cuadra Ferrey, Directorade Registro.

————————Reg. 14383 – M. 7375943 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 11, Página 059, Tomo XIV,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

GLORIA DEL SOCORRO BONILLA URBINA, natural de Juigalpa,Departamento de Chontales, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO se leextiende el Título de: Licenciada en Administración de Empresas, paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delpaís le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dieciochodías del mes de abril del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra.Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Max Montenegro Ortiz. Lic. RicardoLara Silva, Dir. Registro Académico Central, UPONIC.

————————Reg. 14384 – M. 7375939 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 06, Página 059, Tomo XIV,del Libro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente a laFacultad de Ciencias de la Economía, y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DENICARAGUA. POR CUANTO:

ERNESTINA RIVAS DÁVILA, natural de Nueva Guinea, Departamentode RAAS, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los seis días delmes de marzo del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Dra. Olga

María del Socorro Soza Bravo. Secretaria General, Lic. Ninoska MezaDávila. Decano de la Facultad, Lic. Ricardo Lara Silva, Dir. RegistroAcadémico Central, UPONIC.

———————————Reg. 14385 – M. 7375982 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el Nº 2138, Página 281 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Electrotecniay Computación. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL.POR CUANTO:

MARÍA DE LOS ÁNGELES ZELEDÓN FLORES, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Electrotecniay Computación, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO:En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero enComputación, para que goce de las prerrogativas que las leyes yreglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce díasdel mes de junio del año dos mil ocho. Es conforme, Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing. DiegoMuñoz Latino. Decano de la Facultad, Ing. Ariel Roldan Paredes.

Managua, siete de julio del 2008. Ing. María Mercedes García Bucardo.Directora de Registro, UNI.

———————————Reg. 14386 – M. 7375929 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 1790, Página 116 Tomo III del Libro de Registrode Títulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Construcción. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICACENTRAL. POR CUANTO:

KARLA NOÉ GONZÁLEZ ULLOA, natural de El Viejo, Departamentode Chinandega, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de laConstrucción, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO: Envirtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Agrícola, paraque goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los catorce díasdel mes de julio del año dos mil ocho. Rector de la Universidad, Ing. AldoUrbina Villalta. Secretario General, Ing. Diego Muñoz Latino. Decano dela Facultad, Ing. Oscar Gutiérrez Somarriba.

Es conforme, Managua, cinco de agosto del 2008. Ing. María MercedesGarcía Bucardo. Directora de Registro

———————————Reg. 14387 – M. 7375903 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

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La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional de Ingeniería,certifica que bajo el N° 781, Página 11 Tomo II del Libro de Registro deTítulos de la Universidad, correspondiente a la Facultad de Tecnologíade la Construcción. Y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICACENTRAL. POR CUANTO:

WILBER FRANCISCO FÚNEZ OSORTO, natural de Chinandega,Departamento de Chinandega, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos exigidos por la Facultad de Tecnologíade la Construcción, para obtener el grado correspondiente. POR TANTO:En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Civil, para quegoce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiún díasdel mes de agosto del año dos mil. Rector de la Universidad, Ing. MarioCaldera Alfaro. Secretario General, Lic. Jorge Morales Sequeira. Decanode la Facultad, Ing. Néstor Lanzas Mejia.

Es conforme, Managua, nueve de septiembre de 2008. Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro

——————Reg. 14388 – M. 7375899 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de BICU, Certifica que ala Página 300, Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad deCiencias Económicas y Administrativas, que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Bluefields Indian & CaribbeanUniversity”. POR CUANTO:

YAHAIRA YADIRA CASANOVA MAITLAND, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicasy Administrativas. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciadaen Administración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Bluefields, Región Autónoma del Atlántico Sur,República de Nicaragua, a los 26 días del mes de septiembre del año 2007.El Rector de la Universidad, Msc. Faran Dometz Hebbert, el SecretarioGeneral, Msc. René Cassells Martínez, el Decano, Wiston FedrickTucker.

Es conforme. Bluefields, 02 de octubre del 2007. Firma Ilegible, Directorde Registro, BICU.

