Evaluacion y Normatividad Residuos Solidos Eess y Sma -2014
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DR. ARISTIDES AURORA PRADO
SUB GERENTE DE REGULACION SECTORIAL
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MARCO NORMATIVO APLICABLE A RESIDUOS SLIDOS DE
EESS Y SMA
Ley General de Residuos Slidos, Ley N 27314
Reglamento de la L.G.R.S, D.S. N 057-04-PCM
Modificatoria de la L.G.R.S. D.L. N 1065 (28/06/08)
Norma Tcnica de Salud Gestin y Manejo de residuos slidos en establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo, N 096-MINSA/DIGESA-V.01 R.M. N 554-2012/MINSA
Norma para la baja y eliminacin de Medicamentos -DIGEMID.
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MANEJO INTEGRADO
Plan de Manejo
Declaracin de Manejo de Residuos Slidos
Manifiesto (residuos slidos peligrosos)
LEY N 27314
Generacin Almacenamiento Recoleccin y
Transporte
Tratamiento y
Reaprovechamiento
Disposicin
Final
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El Ministerio de Salud es competente para:
1.- Normar a travs de la DIGESA lo siguiente:
a.- Los aspectos tcnicos sanitarios del manejo de los residuos slidos incluyendo los correspondientes a las actividades de reciclaje, reutilizacin y recuperacin.
b.- El manejo de los residuos slidos de establecimientos de atencin de salud, as como los generados en campaas sanitarias.
3.- Aprobar Estudios Ambientales y los proyectos de Infraestructura de residuos slidos no comprendidos en el mbito de la gestin municipal que estn a cargo de una empresa prestadora de servicios de residuos slidos o al interior de establecimientos de atencin de salud, sin perjuicio de las licencias municipales correspondientes.
2.- Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud
a.- Vigilar el manejo de los residuos de acuerdo a las medidas previstas en la ley y el reglamento.
c.- Sancionar hechos o acciones que determinen riesgos y comprometan el ambiente, la seguridad y la salud pblica, previo informe tcnico, en sujecin a la Ley y el reglamento.
Modif. Art. 7.- Competencia de la Autoridad Nacional
de Salud
Reg. Artculo 6.- Autoridad Regional
de Salud
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
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Son aquellas sustancias, productos o subproductos en estado slido o semislido de los que su generador dispone, o esta obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o de los riesgos que causan a la salud y el ambiente para ser manejados a travs de un sistema que incluya, segn corresponda, las siguientes operaciones o procesos: 1.- Minimizacin de residuos 2.- Segregacin en la fuente 3.- Reaprovechamiento 4.- Almacenamiento 5.- Recoleccin 6.- Comercializacin 7.- Transporte 8.- Tratamiento 9.- Transferencia 10.- Disposicin final
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Ley Art. 14.- Definicin de Residuos Slidos
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Peligrosos: si presentan por lo menos una de las siguientes caractersticas: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad.
Fuente : Ley General de Residuos Slidos (Ley 27314) Art. 22
Patgenos Txicos Combustibles Inflamables Explosivos. Radioactivos
A4.2, Residuos de establecimientos de atencin de salud y afines; es decir resultantes de prctica mdica, enfermera, dentales, veterinaria o actividades similares, y residuos generados en hospitales u otras instalaciones durante actividades de investigacin o el tratamiento de pacientes.
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Ley Art. 22.- Definicin de Residuos Slidos Peligrosos
Reg. Art. 27.- Calificacin de residuo peligroso (de acuerdo a los anexos 4 y 5)
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Residuo de establecimiento de atencin de salud
Residuo Industrial Residuo de las actividades de
construccin. Residuo agropecuario Residuos de instalaciones actividades
especiales
Residuo Domiciliario
Residuo Comercial
Residuo de Limpieza de espacios Pblicos
Residuos del mbito
Municipal
Residuos del mbito
No Municipal
Por su peligrosidad: 1) Peligrosos 2) No Peligrosos
1.-Residuo domiciliario 2.-Residuo Comercial 3.-Residuo de limpieza de espacios pblicos 4.-Residuo de establecimiento de atencin de salud
5.-Residuo Industrial 6.-Residuo de las actividades de construccin. 7.-Residuo agropecuario 8.-Residuos de instalaciones actividades especiales
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Ley Art. 15.- Clasificacin (por su origen)
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Todo tratamiento de residuos previo a su disposicin final, ser realizado mediante mtodos o tecnologas compatibles con la calidad ambiental y la salud, de acuerdo lo establecido en el Reglamento y a las normas especficas. Salvo la incineracin que se lleve a cabo cumpliendo con las normas tcnicas sanitarias y de acuerdo a lo establecido en el artculo 48 del Reglamento, queda prohibida la quema artesanal o improvisada de residuos.
Reg. Art. 18.- Prohibicin para disposicin final en lugares no autorizados
DIOXINAS Y FURANOS
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Reg. Art. 17.- Tratamiento
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Los generadores y operadores de los sistemas de manejo de RR.SS. debern contar con las condiciones de trabajo necesarias para salvaguardar su salud y la de terceros, durante el desarrollo de las actividades que realizan, debiendo entre otros, contar con los equipos, vestimenta, instalaciones sanitarias y capacitacin que fueren necesarios.
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Ley Art. 20.- Salud ocupacional
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Las infracciones a las disposiciones de la ley y el Reglamento se clasifican en: Infracciones leves: a.-Negligencia en el mantenimiento, funcionamiento y control de las actividades de residuos. b.- Incumplimiento en el suministro de informacin a la autoridad competente. c.- Incumplimiento de otras obligaciones de carcter formal. Infracciones graves: c.- Abandono, disposicin o eliminacin de los residuos en lugares no permitidos. g.-Falta de rotulado en los recipientes o contenedores donde se almacena residuos peligrosos, as como la ausencia de sealizaciones en las instalaciones de manejo de residuos. Infracciones muy graves: f.-Omisin de planes de contingencia y de seguridad.
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Reg. Art. 145.- Infracciones
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Infracciones leves: a.- Amonestacin por escrito. b.- Multas de 0.50 a 20 UIT; con excepcin cuando se trate de residuos peligrosos que ser de 21 hasta 50 UIT. Infracciones graves: a.- Suspensin parcial o total, por un periodo de hasta 60 das de las actividades o procedimientos operativos de las EPS-RS, EC-RS o generadores de residuos del mbito de gestin no municipal. b.- Multa desde 21 a 50 UIT. En caso se trate de residuos peligrosos, la multa ser de 51 hasta 100 UIT. Infracciones muy graves: a.-Clausura parcial o total de las actividades o procedimientos operativos de las empresas o generadores de residuos del mbito de gestin no municipal. c.- Multa de 51 a 100 UIT, con excepcin cuando se trate de residuos peligrosos que ser de 101 hasta el tope de 600 UIT.
LEY GENERAL DE R.S. N27314, MODIFICATORIA D.L. N1065
Y SU REGLAMENTO D.S. 057-2004-PCM
Reg. Art. 147.- Sanciones
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Por que los residuos slidos que se generan en los establecimientos de salud EESS y servicios mdicos de apoyo SMA producto de las actividades asistenciales constituyen un peligro potencial de dao para la salud de las personas, tanto trabajadores como pacientes, si es que en circunstancias no deseadas, la carga microbiana que contienen ingresa al organismo humano..
Por que manejarlos correctamente?
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Mdicos, Enfermeras, tcnicas (os) de enfermera
otros profesionales de Salud
Trabajadores de servicios de apoyo
Trabajadores de limpieza y eliminacin
Pacientes
Excepcionalmente pblico en general
Grupos expuestos: :
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Composicin de los residuos generados en EESS:
del 100% de lo que generan
80% RESIDUOS COMUNES
20% RESIDUOS PELIGROSOS
15% INFECCIOSOS
4%
FARMACEUTICOS & QUIMICOS
1%
RADIOACTIVOS
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NORMA TCNICA DE SALUD GESTIN Y MANEJO DE RESIDUOS SLIDOS EN ESTABLECIMIENTOS DE
SALUD Y SERVICIOS MDICOS DE APOYO N 096-MINSA/DIGESA-V.01
R.M.554-2012/MINSA
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FINALIDAD :
Contribuir a brindar seguridad al personal, pacientes y visitantes de los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo pblicos, privados y mixtos a nivel nacional, a fin de prevenir, controlar y minimizar los riesgos sanitarios y ocupacionales por la gestin y manejo inadecuado de los residuos slidos, as como disminuir el impacto negativo a la salud pblica y al ambiente que stos producen.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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OBJETIVO GENERAL
Mejorar la gestin y el manejo de residuos slidos en los establecimientos de salud y en los servicios mdicos de apoyo; pblicos, privados y mixtos.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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OBJETIVOS ESPECFICOS
Lograr que cada EESS y SMA realice una adecuada gestin y
manejo de los residuos slidos generados.
Mejorar condiciones de seguridad del personal de salud y de limpieza, expuestos a los RR.SS. desde la generacin hasta la disposicin final.
Minimizar el impacto negativo que estos residuos ocasionan al ambiente y a la salud de las personas.
