Foro Medioambiental APD Decreto ECAs (21/03/2013)
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Foro Medioambiental
Ciclo sobre: Perspectivas prácticas en la aplicación de las nuevas normas ambientales en la CAPV
A S O C I A C I Ó N P A R A E L P R O G R E S O D E L A D I R E C C I Ó N
Un lugar de encuentro para profesionales vinculados con el área medioambiental cuyo objetivo es fomentarel debate y actualizar los conocimientos en materia legislativa.
el saber conecta
Bilbao, 21 de marzo de 2013
4ª Sesión:
Decreto 212/2012 de Entidades de ColaboraciónAmbiental y verificaciones externas
Curs
o
FORO MEDIOAMBIENTAL
Ciclo sobre:
Perspectivas prácticas en la aplicación de las nuevas normasambientales en la CAPV
Dirigido a:Directores, Coordinadores, Responsables y Asesores de Medio Ambiente, Consultores y Auditores de Sistemas deGestión Medioambiental.
Esquema general de las sesiones:
09:30 h Recepción de asistentes y entrega de documentación
09:35 h Bienvenida y presentación
09:40 h Exposición del tema principal a cargo del coordinador del ciclo
10:30 h Intervención a cargo del ponente invitado
11:20 h Pausa-café
11:50 h Mesa-debate y turno de preguntas
12:50 h Conclusiones
13:00 h Fin de la sesión
4ª Sesión:
Decreto 212/2012 de Entidades de ColaboraciónAmbiental y verificaciones externasBilbao, 21 de marzo de 2013
Curs
o
Presentación:
Decreto 212/2012 del Gobierno Vasco tiene por objeto establecer el régimen jurídico de las entidades decolaboración ambiental (ECA) para los procedimientos administrativos regulados en la normativa de naturalezaambiental.
Se trata de una verdadera revolución en la forma de enfocar los procesos administrativos pues, a partir de su definitivaentrada en vigor, muchos de los documentos que se presenten al Departamento de Medio Ambiente en susprocedimientos ambientales, deberán ser previamente verificados por una entidad externa, privada y previamentehomologada por el departamento.
En un próximo futuro el sistema permitirá que los técnicos de los servicios de la Viceconsejería de Medio Ambienteahorrarse el trámite previo de revisión documental pues, dicha evaluación previa, habrá sido previamente elaboradapor la ECA y, por lo tanto, se producirá un radical ahorro en tiempo de tramitación de cada expediente.
La combinación de este Decreto, con el también Decreto del Gobierno Vasco 183/2012, produce una acumulaciónde declaraciones ambientales anuales con plazo final de 31 de marzo de cada ejercicio que, en estos primerosmeses de vigencia del Decreto, se está generando no pocas polémicas en cuento al alcance de las verificacionesderivadas de ambas normas.
Objetivos de la jornada:
• Conocer, de primera mano, y resolver dudas en la interpretación del papel que la normativa reservaa las ECAs
• Saber se modificarán los trámites administrativos con la introducción de los ECAs en los procedimientos.
• Evaluar la necesidad de verificación de las declaraciones ambientales anuales mediante la e DMA Notificacióndel sistema IKS-eeM.
Programa
09:30 h Recepción y entrega dedocumentación
09:40 h Bienvenida y presentación.Visión de la industria
Luis Blanco-UrgoitiSecretario GeneralAVEQ-KIMIKA
Coordinador del Ciclo
10:30 h Intervención a cargo delponente invitado.
Sofía García AranaAbogadaEKOIURE ABOGADOS
Redactora de la primera propuestadel Decreto
11:20 h Pausa-café
11:50 h Mesa-debate y turno depreguntas
12:50 h Conclusiones
13:00 h Fin de la sesión
4ª Sesión I Bilbao, 21 de marzo de 2013
Inscripción
Informaciones prácticas
• Fecha: 21 de marzo, 2013
• Lugar: Bilbao - Oficinas de APD(José M.ª Olábarri, 2 - Detrás de la estaciónde RENFE-Abando)
• Horario: de 9:30 a 13:00 h
• Información: 94 423 22 50 / [email protected]
• Inscripciones:
Cuotas de inscripción
El precio para empresas socias de APD y de AVEQ-KIMIKA es de150 € (más el 21% de IVA)
No socios 315 € (más el 21% de IVA)
Cancelaciones
Se retendrá el 100% del importe si la anulación seproduce con menos de 48 horas de antelación.
Forma de pago
El pago de las cuotas se hará efectivo antes de iniciarsela reunión por medio de los siguientes procedimientos:
– Transferencia a favor de APD:BBVA (Cta. 0182-1290-38-0000325792)ó BBK (Cta. 2095-0000-76-38-3071993-3)
– Domiciliación bancaria
Si no pudiera asistir a este acto, rogamos haga llegar esta informacióna otra persona a quien Ud. estime pueda serle de utilidad.Si recibiera más de un programa de esta convocatoria, por favor,indíquenoslo.
Los gastos de formación de personal tienen la consideración de gastos deducibles para la determinación del rendimiento de las actividades económicas, tantoen el Impuesto sobre Sociedades como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Aquellos gastos e inversiones destinados a habituar a los empleadosen la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información dan derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra de ambos impuestosen el porcentaje previsto legalmente.
Bilbao, 21 de marzo de 2013
ForoMedioambiental
www.apd.es
4ª Sesión:
Decreto 212/2012 de Entidades de ColaboraciónAmbiental y verificaciones externas