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Estudio de Seguridad y Salud. Exmo. Ayto. de El Puerto de Santa María Cádiz. 1 INDICE A. INTRODUCCIÓN. .................................................................................................. 3 A.1. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA. ................................................................... 3 A.1.1. OBJETO DEL ESTUDIO .......................................................................... 3 A.1.2. PRESUPUESTO......................................................................................... 3 A.1.3. PLAN DE EJECUCIÓN DE OBRA .......................................................... 4 A.1.4. JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Y CÁLCULO DE LA MANO DE OBRA....................................................................................... 4 A.1.5. UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA .......... 5 A.1.6. MAQUINARIA PREVISTA...................................................................... 5 B. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE LOS MISMOS ......... 6 B.1. MOVIMIENTO DE TIERRAS-PREPARACIÓN DEL TERRENO ........ 7 B.2. ALBAÑILERÍA .............................................................................................. 8 B.3. CARPINTERIA .............................................................................................. 9 B.4. PINTURA ...................................................................................................... 10 B.5. INSTALACIONES ELÉCTRICAS. ........................................................... 11 B.6. INSTALACIONES RED DE AGUAS Y SANEAMIENTO. .................... 11 B.7. EQUIPAMIENTOS ...................................................................................... 12 B.8. JARDINERÍA ............................................................................................... 13 C. PROTECCIONES COLECTIVAS........................................................................ 14 D. PREVENCIÓN DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS............................... 14 E. FORMACIÓN........................................................................................................ 15 F. MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS .................................... 15 G. PLIEGO DE CONDICIONES. ............................................................................. 15 G.1. CONDICIONES DE ÍNDOLE LEGAL ..................................................... 15 G.1.1. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN .................................. 15 G.1.2. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE ......................................................................... 16 G.2. CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVA ...................................... 16 G.2.1. COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD .......... 16 G.2.2. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ........................ 17 G.2.3. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS..... 18 G.2.4. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS ........... 19 G.2.5. LIBRO DE INCIDENCIAS ..................................................................... 19 G.2.6. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................ 20 G.2.7. DERECHO DE LOS TRABAJADORES ................................................ 20 G.2.8. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE DEBEN APLICARSE EN LAS OBRAS ............................................................................. 20 G.3. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA.............................................. 20

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INDICE

A. INTRODUCCIÓN. .................................................................................................. 3

A.1. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA. ................................................................... 3 A.1.1. OBJETO DEL ESTUDIO .......................................................................... 3 A.1.2. PRESUPUESTO......................................................................................... 3 A.1.3. PLAN DE EJECUCIÓN DE OBRA .......................................................... 4 A.1.4. JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Y CÁLCULO DE LA MANO DE OBRA....................................................................................... 4 A.1.5. UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA .......... 5 A.1.6. MAQUINARIA PREVISTA...................................................................... 5

B. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE LOS MISMOS ......... 6

B.1. MOVIMIENTO DE TIERRAS-PREPARACIÓN DEL TERRENO...... .. 7

B.2. ALBAÑILERÍA.............................................................................................. 8

B.3. CARPINTERIA.............................................................................................. 9

B.4. PINTURA...................................................................................................... 10

B.5. INSTALACIONES ELÉCTRICAS. ........................................................... 11

B.6. INSTALACIONES RED DE AGUAS Y SANEAMIENTO........... .......... 11

B.7. EQUIPAMIENTOS...................................................................................... 12

B.8. JARDINERÍA ............................................................................................... 13

C. PROTECCIONES COLECTIVAS........................................................................ 14

D. PREVENCIÓN DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS............................... 14

E. FORMACIÓN........................................................................................................ 15

F. MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS .................................... 15

G. PLIEGO DE CONDICIONES.............................................................................. 15

G.1. CONDICIONES DE ÍNDOLE LEGAL ..................................................... 15 G.1.1. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN .................................. 15 G.1.2. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE ......................................................................... 16

G.2. CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVA.................. .................... 16 G.2.1. COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD .......... 16 G.2.2. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO........................ 17 G.2.3. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS..... 18 G.2.4. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS ........... 19 G.2.5. LIBRO DE INCIDENCIAS ..................................................................... 19 G.2.6. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................ 20 G.2.7. DERECHO DE LOS TRABAJADORES ................................................ 20 G.2.8. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE DEBEN APLICARSE EN LAS OBRAS ............................................................................. 20

G.3. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA.............................................. 20

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G.3.1. CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN ....................... 20 G.3.1.1. Protectores personales .......................................................................21 G.3.1.2. Protecciones colectivas ..................................................................... 21

G.3.2. SERVICIOS DE PREVENCIÓN............................................................. 22 G.3.2.1. Servicio Técnico de Seguridad e Higiene ......................................... 22 G.3.2.2. INSTALACIONES DE HIGIENE.................................................... 22 G.3.2.3. TRABAJOS POSTERIORES ........................................................... 22

