Fenateasp-Reconocido Por MINSA RM 494-2014-PDF

download Fenateasp-Reconocido Por MINSA RM 494-2014-PDF

of 3

description

Sin centralismos. Los Sindicatos de Tecnicos Asistenciales tendrán su reconocimiento a través de Federación reconocido por el Ministerio de Salud, Fenateasp, y así también la formación de Federaciones Regionales, también podrán fortalecer el movimiento, para luego trabajar unidos en nuestra propia Confederación, por nuestra ley del Técnico 28561 .

Transcript of Fenateasp-Reconocido Por MINSA RM 494-2014-PDF

  • MINISTERIO DE SALUD No LI9L1- 201qinaysm z ICA DEC

    *,9 P.f> .2-

    Y-1~a, 30 (4 7.1) N i O je/ 201y

    Visto, el Expediente N 14-058893-001 que contiene el Memorndum N 1203-

    2014-OGGRH/MINSA, de la Oficina General de Gestin de Recursos Humanos;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 42 de la Constitucin Politica del Per reconoce los derechos de sindicacin y huelga de los servidores pblicos. No estn comprendidos los funcionarios del Estado con poder de decisin y los que desempean cargos de confianza o de direccin, as como los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Polica Nacional;

    Que, la Ley 27556, Ley que crea el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Pblicos ROSSP, establece que las Juntas Directivas de las organizaciones sindicales de servidores pblicos deben inscribirse en dicho registro, con una periodicidad establecida por sus estatutos. El registro de un sindicato es un acto formal, no constitutivo, y le confiere personera jurdica; en concordancia con lo dispuesto en el artculo 59 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM;

    Que, segn Acta de Asamblea Eleccionaria de la Federacin Nacional de Auxiliares, Tcnicos en Enfermera y Sanitarios del Per- FENATEASP, de fecha 28 de febrero de 2014, se proclam al Comit Ejecutivo Nacional de dicha organizacin, cuyo perodo de vigencia inicia el 3 de marzo de 2014 y finaliza 2 de marzo de 2016, tal como se aprecia en la Constancia de Inscripcin Automtica del Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Pblicos ROSSP, expedida por la Sub Direccin de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo;

    Que, el artculo 122 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, establece que las organizaciones sindicales representan a sus afiliados en los asuntos que dispone la norma respectiva; sus dirigentes gozan de facilidades para ejercer la representatividad legal;

    Que, el artculo 38 del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud, aprobado por Resolucin Ministerial N 0132-92-SA-P,

  • seala que los dirigentes de las organizaciones gremiales o sindicales gozan de facilidades para ejercer la representatividad gremial, de acuerdo a las disposiciones especficas sobre el particular;

    Que, habindose acreditado la inscripcin de la nmina del Comit Ejecutivo Nacional de la Federacin Nacional de Auxiliares, Tcnicos en Enfermera y Sanitarios del Per - FENATEASP, en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Pblicos del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, para el perodo del 3 de marzo de 2014 al 2 de marzo de 2016, resulta conveniente reconocer con eficacia anticipada a los dirigentes nacionales del Comit Ejecutivo y otorgarles las facilidades o permisos sindicales;

    Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artculo 17 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podr disponer en el mismo acto resolutivo que el reconocimiento del Comit Ejecutivo Nacional de la Federacin Nacional de Auxiliares, Tcnicos en Enfermera y Sanitarios del Per - FENATEASP tenga eficacia anticipada a su emisin, slo si fuera ms favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcin;

    Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestin de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesora Jurdica y del Secretario General; y,

    De conformidad con lo previsto en la Ley 27556, Ley que crea el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Pblicos; en el Decreto Supremo 003-2004-TR, que establece el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Pblicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM; en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Salud y en la Resolucin Ministerial N 468-2008/MINSA ,que aprueba la Directiva Administrativa N 137-MINSA-SG-V.01 "Procedimiento para el Trmite de actos resolutivos en el Ministerio de Salud;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Reconocer con eficacia anticipada como dirigentes nacionales del Comit Ejecutivo Nacional de la Federacin Nacional de Auxiliares, Tcnicos en Enfermera y Sanitarios del Per - FENATEASP, cuyo perodo de vigencia es a partir del 3 de marzo de 2014 al 2 de marzo de 2016, a los servidores que se indican:

    1. Vilma Esperanza Lozano Olivos Secretaria General Nacional 2. Aurelia Julia Ramos Landeo Sub Secretaria General Nacional 3. Miriam Lorena Corbacho Cueva Secretaria de Organizacin Nacional 4. Diego Miguel Cisneros Castillo Secretario de Defensa Nacional 5. Mara Elizabeth Lpez Rivadeneyra Sub Secretaria de Defensa Nacional 6. Elizabeth Blgica Neira Holgun Secretaria de Economia y Finanzas Nacional 7. Lourdes Ofelia Delgado Acevedo Secretaria de Actas y Archivo Nacional 8. Jos Froiln Bautista Antn Secretario de Prensa y Difusin Nacional 9. Felipe Navarro Enrquez Secretario de Formacin y Capacitacin

    Nacional

  • MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI c,/ \- Ministra de Salud

    MINISTERIO DE SALUD No 991-4 -2014 krns,4 yvoUGA DE< pFZG

    Mima, 30 cb dej 2019

    Secretaria de Disciplina y Fiscalizacin Nacional Secretaria de Bienestar Social Nacional Secretario de Relaciones Nacional e Internacional Secretaria Regional Lima Metropolitana y Callao

    10. Ana Abigail Matos Arango

    11. Nery Flix Brito Snchez 12. Vctor Guzmn Hurtado

    13. Mery Luz Gamarra Morales

    Artculo 2.- Precisar que los servidores mencionados en el artculo 1 de la presente Resolucin Ministerial, que laboran en el Ministerio de Salud, gozarn de permisos o facilidades sindicales a fin de que puedan ejercer su representacin gremial. En caso que los dirigentes pertenezcan a otros pliegos presupuestales los permisos o facilidades sindicales les sern otorgados por sus respectivas autoridades.

    Regstrese y comunquese.

    Page 1Page 2Page 3