————————————Reg. 14389 – M. 7375915 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad de lasAméricas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el Número 2330 TomoV Libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: La Universidad de las Américas.POR CUANTO:

MARYORY JULIETH ESPINOZA ALEMÁN, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título deLicenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 27 días delmes de abril del 2008. Rector General: (F) Evenor Estrada G., SecretarioGeneral: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 27 de abril del 2008. Lic. Jolieth CastilloUgarte, Dir. Registro y Control Académico.

————Reg. 14390 – M. 7375989 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Secretaria General de la Escuela Internacional de Agriculturay Ganadería de Rivas, Certifica que bajo número 273, página 273, TomoII del Libro de Registro de Títulos de graduados en Ciencias Agropecuariaque este Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaEscuela Internacional de Agricultura y Ganadería de Rivas”. PORCUANTO:

ARÍSTIDES JOSÉ MORALES MORALES, natural de Bélen,Departamento de Rivas, República de Nicaragua, ha aprobado en laEscuela Internacional de Agricultura y Ganadería de Rivas, todos losrequisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Técnico Superior en Ciencias Agropecuarias, para que gocede las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Rivas, República de Nicaragua, a los quince días delmes de julio del año dos mil ocho. - El Director de la Escuela Internacionalde Agricultura y Ganadería de Rivas, Rvdo. Gregorio Barreales Barrealesy El Secretario General, Lic. Claudia Lucía Barahona Chávez.

Es conforme. Rivas, quince de julio del año dos mil ocho. – Claudia LucíaBarahona Ch., Secretaria General.

————————Reg. 14391 – M. 7375975 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Dirección de Registro Académico de la UTC,Certifica que a la Página 024, Tomo I, del libro de Registro de Títulos deesta Universidad que esta dependencia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: “La Universidad Técnica de Comercio – PORCUANTO:

ÁNGELA DEL ROSARIO FLORES PÉREZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, quien ha cumplidocon los requisitos establecidos por la carrera de Licenciatura enAdministración de Empresas. POR TANTO: Le extiende el título deLicenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que la ley le confiere.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintitrésdías del mes de noviembre del año dos mil siete. La Rectora de laUniversidad, Lic. Gladys Bonilla Muñoz. El Secretario General, Lic.Hulda Bonilla Muñoz.” Es conforme, Managua, 10 de enero del 2008. Lic.Jeanneth Flores Herrera, Directora de Registro Académico.

————Reg. 14392 - M.- 7375980 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número

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052 en el Folio 052 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 052. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

JULIO RAÚL MENDOZA HERRERA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Licenciado en Administración de Empresas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosle conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 052, Folio 052, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14393 - M.- 7375992 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número042 en el Folio 042 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 042. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

RONAL JAVIER DUARTE GUTIÉRREZ, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Licenciado en Administración de Empresas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosle conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 042, Folio 042, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14394 - M.- 7375991 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número051 en el Folio 051 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 051. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

RAMÓN ERNESTO MEDRANO BROCKMANN, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y envirtud de las potestades otorgadas por las leyes de la República deNicaragua, por tanto le extiende el TÍTULO de Licenciado enAdministración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 051, Folio 051, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14395 - M.- 7375953 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número112 en el Folio 112 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 112. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

CARLOS JOSÉ RIVAS VALLEJOS, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Ingeniero Civil, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 112, Folio 112, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamente

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cotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14396 - M.- 7375950 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número107 en el Folio 107 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 107. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

ROBERTO ANTONIO ESCORCIA VANEGAS, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y envirtud de las potestades otorgadas por las leyes de la República deNicaragua, por tanto le extiende el TÍTULO de Ingeniero Civil, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 107, Folio 107, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14397 - M.- 7375979 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número104 en el Folio 104 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 104. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

YANUARIA DE LOS ÁNGELES ARAGÓN QUANT, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudios de su carrera y envirtud de las potestades otorgadas por las leyes de la República deNicaragua, por tanto le extiende el TÍTULO de Licenciada en Diplomaciay Relaciones Internacionales, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 104, Folio 104, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14398 - M.- 227392/7375978 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVIII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número018 en el Folio 018 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 018. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAMen dorado. Considerando que:

