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Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947). La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa (Decreto Nº 207/2016). PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA: DR. PABLO CLUSELLAS - Secretario DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL: LIC. RICARDO SARINELLI - Director Nacional e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL: Hipólito Yrigoyen 440, Entre Piso - C1086AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas SUMARIO Decretos SECRETARÍA GENERAL. Decreto 909/2018. DECTO-2018-909-APN-PTE - Desígnase Director de Agrupación Aérea. .................................................................................................. 3 PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN. Decreto 907/2018. DECTO-2018-907-APN-PTE - Recházase recurso.................................................................................................... 4 JUSTICIA. Decreto 908/2018. DECTO-2018-908-APN-PTE - Acéptase renuncia. ........................................................................................................................................................ 6 Decisiones Administrativas AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO. Decisión Administrativa 1700/2018. DA-2018-1700-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Subasta Pública Nº 392- 0004-SPU18. .............................................................................................................................................................................................................................................................. 7 DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Decisión Administrativa 1699/2018. DA-2018-1699-APN-JGM ............................................................................................................... 8 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS. Decisión Administrativa 1697/2018. DA-2018-1697-APN-JGM ................................................................................................. 10 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Decisión Administrativa 1695/2018. DA-2018-1695-APN-JGM................................................................................................................. 11 MINISTERIO DE DEFENSA. Decisión Administrativa 1698/2018. DA-2018-1698-APN-JGM - Adjudícase Contratación Directa por Exclusividad. ....................................................... 12 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Decisión Administrativa 1696/2018. DA-2018-1696-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 26/18. ................................ 13 MINISTERIO DE HACIENDA. Decisión Administrativa 1693/2018. DA-2018-1693-APN-JGM ..................................................................................................................................... 15 MINISTERIO DE HACIENDA. Decisión Administrativa 1694/2018. DA-2018-1694-APN-JGM ..................................................................................................................................... 17 PRESUPUESTO. Decisión Administrativa 1701/2018. DA-2018-1701-APN-JGM - Modificación presupuestaria. ....................................................................................................... 18 Resoluciones SECRETARÍA GENERAL. INTERÉS NACIONAL. Resolución 628/2018. RESOL-2018-628-APN-SGP - XXVII Encuentro Técnico Internacional de Administradores Fiscales...................... 22 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA. Resolución 83/2018. RESOL-2018-83-APN-SLYT ..................................................................................................................................................... 23 MINISTERIO DE HACIENDA. Resolución 814/2018. RESOL-2018-814-APN-MHA ........................................................................................................................................................ 24 MINISTERIO DE HACIENDA. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA. Resolución 41/2018. RESOL-2018-41-APN-SGE#MHA .................................................................................... 25 MINISTERIO DE HACIENDA. SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICA. Resolución 20/2018. RESOL-2018-20-APN-SCPE#MHA...................................................... 26 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO. Resolución 22/2018. RESOL-2018-22-APN-SECEP#JGM ..................................................................... 28 MINISTERIO DE DEFENSA. SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA. Resolución 11/2018. RESOL-2018-11-APN-SIPIYPD#MD..... 29 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES. Resolución 2/2018. RESOL-2018-2-APN-SECMA#MPYT............................................. 32 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Resolución 7/2018. RESOL-2018-7-APN-SRT#MPYT.................................................... 34 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Resolución 9/2018. RESOL-2018-9-APN-SRT#MPYT.................................................... 35 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS. Resolución 72/2018. RESOL-2018-72-APN-INASE#MPYT ............................................................... 38 MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD. Resolución 86/2018. RESOL-2018-86-APN-SGS#MSYDS.................................................... 39 MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA. Resolución 36/2018. RESOL-2018-36-APN-SRYGS#MSYDS .......................... 40 Primera Sección Buenos Aires, 33.975 Número Año CXXVI martes 16 de octubre de 2018

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Primera SecciónLegislación y Avisos Oficiales

Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947). La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa (Decreto Nº 207/2016).

PRESIDENCIA DE LA NACIÓNSecretArÍA LegAL y tÉcnicA:

DR. PABLO CLUSELLAS - SecretarioDirecciÓn nAciOnAL DeL regiStrO OficiAL:

LIC. RICARDO SARINELLI - Director nacional

e-mail: [email protected] nacional de la Propiedad intelectual nº 5.218.874

DOmiciLiO LegAL: Hipólito yrigoyen 440, entre Piso - c1086AAfciudad Autónoma de Buenos Aires

tel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

SUMARIO

Decretos

SECRETARÍA GENERAL. Decreto 909/2018. DECTO-2018-909-APN-PTE - Desígnase Director de Agrupación Aérea. .................................................................................................. 3

PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN. Decreto 907/2018. DECTO-2018-907-APN-PTE - Recházase recurso. ................................................................................................... 4

JUSTICIA. Decreto 908/2018. DECTO-2018-908-APN-PTE - Acéptase renuncia. ........................................................................................................................................................ 6

Decisiones Administrativas

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO. Decisión Administrativa 1700/2018. DA-2018-1700-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18. .............................................................................................................................................................................................................................................................. 7

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Decisión Administrativa 1699/2018. DA-2018-1699-APN-JGM ............................................................................................................... 8

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS. Decisión Administrativa 1697/2018. DA-2018-1697-APN-JGM ................................................................................................. 10

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Decisión Administrativa 1695/2018. DA-2018-1695-APN-JGM ................................................................................................................. 11

MINISTERIO DE DEFENSA. Decisión Administrativa 1698/2018. DA-2018-1698-APN-JGM - Adjudícase Contratación Directa por Exclusividad. ....................................................... 12

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Decisión Administrativa 1696/2018. DA-2018-1696-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 26/18. ................................ 13

MINISTERIO DE HACIENDA. Decisión Administrativa 1693/2018. DA-2018-1693-APN-JGM ..................................................................................................................................... 15

MINISTERIO DE HACIENDA. Decisión Administrativa 1694/2018. DA-2018-1694-APN-JGM ..................................................................................................................................... 17

PRESUPUESTO. Decisión Administrativa 1701/2018. DA-2018-1701-APN-JGM - Modificación presupuestaria. ....................................................................................................... 18

Resoluciones

SECRETARÍA GENERAL. INTERÉS NACIONAL. Resolución 628/2018. RESOL-2018-628-APN-SGP - XXVII Encuentro Técnico Internacional de Administradores Fiscales. ..................... 22

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA. Resolución 83/2018. RESOL-2018-83-APN-SLYT ..................................................................................................................................................... 23

MINISTERIO DE HACIENDA. Resolución 814/2018. RESOL-2018-814-APN-MHA ........................................................................................................................................................ 24

MINISTERIO DE HACIENDA. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA. Resolución 41/2018. RESOL-2018-41-APN-SGE#MHA .................................................................................... 25

MINISTERIO DE HACIENDA. SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICA. Resolución 20/2018. RESOL-2018-20-APN-SCPE#MHA ...................................................... 26

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO. Resolución 22/2018. RESOL-2018-22-APN-SECEP#JGM ..................................................................... 28

MINISTERIO DE DEFENSA. SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA. Resolución 11/2018. RESOL-2018-11-APN-SIPIYPD#MD ..... 29

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES. Resolución 2/2018. RESOL-2018-2-APN-SECMA#MPYT ............................................. 32

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Resolución 7/2018. RESOL-2018-7-APN-SRT#MPYT.................................................... 34

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Resolución 9/2018. RESOL-2018-9-APN-SRT#MPYT.................................................... 35

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS. Resolución 72/2018. RESOL-2018-72-APN-INASE#MPYT ............................................................... 38

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD. Resolución 86/2018. RESOL-2018-86-APN-SGS#MSYDS.................................................... 39

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA. Resolución 36/2018. RESOL-2018-36-APN-SRYGS#MSYDS .......................... 40

Primera Sección

Buenos Aires, 33.975NúmeroAño CXXVImartes 16 de octubre de 2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 2 Martes 16 de octubre de 2018

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Resolución 684/2018. RESOL-2018-684-APN-PRES#SENASA ............................................................................. 42

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES. Resolución 223/2018. RESOL-2018-223-APN-INCAA#MECCYT ......................................................................................... 43

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL. Resolución 804/2018. RESOL-2018-804-APN-ANAC#MTR ............................................................................................................ 44

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. Resolución 736/2018. RESOL-2018-736-APN-MECCYT .......................................................................................... 46

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA. Resolución 25/2018. RESOL-2018-25-APN-SGC#MECCYT...................... 47

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA. Resolución 26/2018. RESOL-2018-26-APN-SGC#MECCYT...................... 49

PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución 105/2018 ................................................................................................................................................................................. 51

Resoluciones - Anteriores

MINISTERIO DE TRANSPORTE. DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD. Resolución 1785/2018. RESOL-2018-1785-APN-DNV#MTR .............................................................................. 53

Resoluciones Sintetizadas

................................................................................................................................................................................................................................................................................... 55

Disposiciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS. Disposición 392/2018. DI-2018-392-APN-DNRNPACP#MJ - Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación. .................................................................................................. 56

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS. Disposición 394/2018. DI-2018-394-APN-DNRNPACP#MJ ........................................................................................................................................................................................ 57

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS. Disposición 395/2018. DI-2018-395-APN-DNRNPACP#MJ ........................................................................................................................................................................................ 58

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS. Disposición 396/2018. DI-2018-396-APN-DNRNPACP#MJ ........................................................................................................................................................................................ 60

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. Disposición 167/2018. DI-2018-167-APN-DGRH#APNAC ........................................ 61

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR. Disposición 77/2018. DI-2018-77-APN-SSCI#MPYT .............................................................. 63

MINISTERIO DE HACIENDA. SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Disposición 70/2018. DI-2018-70-APN-SSEE#MHA ....................................................................................... 66

MINISTERIO DE HACIENDA. SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Disposición 71/2018. DI-2018-71-APN-SSEE#MHA ....................................................................................... 67

MINISTERIO DE HACIENDA. SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Disposición 76/2018. DI-2018-76-APN-SSEE#MHA ....................................................................................... 69

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN. Disposición 12/2018. DI-2018-12-APN-SSCRYF#MSYDS ................ 70

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 878/2018. DI-2018-878-APN-ANMAT#MSYDS .................................................................................................................................................................................................................................................. 72

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 896/2018. DI-2018-896-APN-ANMAT#MSYDS .................................................................................................................................................................................................................................................. 73

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 908/2018. DI-2018-908-APN-ANMAT#MSYDS .................................................................................................................................................................................................................................................. 74

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 910/2018. DI-2018-910-APN-ANMAT#MSYDS .................................................................................................................................................................................................................................................. 74

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS. Disposición 111/2018. DI-2018-111-APN-ORSEP#MI ........................................................................................................... 75

Concursos Oficiales

NUEVOS ...................................................................................................................................................................................................................................................................... 77

Remates Oficiales

NUEVOS ...................................................................................................................................................................................................................................................................... 78

Avisos Oficiales

NUEVOS ...................................................................................................................................................................................................................................................................... 81ANTERIORES ............................................................................................................................................................................................................................................................... 95

Convenciones Colectivas de Trabajo

................................................................................................................................................................................................................................................................................... 106

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 3 Martes 16 de octubre de 2018

Decretos

SECRETARÍA GENERALDecreto 909/2018

DECTO-2018-909-APN-PTE - Desígnase Director de Agrupación Aérea.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-41419091-APN-MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 894 del 11 de julio de 2001, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 262 del 28 de marzo de 2018, la Decisión Administrativa Nº 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N°  355/17 y su modificatorio dispuso que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a la estructura organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no se encuentre comprendida en las Secretarías de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y de Turismo, será efectuada por el Presidente de la Nación.

Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, aprobando, asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 262/18, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la citada Secretaría solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director de Agrupación Aérea de la DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el señor Roberto Arturo AROSTEGUI (D.N.I. N° 4.753.044), quien fuera propuesto para ocupar el referido cargo, ejerció la opción prevista en el Decreto N° 894/01, manifestando su voluntad de continuar percibiendo su beneficio previsional.

Que el cargo cuya cobertura se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención prevista en el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a cubrir transitoriamente.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 28 de marzo de 2018, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Roberto Arturo AROSTEGUI (D.N.I. N° 4.753.044), en el cargo de Director de Agrupación Aérea de la DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, quien optó por continuar percibiendo el beneficio previsional en los términos del Decreto N° 894/01, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 4 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº  2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 28 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

e. 16/10/2018 N° 77392/18 v. 16/10/2018

PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓNDecreto 907/2018

DECTO-2018-907-APN-PTE - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-18410466-APN-DNSIA#PTN, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita el recurso jerárquico interpuesto por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas de la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN contra la Resolución Nº 40 del 3 de mayo de 2018 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, por la que se dio por clausurado el sumario administrativo ordenado por la Resolución de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN Nº 4 del 13 de febrero de 2017, y se declaró la inexistencia de perjuicio fiscal y de irregularidad administrativa imputable a agente alguno, en relación con los hechos denunciados en los autos caratulados “CORREO ARGENTINO S.A. s/Concurso Preventivo” (Expediente Nº 94360/01), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11, con intervención de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Que, en su escrito, el referido funcionario se agravió por entender que la resolución recurrida impedía “…de manera definitiva la pretensión de lograr una investigación integral de los hechos denunciados en el marco del proceso sumarial, apartándose así del propósito específico del mismo”.

Que el recurrente argumentó, asimismo, que la falta de producción de todas las pruebas que correspondía practicar en el sumario, configuraba un apartamiento significativo de su objeto y de la búsqueda de la verdad material, en orden a lo cual requirió la revocación del acto de clausura “…declarando la nulidad de todo lo actuado en el sumario aludido desde la clausura de la investigación efectuada, ordenándose la continuación de la pesquisa así como la producción de las medidas probatorias propuestas por esta PIA oportunamente”.

Que el mencionado sumario tuvo origen en la presentación efectuada el 10 de febrero de 2017 por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, en la que puso en conocimiento de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN el dictamen de la Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en los autos “CORREO ARGENTINO S.A. s/ Concurso Preventivo” por entender que, de lo allí expuesto, se desprendería la existencia de irregularidades relacionadas con la actuación de los representantes del ESTADO NACIONAL.

Que, en tal virtud, el referido Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas solicitó al citado Alto Organismo Asesor la investigación de la eventual falta de competencia de los funcionarios públicos que llevaron adelante la negociación con los representantes del CORREO ARGENTINO S.A. en la audiencia llevada a cabo en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, el 28 de junio de 2016; la existencia de una posible violación a la Ley de Ética de la Función Pública Nº 25.188 y/o del Decreto N° 41 del 27 de enero de 1999 que aprobó el Código de Ética de la Función Pública, en virtud de los términos de la propuesta de pago comprometida en esa oportunidad; como así también, si se habría producido una inadecuada defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL, derivada de un cambio en su estrategia de defensa.

Que, en orden a lo solicitado, mediante la aludida Resolución de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN Nº 4/17 se dispuso la instrucción, por conducto de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SUMARIOS E INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de ese organismo, del sumario administrativo destinado a esclarecer los hechos denunciados, y cuya clausura fue operada por el acto administrativo recurrido en esta instancia.

Que, es menester señalar que conforme a las constancias que surgen del expediente citado en el Visto, el recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 5 Martes 16 de octubre de 2018

Que, en lo que al fondo de la cuestión concierne, puede afirmarse que la prueba producida e incorporada en las actuaciones administrativas llevadas adelante como consecuencia del sumario instruido, respetó cabalmente el principio de “Congruencia”, por encontrarse dirigida a determinar la posible configuración de irregularidades administrativas de los letrados que representaron al ESTADO NACIONAL en los autos controvertidos.

Que cabe mencionar que en la investigación sumarial, se tuvo por cierto que los letrados actuantes en representación del ESTADO NACIONAL, en la audiencia del 28 de junio de 2016, lo hicieron conforme a expresas instrucciones del entonces Ministro de Comunicaciones, por lo que sus conductas no generaron responsabilidad administrativa que les sea reprochable.

Que, además, surge de la investigación sumarial que el accionar de los funcionarios públicos intervinientes fue el que les imponía la estructura organizativa de esa Cartera, por lo que los mismos estaban cumpliendo la función que les correspondía en razón del puesto y la representación que ostentaban, conforme surge de la Responsabilidad Primaria y Acciones asignadas a su cargo por el Decreto N° 268 del 29 de diciembre de 2015.

Que otra cuestión indagada en el sumario radicó en la verificación de una posible violación a la Ley N° 25.188 y/o al Código de Ética de la Función Pública aprobado por el citado Decreto N° 41/99 por parte de los letrados denunciados.

Que, con relación a ello, debe destacarse que la aceptación de la propuesta de la concursada por parte del ex Director General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, en la audiencia judicial llevada a cabo el 28 de junio de 2016, respondió a las instrucciones de la autoridad con competencia para evaluar la oferta recibida, conforme a las instrucciones emitidas por el ministro del área.

Que respecto de la supuesta “quita” o “espera” en la que hubiera incurrido el ESTADO NACIONAL como consecuencia del accionar de estos profesionales, se estima que si una actividad jurisdiccional no llegó a producirse, mal puede reprochársele a quienes llevaron adelante el cumplimiento de una instrucción dada por la superioridad la violación de las normas valoradas, por lo que la conducta desplegada por los letrados no importó violación a la Ley N° 25.188, ni al Código de Ética de la Función Pública, no se vio comprometido el erario público, ni se efectuó renuncia alguna a un interés patrimonial del ESTADO NACIONAL.

Que, por otro parte, el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas advirtió en su recurso “…que este avance del proceso sumarial, podría además generar decisiones contradictorias respecto de los mismos hechos investigados en el ámbito penal”.

Que, al respecto, cabe tener presente lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, aprobada por la Ley N° 25.164, en cuanto establece que “La substanciación de los sumarios por hechos que puedan configurar delitos y la imposición de las sanciones pertinentes en el orden administrativo, son independientes de la causa criminal, excepto en aquellos casos en que de la sentencia definitiva surja la configuración de una causal más grave que la sancionada…”; como así también la doctrina del Alto Organismo Asesor en la que se sostuvo “…aun cuando algunas de las conductas investigadas hubieren sido las mismas, no era el mismo el objeto de pesquisa, puesto que mientras en el expediente judicial se investigaba la posible comisión de determinados delitos, lo que se trata de establecer en el ámbito administrativo es si se ha incurrido en irregularidades administrativas (…) Ello es así porque el Derecho Penal y el Derecho Administrativo Disciplinario protegen diferentes bienes jurídicos (…) En consecuencia, debe buscarse en cada caso concreto un criterio justo de solución que armonice, por un lado, la independencia entre lo penal y lo administrativo y, por el otro, la necesidad de no extremar esa independencia al punto de generar soluciones disvaliosas (…) Se trata, sin duda, de un difícil equilibrio, mensurable sólo con arreglo a las circunstancias particulares de cada situación (Dictámenes PTN 291:147, entre otros).

Que, en razón de lo expuesto, el agravio relacionado con la declaración de nulidad de todo lo actuado en el sumario desde la clausura de la investigación efectuada, a fin de continuar con la pesquisa y las medidas probatorias, no puede prosperar.

Que ello es así, toda vez que la ampliación del objeto sumarial requerida por la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS resulta contraria a la doctrina del Alto Organismo Asesor, en cuanto tiene dicho sobre aquel episodio que no integra la orden de sumario, que resulta nulo, es decir que tal requisitoria es parcialmente inválida pues el instructor se expide sobre un hecho no comprendido en dicha resolución (Dictámenes PTN 277:237, entre otros).

Que por lo demás, conforme las disposiciones del artículo 28 de la Ley N° 27.148, y las facultades de investigación que le fueran otorgadas (artículo 27 de la referida ley), la citada PROCURADURIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, puede promover e investigar en su sede, o en la que corresponda, las conductas administrativas de los agentes que integran la Administración Nacional centralizada y descentralizada (Dictámenes PTN 235:200,); por lo que no logra conmover, en su recurso jerárquico, los sólidos fundamentos que motivan la resolución impugnada y vacían de contenido cualquier tipo de agravio que pretenda esgrimir al respecto.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 6 Martes 16 de octubre de 2018

Que sentado ello, y habida cuenta que de las constancias obrantes en el expediente, surge que en el procedimiento sumarial sustanciado, fueron respetadas las etapas ordenadas por el Reglamento de Investigaciones Administrativas, así como también, las garantías que deben ser observadas en todo procedimiento sancionador, corresponde rechazar el recurso jerárquico intentado.

Que, asimismo resulta pertinente señalar que por el Decreto N° 882 del 3 de octubre de 2018, el PRESIDENTE DE LA NACIÓN se excusó de intervenir en toda cuestión relacionada con la firma CORREO ARGENTINO S.A., en tanto sus familiares en el grado previsto en el artículo 17, inciso 2) del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, mantengan sus participaciones societarias en las empresas controlantes de dicha firma.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos competentes.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos- Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y 2° del Decreto N° 882 del 3 de octubre de 2018.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas de la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, contra la Resolución Nº 40 del 3 de mayo de 2018 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber al recurrente, que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado en su artículo 100.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E MICHETTI - Marcos Peña

e. 16/10/2018 N° 77396/18 v. 16/10/2018

JUSTICIADecreto 908/2018

DECTO-2018-908-APN-PTE - Acéptase renuncia.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-47631079-APN-DGDYD#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que el señor doctor Luis Mario GARCÍA, ha presentado su renuncia, a partir del 1° de diciembre de 2018, al cargo de VOCAL DE LA CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL.

Que es necesario proceder a su aceptación.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase, a partir del 1° de diciembre de 2018, la renuncia presentada por el señor doctor Luis Mario GARCÍA (D.N.I. N°  13.410.464), al cargo de VOCAL DE LA CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI - Germán Carlos Garavano

e. 16/10/2018 N° 77397/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 7 Martes 16 de octubre de 2018

Decisiones Administrativas

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADODecisión Administrativa 1700/2018

DA-2018-1700-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-21204642-APN-DCYC#AABE, los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, 1382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificaciones, 1416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y su modificatorio, 2670 de fecha 1º de diciembre de 2015 y sus modificaciones, 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, su modificatorio y normas complementarias, 29 de fecha 10 de enero de 2018 y 355 de fecha 23 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18, para la venta del inmueble sito en la Avenida Ortiz de Ocampo, zona de Vías y Ferrocarril General Bartolomé Mitre, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 162A, Parcela 4 (Parte), Parcela 1u (Parte) y 5c (Parte), que se identifica como CIE: 0200024885.

Que mediante Resolución Nº 159 de fecha 21 de mayo de 2018 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, se desafectó el inmueble referido de la jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF SE) - MINISTERIO DE TRANSPORTE, se autorizó la respectiva convocatoria, mediante el procedimiento de Subasta Pública N° 392/18 para la venta del citado inmueble, de conformidad con el artículo 25, inciso b), apartado 2 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, el artículo 11, inciso b) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1030/16, y su modificatorio y normas complementarias y los artículos 71 y subsiguientes del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante Disposición Nº 62-E/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente.

Que se efectuó la publicación de la convocatoria de la Subasta Pública Nº  3920004-SPU18 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, los días 23 y 24 de mayo de 2018, así como en los sitios de Internet de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y en el Sistema de Gestión Electrónica SUBAST.AR.

Que en el marco de la referida Subasta Pública, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO emitió las Circulares Modificatorias Nros. 1 y 2 al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las cuales fueron publicadas y difundidas de acuerdo a la normativa vigente.

Que con fecha 13 de julio de 2018 se realizó el Acta de Apertura, de la cual surge que se presentaron a participar de la Subasta Pública la siguientes firmas: FIDES INVESTA S.A. (CUIT N° 30-71065519-3) y el FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO (CUIT N° 30-71609205-0).

Que con fecha 13 de julio de 2018 la firma FIDES INVESTA S.A., manifestó su intención de dejar sin efecto su presentación.

Que con fecha 17 de julio de 2018 se emitió el Acta de Pre Selección de Ofertas, de la cual surge que se declara admisible al interesado FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO, para participar del procedimiento de Subasta Pública por cumplimentar la totalidad de los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se desestima la presentación de la firma FIDES INVESTA S.A. en atención a su solicitud de dejar sin efecto su presentación.

Que el día 19 de julio de 2018 se efectuó el Acto de Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18 a través del Sistema de Gestión Electrónica SUBAST.AR.

Que con fecha 19 de julio de 2018, se emitió el Resumen de Subasta del cual surge la información del evento y el resultado respecto al último lance realizado por DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL (USD 40.400.000) por el FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO.

Que en la fecha aludida precedentemente se emitió el Informe de Evaluación de Ofertas en el cual se recomienda adjudicar al FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO, por resultar su oferta admisible y conveniente.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 8 Martes 16 de octubre de 2018

Que mediante constancia de fecha 2 de agosto de 2018, la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y FINANZAS de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO acredita el pago en concepto de seña del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor de la oferta establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN INMOBILIARIA ESTATAL de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO entendió conducente proceder con la adjudicación de la Subasta Pública toda vez que la oferta resulta superior al valor base determinado por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.

Que se encuentra acreditado el cumplimiento de los recaudos procedimentales y legales para la aprobación del procedimiento de selección y la adjudicación del mismo a la oferta presentada por el FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO, por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL (USD 40.400.000).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 9º incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el Decreto Nº  1030/16, su modificatorio y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en el procedimiento correspondiente a la Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18 para la venta del inmueble sito en la Avenida Ortiz de Ocampo, zona de Vías y Ferrocarril General Bartolomé Mitre, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 162A, Parcela 4 (Parte), Parcela 1u (Parte) y 5c (Parte), que se identifica como CIE: 0200024885, con una superficie de terreno de SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (6475,11m2), de conformidad con el artículo 25, inciso b), apartado 2 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1030/16 y los artículos 71 y subsiguientes del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante Disposición N° 62-E/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase la Subasta Pública Nº 392-0004-SPU18 al FIDEICOMISO VIAS DE OCAMPO, CUIT N° 30-71609205-0, por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL (USD 40.400.000), por resultar la misma admisible y conveniente.

ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de la presente decisión administrativa, se afectarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1382/12, modificado por el artículo 57 de la Ley Nº 27.341.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 16/10/2018 N° 77298/18 v. 16/10/2018

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONESDecisión Administrativa 1699/2018

DA-2018-1699-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente Nº  EX-2017-03933134-APN-DGA#DNM, la Ley Nº  27.431, los Decretos N°  894 del 11 de julio de 2001 y Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, las Decisiones Administrativas Nros. 1254 del 3 de noviembre de 2016 y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que mediante el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otros aspectos, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 9 Martes 16 de octubre de 2018

Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N°  6746/16 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores del mencionado organismo.

Que en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.

Que en consecuencia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinador de Regiones de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO.

Que la persona propuesta optó por continuar percibiendo el beneficio previsional del que es titular en los términos del Decreto N° 894/01.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a ocupar transitoriamente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del 1° de marzo de 2017, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa, al señor Roberto José FERNANDEZ (D.N.I. N° 12.160.152) en el cargo de Coordinador de Regiones de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, quien optó por continuar percibiendo el beneficio previsional del que es titular en los términos del Decreto N° 894/01 y con autorización excepcional al cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 16/10/2018 N° 77295/18 v. 16/10/2018#F5615669F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 10 Martes 16 de octubre de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOSDecisión Administrativa 1697/2018

DA-2018-1697-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-34797402-APN-MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, la Resolución del MINISTERIO DE HACIENDA N° 426 del 12 de septiembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE HACIENDA Nº 426/17 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del citado MINISTERIO.

Que en la citada resolución, se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.

Que en virtud de específicas razones de servicio del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SINEP, Directora de la DIRECCIÓN DE ÍNDICE DE PRECIOS DE CONSUMO del citado Instituto.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a ocupar transitoriamente.

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 2 de octubre de 2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la licenciada en economía María Josefina RIM (M.I. N° 41.323.945), en el cargo de Directora de la DIRECCIÓN DE ÍNDICE DE PRECIOS DE CONSUMO dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICAS DE CONDICIONES DE VIDA de la DIRECCIÓN TÉCNICA del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, Nivel B – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel B, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 11 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados al Servicio Administrativo 321 – INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

e. 16/10/2018 N° 77182/18 v. 16/10/2018

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 1695/2018

DA-2018-1695-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-46495620-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 295 del 9 de marzo de 2018 y su modificatoria y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que por el Decreto N°  355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Decisión Administrativa Nº  295/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la medida mencionada en el considerando anterior, se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversas unidades organizativas pertenecientes a la Jurisdicción citada precedentemente, entre ellas se homologó y reasignó la unidad organizativa Dirección de Supervisión Operativa asignándole la Función Ejecutiva Nivel III, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUBLICIDAD OFICIAL de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el cargo citado se encuentra vacante y financiado, y su cobertura se impone con cierta inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiéndose verificado la existencia del cargo a cubrir transitoriamente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del 3 de septiembre de 2018, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en UN (1) cargo Nivel B Grado 0, a la señora Hebe Mariela ROBLES (D.N.I.

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#I5615505I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 12 Martes 16 de octubre de 2018

Nº 21.800.762), como Directora de Supervisión Operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUBLICIDAD OFICIAL de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 3 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 -Prensa y Difusión de Actos de Gobierno- de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 16/10/2018 N° 77131/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE DEFENSADecisión Administrativa 1698/2018

DA-2018-1698-APN-JGM - Adjudícase Contratación Directa por Exclusividad.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-30347582-APN-SSPOYSLD#MD, los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y su modificatorio y normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO ha solicitado el inicio del procedimiento de selección pertinente para “ADQUIRIR UNIDAD DIRECCIÓN DE TIRO SKYGUARD Y CARGADORES DE PROGRAMAS PARA DT B/M”, destacando que la empresa alemana RHEINMETALL AIR DEFENCE AG, es la única fabricante del material requerido, que garantiza la calidad de sus repuestos y componentes, no existiendo otros proveedores que pudieran cumplir con las mismas condiciones de calidad y seguridad, así como tampoco un sustituto que satisfaga las exigencias técnicas y de mantenimiento del mismo.

Que, en tal sentido, se tramitó la Contratación Directa por Exclusividad N° 1/2018 de la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO encuadrada en las prescripciones establecidas por el artículo 25, inciso d) apartado 3) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y lo establecido en el artículo 17 del Anexo al Decreto N° 1030/16 y su modificatorio.

Que se efectuó la publicación de la mencionada convocatoria en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cursándose la invitación a cotizar a la mencionada firma.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 3°, inciso c), del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 36-E-2017, el procedimiento en cuestión se encuentra excluido del Control de Precios Testigo.

Que mediante el Acta de Apertura de Ofertas del 9 de mayo de 2018 se deja constancia que la firma RHEINMETALL AIR DEFENCE AG, presentó su oferta por la suma de FRANCOS SUIZOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS (CFH 3.448.500).

Que, en virtud de lo previsto en el artículo 52, inciso e), de la Disposición ONC N° 62-E/2016, tomó intervención la Unidad Operativa de Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, recomendando la adjudicación del referido procedimiento de selección a la firma RHEINMETALL AIR DEFENCE AG, por el monto total detallado precedentemente por ser proveedor exclusivo, cumplir con todos los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas y ser el precio conveniente.

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#I5615566I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 13 Martes 16 de octubre de 2018

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO cuenta con el crédito presupuestario suficiente para atender el gasto que demande la contratación en cuestión.

Que por la Resolución N°  1108 del 19 de septiembre de 2018, modificada por la Resolución N°  1133 del 21 de septiembre de 2018, ambas del MINISTERIO DE DEFENSA, se aprobó todo lo actuado y se autorizó el procedimiento de selección en el trámite de la Contratación Directa por Exclusividad para la adquisición de la “UNIDAD DIRECCION DE TIRO SKYGUARD Y CARGADORES DE PROGRAMAS PARA DT B/M”, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y, asimismo, se designó a los integrantes de la Comisión Receptora de Efectos.

Que han tomado intervención las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURIDICOS del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y complementarias y el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, su modificatorio y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad de la DIRECCION GENERAL DE MATERIAL del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO para “ADQUIRIR UNIDAD DIRECCION DE TIRO SKYGUARD Y CARGADORES DE PROGRAMAS PARA DT B/M” a favor de la firma RHEINMETALL AIR DEFENCE AG por la suma de FRANCOS SUIZOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS (CFH 3.448.500), por las razones expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo al Presupuesto vigente de la Jurisdicción 45- MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 45.21- ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO a emitir la orden de compra respectiva.

ARTÍCULO 4°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad

e. 16/10/2018 N° 77192/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDecisión Administrativa 1696/2018

DA-2018-1696-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 26/18.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-26956105-APN-DCYC#MDS, el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, su modificatorio y normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por Resolución MDS N° 666 de fecha 24 de julio de 2018, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso a) apartado 1 y 26 incisos a) apartado 1 y b) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentados por los artículos 10, 13, 27 inciso c) y 28 del Anexo al Decreto N° 1030/16, su modificatorio y normas complementarias y el Título II del Anexo a la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, necesaria para brindar asistencia inmediata a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del citado entonces Ministerio.

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#I5615528I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 14 Martes 16 de octubre de 2018

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 15 de agosto de 2018 en la Licitación Pública N° 26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se presentaron las siguientes firmas: ALIMENTOS VIDA S.A., SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., MASTELLONE HERMANOS S.A., MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LIMITADA y S.A. LA SIBILA.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 667 de fecha 15 de agosto de 2018, de acuerdo a lo normado por el Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36-E/17.

Que la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN en su carácter de área técnica elaboró el correspondiente Informe Técnico, ratificado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS y por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL, todas ellas entonces dependientes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en donde determinó el cumplimiento por parte de las ofertas presentadas de las Especificaciones Técnicas exigidas por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 29 de agosto de 2018.

Que corresponde desestimar la oferta presentada por la firma SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., por haber acompañado la Garantía de Mantenimiento de Oferta fuera del plazo establecido, conforme lo establecido en el artículo 10 del Anexo I de la Disposición N° 65/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que es menester desestimar la oferta presentada por la firma MASTELLONE HERMANOS S.A., por incumplir la muestra presentada, con el artículo 1383 del Código Alimentario Argentino conforme a lo expuesto en el Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que resulta necesario desestimar la oferta presentada por la firma ALIMENTOS VIDA S.A., por no haber acompañado la Garantía de Mantenimiento de Oferta, conforme lo establecido en el inciso k) del artículo 66 del Anexo al Decreto N° 1030/16 su modificatorio y normas complementarias, conforme lo expuesto en el Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que según surge del Dictamen de Evaluación de Ofertas emitido por la Comisión Evaluadora, resultan fracasados UN MILLON DOSCIENTOS MIL (1.200.000) kilogramos de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, toda vez que no se recibieron ofertas válidas para la adquisición de dicha cantidad.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL acreditó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que la firma S.A. LA SIBILA informó que no mantiene su oferta más allá de su vencimiento, el cual operará el día 13 de octubre de 2018.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto en el artículo 9°, incisos d), e) y g) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, su modificatorio y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N° 26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por Resolución MDS N° 666 de fecha 24 de julio de 2018 , con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, necesaria para brindar asistencia inmediata a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del entonces Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse en la Licitación Pública N°  26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las ofertas presentadas por las firmas: SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., MASTELLONE

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 15 Martes 16 de octubre de 2018

HERMANOS S.A. y ALIMENTOS VIDA S.A., por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 29 de agosto de 2018.

ARTÍCULO 3°.- Declárase fracasada en la Licitación Pública N° 26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL (1.200.000) kilogramos de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, por los motivos exhibidos en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 29 de agosto de 2018.

ARTÍCULO 4º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 26/18 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a las siguientes firmas por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

S.A. LA SIBILA – C.U.I.T. N° 30-58885563-1

Renglón 1, por CUATROCIENTOS MIL (400.000) kilogramos, en envases de 1.000 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Purísima, según Pliego: $57.056.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $57.056.000.-

MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LIMITADA – C.U.I.T. N° 30-50177338-3

Renglón 1, por CUATROCIENTOS MIL (400.000) kilogramos, en envases de 800 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, marca Manfrey, según Pliego: $59.200.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $59.200.000.-

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a emitir las Órdenes de Compra respectivas conforme las adjudicaciones consignadas en el artículo 4°.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase la ampliación, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes respecto de la contratación que por este acto se aprueba, quedando a cargo de las instancias del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL que correspondan dictar los actos complementarios que permitan su instrumentación.

ARTÍCULO 7º.- La erogación que asciende a la suma total de PESOS CIENTO DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($116.256.000.-), se imputará con cargo a los créditos específicos de la Jurisdicción 85 –ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 8º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 16/10/2018 N° 77154/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDADecisión Administrativa 1693/2018

DA-2018-1693-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-26619425-APN-MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 309 del 13 de marzo de 2018 y su modificatoria y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

#F5615528F#

#I5615492I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 16 Martes 16 de octubre de 2018

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que por la Decisión Administrativa N° 309/18 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE FINANZAS actual MINISTERIO DE HACIENDA.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del MINISTERIO DE HACIENDA, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del SINEP, de Coordinador de Proyectos de Redes Viales de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y TECNOLOGÍA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a ocupar transitoriamente.

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de junio de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la ingeniera civil Mariana Silvina SALABERRY (M.I. N° 14.886.082), en el cargo de Coordinadora de Proyectos de Redes Viales dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y TECNOLOGÍA de la entonces SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del entonces MINISTERIO DE FINANZAS actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del MINISTERIO DE HACIENDA, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N°  2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de junio de 2018.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA para el Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

e. 16/10/2018 N° 77118/18 v. 16/10/2018#F5615492F#

Page 17: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 17 Martes 16 de octubre de 2018

MINISTERIO DE HACIENDADecisión Administrativa 1694/2018

DA-2018-1694-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-26528010-APN-MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 309 del 13 de marzo de 2018 y su modificatoria y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que por la Decisión Administrativa N° 309/18 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE FINANZAS.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del actual MINISTERIO DE HACIENDA, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV del SINEP, de Coordinador de Proyectos de Energía de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia del cargo a ocupar transitoriamente.

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico del citado Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de junio de 2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al ingeniero industrial Pablo ZARINI (M.I. N° 31.703.950), en el cargo de Coordinador de Proyectos de Energía dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS DE ENERGÍA Y MINERÍA de la entonces SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del entonces MINISTERIO DE FINANZAS, actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del MINISTERIO DE HACIENDA, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de junio de 2018.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 18 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA para el Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

e. 16/10/2018 N° 77130/18 v. 16/10/2018

PRESUPUESTODecisión Administrativa 1701/2018

DA-2018-1701-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N°  EX-2018-50921590-APN-DGD#MHA, la Ley N°  27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 y la Decisión Administrativa N° 6 del 12 de enero de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que resulta menester modificar el Presupuesto vigente del Servicio Administrativo Financiero 320 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, con el objeto de afrontar sus necesidades operativas.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia llevar a cabo una readecuación de su presupuesto a fin de permitir la realización de transferencias a Gobiernos Provinciales para llevar a cabo los Juegos Nacionales Evita.

Que, asimismo, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, propone modificar sus créditos ante la necesidad de atender los mayores gastos en personal originados en la política salarial vigente y brindar asistencia a través de subsidios individuales para tratamiento en Comunidades Terapéuticas y Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario.

Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN debe reforzar los créditos correspondientes a gastos en personal en virtud de las mayores erogaciones incurridas en la política salarial vigente.

Que dicho incremento se compensa con una reducción de sus aplicaciones financieras y con una reducción en el presupuesto de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que es necesario reforzar el Presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con la finalidad de dotar de créditos al Programa de Asistencia Financiera a Provincias y Municipios, creado por el Decreto N° 836 del 18 de septiembre de 2018.

Que con el objeto de atender los haberes del personal del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se incrementan sus créditos vigentes, financiados con la incorporación de recursos propios.

Que es menester incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, con el objeto de financiar gastos correspondientes al Seminario “Historias de Éxito”, desarrollado en sede de la UNESCO, en la Ciudad de PARIS y los encuentros internacionales realizados en el marco del Proyecto “Industrias Creativas en la Convergencia Digital”.

Que este incremento se compensa con una reducción en los créditos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo se refuerza el presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para la atención parcial de los Gastos en Personal, los que se financian con la incorporación de mayores recursos en el Rubro “Aranceles Consulares Exterior”.

Que resulta menester reforzar el Presupuesto del ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el fin de atender el pago a los internos trabajadores que realizan tareas de laborterapia en los establecimientos penitenciarios.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 19 Martes 16 de octubre de 2018

Que es necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de atender necesidades de las distintas asociaciones de bomberos voluntarios del país, ampliando los créditos de las Transferencias destinadas a tales fines y reduciendo las Aplicaciones Financieras.

Que asimismo se refuerzan los créditos vigentes de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de atender el pago del servicio de policía adicional que presta la citada Fuerza de Seguridad.

Que es menester modificar, por compensación, los créditos vigentes de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender gastos de servicios esenciales para la operatividad de la citada Fuerza.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 546 de fecha 29 de junio de 2018 se incrementó el haber mensual del personal de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que por efecto de la citada medida se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las citadas fuerzas de seguridad.

Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, ambos organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que dichas erogaciones se financian con mayores ingresos por aportes y contribuciones a los previstos en el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que resulta necesario incrementar los créditos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) destinados a atender las transferencias a Gobiernos Provinciales dentro del límite establecido en el artículo 120 de la Ley N° 27.431.

Que se adecua por compensación el presupuesto de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA con el objeto de atender diversos gastos operativos, embargos y becas.

Que corresponde reforzar los créditos del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, ante la necesidad de atender gastos derivados de la atención de la población afectada por fenómenos climáticos, ocurridos en las Provincias de SALTA y CHACO.

Que este incremento se compensa con una reducción de créditos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que es menester incrementar el crédito del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA para la adquisición de equipamiento operativo del citado Estado Mayor.

Que la operación mencionada en el considerando anterior está incluida en la planilla anexa al artículo 32 de la Ley N° 27.431.

Que, asimismo, el SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, propicia incorporar a su presupuesto recursos originados en los convenios suscriptos con la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA (EANA), los cuales serán afectados a la atención de gastos en personal, operativos y de funcionamiento.

Que se incrementa el presupuesto vigente de la citada SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, con el objetivo de atender las transferencias al Fondo Especial para el Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI) y al Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCT).

Que asimismo es necesario incrementar el presupuesto de dicha SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA con el fin de incrementar los créditos presupuestarios que tienen por destino subsidiar el consumo de energía.

Que corresponde reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO con el objetivo de atender el subsidio de tasas al sector productivo, como así también para incrementar las transferencias al Fondo Nacional para el Desarrollo Productivo (FONDEP).

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para atender las transferencias destinadas al Monotributo Social Agropecuario.

Que con el objeto de atender intereses y amortizaciones del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se refuerza mediante compensación su crédito vigente.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 20 Martes 16 de octubre de 2018

Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con el objeto de afrontar gastos en personal y los gastos corrientes inherentes a su Sistema de Centros de Investigación.

Que tal aumento mencionado en el considerando anterior se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios provenientes de los aranceles de importación.

Que es necesario fortalecer el presupuesto del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los fines de reforzar los créditos correspondientes a los subsidios al transporte público automotor de pasajeros.

Que se incrementa el presupuesto vigente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA a fin de reforzar las transferencias a provincias destinadas al Fondo Nacional de Incentivo Docente FONID.

Que asimismo se aumenta el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, con el objeto de financiar las actividades del ESPACIO ACUARIO en TECNÓPOLIS.

Que el incremento citado en el considerando anterior se compensa con una reducción del presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que es preciso reforzar los créditos vigentes del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de atender gastos de las obras puestas en escena durante la presente temporada teatral.

Que dicho refuerzo se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios, provenientes de la venta de bienes y servicios de la Administración Nacional.

Que en otro orden, es oportuno incrementar por compensación los créditos corrientes del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en detrimento de los activos financieros, con el objeto de atender necesidades de ejecución.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, con el objeto de atender gastos de funcionamiento de la entidad.

Que es oportuno incrementar los recursos con afectación específica en el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, correspondientes a las utilidades de Lotería Nacional Sociedad del Estado en liquidación, destinando los mismos a atender acciones en el marco de los Programas de Abordaje Territorial y de Políticas Alimentarias.

Que adicionalmente resulta necesario efectuar una reasignación de los créditos vigentes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL financiados con crédito externo, a fin de atender acciones en el marco del Plan Nacional de Primera Infancia.

Que en otro orden, es oportuno incrementar por compensación los créditos corrientes del INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en detrimento de las transferencias de capital, con el objeto de atender acciones destinadas al Encuentro Nacional de Mujeres 2018, ayudas sociales a personas para el Programa de Ayudas Urgentes y transferencias corrientes destinadas a los Proyectos de Escuelas Populares en Formación de Género y de Fortalecimiento Institucional, ambos del INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (INAM).

Que se adecuan los créditos presupuestarios incluidos en la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a los fines de atender compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL.

Que se propicia atender el Aporte Anual a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) dispuesto por el artículo 103 de la Ley Nº 27.431.

Que, asimismo, se incrementan las transferencias corrientes de la citada Jurisdicción con destino a la Empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (OFSE), a la Empresa INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA), al ENTE BINACIONAL YACYRETÁ (EBY) y a la Empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas por los artículos 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y 8° y 9° de la Ley Nº 27.431.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 21 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2018-51282126-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77400/18 v. 16/10/2018#F5615774F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 22 Martes 16 de octubre de 2018

Resoluciones

SECRETARÍA GENERAL

INTERÉS NACIONALResolución 628/2018

RESOL-2018-628-APN-SGP - XXVII Encuentro Técnico Internacional de Administradores Fiscales.

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-33695838--APN-CGD#SGP, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. Nº 459 del 21 de octubre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la presentación realizada por el Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Argentinas, a través de la cual se solicita declarar de Interés Nacional al “XXVII Encuentro Técnico Internacional de Administradores Fiscales”, que se desarrollará del 17 al 21 de noviembre de 2018, en la CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, Provincia de CÓRDOBA.

Que la convocatoria pretende considerar, como punto de partida, los efectos de la revolución tecnológica en marcha y su impacto en la estructura y funciones de las organizaciones, por cuanto las Administraciones Tributarias se ven obligadas a fortalecer sus diversas capacidades en todos los órdenes, incluyendo una reformulación de la matriz de formación de los recursos humanos.

Que para debatir acerca de estos temas, el Encuentro contará con la asistencia de funcionarios pertenecientes a las Administraciones Tributarias y las Aduanas de los países miembros del CIAT, agentes públicos, integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad abocados a la prevención del lavado de activos y contrabando, funcionarios del Poder Judicial y de las diversas áreas gubernamentales vinculadas a la gestión financiera del Estado y docentes universitarios que participan en cátedras relacionadas con las finanzas públicas.

Que el nombrado acontecimiento se llevará a cabo con el objetivo de debatir sobre buenas prácticas con resultados positivos en distintas administraciones tributarias, analizar experiencias comparadas, examinar la manera en que las organizaciones han actuado frente a contextos similares y generar un ámbito permanente de debate y de producción de documentos técnicos que sistematicen las conclusiones obtenidas.

Que el MINISTERIO DE HACIENDA y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.

Que el Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Argentinas ha presentado la documentación requerida por la Resolución S.G. Nº 459/94, mediante la cual se establecen los requisitos y procedimientos a los que se debe ajustar el trámite de declaraciones de Interés Nacional.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Nacional al “XXVII Encuentro Técnico Internacional de Administradores Fiscales”, a desarrollarse del 17 al 21 de noviembre de 2018, en la CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2º.- La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01- SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernando de Andreis

e. 16/10/2018 N° 77194/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 23 Martes 16 de octubre de 2018

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICAResolución 83/2018

RESOL-2018-83-APN-SLYT

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2016-02059214-APN-DRRHHYO#SLYT, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas N° 1145 de fecha 18 de octubre de 2016 y N° 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 3 de fecha 2 de febrero de 2017 y N° 5 de fecha 3 de febrero de 2017, y de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 54 de fecha 11 de octubre de 2017, N° 74 de fecha 28 de diciembre de 2017 y N° 50 de fecha 18 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1145/16 se autorizó la cobertura, mediante los respectivos procesos de selección, de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes y financiados correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que de los mencionados cargos, DIECIOCHO (18) fueron asignados a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA por medio de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5/17.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 3/17 se incorporó como Cláusula Transitoria al Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°  39/10 y sus modificatorias, la Convocatoria Interna dentro de los Tipos de Convocatoria en la cual podrán inscribirse el personal permanente y no permanente, según los artículos 8° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, de la Jurisdicción u organismo al que pertenezca la vacante a cubrir hasta el 31 de diciembre de 2018.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 54/17, se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de DIECIOCHO (18) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 74/17, se aprobaron las Bases de los Concursos y se llamó a Concurso mediante Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos mencionados.

Que los integrantes de los citados Comités de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Que mediante Acta N° 7, el Comité de Selección N° 2 recomendó la incorporación en el grado siguiente al inicial, a aquellos postulantes que obtuvieron en el Orden de Mérito un puntaje mayor o igual a NOVENTA (90) puntos, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 50/18, se aprobaron los Órdenes de Mérito resultantes de los procesos de selección para la cobertura de los cargos que nos ocupan, y se declararon desiertos los cargos vacantes y financiados correspondientes a UN (1) cargo de Técnico Especialista en Control de Actos de Gobierno, Nivel B (2017-016348-SECLYTG-SI-X-B), UN (1) cargo de Técnico Especialista en Gestión Administrativa, Nivel B (2017-016350-SECLYT-G-SI-X-B), y UN (1) cargo de Asistente Administrativo, Nivel D, puesto con reserva para personas con discapacidad certificada (2017-016336-SECLYT-G-SI-X-D).

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 24 Martes 16 de octubre de 2018

Que el artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº  2098/08, sus modificatorios y complementarios, establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior como resultado de un proceso de selección, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior. A este efecto se considerará grado equivalente al resultante de: a) reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada DOS (2) grados alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende cuando éste fuera el inmediato superior; b) reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada TRES (3) grados alcanzados en el nivel anterior, a contar del grado inicial del nuevo nivel al que asciende, cuando éste no fuera el inmediato superior; c) En el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al grado que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en los incisos a) o b) del citado artículo. Si como consecuencia de la aplicación de los incisos a), b) y c) le fuera asignado un grado comprendido por Tramo igual o inferior al que revistara, continuará su carrera en el Tramo correspondiente a dicho grado.

Que no se han interpuesto recursos contra los Órdenes de Mérito resultantes de los procesos de selección para la cobertura de los cargos que nos ocupan.

Que en razón de lo expuesto corresponde designar a los agentes que integran los Órdenes de Merito de los cargos concursados.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal ingresante a la planta permanente en el ámbito de la Administración Pública centralizada, será efectuada en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse en la Planta Permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a los agentes consignados en el Anexo (IF-2018-42833742-APN-DGA#SLYT) que forma parte integrante de la presente medida, en el Cargo, Grado, Agrupamiento y Tramo que para cada caso se detallan, a efectos de cubrir QUINCE (15) cargos vacantes y financiados del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 20.02 – SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Clusellas

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77393/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDAResolución 814/2018

RESOL-2018-814-APN-MHA

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

Visto el expediente EX-2018-12621844-APN-CPSE, y

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 25 Martes 16 de octubre de 2018

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2018 de Contenidos Públicos Sociedad del Estado, actuante en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que en el Capítulo III del Título II de la ley 24.156, se regula el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDARESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2018 de Contenidos Públicos Sociedad del Estado, actuante en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo con detalle que figura en los anexos I (IF-2018-43722865-APN-SSP#MHA) y II (IF-2018-43722889-APN-SSP#MHA), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de cero pesos ($ 0)  los ingresos de operación y fijar en la suma de ciento sesenta millones cuatrocientos mil pesos ($  160.400.000)  los gastos de operación, y, como consecuencia de ello, aprobar el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en ciento sesenta millones cuatrocientos mil pesos ($ 160.400.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2018-43722889-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de ciento sesenta millones cuatrocientos mil pesos ($ 160.400.000) los ingresos corrientes y fijar en la suma de ciento sesenta millones cuatrocientos mil pesos ($ 160.400.000) los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2018-43722889-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 4º.- Estimar en la suma de doscientos cuarenta y nueve millones novecientos dieciséis mil quinientos treinta y un pesos ($ 249.916.531) los ingresos de capital y fijar en doscientos cuarenta y nueve millones novecientos dieciséis mil quinientos treinta y un pesos ($ 249.916.531) los gastos de capital, y, como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estimar el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2018 en cero pesos ($ 0) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del anexo II (IF-2018-43722889-APN-SSP#MHA).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77078/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍAResolución 41/2018

RESOL-2018-41-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-49397545-APN-DGDOMEN#MHA y la Resolución N° 20 del 4 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se dispuso, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) debía definir el mecanismo

#F5615452F#

#I5615502I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 26 Martes 16 de octubre de 2018

de traslado a tarifa de dichas diferencias, previsto en el punto 9.4.2.5. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas aprobadas por el Decreto Nº 2.255 del 2 de diciembre de 1992, aunque en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir del 1º de enero de 2019.

Que la citada resolución tuvo como finalidad habilitar un mecanismo que, sin dejar de cumplir con el marco regulatorio del gas y sus normas complementarias y reglamentarias, contemplara un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario.

Que, sin embargo, por razones de oportunidad corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 20/2018 de esta Secretaría.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 14 del Decreto Nº 802/2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 20/2018 de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel

e. 16/10/2018 N° 77128/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICAResolución 20/2018

RESOL-2018-20-APN-SCPE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-49832175-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los contratos de participación público-privada, definiendo a los mismos en su artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional, con el alcance previsto en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en dicha ley, con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

Que el artículo 14 de la mencionada ley determina que cuando la complejidad o monto del proyecto lo justifiquen podrá establecerse un procedimiento de consulta, debate e intercambio de opiniones entre la contratante y los interesados precalificados que, basado en las experiencias, conocimientos técnicos y mejores prácticas disponibles por cada una de las partes, permita desarrollar y definir la solución más conveniente al interés público sobre cuya base habrán de formularse las ofertas.

Que dicho procedimiento debe garantizar en todo momento el respeto de los principios de igualdad, transparencia, concurrencia, publicidad, difusión y competencia efectiva y promover la participación directa e indirecta de las Pequeñas y Medianas Empresas y el fomento de la industria y el trabajo nacional.

Que el Decreto N° 944 del 17 de noviembre de 2017 aprobó la Reglamentación del Procedimiento Transparente de Consulta previsto en el artículo 14 de la Ley Nº 27.328.

Que esta Secretaría emitió el Informe Preliminar y el Informe dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 27.328, obrantes en el Expediente N° EX-2018-04987104-APN-DDYME#MEM asociado al expediente citado en el Visto, para licitar el Proyecto de Participación Público-Privada (Proyecto PPP) denominado “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 Kv”.

Que esta Secretaría, con la asistencia técnica de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del MINISTERIO DE HACIENDA, ha elaborado el anteproyecto de pliego de bases y condiciones, las especificaciones técnicas y el contrato.

#F5615502F#

#I5615742I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 27 Martes 16 de octubre de 2018

Que considerando la complejidad del citado Proyecto, resulta conveniente iniciar el Procedimiento Transparente de Consulta, a fin de que todas aquellas personas humanas o jurídicas -previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5° de la Reglamentación del Procedimiento Transparente de Consulta aprobado por el Decreto N° 944/2017- se inscriban en el Registro habilitado por la presente medida con el objeto de ser considerados como Interesados Precalificados, a fin de contribuir al desarrollo y definición de la solución más conveniente al interés público involucrado en el referido Proyecto PPP.

Que se considera oportuno generar una instancia preliminar de convocatoria a efectuar opiniones, observaciones, propuestas o sugerencias a los anteproyectos de Documentación Licitatoria para el citado Proyecto PPP.

Que el Procedimiento Transparente de Consulta fomenta la transparencia en las contrataciones facilitando la participación de los sectores interesados y la ciudadanía en general en la elaboración de la Documentación Licitatoria.

Que las observaciones y/o sugerencias efectuadas por los particulares no generarán derecho alguno a su favor.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS Y PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad a las facultades emergentes de la Resolución N° 98 del 28 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA ENERGÉTICARESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el Registro de Interesados Precalificados para realizar consultas en el marco del Procedimiento Transparente de Consulta previsto en el artículo 14 de la Ley Nº 27.328, para la licitación del Proyecto de Participación Público Privada (Proyecto PPP) denominado “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 Kv”.

ARTÍCULO 2°.- Habilítese el Registro creado en el artículo 1° de la presente medida, en la página web de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA (https://www.argentina.gob.ar/energia).

ARTÍCULO 3°.- Convócase al Procedimiento Transparente de Consulta previsto en el artículo 14 de la Ley Nº 27.328, para la licitación del Proyecto PPP citado en el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que los documentos relacionados con el citado Proyecto PPP, sometidos al Procedimiento Transparente de Consulta son los anteproyectos de la documentación licitatoria que, como Anexos (IF-2018-51031439-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51032323-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51032854-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51051927-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51033527-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51034699-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51035295-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51039283-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51040512-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51041640-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51042045-APN-DNPE#MHA, IF-2018-51042650-APN-DNPE#MHA e IF-2018-51043436-APN-DNPE#MHA), forman parte integrante de la presente resolución y se encuentran publicados para su consulta gratuita en la página web de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA (https://www.argentina.gob.ar/energia) y de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA del MINISTERIO DE HACIENDA (https://www.argentina.gob.ar/hacienda/ppp).

ARTÍCULO 5°.- Establécese como requisito de precalificación estar inscripto en el Registro de Interesados Precalificados creado por el artículo 1° de la presente medida, en el que se deberán consignar como mínimo los datos requeridos en el formulario que como Anexo (IF-2018-51030538-APN-DNPE#MHA) forma parte integrante de la presente resolución. Mediante el Formulario de Precalificación se podrán manifestar opiniones, observaciones, propuestas, sugerencias o consultas conforme el mecanismo establecido en la página web de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA (https://www.argentina.gob.ar/energia).

ARTÍCULO 6°.- Hácese saber que no se aceptarán, en ningún caso, peticiones ni ofertas relacionadas con el Proyecto de que se trate y que las opiniones, observaciones, propuestas y/o sugerencias que se presenten durante el Procedimiento Transparente de Consulta no tendrán carácter vinculante y no generarán derecho alguno para el Interesado Precalificado a obtener un pronunciamiento sobre su presentación.

ARTÍCULO 7°.- Dispónese que la presentación de las opiniones, observaciones, propuestas y/o sugerencias de los Interesados Precalificados respecto de la documentación sometida a consulta, deberá efectuarse a través de la página web de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA (https://www.argentina.gob.ar/energia) desde el 16 de octubre de 2018 hasta el 26 de octubre de 2018, ambos inclusive.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 28 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 8°.- Establécese que en el caso de estimar esta Secretaría que corresponde realizar adecuaciones y/o modificaciones a los anteproyectos sometidos a consulta, en base a las opiniones, observaciones, propuestas y sugerencias recibidas de los Interesados Precalificados, las mismas se efectuarán dentro de los CINCO (5) días hábiles contados a partir de la fecha de finalización del procedimiento Transparente de Consulta. La participación en el Procedimiento Transparente de Consulta no determinará preferencia o compensación alguna.

ARTÍCULO 9°.- Publíquese la presente medida por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina, en la página web de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA (https://www.argentina.gob.ar/energia) y en la página web de la SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA (https://www.argentina.gob.ar/hacienda/ppp).

ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Valerio Sruoga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/energia, https://www.argentina.gob.ar/hacienda/ppp  y en la Coordinación de Gestión de Documentación Administrativa de esta Secretaría de Gobierno de Energía sita en la calle Balcarce 186 Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 16/10/2018 N° 77368/18 v. 17/10/2018

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICOResolución 22/2018

RESOL-2018-22-APN-SECEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO los EX-2018-27189407-APN-DGRRHH#MM, EX-2018-31526511-APN-ONEP#MM, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios; las Resoluciones de la Secretaría de Empleo Público Nros. 82 de fecha 25 de agosto de 2017, 55 de fecha 22 de Junio de 2018 y 64 de fecha 5 de Julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nº 82 de fecha 25 de agosto 2017 se aprobó el Régimen de Selección para la Cobertura de Cargos con Funciones Ejecutivas para el personal encuadrado en el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO N° 55 de fecha 22 de junio de 2018 se dio inicio al proceso para la cobertura de ONCE (11) cargos de la planta permanente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y de la SECRETARIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN y SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DE LA NACIÓN y se designó a los integrantes del Comité de Selección y los Coordinadores Concursales, conforme con lo establecido por el artículo 8 del Anexo I a la Resolución de la mencionada Secretaría N° 82/2017.

Que se designó al Comité de Selección Nº 1 para llevar a cabo el proceso para la cobertura de los cargos de “Dirección de Gestión y Desarrollo de Carrera del personal”, “Dirección de Procesos de Selección de Personal”, “Coordinación de Asistencia Técnica de Evaluación del Personal”, “Dirección de Política Salarial”, “Coordinación de Análisis de Convenios Colectivos”, “Coordinación de Control Operativo”.

Que mediante la Resolución de la citada Secretaría N° 64 de fecha 5 de julio de 2018, se aprobaron las bases del concurso y el llamado a Convocatoria para la cobertura de los cargos mencionados.

Que el Comité de Selección Nº 1 en el marco de sus competencias aprobó las grillas de valoración de antecedentes, ratificó las actas de Evaluación de Antecedentes Laborales y Curriculares, y de Evaluación General, confeccionó la Evaluación Sustantiva y evaluó a los postulantes.

