Exposición Del Conamu

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RETOS PARA LA ACTIVA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES Ley de Participación ciudadana y control social” Comisión Legislativa de Participación y Control Social Quito, 19 de febrero de 2009

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RETOS PARA LA ACTIVA PARTICIPACIÓN DE LAS

MUJERES

“Ley de Participación ciudadana y control social”

Comisión Legislativa de Participación y Control Social Quito, 19 de febrero de 2009

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SITUACIÓN DE LAS MUJERES EN EL ECUADOR

Al 2001 las mujeres somos 6.138.255 es decir somos el 50.5% total de la población.(Censo de Población 2001)

Por cada 100 hombre en el campo hay 97 mujeres; y en la ciudad hay 105.

El 22.1% de los hogares no pobres y el 27.7% de los hogares pobres tiene jefatura femenina (EUED) 2004

44.8 % de las mujeres no tienen ingresos propios frente al 18. 7% de hombres;

El denominador común de todas ellas, es que tienen un trabajo no remunerado en el hogar y fuera de él, no tienen acceso a la seguridad social ni menos aún podrán tener una jubilicación.

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Promedio de trabajo de las mujeres

Las mujeres trabajan 22 horas a la semana más que los hombres

En el área rural las mujeres trabajan 7 horas más que las mujeres del área urbana

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Carga global de trabajo y etnia

La mayor diferencia se encuentra entre la población indígena, ellas trabajan 23 horas más con respecto ellos.

En la población mestiza se observa un aporte más igualitario en la carga de trabajo.

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Carga Global de Trabajo, por nivel de Instrucción y Etnia

El mayor nivel de instrucción formal es directamente proporcional a la equidad en la carga global de trabajo.

La población con nivel de instrucción nuestra diferencias mas cortas en el promedio de entre 5 y 10 horas según la etnia

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Derechos PolíticosPadrón electoral

Según el padrón electoral del 2006 las mujeres somos el 50.45. (TSE – 2006)

2007, las mujeres son el 50.2% que del electorado. (TSE- 2007)

Las mujeres son actoras claves en los procesos electorales

En las últimas elecciones (Asamblea Constituyente) el 51.3% de las personas que sufragaron eran mujeres

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Derechos políticos de las mujeresELECCIONES UNIPERSONALES

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Derechos políticos de las mujeres ELECCIONES PLURIPERSONALES

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Derechos políticos de las mujeres

A mayo del 2008 son 34 los cargos que tienen rango ministerial, cuyos delegados hacen parte del Gabinete Presidencial, de los cuales 13 están ocupados por mujeres es decir el 38.2%

El personal diplomático de carrera está compuesto por un total de 255 funcionarios de los cuales tan solo el 27.4% son mujeres.

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Organizaciones de mujeres en la vigilancia social y gestión de recursos

En las funciones del CONAMU están los proceso de legalización y registro de las organizaciones sociales de mujeres

Desde 1998 se han creado/registrado un total de 1500 organizaciones de mujeres

405 organizaciones (30.7%) del total están en la provincia de Chimborazo, mientras que en Cañar se han creado 5 organizaciones de mujeres.

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Comités de Usuaria LMGYAI

Para diciembre del 2007 se han creado un total de 143 Comités de Usuarias

En Pichincha, Guayas, Chimborazo y Cotopaxi se concentran 48.25% del total de los CUS

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Participación de las mujeres en las organizaciones laborales

Según información del Ministerio de Trabajo y Empleo se han inscrito legalmente: 121 Comités de empresas, 139 Asociaciones, 354 Sindicatos y 26 Organizaciones laborales

De allí se desprende que a nivel de estas organizaciones laborales las mujeres tienen una escasa participación, tanto como socias así como dirigentes del personal directivo.

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Igualdad social

La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, no puede ser tomada como un asunto exclusivamente de mujeres, pues afecta e involucra a ambos sexos y es un asunto de derechos humanos, sin el cual no es posible hablar de desarrollo y democracia como procesos auténticamente centrados en los seres humanos por tanto la igualdad debe abarcar ámbitos tan importantes como el educativo, el laboral, el familiar, político entre otros.

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Observaciones finales del Comité para la Eliminaciónde la Discriminación contra la Mujer para Ecuador - 2008

Grupos de Mujeres Vulnerables: 24. Preocupa al Comité la situación de las mujeres indígenas y de

ascendencia Africana … ”las mujeres indígenas siguen sufriendo una doble discriminación, por motivos de sexo y por origen étnico, y violencia, lo que constituye un obstáculo para el goce efectivo de sus derechos humanos y su plena participación en todas las esferas de la vida.

Al Comité le preocupa el hecho de que las mujeres indígenas y de ascendencia africana se ven desproporcionadamente afectadas por la pobreza, tienen menos acceso a la enseñanza superior, tasas más elevadas de abandono escolar, tasas más elevadas de mortalidad materna y embarazos precoces, tasas más elevadas de desempleo y subempleo, salarios más bajos y menor nivel de participación en la vida pública que el resto de la población del Ecuador.

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Observaciones finales del Comité para la Eliminaciónde la Discriminación contra la Mujer para Ecuador - 2008

42.- … “le preocupa que sigan existiendo obstáculos estructurales, políticos, culturales y socio-económicos a la participación de las mujeres, especialmente las mujeres indígenas y de ascendencia africana, en muchas esferas de la vida pública.

43.- El Comité alienta al Estado Ecuatoriano a adoptar medidas especiales de carácter temporal (Art. 4 num. 1) encaminadas a acelerar la igualdad entre hombres y mujeres. Estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.

