FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS...

2
Datos de la quema: Polígono y parcela: Tipos de quema (marque con una X la que corresponda): Firma del titular de la finca, Firma del responsable de la quema (sólo si es diferente al titular), Telèfon d'emergències: 112 SOLICITUD COMUNICACIÓN DE ACTIVIDADES EN LAS QUE SE HACE USO DEL FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS DE COCENTAINA (BOP núm. 112 de 14 de junio de 2011) Espacio reservado para registro de entrada Ajuntament de Cocentaina DATOS DELTITULAR DE LA FINCA (*) Nombre DNI / CIF Apellidos Domicilio (calle / plaza y número) Teléfono Localidad Código Postal DATOS DEL RESPONSABLE DE LA QUEMA (EN CASO QUE SEA DIFERENTE AL TITULAR (*) Nombre DNI / CIF Apellidos Domicilio (calle / plaza y número) Teléfono Localidad Código Postal Restos procedentes de podas Restos procedentes de limpiezas manuales Quema de márgenes, cunetas, acequias i rastrojos Pirotécnia , de de Partida: Días de la quema: TODA LA TEMPORADA 2015 - 2016 ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA (*) Los datos de carácter personal que nos proporcionáis seran objeto de tratamiento y se incluiran en un fichero de datos el responsable del cual es el Ayuntamiento de Cocentaina. La finalidad de dicho fichero es la gestión de los datos de los ciudadanos y ciudadanas en sus relaciones con el Ayuntamiento de Cocentaina y sus organismos autónomos, y podrá cederse a otras administraciones públicas. Todo eso en los supuestos y con los requisitos que exige la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14/12/99). El derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, se podrá ejercer delante de la Alcaldía de Cocentaina (Pl. de la Vila, 1 03820 Cocentaina). fitxer 08

Transcript of FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS...

Page 1: FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS ...cocentaina.diputacionalicante.es/wp-content/uploads/2015/...298, de 14/12/99). El derecho de El derecho de acceso, rectificación, cancelación

Datos de la quema:

Polígono y parcela:

Tipos de quema (marque con una X la que corresponda):

Firma del titular de la finca, Firma del responsable de la quema (sólo si es diferente al titular),

Telè

fon

d'e

mer

gèn

cies

: 1

12

SOLICITUDCOMUNICACIÓN DE ACTIVIDADES EN LAS QUE SE HACE USO DEL

FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS DE COCENTAINA (BOP núm. 112 de 14 de junio de 2011)

Espacio reservado para registro de entrada

Ajuntament de Cocentaina

DATOS DELTITULAR DE LA FINCA (*)Nombre DNI / CIF Apellidos

Domicilio (calle / plaza y número)

TeléfonoLocalidadCódigo Postal

DATOS DEL RESPONSABLE DE LA QUEMA (EN CASO QUE SEA DIFERENTE AL TITULAR (*)Nombre DNI / CIF Apellidos

Domicilio (calle / plaza y número)

TeléfonoLocalidadCódigo Postal

Restos procedentes de podas

Restos procedentes de limpiezas manuales Quema de márgenes, cunetas, acequias i rastrojos Pirotécnia

, de de

Partida:

Días de la quema:TODA LA TEMPORADA 2015 - 2016

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA

(*) Los datos de carácter personal que nos proporcionáis seran objeto de tratamiento y se incluiran en un fichero de datos el responsable del cual es el Ayuntamiento de Cocentaina. La finalidad de dicho fichero es la gestión de los datos de los ciudadanos y ciudadanas en sus relaciones con el Ayuntamiento de Cocentaina y sus organismos autónomos, y podrá cederse a otras administraciones públicas. Todo eso en los supuestos y con los requisitos que exige la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14/12/99). El derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, se podrá ejercer delante de la Alcaldía de Cocentaina (Pl. de la Vila, 1 03820 Cocentaina).

fitxe

r 08

Page 2: FUEGO REGULADA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS ...cocentaina.diputacionalicante.es/wp-content/uploads/2015/...298, de 14/12/99). El derecho de El derecho de acceso, rectificación, cancelación

RESUMEN DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS DE COCENTAINA(El Plan Local de Quemas se publicó en el BOP núm. 112 de 14 de junio de 2011 y se puede recoger una copia en el

Registro del Ayuntamiento)

