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    Ficha6. 5 Ciencias Sociales y humanidades2. Profa. Romina Bevegni

    La primera etapa de la Revolucin Francesa:El perodo liberal. 1789 1791.El periodo Liberal 1789 1791.

    Antes de comenzar a realizar las actividades debes leer y resumir de alguno de los libros recomendados para el curso que

    figuran en Biblioteca, la primera etapa de la Revolucin Francesa.

    I.- LOS CAHIERS DE DOLANCESLos cahiers de dolances eran cuadernos que deban llevar cada uno de los estamentos a la reunin de los Estados Generales con

    las quejas y reformas que pretendan.

    II.-FRAGMENTOS DE LA DECLARACIN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANOS (26 de agosto de1789).

    ATENCIN:ATENCIN: En la presente ficha han sido seleccionados una serie de documentos para reflexionar sobre el tema ycomentar en clase. Recuerda que para estudiar y reconstruir todo el proceso debes consultar los libros de Historiaque han sido recomendados y que se encuentran en Biblioteca.

    CUADERNOS DE QUEJAS DE LOS CAMPESINOS DE VERSALLES

    1.- Qu todos los impuestos sean pagados por los tres rdenes,sin ninguna excepcin. Cada uno segn sus posibilidades

    econmicas.

    2.- Qu haya una nica ley en todo el reino

    3.- Abolicin de todos los peajes de propiedad privada o pblica.

    4. Supresin de toda clase de diezmo(dcima parte del

    beneficio de cualquier trabajo, beneficio, lucro, transaccin quese le deba pagar al clero para mantener el culto) en especie.

    5.- Destruccin de los pjaros que hacen mucho dao en eltiempo de la siembra como en el de la cosecha.

    6.- Qu los derechos de las propiedades sean sagrados e

    inviolables.

    7.- Qu se aplique la justicia ms rpidamente y con menos

    parcialidad.

    8.- Abolicin total de las corveas, sean de la clase que seanhttp://www.sabuco.com/historia/Ud_02.pdf

    CAHIERS DE DOLANCES DEL CLERO DE LA BAILIADE ORLENS (ORLEANESADO).

    (...) Que las leyes sobre la santificacin de losdomingos y festivos sean renovadas y observadas

    exactamente (...)

    Que los eclesisticos sean mantenidos en el disfrute

    de todos los diezmos de cualquier naturaleza que poseansin que nadie pueda, por ningn motivo, pronunciarse

    contra estas posesiones (...)

    Que la libertad personal de los ciudadanos sea

    defendida de los atentados a los que se encuentraexpuesta por el uso arbitrario de las lettres de cachet (...)

    Que la convocatoria de los Estados Generales se

    realice peridicamente, fijndose los intervalos entre sus

    asambleas futuras as como su duracin (...)htt ://clio.rediris.es/n30/cahiers.htm

    UN CAHIER DE LA NOBLEZADE LA BAHA DE MONTARGISDeclaramos que nunca consentiremos que se extingan los derechos que han caracterizado hasta el da de hoy el orden nobiliario yque hemos recibidos de nuestros antepasados () Recomendamos a nuestros diputados que se opongan a todo aquello que pueda

    atentar contra las propiedades () de nuestras tierras, y entendemos que no se puede acceder a ninguna modificacin ni pago de

    ningn tipo () sin nuestro consentimiento libre e individual.AA.VV, Historia del Mundo Contemporneo, Ed. Vicens Vives.

    Los representantes del pueblo francs constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido, el

    menosprecio de los derechos del hombre son las nicas causas de las calamidades pblicas y de la corrupcin de los Gobiernos, han

    resuelto exponer, en una declaracin solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre (...)Art. 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos (...)Art.2. El objeto de toda asociacin poltica es la conservacin de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la

    libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresin.

    Art. 3. El principio de toda soberana reside esencialmente en la nacin (...)

    Art. 4. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique al otro, por eso el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre

    no tiene lmites que los que garanticen a cada uno de los miembros de la sociedad el goce de estos mismo derechos. Tales lmites solo pueden ser

    determinados por la Ley.

    Art. 5. La Ley solo tiene derecho a prohibir los actos perjudiciales para la sociedad. Nada que no est prohibido por la ley puede ser impedido y

    nadie puede ser constreido a hacer algo que sta no ordene.

    Art. 6. La ley es la expresin de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir personalmente o por medio de sus

    representantes a su formacin (...)

    Art. 9. Puesto que todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no

    sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley.

    Art. 10. Nadie puede ser incomodado pro sus opiniones, inclusive religiosas, a condicin que su manifestacin no perturbe el orden pblico

    establecido por la ley.

    Art. 11. La libre comunicacin de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos ms preciados del hombre (...)

    Art. 16 Toda sociedad en que la garanta de los derechos no est asegurada, ni la separacin de poderes determinada, no tiene Constitucin.

    Art. 17. Siendo la propiedad privada un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, si no es en los casos en que la necesidad

    pblica lo exija evidentemente y bajo la condicin de una indemnizacin justa y previa.

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    III.- LA MUJER EN LA REVOLUCIN.