H. CONCLUSIONES ................................................................................................. 23

I. ANEXO I: DETALLES GRÁFICOS- PLANOS.................................................. 24

J. ANEXO II. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO. ..................................................... 25

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A. INTRODUCCIÓN. El presente Estudio de Seguridad y Salud se redacta en base al cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, teniendo como objetivos la prevención de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños a terceros que las actividades y medios materiales previstos puedan ocasionar durante la ejecución del Proyecto de Construcción del Centro Municipal de Parques y Jardines de El Puerto de Santa María (Cádiz). En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto el presente estudio consta de la siguiente documentación: a) Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares a emplear en la obra, así como la identificación de los diversos riesgos laborales existentes y de las medidas técnicas necesarias para evitarlos o controlar y reducir los mismos. La memoria incluye igualmente la descripción de los servicios sanitarios y comunes de que deberá estar dotado el centro de trabajo de la obra. b) Planos en los que se desarrollan las medidas preventivas que se exponen en la memoria c) Pliego de condiciones particulares, con consideración de las normas legales y reglamentarias aplicables a la obra. d) Mediciones de todas las unidades y elementos de seguridad y salud proyectados e) Presupuesto, que cuantifica los gastos previstos para la aplicación del presente Estudio de Seguridad y Salud. Asimismo, el presupuesto cuantifica la valoración unitaria de los elementos, en relación con el cuadro de precios sobre el que se calcula. Siendo el promotor el Excmo. Ayuntamiento de EL Puerto de Santa María. A.1. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA. A.1.1. OBJETO DEL ESTUDIO El presente estudio pretende centrarse en materia de seguridad laboral para la ejecución del Proyecto de Construcción del Centro Municipal de Parques y Jardines de El Puerto de Santa María. Los trabajos consisten en la ejecución de una nave que sirva como instalaciones centrales para albergar al Servicio de Parques y Jardines, consistente en oficinas, aularios, vestuarios, aseos, almacenes, instalaciones auxiliares y albergue de maquinaria y vehículos propios al Servicio. A.1.2. PRESUPUESTO Asciende el Presupuesto de Ejecución Material del proyecto del Centro Municipal de Parques y Jardines de El Puerto de Santa María a la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL EUROS (486.000 €). El Presupuesto de contrata (con GG y BI del 19%) asciende a la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA EUROS (578.340,00 €)

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Y el Presupuesto General, con IVA incluido (21%), asciende a SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN EUROS con CUARENTA CÉNTIMOS (699.791,40 €) A.1.3. PLAN DE EJECUCIÓN DE OBRA El plazo de ejecución es de 6 meses. A.1.4. JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Y CÁLCULO DE LA MANO DE OBRA. De acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, se declara la obligatoriedad del estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se dé alguno de los supuestos siguientes: El Presupuesto de Ejecución por Contrata sin incluir el presupuesto de Seguridad y Salud (PEC) es superior a 450.759,08 €. PEC = (PEM + Gastos Generales (13%) + Beneficio Industrial (6%)) = 578.340,00 €. PEM = Presupuesto de Ejecución Material (sin incluir el del Estudio de Seguridad): 486.000,00 €. La duración estimada de la obra es superior a 30 días. Plazo de ejecución previsto =120 días hábiles. El volumen de mano de obra estimada es superior a 500 trabajadores (suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra). (PEM x MO) / CM = (486000 x 0,20) / 160 ≅ 607,5 jornadas de operarios. PEM = Presupuesto de Ejecución Material. MO = Influencia de coste de la mano de obra en el PEM en tanto por uno. CM = Coste medio diario del trabajador. Nº de trabajadores previsto que trabajen simultáneamente por día: 607 / 120 ≅ 5,05 operarios. En consecuencia y según lo determinado por el Apartado 1,a), b) y c) del Artículo 4 del R.D. 1627/1997, procede la elaboración del presente ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD.

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A.1.5. UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA En resumen el proyecto podemos dividirlo en una serie de actuaciones, que por su importancia conviene tenerlas identificadas para el posterior seguimiento de las mismas, éstas son: • Movimientos de tierra-preparación del terreno. • Trabajos de albañilería. • Carpintería de madera y metálica. • Pinturas. • Instalaciones eléctricas. • Instalaciones de red de aguas y saneamiento. • Equipamiento. • Jardinería. A.1.6. MAQUINARIA PREVISTA. Las máquinas, instalaciones de obra y equipos de trabajo que pueden ser utilizadas durante la ejecución de la obra, en cuanto que elementos generadores de condiciones de trabajo peligrosas o riesgos para los trabajadores, se relacionan a continuación. Las condiciones de seguridad de dichas máquinas y equipos o de aquellos que, efectivamente, sean finalmente utilizados por el contratista, serán exigibles en la obra y, como tales, figuran en el pliego de condiciones del presente estudio. Maquinaria de movimiento de tierras Bulldozers y tractores Palas cargadoras Motoniveladoras Retroexcavadoras Rodillos vibrantes Pisones Camiones y dúmperes Medios de hormigonado Plantas de prefabricación de piezas de hormigón Plantas de hormigonado Camión hormigonera Bomba autopropulsada de hormigón Vibradores Andamios tubulares y castilletes Plataformas de trabajo Medios de fabricación y puesta en obra de firmes y pavimentos Centrales de fabricación de mezclas bituminosas Extendedora de aglomerado asfáltico