Actividad Normas generales

Restos de podas agrícolas

Restos de limpiezas manuales, de

cunetas, acequias y márgenes

1. Las quemas se realizaran en quemadores de hormigón. Si no se dispone de ninguno, la quema se hará en medio del bancal.2. La distancia mínima entre la hoguera y los márgenes, cunetas, o cualquier otra formación en que haya continuidad en la vegetación susceptible de poderse quemar, tiene que ser de 15 m.3. La altura de la llama no tiene que superar los 2 m.4. No se puede abandonar el fuego mientras se esté realizando la combustión, y sólo se puede abandonar cuando se hayan extinguido todas las brasas.5. Debe provenirse de una mochila extintora (mochila para fumigación), de 20 litros de capacidad como mínimo6. No se podran realizar quemas los días en que la velocidad del viento sea superior a 10 km/h.7. A parte de las anteriores, estará totalmente prohibido realizar este tipo de quemas en terrenos que esten a menos de 50 m de la montaña, realizando antes la limpieza manual para después quemar los rastrojos.

Quema directa de cunetas, rastrojos,

márgenes y acequias

1. No se puede abandonar el fuego mientras se esté realizando la combustión, y sólo se puede abandonar cuando se hayan extinguido todas las brasas. 2. Los bancales (superior e inferior) que definen el márgen que se va a quemar, tendran que estar perfectamente labrados, sin posibilidad de continuidad del fuego por ningún lado. En caso de las acequias, nos referimos a los bancales que los delimitan. En el caso de las cunetas, el camino correspondiente y el bancal superior. En el caso de los rastrojos, nos referimos a la totalidad de los bancales que rodean la zona a quemar.3. Los extremos de los márgenes, cunetas o acequies, como también cualquier otro punto con continuidad de combustible que se pudiera agarrar, se tendran que limpiar previamente a mano con una amplitud mínima de 10 m.4. Se tiene que iniciar la quema contra el viento, nunca a favor de la dirección del viento, y desde la parte superior del margen.5. Quien realice la quema se tiene que provenir de una mochila extintora de 20 litros como mínimo por si hubiera que realizar alguna actuación de extinción de un foco inicial.6. No se podrán realizar quemas los dias en que la velocidad del viento sea superior a 10 km/h.

Quemas forestales, ramaderas o cinegéticas

El permiso se tiene que solicitar a la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, o a quien tenga las competencias en materia de prevención de incendios. Se podrán llevar a cabo durante todo el año exceptuando los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Hogueras en áreas de acampada y

recreativas

Sólo se permitirá el fuego en los paelleros o construcciones habilidades para esta finalidad, y que esten legalmente autorizadas. En estas condiciones se podrá quemar todos los días de todo el año. No se permite ningún tipo de quema fuera de los paelleros.

Pirotécnia Todas las hogueras tradicionales, fuegos artificiales y cualquier otro tipo de quemas con pólvora, que esten fuera del núbleo urbano, necesitaran autorización expresa del Ayuntamiento.

Horarios:

Para regular los períodos y los horarios de quema, se han diferenciado dos zonas dentro del término municipal de Cocentaina

Zona Este: Al este del trazado nuevo de la Autovía Central.Zona Oeste: Al oeste del trazado nuevo de la Autovía Central.

Regulación de octubre a mayo Regulación especial del 1 al 15 de junio

Zona 1er período (desde la salida del sol a 17h)

2º período (desde la salida sol a 13 h)

3er período (desde la salida del sol a las 11 h)

Este 16 (*) octubre - 28 (29 febrero) 1 marzo – 31 mayo 1 junio – 15 junio (**)

Oeste 16 (*) de octubre - al 30 abril 1 mayo – 31 mayo 1 junio – 15 junio (**)

(*) Si las condiciones climatológicas son favorables, se podrá avanzar esta fecha (máximo hasta el 1 octubre)mediante notificación expresa de los Servicios Territoriales de la Consellería a los Ayuntamientos afectados.

(**) Solamente se podrán quemar restos de olivo verde.

• No son válidas las actividades recogidas en el Plan Local de Quemas durante los días declarados de preemergencia 3 u otras circunstancias reguladas (Orden de 2 de marzo de 2005, reguladora de las normas extraordinarias para la Semana Santa y Pascua, y de otras que se dispongan).

Se necesita permiso de la Consellería de Gobernación para las siguientes actividades:

• Almacenaje, transporte o utilización de material inflamable o explosivo.

• Operaciones de destilación de plantas aromáticas.

• Utilización de grupos electrógenos, motores, equipos eléctricos o de explosión, aparatos de soldadura, etc.

• Acumulación y almacenaje de leña y madera de cualquier tipo, tanto agrícola como forestal.

Otras cuestiones de interés: