Exposicion EIA Central Térmica Termochilca - EXP

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Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica Termochilca Integrantes: Carrasco Canales Robert Manuel Huamán Huamán Milagros

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Estudio de Impacto Ambiental de la Central

Térmica TermochilcaIntegrantes:•Carrasco Canales Robert Manuel•Huamán Huamán Milagros

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El sitio propuesto esta ubicado en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima.

Aproximadamente a 60 km al sur de Lima y a 6 km al interior del borde costero, a una altura de 73 msnm.

La inversión total del proyecto se estimo en US$ 116 millones.

UBICACIÓN DE OBRA

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La empresa estuvo abocada a la construcciónde una nueva Central Generadora con Turbinas a Gas que se instalo en Chilca.

La instalación de la planta se llevo a cabo en dos etapas y en función del crecimiento de la demanda eléctrica del país.

La ejecución de las actividades que se proyectan podría causar la alteración negativa y/o positiva del medio físico, biológico, socioeconómico y cultural del ámbito del proyecto; por lo mismo, se hace necesario realizar una evaluación ambiental del proyecto, tal como lo establece la normativa ambiental nacional.

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Por esta razón, Termochilca ha encargado a ERM Peru S.A. (ERM) la realización del “Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica Termochilca”, de acuerdo con el Titulo II Capitulo IV del Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (D.S. No 29-94-EM).

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OBJETIVOS

Describir la naturaleza de las posibles interacciones entre el proyecto propuesto y su entorno.

Identificar las medidas de manejo ambiental que se aplicaran para limitar los potenciales impactos negativos a niveles aceptables y para potenciar los impactos ambientales positivos.

Especificar los compromisos del proponente con respecto a la protección ambiental del entorno del proyecto.

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LEGISLACIÓN AMBIENTAL

El actual EIA a considera La Ley General del Ambiente

(ley 28611);ley del sistema nacional de evaluación del

impacto ambiental .Ley Nº 27446; Ley Marco para el

Crecimiento de la Inversión Privada (D.L. 757), la Ley de

Concesiones Eléctricas (Decreto Ley 25844), Guías

Técnicas del Sector y demás y disposiciones legales,

bajo el concepto del Desarrollo Sostenible. La Ley

General del Ambiente establece la obligatoriedad de la

presentación de un Estudio de Impacto Ambiental para

todos los proyectos de obra o actividad de carácter

público o privado que puedan provocar daños

intolerables al medioambiente.

.

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Alcances del EIA La revisión de la normativa legal aplicable al proyecto�

La revisión de la descripción del proyecto entregada por Termochilca, sobre la central térmica, el tendido del ducto de gas y las líneas de alta tensión.

El establecimiento del área de influencia directa e indirecta del �proyecto.

La evaluación de los potenciales impactos ambientales, tanto �positivos como negativos, que pudieran generarse como consecuencia de la implementación del proyecto.

La elaboración del Plan de Manejo Ambiental (PMA) que cuente con programas de medidas preventivas y/o correctivas, manejo de residuos, capacitación ambiental, monitoreo ambiental, contingencias y abandono.

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Revisión y Análisis de Información:En esta primera etapa el equipo de trabajo de ERM reviso la información técnica de ingeniería proporcionada por Termochilca. Una vez conocidos el alcance y las características del proyecto, se procedió a determinar su área de influencia, así como a estudiar la información bibliográfica existente, relacionada con las condiciones de línea base dentro de dicha área.

Planificación del Trabajo de campo:El alcance del trabajo del equipo ambiental comprendió la recolección de muestras de suelo, el monitoreo de calidad de aire, la evaluación de parámetros meteorológicos y ruido ambiental, así como el avistamiento y evaluación de diferentes especies de flora y fauna.

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CRONOGRAMA

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Descripción del Proyecto:

Son actividades que conllevara la ejecución del proyecto, agrupadas en tres fases: construcción, operación y cierre de operaciones. Si bien el personal de ERM participo en el ordenamiento y sistematización de esta información.

El proyecto tiene una área de influencia = de 96,850.90 m2,

Perímetro = 1,279.76.m

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Transformadores y Subestación

Los generadores de las turbinas a gas operarían a una tensión de alrededor de 15 kV. .

Esta .se .elevará .hasta .220 kV .usando .dos .transformadores .elevadores .

para evacuar la energía generada en la Central. La conexión de los transformadores

elevadores con la Subestación de Alta Tensión se hará mediante cables elevados.

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Diagrama Unifilar Eléctrico

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MARCO LEGALPrincipio de Desarrollo Sostenible:

Este concepto surge a raíz de la preocupación internacional sobre el uso de recursos naturales limitados, frente a una creciente actividad económica; y los graves e incluso irreversibles problemas medioambientales a los que su uso

indiscriminado puede conducir, el cual señala: “El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras”.