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Compactador neumático Rodillo vibrante autopropulsado Camión basculante Fresadora Acopios y almacenamiento Acopio de tierras y áridos Acopio de tubos, marcos, elementos prefabricados, ferralla,... Almacenamiento de pinturas, desencofrante, combustibles,... Maquinaria y herramientas diversas Camión grúa Grúa móvil Compresores Cortadora de pavimento Martillos neumáticos Sierra circular de mesa Pistola fijaclavos Soldadura oxiacetilénica y oxicorte Maquinillos elevadores de cargas Taladro portátil Herramientas manuales. B. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE LOS MISMO S A la vista de la metodología de construcción, del proceso productivo propuesto, del número de trabajadores y de las fases críticas para la prevención, los riesgos detectables, tanto en la realización de los trabajos, como en la utilización de la maquinaria son:

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B.1. MOVIMIENTO DE TIERRAS-PREPARACIÓN DEL TERRENO

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel

• Caídas de operarios al interior de la excavación

• Caídas de objetos sobre operarios

• Caídas materiales transportados

• Choques o golpes contra objetos

• Atrapamientos y aplastamientos por partes móviles de maquinaria

• Atropellos, colisiones, alcances, vuelcos de maquinaria

• Lesiones y/o cortes en manos y pies.

• Sobreesfuerzos

• Ruido, contaminación acústica

• Vibraciones

• Ambiente pulvígeno

• Cuerpos extraños en los ojos

• Contactos eléctricos directos e indirectos

• Ambientes pobres en oxígeno

• Inhalación de sustancias tóxicas

• Ruinas, hundimientos, desplomes en edificios colindantes

• Condiciones meteorológicas adversas

• Trabajos zonas húmedas o mojadas

• Problemas circulación interna de vehículos y maquinaria

• Desplomes, desprendimientos, hundimientos del terreno

• Contagios por lugares insalubres

• Explosiones e incendios

• Derivados acceso al lugar de trabajo

• Talud natural del terreno

• Entibaciones

• Limpieza de bolos y viseras

• Apuntalamientos, apeos

• Achique de aguas

• Barandillas en borde excavación

• Tableros o planchas en huecos horizontales

• Separación tránsito de vehículos y operarios

• No permanecer en radio acción máquinas

• Avisadores ópticos y acústicos en maquinaria

• Protección partes móviles maquinaria

• Cabinas o pórticos de seguridad

• No acopiar materiales junto borde excavación

• Conservación adecuada vías de circulación

• Vigilancia edificios colindantes

• No permanecer bajo frente excavación

• Distancia de seguridad líneas eléctricas

• Casco de seguridad

• Botas o calzado de seguridad

• Botas de seguridad impermeables

• Guantes de lona y piel

• Guantes impermeables

• Gafas de seguridad

• Protectores auditivos

• Cinturón antivibratorio

• Ropa de trabajo

• Traje de agua (impermeable)

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B.2. ALBAÑILERÍA

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel

• Caídas de operarios a distinto nivel

• Caída de operarios al vacío

• Caídas de objetos sobre operarios

• Caídas materiales transportados

• Choque o golpe contra objetos

• Atrapamientos y aplastamientos en medios de elevación y transporte

• Lesiones y/o cortes en manos y pies.

• Sobreesfuerzos

• Ruido, contaminación acústica

• Vibraciones

• Ambiente pulvígeno

• Cuerpos extraños en los ojos

• Dermatosis por contacto de cemento y cal

• Contactos eléctricos directos e indirectos

• Derivados de medios auxiliares usados

• Derivados del acceso al lugar de trabajo

• Marquesinas rígidas

• Barandillas

• Pasos o pasarelas

• Redes Verticales

• Redes horizontales

• Andamios de seguridad

• Mallazos

• Tableros o planchas en huecos horizontales

• Escaleras auxiliares adecuadas

• Escaleras de acceso peldañeada y protegida

• Carcasas o resguardos de protección de partes móviles de máquinas

• Mantenimiento adecuado de la maquinaria

• Plataformas de descarga de material

• Evacuación de escombros

• Iluminación natural o artificial adecuada

• Limpieza en las zonas de trabajo y tránsito

• Andamios adecuados

• Casco de seguridad

• Botas o calzado de seguridad

• Guantes de lona y piel

• Guantes impermeables

• Gafas de seguridad

• Mascarillas con filtro mecánico

• Protectores auditivos

• Cinturón de seguridad

• Ropa de trabajo

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B.3. CARPINTERIA

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios a distinto nivel • Caída de operarios al vacío • Caídas materiales transportados • Choques o golpes contra objetos • Atrapamientos y aplastamientos • Atropellos, colisiones, alcances,

vuelcos de camiones • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación acústica • Vibraciones • Ambiente pulvígeno • Cuerpos extraños en los ojos • Dermatosis por contacto agentes

químicos( disolventes, barnices…) • Contactos eléctricos directos e

indirectos • Ambientes pobres en oxígeno • Inhalación de vapores y gases • Explosiones e incendios • Derivados de medios auxiliares

usados • Derivados del acceso al lugar de

trabajo

• Barandillas • Pasos o pasarelas • Redes verticales • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Escaleras auxiliares adecuadas • Escaleras de acceso peldañeada y

protegida • Carcasas o resguardos de protección

de partes móviles de máquinas • Plataformas de descarga de material • Evacuación de escombros • Limpieza en las zonas de trabajo y

tránsito • Iluminación natural o artificial

adecuada • Mantenimiento adecuado de la

maquinaria • Cabinas o pórticos de seguridad • Limpieza en las zonas de trabajo y de

tránsito • Distancia de seguridad a las líneas

eléctricas

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Guantes de lona y piel • Guantes anticortes. • Gafas de seguridad • Mascarillas con filtro químico • Protectores auditivos • Ropa de trabajo

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B.4. PINTURA

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios a distinto nivel • Caída de operarios al vacío • Caídas de objetos sobre operarios • Caídas materiales transportados • Choques o golpes contra objetos • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Ambiente pulvígeno • Cuerpos extraños en los ojos • Dermatosis por contacto de colas,

barnices y otras sustancias tóxicas • Inhalación de vapores y gases • Trabajos en zonas húmedas o

mojadas • Condiciones meteorológicas

adversas. • Derivados de medios auxiliares

usados. • Derivados del acceso al lugar de

trabajo. • Derivados del almacenamiento

inadecuado de productos combustibles.

• Marquesinas rígidas • Barandillas • Pasos o pasarelas • Andamios de seguridad • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Escaleras auxiliares adecuadas • Escaleras de acceso peldañeada y

protegida • Plataformas de descarga de

material • Evacuación de escombros • Limpieza en las zonas de trabajo y

tránsito • Andamios adecuados

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Guantes de lona y piel • Gafas de seguridad • Mascarillas • Ropa de trabajo

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B.5. INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios a distinto nivel • Caída de operarios al vacío • Caídas de objetos sobre operarios • Caídas materiales transportados • Choques o golpes contra objetos • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Ambiente pulvígeno • Cuerpos extraños en los ojos • Contactos eléctricos • Inhalación de vapores y gases • Trabajos en zonas húmedas o

mojadas • Condiciones meteorológicas

adversas. • Derivados de medios auxiliares

usados. • Derivados del acceso al lugar de

trabajo. • Derivados del almacenamiento

inadecuado de productos combustibles.

• Marquesinas rígidas • Barandillas • Pasos o pasarelas • Andamios de seguridad • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Escaleras auxiliares adecuadas • Escaleras de acceso peldañeada y

protegida • Evitar trabajar en medio húmedo. • Plataformas de descarga de

material • Evacuación de escombros • Limpieza en las zonas de trabajo y

tránsito • Andamios adecuados

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad, con

suela aislante. • Guantes aislantes • Las herramientas eléctricas

dispondrán de toma de tierra o disponer de doble aislamiento.

• Cumplir con RD 614/2001 • Gafas de seguridad • Mascarillas • Ropa de trabajo

B.6. INSTALACIONES RED DE AGUAS Y SANEAMIENTO.

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios a distinto nivel • Caída de operarios al vacío • Caídas de objetos sobre operarios • Caídas materiales transportados • Atrapamiento en zanjas • Choques o golpes contra objetos • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Ambiente pulvígeno • Cuerpos extraños en los ojos • Contactos eléctricos • Inhalación de vapores y gases • Trabajos en zonas húmedas o

mojadas • Condiciones meteorológicas

adversas. • Derivados de medios auxiliares

usados. • Derivados del acceso al lugar de

trabajo. • Derivados del almacenamiento

inadecuado de productos combustibles.

• Marquesinas rígidas • Barandillas • Pasos o pasarelas • Andamios de seguridad • Entibaciones en zanjas • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Escaleras auxiliares adecuadas • Escaleras de acceso peldañeada y

protegida • Evitar trabajar en medio húmedo. • Plataformas de descarga de

material • Evacuación de escombros • Limpieza en las zonas de trabajo y

tránsito • Andamios adecuados

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad, con

suela aislante. • Guantes aislantes • Las herramientas eléctricas

dispondrán de toma de tierra o disponer de doble aislamiento.