Entre otros instrumentos Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolìticosConvención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto San José)Consenso de Quito – CEPAL 2007

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Marco Constitucional TITULO II DERECHOS DE PARTICIPACIÓN

TÍTULO IV PARTICIPACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL PODER

Art. 61-65, 66.4, 85, 95-100, 102, 204-210, 275, 279–280

Art. 66.4 Se reconoce y garantizará a las personas: 4. Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.

Art. 95.-Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad.

La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es

un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria.

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Limitaciones para la participación de las mujeres Carga de roles tradicionales sobre las mujeres “extrapolación de

roles de género” en espacios de participación “las mujeres hacen el trabajo doméstico, elaboración de alimentos, de cuidado, de atención entre otros”

El trabajo reproductivo, el trabajo no remunerado en el hogar coartan el derecho a la participación

La violencia expresada en todas sus formas limitan la participación El acceso, la permanencia y culminación de la educación es

determinante para lograr la autonomía de las mujeres por tanto la participación políticas de las mismas.

La discriminación sobre las diversidades étnica, generacional, sexual no permite participación activa de estas las actoras.

Los voluntariados que hacen las mujeres se han convertido en formas de trabajo adicionales a los ya existentes, que no son remunerados y que al superar un número de horas no son reconocidos.

No debe existir formas de voluntariado de mujeres, cuando existe una responsabilidad del Estado, .

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Oportunidades Las organizaciones de mujeres se han constituido en espacios

nacionales, regionales y locales que trabajan en torno a la defensa de los derechos humanos de las mujeres denominadas organizaciones sociales y de base

Se articulan por la defensa de los DESC: cajas de créditos solidarias, canastas solidarias, banco comunales etc.

Se articulan por la defensa del derecho a: como los Comités de usuarias, amparo al paciente, para la buena práctica médica

Se articulan por la defensa de los derechos políticos y ciudadanos: “Comités barriales, cabildos, asambleas, juntas parroquiales, ligas barriales, etc.

Otras mujeres participan en espacios que no son reconocidos como formas de participación formal, por tanto se consideran en defensa de las necesidades básicas: juntas de agua, juntas campesinas, mingas comunitarias, Comités de madres de familia,, organizaciones eclesiales.

Por tanto, La ley se constituye en un medio para garantizar la igualdad de oportunidades para que estos sectores participen activa y efectivamente desde otras y nuevas formas de participación.

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Principios que la ley debe contener para la participación

de las mujeres Igualdad y no discriminación Paridad Revocatoria del Mandato Inclusión de la diversidad de las mujeres Autodeterminación Transparencia Publicidad – promoción Propender la organización colectiva sobre la individual Relaciones horizontales Alternabilidad y renovación obligatoria de liderazgos Desarrollo de pensamiento crítico y reflexivo Comunicación fluida con otros movimientos Igualdad de oportunidades Elaboración de agendas desde los diversos sectores sociales

(Memorias Encuentro Nacional- Octubre 2008 Quito. Ecuador)

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Retos y Propuestas:

Vida privada vs. Vida publica de las mujeres “los patrones socio culturales todavía traban a las mujeres en los procesos de participación, limitan su desarrollo profesional y a la sociedad para aceptar la participación de las mujeres como actoras en los diferentes espacios”

Considerar al trabajo reproductivos a fin de que no limiten la participación de las mujeres en la vida pública, en los espacios de decisión y representación.

La ley debe incorporar la perspectiva de género como un mecanismo para eliminar las desigualdades entre hombres y mujeres en la participación.

Propender a que la población participe de manera organizada Propender a que los y las representantes de los diferentes sectores sociales

respondan al compromiso político de participar en función del mandato de su sector y su agenda al que representa.

La ley, debe establecer el principio de paridad en los espacios de representación para garantizar la participación de las mujeres alternando su participan en cada período eleccionario

La ley debe contemplar mecanismos y procedimientos para la elección de representantes de la sociedad civil, por ejemplo a través de cuerpos colegiados

La ley debe contener mecanismos para la elección de las y los representantes en los Directorios de los Consejos para la Igualdad, así mismo deberá incluir mecanismos de participación en los mismos.

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La ley debe hacer una caracterización respecto las diversas formas de organización de esta manera se diferenciarán unas de otras por ejemplo se conocerá ¿Qué es una Fundación? ¿Qué es una organización social? ?qué es un gremio? Qué es una asociación? Qué es una organización social de mujeres? etc. etc. etc.

La Ley debe se r una oportunidad para corregir las limitaciones que se han expedido según el Decreto Presidencial relacionado las personarías jurídicas respecto los requisitos para obtenerla. (Fondo para legalizaciones, RUC, etc.) puesto que para la organización social, esto se convierte en una limitación.

Garantizar la participación de las mujeres mediante la asignación de recursos suficientes. Apoyar y promover espacios de formación política (escuelas de ciudadanía).

Incorporar sanciones y prohibiciones cuando exista cualquier forma de violencia contra las mujeres en los diferentes espacios de participación

Aplicación de medidas de acción afirmativa para garantizar la participación de los sectores discriminados, especialmente mujeres afroecuatoriana e indígenas

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Apoyar procesos de fortalecimiento de organizaciones sociales de las mujeres para promover su autoría

Fomentar la vigencia y promoción de los derechos específicos de las mujeres y su diversidad como parte de la construcción de ciudadanía

• Fortalecimiento de Consejos Consultivos regionales. Promover la formación ciudadana intercultural en todos los niveles

de educación formal Apoyar y promover iniciativas de vigilancia y exigibilidad de

derechos humanos de las mujeres y su diversidad Vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales favorables