Que atento los resultados obtenidos al cierre de inscripción, mediante Acta Nº 5 de fecha 31 de Agosto de 2018 (IF-2018-48849250-APN-ONEP#JGM), propició se declare desierto el proceso de selección para la cobertura de los cargos de “Coordinación de Control Operativo” y “Coordinación de Asistencia Técnica de Evaluación del Personal”, por insuficiencia de cantidad de postulantes requeridos para la conformación de la Terna.

#F5615742F#

#I5615714I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 29 Martes 16 de octubre de 2018

Que se ha dado cumplimiento a las etapas del proceso de selección para la cobertura de dichos cargos, conforme el Régimen de Selección antes mencionado.

Que por Acta N°  15 de fecha 21 de septiembre de 2018 (IF-2018-49072331-APN-ONEP#JGM) el Comité de Selección Nº  1, elaboró y elevó los Órdenes de Mérito correspondiente a los cargos “Dirección de Gestión y Desarrollo de Carrera del personal”, “Dirección de Procesos de Selección de Personal”, “Dirección de Política Salarial”, “Coordinación de Análisis de Convenios Colectivos”, que por el presente acto se aprueban.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 68 del Anexo de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO N° 82 de fecha 25 de agosto de 2017.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Órdenes de Mérito, elevados por el Comité de Selección Nº 1, correspondiente al proceso de selección convocado mediante Resolución de la Secretaría de Empleo Público Nº 64/2018, para la cobertura de los cargos de “DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL”, Nivel B, Función Ejecutiva III (2018-018690-MINMOD-P-FE-III-B); “DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL” Nivel B, Función Ejecutiva III (2018-018688-MINMOD-P-FE-III-B); “DIRECCIÓN DE POLÍTICA SALARIAL” Nivel B, Función Ejecutiva III (2018-018693-MINMOD-P-FE-III-B); “COORDINACIÓN DE ANÁLISIS DE CONVENIOS COLECTIVOS”, Nivel B, Función Ejecutiva IV (2018-018694-MINMOD-P-FE-IV-B), todos ellos pertenecientes a la planta permanente de la SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I (IF-2018-50424101-APN-SECEP#JGM), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°. - Apruébense las ternas resultantes de los Órdenes de Mérito aprobadas en el artículo 1º de la presente, conforme el detalle obrante en el Anexo II (IF-2018-50498209-APN-SECEP#JGM), que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declárase desierto el proceso de selección para la cobertura de los cargos de “COORDINACIÓN DE CONTROL OPERATIVO”, Nivel B, Función Ejecutiva IV (2018-018687-MINMOD-P-FE-IV-B), “COORDINACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA DE EVALUACIÓN DEL PERSONAL” Nivel B, Función Ejecutiva IV (2018-018689-MINMOD-P-FE-IV-B), cuya convocatoria fuera realizada mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nº 64/2018, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo Martin Legorburu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77340/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA

Resolución 11/2018

RESOL-2018-11-APN-SIPIYPD#MD

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2018

VISTO las Leyes N° 17.640, 19.922, 22.079, 22.502, 22.963, 24.213 y 27.017, los Decretos N° 7633 del 2 de noviembre de 1972, 2101 del 6 de octubre de 2015, 1079 del 6 de octubre de 2016, 62 del 19 de enero de 2018, 174 del 2 de marzo de 2018, la Decisión Administrativa N° 310 del 13 de marzo de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.640 del 15 de febrero de 1968 aprueba la Convención suscripta en el PRINCIPADO DE MÓNACO el 3 de mayo de 1967 a través de la cual se establece la ORGANIZACIÓN HIDROGRÁFICA INTERNACIONAL cuyas finalidades son asegurar: a) la coordinación de las actividades de los servicios hidrográficos nacionales; b)

#F5615714F#

#I5615448I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 30 Martes 16 de octubre de 2018

la mayor uniformidad posible en las cartas y documentos náuticos; c) la adopción de métodos seguros y eficaces para la realización y la explotación de relevamientos hidrográficos; d) el progreso de las ciencias relativas a la hidrografía y de las técnicas utilizadas para los relevamientos oceanográficos.

Que por Ley N°  27.017, promulgada el 10 de diciembre de 2014, se aprueba el Protocolo sobre modificación del convenio relativo a la mencionada organización, convalidando la adhesión del Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA en su condición de Estado Parte, así como también su calidad de miembro de la ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL.

Que la Ley N° 19.922 del 2 de noviembre de 1972 establece que el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL realizará los estudios, trabajos, exploraciones e investigaciones que sean conducentes a promover el máximo de seguridad a la navegación y propender al progreso y defensa de la Nación.

Que el Decreto N° 7633 del 2 de noviembre de 1972, reglamentario de la ley mencionada en el considerando anterior establece que el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL mantendrá los sistemas de ayudas a la navegación acorde con los adelantos técnicos en la materia y a los acuerdos internacionales que el país suscriba.

Que la ORGANIZACIÓN HIDROGRÁFICA INTERNACIONAL, tiene carácter consultivo y las actividades que desarrolla son de carácter científico y técnico, no pudiendo extenderse sobre asuntos relacionados con la política internacional.

Que resulta inherente a sus finalidades promover la utilización de la información hidrográfica para la seguridad de la navegación, así como para cualquier otra actividad marítima, mejorar a nivel mundial la cobertura, disponibilidad y calidad de los datos, de la información, de los productos y de los servicios hidrográficos, facilitando el acceso a ellos.

Que la ORGANIZACIÓN HIDROGRÁFICA INTERNACIONAL tiene por finalidad organizar y mejorar el desarrollo de normas internacionales para los datos, información, productos, servicios y técnicas hidrográficas y alcanzar asimismo la mayor uniformidad posible en la utilización de esas normas.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es miembro de la ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL, habiendo adherido al CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SALVAGUARDA DE LA VIDA EN EL MAR mediante las Leyes Nº 22.502, Nº 22.079 y Nº 24.213, siendo responsabilidad de los Estados Parte, en lo que hace a la obligatoriedad de los Servicios Hidrográficos respectivos, desarrollar todas aquellas actividades que permitan brindar al navegante el servicio de seguridad náutica, es decir, una condición de navegación segura.

Que el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL edita la cartografía náutica nacional en formato papel y las cartas náuticas electrónicas oficiales.

Que para confeccionar las cartas náuticas electrónicas, el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL se basa en estándares de la ORGANIZACIÓN HIDROGRÁFICA INTERNACIONAL, rigiéndose por los principios de la BASE DE DATOS MUNDIAL DE CARTAS DE NAVEGACIÓN ELECTRÓNICA, de forma tal de proveer un servicio coordinado con todos los países productores de las mismas.

Que la Ley N°  19.922 establece que el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL, para evitar superposiciones, propender a la economía de esfuerzos y obtener un mayor rendimiento general, actuará en estrecho contacto con el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y con el SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

Que la Ley N° 22.963 del 2 de noviembre de 1983 “Ley de la Carta” señala en su ARTÍCULO N° 16 que el Instituto Geográfico Nacional tendrá a su cargo la fiscalización y aprobación de toda obra literaria o gráfica, documento cartográfico, folleto, mapa o publicación de cualquier tipo, en que se describa o represente en forma total o parcial el territorio de la República Argentina.

Que así también el Artículo N° 17 del mismo plexo normativo afirma que las autoridades nacionales, provinciales y municipales controlarán que toda obra literaria o gráfica, documento cartográfico, folleto, mapa o publicación de cualquier tipo, en que se describa o represente en forma total o parcial el territorio de la República Argentina, que se edite, ingrese o circule en sus respectivos ámbitos de competencia, se ajuste a las normas establecidas en esa ley.

Que la ley mencionada en el considerando anterior prohíbe la publicidad de cualquier carta, folleto, mapa o publicación de cualquier tipo que describa o represente, en forma total o parcial, el territorio de la República Argentina, sea en forma aislada o integrando una obra mayor, sin la aprobación previa del Instituto Geográfico Nacional.

Que como bien se ha señalado en relación a la producción de cartografía náutica electrónica impera el principio de cooperación internacional y de cumplimiento de estándares también de carácter global, resultando el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL el organismo con competencia primaria para velar por la seguridad marítima y veracidad de la cartografía naval.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 31 Martes 16 de octubre de 2018

Que el requisito formal contenido en la Ley de carta de 1983 tiene por objeto velar por la representación oficial de los límites territoriales de nuestro país.

Que la presente medida no implica ni resulta extensiva a asuntos relacionados con la política internacional, ni con límites jurisdiccionales, facultades propias del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

Que por Decreto N°  1079 del 6 de octubre de 2016 se establece el RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA) por el cual se administran los trámites vinculados a las declaraciones, permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones y gestiones necesarias para realizar las operaciones de importación, exportación y tránsito de todo tipo de mercancías.

Que ha sido creado con el objetivo, entre otros, de unificar procesos, normas, reglamentos y trámites para optimizar el funcionamiento de los dispositivos de aplicación para el comercio exterior.

Que el Comité creado en el marco del citado Decreto tiene entre sus funciones propiciar e impulsar las modificaciones normativas que se requieren para la implementación del Régimen VUCEA.

Que el Artículo 8 del Decreto N° 1079/2016 dispone en forma expresa que en función de la implementación del RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), los organismos involucrados deberán adecuar y, en su caso, derogar las disposiciones normativas que se opongan o entren en conflicto con el Régimen VUCEA.

Que por Decreto N° 62 del 19 de enero de 2018 se creó la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN DE LA NACIÓN y se estableció entre sus objetivos la coordinación de acciones con las dependencias del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, a fin de simplificar normas y procesos en el marco de las competencias Ministeriales, que afectan en cargas o costos al sector productivo obstaculizando el emprendimiento, la inversión, la producción, la competitividad y el comercio.

Que la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado intervención.

Que tanto el SERVICIO DE HIDROGRAFÍA NAVAL como el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, actúan en la órbita de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que en virtud del Decreto N°  174 del 2 de marzo de 2018 la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA debe entender en la supervisión y coordinación de la gestión de los institutos vinculados a la producción de información geográfica, meteorológica e hidrográfica.

Que el Servicio Jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las competencias conferidas por el Decreto N° 174/18.

Por ello:

EL SECRETARIO DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1º.– Entiéndese excluida de la autorización por parte del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL - Artículo N° 16 de la Ley N° 22.963- a la cartografía náutica electrónica confeccionada sobre la base de las normas establecidas por la ORGANIZACIÓN HIDROGRÁFICA INTERNACIONAL, y que sea incorporada al instrumental náutico.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Riva

e. 16/10/2018 N° 77074/18 v. 16/10/2018#F5615448F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 32 Martes 16 de octubre de 2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALESResolución 2/2018

RESOL-2018-2-APN-SECMA#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-48020546- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) entre la REPÚBLICA ARGENTINA, y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS suscripto con fecha 28 de noviembre de 1993, el Acta Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) entre la REPUBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, suscripta el día 8 de junio de 2006, la Resolución N°  786 del 22 de noviembre de 2006 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, sus modificatorias y complementarias, el Decreto N° 891 fecha 1 de noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017 y RESOL-2018-111-APN-MA de fecha 23 de mayo de 2018, ambas del ex -MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Acuerdo de Complementación Económica N° 6 (ACE N° 6) entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS suscripto con fecha 28 de noviembre de 1993, y en particular, el Anexo IV del Acta Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica N° 6, los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS otorgan preferencias arancelarias a la REPÚBLICA ARGENTINA sobre el arancel vigente para terceros países conforme a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versión regional NALADISA 2002, en relación a distintos productos en el comercio entre ambos países.

Que las preferencias arancelarias que se otorgan se refieren únicamente a la posición arancelaria identificada como 20087010 -Duraznos en Almíbar Enlatados- y se aplican sobre un cupo anual fijado inicialmente en DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS (10.000 tm), para la posición arancelaria indicada, durante los años de vigencia del mencionado Acuerdo.

Que asimismo, el citado Acuerdo fija una desgravación para el período en vigencia, por lo que la desgravación arancelaria relativa es del CIEN POR CIENTO (100 %), siempre a aplicarse sobre dicho cupo.

Que por la Resolución N° 786 del 22 de noviembre de 2006 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN sus modificatorias y complementarias, , se creó el “Registro para las Empresas Exportadoras de Duraznos en Almíbar con destino a los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” para aquellas empresas interesadas en la exportación del producto identificado como 20087010 —Duraznos en Almíbar Enlatados— conforme a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versión regional NADALISA 2002.

Que la citada Resolución N° 786/06 prevé los requisitos y documentación que deben cumplir los interesados en la participación del cupo de exportación que nos ocupa, como así también las pautas para distribuir el mismo.

Que a la luz de la experiencia recogida, se considera conveniente simplificar todo aquello que permita mejorar la transparencia, sencillez, apertura y razonabilidad del proceso de exportación de la referida cuota, así como eliminar aquellos requisitos que directa o indirectamente impongan barreras o trabas para la exportación del producto en cuestión.

Que por medio del Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, se aprobaron las BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN aplicables para el funcionamiento del Sector Público Nacional, el dictado de la normativa y sus regulaciones.

Que, en consecuencia, deviene necesario rever la normativa dictada a fin de que la reglamentación para acceder a la distribución de este cupo de exportación resulte simple, clara, precisa y de fácil comprensión.

Que en orden a ello, se propicia derogar la citada Resolución N° 786/06, sus modificatorias y complementarias, como asimismo incluir el plazo de vigencia del nuevo régimen dentro de las pautas y objetivos fijados por la Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que la Resolución N°  RESOL-2018-111-APN-MA de fecha 23 de mayo de 2018 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ordenó la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA de la Resolución N°  RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, estableciendo además, que el plazo mencionado en el Artículo 3º del Anexo registrado con el Nº IF-2017-30263263-

#I5615628I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 33 Martes 16 de octubre de 2018

APN-SSCTYA#MA, que forma parte integrante de dicha Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA, tendrá un plazo de vigencia que no podrá exceder de los CUATRO (4) años, pudiendo ser prorrogado por única vez, bajo decisión fundada de la Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable.

Que la finalidad de implementar la presente medida es incentivar la actividad exportadora y procurar la máxima utilización del cupo en cuestión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le otorgan los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

LA SECRETARIA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALESRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese el procedimiento para aquellas empresas interesadas en la exportación del producto identificado como 20087010 —Duraznos en Almíbar Enlatados— conforme a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versión regional NADALISA 2002, para el cupo fijado inicialmente en DIEZ MIL TONELADAS METRICAS (10.000 tm.), previsto en el Anexo IV del Decimoquinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) de fecha 24 de agosto de 2006, que entró en vigor entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS el 1 de enero de 2007, fijando una desgravación arancelaria del CIEN POR CIENTO (100 %), siempre a aplicarse sobre el cupo anual referido.

ARTÍCULO 2°.- Las toneladas asignadas por los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS a la REPÚBLICA ARGENTINA, se utilizarán bajo el criterio internacional “primero entrado, primero salido” hasta agotar las DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS (10.000 t), dentro del período comercial que comprende del día 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.

ARTÍCULO 3º.- Las personas humanas o jurídicas interesadas en la exportación del mencionado producto en el marco del cupo, deberán ser titulares de empresas habilitadas para la producción de duraznos en almíbar enlatados y contar con la correspondiente habilitación del establecimiento elaborador e inscripción para exportar.

La Autoridad de Aplicación, de considerarlo pertinente, podrá requerir las constancias que acrediten los extremos expuestos en el párrafo que antecede.

ARTÍCULO 4º.- Para acceder al Certificado de Autenticidad que ampara el presente cupo, las empresas deberán completar a través de la Plataforma Trámites a Distancia (TAD) el formulario denominado “Solicitud Certificado de Cupo Duraznos a México (MXDZ)” y, asimismo, acompañar la siguiente documentación respaldatoria de la operatoria comercial de exportación:

a. Permiso de Embarque.

b. Factura Comercial.

Una vez completada la solicitud con la respectiva documentación, el Sistema de Administración de Cupos de Exportación arrojará el código de trámite MXDZ seguido del número de solicitud, y mostrará el trámite en estado “pendiente”.

ARTÍCULO 5°.- Los interesados podrán visualizar la ejecución del cupo al momento de ingresar electrónicamente su declaración jurada y solicitar la emisión de los Certificados de Autenticidad ante la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 6°.- El Certificado de Autenticidad será emitido por la Autoridad de Aplicación dentro de los TRES (3) días de presentada la documentación por parte de las empresas exportadoras.

ARTÍCULO 7º.- Toda tramitación, documentación y/o dato que el administrado efectúe o aporte a través del módulo de Trámites a Distancia (TAD) se considerará realizado con carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 8°.- La Autoridad de Aplicación podrá cancelar la emisión de los Certificados de Autenticidad, a cualquier firma interesado, asegurándole el derecho de defensa, cuando incurriere en alguna de las siguientes conductas:

a. Emita, use o ponga en circulación un certificado falso de los establecidos como requisito para exportar las distintas cuotas asignadas al país, ya sea en forma íntegra o en cualquiera de sus partes constituyentes, o altere parcial o totalmente uno verdadero.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 34 Martes 16 de octubre de 2018

b. Toda acción u omisión, práctica o conducta desleal, maliciosa o negligente que afecte el prestigio de la industria o el comercio de nuestro país en el exterior.

Asimismo, la Autoridad de Aplicación podrá disponer la suspensión de la emisión del Certificado de Autenticidad, mediante resolución fundada, en los siguientes supuestos:

a. Se hubiera decretado su quiebra; o se presentara en concurso preventivo y no cumpliere con el acuerdo concursal y/o no cumpliere con sus obligaciones impositivas y previsionales posteriores a la fecha de presentación en concurso.

b. No cumpla con los requisitos previstos en la presente medida.

c. El interesado perdiere la posesión o tenencia de la planta o no el interesado no contase con la habilitación del establecimiento elaborador.

ARTÍCULO 9°.- Establécese que las exportaciones del cupo deberán llevarse a cabo dentro del período que a tal fin otorga los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS a la REPÚBLICA ARGENTINA y los saldos no exportados no podrán ser trasladables a los ciclos comerciales siguientes.

ARTÍCULO 10.- La presente medida tendrá una vigencia de CUATRO (4) años desde la fecha de su publicación, conforme a las pautas y objetivos fijados en las Resoluciones Nros. RESOL-2017-381-APN-MA de fecha 28 de noviembre de 2017 y RESOL-2018-111-APN-MA de fecha 23 de mayo de 2018, ambas del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Asimismo, esta medida resultará de aplicación ante el supuesto que se incremente o reduzca el cupo otorgado en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 6 (ACE 6).

ARTÍCULO 11.- Derógase la Resolución N°  786 del 22 de noviembre de 2006 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, sus modificatorias y complementarias..

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher

e. 16/10/2018 N° 77254/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOResolución 7/2018

RESOL-2018-7-APN-SRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-32791273-APN-GCP#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 24.557, 26.773, 27.348, el Decreto Nº 378 de fecha 27 de abril de 2005, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 635 de fecha 23 de junio de 2008, N° 365 de fecha 16 de abril de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de facilitar el acceso a los distintos actores sociales vinculados con el Sistema de Riesgos del Trabajo a los servicios que se brindan, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) adecuó los procedimientos administrativos a las ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, con el objeto de agilizar sus trámites administrativos, incrementar la transparencia y accesibilidad al mismo.

Que mediante la Resolución S.R.T. N° 635 de fecha 23 de junio de 2008 se implementó el uso obligatorio de la “Ventanilla Electrónica”: un sistema de notificaciones y de intercambio recíproco de información entre la S.R.T., las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y los Empleadores Autoasegurados (E.A.).

Que a través de la Resolución S.R.T. N° 365 de fecha 16 de abril de 2009 los Empleadores fueron incluidos en el Sistema de Ventanilla Electrónica implementado por la citada Resolución S.R.T. Nº 635/08, homogeneizando los canales de comunicación.

Que por todo lo expuesto, resulta oportuno crear un procedimiento para la respuesta a requerimientos de Ventanilla Electrónica por medio de Servicios Web que incorpore los objetivos señalados.

Que sin perjuicio de ello, la experiencia adquirida en la implementación del sistema de Ventanilla Electrónica permitiría proyectar mejoras que permitan una comunicación eficiente entre los distintos actores del sistema.

#F5615628F#

#I5614968I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 35 Martes 16 de octubre de 2018

Que el procedimiento que se impulsa permitirá a las A.R.T./E.A. la creación de métodos de integración, que les permita administrar los requerimientos desde sus propios sistemas, facilitando la gestión y respuesta de éstos, pudiendo implementar esquemas de respuesta automática ante requerimientos específicos al configurar en sus propios sistemas qué información remitir a la S.R.T. ante cada pedido.

Qué asimismo, podrán responder enviando un conjunto de datos que nuestros sistemas podrán procesar automáticamente, informando a los responsables de los expedientes el resultado de dicho proceso, permitiendo a la S.R.T. obtener los datos requeridos con mayor celeridad y procesar la información más eficientemente.

Que en ese entendimiento, resulta oportuno facultar a la Subgerencia de Sistemas a reglamentar los aspectos técnicos a considerar en cada tipo de “Comunicación Electrónica de Datos” (C.E.D.), en función a la información específica que se deba incluir en cada caso.

Que en consecuencia, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa antes transcripta, resulta necesario definir el “Procedimiento para responder Requerimientos mediante Servicios Web”, el cual obra como Anexo IF-2018-35976315-APN-SS#SRT.

Que el acto administrativo que se impulsa cuenta con la conformidad de la Gerencia de Control Prestacional y la Subgerencia de Sistemas.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de este Organismo ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades previstas en los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Procedimiento para responder Requerimientos mediante Servicios Web”, el cual obra como Anexo IF-2018-35976315-APN-SS#SRT que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Subgerencia de Sistemas a reglamentar los aspectos técnicos a considerar en cada tipo de “Comunicación Electrónica de Datos” (C.E.D.), en función a la información específica que se deba incluir en cada caso.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Dario Moron

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76962/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOResolución 9/2018

RESOL-2018-9-APN-SRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-42556640-APN-GACM#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.529, N° 26.773 y N° 27.348, los Decretos N° 658 de fecha 24 junio de 1996, N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 840 de fecha 22 de abril de 2005, N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009, N° 37 de fecha 14 de enero de 2010, N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, N° 613 de fecha 1 de noviembre de 2016, N° 475 de fecha 20 de abril de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) establece la obligación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) de brindar prestaciones en especie y dinerarias a aquellos trabajadores incapacitados laboralmente, ya sea en forma temporaria o permanente.

Que por su parte, el artículo 30 de la citada ley dispone que aquellos empleadores que hubiesen optado por el régimen de autoseguro deberán cumplir con las obligaciones que la ley pone a cargo del empleador y a cargo de las A.R.T..

#F5614968F#

#I5614821I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 36 Martes 16 de octubre de 2018

Que a su vez, la Ley N° 26.773 sobre el Régimen de Ordenamiento de la Reparación de los Daños Derivados de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales constituye como objetivo, la cobertura de los daños derivados de los riesgos del trabajo con criterios de suficiencia, accesibilidad y automaticidad de las prestaciones dinerarias y en especie establecidas para resarcir tales contingencias.

Que el artículo 1° del Decreto Reglamentario N° 717 de fecha 28 de junio de 1996 establece que, el empleador está obligado a denunciar a la Aseguradora, inmediatamente de conocido, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes, y que asimismo, también podrá efectuar la denuncia el propio trabajador, sus derechohabientes o cualquier persona que haya tenido conocimiento.

Que el artículo 6° del citado decreto, faculta a la A.R.T. o el Empleador Autoasegurado (E.A.) a rechazar la contingencia, imponiéndose como causal primordial, el supuesto en que ésta considere que el accidente no sea de naturaleza laboral o la enfermedad no revista carácter profesional.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el último párrafo del citado artículo, el trabajador estará obligado a someterse al control que efectúe el facultativo designado por la Aseguradora tantas veces como razonablemente le sea requerido.

Que el artículo 9° del Decreto Reglamentario N° 717/96 faculta tanto a las A.R.T. como a las Comisiones Médicas Jurisdiccionales para determinar la existencia de una enfermedad profesional, lo cual implica establecer la relación causal adecuada entre la patología denunciada, las tareas desarrolladas, los Agentes de Riesgo presentes en el lugar de trabajo y la exposición sufrida.

Que en primera instancia, es responsabilidad de la A.R.T. o el E.A. detectar tempranamente la existencia de aquellas patologías producidas por causa del trabajo y, en defecto de ello, ante la denuncia de la contingencia por parte del trabajador o empleador, deberá accionar los mecanismos tendientes a determinar el carácter profesional de la patología invocada.

Que en función de todo lo expuesto, se considera conducente aprobar un procedimiento complementario para el Rechazo de Enfermedades Profesionales, el cual resulte ordenador a los efectos de garantizar la debida fundamentación del mismo por parte de la A.R.T. o el E.A. mediante el cumplimiento de las cargas y obligaciones que le son propias, como así también, objetivar la pretensión del trabajador damnificado, de manera tal que al momento de formalizarse un reclamo ante la Comisión Médica Jurisdiccional, ésta pueda contar con todos los elementos necesarios a fin de determinar el carácter profesional de la contingencia denunciada.

Que en este orden de ideas, son los profesionales de la medicina quienes cuentan con la facultad exclusiva para anunciar, prescribir, indicar o aplicar cualquier procedimiento directo o indirecto de uso en el diagnóstico, pronóstico y/o tratamiento de las enfermedades de las personas, quedando prohibido a cualquier otro sujeto participar en tales actividades o realizar dichas acciones.

Que el artículo 14 de la Ley N°  26.529 sobre Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud establece que el paciente es el titular de la historia clínica y a su simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma.

Que por otra parte, corresponde definir un plazo particular para la presentación por parte de la A.R.T. o el E.A. del trámite ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales para determinar u homologar la Incapacidad Laboral Permanente en los supuestos de contingencias Sin Baja Laboral.

Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) se encuentra facultada para establecer los recaudos que corresponda considerar para entender que el rechazo de una contingencia se encuentra adecuadamente fundado en acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 bis del Decreto N° 717/96.

Que el artículo 8° de la Resolución S.R.T. N°  179 de fecha 21 de enero de 2015, dispone los requisitos para considerar el rechazo de una contingencia como debidamente fundamentado por parte de la A.R.T. o el E.A..

Que la experiencia recabada a través de la aplicación de las normas previamente aludidas, torna necesario adecuar los requisitos para considerar el rechazo de una contingencia como debidamente fundamentado, dispuestos por el artículo 8° de la Resolución S.R.T. N° 179/15, entendiendo que a los efectos de determinar la idoneidad de los agentes de riesgos imperantes en el lugar de trabajo para causar una Enfermedad Profesional, resulta imprescindible poder conocer la exposición desde una perspectiva histórica respecto del puesto de trabajo y de las tareas desarrolladas por el trabajador.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha intervenido en el área de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557, el artículo 3º de la Ley Nº 27.348 y el artículo 6 bis del Decreto N° 717/96.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 37 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES”, que como Anexo I IF-2018-49687832-APN-GACM#SRT forma parte integrante de la presente resolución.

El incumplimiento de dicho procedimiento por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) o el Empleador Autoasegurado (E.A.) configurará falta GRAVE de conformidad con las previsiones del régimen aprobado por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 613 de fecha 01 de noviembre de 2016, o la que en el futuro la reemplace.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que en los supuestos de denuncia de una Enfermedad Profesional (E.P.), cuando fuere realizada en forma directa por el propio trabajador, sus derechohabientes o un tercero, la relación de los hechos exigida en el artículo 1° del Decreto N° 717 fecha 28 de junio de 1996, deberá contener una descripción de la sintomatología imperante, el puesto de trabajo y las tareas habituales que fueran desarrolladas por el trabajador damnificado. Ello sin perjuicio de todas aquellas constancias médicas que pudieran ser acreditadas con el objeto de avalar la denuncia realizada y precisar un diagnóstico.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que para los supuestos de contingencias Sin Baja Laboral, la A.R.T. o el E.A. deberá presentar el trámite ante las Comisiones Médicas para determinar u homologar la Incapacidad Laboral Permanente (I.L.P.), dentro de los VEINTE (20) días contados desde el día siguiente al que se haya producido la aceptación expresa o tácita de la contingencia.

ARTÍCULO 4°- Sustitúyase el texto del artículo 8° de la Resolución S.R.T. N° 179 de fecha 21 de enero de 2015 por el siguiente texto:

“ARTICULO 8°.- El rechazo de una contingencia será debidamente fundado en los siguientes supuestos:

a. Para el caso de accidente de trabajo, cuando la A.R.T./E.A. haya basado sus argumentos en los siguientes requisitos:

1. Evaluación médica del damnificado.

2. Estudios complementarios realizados, en los casos en que la patología lo requiera.

3. Investigación del accidente, en los casos que corresponda.

4. Inasistencia del damnificado a la citación realizada por la A.R.T./E.A. acreditándose en forma fehaciente.

a. Para el caso de una enfermedad profesional, cuando la A.R.T./E.A. haya basado sus argumentos en los siguientes requisitos:

1. Examen médico del damnificado o declaración de imposibilidad de realizarlo por causas atribuibles al trabajador debidamente acreditadas.

2. Estudios complementarios realizados por la A.R.T./E.A. o aportados por el trabajador, en caso de corresponder.

3. Exámenes Médicos en Salud realizados al trabajador en los términos de la Resolución S.R.T. N° 37 de fecha 14 de enero de 2010, o la que en un futuro la reemplace, en caso de corresponder.

4. Mapa de Riesgos del Establecimiento de efectiva prestación de servicios correspondiente a cada uno de los períodos vencidos en que el vínculo laboral se encontrara vigente, el cual como mínimo deberá contener: Análisis y Evaluación de Riesgos por puesto de trabajo y Nómina de Personal Expuesto (N.P.E.) declarados por el empleador, todo ello conforme lo dispuesto por las Resoluciones S.R.T. N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009 y N° 37/10, o las que en un futuro las remplacen.

5. Relevamiento de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (C.y M.A.T.), en caso de poseerlo, en el cual se verifique la presencia de los Agentes de Riesgos al que el trabajador se encontraba expuesto durante la vigencia del vínculo laboral.

6. Inasistencia del damnificado a la citación realizada por la A.R.T./E.A. acreditándose en forma fehaciente.

En los casos en que el rechazo encuentre fundamento en la falta de cobertura, prescripción, dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo, la A.R.T./E.A. deberá basar sus argumentos en constancias objetivas de tales circunstancias. Ello sin perjuicio, del cumplimiento de los requisitos dispuestos en los incisos a) y b) del presente artículo a los efectos de acreditar acabadamente todos los demás extremos en relación al carácter inculpable de la contingencia.”

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 38 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la presente resolución entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2018 y se aplicaran a las contingencias previstas en el apartado 2° del artículo 6° de la Ley N° 24.557, cuya Primera Manifestación Invalidante se produzca a partir de esa fecha.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Dario Moron

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76815/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASResolución 72/2018

RESOL-2018-72-APN-INASE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

Visto el Expediente EX-2018-45565618--APN-DSA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado expediente la BOLSA DE CEREALES Y PRODUCTOS DE BAHÍA BLANCA, elevó la solicitud de auspicio institucional al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO para la realización de la 6º Edición de AGROTOUR que consta de DOS (2) circuitos a realizarse los días 21 y 22 de noviembre de 2018 en Bahía Blanca de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene relevancia ya que es función de la BOLSA DE CEREALES Y PRODUCTOS DE BAHÍA BLANCA proporcionar información útil y precisa al sector agroindustrial sobre el estado y la producción de los cultivos de trigo y cebada a nivel regional.

Que la presencia del organismo se efectúa a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión.

Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por Ley Nº 25.845, el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO para la realización de la 6º Edición de AGROTOUR que consta de DOS (2) circuitos a realizarse los días 21 y 22 de noviembre de 2018 en Bahía Blanca de la Provincia de BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Raimundo Lavignolle

e. 16/10/2018 N° 76961/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 39 Martes 16 de octubre de 2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUDResolución 86/2018

RESOL-2018-86-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-51275890- -APN-DGRRHHMS#MSYDS, la Ley N° 17.102, su Decreto Reglamentario N° 8248 de fecha 23 de diciembre de 1968, el Decreto N° 9 de fecha 8 de enero de 2009, el Decreto N° 238 de fecha 1° de marzo de 2011, el Decreto N° 2520 de fecha 24 de noviembre de 2015 y la Resolución N° 86 del entonces MINISTERIO DE SALUD de fecha 29 de Enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N°  17.102, se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a constituir los “Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad” - SAMIC, de acuerdo con la finalidad y demás especificaciones de dicha ley, con carácter condicional durante un período inicial no mayor a TRES (3) años.

Que por el Decreto N° 8248/68 se establecieron las correspondientes disposiciones reglamentarias del cuerpo legal precedentemente citado, vinculadas con la constitución de los “Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad”, para la que se estableció la formalidad del dictado de un decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobatorio del convenio inicial de las partes y del respectivo estatuto.

Que por Decreto N°  9/2009 se aprobó el Convenio suscripto entre el entonces MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de fecha 29 de mayo de 2008, a fin de constituir el ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “EL CRUCE”, SERVICIO DE ATENCÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD, y se aprobó su estatuto.

Que por Decreto N° 238/2011 se produjo el cambio de denominación del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “EL CRUCE” SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD por el de HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. ESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD “SAMIC”.

Que por Decreto N° 2520/2015 se aprobó el Convenio suscripto el 24 de junio de 2015 entre el entonces MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se constituyó en forma definitiva el HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD “SAMIC”, y se aprobó su estatuto definitivo.

Que el artículo 8° del Estatuto del ente precedentemente mencionado establece que el mismo será dirigido por un Consejo de Administración el cual estará compuesto por SEIS (6) miembros, DOS (2) de los cuales serán designados por el ex -MINISTERIO DE SALUD, DOS (2) presentantes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y DOS (2) representantes en calidad de adherentes, designados por la UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE; y que la Presidencia del Consejo será ejercida por uno de los miembros designados por el ex -MINISTERIO DE SALUD.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD N° 86/2016 se designó a los representantes del citado Organismo en el Consejo de Administración del ente mencionado, entre ellos a la Dra. María Patricia FAGOTTO.

Que la mencionada profesional ha presentado su renuncia como representante del entonces MINISTERIO DE SALUD en el Consejo de Administración del ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD-, a partir del 1° de julio de 2018.

Que a los efectos de proceder a su reemplazo en el Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, se han evaluado los antecedentes del Doctor Gustavo Rodolfo IRALDE, quien reúne los requisitos de experiencia e idoneidad para desempeñar la función como representante de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, ha tomado la intervención pertinente.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 8° del Estatuto del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, aprobado por Decreto N° 2520 del 24 de noviembre de 2015.

#I5615456I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 40 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aceptase, a partir del 1° de julio de 2018, la renuncia presentada por la Dra. María Patricia FAGOTTO (D.N.I N° 13.761.114) como representante del entonces MINISTERIO DE SALUD en el Consejo de Administración del ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - .

ARTICULO 2° — Designase, al Doctor Gustavo Rodolfo IRALDE (D.N.I N° 21.712.275), como representante de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en el Consejo de Administración del ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE, DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER”, SERVICIO DE ATENCION MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, a partir del dictado de la presente medida.

ARTICULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto asignadas al ente citado en el artículo precedente.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

e. 16/10/2018 N° 77082/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIAResolución 36/2018

RESOL-2018-36-APN-SRYGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2018

VISTO el EX-2018-02530643-APN-DNCHYSO#MS del registro de este MINISTERIO; y

CONSIDERANDO:

Que la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN.

Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO dependiente de esa Subsecretaría.

Que por Resolución N° 59 de fecha 18 de febrero de 2014 de la ex – SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, se estableció el EXAMEN ÚNICO DE RESIDENCIAS MÉDICAS (EU) como la herramienta de evaluación para la adjudicación de los cargos de residencias de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones asistenciales dependientes de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA, así como las que se desarrollan en el HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN” y en el HOSPITAL DR. NESTOR C. KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE - S.A.M.I.C.

Que por Convenio Nº 23 de fecha 20 de noviembre de 2015, firmado entre el entonces MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU).

Que el ingreso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud se realiza anualmente mediante el CONCURSO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, concurso público y abierto que reglamenta las características y requerimientos del mismo.

Que el concurso es un proceso transparente cuyo objetivo principal es considerar los conocimientos de grado y antecedentes formativos de cada aspirante, a través de la realización de una evaluación objetiva y documentada.

Que la integración y unificación del concurso para acceder a los cargos de Residencias del Equipo de Salud que se desarrollen en instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN y las dependientes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES favorece a la democratización de los mismos.

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#I5614965I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 41 Martes 16 de octubre de 2018

Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO se ha coordinado con las instituciones nacionales dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS y con el Hospital de Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan y con el Hospital Dr. Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El Cruce – S.A.M.I.C y con el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la redacción de un reglamento para la adjudicación de cargos en residencias del Equipo de Salud y un cronograma común.

Que la SECRETARÍA REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a las facultades conferidas por los Decretos N°  801/2018 y 802/2018 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIARESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Denomínase CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, al concurso por el cual se accede a los cargos de Residencias del Equipo de Salud que se desarrollen en instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN y las dependientes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 2º- Apruébase el Reglamento del CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, para las residencias básicas y articuladas que inicien en el año 2018 y que como ANEXO I (IF-12151955-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º - Apruébase el Reglamento del Concurso para las residencias post-básicas que inicien en el año 2018 y que como ANEXO II (IF-12152267-APN-DNCHYSO#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4º- Apruébase el cronograma de concurso para las residencias básicas y articuladas que inicien en el año 2018 que como ANEXO III (IF-03265477-APN-DNCHYSO#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5º- Apruébase el Formulario de Recepción de Documentación para las residencias básica y articuladas y Post Básicas que, como ANEXOS IV (IF-03262997-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 6º- Créase el Comité técnico del CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, que será presidido en forma conjunta entre la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA (MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN) y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN y CONTRALOR DEL CONOCIMIENTO, REDES Y TECNOLOGÍAS SANITARIAS (MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA); y la coordinación técnica en forma conjunta entre la Dirección Nacional de Capital Humano (MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN) y la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Trabajadores de la Salud (MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA).

ARTÍCULO 7º- Integrase el COMITÉ TÉCNICO creado por el Artículo N° 6 por los representantes de los espacios de docencia e investigación de las instituciones que integran este CONCURSO y representantes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y tendrá como función la administración y gestión del mismo. Todos los integrantes del Comité actuarán “ad-honorem” y su funcionamiento no implica erogación alguna. Las Instituciones mencionadas designarán a sus representantes de acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.

ARTÍCULO 8º- Invitase al HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN y al HOSPITAL DR NÉSTOR C. KIRCHNER – ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE- S.A.M.I.C. y al MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES a adherir al reglamento y cronograma del concurso, así como a designar sus representantes en el comité que se crea por Artículo N° 6.

ARTÍCULO 9º- Deróguese la Resolución de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS N° 59 de fecha 18 de febrero de 2014.

ARTÍCULO 10º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL BOLETÍN OFICIAL y archívese. Josefa Rodriguez Rodriguez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76959/18 v. 16/10/2018#F5614965F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 42 Martes 16 de octubre de 2018

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIAResolución 684/2018

RESOL-2018-684-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-23694783- -APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.233, el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 6° de la Ley N° 27.233, faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a establecer los procedimientos y sistemas para el control público y privado del tráfico federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen animal, adecuando los sistemas de fiscalización y certificación higiénico-sanitaria.

Que mediante el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

Que la ampliación de los mercados exige aprovechar al máximo las capacidades instaladas tanto en plantas procesadoras como en los depósitos de frío, facilitando la complementación entre establecimientos de distintos rubros habilitados por este Servicio Nacional.

Que el tránsito de productos de un establecimiento habilitado a otro para completar frío, no debería ser una traba que afecte el comercio si se hace en condiciones higiénico-sanitarias, manteniendo la trazabilidad y al mismo tiempo permitiendo la optimización de recursos por parte de la industria.

Que por lo expuesto, resulta necesario actualizar el citado Reglamento para acompañar los procesos productivos de manera que éstos no afecten la inocuidad de los productos, previniendo la aparición de peligros y verificando los procesos en cada etapa de la cadena agroalimentaria.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Capítulo V – Numerales 5.4.6, 5.4.6.1, 5.4.6.2, 5.4.6.3 y 5.4.6.4 Incorporación. Se incorporan los Numerales 5.4.6, 5.4.6.1, 5.4.6.2, 5.4.6.3 y 5.4.6.4 al Capítulo V del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, que como Anexo I (IF-2018-48127505-APN-DNIYCA#SENASA) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Capítulo XXVIII. Numeral 28.12.1. Incorporación. Se incorpora el Numeral 28.12.1 al Capítulo XXVIII del citado Reglamento, que como Anexo II (IF-2018-47793770-APN-DNIYCA#SENASA) forma parte integrante de la presente resolución

ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ricardo Luis Negri

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77092/18 v. 16/10/2018

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#F5615466F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 43 Martes 16 de octubre de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESResolución 223/2018

RESOL-2018-223-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-49559279-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y las Resoluciones INCAA Nº 1109-E de fecha 18 de julio de 2018, N° 1141-E de fecha 27 de julio de 2018 y Nº 1492-E de fecha 11 de septiembre de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido en la Ley N°  17.741 (t.o. 2001), el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACIÓN, tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones que la propia ley establece.

Que, dentro de las formas de la actividad sustantiva del Estado, el fomento asume una tipicidad particular, que en el caso de la actividad audiovisual se funda no sólo en el contenido de la actividad sino también en los fines que aquél procura.

Que al respecto la Ley de Fomento a la actividad cinematográfica a través del instituto jurídico de fomento procura el mayor desarrollo de esta actividad con la promoción y estímulo a los productores para realizar sus obras cinematográficas, a través de créditos y subsidios.

Que, por ello, y por prerrogativa del artículo 24 del ordenamiento legal mencionado, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES administra el Fondo de Fomento Cinematográfico, para diversos fines y aplicaciones.

Que la finalidad perseguida por la Resolución INCAA N°  1109-E/2018 es atender a la necesidad del sector cinematográfico de dotarlo de recursos para afrontar las próximas producciones audiovisuales y con ello, llevar adelante los rodajes de las películas nacionales que fueran a iniciar su producción en los próximos meses mediante los distintos llamados que oportunamente se establezcan.

Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aprobó en reunión del 20 de julio de 2018 un llamado para los proyectos de películas nacionales de producciones destinadas a audiencia media de ficción, animación y documental, con rodajes iniciados desde el 1º de julio de 2018 al 28 de febrero de 2019 por un monto máximo de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES ($ 125.000.000.-) y designó a los integrantes del comité de selección y asignación de anticipos de subsidios.

Que mediante la resolución INCAA Nº 1141-E/2018 se instrumentó el referido llamado.

Que, por la Resolución mencionada el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estableció un otorgamiento de anticipo de subsidio de medios electrónicos a los efectos del rodaje para las películas producidas bajo la modalidad de audiencia media y adecuada a largometrajes por convocatorias.

Que, han solicitado la adhesión al anticipo del subsidio mencionado un total de CINCUENTA Y TRES (53) proyectos cinematográficos con inicio de rodaje en los meses establecidos en el mencionado llamado.

Que por Resolución INCAA Nº 1492-E/2018 se instrumentó la designación de los integrantes del Comité pertinente.

Que dicho comité sesionó a partir del día de su nombramiento según lo estipulado en la resolución mencionada en el párrafo anterior, y procedió a remitir las actas a este Instituto el día 26 de septiembre de 2018, correspondiendo dar a publicidad el listado de los proyectos seleccionados para acceder al otorgamiento del anticipo de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje establecido en las Resoluciones INCAA Nº 1109-E/2018 y 1141-E/2018, previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Anexo de la mencionada Resolución.

Que el citado comité del llamado de anticipo de subsidios a los efectos del rodaje ha seleccionado un total de TREINTA Y SEIS (36) proyectos cinematográficos, asignando una suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES ($ 125.000.000.-).

Que de acuerdo a sus facultades, el comité mencionado ha seleccionado un total de CINCO (5) proyectos suplentes, con su respectivo orden de mérito.

Que una vez cumplimentada la documentación y analizada por las distintas áreas del Instituto, deberá ser suscripto el convenio dotando de viabilidad a la medida establecida por las Resoluciones INCAA Nº 1109-E/2018 y 1141-E/2018.

#I5615609I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 44 Martes 16 de octubre de 2018

Que, por su parte, es esencial para el desarrollo de la gestión administrativa contar con las herramientas necesarias para la promoción del bienestar general, resguardando los principios de transparencia, razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia e igualdad.

Que, en atención a estos principios, es preciso dar a publicidad los proyectos que han optado por el beneficio de anticipo del subsidio a los efectos del rodaje y cumplido los requisitos de fijación de inicio de rodaje en los plazos establecidos.

Que, habiéndose dado participación a los actores involucrados a través de sus representantes en el CONSEJO ASESOR, y a las distintas áreas técnicas de este Instituto, se entiende que la presente medida cumple los objetivos que motivan su dictado.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y del Decreto N° 602/2017.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Publicar como Anexo I, identificado con número de GEDO IF-2018-49884708-APN-SGFPA#INCAA, en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, los proyectos seleccionados por el Comité del anticipo del subsidio de medios electrónicos a los efectos del rodaje de la Resolución INCAA 1109-E/2018.

ARTÍCULO 2º.- Publicar como Anexo II, identificado con número de GEDO IF-2018-49884930-APN-SGFPA#INCAA, en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, los proyectos seleccionados como suplentes por el Comité del anticipo del subsidio de medios electrónicos a los efectos del rodaje de la Resolución INCAA 1109-E/2018.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que la presente Resolución entra en vigencia en el día de su publicación.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese Fernando Juan Lima

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77235/18 v. 16/10/2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVILResolución 804/2018

RESOL-2018-804-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-10588897-APN-ANAC#MTR del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa FEELING AIR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71572022-8) solicita autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte.

Que la mencionada transportadora ha dado cumplimiento a las exigencias que sobre el particular establecen el Código Aeronáutico y sus normas reglamentarias.

Que se ha comprobado oportunamente que la compañía aérea acredita la capacidad técnica y económico - financiera a que se refiere el Artículo 105 del Código Aeronáutico.

Que dada la clase de servicios solicitados, los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, en el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de transporte aéreo.

#F5615609F#

#I5614826I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 45 Martes 16 de octubre de 2018

Que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas, quedando comprendido en la excepción prevista por el Artículo 102, aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del Código Aeronáutico.

Que las instancias de asesoramiento se han expedido favorablemente con relación a los servicios no regulares requeridos.

Que a los efectos de ejercer los derechos que se confieren mediante esta resolución, la Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA) correspondiente dentro del plazo de UN (1) año calendario contado desde la firma de la presente resolución, de conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 1302-E de fecha 12 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la Empresa deberá ajustar la prestación de los servicios solicitados a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico, en la Ley Nº 19.030 (Política Nacional de Transporte Aerocomercial) y a las normas reglamentarias vigentes establecidas en el Decreto N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982 y en el Decreto N° 2.186 de fecha 25 de noviembre de 1992.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por los Artículos 102 y 128 del Código Aeronáutico y en el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVILRESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Empresa FEELING AIR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30- 71572022-8) a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte.

ARTÍCULO 2º.- Con carácter previo al ejercicio de los derechos que se confieren mediante la presente resolución, la Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA), con la constancia de los servicios de transporte aéreo que se otorgan.

ARTÍCULO 3°.- La Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA) correspondiente dentro del plazo de UN (1) año calendario contado desde la firma de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- La Empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días siguientes a la fecha de obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos con relación a los servicios otorgados en virtud de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- En su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, con los servicios regulares de transporte aéreo.

ARTÍCULO 6°.- La Empresa ajustará su actividad y la prestación de los servicios conferidos a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico y sus modificatorias, la Ley Nº 19.030, las normas reglamentarias vigentes y las que se dicten durante el ejercicio de la presente autorización.

ARTÍCULO 7°.- Asimismo, deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los libros de a bordo y libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.

ARTÍCULO 8°.- La Empresa deberá proceder a la afectación del personal que desempeñe funciones aeronáuticas según lo establecido en la Disposición N°  3 de fecha 20 de abril de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 9°.- La Empresa deberá habilitar una cuenta de correo electrónico a los efectos de la tramitación de las denuncias de los usuarios de transporte aéreo e informarla al Departamento de Fiscalización y Fomento, dependiente de la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, en el marco del sistema de gestión y seguimiento de reclamos de pasajeros de transporte aéreo en línea, aprobado mediante Resolución Nº 507-E de fecha 19 de julio de 2017 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 46 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 10.- Dentro de los QUINCE (15) días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución, la Empresa deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las constancias de haber constituido el depósito de garantía prescripto por el Artículo 112 del Código Aeronáutico.

ARTÍCULO 11.- En caso de desarrollar la explotación de servicios de transporte aéreo como actividad principal o accesoria dentro de un rubro más general, la Empresa deberá discriminar sus negocios de forma de delimitar la gestión correspondiente a tales servicios y mostrar claramente sus resultados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 100 del Código Aeronáutico.

ARTÍCULO 12.- Notifíquese a la Empresa FEELING AIR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30- 71572022-8), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para la publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido, archívese. Tomás Insausti

e. 16/10/2018 N° 76820/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍAResolución 736/2018

RESOL-2018-736-APN-MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO: El expediente N° EX 2018-37928031-APN-DRRHH#ME, la Decisión Administrativa N° 267 de fecha 02 de marzo de 2018, el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 267 de fecha 02 de marzo de 2018, se estableció, entre otros, la integración de los Gabinetes de los señores: Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General y Secretario Legal y Técnico, ambos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Procurador del Tesoro de la Nación, Titular del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, Secretario de Coordinación Interministerial y Secretario de Coordinación de Políticas Públicas, dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Titulares de los Organismos Descentralizados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL que se detallan en el Anexo I (IF-2018-09350589-APN-MM) que forma parte de la Decisión Administrativa N° 267/18 los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en el Anexo II (IF-2018-09350598-APN-MM) de la citada Decisión Administrativa.

Que por el artículo 2º de la medida mencionada precedentemente se estableció que los funcionarios mencionados en el considerando anterior podrán retribuir mediante el uso de Unidades Retributivas al personal de gabinete, en los términos del artículo 10 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y a quienes se desempeñan en la Administración Pública Nacional, con excepción de las modalidades contractuales de prestación de servicios personales bajo locación de servicio u obra, asistencia técnicas y becas, mediante la asignación regular o extraordinaria de unidades retributivas destinadas a premiar productividad, iniciativas o méritos relevantes en una mayor eficacia en su desempeño.

Que conforme al régimen aludido, procede efectuar la designación del Abogado Nicolás Ariel PECHERSKY (D.N.I. N° 32.236.549) como Asesor en la Planta de Gabinete de la UNIDAD MINISTRO del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, con la correspondiente asignación de Unidades Retributivas a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018.

Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018, por lo que procede efectuar su designación con efectos a esa fecha.

Que el artículo 4° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, faculta a los Señores Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación a efectuar contrataciones de personal, asignar funciones, promover y reincorporar personal y designar al personal de gabinete de las autoridades superiores de sus respectivas jurisdicciones.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 4° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.

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#I5614815I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 47 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por designado a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018, como Asesor en la Planta de Gabinete de la UNIDAD MINISTRO del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Abogado Nicolás Ariel PECHERSKY (D.N.I. N° 32.236.549), con la asignación de una remuneración equivalente a la cantidad de TRES MIL CINCUENTA Y TRES (3053) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro

e. 16/10/2018 N° 76809/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURAResolución 25/2018

RESOL-2018-25-APN-SGC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-24664329-APN-CGD#MC, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologa el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Decisión Administrativa Nº 1145 de fecha 18 de octubre de 2016, la Resolución Nº 5 de fecha 3 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nº 1122 de fecha 31 de agosto de 2017, Nº 1184 de fecha 11 de septiembre de 2017 y Nº 103 de fecha 21 de febrero de 2018 todas ellas del entonces MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145 de fecha 18 de octubre de 2016 se autorizó la cobertura, mediante los respectivos procesos de selección, de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que mediante el Anexo (IF-2017-1535668-APN-SECEP#MM) de la Resolución N° RESOL-2017-5-APN-SECEP#MM, se autoriza al entonces MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE (159) cargos vacantes y financiados.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-1122-APN-MC de fecha 31 de agosto de 2017 y su rectificatoria, Resolución N° RESOL-2017-1184-APN-MC de fecha 11 de septiembre de 2017, ambas del registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se aprobaron las Bases del Concurso mediante Convocatoria Interna para cubrir TREINTA (30) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

#F5614815F#

#I5614964I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 48 Martes 16 de octubre de 2018

Que por la Resolución N° RESOL-2017-830-APN-MC de fecha 10 de julio de 2017 y su rectificatoria, Resolución N°  RESOL-2017-961-APN-MC de fecha 31 de julio de 2017, ambas del registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se constituyó el Comité de Selección Nº 2 para la cobertura de los cargos antes mencionados, mediante el régimen citado.

Que los integrantes del respectivo Comité de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº  2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº  39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Que por Resolución Nº RESOL-2018-103-APN-MC de fecha 21 de febrero de 2018 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 2 respecto de los postulantes para los cargos que se consignan en el Anexo de la citada Resolución.

Que el Comité de Selección, en orden a lo dispuesto por el artículo 128 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, resuelve recomendar la asignación de UN (1) grado a todos los agentes, por reunir condiciones de idoneidad especialmente relevantes o por venir desarrollando tareas afines con el puesto concursado.

Que atento a ello la agente María Laura SANZ (D.N.I. N° 24.905.281) quien revista en la modalidad de contrato bajo el régimen del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentado por el Decreto N° 1421/02, en un cargo Nivel D – Grado 3 se encuentra en condiciones de ser designada en un cargo de TÉCNICO ESPECIALISTA DE ARCHIVO MUSICAL (2017-018175-SECCUL-G-SI-X-D) en el CORO NACIONAL DE NIÑOS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que dicho cargo concursado se encuentra comprendido en el Nomenclador de Funciones Específicas para el Personal Artístico Técnico que se desempeñe en el TEATRO NACIONAL CERVANTES y en los demás Organismos Artísticos dependientes de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, aprobado mediante la Resolución conjunta SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 53/2007.

Que el artículo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, al momento de su incorporación en el presente régimen de carrera, se le asignará el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias; con más lo resultante de la aplicación del inciso c) del citado artículo, si el órgano selector lo propone de verificarse el supuesto respectivo.

Que, al mismo tiempo, el artículo 128 bis establece que el personal ingresante que adquiera una asignación de grado producto de la aplicación del artículo precedente, podrá postularse a la promoción del tramo inmediato superior una vez adquirida la estabilidad en el empleo.

Que atento a lo establecido en los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, corresponde realizar la readecuación del Grado y asignación del Tramo a la agente María Laura SANZ.

Que el artículo 2° del Decreto 859/2018 sustituye al artículo 3º del Decreto Nº  355/2017, y establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas Jurisdicciones. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial y que en todos los casos se requerirá previa intervención de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en las Decisiones Administrativas N° 6/18 y N° 338/18, o la norma que las sustituya en el futuro.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 49 Martes 16 de octubre de 2018

Y POLÍTICA SALARIAL ha tomado la intervención que le compete y se ha expedido mediante Informe identificado como IF-2018-10566897-APN-DNGIYPS#MM.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 859/2018 modificatorio del artículo 3° del Decreto Nº 355/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURARESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase a la agente María Laura SANZ (D.N.I. N°  24.905.281) en el cargo de TÉCNICO ESPECIALISTA DE ARCHIVO MUSICAL - Agrupamiento GENERAL, Nivel D, correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, del CORO NACIONAL DE NIÑOS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, cargo informado en el Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Asígnase a la agente María Laura SANZ (D.N.I. N° 24.905.281) el Grado 3 y el Tramo GENERAL en el Nivel D del Agrupamiento GENERAL, atento lo establece el artículo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado al Servicio Administrativo Financiero 337.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Pablo Avelluto

e. 16/10/2018 N° 76958/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURAResolución 26/2018

RESOL-2018-26-APN-SGC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-36968393-APN-CGD#MC, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologa el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Decisión Administrativa Nº 1145 de fecha 18 de octubre de 2016, la Resolución Nº 5 de fecha 3 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nº 1122 de fecha 31 de agosto de 2017, Nº 1184 de fecha 11 de septiembre de 2017 y Nº 103 de fecha 21 de febrero de 2018 todas ellas del entonces MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145 de fecha 18 de octubre de 2016 se autorizó la cobertura, mediante los respectivos procesos de selección, de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

#F5614964F#

#I5614963I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 50 Martes 16 de octubre de 2018

(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que mediante el Anexo (IF-2017-1535668-APN-SECEP#MM) de la Resolución N° RESOL-2017-5-APN-SECEP#MM, se autoriza al entonces MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE (159) cargos vacantes y financiados.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-1122-APN-MC de fecha 31 de agosto de 2017 y su rectificatoria, Resolución N° RESOL-2017-1184-APN-MC de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se aprobaron las Bases del Concurso mediante Convocatoria Interna para cubrir TREINTA (30) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-830-APN-MC de fecha 10 de julio de 2017 y su rectificatoria, Resolución N°  RESOL-2017-961-APN-MC de fecha 31 de julio de 2017 ambas del registro del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se constituyó el Comité de Selección Nº 2 para la cobertura de los cargos antes mencionados, mediante el régimen citado.

Que los integrantes del respectivo Comité de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº  2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº  39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Que por la Resolución N° RESOL-2018-103-APN-MC de fecha 21 de febrero de 2018 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 2 respecto de los postulantes para los cargos que se consignan en el Anexo de la citada Resolución.

Que el Comité de Selección, en orden a lo dispuesto por el artículo 128 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, resuelve recomendar la asignación de UN (1) grado a todos los agentes, por reunir condiciones de idoneidad especialmente relevantes o por venir desarrollando tareas afines con el puesto concursado.

Que, atento a ello, el agente Pedro Ezequiel IBARZABAL (D.N.I. N° 25.770.204) quien revista en la modalidad de contrato bajo el régimen del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentado por el Decreto N° 1421/02, en un cargo Nivel D – Grado 4 se encuentra en condiciones de ser designado en un cargo de TÉCNICO DE MANIOBRA ESCÉNICA DE CONCIERTOS (2017-018148-SECCUL-G-SI-X-D) en el CORO POLIFÓNICO NACIONAL dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES del entonces MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que dicho cargo concursado se encuentra comprendido en el Nomenclador de Funciones Específicas para el Personal Artístico Técnico que se desempeñe en el TEATRO NACIONAL CERVANTES y en los demás Organismos Artísticos dependientes de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, aprobado mediante la Resolución conjunta SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 53/2007.

Que el artículo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, al momento de su incorporación en el presente régimen de carrera, se le asignará el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias; con más lo resultante de la aplicación del inciso c) del citado artículo, si el órgano selector lo propone de verificarse el supuesto respectivo.

Que, al mismo tiempo, el artículo 128 bis establece que el personal ingresante que adquiera una asignación de grado producto de la aplicación del artículo precedente, podrá postularse a la promoción del tramo inmediato superior una vez adquirida la estabilidad en el empleo.

Que atento a lo establecido en los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, corresponde realizar la readecuación del Grado y asignación del Tramo al agente IBARZABAL.

Que el artículo 2° del Decreto 859/2018 sustituye al artículo 3º del Decreto Nº  355/2017, y establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 51 Martes 16 de octubre de 2018

en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas Jurisdicciones. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial y en todos los casos se requerirá previa intervención de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en las Decisiones Administrativas N° 6/18 y N° 338/18, o la norma que las sustituya en el futuro.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, ha tomado la intervención que le compete y se ha expedido mediante Informe identificado como IF-2018-10566897-APN-DNGIYPS#MM.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 859/2018 modificatorio del artículo 3° del Decreto Nº 355/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURARESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase al agente Pedro Ezequiel IBARZABAL (D.N.I. N° 25.770.204) en el cargo de TÉCNICO DE MANIOBRA ESCÉNICA DE CONCIERTOS, Agrupamiento GENERAL, Nivel D correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº  2098/08, del CORO POLIFÓNICO NACIONAL dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, cargo informado en el Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Asígnase al agente Pedro Ezequiel IBARZABAL (D.N.I. N°  25.770.204) el Grado 3 y el Tramo GENERAL en el Nivel D del Agrupamiento GENERAL, atento lo establecido por los artículos 31 incisos a) y c) y 128 bis del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado al Servicio Administrativo Financiero 337.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Pablo Avelluto

e. 16/10/2018 N° 76957/18 v. 16/10/2018

PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓNResolución 105/2018

Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO:

Las misiones y funciones asignadas por el artículo 120 de la Constitución Nacional y por la ley n° 27148 a este Ministerio Público Fiscal de la Nación;

Y CONSIDERANDO QUE:

A fin de velar por el desempeño eficaz y oportuno de las obligaciones constitucionales y legales en cabeza del Ministerio Público Fiscal de la Nación, resulta necesario llamar a concurso para cubrir una (1) vacante de Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal (Fiscalía 1).

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 52 Martes 16 de octubre de 2018

Al momento de la inscripción los postulantes deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 46 de la ley n°  27148 para acceder al cargo de fiscal general y los establecidos en el Reglamento para la Selección de Magistradas/os del Ministerio Público Fiscal de la Nación (Resolución PGN 1457/17, rectificada por Resoluciones PGN 1962/17 y PGN 19/18).

Por lo expuesto, y de conformidad a lo normado por el artículo 120 de la Constitución Nacional, los artículos 12, inc. l), 48, 49 y 50 de la ley n° 27148 y el Reglamento de Selección de Magistrados/as del Ministerio Público Fiscal de la Nación citado,

RESUELVO:

I. CONVOCAR a concurso abierto y público de oposición y antecedentes n° 121 del Ministerio Público Fiscal de la Nación para proveer una (1) vacante de Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal (Fiscalía 1).