MARIA ROSIBEL HERRERA MEJIA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Licenciada en Mercadeo y Publicidad, paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 018, Folio 018, Tomo VIII delLibro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembre delaño 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

————Reg. 14399 - M.- 7375965 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director de Registro Académico de la Universidad Americana(UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro de Títulos de PregradoTomo XVII de la Dirección de Registro Académico rola con el Número066 en el Folio 066 la inscripción del Título que íntegramente dice:“Número 066. Hay una foto en la parte superior derecha. El suscritoDirector de Registro Académico de la Universidad Americana procede ainscribir el Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaraguarepujado. LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAM

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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30-09-08 187

en dorado. Considerando que:

SILVIO JOSÉ BALLADARES MEZA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y en virtud de laspotestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua, por tantole extiende el TÍTULO de Arquitecto, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los seis días del mes deseptiembre del año dos mil ocho. Firma Ilegible. Doctor Ernesto MedinaSandino. Rector. Firma Ilegible. Doctor Ernesto Castillo Martínez.Secretario General. Hay un sello seco de la Rectoría impregnado en unaestampa dorada. Registrado con el Número 066, Folio 066, Tomo XVIIdel Libro de Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 06 de septiembredel año 2008”. Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Firma ilegible.José Palermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico. Hay unsello”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, seis de septiembre del año dos mil ocho. Licenciado JoséPalermo Ruiz Mairena. Director de Registro Académico.

———————————Reg. 14423 – M. 7375997 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 354, Tomo VIII del Libro de Registro de Títulos de laFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

BAYARDO RAMÓN GRILLO GUIDO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,POR TANTO le extiende el Título de Licenciado en Derecho, para quegoce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días delmes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, R. Sampson.El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 4 de agosto de dos mil ocho. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14424 – M. 7644020 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 37, Tomo I, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

JOSÉ DAVID GARCÍA, ha cumplido con todos los requisitos establecidospor la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciado en Derecho, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte díasdel mes de julio del año dos mil siete. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, Nivea González R.”

Es conforme, Managua, 20 de julio del 2007. Rosario Gutiérrez, Directora.———————————

Reg. 14425 – M. 7644008 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León, Certificaque a la Página 26, Tomo VIII del Libro de Registro de Títulos de laFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

EDWIN ARIEL RODRÍGUEZ RIVERA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,POR TANTO le extiende el Título de Licenciado en Derecho, para quegoce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintiséis díasdel mes de abril del dos mil siete. El Rector de la Universidad, R. Sampson.El Secretario General, Rog. Gurdián.”

Es conforme. León, 26 de abril de 2007. Lic. Teresa Rivas Pineda, Directorde Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg. 14426 – M. 7644042 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN, certificaque a la Página 103, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua- POR CUANTO:

RICARDO ANTONIO AVENDAÑO ARAUZ, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad Educación e Idiomas. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Ciencias de laEducación con Mención en Física-Matemática, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte díasdel mes de agosto del dos mil ocho. El Rector de la Universidad, FranciscoGuzmán P. El Secretario General, N. González R.”

Es conforme, Managua, 20 de agosto del 2008. Rosario Gutiérrez,Directora.

SECCION JUDICIAL

DECLARATORIA DE HEREDEROS

Reg. 14361 - M 7375828 - Valor C$ 435.00

MELBA ISABEL CENTENO ZAMBRANA en su propio nombre y enrepresentación de sus menores hijos MELBA GABRIELA, JONATHANJOSSIEL, MARLON ALEXANDER y KEVIN ARNOLD, todos deapellidos REYES CENTENO, solicitan declararse herederos de todos losbienes, derechos y acciones, que al morir dejara Marlon Ricardo ReyesAguirre (Q.E.P.D.) señalándose el término de ocho días para oponersequien se creyere con igual o mejor derecho. Dado en el Juzgado TerceroCivil de Distrito de Managua, a las nueve y veintitrés minutos de la mañanadel día Lunes veintiuno de julio del dos mil ocho. (f) LIC. ANGELNAPOLEÓN SANCHEZ RODRÍGUEZ, Juzgado Tercero DistritoCivil de la Circunscripción Managua. (f) Secretario.

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