• Gafas de seguridad • Mascarillas • Ropa de trabajo

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B.7. EQUIPAMIENTOS

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios a distinto nivel • Caída de operarios al vacío • Caídas de objetos sobre operarios • Choques o golpes contra objetos • Atrapamientos y aplastamientos • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación acústica • Cuerpos extraños en los ojos • Afecciones en la piel • Contactos eléctricos directos e

indirectos • Ambientes pobres en oxígeno • Inhalación de vapores y gases • Trabajos en zonas húmedas o

mojadas • Explosiones e incendios • Derivados de medios auxiliares

usados • Radiaciones y derivados de

soldadura • Quemaduras • Derivados del acceso al lugar de

trabajo • Derivados del almacenamiento

inadecuado de productos combustibles

• Marquesinas rígidas • Barandillas • Pasos o pasarelas • Redes verticales • Andamios de seguridad • Mallazos • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Escaleras auxiliares adecuadas • Escaleras de acceso peldañeada y

protegida • Carcasas o resguardos de

protección de partes móviles de máquinas

• Plataformas de descarga de material

• Evacuación de escombros • Limpieza en las zonas de trabajo y

tránsito • Andamios adecuados • Iluminación natural o artificial

adecuada

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Botas aislantes (electricidad) • Guantes de lona y piel • Banqueta de maniobra

(electricidad) • Gafas de seguridad • Mascarillas con filtro químico • Protectores auditivos • Cinturón de seguridad • Ropa de trabajo • Pantalla de soldador

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B.8. JARDINERÍA

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecci ones individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel • Caídas de operarios al interior de la

excavación • Caídas de objetos sobre operarios • Caídas de materiales transportados • Choques o choques contra objetos • Atrapamientos y aplastamientos por

partes móviles de maquinaria • Atropellos, colisiones, alcances,

vuelcos de maquinaria • Lesiones y/o cortes en manos y

pies. • Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación acústica • Vibraciones • Ambiente pulvígeno • Cuerpos extraños en los ojos • Contactos eléctricos directos e

indirectos • Condiciones meteorológicas

adversas • Trabajos en zonas húmedas o

mojadas • Problemas circulación interna de

vehículos y maquinaria • Desplomes, desprendimientos,

hundimientos del terreno • Derivados del acceso al lugar de

trabajo • Alergias por inhalación de polen e

infrutescencias

• Talud natural del terreno • Entibaciones • Apuntalamientos, apeos • Achique de aguas • Barandillas en borde excavación • Tableros o planchas en huecos

horizontales • Separación tránsito de vehículos y

operarios • No permanecer en radio acción

máquinas • Avisadores ópticos y acústicos en

maquinaria • Protección partes móviles

maquinaria • Cabinas o pórticos de seguridad • No acopiar materiales junto borde

excavación • Conservación adecuada vías de

circulación • No permanecer bajo frente

excavación • Distancia de seguridad líneas

eléctricas

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Botas de seguridad impermeables • Guantes de lona y piel • Guantes impermeables • Gafas de seguridad • Protectores auditivos • Cinturón antivibratorio • Ropa de trabajo • Traje de agua (impermeable) • Mascarillas con filtro mecánico

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C. PROTECCIONES COLECTIVAS Tanto para los obreros que participen en la obra, como para los eventuales visitantes y el resto de personas que puedan verse afectados por las obras, deberán establecerse unas protecciones individuales y colectivas que eviten al máximo los posibles daños debidos a cualquier accidente. � Pórticos protectores de líneas eléctricas. � Vallas de limitación y protección (en zanjas, para posibles demoliciones, en zonas a distinto nivel, etc.) � Señales de tráfico en viales, accesos y salidas de obra. � Señales de seguridad en los tajos según los riesgos. � Cintas de balizamiento. � Balizas luminosas. � Jalones de señalización. � Tapas para pequeños huecos y arquetas mientras no dispongan de la definitiva. � Topes para desplazamiento de camiones en trabajos junto a desniveles, excavaciones, etc. � Tacos para acopio de tubos. � Extintores para almacenes, locales, zonas de combustibles, etc. � Interruptores diferenciales en cuadros y máquinas eléctricas. � Tomas de tierra en cuadros y máquinas eléctricas (excepto las de doble aislamiento). � Válvulas antirretroceso para equipos oxiacetilénicos. � Anclajes para cinturones de seguridad en cumbreras de cubiertas y puntos donde sea necesario su uso. � Riego de zonas pulvígenas. � Señales marcha atrás de vehículos � Orden y limpieza de las vías de circulación de la obra � Orden y limpieza de los lugares de trabajo D. PREVENCIÓN DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS. Habrá riesgos de daños a terceros derivados de la obra, fundamentalmente por circulación de maquinaria. La zona próxima a las obras se utiliza para acceder al parque, por donde con toda seguridad, circularán personas ajenas a la obra, debiendo evitarse mediante las correspondientes protecciones colectivas, su acceso a la zona de obras. Para evitar daños a terceros, se tomarán las siguientes medidas de protección. • Vallas de delimitación y protección, balizas luminosas y carteles de prohibido el paso en: − Posibles demoliciones − Zonas de trabajo. − Zonas de maquinaria. − Zanjas. − Zonas de acopio. − Instalaciones y locales.