II. DISPONER la publicación de esta convocatoria durante tres (3) días en el Boletín Oficial de la República Argentina; por un día —en forma resumida— en al menos un diario de circulación nacional; y su difusión amplia mediante el sitio web y las cuentas institucionales de las redes sociales del Ministerio Público Fiscal de la Nación, hasta la fecha de cierre del periodo de inscripción del concurso.

III. ESTABLECER el 11 de diciembre de 2018 como fecha de cierre del período de inscripción.

IV. HACER SABER que el formulario de inscripción y la documentación que acredite los antecedentes personales, laborales y académicos invocados, en soporte papel o digital, podrá presentarse personalmente o por persona autorizada en la Secretaría de Concursos (Libertad 753, Capital Federal), los días hábiles de 09:00 a 15:00 hs., o remitirse por correo postal a esa dirección o por correo electrónico a [email protected] hasta el 11 de diciembre de 2018.

El formulario de inscripción, el instructivo para su adecuada presentación y la información relacionada al concurso, estará disponible en el sitio web www.mpf.gov.ar y también podrá solicitarse en la Secretaría de Concursos (Libertad 753, Capital Federal), a los teléfonos (011) 4372-4972 y (011) 4372-5042 y a través del correo electrónico [email protected].

V. HACER SABER que la lista definitiva de personas inscriptas se publicará a partir del 27 de diciembre de 2018, en la cartelera de la Secretaría de Concursos, en el sitio web indicado y en las redes sociales institucionales.

VI. ESTABLECER que el sorteo público de los magistrados y los juristas invitados que integrarán el Tribunal Evaluador, titulares y suplentes, será llevado a cabo el 6 de febrero de 2019, a las 11:00hs. hs. en la sede de la Secretaría de Concursos (Libertad 753, Capital Federal).

VII. Protocolícese, publíquese y hágase saber. Eduardo Ezequiel Casal

e. 16/10/2018 N° 77163/18 v. 18/10/2018#F5615537F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 53 Martes 16 de octubre de 2018

Resoluciones

ANTERIORES

MINISTERIO DE TRANSPORTE

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDADResolución 1785/2018

RESOL-2018-1785-APN-DNV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2018

VISTO el Expediente Nº 18.942/2016, mediante el cual la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, propuso reglamentar un incremento de las tolerancias al peso por eje permitido de los camiones, y morigerar, en las actas ya labradas, los valores del canon por deterioro al pavimento, siempre que la unidad no exceda el peso total permitido, como así también la necesidad cierta de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD de sanear la Base de Datos de Infractores por circular con exceso de peso por eje en transgresión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus normas reglamentarias; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 2346/16, obrante a fs. 22/26, se planteó ofrecer un descuento del 50% en las actas de constatación de infracción confeccionadas en los Puestos de Control de Pesos y Dimensiones de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, labradas con anterioridad a la publicación del decreto modificatorio de las tolerancias.

Que por Resolución Nº 54/17, de fs. 29/30, se indicó que dicho descuento sería aplicable siempre que se verifique el pago voluntario del canon por deterioro al pavimento y con la condición que no se haya superado el peso máximo permitido de acuerdo a la configuración del vehículo de carga.

Que mediante el Decreto Nº 32 del 10 de enero de 2018, en su Artículo 29°, se incrementaron las tolerancias por ejes establecidas en el Decreto Nº 79/98 y Decreto Nº 574/14, permaneciendo inalterable la tolerancia del peso total.

Que con el objeto mencionado up supra, resulta necesario aprobar la metodología para sanear la base de datos de Infractores y adoptar recaudos tales que permita acogerse a los beneficios previstos al universo de los Infractores.

Que sobre el particular han tomado intervención la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, y la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURIDICOS mediante Dictamen Nº 61971 y Dictamen IF-2018-36771597-APN-AJ#DNV de fs. 19/21 (anverso/reverso) y fs. 44 respectivamente.

Que la presente se suscribe en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 505/58, ratificada por Ley Nº 14.467.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDADRESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la metodología de estado de deuda para practicar un descuento del CINCUENTA POR CIENTO (50%) y un plan de pago de las actas de constatación de infracciones confeccionadas en los controles de pesos y dimensiones de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, labradas con anterioridad al Decreto N° 32 del 10 de enero de 2018, tendientes al cobro del resarcimiento por el deterioro del pavimento derivado de la circulación de vehículos con excesos de peso por eje, sin superar el peso máximo permitido de acuerdo a la configuración del vehículo de carga, en transgresión a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus normas reglamentarias y complementarias de acuerdo al ANEXO I que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Establécese como fecha límite el 31 de diciembre de 2018 para el acogimiento al beneficio de quita y plan de pago, vencimiento hasta la cual se podrá aceptar el compromiso de pago acorde al modelo de Acta Compromiso obrante como ANEXO II de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Encoméndese a la GERENCIA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS para que, a través del área pertinente, elabore una metodología de pago único ó de cuotas factible de ser generada por sistema magnético de autogestión de pago e información para la cancelación de la Deuda.

#I5614893I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 54 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 4°.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará por medios electrónicos a las dependencias intervinientes; y pase a la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, que efectuará las comunicaciones de práctica. Patricia Mabel Gutierrez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/10/2018 N° 76887/18 v. 17/10/2018#F5614893F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 55 Martes 16 de octubre de 2018

Resoluciones Sintetizadas

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESResolución Sintetizada 325/2018

RESOL-2018-325-APN-ENACOM#JGM FECHA 8/10/2018

EXPCOMFER 2463.00.0/2006- ACTA 37

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar a la firma LA SORPRESA S.R.L., una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 246, frecuencia 97.1 MHz., categoría F, señal distintiva LRH974, para la localidad de SAN VICENTE, provincia de MISIONES. 2 .- La licencia otorgada abarcará un período de 15 años contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3 .- Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que la licenciataria envíe la documentación técnica. 4 .- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato asciende a la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES ($ 6.533.-), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5 .- Establecer que dentro de los 365 días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6 .- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 7 .- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder. 8 .- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 16/10/2018 N° 76794/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 56 Martes 16 de octubre de 2018

Disposiciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 392/2018

DI-2018-392-APN-DNRNPACP#MJ - Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Capítulo V y el Capítulo XIX del Título II, del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Capítulo V citado en el Visto se implementó el Sistema de Regularización de Titularidad y Publicidad de Posesión Vehicular siendo la Denuncia de Compra, a la que se alude, el primer paso para iniciar la acción para la prescripción adquisitiva de dominio.

Que, entonces, y a los efectos de dotar de mayor publicidad a la situación fáctica de la posesión, se entendió necesario entregar la Cédula de Identificación del Poseedor, documentación creada al efecto de habilitar al denunciante para circular con el vehículo.

Que, en aras de la circulación del vehículo resulta indispensable no solo contar con la Cédula antes mencionada sino que, naturalmente, con la correspondiente placa metálica de identificación siendo entonces necesario modificar la normativa en lo que hace a la legitimación para peticionar un duplicado de dicho elemento en caso de, por ejemplo, pérdida o robo.

Que el artículo 1° del Capítulo XIX citado en el Visto establece que “Podrá solicitarse la reposición de las placas de identificación metálicas en caso de robo, hurto, pérdida o deterioro de las oportunamente suministradas (…) La petición se efectuará mediante Solicitud Tipo “02” y sólo podrá hacerla el titular registral o quien acredite ser el adquirente del automotor y peticione simultáneamente la transferencia”.

Que, en estos términos, quien denuncia la compra y posesión, se encuentra imposibilitado para solicitar la reposición de placas y, por ende, no podría circular con el vehículo aun cuando posea la Cédula de Identificación del Poseedor creada al efecto.

Que, entonces y dado el estatus que reviste el denunciante de la compra y posesión y a fin de que cuente con todos los elementos que habilitan la circulación aun cuando estos se extravíen, se entiende oportuno adecuar el citado artículo 1° para habilitarlo a peticionar la reposición de placas metálicas cuando así corresponda.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° del Capítulo XIX, Título II, del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, por el texto que a continuación se indica:

“Artículo 1º.- Podrá solicitarse la reposición de las placas de identificación metálicas en caso de robo, hurto, pérdida o deterioro de las oportunamente suministradas.

La petición se efectuará mediante Solicitud Tipo “02” o TP según corresponda y sólo podrá hacerla el titular registral, quien acredite ser el adquirente del automotor y peticione simultáneamente la transferencia o el denunciante del trámite de Denuncia de Compra y Posesión en condiciones de ser inscripto.”

ARTÍCULO 2°.- Incorpórese al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título II, Capítulo V, el artículo 13 que a continuación se indica:

“Artículo 13.- Cuando el titular registral se presente en el Registro Seccional respondiendo a la comunicación indicada en el artículo 6° y manifieste que no ha vendido el vehículo y que se encuentra aún en su poder, el

#I5614828I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 57 Martes 16 de octubre de 2018

Encargado deberá anular e invalidar la totalidad de los elementos otorgados al denunciante de la compra y posesión, que lo habilitan a circular con el vehículo, (v.g. Cedula de poseedor, placas de identificación), y efectuar las presentaciones que deriven de dicha manifestación. Además, deberá notificar al denunciante, vía correo electrónico, de la circunstancia acaecida.

ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia partir del día de su publicación.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter

e. 16/10/2018 N° 76822/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 394/2018

DI-2018-394-APN-DNRNPACP#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 19 de septiembre de 2018 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la PROVINCIA DE MISIONES, registrado bajo el número IF-2018-46343435-APN-MJ (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. N° 538/16) y la Disposición D.N. N° 515/03, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición D.N. Nº 515/03 y sus complementarias, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario ¨13I” “Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, utilizando a tal fin un sistema informático de interconexión “en línea” aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N° 746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el mismo Formulario.

Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N° 681/06, posteriormente receptadas por la Disposición D.N. N°  169/09 –modificatoria de la Disposición D.N. N°  515/03- se dispuso que cualquier interesado podrá, mediante la presentación de un Formulario “13I” y con independencia de cualquier otro trámite registral, peticionar la emisión de un certificado de inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante cualquier Registro Seccional que se encuentre operando el sistema informático denominado “Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito” (SUGIT), ello independientemente de la circunstancia de contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.

Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única) en sustitución –entre otros- del Formulario 13”I”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar por ante el organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los pagos de esas deudas, que se abonen por ante los Registros Seccionales.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 3 de junio de 2016 se implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.

Que en el marco de la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de 2017 se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar los informes de deuda

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#I5615545I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 58 Martes 16 de octubre de 2018

por Multas por Infracciones de Tránsito, al tiempo que documentará los pagos de las mismas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esos Registros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter de certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación de deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.

Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas de contralor aquí encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea” mencionado en el Convenio.

Que el MINISTRO SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES ha dictado la Resolución N° 289 de fecha 26 de septiembre de 2018, por la cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Provincia, resulta necesario, para dar cumplimiento al Convenio suscripto, tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la jurisdicción de la PROVINCIA DE MISIONES

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la PROVINCIA DE MISIONES, a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT) de conformidad con lo previsto en el Convenio de Complementación de Servicios y de la normativa implementada por medio de las Disposiciones D.N. Nros 515/03, 746/06 y complementarias.

ARTICULO 2º.- Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la provincia de MISIONES, a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N° 515/03 y complementarias.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 746/06 y complementarias, respecto de los trámites referidos a la jurisdicción de la provincia de MISIONES.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 16 de octubre de 2018.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter

e. 16/10/2018 N° 77171/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 395/2018

DI-2018-395-APN-DNRNPACP#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 02 de marzo de 2018 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 033/18 del Registro de esta Dirección Nacional (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. N° 538/16) y la Disposición D.N. N° 515/03, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

#F5615545F#

#I5615483I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 59 Martes 16 de octubre de 2018

Que por medio de la Disposición D.N. Nº 515/03 y sus complementarias, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario ¨13I” “Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, utilizando a tal fin un sistema informático de interconexión “en línea” aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N° 746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el mismo Formulario.

Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N° 681/06, posteriormente receptadas por la Disposición D.N. N°  169/09 –modificatoria de la Disposición D.N. N°  515/03- se dispuso que cualquier interesado podrá, mediante la presentación de un Formulario “13I” y con independencia de cualquier otro trámite registral, peticionar la emisión de un certificado de inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante cualquier Registro Seccional que se encuentre operando el sistema informático denominado “Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito” (SUGIT), ello independientemente de la circunstancia de contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.

Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única) en sustitución –entre otros- del Formulario 13”I”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar por ante el organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los pagos de esas deudas, que se abonen por ante los Registros Seccionales.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 3 de junio de 2016 se implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.

Que en el marco de la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de 2017 se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar los informes de deuda por Multas por Infracciones de Tránsito, al tiempo que documentará los pagos de las mismas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esos Registros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter de certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación de deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.

Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas de contralor aquí encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea” mencionado en el Convenio.

Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, ha dictado la Ordenanza Municipal Nº 49 de fecha 11 de abril de 2018, mediante la cual autoriza al Intendente Municipal a celebrar el Convenio con esta DIRECCIÓN NACIONAL.

Que por conducto del Decreto Municipal Nº 260 del 12 de abril de 2018 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, promulgó la Ordenanza Municipal Nº 49/18.

Que, atento a ello, el intendente de la Municipalidad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, ha dictado el Decreto N° 333 del 25 de abril de 2018, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad, resulta necesario, para dar cumplimiento al Convenio suscripto, tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la jurisdicción de la Municipalidad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 60 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la MUNICIPALIDAD DE LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT) de conformidad con lo previsto en el Convenio de Complementación de Servicios y de la normativa implementada por medio de las Disposiciones D.N. Nros 515/03, 746/06 y complementarias.

ARTICULO 2º.- Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la ciudad de LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA, a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N° 515/03 y complementarias.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 746/06 y complementarias, respecto de los trámites referidos a la jurisdicción de la MUNICIPALIDAD DE LAS VARILLAS, provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 16 de octubre de 2018.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter

e. 16/10/2018 N° 77109/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 396/2018

DI-2018-396-APN-DNRNPACP#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 27 de octubre de 2017 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de UCACHA, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 141/17 del Registro de esta Dirección (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 538/16), y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistema informático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto a la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a través de los Registros Seccionales con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DE UCACHA, provincia de CÓRDOBA, aplicable respecto de los trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.

Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad dictó la Ordenanza Municipal Nº 727 de fecha 16 de mayo de 2018, mediante la cual autorizó al intendente municipal a celebrar el Convenio con esta DIRECCIÓN NACIONAL.

Que con fecha 17 de mayo de 2018 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de UCACHA promulgó la mencionada Ordenanza Municipal Nº 727/2018 mediante el Decreto Municipal Nº 039/2018.

Que por conducto del Decreto Municipal N° 060 del 29 de mayo de 2018 se designó a los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país como agentes de percepción del Impuesto a la Radicación de Automotores y Motovehículos de esa jurisdicción.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de 2017 se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por ante el organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajas del Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos de deudas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esos Registros Seccionales.

#F5615483F#

#I5615541I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 61 Martes 16 de octubre de 2018

Asimismo, ese instrumento reviste el carácter de certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación de deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.

Que los Encargados de los Registros Seccionales alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas aquí encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea” mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en el Visto.

Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan la puesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer la vigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámites anteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad de UCACHA, provincia de CÓRDOBA, estableciendo el uso de la Solicitud Tipo “13D”.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese el día 16 de octubre de 2018 como fecha de entrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción del Impuesto de Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes) dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado con fecha 27 de octubre de 2017 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de UCACHA, provincia de CÓRDOBA, el que se implementará respecto de los trámites que se realicen ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de la ciudad de UCACHA.

ARTÍCULO 2º.- En ese marco, establécese a partir de esa fecha la obligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo “13D” respecto de los trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.

ARTÍCULO 3º.- Incorpórase, a partir de la fecha de obligatoriedad de la presente, a la jurisdicción de la Municipalidad de UCACHA en la operatoria de Altas y Bajas Interjurisdiccionales, conforme a las prescripciones de la Disposición D.N. N° 127/16 y normas complementarias.

ARTÍCULO 4°.- El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivo a los fines de implementar la presente operatoria en los Registros Seccionales alcanzados.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter

e. 16/10/2018 N° 77167/18 v. 16/10/2018

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDisposición 167/2018

DI-2018-167-APN-DGRH#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-13503802-APN-DGA#APNAC, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) y, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Resolución N° 40 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 18 de marzo de 2010 y, las Resoluciones H.D. Nros. 223 de fecha 14 de septiembre de 2016, 376 de fecha 11 de julio de 2018 y 144 de fecha 10 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, el personal que revistara en el Agrupamiento General y reuniera los requisitos para el acceso a los Agrupamientos Profesional y Científico Técnico podrá solicitar su reubicación a estos últimos, manifestando por escrito su intención antes del 31 de agosto de cada año.

#F5615541F#

#I5615627I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 62 Martes 16 de octubre de 2018

Que mediante el Anexo I a la Resolución N° 40/2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el “Régimen para la Administración del Cambio de Agrupamiento Escalafonario del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público” (Artículo 32 del Decreto N° 2.098/2008).

Que mediante el Artículo 5° del Decreto N°  355/2017, se estableció que “En el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del presente Decreto…”.

Que por la Resolución RESFC-2018-376-APN-D#APNAC se delegó en la Dirección General de Recursos Humanos de este organismo, la facultad de reconocer la efectivización de Cambio de Agrupamiento Escalafonario, de los agentes pertenecientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).

Que la agente de la Planta Permanente Graciela Irene FONTANA (M.I. Nº 12.779.985), entonces perteneciente al Agrupamiento General, Nivel D, Tramo General, Grado 2, solicitó el cambio al Agrupamiento Profesional por obtener su titulación como Licenciada en Gestión de Políticas Públicas, de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, adjuntando Currículum Vitae firmado en todas sus hojas y, copia autenticada del título de grado universitario no inferior a CUATRO (4) años, todo ello conforme a lo establecido en el Artículo 3° de la referida Resolución.

Que por la Resolución H.D. N°  223/2016 de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, se designó a la agente de la Planta Permanente, licenciada Graciela Irene FONTANA (M.I. Nº 12.779.985) en el cargo de Responsable de Área Administrativa, perteneciente al Agrupamiento General, Nivel C, Tramo General, Grado 2.

Que por la Disposición Nº DI-2018-144-APN-DGRH#APNAC de fecha 10 de septiembre de 2018, se promovió a la agente de la Planta Permanente, perteneciente al Agrupamiento General, Nivel C, Tramo General, licenciada Graciela Irene FONTANA (M.I. Nº 12.779.985), al Grado 3.

Que la entonces Dirección Nacional de Interior y, la actual Dirección Nacional de Operaciones, en un todo de acuerdo con lo manifestado con la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi, acreditó la necesidad de servicio de acuerdo con la responsabilidad primaria y acciones de dicha Unidad Organizativa que justifica contar con el aporte profesional de la solicitante, prestando la autoridad superior de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES conformidad a la procedencia del trámite.

Que mediante Nota N° NO-2018-38723855-APN-DPYCG#APNAC de fecha 10 de agosto de 2018, la Dirección de Administración del Organismo ha certificado la existencia de fondos para afrontar el cambio de Agrupamiento en trámite.

Que, mediante el Acta de Veeduría, IF-2018-40214592-APN-DCYD#APNAC, de fecha 15 de agosto de 2018, se ha cumplimentado la intervención de las entidades sindicales y del titular de la unidad organizativa a cargo de las acciones de Personal, previstas en los párrafos 5º y 6º del Artículo 12 del citado Régimen.

Que, habiéndose constatado la inexistencia de otros postulantes al Cambio de Agrupamiento en cuestión, resulta de aplicación el primer párrafo del Artículo 9° del Régimen mencionado.

Que se ha dado cumplimiento con la remisión de las copias de los antecedentes y certificaciones, a la Dirección de Interpretación y Asistencia Normativa y a la Subsecretaría de Relaciones Laborales y Fortalecimiento del Servicio Civil del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, como así también con las notificaciones a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y, a la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA SALARIAL (EX DIRECCIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN Y SALARIOS DEL SECTOR PÚBLICO), del MINISTERIO DE HACIENDA, en referencia al costo que demandará la implementación de la presente medida, todo ello de conformidad con lo establecido por los Artículos 4° y 9°segundo párrafo del citado Régimen.

Que, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, mediante IF-2018-41298761-APN-ONEP#MM, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 13 del “Régimen para la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL para el cambio de agrupamiento escalafonario del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, ha tomado la intervención de su competencia, dictaminando favorablemente, correspondiendo por tanto que, de conformidad con el último párrafo in fine del inciso a) del Artículo 32 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), la agente sea ubicada en el TRAMO Inicial del Nivel escalafonario Si.N.E.P. C y Grado de revista.

Que la Direccion General de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por la Decisión Administrativa Nº 1422/16 y las Resoluciones RESFC-2018-328-APN-D#APNAC y RESFC-2018-376-APN-D#APNAC.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 63 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

LA DIRECTORA A/C DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el cambio del Agrupamiento General al Profesional, de la agente de la Planta Permanente, licenciada Graciela Irene FONTANA (M.I. Nº 12.779.985) perteneciente al Agrupamiento General, Nivel C, Tramo General, Grado 3, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), a partir del 1° del mes siguiente al dictado de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.-  El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 81, EX MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE – Entidad 107- ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 3°.- Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Nacional de Operaciones, las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones notifíquese en legal forma a la interesada. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las presentes actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Veronica Mariel Valente

e. 16/10/2018 N° 77253/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIORDisposición 77/2018

DI-2018-77-APN-SSCI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-50306748- -APN-DGD#MPYT, la Resolución Conjunta N° 671 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y N° 267 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 11 de septiembre de 2014 y su modificatoria, las Resoluciones Nros. 82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificaciones, 87 de fecha 30 de marzo de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y las Disposiciones Nros. 31 de fecha 28 de diciembre de 2017, 18 de fecha 28 de marzo de 2018 y 31 de fecha 2 de julio de 2018, todas de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta N° 671 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y N° 267 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 11 de septiembre de 2014 y su modificatoria, se implementó el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, para la adquisición financiada de bienes y servicios de diversos sectores de la economía en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que mediante la Resolución N°  82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificaciones, se aprobó el Reglamento General del mencionado Programa.

Que el mencionado Programa se encuentra vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018, según lo establecido por la Disposición N° 31 de fecha 2 de julio de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que es prioridad para el ESTADO NACIONAL ejecutar políticas destinadas a promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando la inversión productiva y la demanda.

Que tal como ha sido señalado en las anteriores prórrogas y modificaciones de dicho Programa, éste se ha mostrado eficaz para fortalecer el mercado interno, ampliar el acceso a bienes y servicios, dinamizar el consumo, incrementar y sostener los niveles de demanda, estimular las inversiones y la producción local, y consolidar la creación de más y mejor empleo.

#F5615627F#

#I5615741I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 64 Martes 16 de octubre de 2018

Que, asimismo y en virtud de las políticas perseguidas por el ESTADO NACIONAL, resulta necesario fortalecer los sectores de libros y muebles, actualmente dentro del programa “AHORA 12” en las modalidades de DOCE (12) y DIECIOCHO (18) cuotas.

Que teniendo en cuenta lo manifestado en el considerando inmediato anterior, deviene pertinente incluir a los libros y muebles dentro de los bienes que podrán ser adquiridos mediante el financiamiento de TRES (3) y SEIS (6) cuotas otorgado por el citado Programa, modificando el Punto 6.1 del Anexo I del Reglamento General del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios “AHORA 12”.

Que la SECRETARÍA DE INDUSTRIA y la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han confirmado los logros que el referido Programa ha arrojado y recomendado la prórroga y ampliación del mismo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° de la Resolución Conjunta N° 671/14 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y N° 267/14 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO INTERIORDISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Punto 4.3. del Anexo I de la Resolución N° 82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificaciones, por el siguiente:

“4.3. Podrán adherir al “Programa”:

(i) El/los “Proveedor/es y/o Comercio/s” que comercialicen en forma principal los bienes incluidos en el presente Programa;

(ii) El/los “Proveedor/es y/o Comercio/s” cuyos establecimientos califiquen como “Supermercados”, “Hipermercados” o “Tiendas de Rubros Generales”, únicamente para la comercialización de los bienes definidos en los incisos (i), (xiv) y (xvii) del Punto 5.1.

(iii) El/los “Proveedor/es y/o Comercio/s” que estén en condiciones de adherir al presente “Programa”, deberán registrar su adhesión, individualmente, con cada una de las “Emisoras” con las que operen, pudiendo ofrecer sus bienes y/o servicios bajo la modalidad de TRES (3) cuotas y SEIS (6) cuotas para las categorías (ii), (iii), (v), (x) y (xiii) previstas en el Punto 5.1 del presente, y de DOCE (12) cuotas y DIECIOCHO (18) cuotas para la totalidad de las categorías detalladas en el Punto 5.1 del presente Programa.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Punto 6.1. del Anexo I de la Resolución N° 82 de fecha 12 de septiembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificaciones, por el siguiente:

“6.1. Las “Emisoras” deberán habilitar un código especial de identificación para las ventas realizadas en el marco del “Programa” con cada una de las modalidades: TRES (3) cuotas y SEIS (6) cuotas para las categorías (ii), (iii), (v), (x) y (xiii) del Punto 5.1 y 5.2 del presente Reglamento, y DOCE (12) cuotas y DIECIOCHO (18) cuotas para todas las categorías. Asimismo, deberán enviar a los “Proveedor/es y/o Comercio/s” adheridos un instructivo que indique los pasos a seguir para el cumplimiento de las condiciones de cada código”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el Punto 6.4. del Anexo I de la Resolución N° 82/14 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO y sus modificaciones, por el siguiente:

“6.4. Las condiciones de financiamiento previstas en el Programa “AHORA 12” se encontrarán sujetas a los siguientes términos:

(i) Los “Usuarios y/o Consumidores” podrán adquirir los bienes previstos en las categorías (ii), (iii), (v), (x) y (xiii) del Punto 5.1 y 5.2 del Programa con un financiamiento de TRES (3) cuotas o de SEIS (6) cuotas fijas mensuales, que serán ofrecidos por los “Proveedor/es y/o Comercio/s” que se encuentren adheridos a dicho Programa en una o ambas modalidades de venta;

(ii) Los “Usuarios y/o Consumidores” podrán adquirir los bienes y/o servicios alcanzados por el Programa con un financiamiento de DOCE (12) o de DIECIOCHO (18) cuotas fijas mensuales, según el caso, que serán ofrecidos por el/los “Proveedor/es y/o Comercio/s” que se encuentren adheridos a dicho Programa en una o ambas modalidades de venta;

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 65 Martes 16 de octubre de 2018

(iii) El límite disponible para las referidas financiaciones en cuotas estará determinado por aquel tope que haya convenido la “Emisora” de la “Tarjeta de Crédito” con cada uno de sus “Usuarios y/o Consumidores”;

(iv) El/Los “Proveedor/es y/o Comercio/s” en las operaciones realizadas a través de tarjetas bancarias y no bancarias cobrarán en un plazo de hasta DIEZ (10) días hábiles, para las ventas realizadas con la modalidad TRES (3) cuotas para las categorías (ii), (iii), (v), (x) y (xiii) del Punto 5.1 y 5.2 del presente Reglamento, con la aplicación de una tasa máxima de descuento del TRES COMA SEIS POR CIENTO (3,6 %).

(v) El/Los “Proveedor/es y/o Comercio/s” en las operaciones realizadas a través de tarjetas bancarias y no bancarias cobrarán en un plazo de hasta DIEZ (10) días hábiles, para las ventas realizadas con la modalidad SEIS (6) cuotas para las categorías (ii), (iii), (v), (x) y (xiii) del Punto 5.1 y 5.2 del presente Reglamento, con la aplicación de una tasa máxima de descuento del SIETE POR CIENTO (7 %).

(vi) El/Los “Proveedor/es y/o Comercio/s” en las operaciones realizadas a través de tarjetas bancarias podrán elegir:

a) Cobrar en un plazo de SESENTA (60) días corridos con una tasa máxima de descuento del DOCE COMA CUATRO POR CIENTO (12,4 %) directa o en un plazo de hasta DIEZ (10) días hábiles con una tasa máxima de descuento del CATORCE COMA CUATRO POR CIENTO (14,4 %) directa, para las ventas realizadas con la modalidad DOCE (12) cuotas.

b) Cobrar en un plazo de SESENTA (60) días corridos con una tasa máxima de descuento del DIECISIETE COMA SIETE POR CIENTO (17,7 %) directa o en un plazo de hasta DIEZ (10) días hábiles con una tasa máxima de descuento del DIECINUEVE COMA SIETE POR CIENTO (19,7 %) directa, para las ventas realizadas con la modalidad DIECIOCHO (18) cuotas;

(vii) Las “Emisoras” de tarjetas no bancarias tendrán la posibilidad de habilitar alternativamente los siguientes planes de pago a los “Proveedor/es y/o Comercio/s” para las ventas realizadas con la modalidad DOCE (12) cuotas:

a) Un plazo de SESENTA (60) días corridos con una tasa máxima de descuento del DOCE COMA CUATRO POR CIENTO (12,4 %) directa;

b) Un plazo de hasta DIEZ (10) días hábiles con una tasa máxima de descuento del CATORCE COMA CUATRO POR CIENTO (14,4 %) directa;

c) Un plazo de SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) hábiles con una tasa máxima de descuento del CATORCE COMA CUATRO POR CIENTO (14,4 %) directa.

La alternativa prevista en el apartado c) del presente inciso sólo podrá ser aplicada por aquellas “Emisoras” de tarjetas no bancarias respecto de las cuales el plazo operativo mínimo para efectuar pagos, vigente con anterioridad a la entrada en vigor del Programa, no fuere inferior a las SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) hábiles.

(viii) Las “Emisoras” de tarjetas no bancarias tendrán la posibilidad de habilitar alternativamente los siguientes planes de pago a los “Proveedor/es y/o Comercio/s”, para las ventas realizadas con la modalidad DIECIOCHO (18) cuotas:

a) Un plazo de SESENTA (60) días corridos con una tasa máxima de descuento del DIECISIETE COMA SIETE POR CIENTO (17,7 %) directa;

b) Un plazo de DIEZ (10) días hábiles con una tasa máxima de descuento del DIECINUEVE COMA SIETE POR CIENTO (19,7 %) directa;

c) Un plazo de SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) hábiles con una tasa máxima de descuento del DIECINUEVE COMA SIETE POR CIENTO (19,7 %) directa.

La alternativa prevista en el apartado c) del presente inciso sólo podrá ser aplicada por aquellas “Emisoras” de tarjetas no bancarias respecto de las cuales el plazo operativo mínimo para efectuar pagos, vigente con anterioridad a la entrada en vigor del Programa, no fuere inferior a las SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) hábiles.

(ix) El promedio de la Tasa Nominal Anual ponderada que surge de las tasas de descuento máximas del Programa deberá ser equivalente a TRES (3) puntos porcentuales por debajo de la TM20 en pesos de bancos privados publicada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. A tal fin, TRES (3) días hábiles antes del cierre de cada uno de los meses subsiguientes, se tomará el valor informado por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA para su cálculo, el cual será aplicable durante el siguiente mes calendario. Durante el primer mes de vigencia de la presente medida se aplicarán las tasas máximas detalladas en los incisos anteriores”.

ARTÍCULO 4°.- Los proveedores y/o comercios actualmente adheridos al Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, podrán ofrecer los productos detallados en el Punto 5.1 y 5.2 del Reglamento bajo la modalidad de venta de TRES (3), SEIS (6), DOCE (12) o DIECIOCHO (18) cuotas, sin necesidad de registrar nuevamente su adhesión, en los términos y condiciones establecidos en el Punto 6.4.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 66 Martes 16 de octubre de 2018

del Anexo I de la Resolución N° 82/14 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO y sus modificaciones.

ARTÍCULO 5°.- La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

e. 16/10/2018 N° 77367/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICADisposición 70/2018

DI-2018-70-APN-SSEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-31089739-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LEDLAR SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN DEL ESTADO MAYORITARIA (LEDLAR S.A.P.E.M.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Chepes de DOS MEGAVATIOS (2 MW) de potencia nominal, instalado en la localidad de Chepes, Departamento de Rosario Vera Peñaloza, Provincia de LA RIOJA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Chepes, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA (EDELAR S.A.).

Que mediante la Nota N° B-122312-1 del 11 de diciembre de 2017, obrante en el orden 4 del Expediente N° EX-2017-32287248-APN-DDYME#MEM, que tramita conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que LEDLAR S.A.P.E.M. cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que mediante la Disposición Nº 331 del 23 de noviembre de 2017, obrante en el orden 8 del Expediente N° EX-2018-36174359-APN-DGDO#MEN, que tramita conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto, el Secretario de Ambiente de la Provincia de LA RIOJA resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto del Parque Solar Chepes.

Que LEDLAR S.A.P.E.M. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Chepes se publicó en el Boletín Oficial N° 33.934, del 16 de agosto de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de esta Subsecretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.

Que por el Decreto N° 801 del 5 de septiembre de 2018 se adecuó la organización institucional de la Administración Pública Nacional, asignándose la competencia en materia de energía al MINISTERIO DE HACIENDA.

#F5615741F#

#I5614832I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 67 Martes 16 de octubre de 2018

Que el artículo 1° del Decreto N° 802 del 5 de septiembre de 2018 establece que se mantendrán vigentes por el plazo de SESENTA (60) días los objetivos de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto N° 174/2018 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Decreto N° 174/18 -prorrogado por el artículo 1° del Decreto N° 802/18-, el artículo 11 de la Resolución N° 6/16 y por el artículo 1º de la Resolución Nº 64/18, ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICADISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma LEDLAR SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN DEL ESTADO MAYORITARIA (LEDLAR S.A.P.E.M.) para su Parque Solar Chepes de DOS MEGAVATIOS (2 MW) de potencia nominal, instalado en la localidad de Chepes, Departamento de Rosario Vera Peñaloza, Provincia de LA RIOJA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Chepes, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA (EDELAR S.A.).

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a LEDLAR S.A.P.E.M., titular del Parque Solar Chepes, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º- Notifíquese a LEDLAR S.A.P.E.M., a CAMMESA, a EDELAR S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 16/10/2018 N° 76826/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICADisposición 71/2018

DI-2018-71-APN-SSEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-41710602-APN-DGDO#MEN del Registro del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma AGNISOLAR SOCIEDAD ANÓNIMA (AGNISOLAR S.A.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Fotovoltaico Las Lomitas de UNO COMA SIETE MEGAVATIOS (1,7 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Albardón, Provincia de SAN JUAN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Albardón, jurisdicción de ENERGÍA SAN JUAN SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERGÍA SAN JUAN S.A.).

Que mediante la Nota N° B-130335-1 del 29 de agosto de 2018, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma AGNISOLAR S.A. cumplió los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

#F5614832F#

#I5614830I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 68 Martes 16 de octubre de 2018

Que mediante la Resolución Nº 139 del 24 de junio de 2013, la Subsecretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de SAN JUAN resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto del Parque Solar Fotovoltaico Las Lomitas.

Que AGNISOLAR S.A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Fotovoltaico Las Lomitas se publicó en el Boletín Oficial Nº 33.955, del 17 de septiembre de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de esta Subsecretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.

Que por el Decreto N° 801 del 5 de septiembre de 2018 se adecuó la organización institucional de la Administración Pública Nacional, asignándose la competencia en materia de energía al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que el artículo 1° del Decreto 802 del 5 de septiembre de 2018 establece que se mantendrán vigentes por el plazo de SESENTA (60) días los objetivos de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto N° 174/2018 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Decreto N° 174/18 -prorrogado por el artículo 1° del Decreto N° 802/18)-, el artículo 11 de la Resolución N° 6/16 y por el artículo 1º de la Resolución Nº 64/18 ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICADISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma AGNISOLAR SOCIEDAD ANÓNIMA (AGNISOLAR S.A.) para su Parque Solar Fotovoltaico Las Lomitas de UNO COMA SIETE MEGAVATIOS (1,7 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Albardón, Provincia de SAN JUAN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Albardón, jurisdicción de ENERGÍA SAN JUAN SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERGÍA SAN JUAN S.A.).

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma AGNISOLAR S.A., titular del Parque Solar Fotovoltaico Las Lomitas, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º- Notifíquese a AGNISOLAR S.A., a CAMMESA, a ENERGÍA SAN JUAN S.A. y al ENRE, organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 16/10/2018 N° 76824/18 v. 16/10/2018#F5614830F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 69 Martes 16 de octubre de 2018

MINISTERIO DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICADisposición 76/2018

DI-2018-76-APN-SSEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2016-01047186-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ALLEN ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ALLEN ENERGÍA S.A.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Fotovoltaico Anchoris de VEINTIUNO COMA TREINTA MEGAVATIOS (21,30 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Luján de Cuyo, Provincia de MENDOZA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Anchoris, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.).

Que mediante la Nota B-120731-1 del 24 de octubre de 2017 (IF-2017-25793180-APN-DDYME#MEM) obrante en el Expediente N°  EX-2017-25703759-APN-DDYME#MEM que tramita conjuntamente con el expediente citado en el Visto, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma ALLEN ENERGÍA S.A. cumple los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que mediante la Resolución N°  291 del 1 de septiembre de 2016 y sus modificatorias (IF-2018-38419408-APN-DGDO#MEN), obrante en el orden 29 del expediente citado en el Visto, la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL del Gobierno de la Provincia de MENDOZA aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto del Parque Solar Fotovoltaico Anchoris.

Que la firma ALLEN ENERGÍA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Fotovoltaico Anchoris se publicó en el Boletín N° 33.934 del 16 de agosto de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de esta Subsecretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 del 25 de enero de 2016 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del citado ex Ministerio las facultades que fueran asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 64 del 6 de marzo de 2018 del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y su modificatoria quedaron a cargo de esta Subsecretaría, entre otras, las facultades referidas por el citado artículo 11 de la Resolución N° 6/2016.

Que por el Decreto N° 801 del 5 de septiembre de 2018 se adecuó la organización institucional de la Administración Pública Nacional, asignándose la competencia en materia de energía al MINISTERIO DE HACIENDA.

Que el artículo 1° del Decreto N° 802 del 5 de septiembre de 2018 establece que se mantendrán vigentes por el plazo de SESENTA (60) días los objetivos de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto N° 174/2018 y sus modificatorios.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Decreto N° 174/18 -prorrogado por el artículo 1° del Decreto N° 802/18-, el artículo 11 de la Resolución N° 6/16 y el artículo 1º de la Resolución Nº 64/18 ambas del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

#I5615611I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 70 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICADISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma ALLEN ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ALLEN ENERGÍA S.A.) para su Parque Solar Fotovoltaico Anchoris de VEINTIUNO COMA TREINTA MEGAVATIOS (21,30 MW) de potencia nominal, instalado en el Departamento Luján de Cuyo, Provincia de MENDOZA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora Anchoris, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma ALLEN ENERGÍA S.A., titular del Parque Solar Fotovoltaico Anchoris, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma ALLEN ENERGÍA S.A., a CAMMESA, a DISTROCUYO S.A y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 16/10/2018 N° 77237/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓNDisposición 12/2018

DI-2018-12-APN-SSCRYF#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2018

VISTO el Expediente Nº  EX-2017-19563001-APN-DD#MS y las Resoluciones del entonces Ministerio de Salud Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Nº 1073 de fecha 30 de julio de 2015; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y Nº 32 de fecha 9 de junio de 2016 y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD – COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles.

Que por Resolución Nº 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 71 Martes 16 de octubre de 2018

Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Qué la especialidad médica Pediatría está incluida en el listado de especialidades reconocidas por Resolución 1814/2015 del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que mediante Disposición Nº 32 de fecha 9 de junio de 2016 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Pediatría ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.

Que la entidad evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría ha realizado la evaluación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Zonal General de Agudos Narciso López (Lanús - Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de 3 (TRES) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B.

Que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.

Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.

Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Zonal General de Agudos Narciso López (Lanús - Buenos Aires).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Por ello,

El SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓNDISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Acredítase la Residencia médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Zonal General de Agudos Narciso López (Lanús - Buenos Aires), en la especialidad Pediatría, en la Categoría B por un período de 3 (TRES) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.

ARTICULO 2º.- La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Zonal General de Agudos Narciso López (Lanús - Buenos Aires) deberá:

a. Ajustar el nombre de la Residencia a la denominación aprobada por el entonces Ministerio de Salud de la Nación como Residencia en “Pediatría” (Resolución N°1814/2015).

b. Incrementar el tiempo destinado a rotaciones en el área de ambulatorio, específicamente en el seguimiento y control del Niño Sano, Adolescencia, área de Emergencias, así como en Terapia Intensiva Pediátrica, según Marco de Referencia de la Especialidad (Resolución N°1073/2015).

c. Formalizar los convenios y/o acuerdos necesarios con otras Instituciones para el desarrollo de rotaciones externas.

d. Reducir y adecuar la carga horaria de todas las Guardias de la Residencia, según lo establecido en los Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°104/2015).

e. Garantizar el cumplimiento del descanso post-guardia, de no menos de 6 horas fuera de la Institución, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°104/2015) y Resolución N°1993/2015.

f. Distribuir uniformemente la cantidad de guardias durante el trascurso de la Residencia, según Marco de Referencia de la Especialidad (Resolución N°1073/2015).

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 72 Martes 16 de octubre de 2018

g. Garantizar que el desarrollo de los contenidos Teórico – Prácticos de la Especialidad se encuentren dentro del marco de la Residencia y no tengan costo adicional para los residentes, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°104/2015).

h. Fortalecer el proceso de evaluación de los residentes, utilizando distintos instrumentos de evaluación para valorar la adquisición de competencias de la especialidad, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N° 104/2015). Se sugiere utilizar los recursos de la “Guía para el desarrollo de la evaluación del desempeño en las residencias del equipo de salud” del Ministerio.

i. Formalizar y realizar actividades de Investigación en las que participen los residentes de los distintos años de formación, con niveles crecientes de responsabilidad hacia el interior de una Investigación y/o a lo largo de la Residencia y estimular la presentación de trabajos de Investigación en la Especialidad, en Congresos, Ateneos y /o Jornadas Institucionales, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°104/2015).

j. Mejorar el acceso a bibliotecas electrónicas y a revistas de la especialidad, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°104/2015).

ARTICULO 3°.- La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Zonal General de Agudos Narciso López (Lanús - Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación.

ARTICULO 4º.- La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2º para mantener o superar la categoría.

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Javier O’Donnell

e. 16/10/2018 N° 76960/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 878/2018

DI-2018-878-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el EX-2018-49806911-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma LABORATORIOS DUNCAN S.A. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al certificado inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nro. 52.267.

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción del Certificado Nro. 52.267 por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular del registro acreditó, en el presente expediente, el Certificado mencionado en el considerando precedente con su reinscripción en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; certificado con esta última reinscripción que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 52.267 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

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#I5615540I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 73 Martes 16 de octubre de 2018

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 52.267, cuya titularidad corresponde a la firma LABORATORIOS DUNCAN S.A., por encontrarse vigente.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 16/10/2018 N° 77166/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 896/2018

DI-2018-896-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el EX-2018-49901426-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma LABORATORIOS DR. LAZAR Y CIA. S.A.Q. e I. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al certificado inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nro. 55.357.

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción del Certificado Nro. 55.357 por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular del registro acreditó, en el presente expediente, el Certificado mencionado en el considerando precedente con su reinscripción en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; certificado con esta última reinscripción que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 55.357 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 55.357, cuya titularidad corresponde a la firma LABORATORIOS DR. LAZAR Y CIA. S.A.Q. e I., por encontrarse vigente.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 16/10/2018 N° 77175/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 74 Martes 16 de octubre de 2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 908/2018

DI-2018-908-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el EX-2018-49017340-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma FINADIET S.A.C.I.F.I. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los certificados inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nros. 47.462, 52.162, 54.921, 55.262 y 55.482.

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción de los Certificados Nros. 47.462, 52.162, 54.921, 55.262 y 55.482 por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular de los registros acreditó, en el presente expediente, los Certificados mencionados en el considerando precedente con su reinscripción en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; certificados con esta última reinscripción que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 47.462, 52.162, 54.921, 55.262 y 55.482 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 47.462, 52.162, 54.921, 55.262 y 55.482, cuya titularidad corresponde a la firma FINADIET S.A.C.I.F.I. por encontrarse vigente.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 16/10/2018 N° 77177/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 910/2018

DI-2018-910-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el EX-2018-49314552-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma LABORATORIOS ANDROMACO S.A.I.C.I. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al certificado inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nro. 42.739.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 75 Martes 16 de octubre de 2018

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción del Certificado Nro. 42.739 por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular del registro acreditó, en el presente expediente, el Certificado mencionado en el considerando precedente con su reinscripción en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; certificado con esta última reinscripción que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 42.739 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente al Certificado Nro. 42.739, cuya titularidad corresponde a la firma LABORATORIOS ANDROMACO S.A.I.C.I. por encontrarse vigente.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 16/10/2018 N° 77150/18 v. 16/10/2018

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESASDisposición 111/2018

DI-2018-111-APN-ORSEP#MI

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente Electrónico EX-2018-47942766-APN-ORSEP#MI, la Ley N° 27.431, los decretos N° 239 del 17 de marzo de 1999, Nº 634 del 2 de mayo de 2016, Nº 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016, Nº 851 de fecha 23 de octubre de 2017, la Decisión Administrativa Nº 1340 de fecha 17 de noviembre de 2016, las disposiciones DI-2017-8-APN-ORSEP#MI de fecha 7 de septiembre de 2017 y DI-2017-46-APN-ORSEP#MI de fecha 22 de diciembre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la prórroga de la designación transitoria del DIRECTOR REGIONAL de la DIRECCIÓN REGIONAL NORTE del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo descentralizado actualmente actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 20 de septiembre de 2018, en las mismas condiciones en las que fue designado.

Que mediante el Decreto Nº 1165/16 se faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prorrogas, hasta el plazo máximo del 31 de octubre de 2017, plazo prorrogado por el Decreto Nº 851/17 hasta el 31 de octubre de 2018.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1340/16 se designó con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la medida, al Ingeniero Mateo Evaristo BAUZÁ (D.N.I. Nº 14.225.903), en el cargo de DIRECTOR REGIONAL de la DIRECCION REGIONAL NORTE del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto N° 239/99, prorrogada en idénticas condiciones por las disposiciones DI-2017-8-APN-ORSEP#MI y DI-2017-46-APN-ORSEP#MI .

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 76 Martes 16 de octubre de 2018

Que mediante el artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 1340/16, se estableció que dicho cargo deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección y los requisitos establecidos en la normativa vigente dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de dicha medida.

Que no ha sido posible cumplimentar el proceso de selección previsto para la cobertura del mencionado cargo en el plazo establecido, por lo que se considera imprescindible proceder a la prórroga de dicha designación transitoria, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de esa Dirección Regional y hasta tanto se efectúen los concursos previstos en el artículo 10 del Decreto Nº 239/99.

Que el Ingeniero Mateo Evaristo BAUZÁ (D.N.I. Nº 14.225.903) reúne las condiciones de idoneidad requeridas por el artículo 18 del Decreto Nº 239/99, para el desempeño del cargo de DIRECTOR REGIONAL de la DIRECCIÓN REGIONAL NORTE del ORSEP.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL y que se encuentra financiado con el crédito presupuestario vigente, conforme la Ley Nº 27.431.

Que la Asesoría Legal del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 1º del Decreto Nº 1165/16, artículo 1º del Decreto Nº 851/17, artículo 13 de Decreto Nº 239/99 y artículo 2° del Decreto N° 634/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP):DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dése por prorrogada a partir del 20 de septiembre de 2018 y hasta el 31 de octubre del año en curso, la designación transitoria del Ingeniero Mateo Evaristo BAUZÁ (D.N.I. Nº 14.225.903), en el cargo de DIRECTOR REGIONAL de la DIRECCIÓN REGIONAL NORTE del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), organismo descentralizado actualmente actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa Nº 1340/16, con carácter de excepción al artículo 10 del Decreto Nº 239/99, hasta tanto sea cubierto de conformidad con los sistemas de selección y los requisitos establecidos en la normativa vigente.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Entidad 656 - ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS.-

ARTÍCULO 3°.- °.- Comuníquese a la SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en orden a lo dispuesto por el artículo 1º, último párrafo, del Decreto Nº 1165/16.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rodolfo Enrique Dalmati

e. 16/10/2018 N° 77147/18 v. 16/10/2018#F5615521F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 77 Martes 16 de octubre de 2018

Concursos Oficiales

NUEVOS

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICASEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR LLAMAN A CONCURSO PÚBLICO PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTOR REGULAR DE LAS SIGUIENTES UNIDADES EJECUTORAS DE DOBLE DEPENDENCIA:

• INSTITUTO DE QUÍMICA DEL SUR (INQUISUR)

• INSTITUTO DE FISICA DEL SUR (IFISUR)

INSCRIPCIÓN del 16 DE OCTUBRE DE 2018 al 16 DE NOVIEMBRE DE 2018

CONSULTA Y DESCARGA DE REGLAMENTO DE CONCURSO, TÉRMINOS DE REFERENCIA y PERFIL en:

CONICET: http://convocatorias.conicet.gov.ar/director-ue / Correo electrónico: [email protected] / Tel.: (011) 4899-5400 ints. 2839/2841/2845/2847

UNS: www.uns.edu.ar / Correo electrónico: [email protected] / Tel: (0291) 4595-029/030/031

ENTREGAR PRESENTACIÓN personalmente o por correo postal en:

• Gerencia de Desarrollo Científico Tecnológico – CONICET - Godoy Cruz 2290 (C1425FQB), CABA.

• Secretaría General de Ciencia y Tecnología – UNS – Av. Colón 80, Piso 3 (CP 8000), Bahía Blanca.

ENVIAR PRESENTACIÓN electrónica a los correos electrónicos mencionados arriba.

Andrea Maria Pawliska, Asesor, Dirección de Desarrollo y Gestión de Unidades Ejecutoras.

e. 16/10/2018 N° 76793/18 v. 16/10/2018

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#F5614799F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 78 Martes 16 de octubre de 2018

Remates Oficiales

NUEVOS

BANCO CIUDADREMATE CON BASE POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE LA PROCURACIÓN GENERAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

INMUEBLES EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES QUE INTEGRAN EL ACERVO DE SUCESIONES VACANTES

1/4 indiviso de Varela 3684 - Villa SoldatiCasa en lote propioExhibición: 16 de octubre de (11 a 13) y 17 de octubre (14 a 16)Base: $435.000.-

10% indiviso de Cuyo 2272 – MataderosTerrenoExhibición: 17 de octubre (11 a 13) y 16 de octubre (14 a 16)Base: $ 305.000.-

Belgrano 3302 – Piso 9 ° A – UF. 35 – Almagro3 ambientesExhibición: 18 de octubre (11 a 13 hs.) y 19 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $3.500.000.-

Av. Entre Ríos 919/21 – Piso 3° - UF 5 y UC. V Planta Sótano – San Cristóbal3 ambientesExhibición: 19 de octubre (11 a 13 hs.) y 18 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $3.500.000.-

Gurruchaga 1765 – PalermoCasa 2 plantas – PB: Locales-baño-depósito / PA: departamento acceso independienteExhibición: 22 de octubre (11 a 13 hs.) y 23 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $12.750.000.-

Yerbal 5635 – Villa LuroCasa 4 ambientesExhibición: 23 de octubre (11 a 13 hs.) y 22 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $6.500.000.-

Amenábar 1652 – Piso 3° B -UF 19 – Belgrano2 ambientesExhibición: 24 de octubre (11 a 13 hs.) y 25 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $2.300.000.-

50% indiviso Manzanares 1831/41/51 –Torre 3 - Piso 4° - UF 52 – Nuñez3 ambientesExhibición: 25 de octubre (11 a 13 hs.) y 24 de octubre (14 a 16 hs.)Base: $1.800.000.-

En caso de no poder concurrir en estas fechas u horarios a Int. 3669/3693

SUBASTA: El día 31 de OCTUBRE de 2018 a las 10:30 hs, en Esmeralda 660, 3er. Piso, Salón Auditorio “Santa María de los Buenos Ayres”, C.A.B.A.

https://www.bancociudad.com.ar/institucional/subastas#/cronograma

CONDICIONES DE VENTA: AL CONTADO: Seña 10% - Comisión 3% más IVA. Saldo: 40% a la firma del boleto de compra - venta y el 50% restante a la firma de la escritura traslativa de dominio, en caso de aprobación y ante la Procuración General, Dirección de Asuntos Patrimoniales del GCBA. Las deudas por expensas comunes, impuestos, gravámenes en general, que pesan sobre los bienes, serán asumidas por el Gobierno de la Ciudad, hasta el monto máximo que resulte del producido de los bienes.

#I5614028I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 79 Martes 16 de octubre de 2018

La Procuración General podrá autorizar la tenencia precaria del inmueble antes de la escritura, debiendo a tal fin el comprador , previo a la firma del acta respectiva, acreditar el pago total del saldo de precio y asumir el pago de los tributos, expensas ordinarias y extraordinarias y gastos de mantenimiento del bien a partir de dicha entrega.

IMPORTANTE: le informamos que el Banco Ciudad no posee intermediarios para la venta en subasta de los inmueble que ofrece y exhibe. Ud. No tiene que abonar ninguna comisión al margen de la establecida en las condiciones de venta

Le advertimos que, en caso de ser Ud. contactado por terceros que se presenten como intermediarios o asesores inmobiliarios (usualmente denominados “la liga”), no existe necesidad alguna de recurrir a sus servicios ya que tanto el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como el Banco Ciudad promueven la concurrencia de los particulares interesados a la subasta

PARTICIPE DESDE SU CASA A TRAVES DE NUESTRO SISTEMA GRATUITO DE OFERTAS BAJO SOBRE ASESORESE SIN CARGO EN

*Banco Cuidad de Buenos Aires: Esmeralda 660 - 6to. Piso – Equipo Ventas,De lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas, Tel. 4329-8600 Int. 8535 / 8538, TEL/FAX 4329-8547 [email protected]

*Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Depto. de Herencias

Vacantes: Uruguay 440 6to piso. Tel. 4323-9200 Int: 7434.

VENTA SUJETA A LA APROBACIÓN DE LA ENTIDAD VENDEDORA

ESTE CATALOGO ES SOLAMENTE INFORMATIVO. EN CONSECUENCIA, LA PROCURACIÓN GENERAL - DIRECCIÓN DE ASUNTOS PATRIMONIALES - DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y EL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES NO SE HACEN RESPONSABLES POR ERRORES U OMISIONES QUE HAYAN PODIDO DESLIZARSE EN LA CONFECCIÓN DEL MISMO. OFI 3304-3270-3301-3313-3307-3300-3311-3285

Luisina Fernández, Jefe de Equipo Publicidad, Gerencia de Productos y Publicidad.

e. 16/10/2018 N° 76429/18 v. 16/10/2018

BANCO CIUDADREMATE CON BASE Y AL MEJOR POSTOR

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

IMPORTANTE LOTE EN CRUCE CON RUTAS 6 Y 8 CON PLANTA DE ALMACENAJE Y PROCESAMIENTO DE SEMILLAS Y LEGUMBRES EN FUNCIONAMIENTO EN LA LOCALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ – PROV. DE BS. AS.

Apto para la instalación de industrias en general y/o de empresas exportadoras y/o de logística.

Ruta Provincial N°  6 Km. 175 S/N, a 300 metros del cruce con Ruta Nacional N°  8, lindante con vías del ex Ferrocarril Belgrano y a 7 km. del Parque Industrial Pilar

Acceso a Gas. Instalaciones para Aduana en planta.

Sup. Total: 35.998,51 m2 - Sup. Cubierta: 1.900 m2

Exhibición: Los días 18 y 19 de Octubre en el horario de 08.00 a 18.00, el día 20 de Octubre de 08.00 a 14.00 hs., el día 26 de Octubre de 08.00 a 18.00 hs., y el día 27 de Octubre de 08.00 a 14.00 hs

Base: u$s 1.000.000,00

SUBASTA: El 30 de octubre de 2018 a las 14:00 horas, en Esmeralda 660, 3er. Piso, Salón Auditorio “Santa María de los Buenos Ayres”, Ciudad de Buenos Aires.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Los señores oferentes deberán constituir una garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de las presentes condiciones de venta por un importe equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del precio base de subasta del inmueble.

CONDICIONES DE VENTA: 10% de seña y el 3% de comisión más IVA sobre la comisión dentro de las 72 hs. hábiles posteriores a la subasta.- El saldo del precio contra la firma escritura traslativa de dominio y entrega de la posesión libre de todo ocupante y ocupación.

CATALOGOS: www.bancociudad.com.ar/institucional/subastas#/cronograma

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#I5614029I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 80 Martes 16 de octubre de 2018

INFORMES Y CONSULTAS: En Esmeralda 660, 6to. Piso - Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas - TE. 4329-8600 Int. 8535 / 8538 - FAX 4322-6817 o al mail [email protected].

SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DEL VENDEDOR

LA SUBASTA COMENZARA A LA HORA INDICADA

OFI 3324

Luisina Fernández, Jefe de Equipo Publicidad, Gerencia de Productos y Publicidad.

e. 16/10/2018 N° 76430/18 v. 16/10/2018

BANCO CIUDADREMATE CON BASE Y AL MEJOR POSTOR

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

IMPORTANTE LOTE EN CRUCE CON RUTAS 6 Y 8 CON PLANTA DE ALMACENAJE Y PROCESAMIENTO DE SEMILLAS Y LEGUMBRES EN FUNCIONAMIENTO EN LA LOCALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ – PROV.DE BS.AS.

Apto para la instalación de industrias en general y/o de empresas exportadoras y/o de logística.

Ruta Provincial N°  6 Km. 175 S/N, a 300 metros del cruce con Ruta Nacional N°  8, lindante con vías del ex Ferrocarril Belgrano y a 7 km. del Parque Industrial Pilar

Acceso a Gas. Instalaciones para Aduana en planta.

Sup. Total: 35.998,51 m2 - Sup. Cubierta: 1.900 m2

Exhibición: Los días 18 y 19 de Octubre en el horario de 08.00 a 18.00, el día 20 de Octubre de 08.00 a 14.00 hs., el día 26 de Octubre de 08.00 a 18.00 hs., y el día 27 de Octubre de 08.00 a 14.00 hs

Base: U$S 1.000.000,00

SUBASTA: El 30 de octubre de 2018 a las 14:00 horas, en Esmeralda 660, 3er. Piso, Salón Auditorio “Santa María de los Buenos Ayres”, Ciudad de Buenos Aires.

CONDICIONES DE VENTA: 10% de seña y el 3% de comisión más IVA sobre la comisión dentro de las 72 hs. hábiles posteriores a la subasta.- El saldo del precio contra la firma escritura traslativa de dominio y entrega de la posesión libre de todo ocupante y ocupación.

CATALOGOS: www.bancociudad.com.ar/institucional/subastas#/cronograma

INFORMES Y CONSULTAS: En Esmeralda 660, 6to. Piso - Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas - TE. 4329-8600 Int. 8535 / 8538 - FAX 4322-6817 o al mail [email protected].

SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DEL VENDEDOR

LA SUBASTA COMENZARA A LA HORA INDICADA

OFI 3324

Luisina Fernandez, Jefe de Equipo Publicidad, Gerencia de Productos y Publicidad.

e. 16/10/2018 N° 76865/18 v. 16/10/2018

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#I5614871I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 81 Martes 16 de octubre de 2018

Avisos Oficiales

NUEVOS

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma LABORATORIOS OFTALMOLÓGICOS ARGENTINOS S.A.I.C.I.F., que por Disposición Nº  2777/17 Administrador Nacional de la administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Dispone: “ARTICULO 1º.- Dase de baja la habilitación otorgada a la firma ADVENT GROUP S.A., con domicilio legal y depósito sitos en Charlone N° 702, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS mediante Disposición ANMAT N° 1256/10. ARTÍCULO 2°. - Cancélese el Certificado de Inscripción y Autorización de Funcionamiento de Empresa emitido el 29 de marzo de 2010 y el Certificado de Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Médicos N° 16735/09-6, ambos extendidos mediante Disposición ANMAT N° 1256/10. ARTÍCULO 3°. - Dase de baja al cargo de Director Técnico de la ADVENT GROUP S.A. a Nadina Mariana Hryciuk, D.N.I. N° 20.536.620, Farmacéutica, con Matrícula N° 11.832. ARTÍCULO 4°. - Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos, por mesa de entrada de la Dirección Nacional de Productos Médicos notifíquese al interesado y hágasele entrega de la presente Disposición. Cumplido, archívese.” EXPEDIENTE N° 1-47-3110-511-15-6 DISPOSICION Nº 2777/18

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76813/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

“La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma DROGUERÍA MEDICAL ARGENTINA S.R.L., que por Disposición Nº 13124/16 el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Dispone: ARTÍCULO 1º.- Cancélase el Certificado de inscripción en el REM Nro. 45.075 por incumplimiento del artículo 8º incisos b) y c) de la Ley Nº 16.463. ARTÍCULO 2º.-Regístrese; por la Coordinación de Gestión Administrativa publíquese el edicto correspondiente. Gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; cumplido; archívese.” Expediente Nº 1-47-15637-16-9 Disposición ANMAT Nº 13124/16

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76814/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma ALET LABORATORIOS S.A.I.C.I.F., que por Disposición Nº 2647/17 Administrador Nacional de la administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Dispone: “ARTICULO 1º.- Cancélanse los Certificados de inscripción en el REM Nros. 14.748, 18.097, 21.702, 23.986 (4), 32.974 (4), 35.849, 39.712, 40.264, 40.373 Y 40.377 por incumplimiento del artículo 80 inciso b) y c) de la Ley N° 16.4163. ARTICULO 2º.- Regístrese; por la Coordinación

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#F5614819F#

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#F5614820F#

#I5614822I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 82 Martes 16 de octubre de 2018

de Gestión Administrativa Publíquese el edicto correspondiente. Gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; cumplido; archívese.” Nº 1-47-2573-17-8 DISPOSICION ANMAT Nº 2647/17

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76816/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma VERSSION S.A. que por Disposición ANMAT Nº DI-2018-1517-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Declárase la caducidad del expediente Nº 1-47-2110-5554-16-2. ARTÍCULO 2º.- Dispónese el archivo de los actuados. Artículo 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado por el Sector Mesa de Entradas y hágase entrega de la copia autenticada de la presente disposición. Comuníquese al Instituto Nacional de Alimentos. Cumplido, archívese. Expediente Nº  1-47-2110-5554-16-2. Disposición ANMAT Nº DI-2018-1517-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76823/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma QUIMICA MAD S.R.L., que por Disposición Nº 12422/17 el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica. Dispone: “ARTÍCULO 1º.-ARTICULO Dáse de baja la habilitación otorgada a la firma QUIMICA MAD S.R.L. como ELABORADOR DE PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES EN LAS FORMAS DE LÍQUIDOS Y SEMISÓLIDOS en el domicilio de la calle Camusso Nº 475, Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2º.- Cancélese el Certificado de habilitación otorgado por Disposición N° 2471/14 de fecha 24 de abril de 2014 el que deberá ser presentado en el término de 30 días acompañado de la copia autenticada de la presente Disposición. ARTICULO 3º.- Limítese la inscripción a la farmacéutica Linda Daniela Zanandrea, Matrícula Profesional N° 11095, como Directora Técnica de la firma QUIMICA MAD S.R.L. ARTICULO 4º.- Regístrese, gírese la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; por el Departamento de Mesa de Entradas notifíquese al interesado y hágasele entrega de la copia autenticada de la presente Disposición. Cumplido, archívese. Expediente Nº 1-47-2704-17-0 DISPOSICION Nº 12422/17

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76827/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la Firma TRUST TECHNOLOGY S.A., que por Disposición Nº 0016/17, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: “ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja la habilitación otorgada a la firma TRUST TECHNOLOGY S.A., con domicilio legal en Av. Brasil 1682, PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, planta elaboradora y depósito sitos en (81) Brasil 75/77 Villa Martelli, Provincia de Buenos Aires, como FABRICANTE DE PRODUCTOS MÉDICOS. ARTÍCULO 2º.- Cancélase el Certificado de inscripción y Autorización de Funcionamiento de Empresa otorgado mediante Disposición ANMAT Nº 2927/06. ARTÍCULO 3º.- Cancélase

#F5614822F#

#I5614829I#

#F5614829F#

#I5614833I#

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#I5614863I#

Page 83: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 83 Martes 16 de octubre de 2018

el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de fabricación de Productos Médicos Nº 13791-05-2, legajo Nº 1534. ARTÍCULO 4º.-Dáse de baja la inscripción como Director Técnico de la firma TRUST TECHNOLOGY S.A. al farmacéutico Rodolfo Antonio Comai, D.N.I. Nº 5.148.188, Matrícula Nº 8518. ARTÍCULO 5º.- Regístrese; por el Departamento de Mesa de Entradas notifíquese al interesado y hágase entrega de la copia autenticada de la presente Disposición. Gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; cumplido, archívese”. Expediente Nº 1-47-17469-13-6 Disposición ANMAT 3208/17

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76857/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica hace saber a la firma LABORATORIO NEMI S.A.C.I.F.I., que por Disposición Nº 12128/17 el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica; Dispone: “ARTICULO 1°. -Dáse la baja a la habilitación otorgada a la firma LABORATORIO NEMI S.A.C.I.F. I con domicilio en la calle 58 Nº 3510, localidad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, como LABORATORIO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES Y FARMACEUTICAS. ARTICULO 2°. - Cancélese, por intermedio de la Dirección de Gestión de Información Técnica, el certificado de Habilitación conferido a la firma LABORATORIO NEMI S.A.C.I.F.I por Disposición Nº 96, Legajo Nº 6674 con fecha 17 de abril de 1984, el cual deberá ser presentado en el termino de 30 días acompañada de la copia autenticada de la presente Disposición. ARTICULO 3º.- Cancelase los certificados correspondientes a las especialidades medicinales: CASCARILLA NEMI, Solución, Certificación Nº 22758; LAMIUM ALBUS NEMI, Solución, Certificado Nº 22758; LAMIUM ALBUS NEMI, Solución, Certificado Nº23231; MUIRA PAUAMA NEMI, Tabletas Certificado Nº 23254; MALVA NEMI, Solución, Certificado Nº 23258; CALADIUM NEMI, Solución, Certificado Nº 23273, GADIS NEMI, Solución, Certificado Nº 23326; SINAPIS ALBA NEMI, Solución, Certificado Nº 23521; GING SENG NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25123; PALUMBAGO NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25414, CENTURA NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25492; PRIMULA NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25510; SPONGIA TOSTA KURANS, Solución, Certificado Nº 25527; SCHTRYCNUS IG. NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25539, AZUFRE VEGETA NEOSUM, Solución, Certificado Nº  25540, HYPERICUM KURANS, Solución, Certificado Nº  25550; AURUM MRT NEOSUM, Solución, Certificado Nº 25568; AMYLUM NITROSO KURANS, Solución, Certificado Nº 25569; HISTOTRAT, Comprimidos Recubiertos, Certificado Nº  28095; NERANOREX, Comprimidos, 6 m, Certificado Nº  38406 ARTICULO 4º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; entréguese copia a la Instituto Nacional de Medicamentos por el Departamento de Mesa de Entradas, notifíquese al interesado y hágasele entrega de la presente Disposición. Cumplido, archívese.” EXPEDIENTE Nº 1-47-6093/11-4 DISPOSICION Nº 12128/17

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76858/18 v. 18/10/2018

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma GRUPO AVATECH S.A., que por Disposición Nº 12633/17 el Administrador Nacional de la administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Dispone: “ARTICULO 1º.- Dáse de baja la habilitación otorgada a la firma GRUPO AVATECH S.A. con domicilio legal y depósito en J. E. Uriburu 663, 4º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como EMPRESA IMPORTADORA DE PRODUCTOS MÉDICOS. ARTICULO 2º.- Cancélase el Certificado otorgado para el legajo registrado con el Nº 1140 por Disposición Nº 2980/07. ARTICULO 3º.- Dase de baja al ingeniero Electricista Emilio Alberto Cima, DNI 6.066.239, al cargo de la Dirección Técnica. ARTICULO 4º.- Regístrese; por la mesa de entradas de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, notifíquese al interesado y hágasele entrega al interesado de la copia autenticada de la presente; gírese a la Dirección de Gestión

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#I5614864I#

#F5614864F#

#I5614870I#

Page 84: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 84 Martes 16 de octubre de 2018

de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, archívese.” Expediente Nº 1-47-4824/10-5 DISPOSICION ANMAT Nº 12633/17

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 76864/18 v. 18/10/2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma LABORATORIOS LAURUS S.A.C.I.F. que por Disposición Nº  DI-2018-5937-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Cancélanse los Certificados de inscripción en el REM Nros. 25.695, 25.717, 25.722, 27.190, 27.236, 27.242, 27.243, 27.244 y 28.231, cuya titularidad corresponde a la firma LABORATORIOS LAURUS S.A.C.I.F., por incumplimiento del artículo 8º inciso b) y c) de la Ley 16.463. ARTÍCULO 2.- Regístrese; por la Coordinación de Gestión Administrativa publíquese el Edicto correspondiente; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; Cumplido; archívese. Expediente EX-2018-23586325-APN-DGIT#ANMAT. Disposición ANMAT Nº DI-2018-5937-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 77094/18 v. 18/10/2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma NOMACORC S.R.L. que por Disposición ANMAT Nº  DI-2018-1190-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Declárase la conclusión por desistimiento del expediente Nº 1-47-2110-7569-14-4. ARTÍCULO 2º.- Dispónese el archivo de los actuados. ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado por el Sector Mesa de Entradas y hágase entrega de la copia autenticada de la presente disposición. Comuníquese al Instituto Nacional de Alimentos. Cumplido, archívese. Expediente Nº 1-47-2110-7569-14-4. Disposición ANMAT Nº DI-2018-1190-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 77095/18 v. 18/10/2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma LONG XIN S.A. que por Disposición ANMAT Nº DI-2018-2194-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Declárase la caducidad del expediente Nº 1-47-2110-6427-16-0. ARTÍCULO 2º.- Dispónese el archivo de los actuados. ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado por el Sector Mesa de Entradas y hágase entrega de la presente disposición. Comuníquese al Instituto Nacional de Alimentos. Cumplido, archívese. Expediente Nº  1-47-2110-6427-16-0. Disposición ANMAT Nº DI-2018-2194-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 77124/18 v. 18/10/2018

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#I5615468I#

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#I5615469I#

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#I5615498I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 85 Martes 16 de octubre de 2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma LONG XIN S.A. que por Disposición ANMAT Nº DI-2018-2201-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Declárase la caducidad del expediente Nº 1-47-2110-6434-16-4. ARTÍCULO 2º.- Dispónese el archivo de los actuados. ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado por el Sector Mesa de Entradas y hágase entrega de la copia autenticada de la presente disposición. Comuníquese al Instituto Nacional de Alimentos. Cumplido, archívese. Expediente Nº 1-47-2110-6434-16-4. Disposición ANMAT Nº DI-2018-2201-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 77145/18 v. 18/10/2018

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

EDICTO:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma LONG XIN S.A. que por Disposición ANMAT Nº DI-2018-2199-APN-ANMAT#MS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Declárase la caducidad del expediente Nº 1-47-2110-6419-16-3. ARTÍCULO 2º.- Dispónese el archivo de los actuados. Artículo 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado por el Sector Mesa de Entradas y hágase entrega de la presente disposición. Comuníquese al Instituto Nacional de Alimentos. Cumplido, archívese. Expediente Nº 1-47-2110-6419-16-3. Disposición ANMAT Nº DI-2018-2199-APN-ANMAT#MS.

Carlos Alberto Chiale, Administrador.

e. 16/10/2018 N° 77146/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina notifica que el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias dispuso dejar sin efecto la imputación formulada a la firma Argenlan S.A. (C.U.I.T. N° 30-70911933-4), mediante Resolución N° 407/18 en el Sumario N° 6730, Expediente N° 100.737/12; al señor Gilberto Lining (D.N.I. Nº 25.468.040), mediante Resolución N° 397/18 en el Sumario N° 4351, Expediente N° 100.551/08; a la firma Bio Austral S.A. (C.U.I.T. N° 30-65983898-9) y al señor Alejandro Enrique Manuel Tomás Leighton Puga (C.I. Chilena Nº 4.774.070-3), mediante Resolución N° 402/18 en el Sumario N° 4472, Expediente N° 100.273/07; a la firma Establecimiento Arcos del Sol S.A. (C.U.I.T. N° 30-70837130-7), mediante Resolución N° 453/18 en el Sumario N° 4545, Expediente N° 101.287/09; a la firma A.P. Siracusa S.A.A.C.I. -continuadora de Frigorífico Siracusa S.A.A.C.I. y F.- (C.U.I.T. 30-53776228-0) y al señor Abel Ángel Siracusa Marchetta (L.E. Nº 7.811.245), mediante Resolución N° 452/18 en el Sumario N° 4391, Expediente N° 101.693/09, por aplicación del principio de la ley penal más benigna. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Maria Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce de Leon, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/10/2018 N° 76781/18 v. 22/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma CREDSER.SA. (C.U.I.T. N° 30-70992022-3) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca su representante legal a la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6º, oficina 8601, Capital

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 86 Martes 16 de octubre de 2018

Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario Nº 5241, Expediente Nº 101.219/07, caratulado “CREDSER S.A. (ALLANAMIENTO EN TRES SARGENTOS N° 2009)”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Maria Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce De León, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/10/2018 N° 76782/18 v. 22/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la señora María Alejandra Mónica GRAZIANO (D.N.I. N° 16.855.010) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6º, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario Nº 7284, Expediente Nº 100.876/15, caratulado “ALLANAMIENTO EN MAIPU 971, LOCAL 4, GALERÍA DEL ESTE C.A.B.A.” que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Maria Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce de Leon, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/10/2018 N° 76785/18 v. 22/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Cheikh DIOP (D.N.I. N° 95.109.172) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6º, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13 hs., a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Nº 7336, Expediente Nº 383/443/18, caratulado “DIOP CHEIKH”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

María Gabriela Bravo, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Hernan F. Lizzi, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/10/2018 N° 76786/18 v. 22/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEdicto

El Banco Central de la República Argentina comunica al señor BUN CHUN AHN (D.N.I. N° 92.551.172) que en el plazo de 10 días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6º, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13 con asistencia letrada a presentar descargo en el Sumario Cambiario N° 7330, Expediente Nº 101.164/16, a tal fin se le hace saber de la existencia de servicios jurídicos gratuitos ante los cuales podrá presentarse, incluyendo dentro de ellos a las Defensorías y Unidad de Letrados Móviles correspondientes al Ministerio de Defensa, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Christian G. Feijoo, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Paula Lorena Castro, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/10/2018 N° 76788/18 v. 22/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 87 Martes 16 de octubre de 2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEdicto

El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 1433 Expediente Nº 100.961/14 caratulado “ Banco de Formosa Sociedad Anónima ”, que mediante Resolución N° 479 del 02.10.18, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, imponer al Señor FERRARI Carlo Michele (D.N.I. N° 92.414.012) multa de $ 21.990 (pesos veintiún mil novecientos noventa ). Dentro de los 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la notificación, deberá abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de facilidades para el pago de las multas previsto en el Texto Ordenado del Régimen Disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina Leyes N° 21.526 y N° 25.065 y sus modificatorias - Sección - , bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. En ambos casos deberán concurrir a la Gerencia de Administración de Activos, Control de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De interponer recurso de apelación deberá cumplir con lo dispuesto por el art. 2°, inc. 3° de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y, en consecuencia, acompañar al escrito el formulario correspondiente. Se informa que mediante Comunicación “A” 5818 se dispuso implementar para los procesos sumariales que lleva a cabo esta Institución el Sistema de Notificación Electrónica (SNE), el cual se encuentra rigiendo desde el 15/12/15. A esos fines los sumariados o sus representantes deberán constituir domicilio electrónico efectuando una presentación donde conste el CUIL y la dirección de correo electrónico correspondiente. El incumplimiento de la constitución de domicilio electrónico tendrá como consecuencia que todas las resoluciones y providencias se tendrán por notificadas el primer día de nota posterior a la fecha de su dictado, teniendo en cuenta que serán los martes y viernes días de nota. Si uno de ellos fuera inhábil, la notificación tendrá lugar en el día de nota hábil inmediato siguiente. En caso de requerirse fotocopias del expediente, su costo será a cargo del interesado. Asimismo se le hace saber que todos los escritos deberán dirigirse a la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

Paola Cristina Miranda, Analista Senior de Sustanciación Sumarios Financieros - Roberto Luis Alberici, Jefe Sustanciación Sumarios Financieros.

e. 16/10/2018 N° 76789/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6567/2018

12/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CREFI 2 - 110. Autorización y composición del capital de las entidades financieras. Autoridades de las entidades financieras.

Actualización.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Autorización y composición del capital de las entidades financieras” en función de la resolución difundida por la Comunicación “A” 6517.

Por otra parte, les señalamos que se incorporó una aclaración respecto de los alcances asignados a la resolución difundida mediante la Comunicación “A” 6290 en las normas de la referencia.

Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).

e. 16/10/2018 N° 76800/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 88 Martes 16 de octubre de 2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6568/2018

14/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Circular OPRAC 1 - 955. LISOL 1 - 807. Financiamiento al sector público no financiero. Programa de Emisión de Títulos Públicos de la Provincia de Córdoba.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de deuda pública a ser emitidos por la provincia de Córdoba por hasta la suma de valor nominal USD 200.000.000, en el marco del Programa de Emisión de Títulos Públicos provinciales –creado por el Decreto Provincial Nº 563/18– y de acuerdo con las condiciones establecidas en el Decreto Provincial N° 629/18 y en la Resolución N° 167/18 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.

Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 16/10/2018 N° 76802/18 v. 16/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6569/2018

14/09/2018

COMUNICACIÓN “A” 6569 14/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Circular REMON 1 - 953. Efectivo mínimo. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“- Incrementar, con vigencia desde el 19.9.18, para las entidades financieras cuyos depósitos del sector privado no financiero en pesos al cierre del mes de julio de 2018 sean por un importe mayor o igual al 1 % del total de esas imposiciones en el sistema financiero de acuerdo con el listado que publicará el Banco Central, en 5 puntos porcentuales las tasas de exigencia de efectivo mínimo en pesos previstas por los puntos 1.3.1., 1.3.2.1., 1.3.3.1., 1.3.4.1. y 1.3.5., los acápites i) y ii) del punto 1.3.7.1., los acápites i) y ii) del apartado a) del punto 1.3.9. y los puntos 1.3.11.1. y 1.3.13. de las normas sobre “Efectivo mínimo”.

El aumento en la exigencia –del período y diaria– resultante de aplicar en cada posición las tasas de efectivo mínimo en pesos vigentes desde el 19.9.18 –respecto de las correspondientes al 18.9.18– sobre las partidas a que se refieren los acápites i) y ii) del punto 1.3.7.1., los acápites i) y ii) del apartado a) del punto 1.3.9. y los puntos 1.3.11.1. y 1.3.13. de las normas sobre “Efectivo mínimo” podrá ser integrado tanto con pesos como con Letras de Liquidez del BCRA (LELIQ) y/o Notas del BCRA (NOBAC), valuadas a precios de mercado, que se encuentren depositadas en la Subcuenta 60 efectivo mínimo habilitada en la “Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros - CRyL”.

El incremento en la exigencia –del periodo y diaria– sobre las demás partidas sujetas a encaje deberá ser integrado únicamente en pesos.”

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 89 Martes 16 de octubre de 2018

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 16/10/2018 N° 76804/18 v. 16/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6571/2018

14/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Circular REMON 1 - 954. Efectivo mínimo. Actualización.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de referencia en función de la resolución difundida por la Comunicación “A” 6556. Además, les señalamos que se incorporaron aclaraciones respecto de su aplicación.

Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).

e. 16/10/2018 N° 76805/18 v. 16/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6572/2018

14/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Circular OPRAC 1 - 956. Política de crédito. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“1. Sustituir el tercer párrafo del punto 5.1. de las normas sobre “Política de crédito” por el siguiente:

“También se admite la existencia de créditos a residentes en el exterior correspondientes a desfases de liquidación de operaciones con títulos valores o monedas extranjeras con cotización y las operaciones previstas en los siguientes puntos.”

2. Incorporar, en las normas sobre “Política de crédito”, lo siguiente:

“5.5. Garantías a residentes en el exterior.

Las entidades financieras podrán otorgar garantías a residentes en el exterior sobre el cumplimiento de obligaciones relacionadas con sus operaciones comerciales de bienes y/o servicios en el exterior, en la medida en que el

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#I5614814I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 90 Martes 16 de octubre de 2018

ordenante las contragarantice localmente en su totalidad y en la misma moneda mediante algunas de las garantías preferidas previstas en los puntos 1.1.1. y/o 1.1.3. de las normas sobre “Garantías”.”

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).

e. 16/10/2018 N° 76808/18 v. 16/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAComunicación “A” 6573/2018

14/09/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CREFI 2 - 111. Expansión de entidades financieras. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“- Sustituir el punto 1.5.1.3. de las normas sobre “Expansión de entidades financieras” por lo siguiente:

“1.5.1.3. Sucursales móviles. En el régimen citado en el punto 1.5.1.1. se deberá indicar las actividades que proyectan desarrollar, la sucursal o, en su caso, la casa central de la cual la sucursal móvil dependerá operativamente y los períodos en los que operará.”

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).

e. 16/10/2018 N° 76812/18 v. 16/10/2018

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINAEl Banco de la Nación Argentina, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 1° del decreto 13.477/56, hace conocer que los préstamos con caución de certificados de obras se instrumentan por vía de adelantos en cuentas corrientes en los cuales los intereses se “perciben por periodo mensual vencido”. Para Usuarios considerados

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Page 91: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 91 Martes 16 de octubre de 2018

Micro, Pequeña y Mediana Empresa, “Determinación de la Condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, corresponderá aplicar, desde el 23/05/2018, la tasa de Cartera General TNA. Para Usuarios que NO puedan ser considerados Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de acuerdo a lo dispuesto por la “Determinación de la Condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, a partir del 23/05/2018, corresponderá aplicar la Tasa de Cartera General + 3 ppa T.N.A.

Asimismo, las tasas de interés vigentes en las operaciones de descuento en gral. son: (a partir del 10/10/2018) para MiPyMEs, la tasa de Interés Adelantada equivalente a una tasa de interés nominal anual vencida, hasta 90 días del 61% T.N.A. y desde 91 días hasta 360 días del 67% TNA, para el caso de que NO adhieran al Paquete para Empresa MiPyMES será hasta 90 días del 63% TNA y desde 91 hasta 180 días del 69% TNA. Para Grandes Empresas: la Tasa de Interés Adelantada equivalente a una tasa de interés nominal anual vencida de hasta 90 días del 71% T.N.A. y desde 91 días hasta 180 días de 75% TNA.

Los niveles vigentes de estas tasas pueden consultarse en la página www.bna.com.ar

María Candela Lagos, 2º Jefe de División, RF 2062 - Beatriz S. Alvarez, Jefe de División, RF 2127 - María Laura Zaracho, c/f Jefe de Departamento - RF 2849.

e. 16/10/2018 N° 77179/18 v. 16/10/2018

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTORDe conformidad a lo previsto por el artículo 59 de la ley 11.723 y sus modificatorias, se procede a la publicación del listado de Obras Publicadas presentadas a inscripción los días 24/09/2018, 26/09/2018, 27/09/2018 y 28/09/2018 a las cuales se accederá consultando los Anexos GDE IF-2018-50726354-APN-DNDA#MJ, GDE IF-2018-50727182-APN-DNDA#MJ, GDE IF-2018-50727824-APN-DNDA#MJ, GDE IF-2018-50728491-APN-DNDA#MJ del presente.

Firmado: Dr. Gustavo J. Schötz - Director Nacional - Dirección Nacional del Derecho de Autor - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El presente ha sido remitido por el debajo firmante.

Jorge Mario Viglianti, Asesor Técnico.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77085/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 92 Martes 16 de octubre de 2018

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESEl ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), con domicilio en la calle Perú 103 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, informa que por EXPAFSCA Nº 1512-2015, tramita la solicitud formulada por la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (C.U.I.T. 30-554580318-2), tendiente a obtener Licencia de Servicios de Tecnologías de la Información, y el registro del servicio de radiodifusión por vínculo físico para el área de cobertura de la localidad de MANUEL OCAMPO, provincia de BUENOS AIRES. En consecuencia se otorga un plazo de TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente, a fin de tomar vista de las actuaciones en la Sede del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y, en su caso, formular las observaciones que estime pertinentes (conf. Artículo 95 de la Ley N° 27.078).

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 16/10/2018 N° 76963/18 v. 16/10/2018

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESEl ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), con domicilio en la calle Perú 103 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, informa que por EX-2018-35053598- -APN- SDYME#ENACOM, tramita la solicitud formulada por el CLUB ATLETICO Y MUTUAL COSMOPOLITA BERNARDINO RIVADAVIA (C.U.I.T. 30-61250983-9), tendiente a obtener el registro del servicio de radiodifusión por vínculo físico para el área de cobertura de la localidad de PEYRANO, provincia de SANTA FE. En consecuencia se otorga un plazo de TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente, a fin de tomar vista de las actuaciones en la Sede del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y, en su caso, formular las observaciones que estime pertinentes (conf. Artículo 95 de la Ley N° 27.078)

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 16/10/2018 N° 76964/18 v. 16/10/2018

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESEl ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), con domicilio en la calle Perú 103 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, informa que por EX-2017-17891304- -APN- SDYME#ENACOM, tramita la solicitud formulada por la COOPERATIVA DE PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA POTABLE, OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y SOCIALES Y VIVIENDA DE TORTUGAS LIMITADA (C.U.I.T. 30-54580196-1), tendiente a obtener el registro del servicio de radiodifusión por vínculo físico para el área de cobertura de la localidad de Tortugas, provincia de SANTA FE. En consecuencia se otorga un plazo de TREINTA (30) días hábiles desde la publicación de la presente, a fin de tomar vista de las actuaciones en la Sede del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y, en su caso, formular las observaciones que estime pertinentes (conf. Artículo 95 de la Ley N° 27.078)

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 16/10/2018 N° 76965/18 v. 16/10/2018

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOLa Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo 19.549, Decreto 1759/72 Art. 42 y concordantes, según IF-2018-49267011-APN-GACM#SRT notifica que se encuentran a disposición los dictámenes, rectificatorias y aclaratorias con los resultados emitidos por las Comisiones Médicas computándose los plazos de ley a partir de la finalización de la publicación del presente edicto, según se detalla en el siguiente anexo. Publíquese durante tres (3) días en el Boletín Oficial.

Ignacio Jose Isidoro Subizar, Gerente, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77255/18 v. 18/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 93 Martes 16 de octubre de 2018

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOLa Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente, según IF-2018-49267809-APN-GACM#SRT notifica a los siguientes afiliados y/o damnificados que deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días posteriores a la presente publicación, en los domicilios que más abajo se detallan, con el objeto de ratificar y/o rectificar la intervención de la respectiva Comisión Médica a fin de proceder a su citación a audiencia médica, dejando constancia de que ante la incomparecencia se procederá al cierre de las actuaciones. Publíquese durante TRES (3) días en el Boletín Oficial.

Ignacio Jose Isidoro Subizar, Gerente, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77260/18 v. 18/10/2018

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOLa Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo 19.549, Decreto 1759/72 Art. 42 y concordantes, según IF-2018-49267423-APN-GACM#SRT notifica a los siguientes beneficiarios y/o damnificados, que deberán presentarse dentro de los cinco (5) días posteriores a la presente publicación, en los domicilios que más abajo se detallan, con el objeto de obtener nuevos turnos para la realización de estudios complementarios o informes realizados por especialistas, necesarios para completar el trámite iniciado. Se deja constancia que ante la incomparecencia se procederá al estudio de las actuaciones con los informes obrantes en ellas, disponiendo la RESERVA y archivo de las actuaciones o la emisión del DICTAMEN MEDICO, según corresponda. Publíquese durante tres (3) días en el Boletín Oficial.

Ignacio Jose Isidoro Subizar, Gerente, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77268/18 v. 18/10/2018

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJOSINTESIS: RESOL-2018-1007-APN- SSN#MHA Fecha: 10/10/2018

Visto el EX-2018-45493390-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL VICE SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: DECLARAR LA SUSPENSIÓN DE LA INSCRIPCIÓN QUE LES FUERA OTORGADA EN EL REGISTRO DE SOCIEDADES DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS A LAS PERSONAS JURÍDICAS QUE SE MENCIONAN EN EL ANEXO IF-2018-47383036-APN-GAYR#SSN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

Fdo. Guillermo PLATE – Vicesuperintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Luis Ramon Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 77164/18 v. 16/10/2018

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓNSINTESIS:RESOL-2018- 1005-APN- SSN#MHA Fecha: 10/10/2018

Visto el EX-2018-40580164-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL VICE SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: SUSTITÚYASE EL PUNTO 26.1.6. DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA (T.O. RESOLUCIÓN SSN N° 38.708 DE FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 2014, Y SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS) POR EL SIGUIENTE TEXTO: “26.1.6. LAS TARIFAS ELABORADAS, CONFORME CON LOS PROCEDIMIENTOS PREVISTOS EN LA PRESENTE REGLAMENTACIÓN, DEBEN CONTEMPLAR LAS PRIMAS

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 94 Martes 16 de octubre de 2018

PURAS Y LOS GASTOS. PARA LA CONFORMACIÓN DEL PREMIO FINAL DEBEN ADICIONARSE IMPUESTOS, OTRAS CARGAS PREVISTAS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE, EVENTUALMENTE CARGOS POR FINANCIAMIENTO UNIFORMES Y LAS CUOTAS SOCIALES QUE PERCIBAN LAS ENTIDADES COOPERATIVAS Y MUTUALES. EN EL FRENTE DE PÓLIZA DEBE EXPONERSE LA PRIMA DE TARIFA Y DESAGREGADOS LOS RESTANTES COMPONENTES DEL PREMIO. EN LA CONFORMACIÓN DEL PREMIO DE SEGUROS DE VIDA INDIVIDUAL Y RETIRO DEBE DISCRIMINARSE LA PRIMA DE RIESGO SEPARADA DE LOS RESTANTES COMPONENTES DEL MISMO. DE INCLUIRSE CARGOS UNIFORMES POR FINANCIAMIENTO DEBE ACLARARSE ESPECÍFICAMENTE A CONTINUACIÓN DEL IMPORTE RESPECTIVO, EL PORCENTAJE QUE REPRESENTE EN TÉRMINOS DE TASA EFECTIVA ANUAL.”

Fdo. Guillermo PLATE – Vicesuperintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Luis Ramon Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 16/10/2018 N° 76854/18 v. 16/10/2018

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓNSÍNTESIS: RESOL-2018-1004-APN-SSN#MHA Fecha: 10/10/2018

Visto el  EX-2018-37169278-APN-GA#SSN...Y CONSIDERANDO... EL VICE SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: INSCRIBIR EN EL REGISTRO DE SOCIEDADES DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS, PARA EJERCER LA ACTIVIDAD DE INTERMEDIACIÓN EN SEGUROS, EN EL TERRITORIO NACIONAL Y EN TODAS LAS RAMAS DEL SEGURO, A BAIRES BROKER S.A. (CUIT 30-71607292-0).

Fdo. Guillermo PLATE – Vicesuperintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Luis Ramon Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 16/10/2018 N° 76811/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 95 Martes 16 de octubre de 2018

Avisos Oficiales

ANTERIORES

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Miguel Angel Saettone (D.N.I. N° 32.005.084) , para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 266, Edificio Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8602”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.724/16, Sumario N° 7260, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

María Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce De Leon, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 11/10/2018 N° 75859/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEdicto

El Banco Central de la República Argentina comunica a la firma Compañía Constructora de Embarcaciones S.A. (C.U.I.T. N° 30-70727816-8) y al señor Luis Alberto López Blanco (L.E. N° 8.474.673) que en el Sumario N° 5138, Expediente N° 101.511/07, caratulado “COMPAÑÍA CONSTRUCTORA DE EMBARCACIONES S.A.”, que mediante: “Resolución N° 389. Buenos Aires, 08 AGO 2018. (...) EL SUPERINTENDENTE DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS RESUELVE: 1. Dejar sin efecto la imputación formulada (...) a la firma Compañia Constructora de Embarcaciones S.A. ( C.U.I.T. N° 30-70727816-8) y al señor Luis Alberto López Blanco (L.E. N° 8.474.673), mediante la Resolución de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias N° 481/12. 2. Archivar el presente Sumario N° 5138, Expediente N° 101.511/07. 3. Notifiquese. Firmado: FABIÁN H. ZAMPONE (SUPERINTENDENTE DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS)”. Publiquese por 5 (cinco) días.

Christian Gabriel Feijoo, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Paula Lorena Castro, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 11/10/2018 N° 75860/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina notifica a la firma INDUSTRIAS J. MATAS S.C.A (C.U.I.T. N°  30-50639601-4) y al señor JACQUES MATAS (C.I. N° 5.407.576) que mediante la Resolución Nº 395/18 se dejó sin efecto su imputación formulada por la Resolución N° 306/12 en el Sumario Nº 5052, Expediente Nº 100.247/09, caratulado “INDUSTRIAS J. MATAS S.C.A. y otro”. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Hernan Felipe Lizzi, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce De Leon, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 11/10/2018 N° 75861/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina notifica que el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias dispuso dejar sin efecto la imputación formulada a la firma M. R. Pharma S.A. (C.U.I.T. N° 30- 70719945-4) y al

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 96 Martes 16 de octubre de 2018

señor Sebastian Martínez Ríos (D.N.I. Nº 18.775.054), mediante Resolución N° 459/18 en el Sumario N° 5665, Expediente N° 101.445/09; al señor Gustavo Federico Larriera Mendivil (C.I. de la República Oriental del Uruguay Nº 1.744.230-4), mediante Resolución N° 454/18 en el Sumario N° 4254, Expediente N° 101.035/08; a la firma Ryndel Corp S.A. Sucursal Argentina (C.U.I.T. N° 30-70777688-5), mediante Resolución N° 446/18 en el Sumario N° 5204, Expediente N° 101.076/09; y a los señores Marcos Ordoñez (D.N.I. Nº 21.644.095), Phillip Joseph Mc Mahon (D.N.I. Nº 94.004.683) y José Manuel Madero Garza (D.N.I. Nº 94.168.798), mediante Resolución N° 455/18 en el Sumario N° 5106, Expediente N° 101.118/07; por aplicación del principio de la ley penal más benigna. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Maria Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce De León, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 11/10/2018 N° 75862/18 v. 18/10/2018

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINAEDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma TELFS S.A. (C.U.I.T. N° 30- 71436957-8) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6º, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario Nº 7268, Expediente Nº 100.162/17, caratulado “TELFS S.A.”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

María Gabriela Bravo, Analista Coordinador, Gerencia Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce De León, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 11/10/2018 N° 75863/18 v. 18/10/2018

HONORABLE SENADO DE LA NACIÓNLA SECRETARIA PARLAMENTARIA DEL H. SENADO DE LA NACIÓN HACE SABER EL INGRESO DE LOS MENSAJES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOLICITANDO PRESTAR ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS SIGUIENTES CIUDADANOS EN LOS CARGOS QUE SE CONSIGNAN:

Nombre de los Aspirantes y Cargos para los que se los propone:

PODER JUDICIAL

PE 285/18 (MENSAJE Nº 148/18): VOCAL DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, VOCALÍA Nº 3, DR. CARLOS JAVIER CARBAJO (DNI Nº 18.370.857).

PE 286/18 (MENSAJE Nº 151/18): JUEZ DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 61 DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. EDMUNDO RABBIONE (DNI Nº 13.238.836).

PE 287/18 (MENSAJE Nº 149/18): JUEZA DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 63 DE LA CAPITAL FEDERAL, DRA. VANESA ALEJANDRA PELUFFO (DNI Nº 25.257.794).

PE 241/18 (MENSAJE Nº 117/18): JUEZA DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 53 DE LA CAPITAL FEDERAL, DRA. ÉRICA MARÍA UHRLANDT (DNI Nº 23.947.214).

PE 247/18 (MENSAJE Nº 119/18): JUEZA DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 57 DE LA CAPITAL FEDERAL, DRA. MARÍA FABIANA GALLETTI (DNI Nº 21.495.656).

PE 258/18 (MENSAJE Nº 127/18): JUEZ DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 28 DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. MARTÍN CARLOS DEL VISO (DNI Nº 28.696.110).

PE 266/18 (MENSAJE Nº 132/18): JUEZA DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 55 DE LA CAPITAL FEDERAL, DRA. ALEJANDRA MERCEDES ALLIAUD (DNI Nº 23.781.382).

PE 277/18 (MENSAJE Nº 142/18): JUEZ DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 48 DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. JAVIER SANCHEZ SARMIENTO (DNI Nº 24.365.900).

PE 278/18 (MENSAJE Nº 143/18): VOCAL DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL DE LA CAPITAL FEDERAL, SALA “F”, DR. ERNESTO LUCCHELLI (DNI Nº 13.423.979).

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#I5612991I#

#F5612991F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 97 Martes 16 de octubre de 2018

PE 270/18 (MENSAJE Nº 136/18): VOCAL DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, DE LA CAPITAL FEDERAL, SALA “C”, DR. GERARDO DAMIÁN SANTICCHIA (DNI Nº 17.958.714).

PE 280/18 (MENSAJE Nº 144/18): JUEZ DE CÁMARA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. DIEGO GARCIA BERRO (DNI Nº 18.118.366).

PE 281/18 (MENSAJE Nº 145/18): JUEZ DE CÁMARA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. IGNACIO CARLOS FORNARI (DNI Nº 26.257.835).

PE 282/18 (MENSAJE Nº 146/18): JUEZ DE CÁMARA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 3, DE LA CAPITAL FEDERAL, DR. JORGE ALEJANDRO ZABALA (DNI Nº 22.337.578).

PE 197/18 (MENSAJE Nº  95/18): CONJUEZ DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA, DRA. MARIELA ALEJANDRA GIMENEZ (DNI Nº 18.482.304).

PE 259/18 (MENSAJE Nº 128/18): CONJUECES DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA,

DR. SANTIAGO FRENCH (DNI Nº 25.704.968),

DR. ALEJANDRO LAVAQUE (DNI Nº 20.232.145),

DR. JORGE GUSTAVO MONTOYA (DNI Nº 16.998.980),

DR. EDUARDO ALBERTO SYLVESTER (DNI Nº 27.681.868),

DR. RAMIRO SIMÓN PADRÓS (DNI Nº 17.239.995).

PE 264/18 (MENSAJE Nº 130/18): JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE LA PAMPA, DR. JUAN JOSÉ BARIC (DNI Nº 16.054.569).

PE 272/18 (MENSAJE Nº 138/18): JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE GUALEGUAYCHÚ, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, DR. HERNÁN SERGIO VIRI (DNI Nº 23.967.034).

PE 311/18 (MENSAJE Nº 171/18): JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE SANTIAGO DEL ESTERO, PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, DR. SEBASTIAN DIEGO ARGIBAY (DNI Nº 17.563.659).

MINISTERIO PUBLICO

PE 223/18 (MENSAJE Nº 114/18): DEFENSORA PÚBLICA CURADORA DE LA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, DEFENSORÍA PÚBLICA CURADORÍA Nº 3, DRA. MARÍA INÉS ITALIANI (DNI Nº 24.220.239).

PE 254/18 (MENSAJE 124/18): DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL ANTE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL, DEFENSORÍA Nº 13, DR. FERNANDO LUIS OVALLE (DNI Nº 20.226.636).

PE 255/18 (MENSAJE Nº  125/18): DEFENSORA PÚBLICA OFICIAL ANTE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL, DEFENSORÍA Nº  10, DRA. MARINA VANESA SOBERANO (DNI Nº 24.406.446).

PE 256/18 (MENSAJE Nº  126/18): DEFENSORA PÚBLICA OFICIAL ANTE LOS TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL, DEFENSORÍA Nº 18, DRA. JULIETA MATTONE (DNI Nº 26.542.019).

PE 267/18 (MENSAJE Nº  133/18): FISCAL GENERAL ANTE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SAN JUSTO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DR. JAVIER IGNACIO LORENZUTTI (DNI 17.365.904).

PE 271/18 (MENSAJE Nº 137/18): FISCAL GENERAL ADJUNTO DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, DR. SERGIO NÉSTOR MOLA (DNI Nº 20.521.691).

PE 310/18 (MENSAJE Nº  170/18): FISCAL ANTE EL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA, DR. IGNACIO ARIEL SABAS (DNI Nº 22.142.416).

Audiencia Pública:

Día: 31 de octubre de 2018.

Hora: 10 h

Lugar: Salón Arturo Illia, H. Yrigoyen 1849, 1º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Plazo para presentar y formular observaciones a las calidades y méritos de los aspirantes: (Art. 123 Ter del Reglamento del H. Senado): Desde el 17 al 23 de octubre de 2018, inclusive.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 98 Martes 16 de octubre de 2018

Lugar de Presentación: Comisión de Acuerdos del H. Senado, H. Yrigoyen 1706, 6º piso, Of. “606”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Horario: De 10:00 a 17:00 h

Recaudos que deben cumplir las presentaciones: (Art. 123 quater del Reglamento del H. Senado):

1) Nombre, apellido, Nacionalidad, Ocupación, Domicilio, Estado Civil y Fotocopia del DNI.

2) Si se presenta un funcionario público o representante de una asociación o colegio profesional, se debe consignar el cargo que ocupa. Si se tratara de una persona jurídica, debe acompañar el instrumento que lo acredita.

3) Exposición fundada de las observaciones.

4) Indicación de la prueba, acompañando la documentación que tenga en su poder.

5) Todas las preguntas que propone le sean formuladas al aspirante.

6) Dichas presentaciones deberán ser acompañadas en soporte papel y digital.

BUENOS AIRES, 10 DE OCTUBRE DE 2018Dr. Juan Pedro TUNESSISECRETARIO PARLAMENTARIO

Juan Pedro Tunessi, Secretario Parlamentario.

e. 12/10/2018 N° 76484/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656 C.A.B.A NOTIFICA que por Resoluciones Nº 2779/18, 1122/18, 1498/18, 1043/18, 1056/18, 1102/18, 1103/18, 1166/18, 1113/18, 1116/18, 1112/18, 1320/18, 1033/18, 1027/18, 1344/18, 1473/18, 2523/18, 2527/18, 2506/18, 1940/18, 1926/18, 1990/18, 1994/18, 2772/18 y 2507/18 - INAES, ha resuelto CANCELAR LA MATRICULA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL 12 DE DICIEMBRE DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS SAN JUAN (SJ 61), ASOCIACION MUTUAL JACHAL (SJ 52), MUTUAL DEL “EL HOGAR DEL JUBILADO” (SJ 79), ASOCIACION MUTUAL FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO (SJ 31), ASOCIACION MUTUAL VECINOS VILLA TRANQUILA (SJ 91), ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE SASETRU SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL FINANCIERA AGROPECUARIA IMPORTADORA Y EXPORTADORA SAN JUAN (SJ 32), ASOCIACION MUTUAL DE VILLAS CARENCIADAS JUAN JUFRE Y LOAYZA (SJ 81), ASOCIACION MUTUAL DEL EMPLEADOS DE CARBOMETAL –RETAMITO MURET (SJ 65), ASOCIACION MUTUAL SANJUANINA DEL JOVEN (SJ 85), ASOCIACION DEL PERSONAL EMPRESA FRANCISCO PAOLINI (SJ 76), ASOCIACION MUTUAL BOCA DEL TIGRE (SJ 105), ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIOS Y ANEXOS SAN JUAN (SJ 56), ASOCIACION MUTUAL 15 DE ENERO (SJ 132), ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DEL AUTOMOTOR SAN JUAN LTDA (SJ 30), MUTUAL DEL PERSONAL DE BODEGAS ESMERALDA SOCIEDAD ANONIMA SUCURSAL SAN JUAN (SJ 37), todas con domicilio legal en la Provincia de San Juan; ASOCIACION MUTUAL DEL TUCUMAN (TUC 319), FEDIBANKING SOCIEDAD MUTUAL (MUTUAL DE FERROVIARIOS JUBILADOS NO TRANSFERIDOS DIPOS – BANCO PROVINCIA DE TUCUMAN E INGENIEROS DE SISTEMAS) (TUC 371), ASOCIACION MUTUAL OBREROS DEL VESTIDO (TUC 223), ASOCIACION MUTUAL COSECHEROS DEL NORTE (TUC 316), ASOCIACION MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL DE TUCUMAN (TUC 47), todas con domicilio legal en la Provincia de Tucuman; ASOCIACION MUTUAL DE AGENTES ESTATALES PROVINCIALES NACIONALES JUBILADOS PENSIONADOS CORDOBA (CBA 677), ASOCIACION MUTUAL DE OBRAS PUBLICAS (CBA 1041), ambas con domicilio legal en la Provincia de Cordoba; ASOCIACION MUTUAL DE AMAS DE CASA DE SALTA (SALTA91), A.M.P.E. 20 F. ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL EMPRESA 20 DE FEBRERO (SALTA 78), ambas con domicilio legal en la Provincia de Salta. Contra la medida dispuesta son oponibles los Recursos de: REVISION (Art.22 Inc. a)-10 días- y Art. 22 Inc. b),c) y d)-30 días-Ley Nº 19.549. RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. Nº 1.759/72 - T.O. 894/17 -10 días). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1.759/72-T.o 894/17 -15 días). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17 -5 días). Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 (T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75643/18 v. 16/10/2018

#F5614083F#

#I5612771I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 99 Martes 16 de octubre de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656 C.A.B.A NOTIFICA que por Resoluciones Nº 2779/18, 2001/18, 1998/18, 1500/18, 1708/18 y 1996/18 - INAES, ha resuelto CANCELAR LA MATRICULA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE MENDOZA (MZA 326) con domicilio legal en la Provincia de Mendoza; ASOCIACION MUTUALISTA PARA EL DESARROLLO DE AMENABAR (SF 1555), con domicilio legal en la Provincia de Santa Fe; MUTUAL DEL PERSONAL DE AGUA Y ENERGIA ELECTRICA DE LA PAMPA (LP 49), con domicilio legal en la Provincia de La Pampa; ASOCIACION MUTUAL SAN FROILAN (SL 54) con domicilio legal en la Provincia de San Luis; MUTUAL OBREROS EMPLEADOS DEL DEPARTAMENTO TALLERES Y MANTENIMIENTO DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD (LR 40)con domicilio legal en la Provincia de La Rioja. Contra la medida dispuesta son oponibles los Recursos de: REVISION (Art. 22 Inc. a)-10 días- y Art. 22 Inc. b),c) y d)-30 días-Ley Nº 19.549. RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. Nº 1.759/72 - T.O. 894/17 -10 días). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1.759/72-T.o 894/17 -15 días). Y ACLARATORIA (Art.102, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17 -5 días). Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 (T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75645/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656 C.A.B.A NOTIFICA que por Resoluciones Nº 2779/18 y 1333/18 - INAES, ha resuelto CANCELAR LA MATRICULA a la ASOCIACION MUTUAL 24 DE MAYO (CF 1555) con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los Recursos de: REVISION (Art. 22 Inc. a)-10 días- y Art. 22 Inc. b),c) y d)-30 días-Ley Nº 19.549. RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. Nº 1.759/72 - T.O. 894/17 -10 días). JERARQUICO (Art. 89, Dto. Nº 1.759/72-T.o 894/17 -15 días). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17 -5 días. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 (T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75647/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2018-2770-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: (A.M.A.R.) ASOCIACIÓN MUTUAL DE AYUDA RECÍPROCA. (NEU 25) con domicilio en la calle Buenos Aires N° 1.400, localidad de Neuquén, departamento de confluencia, ASOCIACIÓN MUTUAL DE EMPLEADOS DEL BANCO DEL NEUQUÉN (NEU 44) con domicilio en la calle Almirante Brown N° 243, localidad de Neuquén, departamento de Confluencia, ASOCIACIÓN MUTUAL DE EMPLEADOS DE RECURSOS NATURALES (A.M.E.RE.N) (NEU 56) con domicilio en la calle Av. Argentina N°  245, piso 3, departamento B, localidad de Neuquén, partido de confluencia, MUTUAL DE TRABAJADORES DE PRENSA (MUTPREN) (NEU 58) con domicilio en la calle Fotheringham N° 445, localidad de Neuquén, partido de confluencia, ASOCIACIÓN MUTUAL SAN ANTONIO. (NEU 63) con domicilio en la calle Escuela N° 264, localidad de Los Chihuidos, partido de Añelo; todas con domicilio legal en la Provincia de Neuquen. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17 - 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley Nº 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75656/18 v. 16/10/2018

#I5612773I#

#F5612773F#

#I5612775I#

#F5612775F#

#I5612784I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 100 Martes 16 de octubre de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2018-2771-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: MUTUAL DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DEL INGENIO “LAS PALMAS” (CHA 18) con domicilio en la calle Andes s/n, localidad Puerto Las Palmas, partido de Bermejo; CÍRCULO MUTUAL CHAQUEÑO DE SUBOFICIALES RETIRADOS DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL DE LA NACIÓN (CHA 30) con domicilio en la calle Arbo y Blanco N° 1.136, partido de San Fernando, localidad de Resistencia; ASOCIACIÓN MUTUAL “LA COORDINADORA” DEL CHACO (CHA 74) con domicilio en la calle Villa Rural s/n, localidad El Palmar, partido Quitilipi; NUEVA MUTUAL DE PROTECCIÓN RECIPROCA DEL PERSONAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CHACO (CHA 84), con domicilio en la calle Franklin N° 70, partido de San Fernando, localidad de Resistencia; ASOCIACIÓN MUTUAL CRISOL (CHA 120) con domicilio en la calle Obligado N° 849, partido de San Fernando, localidad de Resistencia; CLUB DEPORTIVO RECREATIVO Y MUTUAL FERROVIARIO (CHA 1007) con domicilio en la calle Loc: Las Palmas, localidad Las Palmas partido Bermejo; todas con domicilio legal en la Provincia de Chaco. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17 - 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley Nº 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75659/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por Resoluciones Nº 702/18, 2730/18, 2773/18, 2495/18, 2511/18, 2539/18, 2537/18, 2490/18 y 2531/18 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL PARQUE CHACABUCO AMUPACHA (CF2604), ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION (CF126), ASOCIACION MUTUAL CARDINAL PARA PRODUCTORES AGROPECUARIOS (CF2494), ASOCIACION MUTUAL SOLIDARIDAD 26 DE AGOSTO (CF2655), ASOCIACION MUTUAL CULTURAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL MEDIOS AUDIOVISUALES PRENSA Y SERVICIOS MEGAFON (CF2781), ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE EMPRESAS MARITIMAS Y AFINES (CF2001), todas con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ASOCIACION MUTUAL LA RECONQUISTA (BA2980), MUTUAL EL MILAGRO (BA2270), ambas con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17 - 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley Nº 20.321. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75660/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por Resoluciones Nº 2513/18, 2481/18, 2904/18, 2494/18, 2475/18, 2477/18, 2486/18, 2478/18, 2476/18 y 2560/18 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: MUTUAL 2 DE ABRIL (BA 1750), ASOCIACION MUTUAL ATLANTICA DE TRABAJADORES GRAFICOS INDEPENDIENTES (BA 2303), ASOCIACION MUTUAL HOMBRE DEL NUEVO MILENIO (BA 2558), todas con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires; CENTRO OBREROS DE SOCORROS MUTUOS SANTA MARIA (CAT 2) con domicilio

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 101 Martes 16 de octubre de 2018

legal en la Provincia de Catamarca; SOCIEDAD MUTUAL DEL PERSONAL DE LV 11 (SE 37) con domicilio legal en la Provincia de Santiago del Estero; ASOCIACION MUTUAL DE PROFESIONALES (SF 649) con domicilio legal en la Provincia de Santa Fe; MUTUAL 8 DE NOVIEMBRE (SL 66) con domicilio legal en la Provincia de San Luis; ASOCIACION MUTUAL PATRIA GRANDE 26 DE JULIO (SJ 150) con domicilio legal en la Provincia de San Juan; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS GASTRONOMICOS Y HOTELEROS DE LA ARGENTINA (RN 106) con domicilio legal en la Provincia de Rio Negro; ASOCIACION MUTUAL ARGENTINA BIENESTAR (TUC 404) con domicilio legal en la Provincia de Tucumán. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17 - 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley Nº 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75663/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2018-2131-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO CRECIENDO JUNTOS LTDA (Mat: 44.052) con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75665/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por Resoluciones N° 1296/18, 1347/18 y 1244/18 -INAES, ha resuelto CANCELAR LA MATRICULA a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO 2 DE AGOSTO DE TRABAJADORES GASTRONOMICOS LTDA (Mat: 18.005), COOPERATIVA DE TRABAJO EL SUR LTDA (Mat: 16.379), ambas con domicilio legal en la Provincia de Rio Negro; COOPERATIVA DE TRABAJO CONLARA LTDA (Mat: 24.348) con domicilio legal en la Provincia de San Luis. Contra la medida dispuesta son oponibles los Recursos de: REVISION (Art. 22 Inc. a) —10 días— y Art. 22 Inc. b), c) y d) —30 días— Ley N°  19.549. RECONSIDERACION (Art. 84, Dto. N° 1.759/72 - T.O. 894/17 —10 días—). JERARQUICO (Art. 89, Dto. N° 1.759/72 - T.O. 894/17 —15 días—). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 (T.O. 894/17 —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 (T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/10/2018 N° 75667/18 v. 16/10/2018

#F5612791F#

#I5612793I#

#F5612793F#

#I5612795I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 102 Martes 16 de octubre de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a la  entidad  que a continuación se detalla:  COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO “ONDARROA” LTDA. MATRICULA Nº 40.728. Ella con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Notifíquese en la forma prevista por el art. 42 del Decreto reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: Dra. Viviana Andrea Martínez.

Viviana Andrea Martinez, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75676/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a la siguiente entidad: COOPERATIVA DE PROVISION, COMERCIALIZACION Y CONSUMO PALO SANTO LTDA, Matrícula 9539, de la Provincia de Formosa, designándose al suscripto Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (Art. 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DR GUILLERMO DARIO MENEGUZZI. Instructor Sumariante.

Guillermo Dario Meneguzzi, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75683/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las Entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO COOP. SERV. LTDA. MATRICULA Nº 22.250. COOPERATIVA DE TRABAJO ZUCAT LTDA. MATRICULA Nº 22.254. COOPERATIVA DE TRABAJO COSTA DEL SOL LTDA. MATRICULA Nº  22.283. COOPERATIVA DE TRABAJO CASAS Y OBRAS LTDA. MATRICULA Nº 22.297. COOPERATIVA DE TRABAJO EX-OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL CUERO AZUL LTDA. MATRICULA Nº 22.298. COOPERATIVA DE URBANIZACIÓN, VIVIENDA, CONSUMO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS 22 DE DICIEMBRE LTDA. MATRICULA Nº 8830. COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE MENSAJERIA RURAL ROJAS LTDA. MATRICULA Nº  9037. COOPERATIVA BERMEJO DE VIVIENDAS Y URBANIZACIÓN LTDA. MATRICULA Nº 9046. COOPERATIVA DE CRÉDITO, CONSUMO Y SERVICIOS PÚBLICOS PRIMER BARRIO EMPLEADOS DE COMERCIO LTDA. MATRICULA Nº  9175. COOPERATIVA DE VIVIENDA Y URBANIZACION BARRIO DOCENTE LTDA. MATRICULA Nº 9470. TODAS ELLAS INCLUIDAS EN EL EXPTE. Nº 3798/15, 5848/15 y RESOLUCIÓN Nº 2585/14 INAES, y con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y su modificatoria Resolución Nº 1464/10 INAES y Resolución Nº 403/13 INAES, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y modificatorias. Se notifica, además, que

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 103 Martes 16 de octubre de 2018

en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Reg. 1759/72 (T.O 1991). FDO: Dra. Viviana Andrea Martínez Instructora Sumariante -

Viviana Andrea Martinez, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75686/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las Entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO EBEN-EZER LTDA MATRICULA 11574, con domicilio en la calle Almirante Brown Nº 2194, Localidad Caleta Olivia, Partido Deseado, Provincia de Santa Cruz incluida en el Expte Nº 5674/15 y Resolución Nº 2585/14 INAES. Asimismo, el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de la nombrada la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dicho sumario tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y su modificatoria Resolución Nº 403/13 INAES, por hallarse suspendida la autorización para funcionar, en tanto se encuentra comprendida en las circunstancias prescripta en los arts. 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y modificatorias. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designado el suscripto como nuevo instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a la entidad el plazo de DIEZ (10) DÍAS, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímasela, asimismo para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. “3”, de la Ley Nº 20.337, vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Reg. 1759 (T.O 1991) FDO: Dr Guillermo Darío Meneguzzi Instructor Sumariante -

Guillermo Dario Meneguzzi, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75699/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a la entidades que a continuación se detallan:-”COOPERATIVA DE TRABAJO EL GLACIAR LIMITADA, Matricula. 32.453; AAMPI – A.M PARTIDO DE PILAR, Matricula. BA 2476; COOPERATIVA DE TRABAJO BICENTENARIO I LIMITADA, Matricula. 37.772; designándose a la suscripta Instructora Sumariante.

De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 104 Martes 16 de octubre de 2018

de su representante legal (Arts.19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Se hace saber a las Autoridades del Consejo Directivo y a la Junta Fiscalizadora que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 Inciso d de la Ley Nº 20321 y/o en el Art. 101 inc. 3) de la Ley Nº 20.337, consistente en la inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones.

El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O 1991) FDO: Dra. Melina Guassardo. Instructora sumariante.

Melina Guassardo, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75853/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal , notifica que se ha ordenado instruir sumario a la siguiente entidad: “AMETU” DE ESTUDIANTES TERCIARIOS Y UNIVERSITARIOS, Matrícula 99, con último domicilio constituido en la calle Pamplona Nº 1.452, de la Ciudad y Provincia de La Rioja, designándose al suscripto Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (Art. 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DR GUILLERMO DARIO MENEGUZZI. Instructor Sumariante.