    IV.- La abolicin del feudalismo

    V.-ESQUEMA DE LA CONSTITUCIN DE 1791

    Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial

    limpia de Gouges, nace en Montauban enayo de 1748. Hija natural de Anne-Olimpe deouisset y de un influyente aristcrata, adoptadaor el esposo de su madre, carnicero de laequea ciudad occitana de Montauban,onsigue desasirse de sus orgenesrovincianos.a viuda, reconociendo que el matrimonio habado para ella la tumba del amor, se trasladar aars en 1788 donde cambi de nombre ymprendi una carrera literaria redactando obrase teatro cuyos ingresos apenas le permitanantenerse.scasamente educada, su gramtica, ortografaescritura no brillaron por su calidad.n 1789 se lanza a la Revolucin defendiendona monarqua moderada. Durante este periodoscribi una buena cantidad de artculos,anifiestos y discursos. Se calcula que fueron

    erca de 30 panfletos.dmiraba a Mirabeau y a La Fayette. En 1791ublic la Declaracin de los Derechos de laujer y de la Ciudadana. encarcelamiento y ejecucin de Olimpia deouges durante el perodo de la dictaduracobina simboliz el fracaso de lasclamaciones feministas durante la revolucin.

    Fragmento de la Declaracin de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana.Publicado en 1791 por Olympe de Gouges.

    Las madres, hijas, hermanas, representantes de la nacin, piden que se las constituya

    en asamblea nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de

    los derechos de la mujer son las nicas causas de los males pblicos y de la

    corrupcin de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaracin solemne, los

    derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer (...)RTCULO PRIMERO: La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechosARTCULO SEGUNDO: El objetivo de toda asociacin poltica es la conservacin de

    los derechos naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estosderechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la resistencia

    a la opresin.ARTCULO TERCERO: El principio de toda soberana reside esencialmente en la

    Nacin que no es ms que la reunin de la Mujer y el Hombre: ningn cuerpo,

    ningn individuo, puede ejercer autoridad que no emane de ellos.

    ARTCULO SEXTO: La ley debe ser la expresin de la voluntad general; todas lasCiudadanas y Ciudadanos deben participar en su formacin personalmente o por

    medio de sus representantes

    ARTCULO DECIMOPRIMERO: La libre comunicacin de los pensamientos y de lasopiniones es uno de los derechos ms preciosos de la mujer.

    EPLOGOMujer, despierta; el rebato de la razn se hace or en todo el universo; reconoce tus

    derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de

    prejuicios, fanatismo, supersticin y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado

    todas las nubes de la necedad y la usurpacin. El hombre esclavo ha redoblado sus

    fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en

    libertad, ha sido injusto con su compaera. Oh, mujeres! Mujeres! Cundo dejaris de

    estar ciegas? Qu ventajas habis obtenido de la revolucin? Un desprecio ms

    marcado, un desdn ms visible. [...] Cualesquiera sean los obstculos que os opongan,odis s erarlos os basta con desearlo

    Asamblea Nacional.(745 diputados elegidoscada dos aos entre losciudadanos activos)

    Rey.(Sucesin hereditaria, elige y revocaa sus ministros, tiene derecho a vetosobre algunas leyes durante doslegislaturas. No puede disolver alPoder Legislativo

    Jueces

    Asamblea de electores(propietarios o usufructuarios de unarenta equivalente al valor de 100 a400 jornadas de trabajo.

    Actividad:

    1.- Respecto a los cuadernos de quejas:a) En que coinciden los campesinos, el clero yla nobleza?b)Cules de las peticiones de los campesinosson opuestas a las de la nobleza y el clero?c) En que coinciden la nobleza y el clero ensus peticiones?2.- a) Expliqu por qu y en qu circunstanciasfue redactada la Declaracin de derechos de1789. Quines la redactaron y la mentalidadde qu sector social refleja? Por qu?b) Qu pensadores polticos ya estudiados seven reflejados en esta Declaracin? Argumentala respuesta.3.- Compara la Declaracin de Derechos de1789 con la elaborada por Olympe de Gougesen 1791 Qu objetivos persegua?.4.- A quines beneficia el decreto de la

    Asamblea General Constituyente del 5 deagosto de 1789? Por qu?5.- En base a las respuestas anterioresexplique porque los historiadores le habrndenominado a esta fase de la Revolucinetapa liberal?

    Ciudadanos: Sufragio censitario. Varn con 25 aos o ms, quienes pagan una contribucinequivalente al valor de tres jornadas de trabajo

    Decreto de la Asamblea General Constituyente, 5 de Agosto de 1789.Art. 1. La Asamblea Nacional suprime por completo el rgimen feudal y decreta que los derechos y deberes () que hacen referencia a la

    servidumbre personal quedan abolidos ()

    Art. 5. Los diezmos en cualquier tipo quedan abolidos.

    Art.11. Todos los ciudadanos, sin distincin de nacimiento, pueden ser admitidos en todos los trabajos y dignidades eclesisticas, civiles o

    militares. AA.VV, Historia del Mundo Contemporneo, Ed. Vicens Vives.

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