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• Señalización de tráfico y balizas luminosas en: − Calles de acceso a zonas de trabajo. − Calles donde se trabaje y se interfiera con la circulación. − Desvíos por obras, etc. • Riego de las zonas de trabajo que generan polvo o que puedan interferir a terceros. • Se señalizarán los accesos naturales a la obra, prohibiéndose el paso a toda persona ajena a la misma, colocándose en su caso los cerramientos necesarios. E. FORMACIÓN Todo el personal debe recibir, al ingresar en la obra, una formación sobre los métodos de trabajo y sus riesgos, así como las medidas de seguridad que deberá emplear. F. MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS

• Se realizarán los reconocimientos médicos reglamentarios al empezar a trabajar en la obra y serán repetidos en el período de un año. • Se analizará el agua destinada al consumo de los trabajadores. • Se realizarán las mediciones necesarias de gases, ruidos, polvos, etc. • La obra dispondrá de botiquín para primeros auxilios en la zona de instalaciones. • Se expondrá la dirección y el teléfono del centro o centros asignados para urgencias, ambulancias, médicos, etc., para garantizar un rápido transporte y atención a los posibles accidentados. G. PLIEGO DE CONDICIONES. El Pliego de Condiciones forma parte de la documentación del Estudio de Seguridad y Salud según consta en el Artículo 4, apartado 1 del R.D. 1627/97 de 24 de Octubre. Este Pliego consta de: 1. CONDICIONES DE ÍNDOLE LEGAL 2. CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVA 3. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA G.1. CONDICIONES DE ÍNDOLE LEGAL G.1.1. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN • Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. • Real Decreto 485/1997 de 14 de abril, sobre Señalización de seguridad en el trabajo. • Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, sobre Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. • Real Decreto 487/1997 de 14 de abril, sobre Manipulación de cargas. • Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre Utilización de Equipos de Protección Individual. • Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención. • Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, sobre Utilización de Equipos de Trabajo.

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• Real Decreto1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. • Estatuto de los Trabajadores (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). • Ordenanzas de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28-08-70, O.M. 28-07-77, O.M. 04-07-83, en los títulos no derogados). • Cualquier otra norma vigente de aplicación directa que desarrolle o esté afectada por Ley 31/1995 de 8 de noviembre. G.1.2. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE Será preceptivo en la obra, que los técnicos responsables dispongan de cobertura de responsabilidad civil profesional; así mismo el contratista debe disponer de cobertura de responsabilidad civil en el ejercicio de su actividad industrial, cubriendo el riesgo inherente a su actividad como constructor por los daños a terceras personas de los que pueda resultar responsabilidad civil extracontractual a su cargo, por hechos nacidos de culpa o negligencia; imputables al mismo o a personas de las que debe responder; se entiende que esta responsabilidad civil debe quedar ampliada al campo de la responsabilidad civil patronal. El Contratista viene obligado a la contratación de su seguro en la modalidad de todo riesgo a la construcción durante el plazo de ejecución de la obra con ampliación de un período de mantenimiento de un año, contad a partir de la fecha de terminación definitiva de la obra. G.2. CONDICIONES DE ÍNDOLE FACULTATIVA G.2.1. COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD Antes del inicio de los trabajos, el promotor designará un Coordinador en materia de seguridad y salud cuando en la ejecución de las obras intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos. Esta figura de la seguridad y salud fue creada mediante los Artículos 3, 4, 5 y 6 de la Directiva 92/57 C.E.E. “ Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse a las obras de construcciones temporales o móviles “. El R.D. 1627/97 de 24 de Octubre transpones a nuestro Derecho Nacional esta normativa incluyendo en su ámbito de aplicación cualquier obra pública o privada en la que se realicen trabajos de contracción o ingeniería civil. En el Artículo 3 del R.D. 1627/97 se regula la figura de los Coordinadores en materia de seguridad y salud. En el Artículo 8 del R.D. 1627/97 refleja los principios generales aplicables al proyecto de obra. El Artículo 9 del R.D. 1627/97 regula las obligaciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. La designación del Coordinador en materia de seguridad y salud no eximirá al promotor de sus responsabilidades.