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Consejo Nacional de Ambiente (CONAM):

De acuerdo a lo establecido por el Articulo 8o de la Ley No 28245, el CONAM tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, normar, sancionar y supervisar las acciones orientadas a la protección ambiental y contribuir a la conservación del patrimonio natural; controlar y velar el cumplimiento de las obligaciones ambientales; así como dirimir y solucionar las controversias entre las entidades publicas.

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Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN):

Tiene competencia para supervisar y fiscalizar a las entidades del Sector Energía velando por la calidad, seguridad y eficiencia del servicio y/o productos brindados a los usuarios en general y cautelando la adecuada conservación del medio ambiente. Son funciones del OSINERGMIN:

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Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN):

• Velar por el cumplimiento de las normatividad que regule la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario.

• Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones contraidas por los concesionarios en los contratos de concesiones eléctricas y otras establecidas por la ley.

• Fiscalizar que las actividades del subsector hidrocarburos se desarrollen de acuerdo a los dispositivos legales y normas técnicas vigentes.

• Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales relacionadas con la protección y conservación del ambiente en las actividades desarrolladas en el subsector hidrocarburos.

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El Estudio de Impacto Ambiental (EIA):

La Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para obras y Actividades (Ley 26786) establece que la autoridad sectorial competente informara al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) de todas las actividades desarrolladas en su sector para las cuales podría existir un riesgo ambiental a niveles que excedan las normas aceptables de la contaminación o deterioro ambiental y que se exige la presentación, antes de iniciar sus actividades, de un estudio ambiental que tome en consideración los niveles máximo permisibles de los impactos ambientales acumulados existentes.

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Control de Ruidos:

el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. Esta norma legal tiene por objetivo proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. Asimismo, señala que “las autoridades ambientales dentro del ámbito de su competencia propondrán los limites máximos permisibles, o adecuaran los existentes a los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido.

LAeqT = Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente.

ECA = Estándares de Calidad Ambiental. 

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Calidad de aire:

Los estándares de Calidad del Aire son aquellos que consideran los niveles de concentración máxima de contaminantes del aire que en su condición de cuerpo receptor es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana, los que deberán alcanzarse a través de mecanismos y plazos detallados en la presente norma. Como estos Estándares protegen la salud, son considerados estándares primarios.

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Estudio de Impacto Ambiental en el Sector EléctricoEl Reglamento de Protección Ambiental en Actividades Eléctricas (D.S. N° 029-94-EM), tiene por objeto establecer las normas para interrelacionar las actividades eléctricas en los sistemas de generación, transmisión y distribución, con el medio ambiente, bajo el concepto de desarrollo sostenible.

Asimismo, establece que los Estudios Ambientales para las Actividades eléctricas, deben incluir lo siguiente:

• Un Estudio de Línea Base.

• La descripción detallada del proyecto propuesto.

• La identificación y evaluación de los Impactos Ambientales

• Un detallado Plan de Manejo Ambiental.

• Un adecuado Programa de Monitoreo.

• Un Plan de Contingencias.

• Un Plan de Abandono del Área.

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Identificación de Impactos Ambientales : etapa de Construcción

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Evaluación de etapa de construcción:

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Etapa de operación

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Evaluación de etapa de operación:

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Etapa de cierre

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Evaluación de etapa de cierre:

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Estudio de Impacto Ambiental en el Sector Eléctrico:

En su articulo 18, establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAA) tiene un plazo máximo de sesenta (60) días calendario para revisar y emitir opinión sobre el EIA; transcurrido dicho plazo, sin haberse emitido comunicación alguna, el EIA quedara aprobado automáticamente.

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Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas: En los cuadros siguientes se indican los LMP propuestos para el subsector electricidad.

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Planta de tratamiento de aguas residuales:

Dado que el proyecto contempla un pequeño numero de personas para la operación de la Central, la cantidad de aguas residuales que se generara será baja.

Los desperdicios provenientes de las instalaciones para el personal serán llevados a una planta de tratamiento de aguas servidas en el sitio, para tratamiento y desecho.

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Etapa de Cierre de operaciones:

Una vez terminada la vida útil de la Central Chilca, estimada ahora en 30 anos, se procederá a reacondicionar las aéreas intervenidas para devolverlas a una condición lo mas parecida posible a su condición original y de acuerdo con el uso que se prevea en ese momento.

Para esto se removerán las estructuras de concreto y se retiraran las estructuras de metal, trasladándolas a lugares autorizados por la autoridad competente y se restaurara el terreno a sus condiciones topográficas iníciales. Los suelos que hayan sido contaminados por aceite, petróleo o grasas serán removidos hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel inferior de

contaminación y trasladados a botaderos autorizados.