Guillermo Dario Meneguzzi, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75854/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656 (CABA), NOTIFICA que el Directorio de este Organismo dispuso la instrucción de actuaciones sumariales en los términos de la Resolución 1659/16 por las causales que se imputan en el EX 2018-39549127-APN-SC#INAES, por Resolución Nº 2491 en la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONUSMO “DACAR” LDA, matricula 32.415, ordenándose además la suspensión de la operatoria del Servicio de Crédito y la abstención de la gestión de cobranzas. Dicho sumario tramitara por el procedimiento abreviado establecido en el Anexo I de la Resolución 1659/16. Se notifica, además, que ha sido designada como instructora sumariante a la Dra. Melina GUASSARDO (DNI Nº 28506752) Y EN TAL CARÁCTER SE LE ACUERDA A LA ENTIDAD EL PLAZO DE DIEZ (10) días para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1º inc. Fº ap. 1 y 2 de la Ley 19.549); admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímasela, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir es especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamento de la Ley 19.549(T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo por el Art. 42 del Dec. Rgl. 1759 (T.O. 1991).-

Melina Guassardo, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

e. 11/10/2018 N° 75856/18 v. 16/10/2018

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALEDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 105 Martes 16 de octubre de 2018

ha ordenado instruir Sumario a las Entidades que a continuación se detallan: MATRICULA Nº 9815. COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO 13 DE OCTUBRE LTDA. MATRICULA Nº 10.190. COOP DE VIVIENDAS ESPERANZA LTDA. MATRICULA Nº 10.333. COOP DE VIVIENDA PATAGONIA ARGENTINA LTDA. MATRICULA Nº 10.336. COOP DE VIVIENDA 8 DE NOVIEMBRE LTDA. MATRICULA Nº  10.408. COOP PARA LA VIVIENDA DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN LTDA. MATRICULA Nº  10.911. COOP AGROPECUARIA Y DE CONSUMO 22 DE OCTUBRE LTDA. MATRICULA Nº 10.932. SAYHUEQUE COOP DE PREVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS COMUNITARIOS, CRÉDITOS, OBRAS, CONSUMO, VIV., LTDA. MATRICULA Nº  11157. COOP DE CONSUMO Y VIVIENDA DE LAS CAJAS LTDA. MATRICULA Nº 11204. COOP LTDA DE CONSUMO Y VIVIENDA UNELEN. MATRICULA Nº  11306. COOP DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACIÓN LA PRODUCTORA LTDA. MATRICULA Nº 11321. COOP DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO ALICURA LTDA. MATRICULA Nº 11494. COOP PATAGONICA FORESTAL, AGROPECUARIA Y DE COLONIZACIÓN LTDA COPAFAC. MATRICULA Nº 11553. COOP DE CONSUMO VARVARCO LTDA. MATRICULA Nº 11603. COOP DE VIVIENDA Y CONSUMO HORIZONTE LTDA. MATRICULA Nº 11871. COOP AGRICOLA COLONIA SENILLOSA LTDA. MATRICULA Nº 12028. COOP DE TRABAJO JUNE SUYAI LTDA. MATRICULA Nº 25076. COOP DE TRABAJO SAN CAYETANO LTDA. MATRICULA Nº 25140. DE TRABAJO DEL NORTE LTDA. MATRICULA Nº 26382. COOP DE TRABAJO ALMEDIA CONSTRUCCIONES LTDA. MATRICULA Nº 25665. COOP DE TRABAJO ESPERANZA Y ESFUERZO LTDA. MATRICULA Nº 25031. COOP DE TRABAJO 20 DE JUNIO LTDA. MATRICULA Nº 25037. COOP DE TRABAJO PANIFICADORA PALPALA LTDA. MATRICULA Nº  24744. COOP DE TRABAJO DE PRODUCCION RURAL LTDA. MATRICULA Nº  24553. COOP DE TRABAJO SAN JUAN DE DIOS LTDA. MATRICULA Nº 24666. COOP DE TRABAJO “SALINEROS SAN JOSE DE POZO COLORADO” LTDA. MATRICULA Nº 24667. COOP DE TRABAJO LOS ALISOS LTDA. MATRICULA Nº  24241. COOP DE TRABAJO “20 DE SETIEMBRE” LTDA. MATRICULA Nº  24279. COOP DE TRABAJO “EL PERILAGO” LTDA. MATRICULA Nº 23850. COOP DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS DE PASAJEROS Y CARGAS “CIUDAD DE NIEVA” LTDA. MATRICULA Nº 23522. COOP DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS DE PASAJEROS Y CARGAS “TAXI DON ANGEL” LTDA. MATRICULA Nº 23356. COOP AGROPECUARIA “EL SOLITARIO” LTDA. MATRICULA Nº 23389. COOP DE TRABAJO 12 DE OCTUBRE LTDA. MATRICULA Nº 26767. COOP DE TRABAJO TRANSPAL 2004 LTDA. MATRICULA Nº 23527. COOP DE TRABAJO RIO NEUQUÉN LTDA. MATRICULA Nº 25097. COOP DE TRABAJO “LA UNIÓN” LTDA. MATRICULA Nº 25103. COOPERATIVA PESQUERA “CHALLWAN PATAGONIA” LTDA. MATRICULA Nº 25030. COOP DE TRABAJO LOS ALAMOS LTDA. MATRICULA Nº  24771. COOP DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE PRENSA DE RIO NEGRO “COOPREN” LTDA. MATRICULA Nº 24580. COOPERATIVA DE TRABAJO EL ALBA LTDA. MATRICULA Nº 24618. COOPERATIVA DE TRABAJO GRANJA LIA AURORA LTDA. MATRICULA Nº 24361. COOPERATIVA DE TRABAJO “WECHE” LTDA. MATRICULA Nº  24436. COOPERATIVA DE TRABAJO DE SERVICIOS AGRARIOS LTDA. MATRICULA Nº 24439. COOPERATIVA DE PROVISIÓN Y COMERCIALIZACION APICOLA PATAGONIA ANDINA LTDA. MATRICULA Nº 24440. COOP DE TRABAJO “GOLFO AZUL” LTDA. MATRICULA Nº 23472. COOP DE TRABAJO NUEVA PATAGONIA LTDA. MATRICULA Nº 23473. COOP DE TRABAJO DE PROFESIONALES GASTRONOMICOS LTDA. MATRICULA Nº 23476. COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSFORMAR LTDA. MATRICULA Nº 24180. COOP DE TRABAJO ECOSOL LTDA. MATRICULA Nº 23788. COOP APICOLA “LA BODEGA” DE PATAGONES Y VIEDMA LTDA. MATRICULA Nº 23594. COOP DE TRABAJO VILLA REGINA “COTRAVIRE” LTDA. MATRICULA Nº 23665. COOP DE TRABAJO FERROVIARIOS PATAGONICOS LTDA. TODAS ELLAS INCLUIDAS EN LOS EXPTES. Nº 5617/15, 5620/15 y 5639/15 y LA RESOLUCIÓN Nº 2585/14 INAES, y con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y su modificatoria Resolución Nº 1464/10 INAES y Resolución Nº 403/13 INAES, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3.369/09 INAES y modificatorias. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F ap 1 y 2 de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Reg. 1759/72 (T.O 1991). FDO: Dra. Viviana Andrea Martínez Instructora Sumariante -

Viviana Andrea Martinez, Instructora Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 106 Martes 16 de octubre de 2018

Convenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 200/2018

RESOL-2018-200-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 180.160/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 43/47 y 48/54 del Expediente Nº 180.160/16 obran los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHÍA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificados a foja 1/2 del mismo Expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo los mentados acuerdos los agentes negociadores convienen incrementos salariales escalonados para los períodos comprendidos entre enero a marzo del 2016 y para abril del 2016 hasta marzo del 2017 respectivamente, para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1538/16 “E”, conforme surge de los términos y condiciones allí pactados.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que en relación con lo pactado en el Artículo 7° de ambos acuerdos, corresponde señalar que la homologación que por este acto se dispone lo es sin perjuicio que su contenido será aplicable en tanto no colisione con normas de orden público que establezcan una competencia jurisdiccional especifica.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los mentados textos.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHÍA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, que luce a fojas 43/47 del Expediente Nº 180.160/16 conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 1/2 del mismo expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHÍA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, que luce a fojas 48/54 del Expediente Nº 180.160/16, conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 1/2 del mismo expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 107 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro los acuerdos obrantes a fojas 43/47 y 48/54 del Expediente Nº 180.160/16, conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 1/2 del mismo Expediente.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1538/16 “E”.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76675/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 198/2018

RESOL-2018-198-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.428/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/7 vta. del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por el sector sindical, y la empresa INDUSTRIAS SALADILLO SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el presente acuerdo las partes convienen el pago de un adicional denominado “Premio por Asistencia y Puntualidad”, de conformidad con las facultades previstas en el artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05, conforme los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo traído a estudio, se circunscribe a la correspondencia entre la actividad del sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”, ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que los delegados de personal de la empresa han ejercido en autos la representación que les compete, en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que en atención al contenido pactado en el acuerdo de marras, cabe señalar que en este caso no resulta procedente fijar el promedio de remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

#F5614681F#

#I5614677I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 108 Martes 16 de octubre de 2018

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por el sector sindical, y la empresa INDUSTRIAS SALADILLO SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante a fojas 7/7 vta. del Expediente N° 1.428/15, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 7/7 vta. del Expediente Nº 1.428/15.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05.

ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76671/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 199/2018

RESOL-2018-199-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente N° 1.746.812/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/5 vuelta del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen modalidades para cubrir necesidades operativas en línea de producción de buses, conforme los términos y lineamientos allí estipulados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 14/89 “E”.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el presente; conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que de la lectura de las clausulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede su registro como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de relaciones del Trabajo de éste Ministerio, tomó la intervención que le compete.

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#I5614680I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 109 Martes 16 de octubre de 2018

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase registrado el Acuerdo que luce a fojas 5/5 vuelta del Expediente N°1.746.812/16 celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin del registro del Acuerdo obrante a fojas 5/5 vuelta del Expediente N° 1.746.812/16.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 14/89 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, de la escala salarial y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76674/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 194/2018

RESOL-2018-194-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.706.085/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.706.085/16, luce el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la OBRA SOCIAL DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Y PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA, el FONDO INDEMNIZATORIO Y DE CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PARA EL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, REASEGURADORA, CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA y la ASOCIACIÓN MUTUAL DE TRABAJADORES DE SEGUROS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°  264/95, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se convinieron condiciones laborales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95, conforme los términos allí pactados.

Que, asimismo, a través del Acuerdo señalado los agentes negociadores pactaron una gratificación extraordinaria por única vez de carácter no remunerativo, que será liquidada durante la primera semana del mes de Enero del año 2016.

Que en relación a la suma prevista, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 ( 1976).

#F5614680F#

#I5614664I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 110 Martes 16 de octubre de 2018

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para suscribir el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la OBRA SOCIAL DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Y PRÉSTAMO PARA LA VIVIENDA, el FONDO INDEMNIZATORIO Y DE CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PARA EL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, REASEGURADORA, CAPITALIZACIÓN Y AHORRO Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA y la ASOCIACIÓN MUTUAL DE TRABAJADORES DE SEGUROS, por la parte empleadora, que luce a fojas 3/4 del Expediente N° 1.706.085/16, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin del registro del Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente N° 1.706.085/16.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76658/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 203/2018

RESOL-2018-203-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.720.346/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del Expediente Nº 1.720.346/16 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL y la empresa AGGREKO ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ratificado a fojas 77 y 84, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

#F5614664F#

#I5614700I#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 111 Martes 16 de octubre de 2018

Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen el pago de una gratificación extraordinaria por única vez de carácter no remunerativo de (CINCO MIL PESOS ($ 5.000.) a ser abonado el día 15 de enero de 2016, conforme surge de los términos y condiciones del texto pactado.

Que en relación al carácter atribuido a lo pactado en el punto primero de dicho acuerdo, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL y la empresa AGGREKO ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que luce a foja 3 del Expediente Nº 1.720.346/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del Acuerdo obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.720.346/16.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76694/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 205/2018

RESOL-2018-205-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº  213-259.419/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/8 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (S.O.S.B.A.) y la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE

#F5614700F#

#I5614703I#

Page 112: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 112 Martes 16 de octubre de 2018

OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.), por la parte gremial y AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se pacta una recomposición salarial en los términos allí consignados.

Que el presente resultará aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 695/05 “E”.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la actividad del sector empleador firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se ha constituido la respectiva Comisión Negociadora conforme a lo previsto en la Ley 23.546.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el Tope Indemnizatorio previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (S.O.S.B.A.) y la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.) por la parte sindical, y AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresarial, que luce a fojas 6/8 del Expediente N° 259.419/17, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo obrante a fojas 6/8 del Expediente N° 259.419/17.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 695/05 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76697/18 v. 16/10/2018#F5614703F#

Page 113: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 113 Martes 16 de octubre de 2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 206/2018

RESOL-2018-206-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº  213-259.000/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 89/90 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y escala salarial celebrados entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (S.O.S.B.A.), la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.) por el sector gremial y la empresa AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 111/112 y 117 las partes proceden a ratificar el acuerdo de marras.

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una recomposición salarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 695/05 “E”.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado sus términos y acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el Delegado de Personal han ejercido la representación que les compete en los términos del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez homologados el Acuerdo y escala salarial de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Decláranse homologados el Acuerdo y escala salarial celebrados entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (S.O.S.B.A.), la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FE.N.T.O.S.) por el sector gremial y la empresa AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a fojas 89/90 del Expediente N°  213-259.000/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajon a los fines del registro del Acuerdo obrante a fojas 89/90 del Expediente N° 259.000/16.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 695/05 “E”.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 114 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y escala salarial homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76714/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 197/2018

RESOL-2018-197-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente N° 1.757.994/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/7 de los autos citados en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte gremial y la empresa GONVARRI ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, ratificado a fojas 27/28 por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento salarial a ser aplicado al personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1129/10 “E” del cual son signatarias, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Octubre de 2016, con las modalidades obrantes en el texto al cual se remite.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria y la representatividad de los trabajadores por medio de la Entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en las presentes actuaciones.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 5/7 del Expediente N° 1.757.994/17, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa GONVARRI ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 115 Martes 16 de octubre de 2018

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin del registro del Acuerdo obrante a fojas 5/7 del Expediente N° 1.757.994/17.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección  de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1129/10 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76670/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 202/2018

RESOL-2018-202-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente N° 1.665.515/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/2 vta. del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa GAS NEA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 25 y 55 por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo las partes convienen condiciones salariales y laborales, dentro de los términos y lineamientos estipulados, para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1044/09 “E”, del cual son signatarias.

Que en relación con el carácter atribuido a la suma no remunerativa pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo celebrado, se corresponde con la actividad del sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 116 Martes 16 de octubre de 2018

remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/2vta. del Expediente N° 1.665.515/15, celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE

LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa GAS NEA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conjuntamente con las actas de ratificación obrantes a fojas 25 y 55, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo glosado a fojas 2/2vta., y de las actas de ratificación que lo integran, obrantes a fojas 25 y 55.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1044/09 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76692/18 v. 16/10/2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 195/2018

RESOL-2018-195-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.759.903/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/9 vta. del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 10 y 11 por medio de las Actas que lo integran, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1176/11 “E”.

Que mediante dicho acuerdo las partes convienen incrementar los salarios básicos del personal a partir del 1º de octubre de 2016, conforme a las condiciones y términos pactados.

Que asimismo establecen el pago de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, pagadera en dos cuotas.

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 117 Martes 16 de octubre de 2018

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación del acuerdo traído a estudio, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los delegados de personal de la empresa han ejercido en autos la representación que les compete, en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 9/9 vta. del Expediente N°  1.759.903/17, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 10 y 11 por medio de las Actas que lo integran, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 9/9 vta. del Expediente Nº 1.759.903/17 y de las Actas de ratificación obrantes a fojas 10 y 11.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1176/11 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76669/18 v. 16/10/2018#F5614675F#

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 118 Martes 16 de octubre de 2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 204/2018

RESOL-2018-204-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.719.346/16 el Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.719.346/16 obra agregado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1417/14 “E”, entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL, y la empresa ENARSA SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativo, conforme los detalles allí impuestos.

Que en relación con el carácter atribuido a la suma precitada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 ( 1976).

Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del mentado Acuerdo.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA CAPITAL FEDERAL, y la empresa ENARSA SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.719.346/16, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.719.346/16.

ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1417/14 “E”.

ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76695/18 v. 16/10/2018

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Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 119 Martes 16 de octubre de 2018

SECRETARÍA DE TRABAJOResolución 207/2018

RESOL-2018-207-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.697.644/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/15 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un incremento salarial, conforme a las condiciones pactadas.

Que los agentes negociales han ratificado su contenido y acreditaron la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez homologados el Acuerdo y Anexos de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado  el Acuerdo obrante  a fojas 7/15 del Expediente Nº  1.697.644/15, celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 7/15 del Expediente Nº 1.697.644/15.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76715/18 v. 16/10/2018

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Page 120: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

Boletín Oficial Nº 33.975 - Primera Sección 120 Martes 16 de octubre de 2018

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL -1.651.708.075

11 Tesoro Nacional -2.314.218.544

21 Gastos Corrientes -2.314.218.544

1 Gastos en Personal -2.314.218.544

1 Personal Permanente -2.314.218.544

Retribución del Cargo1 -2.314.218.544

13 Recursos con Afectación Específica 662.510.469

21 Gastos Corrientes 662.510.469

1 Gastos en Personal 662.510.469

1 Personal Permanente 662.510.469

Retribución del Cargo1 468.075.512

Retribuciones que no hacen al Cargo3 194.434.957

TOTAL PROGRAMA -1.651.708.075

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 22 Justicia de Casación:Sub-Programa 1 Fuero Penal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 115.168.905

13 Recursos con Afectación Específica 115.168.905

21 Gastos Corrientes 115.168.905

1 Gastos en Personal 115.168.905

1 Personal Permanente 115.168.905

Retribución del Cargo1 83.523.134

Retribuciones que no hacen al Cargo3 31.645.771

TOTAL SUB-PROGRAMA 115.168.905

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 22 Justicia de Casación:Sub-Programa 2 Fuero Criminal y Correcional:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 24.377.119

13 Recursos con Afectación Específica 24.377.119

21 Gastos Corrientes 24.377.119

1 Gastos en Personal 24.377.119

1 Personal Permanente 24.377.119

Retribución del Cargo1 24.377.119

TOTAL SUB-PROGRAMA 24.377.119

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 22 Justicia de Casación:Sub-Programa 6 Control y Asistencia de Ejecución Penal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 16.229.088

13 Recursos con Afectación Específica 16.229.088

21 Gastos Corrientes 16.229.088

1 Gastos en Personal 16.229.088

1 Personal Permanente 16.229.088

Retribución del Cargo1 16.229.088

TOTAL SUB-PROGRAMA 16.229.088TOTAL PROGRAMA 155.775.112

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Justicia Ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Sub-Programa 1 Fuero Criminal y Correccional:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 389.568.854

13 Recursos con Afectación Específica 389.568.854

21 Gastos Corrientes 389.568.854

1 Gastos en Personal 389.568.854

1 Personal Permanente 389.568.854

Retribución del Cargo1 250.294.725

Retribuciones que no hacen al Cargo3 139.274.129

TOTAL SUB-PROGRAMA 389.568.854

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Justicia Ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Sub-Programa 2 Fuero Civil:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 578.558.683

13 Recursos con Afectación Específica 578.558.683

21 Gastos Corrientes 578.558.683

1 Gastos en Personal 578.558.683

1 Personal Permanente 578.558.683

Retribución del Cargo1 354.587.975

Retribuciones que no hacen al Cargo3 223.970.708

TOTAL SUB-PROGRAMA 578.558.683

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Justicia Ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Sub-Programa 3 Fuero Comercial:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 261.474.953

13 Recursos con Afectación Específica 261.474.953

21 Gastos Corrientes 261.474.953

1 Gastos en Personal 261.474.953

1 Personal Permanente 261.474.953

Retribución del Cargo1 165.889.426

Retribuciones que no hacen al Cargo3 95.585.527

TOTAL SUB-PROGRAMA 261.474.953

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Justicia Ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Sub-Programa 4 Fuero del Trabajo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 395.964.372

13 Recursos con Afectación Específica 395.964.372

21 Gastos Corrientes 395.964.372

1 Gastos en Personal 395.964.372

1 Personal Permanente 395.964.372

Retribución del Cargo1 242.512.911

Retribuciones que no hacen al Cargo3 153.451.461

TOTAL SUB-PROGRAMA 395.964.372

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Justicia Ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Sub-Programa 6 Justicia Penal Oral Ordinaria:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 174.152.526

13 Recursos con Afectación Específica 174.152.526

21 Gastos Corrientes 174.152.526

1 Gastos en Personal 174.152.526

1 Personal Permanente 174.152.526

Retribución del Cargo1 111.824.744

Retribuciones que no hacen al Cargo3 62.327.782

TOTAL SUB-PROGRAMA 174.152.526TOTAL PROGRAMA 1.799.719.388

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 1 Fuero Criminal y Correccional Federal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 172.376.879

13 Recursos con Afectación Específica 172.376.879

21 Gastos Corrientes 172.376.879

1 Gastos en Personal 172.376.879

1 Personal Permanente 172.376.879

Retribución del Cargo1 132.878.262

Retribuciones que no hacen al Cargo3 39.498.617

TOTAL SUB-PROGRAMA 172.376.879

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 2 Fuero Civil y Comercial Federal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 86.484.490

13 Recursos con Afectación Específica 86.484.490

21 Gastos Corrientes 86.484.490

1 Gastos en Personal 86.484.490

1 Personal Permanente 86.484.490

Retribución del Cargo1 54.088.396

Retribuciones que no hacen al Cargo3 32.396.094

TOTAL SUB-PROGRAMA 86.484.490

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 3 Fuero Contencioso Administrativo Federal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 128.328.184

13 Recursos con Afectación Específica 128.328.184

21 Gastos Corrientes 128.328.184

1 Gastos en Personal 128.328.184

1 Personal Permanente 128.328.184

Retribución del Cargo1 84.046.871

Retribuciones que no hacen al Cargo3 44.281.313

TOTAL SUB-PROGRAMA 128.328.184

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 4 Fuero Federal de la Seguridad Social:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 107.983.186

13 Recursos con Afectación Específica 107.983.186

21 Gastos Corrientes 107.983.186

1 Gastos en Personal 107.983.186

1 Personal Permanente 107.983.186

Retribución del Cargo1 74.305.561

Retribuciones que no hacen al Cargo3 33.677.625

TOTAL SUB-PROGRAMA 107.983.186

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 5 Fuero Electoral:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 393.148.156

13 Recursos con Afectación Específica 393.148.156

21 Gastos Corrientes 393.148.156

1 Gastos en Personal 393.148.156

1 Personal Permanente 393.148.156

Retribución del Cargo1 251.214.702

Retribuciones que no hacen al Cargo3 141.933.454

TOTAL SUB-PROGRAMA 393.148.156

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 6 Justicia Penal Oral Federal de la Capital Federal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 49.553.363

13 Recursos con Afectación Específica 49.553.363

21 Gastos Corrientes 49.553.363

1 Gastos en Personal 49.553.363

1 Personal Permanente 49.553.363

Retribución del Cargo1 34.617.738

Retribuciones que no hacen al Cargo3 14.935.625

TOTAL SUB-PROGRAMA 49.553.363

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 7 Área Cámara de la Plata:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 138.263.666

13 Recursos con Afectación Específica 138.263.666

21 Gastos Corrientes 138.263.666

1 Gastos en Personal 138.263.666

1 Personal Permanente 138.263.666

Retribución del Cargo1 88.390.193

Retribuciones que no hacen al Cargo3 49.873.473

TOTAL SUB-PROGRAMA 138.263.666

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 8 Área Cámara Mar del Plata:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 73.308.182

13 Recursos con Afectación Específica 73.308.182

21 Gastos Corrientes 73.308.182

1 Gastos en Personal 73.308.182

1 Personal Permanente 73.308.182

Retribución del Cargo1 48.194.128

Retribuciones que no hacen al Cargo3 25.114.054

TOTAL SUB-PROGRAMA 73.308.182

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 9 Área Cámara Bahía Blanca:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 44.972.553

13 Recursos con Afectación Específica 44.972.553

21 Gastos Corrientes 44.972.553

1 Gastos en Personal 44.972.553

1 Personal Permanente 44.972.553

Retribución del Cargo1 29.370.812

Retribuciones que no hacen al Cargo3 15.601.741

TOTAL SUB-PROGRAMA 44.972.553

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 10 Área Cámara Mendoza:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 104.211.064

13 Recursos con Afectación Específica 104.211.064

21 Gastos Corrientes 104.211.064

1 Gastos en Personal 104.211.064

1 Personal Permanente 104.211.064

Retribución del Cargo1 69.117.671

Retribuciones que no hacen al Cargo3 35.093.393

TOTAL SUB-PROGRAMA 104.211.064

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 11 Área Cámara Rosario:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 119.211.350

13 Recursos con Afectación Específica 119.211.350

21 Gastos Corrientes 119.211.350

1 Gastos en Personal 119.211.350

1 Personal Permanente 119.211.350

Retribución del Cargo1 83.066.517

Retribuciones que no hacen al Cargo3 36.144.833

TOTAL SUB-PROGRAMA 119.211.350

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 12 Área Cámara General Roca:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 75.884.861

13 Recursos con Afectación Específica 75.884.861

21 Gastos Corrientes 75.884.861

1 Gastos en Personal 75.884.861

1 Personal Permanente 75.884.861

Retribución del Cargo1 42.978.794

Retribuciones que no hacen al Cargo3 32.906.067

TOTAL SUB-PROGRAMA 75.884.861

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 13 Área Cámara Paraná:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 53.008.447

13 Recursos con Afectación Específica 53.008.447

21 Gastos Corrientes 53.008.447

1 Gastos en Personal 53.008.447

1 Personal Permanente 53.008.447

Retribución del Cargo1 34.023.970

Retribuciones que no hacen al Cargo3 18.984.477

TOTAL SUB-PROGRAMA 53.008.447

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 14 Área Cámara Posadas:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 42.018.367

13 Recursos con Afectación Específica 42.018.367

21 Gastos Corrientes 42.018.367

1 Gastos en Personal 42.018.367

1 Personal Permanente 42.018.367

Retribución del Cargo1 23.945.644

Retribuciones que no hacen al Cargo3 18.072.723

TOTAL SUB-PROGRAMA 42.018.367

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 15 Área Cámara Resistencia:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 61.817.687

13 Recursos con Afectación Específica 61.817.687

21 Gastos Corrientes 61.817.687

1 Gastos en Personal 61.817.687

1 Personal Permanente 61.817.687

Retribución del Cargo1 41.336.141

Retribuciones que no hacen al Cargo3 20.481.546

TOTAL SUB-PROGRAMA 61.817.687

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 16 Área Cámara de Córdoba:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 131.381.267

13 Recursos con Afectación Específica 131.381.267

21 Gastos Corrientes 131.381.267

1 Gastos en Personal 131.381.267

1 Personal Permanente 131.381.267

Retribución del Cargo1 81.174.107

Retribuciones que no hacen al Cargo3 50.207.160

TOTAL SUB-PROGRAMA 131.381.267

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 17 Área Cámara San Martín:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 210.568.210

13 Recursos con Afectación Específica 210.568.210

21 Gastos Corrientes 210.568.210

1 Gastos en Personal 210.568.210

1 Personal Permanente 210.568.210

Retribución del Cargo1 141.435.835

Retribuciones que no hacen al Cargo3 69.132.375

TOTAL SUB-PROGRAMA 210.568.210

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 18 Área Cámara Tucumán:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 87.297.464

13 Recursos con Afectación Específica 87.297.464

21 Gastos Corrientes 87.297.464

1 Gastos en Personal 87.297.464

1 Personal Permanente 87.297.464

Retribución del Cargo1 55.209.973

Retribuciones que no hacen al Cargo3 32.087.491

TOTAL SUB-PROGRAMA 87.297.464

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 19 Área Cámara Salta:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 60.719.997

13 Recursos con Afectación Específica 60.719.997

21 Gastos Corrientes 60.719.997

1 Gastos en Personal 60.719.997

1 Personal Permanente 60.719.997

Retribución del Cargo1 38.191.499

Retribuciones que no hacen al Cargo3 22.528.498

TOTAL SUB-PROGRAMA 60.719.997

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 20 Área Cámara Comodoro Rivadavia:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 101.759.094

13 Recursos con Afectación Específica 101.759.094

21 Gastos Corrientes 101.759.094

1 Gastos en Personal 101.759.094

1 Personal Permanente 101.759.094

Retribución del Cargo1 46.735.638

Retribuciones que no hacen al Cargo3 55.023.456

TOTAL SUB-PROGRAMA 101.759.094

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 21 Área Cámara de Corrientes:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 43.781.114

13 Recursos con Afectación Específica 43.781.114

21 Gastos Corrientes 43.781.114

1 Gastos en Personal 43.781.114

1 Personal Permanente 43.781.114

Retribución del Cargo1 25.312.475

Retribuciones que no hacen al Cargo3 18.468.639

TOTAL SUB-PROGRAMA 43.781.114

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Justicia Federal:Sub-Programa 22 Fuero Penal Económico:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 98.951.728

13 Recursos con Afectación Específica 98.951.728

21 Gastos Corrientes 98.951.728

1 Gastos en Personal 98.951.728

1 Personal Permanente 98.951.728

Retribución del Cargo1 69.081.220

Retribuciones que no hacen al Cargo3 29.870.508

TOTAL SUB-PROGRAMA 98.951.728TOTAL PROGRAMA 2.385.029.309

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

Programa 26 Atención de Pasividades:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -4.886.283

13 Recursos con Afectación Específica -4.886.283

21 Gastos Corrientes -4.886.283

5 Transferencias -4.886.283

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -4.886.283

Jubilaciones y/o retiros1 -4.886.283

TOTAL PROGRAMA -4.886.2832.683.929.451TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Presidencia de la Nación: 201 Secretaría General:Sub-Jurisdicción

Programa 37 Desarrollo del Deporte y del Alto Rendimiento Deportivo:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 0

15 Crédito Interno 0

21 Gastos Corrientes 39.715.850

5 Transferencias 39.715.850

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes 39.715.850

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 39.715.850

3009 Otros Organismos Provinciales 39.715.850

22 Gastos de Capital -39.715.850

5 Transferencias -39.715.850

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -39.715.850

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -39.715.850

3001 Administración central provincial -39.715.850

TOTAL PROGRAMA 00TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL0TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Presidencia de la Nación: 2011 Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR):Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 3.548.424

11 Tesoro Nacional 3.548.424

21 Gastos Corrientes 3.548.424

1 Gastos en Personal 3.548.424

8 Personal contratado 3.548.424

Adicionales al contrato2 3.548.424

TOTAL PROGRAMA 3.548.424

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Presidencia de la Nación: 2011 Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR):Sub-Jurisdicción

Programa 16 Prevención, Asistencia, Control y Lucha Contra la Drogadicción:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 39.874.280

11 Tesoro Nacional 20.163.139

21 Gastos Corrientes 20.163.139

1 Gastos en Personal 4.449.088

8 Personal contratado 4.449.088

Adicionales al contrato2 4.449.088

5 Transferencias 15.714.051

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 15.714.051

Ayudas Sociales a Personas4 15.714.051

15 Crédito Interno 19.711.141

21 Gastos Corrientes 19.711.141

5 Transferencias 19.711.141

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 19.711.141

Ayudas Sociales a Personas4 19.711.141

TOTAL PROGRAMA 39.874.280

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Presidencia de la Nación: 2011 Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR):Sub-Jurisdicción

Programa 17 Diseño, Monitoreo y Abordaje Territorial:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -43.422.704

11 Tesoro Nacional -23.711.563

21 Gastos Corrientes 2.005.788

1 Gastos en Personal 2.005.788

8 Personal contratado 2.005.788

Adicionales al contrato2 2.005.788

22 Gastos de Capital -25.717.351

5 Transferencias -25.717.351

2 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Capital -3.488.084

Transf. a Otras Inst. Cult. y Sociales sin Fines de Lucro4 -3.488.084

9999 Sin discriminar -3.488.084

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -22.229.267

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -22.229.267

9999 Sin discriminar -22.229.267

15 Crédito Interno -19.711.141

22 Gastos de Capital -19.711.141

5 Transferencias -19.711.141

2 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Capital -19.711.141

Transf. a Otras Inst. Cult. y Sociales sin Fines de Lucro4 -19.711.141

9999 Sin discriminar -19.711.141

TOTAL PROGRAMA -43.422.7040TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL0TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros: 250:Sub-Jurisdicción

Programa 71 Formulación de Iniciativas para la Implementación de Contenidos en Parques Temáticos:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -3.143.173

11 Tesoro Nacional -3.143.173

21 Gastos Corrientes -3.143.173

5 Transferencias -3.143.173

9 Transferencias al Exterior -3.143.173

Transf.a Organismos Internac. p/Financiar Gastos2 -3.143.173

1534 Org. de Est. Iberoam. para la Educ, la Cienc. y la Cultura -3.143.173

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros: 250:Sub-Jurisdicción

Programa 71 Formulación de Iniciativas para la Implementación de Contenidos en Parques Temáticos:Sub-Programa 0:Proyecto 5 Puesta en Valor Estructuras Varias del Predio Ferial:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -2.300.000

15 Crédito Interno -2.300.000

22 Gastos de Capital -2.300.000

4 Bienes de Uso -2.300.000

2 Construcciones -2.300.000

Construcciones en Bienes de Dominio Privado1 -2.300.000

TOTAL PROYECTO -2.300.000TOTAL PROGRAMA -5.443.173

-5.443.173TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 301 Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda:Sub-Jurisdicción

Programa 19 Relaciones con las Provincias y Desarrollo Regional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 2.000.000.000

11 Tesoro Nacional 2.000.000.000

22 Gastos de Capital 2.000.000.000

5 Transferencias 2.000.000.000

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital 2.000.000.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 2.000.000.000

3001 Administración central provincial 2.000.000.000

TOTAL PROGRAMA 2.000.000.0002.000.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 301 Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-5.637.40011 Tesoro Nacional

-5.637.4009 Gastos Figurativos

-5.637.4001 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Organismos Descentralizados -5.637.4002

-5.637.400108 Instituto Nacional del Agua

-5.637.400TOTAL GASTOS FIGURATIVOS1.994.362.600TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto: 350:Sub-Jurisdicción

Programa 2 Actividades Comunes a los Programas 16, 19, 22 y 23:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 477.424.130

11 Tesoro Nacional 287.587.849

21 Gastos Corrientes 287.587.849

1 Gastos en Personal 287.587.849

1 Personal Permanente 287.587.849

Retribución del Cargo1 260.777.849

Retribuciones que no hacen al Cargo3 15.210.000

Contribuciones Patronales6 11.600.000

13 Recursos con Afectación Específica 189.836.281

21 Gastos Corrientes 189.836.281

1 Gastos en Personal 189.836.281

2 Personal Temporario 189.836.281

Retribuciones del Cargo1 189.836.281

TOTAL PROGRAMA 477.424.130

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto: 350:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Acciones Diplomáticas de Política Exterior:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 174.988

11 Tesoro Nacional 174.988

21 Gastos Corrientes 174.988

3 Servicios No Personales 174.988

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 174.988

Otros N.E.P.9 174.988

TOTAL PROGRAMA 174.988

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto: 350:Sub-Jurisdicción

Programa 22 Promoción de la Cooperación Internacional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 2.968.185

11 Tesoro Nacional 2.968.185

21 Gastos Corrientes 2.968.185

5 Transferencias 2.968.185

9 Transferencias al Exterior 2.968.185

Transf.a Organismos Internac. p/Financiar Gastos2 2.968.185

1735 Fondo Argentino de Cooperación Sur-Sur y Triangular (FO. 2.968.185

TOTAL PROGRAMA 2.968.185480.567.303TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: 402 Servicio Penitenciario Federal:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Cooperación Técnica y Financiera para la Laborterapia de Internos:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 361.977.759

11 Tesoro Nacional 361.977.759

21 Gastos Corrientes 361.977.759

3 Servicios No Personales 361.977.759

9 Otros Servicios 361.977.759

Peculio7 361.977.759

TOTAL PROGRAMA 361.977.759361.977.759TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL361.977.759TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 411 Ministerio de Seguridad:Sub-Jurisdicción

Programa 43 Acciones de Protección Civil, Prevención de Emergencias y Alerta Temprana a Desastres:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 507.981.428

11 Tesoro Nacional -4.109.803

21 Gastos Corrientes -4.109.803

5 Transferencias -4.109.803

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes -4.109.803

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -4.109.803

3001 Administración Central Provincial -4.109.803

13 Recursos con Afectación Específica 512.091.231

21 Gastos Corrientes 512.091.231

5 Transferencias 512.091.231

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 512.091.231

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 512.091.231

2071 Asociación Bomberos Voluntarios 512.091.231

TOTAL PROGRAMA 507.981.428507.981.428TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 411 Ministerio de Seguridad:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-512.091.23113 Recursos con Afectación Específica

-512.091.2316 Incremento de Activos Financieros

-512.091.2315 Incremento de Disponibilidades

Incremento de Caja y Bancos -512.091.2311

-512.091.231TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS-4.109.803TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 414 Policía Federal Argentina:Sub-Jurisdicción

Programa 28 Seguridad Federal:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 5.637.400

11 Tesoro Nacional 5.637.400

21 Gastos Corrientes 5.637.400

1 Gastos en Personal 5.637.400

3 Servicios Extraordinarios 5.637.400

Retribuciones Extraordinarias1 5.637.400

TOTAL PROGRAMA 5.637.4005.637.400TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL5.637.400TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 415 Gendarmería Nacional:Sub-Jurisdicción

Programa 43 Atención de Pasividades de la Gendarmería Nacional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 250.000.000

14 Transferencias Internas 250.000.000

21 Gastos Corrientes 250.000.000

5 Transferencias 250.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 250.000.000

Jubilaciones y/o retiros1 126.163.895

Pensiones2 123.836.105

TOTAL PROGRAMA 250.000.000250.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL250.000.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 416 Prefectura Naval Argentina:Sub-Jurisdicción

Programa 32 Pasividades de la Prefectura Naval Argentina:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 121.230.000

14 Transferencias Internas 121.230.000

21 Gastos Corrientes 121.230.000

5 Transferencias 121.230.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 121.230.000

Jubilaciones y/o retiros1 10.930.000

Pensiones2 110.300.000

TOTAL PROGRAMA 121.230.000121.230.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL121.230.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 417 Policía de Seguridad Aeroportuaria:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 2.500.000

11 Tesoro Nacional 2.500.000

21 Gastos Corrientes 2.500.000

3 Servicios No Personales 2.500.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales 2.500.000

De Informática y Sistemas Computarizados6 2.500.000

TOTAL PROGRAMA 2.500.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 417 Policía de Seguridad Aeroportuaria:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Seguridad Aeroportuaria:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 0

11 Tesoro Nacional 0

21 Gastos Corrientes 0

3 Servicios No Personales 0

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 800.000

Limpieza, Aseo y Fumigación5 800.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales -800.000

Otros N.E.P.9 -800.000

TOTAL PROGRAMA 0

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 417 Policía de Seguridad Aeroportuaria:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Formación y Capacitación en Seguridad Aeroportuaria:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -2.500.000

11 Tesoro Nacional -2.500.000

21 Gastos Corrientes -2.500.000

3 Servicios No Personales -2.500.000

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 900.000

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 900.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales -3.400.000

Médicos y Sanitarios2 -2.900.000

De Capacitación5 -500.000

TOTAL PROGRAMA -2.500.0000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL0TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4520 Ministerio de Defensa:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Conducción y Planificación para la Defensa:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 739.706

11 Tesoro Nacional 739.706

21 Gastos Corrientes 739.706

3 Servicios No Personales 739.706

8 Impuestos, Derechos, Tasas y Juicios 739.706

Juicios y Mediaciones6 739.706

3 SERVICIOS SOCIALES -7.064.209

11 Tesoro Nacional -7.064.209

21 Gastos Corrientes -7.064.209

3 Servicios No Personales -7.064.209

1 Servicios Básicos -46.560

Otros N.E.P.9 -46.560

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza -1.625.294

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales1 -1.500.000

Mantenimiento y Reparación de Vehículos2 -100.000

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 -19.294

Otros N.E.P.9 -6.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales -1.797.295

De Capacitación5 -456.300

De Informática y Sistemas Computarizados6 -635.310

Otros N.E.P.9 -705.685

5 Servicios Comerciales y Financieros -1.936.695

Transporte1 -306.212

Imprenta, Publicaciones y Reproducciones3 -488.040

Primas y Gastos de Seguros4 -750.000

Otros N.E.P.9 -392.443

7 Pasajes y Viáticos -520.978

Pasajes1 -193.152

Viáticos2 -180.423

Otros N.E.P.9 -147.403

8 Impuestos, Derechos, Tasas y Juicios -258.000

Multas y Recargos4 -105.500

Otros N.E.P.9 -152.500

9 Otros Servicios -879.387

Servicios de Ceremonial1 -870.000

Otros N.E.P.9 -9.387

TOTAL PROGRAMA -6.324.503-6.324.503TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4520 Ministerio de Defensa:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

300.00011 Tesoro Nacional

300.0009 Gastos Figurativos

300.0001 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Organismos Descentralizados 300.0002

300.000450 Instituto Geografico Militar

300.000TOTAL GASTOS FIGURATIVOS-6.024.503TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 39.615.442

11 Tesoro Nacional 6.456.063

21 Gastos Corrientes 6.456.063

2 Bienes de Consumo 4.564.880

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 4.564.880

Alimentos para Personas1 4.564.880

3 Servicios No Personales 1.759.623

1 Servicios Básicos 1.759.623

Energía Eléctrica1 1.759.623

5 Transferencias 131.560

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 131.560

Becas3 131.560

13 Recursos con Afectación Específica 33.159.379

21 Gastos Corrientes 33.159.379

2 Bienes de Consumo 3.599.579

3 Productos de Papel, Cartón e Impresos 905.678

Papel de Escritorio y Cartón1 674.441

Papel para Computación2 231.237

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 1.634.064

Combustibles y Lubricantes6 1.634.064

9 Otros Bienes de Consumo 1.059.837

Utiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza2 635.902

Utiles y Materiales Eléctricos3 423.935

3 Servicios No Personales 29.559.800

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 26.792.663

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales1 5.499.587

Limpieza, Aseo y Fumigación5 21.293.076

7 Pasajes y Viáticos 2.767.137

Pasajes1 425.862

Viáticos2 2.341.275

3 SERVICIOS SOCIALES -131.560

11 Tesoro Nacional -131.560

21 Gastos Corrientes -131.560

5 Transferencias -131.560

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -131.560

Pensiones2 -131.560

TOTAL PROGRAMA 39.483.882

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Alistamiento Operacional del Ejército:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD -211.027.576

11 Tesoro Nacional 4.109.803

21 Gastos Corrientes 4.109.803

2 Bienes de Consumo 1.188.620

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 9.450

Alimentos para Personas1 9.450

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 307.379

Combustibles y Lubricantes6 307.379

9 Otros Bienes de Consumo 871.791

Repuestos y Accesorios6 871.791

3 Servicios No Personales 2.921.183

1 Servicios Básicos 318.327

Energía Eléctrica1 318.327

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 942.476

Mantenimiento y Reparación de Vehículos2 942.476

7 Pasajes y Viáticos 1.660.380

Viáticos2 1.660.380

13 Recursos con Afectación Específica 137.202.228

21 Gastos Corrientes 137.202.228

2 Bienes de Consumo 33.040.876

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 11.646.089

Alimentos para Personas1 9.181.849

Otros N.E.P.9 2.464.240

2 Textiles y Vestuario 887.127

Hilados y Telas1 492.848

Prendas de Vestir2 394.279

3 Productos de Papel, Cartón e Impresos 2.127.185

Papel de Escritorio y Cartón1 1.141.489

Papel para Computación2 328.565

Productos de Artes Gráficas3 410.707

Productos de Papel y Cartón4 246.424

4 Productos de Cuero y Caucho 530.633

Cubiertas y Cámaras de Aire4 530.633

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 7.543.461

Tintas, Pinturas y Colorantes5 1.339.385

Combustibles y Lubricantes6 6.121.935

Productos de Material Plástico8 82.141

6 Productos de Minerales No Metálicos 639.059

Productos de Arcilla y Cerámica1 16.428

Productos de Cemento, Asbesto y Yeso4 359.779

Cemento, Cal y Yeso5 262.852

7 Productos Metálicos 1.544.257

Productos Ferrosos1 486.277

Herramientas Menores5 1.041.552

Otros N.E.P.9 16.428

8 Minerales 151.163

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Alistamiento Operacional del Ejército:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

Piedra, Arcilla y Arena4 151.163

9 Otros Bienes de Consumo 7.971.902

Elementos de Limpieza1 761.935

Utiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza2 523.733

Utiles y Materiales Eléctricos3 829.628

Utensilios de Cocina y Comedor4 295.709

Repuestos y Accesorios6 5.265.188

Otros N.E.P.9 295.709

3 Servicios No Personales 104.161.352

1 Servicios Básicos 13.864.796

Energía Eléctrica1 11.860.547

Agua2 1.971.392

Teléfonos, Télex y Telefax4 32.857

2 Alquileres y Derechos 5.602.473

Alquiler de Equipos de Computación3 4.891.458

Alquiler de Fotocopiadoras4 711.015

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 72.837.339

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales1 46.762.269

Mantenimiento y Reparación de Vehículos2 17.436.828

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 3.138.456

Limpieza, Aseo y Fumigación5 5.499.786

4 Servicios Técnicos y Profesionales 1.642.827

Médicos y Sanitarios2 1.642.827

5 Servicios Comerciales y Financieros 4.144.851

Comisiones y Gastos Bancarios5 4.116.923

Internet6 27.928

7 Pasajes y Viáticos 4.185.337

Pasajes1 65.713

Viáticos2 4.119.624

8 Impuestos, Derechos, Tasas y Juicios 351.652

Derechos y Tasas3 52.817

Regalías5 298.835

9 Otros Servicios 1.532.077

Servicios de Ceremonial1 1.285.653

Gastos Protocolares4 246.424

22 Crédito Externo -352.339.607

21 Gastos Corrientes -352.339.607

4 Bienes de Uso -352.339.607

4 Equipo Militar y de Seguridad -352.339.607

TOTAL PROGRAMA -211.027.576

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 17 Formación y Capacitación:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 35.751.392

13 Recursos con Afectación Específica 35.751.392

21 Gastos Corrientes 35.751.392

1 Gastos en Personal 12.000.000

1 Personal Permanente 3.076.022

Retribución del Cargo1 900.249

Retribuciones que no hacen al Cargo3 1.270.802

Sueldo Anual Complementario4 168.550

Contribuciones Patronales6 736.421

2 Personal Temporario 8.634.007

Retribuciones del Cargo1 2.249.741

Retribuciones que no hacen al Cargo2 4.452.636

Sueldo Anual Complementario3 397.080

Contribuciones Patronales5 1.534.550

5 Asistencia Social al Personal 289.971

Seguros de Riesgo de Trabajo1 289.971

2 Bienes de Consumo 5.667.898

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 2.852.426

Alimentos para Personas1 2.852.426

2 Textiles y Vestuario 550.136

Hilados y Telas1 6.831

Prendas de Vestir2 543.305

3 Productos de Papel, Cartón e Impresos 109.587

Papel de Escritorio y Cartón1 109.587

4 Productos de Cuero y Caucho 97.828

Artículos de Cuero2 66.318

Cubiertas y Cámaras de Aire4 31.510

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 400.766

Tintas, Pinturas y Colorantes5 34.708

Combustibles y Lubricantes6 366.058

6 Productos de Minerales No Metálicos 89.844

Productos de Arcilla y Cerámica1 39.777

Productos de Vidrio2 31.247

Cemento, Cal y Yeso5 18.820

7 Productos Metálicos 130.162

Productos Ferrosos1 31.932

Productos No Ferrosos2 80.014

Otros N.E.P.9 18.216

8 Minerales 25.875

Piedra, Arcilla y Arena4 25.875

9 Otros Bienes de Consumo 1.411.274

Elementos de Limpieza1 438.834

Utiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza2 182.873

Repuestos y Accesorios6 14.038

Otros N.E.P.9 775.529

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 17 Formación y Capacitación:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 Servicios No Personales 18.083.494

1 Servicios Básicos 3.056.418

Energía Eléctrica1 3.000.424

Otros N.E.P.9 55.994

2 Alquileres y Derechos 157.892

Alquiler de Fotocopiadoras4 155.412

Otros N.E.P.9 2.480

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 13.501.502

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales1 4.524.853

Otros N.E.P.9 8.976.649

4 Servicios Técnicos y Profesionales 61.344

Médicos y Sanitarios2 50.718

De Capacitación5 4.160

Otros N.E.P.9 6.466

5 Servicios Comerciales y Financieros 333.644

Transporte1 301.500

Primas y Gastos de Seguros4 4.110

Internet6 5.510

Otros N.E.P.9 22.524

7 Pasajes y Viáticos 202.241

Pasajes1 63.090

Viáticos2 37.781

Otros N.E.P.9 101.370

8 Impuestos, Derechos, Tasas y Juicios 116.916

Impuestos Indirectos1 71.877

Impuestos Directos2 45.039

9 Otros Servicios 653.537

Servicios de Ceremonial1 59.439

Gastos Protocolares4 18.114

Otros N.E.P.9 575.984

TOTAL PROGRAMA 35.751.392

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 18 Asistencia Sanitaria:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 51.023.005

13 Recursos con Afectación Específica 51.023.005

21 Gastos Corrientes 51.023.005

2 Bienes de Consumo 16.284.288

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 1.253.629

Alimentos para Personas1 1.223.139

Madera, Corcho y sus Manufacturas5 30.490

2 Textiles y Vestuario 375.423

Hilados y Telas1 27.585

Prendas de Vestir2 156.960

Confecciones Textiles3 186.400

Otros N.E.P.9 4.478

3 Productos de Papel, Cartón e Impresos 618.425

Papel de Escritorio y Cartón1 112.260

Papel para Computación2 108.715

Productos de Artes Gráficas3 34.280

Productos de Papel y Cartón4 363.170

4 Productos de Cuero y Caucho 48.250

Cueros y Pieles1 11.514

Artículos de Cuero2 6.823

Artículos de Caucho3 3.957

Cubiertas y Cámaras de Aire4 25.956

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 10.636.327

Compuestos Químicos1 1.673.160

Productos Farmacéuticos y Medicinales2 8.283.160

Insecticidas, Fumigantes y Otros4 3.757

Tintas, Pinturas y Colorantes5 114.716

Combustibles y Lubricantes6 258.444

Específicos Veterinarios7 1.066

Productos de Material Plástico8 276.350

Otros N.E.P.9 25.674

6 Productos de Minerales No Metálicos 146.220

Productos de Arcilla y Cerámica1 31.785

Productos de Vidrio2 15.232

Productos de Loza y Porcelana3 24.780

Cemento, Cal y Yeso5 48.936

Otros N.E.P.9 25.487

7 Productos Metálicos 129.681

Productos Ferrosos1 31.352

Productos No Ferrosos2 11.941

Estructuras Metálicas Acabadas4 19.326

Herramientas Menores5 57.177

Otros N.E.P.9 9.885

8 Minerales 25.254

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 18 Asistencia Sanitaria:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

Piedra, Arcilla y Arena4 22.695

Otros N.E.P.9 2.559

9 Otros Bienes de Consumo 3.051.079

Elementos de Limpieza1 271.904

Utiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza2 371.610

Utiles y Materiales Eléctricos3 303.268

Utensilios de Cocina y Comedor4 375.501

Utiles Menores Médico, Quirúrgico y de Laboratorio5 1.469.942

Repuestos y Accesorios6 254.588

Otros N.E.P.9 4.266

3 Servicios No Personales 34.738.717

1 Servicios Básicos 8.327.515

Energía Eléctrica1 5.266.716

Agua2 2.604.349

Gas3 322.889

Teléfonos, Télex y Telefax4 80.576

Correos y Telégrafo5 52.985

2 Alquileres y Derechos 2.916.029

Alquiler de Maquinaria, Equipo y Medios de Transporte2 1.519.412

Alquiler de Fotocopiadoras4 1.030.740

Otros N.E.P.9 365.877

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 20.413.884

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales1 9.073.288

Mantenimiento y Reparación de Vehículos2 263.628

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 7.460.370

Limpieza, Aseo y Fumigación5 3.220.785

Mantenimiento de Sistemas Informáticos6 170.495

Otros N.E.P.9 225.318

4 Servicios Técnicos y Profesionales 1.808.201

Estudios, Investigaciones y Proyectos de Factibilidad1 111.046

Médicos y Sanitarios2 1.680.795

De Informática y Sistemas Computarizados6 13.163

Otros N.E.P.9 3.197

5 Servicios Comerciales y Financieros 257.909

Imprenta, Publicaciones y Reproducciones3 125.317

Comisiones y Gastos Bancarios5 69.512

Internet6 63.080

7 Pasajes y Viáticos 60.065

Pasajes1 10.906

Viáticos2 34.116

Otros N.E.P.9 15.043

9 Otros Servicios 955.114

Otros N.E.P.9 955.114

TOTAL PROGRAMA 51.023.005

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 19 Remonta y Veterinaria:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 52.396.546

13 Recursos con Afectación Específica 52.396.546

21 Gastos Corrientes 52.396.546

1 Gastos en Personal 23.000.000

1 Personal Permanente 830.732

Retribución del Cargo1 198.729

Retribuciones que no hacen al Cargo3 411.419

Sueldo Anual Complementario4 20.305

Contribuciones Patronales6 200.279

2 Personal Temporario 21.882.703

Retribuciones del Cargo1 7.556.846

Retribuciones que no hacen al Cargo2 8.856.073

Sueldo Anual Complementario3 1.548.898

Contribuciones Patronales5 3.920.886

5 Asistencia Social al Personal 286.565

Seguros de Riesgo de Trabajo1 286.565

2 Bienes de Consumo 6.168.299

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 4.493.172

Combustibles y Lubricantes6 1.697.069

Específicos Veterinarios7 1.406.629

Otros N.E.P.9 1.389.474

9 Otros Bienes de Consumo 1.675.127

Otros N.E.P.9 1.675.127

3 Servicios No Personales 23.228.247

1 Servicios Básicos 5.847.837

Energía Eléctrica1 1.876.892

Agua2 1.328.215

Gas3 1.400.663

Teléfonos, Télex y Telefax4 1.207.468

Otros N.E.P.9 34.599

2 Alquileres y Derechos 311.968

Otros N.E.P.9 311.968

4 Servicios Técnicos y Profesionales 2.847.847

Otros N.E.P.9 2.847.847

5 Servicios Comerciales y Financieros 1.050.716

Otros N.E.P.9 1.050.716

7 Pasajes y Viáticos 2.363.180

Otros N.E.P.9 2.363.180

8 Impuestos, Derechos, Tasas y Juicios 2.253.135

Otros N.E.P.9 2.253.135

9 Otros Servicios 8.553.564

Otros N.E.P.9 8.553.564

TOTAL PROGRAMA 52.396.546

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

Programa 20 Sastrería Militar:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 5.395.003

13 Recursos con Afectación Específica 5.395.003

21 Gastos Corrientes 5.395.003

2 Bienes de Consumo 3.121.600

2 Textiles y Vestuario 2.400.000

Prendas de Vestir2 1.850.000

Confecciones Textiles3 550.000

3 Productos de Papel, Cartón e Impresos 20.000

Papel de Escritorio y Cartón1 20.000

4 Productos de Cuero y Caucho 550.000

Artículos de Cuero2 550.000

9 Otros Bienes de Consumo 151.600

Elementos de Limpieza1 20.000

Repuestos y Accesorios6 131.600

3 Servicios No Personales 2.273.403

2 Alquileres y Derechos 131.000

Alquiler de Maquinaria, Equipo y Medios de Transporte2 27.000

Alquiler de Fotocopiadoras4 104.000

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 2.142.403

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 1.455.108

Limpieza, Aseo y Fumigación5 44.295

Mantenimiento de Sistemas Informáticos6 643.000

TOTAL PROGRAMA 5.395.003-26.977.748TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-314.927.55313 Recursos con Afectación Específica

-314.927.5536 Incremento de Activos Financieros

-314.927.5535 Incremento de Disponibilidades

Incremento de Caja y Bancos -314.927.5531

-314.927.553TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS-341.905.301TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4522 Estado Mayor General de la Armada:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Alistamiento Operacional de la Armada:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD 82.500.000

11 Tesoro Nacional 82.500.000

21 Gastos Corrientes 82.500.000

3 Servicios No Personales 82.500.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales 82.500.000

Otros N.E.P.9 82.500.000

TOTAL PROGRAMA 82.500.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4522 Estado Mayor General de la Armada:Sub-Jurisdicción

Programa 18 Formación y Capacitación:Sub-Programa 0:Proyecto 7 Construcción del Liceo Naval:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -23.087.946

14 Transferencias Internas -23.087.946

22 Gastos de Capital -23.087.946

4 Bienes de Uso -23.087.946

2 Construcciones -23.087.946

Construcciones en Bienes de Dominio Privado1 -23.087.946

TOTAL PROYECTO -23.087.946TOTAL PROGRAMA -23.087.946

59.412.054TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4522 Estado Mayor General de la Armada:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-82.500.00011 Tesoro Nacional

-82.500.0006 Incremento de Activos Financieros

-82.500.0008 Inc. de Activos Diferidos y Adel. a Proveed. y Contratistas

Adelantos a Proveedores y Contratistas a Largo Plazo -82.500.0007

1.797.427.55322 Crédito Externo

1.797.427.5536 Incremento de Activos Financieros

1.797.427.5538 Inc. de Activos Diferidos y Adel. a Proveed. y Contratistas

Adelantos a Proveedores y Contratistas a Largo Plazo 1.797.427.5537

1.714.927.553TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS1.774.339.607TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4524 Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD -300.000

11 Tesoro Nacional -300.000

21 Gastos Corrientes -300.000

2 Bienes de Consumo -300.000

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales -300.000

Alimentos para Personas1 -300.000

TOTAL PROGRAMA -300.000

Page 189: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4524 Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Planeamiento Militar Conjunto:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

2 SERVICIOS DE DEFENSA Y SEGURIDAD -22.000.000

22 Crédito Externo -22.000.000

21 Gastos Corrientes -22.000.000

4 Bienes de Uso -22.000.000

4 Equipo Militar y de Seguridad -22.000.000

TOTAL PROGRAMA -22.000.000-22.300.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL-22.300.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 510:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 200.000.000

11 Tesoro Nacional 200.000.000

21 Gastos Corrientes 200.000.000

5 Transferencias 200.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 200.000.000

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 200.000.000

9999 Sin discriminar 200.000.000

TOTAL PROGRAMA 200.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 510:Sub-Jurisdicción

Programa 28 Definición de Políticas de Comercio Interior:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 150.000.000

11 Tesoro Nacional 150.000.000

21 Gastos Corrientes 150.000.000

5 Transferencias 150.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 150.000.000

Transferencias a Empresas Privadas9 150.000.000

9999 Sin Discriminar 150.000.000

TOTAL PROGRAMA 150.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 510:Sub-Jurisdicción

Programa 47 Financiamiento de la Producción:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 650.000.000

11 Tesoro Nacional 650.000.000

21 Gastos Corrientes 650.000.000

5 Transferencias 650.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 175.000.000

Transferencias a Empresas Privadas9 175.000.000

2020 Pequeña y Mediana Empresa 175.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público 475.000.000

Transf. a Fondos Fiduc.y Otros Entes del SPNnF p/Fin.Gs.4 475.000.000

765 Fondo Nacional de Desarrollo Productivo 475.000.000

TOTAL PROGRAMA 650.000.0001.000.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Agroindustria: 520:Sub-Jurisdicción

Programa 39 Políticas para la Agricultura Familiar:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 120.000.000

11 Tesoro Nacional 120.000.000

21 Gastos Corrientes 120.000.000

5 Transferencias 120.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 120.000.000

Ayudas Sociales a Personas4 120.000.000

TOTAL PROGRAMA 120.000.000120.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -28.500.000

11 Tesoro Nacional -28.500.000

21 Gastos Corrientes -28.500.000

1 Gastos en Personal -28.500.000

1 Personal Permanente -24.000.000

Retribución del Cargo1 -5.000.000

Retribuciones que no hacen al Cargo3 -12.000.000

Sueldo Anual Complementario4 -2.000.000

Contribuciones Patronales6 -5.000.000

3 Servicios Extraordinarios -1.000.000

Retribuciones Extraordinarias1 -1.000.000

8 Personal contratado -3.500.000

Retribuciones por contratos1 -3.500.000

TOTAL PROGRAMA -28.500.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 2 Actividades Comunes a los Programas 61 y 62:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -190.000.000

11 Tesoro Nacional -90.000.000

21 Gastos Corrientes -90.000.000

5 Transferencias -90.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público -90.000.000

Transf.a Inst.Públicas Financ. p/Financiar Gastos1 -90.000.000

719 Nación Servicios S.A. -90.000.000

15 Crédito Interno -100.000.000

22 Gastos de Capital -100.000.000

5 Transferencias -100.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público -100.000.000

Transf.a Inst.Pub. Finan. para Financiar Gastos de Capital6 -100.000.000

719 Nación Servicios S.A. -100.000.000

TOTAL PROGRAMA -190.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 61 Coordinación de Políticas de Transporte Vial:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.000.000.000

11 Tesoro Nacional 1.000.000.000

21 Gastos Corrientes 1.000.000.000

5 Transferencias 1.000.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público 1.000.000.000

Transf. a Fondos Fiduc.y Otros Entes del SPNnF p/Fin.Gs.4 1.000.000.000

964 Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de 1.000.000.000

TOTAL PROGRAMA 1.000.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 62 Modernización de la Red de Transporte Ferroviario:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -201.500.000

11 Tesoro Nacional -201.500.000

21 Gastos Corrientes -201.500.000

1 Gastos en Personal -1.500.000

1 Personal Permanente -1.500.000

Retribución del Cargo1 -1.500.000

3 Servicios No Personales -200.000.000

9 Otros Servicios -200.000.000

Servicios de Vigilancia3 -200.000.000

TOTAL PROGRAMA -201.500.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 66 Infraestructura de Obras de Transporte:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -1.143.037.965

11 Tesoro Nacional -3.000.000

21 Gastos Corrientes -3.000.000

1 Gastos en Personal -3.000.000

8 Personal contratado -3.000.000

Adicionales al contrato2 -3.000.000

15 Crédito Interno -1.140.037.965

22 Gastos de Capital -1.140.037.965

5 Transferencias -1.140.037.965

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -1.140.037.965

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -465.468.592

3001 Administración central provincial -465.468.592

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -674.569.373

9999 Sin discriminar -674.569.373

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 66 Infraestructura de Obras de Transporte:Sub-Programa 1 Infraestructura de Transporte:Proyecto 24 Mejora del Transporte en el Áreas Metropolitanas II:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -809.962.035

15 Crédito Interno -809.962.035

22 Gastos de Capital -809.962.035

4 Bienes de Uso -809.962.035

2 Construcciones -809.962.035

Construcciones en Bienes de Dominio Público2 -809.962.035

TOTAL PROYECTO -809.962.035TOTAL SUB-PROGRAMA -809.962.035TOTAL PROGRAMA -1.953.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

Programa 91 Coordinación de Políticas de Transporte Fluvial y Marítimo:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -137.000.000

11 Tesoro Nacional -137.000.000

21 Gastos Corrientes -137.000.000

1 Gastos en Personal -137.000.000

1 Personal Permanente -14.000.000

Retribución del Cargo1 -11.000.000

Contribuciones Patronales6 -3.000.000

3 Servicios Extraordinarios -108.000.000

Retribuciones Extraordinarias1 -108.000.000

6 Beneficios y Compensaciones -15.000.000

TOTAL PROGRAMA -137.000.000-1.510.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-1.423.087.94622 Crédito Externo

-1.423.087.9466 Incremento de Activos Financieros

-1.423.087.9468 Inc. de Activos Diferidos y Adel. a Proveed. y Contratistas

Adelantos a Proveedores y Contratistas a Largo Plazo -1.423.087.9467

-1.423.087.946TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Energía: 580:Sub-Jurisdicción

Programa 73 Formulacion y Ejecucion de Politica de Hidrocarburos:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 2.000.000.000

11 Tesoro Nacional 2.000.000.000

21 Gastos Corrientes 2.000.000.000

5 Transferencias 2.000.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 2.000.000.000

Transferencias a Empresas Privadas9 2.000.000.000

2518 Empresas Distribuidoras de Gas - Res 508/2017 2.000.000.000

TOTAL PROGRAMA 2.000.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Energía: 580:Sub-Jurisdicción

Programa 74 Formulación y Ejecución de la Política de Energía Eléctrica:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 4.000.000.000

11 Tesoro Nacional 4.000.000.000

21 Gastos Corrientes 4.000.000.000

5 Transferencias 4.000.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 4.000.000.000

Transferencias a Empresas Privadas9 4.000.000.000

2075 Compania Administradora del Mercado Mayorista Electrico 4.000.000.000

TOTAL PROGRAMA 4.000.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Energía: 580:Sub-Jurisdicción

Programa 78 Desarrollo Energético Provincial:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 806.441.472

13 Recursos con Afectación Específica 806.441.472

21 Gastos Corrientes 465.375.445

5 Transferencias 465.375.445

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes 465.375.445

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 465.375.445

3009 Otros Organismos Provinciales 465.375.445

22 Gastos de Capital 341.066.027

5 Transferencias 341.066.027

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital 341.066.027

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 341.066.027

3009 Otros organismos provinciales 341.066.027

TOTAL PROGRAMA 806.441.4726.806.441.472TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Educación: 700:Sub-Jurisdicción

Programa 98 Fondo Nacional de Incentivo Docente y Compensaciones Salariales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 100.000.000