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El promotor deberá efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de las obras, que se redactará con arreglo a lo dispuesto en el Anexo III del Real Decreto 1627/1997 debiendo exponerse en la obra de forma visible y actualizándose si fuera necesario. La designación del Coordinador en la elaboración del proyecto y en la ejecución de la obra podrá recaer en la misma persona. El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, deberá desarrollar las siguientes funciones: � Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad. � Coordinar las actividades de la obra para garantizar que las empresas y personal actuante apliquen de manera coherente y responsable los principios de acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra, y en particular, en las actividades a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997. � Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. � Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. � Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. � Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La Dirección Facultativa asumirá estas funciones cuando no fuera necesaria la designación del Coordinador. G.2.2. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El Artículo 7 el R.D. 1627/97 indica que cada contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en este estudio y en función de su propio sistema de ejecución de obra. Este Plan deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. El Artículo 19 del R.D. 1627/97 refleja los principios generales aplicables durante la ejecución de la obra. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, y que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en este Estudio. El Plan de Seguridad y Salud podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la misma, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa del Coordinador. Cuando no fuera necesaria la designación del Coordinador, las funciones que se le atribuyen serán asumidas por la Dirección Facultativa.

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Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar por escrito y de manera razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. El Plan estará en la obra a disposición de la Dirección Facultativa. G.2.3. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS G.2.4. EL CONTRATISTA Y SUBCONTRATISTAS ESTARÁN OBLIGADOS A: 1. Aplicar los principios de acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en particular: � El mantenimiento de la obra en buen estado de limpieza. � La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. � La manipulación de distintos materiales y la utilización de medios auxiliares. � El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de las obras, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. � La delimitación y acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de materiales, en particular si se trata de materias peligrosas. � El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. � La recogida de materiales peligrosos utilizados. � La adaptación del periodo de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. � La cooperación entre todos los intervinientes en la obra. � Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad. 2. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud. 3. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta las obligaciones sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1997.

4. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud. 5. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. 6. Serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan y en lo relativo a las obligaciones que le correspondan directamente o, en su caso, a los trabajos autónomos por ellos contratados. Además responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el Plan. Las responsabilidades del Coordinador, Director Facultativo y el Promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.

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G.2.5. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Los trabajadores autónomos están obligados a: Aplicar los principios de la acción preventiva que se recoge en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y en particular. El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. La recogida de materiales peligrosos utilizados. La adaptación del periodo de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. La cooperación entre todos los intervinientes en la obra. Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad. Cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1997. Ajustar su actuación conforme a los deberes sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, participando en particular en cualquier medida de actuación coordinada que se hubiera establecido. Cumplir con las obligaciones establecidas para los trabajadores en el artículo 29, apartados 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997. Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1997. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud. Los trabajadores autónomos deberán cumplir lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud. G.2.6. LIBRO DE INCIDENCIAS El Artículo 13 del R.D. 1627/97 regula las funciones de este documento. En cada centro de trabajo existirá, con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud, un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado y que será facilitado por el Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud. Deberá mantenerse siempre en obra y en poder del Coordinador. Tendrán acceso al libro la Dirección Facultativa, los contratistas y subcontratistas, los trabajadores autónomos, las personas con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, los representantes de los trabajadores y los técnicos especializados de las Administraciones Públicas competentes en esta materia, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo. Efectuada una anotación en el Libro de Incidencias, el Coordinador estará obligado a remitir en el plazo de veinticuatro horas una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará dichas anotaciones a los contratistas y a los representantes de los trabajadores.

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G.2.7. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Cuando el Coordinador, durante la ejecución de las obras, observase incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista y dejará constancia de tal incumplimiento en el Libro de Incidencias, quedando facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, disponer la paralización de tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra. Dará cuenta de este hecho, a los efectos oportunos, a la Inspección y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará a los contratistas, y en su caso a los subcontratistas y/o trabajadores autónomos afectados de la paralización y a los representantes de los trabajadores. G.2.8. DERECHO DE LOS TRABAJADORES Los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores reciban una información adecuada y comprensible de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra. Una copia del Plan de Seguridad y Salud y de sus posibles modificaciones, a los efectos de su conocimiento y seguimiento, será facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo. G.2.9. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE DEBE N APLICARSE EN LAS OBRAS Las obligaciones previstas en las tres partes del Anexo IV del Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se aplicarán siempre que lo exija G.3. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA G.3.1. CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN Todas las prendas de protección personal o elementos de protección colectiva tendrán fijado un período de vida útil, desechándose a su término. Cuando por las circunstancias del trabajo se produzca un deterioro más rápido en una determinada prenda o equipo, se repondrá ésta, independientemente de la duración prevista o fecha de entrega. Toda prenda o equipo de protección que haya sufrido un trato límite, es decir, el máximo para el que fue concebido (por ejemplo, por un accidente) será desechado y repuesto al momento. Aquellas prendas que por su uso hayan adquirido más holguras o tolerancias de las admitidas por el fabricante serán repuestas de inmediato. El uso de una prenda o equipo de protección nunca representará un riesgo en sí mismo.

