Etica Ficha

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Jovenes sin beneficio laboral Aunque la norma, efectivamente, determina que los jóvenes de entre 18 y 24 años que acepten incorporarse a una empresa bajo el nuevo régimen laboral juvenil no puedan recibir CTS ni gratificaciones y solo cuenten con 15 días de vacaciones al año, no es cierto que no tengan ningún beneficio laboral y, por lo tanto, no tengan ningún incentivo para dejar la informalidad. A diferencia de lo que sucede en el sector informal, los que ingresen al nuevo régimen tendrán acceso a un seguro de salud (Essalud), a un sistema de pensiones y tendrán derecho al pago de horas extra, a un descanso semanal obligatorio y en los días feriados. Asimismo, se especifica que en caso de despido injustificado recibirá una indemnización equivalente al sueldo de 20 días. Aunque esta es menor a los 45 días que se pagan en el régimen general, representa una cierta protección contra este tipo de abusos. http://elcomercio.pe/economia/peru/regimen-juvenil-cinco- criticas-que-propia-ley-desmorona-notiia-1779152? ref=nota_economia&ft=mod_leatambien&e=titulo

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Jovenes sin beneficio laboral

Aunque la norma, efectivamente, determina que los jóvenes de entre 18 y 24 años que

acepten incorporarse a una empresa bajo el nuevo régimen laboral juvenil no puedan

recibir CTS ni gratificaciones y solo cuenten con 15 días de vacaciones al año, no es

cierto que no tengan ningún beneficio laboral y, por lo tanto, no tengan ningún incentivo

para dejar la informalidad. 

A diferencia de lo que sucede en el sector informal, los que ingresen al nuevo régimen

tendrán acceso a un seguro de salud (Essalud), a un sistema de pensiones y tendrán

derecho al pago de horas extra, a un descanso semanal obligatorio y en los días

feriados. 

Asimismo, se especifica que en caso de despido injustificado recibirá una indemnización

equivalente al sueldo de 20 días. Aunque esta es menor a los 45 días que se pagan en

el régimen general, representa una cierta protección contra este tipo de abusos. 

http://elcomercio.pe/economia/peru/regimen-juvenil-cinco-criticas-que-propia-ley-desmorona-notiia-1779152?ref=nota_economia&ft=mod_leatambien&e=titulo

1.  Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes

El artículo 22 de la norma prohíbe expresamente el despido de trabajadores para que

sean sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el nuevo

régimen laboral juvenil.

El incumplimiento del empleador de esta prohibición es considerado como falta muy

grave en materia de relaciones laborales, por lo cual, cualquier trabajador que sufra un

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despido por este motivo puede presentar su denuncia ante el Ministerio de Trabajo, por

teléfono (al 315-6000) o en su página web. El empleador que se encuentre culpable de

esta falta recibirá una sanción de S/.76.000. 

Asimismo, se especifica que una empresa solo podrá tener bajo el régimen laboral

juvenil como máximo al 25% de su planilla. 

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