Sensibilizar a las autoridades y al personal de los EESS y SMA de los riesgos y costos que ocasiona el inadecuado manejo de residuos slidos, a las personas y al ambiente.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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AMBITO DE APLICACION
Las disposiciones contenidas en esta Norma Tcnica de Salud son de aplicacin en todos los establecimientos de salud y servicios mdicos de apoyo a nivel nacional, regional y local (del Ministerio de Salud, EsSalud, Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, Gobiernos Regionales, Locales o Municipalidades, Servicios Privados: tales como Clnicas, Consultorios: Mdicos, Dentales, Veterinarios, Laboratorios), y otros que generen residuos slidos en cualquier atencin de salud.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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GESTIN DE RESIDUOS SLIDOS.- Toda actividad tcnica administrativa, de planificacin, coordinacin, concertacin, diseo, aplicacin y evaluacin de polticas, estrategias, planes y programas de accin de manejo apropiado de los residuos slidos de mbito nacional, regional y local. MANEJO DE RESIDUOS SLIDOS.- Toda actividad tcnica operativa de residuos slidos que involucre manipuleo, acondicionamiento, segregacin, transporte, almacenamiento, transferencia, tratamiento, disposicin final o cualquier otro procedimiento tcnico operativo utilizado desde la generacin hasta la disposicin final.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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Sensibilizar y comprometer al personal del EESS o SMA
Conformar el comit de gestin y manejo de residuos slidos
Elaborar el diagnstico basal o inicial de la gestin y manejo de los residuos slidos en el EESS o SMA, que permita conocer los aspectos tcnicos y administrativos del manejo de los residuos, la cantidad que se genera en todo el establecimiento y por cada servicio, as como la composicin de cada uno de ellos.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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Elaboracin de los documentos tcnicos administrativos de la gestin de los residuos slidos
Del rol de las autoridades regionales: Las DISA/DIRESA o GERESA son responsables de la aplicacin de sanciones
a los EESS y SMA pblicos y privados de su jurisdiccin ante el incumplimiento de la normatividad vigente en residuos slidos.
Las DISA/DIRESA o GERESA son responsables de establecer coordinaciones sectoriales e intersectoriales con otras autoridades regionales y locales para el adecuado cumplimiento de la presente Norma Tcnica de Salud.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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PRESTACIN
El personal responsable del manejo de residuos slidos debe realizar el llenado de las listas de verificacin.
Contar con personal tcnico o profesional capacitado (medidas de seguridad e higiene)
ORGANIZACIN
Todos los EESS y SMA pblicos y privados deben conformar su Comit de Gestin y Manejo de Residuos Slidos, que ser creado con Resolucin Directoral o documento que haga sus veces (lo preside el Director).
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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GESTIN Incluir las actividades del Plan de Manejo de Residuos Slidos en el
Plan Operativo Anual POA, o Plan Operativo Institucional POI.
Capacitacin en el manejo de los residuos slidos segn programa.
Programa de la Capacitacin debe abordar aspectos de gestin, normativos, operativos y conocimientos terico-prcticos bsicos.
FINANCIAMIENTO La programacin del financiamiento para la gestin y manejo de los
residuos slidos en toda institucin, tendr como insumo principal el diagnstico inicial o basal de los mismos.
NORMA TCNICA DE SALUD N096-MINSA/DIGESA-V.01
GESTIN Y MANEJO DE RR.SS. EN EESS Y SMA
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Etapas del Manejo de Residuos Slidos Hospitalarios
Acondicionamiento
Segregacin
Almacenamiento Primario
Almacenamiento Intermedio
Recoleccin y Transporte Interno
Almacenamiento Final
Tratamiento
Recoleccin y Transporte Externo
Disposicin Final
Manejo Externo
Manejo Interno
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EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO
DE LA NORMATIVIDAD DE
GESTION Y MANEJO DE RRSS EN
EESS Y SMA REGION LA LIBERTAD
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SUBGERENCIA DE
REGULACIN
SECTORIAL
UNIDAD FUNCIONAL DE
REGULACIN EN SALUD
AMBIENTAL
UNIDAD FUNCIONAL DE
REGULACIN EN
MEDICAMENTOS,
DROGAS Y FARMACIAS
UNIDAD FUNCIONAL DE
REGULACIN EN BIENES,
SERVICIOS Y
TECNOLOGAS
SECRETARIA ASESORIA LEGAL
-
010
20
30
40
50
60
70
80
90
100
2013 2014
19
93
20
79
Nm
ero
Plan de Manejo de Residuos Slidos Declaracin Anual de Residuos Slidos
Fuente: GERESA LA LIBERTAD- SGRS-UFRESA
-
05
10
15
20
25
30
2009 2010 2011 2012 2013 2014
10 10
17
20
27
23
Fuente: GERESA LA LIBERTAD- SGRS-UFRESA *Primer semestre 2014
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Fuente: GERESA LA LIBERTAD-SGRS-UFRESA *Primer semestre 2014
0
50000
100000
150000
200000
250000
2010 2011 2012 2013 2014
MINSA 7616.5 45837.1 20504.8 89897.9 27221.6
ESSALUD 49648.9 79220 69459.8 93258.1 64974.3
Privados 2461.2 5671.6 19711.6 44861.1 15845.7
TOTAL 59726.6 130728.7 109676.2 228017.1 108041.6
Can
tidad
en
Kg
-
02
4
6
8
10
12
14
16
18
Resoluciones Expedientes en proceso
6
17
NM
ERO
Fuente: GERESA LA LIBERTAD- SGRS-UFRESA
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Hospital Chocope (Ascope) y Hospital Vctor Lazarte Echegaray (Trujillo )
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PERSONAS QUE ATENDEMOS PERSONAS.
RECUERDE
SOMOS
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MUCHAS GRACIAS