Ficha Jurisprudencial Corte Constitucional
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8/16/2019 Ficha Jurisprudencial Corte Constitucional
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Corte Constitucional
Sala de selección de Tutelas
T 5.309.306
José Hernán Aristizabal
Fallo de tutela obeto de re!isión" Sentencia del 11 de Diciembre de 2015 del Juzgado
Cuarto Civil Municipal de Montería, Córdoba.
Accionante" gueda !onzalez "egino
Accionado" Medicina #ntegral S.
Caracterización de actores
1. $a demandante re%ide en el municipio de Córdoba & e% bene'iciaria del (ondo )acional de
*re%tacione% Sociale% del Magi%terio +(M!-.
2. Medicina #ntegral S. e% una empre%a cu&a %ede en Montería pre%ta %ervicio% de atención
mdica, de manera e/clu%iva, a per%ona% a'iliada% al (M!.
Hec#os
$a accionante carece de dentadura & no po%ee lo% recur%o% nece%ario% para %u'ragar un
tratamiento dental. llo le impide llevar una vida digna, dado ue le e% impo%ible triturar
alimento% o comunicar%e verbalmente. *or tal motivo, acudió a la %ede de Medicina #ntegral
S., donde %olicitó una valoración &, un tratamiento de re3abilitación oral. )o ob%tante, le
mani'e%taron ue allí no pre%taban dic3o %ervicio. %í pue%, %e dirigió a una in%titución
privada, cu&o odontólogo le ordenó la toma de uno% e/4mene% con el obeto de determinar el
proce%o a %eguir. %to la motivó a elevar un derec3o de petición ante la accionada, %olicitando
la realización del tratamiento a trav% de la entidad privada. mpero, Medicina #ntegral %e
negó a pre%tar %ervicio alguno argumentando ue dic3o procedimiento no %e encuentra
contemplado en el pliego de condicione% del (M!.
Fallo
l uez con%titucional negó el amparo de tutela, 'undamentando %u deci%ión en ue no
encontraba prueba alguna ue %u%tentara la e/i%tencia de una orden mdica. *ara l, 6uien
in%taure una acción de tutela +...- tiene la carga proce%al de probar %u% a'irmacione%6.
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8/16/2019 Ficha Jurisprudencial Corte Constitucional
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$ulneración
n primer lugar, contrario a lo e%grimido por la entidad demandada, la Corte Con%titucional
3a e%tablecido ue 6el juez constitucional se encuentra facultado para inaplicar las cláusulas
de exclusiones y limitaciones del catálogo de servicios del Fondo Nacional de Prestaciones
Sociales del Magisterio cuando encuentre reunidos los requisitos delineados por la
jurisprudencia constitucional, para dar aplicación directa a la onstitución Pol!tica y
amparar el derec"o a la salud, #ien porque se considere fundamental por tratarse de sujetos
de especial protección o porque se encuentre en conexidad con otros derec"os de tal
naturaleza$ %&'()*'+)- %í pue%, en el pre%ente ca%o %e evidencia la nece%idad del
tratamiento con urgencia, debido a ue la accionante empieza a %u'rir problema% de %alud por
la 'alta de dentadura.
n %egundo lugar, la uri%prudencia de la Corte 3a e%tablecido un car4cter 'le/ible a la carga
probatoria, ./s a los demandados a quienes les corresponde, en los informes que les pide el juez, desvirtuar la veracidad de los "ec"os alegados por los accionantes, llegando al punto
de que si no se pronuncian so#re 0stos, se presumirán ciertos$ , +7859: 80;- & de pre%unción
de veracidad .1a función del juez constitucional es privilegiar la protección de los derec"os
fundamentales que se enuncian como vulnerados- So pretexto de no cumplir con requisitos
procesales, no puede olvidar el esp!ritu garantista que ilumina la acción de tutela$, +78:ltimo, re%ulta nece%ario recalcar ue el 'allo del uez de%conoció el precedente de la
Corte Con%titucional, en cuanto a la pre%tación de %ervicio% e/cluido% del pliego de
condicione% del (M! cuando %e reuieren con urgencia. $o mi%mo ocurre 'rente a la
negación del amparo de tutela, por la au%encia de material probatorio en cabeza de la
accionante, a>n trat4ndo%e de una per%ona en e%tado de vulnerabilidad. *or e%ta razón, %e
reitera la %olicitud a la %ala de revi%ión de la Corte para la %elección e%te e/pediente & %u
eventual revi%ión en %ala pela.
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Bibliografía
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