11 Tesoro Nacional 100.000.000

21 Gastos Corrientes 100.000.000

5 Transferencias 100.000.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes 100.000.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 100.000.000

3009 Otros Organismos Provinciales 100.000.000

TOTAL PROGRAMA 100.000.000100.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva: 710:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 2.300.000

15 Crédito Interno 2.300.000

21 Gastos Corrientes 2.300.000

5 Transferencias 2.300.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 2.300.000

Transf.para Activ. Cientificas o Académicas6 2.300.000

9999 Sin discriminar 2.300.000

TOTAL PROGRAMA 2.300.0002.300.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 720:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

20.000.00011 Tesoro Nacional

20.000.0009 Gastos Figurativos

20.000.0001 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Organismos Descentralizados 20.000.0002

20.000.000116 Biblioteca Nacional

20.000.000TOTAL GASTOS FIGURATIVOS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Acciones de Empleo:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -100.000

11 Tesoro Nacional -100.000

21 Gastos Corrientes -100.000

5 Transferencias -100.000

9 Transferencias al Exterior -100.000

Transf.a Organismos Internac. p/Financiar Gastos2 -100.000

1574 Centro Interam. de Invest. y Documentación sobre Form. -100.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Acciones de Empleo:Sub-Programa 1 Acciones de Empleo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -111.376.585

11 Tesoro Nacional -111.376.585

21 Gastos Corrientes -68.885.525

5 Transferencias -68.885.525

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -45.688.234

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 -40.373.122

9999 Sin discriminar -40.373.122

Transferencias a Cooperativas8 -4.815.112

9999 Sin discriminar -4.815.112

Transferencias a Empresas Privadas9 -500.000

9999 Sin Discriminar -500.000

6 Transferencias a Universidades Nacionales -1.000.000

Transferencias a Univ. Nac. p/financiar Gastos Corrientes1 -1.000.000

806 Universidad de Buenos Aires -100.000

810 Universidad Nacional de Córdoba -100.000

814 Universidad Nacional de General San Martín -500.000

817 Universidad Nacional de La Matanza -200.000

846 Universidad Nacional del Noroeste de la Pcia.de Buenos -100.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes -22.197.291

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -1.814.250

3001 Administración Central Provincial -1.814.250

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -20.383.041

9999 Sin discriminar -20.383.041

22 Gastos de Capital -42.491.060

5 Transferencias -42.491.060

2 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Capital -15.491.060

Transf. a Otras Inst. Cult. y Sociales sin Fines de Lucro4 -11.415.173

9999 Sin discriminar -11.415.173

Transferencias a Cooperativas5 -4.075.887

9999 Otras -4.075.887

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -27.000.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -1.000.000

3001 Administración central provincial -1.000.000

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -26.000.000

9999 Sin discriminar -26.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -111.376.585

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 16 Acciones de Empleo:Sub-Programa 4 Seguro de Capacitación y Empleo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -35.330.548

11 Tesoro Nacional -35.330.548

21 Gastos Corrientes -35.330.548

5 Transferencias -35.330.548

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -21.327.455

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 -20.027.455

9999 Sin discriminar -20.027.455

Transferencias a Cooperativas8 -1.300.000

9999 Sin discriminar -1.300.000

6 Transferencias a Universidades Nacionales -1.411.613

Transferencias a Univ. Nac. p/financiar Gastos Corrientes1 -1.411.613

806 Universidad de Buenos Aires -200.000

810 Universidad Nacional de Córdoba -211.613

811 Universidad Nacional de Cuyo -100.000

813 Universidad Nacional de Formosa -100.000

814 Universidad Nacional de General San Martín -200.000

815 Universidad Nacional de General Sarmiento -100.000

816 Universidad Nacional de Jujuy -100.000

825 Universidad Nacional del Nordeste -200.000

845 Universidad Nacional de Chilecito -200.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes -12.591.480

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -591.480

3001 Administración Central Provincial -591.480

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -12.000.000

9999 Sin discriminar -12.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -35.330.548TOTAL PROGRAMA -146.807.133

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 18 Análisis y Formulación de la Política de Seguridad Social:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -1.532.800

11 Tesoro Nacional -1.532.800

21 Gastos Corrientes -1.532.800

5 Transferencias -1.532.800

9 Transferencias al Exterior -1.532.800

Transf.a Organismos Internac. p/Financiar Gastos2 -1.532.800

1743 Asociación Internacional de la Seguridad Social -1.210.638

1801 Organización Iberoamericana de la Seguridad Social -162.162

9999 Sin discriminar -160.000

TOTAL PROGRAMA -1.532.800

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 20 Formulación y Regulación de la Política Laboral:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -17.124.000

11 Tesoro Nacional -17.124.000

21 Gastos Corrientes -17.124.000

5 Transferencias -17.124.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -17.124.000

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 -17.124.000

9999 Sin discriminar -17.124.000

TOTAL PROGRAMA -17.124.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 23 Acciones de Capacitación Laboral:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -277.111.183

11 Tesoro Nacional -277.111.183

21 Gastos Corrientes -272.564.565

5 Transferencias -272.564.565

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -253.674.757

Ayudas Sociales a Personas4 -87.530.080

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 -161.144.677

9999 Sin discriminar -161.144.677

Transferencias a Empresas Privadas9 -5.000.000

9999 Sin Discriminar -5.000.000

6 Transferencias a Universidades Nacionales -1.000.000

Transferencias a Univ. Nac. p/financiar Gastos Corrientes1 -1.000.000

806 Universidad de Buenos Aires -200.000

814 Universidad Nacional de General San Martín -500.000

815 Universidad Nacional de General Sarmiento -150.000

817 Universidad Nacional de La Matanza -150.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes -17.889.808

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -14.000.000

3001 Administración Central Provincial -14.000.000

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -3.889.808

9999 Sin discriminar -3.889.808

22 Gastos de Capital -4.546.618

5 Transferencias -4.546.618

2 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Capital -4.546.618

Transf. a Otras Inst. Cult. y Sociales sin Fines de Lucro4 -4.546.618

9999 Sin discriminar -4.546.618

TOTAL PROGRAMA -277.111.183

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

Programa 24 Sistema Federal de Empleo:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -10.500.000

11 Tesoro Nacional -10.500.000

21 Gastos Corrientes -9.000.000

5 Transferencias -9.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -300.000

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 -300.000

9999 Sin discriminar -300.000

6 Transferencias a Universidades Nacionales -200.000

Transferencias a Univ. Nac. p/financiar Gastos Corrientes1 -200.000

810 Universidad Nacional de Córdoba -100.000

823 Universidad Nacional de Mar del Plata -100.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes -8.500.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -300.000

3001 Administración Central Provincial -300.000

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -8.200.000

9999 Sin discriminar -8.200.000

22 Gastos de Capital -1.500.000

5 Transferencias -1.500.000

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -1.500.000

Transferencias a Gobiernos Municipales6 -1.500.000

9999 Sin discriminar -1.500.000

TOTAL PROGRAMA -10.500.000-453.075.116TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 750:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

015 Crédito Interno

09 Gastos Figurativos

01 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Instituciones de Seguridad Social 03

0850 Administracion Nacional de la Seguridad Social

0TOTAL GASTOS FIGURATIVOS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -28.533.917

11 Tesoro Nacional -28.533.917

21 Gastos Corrientes -28.533.917

1 Gastos en Personal -28.533.917

1 Personal Permanente -23.533.917

Retribución del Cargo1 -4.533.917

Retribuciones que no hacen al Cargo3 -15.000.000

Contribuciones Patronales6 -4.000.000

8 Personal contratado -5.000.000

Retribuciones por contratos1 -3.000.000

Contribuciones patronales5 -2.000.000

TOTAL PROGRAMA -28.533.917

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

Programa 60 Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -4.000.000

11 Tesoro Nacional -4.000.000

21 Gastos Corrientes -4.000.000

1 Gastos en Personal -4.000.000

8 Personal contratado -4.000.000

Retribuciones por contratos1 -4.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

Programa 60 Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable:Sub-Programa 1 Promocion y Gestion del Desarrollo Sustentable y el Cambio Climatico:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -2.000.000

11 Tesoro Nacional -2.000.000

21 Gastos Corrientes -2.000.000

1 Gastos en Personal -2.000.000

1 Personal Permanente -2.000.000

Retribuciones que no hacen al Cargo3 -2.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -2.000.000TOTAL PROGRAMA -6.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

Programa 62 Coordinación de Políticas Ambientales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -2.000.000

11 Tesoro Nacional -2.000.000

21 Gastos Corrientes -2.000.000

1 Gastos en Personal -2.000.000

1 Personal Permanente -2.000.000

Retribuciones que no hacen al Cargo3 -2.000.000

TOTAL PROGRAMA -2.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

Programa 63 Control Ambiental:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS -11.000.000

11 Tesoro Nacional -11.000.000

21 Gastos Corrientes -11.000.000

1 Gastos en Personal -11.000.000

1 Personal Permanente -5.500.000

Retribuciones que no hacen al Cargo3 -4.000.000

Contribuciones Patronales6 -1.500.000

8 Personal contratado -5.500.000

Retribuciones por contratos1 -3.000.000

Contribuciones patronales5 -2.500.000

TOTAL PROGRAMA -11.000.000-47.533.917TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 810:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

47.533.91711 Tesoro Nacional

47.533.9179 Gastos Figurativos

47.533.9171 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Organismos Descentralizados 47.533.9172

47.533.917107 Administracion de Parques Nacionales

47.533.917TOTAL GASTOS FIGURATIVOS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 850:Sub-Jurisdicción

Programa 20 Abordaje Territorial:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 100.000.000

13 Recursos con Afectación Específica 100.000.000

21 Gastos Corrientes 100.000.000

3 Servicios No Personales 100.000.000

5 Servicios Comerciales y Financieros 100.000.000

Transporte1 100.000.000

TOTAL PROGRAMA 100.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 850:Sub-Jurisdicción

Programa 26 Políticas Alimentarias:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 400.000.000

13 Recursos con Afectación Específica 400.000.000

21 Gastos Corrientes 400.000.000

2 Bienes de Consumo 400.000.000

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 400.000.000

Alimentos para Personas1 400.000.000

TOTAL PROGRAMA 400.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 850:Sub-Jurisdicción

Programa 52 Apoyo al Plan Nacional de Primera Infancia:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 0

22 Crédito Externo 0

21 Gastos Corrientes 9.520.000

2 Bienes de Consumo 9.520.000

9 Otros Bienes de Consumo 9.520.000

Otros N.E.P.9 9.520.000

22 Gastos de Capital -9.520.000

4 Bienes de Uso -9.520.000

2 Construcciones -9.520.000

Construcciones en Bienes de Dominio Privado1 -9.520.000

TOTAL PROGRAMA 0500.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 850:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

011 Tesoro Nacional

8.300.0009 Gastos Figurativos

8.300.0001 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a Organismos Descentralizados 8.300.0002

8.300.000918 Instituto Nacional de las Mujeres

-8.300.0009 Gastos Figurativos

-8.300.0002 Gastos Fig. de la Adm. Nac. P/Transacciones de Capital

Contribución a Organismos Descentralizados -8.300.0002

-8.300.000918 Instituto Nacional de las Mujeres (INAM)

0TOTAL GASTOS FIGURATIVOS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

Programa 87 Asist. Fin. a Emp. Públicas y Otros Entes Sector Transporte:Sub-Programa 1 Asistencia Financiera a Empresas Públicas y Otros Entes del Sector Transporte:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 2.510.000.000

11 Tesoro Nacional 460.000.000

21 Gastos Corrientes 460.000.000

5 Transferencias 460.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público 460.000.000

Transf.a Emp. Pub.No Fina. para Financiar Gastos2 460.000.000

727 Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E. -113.313.195

778 Operador Ferroviario S.E. 573.313.195

15 Crédito Interno 2.050.000.000

22 Gastos de Capital 2.050.000.000

6 Incremento de Activos Financieros 2.050.000.000

1 Aportes de Capital y Compra de Acciones 2.050.000.000

Aportes de Capital a Empresas Públicas No Financieras2 2.050.000.000

2294 Aerolineas Argentinas S.A. 2.050.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA 2.510.000.000TOTAL PROGRAMA 2.510.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

Programa 88 Asist. Fin. a Emp. Púb. y Otros Entes Sect Ener, Comb y Min:Sub-Programa 1 Asist. Fin. a Emp. Púb. y Otros Entes Sect Ener, Comb y Min:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 2.000.000.000

11 Tesoro Nacional 2.000.000.000

21 Gastos Corrientes 2.000.000.000

5 Transferencias 2.000.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público 2.000.000.000

Transf.a Emp. Pub.No Fina. para Financiar Gastos2 1.600.000.000

510 Energia Argentina S.A. 1.600.000.000

Transf. a Emp. Pub. Multinac. p/financiar Gastos3 400.000.000

551 Ente Binacional Yacyretá 400.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA 2.000.000.000TOTAL PROGRAMA 2.000.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

Programa 95 Otras Asistencias Financieras a Empresas Públicas y Otros Entes:Sub-Programa 4 Empresas Públicas Sector Educación:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -20.000.000

11 Tesoro Nacional -20.000.000

21 Gastos Corrientes -20.000.000

5 Transferencias -20.000.000

5 Transferencias a Otras Entidades del Sector Público -20.000.000

Transf. a Fondos Fiduc.y Otros Entes del SPNnF p/Fin.Gs.4 -20.000.000

801 Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales -20.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -20.000.000TOTAL PROGRAMA -20.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

Programa 97 Aportes al Sector Externo:Sub-Programa 1 Contribuciones, Adhesiones y Aportes de Capital a Organismos Internacionales:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 180.000.000

11 Tesoro Nacional 180.000.000

22 Gastos de Capital 180.000.000

6 Incremento de Activos Financieros 180.000.000

1 Aportes de Capital y Compra de Acciones 180.000.000

Aportes de Capital a Organismos Internacionales4 180.000.000

9999 Sin discriminar 180.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA 180.000.000TOTAL PROGRAMA 180.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

Programa 98 Asistencia Financiera a Provincias y Municipios:Sub-Programa 1 Asistencia Financiera a Provincias:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 56.378.786

11 Tesoro Nacional 56.378.786

22 Gastos de Capital 56.378.786

5 Transferencias 56.378.786

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital 56.378.786

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 56.378.786

3001 Administración central provincial 56.378.786

TOTAL SUB-PROGRAMA 56.378.786TOTAL PROGRAMA 56.378.786

4.726.378.786TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro: 910:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-10.338.650.73411 Tesoro Nacional

-10.338.650.7346 Incremento de Activos Financieros

-10.338.650.7345 Incremento de Disponibilidades

Incremento de Caja y Bancos -10.338.650.7341

-10.338.650.734TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 30108 Instituto Nacional del AguaEntidad :

Programa 16 Desarrollo de la Ciencia y Técnica del Agua:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -5.637.400

11 Tesoro Nacional -5.637.400

21 Gastos Corrientes -5.637.400

3 Servicios No Personales -5.637.400

9 Otros Servicios -5.637.400

Servicios de Vigilancia3 -5.637.400

TOTAL PROGRAMA -5.637.400-5.637.400TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL-5.637.400TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 30612 Tribunal de Tasaciones de la NaciónEntidad :

Programa 54 Tasación de Bienes:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

1 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL 8.834.400

12 Recursos Propios 8.834.400

21 Gastos Corrientes 8.834.400

1 Gastos en Personal 8.834.400

1 Personal Permanente 3.570.700

Retribución del Cargo1 1.850.000

Retribuciones que no hacen al Cargo3 361.670

Sueldo Anual Complementario4 53.000

Contribuciones Patronales6 752.000

Complementos7 554.030

3 Servicios Extraordinarios 89.500

Retribuciones Extraordinarias1 67.000

Sueldo Anual Complementario2 12.500

Contribuciones Patronales3 10.000

5 Asistencia Social al Personal 18.200

Seguros de Riesgo de Trabajo1 12.000

Otras Asistencias Sociales al Personal9 6.200

6 Beneficios y Compensaciones 2.200.000

8 Personal contratado 2.956.000

Retribuciones por contratos1 2.300.000

Adicionales al contrato2 161.000

Sueldo anual complementario3 132.000

Contribuciones patronales5 363.000

TOTAL PROGRAMA 8.834.4008.834.400TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL8.834.400TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 45450 Instituto Geográfico NacionalEntidad :

Programa 16 Elaboración y Actualización de Información Geoespacial y Cartografía Básica Nacional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 300.000

11 Tesoro Nacional 300.000

21 Gastos Corrientes 300.000

2 Bienes de Consumo 300.000

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 300.000

Alimentos para Personas1 300.000

TOTAL PROGRAMA 300.000300.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL300.000TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 45452 Servicio Meteorológico NacionalEntidad :

Programa 16 Servicios de Meteorología Nacional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 55.623.012

12 Recursos Propios 55.623.012

21 Gastos Corrientes 55.623.012

1 Gastos en Personal 48.048.295

8 Personal contratado 48.048.295

Retribuciones por contratos1 35.400.000

Adicionales al contrato2 900.000

Sueldo anual complementario3 4.100.000

Contribuciones patronales5 7.648.295

2 Bienes de Consumo 1.000.000

1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales 300.000

Alimentos para Personas1 300.000

5 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes 300.000

Combustibles y Lubricantes6 300.000

7 Productos Metálicos 300.000

Productos Ferrosos1 300.000

9 Otros Bienes de Consumo 100.000

Utiles y Materiales Eléctricos3 100.000

3 Servicios No Personales 6.574.717

1 Servicios Básicos 2.000.000

Energía Eléctrica1 2.000.000

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 3.000.000

Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo3 2.000.000

Limpieza, Aseo y Fumigación5 1.000.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales 1.100.000

Otros N.E.P.9 1.100.000

7 Pasajes y Viáticos 474.717

Pasajes1 474.717

TOTAL PROGRAMA 55.623.01255.623.012TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL55.623.012TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 51608 Instituto Nacional de Tecnología IndustrialEntidad :

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 20.301.170

12 Recursos Propios 20.301.170

21 Gastos Corrientes 20.301.170

1 Gastos en Personal 20.301.170

1 Personal Permanente 19.286.111

Retribución del Cargo1 16.240.935

Retribuciones que no hacen al Cargo3 3.045.176

6 Beneficios y Compensaciones 1.015.059

TOTAL PROGRAMA 20.301.170

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 51608 Instituto Nacional de Tecnología IndustrialEntidad :

Programa 16 Metrología, Desarrollo e Innovación en Proccesos Industriales:Sub-Programa 2 Fomento de la Competitividad Industrial:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 175.814.292

12 Recursos Propios 175.814.292

21 Gastos Corrientes 175.814.292

5 Transferencias 175.814.292

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 175.814.292

Transf.para Activ. Cientificas o Académicas6 175.814.292

2001 Centro de Investigación del Sistema INTI 175.814.292

TOTAL SUB-PROGRAMA 175.814.292

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 51608 Instituto Nacional de Tecnología IndustrialEntidad :

Programa 16 Metrología, Desarrollo e Innovación en Proccesos Industriales:Sub-Programa 3 Extensionismo Industrial Federal:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 43.953.573

12 Recursos Propios 43.953.573

21 Gastos Corrientes 43.953.573

5 Transferencias 43.953.573

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 43.953.573

Transf.para Activ. Cientificas o Académicas6 43.953.573

2001 Centro de Investigación del Sistema INTI 43.953.573

TOTAL SUB-PROGRAMA 43.953.573TOTAL PROGRAMA 219.767.865

240.069.035TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL240.069.035TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Agroindustria: 52609 Instituto Nacional de VitiviniculturaEntidad :

Programa 16 Control de Genuinidad de la Producción Vitivinícola:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

5 DEUDA PUBLICA 2.050.000

12 Recursos Propios 2.050.000

21 Gastos Corrientes 2.050.000

7 Servicio de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos 2.050.000

3 Intereses por Préstamos Recibidos 2.050.000

Intereses de Préstamos del Sector Externo9 2.050.000

TOTAL PROGRAMA 2.050.0002.050.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Agroindustria: 52609 Instituto Nacional de VitiviniculturaEntidad :

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-2.050.00012 Recursos Propios

-4.530.0006 Incremento de Activos Financieros

-4.530.0005 Incremento de Disponibilidades

Incremento de Caja y Bancos -4.530.0001

2.480.0007 Servicio de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos

2.480.0005 Amortización de Préstamos a Largo Plazo

De Préstamos Recibidos del Sector Externo 2.480.0009

-2.050.000TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS0TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 72113 Teatro Nacional CervantesEntidad :

Programa 16 Acciones Artísticas del Teatro Nacional Cervantes:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 3.402.800

12 Recursos Propios 3.402.800

21 Gastos Corrientes 3.402.800

3 Servicios No Personales 3.402.800

4 Servicios Técnicos y Profesionales 3.402.800

Otros N.E.P.9 3.402.800

TOTAL PROGRAMA 3.402.8003.402.800TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL3.402.800TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 72116 Biblioteca NacionalEntidad :

Programa 25 Servicios de la Biblioteca Nacional:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 20.000.000

11 Tesoro Nacional 20.000.000

21 Gastos Corrientes 20.000.000

3 Servicios No Personales 20.000.000

1 Servicios Básicos 6.200.000

Energía Eléctrica1 6.200.000

3 Mantenimiento, Reparación y Limpieza 8.000.000

Limpieza, Aseo y Fumigación5 8.000.000

4 Servicios Técnicos y Profesionales 1.800.000

Estudios, Investigaciones y Proyectos de Factibilidad1 1.800.000

9 Otros Servicios 4.000.000

Servicios de Vigilancia3 4.000.000

TOTAL PROGRAMA 20.000.00020.000.000TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL20.000.000TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 72802 Fondo Nacional de las ArtesEntidad :

Programa 16 Financiamiento para el Fomento de las Artes:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 0

12 Recursos Propios 0

21 Gastos Corrientes 5.000.000

3 Servicios No Personales 2.500.000

7 Pasajes y Viáticos 1.000.000

Pasajes1 1.000.000

9 Otros Servicios 1.500.000

Otros N.E.P.9 1.500.000

5 Transferencias 2.500.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 2.500.000

Becas3 1.000.000

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 1.500.000

9999 Sin discriminar 1.500.000

22 Gastos de Capital -5.000.000

6 Incremento de Activos Financieros -5.000.000

2 Préstamos a Corto Plazo -5.000.000

Préstamos a Corto Plazo al Sector Privado1 -5.000.000

9999 Sin discriminar -5.000.000

TOTAL PROGRAMA 00TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL0TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 1 Actividades Centrales:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 16.682.521

11 Tesoro Nacional 3.423.617

21 Gastos Corrientes 3.423.617

1 Gastos en Personal 3.423.617

1 Personal Permanente 2.205.722

Retribución del Cargo1 304.510

Retribuciones que no hacen al Cargo3 347.277

Sueldo Anual Complementario4 436.416

Contribuciones Patronales6 1.117.519

2 Personal Temporario 3.220

Retribuciones que no hacen al Cargo2 3.220

3 Servicios Extraordinarios 7.157

Retribuciones Extraordinarias1 7.157

5 Asistencia Social al Personal 155.815

Seguros de Riesgo de Trabajo1 155.815

8 Personal contratado 1.051.703

Retribuciones por contratos1 229.015

Adicionales al contrato2 67.887

Sueldo anual complementario3 216.063

Contribuciones patronales5 538.738

12 Recursos Propios 13.258.904

21 Gastos Corrientes 13.258.904

1 Gastos en Personal 13.258.904

1 Personal Permanente 8.533.310

Retribución del Cargo1 3.272.056

Retribuciones que no hacen al Cargo3 5.169.410

Sueldo Anual Complementario4 7.910

Complementos7 83.934

2 Personal Temporario 63.491

Retribuciones del Cargo1 21.909

Retribuciones que no hacen al Cargo2 41.582

3 Servicios Extraordinarios 179.197

Retribuciones Extraordinarias1 179.197

5 Asistencia Social al Personal 4.087

Otras Asistencias Sociales al Personal9 4.087

8 Personal contratado 4.478.819

Retribuciones por contratos1 3.681.283

Adicionales al contrato2 797.536

TOTAL PROGRAMA 16.682.521

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 1 Parque Nacional Iguazú:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 3.058.552

11 Tesoro Nacional 1.241.867

21 Gastos Corrientes 1.241.867

1 Gastos en Personal 1.241.867

1 Personal Permanente 812.324

Retribución del Cargo1 131.866

Retribuciones que no hacen al Cargo3 129.263

Sueldo Anual Complementario4 151.479

Contribuciones Patronales6 399.716

2 Personal Temporario 33.063

Retribuciones del Cargo1 6.793

Retribuciones que no hacen al Cargo2 2.601

Sueldo Anual Complementario3 6.311

Contribuciones Patronales5 17.358

3 Servicios Extraordinarios 2.868

Retribuciones Extraordinarias1 2.868

5 Asistencia Social al Personal 55.597

Seguros de Riesgo de Trabajo1 55.597

8 Personal contratado 338.015

Retribuciones por contratos1 68.130

Adicionales al contrato2 29.385

Sueldo anual complementario3 63.972

Contribuciones patronales5 176.528

12 Recursos Propios 1.816.685

21 Gastos Corrientes 1.816.685

1 Gastos en Personal 1.816.685

1 Personal Permanente 1.282.396

Retribución del Cargo1 649.711

Retribuciones que no hacen al Cargo3 632.233

Sueldo Anual Complementario4 452

2 Personal Temporario 45.863

Retribuciones del Cargo1 33.164

Retribuciones que no hacen al Cargo2 12.699

3 Servicios Extraordinarios 14.351

Retribuciones Extraordinarias1 14.351

8 Personal contratado 474.075

Retribuciones por contratos1 331.286

Adicionales al contrato2 142.789

TOTAL SUB-PROGRAMA 3.058.552

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 2 Parque Nacional Lanín:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 8.610.162

11 Tesoro Nacional 3.488.848

21 Gastos Corrientes 3.488.848

1 Gastos en Personal 3.488.848

1 Personal Permanente 1.782.113

Retribución del Cargo1 290.355

Retribuciones que no hacen al Cargo3 303.425

Sueldo Anual Complementario4 329.121

Contribuciones Patronales6 859.212

2 Personal Temporario 705.024

Retribuciones del Cargo1 145.530

Retribuciones que no hacen al Cargo2 63.874

Sueldo Anual Complementario3 113.922

Contribuciones Patronales5 381.698

5 Asistencia Social al Personal 156.062

Seguros de Riesgo de Trabajo1 156.062

8 Personal contratado 845.649

Retribuciones por contratos1 157.188

Adicionales al contrato2 85.294

Sueldo anual complementario3 170.834

Contribuciones patronales5 432.333

12 Recursos Propios 5.121.314

21 Gastos Corrientes 5.121.314

1 Gastos en Personal 5.121.314

1 Personal Permanente 2.909.766

Retribución del Cargo1 1.422.438

Retribuciones que no hacen al Cargo3 1.487.328

2 Personal Temporario 1.022.382

Retribuciones del Cargo1 710.526

Retribuciones que no hacen al Cargo2 311.856

5 Asistencia Social al Personal 5.665

Otras Asistencias Sociales al Personal9 5.665

8 Personal contratado 1.183.501

Retribuciones por contratos1 767.191

Adicionales al contrato2 416.310

TOTAL SUB-PROGRAMA 8.610.162

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 3 Parque Nacional Nahuel Huapi y Parque Nacional Los Arrayanes:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 9.747.650

11 Tesoro Nacional 3.933.376

21 Gastos Corrientes 3.933.376

1 Gastos en Personal 3.933.376

1 Personal Permanente 2.190.866

Retribución del Cargo1 367.850

Retribuciones que no hacen al Cargo3 349.142

Sueldo Anual Complementario4 413.180

Contribuciones Patronales6 1.060.694

2 Personal Temporario 681.654

Retribuciones del Cargo1 146.971

Retribuciones que no hacen al Cargo2 59.299

Sueldo Anual Complementario3 105.252

Contribuciones Patronales5 370.132

5 Asistencia Social al Personal 175.743

Seguros de Riesgo de Trabajo1 175.743

8 Personal contratado 885.113

Retribuciones por contratos1 165.274

Adicionales al contrato2 88.364

Sueldo anual complementario3 173.107

Contribuciones patronales5 458.368

12 Recursos Propios 5.814.274

21 Gastos Corrientes 5.814.274

1 Gastos en Personal 5.814.274

1 Personal Permanente 3.569.792

Retribución del Cargo1 1.836.152

Retribuciones que no hacen al Cargo3 1.733.640

2 Personal Temporario 1.005.424

Retribuciones del Cargo1 716.390

Retribuciones que no hacen al Cargo2 289.034

5 Asistencia Social al Personal 16.617

Otras Asistencias Sociales al Personal9 16.617

8 Personal contratado 1.222.441

Retribuciones por contratos1 790.477

Adicionales al contrato2 431.964

TOTAL SUB-PROGRAMA 9.747.650

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 4 Parque Nacional Los Alerces:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 4.131.671

11 Tesoro Nacional 1.653.637

21 Gastos Corrientes 1.653.637

1 Gastos en Personal 1.653.637

1 Personal Permanente 984.322

Retribución del Cargo1 160.154

Retribuciones que no hacen al Cargo3 153.706

Sueldo Anual Complementario4 185.625

Contribuciones Patronales6 484.837

2 Personal Temporario 396.502

Retribuciones del Cargo1 84.036

Retribuciones que no hacen al Cargo2 41.409

Sueldo Anual Complementario3 57.380

Contribuciones Patronales5 213.677

5 Asistencia Social al Personal 75.324

Seguros de Riesgo de Trabajo1 75.324

8 Personal contratado 197.489

Retribuciones por contratos1 34.468

Adicionales al contrato2 20.306

Sueldo anual complementario3 43.594

Contribuciones patronales5 99.121

12 Recursos Propios 2.478.034

21 Gastos Corrientes 2.478.034

1 Gastos en Personal 2.478.034

1 Personal Permanente 1.598.141

Retribución del Cargo1 818.752

Retribuciones que no hacen al Cargo3 779.389

2 Personal Temporario 612.466

Retribuciones del Cargo1 410.294

Retribuciones que no hacen al Cargo2 202.172

8 Personal contratado 267.427

Retribuciones por contratos1 168.286

Adicionales al contrato2 99.141

TOTAL SUB-PROGRAMA 4.131.671

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 5 Parque Nacional Los Glaciares:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 279.231

11 Tesoro Nacional 118.236

21 Gastos Corrientes 118.236

1 Gastos en Personal 118.236

1 Personal Permanente 50.842

Retribución del Cargo1 8.324

Retribuciones que no hacen al Cargo3 9.063

Sueldo Anual Complementario4 9.128

Contribuciones Patronales6 24.327

2 Personal Temporario 62.444

Retribuciones del Cargo1 9.926

Retribuciones que no hacen al Cargo2 5.430

Sueldo Anual Complementario3 17.290

Contribuciones Patronales5 29.798

5 Asistencia Social al Personal 4.950

Seguros de Riesgo de Trabajo1 4.950

12 Recursos Propios 160.995

21 Gastos Corrientes 160.995

1 Gastos en Personal 160.995

1 Personal Permanente 84.893

Retribución del Cargo1 40.640

Retribuciones que no hacen al Cargo3 44.253

2 Personal Temporario 74.969

Retribuciones del Cargo1 48.460

Retribuciones que no hacen al Cargo2 26.509

5 Asistencia Social al Personal 1.133

Otras Asistencias Sociales al Personal9 1.133

TOTAL SUB-PROGRAMA 279.231

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 6 Parque Nacional Tierra del Fuego:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.445.317

11 Tesoro Nacional 1.095.523

21 Gastos Corrientes 1.095.523

1 Gastos en Personal 1.095.523

1 Personal Permanente 578.675

Retribución del Cargo1 52.733

Retribuciones que no hacen al Cargo3 285.891

Sueldo Anual Complementario4 65.675

Contribuciones Patronales6 174.376

2 Personal Temporario 347.211

Retribuciones del Cargo1 159.770

Retribuciones que no hacen al Cargo2 91.800

Sueldo Anual Complementario3 19.918

Contribuciones Patronales5 75.723

5 Asistencia Social al Personal 25.872

Seguros de Riesgo de Trabajo1 25.872

8 Personal contratado 143.765

Retribuciones por contratos1 62.440

Adicionales al contrato2 38.236

Sueldo anual complementario3 11.998

Contribuciones patronales5 31.091

12 Recursos Propios 349.794

21 Gastos Corrientes 349.794

1 Gastos en Personal 349.794

1 Personal Permanente 349.794

Retribución del Cargo1 256.054

Retribuciones que no hacen al Cargo3 93.740

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.445.317

Page 251: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 7 Parque Nacional Lago Puelo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.787.048

11 Tesoro Nacional 1.787.048

21 Gastos Corrientes 1.787.048

1 Gastos en Personal 1.787.048

1 Personal Permanente 1.266.199

Retribución del Cargo1 485.223

Retribuciones que no hacen al Cargo3 446.888

Sueldo Anual Complementario4 94.933

Contribuciones Patronales6 239.155

2 Personal Temporario 400.170

Retribuciones del Cargo1 187.537

Retribuciones que no hacen al Cargo2 92.408

Sueldo Anual Complementario3 31.870

Contribuciones Patronales5 88.355

5 Asistencia Social al Personal 31.981

Seguros de Riesgo de Trabajo1 31.981

8 Personal contratado 88.698

Retribuciones por contratos1 36.189

Adicionales al contrato2 26.701

Sueldo anual complementario3 7.216

Contribuciones patronales5 18.592

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.787.048

Page 252: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 8 Parque Nacional El Palmar:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 2.016.304

11 Tesoro Nacional 2.016.304

21 Gastos Corrientes 2.016.304

1 Gastos en Personal 2.016.304

1 Personal Permanente 1.169.381

Retribución del Cargo1 459.160

Retribuciones que no hacen al Cargo3 417.214

Sueldo Anual Complementario4 79.786

Contribuciones Patronales6 213.221

2 Personal Temporario 445.049

Retribuciones del Cargo1 279.583

Retribuciones que no hacen al Cargo2 42.723

Sueldo Anual Complementario3 25.831

Contribuciones Patronales5 96.912

3 Servicios Extraordinarios 13.986

Retribuciones Extraordinarias1 13.986

5 Asistencia Social al Personal 39.605

Seguros de Riesgo de Trabajo1 36.206

Otras Asistencias Sociales al Personal9 3.399

8 Personal contratado 348.283

Retribuciones por contratos1 198.549

Adicionales al contrato2 40.951

Sueldo anual complementario3 29.055

Contribuciones patronales5 79.728

TOTAL SUB-PROGRAMA 2.016.304

Page 253: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 9 Parque Nacional Chaco:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.119.716

11 Tesoro Nacional 1.119.716

21 Gastos Corrientes 1.119.716

1 Gastos en Personal 1.119.716

1 Personal Permanente 716.814

Retribución del Cargo1 296.779

Retribuciones que no hacen al Cargo3 236.862

Sueldo Anual Complementario4 51.165

Contribuciones Patronales6 132.008

2 Personal Temporario 261.232

Retribuciones del Cargo1 131.901

Retribuciones que no hacen al Cargo2 51.158

Sueldo Anual Complementario3 19.969

Contribuciones Patronales5 58.204

5 Asistencia Social al Personal 20.038

Seguros de Riesgo de Trabajo1 20.038

8 Personal contratado 121.632

Retribuciones por contratos1 58.398

Adicionales al contrato2 25.772

Sueldo anual complementario3 10.341

Contribuciones patronales5 27.121

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.119.716

Page 254: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 10 Parque Nacional Río Pilcomayo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.427.336

11 Tesoro Nacional 1.427.336

21 Gastos Corrientes 1.427.336

1 Gastos en Personal 1.427.336

1 Personal Permanente 956.018

Retribución del Cargo1 343.694

Retribuciones que no hacen al Cargo3 366.135

Sueldo Anual Complementario4 65.905

Contribuciones Patronales6 180.284

2 Personal Temporario 240.174

Retribuciones del Cargo1 119.869

Retribuciones que no hacen al Cargo2 45.900

Sueldo Anual Complementario3 19.973

Contribuciones Patronales5 54.432

5 Asistencia Social al Personal 25.991

Seguros de Riesgo de Trabajo1 25.991

8 Personal contratado 205.153

Retribuciones por contratos1 98.518

Adicionales al contrato2 47.686

Sueldo anual complementario3 15.959

Contribuciones patronales5 42.990

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.427.336

Page 255: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 11 Parque Nacional Calilegua:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.242.194

11 Tesoro Nacional 1.242.194

21 Gastos Corrientes 1.242.194

1 Gastos en Personal 1.242.194

1 Personal Permanente 987.009

Retribución del Cargo1 404.285

Retribuciones que no hacen al Cargo3 322.130

Sueldo Anual Complementario4 69.218

Contribuciones Patronales6 191.376

2 Personal Temporario 180.389

Retribuciones del Cargo1 94.664

Retribuciones que no hacen al Cargo2 31.140

Sueldo Anual Complementario3 15.478

Contribuciones Patronales5 39.107

5 Asistencia Social al Personal 22.554

Seguros de Riesgo de Trabajo1 22.554

8 Personal contratado 52.242

Retribuciones por contratos1 28.512

Adicionales al contrato2 10.087

Sueldo anual complementario3 2.352

Contribuciones patronales5 11.291

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.242.194

Page 256: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 12 Parque Nacional Lihué Calel:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 659.756

11 Tesoro Nacional 659.756

21 Gastos Corrientes 659.756

1 Gastos en Personal 659.756

1 Personal Permanente 356.569

Retribución del Cargo1 148.458

Retribuciones que no hacen al Cargo3 118.068

Sueldo Anual Complementario4 24.735

Contribuciones Patronales6 65.308

2 Personal Temporario 256.005

Retribuciones del Cargo1 143.217

Retribuciones que no hacen al Cargo2 44.078

Sueldo Anual Complementario3 13.158

Contribuciones Patronales5 55.552

5 Asistencia Social al Personal 11.986

Seguros de Riesgo de Trabajo1 11.986

8 Personal contratado 35.196

Retribuciones por contratos1 17.129

Adicionales al contrato2 7.683

Sueldo anual complementario3 2.882

Contribuciones patronales5 7.502

TOTAL SUB-PROGRAMA 659.756

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 13 Parque Nacional Talampaya:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 859.836

11 Tesoro Nacional 859.836

21 Gastos Corrientes 859.836

1 Gastos en Personal 859.836

1 Personal Permanente 646.241

Retribución del Cargo1 259.577

Retribuciones que no hacen al Cargo3 214.222

Sueldo Anual Complementario4 47.664

Contribuciones Patronales6 124.778

5 Asistencia Social al Personal 15.570

Seguros de Riesgo de Trabajo1 15.570

8 Personal contratado 198.025

Retribuciones por contratos1 97.483

Adicionales al contrato2 42.539

Sueldo anual complementario3 15.469

Contribuciones patronales5 42.534

TOTAL SUB-PROGRAMA 859.836

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 14 Parque Nacional Laguna Blanca:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 868.356

11 Tesoro Nacional 868.356

21 Gastos Corrientes 868.356

1 Gastos en Personal 868.356

1 Personal Permanente 512.508

Retribución del Cargo1 194.796

Retribuciones que no hacen al Cargo3 178.451

Sueldo Anual Complementario4 42.001

Contribuciones Patronales6 97.260

2 Personal Temporario 164.139

Retribuciones del Cargo1 80.629

Retribuciones que no hacen al Cargo2 35.331

Sueldo Anual Complementario3 13.342

Contribuciones Patronales5 34.837

5 Asistencia Social al Personal 15.512

Seguros de Riesgo de Trabajo1 15.512

8 Personal contratado 176.197

Retribuciones por contratos1 83.546

Adicionales al contrato2 41.755

Sueldo anual complementario3 13.946

Contribuciones patronales5 36.950

TOTAL SUB-PROGRAMA 868.356

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 15 Monumento Natural Bosques Petrificados:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 4.545.834

11 Tesoro Nacional 4.545.834

21 Gastos Corrientes 4.545.834

1 Gastos en Personal 4.545.834

1 Personal Permanente 2.539.989

Retribución del Cargo1 905.138

Retribuciones que no hacen al Cargo3 990.111

Sueldo Anual Complementario4 176.558

Contribuciones Patronales6 468.182

2 Personal Temporario 944.754

Retribuciones del Cargo1 439.518

Retribuciones que no hacen al Cargo2 240.794

Sueldo Anual Complementario3 58.289

Contribuciones Patronales5 206.153

5 Asistencia Social al Personal 85.488

Seguros de Riesgo de Trabajo1 82.089

Otras Asistencias Sociales al Personal9 3.399

8 Personal contratado 975.603

Retribuciones por contratos1 399.101

Adicionales al contrato2 276.494

Sueldo anual complementario3 90.423

Contribuciones patronales5 209.585

TOTAL SUB-PROGRAMA 4.545.834

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 16 Parque Nacional Perito Moreno:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 521.258

11 Tesoro Nacional 521.258

21 Gastos Corrientes 521.258

1 Gastos en Personal 521.258

1 Personal Permanente 332.133

Retribución del Cargo1 113.416

Retribuciones que no hacen al Cargo3 132.016

Sueldo Anual Complementario4 24.199

Contribuciones Patronales6 62.502

2 Personal Temporario 82.133

Retribuciones del Cargo1 35.588

Retribuciones que no hacen al Cargo2 21.165

Sueldo Anual Complementario3 7.592

Contribuciones Patronales5 17.788

5 Asistencia Social al Personal 9.314

Seguros de Riesgo de Trabajo1 9.314

8 Personal contratado 97.678

Retribuciones por contratos1 41.269

Adicionales al contrato2 27.246

Sueldo anual complementario3 8.016

Contribuciones patronales5 21.147

TOTAL SUB-PROGRAMA 521.258

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 17 Reserva Natural Otamendi:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 702.422

11 Tesoro Nacional 702.422

21 Gastos Corrientes 702.422

1 Gastos en Personal 702.422

1 Personal Permanente 400.680

Retribución del Cargo1 182.960

Retribuciones que no hacen al Cargo3 113.602

Sueldo Anual Complementario4 30.104

Contribuciones Patronales6 74.014

2 Personal Temporario 180.073

Retribuciones del Cargo1 106.908

Retribuciones que no hacen al Cargo2 14.628

Sueldo Anual Complementario3 18.869

Contribuciones Patronales5 39.668

5 Asistencia Social al Personal 12.746

Seguros de Riesgo de Trabajo1 12.746

8 Personal contratado 108.923

Retribuciones por contratos1 57.350

Adicionales al contrato2 11.805

Sueldo anual complementario3 14.298

Contribuciones patronales5 25.470

TOTAL SUB-PROGRAMA 702.422

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 18 Parque Nacional Pre-Delta:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 744.392

11 Tesoro Nacional 744.392

21 Gastos Corrientes 744.392

1 Gastos en Personal 744.392

1 Personal Permanente 523.214

Retribución del Cargo1 218.596

Retribuciones que no hacen al Cargo3 164.728

Sueldo Anual Complementario4 38.870

Contribuciones Patronales6 101.020

2 Personal Temporario 116.148

Retribuciones del Cargo1 66.594

Retribuciones que no hacen al Cargo2 12.751

Sueldo Anual Complementario3 10.011

Contribuciones Patronales5 26.792

3 Servicios Extraordinarios 23.102

Retribuciones Extraordinarias1 23.102

5 Asistencia Social al Personal 13.329

Seguros de Riesgo de Trabajo1 13.329

8 Personal contratado 68.599

Retribuciones por contratos1 41.268

Adicionales al contrato2 4.919

Sueldo anual complementario3 6.218

Contribuciones patronales5 16.194

TOTAL SUB-PROGRAMA 744.392

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 19 Parque Nacional Sierra de las Quijadas:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 754.755

11 Tesoro Nacional 754.755

21 Gastos Corrientes 754.755

1 Gastos en Personal 754.755

1 Personal Permanente 569.950

Retribución del Cargo1 255.183

Retribuciones que no hacen al Cargo3 164.490

Sueldo Anual Complementario4 40.243

Contribuciones Patronales6 110.034

2 Personal Temporario 95.782

Retribuciones del Cargo1 52.532

Retribuciones que no hacen al Cargo2 17.242

Sueldo Anual Complementario3 5.706

Contribuciones Patronales5 20.302

5 Asistencia Social al Personal 13.511

Seguros de Riesgo de Trabajo1 13.511

8 Personal contratado 75.512

Retribuciones por contratos1 47.025

Adicionales al contrato2 5.675

Sueldo anual complementario3 6.377

Contribuciones patronales5 16.435

TOTAL SUB-PROGRAMA 754.755

Page 264: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 20 Parque Nacional El Leoncito:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 577.337

11 Tesoro Nacional 577.337

21 Gastos Corrientes 577.337

1 Gastos en Personal 577.337

1 Personal Permanente 419.678

Retribución del Cargo1 155.940

Retribuciones que no hacen al Cargo3 149.935

Sueldo Anual Complementario4 33.125

Contribuciones Patronales6 80.678

2 Personal Temporario 79.340

Retribuciones del Cargo1 39.957

Retribuciones que no hacen al Cargo2 16.393

Sueldo Anual Complementario3 5.494

Contribuciones Patronales5 17.496

5 Asistencia Social al Personal 10.307

Seguros de Riesgo de Trabajo1 10.307

8 Personal contratado 68.012

Retribuciones por contratos1 30.610

Adicionales al contrato2 15.224

Sueldo anual complementario3 8.004

Contribuciones patronales5 14.174

TOTAL SUB-PROGRAMA 577.337

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 21 Parque Nacional San Guillermo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 554.159

11 Tesoro Nacional 554.159

21 Gastos Corrientes 554.159

1 Gastos en Personal 554.159

1 Personal Permanente 436.611

Retribución del Cargo1 194.447

Retribuciones que no hacen al Cargo3 125.436

Sueldo Anual Complementario4 33.149

Contribuciones Patronales6 83.579

5 Asistencia Social al Personal 9.938

Seguros de Riesgo de Trabajo1 9.938

8 Personal contratado 107.610

Retribuciones por contratos1 48.018

Adicionales al contrato2 28.060

Sueldo anual complementario3 8.801

Contribuciones patronales5 22.731

TOTAL SUB-PROGRAMA 554.159

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 22 Parque Nacional Quebrada del Condorito:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 901.299

11 Tesoro Nacional 901.299

21 Gastos Corrientes 901.299

1 Gastos en Personal 901.299

1 Personal Permanente 542.249

Retribución del Cargo1 233.328

Retribuciones que no hacen al Cargo3 179.789

Sueldo Anual Complementario4 32.245

Contribuciones Patronales6 96.887

2 Personal Temporario 245.860

Retribuciones del Cargo1 145.970

Retribuciones que no hacen al Cargo2 23.964

Sueldo Anual Complementario3 20.552

Contribuciones Patronales5 55.374

5 Asistencia Social al Personal 16.211

Seguros de Riesgo de Trabajo1 16.211

8 Personal contratado 96.979

Retribuciones por contratos1 61.671

Adicionales al contrato2 3.274

Sueldo anual complementario3 9.875

Contribuciones patronales5 22.159

TOTAL SUB-PROGRAMA 901.299

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 23 Parque Nacional Campo de los Alisos:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 728.016

11 Tesoro Nacional 728.016

21 Gastos Corrientes 728.016

1 Gastos en Personal 728.016

1 Personal Permanente 518.688

Retribución del Cargo1 213.259

Retribuciones que no hacen al Cargo3 173.516

Sueldo Anual Complementario4 34.484

Contribuciones Patronales6 97.429

2 Personal Temporario 140.318

Retribuciones del Cargo1 79.912

Retribuciones que no hacen al Cargo2 24.043

Sueldo Anual Complementario3 5.491

Contribuciones Patronales5 30.872

3 Servicios Extraordinarios 1.340

Retribuciones Extraordinarias1 1.340

5 Asistencia Social al Personal 13.079

Seguros de Riesgo de Trabajo1 13.079

8 Personal contratado 54.591

Retribuciones por contratos1 28.287

Adicionales al contrato2 9.312

Sueldo anual complementario3 4.665

Contribuciones patronales5 12.327

TOTAL SUB-PROGRAMA 728.016

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 24 Parque Nacional Los Cardones:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 588.999

11 Tesoro Nacional 588.999

21 Gastos Corrientes 588.999

1 Gastos en Personal 588.999

1 Personal Permanente 421.531

Retribución del Cargo1 174.604

Retribuciones que no hacen al Cargo3 135.274

Sueldo Anual Complementario4 30.371

Contribuciones Patronales6 81.282

2 Personal Temporario 24.279

Retribuciones del Cargo1 13.319

Retribuciones que no hacen al Cargo2 4.371

Sueldo Anual Complementario3 1.778

Contribuciones Patronales5 4.811

3 Servicios Extraordinarios 1.844

Retribuciones Extraordinarias1 1.844

5 Asistencia Social al Personal 10.540

Seguros de Riesgo de Trabajo1 10.540

8 Personal contratado 130.805

Retribuciones por contratos1 60.543

Adicionales al contrato2 30.693

Sueldo anual complementario3 11.041

Contribuciones patronales5 28.528

TOTAL SUB-PROGRAMA 588.999

Page 269: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 25 Monumento Natural Laguna de los Pozuelos:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 400.607

11 Tesoro Nacional 400.607

21 Gastos Corrientes 400.607

1 Gastos en Personal 400.607

1 Personal Permanente 265.986

Retribución del Cargo1 92.115

Retribuciones que no hacen al Cargo3 103.830

Sueldo Anual Complementario4 19.701

Contribuciones Patronales6 50.340

2 Personal Temporario 54.789

Retribuciones del Cargo1 26.995

Retribuciones que no hacen al Cargo2 11.098

Sueldo Anual Complementario3 4.688

Contribuciones Patronales5 12.008

5 Asistencia Social al Personal 7.160

Seguros de Riesgo de Trabajo1 7.160

8 Personal contratado 72.672

Retribuciones por contratos1 34.043

Adicionales al contrato2 17.301

Sueldo anual complementario3 5.720

Contribuciones patronales5 15.608

TOTAL SUB-PROGRAMA 400.607

Page 270: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 26 Parque Nacional Baritú:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 302.207

11 Tesoro Nacional 302.207

21 Gastos Corrientes 302.207

1 Gastos en Personal 302.207

1 Personal Permanente 237.707

Retribución del Cargo1 81.105

Retribuciones que no hacen al Cargo3 89.572

Sueldo Anual Complementario4 20.882

Contribuciones Patronales6 46.148

3 Servicios Extraordinarios 3.576

Retribuciones Extraordinarias1 3.576

5 Asistencia Social al Personal 5.397

Seguros de Riesgo de Trabajo1 5.397

8 Personal contratado 55.527

Retribuciones por contratos1 28.287

Adicionales al contrato2 10.087

Sueldo anual complementario3 4.752

Contribuciones patronales5 12.401

TOTAL SUB-PROGRAMA 302.207

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 27 Reserva Natural Formosa:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 646.249

11 Tesoro Nacional 646.249

21 Gastos Corrientes 646.249

1 Gastos en Personal 646.249

1 Personal Permanente 255.276

Retribución del Cargo1 99.191

Retribuciones que no hacen al Cargo3 95.862

Sueldo Anual Complementario4 16.306

Contribuciones Patronales6 43.917

2 Personal Temporario 137.821

Retribuciones del Cargo1 66.594

Retribuciones que no hacen al Cargo2 29.143

Sueldo Anual Complementario3 11.698

Contribuciones Patronales5 30.386

5 Asistencia Social al Personal 11.552

Seguros de Riesgo de Trabajo1 11.552

8 Personal contratado 241.600

Retribuciones por contratos1 105.060

Adicionales al contrato2 64.639

Sueldo anual complementario3 20.443

Contribuciones patronales5 51.458

TOTAL SUB-PROGRAMA 646.249

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 28 Parque Nacional Mburucuyá:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.525.975

11 Tesoro Nacional 1.525.975

21 Gastos Corrientes 1.525.975

1 Gastos en Personal 1.525.975

1 Personal Permanente 635.530

Retribución del Cargo1 219.388

Retribuciones que no hacen al Cargo3 272.349

Sueldo Anual Complementario4 37.203

Contribuciones Patronales6 106.590

2 Personal Temporario 400.238

Retribuciones del Cargo1 227.417

Retribuciones que no hacen al Cargo2 65.320

Sueldo Anual Complementario3 20.035

Contribuciones Patronales5 87.466

5 Asistencia Social al Personal 27.527

Seguros de Riesgo de Trabajo1 27.527

8 Personal contratado 462.680

Retribuciones por contratos1 248.754

Adicionales al contrato2 72.159

Sueldo anual complementario3 38.892

Contribuciones patronales5 102.875

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.525.975

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 29 Reserva Natural Estricta San Antonio:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 274.649

11 Tesoro Nacional 274.649

21 Gastos Corrientes 274.649

1 Gastos en Personal 274.649

1 Personal Permanente 163.496

Retribución del Cargo1 46.125

Retribuciones que no hacen al Cargo3 75.836

Sueldo Anual Complementario4 12.044

Contribuciones Patronales6 29.491

2 Personal Temporario 52.272

Retribuciones del Cargo1 26.637

Retribuciones que no hacen al Cargo2 9.471

Sueldo Anual Complementario3 4.465

Contribuciones Patronales5 11.699

5 Asistencia Social al Personal 4.955

Seguros de Riesgo de Trabajo1 4.955

8 Personal contratado 53.926

Retribuciones por contratos1 28.287

Adicionales al contrato2 9.343

Sueldo anual complementario3 4.572

Contribuciones patronales5 11.724

TOTAL SUB-PROGRAMA 274.649

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 30 Parque Nacional Campos del Tuyú:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 489.064

11 Tesoro Nacional 489.064

21 Gastos Corrientes 489.064

1 Gastos en Personal 489.064

1 Personal Permanente 310.082

Retribución del Cargo1 124.456

Retribuciones que no hacen al Cargo3 106.727

Sueldo Anual Complementario4 22.305

Contribuciones Patronales6 56.594

2 Personal Temporario 88.833

Retribuciones del Cargo1 53.633

Retribuciones que no hacen al Cargo2 7.342

Sueldo Anual Complementario3 7.630

Contribuciones Patronales5 20.228

5 Asistencia Social al Personal 8.746

Seguros de Riesgo de Trabajo1 8.746

8 Personal contratado 81.403

Retribuciones por contratos1 50.746

Adicionales al contrato2 5.507

Sueldo anual complementario3 6.755

Contribuciones patronales5 18.395

TOTAL SUB-PROGRAMA 489.064

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 31 Parque Nacional Monte León:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 306.434

11 Tesoro Nacional 306.434

21 Gastos Corrientes 306.434

1 Gastos en Personal 306.434

1 Personal Permanente 141.839

Retribución del Cargo1 36.170

Retribuciones que no hacen al Cargo3 63.050

Sueldo Anual Complementario4 15.646

Contribuciones Patronales6 26.973

2 Personal Temporario 115.837

Retribuciones del Cargo1 53.275

Retribuciones que no hacen al Cargo2 30.600

Sueldo Anual Complementario3 6.649

Contribuciones Patronales5 25.313

5 Asistencia Social al Personal 5.644

Seguros de Riesgo de Trabajo1 5.644

8 Personal contratado 43.114

Retribuciones por contratos1 18.738

Adicionales al contrato2 11.570

Sueldo anual complementario3 3.565

Contribuciones patronales5 9.241

TOTAL SUB-PROGRAMA 306.434

Page 276: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 32 Parque Interjurisdiccional Marino Costero Patagonia Austral:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 445.700

11 Tesoro Nacional 445.700

21 Gastos Corrientes 445.700

1 Gastos en Personal 445.700

1 Personal Permanente 286.203

Retribución del Cargo1 98.556

Retribuciones que no hacen al Cargo3 113.526

Sueldo Anual Complementario4 20.096

Contribuciones Patronales6 54.025

5 Asistencia Social al Personal 7.969

Seguros de Riesgo de Trabajo1 7.969

8 Personal contratado 151.528

Retribuciones por contratos1 68.901

Adicionales al contrato2 37.366

Sueldo anual complementario3 12.558

Contribuciones patronales5 32.703

TOTAL SUB-PROGRAMA 445.700

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 34 Parque Nacional El Rey:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 1.108.809

11 Tesoro Nacional 1.108.809

21 Gastos Corrientes 1.108.809

1 Gastos en Personal 1.108.809

1 Personal Permanente 821.242

Retribución del Cargo1 285.919

Retribuciones que no hacen al Cargo3 282.661

Sueldo Anual Complementario4 61.894

Contribuciones Patronales6 152.987

Complementos7 37.781

2 Personal Temporario 53.165

Retribuciones del Cargo1 26.637

Retribuciones que no hacen al Cargo2 10.200

Sueldo Anual Complementario3 4.472

Contribuciones Patronales5 11.856

3 Servicios Extraordinarios 22.500

Retribuciones Extraordinarias1 22.500

5 Asistencia Social al Personal 20.619

Seguros de Riesgo de Trabajo1 20.619

8 Personal contratado 191.283

Retribuciones por contratos1 93.499

Adicionales al contrato2 41.051

Sueldo anual complementario3 15.253

Contribuciones patronales5 41.480

TOTAL SUB-PROGRAMA 1.108.809

Page 278: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 38 Parque Nacional Copo:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 496.864

11 Tesoro Nacional 496.864

21 Gastos Corrientes 496.864

1 Gastos en Personal 496.864

1 Personal Permanente 310.491

Retribución del Cargo1 125.887

Retribuciones que no hacen al Cargo3 103.108

Sueldo Anual Complementario4 25.033

Contribuciones Patronales6 56.463

2 Personal Temporario 145.026

Retribuciones del Cargo1 79.912

Retribuciones que no hacen al Cargo2 19.671

Sueldo Anual Complementario3 12.399

Contribuciones Patronales5 33.044

3 Servicios Extraordinarios 4.916

Retribuciones Extraordinarias1 4.916

5 Asistencia Social al Personal 8.895

Seguros de Riesgo de Trabajo1 8.895

8 Personal contratado 27.536

Retribuciones por contratos1 12.982

Adicionales al contrato2 5.990

Sueldo anual complementario3 2.352

Contribuciones patronales5 6.212

TOTAL SUB-PROGRAMA 496.864

Page 279: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 39 Reserva Nacional el Nogalar de los Toldos:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 69.040

11 Tesoro Nacional 69.040

21 Gastos Corrientes 69.040

1 Gastos en Personal 69.040

1 Personal Permanente 67.806

Retribución del Cargo1 31.441

Retribuciones que no hacen al Cargo3 17.693

Sueldo Anual Complementario4 5.237

Contribuciones Patronales6 13.435

5 Asistencia Social al Personal 1.234

Seguros de Riesgo de Trabajo1 1.234

TOTAL SUB-PROGRAMA 69.040

Page 280: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 41 Reserva Natural Nacional General Pizarro:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 466.763

11 Tesoro Nacional 466.763

21 Gastos Corrientes 466.763

1 Gastos en Personal 466.763

1 Personal Permanente 288.445

Retribución del Cargo1 125.735

Retribuciones que no hacen al Cargo3 88.713

Sueldo Anual Complementario4 19.979

Contribuciones Patronales6 54.018

2 Personal Temporario 107.759

Retribuciones del Cargo1 53.275

Retribuciones que no hacen al Cargo2 21.857

Sueldo Anual Complementario3 9.290

Contribuciones Patronales5 23.337

5 Asistencia Social al Personal 8.346

Seguros de Riesgo de Trabajo1 8.346

8 Personal contratado 62.213

Retribuciones por contratos1 30.610

Adicionales al contrato2 13.011

Sueldo anual complementario3 5.114

Contribuciones patronales5 13.478

TOTAL SUB-PROGRAMA 466.763

Page 281: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 44 Parque Nacional Patagonia:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 206.207

11 Tesoro Nacional 206.207

21 Gastos Corrientes 206.207

1 Gastos en Personal 206.207

1 Personal Permanente 110.159

Retribución del Cargo1 37.364

Retribuciones que no hacen al Cargo3 41.973

Sueldo Anual Complementario4 11.441

Contribuciones Patronales6 19.381

2 Personal Temporario 57.232

Retribuciones del Cargo1 26.637

Retribuciones que no hacen al Cargo2 15.300

Sueldo Anual Complementario3 2.846

Contribuciones Patronales5 12.449

5 Asistencia Social al Personal 3.772

Seguros de Riesgo de Trabajo1 3.772

8 Personal contratado 35.044

Retribuciones por contratos1 15.305

Adicionales al contrato2 9.501

Sueldo anual complementario3 2.784

Contribuciones patronales5 7.454

TOTAL SUB-PROGRAMA 206.207

Page 282: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 17 Conservación y Administración de Áreas Naturales Protegidas:Sub-Programa 45 Parque Nacional El Impenetrable:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

4 SERVICIOS ECONOMICOS 293.123

11 Tesoro Nacional 293.123

21 Gastos Corrientes 293.123

1 Gastos en Personal 293.123

1 Personal Permanente 67.181

Retribución del Cargo1 16.973

Retribuciones que no hacen al Cargo3 40.164

Sueldo Anual Complementario4 2.774

Contribuciones Patronales6 7.270

2 Personal Temporario 158.159

Retribuciones del Cargo1 79.912

Retribuciones que no hacen al Cargo2 30.600

Sueldo Anual Complementario3 11.775

Contribuciones Patronales5 35.872

5 Asistencia Social al Personal 5.248

Seguros de Riesgo de Trabajo1 5.248

8 Personal contratado 62.535

Retribuciones por contratos1 30.610

Adicionales al contrato2 12.713

Sueldo anual complementario3 5.311

Contribuciones patronales5 13.901

TOTAL SUB-PROGRAMA 293.123TOTAL PROGRAMA 54.903.291

Page 283: ftp2.errepar.comftp2.errepar.com/bo/2018/10/16-10-2018.pdf · Primera Sección Legislación y Avisos O ciales os documentos ue aparecen en el N ICIA D A RPICA ARNINA sern tenidos

" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

Programa 19 Formación y Capacitación:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 4.948.105

11 Tesoro Nacional 4.948.105

21 Gastos Corrientes 4.948.105

1 Gastos en Personal 4.948.105

1 Personal Permanente 2.529.445

Retribución del Cargo1 311.241

Retribuciones que no hacen al Cargo3 490.978

Sueldo Anual Complementario4 476.209

Contribuciones Patronales6 1.251.017

2 Personal Temporario 23.725

Retribuciones del Cargo1 4.728

Retribuciones que no hacen al Cargo2 4.081

Sueldo Anual Complementario3 4.013

Contribuciones Patronales5 10.903

3 Servicios Extraordinarios 26.992

Retribuciones Extraordinarias1 26.992

5 Asistencia Social al Personal 225.320

Seguros de Riesgo de Trabajo1 225.320

8 Personal contratado 2.142.623

Retribuciones por contratos1 521.044

Adicionales al contrato2 91.326

Sueldo anual complementario3 398.404

Contribuciones patronales5 1.131.849

TOTAL PROGRAMA 4.948.10576.533.917TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (APLICACIONES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

-29.000.00012 Recursos Propios

-29.000.0006 Incremento de Activos Financieros

-29.000.0005 Incremento de Disponibilidades

Incremento de Caja y Bancos -29.000.0001

-29.000.000TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS47.533.917TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 85918 Instituto Nacional de las Mujeres (INAM)Entidad :

Programa 17 Formulación e Implementación de Políticas Públicas de la Mujer:Sub-Programa 0:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 0

11 Tesoro Nacional 0

21 Gastos Corrientes 8.300.000

3 Servicios No Personales 6.000.000

5 Servicios Comerciales y Financieros 6.000.000

Transporte1 6.000.000

5 Transferencias 2.300.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes 2.300.000

Ayudas Sociales a Personas4 300.000

Transf. a Otras Instituc. Culturales y Soc. S/Fines de Lucro7 2.000.000

9999 Sin discriminar 2.000.000

22 Gastos de Capital -8.300.000

5 Transferencias -8.300.000

8 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Financ. Gastos de Capital -8.300.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 -8.300.000

3001 Administración central provincial -8.300.000

TOTAL PROGRAMA 00TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL0TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

Programa 16 Prestaciones Previsionales:Sub-Programa 1 Prestaciones Previsionales del Régimen de Reparto:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -2.500.000.000

15 Crédito Interno -2.500.000.000

21 Gastos Corrientes -2.500.000.000

5 Transferencias -2.500.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -2.500.000.000

Pensiones2 -2.500.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -2.500.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

Programa 16 Prestaciones Previsionales:Sub-Programa 3 Prestaciones Previsionales por Moratoria Previsional:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES -500.000.000

15 Crédito Interno -500.000.000

21 Gastos Corrientes -500.000.000

5 Transferencias -500.000.000

1 Transf. al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes -500.000.000

Jubilaciones y/o retiros1 -500.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA -500.000.000TOTAL PROGRAMA -3.000.000.000

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

Programa 99 Transferencias y Contribuciones a la Seguridad Social y Organismos Descentralizados:Sub-Programa 7 Transferencias a Cajas Previsionales Provinciales:Proyecto 0:

FIN FF ECON INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN IMPORTE EN $

3 SERVICIOS SOCIALES 3.000.000.000

15 Crédito Interno 3.000.000.000

21 Gastos Corrientes 3.000.000.000

5 Transferencias 3.000.000.000

7 Transf. a Inst. Prov. y Mun. para Fin. Gastos Corrientes 3.000.000.000

Transferencias a Gobiernos Provinciales1 3.000.000.000

3003 Instituciones de Seguridad Social Provinciales 3.000.000.000

TOTAL SUB-PROGRAMA 3.000.000.000TOTAL PROGRAMA 3.000.000.000

0TOTAL GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CREDITOS (GASTOS FIGURATIVOS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

IMPORTE EN $FF INC PPAL PAR SUBP DENOMINACIÓN

371.230.00012 Recursos Propios

371.230.0009 Gastos Figurativos

371.230.0001 Gastos Fig. de la Adm. Nac. p/Transacciones Corrientes

Contribución a la Administración Central 371.230.0001

250.000.000375 Gendarmeria Nacional

121.230.000380 Prefectura Naval Argentina

371.230.000TOTAL GASTOS FIGURATIVOS371.230.000TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Poder Judicial de la Nación: 50:Sub-Jurisdicción

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

4.998.147.995Ingresos Corrientes11

11 Ingresos Tributarios 4.998.147.995

9 Otros Impuestos 4.998.147.995

9 Otros 4.998.147.995

43 Fondo Nacional de la Justicia-3.5% Tributarios del Tesoro 4.998.147.995

4.998.147.995TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto: 350:Sub-Jurisdicción

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

189.836.281Ingresos Corrientes11

12 Ingresos No Tributarios 189.836.281

1 Tasas 189.836.281

9 Otras 189.836.281

78 MRECIYC - RENTAS CONSULARES (TRAMITES EN EL 189.836.281

189.836.281TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 415 Gendarmería Nacional:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

250.000.00041 Contribuciones Figurativas

250.000.0001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

250.000.0003 Contrib. de Inst. Seg. Soc. para Financiar Gastos Corrientes

250.000.0001 Ejercicio vigente

250.000.000TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS250.000.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Seguridad: 416 Prefectura Naval Argentina:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

121.230.00041 Contribuciones Figurativas

121.230.0001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

121.230.0003 Contrib. de Inst. Seg. Soc. para Financiar Gastos Corrientes

121.230.0001 Ejercicio vigente

121.230.000TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS121.230.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (FUENTES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4521 Estado Mayor General del Ejército:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

-352.339.60737 Obtención de Préstamos

-352.339.6079 Del Sector Externo

-352.339.6072 Del Sector Externo a Largo Plazo

-352.339.60729 Otros

-352.339.607TOTAL FUENTES FINANCIERAS-352.339.607TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4522 Estado Mayor General de la Armada:Sub-Jurisdicción

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

-23.087.946Recursos de Capital12

22 Transferencias de Capital -23.087.946

5 De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales -23.087.946

6 De Gobiernos Municipales -23.087.946

-23.087.946TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (FUENTES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4522 Estado Mayor General de la Armada:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

1.797.427.55337 Obtención de Préstamos

1.797.427.5539 Del Sector Externo

1.797.427.5532 Del Sector Externo a Largo Plazo

1.797.427.55329 Otros

1.797.427.553TOTAL FUENTES FINANCIERAS1.774.339.607TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (FUENTES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 4524 Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

-22.000.00037 Obtención de Préstamos

-22.000.0009 Del Sector Externo

-22.000.0002 Del Sector Externo a Largo Plazo

-22.000.00029 Otros

-22.000.000TOTAL FUENTES FINANCIERAS-22.000.000TOTAL SUB-JURISDICCION

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (FUENTES FINANCIERAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Transporte: 570:Sub-Jurisdicción

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

-1.423.087.94637 Obtención de Préstamos

-1.423.087.9469 Del Sector Externo

-1.423.087.9462 Del Sector Externo a Largo Plazo

-346.087.9533 Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

-1.076.999.99329 Otros

-1.423.087.946TOTAL FUENTES FINANCIERAS

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Energía: 580:Sub-Jurisdicción

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

806.441.472Ingresos Corrientes11

11 Ingresos Tributarios 806.441.472

6 Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 806.441.472

3 Combustibles Líquidos 208.703.582

78 FEDEI 208.703.582

6 Consumo de Energía Eléctrica 597.737.890

38 Fondo Nacional de Energía Eléctrica-60% Energía Eléctrica 465.375.445

41 FEDEI 132.362.445

806.441.472TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Administración Central

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 850:Sub-Jurisdicción

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

500.000.000Ingresos Corrientes11

16 Rentas de la Propiedad 500.000.000

4 Utilidades por Inversiones Empresariales 500.000.000

1 Empresas No Financieras 500.000.000

75 Ministerio de Desarrollo Social 500.000.000

500.000.000TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 30108 Instituto Nacional del AguaEntidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

-5.637.40041 Contribuciones Figurativas

-5.637.4001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

-5.637.4001 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

-5.637.4001 Ejercicio vigente

-5.637.400TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS-5.637.400TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda: 30612 Tribunal de Tasaciones de la NaciónEntidad :

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

8.834.400Ingresos Corrientes11

12 Ingresos No Tributarios 8.834.400

2 Derechos 8.834.400

9 Otros 8.834.400

29 Varios 8.834.400

8.834.400TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL8.834.400TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 45450 Instituto Geográfico NacionalEntidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

300.00041 Contribuciones Figurativas

300.0001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

300.0001 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

300.0001 Ejercicio vigente

300.000TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS300.000TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Defensa: 45452 Servicio Meteorológico NacionalEntidad :

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

55.623.012Ingresos Corrientes11

14 Venta de Bienes y Servicios de Administraciones Públicas 55.623.012

2 Venta de Servicios 55.623.012

1 Servicios Varios de la Administración Nacional 55.623.012

29 Otros 55.623.012

55.623.012TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL55.623.012TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Producción: 51608 Instituto Nacional de Tecnología IndustrialEntidad :

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

240.069.035Ingresos Corrientes11

11 Ingresos Tributarios 240.069.035

7 Sobre el Comercio Exterior 240.069.035

1 Aranceles de Importación 240.069.035

5 Afectación sobre Importaciones CIF 240.069.035

240.069.035TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL240.069.035TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 72113 Teatro Nacional CervantesEntidad :

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

3.402.800Ingresos Corrientes11

14 Venta de Bienes y Servicios de Administraciones Públicas 3.402.800

1 Venta de Bienes 3.402.800

1 Bienes Varios de la Administración Nacional 3.402.800

29 Otros 3.402.800

3.402.800TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL3.402.800TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Cultura: 72116 Biblioteca NacionalEntidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

20.000.00041 Contribuciones Figurativas

20.000.0001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

20.000.0001 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

20.000.0001 Ejercicio vigente

20.000.000TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS20.000.000TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable: 81107 Administración de Parques NacionalesEntidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

47.533.91741 Contribuciones Figurativas

47.533.9171 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

47.533.9171 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

47.533.9171 Ejercicio vigente

47.533.917TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS47.533.917TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Organismos Descentralizados

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Desarrollo Social: 85918 Instituto Nacional de las Mujeres (INAM)Entidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

8.300.00041 Contribuciones Figurativas

8.300.0001 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

8.300.0001 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

8.300.0001 Ejercicio vigente

-8.300.00041 Contribuciones Figurativas

-8.300.0002 Contribuciones para Financiar Gastos de Capital

-8.300.0001 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos de Capital

-8.300.0001 Ejercicio vigente

0TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS0TOTAL ENTIDAD

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

CONCEPTOTIPOECON IMPORTE EN $SUBCONC DENOMINACIÓNCLASE

371.230.000Ingresos Corrientes11

13 Aportes y Contribuciones 371.230.000

1 Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social 371.230.000

1 Aportes Personales 371.230.000

1 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - 371.230.000

371.230.000TOTAL RECURSOS CORRIENTES Y DE CAPITAL

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" 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria "

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

Instituciones de Seguridad Social

PRESUPUESTO

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - RECURSOS (CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS)

2018

Jurisdicción Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: 75850 Administración Nacional de la Seguridad SocialEntidad :

IMPORTE EN $TIPO CLASE CONCEPTO SUBCONC DENOMINACIÓN

041 Contribuciones Figurativas

01 Contribuciones para Financiar Gastos Corrientes

01 Contrib. de la Adm. Central para Financiar Gastos Corrientes

-3.000.000.00011 Ejercicio Vigente - Restitución Coparticipados Ley 27.260 art.

3.000.000.00012 Ejercicio Vigente - Transferencias Programas Financiados por

0TOTAL CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS371.230.000TOTAL ENTIDAD

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: EX-2018-50921590- APN-DGD#MHA - Modificación presupuestaria

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1

ANEXO

Respuesta de Requerimientos mediante Servicios Web

Procedimiento para responder requerimientos en Ventanilla Electrónica mediante Servicios Web 1. Especificaciones para el envío de información En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empresas Autoaseguradas (E.A.) para remitir la información, se establece lo siguiente:

1.1. Envío de información La información a ser remitida por las A.R.T./E.A., debe declarase a través de los servicios web publicados por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), conforme a las especificaciones de las estructuras de datos establecidas en el presente documento.

1.2. Constancia de recepción Cumplimentados los pasos establecidos se procesará la información y se realizarán las rutinas de validación y devolución correspondientes.

1.3. Causales de rechazo de registros Ausencia de datos para los campos de presentación obligatoria. Inconsistencias en la información presentada. Cualquier otro motivo que impida el procesamiento de los datos. Si existieran, se especificarán para cada archivo las causales de rechazo particulares que surjan en

la presentación de los registros.

Los registros rechazados no serán considerados como información presentada en término. La SRT podrá incorporar nuevos códigos de rechazo en caso de corresponder.

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2

2. Datos a remitir En cuanto a los datos que deben remitir las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empresas Autoaseguradas (E.A.) y las características de los mismos, se establece lo siguiente:

2.1. RespuestaRequerimiento

Nombre del Campo Descripción Formato Validaciones Generales Tipo

CodigoRequerimiento Código del requerimiento Numérico Obligatorio Numérico

Comentario Comentario de la respuesta Texto libre Obligatorio Texto

Usuario

Nombre del usuario que responde (el usuario con el que acceden a la extranet)

Texto Obligatorio Texto

Archivos Lista de archivos (pdf) Lista de archivos pdf no mayores a 1024 kb

Obligatorio u Opcional dependiendo del tipo de requerimiento

Lista Archivo

Formulario Clase base para el envío de subclases que heredan de Formulario

Entidad Obligatorio u Opcional dependiendo del tipo de requerimiento

Formulario

2.2. Archivo

Nombre del Campo Descripción Formato Validaciones Generales Tipo

Tipo No se debe enviar No se debe enviar Opcional Numérico

Nombre Nombre del archivo Texto, debe terminar con .pdf Obligatorio Texto

Extension Nombre de la extensión Texto, debe ser pdf Obligatorio Texto

Datos Contenido del archivo Binario pdf menor a 1024 kb

Obligatorio Binario

2.3. Formulario

Nombre del Campo Descripción Formato Tipo

Entidad abstracta, que será definida en cada sub clase que deba ser remitida como un formulario adjunto a la respuesta.

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3

3. Métodos Nombre VentanillaART.asmx Ubicación https://serviciosweb.srt.gob.ar/VentanillaART/VentanillaART.asmx

Web

Met

hods

ObtenerNovedades

Descripción Obtiene las novedades en la ventanilla SRT-ART. Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo -- -- --

Retorno Documento Entidad Documento Entidad

ObtenerRequerimiento

Descripción Obtiene un requerimiento Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo Codigo Codigo del requerimiento Numérico

Retorno Requerimiento Entidad Requerimiento Entidad

ObtenerArchivo

Descripción Obtiene el contenido de un archivo, al obtener el primer archivo el requerimiento se marcará como leído

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo codigorequerimiento Codigo del requerimiento Numérico codigoarchivo Codigo del archivo Numérico

Retorno Binario del archivo Bytes

ConsultarRequerimientos

Descripción Consulta de requerimientos

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo ConsultaRequerimientoFiltro

Entidad ConsultaRequerimientoFiltro Entidad

Retorno Lista de Requerimientos Lista de la Entidad Requerimiento Entidad

ConsultarArchivos

Descripción Consulta de archivos de un requerimiento Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo codigorequerimiento Codigo del requerimiento Numérico

Retorno Lista de Tipos Lista de la Entidad Tipo Entidad

ResponderRequerimiento

Descripción Respuesta a un requerimiento, siempre y cuando el mismo esté en condiciones de ser respondido.

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo

RespuestaRequerimiento Entidad RespuestaRequerimiento Entidad

Retorno Código de Respuesta Código de la respuesta Numérico

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4

4. Códigos de Error Para WSA se especifican:

Tablas de errores WebService VentanillaART Tabla de errores de Ticket y validación: esta tabla lista los códigos de errores asociados al manejo del

ticket y la validación del los servicios en los WSN.

Errores Ventanilla Código Descripción GV01 No se ha podido procesar la Consulta GV02 Los datos no son válidos o faltan datos GV03 Error al procesar el formulario GV04 Permiso denegado para gestionar el registro

Validación del ticket y servicios

Código Descripción AC01 No se ha encontrado el certificado de firma en el CMS AC02 El CMS (Cryptographic Message Syntax) nos es valido AC03 Firma inválida o algoritmo no soportado AC04 Certificado con fecha de generación posterior a la actual AC05 Certificado Expirado AT01 Ticket Invalido AT02 Ticket Expirado AT03 No se encontró el ticket en el requerimiento. AX01 No se ha podido interpretar el XML contra el SCHEMA. AX02 No se ha podido encontrar el SCHEMA. AO01 Organismo o servicio no disponible AM01 El método no se encuentra activo. AT06 Ticket no encontrado

5. Tablas de Referencia

Índice Referencia

Código Área Tabla ASEGURADORAS.AREAS

Campo ID

Código Estado Tabla VENTANILLAART.TIPOREQUERIMIENTOS

Campo ID

Código Tipo de Requerimiento Tabla VENTANILLAART.ESTADOS

Campo ID

Código Motivo de Expediente Tabla EXPEDIENTES.MOTIVO

Campo ID

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasInforme gráfico

Número:

Referencia: Procedimiento para responder Requerimientos mediante Servicios Web

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1

ANEXO

Respuesta de Requerimientos mediante Servicios Web

Procedimiento para responder requerimientos en Ventanilla Electrónica mediante Servicios Web 1. Especificaciones para el envío de información En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empresas Autoaseguradas (E.A.) para remitir la información, se establece lo siguiente:

1.1. Envío de información La información a ser remitida por las A.R.T./E.A., debe declarase a través de los servicios web publicados por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), conforme a las especificaciones de las estructuras de datos establecidas en el presente documento.

1.2. Constancia de recepción Cumplimentados los pasos establecidos se procesará la información y se realizarán las rutinas de validación y devolución correspondientes.

1.3. Causales de rechazo de registros Ausencia de datos para los campos de presentación obligatoria. Inconsistencias en la información presentada. Cualquier otro motivo que impida el procesamiento de los datos. Si existieran, se especificarán para cada archivo las causales de rechazo particulares que surjan en

la presentación de los registros.

Los registros rechazados no serán considerados como información presentada en término. La SRT podrá incorporar nuevos códigos de rechazo en caso de corresponder.

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2

2. Datos a remitir En cuanto a los datos que deben remitir las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empresas Autoaseguradas (E.A.) y las características de los mismos, se establece lo siguiente:

2.1. RespuestaRequerimiento

Nombre del Campo Descripción Formato Validaciones Generales Tipo

CodigoRequerimiento Código del requerimiento Numérico Obligatorio Numérico

Comentario Comentario de la respuesta Texto libre Obligatorio Texto

Usuario

Nombre del usuario que responde (el usuario con el que acceden a la extranet)

Texto Obligatorio Texto

Archivos Lista de archivos (pdf) Lista de archivos pdf no mayores a 1024 kb

Obligatorio u Opcional dependiendo del tipo de requerimiento

Lista Archivo

Formulario Clase base para el envío de subclases que heredan de Formulario

Entidad Obligatorio u Opcional dependiendo del tipo de requerimiento

Formulario

2.2. Archivo

Nombre del Campo Descripción Formato Validaciones Generales Tipo

Tipo No se debe enviar No se debe enviar Opcional Numérico

Nombre Nombre del archivo Texto, debe terminar con .pdf Obligatorio Texto

Extension Nombre de la extensión Texto, debe ser pdf Obligatorio Texto

Datos Contenido del archivo Binario pdf menor a 1024 kb

Obligatorio Binario

2.3. Formulario

Nombre del Campo Descripción Formato Tipo

Entidad abstracta, que será definida en cada sub clase que deba ser remitida como un formulario adjunto a la respuesta.

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3

3. Métodos Nombre VentanillaART.asmx Ubicación https://serviciosweb.srt.gob.ar/VentanillaART/VentanillaART.asmx

Web

Met

hods

ObtenerNovedades

Descripción Obtiene las novedades en la ventanilla SRT-ART. Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo -- -- --

Retorno Documento Entidad Documento Entidad

ObtenerRequerimiento

Descripción Obtiene un requerimiento Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo Codigo Codigo del requerimiento Numérico

Retorno Requerimiento Entidad Requerimiento Entidad

ObtenerArchivo

Descripción Obtiene el contenido de un archivo, al obtener el primer archivo el requerimiento se marcará como leído

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo codigorequerimiento Codigo del requerimiento Numérico codigoarchivo Codigo del archivo Numérico

Retorno Binario del archivo Bytes

ConsultarRequerimientos

Descripción Consulta de requerimientos

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo ConsultaRequerimientoFiltro

Entidad ConsultaRequerimientoFiltro Entidad

Retorno Lista de Requerimientos Lista de la Entidad Requerimiento Entidad

ConsultarArchivos

Descripción Consulta de archivos de un requerimiento Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo codigorequerimiento Codigo del requerimiento Numérico

Retorno Lista de Tipos Lista de la Entidad Tipo Entidad

ResponderRequerimiento

Descripción Respuesta a un requerimiento, siempre y cuando el mismo esté en condiciones de ser respondido.

Parámetros de Entrada

Parámetro Descripción Tipo

RespuestaRequerimiento Entidad RespuestaRequerimiento Entidad

Retorno Código de Respuesta Código de la respuesta Numérico

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4

4. Códigos de Error Para WSA se especifican:

Tablas de errores WebService VentanillaART Tabla de errores de Ticket y validación: esta tabla lista los códigos de errores asociados al manejo del

ticket y la validación del los servicios en los WSN.

Errores Ventanilla Código Descripción GV01 No se ha podido procesar la Consulta GV02 Los datos no son válidos o faltan datos GV03 Error al procesar el formulario GV04 Permiso denegado para gestionar el registro

Validación del ticket y servicios

Código Descripción AC01 No se ha encontrado el certificado de firma en el CMS AC02 El CMS (Cryptographic Message Syntax) nos es valido AC03 Firma inválida o algoritmo no soportado AC04 Certificado con fecha de generación posterior a la actual AC05 Certificado Expirado AT01 Ticket Invalido AT02 Ticket Expirado AT03 No se encontró el ticket en el requerimiento. AX01 No se ha podido interpretar el XML contra el SCHEMA. AX02 No se ha podido encontrar el SCHEMA. AO01 Organismo o servicio no disponible AM01 El método no se encuentra activo. AT06 Ticket no encontrado

5. Tablas de Referencia

Índice Referencia

Código Área Tabla ASEGURADORAS.AREAS

Campo ID

Código Estado Tabla VENTANILLAART.TIPOREQUERIMIENTOS

Campo ID

Código Tipo de Requerimiento Tabla VENTANILLAART.ESTADOS

Campo ID

Código Motivo de Expediente Tabla EXPEDIENTES.MOTIVO

Campo ID

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasInforme gráfico

Número:

Referencia: Procedimiento para responder Requerimientos mediante Servicios Web

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s.

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

1

ANEXO I

PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

1. DENUNCIA INVOCANDO SINTOMATOLOGÍA

1.1. Cuando la denuncia de una Enfermedad Profesional (E.P.) se refiera únicamente a una

simple sintomatología sin expresar un diagnóstico, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo

(A.R.T.) o el Empleador Autoasegurado (E.A.) deberá accionar en los términos de los

artículos 4°, 5° y 6° del Decreto N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, a fin de determinar el

CARÁCTER PROFESIONAL de la contingencia denunciada y otorgar las prestaciones en

especie requeridas mientras la pretensión no resulte rechazada, debiendo citar al trabajador

a los efectos de realizar examen médico, y en caso de corresponder, requerir estudios

complementarios.

1.2.1. En el supuesto de que se resolviera el rechazo de la contingencia denunciada

invocándose su CARÁCTER INCULPABLE, la A.R.T. o el E.A. al cursar las

notificaciones de rigor, deberá precisar el diagnóstico determinado aplicando la

Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas relacionados con la

Salud -Décima Revisión de la Organización Mundial de la Salud- (C.I.E.-10) conforme con

lo previsto en la Resolución S.R.T. N° 475 de fecha 20 de abril de 2017, y los argumentos

en los cuales se fundamentó el rechazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° bis del

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

2

Decreto N° 717/96 y el artículo 8° inciso b) de la Resolución S.R.T. N° 179 de fecha 21 de

enero de 2015, o la que en un futuro la remplace.

1.2.2. En el supuesto en que se resolviera el rechazo de la contingencia denunciada, por

considerar que se trata de una PATOLOGÍA NO INCLUIDA EN EL LISTADO DE

ENFERMEDADES PROFESIONALES aprobado por el Decreto N° 658 de fecha 24 de

junio de 1996, la A.R.T. o el E.A. al cursar las notificaciones de rigor, deberá precisar el

diagnóstico determinado aplicando la C.I.E.-10, en conformidad con lo previsto en el

artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 475/2017.

1.2.3. En el supuesto en que se resolviera el rechazo de la contingencia denunciada debido a

la AUSENCIA DE PATOLOGÍA, la A.R.T. o el E.A. deberá precisar lo constatado al

momento de cursar las notificaciones de rigor.

2. DENUNCIA INVOCANDO DIAGNÓSTICO

2.1.1. Cuando la denuncia de una E.P. precisare expresamente un diagnóstico, la A.R.T. o

el E.A. deberá accionar en los términos de los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto N° 717/96, a

fin de determinar el CARÁCTER PROFESIONAL de la contingencia denunciada y otorgar

las prestaciones en especie requeridas mientras la pretensión no resulte rechazada, debiendo

citar al trabajador a los efectos de realizar examen médico, y en caso de corresponder,

requerir estudios complementarios, excepto en el supuesto en que se trate de una

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

3

PATOLOGÍA NO INCLUIDA EN EL LISTADO DE ENFERMEDADES

PROFESIONALES, aprobado por el Decreto N° 658/96.

2.1.2. Junto con la denuncia, o en su defecto, al momento de la Atención Médica Inicial, se

deberá acreditar ante la A.R.T. o el E.A., certificado extendido por profesional médico

competente mediante el cual se precise el diagnóstico invocado. En caso contrario, el

trabajador quedará sometido al procedimiento previsto en el punto 1 del presente Anexo.

La A.R.T. o el E.A. deberá adecuar el diagnóstico invocado en la denuncia aplicando la

Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas relacionados con la

Salud -Décima Revisión de la Organización Mundial de la Salud- (C.I.E.-10), conforme lo

previsto en la Resolución S.R.T. N° 475/17.

La A.R.T. o el E.A. deberá comunicar al trabajador y al empleador sobre la carga impuesta

en el primer párrafo del presente apartado, al momento de la citación para la realización del

examen médico correspondiente.

2.1.3. Habiéndose acreditado debidamente el certificado médico previsto en el apartado

precedente, la A.R.T. o el E.A. deberá expedirse exclusivamente respecto de la aceptación

o el rechazo de la contingencia con relación al diagnóstico invocado en la denuncia. Ello

sin perjuicio, de las patologías de CARÁCTER PROFESIONAL que podría detectar en

oportunidad del examen médico practicado, las cuales deberán ser notificadas al trabajador

y al empleador de forma fehaciente e informada a la S.R.T.

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

4

2.2.1. En el supuesto en que se resolviera el rechazo de la contingencia, invocándose su

CARÁCTER INCULPABLE, la A.R.T. o el E.A. al cursar las notificaciones de rigor

deberá precisar el diagnóstico invocado en la denuncia como así también su adecuación

aplicando el C.I.E.- 10, en conformidad con lo previsto en la Resolución S.R.T. N° 475/17,

y los argumentos en los cual se basó el fundamento del mismo, de acuerdo a lo establecido

mediante el artículo 6° bis del Decreto N° 717/96 y el artículo 8° inciso b) de la Resolución

S.R.T. N° 179/15, o la que en un futuro la remplace.

2.2.2. En el supuesto en que se resolviera el rechazo de la contingencia, por considerar que

se trata de una PATOLOGÍA NO INCLUIDA EN EL LISTADO DE ENFERMEDADES

PROFESIONALES aprobado por el Decreto N° 658/96, la A.R.T. o el E.A. al cursar las

notificaciones de rigor deberá precisar el diagnóstico invocado en la denuncia como así

también su adecuación aplicando el C.I.E.- 10, en conformidad con lo previsto en el

artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 475/2017. En el caso de que no mediare citación al

trabajador a examen médico, la A.R.T. o el E.A. quedará imposibilitada de hacer uso de la

facultad de prórroga dispuesta por el artículo 6° del Decreto N° 717/96.

2.2.3. En el supuesto en que se resolviera el rechazo de la contingencia por constatarse la

AUSENCIA DE PATOLOGÍA, la A.R.T. o el E.A. deberá precisar lo constatado al

momento de cursar las notificaciones de rigor, consignando a su vez el diagnóstico

invocado en la denuncia como así también su adecuación aplicando el C.I.E.- 10, en

conformidad con lo previsto en la Resolución S.R.T. N° 475/17.

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3. ACREDITACIÓN DEL FUNDAMENTO DEL RECHAZO ANTE LA COMISIÓN

MÉDICA JURISDICCIONAL (C.M.J.)

3.1. Cuando se haya producido el rechazo de la contingencia fundamentado en la causal

prevista en el inciso c) del artículo 6° del Decreto N° 717/96, la A.R.T. o el E.A. deberá

acreditar al momento de su primera presentación ante la Comisión Médica Jurisdiccional

(C.M.J.) toda aquella documentación respaldatoria de los argumentos en los cuales se

fundamentó el rechazo y que fueran invocados en la notificación de rigor a las partes,

ajustándose a cualquiera de los siguientes supuestos:

a) PATOLOGÍA DE CARÁCTER INCULPABLE, en razón de los EXÁMENES

MÉDICOS PRACTICADOS y/o ante la AUSENCIA DE EXPOSICIÓN A AGENTES DE

RIESGO.

b) PATOLOGÍA NO INCLUIDA EN EL LISTADO DE ENFERMEDADES

PROFESIONALES aprobado por el Decreto N° 658/96.

c) AUSENCIA DE PATOLOGÍA.

d) INASISTENCIA DEL TRABAJADOR DAMNIFICADO o IMPOSIBILIDAD DE

REALIZAR EXAMEN MÉDICO.

3.2. Cuando la A.R.T. o el E.A. resolviera el rechazo de la contingencia en razón de los

EXÁMENES MÉDICOS PRACTICADOS en conformidad con lo dispuesto por el artículo

8° inciso b), apartados 1°, 2° y 3° de la Resolución S.R.T. N° 179/15, al cursar las

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

6

notificaciones de rigor, se deberán precisar la totalidad de las prácticas médicas y estudios

complementarios efectuados detallando la fecha de realización y los argumentos que

permitieron arribar a tal conclusión. Tales constancias deberán ser acompañadas por la

A.R.T. o el E.A. en oportunidad de su primera presentación ante la C.M.J.

3.3.1. Cuando el fundamento del rechazo se refiera a alguno de los supuestos previstos en

los incisos a), c) y d) del apartado 3.1 del presente procedimiento y, sin perjuicio de los

exámenes médicos que se hubieren practicado, la A.R.T. o el E.A. manifestara la

AUSENCIA DE EXPOSICIÓN A AGENTES DE RIESGO por parte del trabajador,

aquella deberá necesariamente respaldar tal argumento acreditando en forma consistente el

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8°, inciso b), apartados 4 y/o 5, de la

Resolución S.R.T. N° 179/15. En oportunidad de su primera presentación ante la C.M.J., la

A.R.T. o el E.A. deberán acompañar el Mapa de Riesgos del establecimiento de efectiva

prestación de servicios por cada uno de los períodos vencidos en que el vínculo laboral se

encontrara vigente y/o Relevamiento de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo

(C.yM.A.T.).

3.3.2. Ante la inobservancia por parte de la A.R.T. o el E.A. de lo dispuesto en el apartado

precedente, o cuando no invocare expresamente en las notificaciones de rigor cursadas a las

partes la AUSENCIA DE EXPOSICIÓN A AGENTES DE RIESGO como argumento en

el cual se basó el fundamento del rechazo de la contingencia en los supuestos previstos en

los incisos a), c) y d) del apartado 3.1 del presente procedimiento, siempre que se verifique

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que la patología denunciada se encuentra incluida en el listado de Enfermedades

Profesionales aprobado por el Decreto N° 658/96, existirá la presunción de que el

trabajador desarrollaba sus tareas habituales encontrándose expuesto al Agente de Riesgo

idóneo para producir la enfermedad objeto de su reclamo.

4. AUSENCIA DE EXAMEN MÉDICO

4.1.1. Cuando la A.R.T. o el E.A. resolviere el rechazo de la contingencia denunciada, con

fundamento en la INASISTENCIA DEL TRABAJADOR DAMNIFICADO a la citación

realizada, acreditada fehacientemente o bien, con fundamento en la IMPOSIBILIDAD DE

REALIZAR EXAMEN MÉDICO por causas atribuibles a aquél debidamente acreditada, al

momento de iniciar el trámite ante la C.M.J., el trabajador deberá acompañar el certificado

extendido por profesional médico especialista donde se precise el diagnóstico de la

patología objeto del reclamo como requisito de admisibilidad del mismo y, en caso de

corresponder, acompañar los estudios complementarios efectuados para arribar a tal

conclusión.

4.1.2. En el supuesto del rechazo de la contingencia por parte de un Empleador No

Asegurado (E.N.A.), al iniciar trámite ante la C.M.J. el trabajador deberá acreditar como

requisito de admisibilidad del mismo, el certificado extendido por profesional médico

especialista donde se precise el diagnóstico de la patología objeto del reclamo, y en caso de

corresponder, acompañar los estudios complementarios efectuados que sirvieran para

arribar a tal conclusión.

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Ministerio de Producción y Trabajo Superintendencia de Riesgos del Trabajo

“2018 – AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA “

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4.2. Si en oportunidad de su primera presentación ante la C.M.J., el trabajador invocare

haber recibido tratamiento médico asistencial por la patología objeto del reclamo en la Obra

Social o en prestadores públicos o particulares, deberá acompañar la historia clínica de su

titularidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 26.529.

4.3. En caso de que el diagnóstico acreditado por el trabajador se corresponda con una

PATOLOGÍA NO INCLUIDA EN EL LISTADO DE ENFERMEDADES

PROFESIONALES aprobado por el Decreto N° 658/96, o cuando se resolviera el rechazo

de la contingencia fundamentado en tal argumento, se deberá proceder de conformidad con

lo previsto en el inciso b) del apartado 2 del artículo 6° de la Ley N° 24.557.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasInforme gráfico

Número:

Referencia: Anexo - Procedimiento para el Rechazo de Enfermedades Profesionales

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ANEXO I

ORDEN DE MERITO DIRECCION DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL

DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL - 2018-018688-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI Puntaje Final del Proceso

RECALDE POLARI Paula Andrea 28380941 97

MORÓN Nancy Beatriz 20604723 84,45

COBARBO Luciana Gabriela 23904217 81,15

DIRECCION DE POLITICA SALARIAL

DIRECCIÓN DE POLÍTICA SALARIAL - 2018-018693-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI Puntaje Final del Proceso

RODRIGUEZ LLAURO Natalia Andrea 27217231 98,75

ERROZARENA Natalia Andrea 28792480 94,85

CASAL Laura 25597915 88,45

DIRECCION DE GESTION Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL - 2018-018690-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI Puntaje Final del Proceso

CYNGISER Vanesa 23326704 95,8

BUSTOS Natalia Soledad 28873513 86,05

LUCERO Alejandro Washington 14229122 74,2

COORDINACION DE ANALISIS DE CONVENIOS COLECTIVOS

COORDINACIÓN DE ANÁLISIS DE CONVENIOS COLECTIVOS - 2018-018694-MINMOD-P-FE-IV-B

Apellido y Nombre DNI Puntaje Final del Proceso

CASAL Laura 25597915 94,7

RODRIGUEZ LLAURO Natalia Andrea 27217231 90,5

ERROZARENA Natalia Andrea 28792480 89,6

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: EX-2018-31526511-APN-ONEP#MM. Concursos ADP SGM. Anexo I. Orden de Mérito.

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ANEXO II

TERNA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

UN (1) cargo de DIRECCION DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL, del

agrupamiento profesional, Nivel B, Función Ejecutiva III.

Código Identificatorio: 2018-018688-MINMOD-P-FE-III-B

DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL - 2018-018688-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI

RECALDE POLARI Paula Andrea 28380941 MORÓN Nancy Beatriz 20604723 COBARBO Luciana Gabriela 23904217

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

UN (1) cargo de DIRECCION DE POLITICA SALARIAL, del agrupamiento profesional,

Nivel B, Función Ejecutiva III.

Código Identificatorio: 2018-018693-MINMOD-P-FE-III-B

DIRECCIÓN DE POLÍTICA SALARIAL - 2018-018693-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI

RODRIGUEZ LLAURO Natalia Andrea 27217231 ERROZARENA Natalia Andrea 28792480 CASAL Laura 25597915

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

UN (1) cargo de DIRECCION DE GESTION Y DESARROLLO DE CARRERA DEL

PERSONAL, del agrupamiento profesional, Nivel B, Función Ejecutiva III.

Código Identificatorio: 2018-018690-MINMOD-P-FE-III-B

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL - 2018-018690-MINMOD-P-FE-III-B

Apellido y Nombre DNI

CYNGISER Vanesa 23326704 BUSTOS Natalia Soledad 28873513 LUCERO Alejandro Washington 14229122

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

UN (1) cargo de COORDINACION DE ANALISIS DE CONVENIOS COLECTIVOS, del

agrupamiento profesional, Nivel B, Función Ejecutiva IV.

Código Identificatorio: 2018-018694-MINMOD-P-FE-IV-B

COORDINACIÓN DE ANÁLISIS DE CONVENIOS COLECTIVOS - 2018-018694-MINMOD-P-FE-IV-B

Apellido y Nombre DNI

CASAL Laura 25597915 RODRIGUEZ LLAURO Natalia Andrea 27217231 ERROZARENA Natalia Andrea 28792480

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: EX-2018-31526511-APN-ONEP#MM. Concursos ADP SGM. Terna. Anexo II.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Anexo

Número:

Referencia: ANEXO I. RESOL. CONC. UNIFICADO CON PCIA. DE BS.AS. EX-2017-02530643-DNCHYSO#MS.

ANEXO I

REGLAMENTO DEL CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS BÁSICAS YARTICULADAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONESNACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE Y DE LA PROVINCIA DEBUENOS AIRES Y MUNICIPIOS ASOCIADOS.

ARTÍCULO 1. OBJETO: El presente reglamento tiene por objeto regular el concurso de los cargos deresidencias básicas y articuladas del equipo de salud que se ofrecen a través de las siguientes Instituciones:Hospital Nacional Prof. Alejandro Posadas, Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur(INAREPS), Colonia Nacional Montes de Oca, Hospital Nacional de Salud Mental y Adicciones “Lic.Laura Bonaparte” (ex CENARESO), Hospital Nacional “Dr. Baldomero Sommer”, AdministraciónNacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos Malbrán” (ANLIS), Centro Nacional deGenética Médica; Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (ANMAT) y laDirección Nacional de Epidemiología, Instituto de Investigaciones Hematológicas “Mario R. Castex” elHospital El Cruce -“Dr. Néstor Carlos Kirchner”- Alta Complejidad en Red - SAMIC y el Hospital dePediatría SAMIC “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”; como así también de los cargos de residencias básicas yarticuladas para profesionales de la salud que se desarrollen en hospitales o establecimientos delMINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y hospitales o establecimientos delos municipios o asociaciones adheridas al concurso.

ARTÍCULO 2. CRONOGRAMA: Para las residencias básicas y articuladas incorporadas al concurso, lapreinscripción, la inscripción, la toma de examen, la adjudicación, la readjudicación de cargos y/oposteriores convocatorias, se realizarán según el cronograma (ANEXO III IF-2018-03265477-APN-DNCHYSO#MS), el que fuera aprobado oportunamente por el Comité Técnico que será publicado en laweb del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (www.msal.gov.ar) y en la del MINISTERIO DESALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (http://www.ms.gba.gov.ar/sitios/residencias/).

ARTÍCULO 3. PREINSCRIPCIÓN: La preinscripción online es obligatoria, debiéndose ingresar a talesefectos al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) en https://sisa.msal.gov.ar/sisa/. Sedeberá realizar la preinscripción con todos los datos requeridos, e imprimir la solicitud de preinscripción.

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La misma tiene valor de declaración jurada y será solicitada en forma obligatoria al momento de lainscripción, siendo responsabilidad del postulante la correcta carga de todos los datos que el sistemarequiera.

Los datos serán verificados y/o modificados, en caso de corresponder, al momento de la entrega de ladocumentación requerida.

La preinscripción implica para el postulante el pleno conocimiento y conformidad del presente reglamentoy de los reglamentos de residencias de Residencias Nacionales (Resolución Ministerial Nº 1993/15) y delReglamento de Residencias para Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires Decreto Nº2557/01 y/o normas complementarias.

ARTÍCULO 4. INSCRIPCIÓN: La inscripción deberá realizarse de forma personal o medianteapoderado, en el lugar y horario que determine el Comité Técnico, los cuales serán publicadosoportunamente. Las sedes en que ello tenga lugar, se constituirán en oficinas verificadoras. Las sedesverificadoras serán Las Regiones Sanitarias I, II, III, IV, V, VI, VIl, VIII, IX, X, XI y XII y una sede en laCiudad Autónoma de Buenos Aires a designar, que se publicará oportunamente.

Aquellos postulantes que residan a más de setenta y cinco (75) km de la Ciudad Autónoma de BuenosAires podrán optar entre concurrir a una oficina verificadora o realizar su inscripción mediante el envíopostal de la documentación, la que deberá enviarse hasta tres (3) días hábiles previos al cierre de la fechade inscripción, quedando bajo su exclusiva responsabilidad la verificación de la correcta recepción de ladocumentación. No se aceptarán inscripciones fuera de fecha, ni comprobantes o certificaciones presentadasdespués de cerrada la inscripción.

a) Inscripción personal o mediante apoderado: Los postulantes deberán presentar la siguientedocumentación:

I. Impresión del formulario de solicitud de preinscripción (SISA).

II. Original y fotocopia de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad vigente.

III. Constancia de CUIL/CUIT.

IV. Original y fotocopia de título universitario expedido con posterioridad al 31 de marzo de 2013. Deencontrarse tramitando el título respectivo, deberá presentarse original y fotocopia del certificado de títuloen trámite. Los postulantes que posean título otorgado en el extranjero deberán presentar al momento de lainscripción la homologación o convalidación de su título por los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN YSALUD DE LA NACIÓN; en estos casos no se aceptará documentación en trámite.

V. Certificación de promedio general de la carrera que incluya los aplazos. Los puntajes otorgados por lasuniversidades deberán respetar la escala de cero (0) a diez (10). No se aceptarán promedios que incluyanpuntajes adicionales que por cualquier concepto expidan las facultades correspondientes (internado anualrotatorio, ser egresado de determinada institución, etc.). Tal circunstancia podrá ser corroborada por elComité Técnico del concurso a través de la universidad respectiva.

La mencionada certificación tendrá como fecha máxima de entrega el último día hábil correspondiente a lainscripción definitiva establecida por cronograma.

La certificación del promedio general de la carrera de egresados de universidades extranjeras deberá serautenticada por la autoridad consular correspondiente a la Universidad emisora del título.

VI. Original y fotocopia de acta de matrimonio o certificado de convivencia en caso de corresponder.

No serán inscriptos, bajo ningún concepto, los postulantes que no presenten la documentación requerida

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dentro del plazo fijado en el cronograma. A los efectos previstos en el presente artículo, las autoridades delas oficinas verificadoras quedan facultadas para certificar la autenticidad de las fotocopias que seacompañan, previa confrontación con su correspondiente original. Luego de recibida la documentación, lasoficinas verificadoras corroborarán la misma, pudiendo requerir rectificaciones o ratificaciones de ladocumentación. Cumplidos todos los requisitos se habilitará al postulante para rendir el examencorrespondiente.

b) Inscripción por vía postal: Los postulantes deberán remitir original o fotocopias certificadas porautoridades competentes (escribano, juez de paz, tribunales, autoridad administrativa nacional y/oprovincial), al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, Dirección Nacional de Capital Humano ySalud Ocupacional, sita en Av. 9 de Julio 1925 7º Piso Ala Belgrano, Código Postal 1073, de:

I. Impresión del formulario de solicitud de inscripción (SISA).

II. Original y fotocopia de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad vigente.

III. Constancia de CUIL/CUIT.

IV. Fotocopia certificada de título universitario expedido con posterioridad al 31 de marzo de 2013. Deencontrarse tramitando el título respectivo deberá presentarse comprobante de título en trámite. Lospostulantes que posean título otorgado en el extranjero deberán presentar al momento de la inscripción lahomologación o convalidación de su título realizada por los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y SALUDDE LA NACIÓN; en estos casos no se aceptará documentación en trámite.

Los graduados de carreras de Educación Superior No Universitaria de Enfermería sólo podrán inscribirsepara cargos de sedes dependientes del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN presentando comorequisito de inscripción la matrícula nacional.

Quedan incluidos enfermeros que hayan cumplimentado el ciclo de pregrado universitario y enfermerosprofesionales y/o técnicos en enfermería egresados de instituciones de nivel técnico con título de valideznacional, debidamente acreditado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del MINISTERIODE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN.

V. Certificación de promedio general de la carrera, que incluya los aplazos. Los puntajes otorgados por lasuniversidades deberán respetar la escala de cero (0) a diez (10). No se aceptarán promedios que incluyanpuntajes adicionales que por cualquier concepto expidan las facultades correspondientes (internado anualrotatorio, ser egresado de determinada institución, etc.). Tal circunstancia podrá ser corroborada por lasautoridades del concurso a través de la universidad respectiva.

La certificación del promedio general de la carrera de egresados de universidades extranjeras deberá serautenticada por la autoridad consular correspondiente a la Universidad emisora del título.

VI. Original y fotocopia de acta de matrimonio o certificado de convivencia en caso de corresponder.

Los títulos de grado habilitantes para la inscripción serán:

Para Residencias en: Título habilitante:Administración

HospitalariaContador Público, Lic. en Administración y Lic.en Cs. Económicas

Bioquímicas Bioquímico/a; Licenciado/a en Bioquímica

Bioquímico, Farmacéutico,

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Control de Calidad deMedicamentos

Lic. en Química,

Lic. en Biología,

Lic. en Microbiología,

Lic. en Biotecnología.Enfermería Lic. en Enfermería

Epidemiología

Profesionales Grupo A

Médico,

Médico veterinario/veterinario,

Lic. en bioquímica/bioquímica

Lic. en ciencia y tecnología de alimentos,

Lic. en ciencias biológicas,

Lic. en biotecnología,

Lic. en ciencias matemáticas ,

Lic. en ciencias químicas,

Farmacéutico,

Lic. en enfermería,

Lic. en fonoaudiología,

Lic. en kinesiología-fisiatría,

Lic. en nutrición

Lic. en obstetricia,

Odontólogo,

Lic. en estadística

Profesionales Grupo B

Lic. en sociología,

Lic. en trabajo social,

Lic. en psicología,

Lic. en ciencias antropológicas,Farmacéuticas Farmacéutico; Licenciado/a en FarmaciaFonoaudiología Lic. en Fonoaudiología; Fonoaudiólogo

Kinesiólogo, Lic. en Kinesiología, Kinesiólogo

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Kinesiología Fisiatra, Fisioterapeuta, Terapista Físico y Lic. enTerapia Física

Médicas MédicoNutrición Lic. en NutriciónOdontológicas Odontólogo/a

Obstetricia Lic. en Obstetricia

Psicología Psicólogo, Lic. en Psicología

Seguridad e Inocuidad de Alimentos

Bioquímico,

Lic. en Ciencias Químicas, Lic. en Química,

Ing. Químico,

Lic. en Biología,

Lic. en Tecnología de Alimentos,

Farmacéutico,

Nutricionista,

Ing. Agrónomo,

Ing. en Alimentos,

Médico Veterinario,

Lic. en Biotecnología,

Lic. en Bromatología,

Lic. en Microbiología,

Lic. en Gestión de Alimentos.

Terapia Ocupacional Lic. en Terapia Ocupacional, TerapistaOcupacional y Terapeuta Ocupacional

Trabajo SocialAsistente Social, Asistente Social y de SaludPública, Lic. en Trabajo Social y Lic. en ServicioSocial

Veterinaria y Zoonosis en Saludpública Veterinario

Los títulos habilitantes para la inscripción de enfermería en Instituciones Nacionales, Htal. Garrahan yEl Cruce incluirán además:

Para Residencias en: Título habilitante:

Especialidades de Enfermería

Lic. en Enfermería, Enfermeros con ciclo depregrado universitario y enfermeros profesionalesy/o técnicos en enfermería egresados deinstituciones de nivel técnico con título devalidez nacional hayan sido debidamenteacreditadas por el Instituto Nacional deEducación Tecnológica del MINISTERIO DE

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EDUCACIÓN DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5. PUBLICACIÓN DE LISTADO DE HABILITADOS PARA RENDIR: El listado conlos postulantes que hayan cumplido todos los requisitos de inscripción y sus respectivos promedios, serápublicado en la fecha determinada por el cronograma, a través de la página web del MINISTERIO DESALUD DE LA NACIÓN Y DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.Los postulantes deberán verificar sus datos y en caso de eventuales errores podrán efectuar elcorrespondiente reclamo por escrito, hasta setenta y dos (72) horas después de la publicación, ante laoficina verificadora donde se hayan inscripto, acompañando la documentación respaldatoria. Vencido dichoplazo no se aceptarán reclamos.

ARTÍCULO 6. EXCEPCIONES: En caso de constatarse con posterioridad a la inscripción que elpostulante no informó a la oficina verificadora que alguno de los datos del mencionado listado fueraerróneo, previa comunicación a las autoridades del Comité, éstas quedarán facultadas a proceder a lamodificación de los mismos. Si se comprobara que los datos corregidos violan las normas establecidas en elpresente, se procederá a la anulación de la inscripción del postulante, perdiendo todo derecho a continuaren el concurso o excluyendo del sistema a aquel que ya hubiera ingresado.

ARTÍCULO 7. RESTRICCIONES. No serán habilitados para rendir el examen:

a) Los ex residentes a los cuales se les haya limitado la beca de residencia.

b) Quienes se encuentren dentro del sistema de residencias durante el período del actual llamado aconcurso.

c) Quienes hayan obtenido el título con una antigüedad superior a 5 años.

ARTÍCULO 8. EXAMEN: A los efectos de poder rendir el examen correspondiente al concurso, losaspirantes que figuren en el listado de habilitados para rendir, deberán presentarse en la fecha, hora y lugarestablecida en el cronograma, el cual será fijado por el Comité Anexo III (IF-2018-03265477-APN-DNCHYSO#MS) de la presente resolución, con Documento Nacional de Identidad y formulario depreinscripción en SISA. Sin la presentación de este requisito los postulantes no podrán rendir el examen deselección.

Para las residencias médicas este concurso adhiere al Examen Único Médico. Para el resto de lasresidencias del Equipo de Salud se confeccionarán exámenes específicos para cada una.

El examen constará de una prueba escrita de cien (100) preguntas de tipo selección múltiple con valor deun (1) punto cada una, con un nivel mínimo de aprobación de cuarenta (40) puntos.

ARTÍCULO 9. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: Los resultados de los exámenes serán publicadosen la página web del Ministerio de Salud de la Nación, en la página web del Ministerio de Salud de laProvincia de Buenos Aires y en SISA, en las fechas determinadas en el cronograma. Cualquier reclamosobre eventuales errores en los resultados deberá hacerse por escrito, hasta setenta y dos (72) horas despuésde su publicación, ante la oficina verificadora correspondiente. No se aceptará impugnación algunareferente al examen ni al contenido del mismo. La aprobación del examen no generará asignaciónautomática de la vacante y sólo dará derecho a presentarse al acto de adjudicación.

ARTÍCULO 10. ORDEN DE MÉRITO: Para el acto de adjudicación se confeccionarán:

Un orden de mérito por especialidad para las residencias médicas básicas;Un orden de mérito para las residencias de enfermería (Dada la excepción de ingreso al SistemaNacional de Residencias del Equipo de Salud establecida en el artículo 17 de la Resolución

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Ministerial N° 1993/2015, se conformarán dos órdenes de mérito, una para los Licenciados enEnfermería y otra para Enfermeros que hayan cumplimentado el ciclo de pregrado universitario yEnfermeros profesionales y/o Técnicos en Enfermería egresados de instituciones de nivel técnico,cuyo título tenga validez nacional y hayan sido debidamente acreditadas por el Instituto Nacional deEducación Tecnológica del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN. Tendrán prioridadpara cubrir los cargos ofrecidos los/as Licenciados/as en Enfermería);Un orden de mérito por residencia para el resto del Equipo de Salud encuadradas según título degrado.Un orden de mérito para las residencias de Epidemiología. Las vacantes concursadas para laDirección Nacional de Epidemiología se adjudicarán priorizando la mitad de los cargos paraprofesionales del GRUPO A y distribuyéndose los cargos restantes entre las profesiones mejorrankeadas del GRUPO B, por profesión. Para la totalidad de vacantes de la Provincia de BuenosAires y Municipios adheridos se procederá de igual modo. En caso de que no haya postulantessuficientes para cubrir los cargos, se seleccionará también al 2º postulante de cada una de lasdisciplinas del ranking hasta completar el mismo.

El orden de mérito se construirá de la siguiente manera:

a) Una prueba escrita de cien (100) preguntas de tipo selección múltiple con valor de un (1) punto cadauna, con un nivel mínimo de aprobación de cuarenta (40) puntos.

b) El promedio general de la carrera, incluyendo aplazos, en escala de cero (0) a diez (10), el cualrepresentará un máximo de diez (10) puntos.

c) El puntaje para construir el orden de mérito del concurso será igual al valor de la prueba escrita (E),multiplicado por cero cinco (0,5), más el valor del promedio (P) de la carrera. Por lo tanto: (E x 0,5) + P =puntaje orden de mérito.

En caso de generarse un empate en el orden de mérito, quedará en primer lugar aquel postulante que tenga:

1. Mayor puntaje en la prueba de selección.2. Mayor promedio general de la carrera con aplazos.3. Menor cantidad de aplazos obtenidos en la carrera.4. Mayor cantidad de años de graduado a contar desde la fecha de expedición del título hasta la fecha

de cierre de inscripción.

El orden de mérito será publicado en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, en lapágina web del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en las fechasdeterminadas en el cronograma.

ARTÍCULO 11: ADJUDICACIÓN: Podrán adjudicar a los cargos todos aquellos postulantes que hayanaprobado el examen con cuarenta (40) puntos o más. Las vacantes concursadas se adjudicarán en sutotalidad de conformidad con el orden de mérito de los postulantes. Los postulantes elegirán destino deacuerdo a la posición obtenida en el orden de mérito establecido en el artículo 10.

a) ADJUDICACIÓN: Para el acto de adjudicación los postulantes deberán presentarse con su DocumentoNacional de Identidad vigente.

Los postulantes que no pudieran concurrir al acto de adjudicación podrán actuar por medio de unrepresentante, quien deberá exhibir un instrumento público habilitante (escritura pública) o carta poder, confirma autenticada por la justicia de paz o escribano público.

No se verificará presencia en el acto de la adjudicación, como así tampoco se realizará ninguna reserva decargo.

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Los actos de adjudicación se realizarán en los lugares, fechas y horas dispuestos por las Comité Técnico,publicándose en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y en la página web delMINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, teniendo una tolerancia de quince(15) minutos desde el horario de convocatoria. Una vez iniciado dicho acto se comenzará a llamar a lospostulantes de acuerdo al orden de mérito, no teniendo derecho a reclamo alguno aquel postulante que no seencuentre en lugar.

b) READJUDICACIÓN: Los actos de readjudicación se realizarán en los lugares, fechas y horas dispuestospor el Comité Técnico y serán publicados en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LANACIÓN y en la del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Se tendráuna tolerancia de quince (15) minutos a partir de la hora estipulada.

Para la readjudicación de las residencias médicas los postulantes deberán inscribirse a través del SISA,conforme al cronograma que publiquen las autoridades del concurso. Podrán inscribirse aquellos postulantesque no hayan adjudicado y los que hayan renunciado fehacientemente hasta la fecha indicada en elcronograma. Los postulantes provenientes de otros concursos participantes al Examen Único Médicodeberán completar la documentación requerida en el artículo 4, a excepción del inciso IV donde deberápresentar el original y fotocopia del título. Los postulantes que hayan realizado la inscripción condocumentación en trámite deberán en esta instancia presentar original y copia de la misma.

Para la readjudicación se confeccionará un listado de orden de mérito unificado por profesión o residenciapara el caso de las multiprofesionales, quedando exceptuada la residencia de Epidemiología, Control deCalidad de Medicamentos y Seguridad e Inocuidad de Alimentos que procederá a confeccionar su orden demérito con idéntica modalidad que para la adjudicación.

La readjudicación será realizada con similar procedimiento al de la adjudicación, a partir del nuevo ordende mérito que se publique y sobre aquellas vacantes que se concursen en la readjudicación.

c) Las instituciones que forman parte del presente concurso y la Provincia de Buenos Aires con susmunicipios adheridos, podrán llevar a cabo ulteriores readjudicaciones siguiendo un ranking unificado conaquellos postulantes que hayan aprobado el examen correspondiente y no hayan adjudicado otros cargos enel marco del Examen Único durante el año 2018 o, habiéndolo hecho, hayan renunciado al mismo conanterioridad al 10 de Julio. Las condiciones y el cronograma serán fijadas por el Comité Técnico y seránpublicadas oportunamente.

ARTÍCULO 12: TOMA DE CARGO

El día de la adjudicación, los postulantes que siguiendo el orden de mérito seleccionen un cargo seráninformados de la dependencia del mismo (Nacional o Provincial). La toma de cargo se realizará con lascondiciones que defina el Comité Técnico.

Los candidatos que hayan adjudicado cargos de residencias en Instituciones Nacionales y cumplido con losrequisitos de la Resolución Ministerial Nº 1993/15 y sus modificatorias, iniciarán su residencia en la fechadeterminada por el cronograma IF-2018-03265477-APN-DNCHYSO#MS. Para tomar el cargo, deberánpresentarse el día definido por el cronograma ante el área de Docencia de la institución. En caso de que elcandidato no se presente, ni justifique su ausencia razonablemente, luego de 48 horas del inicio de laresidencia se considerará que renuncia a la toma del cargo.

Los candidatos que hayan adjudicado cargos de residencias en la Provincia de Buenos Aires tomaránposesión del cargo en el establecimiento elegido el día 1 de junio, con la matrícula provincial y losformularios impresos correspondientes. El candidato tendrá cinco días corridos para realizar su presentacióndesde la fecha que adjudicó el cargo, caso contrario se considerará que renuncia a la toma del cargo y elcupo queda vacante, pudiendo pasar el mismo a la readjudicación.

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ARTÍCULO 13. REQUISITOS GENERALES DE LOS INGRESANTES: Son requisitos parapostularse al presente concurso los siguientes:

a) Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer DocumentoNacional de Identidad vigente emitido por Autoridad Argentina y cumplir con las condiciones migratoriasprevistas en la Ley N° 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias al momento de suinscripción al mecanismo de selección.

b) Ser poseedor de condiciones de conducta e idoneidad para el cargo, lo que se acreditará mediante losregímenes de selección que se establezcan, asegurando el principio de igualdad en el acceso a los cupos deResidencias de ambas jurisdicciones.

c) Tener la aptitud psicofísica requerida para el cargo.

d) Ser graduado de cualquier universidad de la República Argentina, del ámbito público o privado,reconocida oficialmente, en las profesiones de las que se trate. Los graduados de universidades extranjeras,sean éstas del ámbito público o privado, deberán poseer título de grado universitario reconocido por elMINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN (autoridad competente en la materia), debiendo habercompletado el trámite de convalidación u homologación correspondiente.

e) Título: Todos los ingresantes para cualquiera de las jurisdicciones, deberán poseer, al momento delingreso a la residencia, título de grado universitario obtenido conforme a la profesión de que se trate, noaceptándose en modo alguno el ingreso al sistema de aquellos que carezcan del mismo. En formaexcepcional, se aceptará la inscripción al concurso de aquellos egresados de universidades de la RepúblicaArgentina que cuenten con un certificado de título en trámite extendido por la universidad que corresponda,ello siempre que, cumplido el concurso respectivo y al momento de tomar el cargo, el postulante posea eltítulo original y matrícula habilitante, según corresponda. Asimismo, es con condición necesaria para lainscripción a las residencias básicas que la antigüedad del título habilitante haya sido obtenido hasta cinco(5) años desde la fecha de expedición del mismo. Estarán habilitados los emitidos con posterioridad al 31marzo de 2013. El cálculo debe ser computado desde la fecha de expedición del título respectivo a la fechade cierre de la inscripción del concurso en el que se postule. Para aquellos aspirantes que hayan realizadosu formación de grado en el extranjero, se tendrá en cuenta la fecha de expedición del título de suUniversidad de origen, sin que tenga validez la fecha de la convalidación del mismo.

