Fact Ura
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![Page 1: Fact Ura](https://reader035.fdocuments.ec/reader035/viewer/2022080902/563db83c550346aa9a91cf8b/html5/thumbnails/1.jpg)
FACTURA
Este comprobante de pago se usa en la compra- venta de bienes y servicios entre
empresas Tiene efectos tributarios porque las compras de bienes o servicios sustentadas
con facturas son deducibles como costo o gasto de la renta neta de las empresas
comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta y además el IGV pagado en
las facturas de compra, sirve como crédito fiscal del IGV que les corresponda pagar a
todas las empresas por las ventas que registren cada mes.
Existen dos modalidades de emisión aceptadas por la SUNAT: factura de formato
física o impresa y la electrónica que se realiza desde los sistemas de cada
contribuyente o desde los sistemas de la SUNAT.
Forma Física
Su impresión tiene que ser solicitada ante las imprentas autorizadas por la SUNAT que
están conectadas a través del sistema SOL en Línea.
Factura Electrónica
Las emiten los contribuyentes designados como emisores electrónicos, los que obtengan
por propia elección la calidad de EMISOR ELECTRÓNICO emitiendo la primera factura a
través del Sistema de Emisión Electrónica de la SUNAT, entre otros.
Factura Negociable
Se denomina así a la cuarta copia de la factura no tiene efectos tributarios .Sin embargo
en el aspecto financiero, las micro pequeñas y medianas empresas que emitan
electrónicamente o no facturas comerciales, podrán usar un ejemplar de la factura (copia)
como FACTURA NEGOCIABLE, equivalente a un título valor para efectos de su
transferencia a terceros.
Importancia: permite garantizar ante la sunat las transacciones de compras – ventas realizadas durante un periodo de tiempo. Es de utilidad para efectos tributarios ante la sunat.