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G.3.1.1. Protectores personales Todo elemento de protección personal se ajustará a las Normas homologadas por el Ministerio de Industria y según lo establecido por el Decreto 486/1997 de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En los casos en que no exista Norma de Homologación oficial, serán de calidad adecuada a sus respectivas prestaciones. Entre estos elementos cabe destacar, en función de la labor a desempeñar: - Botas de seguridad, Calzado impermeable antideslizante, Calzado para conducción. - Ropa de trabajo, Ropa impermeable o de protección - Gafas de seguridad, Gafas antiproyecciones. - Cinturones de protección de tronco, Cinturón elástico antivibratorio de seguridad - Guantes de protección, Guantes de cuero, Guantes de goma o de PVC. - Casco homologado de polietileno (solo cuando exista riesgo de golpes en la cabeza). - Mascarillas con filtro mecánico recambiable antipolvo. - Protectores acústicos. - Protecciones del aparato respiratorios - Mandil de cuero (operaciones de mantenimiento). - Polainas de cuero (operaciones de mantenimiento). - G.3.1.2. Protecciones colectivas - Vallas de limitación y protección - Señalización y balizamiento: - Las señales, cintas, balizas y boyas estarán de acuerdo con la normativa vigente. - Topes para desplazamiento de camiones: Se podrán realizar con tablones embriados fijados al terreno por medio de redondos hincados al mismo, o de otra forma eficaz. � Barandillas: Dispondrán de listón superior a una altura mínima de 0,90 de altura, listón intermedio y rodapié, garantizando la retención de personas. � Tapas para pequeños huecos y arquetas: Sus características y colocación impedirán con garantía la caída de personas y objetos. � Anclaje para cinturón de seguridad: Tendrán la suficiente resistencia para soportar los esfuerzos a que puedan estar sometidos de acuerdo con su función protectora. � Interruptores diferenciales y tomas de tierra: La sensibilidad de los interruptores diferenciales será de 30 mA para alumbrado y de 300 mA para fuerza. La resistencia de las tomas de tierra será, como máximo, la que garantice, de acuerdo con la sensibilidad del interruptor diferencial, una tensión máxima de contacto de 24 V. Su resistencia se medirá periódicamente, y al menos en la época más seca del año. � Extintores:

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Serán adecuados en características de agente extintor y tamaño al tipo de incendio previsible, revisando como máximo cada 6 meses. � Riego: Las zonas de paso de vehículos y maquinaria se regarán convenientemente para evitar levantamiento de polvo. G.3.2. SERVICIOS DE PREVENCIÓN G.3.2.1. Servicio Técnico de Seguridad e Higiene La empresa constructora dispondrá de asesoramiento técnico de Seguridad e Higiene como ayuda al Jefe de Obra. Se dispondrá de brigada de seguridad (oficial y peón) para instalación, mantenimiento y reparación de protecciones. G.3.2.2. INSTALACIONES DE HIGIENE La obra dispondrá de locales para vestuario, servicios higiénicos y comedores debidamente dotados. Los servicios higiénicos tendrán un lavabo y una ducha por cada 10 trabajadores, con agua fría y caliente y un WC por cada 25 trabajadores, disponiendo de espejos e iluminación. El comedor con una superficie de aproximadamente 1 m² por persona, dispondrá de mesas, asientos, pila, calienta comidas e iluminación. Se dispondrá de recipiente para las basuras. Se ventilarán oportunamente los locales, manteniéndose además en buen estado de limpieza y conservación por medio de un trabajador que podrá compatibilizar este trabajo con otros de la obra. G.3.2.3. TRABAJOS POSTERIORES El apartado 3 del artículo 6 del Real Decreto 1627/1997 establece que en el Estudio se contemplarán también las previsiones y las informaciones para efectuar, en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

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H. CONCLUSIONES Para la ejecución material del ejecución del Proyecto de Construcción del Centro Municipal de Parques y Jardines de El Puerto de Santa María (Cádiz), hemos definido un plan de ejecución de obra seguro. Determinamos que la duración será de 6 meses. En el momento de máxima ocupación intervendrán 6 trabajadores. Para ellos se dimensionan las instalaciones provisionales de obra. Se ha identificado la existencia de riesgos frecuentes y sus medidas preventivass. Se han descrito las protecciones y métodos de trabajo adecuados para minimizarlos, evaluando en cada caso la eficacia de las soluciones adoptadas. Se ha definido la prevención asistencial y las pautas de actuación en caso de accidente laboral. Se han dictado las condiciones técnicas que deben cumplir los equipos de protección colectiva e individual a utilizar durante la obra, y los procedimientos de trabajo de obligado cumplimiento en las distintas unidades de obra descritas. En cualquier caso, concluimos que todo lo anteriormente descrito, no es efectivo sin la implicación de todos los participantes en el proceso de ejecución de la obra. Para ello se destaca la importancia de concienciar adecuadamente a los trabajadores de la necesidad de trabajar con seguridad y evitar así los riesgos laborales.

En El Puerto de Santa María, a 9 de septiembre de 2.014

Fdo.: Daniel Lucero Hernández

Ingeniero municipal

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I. ANEXO I: DETALLES GRÁFICOS- PLANOS

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J. ANEXO II. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO.