Evaluación Inicial Del SG-SST

14
UNIDAD 1- Evaluación Inicial del SG-SST El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST tiene su fundamento legal en la Ley 1562 de Julio 11 de 2012. El artículo 1º de dicha Ley determinó que el Programa de Salud Ocupacional “en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST”, definiéndolo como “un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo”. En desarrollo del anterior precepto, se expidió el Decreto 1443 de Julio 31 de 2014 “Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”, convirtiéndose el mencionado Decreto en el referente a seguir en Colombia para el diseño, implementación y ejecución del Sistema. APLICACIÓN DEL SG-SST El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST reglamentado por el Decreto 1443 de 2014, es de obligatorio cumplimiento para: todos lo empleadores públicos y privados,

description

Evaluación Inicial Del SG-SST

Transcript of Evaluación Inicial Del SG-SST

UNIDAD 1- Evaluacin Inicial del SG-SST

ElSistema de Gestinde la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST tiene su fundamento legal en la Ley 1562 de Julio 11 de 2012.Elartculo 1 de dicha Ley determin que el Programa de Salud Ocupacional en lo sucesivo se entender como el Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, definindolo comoun proceso lgico y por etapas, basado en lamejora continuay que incluye la poltica, la organizacin, la planificacin, la aplicacin, la evaluacin, la auditora y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar laseguridad y saluden el trabajo.En desarrollo del anterior precepto, se expidi el Decreto 1443 de Julio 31 de 2014Por el cual se dictan disposiciones para la implementacin del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST),convirtindose el mencionado Decreto en el referente a seguir en Colombia para el diseo, implementacin y ejecucin del Sistema.APLICACIN DEL SG-SSTEl Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST reglamentado por el Decreto 1443 de 2014, es de obligatorio cumplimiento para: todos loempleadores pblicosy privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil,comercialo administrativo, las organizaciones de economa solidaria y del sector cooperativo, lasempresas de serviciostemporalesy tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misin(Decreto 1443/14, art 1).De acuerdo con lo anterior, toda organizacin que emplee o contrate personal para desarrollar su objetivo misional, debe protegerlos de los riesgos inherentes al trabajo que realicen, brindndoles las prestaciones asistenciales y econmicasen casode ocurrirles un accidente de trabajo o unaenfermedad laboral. E all que el Decreto que nos ocupa, seala que TODOS los empleadores (cualquiera sea la modalidad de contratacin) debe implementar el SG-SST.Considero que lo anterior no merece mayor explicacin. Es claro entender que cualquier persona que trabaje para otra, debe estar cubierto por el SG-SST, tal como lo seala la parte final del artculo 1 del Decreto 1443/2014Captulo aparte merece la aplicacin del SG-SST en desarrollo de los llamados Contratos Sindicales:Con el debilitamiento y paulatina extincin de las Cooperativas deTrabajo Asociado, surgi en Colombia una figura de contratacin contemplada en el artculo 482 del Cdigo Sustantivo del Trabajo. Nos referimos al Contrato Sindical, institucin jurdica del derecho colectivo del trabajo, mediante la cual los Sindicatos pueden participar en la gestin de las empresa y en la promocin del trabajo colectivo. En efecto, el artculo 482 del CST reza:Cdigo Sustantivo del trabajo.Artculo 482.Definicin.Se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios patronos o sindicatos patronales para la prestacin de servicios o la ejecucin de una obra por medio de sus afiliadosAlgunas empresas (Clnicas, Hospitales, Almacenes de productos masivos y populares), han acudido a esta modalidad de contratacin, tercerizando sus procesos de servicios, venta, mercadeo, a travs de personas afiliadas por el Sindicato Contratista. En ocasiones se me consulta si estos Sindicatos deben tener Programade SaludOcupacional (hoy denominado SG-SST). Las respuesta nos la brinda el Decreto 1429 de 2010 (reglamentario del Contrato Sindical):Decreto 1429 de 2010Artculo 5.En desarrollo del Convenio 87 de 1948 de la Organizacin Internacional del Trabajo, ratificado por la Ley 26 de 1976, las organizaciones sindicales debern elaborar un reglamento por cada contrato sindical, el cual contendr como mnimo las siguientes garantas en defensa de sus afiliados partcipes( . . . )7. El sindicato ser el responsable de la administracin delsistema de seguridad social integral,tales como la afiliacin, retiro, pagos y dems novedades respecto de los afiliados partcipes.8. El sindicato promoverlasalud ocupacionalde los afiliados partcipes(negrillas fuera de texto)Queda entonces aclarado y explicado que, no importando el tipo de organizacin jurdica, toda empresa que tenga trabajadores a su cargo est en la obligacin de implementar el SG-SSTEVALUACION INICIAL DEL SISTEMAEl Decreto 1443 de 2014 seal unos plazos para la sustitucin del Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, exigindole a los empleadores que den inicios a las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido en dicho Decreto (artculo 37). Entonces, por dnde se comienza? El artculo 16 del Decreto 1443 de 2014 nos indica la ruta:El empleador deber realizar una EVALUACION INICIAL de su Programa de Salud Ocupacional (hoy denominado Sistema de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST), con el fin de identificar las prioridades en Seguridad y salud en el Trabajo y as poder establecer el Plan Anual de trabajo o para la actualizacin del existente. Dicha evaluacin deber estar acompaada del anlisis de las estadsticas sobre la enfermedad y la accidentalidad ocurrida en los dos (2) ltimos aos en la empresa.De acuerdo con el precitado artculo, la evaluacin inicial deber incluir entre otros, los siguientes aspectos:1.La identificacin de la normatividad vigente en materia deRiesgos Laboralesincluyendo los estndares mnimos del Sistema de Garanta de Calidad del SistemaGeneralde Riesgos Laborales para empleadores que se reglamenten y le sean aplicables.La herramienta apropiada para cumplir con este primer aspecto, lo constituye sin lugar a dudas la MATRIZ DEREQUISITOS LEGALES, instrumento que hasta el 31 de Julio de 2014, solo era exigible de aquellas empresas certificada o a certificarse en OHSAS 18001 y/y RUC. A partir de la entrada en vigencia del Decreto 1443 de 2014, es obligacin de TODOS los empleadores el contar con una Matriz de requisitos Legales, entendindose esta como:la compilacin de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y tcnicos para desarrollar el Sistema de Gestin la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, el cual deber actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables (artculo 2, num 24)La herramienta apropiada para cumplir con este primer aspecto, lo constituye sin lugar a dudas la MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES, instrumento que hasta el 31 de Julio de 2014, solo era exigible de aquellas empresas certificada o a certificarse en OHSAS 18001 y/y RUC. A partir de la entrada enA su turno, el pargrafo del artculo 8 del Decreto 1443 seala:Por su importancia, el empleador debe identificar la normatividad nacional aplicable del Sistema General de Riesgos Laborales, la cual debe quedar plasmada en una matriz legal que debe actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables a la empresaDesde hace algn tiempo hemos venido publicando un Listado Legislacin en Riesgos Laborales, el cual contiene una relacin de las normas que en dicha materia se han expedido a partir de 1979 a la fecha. Dicho listado e su primer paso para la construccin de la Matriz. Identifique en l, las Leyes, Decretos, Resoluciones, Circulares aplicables a la actividad econmica de su empresa. En prxima entrega explicar en detalle cmo se disea, revisa y actualiza una Matriz. (quizs sea necesario organizar un Seminario al respecto).Las empresa que a la fecha vienen trabajando con OHSAS 18001:2007 y/o RUC, solo deben revisar y actualizar su Matriz, toda vez que ste en un elemento inherente a dichos Sistemas.Con respecto a los ESTANDARES MINISMOS, a la fecha de publicacin de este escrito no se ha reglamentado dicho aspecto. Mientras ello ocurre, sugiero se trabaje con el Proyecto de Estndares Mnimos publicado en la SeccinDOCUMENTOSSG-SST.2.La verificacin de la identificacin de los peligros, evaluacin y valoracin de los riesgo, la cual debe ser anual. En la identificacin de peligros deber contemplar los cambios de procesos, instalaciones, equipos, maquinarias, entre otros.De acuerdo con el artculo 15 del Decreto 1443 de 2014, los Panoramas de Factores de Riesgo se entendern como IDENTIFICACION DE PELIGRO, EVALUACION Y VALORACION DE LOS RIESGOS. Algo ha cambiado adems del nombre? Considero que s y MUCHO!!Quienes vienen trabajando con la GTC-45 GUIA PARA LA IDENTIIFICACION DE LOS PELIGROS Y LA VALORACION DE LOS RISGOS EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACINAL, saben de las gran diferencia que existe entre el tradicional Panorama de Factores de Riesgos al que estbamos acostumbrados en el pasado Programa de Salud Ocupacional y la Matriz de Peligros de que trata la GTC-45.Refirindose a la IDENTIFICACION DE PELIGROS, EVALUACION DE RIESGOS Y DETERMINACION DE CONTROLES, los autores Antonio Enrquez Palomino y Jos Manuel Snchez Rivero, en su obra OHSAS 18001:2007 Interpretacin, Aplicacin y Equivalencias Legales sealan que dichos procesos deben incluir las siguientes etapas[1]:Identificacin de peligros.Evaluacin de los riesgos con las medidas de control existentes (o propuestas).Evaluacin de la tolerabilidad del riesgo.Determinacin de las medidas adicionales de controlEvaluacin de las medidas de control de riesgosInvito a los nefitos en el tema, para que se capaciten en dicha herramienta.Me anticipo a las solicitudes de publicacin de la GTC-45.No puedo publicarla. De hacerlo, me expongo a una demanda judicial por violacin a los derechos de autor, toda vez que dicha Gua, por haber ido elaborada por un organismo privado, goza de la proteccin legal. Por otro lado, mi formacin como Salubrista y Auditor, me impiden cohonestar o patrocinar conductas de piratera documental y/o informtica. En las libreras e ICONTEC pueden obtenerlas previo pago de su valor.3.La identificacin de las amenazas y evaluacin de la vulnerabilidad de la empresa, la cual debe ser anual.Los Planes de Emergencia empresariales deben contener un ANALISIS DE AMENAZAS Y VULNERABILIDAD, con el cual se determine por anticipado las probabilidades de que queda ocurrir un evento no deseado (terremoto, inundacin, incendio etc) con las naturales consecuencias para los trabajadores, proceso productivo, ambiente y comunidad en general. Las ARLs han venido apoyando a las empresas orientndolas acerca de la manera como se elabora el ANALISIS DE VULNERABILIDAD. Me remito a dichas experiencias.4.La evaluacin de la efectividad de las medidas implementadas, para controlar los peligros, riesgos y amenazas, que incluya los reportes de los trabajadores; la cual debe ser anual.No basta con implementar una medida corrigiendo una condicin de riesgo. Se debe evaluar su efectividad. El numeral citado exige adems, que en dicha evaluacin se incluya los reportes de los trabajadores.La frase final del numeral 4) podra generar confusin: la cual debe ser anual. No debe entenderse quedentro de un ao(para que sea anual) ser cuando haremos la evaluacin. NO. Hemos de entenderla que, realizada la evaluacin inicial, cada ao demos de practicar una nueva. Lo que significa que toda empresa debe comenzar desde ahora a evaluar la efectividad de las medidas que haya implementado en el ltimo ao, para as tener una mejor aproximacin a la solucin.5.El cumplimiento del programa de capacitacin anual, establecido por la empresa, incluyendo la induccin y reinduccin para los trabajadores dependientes, cooperados, en misin y contratistas;Todo trabajador que ingrese a una empresa debe someterse a un procesode INDUCCION y ENTRENAMIENTO, de acuerdo con las exigencias de la Resolucin 1016 de 1989, artculo 11, num. 20. Por lo dems, es importante tener en cuenta que el empleador debe asumir los costos derivados del accidente que le ocurra al trabajador en su primer da de trabajo, de acuerdo con el Decreto 1295 de 1994 (artculo 4, literal k), en concordancia con lo preceptuado por los Decretos 1772 de 1994, art. 6 y Decreto 1406 de 1999, art. 41, inciso 1.Consultar al efecto las diapositivas AFILIACION-COBERTURA publicadas en la seccinAUDIOVISUALES.Con relacin a los trabajadores en misin (aquellos enviados por una Empresa Temporal a prestar servicios en la empresa usuaria), no olvidar la exigencia del Decreto 1530 de 1996:Decreto 1530 de 1996:Artculo 11. Programa de salud ocupacional que los protege. Las empresas usuarias que utilicen los servicios de Empresas de Servicio Temporales, debern incluir los trabajadores en misin dentro de sus programas de salud ocupacional, para lo cual debern suministrar:1.Una induccin completa e informacin permanente para la prevencin de los riesgos a que estn expuestos dentro de la empresa usuaria.2.Los elementos de proteccin personal que requiera el puesto de trabajo.3.Las condiciones de seguridad e higiene industrial y medicina del trabajo que contiene el programa de salud ocupacional de la empresas usuaria.De acuerdo con el artculo transcrito, si Petronila (trabajadora en misin) en enviada por una Empresa deServicios Temporalespara que labore como cajera en la ferretera La Tuerca Floja, debe recibir tres (3) tipos de InduccinPrimera Induccin:Por parte del responsable del SG-SST de la Empresa de Servicios Temporales. Me imagino que le dir:Ten mucho cuidado. All hay muchos elementos pesados. Si te ocurre algn accidente comuncate con el encargado de los Primeros Auxilios de la Ferretera. Posiblemente le d una charla breve sobre prevencin de accidentes, le muestre un video y qu ms puede decirle acerca de los riegos de la ferretera? Creo que muy poco!Segunda Induccin:Por parte del responsable del SG-SST de la ferretera (empresa usuaria). Aunque conocedor de los riesgos propios de la actividad econmica de la empresa usuaria, es necesario que, para que se cumpla el objetivo de la INDUCCION COMPLETA (exigido por el Decreto 1536/96), Petronila reciba unaTercera Induccin:A cargo de la persona encargada de coordinar su trabajo en la empresa usuaria o por alguien en la organizacin competente para ello.Pinsese por un momento que no se trata de una cajera, sino de un tcnico electricista, operario de equipo minero, etc. No podemos disminuir la importancia de la induccin a los trabajadores en misin. Los abogados litigantes encontramos insumos favorables para nuestra gestin, cuando en representacin de la familia del trabajador fallecido, encontramos que la famosa induccin del trabajador en misin se limit a una simple charla por parte del Coordinador de Salud Ocupacional.6.La evaluacin de los puestos de trabajo en el marco de los programas de vigilancia epidemiolgica de la salud de los trabajadores;Con riesgo a equivocarme, puedo decir de manera franca y categrica que son pocas, muy pocas las empresas que actualmente desarrollan Programas de Vigilancia Epidemiolgica, exigencia contemplada en la Resolucin 1016 de 1989, artculo 10, num. 2. Es lamentable, que a veinticinco (25) aos de haberse expedido la Resolucin 1016, conozcamos empresas que adolecen de tales Programas.Salubristas: Ese es vuestro papel: convencer al empleador para que cumpla con los requisitos Legales y asesorarlos en la manera como se implementan los mismos7.La descripcin sociodemogrfica de los trabajadores y la caracterizacin de sus condiciones de salud, as como la evaluacin y anlisis de las estadsticas sobre la enfermedad y la accidentalidad;DESCRIPCION SOCIODEMOGRAFICA: Perfil socio demogrfico de la poblacin trabajadora, que incluye la descripcin de las caractersticas sociales y demogrficas de los trabajadores, tales como:Grado de escolaridad,Ingresos,Lugar de residencia,Composicin familiar,Estrato socioeconmico,Estado civil,Raza,Ocupacin,rea de trabajo,Edad,SexoTurno de trabajo.CONDICIONES DE SALUD: Conjunto de variables objetivas y de auto-reporte de condiciones fisiolgicas, psicolgicas y socioculturales que determinan el perfil sociodemogrfico y de morbilidad de la poblacin trabajadora.En cuanto a la evaluacin y anlisis de las estadsticas sobre la enfermedad y la accidentalidad, debe recordarse que stas debe contemplar los dos (2) ltimos aos en la empresa.8.Registro y seguimiento a los resultados de los indicadores definidos en el SG SST de la empresa del ao inmediatamente anterior.El empleador debe definir los indicadores (cualitativos o cuantitativos segn corresponda) mediante los cuales se evalen la estructura, el proceso y los resultados del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST y debe hacer el seguimiento a los mismos. Estos indicadoresdeben alinearse con el plan estratgico de la empresa y hacer parte del mismo.Cada indicador debe contar con una ficha tcnica que contenga las siguientes variables:1. Definicin del indicador;2. Interpretacin del indicador;3. Lmite para el indicador o valora partir del cual se considera que cumple o no con el resultado esperado;4. Mtodo de clculo;5. Fuente de la informacin para el clculo;6. Periodicidad del reporte; y7. Personas que deben conocer el resultado.El SG-SST reglamentado por el Decreto 1443 de 2014, contempla los siguientes indicadores:Indicadores de estructura:Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, polticas y organizacin con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo.Para la definicin de los indicadores de estructura, deben considerarse entre otros, los siguientes aspectos:1. La poltica de seguridad y salud en el trabajo y que est comunicada;2. Los objetivos y metas de seguridad y salud en el trabajo;3. El plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo y su cronograma;4. La asignacin de responsabilidades de los distintos niveles de la empresa frente al desarrollo del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo;5. La asignacin de recursos humanos, fsicos y financieros y de otra ndole requeridos para la implementacin del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo;6. La definicin del mtodo para identificar los peligros, para evaluar y calificarlos riesgos, en el que se incluye un instrumento para que los trabajadores reporten las condiciones de trabajo peligrosas;7. La conformacin y funcionamiento del Comit Paritario o Viga de seguridad y salud en el trabajo;8. Los documentos que soportan el Sistema de Gestin de. la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST;9. La existencia de un procedimiento para efectuar el diagnstico de las condiciones de salud de los trabajadores para la definicin de las prioridades de control e intervencin; .10. La existencia de un plan para prevencin y ~tencin de emergencias en la organizacin; y .11. La definicin de un plan de capacitacin en seguridad y salud en el trabajo. Indicadores de proceso:Medidas verificables del grado de desarrollo e implementacin del SG-SST.Para la definicin y construccin de los indicadores que evalan el proceso, el empleador debe considerar entre otros:1. Evaluacin inicial (lnea base);2. Ejecucin del 'plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo y su cronograma;3. Ejecucin del Plan de Capacitacin en Seguridad y Salud en el Trabajo;4. Intervencin de los peligros identificados y los riesgos priorizados;5. Evaluacin de las condiciones de salud y de trabajo de los trabajadores de la empresa realizada en el ltimo ao;6. Ejecucin de las diferentes acciones preventivas, correctivas Y de mejora. incluidas las acciones generadas en las investigacin de los accidentes y enfermedades laborales, as como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad;7. Ejecucin del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus resultados, si aplica;8. Desarrollo de los programas de vigilancia epidemiolgica de acuerdo con el anlisis de las condiciones de salud y de trabajo y a los riesgos priorizados;9. Cumplimiento de los procesos de reporte e investigacin de los' incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales;10. Registro estadstico de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad;11. Ejecucin del plan para la prevencin y atencin. de emergencias; y ,12. La estrategia de conservacin de los documentos.Indicadores de resultado:Medidas verificables de los cambios alcanzados en el perodo definido, teniendo como base la programacin hecha y la aplicacin de recursos propios del programa o del Sistema de Gestin.Para la definicin y construccin de los indicadores que evalan el resultado, el empleador debe considerar entre otros: 1. Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables; 2. Cumplimiento de los objetivos en Seguridad y Salud en el Trabajo -SST ; 3. El cumplimiento del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo y su cronograma; 4. Evaluacin de las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo; . 5. La evaluacin de las acciones preventivas, correctivas y de mejora, incluidas las' acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, as como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad; . ' 6. EI cumplimiento de los programas de vigilancia epidemiolgica, de la salud de los trabajadores, acorde con las caractersticas, peligros y riesgos de la empresa; 7. La evaluacin de los resultados de los programas de rehabilitacin de la salud de los trabajadores;8. Anlisis de los registros de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad; 9. Anlisis de los resultados en la implementacin de las medidas de control en los peligros identificados y los riesgos priorizados; y 10. Evaluacin del cumplimiento del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus resultados si aplica.