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ANEXO III

CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS EN INSTITUCIONES Y HOSPITALES NACIONALES, GARRAHAN, EL CRUCE, DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y MUNICIPIOS ASOCIADOS.

Cronograma 2018 Residencias básicas, articuladas y post-básicas

Preinscripción Online (SIISA) 20 de febrero al 28 de marzo

Inscripción (Entrega de documentación oficinas

verificadoras)

01 al 28 de marzo

Publicación de listado provisorio de inscriptos 05 de abril

Publicación del padrón de inscriptos por sede de

examen

17 de abril

Examen de Residencias Básicas y Articuladas 24 de abril

Examen de Residencias Post-Básicas 27 de abril

Publicación respuestas correctas Básicas y

Articuladas

25 de abril

Publicación de respuestas correctas Post-Básicas 27 de abril

Publicación de resultados Básicas y Articuladas 26 de abril

Publicación de resultados Post-Básicas 3 de mayo

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Orden de Merito 4 de mayo

Adjudicación Fecha y lugar a confirmar

Inicio de las residencias 1 de junio

Fecha límite para renuncia a cargos para poder

readjudicar (SOLO BASICAS Y ARTICULADAS)

11 de junio

Readjudicación (BASICAS y ARTICULADAS)

Publicación de Vacantes

Preinscripción en SISA e inscripción

Acto Público

Inicio de la Residencia

15 de junio

18 al 25 de junio

Fecha y Lugar a confirmar

1 de julio

Fecha límite para renuncia a cargos para poder

acceder a la 2º readjudicación (SOLO BASICAS Y

ARTICULADAS)

10-07

2º Readjudicacion Cronograma a confirmar

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: ANEXO III. CONCURSO UNIFICADO MSAL. y PCIA. DE BS. AS.

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Anexo

Número:

Referencia: ANEXO II. PROYECTO DE RESOL. CONC. UNIFICADO CON PCIA. DE BS.AS. EX-2017-02530643-APN-DNCHYSO#MS.

ANEXO II

REGLAMENTO DEL CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS POST BÁSICAS DELEQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITALGARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE Y DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES YMUNICIPIOS ASOCIADOS.

ARTÍCULO 1. OBJETO: El presente reglamento tiene por objeto regular el concurso de los cargos deresidencias post - básicas del equipo de salud, que se desarrollen en hospitales o establecimientos públicosdel MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y sus municipios adheridos;como así también los siguientes establecimientos: Hospital Nacional Prof. Alejandro Posadas, InstitutoNacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (INAREPS), Colonia Nacional Montes de Oca, HospitalNacional de Salud Mental Y Adicciones “Lic. Laura Bonaparte” (ex CENARESO), Hospital Nacional “Dr.Baldomero Sommer”, Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos Malbrán”(ANLIS), Centro Nacional de Genética Médica; Administración Nacional de Medicamentos Alimentos yTecnología (ANMAT), la Dirección Nacional de Epidemiología, el Instituto de InvestigacionesHematológicas “Mario R. Castex” ; y el Hospital El Cruce -“Dr. Néstor Carlos Kirchner”- AltaComplejidad en Red - SAMIC y el Hospital de Pediatría SAMIC “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”.

ARTÍCULO 2. CRONOGRAMA: Para las residencias incorporadas al concurso, la preinscripción, lainscripción, la toma de examen, la adjudicación y la readjudicación de cargos se realizarán según elcronograma que se acompaña como Anexo III y se publicará en la web del MINISTERIO DE SALUD DELA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (http://www.ms.gba.gov.ar/sitios/residencias/) y del MINISTERIODE SALUD DE LA NACIÓN (http://www.msal.gob.ar/residencias/index.php?option=com_content&view=article&id=387:c oncurso-instituciones-nacionales-garrahan-cruce-y-pcia-de-buenos-aires-y-municipios-as ociados&catid=2).

ARTÍCULO 3. PREINSCRIPCIÓN: La preinscripción online es obligatoria, debiéndose ingresar a talesefectos al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) en https://sisa.msal.gov.ar/sisa/. Sedeberá realizar la preinscripción con todos los datos requeridos, e imprimir la solicitud de preinscripción.La misma tiene valor de declaración jurada y será solicitada en forma obligatoria al momento de la

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inscripción, siendo responsabilidad del postulante la correcta carga de todos los datos que el sistemarequiera. La misma implicará para el postulante el pleno conocimiento y conformidad del presenteReglamento y del Reglamento de Residencias para Profesionales de la Salud de la Provincia de BuenosAires Decreto Nº2557/01 y Resol. 1993/15 del Ministerio de Salud de la Nación o la correspondiente a lajurisdicción para el cargo que se postula.

ARTÍCULO 4. INSCRIPCIÓN: La inscripción deberá realizarse de forma personal o medianteapoderado, en el horario que determinen las autoridades del concurso. La sede en que ello tenga lugar seconstituirá como oficina verificadora. Las sedes verificadoras estarán ubicadas en Provincia de BuenosAires en la Calle 4 N° 962, Esq. 51, de la ciudad de La Plata y en Ciudad Autónoma de Buenos Aires enHospital de Pediatría SAMIC Prof. Dr. Juan P. Garrahan, entrada por Pichincha 1890, esquina Brasil - HallCentral .

Aquellos postulantes que residan a más de setenta y cinco (75) km de la sede verificadora podrán optarentre concurrir a la oficina verificadora o realizar su inscripción mediante el envío postal de ladocumentación, que deberá realizarse hasta tres (3) días hábiles antes del final de la fecha de inscripción,quedando bajo su exclusiva responsabilidad la verificación de la correcta recepción de la documentación.La misma implica la aceptación y conformidad de las presentes normas. No se aceptarán inscripciones fuerade fecha, ni comprobantes o certificaciones presentadas después de cerrada la inscripción.

a) Inscripción personal o mediante apoderado: Los postulantes deberán presentar la siguientedocumentación:

I. Impresión del formulario de solicitud de preinscripción (SISA).

II. Original y fotocopia de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad vigente.

III. Constancia de CUIL/CUIT.

IV. Original y fotocopia de título universitario. Los postulantes que posean título otorgado en el extranjerodeberán presentar al momento de la inscripción la homologación o convalidación del título (DocumentoNacional de Identidad) por los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LA NACIÓN; en estoscasos no se aceptará documentación en trámite.

V. Original y fotocopia de acta de matrimonio o certificado de convivencia en caso de corresponder.

VI. Constancia de la matrícula profesional de la Provincia de Buenos Aires o de Nación, segúncorresponda. Para el supuesto de que el postulante no la pudiera presentar en el momento de la inscripción,deberá hacerlo en el momento de la toma de posesión del cargo como plazo máximo.

VII. Certificado ético profesional, expedido por el Colegio del Distrito donde se encuentre matriculado, confecha no anterior a los noventa (90) días al momento de la inscripción. (Sólo aplica para cargosProvinciales).

VIII. Certificado de la residencia básica completa debidamente acreditada.

IX. Certificados de antecedentes curriculares y /o académicos.

No serán inscriptos, bajo ningún concepto, a los postulantes que no presenten la documentación requeridadentro del plazo fijado en el cronograma (excepto los supuestos particulares mencionados). A los efectosprevistos en el presente artículo, las autoridades de las oficinas verificadoras quedan facultadas paracertificar la autenticidad de las fotocopias que se acompañan, previa confrontación con su correspondienteoriginal. Luego de recibida la documentación, las oficinas verificadoras corroborarán la misma, pudiendorequerir rectificaciones o ratificaciones de la documentación. Cumplidos todos los requisitos se habilitaráal postulante para rendir en examen correspondiente.

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b) Inscripción por vía postal: Los postulantes deberán remitir original o fotocopias certificadas porautoridades competentes (escribano, juez de paz, tribunales, universidad o autoridad administrativaprovincial y/o nacional), al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Calle 4 N° 962 Esq. 51, dela ciudad de La Plata:

I. Impresión del formulario de solicitud de inscripción (SISA).

II. Adverso y reverso Documento Nacional de Identidad vigente.

III. Constancia de CUIL/CUIT.

IV. Fotocopia certificada de título universitario. Los postulantes que posean título otorgado en el extranjerodeberán presentar al momento de la inscripción la homologación o convalidación de su título -realizada conDocumento Nacional de Identidad- por los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y SALUD DE LANACIÓN; en estos casos no se aceptará documentación en trámite.

V. Fotocopia certificada de acta de matrimonio o certificado de convivencia en caso de corresponder.

VI. Constancia de la matrícula profesional de la Provincia de Buenos Aires o de Nación. Para el supuestode que el postulante no la pudiera presentar en el momento de la inscripción, deberá hacerlo en el momentode la toma de posesión del cargo como plazo máximo.

VII. Certificado ético profesional, expedido por el Colegio del Distrito donde se encuentre matriculado, confecha no anterior a los noventa (90) días al momento de la inscripción.

VIII. Certificado de la residencia básica completa debidamente acreditada.

IX. Certificados de antecedentes curriculares y /o académicos.

Las especialidades requeridas para la inscripción serán:

Especialidad Post-Básica a concursar Especialidad Básica requerida

Cirugía Plástica y Reparadora Postbásica

CIRUGÍA GENERAL

Cirugía Vascular Periférica yEndovascular

Cirugía Torácica Post básica

Clínica Quirúrgica Infantil Post básica

Urología Post básica

Cirugía de Cabeza y Cuello

Cirugía General con Orientación enTrasplante de Órganos

Reumatología Post básica

Nefrología Post básica

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Gastroenterología Post básica

CLÍNICA MÉDICAOncología Post básica

Hematología Post básica

Nefrología Post básica con Orientaciónen Trasplante Renal

Infectología Post básica

Nutrición y Alimentación ClínicaInfanto-Juvenil

PEDIATRÍA

Gastroenterología Infantil

Cardiología Pediátrica

Medicina Interna Pediátrica

Hematología Infantil

Endocrinología Infantil

Nefrología Infantil

Infectología Infantil

Neonatología Post básica

Neumonología Post básica

Dermatología Pediátrica

Reumatología Infantil

Terapia Intensiva Pediátrica Post básica

Neurología Infantil Post básica

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Diagnóstico por imágenes pediátrica DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES o PEDIATRÍA

Microbiología BIOQUÍMICA

Bioquímica Post básicas BIOQUÍMICA

Trasplante en ProgenitoresHematopoyéticos HEMATOLOGÍA

Ortopedia y Traumatología Infantil ORTOPEDIA y TRAUMATOLOGÍA

Adicciones PSIQUIATRÍA y PSICOLOGÍA

Trabajo Social en Trasplante deÓrganos Sólidos ASISTENTE SOCIAL y LIC. EN TRABAJO SOCIAL

Investigación en Salud Pública yEpidemiología

PEDIATRÍA, MEDICINA GENERAL, BIOQUÍMICA,CLÍNICA MÉDICA, PSICOLOGÍA y LIC. ENOBSTETRÍCIA

Genética Médica PEDIATRÍA y CLÍNICA MÉDICA

Toxicología Post básica PEDIATRÍA, CLÍNICA MÉDICA, MEDICINAGENERAL Y / O FAMILIAR, EMERGENTOLOGÍA

Farmacia Clínica FARMACIA

Seguridad y Eficiencia deMedicamentos MÉDICO /FARMACÉUTICO

ARTÍCULO 5. RESTRICCIONES: No podrán inscribirse:

a) Los que hayan realizado una residencia post - básica en el Sistema de la Provincia de Buenos Aires, enel Sistema de la Nación y/o en otra jurisdicción.

b) Los profesionales que se encuentren realizando una residencia post-Básica en el Sistema de la Provinciade Buenos Aires, en el Sistema de la Nación y/o en otra jurisdicción al momento de la toma de posesión.

c) Quienes hayan obtenido el título con una antigüedad superior a 9 años.

ARTÍCULO 6. PUBLICACIÓN DE LISTADO DE HABILITADOS PARA RENDIR: El listado conlos postulantes que hayan cumplido todos los requisitos de inscripción, será publicado en la fechadeterminada por el cronograma, a través de la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LAPROVINCIA DE BUENOS AIRES y del MINISTERIO DE LA SALUD DE LA NACIÓN. La finalidadde esta publicación es que los postulantes verifiquen sus datos y en caso de eventuales errores en suconfección, puedan efectuar el correspondiente reclamo por escrito, hasta setenta y dos (72) horas despuésde la publicación, ante la oficina verificadora donde se hayan inscripto, acompañando la documentaciónprobatoria. Vencido dicho plazo no se aceptarán reclamos.

ARTÍCULO 7. EXCEPCIONES: En caso de constatarse con posterioridad a la inscripción que elpostulante no informó a la oficina verificadora que alguno de los datos del mencionado listado fueraerróneo, previa comunicación al Comité Técnico, éstas quedarán facultadas a proceder a la modificación delos mismos. Si se comprobara que los datos corregidos violan las normas establecidas en el presente, se

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procederá a la anulación de la inscripción del postulante, perdiendo todo derecho a continuar en el concursoo excluyendo del sistema a aquel que ya hubiera ingresado.

ARTÍCULO 8. EXAMEN: A los efectos de poder rendir el examen correspondiente al concurso, losaspirantes que figuren en el listado de inscriptos, deberán presentarse en el lugar, fecha y hora a fijar por lasautoridades del concurso establecida en el cronograma que figura en el Anexo III (IF-2018-032654477-APN-DNCHYSO#MS) de la presente resolución, con Documento Nacional de Identidad vigente yformulario de preinscripción en SISA, a fin de acreditar su identidad fehacientemente. Sin la presentaciónde este requisito los postulantes no podrán rendir el examen de selección.

El examen constará de una prueba escrita de cien (100) preguntas de tipo selección múltiple con valor deun (1) punto cada una, con un nivel mínimo de aprobación de cincuenta (50) puntos. Si el número deaspirantes que supera el nivel mínimo necesario para aprobar, es inferior a las vacantes ofrecidas, serápotestad del Comité Técnico modificar el nivel mínimo requerido.

ARTÍCULO 9. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: Los resultados de los exámenes, serán publicados en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y delMINISTERIO DE LA SALUD DE LA NACIÓN en las fechas determinadas en el cronograma. Cualquierreclamo sobre eventuales errores en los resultados deberá hacerse por escrito, hasta setenta y dos (72) horasdespués de su publicación, ante la oficina verificadora correspondiente. No se aceptará impugnación algunareferente al examen ni al contenido del mismo. La aprobación del examen no generará asignaciónautomática de la vacante y sólo dará derecho a presentarse al acto de adjudicación.

ARTÍCULO 10. ORDEN DE MÉRITO: Para el acto de adjudicación se confeccionará un orden demerito por especialidad para las residencias médicas post - básicas;

El orden de mérito se construirá de la siguiente manera:

a) una prueba escrita de cien (100) preguntas de tipo selección múltiple con valor de un (1) punto cada una,con un nivel mínimo de aprobación de cincuenta (50) puntos.

b) Una valoración ponderada de los antecedentes con un máximo de 5 puntos. En la valoración deantecedentes, se consideraran:

Docencia, Máximo 1,5

Premios, Máximo 1

Trabajos Científicos 1,5

Inglés Técnico 1

Solo será considerado el mejor antecedente por cada ítem evaluado, excepto en los trabajos científicos. Los

sido obtenidos. La puntuación de antecedentes que realice la autoridad del concurso no admiteapelaciones.

c) Los antecedentes solicitados deberán presentarse en su totalidad, de acuerdo con el cronograma previstoen el Anexo III (IF-2018-03265477-DNCHYSO#MS), al momento de la inscripción.

DocenciaMinisterial a cargo de capacitación, según corresponde por distrito de procedencia.

Máximo 1,5

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Jefatura de residentes/jefatura de trabajosprácticos/Instructor de residentes 1,5

Ayudante 1ra. Categoría 1

Ayudante 2da. Categoría 0,50

Premios

Máximo 1

1eros. premios otorgados por sociedadescientíficas o universidades reconocidas. 1

2dos. premios otorgados por sociedadescientíficas o universidades reconocidas. 0,75

Menciones otorgadas por sociedades científicaso universidades reconocidas. 0,50

Premios otorgados por asociacioneshospitalarias u otras instituciones. 0,25

Menciones otorgadas por asociacioneshospitalarias u otras instituciones. 0,15

Trabajos científicos

Máximo 1,5

Trabajos publicados en revistas con referato,0.5 por trabajo hasta 1

Resúmenes publicados en revistas con referato0,15 por resumen hasta 0,6

Comunicaciones orales o posters de trabajoscientíficos con certificación que incluya autoresy título del trabajo, en reuniones científicas0.10 por cada uno

hasta 0,40

Inglés Técnico

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(Certificado otorgado por el curso dictado por la DCI CABA o BFC de PBA)

Máximo 1

Examen de nivel excelente 1

Examen de nivel muy bueno 0,75

Examen de nivel bueno 0,50

Examen de nivel regular 0,25

d) El puntaje para construir el orden de mérito del concurso será igual al valor de la prueba escrita (E),multiplicado por cero cinco (0,5), más el valor de antecedentes (A) de la carrera. Por lo tanto: (E x 0,5) + A= puntaje orden de mérito.

En caso de generarse un empate en el orden de mérito, quedará en primer lugar aquel postulante que tenga:

i) Mayor puntaje en la prueba de selección.

ii) Mayor puntaje de antecedentes.

iii) Mayor cantidad de años de graduado a contar desde la fecha de expedición del título hasta la fecha decierre de inscripción.

El orden de mérito será publicado en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y enla página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en las fechasdeterminadas en el cronograma.

ARTÍCULO 11. ADJUDICACIÓN Podrán adjudicar a los cargos todos aquellos postulantes que hayanaprobado en los términos señalados en el Artículo 8. Las vacantes concursadas se adjudicarán en sutotalidad de conformidad con el orden de mérito de los postulantes. Los postulantes elegirán destino deacuerdo a la posición obtenida en el orden de mérito establecido en el artículo 10.

Para el acto de adjudicación los postulantes deberán presentarse con su Documento Nacional de Identidad.

Los postulantes que no pudieran concurrir al acto de adjudicación podrán actuar por medio de unrepresentante, quien deberá exhibir un instrumento público habilitante (escritura pública) o carta poder, confirma autenticada por la justicia de paz o escribano público.

No se verificará presencia en el acto de la adjudicación, como así tampoco se realizará ninguna reserva decargo.

Los actos de adjudicación se realizarán en los lugares, fechas y horas dispuestos por el Comité Técnico,publicándose, en la página web del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y en la página web delMINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, teniendo una tolerancia de quince(15) minutos desde el horario de apertura. Una vez iniciado dicho acto se comenzará a llamar a lospostulantes de acuerdo al orden de mérito, no teniendo derecho a reclamo alguno aquel postulante que no seencuentre en ese momento.

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ARTÍCULO 12. EVALUACIÓN PREVIA: Para los postulantes que resultaren seleccionados según elorden de méritos previstos en el ranking final, previo a su incorporación al sistema en la provincia deBuenos Aires únicamente, serán evaluados sobre su desempeño durante un lapso de noventa (90) días porlos Servicios, Comités de Docencia e Investigación o quien haga las veces de éstos en los establecimientos.En caso que dicha evaluación no resultare satisfactoria y cuando corresponda al ámbito de los HospitalesPúblicos de la Provincia de Buenos Aires, se informará a la Dirección de Capacitación de Desarrollo deTrabajadores de la Salud, la que dispondrá automáticamente la baja de la adjudicación correspondiente.

ARTÍCULO 13. TOMA DE CARGO: El día de la adjudicación, los postulantes que siguiendo el ordende mérito seleccionen un cargo serán informados de la dependencia del mismo. La toma de cargo serealizará con las condiciones que defina la jurisdicción de dependencia de la residencia que se hayaadjudicado.

Para tomar el cargo deberán presentarse el día definido por el cronograma ante el área de Docencia de lainstitución (en la que tomó el cargo). En caso de que el candidato no se presente, ni justifique su ausenciarazonablemente, luego de 48 horas del inicio de la residencia post - básica se considerará que renuncia a latoma del cargo.

Los candidatos que hayan adjudicado cargos de residencias en la Provincia de Buenos Aires deberáningresar a la página web ms.gba.gov.ar, ingresando con su número de documento, debiendo completar losdatos allí solicitados, imprimir los formularios y presentarse en el establecimiento seleccionado con lamatricula provincial y fotocopia de ésta el día establecido en el cronograma para lo toma de posesión. Encaso de no hacerlo por causa de fuerza mayor, deberá comunicar por telegrama u otro medio fehacientedentro de las cuarenta y ocho (48) horas, aportando posteriormente, dentro los cinco días siguiente, ladocumentación probatoria de la causa alegada. Si en tales términos no lo hiciera, o fuera desestimada por laautoridad de aplicación la causa alegada, la plaza será considerada vacante, perdiendo todo derecho acontinuar con la convocatoria. En este último caso, el cargo se considera vacante pasando el mismo a lareadjudicación.

ARTÍCULO 14. REQUISITOS GENERALES DE LOS INGRESANTES:

Podrán presentarse a la convocatoria los profesionales egresados del sistema de Residencias paraProfesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación, como así también los egresadosde otras jurisdicciones, siempre que la residencia básica solicitada se encuentre debidamente avalada ycertificada por el Ministerio de Salud de la Nación o de la Provincia de Buenos Aires.

Son requisitos para postularse al presente concurso los siguientes:

a) Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer DocumentoNacional de Identidad emitido por Autoridad Argentina y cumplir con las condiciones migratorias previstasen la Ley N° 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias al momento de su inscripción almecanismo de selección.

b) Ser poseedor de condiciones de conducta e idoneidad para el cargo, lo que se acreditará mediante losregímenes de selección que se establezcan, asegurando el principio de igualdad en el acceso a los cupos deResidencias Post - Básicas de ambas jurisdicciones.

c) Tener la aptitud psicofísica requerida para el cargo.

d) Ser graduado de cualquier universidad de la República Argentina, del ámbito público o privado,reconocida oficialmente, en las profesiones de las que se trate. Los graduados de universidades extranjeras,sean éstas del ámbito público o privado, deberán poseer título de grado universitario reconocido por elMINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN (autoridad competente en la materia), debiendo habercompletado el trámite de convalidación u homologación correspondiente.

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e) Título: Todos los ingresantes deberán poseer al momento del ingreso a la residencia, título de gradouniversitario obtenido conforme a la profesión de que se trate, no aceptándose en modo alguno el ingreso alsistema de aquellos que carezcan del mismo. Siendo condición necesaria que dicho título haya sidoobtenido con una antigüedad de hasta nueve (9) años desde el momento de la fecha de expedición del títulode grado al cierre de la inscripción. Para aquellos aspirantes que hayan realizado su formación de grado enel extranjero, se tendrá en cuenta la fecha de expedición del título de su Universidad de origen, sin quetenga validez la fecha de la convalidación del mismo.

f) Matricula: deberá presentarse matricula habilitante según la jurisdicción a la que pertenezca.

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ANEXO IV

CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS EN INSTITUCIONES y HOSPITALES NACIONALES, GARRAHAN, EL CRUCE y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS

FORMULARIO DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN

APELLIDOS: ……………………………..................................………………………………………………………………………………….

NOMBRES: ................………………………………………………………………………………………………………………………………….

ESPECIALIDAD: ……………………………………………………… TELEFÓNO: ………………………………………..........................

CHEQUEO DE DOCUMENTACIÓN (Verificación con originales)

• FORMULARIO IMPRESO PREINSCRIPCIÓN EN SISA

• FOTOCOPIA DNI (VERIFICAR VIGENCIA)

• TÍTULO PROFESIONAL:

UNIVERSIDAD ARGENTINA: FOTOCOPIA TITULO DE GRADO

CERTIFICADO DE TITULO EN TRÁMITE.

UNIVERSIDAD EXTRANJERA: FOTOCOPÍA TÍTULO DE GRADO HOMOLOGADO O CONVALIDADO CON DNI ARGENTINO

VERIFICACIÓN FECHA DE TÍTULO POSTERIOR AL 31-3-2013

VERIFICACIÓN EN FORMULARIO SISA DE INSTITUCIÓN FORMADORA (Universidad)

• CERTIFICADO DE PROMEDIO GENERAL DE LA CARRERA CON APLAZOS Y SIN PUNTOS ADICIONALES

• CONSTANCIA DE CUIT/CUIL

• FOTOCOPIA DE ACTA DE MATRIMONIO O CERTIFICADO DE CONVIVENCIA

• CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES ACADEMICOS y /o Profesionales (POS BÁSICAS)

• PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN POR APODERADO (Constancia)

……………………………………………... REGIÓN: ……………………

Responsable de la recepción Oficina verificadora

CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS EN INSTITUCIONES y HOSPITALES NACIONALES, GARRAHAN, EL CRUCE y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS

Fecha Trámite: ……………… /……………/ 2018.

Documentación Completa sujeta a verificación

Comprobante de Inscripción para el postulante

Fecha Trámite: ……………… /……………/ 2018.

Nº Inscripción en SISA ……………………………….

Habilitado en SISA FECHA

Nº Inscripción en SISA …………………………………….

Responsable de la recepción:

Oficina verificadora: REGIÓN ………………………………

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Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: ANEXO IV. CONCURSO UNIFICADO MSAL. y PCIA. DE BS. AS.

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ANEXO

Apellido y Nombre DNI Denominación del PuestoNivel y Grado Concursado

Agrupamiento Tramo Código

REYNA ALMANDOS, Natalia Soledad 25.191.071 Asistente Administrativo D-5 GENERAL INTERMEDIO 2017-016334-SECLYT-G-SI-X-D

COMPERNOLLE, Mariano Ezequiel 31.632.422 Asistente Administrativo D-0 GENERAL GENERAL 2017-016335-SECLYT-G-SI-X-D

WEISENSEE, Juan Manuel de Jesús 30.743.321 Asistente Experimentado Administrativo C-1 GENERAL GENERAL 2017-016337-SECLYT-G-SI-X-C

MADRAZO, Noelia Mariana 28.023.755 Asistente Experimentado Administrativo C-1 GENERAL GENERAL 2017-016338-SECLYT-G-SI-X-C

GHIDOLI, María Gabriela 28.234.083 Asistente Experimentado Administrativo C-0 GENERAL GENERAL 2017-016339-SECLYT-G-SI-X-C

HIDALGO, María Laura 26.471.700 Asistente Experimentado Administrativo C-3 GENERAL GENERAL 2017-016340-SECLYT-G-SI-X-C

TOURN, Fernando Daniel 23.363.721 Asistente Experimentado Administrativo C-7 GENERAL INTERMEDIO 2017-016341-SECLYT-G-SI-X-C

FERNÁNDEZ, Juan Ignacio 18.097.758 Asistente Experimentado Administrativo C-4 GENERAL INTERMEDIO 2017-016342-SECLYT-G-SI-X-C

BEHAR, Victoria Mónica 17.103.937 Asistente Experimentado Administrativo C-6 GENERAL INTERMEDIO 2017-016343-SECLYT-G-SI-X-C

FILIPPI, Gisela Martina 21.954.031 Asistente Experimentado Administrativo C-6 GENERAL INTERMEDIO 2017-016344-SECLYT-G-SI-X-C

SOFI, Romina Marta 29.557.650 Asistente Experimentado Administrativo C-0 GENERAL GENERAL 2017-016345-SECLYT-G-SI-X-C

ORTEGA, Milagros 27.287.413 Asistente Experimentado Administrativo C-3 GENERAL GENERAL 2017-016346-SECLYT-G-SI-X-C

SOTTERO, Néstor Oscar 13.468.517 Técnico Especialista en Control de Actos de Gobierno B-6 GENERAL INTERMEDIO 2017-016347-SECLYT-G-SI-X-B

GONZALEZ, Walter Daniel 17.301.234 Técnico Especialista en Gestión Administrativa B-4 GENERAL INTERMEDIO 2017-016349-SECLYT-G-SI-X-B

PELECANO, Daniel Alejandro 27.860.655 Técnico Especialista en Gestión Contable B-1 GENERAL GENERAL 2017-016351-SECLYT-G-SI-X-B

DESIGNACIÓN EN PLANTA PERMANENTE

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: Designación EX-2016-02059214-APN-DRRHHYO#SLYT

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Informe

Número:

Referencia: ANEXO I

Proyectos sugeridos por el comite para otorgarles el Anticipo de subsidios de medios electronicos a los efectos del rodaje.

NUMERO DEEXPEDIENTE

NOMBRE DELPROYECTO

PRODUTOR PRESENTANTESELECCIONADO

MONTOASIGNADO

FECHA DE INICIO DERODAJE

EE-2018-1004227-APN-GA·INCAA ARAÑA MAGMA CINE SRL $ 4.700.000,00 06/07/2018

7573/2016 UN RABINO EN CHINA ALEPH MEDIA SA Y TEJBLUMMEDIA SRL $ 4.150.000,00 31/07/2018

EE-2017-33500561-APN-GA#INCAA LA DEUDA

LITA STANTIC PRODUCCIONESSA, MARAVILLA CINE SRL Y

MOTORE SRL $ 5.102.500,00 06/08/2018

10341/2016 CRONICAS DEL EXILIO NICOLAS COBASKY $ 1.149.000,00 30/08/20189982/2017 EL DIA DEL PEZ CESAR PRODUCCIONES SRL $ 4.654.892,00 17/09/2018

8765/2016 LA SEMANA DELLIMON AMARILLO

GABRIELA CUETO, MARIAFLORENCIA FRANCO Y MAYRA

NOELIA BOTTERO $ 1.044.000,00 01/10/2018

3457/2016 CONSTRUYENDO APIRIA

MARIA SAULA BENAVENTE, paulaorlando Y SEBASTIAN ALEJO

MARTINEZ PIÑEIRO $ 1.100.000,00 08/10/2018

13137/2016 MUSICA PARA UNFUTURO ANCESTRAL IGNACIO GARASSINO $ 1.360.511,00 22/10/2018

178/2017 LOS CUERPOSPUBLICOS JAVIER LEOZ $ 650.000,00 22/10/2018

11477/2016 CHICO CONOCE CHICA TE DIGO QUE PRODUCCIONES SRL $ 3.434.730,00 22/10/20181780/2017 EL CAZADOR SOMBRACINE SRL $ 3.786.689,00 22/10/20182126/2017 EL QUINCHO VEGA CINE SRL Y PRISMA SRL $ 3.733.706,00 29/10/2018

11755/2013 LA VUELTA DELMALON

AJIMOLIDO FILMS SRL, LA QUEQUEDABA FILMS SRL Y PROTON

FILMS SRL $ 5.500.000,00 29/10/2018

11462/2016 PLANTA PERMANENTE CAMPO CINE SRL $ 2.222.500,00 31/10/2018

7923/2016 LO HABRASIMAGINADO Maria victoria MIRANDA $ 3.400.000,00 05/11/2018

7635/2017 PERDIENDO ELCONTROL DEL TORO FILMS SRL $ 5.102.500,00 05/11/2018

444/2017 TROPICO ZOELLE SRL $ 5.102.500,00 05/11/2018

2142/2017 INTEMPERIE WANKACINE SRL Y LOSSALVAJES SRL $ 5.102.500,00 12/11/2018

355/2017 EL CRUCE Maria Alejandra GUZZO y Javier AldoDIAZ $ 1.800.000,00 19/11/2018

8751/2016 ESCRIBIR EN EL AIRE BARAKACINE SRL $ 1.661.607,00 19/11/2018

11448/2016 LA CASA DE PALOS FUNDACION ARGENTINA

AUDIOVISUAL (FUARA) Y ESTELAMARIS FERNANDEZ

$ 3.900.000,00 19/11/2018

7211/2017 LAS AVENTURAS DE RISPO FILMS SRL $ 4.208.685,00 19/11/2018

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CLAUDIA

7996/2017 CHC CHRISTENSEN,SALTOS AL VACIO MC PRODUCCIONES SRL $ 1.166.557,00 20/11/2018

5644/2017 LEJOS DE PEKIN PENSA&ROCCA PRODUCCIONESSRL $ 4.239.864,00 26/11/2018

5745/2016 WEEKENDS RITA CINE SRL Y BOMBA SRL $ 3.400.873,00 17/12/2018

359/2017 ASTRONOMIA DUERMEVELA SRL Y TOMSGOTLIP $ 1.782.331,00 17/12/2018

447/2017 LA LUNA REPRESENTAMI CORAZON JUAN MARTIN HSU $ 1.820.000,00 02/01/2019

9019/2016 EL EMPLEADO Y ELPATRON PASTO SRL $ 1.857.253,00 07/01/2019

111/2017 TRASLASIERRA CONTENTTO PEOPLE SRL Y ELCARRO SRL $ 5.102.500,00 07/01/2019

2001/2017 EL RETIRO MYS PRODUCCION SRL $ 5.102.500,00 28/01/2019

4089/2017QUINQUELA, EL

HOMBRE QUEINVENTO UN BARRIO

CREP FILMS SRL $ 5.102.500,00 15/02/2019

10023/2017 UN CRIMEN ENCOMUN PENSAR CON LAS MANOS SRL $ 5.102.500,00 18/02/2019

7257/2016 EL SILENCIO DE LOSOTROS CAUDILLO FILMS SRL $ 3.131.348,00 18/02/2019

7224/2017 LOS NIÑOS EXPOSITOS VALGA SRL $ 5.102.500,00 18/02/2019

12626/2016 SELVA

Sabina cecilia BUSS yCOOPERATIVA DE TRABAJO DECOMUNICACIÓN PRODUCTORA

DE LA TIERRA LIMITADA

$ 4.120.454,00 25/02/2019

10713/2017 EMILIA TAREA FINA SRL $ 5.102.500,00 25/02/2019

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Informe

Número:

Referencia: ANEXO II

Proyectos seleccionados como suplentes con su respectivo orden de merito

ORDEN DEMERITO

NUMERO DEEXPEDIENTE NOMBRE DEL PROYECTO PRODUTOR PRESENTANTE

SELECCIONADOFECHA DE INICIO DE

RODAJE1 4447/2017 JOAN WERNER CINE SRL 18/02/2019

2 177/2017 VICTOR SERRA SOFIA CASTELLS Y ALREDO JOSECOLMAN 27/08/2018

3 442/2017TODOS TENEMOS UN

MUERTO EN EL PLCARD O UNHIJO EN EL CLOSET

MARIA CAROLA VACAS YNICOLAS TETE 15/10/2018

4 9345/2016 EL GARAGE MANUEL SANTOS BELLO 05/11/20185 9621/2016 UN CRACK mr films srl feb-19

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ANEXO I

Acondicionamiento de los productos cárneos

Productos en tránsito para completar frío (congelado)

5.4.6. Los productos que se envíen de un establecimiento habilitado a otro con el fin de completar frío, deberán ser acondicionados en su envase primario y secundario. Si se trata de subproductos se acondicionarán de acuerdo a lo declarado en la monografía.

Temperatura de salida de productos enfriados para ser congelados

5.4.6.1 La temperatura de salida del producto enfriado deberá ser tal, que al ingreso al establecimiento de destino no superará los 5ºC en el centro del producto.

Monografía 5.4.6.2 En la monografía el elaborador deberá declarar, de acuerdo a un análisis de riesgo por tipo de producto, cuál es el tiempo máximo que deberá pasar desde que el producto se encuentra en su empaque secundario hasta que se alcanza la temperatura declarada en el rótulo.

Transporte 5.4.6.3

El transporte deberá llevar un sistema que permita registrar la temperatura durante todo el trayecto desde el establecimiento elaborador a la planta donde va a completar frío.

Documentación sanitaria

5.4.6.4

Los productos de esta modalidad deberán circular con Permiso de Tránsito Restringido (PTR) –Exportación donde se agregará la siguiente leyenda: “Mercadería en proceso de completar frío en el establecimiento Nº Oficial ...”

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Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: Dadores de frío ANEXO I

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ANEXO II

Productos para completar frío

28.12.1 Los transportes de productos destinados a completar frío en otro establecimiento de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5.4.6 deberán llevar un sistema que permita registrar la temperatura durante todo el trayecto.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: Dadores de Frío -Anexo II

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ANEXO I

PRESUPUESTO 2018

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE

PLAN DE ACCIÓN OBJETIVOS

Descripción del entorno operacional y situación actual:

Contenidos Públicos Sociedad del Estado (CPSE) es una sociedad creada por el decreto 1222 del 2 de diciembre de2016 en

jurisdicción del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Esta joven sociedad desarrolla sus actividades operativas en un espacio provisional dentro del predio de Tecnópolis desde su

puesta en operación.

Durante el año 2017 se han realizado mayormente actividades vinculadas a la formalización operativa y al cumplimiento de normas

en relación al establecimiento de la sociedad de acuerdo a la legislación argentina. Prioritariamente se avanzó en dotar a la misma

de recursos presupuestarios, la definición de su estructura funcional, sus procesos y sistemas de apoyo, reglamentos internos y la

formación del equipo de trabajo inicial.

A finales del año 2017 y principios del corriente se iniciaron las actividades de CPSE vinculadas con la gestión, operación,

desarrollo y explotación de las señales Encuentro, Pakapaka y DeporTV, de las áreas técnicas de apoyo y del acervo del Banco

Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).

A su vez, se completó el desarrollo de la plataforma pública de convergencia tecnológica para la distribución de los contenidos

audiovisuales. Esta herramienta innovadora representa el corazón de esta nueva sociedad que apunta a incrementar el acceso de

los argentinos a los contenidos públicos de calidad para impulsar una profunda transformación cultural a nivel nacional, dando

respuesta a nuevas demandas y necesidades intergeneracionales no cubiertas por los medios tradicionales.

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Desde el inicio del corriente año se ha comenzado con el desarrollo de contenidos audiovisuales y la realización de actividades de

producción como desarrollo propio, en coproducción y/o adquisición y adaptación de productos que se evaluaron como relevantes

en función de su pertinencia educativa, cultural y de interés, complementando la operación de las señales con contenidos

disponibles en el banco de contenidos y nuevos productos.

Contenidos Públicos Sociedad del Estado es conducida por la Gerencia General y funcionalmente operada por tres gerencias

generales, la Dirección General de Contenidos bajo la cual se integran las señales Encuentro, Pakapaka y DeporTV, la Dirección

General de Administración y la Dirección General Técnica, todas bajo la premisa de desarrollar eficientemente contenidos:

educativos, tecnológicos, culturales, infantiles y/o deportivos, promoviendo la calidad de los contenidos públicos, en un marco de

convergencia con las nuevas tecnologías, con fines educativos, democráticos y federales.

Los objetivos principales de Contenidos Públicos Sociedad del Estado son:

a) De acuerdo a lo dispuesto por el decreto 1222/2016 y su anexo correspondiente:

Gestionar, operar, desarrollar y explotar las señales Encuentro, PakaPaka, DeporTV, Acua Mayor y Acua Federal u otras que

pudieran reemplazarlas y/o generarse en el futuro, así como la gestión integral del Polo de Producción Audiovisual y la

administración del acervo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).

Crear y desarrollar contenidos audiovisuales y realizar actividades de producción y emisión de programas televisivos y

multimediales, de acuerdo a la política de contenidos que fije el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de la Jefatura de

Gabinete de Ministros.

Garantizar la eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos del Estado, maximizando la calidad en la generación de

contenidos y su distribución, buscando acompañar la tendencia global de convergencia tecnológica.

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b) En la continuidad del funcionamiento de las señales públicas transferidas:

En relación con Canal Encuentro;

1) Realizar actividades de producción y emisión de programas de televisión educativa y multimedial, destinados a fortalecer y

complementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación

2) Desarrollar, producir, realizar y distribuir contenidos orientados a la identidad nacional y latinoamericana, propuestas vinculadas

con el fortalecimiento de la identidad colectiva y los derechos humanos, la formación ciudadana, la divulgación científica y

tecnológica, las ciencias sociales y la historia, el arte y la cultura, la formación profesional y para el trabajo, mediante de diversas

plataformas como estrategia de acercamiento a los usuarios.

3) Ampliar las estrategias que aseguren la federalización de la producción de contenidos audiovisuales.

4) Continuar con las líneas de intercambio y coproducción con organismos oficiales, universidades de todo el país e instituciones

internacionales.

5) Asegurar el desarrollo de programación accesible para las personas con discapacidad.

En relación con Canal Pakapaka

1) Realizar, producir y emitir contenidos audiovisuales infantiles desde una perspectiva de derechos.

2) Los contenidos están pensados para acompañar la formación y el desarrollo de niños y niñas de Argentina, y para ello se

abordan aspectos educativos tanto formales como no formales.

3) La producción deberá está pensada para dos (2) franjas etarias, preescolar y primaria.

4) La emisión reconocerá tres (3) audiencias objetivas: los niños más pequeños (2 a 4 años) y los intermedios (5 a 9 años) reciben

los contenidos a través de la pantalla de televisión, en tanto los más grandes (10 a 12 años) lo hacen a través de la web.

En relación con canal Deportv

1) Realizar actividades de producción y emisión de contenidos educativos destinados a:

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a) Ser un vehículo de difusión y conocimiento de los diversos eventos deportivos de distintas disciplinas y de interés público

nacional

b) Brindar la mejor calidad posible en imagen y de contenidos propendiendo a la convergencia tecnológica.

c) Contar con una programación diversa propendiendo a la máxima cobertura nacional posible.

d) Ofrecer una señal que fomente todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva y recreativa

en todas sus formas.

e) Fomentar y apoyar las alianzas estratégicas dentro de las asociaciones y federaciones de nuestros deportes nacionales

con el fin de generar programas, transmisiones y proyectos destinados al fomento de cada deporte.

f) Multiplicar las presencias en las redes sociales y en la comunicación multiplataformas, difundiendo los contenidos de la

web y generando espacios propios de comunicación con la sociedad.

g) Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos

nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas, como así también las actividades físicas relacionadas con la

utilización del ocio y tiempo libre, en contacto con el medio natural.

h) Incentivar y asistir la práctica de competencias deportivas, en procura de alcanzar altos niveles de las mismas,

asegurando que las representaciones del deporte argentino a nivel internacional sean expresión de la jerarquía cultural y deportiva

del país.

En relación con las áreas técnicas

1) Coordinar y dar soporte a la emisión de las señales en todas las plataformas disponibles.

2) Evaluar la incorporación de nuevas tecnologías para la realización, producción y difusión de contenidos promoviendo la calidad

como valor fundamental.

3) Aprobar la calidad técnica de todos los contenidos que integra CPSE.

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4) Sostener y mejorar el funcionamiento y las prestaciones de la plataforma de convergencia digital.

5) Realizar y producir contenidos propios, en colaboración o no con terceros.

Rentabilidad y resultados:

La empresa tiene un fin social, razón por la cual la gratuidad de los servicios y productos que se ofrecen sigue siendo uno de los

lineamientos principales de la gestión.

El presupuesto anual de Contenidos Públicos Sociedad del Estado se conforma con el presupuesto anualmente asignado por el

Gobierno Nacional y los ingresos que pudieran percibirse de empresas del sector privado, así como de Organismos Nacionales e

Internacionales (en concepto de subsidio, financiación o resultado del intercambio comercial de derechos y productos derivados de

los contenidos públicos.)

Se espera recibir aportes de fondos desde el sector privado, ya sea en dinero y/o especies como resultado de acciones de

intercambio con el sector privado, público, el tercer sector y/o de otros países interesados en los servicios y productos ofrecidos.

Producción:

Se prevé continuar aumentando el acceso a hogares, como así también la cantidad y calidad de horas de contenidos públicos

disponibles para cada una de las plataformas del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos. Así como investigar e

implementar mejoras tecnológicas en pos de los objetivos perseguidos por esta sociedad.

Estrategia comercial y posicionamiento en el mercado

Como se estableciera en el punto rentabilidad y resultados, Contenidos Públicos Sociedad del Estado obtiene ingresos adicionales

a su presupuesto a partir de coproducciones, canjes, comercialización de espacios y producciones, y prestación de servicios.

Para ello resulta clave mantener e intensificar el impacto de las marcas, la más alta calidad de las propuestas, la innovación

permanente y el alto grado de satisfacción obtenido por parte de la población en general.

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Con respecto a esto se espera aumentar las coproducciones y generar ingresos para estimular la industria nacional de producción

nacional tanto pública como privada.

Inversión:

Las producciones audiovisuales y la instalación de nuevos recursos tecnológicos constituyen la base de la inversión de capital del

año 2018.

Endeudamiento:

No se prevé endeudamiento para los próximos tres (3) años.

Recursos Humanos:

Se aspira a desarrollar el recurso humano de la industria audiovisual tanto propio como externo (sector público y privado)

dotándolos de nuevas competencias vinculadas con los avances tecnológicos en la materia y las tendencias globales de la

industria.

Otras:

Inciso I - Personal: Ciento doce millones quinientos once mil novecientos ochenta y nueve pesos $112.511.989

Incluye las partidas referidas a la retribución del personal permanente de Contenidos Públicos Sociedad del Estado, incluyendo

todos aquellos conceptos de índole remunerativa.

Inciso II - Bienes de consumo: Dos millones trescientos quince mil setecientos sesenta y nueve pesos $ 2.315.769

Los requerimientos planteados en este inciso, se encuentran estimados de acuerdo a los consumos necesarios para la operatoria

normal de la sociedad.

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Inciso III - Servicios No Personales: Cuarenta y dos millones cuarenta mil novecientos sesenta y tres pesos $ 42.040.963

Los recursos calculados en este inciso, están referidos a los servicios públicos, de mantenimiento correctivo y preventivo de

maquinarias y limpieza. Incorpora servicios profesionales encuadrados bajo la forma de locaciones de obra y de servicios; como así

también producciones en vivo para la Señal DeporTv.

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: EX-2018-12621844-APN-CPSE - Anexo I - Plan de Acción 2018 - Contenidos Públicos SE.

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro A. 1

CUENTA AHORRO-INVERSION-FINANCIAMIENTO

(En Pesos)

CODIGO CUENTA CORRIENTE PRESUPUESTO

2018

1.1. Ingresos Corrientes 160.400.000

1.1.5 Ingresos de Operación 0

1.1.5.1 - Ventas Brutas 0

1.1.5.3 - Otros Ingresos de Operación 0

1.1.6 Rentas de la Propiedad 0

1.1.6.1.1 - Intereses Internos 0

1.1.6.1.2 - Intereses del Exterior 0

1.1.6.2 - Dividendos 0

1.1.6.3 - Arrendamiento de Tierras y Terrenos 0

1.1.6.4 - Derechos sobre Bienes Intangibles 0

1.1.7 Transferencias Corrientes 160.400.000

1.1.7.1 - Del Sector Privado 0

1.1.7.2 - Del Sector Público 160.400.000

1.1.7.2.1.1 - De la Administración Central 160.400.000

1.1.7.3 - Del Sector Externo 0

1.2 Otros Ingresos 0

A TOTAL INGRESOS CORRIENTES 160.400.000

2.1. Gasto Corriente 160.400.000

2.1.1 Gasto de Operación 160.400.000

2.1.1.1 Remuneraciones 112.511.989

2.1.1.2 Bienes y Servicios 44.356.732

2.1.1.2.1 - Bienes de Consumo 2.315.769

2.1.1.2.2 - Servicios no Personales 42.040.963

2.1.1.3 Impuestos Indirectos 3.531.279

2.1.1.4 Depreciación y Amortización

2.1.1.5 Previsiones 0

2.1.1.5.1 - Cuentas Incobrables 0

2.1.1.5.2 - Autoseguro 0

2.1.1.6 Variación de Existencias 0

2.1.1.7 Descuentos y Bonificaciones 0

2.1.3 Rentas de la Propiedad 0

2.1.3.1 - Intereses 0

2.1.3.1.1.2 - Intereses por Préstamos Internos 0

2.1.3.1.2.2 - Intereses por Préstamos Externos 0

2.1.3.2 - Arrendamiento de Tierras y Terrenos 0

2.1.3.3 - Derechos sobre Bienes Intangibles 0

2.1.5 Impuestos Directos 0

2.1.6 Otras Pérdidas 0

2.1.7 Transferencias Corrientes 0

2.1.7.1 - Al Sector Privado 0

2.1.7.2 - Al Sector Público 0

2.1.7.3 - Al Sector Externo 0

B TOTAL GASTOS CORRIENTES 160.400.000

C = A - B RESULTADO ECONOMICO: AHORRO/(DESAHORRO) 0

Forma: E.P.IV.1

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO IIEMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro A. 2

CUENTA AHORRO-INVERSION-FINANCIAMIENTO(En Pesos)

CODIGO CUENTA CAPITAL PRESUPUESTO2018

1.2 Recursos de Capital 249.916.5311.2.1 Recursos Propios de Capital 01.2.1.1 Venta de Activos1.2.1.2 Disminución de Existencias1.2.1.3 Incremento de la Depreciación y Amortización 0

Acumulada1.2.1.4 Incremento de Previsiones1.2.2 Transferencias de Capital 249.916.5311.2.2.1 - Del Sector Privado1.2.2.2 - Del Sector Público 249.916.5311.2.2.2.1.1 - De la Administración Central 249.916.5311.2.2.3 - Del Sector ExternoD TOTAL RECURSOS DE CAPITAL 249.916.531

2.2 Gastos de Capital 249.916.5312.2.1 Inversión Real Directa 249.916.5312.2.1.1 Formación Bruta de Capital Fijo 29.903.0002.2.1.1.1 Edificios e Instalaciones2.2.1.1.2 Construcciones del Dominio Privado2.2.1.1.3 Construcciones del Dominio Público 02.2.1.1.4 Maquinaria y Equipo 29.903.0002.2.1.1.6 Producción Propia 02.2.1.2 Incremento de Existencias2.2.1.3 Tierras y Terrenos2.2.1.4 Activos Intangibles 220.013.5312.2.2 Transferencias de Capital 02.2.2.1 - Al Sector Privado2.2.2.2 - Al Sector Público2.2.2.3 - Al Sector ExternoE TOTAL GASTOS DE CAPITAL 249.916.531

F = C+D-E RESULTADO FINANCIERO: SUPERAVIT/(DEFICIT) 0Forma: E.P.IV.1 (Continuación)

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro A. 3

CUENTA AHORRO-INVERSION-FINANCIAMIENTO

(En Pesos)

CODIGO CUENTA DE FINANCIAMIENTO PRESUPUESTO

2018

1.3 Fuentes Financieras 28.531.279

Disminución de Activos Financieros

1.3.1 Disminución de la Inversión Financiera 10.835.965

1.3.1.1 Venta de Acciones y Participaciones de Capital

1.3.1.2 Recuperación de Préstamos de Corto Plazo

1.3.1.3 Venta de Títulos y Valores

1.3.1.4 Disminución de Otros Activos Financieros 10.835.965

1.3.1.4.1 - Disminución de Disponibilidades 10.835.965

1.3.1.4.2 - Disminución de Cuentas a Cobrar

1.3.1.4.3 - Disminución de Documentos a Cobrar

1.3.1.4.4 - Disminución de Act.Diferidos y Adel.Prov. y Contr.

1.3.1.6 Recuperación de Préstamos de Largo Plazo

Incremento de Pasivos

1.3.2 Endeudamiento Público e Incremento Otros Pasivos 17.695.314

1.3.2.3.1 - Obtención de Préstamos a Corto Plazo Interno

1.3.2.3.3 - Obtención de Préstamos a Corto Plazo Externo

1.3.2.5 - Incremento de Otros Pasivos 17.695.314

1.3.2.5.1 - Incremento de Cuentas a Pagar 17.695.314

1.3.2.5.2 - Incremento de Documentos a Pagar

1.3.2.5.5 - Incremento de Pasivos Diferidos

1.3.2.5.6 - Incremento de Prev.,Provisiones y Reservas Técn.

1.3.2.8.1 - Obtención de Préstamos a Largo Plazo Interno

1.3.2.8.3 - Obtención de Préstamos a Largo Plazo Externo

1.3.3 Incremento del Patrimonio 0

1.3.3.1 - Incremento del Capital

1.3.3.2 - Incremento de Reservas

1.3.3.3 - Incremento de Resultados Acumulados

Superávit Financiero

TOTAL FUENTES FINANCIERAS 28.531.279

2.3 Aplicaciones Financieras 28.531.279

Incremento de Activos Financieros

2.3.1 Inversión Financiera 25.000.000

2.3.1.1 - Aportes de Capital

2.3.1.2 - Concesión de Préstamos de Corto Plazo

2.3.1.3 - Adquisición de Títulos y Valores

2.3.1.4 - Incremento de Otros Activos Financieros 25.000.000

2.3.1.4.1 - Incremento de Disponibilidades

2.3.1.4.2 - Incremento de Cuentas a Cobrar

2.3.1.4.3 - Incremento de Documentos a Cobrar 25.000.000

2.3.1.4.4 - Incremento de Act.Diferidos y Ad. Prov. y Contr.

2.3.1.6 - Concesión de Préstamos de Largo Plazo

Disminución de Pasivos

2.3.2 Amortización de la deuda y disminución Otros Pasivos 3.531.279

2.3.2.3.1 Amortización de Préstamos a Corto Plazo Interno

2.3.2.3.3 Amortización de Préstamos a Corto Plazo Externo

2.3.2.5 Disminución de Otros Pasivos 3.531.279

2.3.2.5.1 - Disminución de Cuentas a Pagar 3.531.279

2.3.2.5.2 - Disminución de Documentos a Pagar

2.3.2.5.5 - Disminución de Pasivos Diferidos

2.3.2.8.1 Amortización de Préstamos a Largo Plazo Interno

2.3.2.8.3 Amortización de Préstamos a Largo Plazo Externo

2.3.2.9.1 Conversión deuda interna largo plazo en corto plazo

2.3.2.9.2 Conversión deuda externa largo plazo en corto plazo

2.3.3 Disminución del Patrimonio 0

2.3.3.1 - Disminución del Capital

2.3.3.2 - Disminución de Reservas

2.3.3.3 - Disminución de Resultados Acumulados

Déficit Financiero 0

TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS 28.531.279

Forma: E.P.IV.1 (Continuación)

0,00

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro B

PRESUPUESTO DE CAJA

- En Pesos -

M E S E S T R I M E S T R E S TOTAL

DENOMINACION AÑO

ENERO FEBRERO MARZO PRIMERO SEGUNDO TERCERO CUARTO 2018

SALDO INICIAL DE DISPONIBILIDADES 20.000.000 17.945.256 15.890.511 20.000.000 13.835.767 12.543.217 11.190.257 20.000.000

INGRESOS 34.193.044 34.193.044 34.193.044 102.579.133 106.993.881 94.372.802 81.370.715 385.316.531

- INGRESOS DE OPERACION (NETOS) 0 0 0

- IMPUESTOS RETENIDOS 0 0

- APORTES Y TRANSFERENCIAS DEL SECTOR PUBLICO 34.193.044 34.193.044 34.193.044 102.579.133 106.993.881 94.372.802 81.370.715 385.316.531

- APORTES Y TRANSFER. DEL SECTOR PRIVADO 0 0 0 0 0 0 0

- VENTA DE BIENES DE USO Y ACT. INTANGIBLES 0 0

- VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS 0 0

- OBTENCION DE PRESTAMOS A CORTO PLAZO 0 0

- OBTENCION DE PRESTAMOS A MEDIANO Y 0

LARGO PLAZO 0 0

- INGRESOS DIFERIDOS 0 0

- OTROS INGRESOS 0 0 0 0 0 0 0 0

SALDO INICIAL + INGRESOS 54.193.044 52.138.300 50.083.555 122.579.133 120.829.647 106.916.020 92.560.972 405.316.531

EGRESOS 36.247.789 36.247.789 36.247.789 108.743.366 108.286.430 95.725.763 83.396.937 396.152.496

- EGRESOS DE OPERACION 13.338.773 13.338.773 13.338.773 40.016.320 41.308.800 38.244.960 36.665.884 156.235.965

1 - PERSONAL 9.188.479 9.188.479 9.188.479 27.565.437 29.815.677 25.315.197 25.651.642 108.347.953

2 - BIENES Y SERVICIOS 4.150.294 4.150.294 4.150.294 12.450.883 11.493.123 12.929.763 11.014.243 47.888.011

3 - OTROS GASTOS DE OPERACION 0 0

4 - DEPOSITO DE IMPUESTOS RETENIDOS 0

- INTERESES Y OTROS GASTOS FINANCIEROS 0 0

- INVERSION EN BS.DE USO Y ACT.INTANGIBLES 22.909.015 22.909.015 22.909.015 68.727.046 66.977.630 57.480.802 46.731.053 239.916.531

- INVERSION FINANCIERA 0 0

- AMORTIZACION DE PRESTAMOS A CORTO PLAZO 0 0

- AMORTIZACION DE PRESTAMOS A MEDIANO Y 0

LARGO PLAZO (PORCION CIRCULANTE) 0 0

- OTROS EGRESOS 0 0

SALDO FINAL DE DISPONIBILIDADES 17.945.256 15.890.511 13.835.767 13.835.767 12.543.217 11.190.257 9.164.035 9.164.035

Forma: E.P.III.1

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro C

D O T A C I O N D E P E R S O N A L

EJERCICIO PROYECTADO ( 2 0 1 8 )

C O N C E P T O AL I AL II AL III AL IV

ENERO FEBRERO MARZO TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE

PLANTA PERMANENTE 178 178 178 178 178 178 178

SECTOR CONTABLE 4 4 4 4 4 4 4

SECTOR JURIDICO 6 6 6 6 6 6 6

SECTOR ECONOMICO-FINANCIERO 12 12 12 12 12 12 12

OTROS 156 156 156 156 156 156 156

PLANTA TEMPORARIA 0 0 0 0 0 0 0

SECTOR CONTABLE

SECTOR JURIDICO

SECTOR ECONOMICO-FINANCIERO

OTROS

TOTAL PLANTA DE PERSONAL 178 178 178 178 178 178 178

Forma: E.P.R.1

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro D

INVERSION REAL BRUTA Y FINANCIAMIENTO ASOCIADO

- En Pesos -

TOTAL A ADELANTOS A

GENERAL FINANCIAR A PROVEEDORES U S O D E L C R E D I T O FINANCIAR

COD. C O N C E P T O DE LA CON Y CONTRATISTAS CON

INVERSION RECURSOS DE EJERCICIOS OTRAS

REAL PROPIOS ANTERIORES PROVEEDORES Y CONTRATISTAS INSTITUCIONES FINANCIERAS FUENTES

INTERNO EXTERNO TOTAL INTERNO EXTERNO TOTAL 2018

FORMACION BRUTA DE CAPITAL FIJO 0 0

411 Tierras y Terrenos 0 0 0

412 Edificios e Instalaciones 0 0 0

43 Maquinaria y Equipo 29.903.000 0 0 29.903.000

42 Construcciones 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Proyectos en Ejecución 0 0 0 0

Proyectos a Iniciar 0 0 0

Otras Inversiones 0 0 0

Gastos Capitalizables 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Mano de Obra 0 0 0 0

Bienes y Servicios 0 0 0

Otros 0 0 0

Activos Intangibles 220.013.531 0 0 220.013.531

TOTAL DE LA INVERSION REAL 249.916.531 0 0 0 0 0 0 0 0 249.916.531

Forma: E.P.II.1

F I N A N C I A M I E N T O A S O C I A D O

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PRESUPUESTO 2018 ANEXO II

EMPRESA: CONTENIDOS PÚBLICOS SE Cuadro E

R E M U N E R A C I O N E S

- En Pesos -

E J E R C I C I O P R O Y E C T A D O 2 0 1 8 TOTAL

C O N C E P T O ENERO FEBRERO MARZO PRIMER SEGUNDO TERCER CUARTO EJERCICIO

TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE 2.018

I. PLANTA PERMANENTE 7.191.284 7.166.655 7.166.655 21.524.595 25.851.923 23.374.882 41.760.589 112.511.989

1) Salarios Básicos 5.438.333 5.438.333 5.438.333 16.314.998 16.314.998 17.733.693 20.571.084 70.934.772

2) Adicionales de convenio 0 0 0 0 0 0 10.357.807 10.357.807

3) Adicionales fuera de convenio 0 0 0 0 0 0 0 0

4) Horas Extras 0 0 0 0 0 0 0 0

5) Asignaciones familiares 0 0 0 0 0 0 0 0

6) Obra Social 0 0 0 0 0 0 0 0

7) Bonificación extraordinaria 0

8) Contribuciones Patronales 1.654.432 1.654.432 1.654.432 4.963.296 4.963.296 5.394.887 6.258.069 21.579.549

9) Sueldo Anual Complementario 0 3.604.158 3.604.158 7.208.317

10) Otras Remuneraciones 98.521 73.890 73.890 246.301 246.301 246.301 246.301 985.205

11) Otros Gastos en Personal 0 0 0 0 723.169 0 723.169 1.446.338

12) Remun. en Moneda Extranjera 0 0

II. PLANTA TEMPORARIA 0 0 0 0 0 0 0 0

1) Salarios Básicos 0 0

2) Adicionales de convenio 0 0

3) Adicionales fuera de convenio 0 0

4) Horas Extras 0 0

5) Asignaciones familiares 0 0

6) Obra Social 0 0

7) Bonificación extraordinaria 0 0

8) Contribuciones Patronales 0 0

9) Sueldo Anual Complementario 0 0

10) Otras Remuneraciones 0 0

11) Otros Gastos en Personal 0 0

12) Remun. en Moneda Extranjera 0 0

T O T A L E S 7.191.284 7.166.655 7.166.655 21.524.594 25.851.923 23.374.882 41.760.589 112.511.989

Forma: E.P.II.2

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Hoja Adicional de FirmasAnexo

Número:

Referencia: EX-2018-12621844-APN-CPSE - Anexo II - Presupuesto 2018 - Contenidos Públicos SE.

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